ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte....

13
ACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015 se reunen en representacion de la Union de Trabajadores del Turismo Hoteleros y Gastronomicos de la Republica Argentina (UTHGRA), el Senor Juan Jose Bordes, el Senor Enrique Altier, el Senor Miguel Angel Haslop, el Senor Juan Domingo Castro, el Senor Alvaro Ociel Escalante, la Senora Susana Alvarez y la Senora Laura Sasprizza, con el patrocinio letrado del Doctor Demetrio Oscar Gonzalez Pereira por una parte, y por la otra en representacion de la Asociacion de Hoteles de Turismo de la Republica Argentina (A.H.T.R.A), conforme los alcances de la representacion que cada uno de ellos posee respecto a las diferentes regiones que conforman la A.H.T.R.A., el Senor Aldo Ellas en su caracter de Presidente y miembro paritario, el Senor Diego Gonzalez Bonohno, miembro paritario, con el patrocinio letrado del Doctor Marcelo Daniel Rolon; quienes en conjunto exponen: Que conforme las diferentes reuniones mantenidas en forma directa entre las partes a los efectos de establecer la pauta saiarial que regira la actividad hasta el 31 de mayo de 2016, se ha acordado lo siguiente IMERO: a) Disponer para cada categoria profesional del CCT 362/03, una uma EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ de caracter no remunerativo. pagadera en tres (3) cuotas a efectivizarse conjuntamente con los haberes de los meses de junio, julio y agosto de 2015, cuyo valor para cada categoria profesional y para cada uno de los meses indicados se detallan en la planilla adjunta que conforman Anexos 1, 2, 3.,4, 5, 6 y 7.- Dichas sumas se abonaran en cada uno de los meses indicados bajo la denominacion "Acuerdo Saiarial 2015 Suma Extraordinaria por unica vez no remunerativa" y no estaran sujetas a aportes, contribuciones ni retencione,;^ de ningun tipo, respecto de los Empleac

Transcript of ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte....

Page 1: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ACTA ACUERDO

Expte. 1.669.099/15

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015 se reunen

en representacion de la Union de Trabajadores del Turismo Hoteleros y

Gastronomicos de la Republica Argentina (UTHGRA), el Senor Juan Jose

Bordes, el Senor Enrique Altier, el Senor Miguel Angel Haslop, el Senor Juan

Domingo Castro, el Senor Alvaro Ociel Escalante, la Senora Susana Alvarez y la

Senora Laura Sasprizza, con el patrocinio letrado del Doctor Demetrio Oscar

Gonzalez Pereira por una parte, y por la otra en representacion de la Asociacion

de Hoteles de Turismo de la Republica Argentina (A.H.T.R.A), conforme los

alcances de la representacion que cada uno de ellos posee respecto a las

diferentes regiones que conforman la A.H.T.R.A., el Senor Aldo Ellas en su

caracter de Presidente y miembro paritario, el Senor Diego Gonzalez Bonohno,

miembro paritario, con el patrocinio letrado del Doctor Marcelo Daniel Rolon;

quienes en conjunto exponen:

Que conforme las diferentes reuniones mantenidas en forma directa entre las

partes a los efectos de establecer la pauta saiarial que regira la actividad hasta el

31 de mayo de 2016, se ha acordado lo siguiente

IMERO: a) Disponer para cada categoria profesional del CCT 362/03, una

uma EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ de caracter no remunerativo.

pagadera en tres (3) cuotas a efectivizarse conjuntamente con los haberes de los

meses de junio, julio y agosto de 2015, cuyo valor para cada categoria profesional

y para cada uno de los meses indicados se detallan en la planilla adjunta que

conforman Anexos 1, 2, 3.,4, 5, 6 y 7.-

Dichas sumas se abonaran en cada uno de los meses indicados bajo la

denominacion "Acuerdo Saiarial 2015 Suma Extraordinaria por unica vez no

remunerativa" y no estaran sujetas a aportes, contribuciones ni retencione,;̂ de

ningun tipo, respecto de los Empleac

Page 2: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

Contemplando lo dispuesto en la RG AFIP 3279/12, los empleadores deberan

informar los adicionales no remunerativos aqui establecidos, durante la vigencia

de los mismos, consignando la resolucion Ministerial que homologa el presente.-

b) Disponer para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de

2015 y enero y febrero de 2016 un adicional remunerativo, que no se Integra a

los basicos de convenio, cuyo valor para cada categoria profesional y para cada

uno de los meses indicados se detallan en las planiiias adjuntas que conforman

los Anexos 1, 2, 3.,4, 5, 6 y 7.-.

c) Disponer para los meses de marzo y abril de 2016, un adicional

remunerativo, que incorpora lo dispuesto en el punto anterior y que no se

Integra a los basicos de convenio, cuyo valor para cada categoria profesional y

para cada uno de los meses indicados se detallan en las planiiias adjuntas que

conforman los Anexos 1, 2, 3.,4, 5, 6 y 7.

