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CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACI6N Y EL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional que G,elebran de una parte, el Ministerio de Educacion a traves del Programa Nacional de "IONA Movilizacion por la Alfabetizacion - PRONAMA, con RUC 20514521787, con domicilio legal en ~~ .,~c"''''-f. Av. De la Poesia N°155 San Borja - Lima, en ~delante EL MINISTERIO, debidamente ~'. '\ epresentado por su Director Tecnico Ejecutivo Dr. Angel Velazquez Fernandez, identificado C> ~ on DNI No. 41033465, designado por Resolucion Ministerial No. 550-2006-ED; y de la otra *", - .; parte el Gobierno Regional de CAJAMARCA, en adelante EL GOBIERNO REGIONAL, con ~CIA~(,'O~ RUC N° 20453744168, con domicilio legal en JR.STA.TERESA JORNET SIN CAJAMARCA, . debldamente representado por su Presldente, GREGORIO SANTOS GUERRERO, Identlflcado con DNI N" 27745461 en los terminos y condiciones siguientes: EL MINISTERIO es el organa de Gobierno Nacional que tiene por finalidad dirigir y articular la polftica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la polftica general del Estado. Asimismo, tiene entre sus funciones, definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacion con las regiones, la polftica educativa y pedagogica nacional y establecer polfticas especificas de equidad; asi como, organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo que sirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos. Para dicho fin, el Gobierno Nacional ha creado el. Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion - PRONAMA, como unidad ejecutora de EL MINISTERIO, responsable de desarrollar acciones conducentes a erradicar el analfabetismo en el pais, en el proximo quinquenio. Las acciones de alfabetizacion se organizan bajo un esquema descentralizado en ~ el cualintervienen el Gobierno Nacional, a traves de EL MINISTERIO - PRO NAMA, los ~a~. Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. :·ci' VO ~\ .J '9 .\ , .- EL GOBIERNO REGIONAL tiene por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las polfticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. EL GOBIERNO REGIONAL Y EL MINISTERIO tienen por objetivos atender a la poblacion analfabeta asf como crear mecanismos que promuevan la participacion del Estado y la sociedad civil en la gestion y desarrollo de las diferentes acciones del proceso de alfabetizacion, por 10 que han estimado conveniente desarrollar acciones conjuntas orientadas a erradicar el analfabetismo en el departamento de CAJAMARCA Constitucion Polftica del Peru. Ley N° 28044, Ley General de Educacion. Decreto Ley N° 25762 Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley N° 26510 Ley Organica de los Gobiernos Regionales N° 27867 Y sus modificatorias Leyes N°s. 27902 y 28013. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto Supremo N° 009-2005-ED, Reglamento de Gestion del Sistema Educativo. Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion.

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CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIODE EDUCACI6N Y EL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA

Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional queG,elebran de una parte, el Ministerio de Educacion a traves del Programa Nacional de

"IONA Movilizacion por la Alfabetizacion - PRONAMA, con RUC 20514521787, con domicilio legal en~~ .,~c"''''-f. Av. De la Poesia N° 155 San Borja - Lima, en ~delante EL MINISTERIO, debidamente

~'. '\ epresentado por su Director Tecnico Ejecutivo Dr. Angel Velazquez Fernandez, identificadoC> ~ on DNI No. 41033465, designado por Resolucion Ministerial No. 550-2006-ED; y de la otra*", - .; parte el Gobierno Regional de CAJAMARCA, en adelante EL GOBIERNO REGIONAL, con

~CIA~(,'O~ RUC N° 20453744168, con domicilio legal en JR.STA.TERESA JORNET SIN CAJAMARCA,. debldamente representado por su Presldente, GREGORIO SANTOS GUERRERO, Identlflcado

con DNI N" 27745461 en los terminos y condiciones siguientes:

EL MINISTERIO es el organa de Gobierno Nacional que tiene por finalidad dirigir y articular lapolftica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la polftica general delEstado. Asimismo, tiene entre sus funciones, definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacioncon las regiones, la polftica educativa y pedagogica nacional y establecer polfticas especificasde equidad; asi como, organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo quesirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultadoseducativos.

