9 Guia Procedimientos MOP

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PROCEDIMIENTOS MOP

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Ministerio de Obras Públicas 2011Elaboración: Unidad de Gestión Ambiental y Territorial (UGAT)SEREMI MOP Región de Los Ríos

Equipo de trabajo MOP Región de los Ríos: Maria Paz Flores S. - Geógrafa, Jefa UGAT SEREMI MOPJimena Trujillo P. - Arquitecta, UGAT SEREMI MOPDaniel Bifani I. - Arquitecto, Director Regional de Planeamiento

Con la colaboración de los miembros del Comité ATP:

Axel González L. - Dirección Regional de Vialidad Carlos Saavedra P. - Dirección Regional de PlaneamientoViviana Bustos C. - Dirección Regional General de AguasSergio Díaz H. - Dirección Regional General de Aguas Claudia Pérez G. - Dirección Regional de Obras HidráulicasElizabeth Jofré B. - Dirección Regional de Obras Portuarias yAntonio Latorre N. - Prevencionista de Riesgos, Unidad Técnica SEREMI MOP

Fotografías: María Paz Flores S., Cristian Barrientos B., Carlos Saavedra P., Martín Valenzuela S.

Diseño y Edición: Jaime Silva C.

Se autoriza la reproducción total o parcial de los contenidos de este libro, respetando íntegramente la fidelidad del original, a través de cualquier soporte electrónico, mecánico o informático, sin necesidad de autorización previa de los titulares del copyright y solo para fines no comerciales.

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PRESENTACIÓNINTRODUCCIÓN CAPÍTULO 1: GESTIÓN AMBIENTAL 1.1 ASPECTOS GENERALES DE LA GESTIÓN AMBIENTAL 1.1.1 ÁREAS DE RELEVANCIA AMBIENTAL 1.1.2 MEDIDAS DE CARÁCTER AMBIENTAL 1.1.3 BASES DE LICITACIÓN 1.2 CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS 1.2.1 PRÁCTICAS AMBIENTALES GENERALES 1.2.2 PLANES DE MANEJO ESPECÍFICOS 1.3 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y PERMISOS DE CARÁCTER AMBIENTAL 1.3.1 NORMAS GENERALES DE CARÁCTER AMBIENTAL 1.3.2 NORMAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER AMBIENTAL 1.4 PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA 1.5 GESTIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS COMO AUTORIDAD AMBIENTAL 1.5.1 CONSIDERACIONES AMBIENTALES EN LA EVALUACIÓN DE PROYECTOS SOMETIDOS AL SEIA 1.5.2 SEGUIMIENTO AMBIENTAL

CAPÍTULO 2: PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2.1 NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MOP 2.2 PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ETAPAS DE PREINVERSIÓN E INVERSIÓN 2.2.1 PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ETAPA DE PREINVERSIÓN 2.2.2 PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ETAPA DE INVERSIÓN 2.2.3 RECOMENDACIONES PARA REALIZAR UNA REUNIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2.3 PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COMUNIDADES INDÍGENAS 2.3.1 IMPLEMENTACIÓN DE LA CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS

CAPÍTULO 3: PREVENCIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES Y LABORALES 3.1 PLAN Y PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 3.1.1 PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 3.1.2 PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 3.1.3 CONTENIDOS DEL PLAN Y PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 3.2 FISCALIZACIÓN DEL PLAN Y PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

GLOSARIO PARA PARTICIPACIÓN CIUDADANAGLOSARIO MAPUCHE

BIBLIOGRAFÍA ANEXOS

Índice

0304

06060607080910131616162225

25

26

272829293030

3334

373737383839

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4345

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En esta Región aún joven, con sólo cuatro años desde su conformación, el presupuesto de inversión del MOP se ha cuadruplicado y, con ello, hay mayores opciones de abarcar más proyectos de distinto tipo en sus doce comunas. Para abordar esto, la planificación estratégica es esencial. Por ello, la programación de intervenciones del MOP en el territorio se ha plasmado recientemente en el primer Plan Regional de Infraestructura y Gestión del Recurso Hídrico, consistente en una hoja de ruta que planifica nuestro quehacer para la presente década, valorado públicamente como experiencia señera por nuestro Ministro Laurence Golborne. Al mismo tiempo, el desafío en cuanto a cantidad de proyectos va de la mano de una mayor calidad al materializarlos en el territorio local, con una gestión más cercana a la gente y más respetuosa con el medio ambiente.

La presente Guía, elaborada por un equipo compuesto por la Dirección Regional de Planeamiento y por la Unidad de Gestión Ambiental y Territorial de esta Secretaría Regional Ministerial, pretende constituirse en un instrumento práctico que ayude a la materialización exitosa de las diversas iniciativas a desarrollar por el MOP. En su redacción y revisión participaron también los encargados ambientales de los distintos servicios del MOP en la Región, coordinados a través del Comité de Medioambiente, Territorio y Participación (ATP), revelando con ello que la complementariedad y el trabajo en equipo son un sello ya consolidado de la gestión de nuestro Ministerio en Los Ríos. Vayan mis agradecimientos al equipo realizador y revisor de esta Guía, y háganse extensivos también a todos los funcionarios del MOP en la Región, cuyo trabajo cotidiano es esencial para plasmar más y mejores obras, una mejor Región y una mejor Nación.

Heidi Machmar HernándezSecretaria Regional Ministerial de Obras Públicas - Región de Los Ríos

Presentación

El Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos, cuyo liderazgo me enorgullezco de encabezar como Seremi desde el año 2010, está respondiendo a un creciente desafío, consistente en construir más y mejores obras para el desarrollo social y productivo y, a la vez, reorientar la gestión ministerial desde “constructores de obras” a “prestadores de servicios de infraestructura”.

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El “Plan Regional de Infraestructura y Gestión del Recurso Hídrico - Región de Los Ríos” se enmarca en el desafío de planificar las intervenciones atingentes al Ministerio de Obras Públicas (MOP) para esta región en el mediano plazo y, como tal, forma parte del Programa de Modernización que lleva a cabo el MOP, apoyado por el Banco Mundial, el cual propone innovar respecto a la definición de inversiones, utilizando para ello un sistema de planificación estratégica integrada, que vincule las necesidades sociales y productivas y las escalas territoriales y temporales.

La elaboración del Plan fue desarrollada en 2010 como iniciativa piloto validada por la autoridad ministerial, finalizando su revisión en marzo de 2011. El documento editado e impreso del Plan fue difundido públicamente en septiembre de 2011, conteniendo 255 iniciativas a implementar durante la presente década en materia de obras públicas y gestión del recurso hídrico, con un total a invertir cercano a los 952 mil millones de pesos.

