ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS TÉCNICAS Licitación Pública N° 003-2014...

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“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú” “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” 1 Jirón Zorritos 1203 www.mtc.gob.pe Lima, Lima 01 Perú (511) 615-7800 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS TÉCNICAS Licitación Pública N° 003-2014-MTC/29 – Primera Convocatoria “Adquisición e Implementación de Equipamiento Automatizado de Comprobación Técnica para 15 Estaciones CER del MTC” Las empresas, debidamente registradas, TESACOM, ROHDE & SCHWARZ, NETCOR PERU S.A.C., MEDIA COMMERCE, WINNER SYSTEMS S.A.C., INTEGRACIONES ELECTRONICAS S.A.C. Y DITEL GROUP S.A.C., presentaron las siguientes consultas que el Comité Especial, al amparo del Art. 31° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, solicitó apoyo técnico a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones – DGCSC para ser absuelta, es así que con Memorando Nº 4631-2014-MTC/29 de fecha 03.10.2014, dan respuesta a cada una de ellas, de la siguiente manera: EMPRESA: TESACOM PERU S.A.C. CONSULTA N° 1 Sección específica - Anexo2 Sistema de Control del Espectro y el Sistema de Gestión Ellipse (Situación Actual) Página: 38 Antecedente: “El enlace de comunicación con las estaciones de provincias es a través de un enlace IP/MPLS (512 Kbps)” Consulta: Se solicita al Comité Especial responder las siguientes consultas: a) ¿El MTC proveerá de la conectividad IP para todas las torres fijas a instalarse? b) ¿El MTC incorpora el router de borde en cada estación? ¿Qué interfaz, Ethernet? ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1 El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) El MTC proveerá de un enlace de transmisión de datos entre su Sede Central y cada uno de los locales de las Estaciones CER (MPLS). b) El MTC incorporará un router en cada Estación CER, con interfaz Ethernet. CONSULTA N° 2 Sección Específica – Capitulo III Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos Capítulo 5 – Características Técnicas Página: 26 y 27 Antecedente: “En el punto 5.2, Inciso I, J se solicita conectividad de voz y datos para las estaciones fijas, cuyos destinos son el sitio central del MTC y los móviles”. “En el punto 5.3, Inciso I, J se solicita conectividad de las estaciones móviles. Del mismo modo se solicita conectividad para estaciones móviles en el punto 5.3 incisos I, J”. Consulta: a) ¿Cuál es la capacidad de transmisión de datos requerida? (velocidad de conexión o CIR garantizada) b) ¿Se requiere comunicación celular (3G, LTE)? O se requiere comunicación satelital? Hay que proveer el equipamiento de comunicaciones o solamente la indicación de que equipos se requiere. c) ¿El MTC se encargara en otra licitación de la adquisición del servicio mensual? ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2 El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) El MTC cuenta con un sistema de transmisión de datos entre la sede central en Lima y cada estación CER con una capacidad de 2.0 Mbps. Para el caso de las estaciones fija y móvil, la capacidad de transmisión de datos requerida dependerá del sistema de comunicación que el contratista instale entre estas y que cumpla con lo requerido en los literales J y L del numeral 5 del Capítulo III de la sección específica de las bases.

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“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú”

“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

1 Jirón Zorritos 1203 www.mtc.gob.pe Lima, Lima 01 Perú

(511) 615-7800

ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS TÉCNICAS

Licitación Pública N° 003-2014-MTC/29 – Primera Convocatoria

“Adquisición e Implementación de Equipamiento Automatizado de Comprobación Técnica para 15 Estaciones CER del MTC”

Las empresas, debidamente registradas, TESACOM, ROHDE & SCHWARZ, NETCOR PERU S.A.C., MEDIA COMMERCE, WINNER SYSTEMS S.A.C., INTEGRACIONES ELECTRONICAS S.A.C. Y DITEL GROUP S.A.C., presentaron las siguientes consultas que el Comité Especial, al amparo del Art. 31° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, solicitó apoyo técnico a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones – DGCSC para ser absuelta, es así que con Memorando Nº 4631-2014-MTC/29 de fecha 03.10.2014, dan respuesta a cada una de ellas, de la siguiente manera:

EMPRESA: TESACOM PERU S.A.C.

CONSULTA N° 1

Sección específica - Anexo2 Sistema de Control del Espectro y el Sistema de Gestión Ellipse (Situación Actual) Página: 38 Antecedente: “El enlace de comunicación con las estaciones de provincias es a través de un enlace IP/MPLS (512 Kbps)” Consulta: Se solicita al Comité Especial responder las siguientes consultas: a) ¿El MTC proveerá de la conectividad IP para todas las torres fijas a instalarse? b) ¿El MTC incorpora el router de borde en cada estación? ¿Qué interfaz, Ethernet?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) El MTC proveerá de un enlace de transmisión de datos entre su Sede Central y cada uno de los locales de las

Estaciones CER (MPLS). b) El MTC incorporará un router en cada Estación CER, con interfaz Ethernet.

CONSULTA N° 2

Sección Específica – Capitulo III Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos Capítulo 5 – Características Técnicas Página: 26 y 27 Antecedente: “En el punto 5.2, Inciso I, J se solicita conectividad de voz y datos para las estaciones fijas, cuyos destinos son el sitio central del MTC y los móviles”. “En el punto 5.3, Inciso I, J se solicita conectividad de las estaciones móviles. Del mismo modo se solicita conectividad para estaciones móviles en el punto 5.3 incisos I, J”. Consulta: a) ¿Cuál es la capacidad de transmisión de datos requerida? (velocidad de conexión o CIR garantizada)

b) ¿Se requiere comunicación celular (3G, LTE)? O se requiere comunicación satelital? Hay que proveer el

equipamiento de comunicaciones o solamente la indicación de que equipos se requiere.

c) ¿El MTC se encargara en otra licitación de la adquisición del servicio mensual?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) El MTC cuenta con un sistema de transmisión de datos entre la sede central en Lima y cada estación CER con

una capacidad de 2.0 Mbps. Para el caso de las estaciones fija y móvil, la capacidad de transmisión de datos requerida dependerá del sistema de comunicación que el contratista instale entre estas y que cumpla con lo requerido en los literales J y L del numeral 5 del Capítulo III de la sección específica de las bases.

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b) En las Bases, Sección Específica, Capítulo III, numeral 5.2, literal J, está indicado que cada Estación Fija, deberá tener un sistema de comunicación que le permita integrarse en tiempo real con la Estación Móvil. El equipamiento necesario será proporcionado por el contratista, y será propuesto por cada postor, de acuerdo al despliegue tecnológico de cada ciudad podrá ser 3G o LTE u otro que cumpla con lo requerido; para este caso no se requiere comunicación satelital.

c) Para el período de pruebas, de ser el caso, el contratista se encargará del pago correspondiente en caso de proporcionar un sistema con pago mensual.

CONSULTA N° 3

Sección Específica – Capitulo III Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos Capítulo 5 – Características Técnicas Página: 27 Antecedente: “En el punto 5.2, Inciso R, se menciona que las Obras Civiles serán responsabilidad del MTC y serán entregadas 1 mes antes de la fecha de instalación de las estaciones por parte de contratista”. Consulta: a) ¿el izamiento de cada torre autosoportada es responsabilidad del MTC?

b) ¿El cableado y montaje de antenas de la torre será instalado también por el MTC? O

c) ¿El montaje de torres, cableado, antena y sistemas es responsabilidad del oferente?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) No. El izamiento de cada torre autorsoportada es responsabilidad del contratista, puesto que, se tratará de

un contrato del tipo ¨Llave en mano”. b) No. El cableado y montaje de antenas de la torre será instalado también por el contratista, puesto que, se

tratará de un contrato del tipo ¨Llave en mano”. c) Si. El montaje de torres, cableado, antenas y sistemas será responsabilidad del oferente.

CONSULTA N° 4

Sección Específica – Capitulo III Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos Capítulo 5 – Características Técnicas Página: 30 Antecedente: “En el punto 7, Inciso B, se menciona que el postor deberá poner un servicio local de reparación y seguimiento del contrato durante el periodo de garantía, que deberá estar a cargo de una empresa que tenga representación local del oferente y técnicamente calificado para asegurar un buen funcionamiento del Sistema”. Consulta: Siendo que normalmente los equipos de análisis de espectro cuentan con tecnología de fabricación específica y bajo estándares internacionales, y lo mismo aplica para los proceso de fabricación y/o reparación: a) ¿Es factible trasladar las reparaciones de equipamiento al fabricante del mismo? (En cuyo caso el contratista

se responsabiliza de la logística del caso).

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) Es razonable que la reparación del equipamiento la realice el fabricante del mismo, siendo responsabilidad

del contratista tener una representación local para realizar dicha reparación o responsabilizarse de la logística para la reparación de ser el caso.

