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Reforma fiscal 2014

12 de septiembre de 2014

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Introducción a la Reforma Fiscal

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Política Económica y Ley de Ingresos

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Política económica

► Desaceleración de la actividad económica en paísesindustrializados y emergentes► Revisiones a la baja por el FMI de China, Brasil, Rusia, Sudáfrica,

Estados Unidos y la zona del euro

► En 2013 economía mexicana experimenta desaceleracióneconómica, mayor a la prevista en Criterios Generales dePolítica Económica 2013 (CGPE-2013)

► Para 2014 se implementará el Programa de Aceleracióndel Crecimiento

► Reforma Social y Hacendaria

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Indicadores 2014

► Déficit público, sin considerar PEMEX► 1.5% del PIB en 2014► 1.0% del PIB en 2015► 0.5% del PIB en 2016

► Crecimiento PIB 3.9%► Precio del crudo de US$81 pb► Tipo de cambio $12.6 por dólar► Inflación 3.0%► Tasa CETES 4.0% nominal y 1.0% real

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Reforma Social y Hacendaria

► Objetivos► Hacienda pública responsable► Establecer un Sistema de Seguridad Social Universal► Fortalecimiento de la capacidad financiera del Estado► Mejorar la equidad► Facilitar el cumplimiento del pago de impuestos► Inducir la formalidad► Promover el federalismo► Fortalecer a PEMEX, y► Mejorar la calidad del gasto

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Reforma Social y Hacendaria

Impacto en recaudación

Concepto % PIB mmp

ISR empresarial 0.7 $131.0

ISR personal 0.3 58.6

IVA 0.3 54.0

IEPS no petrolero 0.2 33.8

IEPS gasolinas 0.4 61.7

Derechos 0.1 15.1

Desaparición IETU -0.7 -114.5

Total 1.4 $239.7

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Ley de Ingresos de la Federación 2014

► Para el ejercicio fiscal de 2014, se proyecta obtener untotal de 4 billones 479 mil 954.2 millones de pesos porconcepto de ingresos presupuestarios

► En comparación, en el 2013 se proyectó obtener ingresospor 3 billones 956 mil 361.6 millones de pesos

► En el proyecto de Ley se propone continuar con las tasasde recargos aplicables a los casos de prórroga para elpago de créditos fiscales, señaladas para el ejerciciofiscal de 2013

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Código Fiscal de la Federación

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Cláusula General Anti-abuso

► Se propone incluir una regla de sustancia sobre forma

► Respecto de las prácticas u operaciones que formalmente noactualicen el hecho imponible de la norma y carezcan deracionalidad de negocios, la autoridad fiscal podrá determinarla existencia de un crédito fiscal por considerar que seactualiza el hecho imponible de la mencionada norma

► Se entiende que no hay razón de negocios cuando la prácticau operación carezca de utilidad o beneficio económicocuantificable para los involucrados; utilidad que sea distinta dela elusión, diferimiento o devolución del pago realizado

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Cláusula General Anti-abuso

► Principio de legalidad. Art. 31 fracción IV.

► Derecho Comparado

► ¿Retroactividad?

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Responsabilidad solidaria (Socios yAccionistas)

► Se amplia la responsabilidad solidaria de los socios oaccionistas

► Se desconoce el monto de lo aportado como límite de laresponsabilidad. Abierto conflicto con la Ley General deSociedades Mercantiles

► Se eliminan requisitos de “procedibilidad” para queaplique la responsabilidad

► La responsabilidad solidaria se calculará aplicando el %de participación del accionista por la contribución omitida

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Eliminación del dictamen fiscal

► Se propone eliminar la obligación de dictaminar para efectosfiscales los estados financieros

► De la misma forma se propone eliminar los dictámenes deenajenación de acciones y las declaratorias de IVA paradevoluciones

► En su lugar se adiciona el artículo 32-H en el cual se establecela obligación de presentar ante las autoridades fiscales a mástardar el 30 de junio, declaración informativa sobre la situaciónfiscal que mediante reglas de carácter general establezca elSAT

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Eliminación del dictamen fiscal

► Revisión secuencial en ejercicios posteriores. Eliminación dedevolución en 25 días

► Asimismo, se propone establecer un sistema mediante el cuallos diferentes prestadores de servicios deberán informar a laAdministración Tributaria de las operaciones que conozcan deconformidad con las reglas que el propio SAT emita

► Esta adición buscaría que los diferentes involucrados en lasoperaciones, las revelen. Amplia discrecionalidad del SAT paradeterminar qué operaciones y qué sujetos

► Posible conflicto con las obligaciones de confidencialidad yprivilegio de los prestadores de servicios

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Acuerdos conclusivos

► Se propone una regulación para llegar a acuerdos(“settlements”) con la Administración Tributaria. Sedenominarán acuerdos conclusivos

► La PRODECON intervendrá como facilitadora y testigo delprocedimiento para la adopción de acuerdos

► El acuerdo conclusivo tendrá como objeto brindar facilidades alos contribuyentes para el debido cumplimiento de susobligaciones fiscales y evitar procedimientos judiciales endonde la decisión de los Tribunales es incierta

► Medida necesaria en un entorno fiscal que se ha vueltocomplejo

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Delitos

► Se define qué directivos serán responsables penalmente porno evitar el hecho delictivo:► Administrador Único► Presidentes del Consejo de Administración► Quienes tengan conferida la Dirección o Gerencia General► Quienes tengan facultades de administración o dominio

► Extremadamente preocupante la amplitud del último supuesto.