Las sumas indicadas en los puntos b) y c) de la presente clausula se detallaran

por separado en los recibos de haberes conforme las sumas indicadas para cada

mes descriptas en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, bajo la denominacion "Acuerdo

Saiarial 2015 Suma remunerativa", sin incorporacion a los basicos de convenio

durante el periodo de vigencia de cada rubro.

EGUNDA: A partir de los haberes del mes de mayo de 2016 culmina el

Adicional dispuesto en los puntos b) y c) de la clausula anterior y se conforma la

nueva grilla saiarial del convenio colectivo de trabajo 362/03 tal como se detalla en

las planiiias adjuntas que conforman los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.-

TERCERA: Por otra parte y como colaboracion empresarial a los fines de

capacitacion, turismo y asistencia social del personal que representa la Entidad

Gremial y a sus familias, se conviene que, las empresas comprendidas en el CCT

362/03, efectuaran una contribucion extraordinaria por unica vez y de caracter

excepcional, consistente en el pago de tres cuotas de $ 200 (pesos doscientos)

cada ur̂ a por cada trabajador 9dmpr/fendido en la nomina de dependie^ntes, a

na2 de 5

Page 3: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

•V

depositarse la primera en el mes de julio de 2015, la segunda en el mes de

septiembre de 2015 y la ultima en el mes de noviembre de 2015, pagadera, en

las cuentas de la Entidad gremial suscriptora del presente N° 19.026/48 del

Banco de la Nacion Argentina -Sucursal Plaza de Mayo-, mediante la

utilizacion del sistema aplicativo de pagos que a tal fin posee la entidad gremial

firmante, el cual emite las boletas de deposito correspondiente. A fin de computar

la cantidad de trabajadores a los efectos de esta ultima contribucion empresarial

se estara a la cantidad de trabajadores del ultimo dia del mes anterior a la fecha

de vencimiento de la cuota a pagar.-

CUARTA: En consecuencia, y conforme la zonificacion oportunamente dispuesta,

se resuelve la suscripcion de escalas salariales que se detallan en planiiias

adjuntas las cuales forman parte integral del presente Acuerdo, conforme

el ambito de aplicacion territorial que a cada una de ellas corresponde conforme el

siguiente detalle:

• ANEXO 1) CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES;

• ANEXO 2) GRAN BUENOS AIRES (Localidades y Partidos del Primer cordon

y las Localidades y Partidos de Campana, Exaltacion de la Cruz y Zarate) y

PARTIDO DE LA PLATA;

. ANEXO 3) PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO;

• ANEXO 4) CIUDAD DE CALAFATE;

ANEXO 5) PROVINCIAS DE RIO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ (Excepto

Ciudad de Calafate ) Y NEUQUEN;

• ANEXO 6) PROVINCIA DE MENDOZA Y RESTO DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES (Excepto Gran Buenos Aires y Partido de La Plata);

• ANEXO 7) RESTO DEL PAIS (Provindas de Chaco, Formosa, Corrientes,

Misiones, Entre Rios, Jujuy, Salta, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero,

San Luis, San Juan, Cordoba, Santa Fe, La Pampa).

QUINTA: CONTRIBUCION SOLIDARIA: La representacion sindical dispone una

contribucion solidaria a cargo de la/tmal|dad de los trabajadores depefidifentes

Page 4: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

incluidos en el ambito del convenio colectivo de trabajo 362/03, consistente en el