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EMPRESA : ROHDE&SCHWARZ

CONSULTA N° 1

En las bases de esta licitación se señala en el capítulo 5 “CARACTERISTICAS TECNICAS”, sección 5.1

“Generalidades”, pagina 24, que las estaciones de comprobación técnica de espectro fijas y móviles deberán

cumplir con las premisas de diseño y realizar las funciones de acuerdo a las últimas recomendaciones de la UIT

así como lo contemplado en el manual de comprobación técnica del espectro, edición 2011. En dicho manual

en su página 157 del capítulo 3 “Equipo de comprobación técnica y automatización”, sección 3.3.5

“Especificaciones típicas para receptores de comprobación técnica de propósito general” se publica el cuadro

3.3-1 “Especificaciones típicas de receptores de comprobación técnica de propósito general”. Este cuadro

describe las características técnicas mínimas independientemente del fabricante que se debe cumplir para los

receptores de monitoreo de estaciones de monitoreo que cumplen con las recomendaciones del UIT. Ya que

estas bases señalan que todo fabricante debe cumplir con las premisas contempladas en el manual de

comprobación técnica del espectro, edición 2011, pedimos confirmar si es que este cuadro define las

características mínimas técnicas del receptor de monitoreo que todo fabricante debe ofrecer dentro de su

propuesta.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El cuadro 3.3-1 del manual de comprobación técnica de la UIT edición 2011 describe las especificaciones típicas para receptores de comprobación técnica, las cuales deben ser de cumplimiento mínimo por el postor de acuerdo a lo requerido en las bases.

CONSULTA N° 2

En las bases de esta licitación se señala en el capítulo 5 “CARACTERISTICAS TÉCNICAS”, sección 5.1

“Generalidades”, pagina 24, que las estaciones de comprobación técnica de espectro fijas y móviles deberán

cumplir con las premisas de diseño y realizar las funciones de acuerdo a las últimas recomendaciones de la UIT

así como lo contemplado en el manual de comprobación técnica del espectro, edición 2011. En dicho manual

en su página 166 del capítulo 3 “Equipo de comprobación técnica y automatización”, sección 3.4.6

“Especificaciones típicas de los sistemas de radiogoniometría” se publica el cuadro 3.4-2 “Especificaciones

típicas para estaciones de radiogoniometría fijas y móviles en ondas métricas y decimétricas”. Este cuadro

describe las características técnicas mínimas independientemente del fabricante que se debe cumplir para los

sistemas de radiogoniometría de estaciones de monitoreo que cumplen con las recomendaciones de la UIT. Ya

que estas bases señalan que todo fabricante debe cumplir con las premisas contempladas en el manual de

comprobación técnica del espectro, edición 2011, pedimos confirmar si es que este cuadro define las

características mínimas técnicas del sistema de radiogoniometría que todo fabricante debe ofrecer dentro de

su propuesta.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El cuadro 3.4-2 del manual de comprobación técnica de la UIT edición 2011 describe las especificaciones típicas para estaciones de radiogoniometría fijas y móviles en ondas métricas y decimétricas, las cuales deben ser de cumplimiento mínimo por el postor de acuerdo a lo requerido en las bases.

CONSULTA N° 3

En las bases de esta licitación se señala en capítulo 5 “CARACTERISTICAS TECNICAS”, sección 5.1 Generalidades, literal H, pagina 25, “Realizar como mínimo las siguientes funciones:”, numeral 11 “Deberán como mínimo las mediciones automáticas siguientes”, subliteral k “Mediciones de emisiones de TV analógica de acuerdo al estándar NTSC norma M y TV digital de acuerdo al estándar ISDB-T con las mejoras brasileras adoptadas por el Perú. Referirse a las Recomendaciones UIT-R serie SM: Gestión del Espectro y Recomendación UIT-R SM 1682-1 respectivamente. La recomendación UIT-R SM. 1682-1 “Métodos para efectuar mediciones en señales de

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radiodifusión digital” señala a la parte de parámetros de radiofrecuencia como frecuencia y anchura de banda, potencia e intensidad de campo, características de RF, etc., parámetros en señal demodulada como:

BER después de las distintas etapas de decodificación (Página 6, Sección 2.6 Cobertura)

VER e intensidad de campo (Página 6, Sección 2.6 Cobertura)

Numero de portadores OFDM (Página 7, sección 2.8 Parámetros técnicos del sistema)

Velocidad de símbolos en la portadora (Pagina 8, Sección 2.8 parámetros técnicos del sistema)

Demora (delay) de transmisión en redes monofrecuencia (SFN Single Frecuency Network)

Confirmar si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe ofrecer la medición automática de estos parámetros aquí referenciados en señal demodulada nombrados en la Recomendación UIT-R SM. 1682-1 citada en estas bases para el estándar ISDB-T con las mejoras brasileras adoptadas por el Perú tanto para las estaciones fijas así como las móviles. Confirmar también si estos parámetros deben ser medidos y gestionados en tiempo real de manera local y remota tal y como se lo hace con los otros parámetros de medición de la estación.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Si, se confirma que una oferta debe ofrecer la medición automática de acuerdo a lo establecido en la recomendación UIT – R SM. 1682 – 1 para el estándar ISDB – T con las mejoras brasileras. Si, se confirma también que estos parámetros deben ser medidos y gestionados en tiempo real de manera local y remota, de acuerdo a lo requerido en las bases.

CONSULTA N° 4

En las bases de esta licitación se señala en el capítulo 5 “CARACTERISTICAS TECNICAS”, sección 5.2, página 27,

“Especificaciones de las estaciones fijas de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico y de

Radiolocalización” literal Q “Las estaciones fijas deberán contar con los correspondientes arreglos de antenas

especializadas para el radiomonitoreo, que cubran eficientemente todo el rango de frecuencias y deberán estar

de acuerdo a las polaridades de todos los servicios de telecomunicaciones contemplados según corresponda.”

Con respecto al tema de la polaridad de la antena UIT en el Manual de comprobación técnica del espectro 2011

en su sección 3.2.1. Señala “Para obtener la mejor relación posible, la polarización de las antenas debe

corresponder a la del frente de onda de la señal recibida”. Ya que la mayoría de servicios de

telecomunicaciones son de polaridad vertical u horizontal y la UIT señala que la antena debe corresponder a la

polaridad del frente de onda, pedimos confirmar si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe

ofrecer antenas de monitoreo tanto de polaridad vertical así como horizontal en el rango de frecuencias de la

estación fija.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Se confirma que una oferta debe ofrecer antenas de monitoreo tanto de polaridad vertical como horizontal en el rango de frecuencias de la estación fija, de acuerdo a lo requerido en las bases.

CONSULTA N° 5

En las bases de esta licitación se señala en el capítulo 5 “CARACTERISTICAS TÉCNICAS”, sección 5.2, página 27, literal S, “Para el caso de las estaciones desmontables y transportables referidas en el punto 6, las antenas portátiles adicionales deben ser suministradas con todo el material necesario de Instalación, que permita su operación adecuada, incluyendo el trípode o mástil de soporte para dichas antenas con una altura no menor de 3 metros.”, favor confirmar si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe ofrecer un juego de antenas portátiles tanto de radiogoniometría así como de operación de la estación tal como lo señala este punto y que no es suficiente desmontar las antenas instaladas permanentemente en la torre de dichas estaciones para que estas sean transportadas a otro sitio de operación.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N°5

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente:

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Se confirma que una oferta debe ofrecer un juego de antenas portátiles adicionales con todo el material necesario de instalación tanto de radiogoniometría así como de monitoreo para cada una de las 5 estaciones desmontables y transportables en todo el rango de frecuencia de operación de la estación. No se deberá desmontar ninguna de las antenas instaladas permanentemente en la torre de las estaciones fijas.

CONSULTA N° 6

La UIT en el manual de comprobación técnica del espectro 2011 en su sección 3.2.8.1 “Líneas de transmisión”

señala que “Una atenuación total de 3 dB puede ser aceptable para la línea de transmisión de recepción”.

Pedimos a la convocante el confirmar si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe respetar

esta atenuación de 3 dB para la línea de transmisión de recepción aun cuando la altura de la torres es de 30m.

En caso de no ser así, ¿cuál es la atenuación aceptable para la línea de transmisión de recepción?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 6

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: De acuerdo a lo indicado en el numeral 3.2.8.1 del manual de comprobación técnica del espectro de la UIT edición 2011, se considera que una atenuación total de 3 dB puede ser aceptable para la línea de transmisión de recepción. Si fuera necesario el ofertante podrá colocar un receptor integrado en la base de la antena a fin de evitan recorridos largos del cable, para reducir las pérdidas de inserción y así evitar la necesidad de un amplificador de bajo ruido en una unidad de conmutación u otra solución que considere conveniente.

CONSULTA N° 7

En las bases de esta licitación se señala en el capítulo 5 “CARACTERISTICAS TÉCNICAS”, sección 5.3, página 28

“Especificaciones de las Estaciones Móviles de Comprobación Técnica y radiolocalización”, literal R, “Las

antenas de radiogoniometría estarán instaladas sobre el techo de la Estación Móvil, las antenas de

radiomonitoreo deberán tener la posibilidad de poder montarse y desmontarse sobre el mástil, de ser el caso”.

Favor confirmar si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe ofrecer que también la antena

de radiogoniometría pueda ser montada en el mástil para operar en modo radiogoniometría con mástil

desplegado.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 7

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Dependerá del proveedor si la antena de radiogoniometría se pueda montar o no en el mástil; de acuerdo a lo establecido en las bases, estas deberán estar instaladas sobre el techo de la estación móvil.

