ACTA DE APERTURA DE SOBRE A, TRAS LA EMISIÓN DE … · Empresa WORLDNET 21,S.L., por las razones...

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ACTA DE APERTURA DE SOBRE A, TRAS LA EMISIÓN DE INFORME SOBRE CRITERIOS DE JUICIO DE VALOR (SOBRE C) Y DETERMINACIÓN DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DEL PROYECTO DESTINOS INTELIGENTES (POCTEP)”. En Badajoz, siendo las 9:00 horas del día 6 de Marzo de 2015, en el Despacho del Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto de apertura de SOBRE A y determinación de la proposición económicamente más ventajosa y formulación de propuesta de adjudicación del procedimiento abierto reseñado, quedando integrada por: - PRESIDENTE: Sra. Tte. ALCALDE DELEGADA DE TURISMO: Dª. Mª José Solana Barras. - VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román. - VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer. - VOCAL: JEFE DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.: Dª. Alicia Sánchez Fraga. - SECRETARIA: JEFA DE SERVICIO DE PATRIMONIO-CONTRATACIÓN: Dª Marisa Ruiz de Villegas Martínez.

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ACTA DE APERTURA DE SOBRE A, TRAS LA EMISIÓN DE INFORME SOBRE CRITERIOS DE

JUICIO DE VALOR (SOBRE C) Y DETERMINACIÓN DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICAMENTE

MÁS VENTAJOSA Y FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN EN EL

PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA

LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DEL PROYECTO DESTINOS INTELIGENTES (POCTEP)”.

En Badajoz, siendo las 9:00 horas del día 6 de Marzo de 2015, en el Despacho del Sr.

Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto de

apertura de SOBRE A y determinación de la proposición económicamente más ventajosa y

formulación de propuesta de adjudicación del procedimiento abierto reseñado, quedando

integrada por:

- PRESIDENTE: Sra. Tte. ALCALDE DELEGADA DE TURISMO: Dª. Mª José Solana

Barras.

- VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román.

- VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer.

- VOCAL: JEFE DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.

- SECRETARIA: JEFA DE SERVICIO DE PATRIMONIO-CONTRATACIÓN: Dª Marisa Ruiz

de Villegas Martínez.

Se celebra nueva sesión, una vez excluida la proposición nº1 correspondiente a la

Empresa WORLDNET 21,S.L., por las razones consignadas en Acta de la Mesa de Contratación

de fecha 25/02/2015, y una vez emitido Informe de Valoración de la documentación técnica,

cuya ponderación depende de juicios de valor (Sobres “C”) cuyo resultado es el siguiente:

Criterios sujetos a juicios de valor (máximo 49 puntos):

TOTAL

SETA, SERVICIOS TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L.U. 41,00 puntos

A continuación, se procede a la apertura del “Sobre A”, con la documentación de

ponderación de criterios de adjudicación de ponderación automática, presentado en tiempo

y forma, con el siguiente resultado:

PROPOSICION 2.- Y ÚNICA corresponde a SETA, SERVICIOS TURÍSTICOS Y

AMBIENTALES, S.L.U.” y cifra su oferta económica en un total de 170.000,00.- Euros, IVA

incluido.

Seguidamente, la Mesa de Contratación, a la vista de la Valoración sobre la Oferta

Económica, arroja el siguiente resultado:

Criterios de valoración automática (máximo 51 puntos):

OFERTA

ECONÓMICA

SETA, SERVICIOS TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L.U. 51 puntos

A la vista del Informe de Valoración de la documentación técnica de criterios cuya

ponderación depende de juicios de valor, y de la valoración de los criterios de ponderación

automática, resulta la siguiente puntuación total:

Puntuación total (máximo 100 puntos):

Posteriormente, se formula la propuesta de adjudicación al Órgano de

Contratación, que incluye la ponderación de los criterios indicados en el Pliego de

Condiciones, todo ello conforme al artículo 151 del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en consecuencia, la Mesa propone al

Órgano de Contratación la adjudicación al haber sido la proposición económicamente más

ventajosa presentada, y reunir todos los requisitos exigidos en el Pliego, a favor de la “SETA,

SERVICIOS TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L.U.” por importe total de: 170.000,00 .- Euros IVA

incluido.