2% (dos por ciento) mensual del total de las remuneraciones sujetas a aportes y

contribuciones legaies, durante el periodo de vigencia del presente acuerdo

saiarial v como perteneciente a la presente negociacion colectiva, durante el

periodo de vigencia del presente acuerdo saiarial (01 de junio de 2015 al 31 de

mayo de 2016). La entidad gremial afectara los importes percibidos a cubrir los

gastos ya realizados y a realizarse en la gestion y concertacion de convenios y

acuerdos colectivos, salariales y de todo tipo y al desarrollo de la accion social

para el universe de representados y su grupo familiar, conforme lo autoriza

expresamente el articulo 9 de la ley 14250. Se deja aclarado que en el caso de

trabajadores afiliados a la Union de Trabajadores del Turismo Hoteleros y

Gastronomicos de la Republica Argentina el monto de la cuota sindical absorbe el

monto de la contribucion especial solidaria establecida en el presente Acuerdo, no

debiendo realizarse retencion por este concepto a dichos dependientes.-

A tal fin la representacion sindical peticiona que la autoridad administrativa

disponga en el auto homologatorio que la parte empresarial actue como agente de

retencion y deposito de dicha contribucion a la orden de Union de Trabajadores

del Turismo Hoteleros y Gastronomicos de la Republica Argentina en las cuentas

bancarias correspondientes a cada secclonal designada para el deposito de las

otas sindicales, la cual contara con un item separado para el presente rubro. El

eposito se efectuara por mes vencido del 1 al 15 del mes subsiguiente.

La representacion empresarial toma conocimiento y acatara lo que la autoridad

administrativa disponga a ese efecto en la resolucion homologatoria.

SEXTA: Compromisos finales

1. Atento a que el presente Acuerdo Saiarial supera el plazo de vigencia

estipulado en el convenio colectivo de trabajo 362/2003 las partes convienen en

prorrogarlo nuevamente hasta el 30 de junio de 2016, tanto las normas originarias

Page 5: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

•V"

como aquellas que fueron modificadas por acuerdos posteriores sean de indole

normative u obligacional.

2. Las partes se comprometen en el plazo de sesenta (60) dias a reunirse para

revisar categorias laborales y puestos de trabajo con el objetivo de identificar e

incluir aquellas que los nuevos formates comerciales y prestacion de servicios

hubieren generado y no se encontraren debidamente dispuestas en el Convenio

Colectivo de Trabajo vigente. Asimismo se comprometen a revisar el

funcionamiento de las condiciones salariales dispuestas en la regionalizacion

detaliada en la clausula CUARTA.-

3. Las partes ratifican a las negociaciones paritarias en el ambito del Ministerio de

Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nacion; como metodo excluyente para la

fijacion de los salarios y remuneraciones de los trabajadores de la actividad

reconociendose reciprocamente el caracter de unicos, legitimes y exclusivos

representantes de la actividad, peticionando ante la Autoridad la homologacion

del presente, previa ratificacion ante la misma.

4. La vigencia del presente acuerdo saiarial comprende el periodo que abarca

desde junio de 2015 hasta el 31 de mayo de 2016.-

Se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, conjuntamente

con los Anexos denominados 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7, uno para cada una de las partes,

I restante para su ratificacion ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad

ocial.

REPRESENTACION GREMIAL REPRESENTACION EMPRES

ina 5 de 5

Page 6: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 1 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

CAT "4"

HOTELES BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.263 $7,615 $ 8.064 $ 8.431 $ 8.898 $ 9.384

$12,205

SUMANO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,307 $1,371 $ 1.452 $1,518 $1,602 $ 1.689 $2,197

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.034 $2,132 $ 2.258 $ 2.361 $ 2.491 $ 2.628 $3,417

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.469 $ 2.589 $ 2.742 $ 2.867 $ 3.025 $3,191 $4,150

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.297 $ 9.747 $ 10.322 $ 10.792 $11,389 $12,012 $ 15.622

CAT ••5"

HOTELES BOUTIQUE LUJOSP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.579 $ 8.902 $ 9.341 $ 9.651

$ 10.035 $ 10.456 $ 13.593

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,544 $1,602 $1,681 $1,737 $1,806 $1,882 $ 2.447

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.402 $ 2.493 $ 2.615 $ 2.702 $2,810 $ 2.928 $ 3.806

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$2,917 $ 3.027 $ 3.176 $ 3.281 $3,412 $ 3.555 $ 4.622

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 10.981 $11,395 $11,956 $12,353 $ 12.845 $13,384 $ 17.399

CAT ••6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 10.294 $ 10.808 $11,348 $11,915 $12,512 $13,137 $ 17.078

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$ 1.853 $ 1.945 $ 2.043 $2,145 $ 2.252 $ 2.365 $ 3.074

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.882 $ 3.026 $3,177 $ 3.336 $ 3.503 $ 3.678 $ 4.782

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 3.500 $ 3.675 $ 3.858 $ 4.051 $ 4.254 $ 4.467 $ 5.807