Para dicho fin, el Gobierno Nacional ha creado el. Programa Nacional de Movilizacion por laAlfabetizacion - PRONAMA, como unidad ejecutora de EL MINISTERIO, responsable dedesarrollar acciones conducentes a erradicar el analfabetismo en el pais, en el proximoquinquenio. Las acciones de alfabetizacion se organizan bajo un esquema descentralizado en

~ el cual intervienen el Gobierno Nacional, a traves de EL MINISTERIO - PRO NAMA, los~a~. Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales.:·ci' VO ~\.J '9 .\, .- EL GOBIERNO REGIONAL tiene por mision organizar y conducir la gestion publica regional de

acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las polfticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region.

EL GOBIERNO REGIONAL Y EL MINISTERIO tienen por objetivos atender a la poblacionanalfabeta asf como crear mecanismos que promuevan la participacion del Estado y lasociedad civil en la gestion y desarrollo de las diferentes acciones del proceso dealfabetizacion, por 10 que han estimado conveniente desarrollar acciones conjuntas orientadasa erradicar el analfabetismo en el departamento de CAJAMARCA

Constitucion Polftica del Peru.Ley N° 28044, Ley General de Educacion.Decreto Ley N° 25762 Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley N°26510Ley Organica de los Gobiernos Regionales N° 27867 Y sus modificatorias Leyes N°s.27902 y 28013.Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion.Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.Decreto Supremo N° 009-2005-ED, Reglamento de Gestion del Sistema Educativo.Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones delMinisterio de Educacion.

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Decreto Supremo N° 022-2006-ED, Crea el Programa Nacional de Movilizacion por laAlfabetizacion - PRO NAMA.Decreto Supremo N° 018-2008-ED, Dispone que la Direccion Tecnica Ejecutiva delPrograma Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion - PRO NAMA, asuma durantesu vigen cia las funciones de la Direccion de Programas de Educacion BasicaAlternativa, respecto a los Ciclos Inicial e Intermedio del Programa de EducacionBasica Alternativa de Jovenes y Adultos.

EI presente Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional, tiene por objeto desarrollaracciones conjuntas para la erradicacion del analfabetismo en la Region de CAJAMARCA,mediante la implementacion de Circulos de Alfabetizacion, con enfasis en los sectores

_ vulnerables, desde una perspectiva de igualdad de oportunidades y equidad en el genero,/.;~C'.\c".1~<.'-4... impulsando una educacion con equidad, considerando la diversidad cultural, social y geografica

'~" 'f~ el departamento.~nJ>

: as acciones precedentemente descritas comprenderan tambien el Cicio Intermedio del'P"'6'/A ~\o~"rPrograma de Educacion Basica Alternativa de Jovenes y Adultos.

VElIc,.,\l.t:

EI objetivo general es reducir la tasa de analfabetismo en el departamento de CAJAMARCA amenos del 4%.

N~ Son objetivos especificos, los siguientes:~~

\. Elaboracion del diagnostico de la problematica del analfabetismo en el departamento de~ CAJAMARCA,.• Inclusion de las metas de alfabetizacion en el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades

~fc.,.¥' Humanas.A G~ Programacion de las actividades de alfabetizacion a ser desarrolladas en el quinquenio

2007-2011 en la jurisdiccion de EL GOBIERNO REGIONAL.

EL MINISTERIO, a traves del PRONAMA, es responsable de conducir las acciones del procesode alfabetizacion a nivel nacional y tiene las siguientes responsabilidades especificas:

a) Emitir las directivas para normar las actividades del proceso de alfabetizacion y del CicioIntermedio del Programa de Educacion Basica Alternativa de Jovenes y Adultos a nivelnacional de nivel nacional.

b) Entregar en cesion en usa a EL GOBIERNO REGIONAL los equipos audiovisuales a serempleados en los circulos de alfabetizacion, segun el Acta de Entrega y Recepcion a sersuscrita entre las partes.

c) Proporcionar a EL GOBIERNO REGIONAL el material educativo y los utiles necesariospara el desarrollo de los circulos de alfabetizacion y los Circulos de Aprendizaje deContinuidad Educativa (CACE), segun la programacion acordada entre las partes.

d) Monitorear y supervisar el desarrollo de las actividades del proceso de alfabetizacion y delproceso de Continuidad Educativa a nivel nacional.

e) Evaluar el cumplimiento de metas y el logro de resultados del Programa a nivel nacional.f) Gestionar y canalizar recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional en apoyo del Plan

Regional de Alfabetizacion.g) Brindar asistencia tecnica a los Gobiernos Regionales y Locales.