La presente guía se desarrolla en el marco del Plan, y tiene por finalidad proponer y recomendar procedimientos básicos para una adecuada ejecución de las iniciativas que éste comprende, específicamente en materias de medio ambiente, de participación ciudadana e indígena y de prevención de riesgos. Se ha confeccionado con un marcado carácter práctico, con énfasis en los procedimientos que permiten apoyar la gestión ministerial regional. Dependiendo de la naturaleza de cada iniciativa, los usuarios de la Guía -jefaturas de servicio y de unidades, planificadores, inspectores fiscales, y en general profesionales y trabajadores del MOP- podrán considerar la totalidad de los elementos aquí propuestos o utilizar recomendaciones puntuales para actividades específicas.

Introducción

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La importancia de incorporar estas materias en la gestión de iniciativas de infraestructura ha sido reconocida institucionalmente por el MOP, mediante la definición de la Política Ambiental, Territorial y de Participación Ciudadana. Actualmente, la creciente preocupación de estos temas a nivel nacional y la reciente modificación de las normas relacionadas nos impulsan a generar procedimientos cada vez más estandarizados, de modo de asegurar que las variables relacionadas con el medio ambiente y el territorio se incorporen de manera adecuada en el desarrollo de las iniciativas ministeriales.

En particular, las exigencias impuestas por la Ley 20.417 -que crea una nueva institucionalidad ambiental en el país, generando organismos de gestión, regulación y fiscalización con amplias atribuciones-, y aquellas establecidas en la Ley 20.500 sobre participación ciudadana en la gestión pública, sumado al Convenio 169 sobre participación indígena, nos definen una plataforma legal que atraviesa transversalmente todas las etapas del ciclo de vida de un proyecto.

Conforme a lo anterior, el desarrollo de estudios de prefactibilidad y diseño y la ejecución de obras por parte del Ministerio, ya sea por sí mismo o a través de terceros, debiera considerar estándares mínimos en las materias señaladas. Desde etapas tempranas al elaborar las Bases de Licitación para cada una de las fases se debieran contemplar elementos que permitan identificar y distinguir las singularidades del territorio, tanto desde el punto de vista ambiental como de las comunidades que en él habitan, incorporando de forma estratégica y oportuna dichas características, con lo cual se apunta a mejorar la calidad de los proyectos y a facilitar su ejecución en el territorio.

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El presente capítulo contiene recomendaciones para la gestión ambiental de iniciativas de inversión del Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos. Para ello se abordan diferentes temáticas agrupadas en cinco acápites principales:

+ Aspectos Generales de la Gestión Ambiental; + Consideraciones Ambientales para la Ejecución de Obras; + Cumplimiento de Normativa y Permisos Ambientales;+ Análisis de Pertinencia de Ingreso al SEIA; + Gestión Ambiental del MOP como Autoridad Ambiental.

Cabe hacer presente que para todos los efectos de esta guía se considera la definición de medio ambiente que ha adoptado nuestro país a través de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, que incluye tanto elementos naturales, como artificiales y socioculturales.

“Medio Ambiente: el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones”.

1.1 Aspectos Generales de la Gestión Ambiental

1.1.1 Áreas de Relevancia Ambiental

Un aspecto fundamental para abordar la variable ambiental en un estudio o proyecto es la identificación de áreas de relevancia ambiental en el lugar de emplazamiento de éste. Estas áreas se caracterizan por la existencia de elementos ambientales singulares que requieren una protección especial desde el punto de vista técnico, pudiendo o no contar con un nivel de protección legal.

Su identificación permitirá conocer si se intervendrá un área especialmente sensible desde el punto de vista ambiental, o si por el contrario el manejo del estudio o gestión de la obra deberá considerar elementos ambientales generales.

A continuación se indican algunas de las principales áreas que deben ser consideradas de relevancia ambiental:

- Parques Nacionales - Reservas Forestales o Nacionales - Monumentos Naturales - Monumentos Históricos - Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad - Humedales Protegidos - Zonas o Centros de Interés Turístico (ZOIT)

Gestión AmbientalCapítulo 1

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La Unidad de Gestión de Información Territorial (UGIT) de la Dirección Regional de Planeamiento, cuenta con información cartográfica para la mayoría de estas áreas, lo que facilitará un reconocimiento inicial de las mismas. Esta información también se ha entregado a los encargados de SIG de los servicios regionales del MOP.

En caso de determinar la existencia de estas áreas en el lugar de emplazamiento de una iniciativa MOP, tratándose de un estudio, éste deberá incorporar un levantamiento detallado de información con especial énfasis en el objeto que da origen a la protección del área (flora, fauna, recursos hídricos, recursos paisajísticos, entre otros). Esta información deberá ser analizada y considerada en cada una de las etapas del estudio.

Tratándose de obras, se sugiere elaborar un Plan de Manejo Ambiental en el que se consideren las singularidades ambientales específicas del área, señalando explícitamente las medidas a través de las cuales se aborda dicha situación. Una propuesta de los contenidos de este Plan de Manejo se presenta en el punto 1.2 de esta guía.

1.1.2. Medidas de Carácter Ambiental

Un segundo aspecto general a considerar se refiere a la necesidad de implementar medidas de carácter ambiental. Esto es importante tanto en la etapa de estudio, ya que hay elementos que deberán ser incorporados en el análisis de alternativas de localización, así como también en los diseños y presupuestos para las soluciones previstas, y finalmente en la etapa de ejecución.

La identificación de esta necesidad se podrá evaluar por una parte, analizando la localización del proyecto en áreas sensibles, y por otra, conociendo las características propias de la iniciativa (tamaño, complejidad de los procesos constructivos y duración de las obras que la componen, entre otras).

Iniciativa MOP

(Estudio - Proyecto)

Áreas de relevancia ambiental.

Iniciativas de gran impacto por su tamaño, complejidad, duración, etc.

Incluir medidas para mitigar, reparar o compensar efectos ambientales.

Incluir prácticas ambientales generales

Iniciativas en general.

Otros territorios.

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A modo de ejemplo se señalan a continuación algunas medidas posibles de implementar:

de relevancia ambiental.

tiempos máximos de intervención.

que pudieran afectarlas.

1.1.3. Bases de Licitación

La incorporación de requisitos ambientales y de participación ciudadana (PAC), en las Bases de Licitación, permiten asegurar que estas materias serán incluidas en forma adecuada durante la ejecución de cada iniciativa MOP.

Conforme a ello, se deberá tener especial atención para que éstas sean lo suficientemente detalladas. Al respecto se sugiere incluir de forma separada las bases específicas de Medio Ambiente y de PAC.

En ambos casos se deberá contemplar la participación de un encargado ambiental (distinto al encargado de participación ciudadana) y dependiendo de la complejidad de la iniciativa

profesionales específicos (ingeniero forestal, antropólogo, etc.).

La entrega de informes ambientales de avances deberá ser simultánea a la entrega de informes de las diferentes etapas del estudio o proyecto.

