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03437-482267 ~ Santa Elena3192

Relevamiento Turístico y estudio de factibilidad de Feliciano

SUPERESTRUCTURA TURISTICA

1. ESTADO MUNICIPAL

San José de Feliciano comprende la primera categoría de municipios y cabecera

departamental que tiene los siguientes alcances y estructura.

1.1. ESTRUCTURA DE GOBIERNO

1.2. TERRITORIO

Se subdivide en las zonas que indica la Ley 10.027 en donde se encuentran

11.137 habitantes.

Planta Urbana: donde se prestan los servicios públicos permanentes, 6 km² con

208 manzanas organizadas en 7 comisiones barriales.

Zona de Quintas, 84 lotes de 200² aproximados, cubierto parcialmente con

servicios públicos.

Zona de Chacras, 105 km2 en 238 lotes de 500 m² cada uno. como todos los

municipios reservados para planificaciones urbanísticas, determinación de

espacio y uso de suelo.

Como característica especial: no posee límites naturales, salvo en adyacencia sudeste

por río Feliciano.

Concejo

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1.3. ORGANIGRAMA DEL CUERPO MUNICIPAL

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1.4. ORGANIZACIÓN TURÍSTICA

La organización turística municipal será de vital importancia para la

planificación de la ciudad, la misma fue asignada como prioritaria en la agenda de

estado municipal. La situación actual de su jerarquía está subordinada a Coordinación

de Deportes, Recreación y Turismo, con lo que posteriormente se planteara su

autonomía en concordancia con el crecimiento de la actividad que así lo justifique.

La Coord. de DRT está a cargo del responsable del área, dentro de la misma:,

una t.s.t, y personal de oficina de empleo en número variable de aproximadamente 50

que tienen su mayor convocatoria y participación durante eventos.

La Coordinación de Cultura es uno de los aliados importante o por lo menos así

debería comportarse para conformar la triada Turismo-Deporte-Cultura. En otros

municipios se presenta la Dirección y Secretaria de Turismo, dependiendo de la

importancia de la actividad para la economía de la ciudad, y dentro de esta Cultura.

Primera aproximación a la organización de una Coordinación de Turismo para la

Municipalidad.

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Entre las funciones que se le asignara a la Coordinación de Turismo

Del Control y Promoción:

Capacitar permanentemente al personal para una mejor atención al cliente con el fin de

promover estándares de calidad.

Llevar las estadísticas de consumo, ingreso y egreso de turistas, noches pernoctadas,

etc. a fines de controlar quienes ingresan a la ciudad y con qué fin; e implementar

acciones de promoción intensiva cuando sea necesario.

Mantener y ampliar su agenda de relaciones, mediante la participación y colaboración

con las demás coordinaciones y esferas del área.

De la programación, planificación y proyección:

Organiza a la cámara de comercio, comerciantes, organismos intermedios y afines.

Forma las comisiones necesarias para implementar determinados eventos y/o servicios

permanentes.

Registra los movimientos y actividades.

Mantiene relación con sus pares superiores en todos los temas y sobre todos a aquellos

que estén regulados como la hotelería a fin de estandarizar los niveles de calidad en la

ciudad y la región provincial.

De la información y recepción al turista:

Crea la oficina de informe y la administra en rr.hh, horarios, régimen, nivel de

información, parámetros, participación, responsabilidades.

Del asesoramiento técnico a proyectos y eventos institucionales y de entidades o personas

privadas:

Colabora con la organización de todos los eventos deportivos, culturales, mitos, actos,

oficiales o privados que hagan a la actividad turística según lo determina la nueva

ordenanza.

Promoción estricta, publicita, planea y ejecuta los planes de marketing y rr.pp con la

presentación de resultados ante superiores.

Mantiene relación, charlas de asesoramiento y reuniones con los prestadores de

servicios privados para análisis de situación, planear directrices, implementarlas,

ejecutarlas, y volver a analizarlas a fin de seguir la evolución de la actividad turística.

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2. LEGISLACIÓN TURÍSTICA.

Dentro del propio municipio, de alcance provincial y nacional.

2.1. ANTECEDENTES

Comisión organizadora de la Fiesta Provincial del Ternero

Comisiones especiales para determinados eventos: Carnavales.

2.2. DE ALCANCE PROVINCIAL

Ley 7.360 de hotelería de la Provincia de Entre Ríos y su Decreto Ley 7205 y Decretos

5029/87, decreto 3177 y 117/10 sobre estándares de calidad y sistema de clasificación

de alojamientos turísticos Resolución 026.

De la Creación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la provincia Ley 8.967 y

creación de la Reserva de Usos Múltiples San Juan y los Gringos en el departamento

Feliciano.