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EL GOBIERNO REGIONAL es responsable de desarrollar las acciones del proceso dealfabetizacion de su competencia en el ambito de su jurisdiccion. Son responsabilidadesespecificas de EL GOBIERNO REGIONAL:

a) Formular el Plan Regional de Alfabetizacion.b) Diseriar y ejecutar un Plan Regional de Informacion, Educacion y Comunicacion, arientado

a comprometer el apoyo y participacion de las arganizaciones sociales, empresa privada yla poblacion local.

c) Elabarar, en coordinacion con los Gobiernos Locales, un diagnostico de la situacion de laalfabetizacion en su jurisdiccion, que incluya: la caracterizacion de las centros poblados enla jurisdiccion de EL GOBlER NO REGIONAL indicando ladisponibilidad de servicios publicos (agua, luz electrica, telefono) y vias de acceso, y laidentificacion nominal de los analfabetos, precisando su sexo, edad, ocupacion y lugar deresidencia.Recepcionar, almacenar, custodiar y distribuir los equipos, materiales educativos y utiles,cautelando su buen usa, mantenimiento y estado de conservacion, de acuerdo alasdirectivas del PRONAMA.Participar, de manera conjunta con el PRONAMA, en la organizacion y ejecucion de lostalleres de capacitacion.Ejecutar, en coordinacion con el PRONAMA y los Gobiernos Locales, los Circulos deAlfabetizacion y los Circulos de Aprendizaje de Continuidad Educativa (CACE), en susrespectivas jurisdicciones.

g) Monitorear y supervisar las actividades del proceso de alfabetizacion e implementarmecanismos permanentes de vigilancia social y rendicion de cuentas a la ciudadania.

h) Evaluar los resultados y logros del Programa en el ambito de su jurisdiccion y participar enlas actividades de evaluacion organizadas por el PRONAMA.Canalizar recursos financieros de nivel regional y gestionar el apoyo de la cooperaciontecnica internacional para la ejecucion del Plan Regional de Alfabetizacion.Brindar asesoria y asistencia tecnica a los Gobiernos Locales.Desarrollar las acciones logisticas y administrativas necesarias para la ejecucion de lasactividades del presente convenio.

R"k'Q Las metas de atencion se formulan por distrito, con base al diagnostico departamentalo I'0-z,. elaborado, y comprenden el total de la poblacion a ser atendida para lograr una tasa de

~ nalfabetismo inferior al 4% en el departamento. Las metas de atencion se programan~~~:';~;7:alnualmente y se form ulan por trimestre, a nivel de cada provincia. AI interior de la provincia las",,;.1 atencion se priariza por distritos. Las acciones de alfabetizacion en los distritos priorizados se

ejecutan en forma intensiva y focalizada hasta lograr la declaratoria de zona Iibre deanalfabetismo.

En tanto EL GOBlER NO REGIONAL no elabore el diagnostico y establezca las metas deatencion y la programacion, respectivamente, las metas de atencion y la programacion de lasactividades de alfabetizacion a desarrollarse en el primer semestre del 2011 seran establecidaspar el PRONAMA.

Suscrito el presente Convenio, en un plazo de diez (10) calendario, cada una de las partesdesignara a un representante quien sera responsable de coordinar la ejecucion del cronogramade actividades para el cumplimiento de las acciones derivadas del presente Convenio. Dichadesignacion debera ser comunicada por escrito a la otra parte, en el citado plazo.

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EI presente Convenio rige a partir de suscripcion Y tiene vigencia hasta la finalizacion del aria2011, pudiendo ser renovado par periodos anuales sucesivos, can la sola expresion de laspartes.

Cualquier modificacion, restriccion a ampliacion que las partes estimen conveniente efectuar alpresente Convenio, se hara par media de una Adenda, bajo el mismo nivel de aprobacion.

t"e

iI'~irCloj (':'1. l E,' Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente Convenio y/o cualquier discrepancia"-'!.R••.••• ~ en su aplicacion a interpretacion, buscara ser solucionado par el entendimiento directo en base

alas reglas de la buena fe y comun intencion de las partes, procurando para tal efecto lamaxima colaboracion para la solucion de las diferencias.

~OFfi!'''6 Estando?e acuerd? can 10 expre.sado en todas Y,cada una de las clausulas, se su~cribe en~ va ?to- tres (3) ejemplares Igualmente vahdos, a los .~ dlas del mes de ~~~~ del ana 2011.o ? ...~.

" (Wrenl'· 1 flul• d~ s Illn

'.lff

............. ·e~uei··Fernindei·Director Tecnico Ejecutivo

PRONA\IA