► También se establece como penalmente responsables a losabogados y contadores, cuando sugieran, asesoren,propongan, establezcan o lleven a cabo mecanismosvinculados con esquemas ilícitos o el incumplimiento deobligaciones fiscales

► Se incluyen reglas para establecer la responsabilidad penal delas personas morales

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Secreto Fiscal / ¿Transparencia?

► Se propone que el SAT pueda dejar de observar el secretofiscal en aquellos casos en que los contribuyentes sonincumplidos

► De esta forma el SAT podrá revelar el nombre delcontribuyente públicamente cuando existan:

► Créditos fiscales firmes (cuando haya perdido los juicios)► Créditos no garantizados► Contribuyentes no localizados► Contribuyentes que hayan cometido un delito y haya sentencia firme► Contribuyentes que se les haya condonado un crédito fiscal

► Se propone que las autoridades puedan revelarle a los órganosde dirección de la personas morales de las omisiones queconozcan en un procedimiento de auditoría

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Buzón Tributario

► Se propone crear un sistema de comunicación electrónicoentre autoridades y contribuyentes por medio del cual laautoridad fiscal notificará diversos documentos y actosadministrativos y los contribuyentes podrán presentarpromociones y otros trámites

► Se establece como obligación expresa de loscontribuyentes ingresar al citado buzón para notificarsede los actos y trámites de la autoridad

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Facultades de Comprobación

► Se propone crear un nuevo tipo de revisión además delas ya existentes de la visita y la revisión de gabinete

► Esta revisión será electrónica y expedita

► La autoridad con base en toda la información con la quecuente del contribuyente, ya sea que la hayaproporcionado el propio contribuyente o terceros, lenotificará vía electrónica una resolución provisional quecontendrá una pre-liquidación

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Facultades de Comprobación

► El contribuyente tendrá 15 días para decir lo que a suderecho convenga, en su caso la autoridad podrá emitirun requerimiento y el contribuyente tendrá 10 días paracontestarlo

► Inclusive la autoridad podrá compulsar a terceros en esteprocedimiento

► Una vez que la autoridad haya recibido la respuesta delos requerimientos tendrá 40 días para emitir suresolución. Si el contribuyente no contesta elrequerimiento, la pre-liquidación será definitiva

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Contabilidad

► Se propone incluir como parte de la contabilidad lainformación que los contribuyentes deberán proporcionarmensualmente por medio de medios electrónicos queestablezca el SAT

► Se propone incorporar como parte de la contabilidad elorigen de los préstamos que generan intereses auncuando los mismos tengan más de 5 años

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Otros aspectos

► Se reduce el plazo de 45 a 15 días para la presentación delrecurso de revocación

► Se propone reducir el plazo a 15 días para pagar o garantizarel interés fiscal determinado

► La prescripción. Se incorpora un párrafo que confunde sobrecuál es el verdadero plazo de la prescripción, 5 ó 10 años

► Se propone la inclusión de reglas detalladas para el ejerciciode medidas de apremio

► Se establecen reglas de presunción de utilidad por industria

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ISR Personas Morales e IETU

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Personas Morales

► Se deroga IETU e IDE► Tasa 30%► Se homologa base ISR y PTU► Se elimina reducción para actividades primarias► Nuevo impuesto corporativo a la distribución de

dividendos y/o utilidades►Técnica legislativa cuestionable para tratados internacionales►“10%” nominal sobre monto pagado►Sin reglas transitorias►Posibles efectos contables

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Ingresos - General

► Enajenaciones a plazo, se elimina opción de preciocobrado

► Disposición transitoria para enajenaciones a plazo►Ajuste anual por inflación

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Ingresos – Enajenación Acciones

► Régimen general para ganancia en enajenación deacciones

► Régimen opcional en caso de haberlas detentado docemeses o menos

► Se elimina caso en que una parte de las acciones tienemas de doce meses y otra parte menos

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Deducciones

Cambios conceptuales:

► Limitación fuerte a deducciones con partes relacionadas► Se eliminan disposiciones que anticipaban deducciones► Se busca simetría: sólo será deducible el gasto mientras

sea acumulable el ingreso► Se eliminan algunas deducciones o se reducen límites► Algunos cambios formales