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Bases para Estudios y Diseños:

Diagnóstico: Incorporar exigencias de levantamiento de información ambiental a escala adecuada de análisis para su aplicación en el estudio o diseño: geomorfología, flora, fauna, vegetación, hidrología, entre otros. Con cartografía digital a escala adecuada.

Propuestas: Incorporar requerimiento de propuestas de gestión o recomendaciones en vista de las características ambientales recogidas en el diagnóstico.Identificar la necesidad de someter el proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental, considerando para ello la elaboración de una DIA o EIA.

Medidas: Definir e incorporar medidas ambientales específicas que se requieran para el adecuado de desarrollo de la obra en las etapas de ejecución y operación.

Para la Ejecución de Obras:

Se deberá incorporar la presentación de un Plan de Gestión Ambiental, de acuerdo a las recomendaciones que se entregan en el siguiente punto 1.2.

1.2. Consideraciones Ambientales para la Ejecución de Obras

Para la ejecución de las obras se deberán considerar una serie de acciones y prácticas, las cuales podrán estar expresadas en un Plan de Gestión Ambiental. En términos generales se pueden distinguir los siguientes elementos a considerar:

Prácticas Ambientales Generales:Manejo de residuos y emisionesProtección de los recursos hídricosFlujos de tránsito

Junto con lo anterior, se deberá considerar un programa de difusión que permita dar a conocer este Plan, tanto a los diferentes estamentos a cargo de la obra (interno MOP y empresa contratista), como así también a la comunidad adyacente.

Una instancia de verificación del cumplimiento de estándares ambientales adecuados corresponde a la recepción definitiva de las obras. En ella, se deberá contar con la aprobación del respectivo encargado de medio ambiente del servicio ejecutor y de la SEREMI de Obras Públicas.

Planes de Manejo Específicos:Instalación de faenasManejo de botaderosPlanta de materiales

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1.2.1 Prácticas Ambientales Generales

Las prácticas ambientales generales son aplicables a cualquier tipo de obra del Ministerio desarrollada por los diferentes servicios ejecutores. Entre otras podemos identificar:

a. Manejo de Residuos y Emisiones

Durante la ejecución de una obra se podrán generar residuos y emisiones de diferentes características:

Son aquellos producidos en lugares de trabajo administrativo, oficinas, comedores, entre otros, similares a aquellos que se producen en una casa. Para su manejo se recomienda utilizar contenedores cerrados de 200 litros, preferentemente de tapa hermética para evitar que animales tomen contacto con los residuos o los dispersen. Estos contenedores deberán ser ubicados en un lugar especialmente habilitado para ello, que cuente con cierre perimetral.

Se debe verificar el adecuado retiro de estos residuos y su disposición final en lugar autorizado. Para ello será necesario generar un registro simple de la frecuencia y volúmenes de retiro y lugar al que se envía.

Claves: Residuos sólidos domiciliarios, contenedor hermético, retiro periódico, lugar autorizado, registro retiro y disposición.

Es común que para la ejecución de obras se deba realizar la corta de vegetación. Para un adecuado manejo de estos residuos se recomienda disponer de éstos en forma ordenada en sitios previamente identificados en las zonas de trabajo. Su retiro deberá realizarse en forma periódica para ser dispuestos en lugar autorizado. Al igual que para el caso anterior, se recomienda generar un registro simple de la frecuencia y volúmenes de retiro y lugar al que se envía.

Claves: Residuos vegetales, disposición temporal ordenada, retiro periódico, lugar autorizado, registro retiro y disposición.

Otro tipo de residuos que se generan durante la ejecución de las obras corresponden a restos de la construcción, tales como moldajes, despuntes de madera, fierros, hormigón, áridos, alcantarillas, plásticos, mallas, alambres, entre otros.

En forma previa al inicio de la obra, se deberá establecer un lugar de disposición temporal de estos residuos. Asimismo se deberá determinar un plazo adecuado para realizar el retiro final y envío a los lugares definitivos autorizados. En el plazo que se determine adecuado, dependiendo del volumen generado, se deberá realizar el retiro de estos residuos, para ser dispuestos en lugares autorizados. Se deberá identificar claramente su destino, ya que en general los vertederos municipales no se comprometen a su recepción.

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Se sugiere almacenar en forma segregada para facilitar su disposición final. A modo de ejemplo, las maderas pueden ser reutilizadas o entregadas a terceros (trabajadores u otros) previo chequeo de los productos utilizados para desmoldar; el retiro de los restos de fierro puede ser coordinado con recicladores autorizados, entre otros.

Claves: Residuos de construcción, disposición temporal en lugar especialmente habilitado, reutilización, reciclaje, lugar autorizado, registro retiro y disposición final.

En una obra pueden existir ciertos residuos que se consideran como peligrosos dependiendo de su composición y características. Es así como restos de pinturas, aceites, combustibles o residuos que hayan estado en contacto con éstos, deberán tener un tratamiento especial. De acuerdo a la normativa vigente, D.S. Nº148 MINSAL, Reglamento de Residuos Peligrosos, se deberá contar con un recinto cerrado, debidamente rotulado, que permita aislar estos residuos y evitar que entren en contacto con el medio. Para ello el recinto deberá contemplar medidas como piso impermeable y canaletas que impidan el ingreso de agua y el vertimiento hacia el exterior de los residuos. El tiempo de permanencia de los residuos en el lugar y la forma de retiro están contemplados en el citado decreto y su fiscalización corresponde a la autoridad sanitaria (SEREMI de Salud).

Claves: Residuos peligrosos, disposición en lugar especialmente habilitado, medidas para el aislamiento del resto de las faenas, SEREMI de Salud.

Durante la ejecución de obras es posible generar residuos líquidos de tipo domiciliario proveniente de las áreas de casino, baños o duchas. Estas aguas deberán ser adecuadamente tratadas, en forma previa a su disposición. Existen diferentes soluciones tales como fosas portátiles u otras soluciones de carácter provisorio.

También es posible utilizar baños químicos, cuya mantención y residuos deberán estar a cargo de una empresa autorizada.

Las emisiones atmosféricas de una obra corresponden a material particulado provenientes principalmente de los movimientos de tierra, excavaciones, carga y descarga de material, tránsito de camiones y maquinarias y, en menor medida, a gases provenientes del funcionamiento de las maquinarias y vehículos en general.

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Para controlar y minimizar estas emisiones se debe considerar el transporte cubierto de materiales tales como tierra, áridos u otros similares, la humectación de caminos no pavimentados y la verificación del cumplimiento de permisos de circulación y revisión técnicas al día de camiones y maquinarias. Se recomienda generar un registro con el total de camiones y maquinarias para facilitar esta verificación.

Claves: Emisiones atmosféricas, movimientos de tierra, tránsito, transporte cubierto,

El ruido es un aspecto ambiental presente en la ejecución de obras del MOP, asociado al funcionamiento de maquinarias y vehículos, excavaciones, demoliciones, construcción e instalación de estructuras, entre otros.

