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Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Licitación Pública Nº 0022-2012-MTC/20 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Mantenimiento periódico de la carretera Emp. PE 1N (Piura) – Santa Ana – Tambo Grande, Tramo: Piura – La Obrilla 1 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES LP N° 0022-2012-MTC/20 MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA EMP. PE 1N (PIURA) – SANTA ANA – TAMBO GRANDE, TRAMO: PIURA – LA OBRILLA. PARTICIPANTE N° 01: VIDARTE LLONTOP ERWIN OBSERVACIÓN N° 01 Referencia(s) de la Bases Sección: CAPITULO II – SECCIÓN ESPECIFICA Numeral: 2.7. REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO (ítem h) Página 24 OBSERVACIÓN Con respecto a la oportunidad en la que el postor ganador de la buena pro deba presentar los respectivos certificados de habilidad de los profesionales propuestos; según las bases, ésta presentación debería ser a la firma del contrato. Solicitamos que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú conforme al PRONUNCIAMIENTO 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC y al PRONUNCIAMIENTO 313-2011 DTN para la LP Nº006-2011-MTC.. RESPUESTA N° 01 SE ACOGE lo solicitado, los certificados de habilidad deben ser presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú. OBSERVACIÓN N° 02 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO III – REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal Página 26 OBSERVACIÓN Las bases solicitan un profesional Ingeniero Jefe de Equipo Mecánico que sea Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. Solicitamos acoger la siguiente observación en el sentido de que se acepte a un Ingeniero de Producción siempre y cuando se trate de obras similares y cumpla con lo exigido en las bases. RESPUESTA N° 02 NO SE ACOGE lo solicitado, (en concordancia a la respuesta N° 01 de la Consulta N° 01 del PARTICIPANTE N° 02: E REYNA C SAC. CONTRATISTAS GENERALES, de acuerdo al siguiente texto: Se confirma, que para los Requerimientos Técnicos Mínimos se solicita a un profesional para el cargo de

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Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Licitación Pública Nº 0022-2012-MTC/20

ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Mantenimiento periódico de la carretera Emp. PE 1N (Piura) – Santa Ana – Tambo Grande, Tramo: Piura – La Obrilla

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ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES LP N° 0022-2012-MTC/20

MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA EMP. PE 1N (PIURA) – SANTA ANA – TAMBO GRANDE, TRAMO: PIURA – LA OBRILLA.

PARTICIPANTE N° 01: VIDARTE LLONTOP ERWIN OBSERVACIÓN N° 01 Referencia(s) de la Bases Sección: CAPITULO II – SECCIÓN ESPECIFICA Numeral: 2.7. REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO (ítem h) Página 24 OBSERVACIÓN Con respecto a la oportunidad en la que el postor ganador de la buena pro deba presentar los respectivos certificados de habilidad de los profesionales propuestos; según las bases, ésta presentación debería ser a la firma del contrato. Solicitamos que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú conforme al PRONUNCIAMIENTO 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC y al PRONUNCIAMIENTO 313-2011 DTN para la LP Nº006-2011-MTC.. RESPUESTA N° 01 SE ACOGE lo solicitado, los certificados de habilidad deben ser presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú. OBSERVACIÓN N° 02 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO III – REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal Página 26 OBSERVACIÓN Las bases solicitan un profesional Ingeniero Jefe de Equipo Mecánico que sea Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares. Solicitamos acoger la siguiente observación en el sentido de que se acepte a un Ingeniero de Producción siempre y cuando se trate de obras similares y cumpla con lo exigido en las bases. RESPUESTA N° 02 NO SE ACOGE lo solicitado, (en concordancia a la respuesta N° 01 de la Consulta N° 01 del PARTICIPANTE N° 02: E REYNA C SAC. CONTRATISTAS GENERALES, de acuerdo al siguiente texto: “Se confirma, que para los Requerimientos Técnicos Mínimos se solicita a un profesional para el cargo de