CONSULTA N° 8

En las bases de licitación se señala en capítulo 5 “CARACTERISTICAS TÉCNICAS”, sección 5.3, página 27

“Especificaciones de las Estaciones Móviles de Comprobación Técnica y radiolocalización”, literal E, “En el

asiento del pasajero delantero se ubicara la computadora portátil la cual podrá asumir el control del proceso

mediante conmutador o comando.” Sugerimos que en la parte del asiento del pasajero no se instale ninguna

computadora portátil por temas de seguridad. Especialmente el uso de un computador en el asiento del

pasajero puede tener consecuencias muy graves si por ejemplo un sistema de seguridad como airbags se

acciona.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 8

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La computadora portátil destinada para el asiento delantero será utilizada cuando se considere necesario asumir el control del proceso de monitoreo y radiogoniometría mediante un conmutador o comando, por lo tanto dicha computadora portátil no estará fija en la parte delantera del vehículo sino que deberá guardarse en la parte posterior.

CONSULTA N° 9

Solicitamos a la convocante que se aclare si es que una oferta que cumple con estas bases técnicas debe

ofrecer que las estaciones fijas o desde la estación central de lima por ejemplo para realizar tareas de

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geolocalización integrando marcaciones tomadas tanto desde estaciones fijas así como desde estaciones

móviles.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 9

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Si, las estaciones móviles también serán gestionadas remotamente y en tiempo real desde otras estaciones fijas, en el marco de lo señalado en los literales J y L del numeral 5.2 y literales J y L del numeral 5.3 del capítulo III de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 10

Debido al corto tiempo para conseguir la documentación requerida para esta licitación nos permitimos solicitar

una prórroga de 4 semanas para la presentación de las ofertas.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 10

El Comité Especial aclara que, el calendario del proceso podrá prorrogarse siempre y cuando durante las etapas del presente proceso de selección el colegiado por causas justificadas así lo requiera, no será pasible de modificación por las razones que expone el consultante, toda vez que se estaría vulnerando los principios que rigen las contrataciones.

CONSULTA N° 2

Solicitamos que el plazo de entrega se compute desde el día siguiente del pago del adelanto y no desde el día

siguiente de firmado del contrato como se establece en el numeral 4 de la pág. 23 de las bases.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial aclara, que de acuerdo a lo señalado en el punto 4 de los requerimientos técnicos mínimos, el plazo de entrega e instalación de los equipos, se computarán a partir del día siguiente de suscrito el contrato. Es preciso mencionar, que el plazo de entrega viene a ser, también, un criterio de evaluación que otorgará puntaje al postor oferte el mejor plazo, tal como está señalado en el punto 3 del Capítulo IV de la Sección Específica de las Bases del presente proceso de selección.

CONSULTA N° 3

Página 46 de las bases contratación de prestación. Entendemos que los certificados o constancias a presentarse

deben referirse a todos los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia como postor y que

dichas contrataciones deberán señalar que no se incurrió en penalidades. Se debe corregir en Acreditación,

(pág. 46 e las bases numeral 3) porque se deben acreditar las penalidades en las constancias.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

El Comité Especial, de acuerdo a la Opinión Nº 028-2012/DTN, señala lo siguiente: “… lo que se pretende acreditar a través de la constancia de prestación es si el contratista ejecutó debidamente el contrato; es decir, sin que haya sido necesario aplicarle penalidades. Para tal efecto, es necesario que esta constancia señale de manera expresa si se aplicaron penalidades o no, con el fin de tener plena certeza sobre si el contratista incurrió en penalidades durante la ejecución del contrato o no. Es importante tener presente que aun cuando la norma denomine constancias o certificados a los documentos con los que se acreditan este factor, no puede pretenderse que tal acreditación se efectúe únicamente con aquellos documentos que cuenten con tal denominación, sino que, como se ha indicado en el punto anterior, el factor puede ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que se establezca expresamente si en las prestaciones ejecutadas presentadas para acreditar la experiencia del postor se aplicó penalidades o no. En virtud a lo expuesto, debe indicarse que la constancia de prestación debe contener, como mínimo, la siguiente información: (i) la identificación del objeto del contrato; (ii) el monto correspondiente; y (iii) las penalidades en que hubiera incurrido el contratista. En tal sentido, se considerará constancia de prestación al

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documento en el que, independientemente de su denominación, conste la información antes detallada, siendo necesario que se señale de manera expresa si se aplicaron penalidad o no”.

CONSULTA N° 4

Solicitamos se establezca en la cláusula Décimo Sétima del contrato (Solución de Controversias) que el proceso

arbitral será administrado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima y por un Tribunal

Arbitral (03 árbitros)(pág. 51 de las bases).

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

Se precisa que las bases añadirán el presente contenido a la Cláusula Décimo Sétima de la Proforma del Contrato: Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. 17.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución, interpretación, resolución,

inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.

17.2 Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin

acuerdo, las partes someterán a la competencia arbitral la solución definitiva de las controversias. Para tales efectos, cualquiera de las partes deberá, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes de concluida la conciliación, iniciar el arbitraje. El vencimiento del plazo antes indicado, sin que se haya iniciado el arbitraje, implicará la renuncia a las pretensiones fijadas en la solicitud de conciliación.

17.3 Las partes acuerdan que el proceso arbitral será de tipo institucional, el mismo que se realizará bajo la

organización, administración y Reglamento y normas complementarias del (INDICAR DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL ANEXO DE DETERMINACIÓN DEL CENTRO INSTITUCIONAL DE ARBITRAJE). Por normas complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Códigos de Ética, Reglamento de Aranceles y Pagos y demás aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.

17.4 De conformidad con el artículo 52° de la Ley de Contrataciones del Estado se somete a arbitraje las

controversias sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato. No se someterá a arbitraje las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato, entre ellas, las que se reclamen por vía de enriquecimiento sin causa.

17.5 Las reglas aplicables al proceso arbitral serán las vigentes al momento de la suscripción del presente

contrato.

17.6 En caso que el monto de la cuantía de la (s) controversia (s), señalada (s) en la solicitud de arbitraje, sea (n) igual o mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado

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17.7 Si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en la solicitud de arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único.

17.8 En caso que la (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje, verse (n) sobre materia de

cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado.

17.9 En el caso de tres árbitros, cada parte nombrará un árbitro en el plazo de quince (15) días de recibido el requerimiento para que lo haga y los dos árbitros así nombrados, en el plazo de quince (15) días de producida la aceptación del último de los árbitros, nombrará al tercero, quien presidirá el Tribunal Arbitral.

17.10 En el caso de Arbitro Único y del Presidente del Tribunal Arbitral Colegiado, la designación la realizará el

Centro Institucional. En el caso de la designación de los otros dos árbitros del Tribunal Arbitral Colegiado, se realizará por cada una de las partes, según las formalidades y plazos establecidos en cada Centro Institucional.

17.11 Cuando exista un proceso arbitral en curso y surja una nueva controversia relativa al mismo Contrato,

sólo procederá la acumulación de procesos y/o pretensiones siempre que exista común acuerdo entre las partes formalizado por escrito.

17.12 Las partes no le confieren al Tribunal Arbitral Colegiado o al Árbitro Único la posibilidad de ejecutar el

laudo.

17.13 Las partes acuerdan que para la interposición del recurso de anulación del Laudo Arbitral, no constituye requisito de admisibilidad de dicho recurso la presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario, fianza solidaria por el monto laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse.

17.14 En caso que por falta de los pagos correspondientes, el Arbitro Único o el Tribunal Arbitral Colegiado,

según corresponda, determine el archivo o la terminación de las actuaciones arbitrales, según la denominación del Reglamento aplicable, ello implicará la culminación del proceso arbitral y, en consecuencia, el consentimiento de los actos que fueron materia de controversia en el referido proceso.

17.15 Respecto de la interposición del recurso de anulación del Laudo Arbitral, las partes deberán ponerse de

acuerdo antes de la firma del presente Contrato, conforme al Pronunciamiento N° 371-2011/DTN, sobre si constituirá o no requisito de admisibilidad de dicho recurso la presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario, fianza solidaria por el monto laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse. En caso de no existir o no ponerse de acuerdo, la presentación de los documentos referidos no constituirá requisito de admisibilidad para el referido recurso, no obstante lo indicado en el Reglamento del Centro Institucional.

17.16 La presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto

laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse, no será necesaria para requerir la suspensión de los efectos del Laudo Arbitral ante el Poder Judicial, no obstante lo indicado en el Reglamento del Centro Institucional.

EMPRESA :NETCORPERÚ S.A.C.

CONSULTA N° 1

CAPITULO I NUMERAL 1.10 PAGINA 5 En referencia a: Dice: Numeración (Foliado) Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

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Consulta: Agradeceremos que el MTC nos confirme si es que las dos propuestas (técnica y económica) deberán de ser foliadas por separado empezando con el número 1 en cada propuesta o de manera consecutiva una después de la otra. ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

El Comité Especial aclara que la foliación tanto de la propuesta técnica como a la propuesta económica son independientes y empiezan del número 1. Sin embargo, es preciso mencionar que la no foliación de la propuesta no lo invalida, siendo motivo de subsanación.