De la Ley 4.841 y modificatorias 6821 y 7552 y su decreto reglamentario 4139 de Caza

en rectificación a la fecha de la investigación. Que establece épocas y zonas, caza

comercial, prohibiciones, especies, caza con fines científicos, técnicos y educativos,

especies declaradas plaga, autoridades de vigilancia y control, de las infracciones y

penalidades, estimulo a las entidades deportivas y cooperación policial. Resolución 306

sobre los torneos de pesca

De aranceles y permisos de caza y pesca Decreto 302.

De las empresas que organicen turismo aventura / deportes cinegéticos decreto 2.851.

Decreto 4.977 y modificatorio 3.237 y Resolución 038 sobre estudio de Impacto

Ambiental.

Se recomienda atender a esta legislación existente ante cualquier propuesta de

desarrollo

2.3. AVANCES

Creación y aprobación de Ordenanza Municipal N° 441/12 y su decreto N°

248/12 que contempla “Declara de interés todas las actividades turísticas y su trabajos

complementarios”, de esta forma se cuenta con un instrumento legal de utilidad para

toda la comunidad y ante gobiernos provinciales, nacionales y entidades privadas.

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El día 11 de octubre de 2.012 el HCD de la ciudad toma la valiosa iniciativa de

sancionar la Ordenanza N° 445/12 por cual el 15 de octubre de 2.012 el DEM dispone

decreta de Interés Estratégico la creación de la Marca Ciudad bajo N° 315/12 el HCD de

San José de Feliciano y autoriza se gestione y obtenga la inscripción del isologotipo

ante Instituto Nacional de Propiedad Intelectual.

Sabiendo que mucho de los potenciales atractivos se emplazan a una distancia

variable de entre 35 y 40 km a la redonda de la mancha urbana se tiene en cuenta la

composición del departamento de Feliciano.

3. ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO FELICIANO

Con una superficie de 3.143 km² y 15.150 habitantes1, densidad de 4,6 hab/km2. Se

divide en 5 distritos:

Atencio: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de

Laguna Benítez.

Basualdo: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de La

Esmeralda.

Chañar: comprende las áreas jurisdiccionales de los centros rurales de

población de Las Mulitas, Mulas Grandes y Chañar.

Feliciano: comprende las áreas jurisdiccionales de los centros rurales de

población de La Hierra y La Verbena.

Manantiales: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de

San Víctor.

Los centros rurales de población gobernados por juntas de gobierno se organizan por

categorías y son:

Por Segunda categoría

Distrito Chañar: población rural dispersa.

La Verbena: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural

dispersa.

Laguna Benítez: población rural dispersa.

San Víctor: creado antes del 10 de diciembre de 1.983

Tercera categoría

La Esmeralda: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural

dispersa.

1 INDEC 2010

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Las Mulitas: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural

dispersa.

Cuarta categoría

La Hierra: población rural dispersa.

Mulas Grandes: población rural dispersa.

Las juntas de gobierno fueron elegidas el 18 de marzo de 2.007

La Hierra y La Verbena eligieron una única junta de gobierno.

Mulas Grandes, Distrito Chañar y Las Mulitas eligieron una única junta de gobierno.

En cada uno de ellos se detecta un recurso con potencialidad para transformase a

atractivo turístico.

4. PROPUESTAS.

De la hotelería: descuento en tasa comercial por temporadas. El MINTUR ER

señala una exención impositiva en Ingr. Brutos. Teniendo en cuenta la estacionalidad

turística muy común en destinos emergentes que todavía dependen de eventos para

generar el desplazamiento y arribo de turistas. Exigir la homologación siendo el

municipio responsable ante cualquier eventualidad civil, dispone de área técnica en su

coordinación y de un área de control a través de inspección.

Como lo indica la legislación hotelera: prever sobre el control de personas. El

movimiento turístico implica indefectiblemente el ingreso de personas físicas por un

tiempo indeterminado (no superior a 6 meses) a la ciudad. Es necesario contar con un

registro denunciado periódicamente a jefatura de policía.

De los comercios en general: marcar los horarios de atención, control de higiene

en expendio de comidas con exhibición de carnet de desinfección, seguros de

responsabilidad civil.

De los transportes de pasajeros de línea regular o charters s debe tener en cuenta

la existencia de impuestos que no perjudiquen el movimiento receptivo. Y el control de

ingreso sobre lo dos pórticos de acceso a la ciudad.

De la participación en promoción y difusión, hasta la creación de una cámara

privada. Obligar en la participación de las propuestas publicitarias, comunicación y

marketing que devengan de la municipalidad a través de su coordinación. En forma

remunerativa, colaboración física, o aporte sobre tasa impositiva que se destine

directamente a este fin sin prejuicios de las acciones priorizando el consenso entre

ambas partes.