A casi dos años de vigencia, la COB frena plena...

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1/2 www.economiayfinanzas.gob.bo La Central Obrera Boliviana (COB) impide la aplicación plena de la nueva Ley de Pensiones 065 —promulgada en diciembre de 2010— al dilatar la finalización de sus reglamentos que, una vez en vigor, podrían incluso mejorar la ren- tabilidad de los aportes que el trabajador da al Sistema Integral de Pensiones (SIP). El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, recordó que el Gobierno Nacional consensuó el contenido de la Ley 065 con la COB en una tarea que duró casi cuatro años y que el presidente Evo Morales promulgó este documento el 10 de diciembre de 2010 en la sede del organismo matriz de los trabajadores de Bolivia. “Y aquí —añadió el Ministro— yo debo infor- males (que) lamentablemente la Central Obre- ra Boliviana no está cumpliendo con agilizar la reglamentación de la Ley de Pensiones (…). Es la propia Central Obrera la que (…) con esta di- lación que hace en nuestra reglamentación no permite que funcione plenamente y, por lo tanto, los trabajadores puedan ver mayor rentabilidad en sus inversiones, mayor beneficio, que está contemplado en la ley”. Según los convenios entre el Gobierno Nacional y la COB, el Órgano Ejecutivo elabora borrado- res de los reglamentos de la Ley 065 y los re- mite a la dirigencia cobista para que los analice A casi dos años de vigencia, la COB frena plena aplicación de la Ley de Pensiones El presidente Evo Morales firma la nueva Ley de Pensiones en la sede de la Central Obrera Boliviana (COB). A la derecha del Mandatario se encuentra sentado el entonces secretario ejecutivo del órgano laboral, Pedro Montes 21 de septiembre de 2012 - Nº64 La dirigencia cobista posterga la aprobación de los reglamentos de Inversiones y del Manual de Calificación de Invalidez por riesgos de la nueva Ley de Pensiones, que en menos de dos años ya jubiló a 16.754 personas Foto: MEFP

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La Central Obrera Boliviana (COB) impide la aplicación plena de la nueva Ley de Pensiones 065 —promulgada en diciembre de 2010— al dilatar la finalización de sus reglamentos que, una vez en vigor, podrían incluso mejorar la ren-tabilidad de los aportes que el trabajador da al Sistema Integral de Pensiones (SIP).

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, recordó que el Gobierno Nacional consensuó el contenido de la Ley 065 con la COB en una tarea que duró casi cuatro años y que el presidente Evo Morales promulgó

este documento el 10 de diciembre de 2010 en la sede del organismo matriz de los trabajadores de Bolivia.

“Y aquí —añadió el Ministro— yo debo infor-males (que) lamentablemente la Central Obre-ra Boliviana no está cumpliendo con agilizar la reglamentación de la Ley de Pensiones (…). Es la propia Central Obrera la que (…) con esta di-lación que hace en nuestra reglamentación no permite que funcione plenamente y, por lo tanto, los trabajadores puedan ver mayor rentabilidad en sus inversiones, mayor beneficio, que está contemplado en la ley”.

Según los convenios entre el Gobierno Nacional y la COB, el Órgano Ejecutivo elabora borrado-res de los reglamentos de la Ley 065 y los re-mite a la dirigencia cobista para que los analice

A casi dos años de vigencia, la COB frena plena aplicación de la Ley de Pensiones

El presidente Evo Morales firma la nueva Ley de Pensiones en la sede de la Central Obrera Boliviana (COB). A la derecha del Mandatario se encuentra sentado el entonces secretario ejecutivo del órgano laboral, Pedro Montes

21 de septiembre de 2012 - Nº64

La dirigencia cobista posterga la aprobación de los reglamentos de Inversiones y del Manual de Calificación de Invalidez por riesgos de la nueva Ley de Pensiones, que en menos de dos años ya jubiló a 16.754 personas

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y dé comentarios, de manera que “en acuerdo conjunto sacamos los decretos reglamentarios”.

Una metodología de trabajo similar se aplicó durante la redacción del contenido de la nue-va Ley de Pensiones, una experiencia inédita en Bolivia que permitió la participación de los trabajadores en la elaboración de la menciona-da ley que reemplazó a la 1732 que puso en vigencia el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada (MNR) en 1996.

Pendientes

Uno de los reglamentos pendientes es el de In-versiones, normativa que “puede generar ma-yor rentabilidad a los aportes de las personas”, pues en esta disposición debería establecerse dónde y cómo podrían invertir las Administra-doras de Fondos de Pensiones (AFP) o la Ges-tora Pública, cuando empiece a operar.

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Economía y Finanzas Pública envió a la dirigen-cia cobista los borradores de este reglamento hace aproximadamente un año y “la Central Obrera lamentablemente no se ha pronunciado, no hay avances en el trabajo”.

Otro reglamento pendiente es el Manual de Cali-ficación de Invalidez por riesgos común y profe-sional, que por observaciones de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB) está en “punto cero”.

“Enviamos un borrador —recordó el Ministro—. Ellos dicen: queremos escribir desde punto cero el borrador de este Manual de Calificación

de Invalidez. Por lo tanto, estamos empezando a escribir con ellos, nuevamente, este manual que está retrasando la vigencia plena de nues-tra Ley de Pensiones”.

Hasta el momento, se puso en vigor el decreto 0778, de 26 de enero de 2011, sobre Contribu-ciones y Gestión de Cobro de Contribuciones en Mora; el decreto 0822, de 16 de marzo de 2011, sobre Prestaciones de Vejez, Solidaria de Ve-jez, por Riesgos, Pensiones por Muerte deriva-dos de éstas y otros Beneficios.

Para estimular la inscripción al SIP de trabaja-dores independientes el Gobierno Nacional, el Viceministerio de Pensiones y Servicios Finan-cieros junto a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), impul-san una campaña de información que apunta a que todos los bolivianos puedan acceder a una pensión después de 10 años, como mí-nimo, de aportes al SIP y haber cumplido 58 años de edad.

Con la Ley de Pensiones 1732 el trabajador podía jubilarse a los 65 años de edad y como el aporte era individual, las rentas eran muy bajas. Ahora, en cambo, el monto de las jubi-laciones mejora con recursos del Fondo Soli-dario (FS).

“Nosotros, más bien (…), con el principio de uni-versalidad que tiene nuestra ley de pensiones, estamos haciendo una campaña para que el carpintero, la señora que vende dulces en la es-quina, los que venden periódicos, los gremiales, los artesanos, en fin, hoy puedan, aportando, por supuesto (…), tener una jubilación”.