La Mesa propone, igualmente, notificar y requerir a la Empresa “SETA, SERVICIOS

TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L.U.”, licitador que ha presentado la oferta económicamente

más ventajosa, para que presente en el plazo de DIEZ DIAS hábiles, a contar desde el

siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, la documentación justificativa de

hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad

Social, o autorice al Órgano de Contratación para obtener, de forma directa, la acreditación de

ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o

adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que asciende a un

importe de 7.024,79.- Euros.

En el expediente quedan todas las proposiciones presentadas, siguiéndose el

expediente por sus trámites, conforme a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que rige la

presente contratación.

Juicios de Valor Formulación TOTAL

SETA, SERVICIOS TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L.U. 41,00 puntos 51 puntos 92 puntos

Siendo las 9 horas y 35 minutos del día de la fecha, se da por terminado el acto.

En prueba y testimonio, firma el Sr. Presidente de la Mesa, de todo lo cual como

Secretario, certifico.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.- Fdo.: Dª. María José Solana Barras.-

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: D. Mario Hermida Ferrer.-

VOCAL: SRA. JEFA DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.- Fdo.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.-

VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL.-

Fdo.: Dª. Raquel Rodríguez Román.-

LA SECRETARIA DE LA MESA.-

Fdo.: Dª Marisa Ruiz de Villegas Martínez.-

ACTA DE CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TRAS EL PLAZO DE SUBSANACIÓN DE

DOCUMENTACIÓN Y APERTURA, EN SU CASO, DE LOS SOBRES “C” PRESENTADOS EN EL

PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA

LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DEL PROYECTO DESTINOS INTELIGENTES (POCTEP)”.

En Badajoz, siendo las 12,30 horas del día 25 de Febrero de 2015, en el Despacho del

Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto

de calificación de la documentación presentada al Procedimiento Abierto reseñado tras la

subsanación de documentación, quedando integrada por:

- PRESIDENTE: Sra. Tte. ALCALDE DELEGADA DE TURISMO: Dª. Mª José Solana

Barras.

- VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román.

- VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer.

- VOCAL: JEFE DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.

- SECRETARIA: JEFA DE SERVICIO DE PATRIMONIO-CONTRATACIÓN: Dª Marisa Ruiz

de Villegas Martínez.

Se celebra nueva sesión, tras la presentación con fecha 24/02/2015, de la

documentación para la subsanación requerida por la Mesa de Contratación, y por lo tanto

dentro del plazo concedido al efecto, según Acta de la reunión celebrada el día 19/02/2015,

por el presentador de la proposición nº 1, para que subsanase la documentación reseñada en

el Acta referida, condicionando la admisión de la misma al cumplimiento de dicho extremo y,

una vez comprobada por la Mesa de Contratación la personalidad y solvencia de los

licitadores, se procede a calificar la documentación presentada, tras el plazo de subsanación

de la documentación señalada, resultando que con la documentación presentada por el

licitador nº 1 WORLDNET 21, S.L., no queda subsanada ante la Mesa de Contratación la

documentación presentada, dado que tras un detenido estudio por parte de la Sra. Jefa de

Sección de Turismo, P.D., ésta informa en el siguiente sentido:

1º. En el acto de calificación realizado por la Mesa de Contratación referenciada se detectó,

en relación con la oferta presentada por la empresa Worldnet 21, S.L., deficiencias relativas a:

A. Acreditar contar con un objeto social relacionado con el objeto del contrato, de

acuerdo a lo dispuesto en el Art. 57.1 del TRLCSP.

B. No acreditar la solvencia técnica exigida en el Pliego que, literalmente, indicaba que

“entre la acreditación de servicios realizados en los tres últimos años por el licitador e

incluidos en este punto será obligatoria la acreditación de la prestación de servicios de

Gestión y Coordinación en proyectos que hayan recibido financiación de cualquiera de

las convocatorias del Programa POCTEP o de cualquier otro programa con intervención

de fondos estructurales de la Unión Europea que implique la utilización de la

Plataforma Fondos 2007”.

2º. Ante el requerimiento realizado al licitador por la Mesa de Contratación, de subsanación

de estas deficiencias en el plazo máximo de tres días hábiles, el mismo presenta escrito al que

anexa fotocopia de dos páginas extraídas de Pliegos de Condiciones técnicas de contratos de

los que había acreditado previamente en su oferta la ejecución.