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Deducciones – Partes Relacionadas

► Serán no deducibles los pagos hechos a partesrelacionadas en México o en el extranjero en la medida enque no estén gravados o lo estén con un ISR menor al75% del ISR que se causaría y pagaría en México► Cambio acorde con la posibilidad SAT de solicitar que el

contribuyente acredite doble tributación► Este cambio puede dar lugar a doble tributación en sí mismo► Cambio vs. obligación de no discriminación bajo tratados

► Serán no deducibles los pagos cuando también lo seanpara una parte relacionada mexicana o extranjera

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Deducciones – Diferenciastemporales

► Se elimina la deducción de aportaciones de reservas parafondos de pensiones o jubilación

► Se elimina la opción de deducir costos estimados en obradesarrollos inmobiliarios, inmueble, fabricación de bienesde activo fijo de largo proceso de fabricación yprestadores del servicio de tiempo compartido

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Deducciones – Eliminación oReducción

► Se elimina la deducibilidad de cuotas pagadas al IMSS porel patrón

► Se elimina la deducción de consumos en restaurantes

► Se limita el monto máximo de donativos al Estado a 4% dela utilidad fiscal

► Se limita la posibilidad de deducir donativos de productospor deterioro

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Deducciones – Eliminación oReducción

► Se reduce el monto máximo de deducción porarrendamiento de automóviles de $250 a $200 diarios

► No deducible el 59% de ingresos exentos del trabajador

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Deducciones – Cambios Formales

► Se elimina la excepción de requisito de documentacióncomprobatoria y pago por cheque, transferencia omonederos electrónicos a salarios

► Se establece que sólo serán deducibles los vales dedespensa si se otorgan en monederos electrónicos

► Los estados de cuenta no se aceptarán comocomprobantes

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Inversiones

► Se elimina deducción 100% de:► Maquinaria y equipo para generación de energía eléctrica de

fuentes renovables

► Maquinaria y equipo para conversión a consumo de gasnatural y para controlar contaminación ambiental

► Maquinas registradoras de comprobación fiscal y equipoelectrónicos de registro fiscal

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Inversiones

► Sector minero► Se elimina posibilidad de deducir en un ejercicio las erogaciones

en periodo pre-operativos por la explotación de yacimientosminerales

► Automóviles► Se reduce de $175 a $130 mil el monto máximo

► Régimen transitorio► Se aplicará la nueva ley al saldo pendiente de deducir de

inversiones realizadas antes de entrada en vigor► Aplicable el MOI que correspondió en su momento

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Costo de lo vendido

► Se elimina la deducción inmediata en el cálculo del costode ventas

► Valuación de inventarios: Se elimina método UEPS

► Obligación de informar el costo de lo vendido en la nuevadeclaración informativa 32-H CFF o en la declaraciónanual a contribuyentes obligados

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Pérdidas fiscales

► Pérdidas pendientes de disminuir a la entrada en vigor, seamortizarán en términos de nueva ley

► Referencia incorrecta en disposición transitoria

► No hay modificación sustancial en el régimen

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Obligaciones

►Se eliminan las siguientes obligaciones:► Registro de operaciones en moneda extranjera al tipo de cambio

en las que se concierten

► Conservar copia del comprobante fiscal

► Declaración informativa por inversiones con deduccióninmediata

► Informar a la Asamblea General Ordinaria el cumplimiento desus obligaciones fiscales

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Obligaciones

► Informativa de retenciones a Personas Físicas conactividades empresariales y profesionales*

► Informativa de clientes y proveedores*

► Declaraciones informativas de retenciones, pagos alextranjero y donativos*

*(Modificación vigente a partir del 1 de Enero del 2017)

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Obligaciones

Nueva Obligación:

► Las personas morales que distribuyan anticipos orendimientos a miembros de sociedades cooperativas deproducción, sociedades o asociaciones civiles, deberánexpedir “comprobante fiscal”

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Nueva Mecánica de Utilidad Fiscal Neta

Art 89 LISR Art 72 LISR ( Iniciativa)

Resultado Fiscal Resultado Fiscal(-) ISR pagado (-) ISR pagado(-) No deducibles (-) No deducibles

(excepto provisiones, reservas y PTU) (excepto provisiones, reservas y PTU)

(=) Utilidad Fiscal Neta (-) Acumulación de ISR pagado en elextranjero (Art. 5 LISR Iniciativa)

(=) Utilidad Fiscal Neta

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Régimen simplificado,no contribuyentes y estímulos fiscales

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Régimen Simplificado

► Se elimina totalmente el régimen► No existen reglas claras de transición (pérdidas fiscales,

inventarios, inversiones, cuentas por cobrar, cuentas por pagar,etc.)