CONSULTA N° 2

CAPITULO III NUMERAL 3 PAGINA 23 En referencia a: Dice "Todos los locales de las Estaciones CER cuentan con un espacio de terreno para que la torre sea instalada, la cual será cimentada en el suelo y no será necesaria la adecuación estructural de algún edificio." Consulta: Agradeceremos que el MTC nos confirme las características de la "torre" que hace mención cuando dice que cuenta con un espacio de terreno para su instalación. ¿Es una torre autosoportada mayor o igual a 30 metros? , Una torre ventada, etc.? El espacio disponible depende del tipo de torre que se va a instalar.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N°2

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La torre será autosoportada no menor de 30m salvo el caso para la estación CER PISCO cuya altura será de 21m, conforme a lo establecido en el literal R numeral 5.2 del Capítulo III de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 3

CAPITULO III NUMERAL 3 PAGINA 23 En referencia a: Dice: "La ubicación de la estación Tumbes, se encuentra dentro de la zona urbana de la ciudad. La ubicación exacta de dicha Estación se entregará oportunamente.” Consulta: Agradeceremos que el MTC nos brinde la dirección exacta de la Estación Tumbes diez (10) días laborales antes de la presentación de propuestas. ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La estación CER TUMBES estará ubicada dentro del área cuyo radio sea de aproximadamente 10 kilómetros desde la plaza de armas de la ciudad de Tumbes.

CONSULTA N° 4

CAPITULO III NUMERAL 3 PAGINA 22 En referencia a: Dice "Los bienes y servicios serán entregados en cada una de las quince (15) oficinas de las Estaciones de Control del Espectro Radioeléctrico del MTC indicadas en el cuadro siguiente:" Consulta: Agradeceremos que el MTC otorgue anticipadamente un periodo de tiempo prudente para hacer la visita de campo correspondiente a cada una de estas localidades. Esto para determinar las obras civiles mínimas requeridas por ubicación, considerando que no se cuenta con mucha información en las bases publicadas sobre estos sitios.

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Todas las estaciones CER se encuentran disponibles para una visita de campo. Para los fines correspondientes y por cercanía a la ciudad de Lima se recomienda visitar las estaciones CER Chimbote o Ica debido a que todas las estaciones CER presentan similar arquitectura.

CONSULTA N° 5

CAPITULO III NUMERAL 4 PAGINA 23 En referencia a: Dice: Antes de la Recepción y Conformidad Provisional de la operatividad de cada una de las 15 Estaciones Fijas y 15 Estaciones Móviles de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico el Contratista será responsable de la seguridad de sus bienes. Consulta: Agradeceremos que el MTC nos confirme si cada local en donde serán implementadas las 15 estaciones fijas cuentan con mecanismos de seguridad y protección (cercos eléctricos, control de acceso, alarmas contra intrusos, sensores de movimiento) y con un personal de seguridad con disponibilidad 24/7?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 5

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Las estaciones CER cuentan con vigilancia particular (24x7) para brindar seguridad a las instalaciones. El MTC no será responsable de la seguridad de los bienes de terceros. Actualmente no se cuenta con mecanismos de seguridad y protección tales como cercos eléctricos, alarmas contra intrusos y sensores de movimiento.

CONSULTA N° 6

CAPITULO III NUMERAL 4 PAGINA 23 En referencia a: Dice: Pruebas de Recepción y Conformidad “Las pruebas de Recepción y Conformidad se realizarán con la participación del personal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Contratista designados para tal efecto.” Consulta: Agradeceremos que el MTC sea más específico con respecto a los tiempos en que debería empezar estas pruebas y cuánto tiempo tardará su aprobación. Sugerimos que las pruebas de Recepción y Conformidad comiencen (5) días laborales después de la notificación del Contratista. Adicionalmente, solicitamos que las pruebas de Recepción y Conformidad a ejecutarse sean aprobadas por el MTC sesenta (60) días corridos antes del comienzo de las pruebas.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 6

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El contratista es quien solicitará la fecha del inicio de las pruebas, la conformidad de estas pruebas no excederá de los 10 días calendario (artículo 181 del reglamento de la ley de contrataciones). Las pruebas de Recepción y Conformidad a ejecutarse podrán ser aprobadas por el MTC sesenta (60) días corridos antes del comienzo de las pruebas previas coordinaciones realizadas con el MTC.

CONSULTA N° 7

CAPITULO III NUMERAL 5.2 R PAGINA 27 En referencia a: Dice: Al tratarse de un sistema llave en mano, debe considerarse que los trámites para la obtención de las licencias municipales serán de cuenta del postor ganador de la Buena Pro.

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Consulta: Agradeceremos que el MTC nos indique ¿cuáles son las alternativas en caso las Municipalidades no otorguen el permiso para la instalación de una torre autosoportada de 30 metros o más debido a una queja o desaprobación vecinal? ¿El MTC garantiza que en cada una de las ubicaciones de los CER se van a poder obtener las licencias municipales correspondientes en un periodo de tiempo prudente, que asegure la total implementación y operación de todo el sistema en un periodo aproximado de 18 meses? Consideramos que el MTC debería estar involucrado en esta labor y no dejar que el postor se haga 100% responsable de la obtención de las licencias municipales.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 7

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La alternativa que el contratista puede llevar a cabo es ubicar la actividad de instalación de la torre con la suficiente antelación a las etapas previas de las pruebas del sistema, con lo cual le quedaría un período suficiente para obtener dichas licencias. El MTC podría apoyar la gestión en lo que esté a su alcance.

CONSULTA N° 8

CAPITULO III NUMERAL 5.3 T PAGINA 28 En referencia a: Dice: El equipamiento será instalado fijamente en cada Unidad Móvil (camioneta) de doble tracción (4 x 4) cerrado de fábrica (motor diesel) Consulta: ¿Agradeceremos que el MTC nos especifique que quiere decir "cerrado de fábrica”? ¿Es una camioneta 4x4 doble cabina, o una camioneta 4x4 SUV? El contenido del Manual de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico de la UIT en la versión 2011 también hace referencia a los diferentes tipos de vehículos para dicha labor.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N°8

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Cerrado de fábrica quiere decir que el vehículo no tenga división entre la cabina del conductor y la sala de operaciones. Es una camioneta 4x4 cerrado de fábrica con el suficiente espacio para albergar el equipamiento y las instalaciones del operador.

CONSULTA N° 9

ANEXO N° 7 PAGINA 66 En referencia a: Dice: La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. Consulta: Agradeceremos que el MTC nos confirme si es que la propuesta económica incluye también repuestos, módulos de mantenimiento y el plan de mantenimiento preventivo y correctivo?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 9

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Si, se confirma que la propuesta debe incluir lote de repuestos y módulo de mantenimiento, así como, el plan de mantenimiento especificado en el numeral 8.4 del Capítulo III de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 10

CAPITULO III NUMERAL 5.3 J PAGINA 27

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En referencia a: Dice: Deberán tener un “sistema de comunicación” que le permita integrarse en tiempo real con la Estación Fija respectiva para la transmisión de voz y datos, de acuerdo a la realidad de cada ubicación de las Estaciones. Consulta: Agradeceremos que el MTC defina y detalle lo que quiere decir por "un sistema de comunicación"? Que elementos conforman este sistema de comunicación?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 10

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Con relación al literal J del numeral 5.3 del Capítulo III de las bases, el sistema de comunicación se refiere al equipamiento necesario que establecerá la comunicación entre la estación fija y estación móvil y será propuesto por cada postor, de acuerdo al despliegue tecnológico de cada ciudad podrá ser 3G o LTE u otro que cumpla con lo requerido y que asegure el correcto funcionamiento de transmisión de voz y datos.

CONSULTA N° 11

CAPITULO IV NUMERAL 1 PAGINA 45 En referencia a: Dice: Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta e instalación de equipamiento automatizado, durante un periodo de ocho (08) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (03) veces el valor referencial. Consulta: Agradeceremos que el MTC nos defina y/o proporcione más detalle sobre lo que quiere decir con "equipamiento automatizado”?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 11

Se refiere a la experiencia que los postores tendrán para obtener puntaje en el factor Experiencia del Postor, la misma que será por la venta e instalación de equipamiento automatizado, dicho término refiere a todas aquellas tecnologías adquiridas e instaladas que en su conjunto aportan un tratamiento integrado.

CONSULTA N° 12

CAPITULO III NUMERAL 2.1 I PAGINA 25 En referencia a: Dice: Para la radiogoniometría VHF/UHF se requiere que la precisión de la medición sea menor a 2° RMS en estaciones fijas y menor de 3° RMS en estaciones móviles. Consulta: Agradeceremos que el MTC nos proporcione más detalle sobre el Requerimiento de Precisión de Radiogoniometría?. Las recomendaciones del Manual de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico de la UIT 2011 numerales 4.7.2.2.4, 4.7.2.2.5 y la tabla 4.7-6, indican, entre otras cosas, que la precisión de Radiogoniometría en la banda de VHF/UHF debe ser en un entorno libre de reflexiones.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 12

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El requerimiento de precisión de radiogoniometría, por lo general, debe cumplir con las especificaciones técnicas que están vinculadas en el CUADRO 3.4-2 del Manual de Comprobación Técnica de la UIT Edición 2011.

CONSULTA N° 13

CAPITULO III NUMERAL 5.3 D PAGINA 27 En referencia a:

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Dice: Deberá permitir efectuar las funciones de comprobación técnica del espectro radioeléctrico y de radiolocalización en forma casi - simultánea Consulta: Agradeceremos que el MTC nos defina la frase "casi - simultánea". El contenido del Manual de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico de la UIT en la versión 2011 no menciona ni hace referencia en ninguna de sus secciones a este término de "casi - simultánea" y que a su vez es muy ambiguo por la palabra "casi”. Agradeceremos que el MTC nos aclaren si es que: El sistema solicitado debe permitir hacer mediciones "simultaneas" de monitoreo y radiogoniometría.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 13

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La palabra casi simultánea hace referencia, a la diferencia de tiempos, entre los procesamientos de monitoreo y radiogoniometría.

