Aborto Terapéutico
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Aborto Terapéutico
13/04/23 Mª Constanza Blanco- Claudia Marín Bioética
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ABORTO TERAPÉUTICO
Introducción
• Hasta hace unos veinte años, el aborto terapéutico fue un procedimiento relativamente común y aceptado por la mayoría de los médicos como el más apropiado para preservar la vida de la madre o su salud ante las complicaciones del embarazo.
• Pero todo cambió en el año 1989 donde se prohibió esta práctica.
• Sin embargo a pesar del tiempo que ha trascurrido, éste sigue siendo un tema muy polémico debido a que hay muchas instituciones, ya sea; gobierno, iglesia o partidos políticos se oponen a que el aborto terapéutico sea legislado en nuestro país.
• Muchas veces permitir que se continúe con el embarazo inviable hasta la fecha de término, por no infringir la ley es poner en riesgo la vida de la madre y someterla además a un tormento psicológico porque sabe que su hijo no va a nacer.
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Pensamiento de los Grandes Filósofos de la Historia Universal sobre el Aborto.
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Desarrollo Histórico del
Aborto Terapéutico en Chile
• 15 de Mayo 1931: El aborto terapéutico es introducido al Código Sanitario.
• Esta disposición exigía la opinión de 3 médicos y en caso de urgencia podía ser ejercido por un solo médico y 2 testigos.
• 1967: Se modifica el texto inicial y se estableció que sólo con fines terapéuticos se podía interrumpir un embarazo requiriendo la opinión documentada de 2 médicos cirujanos.
• 1970-1972: El departamento de Ginecología y Obstetricia del Hospital Barros Luco facilitó el acceso voluntario a mujeres con situación certificada de pobreza extrema, alta paridad y que no deseaban la gestación dada sus condiciones psíquicas, emocionales, sociales, culturales y económicas.
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Desarrollo Histórico del
Aborto Terapéutico en Chile
• 1973: Tras el golpe de Estado en Chile, se genera un arduo debate sobre el derecho a la vida del ser por nacer. Jaime Guzmán planteaba que la madre debía tener su hijo aunque salga anormal, no sea deseado, como producto de una violación o aunque al tenerlo éste muera.
• 1989: Fines de la dictadura, se derogó el Art. 119 del Código Sanitario, instaurando la prohibición absoluta del aborto, incluyendo el aborto terapéutico.
• 1991:Se han presentado iniciativas a la cámara del senado con el objetivo de reponer el Art. 119 del Código Sanitario.
• Chile es uno de los 3 países junto a República Dominicana y Haití, en los cuales la interrupción del embarazo está completamente prohibida y penalizada.
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Desarrollo Histórico del
Aborto Terapéutico en Chile
• 1994: A pesar de la ilegalidad se registraron 160-200 mil mujeres chilenas que recurrieron a la interrupción de sus embarazos todas en circunstancias de clandestinidad.
• 2010: La conocida periodista Mónica Pérez tenía 14 semanas de embarazo cuando se enteró que su bebé tenía una enfermedad incompatible con la vida y no había posibilidades de que naciera.
• Pese a ello, según contó la periodista, la obligaron a estar cinco semanas más con él en su vientre hasta que éste muriera y pudiera ser expulsado naturalmente.
• Este dramático caso obligó a replantear la prohibición del aborto y la legalización del aborto terapéutico. Los últimos intentos se realizaron durante el gobierno de Michelle Bachelet.
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Desarrollo Histórico del
Aborto Terapéutico en Chile
• 16 de Diciembre 2010: Los senadores Evelyn Matthei (UDI) y Fulvio Rossi (PS) presentaron un proyecto de ley que repone el aborto terapéutico en Chile en casos acotados, como cuando el feto sea declarado inviable.
• Es necesario enfatizar que durante los gobiernos de partidos de la Concertación, incluyendo el de la ex Presidenta Michelle Bachelet, se negaron a cualquier apoyo a la reposición de este procedimiento.
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Definiciones y Clasificaciones
• Aborto es una palabra que proviene del latín abortus, cuyo significado se divide en ab: privar y orior: levantarse, salir, aparecer, nacer.
• El aborto se define como la interrupción del embarazo con la consecuencia de muerte del producto de la concepción, sea viable o no.
• Pueden ser espontáneo o provocado.
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Definiciones y Clasificaciones
• El aborto lo podemos clasificar de 5 formas distintas: Aborto “libre”: Es el realizado bajo el supuesto derecho que tendría la
mujer para interrumpir su embarazo. Aborto eugenésico: Es aquel que se realiza con la intención de eliminar
el feto, cuando existe mayor probabilidad que éste nacerá con algún defecto o enfermedad.