► Se incrementa su carga tributaria► Del 21% al 30% + 10% impuesto dividendos pagados

► Se mantiene régimen “coordinado” solo paraautotransporte de carga y pasajeros

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Sociedades cooperativas deproducción - Capítulo VII-A►Pasan a Título II

►Utilidades a 2013 realizadas o por realizar Difiere ISR / $a) Tasa 32%b) 10% / Utilidad / Art. 11?

► Transitorio /– ( )– Activos fijos– Inventarios– Etc.

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PM con fines no lucrativos

►Enseñanza Solo Donatarias Autorizadas

► Enseñanza no donatariasa 2013 y fines deportivos

Actividades / Influir legislación Ok.

a) Título II 2014

b) Remanente Distribuible a 2013

c) No hay regla /:– Activos– ( )– Inventarios– CxC, CxP

– Difiere / $– Socio Cont.– IETU / Art. 15?

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Estímulos Fiscales

► Se elimina la Deducción Inmediata►Se podrá deducir remanente en enajenaciones

► Se eliminan las SIBRAS►Se detonará diferido en enajenación o a mas tardar en 2016►¿IETU?

► Se elimina deducción inmediata de terrenos paradesarrolladores inmobiliario► Se mantienen reglas para terrenos deducidos anteriormente

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Estímulos Fiscales

► Se adecua el régimen de FIBRAS por “otros” ingresos►Ingresos por rentas variables ligadas a ventas►Limite del 5% de ingresos totales

► Se incluye la actividad de distribución de películas dentrodel estímulo Cinematográfico

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Sistema financiero

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Bancos

► Eliminación deducción Reserva Preventiva Global► Deducción Créditos Incobrables► ¿Autorización CNBV?

► Transitorio► No aplicación de castigos que hayan formado parte de la reserva

deducible► Disminución saldos en ejercicios futuros (acumulable)

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Aseguradoras y Afianzadoras

► Eliminación deducción reservas

► Sólo deducción pago sumas aseguradas o afianzadas

► Transitorio► Disminución reservas en ejercicios futuros (acumulable)

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Ganancias de Capital

► Eliminación exención enajenación de acciones en bolsaPF y extranjeros► Tasa 10%► Personas físicas:

► Cedular► Intermediario financiero calcula y proporciona información sobre

pérdidas o ganancias► Contribuyente consolida las ganancias y/o pérdidas para el pago del

impuesto► Pérdidas sólo contra ganancias diez ejercicios

► Extranjeros► Retención intermediario financiero

► ¿Reglas Transitorias para determinar el costo fiscal?

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SINCAS

► Se elimina régimen de diferimiento dividendos e intereseshasta distribución

► Transitorio► Mantiene el diferimiento de inversiones anteriores

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IDE

► Se deroga

► Obligación sistema financiero de informar depósitos enefectivo ($15,000 MxP)

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Personas físicas

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Procedimiento de discrepancia fiscal

► Erogaciones superiores a ingresos declarados► Erogaciones por gastos, adquisiciones bienes o servicios y

depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras otarjetas de crédito

► Las erogaciones se presumen ingresos cuando:► PF no inscritas en el RFC (el SAT procedería a inscribirlas)► Estando inscritas no presenten declaraciones estando obligados► Si aun presentándolas, declaran ingresos menores a las erogaciones

► El SAT podrá utilizar cualquier información incluyendo laproporcionada por “terceros” para comprobar erogaciones

► Procedimiento especial de liquidación

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Régimen de Incorporación

► Eliminación del Régimen Intermedio y PequeñosContribuyentes

► “Opción” para Enajenación, Actividades Empresariales oPrestación de Servicios► Límite 1 millón MxP► Servicios que no requieran Título Profesional► No aplicable para:

► Socios, Accionistas o “Integrantes de personas morales”► Actividades relacionadas con negocios inmobiliarios (Incluyendo

Financieros); salvo que sean de promoción de casa habitación.► Quienes obtengan ingresos por comisión, mediación, representación

(entre otros); salvo que no excedan el 30%

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Régimen de Incorporación

► Régimen de pago gradual por un máximo de 6 años► Primer año de reducción del ISR al 100%► 5 años subsecuentes, reducciones escalonadas► Año 7 incorporación al Régimen de Actividades Empresariales y

Servicios Profesionales

► Pago del impuesto bimestral y definitivo

► Imposibilidad de volver a tributar bajo este régimen;incluso mediante cesión del negocio

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Declaración anual

► Se limitan las deducciones personales, el que sea menorentre lo siguiente:► 10% de los ingresos total anuales► 2 SMG al año del área geográfica al que pertenecen

► Deducciones de gastos médicos y dentales, así comohospitalarios deben ser pagados a través del sistemafinanciero

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Incremento en tasa

► Se incrementa la tasa al 32%, comparativo otros países:Concepto Importe

MxPMx

2013Mx

2014 EEUU

Salarios (1) 840,000 840,000 840,000 840,000

Deducciones personales:

- Gastos médicos 20,000 20,000 20,000

- Colegiatura 120,000 44,400 120,000

-HipotecaIntereses Nominales

Intereses Reales200,000140,000 140,000 140,000

Total deducciones (2) 46,627(a) 280,000

Base ISR (1) – (2) 635,600 793,373 560,000

ISR 146,531 199,730 88,380 (b) 75,940 (c)

Tasa efectiva 17% 24% 10.5% 9%

a) 10% del total de ingresos ó 2 SMG al año (lo que sea menor); b)Tarifa individual; c)Tarifa como jefe de familia

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Otras consideraciones

► Acreditamiento de impuestos en dividendos► Acumulan el dividendo percibido pero el acreditamiento aplica

sobre el 30% pagado por la persona moral (art. 9)► Considerar que el 10% adicional pagado por la persona moral en

la distribución no es acreditable (art. 11)► La acumulación debe ser sobre la tasa progresiva al 32%

► Otros ingresos:► Tributación del 10% adicional por dividendos percibidos del

extranjero

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Otras consideraciones

► Arrendamiento► Permanece deducción ciega

► Se reduce exención por enajenación de casa habitación► Limitada a 250 mil UDIS (aprox. 1.2 millones MxP)► Se elimina la exención que había a dicho limite si se habitaba la

casa por un periodo de 5 años.

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Residentes en el extranjero

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Temas internacionales

► Aplicación de tratados

► Acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Título VI (Regímenes fiscales preferentes)

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Temas internacionales

► Aplicación de tratados

► “… contribuyentes que acrediten ser residentes en el país de quese trate y cumplan con las disposiciones del propio tratado y de lasdemás disposiciones de procedimiento contenidas en esta Ley,incluyendo la de presentar la declaración informativa sobre susituación fiscal en los términos del artículo 32-H del Código Fiscal dela Federación y de designar representante legal.”

►¿Art. 32-H CFF?

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Temas internacionales

► Aplicación de tratados

►“… tratándose de operaciones entre partes relacionadas, lasautoridades fiscales podrán solicitar al contribuyente residente en elextranjero que acredite la existencia de una doble tributación jurídica,a través de una manifestación bajo protesta de decir verdad firmadapor el representante legal, en la que expresamente señale que losingresos sujetos a imposición en México y respecto de los cuales sepretendan aplicar los beneficios del tratado para evitar la dobleimposición, también se encuentran gravados en su país deresidencia…”

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► Aplicación de tratados

► Art. 4(1) Modelo OCDE► “Residente de un Estado Contratante” significa toda persona que, en

virtud de la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición…”► Sujeto (“persona”) vs Objeto (“ingresos”)► ¿”Treaty override”?

► Excepción en ciertos tratados (ej. Luxemburgo)► ¿Cambio de parte relacionada a no relacionada?► ¿Art. 11 y Art. 29, fracción XXIII?

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► Acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero

► Crédito directo vs indirecto► Falta definición de “ingresos de fuente extranjera”► Directo:

► limitante “por país”► ¿atribución de deducciones por país?

► Indirecto:► Continúa limitante de dos niveles► Participación directa de 10% y 5% de participación indirecta en capital

por 6 meses► Acuerdo amplío de información con país participación indirecta

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Temas internacionales

► Acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero

► Indirecto:► Se aclara método de cálculo de límites

► “monto proporcional” por fórmulas (ej. evitar referencia circular)► “sin disminuir la retención”► Tipo de cambio del ejercicio que corresponda la utilidad con cargo a la cual

se pague el dividendo.► Cálculo de montos proporcionales “por cada ejercicio”► PEPS si no llevan registro de utilidades (¿transitorio?)

► Suma de crédito directo e indirecto no exceda del ISR mexicano

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Temas internacionales

► Acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero

► Excedentes de crédito directo e indirecto acreditables contra ISRpagado por distribución de utilidades en términos del artículo 11► “Carry-forward”► Fórmula

► Impuesto no acreditable es no deducible► Ingresos atribuibles a EP► Criterios SAT “ISR pagado en el extranjero”

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► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Generalidades

► Se refiere en varios artículos del título V a la tasa contenida en elartículo 147 (incremento al 32%)

► Eliminación dictamen fiscal y registro en varios artículos del título V► Se aclara que los pagos que beneficien a extranjeros les aplicarán las

mismas disposiciones que a los ingresos que los originaron(piramidación)

► Se elimina la referencia de que el IVA trasladado no es ingreso

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Temas internacionales

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Fondos de pensiones y jubilaciones► Exención de ganancias de capital sujeta a requisitos de temporalidad

aplicables a FIBRAS en el otorgamiento de uso o goce temporal deinmuebles (Cuatro años)