Para la aplicación de medidas y prácticas de control y mitigación se deberá considerar la duración e intensidad del ruido, la presencia de población cercana, si se trata de un área urbana o rural y también la hora del día en que éste se produce.

A modo de ejemplo, una medida adecuada será desarrollar las actividades que produzcan mayor ruido durante el horario diurno. Otra medida corresponde a la utilización de pantallas de protección construidas para aislar las zonas de mayor ruido. En todo caso se deberá cumplir

Claves: Ruido, horarios de trabajo, pantallas acústicas.

b. Protección de los Recursos Hídricos

Se deberá tener especial atención cuando las obras se localicen próximas a cuerpos o cursos de agua. Asimismo se deberá considerar la existencia de aguas subterráneas o napas cercanas a la superficie.

Para el caso de ubicación próxima, se deberán tomar los resguardos para no afectar el cauce y la calidad de las aguas, evitando el arrastre de material pétreo, vegetal u otros elementos. En caso de producirse la caída de materiales externos, se procederá a su inmediato retiro.

Para el caso de requerir la realización de cruces, desvíos, defensas o cualquier otra intervención de los cauces, se deberá informar de ello a la Dirección General de Aguas, enviando el proyecto respectivo para su inscripción en el Registro Público de Aguas. Dependiendo de la duración y magnitud de la intervención, se sugiere realizar monitoreos de la calidad de las aguas en forma previa y durante la ejecución de la obra, considerando los siguientes parámetros: pH, sólidos suspendidos totales, sólidos sedimentables, aceites y grasas, DBO5 ,entre otros.

Claves: Intervención de cauces, informar a DGA, monitoreo.

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c. Flujos de Tránsito Toda obra genera un flujo de tránsito mayor al pre-existente en el lugar donde se emplaza. Ello puede generar impactos sobre las comunidades adyacentes, relacionados con tiempos de transporte y acceso a bienes, equipamiento y servicios, lo que también es considerado un efecto de carácter ambiental de acuerdo a nuestra normativa vigente.

Por otra parte, algunas obras pueden requerir el corte temporal de las vías. Para controlar y mitigar los impactos generados por esta situación, se recomienda establecer conductos de entrega de información oportuna a las comunidades, a través de señalización, difusión radial y realización de reuniones, entre otras. Otras medidas pueden estar orientadas a los horarios en que se generan los cortes, evitando aquellos en que los flujos son mayores. En los casos más complejos, especialmente en zonas urbanas, se requiere un Plan de Desvíos de Tránsito.

1.2.2 Planes de Manejo Específicos

Si bien la elaboración de Planes de Manejo Específico es una gestión recomendada en el Manual de Carreteras, Volumen 9, sección 9.700, su ejecución es recomendable para las obras de todos los servicios operativos del Ministerio de Obras Públicas, ya que permiten su planificación, incorporación de medidas ambientales adecuadas y su posterior seguimiento en la etapa de ejecución1.

Estos Planes Específicos podrán ser incorporados a un Plan de Gestión Ambiental Integral, cuya exigencia debe ser incorporada a las Bases de los contratos que el Ministerio celebra con privados.

La gestión ambiental de los contratos de las Direcciones del MOP debe ser asesorada, evaluada y fiscalizada por los encargados ambientales de cada Dirección en particular, cuya opinión deberá ser vinculante, en todos los aspectos ambientales, territoriales y de participación ciudadana. Esta es una recomendación general para todos los servicios operativos, no obstante en el caso de la Dirección de Vialidad, esto es una obligación establecida en el Volumen 5 del Manual de Carreteras, sección 5.002, numeral 5.002.101.

De igual forma, la gestión ambiental por parte de la empresa debe ser guiada por un profesional del área ambiental, de dedicación permanente, quien debe asegurar en conjunto con el residente de la obra, el cumplimiento de la legislación ambiental vigente y los requerimientos especificados en las bases de licitación de la obra.

a. Instalación de Faenas

Los lugares destinados a instalaciones de faenas, corresponden a áreas destinadas al apoyo administrativo y logístico de la obra, pudiendo contemplar edificaciones, bodegas, galpones, oficinas, laboratorio, comedores y estacionamientos entre otros.

La ubicación de la instalación de faenas debe contemplar el cumplimiento de la normativa

1 : Se sugiere consultar las recomendaciones contenidas en el Volumen 9 del manual de Carreteras, para la definición de los respectivos Planes de Manejo Específicos.

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De igual forma, se debe contemplar para su ubicación evitar zonas densamente pobladas, en donde se perturbe las condiciones normales de vida de los vecinos. Asimismo se debe evitar su ubicación en áreas de relevancia ambiental.

Sin perjuicio de lo anterior, los lugares destinados a estos fines deben quedar en las mismas condiciones antes de su ocupación, mejorando o restituyendo los elementos afectados por el uso.

Se sugiere consultar la sección 9.702.301 del Volumen 9 del Manual de Carreteras.

b. Manejo de Empréstitos

La extracción, uso y manejo de empréstitos puede llegar a constituir un elemento clave de la gestión ambiental de un proyecto. En primer lugar corresponderá definir si éstos se obtendrán de la extracción directa o a través de la compra a terceros. En caso de extracción directa se deberá considerar el volumen a utilizar, como también el total extraído del lugar, ya que la Ley de Bases de Medio Ambiente establece límites para el ingreso obligatorio de estos proyectos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (ver punto 1.4 siguiente).

Algunos elementos claves para la extracción de empréstitos en cursos de agua y pozos son:

Cursos de Agua:

riberas protegidas u otras.

Pozos:

En caso de compra a terceros se deberá verificar que éste cuente con las autorizaciones pertinentes en función de los volúmenes ya extraídos. Asimismo, a fin de asegurar la trazabilidad de este insumo se sugiere realizar el seguimiento del respectivo cumplimiento a través de la ficha exigida por la DOH a proyectos que se someten a evaluación de impacto ambiental, la que se adjunta en el Anexo N° 7.

14Manejo inadecuado en la extracción de áridos

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c. Manejo de Botaderos

Gran parte de las iniciativas que el MOP realiza, necesita de áreas destinadas al depósito de los excedentes o desechos inertes provenientes de las obras en construcción.En función de lo anterior es que se hace necesaria la generación y gestión de botaderos, los cuales se entenderán como los lugares de disposición provisorios o definitivos de los excedentes generados por la ejecución de obras. En ningún caso en un botadero pueden depositarse productos derivados del petróleo, como aceites y asfaltos, ni tampoco desechos industriales.

La ubicación de los botaderos debe contemplar zonas fuera del alcance de la vista de los usuarios de la ruta, a 200 metros del eje de caminos públicos y a 500 metros de zonas pobladas. Se deben evitar zonas de quebradas, humedales y sectores con napas freáticas altas, favoreciendo zonas de bajo valor ambiental, como empréstitos abandonados.