3º. En el citado escrito el licitador argumenta que:

A. En relación con la acreditación de objeto social adecuado al objeto del contrato, que

su objeto social incluye “…prestación de servicios de todo tipo en el mercado

informático”, indicando que tal consideración es suficientemente amplia para amparar

la participación en el concurso al que define como de “prestación de servicios

asociados a un proyecto informático”.

B. En relación con la acreditación de solvencia técnica, tal y como se indicaba en los

Pliegos del concurso, indica:

a. Que ha gestionado dos proyectos, uno de realización y suministro de audio guía

para el Ayuntamiento de Valencia de Alcántara y otro de suministro igualmente

de audio guía para el Ayuntamiento de Coria.

b. Que dichos proyectos pertenecían (sic) al programa POCTEP.

4º. Respecto a las cuestiones indicadas anteriormente cabe la realización de las siguientes

consideraciones:

A. Sobre la acreditación de adecuación al objeto social, el Art. 57.1 del TRLCSP es muy

claro al indicar que las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos

cuyas prestaciones estén comprendidas entre sus fines, objeto o ámbito de actividad a

tenor de sus estatutos o reglas fundacionales.

El objeto social de Worldnet 21, S.L. es, de acuerdo con la escritura aportada, la “Venta

de software informático y de cualquier producto relacionado con el mercado

informático, así como la prestación de servicios de todo tipo en el mercado

informático”.

En el expediente de contratación que nos ocupa, las prestaciones de servicios a

realizar por el contratista son:

a. Servicios para la selección de fuentes de información:

i. Definición del Sistema de Inteligencia Turística concretado en la

organización de 10 encuentros y reuniones.

ii. Adscripción de fuentes de información al Sistema de Inteligencia

Turística que se detalla en la realización de gestiones ante terceros con

el objetivo de que aporten datos al proyecto resaltándose, en todo

caso, que el asesoramiento tecnológico es prestado por el socio del

proyecto Segittur.

iii. Definición de datos a recabar, concretado en la realización de informes

sobre captación de información para el sistema. De nuevo se especifica

que la responsabilidad tecnológica será de Segittur.

b. Servicios para implementación del sistema aclarándose que dichos servicios se

restringen a la logística organizativa de 4 jornadas de formación en las que la

docencia y contenidos serán aportados por Segittur, que es el único

responsable de la implementación tecnológica del proyecto.

c. Servicios de gestión y coordinación que incluyen:

i. Organización de reuniones tanto en las ciudades de Elvas como Badajoz.

ii. Elaboración de informes y desarrollo de documentación.

iii. Asistencia a la Secretaría del proyecto en labores administrativas,

archivo, comunicaciones entre socios, control económico o

administrativo y uso de la plataforma Fondos 2007 para la gestión

administrativa.

iv. Asesoramiento en el cumplimiento de normativa comunitaria de

publicidad, contratación, seguimiento, control financiero, etc.

d. Servicios de difusión del proyecto, concretados en:

i. Organización de jornadas y reuniones de difusión.

ii. Desarrollo de campaña publicitaria.

iii. Elaboración de Web.

Ninguna de las acciones indicadas, excepto la última de elaboración de Web, se

incluyen entre las que podría amparar el objeto social acreditado por la empresa

Worldnet 21, S.L. No debe llevar a confusión el hecho de que el proyecto Destinos

Inteligentes tenga una base tecnológica, con la contratación de servicios que licita el

Ayuntamiento de Badajoz ya que los servicios tecnológicos e informáticos son

prestados, en el seno del proyecto, por el socio Segittur que participa en el mismo y no

siendo ese tipo de servicios los requeridos en la contratación.

Los servicios precisados tienen que ver con una logística de organización de

encuentros, reuniones, elaboración de informes, tareas administrativas, conocimiento

de legislación y normativa comunitaria, promoción y difusión, etc., servicios que no se

encuadran entre los acreditados en el objeto social del licitador.

No es admisible la consideración realizada en el escrito del licitador en el que destaca

que su objeto social es la “prestación de servicios de todo tipo”, sin más, ya que en

realidad esta prestación está delimitada exclusivamente al ámbito del “mercado

informático”, cuestión que provocaría la exclusión automática de la oferta por

incumplir lo dispuesto en el Art. 57.1 del TRLCSP.