► Sujeto a que el 90% de ingresos de las personas morales en queparticipen como accionistas provenga de la enajenación y arrendamientode inmuebles► Se excluye del cálculo del 90%, al ajuste anual por inflación acumulable y la

ganancia cambiaría que deriven de deudas para realizar dichas actividades► Exención no aplicable si ganancias percibidas en el desarrollo de

actividades empresariales► Se elimina el requisito de registro de bancos para los fondos de pensiones► Se requiere que los “fondos” se encuentren exentos (actualmente

“ingresos”)

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Temas internacionales

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Arrendamiento de remolques y semirremolques importadostemporalmente (actualmente en Decreto)► Retención del 5% del ingreso (sin deducciones)

► Tiempos compartidos (opción base neta)► Impuesto al 32% sin obligación de presentar estados financieros

dictaminados

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► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Enajenación de inmuebles► Redacción confusa respecto a la presentación de la declaración

informativa por parte de fedatarios públicos respecto a lasenajenaciones consignadas en escritura pública

► Tasa 32% sobre ganancia

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Temas internacionales

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Enajenación de acciones (opción ganancia neta)► Se sustituye obligación de presentar dictamen de CPR por

información de las operaciones conforme al reglamento y a las reglasde carácter general y estableciendo que se calculó el impuesto deacuerdo con las disposiciones fiscales

► Incremento de tasa para ganancias de capital al 32%

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► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Enajenación de acciones a través de Bolsa o emitidas porsociedades de inversión► Se incluyen las enajenaciones que se realicen mediante operaciones

financieras derivadas de capital referidas a acciones colocadas enbolsa e índices. ¿Fuente?

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Temas internacionales

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Intereses► Operaciones financieras derivadas de deuda

► Se incorpora exención OFD en las que alguna parte de la operación estéreferenciada a TIIE o a ciertos títulos de crédito

► Se elimina la obligación de las entidades financieras de inscribirse enel Registro de Bancos

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Temas internacionales

► Título V (Ingresos con fuente de riqueza en México)

► Regalías► Se incorpora a la LISR la obligación de considerar regalías a la

enajenación de bienes o derechos sólo si está condicionada a laproductividad o al uso o disposición ulterior de los mismos bienes oderechos (antes en RMF)

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Temas internacionales

► Título VI (Regímenes fiscales preferentes)

► No se considerará el impuesto sobre dividendos para determinaringresos sujetos a REFIPRE

► ¿Nuevo Reglamento?► Ingresos pasivos

► Se agregan a la definición los derivados del otorgamiento del uso ogoce temporal de bienes, así como los ingresos percibidos a títulogratuito, cuando éstos no se generen con motivo del ejercicio deactividades empresariales

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Temas internacionales

► Título VI (Regímenes fiscales preferentes)

► Impuesto retenido en términos del título V acreditable► Cuando no pueda acreditarse el ISR retenido en términos del título V,

total o parcialmente, éste podrá acreditarse en los 10 ejerciciosfiscales siguientes hasta agotarlo

► Precios de transferencia► Se utilizarán las NIF en sustitución de los principios de contabilidad

generalmente aceptados para el cálculo de ingresos, costos, utilidadbruta, ventas netas, gastos, utilidad de operación, activos y pasivos

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Minería

► Derecho especial anual► Se pagará mediante declaración a una tasa de 7.5% sobre la

diferencia positiva que resulte de disminuir a los ingresos(conforme a ISR), las deducciones autorizadas (conforme a ISR)

► Se exceptúan de los ingresos a intereses devengados a favor eintereses moratorios, y el ajuste anual por inflación acumulable

► Se exceptúan de las deducciones las inversiones, los interesesdevengados a cargo, los intereses moratorios pagados y el ajusteanual por inflación deducible

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Minería

► Derecho adicional► Se pagará semestralmente conforme al 50% de la cuota que por

cada hectárea o fracción concesionada o asignada se deba pagar,siempre y cuando no se exploten las concesiones mineras durante2 años continuos en un periodo de 11 años (el doble a partir delaño 12)

► Derecho extraordinario sobre minería► Se pagará anualmente aplicando la tasa del 0.5% a los ingresos

derivados de la enajenación de oro, plata y platino, sin deducciónalguna

► Mediante declaración que se presentará a más tardar el último díahábil del mes de marzo

► El SAT fiscalizará los derechos sobre minería, a través desus facultades de comprobación

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Consolidación

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Consolidación

► Se elimina el régimen de consolidación

► Obligación desconsolidación conforme a régimen transitorio:a) Art. 71 LISR o procedimiento “similar” a opción en RMF con:

- Dividendos anteriores a 1999 - Controversial- Problema en actualización de pérdidas de 2013- No se incluyen comparativos de CUFINRE- Sin duplicar efectos de conceptos incluidos en el diferido anual – Pérdidas

b) Comparaciones de Registros de CUFIN de 2004 a 2007 – Controversialc) Impuesto al Activo – “Derecho a Recuperar”

► Pagos periódicos en 5 ejercicios – empezando Mayo 2014

►Controladoras dentro plazo obligatorio pueden continuar consolidando– hasta cumplir los 5 años