El cierre de los botaderos debe contemplar trabajos para dar pendientes y taludes similares a los terrenos aledaños; sin perjuicio de lo anterior, las pendientes de los taludes no podrán sobrepasar el 35%. Los botaderos, al momento de su cierre, deben contar con una capa superior de material vegetal de 30 cm de espesor.

d. Planta de Materiales

Corresponden a áreas destinadas al procesamiento y producción de materiales áridos para su posterior utilización en la obra. En esta zona se establecerán las maquinarias y plantas procesadoras de áridos.

La ubicación de las Plantas de Producción de Materiales debe contemplar zonas fuera del alcance de la vista de los usuarios de la ruta, a 200 metros del eje de caminos públicos y a 500 metros de zonas pobladas. Se deben evitar zonas de quebradas, humedales y sectores con napas freáticas altas, favoreciendo zonas de bajo valor ambiental. Un factor importante a tener en consideración al momento de ubicar una planta de producción de materiales, es evaluar el impacto vial generado por la operación de la planta. De igual forma, se debe tomar en consideración los vientos predominantes en el sector e instalarla en una zona en donde no exista transporte de material particulado a zonas pobladas. En este mismo sentido, se deberán considerar las medidas que correspondan, a fin de evitar que los ruidos producidos por maquinarias y manejo de materiales afecten al entorno y las comunidades aledañas. En todo

Las medidas de cierre deben contemplar la remoción de todas las estructuras y desechos generados en la operación y la restitución de las condiciones iniciales.

Antes Después

Manejo adecuado en la extracción de áridos15

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1.3 Cumplimiento de la Normativa y Permisos de Carácter Ambiental

Un tercer aspecto a considerar en la gestión ambiental de proyectos, corresponde a la verificación del cumplimiento de la normativa y permisos de carácter ambiental.

En forma referencial se presenta a continuación un listado de normas y permisos de carácter ambiental aplicables a obras ejecutadas por el Ministerio de Obras Públicas. Para efectos de la presente guía se han considerado en general aquellas que regulan algún elemento del medio ambiente, sin diferenciar si éstas se exigen en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental o en forma sectorial.Corresponderá a cada servicio determinar la pertinencia de su aplicación caso a caso.

1.3.1. Normas Generales de Carácter Ambiental

1.3.2. Normas Específicas de Carácter Ambiental

A continuación se incluye un listado de normas específicas de carácter ambiental, según componente. Se exceptuan las normas de calidad ambiental ya que éstas no son aplicables a un proyecto en particular.

Aire

Norma Materia

Ley N0 19.300

1994

Modificada por ley 20.417

de 2010

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

Art. 8. Establece la obligación de evaluar ambientalmente proyectos o

actividades contenidos en el artículo 10, previo a su ejecución o modificación.

Art. 10. Establece el listado de proyectos o activiades que tienen la

obligación de ser evaluados ambientalmente.

Art. 11. Establece los criterios para definir la presentación de un Estudio o

Declaración de Impacto Ambiental.

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)

Regula el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos o

actividades.

D.S N0 95

2002

Ministerio Secretaría de la

Presidencia

Norma Materia

Decreto N0 725

1968

Ministerio de Salud Pública.

Decreto N0 211

1991

Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones

Decreto N0 55

1994

Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones

Decreto N0 54

1994

Ministerio de Transportes Y

Telecomunicaciones

D.S. Nº144

1961

Ministerio de Salud.

Código Sanitario.

Art. 89. Se refiere a las regulaciones relativas a la contaminación del aire

Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que

indica.

Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos

que indica.

Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de

cualquier naturaleza

Art. 1 y 4: Aplica a las emisiones de polvo que se puedan generar en los

lugares de trabajo.

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Ruido

Aguas

Norma Materia

Decreto N0 146

1998

Ministerio Secretaría

General de la República,

que modifica D.S. 286 de

1984.

Ministerio de Salud.

-Establece normas de emisión por fuentes fijas que afecten a la población.

-Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de

una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el

receptor, no podrán exceder los valores que se fijan a continuación:

-Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos (NPC) en dB (A)

Lento

De 7 a 21 Hrs. - de 21 a 7 Hrs.

Zona I 55 - 45 Uso del suelo habitacional y equipamiento a escala

vecinal.

Zona II 60 - 50 Uso del suelo Zona I y equipamiento a escala comunal y/o

regional.

Zona III 65 - 55 Uso del suelo Zona II e industria inofensiva.

Zona IV 70 - 70 Uso del suelo industrial de tipo inofensivo y molesto.

-Zonas definidas según instrumento de planificación.

-En las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos que se

obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el

lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar al ruido de fondo en

10 dB (A) o más.

Norma Materia

DFL N0 1.2221981

Ministerio de Justicia.

Código de Aguas.

Art.41: El proyecto y construcción de las modificaciones que fueren

necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la

construcción de obras, urbanizaciones y edificaciones que puedan causar

daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren

el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del

interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de

Aguas.

Se entenderá por modificaciones no solo el cambio de trazado de los cauces

mismos, sino también la alteración o sustitución de cualquiera de sus obras

de arte y la construcción de nuevas obras, como abovedamientos, pasos sobre

o bajo nivel o cualesquiera otras de sustitución o complemento.

Art. 129 bis.- Si de la ejecución de obras de recuperación de terrenos

húmedos o pantanosos resultara perjuicio a terceros, las aguas provenientes

de tales obras deberán ser vertidas al cauce natural más próximo.

De no ser posible lo anterior, ellas serán vertidas a cauces artificiales, con

autorización de sus propietarios, o a otros cauces naturales. En este último

caso, deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Aguas en

conformidad al Párrafo 1º del Título I del Libro II de este Código.

Art. 129 bis 1.- Al constituir los derechos de aprovechamiento de aguas, la

Dirección General de Aguas velará por la preservación de la naturaleza y la

protección del medio ambiente, debiendo para ello establecer un caudal

ecológico mínimo, el cual sólo afectará a los nuevos derechos que se

constituyan, para lo cual deberá considerar también las condiciones naturales

pertinentes para cada fuente superficial.

Page 19: 9 Guia Procedimientos MOP

18

Norma Materia

DFL N0 1.2221981

Ministerio de Justicia.

Decreto N0 462003

Ministerio Secretaria

General de la Presidencia

Decreto N0 902001

Ministerio Secretaria

General de la Presidencia

Art.171: Las personas naturales o jurídicas que desearen efectuar las

modificaciones a que se refiere el artículo 41 de este Código, presentarán los

proyectos correspondientes a la Dirección General de Aguas, para su

aprobación previa, aplicándose a la presentación el procedimiento previsto en

el párrafo 1° de este Título.

Cuando se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales, los

proyectos respectivos deberán contar, además, con la aprobación del

Departamento de Obras Fluviales del Ministerio de Obras Públicas.