CONSULTA N° 14

CAPITULO III NUMERAL 5.3 R PAGINA 28 En referencia a: Dice: Las antenas de radiogoniometría estarán instaladas sobre el techo de la Estación Móvil. Las antenas de radiomonitoreo deberán tener la posibilidad de poder montarse y desmontarse sobre el mástil, de ser el caso. Consulta: Considerando que para las Estaciones Móviles de Comprobación Técnica y Radiolocalización se exige que la tecnología para Radiogoniometría y radiomonitoreo sea tecnología avanzada y recomendada por la UIT. Y a su vez, tomando en cuenta que el tipo de contrato de la presente convocatoria es "llave en mano", proponemos al MTC aceptar que cada postor proponga su mejor solución para el montaje de las antenas en el vehículo de la estación móvil sin dejar de cumplir con los objetivos principales del presente concurso.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 14

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El montaje de las antenas del vehículo en la estación móvil que el postor ofrezca debe de cumplir con los requerimientos de la presente licitación.

CONSULTA N° 15

CAPITULO III NUMERAL 3.3 PAGINA 11 En referencia a: Dice: De las Garantías Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar que las garantías serán liberadas en un plazo no mayor de 15 días siguientes del cumplimiento de las obligaciones por el Contratista? De igual forma, agradeceremos al MTC aclarar que la Garantía de Fiel Cumplimiento debe ser por el 10% del monto original del Contrato sin incluir el precio de los servicios de la Garantía y Mantenimiento? y a su vez solicitar al MTC que La Garantía de Fiel Cumplimiento debe estar vigente hasta la Recepción Final? Solicitamos adicionalmente considerar que La Garantía de Fiel Cumplimiento, será reemplazada con la Garantía de Fiel Cumplimiento para Prestaciones Accesorias que en su vez será válida hasta concluir el periodo de Garantía y Mantenimiento y será por 10% del precio para estos servicios. ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 15

El Comité Especial aclara lo siguiente:

La Carta Fianza de Fiel Cumplimiento será liberada una vez que el postor haga entrega de la totalidad de los bienes, así como la instalación y puesta en funcionamiento de la solución (equipamiento automatizado), y el área usuaria haya emitido la conformidad total de la adquisición y puesta en funcionamiento.

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CONSULTA N° 16

CAPITULO III NUMERAL 3.4 PAGINA 12 En referencia a: Dice: Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad. Así mismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú Consulta: Agradeceremos que el MTC confirme que una carta fianza (carta de crédito) o garantía emitida por un banco internacional de primera categoría como el Bank of America, Deutsche Bank, HSBC o Commerzbank, es aceptada en esta licitación pública.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 16

De conformidad con el artículo 155º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, las garantías que acepten las entidades conforme al artículo 39º de la Ley de Contrataciones del Estado sólo podrán ser otorgadas por empresas que se encuentren bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. A efectos de que pueda accederse a la lista actualizada de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de supervisión de la SBS, deberá ingresarse a la siguiente dirección: http://sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=0&JER=2138

CONSULTA N° 17

CAPITULO II NUMERAL 2.1 PAGINA 17 En referencia a: Dice: CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Consulta: Teniendo en cuenta el alcance del proyecto y al gran volumen de información que debe ser traducida y apostillada, de la manera más respetuosa solicitamos al MTC una extensión de 30 días calendario en la fecha de presentación de las propuestas.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 17

El Comité Especial aclara que, el calendario del proceso podrá prorrogarse siempre y cuando durante las etapas del presente proceso de selección el colegiado por causas justificadas así lo requiera, no será pasible de modificación por las razones que expone el consultante, toda vez que se estaría vulnerando los principios que rigen las contrataciones.

CONSULTA N° 18

CAPITULO II NUMERAL 2.5.1 PAGINA 19 En referencia a: Dice: Documentación de presentación facultativa Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar las siguientes consultas: Que la experiencia debe ser por el suministro, instalación y puesta en marcha de sistemas con características iguales o superiores a las características técnicas de la presente Licitación? Que para validar la experiencia del ofertante, los contratos y certificaciones deben ser contratos con el ofertante y no con la casa matriz, distribuidor del ofertante, etc.? Que es aceptable presentar versión pública de los contratos con los datos confidenciales testados?

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Que como datos mínimos, los contratos deben contener el nombre del comprador y firma, fecha, número, precio y detalles de los equipos/software suministrados para poder determinar que la experiencia es relevante? Que es necesario traducir solamente los datos relevantes del contrato y no los contratos completos?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 18

La Experiencia del Postor, la misma que será por la venta e instalación de equipamiento automatizado, dicho término refiere a todas aquellas tecnologías adquiridas e instaladas que en su conjunto aportan un tratamiento integrado.

El Comité Especial precisa que “sólo se podrá aceptar como experiencia presentada por los postores participantes de su casa matriz sólo cuando pueda acreditar que es una sucursal de la misma, no siendo posible que una subsidiaria pueda acreditar como suya la experiencia adquirida por la matriz, aun cuando entre ambas exista una vinculación económica”.

Efectivamente, la empresa subsidiaria (también llamada “filial”, “secundaria”, “incorporada”, “dominada” o “controlada”) se caracteriza por su independencia jurídica y su dependencia económica o empresarial; lo primero implica que tiene denominación, objeto, titular o titulares y plantel de trabajadores, así como la titularidad de los derechos y obligaciones que le correspondan, mientras que lo segundo importa la sujeción a una política empresarial dictada por quien ejerce su dominio o control corporativo.

Asimismo, de conformidad con lo señalado por el Organismo Supervisor en la Opinión Nº 032-2012/DTN, en

el marco de las actividades empresariales que realizan las sociedades, alguna de éstas, denominada matriz,

puede constituir otra sociedad con parte de su patrimonio, o adquirir parte del accionariado de una sociedad

ya constituida, denominándose a cualquiera de estas últimas subsidiarias.

Así, si bien la matriz ostenta el control de la subsidiaria –al tener una participación mayoritaria en su

accionariado–, éstas son personas jurídicas independientes, pues la subsidiaria tiene accionistas, patrimonio

y administración propios, por lo que la experiencia que una de estas adquiera será únicamente suya y no

puede ser atribuida a la otra.

Los contratos serán por aquellas prestaciones realizadas con instituciones públicas o privadas que se encuentren directamente vinculados a lo solicitado en las Bases, no siendo necesario que estos se encuentren legalizados y que contengan datos confidenciales.

Los datos requeridos serán por aquella información que permita evidenciar la parte cualitativa y cuantitativa de los contratos.

La traducción de la documentación, será de conformidad con lo señalado en el artículo 62 del RLCE.

CONSULTA N° 19

CAPITULO II NUMERAL 2.9 PAGINA 21 En referencia a: Dice: Forma de Pago Consulta: Agradeceremos al MTC que nos confirme no es necesario que la carta de crédito este abierta por 900 días, por favor confirmar que las partes pueden llegar a un acuerdo para establecer un plazo menor y así ahorrar costos bancarios. ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 19

El tiempo que la Carta de Crédito esté abierta podrá ser menor a los 900 días, el cual podrá depender del plazo de entrega que oferte el Postor. Pudiendo, si las partes acuerdan, arribar a un plazo menor, caso contrario se mantendrá el tiempo establecido en el numeral 2.9 del capítulo II de la sección específica de las bases. A menor plazo de entrega el tiempo de la Carta de Crédito también podría sería menor.

CONSULTA N° 20

CAPITULO II 2.10 Y CAPITULO III 3.8

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PAGINA 12,21 En referencia a: Dice: Plazo para el Pago, Pagos Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar que de acuerdo a 2.9, la forma de pago no es por la Entidad directamente al Contratista sino por el banco mediante la carta de crédito. Por favor confirmar que esta cláusula no aplica. ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 20

La Entidad efectuará el pago de la contraprestación pactada a través del Banco de la Nación, tal como se señala en el numeral 2.9 del capítulo II de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 21

CAPITULO III, ANEXO 1 Y ANEXO 2 PAGINA 34,36 En referencia a: Anexos 1 y 2 Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar que estos ANEXOS son únicamente de carácter informativo. Es decir, las nuevas estaciones CER fijas y móviles se implementarán independientemente del sistema de control y gestión del espectro actuales.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 21

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Se confirma que el ANEXO 1 (pag.34) y ANEXO 2 (pag.38) son únicamente de carácter informativo; y que las nuevas estaciones CER fijas y móviles se implementaran independientemente del sistema de control y gestión del espectro actuales.