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Nuevo Régimen de “Integración”

► Sustituye la consolidación

► Empresa Integradora y Empresas Integradas

► Régimen más sencillo – reglas similares- Diferimiento exclusivamente pérdidas (no consolidación)- Excluye sociedades con pérdidas de ejercicios anteriores (no Integradas), maquiladoras ytrasporte aéreo.- Fusiones y escisiones detonan impuesto diferido- CUFINES sólo a nivel individual

► Impuesto diferido se paga por cada sociedad después del 3 ejercicio(4 años)

► CUFIN proporcional se genera hasta que se pague el impuestodiferido

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Factor Resultado Fiscal Integrado

► Resultado Fiscal Integrado

(+) Resultados Fiscales Integradas e Integradora(- ) Pérdidas Fiscales Integradas e Integradora

RESULTADO FISCAL INTEGRADO

Factor =

► Impuesto a Diferir

ISR Individual x % Tenencia x (1 – Factor) = Impuesto Diferido

Resultado Fiscal Integrado

Resultado Fiscal Integradas + Integradora

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Impuesto al valor agregado (IVA)

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IVA

► Eliminación del tratamiento a la región fronteriza► Tasa del 11% al 16%

► Eliminación de exenciones

► Casa Habitación:► Compra► Renta (uso o goce)► Intereses en Créditos Hipotecarios

► Grava espectáculos públicos excepto teatro y circo cumpliendo conciertos requisitos

► Servicio de enseñanza pública (educación)

► Exención solo al transporte público de personas en áreas urbanas ysuburbanas o zonas metropolitanas

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IVA

► Eliminación de la tasa 0%► Servicio de Hotelería y conexos a turistas extranjeros

► Chicles o goma de mascar

► Pequeñas especies (mascotas) y sus alimentos

► Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas y lingotes

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IVA

► Otros aspectos

► Sociedades Financieras de objeto limitado (SOFOMES)

► Trato igual que a otros integrantes del sistema financiero en materiade acreditamiento-prorrateo

► Homologación en la transportación aérea internacional de bienes25% / 75%

► Causación del IVA en faltante de inventarios-cuando se conozcael hecho por el contribuyente y/o la autoridad

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IVA

► Se exentan intereses que paguen o reciban► Sociedades Cooperativas de ahorro y préstamo► Sociedades Financieras Populares► Sociedades Financieras Comunitarias► Organismos de integración Financiera Rural

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IVA

► Operaciones 2013 y cobradas 2014 causan IVA

► Aplica tasa vigente o exención con anterioridad a 2014

► Si los bienes o servicios se entregaron o proporcionaron a 2013

► Las contraprestaciones se realizan dentro de los diez días naturales

2014

► No aplica a partes relacionadas

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Maquiladoras y Aduanas

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Exposición de Motivos – ISR

► Distorsión y abuso de los beneficios del régimen fiscal demaquilas por empresas para las cuales no fue diseñadoel esquema

► Requisito actual de exportar por lo menos el 10% de lafacturación total:► Debilita el esquema de fomento a las exportaciones;► Pone a la industria nacional en desventaja;► Incentiva la evasión del pago del IVA

► La reforma es congruente con recomendaciones deOCDE

► Los regímenes especiales facilitan la planeación fiscal ola evasión y deben acotarse

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Exención de EP

► Se mantiene la exención de Establecimiento Permanente(EP) a residentes en el extranjero que operen conempresas maquiladoras, siempre y cuando:

► El Principal resida en país con tratado► La maquiladora cumpla con nuevas reglas de precios de

transferencia► Se lleven a cabo operaciones de maquila en términos de la

nueva definición

► La exención de EP para las Maquiladoras de albergue(“shelters”) se limita a 3 años (consecutivos)

► Al final de dicho periodo el residente en el extranjero deberáoptar por constituir un EP o establecer sus operaciones através de una subsidiaria

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Concepto de Operación de Maquila

► Nueva definición - similar a la del actual articulo 33 delDecreto IMMEX, pero con los siguientes cambios:► Que la empresa maquiladora exporte por lo menos el 90%

de su facturación total anual

► Las mercancías importadas temporalmente debenretornarse al extranjero – Se elimina la referencia expresaa: “inclusive mediante operaciones virtuales”

► Se eliminan las operaciones de desarrollo de productos omejora en la calidad de los mismos como operacionesasimilables a transformación

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Concepto de Operación de Maquila

► Continua el requisito de uso de M&E propiedad delresidente en el extranjero, siempre que no haya sidopropiedad de la maquiladora o de otra parte relacionadaresidente en México:► Se elimina el requisito de valor mínimo del 30% del valor

total de la maquinaria y equipo utilizada

► Se elimina la referencia expresa a poder complementar laoperación con maquinaria propiedad de la maquiladora oarrendada