NUEVO BASICO MAYO

2016

$13,176 $ 13.834 $ 14.525 $ 15.251 $16,015 $16,815 $21,860

Page 7: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 2 GRAN BUENOS AIRES (Localidades y Partidos del Cordon y las Localidades y Partidos de Campana, Zarate y Exaltacion de la Cruz )

CAT "4" HOTELES

BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$6,912 $7,189 $ 7.518 $ 7.852 $ 8.243 $ 8.651

$11,077

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,244 $1,294 $1,353 $1,413 $1,484 $1,557 $1,994

ACUERDO 2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$1,935 $2,013 $ 2.105 $ 2.199 $ 2.308 $ 2.422 $3,102

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.350 $ 2.444 $ 2.556 $ 2.670 $ 2.803 $ 2.941 $ 3.766

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 8.847 $ 9.202 $ 9.623 $ 10.051 $ 10.551 $11,073 $14,179

CAT "5" HOTELES

BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.334 $ 7.753 $8,124 $ 8.448 $ 8.789 $ 9.154

$11,904

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,320 $1,396 $1,462 $1,521 $1,582 $1,648 $ 2.143

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.054 $ 2.171 $ 2.275 $ 2.365 $ 2.461 $ 2.563 $ 3.333

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.494 $ 2.636 $ 2.762 $ 2.872 $ 2.988 $3,112 $ 4.047

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.388 $ 9.924

$ 10.399 $10,813 $11,250 $11,717 $ 15.237

CAT ••6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.653 $ 9.086 $ 9.540

$10,018 $ 10.517 $11,044 $ 14.358

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,558 $1,635 $1,717 $1,803 $1,893 $1,988 $ 2.584

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.423 $ 2.544 $ 2.671 $ 2.805 $ 2.945 $ 3.092 $ 4.020

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.942 $ 3.089 $ 3.244 $ 3.406 $ 3.576 $ 3.755 $ 4.882

NUEVO BASICO MAYO

2016

$11,076 $11,630 $12,211 $ 12.823 $ 13.462 $ 14.136 $ 18.378

Page 8: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

r

ANEXO 3 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO 1

CAT "4"

HOTELES BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 6.337 $ 6.595 $ 6.890 $ 7.204 $ 7.567 $ 7.937

$ 10.410

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,141 $1,187 $1,240 $1,297 $1,362 $1,429 $1,874

ACUERDO 2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$1,774 $1,847 $1,929 $2,017 $2,119 $ 2.222 $2,915

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$2,155 $ 2.242 $ 2.343 $ 2.449 $ 2.573 $ 2.699 $ 3.539

NUEVO BASICO MAYO

2016

$8,111 $ 8.442 $8,819 $ 9.221 $ 9.686 $10,159 $ 13.325

CAT "5"

HOTELES BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.314 $ 7.501 $ 7.794 $8,108 $ 8.438 $ 8.790

$11,421

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,317 $1,350 $1,403 $1,459 $1,519 $1,582 $ 2.056

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.048 $2,100 $2,182 $ 2.270 $ 2.363 $ 2.461 $3,198

ACUERDO2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.487 $ 2.550 $ 2.650 $ 2.757 $ 2.869 $ 2.989 $ 3.883

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.362 $ 9.601 $ 9.976 $ 10.378 $ 10.801 $11,251 $14,619

CAT "6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.776 $9,215 $ 9.677

$10,159 $ 10.669 $11,202 $ 14.561

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,580 $ 1.659 $1,742 $1,829 $ 1.920 $2,016 $ 2.621

ACUERDO2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.457 $ 2.580 $ 2.710 $ 2.845 $ 2.987 $3,137 $ 4.077

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.984 $3,133 $ 3.290 $ 3.454 $ 3.627 $ 3.809 $ 4.951

NUEVO BASICO MAYO

2016

$11,233 $11,795 $ 12.387 $ 13.004 $ 13.656 $ 14.339 $ 18.638

Page 9: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 4 EL CALAFATE

CAT "4"

HOTELES BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 6.546 $ 6.809 $7,120 $ 7.436 $7,811 $8,199

$ 10.494

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,178 $1,226 $ 1.282 $1,338 $ 1.406 $1,476 $ 1.889

ACUERDO2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 1.833 $ 1.907 $ 1.994 $ 2.082 $2,187 $ 2.296 $ 2.938

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.226 $2,315 $ 2.421 $ 2.528 $ 2.656 $ 2.788 $ 3.568

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 8.379 $8,716 $9,114 $9,518 $ 9.998 $ 10.495 $ 13.432

CAT "5"

HOTELES BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.324 $ 7.621 $7,919 $ 8.240 $ 8.571 $ 8.929