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Ingeniero de Equipo Mecánico, debiendo ser el profesional propuesto, un Ingeniero Mecánico y/o Ingeniero Mecánico Eléctrico”). OBSERVACIÓN N° 03. Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO IV – CRITERIOS DE EVALUACION C.Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página 29 OBSERVACIÓN Para el Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto en el caso del Ingeniero de Obras de Arte y Drenaje, solicitamos confirmar que la experiencia de dicho profesional pueda ser acreditada también con certificados donde figure el cargo de Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje, siempre y cuando se trate de obras similares. RESPUESTA N° 03 SE ACOGE lo solicitado, también se aceptara el cargo de Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje, siempre y cuando se trate de obras similares OBSERVACIÓN N° 04 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO IV – CRITERIOS DE EVALUACION C.Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página 29 OBSERVACIÓN Para el Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto en el caso del Ingeniero de Metrados y Valorizaciones, solicitamos confirmar que la experiencia de dicho profesional pueda ser acreditada con certificados donde figure el cargo de Ingeniero Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares. RESPUESTA N° 04 SE ACOGE lo solicitado, también se aceptara el cargo de Ingeniero Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares PARTICIPANTE N° 02: JACCSA S.A.C. OBSERVACIÓN N° 01 Referencia(s) de las Bases INGENIERO DE EQUIPO MECANICO Sección: Numeral: Página: OBSERVACIÓN Se observa la absolución de la consulta Nº 01 del Postor E. REYNA C. SAC. CONTRATISTAS GENERALES.

Respuesta a la Consulta N° 1

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Se confirma, que para los Requerimientos Técnicos Mínimos se solicita a un profesional para el cargo de Ingeniero de Equipo Mecánico, debiendo ser el profesional propuesto, un Ingeniero Mecánico y/o Ingeniero Mecánico Eléctrico.

La entidad es su absolución modifica los requerimientos del Ingeniero de Equipo Mecánico, contraviniendo los principios de la Ley de Contrataciones del Estado

k) Principio de Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. c) Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores. d) Principio de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de la Entidad, se adoptarán en estricta aplicación de la presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas. e) Principio de Razonabilidad: En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado.

Se recomienda acoger esta observación y con el fin de fomentar la mayor participación de postores, ampliar el requerimiento técnico mínimo del Ingeniero de equipo Mecánico a Ingeniero Civil, Ingeniero Mecánico y/o Ingeniero Mecánico Eléctrico. colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima en obras similares RESPUESTA N° 01 NO SE ACOGE lo solicitado, ver respuesta N° 02 de la Observación N° 02 del PARTICIPANTE N° 01: VIDARTE LLONTOP ERWIN. OBSERVACIÓN N° 02 Referencia(s) de las Bases REQUERIMIENTO EQUIPO MÍNIMO Sección: Numeral: Página: OBSERVACIÓN Se observa el requerimiento de equipo mínimo. La entidad en sus bases solicita en una relación el requerimiento de equipos mecánicos mínimos que no detalla la capacidad y potencia mínima solicitada en la Nota del Anexo N° 07. NOTA:

Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años; Del mismo modo, serán consideradas las Propuestas que presenten Maquinarias y Equipos que en la columna de descripción de la maquinaria tengan la información de modelo, capacidad y potencia de la maquinaria propuesta. La Entidad podrá verificar la exactitud de la Declaración Jurada propuesta por el postor mediante fiscalización posterior. Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.

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Por ejemplo. - TEODOLITO

- NIVEL TOPOGRAFICO

- EQUIPO T/HIDROJET P/AGUA A PRESCION

- EQUIPO DE CORTE

- MAQUINA PARA PINTAR MARCAS EN EL PAVIMENTO

- COMPACTADORA VIBRATORIA TIPO PLANCHA

- ZARANDA ESTATICA

- ESPARCIDORA DE AGREGADOS

- MICROPAVIMENTADORA

Conllevando a la subjetividad e induciendo a error. este requerimiento contraviene el Artículo 26.- Condiciones mínimas de las Bases de la Ley de Contrataciones del Estado en la que detalla que las bases deben contener obligatoriamente los siguiente:

a) Los mecanismos que fomenten la mayor concurrencia y participación de postores en función al objeto del proceso y la obtención de la propuesta técnica y económica más favorable.

Y los principios de la Ley de Contrataciones del Estado

k) Principio de Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. c) Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores. d) Principio de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones de la Entidad, se adoptarán en estricta aplicación de la presente norma y su Reglamento; así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas. e) Principio de Razonabilidad: En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado.