B. Sobre la acreditación de la solvencia técnica exigida, el Pliego de Condiciones

Económico-Administrativas es igualmente claro en su cláusula cuarta, punto 4.2 al

exigir, motivado por los cortos plazos disponibles de ejecución y a la necesidad de

agilizar la misma, experiencia en la prestación de servicios de Gestión y Coordinación

en proyectos financiados con fondos estructurales de la Unión Europea que impliquen

la utilización de la Plataforma Fondos 2007, todo ello debido a la necesidad de que el

licitador esté familiarizado con dicha herramienta y aporte agilidad en los servicios de

apoyo que debe prestar al Ayuntamiento de Badajoz.

Sin embargo el licitador aporta en su experiencia profesional hasta 7 acreditaciones de

experiencia en contratación que se refieren, todas ellas, a la elaboración de

herramientas Web o aplicaciones informáticas para móviles que se han realizado para

diferentes proyectos, tres de los cuáles indica que están financiados por el programa

POCTEP. En su escrito de alegación incluye referencias a dos de ellos, mencionadas

anteriormente, y aporta la fotocopia de una página de los pliegos de ambas

contrataciones.

Es cuestionable la validez de dicha acreditación, por tratarse de fotocopias no

contrastadas ni compulsadas y por ser incompletas pues recogen sólo una página de

los Pliegos Administrativos, no incluyendo los Pliegos completos, tanto Administrativos

como Técnicos, para poder conocer y acreditar que el licitador ha realizado labores de

Gestión y Coordinación de los proyectos.

Pero además, de la propia documentación aportada y de la recabada en los apartados

del Perfil del Contratante de los municipios que adjudicaron los servicios a la empresa

Worldnet 21, S.L. se deduce claramente que los trabajos contratados son de

elaboración y suministro de aplicaciones informáticas en formato de Web o

aplicaciones para teléfonos móviles, servicios y tareas que, excepto en la cuestión

puntual de elaboración de Web para difusión, no tienen que ver con los servicios

precisados en la presente contratación y con las condiciones establecidas para

acreditar la solvencia técnica.

En ningún caso se acredita haber realizado labores de Gestión y Coordinación de los

proyectos de los que aporta acreditación de ejecución, ni mucho menos haber

utilizado la plataforma Fondos 2007 para ello.

No debe confundirse haber realizado cualquier suministro o servicio, en este caso de

desarrollo informático, en un proyecto que recibía financiación de fondos

estructurales, con la tarea de realizar la Gestión y Coordinación de dicho proyecto.

Es por ello que, como conclusión, se considera que el objeto social del licitador Worldnet 21,

S.L. no le permite ser adjudicatario de los servicios licitados por no estar comprendidos dentro

de los que le son propios. Tampoco puede admitirse su oferta por incumplir los

requerimientos de solvencia técnica establecidos en los Pliegos de contratación, quedando, en

consecuencia EXCLUIDA y por lo tanto el único licitador admitido es el nº 2, ya que su

proposición es comprensiva de la totalidad de la documentación exigida en los Pliegos de

Condiciones para los “Sobres B” y, por tanto, admitida.

A continuación por La Mesa de Contratación, se procede a la apertura del “Sobre C”

de Documentación Técnica, de la única proposición admitida, que incluye la

documentación técnica para la valoración de los criterios cuya ponderación depende de

juicios de valor, por lo que se remite a los Servicios Técnicos para su valoración, con

arreglo a los criterios y a la ponderación establecidos en el Pliego, todo ello conforme al

artículo 151 del T.R.L.C.S.P.

Seguidamente, la Mesa de Contratación solicita Informe Técnico antes de formular

su propuesta, ordenando que el “Sobre C” que es de ponderación, que depende de juicios

de valor, pase a Informe de los Servicios Técnicos correspondientes, y una vez emitido

éste, se procederá a la apertura del “Sobre A”, de Oferta Económica, formulando

posteriormente la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación, que incluirá la

ponderación de los criterios indicados en el Pliego de Condiciones, todo ello conforme al

artículo del T.R.L.C.S.P.

En el expediente quedan todas las proposiciones presentadas, siguiéndose el

expediente por sus trámites, conforme a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que rige

la presente contratación.

Siendo las 13 horas y 05 minutos del día de la fecha, se da por terminado el acto.