Quedan exceptuados de los trámites y requisitos establecidos en los

incisos precedentes, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras

Públicas, los cuales deberán remitir los proyectos de las obras a la

Dirección General de Aguas, para su conocimiento, informe e inclusión

en el Catastro Público de Aguas.

Art. 172: Si se realizare obras con infracción a lo dispuesto en el artículo

anterior, la Dirección General de Aguas podrá apercibir al infractor, fijándole

plazo perentorio para que modifique o destruya las obras que entorpezcan el

libre escurrimiento de las aguas o signifiquen peligro para la vida o salud de

los habitantes.

Art. 294: Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo

al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de

las siguientes Obras:

a) Los embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo

muro tenga más de 5m. de altura;

b) Los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo;

c) Los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo,

que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más

cercano del

límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10

metros sobre la cota de dicho límite, y

d) Los sifones y canoas que crucen cauces naturales.

Quedan exceptuadas de cumplir los trámites y requisitos a que se

refiere este artículo, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras

Públicas, los cuales deberán remitir los proyectos de obras a la

Dirección General de Aguas, para su conocimiento, informe e inclusión

en el Catastro Público de Aguas.

Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

Corresponde a la DGA la determinación del contenido natural del acuífero,

vulnerabilidad del acuífero cuando el responsable de emisión lo solicite.

Se considera concentraciones máximas de contaminantes permitidas en los

residuos líquidos que son descargados por la fuente emisora, a través del

subsuelo, a las zonas saturadas de los acuíferos, mediante obras destinadas a

infiltrarlos.

Establece Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a

las descargas de Residuos Líquidos a aguas marinas y continentales

superficiales.

Corresponde a la DGA la determinación de caudal de dilución, contenido de

captación (concentración media del contaminante presente en la captación

de agua de la fuente emisora) y contenido natural del cuerpo receptor,

cuando responsable de la emisión lo solicite.

Page 20: 9 Guia Procedimientos MOP

19

Norma Materia

Ley N0 11.4021953

Ministerio de Obras

Públicas

DFL N0 7251968

Ministerio De Salud

D.S. N0 8671978

Modificada por D.S. Nº105

22-May-1987

Ministerio de Obras

Públicas.

D.S. N0 11992

Ministerio de Defensa

Nacional

Sobre Obras de Defensa y Regularización de Riberas y Cauces.

Art. 11: Se refiere al permiso para la extracción de ripio y arena en los cauces

de los ríos y esteros.

Código Sanitario.

Art. 71. Corresponde a la autoridad sanitaria aprobar los proyectos relativos a

la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra

pública o particular destinada a agua potable y evacuación, tratamiento y

disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y

residuos industriales o mineros.

Art. 73. Prohíbese descargar las aguas servidas y los residuos industriales o

mineros en ríos o lagunas, o en cualquiera otra fuente o masa de agua que

sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para

balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale

en los reglamentos.

Declara oficial norma INN 1.333 referente a Requisitos de calidad de agua

para diferentes usos:

Estas normas no son obligatorias, salvo que un texto legal lo señale

expresamente. Se sugiere considerar a fin de evitar efectos ambientales no

deseados.

Titulo III, Regula las instalaciones terrestres y terminales marítimos

asociados a las naves y artefactos navales.

Título IV, Regula las fuentes terrestres de contaminación y las descargas en

aguas bajo la jurisdicción de la autoridad marítima.

Flora y Fauna

Norma Materia

D.F.L N0 850

1998

Ministerio de Obras

Públicas.

Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº15.840, de

1964 y del DFL. Nº206, de 1960.

Art. 30: El Presidente de la República reglamentará el tránsito por los

caminos públicos, la concesión de permisos para ocuparlos con vías férreas y

la plantación de árboles o cercas vivas en los espacios laterales o en los

terrenos adyacentes hasta una

distancia de 20 metros, pudiendo en casos calificados e indispensables,

disponer la corta de aquellos árboles que perjudicaren la conservación o

visibilidad de los caminos, aun cuando existieren desde una fecha anterior a la

vigencia del Decreto con Fuerza de

Ley Nº206, de 1960. La indemnización que en estos casos corresponda

pagar al dueño de los árboles será determinada en la forma establecida en el

Decreto Ley Nº2.186, de 1978, si no hubiere acuerdo con el propietario.

Page 21: 9 Guia Procedimientos MOP

20

Norma Materia

Ley N0 20.2832008

Ministerio de Agricultura

D.L. N0 7011974

Ministerio de Agricultura

D.S. N0 4901976

Ministerio de Agricultura

D.S. N0 1291971

Ministerio de Agricultura

Ley N0 4.6011996

Ministerio de Agricultura

Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Art. 5: Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de

terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo

aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el

decreto ley Nº 701, de 1974.

Art. 17: Prohíbese la corta, destrucción, eliminación o menoscabo de árboles

y arbustos nativos en una distancia de 500 metros de los glaciares, medidas

en proyección horizontal en el plano.

Art. 19: Prohíbese la corta, eliminación, destrucción o descepado de

individuos de las especies vegetales nativas clasificadas, de conformidad con

el artículo 37 de la ley N°19.300.

Excepcionalmente, podrá intervenirse o alterarse el hábitat de los individuos

de dichas especies, previa autorización de la Corporación, la que se otorgará

por resolución fundada, siempre que tales intervenciones no amenacen la

continuidad de la especie a nivel de la cuenca o, excepcionalmente, fuera de

ella, que sean imprescindibles y que tengan por objeto la realización de

investigaciones científicas, fines sanitarios o estén destinadas a la

ejecución de obras o al desarrollo de las actividades señaladas en el inciso

cuarto del artículo 7º, siempre que tales obras o actividades sean de

interés nacional.

Sobre Fomento Forestal.

Art. 21: Se refiere al permiso para corta o explotación de bosque nativo, en

cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud

preferentemente forestal.

Declara Monumento Natural a la Especie Forestal Alerce.

Se refiere al permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de

carácter forestal denominada Alerce – Fitzroya cupressoides (Mol.) Johnston -,

cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción

de obras públicas.

Establece la prohibición, en todo el territorio nacional, de la corta total o

parcial, arranque, transporte, tenencia en lugares de venta o en la vía pública

y comercio de plantas y flores de copihues (Lapageria rosea).

Sustituye Texto de la Ley 4.601 sobre Caza, y artículo 609 del Código Civil.

Art. 3: Prohíbese en todo el territorio nacional la caza o captura de

ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de

extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las

especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria,

para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que

presenten densidades poblacionales reducidas.

Art. 4.- Queda prohibido, en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras

o recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las

especies declaradas dañinas. Sin perjuicio de lo anterior, en casos calificados,

el Servicio Agrícola y Ganadero podrá autorizar la recolección de huevos y

crías con fines científicos o de reproducción.

Page 22: 9 Guia Procedimientos MOP

21

Residuos Sólidos

Norma Materia

Decreto N0 7251968

Ministerio de Salud Pública.