► Se elimina la excepción de cumplir con este requisito amaquiladoras con operaciones hasta el 31-12-2009

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Nuevo Esquema de Precios deTransferencia

► Opción 1: “Safe Harbor”► Utilidad fiscal mayor entre 6.9% sobre activos totales o 6.5%

sobre costos y gastos► Ya no aplica Decreto Fox

► Opción 2: Acuerdo Anticipado de Precios deTransferencia (APA)

► De conformidad con cualquiera de los métodos aceptados► El estudio de precios de transferencia es opción solo con APA

► La maquiladora deberá presentar declaración informativaen el mes de Junio de cada año

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Concepto de Operación de Maquila –Puntos Finos

► Exportación de al menos 90% de la facturación total:► ¿En función a exportación física de productos? ¿Permite

incluir exportaciones virtuales y/o indirectos? ¿En función afacturación de ingresos por maquila?

► Pedimentos Virtuales y Transferencias a la IndustriaAutomotriz terminal:► ¿Se consideran para efectos de cumplir con los requisitos

de operación de maquila?► Uso de maquinaria y equipo propiedad del extranjero, de

la empresa maquiladora o de terceros:► ¿Es permitido? ¿Cuál será el criterio del SAT?

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Exposición de Motivos – IVA e IEPS

► La exención a importaciones temporales:► Genera problemas de control, los cuales se agravan con el uso de

operaciones virtuales

► Incentiva la importación temporal de mercancías para venta enMéxico sin el pago IVA

► Eleva el numero de devoluciones de IVA solicitadas

► Lejos de promover la integración de contenido nacional deinsumos promueve la preferencia de insumos extranjeros

► Ha propiciado le creación de practicas y abusos para evitar elpago de IVA

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Modificaciones en Materia de IVA

► Pago de IVA en importaciones temporales – al 16%► Acreditamiento hasta que los bienes importados se retornen al

extranjero - Impacto importante en flujo de efectivo y costos definanciamiento y administrativos

► No hay regla especifica para recuperar el IVA en importacionestemporales de M&E las cuales pueden permanecer en Méxicodurante la vigencia del programa

► Se contempla programa de financiamiento del gobierno federal:► Efectos colaterales por financiamiento del extranjero o de

partes relacionadas – precios de transferencia, retenciones deISR, reglas de capitalización delgada, nueva limitante dededucción a pagos gravados a partes relacionadas

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Modificaciones en Materia de IVA

► Pago de IVA en enajenaciones de mercancías importadastemporalmente entre residentes en el extranjero o porresidente en el extranjero a empresas IMMEX, DepositoFiscal Automotriz, Recinto Fiscalizado y RecintoFiscalizado Estratégico► El IVA pagado por un residente en el extranjero no es acreditable

– Impacto al costo de las cadenas productivas► Doble pago de IVA en una sola transferencia (por la venta y por la

importación temporal)

► Se elimina la opción de retención de IVA a proveedoresnacionales

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Ley Aduanera

► Objetivo principal: facilidad comercial y simplificación

► Uso de Agente Aduanal: opcional

► Desaparición de la figura de apoderado aduanal y agente aduanalsustituto

► Nuevos Recintos Fiscalizados Estratégicos: no sólo dentro ocolindante con la Aduana

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Ley Aduanera

► Desaparece segundo reconocimiento aduanero

► Se sustituye la presentación física de documentos en laimportación y exportación con el Sistema ElectrónicoAduanero

► El servicio de pre-validación electrónica de datos podráprestarse por quien cumpla con requisitos

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Ley Aduanera

► Las auditorías del SAT se harán con archivos electrónicos

► Se podrán importar de manera temporal locomotoras yequipo especializado hasta por un plazo de 10 años

► Habrá mayor cooperación e intercambio de informaciónaduanera entre países

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Impuesto Especial sobre Produccióny Servicios (IEPS)

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Bebidas Saborizadas conAzúcar Añadida

► Sujetos► Importador► Fabricante o Productor

► Impuesto de $1.00► Por litro de bebida► Concentrados (por litros obtenidos)► Bebidas “energetizantes” se duplica el gravamen (25% actual)

► Exención► Medicamentos (i.e. Jarabe para la tos azucarado)► Suero Oral (Rehidratación)► Leche (Proteínico)

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Combustibles Fósiles

► Impuesto a gases, gasolinas, demás combustibles,coques y carbón mineral► Determinado con base en las toneladas de Bióxido de Carbono

por unidad de volumen (Valores IPCC)► Según tabla

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Plaguicidas

► Grava de acuerdo con el peligro de toxicidad aguda

► Exención para los plaguicidas ligeramente tóxicos (sincontaminantes al medio ambiente)

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► Regímenes aduaneros a gravar:► Maquila► Depósito Fiscal (Ensamble y Fabricación de Vehículos)► Recinto Fiscalizado► Recinto Fiscalizado Estratégico

Importaciones temporales

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