CONSULTA N° 22

CAPITULO IV NUMERAL 3 PAGINA 46 En referencia a: Dice: Plazo de Entrega de los Bienes Consulta: Agradeceremos al MTC aclarar que el plazo de entrega de los bienes será calculado desde el día siguiente de suscrito el contrato hasta la fecha en que la última estación (fija o móvil) entre en operación y el Contratista solicite la Recepción y Conformidad Provisional?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 22

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El Comité Especial aclara, que de acuerdo a lo señalado en el punto 4 de los requerimientos técnicos mínimos, el plazo de entrega e instalación de los equipos, se computarán a partir del día siguiente de suscrito el contrato. Es preciso mencionar, que el plazo de entrega viene a ser, también, un criterio de evaluación que otorgará puntaje al postor oferte el mejor plazo, tal como está señalado en el punto 3 del Capítulo IV de la Sección Específica de las Bases del presente proceso de selección. Con relación al fin del plazo de entrega será la fecha en que se realice la recepción de la última estación fija o móvil; la fecha en que se realice la recepción de la última estación fija o móvil deberá ser solicitada con anterioridad.

CONSULTA N° 23

CAPITULO IV NUMERAL 4 PAGINA 46 En referencia a:

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

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Dice: Garantía Técnica Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar que la Garantía Técnica a que se refiere este párrafo es la garantía de los bienes del sistema y equipos de comprobación técnica, y no la Garantía técnica de los bienes comerciales como vehículos y laptops.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 23

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La garantía técnica, relacionado a su consulta, se refiere a todo los bienes que el postor ofrezca en su propuesta, tal como está establecido en el numeral 7.

CONSULTA N° 24

CAPITULO V PAGINA 48 En referencia a: Dice: Proforma del contrato Consulta: Agradeceremos al MTC indicar que el monto del contrato es DDP Lima Perú (INCOTERMS 2010)? ya que esto será necesario para la carta de crédito

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 24

El Comité Especial, aclara que el ganador de la buena pro realizara la entrega de la mercancía a la Entidad, en los lugares de destino convenido. Ahora bien su propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

CONSULTA N° 25

CAPITULO V PAGINA 48 En referencia a: Dice: Proforma del contrato, Clausula Cuarta del Pago Consulta: Agradeceremos que el MTC agregue en el modelo del Contrato que “Primer Pago” es a la Presentación del Acta de Recepción y Conformidad Provisional del Sistema y “Segundo Pago” es a la Presentación del Acta de Conformidad Final?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 25

De conformidad con lo señalado en el artículo 142º del RLCE el contrato está conformado por el documento que lo contiene, Bases Integradas y la Oferta Ganadora, en ese sentido dicha condición será incluida en la proforma de contrato, al momento de integrar las Bases.

CONSULTA N° 26

CAPITULO V PAGINA 50 En referencia a: Dice: Proforma del Contrato Clausula Décimo Tercera - Penalidades Consulta: Agradeceremos que el MTC haga la siguiente modificación: que para el cálculo de la penalidad para atraso, el “Monto” será el monto del ítem que no se ejecutó a tiempo y no el Monto del contrato?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 26

Se precisa que el presente proceso es único en paquete, vale decir no se ejecuta por ítem, por lo que de acuerdo con lo señalado en la norma la penalidad se aplicara por el monto total del contrato, por cada día de retraso.

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CONSULTA N° 27

CAPITULO V PAGINA 50 En referencia a: Dice: Proforma del contrato Consulta: Faltan las condiciones para aplicación conforme al Artículo 175 del Reglamento. Agradeceremos que el MTC incluya este Artículo en el Contrato.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 27

El Presente proceso de selección está regulado por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante D.L. Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF, modificada por: Ley Nº 29873. Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado (publicado el 1 de Junio del 2012) y Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (publicado el 7 de agosto del 2012). Ahora bien, de conformidad con lo señalado en el artículo 142º del RLCE el contrato está conformado por el documento que lo contiene, Bases Integradas y la Oferta Ganadora, no siendo necesario agregar toda la Ley y su Reglamento en la proforma del contrato, cualquier condición durante la ejecución del contrato que amerite ampliar el plazo deberá regularse por lo que señala la norma de contrataciones citada.

CONSULTA N° 28

CAPITULO V PAGINA 50 En referencia a: Dice: Proforma del contrato Consulta: Notamos que el Contrato no identifica los documentos que también deben ser parte del mismo. Agradeceremos al MTC incluir como mínimo la Oferta del Contratista y las Bases de la Licitación? En el modelo presentado estos documentos no están mencionados.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 28

La norma de contrataciones, mediante lo señalado en el artículo 142º del RLCE, precisa que el contrato está conformado por el documento que lo contiene, Bases Integradas y la Oferta Ganadora.

CONSULTA N° 29

CAPITULO V PAGINA 50 En referencia a: Dice: Proforma del contrato Consulta: Agradeceremos al MTC confirmar que en el caso de Suspensión Temporal por causas no imputables al Contratista, el MTC pagará al Contratista los costos asociados con la suspensión incluyendo costos administrativos, laborales y financieros que sean correctamente contabilizados.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 29

Durante la ejecución del contrato si por causas ajenas al contratista se suspenda temporalmente el contrato y estas se encuentren reguladas por las causales debidamente justificadas, de acuerdo con lo señalado en la Ley y el Reglamento de contrataciones del Estado, se podrá reconocer gastos generales los cuales deberán estar debidamente acreditados.

CONSULTA N° 30

CAPITULO III NUMERAL 5.3 R

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PAGINA 28 En referencia a: Dice: Las antenas de radiogoniometría estarán instaladas sobre el techo de la Estación Móvil. Las antenas de radiomonitoreo deberán tener la posibilidad de poder montarse y desmontarse sobre el mástil, de ser el caso. Consulta: Considerando que para las Estaciones Móviles de Comprobación Técnica y Radiolocalización se exige que la tecnología para Radiogoniometría y radiomonitoreo sea tecnología avanzada y recomendada por la UIT. Y a su vez, tomando en cuenta que el tipo de contrato de la presente convocatoria es "llave en mano", proponemos al MTC aceptar que cada postor proponga su mejor solución para el montaje de las antenas en el vehículo de la estación móvil sin dejar de cumplir con los objetivos principales del presente concurso.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 30

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Esta consulta es la misma que la consulta número 14 de NETCORP. Ver absolución la consulta número 14 de NETCORP.

EMPRESA : MEDIA COMMERCE PERU S.A.C.

CONSULTA N° 1

¿En el caso de que el postor presente experiencia de uno de sus subcontratistas como experiencia del postor para ser evaluada como uno de los criterios de evaluación técnica, serian validas esas experiencias?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

La experiencia que los postores pretendan acreditar serán aquellas que estos adquirieron en el transcurso del tiempo, no siendo aceptada aquella experiencia asumida por un tercero, debido a que dicha experiencia no la ejecuto el postulante.

CONSULTA N° 2

¿Con respecto a la forma de pago, se podría considerar un pago adicional antes de la obtención del acta de recepción y conformidad provisional, contra presentación de la entrega de los equipos y su debido certificados?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Las bases señalan claramente la forma de pago, por lo que no se modificara la forma de pago mencionada en las Bases.

CONSULTA N° 3

¿Especificar qué información debe ser presentada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

CONSULTA N° 4

¿Sera necesario presentar copia de la propuesta técnica y económica?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

Las Bases señalan que las propuestas se presentan en original y una copia, las mismas que deberán estar foliadas correlativamente iniciando en uno, las propuestas deben llevar sello y rubrica del postor o su

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representante legal o mandatario designado para dicho fin, de conformidad con lo señalado en el artículo 63 del RLCE.

CONSULTA N° 5

¿En qué forma se compensara en la calificación del postor que presente alternativas de mayor capacidad que las solicitadas como mínimas en radio monitoreo, localización y radiogoniometría en el rango de 20 MHZ a 3 GHZ?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 5

El presente proceso de selección se encuentra debidamente definido por el Área usuaria, quienes ha determinado con precisión y exactitud las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, para ello en la descripción de los bienes a contratar no se ha hecho referencia a marca o nombres comerciales, entre otros que oriente a la contratación de una marca o fabricante o tipo de producto específico, de conformidad con lo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Por los argumentos expuestos y en vista que el Área Usuaria ha definido con precisión la inversión que pretende realizar, bajos los parámetros normativos y técnicos, se ha propuesto en las bases los criterios de evaluación técnica, siendo factible ofrecer bienes que superen o mejoren los parámetros propuestos, sin embrago dichas tecnologías supuestamente superiores no serán susceptibles de puntuación.

CONSULTA N° 6

Las bases de la presente licitación en el Capítulo IV – Criterios de Evaluación Técnica, hacen referencia a una evaluación estrictamente administrativa, como son los siguientes parámetros:

1) Experiencia del postor

2) Cumplimiento de la Prestación mediante constancias de prestación de servicios

3) Plazo de entrega de los bienes

4) Garantía técnica Se supone que la inversión pública que se hace en las licitaciones, son para obtener mejores soluciones técnicas a los problemas que se presentan en la administración. En ese sentido, solicitamos se nos indique: ¿De qué forma evaluará el MTC los aspectos técnicos de las ofertas que presentan los postores, dado que el equipamiento es de diferente marca, con especificaciones y prestaciones iguales o mejores?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 6

Se precisa que la inversión pública para este tipo de proceso de selección se encuentra debidamente definida por el Área usuaria, quienes ha determinado con precisión y exactitud las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, para ello en la descripción de los bienes a contratar no se ha hecho referencia a marca o nombres comerciales, entre otros que oriente a la contratación de una marca o fabricante o tipo de producto específico, de conformidad con lo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Por los argumentos expuestos y en vista que el Área Usuaria ha definido con precisión la inversión que pretende realizar, bajos los parámetros normativos y técnicos, se ha propuesto en las bases los criterios de evaluación técnica, siendo factible ofrecer bienes que superen o mejoren los parámetros propuestos, sin embrago dichas tecnologías supuestamente superiores no serán susceptible de puntuación.