D.S. N0 5942010

Ministerio de Salud.

Decreto N0 1482004

Ministerio de Salud

Código Sanitario.

Art. 78 al 81 del libro Tercero, Higiene.

Regula las condiciones de la higiene y seguridad del ambiente y de los lugares

de trabajo.

Párrafo III Art.18.

Regula tratamiento de residuos industriales sólidos y líquidos.

Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Regula el manejo,

traslado y disposición de residuos peligrosos.

Art. 10 y 11 señalan que un residuo o una mezcla de residuos es peligrosa si

presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente

ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como

consecuencia de presentar alguna de las siguientes características (definidas

en el artículo 12 del Decreto):

a) toxicidad aguda,

b) toxicidad crónica,

c) toxicidad extrínseca,

d) inflamabilidad,

e) reactividad y

f) corrosividad.

Bastará la presencia de una de estas características en un residuo para que

sea calificado como residuo peligroso.

Territorio

Transporte

Norma Materia

D.S. N0 471992

Ministerio de Vivienda y

Urbanismo

Ordenanzas Municipales de

Medio Ambiente

Ordenanza General De Urbanismo Y Construcciones.

Las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios

domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderán

siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los

organismos competentes.

Se deberá consultar en cada municipio la existencia de Ordenanzas

Comunales que regulen materias ambientales.

Norma Materia

D.S. N0 75

1987

Ministerio de Transporte y

Telecomunicaciones.

D.F.L N0 850

1998

Ministerio de Obras

Públicas.

Art 2. Establece condiciones para el transporte de carga de material como

arena ripio y escombros.

Art. 30. Regula el uso de caminos públicos.

Page 23: 9 Guia Procedimientos MOP

22

1.4 Pertinencia de Ingreso al SEIA2

La normativa ambiental vigente establece que determinados proyectos o actividades sean evaluados ambientalmente, en forma previa a su ejecución. Estos proyectos o actividades se encuentran listados en el artículo 10 de la Ley 19.300 y el artículo 3 del Reglamento del SEIA. La forma de presentación podrá ser a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), según corresponda.

Conforme a ello, es necesario realizar el análisis de pertinencia de ingreso al SEIA de la iniciativa MOP. Si bien la Ley otorga al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) la competencia de pronunciarse sobre esta materia, ello requiere de un análisis interno previo, que permita definir si corresponde.

Sobre el ingreso de proyectos MOP al SEIA se debe considerar:

10 de la Ley y el artículo 3 del Reglamento.

existan dudas.

Ambiental

Gestión Ambiental Integral, para su aplicación interna durante el desarrollo de la obra.

Norma Materia

Ley N0 17.288

1970

D.S. N0 484

1991

Ministerio de Educación.

Regula que las actividades económicas no alteren los sitios con valor

arqueológico ni antropológico.

Art. 1: Define los monumentos nacionales.

Art.21: Declara Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los

lugares, ruinas, yacimientos y piezas arqueológicas que existan sobre y bajo la

superficie. También incluye piezas paleontológicas.

Art. 26: Obligación de informar al Gobernador Provincial sobre hallazgos de

carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico.

Art. 30: Para hacer construcciones nuevas, obras de reconstrucción o

conservación en una zona declarada típica o pintoresca, se requerirá la

autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.

Reglamento de la Ley Nº17.288.

Reglamenta la ejecución de excavaciones y/o prospecciones arqueológicas,

antropológicas y paleontológicas.

2 : SEIA: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Page 24: 9 Guia Procedimientos MOP

23

El análisis de pertinencia debe ser realizado en etapas tempranas del ciclo de vida de un proyecto, de modo tal que, de corresponder, se incorpore la elaboración del respectivo Estudio o Declaración de Impacto Ambiental en los Términos de referencia para la etapa de diseño.

La consulta al SEA sobre pertinencia de ingreso se encuentra regulada a través del Oficio Nº103050 de fecha 25 de septiembre de 2010 de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (actualmente Servicio de Evaluación Ambiental).

De acuerdo a las tipologías de los proyectos MOP se debe considerar que los siguientes son proyecto o actividades que tienen la obligación de someterse al SEIA, en forma previa a su ejecución:

(*): Límites de valores válidos para la Región de Los Ríos, ya que difieren de acuerdo a las diferentes zonas del país.(**): Se mencionan sólo las principales, no son excluyentes.

Tipologías según

Art. 10 Ley 19.300

Tipologías según

Art. 3 Reglamento SEIA (*)

Servicios

Operativos MOP (**)

a) Acueductos,

embalses o tranques

y sifones que deban

someterse a la

autorización

establecida en el

artículo 294 del

Código de Aguas,

presas, drenaje,

desecación,

dragado, defensa o

alteración,

significativos, de

cuerpos o cursos

naturales de aguas.

e) Aeropuertos, (…)

autopistas y

caminos públicos

que puedan afectar

áreas protegidas

Autopistas:

Obras Hidráulicas

Obras Portuarias

Aeropuertos

Vialidad

Page 25: 9 Guia Procedimientos MOP

24

Tipologías según

Art. 10 Ley 19.300

Tipologías según

Art. 3 Reglamento SEIA (*)

Servicios

Operativos MOP (**)

f) Puertos, vías de

navegación y

terminales

marítimos

g) Proyectos de

desarrollo urbano(…)

en zonas no

comprendidas en:

Planes regionales de

ordenamiento

territorial, Planes

reguladores,

intercomunales,

Planes reguladores

comunales, Planes

seccionales, Planes

regionales de

desarrollo urbano,

Zonificaciones del

borde costero, del

territorio marítimo,

Manejo integrado

de cuencas.

i) Proyectos de

extracción

industrial de áridos,

turba o greda;

p) Ejecución de obras,

programas o actividades

en parques nacionales,

reservas nacionales,

monumentos naturales,

reservas de zonas

vírgenes, santuarios de

la naturaleza, parques

marinos, reservas

marinas o en cualesquie-

ra otras áreas colocadas

bajo protección oficial.

Puerto: conjunto de espacios terrestres, infraestructu-

ra e instalaciones, así como aquellas áreas marítimas,

fluviales o lacustres de entrada, salida, atraque y

permanencia de naves mayores, todos ellos

destinados a la prestación de servicios a dichas naves,

cargas, pasajeros o tripulantes.

Vías de navegación: vías marítimas, fluviales o

lacustres, que se construyan por el hombre, para los

efectos de uso de navegación para cualquier

propósito. Incluye cursos o cuerpos naturales de agua

que se acondicionen hasta alcanzar las características

de uso de navegación.