En prueba y testimonio, firma el Sr. Presidente de la Mesa, de todo lo cual como

Secretario, certifico.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.- Fdo.: Dª. María José Solana Barras.-

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: D. Mario Hermida Ferrer.-

VOCAL: SRA. JEFA DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.- Fdo.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.-

VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL.-

Fdo.: Dª. Raquel Rodríguez Román.-

LA SECRETARIA DE LA MESA.-

Fdo.: Dª Marisa Ruiz de Villegas Martínez.-

ACTA DE CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA EN EL PROCEDIMIENTO

ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA

CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DEL PROYECTO DESTINOS INTELIGENTES (POCTEP)”.

En Badajoz, siendo las 12,40 horas del día 19 de Febrero de 2015, en el Despacho del

Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto

de calificación de la documentación presentada al Procedimiento Abierto reseñado, quedando

integrada por:

- PRESIDENTE: Sra. Tte. ALCALDE DELEGADA DE TURISMO: Dª. Mª José Solana

Barras.

- VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román.

- VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer.

- VOCAL: JEFE DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.

- SECRETARIA: JEFA DE SERVICIO DE PATRIMONIO-CONTRATACIÓN: Dª Marisa Ruiz

de Villegas Martínez.

En primer lugar se procede a calificar previamente la documentación administrativa

presentada en tiempo y forma (sobres B), ordenando el Presidente la apertura de los sobres B

que hacen referencia a la Documentación Administrativa, por el orden en que constan en el

libro de Registro de Plicas.

El Presidente acuerda examinar formalmente la documentación presentada, dando fe el

Secretario de la relación de documentos que figuran.

A continuación se procede por la Mesa de Contratación a determinar si las Empresas

presentadas se ajustan a los criterios de selección de las mismas, examinando la solvencia

económico-financiera y la técnica o profesional, obteniendo el siguiente resultado en cuanto a

la admisión de proposiciones:

Nº1.- Corresponde a “WORLDNET, 21,S.L.” y no es comprensiva de la totalidad de

los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones, en cuanto a la capacidad, no ha

acreditado contar con un objeto social relacionado con el objeto del contrato, no

cumpliéndose cuanto dispone el art. 57-1 del TRLCSP, y en cuanto a la solvencia

técnica, no ha presentado la acreditación en la forma exigida en el punto 4.2 de la

cláusula 4ª en relación con el punto d) de la cláusula 15ª del Pliego de Condiciones

Económico-Administrativas, por lo que se le concede un plazo de tres días hábiles para

su subsanación.

Nº2.- Corresponde a “ SETA, SERVICICIOS TURÍSTICOS Y AMBIENTALES, S.L. ” y es comprensiva de la totalidad de los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones.

Como ha quedado reseñado, la Mesa de Contratación acuerda conceder al

presentador de la proposición nº1 , un plazo de tres días hábiles para que presente en

el Servicio de Patrimonio-Contratación de Secretaría General, los documentos precisos

para las subsanaciones correspondientes, condicionando la admisión de la misma al

cumplimiento de dichos extremos.

A continuación, la Mesa de Contratación acuerda celebrar nueva sesión el día

hábil siguiente, una vez expirado el plazo concedido en el párrafo anterior, a las 12:00

horas, a fin de proceder a determinar las Empresas que se ajustan a los criterios de

selección de las mismas, y proponer al Órgano de Contratación la admisión de las

proposiciones, y posterior apertura de los “Sobres C”, de documentación técnica, que

incluye criterios cuya ponderación depende de juicios de valor.

En el expediente queda la única proposición presentada, siguiéndose el

expediente por sus trámites, conforme a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que

rige la presente contratación.

Siendo las 13 horas y 05 minutos del día de la fecha, se da por terminado el acto.

En prueba y testimonio, firma el Sr. Presidente de la Mesa, de todo lo cual como

Secretario, certifico.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.- Fdo.: Dª. María José Solana Barras.-

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: D. Mario Hermida Ferrer.-

VOCAL: SRA. JEFA DE SECCIÓN DE TURISMO P.D.- Fdo.: Dª. Alicia Sánchez Fraga.-

VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL.-

Fdo.: Dª. Raquel Rodríguez Román.-

LA SECRETARIA DE LA MESA.-

Fdo.: Dª Marisa Ruiz de Villegas Martínez.-