Se recomienda acoger esta observación y fomentar la mayor participación de postores, solicitando detallar claramente la POTENCIA Y CAPACIDAD de los equipos descritos en el ejemplo ó en su defecto omitirlos de la relación de equipos mínimos evitando interpretaciones subjetivas, promoviendo de esta manera el trato justo e igualitario en el proceso. RESPUESTA N° 02 SE ACOGE lo solicitado y atendiendo la solicitud del postor se detallan las características de los equipos solicitados:

1. TEODOLITO: • Lectura Angular = 05” Centesimales • Longitud = 155 mm (6.10º)

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• Aumento = 30X • Reducción = 2.5” • Distancia de enfoque mínima = 1.30 m • Constante Estadimétrica = 100

2. NIVEL TOPOGRAFICO

• Precisión +/- 2.00 mm para nivelación de 1 km cerrada • Aumento de Anteojo 20X • Distancia Mínima de Enfoque 0.80m.

3. EQUIPO T/HIDROJET P/AGUA A PRESCION

• Sistema Hidrojet de alta presión desde 1200 psi hasta 6500 psi, con agua fría natural.

4. EQUIPO DE CORTE • Potencia máxima 12.8 HP • Rotación de disco de 2860 rpm • Máxima profundidad de corte 155 mm

5. MAQUINA PARA PINTAR MARCAS EN EL PAVIMENTO

• Máquina para pintar , trazado de Lineas 4.4 L/MIN

6. COMPACTADORA VIBRATORIA TIPO PLANCHA • Potencia 5.5 HP • Dimensión de la plancha base 500x585 mm

7. ZARANDA ESTATICA

• 01 ZARANDA DE 3.90 X 3.00 M. incluye 01 CASTILLO PARA ZARANDA DE 3.00 X 2.15 X 4.00 M.

• Construida con varillas de 3/8” soldadas. • Tubos de Marco circulares de 21/2” soldados.

8. ESPARCIDORA DE AGREGADOS

Ancho de esparcimiento 250-4000mm Velocidad de esparcimiento 2.5-3.6km/h Velocidad de funcionamiento máx. 23 km/h Índice de esparcimiento 2-30 M3/kM2 Tamaño de agregado 3-40mm

9. MICROPAVIMENTADORA

• Micropavimentadora M – 210 • Capacidad 300HP • Peso 6.5 tn.

OBSERVACIÓN N° 03 Referencia(s) de las Bases FORMULA POLINOMICA Sección: Numeral:

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Página: OBSERVACIÓN La fórmula polinómica alcanzada en el expediente técnico es la siguiente.

Al respecto, en el Numeral “2” del Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece lo siguiente: “En el caso de contratos de obras pactados en moneda nacional, las Bases establecerán las fórmulas de reajuste. Las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones serán ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias (sic)”. No obstante, en la presente fórmula polinómica, en el monomio N° 3 el recurso “APARATO SANITARIO CON GRIFERIA cuyo IPC es el N° 10” no forma parte del desagregado de recursos del Presupuesto de dicho Expediente Técnico, por lo que se observa la Formula Polinomica debido a que no refleja un factor de reajuste sustentable. Finalmente, en conformidad con lo establecido en el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 022-80-VC, la elaboración de las fórmulas polinómicas, contenidas en el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 011-79-VC, debe efectuarse en base a los análisis de costos de la obra. En ese sentido, corresponde elaborar una nueva fórmula polinómica, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, en aplicación del Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

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Cabe agregar que en cumplimiento del Artículo 28° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 109° de su Reglamento, esta observación debe ser absuelta de manera fundamentada y sustentada, indicando la base legal en la cual sustenta. RESPUESTA N° 03 SE ACOGE lo solicitado, se adjunta la Nueva Fórmula Polinómica, según R.D. N° 1015-2012-MTC/20 de fecha 26.NOV.2012 (ver cuadros siguientes)

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OBSERVACIÓN N° 04 Referencia(s) de las Bases FORMULA POLINOMICA Sección: Numeral: Página: OBSERVACIÓN Según la información alcanzada en la absolución de consultas el archivo en formato PDF con nombre PRESUPUESTO describe en la página de folio N° 18 las cantidades de los recursos requeridos para la obra por lo que se observa que el recurso EMULSION ASFALTICA DE ROTURA RAPIDA CSS-1hp cuyo código de agrupamiento es el 0229010101 tiene un código de IPC erróneo ya que por la incidencia alta que tiene en el presupuesto (Mayor a un millón) no sé refleja en la formula Polinomica por lo que se les solicita corregir dichos códigos y elaborar una nueva Fórmula Polinomica que refleje un reajuste sustentable. RESPUESTA N° 04 SE ACOGE lo solicitado, adjuntamos la Nueva Fórmula Polinómica, (ver observación anterior)