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EMPRESA :TUYO – WINNER SYSTEMS S.A.C

CONSULTA N° 1

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral 6. CANTIDAD/Bienes/ punto a. Página 29 Las especificaciones técnicas requieren lo siguiente: “El equipamiento de cinco (5) de estas quince (15) Estaciones Fijas deberán ser transportables”” Consulta: ¿Si el postor suministra únicamente equipos transportables para las cinco (5) Estaciones Fijas que deben de ser transportables, sería suficiente para cumplir con los requerimientos técnicos de las bases? O al contrario, se deben suministrar equipos transportables para las cinco (5) Estaciones Fijas que deben de ser transportables en adición a los equipos suministrados a las otras Estaciones Fijas.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El postor deberá ofertar el equipamiento para 15 estaciones fijas de las cuales 5 de estas estaciones fijas deberán ser transportables estas últimas deben contar adicionalmente con un juego de antenas y soporte de sistema irradiante transportable, tal como está establecido en las bases.

CONSULTA N° 2

Referencia de las bases CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION TECNICA Página 45 Los criterios de evaluación técnica actuales evalúan la experiencia, el plazo de entrega y garantía técnica. Los requerimientos técnicos establecen que los equipos de radiomonitoreo fijo y móvil deberán cubrir el rango de frecuencias de 9 KHz a 3 GHz. Si se considera las últimas tendencias, el servicio de LTE permite trabajar en la banda de 5 GHz, a largo plazo se puede llegar a necesitar equipos de radiomonitoreo de mayor rango de frecuencia Consulta: Si el oferente ofrece equipos con cobertura superior al rango de frecuencias de 9 KHz a 3 GHz, como se evaluara esa oferta del oferente que considera las posibles necesidades del Ministerio de Transporte y Comunicaciones en al ámbito de radiomonitoreo.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El presente proceso de selección se encuentra debidamente definido por el Área usuaria, quienes ha determinado con precisión y exactitud las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, para ello en la descripción de los bienes a contratar no se ha hecho referencia a marca o nombres comerciales, entre otros que oriente a la contratación de una marca o fabricante o tipo de producto específico, de conformidad con lo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Por los argumentos expuestos y en vista que el Área Usuaria ha definido con precisión la inversión que pretende realizar, bajos los parámetros normativos y técnicos, se ha propuesto en las bases los criterios de evaluación técnica, siendo factible ofrecer bienes que superen o mejoren los parámetros propuestos, sin embrago dichas tecnologías supuestamente superiores no serán susceptibles de puntuación.

CONSULTA N° 3

Referencia de las bases CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION TECNICA Numeral 1. EXPERIENCIA DEL POSTOR/ Criterio

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Página 45 Las bases indican que los documentos a entregar para la acreditación son los siguientes: “La experiencia se acreditara mediante copia simple de: contratos u órdenes de compra y sus respectiva conformidad por la venta o suministro efectuado” Consulta: Podemos comprender que el requisito es presentar ambos documentos, i) el contrato y ii) su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuado.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

Las Bases señalan claramente el modo de acreditación de la experiencia del postor, para ello deberán leer íntegramente el Capítulo IV de los criterios de evaluación.

CONSULTA N° 4

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral 3. LUGAR DE ENTREGA Página 22 Consulta ¿Existen garajes en las 15 Estaciones CER donde se van a instalar los sistemas de comprobación técnica? ¿Si existen garajes, en que consiste la infraestructura de seguridad con la que se dispone?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: En los locales de las estaciones CER está considerado un área de garaje. Las estaciones CER cuentan con vigilancia particular (24x7) para brindar seguridad a las instalaciones. El MTC no será responsable de la seguridad de los bienes de terceros. Actualmente no se cuenta con mecanismos de seguridad y protección tales como cercos eléctricos, alarmas contra intrusos y sensores de movimiento.

CONSULTA N° 5

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS ANEXO 2 Página 38 Siendo que en la actualidad el enlace de comunicación con las Estaciones de provincias es a través de IP/MPLS (512 Kbps) Consulta: ¿Cuál es el enlace de comunicaciones que se tiene previsto entre las 15 Estaciones CER y Centro de Control de Lima?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 5

El MTC cuenta con un sistema de transmisión de datos entre la sede central en Lima y cada estación CER con una capacidad de 2.0 Mbps. Para el caso de las estaciones fija y móvil, la capacidad de transmisión de datos requerida dependerá del sistema de comunicación que el contratista instale entre estas y que cumpla con lo requerido en los literales J y L del numeral 5 del Capítulo III de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 6

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS ANEXO 2 Página 36 Consulta: ¿La plataforma de mantenimiento existente puede ser utilizada por el nuevo sistema de comprobación técnica? ¿Cuál es la configuración de la plataforma de mantenimiento?

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En caso de que no pueda ser utilizada seria parte del enlace del proyecto el suministro e instalación de una nueva plataforma de mantenimiento (Tested System)?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 6

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: a) La plataforma de mantenimiento existente no puede ser utilizada por el nuevo sistema de comprobación

técnica. b) El postor ofertara la configuración de su módulo de mantenimiento. c) El postor deberá ofertar un módulo de mantenimiento de acuerdo a lo especificado en el numeral 5.6 del

Capítulo III de la sección específica de las bases.

CONSULTA N° 7

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral 3. LUGAR DE ENTREGA Página 22 Consulta ¿Existe un espacio dedicado, dotado con algún sistema de seguridad y control de acceso con la finalidad de que se puedan ubicar los nuevos equipos automatizados de comprobación técnica? Es posible obtener fotos y planos de las 15 Estaciones CER donde se van a instalar los nuevos equipos.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 7

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: En cada local de las estaciones CER está considerado todo el espacio de una oficina para ubicar los nuevos equipos automatizados de comprobación técnica. Sí es posible proporcionar fotos, los planos de las 15 estaciones CER serían entregadas al postor ganador.

CONSULTA N° 8

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral 8.5. Obras civiles Página 32 En cuanto a la especificación del alcance de las obras civiles de responsabilidad del MTC. Consulta: ¿Se han incluido en las obras civiles el equipamiento para el control de temperatura, aire acondicionado, la adecuación para proporcionar tomas de electricidad y otros?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 8

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: En las oficinas donde estará el equipamiento de comprobación técnica, actualmente no se cuenta con control de temperatura, pero si está considerado un equipo de aire acondicionado, tomacorrientes de energía eléctrica y puntos para voz y data.

CONSULTA N° 9

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral 4. PLAZO DE ENTREGA/ Pruebas de Recepción y Conformidad Página 23 Consulta: Con relación a las “Pruebas de Recepción y Conformidad”, ¿se nos puede indicar el lugar donde serán realizadas? Estas pruebas, se realizaran en las 15 estaciones CER o solo en el Centro de Control de Lima, cada vez que se termine la instalación de una Estación?

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 9

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Las pruebas de recepción y conformidad de cada estación de comprobación de estación técnica fija y móvil serán realizadas en cada ciudad luego que el contratista haya terminado su instalación, en la fecha que el contratista lo haya solicitado.

CONSULTA N° 10

Referencia de las bases CAPITULO III ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS ANEXO 2 Página 38 Consulta ¿En el centro de control Lima, cuales son las actividades específicas que el sistema actual ofrece para controlar las 6 estaciones? ¿Las 15 nuevas Estaciones a instalar serán integradas al sistema ELLIPSE actual?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 10

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Actualmente en el centro de control Lima la computadora utilizada como servidor de dominio y de archivos no están en funcionamiento, por lo tanto, no está siendo manejada para controlar las 6 estaciones CER. Las 15 nuevas estaciones fijas CER a instalarse no serán integradas al sistema ELLIPSE actual.

CONSULTA N° 11

¿Existe un enlace dedicado entre las estaciones fijas y el Centro de Control de Lima? En caso afirmativo, el MTC podría garantizar que la velocidad sea de 1 Mbps, con la finalidad de que sea utilizada por las nuevas estaciones, ¿Se nos podría brindar información detallada de la red de comunicaciones existente?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 11

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Sí, existe un enlace entre cada una de las estaciones fijas y la sede central del MTC en Lima, con una capacidad de 2.0 Mbps. Ver el primer párrafo de la absolución de la consulta N° 2 de la empresa TESACOM. Mayor información de la red de comunicación de datos se brindará al ganador de la buena pro.

CONSULTA N° 12

¿En qué consiste la política de respaldo actual? (Ciclo de respaldo, tiempo de almacenamiento, etc.)

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 12

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La política de respaldo consiste en tener un tiempo de recuperación de 24 horas anteriores a un incidente (backup diario) y almacenamiento de información a través de un medio externo cada vez que sea necesario, sin embargo no está siendo aplicada debido a lo indicado en la absolución de la consulta 10 de esta misma empresa.

CONSULTA N° 13

¿Cuál es el valor de la cantidad de datos que se debe considerar como incremento en la operación de las 6 estaciones actuales?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 13

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El valor de la cantidad de datos dependerá de lo que el postor proponga y que garantice el correcto funcionamiento del sistema.