$11,603

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,318 $ 1.372 $1,425 $1,483 $1,543 $1,607 $ 2.089

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.051 $2,134 $2,217 $ 2.307 $ 2.400 $ 2.500 $ 3.249

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.490 $ 2.591 $ 2.692 $ 2.802 $ 2.914 $ 3.036 $ 3.945

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.375 $ 9.755 $10,136 $ 10.547 $ 10.971 $11,429 $ 14.852

CAT "6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.471 $ 7.844 $ 8.236 $ 8.648 $ 9.080 $ 9.535

$ 12.394

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,345 $1,412 $ 1.482 $ 1.557 $1,634 $1,716 $ 2.231

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.092 $ 2.196 $ 2.306 $ 2.421 $ 2.542 $ 2.670 $ 3.470

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.540 $ 2.667 $ 2.800 $ 2.940 $ 3.087 $ 3.242 $4,214

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.563 $ 10.040 $ 10.542 $11,069 $11,622 $ 12.205 $ 15.864

Page 10: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 5 RIO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ Y NEUQUEN

CAT "4" HOTELES

BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 6.234 $ 6.487 $ 6.781 $ 7.086 $7,440 $ 7.804 $ 9.982

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,122 $1,168 $1,221 $ 1.275 $ 1.339 $ 1.405 $1,797

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$1,746 $1,816 $1,899 $1,984 $ 2.083 $2,185 $ 2.795

ACUERDO2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$2,120 $ 2.206 $ 2.306 $ 2.409 $ 2.530 $ 2.653 $ 3.394

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 7.980 $ 8.303 $ 8.680 $ 9.070 $ 9.523 $ 9.989

$ 12.777

CAT "5" HOTELES

BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.208 $ 7.501 $ 7.794 $8,108 $ 8.438 $ 8.790

$11,421

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,297 $1,350 $1,403 $1,459 $1,519 $1,582 $ 2.056

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$2,018 $ 2.100 $ 2.182 $ 2.270 $ 2.363 $ 2.461 $ 3.198

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.451 $ 2.550 $ 2.650 $ 2.757 $ 2.869 $ 2.989 $ 3.883

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.226 $ 9.601 $ 9.976

$ 10.378 $ 10.801 $11,251 $ 14.619

CAT "6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.648 $ 9.080 $ 9.535

$10,012 $10,514 $11,038 $ 14.349

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,557 $1,634 $1,716 $1,802 $1,893 $1,987 $ 2.583

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.421 $ 2.542 $ 2.670 $ 2.803 $2,944 $ 3.091 $4,018

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.940 $ 3.087 $ 3.242 $ 3.404 $ 3.575 $ 3.753 $ 4.879

NUEVO BASICO MAYO

2016

$11,069 $11,622 $ 12.205 $ 12.815 $ 13.458 $ 14.129 $ 18.367

Page 11: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 6 PROVINCIA DE MENDOZA Y RESTO PCIA DE BUENOS AIRES (excepto Gran Bs As y Partido de La Plata)

CAT "4"

HOTELES BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 6.175 $ 6.421 $ 6.708 $7,013 $ 7.366 $ 7.734

$ 10.059

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,112 $1,156 $1,207 $1,262 $1,326 $ 1.392 $1,811

ACUERDO 2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$1,729 $1,798 $1,878 $1,964 $ 2.062 $2,166 $2,817

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$2,100 $2,183 $ 2.281 $ 2.384 $ 2.504 $ 2.630 $ 3.420

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 7.904 $8,219 $ 8.586 $ 8.977 $ 9.428 $ 9.900

$ 12.876

CAT "5"

HOTELES BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 7.208 $ 7.501 $ 7.794 $8,108 $ 8.438 $ 8.790

$11,421

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$ 1.297 $1,350 $1,403 $1,459 $1,519 $1,582 $ 2.056

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.018 $2,100 $2,182 $ 2.270 $ 2.363 $ 2.461 $3,198

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.451 $ 2.550 $ 2.650 $ 2.757 $ 2.869 $ 2.989 $ 3.883

NUEVO BASICO MAYO

2016

$ 9.226 $ 9.601 $ 9.976

$ 10.378 $ 10.801 $11,251 $ 14.619

CAT "6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.648 $ 9.080 $ 9.535

$10,012 $10,514 $11,038 $ 14.349

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,557 $1,634 $1,716 $ 1.802 $ 1.893 $1,987