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Definiciones y Clasificaciones
Aborto selectivo: Pretende eliminar algunos embriones en el caso de embarazos múltiples con el fin que tengan mayor probabilidad de sobrevivir en el medio intrauterino.
Aborto “ético”: Está destinado a provocar la muerte del embrión o feto en gestación, cuando éste ha sido producto de una violación sexual.
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Definiciones y Clasificaciones
Aborto “Terapéutico”: Es la interrupción voluntaria de un embarazo antes de la viabilidad fetal por razones de salud materna que puedan poner en peligro su vida.
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Métodos más utilizados para realizar el ABORTO TERAPÉUTICO
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Métodos más utilizados para realizar el ABORTO TERAPÉUTICO
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Visión Bioética
• Existen cuatro principios de la bioética aplicados al aborto: Respeto por las personas No maleficencia Beneficencia Justicia
• Estos principios éticos ayudan a las personas a actuar con la mayor integridad moral posible, tanto en situaciones personales, como al solicitar o realizar un aborto, así como al enfrentar decisiones que afectan a la sociedad en general, como legislar sobre este asunto.
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Visión Bioética
• Autonomía: El principio de respeto a las personas se basa en el reconocimiento del derecho y la capacidad de cada individuo de informarse y de tomar decisiones responsables, por lo cual también se le llama principio de autonomía. Este principio favorece el derecho de las mujeres, como agentes morales plenamente responsables, a decidir en conciencia si continúan o interrumpen su embarazo. Al mismo tiempo, este principio rechaza de manera categórica la posibilidad que una mujer sea presionada o forzada a interrumpir su embarazo. De la misma forma, este principio está en contra que algún proveedor de servicios de salud sea obligado a realizar un aborto, si esto contradice
su conciencia.
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Visión Bioética
• No-Maleficencia/ Beneficencia: La aplicación de estos principios a los dilemas éticos del aborto tienen otras consecuencias. Considerando que colocar restricciones legales o de cualquier otro tipo al acceso al aborto seguro, lleva necesariamente a sufrimiento y mayor riesgo de muerte, estas restricciones contrarían los principios éticos de no-maleficencia y beneficencia. Esto incluye el colocar obstáculos al acceso a aborto legal, como ocurre con frecuencia en casos de violación y de riesgo de vida, en los países en que el aborto es permitido en esas condiciones.
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Visión Bioética
• Justicia: Este principio, por su carácter social, enriquece la aplicación de los principios anteriores que se refieren principalmente al comportamiento individual. Es así como nos obliga a reconocer que en la práctica, son sólo las mujeres con menos medios económicos las que realmente sufren las consecuencias de las leyes que restringen el acceso al aborto seguro, y las que se ven obligadas a someterse a intervenciones en condiciones de alto riesgo de complicación y de muerte. Las mujeres con buenas condiciones económicas, por el contrario, pueden pagar para que se les practique un aborto ilegal, teóricamente clandestino, en clínicas con todos los medios técnicos y de asepsia que le dan seguridad al procedimiento.
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Caso Clínico
• Paciente de 31 años, portadora de un dispositivo intrauterino desde su último parto. A pesar de él, se embaraza y consulta de urgencia a las 16 semanas de gestación, por la pérdida de líquido amniótico en forma evidente. Una ecografía muestra el feto vivo, un oligoamnios severo y el dispositivo intrauterino retroplacentario. Es hospitalizada. A los 2 días presenta cuadro febril y el diagnóstico indica infección ovular. El médico le dice que es necesario interrumpir el embarazo por el riesgo que ella corre.
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Caso Clínico
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Conclusión.
• El aborto terapéutico aún no ha sido legalizado en nuestro país, sin embargo es considerado como un acto inmoral, egoísta, inhumano y cruel, ya que nada justifica negar la posibilidad de nacer a un embrión o feto que se encuentre es un estado inviable, debido a que no cuenta con una integridad física adecuada para sobrevivir o simplemente porque pueda causar un daño severo e irreversible, que deteriore la salud de la madre.
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Conclusión.
• En este caso se da el principio del doble efecto debido a que si se lleva a cabo el aborto terapéutico, la madre solucionaría su problema de salud v/s la continuidad del embarazo pondría en riesgo latente a la madre, complicando su salud, provocándole hasta la muerte.
• Por este motivo el médico es el encargado de mantener con vida tanto a la madre como al feto, proporcionando los métodos terapéuticos necesarios para que ambos se mantengan con vida y no decidir ante el silencio de un inocente que no puede luchar contra los errores de la naturaleza y la inconsciencia del ser humano.
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