CONSULTA N° 14

¿Cuál es la política en cuanto al tiempo de almacenamiento de los datos de monitoreo?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 14

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25 Jirón Zorritos 1203 www.mtc.gob.pe Lima, Lima 01 Perú

(511) 615-7800

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La política en cuanto al del tiempo de almacenamiento dependerá de lo que el postor proponga y que garantice el correcto funcionamiento del sistema.

CONSULTA N° 15

¿Podríamos obtener información detallada de la configuración del sistema actual? Información de los equipos, arquitectura de datos, documentación, protocolo de enlace información.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 15

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: No, debido a que equipamiento nuevo no será integrado con el sistema actual.

CONSULTA N° 16

¿El sistema actual en el Centro de Control de Lima controlaría y monitorearía las nuevas estaciones una vez instaladas los equipos en las 15 estaciones CER?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 16

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: No, el sistema actual no controlará ni monitoreará las 15 nuevas estaciones CER. Quien deberá realizarlo será el nuevo centro de control de lima.

CONSULTA N° 17

¿Existe algún plan para la actualización de las 6 Estaciones Existentes?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 17

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Sí, el cual es totalmente distinto al objeto de la presente licitación.

EMPRESA : INTELECT INTEGRACIONES ELECTRONICAS S.A.C.

CONSULTA N° 1

Referencia en las bases Página: 17 Se indica

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

El Comité Especial aclara que, el calendario del proceso podrá prorrogarse siempre y cuando durante las etapas del presente proceso de selección el colegiado por causas justificadas así lo requiera, no será pasible de modificación por las razones que expone el consultante, toda vez que se estaría vulnerando los principios que rigen las contrataciones.

CONSULTA N° 2

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial aclara que, el calendario del proceso podrá prorrogarse siempre y cuando durante las etapas del presente proceso de selección el colegiado por causas justificadas así lo requiera, no será pasible de modificación por las razones que expone el consultante, toda vez que se estaría vulnerando los principios que rigen las contrataciones.

CONSULTA N° 3

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El contratista será responsable de asegurar sus bienes hasta la conformidad provisional para lo cual deberá prever en brindar la correspondiente seguridad a sus bienes, para lo cual realizará coordinaciones respectivas con el MTC.

CONSULTA N° 4

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

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28 Jirón Zorritos 1203 www.mtc.gob.pe Lima, Lima 01 Perú

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El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Los rangos de frecuencia indicados en las bases son características mínimas para radiomonitoreo y radiogoniometría, lo cual no es un impedimento para que el postor pueda ofrecer un rango de frecuencias más amplio, ver absolución de la consulta N° 5 de la empresa MEDIA COMMERCE.

CONSULTA N° 5

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 5

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: 1. Podrá poner como medida de seguridad un sistema de advertencia con visualización en el panel frontal del

vehículo; indicando que el mástil este desplegado y el vehículo no debe desplazarse, y que cumpla con lo requerido.

2. La unidad móvil (camioneta) será con motor Diésel de acuerdo a lo requerido.

CONSULTA N° 6

Referencia en las bases Páginas: 29 y 30 Se indica

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“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú”

“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

29 Jirón Zorritos 1203 www.mtc.gob.pe Lima, Lima 01 Perú

(511) 615-7800

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 6

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La torre autosoportada, pozos a tierra, pararrayos y luz de balizaje de las 5 estaciones fijas que tendrán equipamiento transportable quedaran fijas. Las estaciones transportables no incluirán un contenedor SHELTER.

CONSULTA N° 7

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 7

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: En el literal b del numeral 2.51 de la documentación obligatoria de las Bases se está solicitando documentación adicional para acreditar los RTM, dentro de las cuales se encuentra la Declaración Jurada de Garantía Técnica,

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de acuerdo a lo señalado en el punto 7 de las especificaciones técnicas de las Bases. Anexo N° 2.3, se precisara al momento de integrar las bases las garantías técnicas para los bienes suministrados y para los los bienes comerciales (por ejemplo camionetas, laptops). La relación de bienes comerciales dependerá de lo que cada postor oferte. Entendiéndose por bienes comerciales aquellos que el fabricante de equipamiento de comprobación técnica no los fábrica, como por ejemplo, pudiéndo ser computadoras, laptop, impresora, modem, router, reloj, termómetro, UPS, motor generador, vehículo, Inversor DC-AC, extintor, etc.

CONSULTA N° 8

Referencia en las bases Página: 33 Se indica

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 8

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Los participantes interesados que lo estimen por conveniente podrán visitar el centro de control del MTC en lima, para lo cual deberá realizar las coordinaciones correspondientes con la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones y con conocimiento del comité especial.

CONSULTA N° 9

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 9

Se refiere a la experiencia que los postores tendrán para obtener puntaje en el factor Experiencia del Postor, la misma que será por la venta e instalación de equipamiento automatizado, dicho término refiere a todas aquellas tecnologías adquiridas e instaladas que en su conjunto aportan un tratamiento integrado.

EMPRESA : DITEL GROUP S.A.C.

CONSULTA N° 1

Pag. 3 Punto 1.3 Registro de participantes ¿Es suficiente que UNA de las empresas que integran un Consorcio esta registrada en la OSCE?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 1

Los postores deberán revisar la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, para efectos de conocer los procedimientos que se regulan durante los procesos de selección, para el lo consultado el postor deberá leer la Directiva Nº 016-2012-OSCE/CD.

CONSULTA N° 2

Pag. 6 Punto 1.11 Presentación de propuesta

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Se solicita extender hasta el 05 de noviembre la presentación de las propuestas.

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 2

El Comité Especial aclara que, el calendario del proceso podrá prorrogarse siempre y cuando durante las etapas del presente proceso de selección el colegiado por causas justificadas así lo requiera, no será pasible de modificación por las razones que expone el consultante, toda vez que se estaría vulnerando los principios que rigen las contrataciones.

CONSULTA N° 3

Pag. 15 Punto 1.6 Sistema de Contratación ¿Se debe especificar sub-totales o solo totales en la parte economica?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 3

De conformidad con lo señalado en el Anexo Nº 07 el postor deberá ofertar el monto total, solamente el ganador de la Buena Pro al momento de suscribir el contrato presentara el desagregado de los costos unitarios de cada uno de los bienes que conforman esta adquisición, ver el literal k del numeral 2.7 de las bases.

CONSULTA N° 4

Pag. 22 Punto 1 Objeto Como el contrato es del tipo “llave en mano”, ¿Solo se evaluará el monto?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 4

Las bases han previsto una etapa de calificación técnica y económica.

CONSULTA N° 5

Pag. 24 Punto 5 Características Técnicas ¿El MTC tiene marca y modelos sugeridos en cuanto a los bienes comerciales (Camioneta 4x4, UPS, Generador, etc)?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N°5

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El MTC no tiene marca ni modelo sugerido.

CONSULTA N° 6

Pag. 24 Punto 4 Conformidad Final ¿El certificado de Buena Operatividad de cada una de las 15 estaciones Fijas y 15 Estaciones Móviles debe tener algún formato en particular?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N°6

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: Con relación al certificado de Buena Operatividad de cada una de las estaciones se deja a cargo del contratista, sin embargo este debe contener la información suficiente de cada una de las estaciones y que acredite su buen funcionamiento.

CONSULTA N° 7

Pag. 26 Punto 5.2 y 5.3 Estaciones Fijas y Estaciones Moviles ¿Entre las estaciones móviles y las estaciones fijas, que mecanismo de comunicación tienen (2G, 3G o 4G)? ¿A que velocidad trabaja la red pública?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 7

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El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: El mecanismo de comunicación será propuesto por el postor, el mismo que deberá garantizar el correcto funcionamiento entre las estaciones fijas y móviles. La velocidad a la que trabaja la red pública está de acuerdo a la definida por el operador de servicio público de telefonía móvil.

CONSULTA N° 8

Pag. 26 Punto 5.2 y 5.3 Estaciones Fijas y Estaciones Moviles ¿Cuál es la polaridad de los servicios de telecomunicaciones actuales en Perú?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 8

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La polarización de los servicios de telecomunicación en el Perú son Lineal: vertical y horizontal, circular: derecha e izquierda. Ver la absolución de consulta N° 4 de la empresa ROHDE & SCHWARZ.

CONSULTA N° 9

Pag. 33 Punto 11 Centro de Control y Gestion del Sistema En la actualidad el Centro de Control de Lima:

- ¿Qué interface con las CER en otras ciudades tiene?

- ¿Qué formato de datos se usa de las CER al Centro de Control?

- ¿Qué protocolo de control de transmisión tiene?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 9

El Comité Especial con apoyo de la DGCSC aclara lo siguiente: La interface que se tiene es ETHERNET. El formato de datos será el sugerido por el postor. El protocolo de control y transmisión de datos es el TCP.

CONSULTA N° 10

Pag. 49 Punto(s): De fiel cumplimiento del contrato y De fiel cumplimiento por prestaciones de accesorias y Garantía por el monto diferencial de la propuesta. La moneda que se muestra en estos puntos es “S/.” ¿Esto indica que será en nuevos soles o será en dólares americanos?

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 10

Se precisa que el tipo de moneda convenida para este proceso de selección será en Dólares Americanos, por lo que al momento de integrar las Bases se hará la precisión del tipo de Moneda.

EL COMITÉ ESPECIAL