M k 2.583

ACUERDO 2015 DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.421 $ 2.542 $ 2.670 $ 2.803 $ 2.944 $ 3.091 $4,018

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.940 $ 3.087 $ 3.242 $ 3.404 $ 3.575 $ 3.753 $ 4.879

NUEVO BASICO MAYO

2016

$11,069 $11,622 $ 12.205 $12,815

/ $ 13.458 ^ 1 4 . 1 2 9 • 8.367

Page 12: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

ANEXO 7 CATAMARCA, CORDOBA, CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, SANTIAGO DEL ESTERO, JUJUY, SANTA FE,

SALTA, SAN LUIS, SAN JUAN, LA PAMPA, LA RIOJA, ENTRE RIOS Y MISIONES

CAT "4"

HOTELES BOUTIQUE DE LUJO

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$6,175 $ 6.421 $ 6.708 $7,013 $ 7.366 $ 7.734

$ 10.058

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,112 $1,156 $1,207 $ 1.262 $ 1.326 $1,392 $1,810

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 1.729 $1,798 $1,878 $1,964 $ 2.062 $2,166 $ 2.816

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$2,100 $2,183 $ 2.281 $ 2.384 $ 2.504 $ 2.630 $ 3.420

NUEVO BASICO MAYO 2016

$ 7.904 $8,219 $ 8.586 $ 8.977 $ 9.428 $ 9.900 $12,874

CAT "5"

HOTELES BOUTIQUE LUJO SP

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 6.831 $7,106 $ 7.389 $ 7.686 $ 7.996 $ 8.469

$11,011

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,230 $1,279 $1,330 $1,383 $1,439 $1,524 $1,982

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$1,913 $1,990 $ 2.069 $2,152 $ 2.239 $ 2.371 $ 3.083

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.323 $ 2.416 $2,512 $2,613 $2,719 $ 2.879 $3,744

NUEVO BASICO MAYO 2016

$8,744 $ 9.096 $ 9.458 $ 9.838 $ 10.235 $ 10.840 $ 14.094

CAT "6"

1 2 3 4 5 6 7

BASICO MAYO 2015

$ 8.648 $ 9.080 $ 9.535

$10,012 $ 10.514 $11,038 $ 14.349

SUMA NO REMUNERATIVA JUNIO JULIO Y AGOSTO 2015

$1,557 $1,634 $1,716 $ 1.802 $ 1.893 $ 1.987 $ 2.583 ^ •

ACUERDO 2015DE SETIEMBRE 2015 A

FEBRERO 2016 REMUNERATIVO

$ 2.421 $ 2.542 $ 2.670 $ 2.803 $ 2.944 $ 3.091 $4,018

ACUERDO 2015 MARZO Y ABRIL

2016 REMUNERATIVO

$ 2.940 $ 3.087 $ 3.242 $ 3.404 $ 3.575 $ 3.753 $ 4.879

NUEVO BASICO MAYO 2016

$11,069 $11,622 $ 12.205 $ 12.815 $ 13.458 y 4 . 1 2 9

A.367 H ^

Page 13: ACTA ACUERDO - Trivia [SP]data.triviasp.com.ar/files/parte4/conv36203acu94815.pdfACTA ACUERDO Expte. 1.669.099/15 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de Junio de 2015

"2015 - Ario del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres"

i^diimuleyd). c/e dyadado^j

wm/dea u d e a w y i d a d d t x d a d

EXPEDIENTE N° 1669099/15

En la ciudad de Buenos Aires a los siete dias del mes de julio de 2015, siendo las 17

horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL - DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO- ante la Dra

Mercedes M. GADEA, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, en

representacion de la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y

GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA los Sres Enrique ALTIER,

miembro de Comision Negociadora con la asistencia letrada del Dr Demetrio Oscar

GONZALEZ PEREIRA y por la otra en representacion de la parte empresaria por la

ASOCION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

(ANTRA) el Sr. Aldo ELIAS, miembro de Comision Negociadora con la asistencia

letrada del Dr Carlos LOPEZ,

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, las partes comparecientes

vienen a ratificar en todos sus terminos el acuerdo arribado en forma directa y que

acompanaran en el Expte N° 1.680731/15, agregado a estos actuados, solicitando

su pronta homologacion.

Con lo que se cierra el acto, siendo las 17.30 hs. labrandose la presente que leida

es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.

PARTE EMPRESARIA PARTE_SINDICAL

\ p ra . MERCEDEB M. GADEA Jefa Dtjt Relactonek Laborales N»' tHceflCT de Negodicifin Colectiva

WRT • MT^v SS