Proyectos de equipamiento que correspondan a

predios y/o edificios destinados en forma permanente

a salud, educación, seguridad, culto, deporte,

esparcimiento, cultura, transporte, comercio o

servicios, y que contemplen al menos una de las

siguientes especificaciones:

vehículos

Extracciones en pozos o canteras: extracción de áridos

de material removido durante la vida útil del proyecto

Extracciones en un cuerpo o curso de agua: extracción

útil del proyecto o actividad.

autoridad ambiental ha identificado las siguientes

áreas bajo protección oficial:

Obras Hidráulicas

Obras Portuarias

Arquitectura

Vialidad

Obras Portuarias

Obras Hidráulicas

Todos los

servicios MOP,

especialmente:

Vialidad

Obras Portuarias

Obras Hidráulicas

Arquitectura

Aeropuertos

Page 26: 9 Guia Procedimientos MOP

25

1.5 Gestión Ambiental del Ministerio de Obras Públicas como Autoridad Ambiental

En el ámbito de la institucionalidad ambiental, el Ministerio de Obras Públicas cumple un rol como miembro de las Comisiones de Evaluación establecidas en el artículo 86 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, como parte de los Comités Técnicos de Evaluación y como organismo que participa de la fiscalización de proyectos calificados ambientalmente. En la región, estas funciones son cumplidas a través de la Secretaría Regional Ministerial, la que además de su propia opinión, reúne aquellas emitidas por las Direcciones Regionales de Vialidad, Arquitectura, Obras Portuarias y Aeropuertos; además corresponde participar a nivel regional a la Dirección General de Aguas y la Dirección de Obras Hidráulicas3.

En estos roles corresponderá evaluar, calificar y fiscalizar tanto proyectos propios como proyectos de terceros.

Corresponde al Director General de Obras Públicas la representación del Ministerio ante el SEIA; ello independientemente del servicio del cual emana la iniciativa. En este contexto, conforme lo establecido en la Ley 19.8804

de participar en la calificación de estos proyectos. No obstante, las diferentes Direcciones podrán emitir su opinión, en caso que se les requiera.

1.5.1. Consideraciones Ambientales en la Evaluación de Proyectos Sometidos al SEIA

Un aspecto sustancial a considerar en la evaluación de impacto ambiental de una iniciativa propia o de terceros corresponde a aquellos elementos que, de acuerdo a la Ley, debe certificar la autoridad en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

En este sentido la Ley ha distinguido entre aquellos elementos que forman parte de la calificación de un proyecto sometido al SEIA, a través de una DIA, de aquellos que son sometidos al Sistema a través de un EIA.

Caso DIAEl proyecto se aprobará si:

DIA y permiten certificar el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables.

Caso EIAEl proyecto se aprobará si:

de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

3: Oficio Nº490 de la Dirección General de Obras Públicas, de fecha 12 de mayo de 2011.4: Oficio Nº466 de la Dirección General de Obras Públicas, de fecha 30 de abril de 2009.

Page 27: 9 Guia Procedimientos MOP

26

Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental los servicios del Ministerio de Obras Públicas deberán solicitar toda aquella información que permita certificar que estos hechos se cumplen, siempre de forma fundada y en el marco de las competencias que a cada cual corresponde. La evaluación de los antecedentes se deberá realizar caso a caso.

1.5.2 Seguimiento ambiental

Los proyectos que cuentan con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable deberán ejecutarse con estricto apego a las características y circunstancias establecidas en la misma.

En este sentido, durante la ejecución de un proyecto cada servicio MOP deberá tener a la vista la citada Resolución e incorporarla en las Bases del Contrato de ejecución, generando los mecanismos que permitan asegurar su cumplimiento y los medios de verificación adecuados para su seguimiento.

En el proceso de seguimiento ambiental, tratándose tanto de proyectos propios como de terceros, corresponderá a los servicios MOP competentes fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aprobó el Estudio o se aceptó la Declaración de Impacto Ambiental.

Es importante destacar que la entrega de permisos ambientales sectoriales por parte de los servicios MOP es una herramienta eficiente para la verificación del cumplimiento de la RCA por parte de los titulares de proyectos. Para ello, cada servicio deberá verificar lo siguiente:

factibilidad o presentación de proyecto de ingeniería.

la aprobación del permiso.

pertinentes de la RCA.

¿Qué antecedentes deben considerarse en la evaluación de

un proyecto o actividad?

EIALínea de Base

Medidas de mitiga-

ción, reparación y/o

compensación

Monitoreo y

segumineto ambiental

DIA

Descripción

de Proyecto

Normativa de

carácter

ambiental

Efectos e

impactos

ambientales

Permisos

ambientales

sectoriales

Page 28: 9 Guia Procedimientos MOP

27

El presente capítulo contiene recomendaciones para desarrollar procesos de participación ciudadana (PAC) que permitan informar a las comunidades en los estudios y proyectos del Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos e incorporar su opinión en el desarrollo y en la ejecución de los mismos.

Para su elaboración se han considerado los lineamientos ministeriales sobre la materia, las herramientas contenidas en el “Manual de Participación Ciudadana para iniciativas del MOP”, las recomendaciones regionales elaboradas por el Comité de Medioambiente, Territorio y Participación Ciudadana (ATP) y la reciente Norma General de PAC del Ministerio, aprobada en el marco de la Ley 20.500.

La participación ciudadana constituye una herramienta fundamental en la ejecución de iniciativas del Ministerio:

a la ciudadanía y a otros actores cuyas gestiones y apoyo permitan el éxito del proyecto.

El proceso de participación ciudadana deberá ser planificado e incorporado a un Plan. Para que la PAC se transforme en una herramienta efectiva para la gestión y fortalecimiento institucional, es necesario:

en cada etapa del proyecto.

o jurídico, se deberá informar de ello a las comunidades.

Al igual que en el caso de la gestión ambiental de las iniciativas ministeriales, los requisitos para desarrollar procesos de participación ciudadana deberán ser incluidos en las Bases de Licitación para conocimiento y aplicación por parte de las empresas ejecutoras y asesoras de cada proyecto. Estos procesos deberán contar con la aprobación del Inspector Fiscal y desarrollarse en coordinación con encargado(a) de PAC de cada Dirección y la Unidad de Gestión Ambiental y Territorial (UGAT) de la SEREMI de Obras Públicas.

Participación Ciudadana

Capítulo 2

27

Page 29: 9 Guia Procedimientos MOP

Se presentan a continuación tres elementos claves para el desarrollo de procesos de participación ciudadana:

2.1 Norma General de Participación Ciudadana del MOP

La Ley 20.500 “Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública”, publicada el 16 de febrero de 2011, se funda en los principios de libertad de asociación y de participación, consagrado en la Constitución Política de la República. A través de esta Ley el Estado reconoce a las personas el derecho de participar en sus políticas, planes, programas y acciones. Para ello dispone que cada órgano de la Administración del Estado establezca las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.

En este marco, el Ministerio de Obras Públicas, ha establecido una Norma General de Participación Ciudadana del MOP, aprobada mediante Resolución Nº2450, de fecha 16 de agosto del 2011.

En su titulo I, artículo 4º, define cuatro objetivos estratégicos que el Gobierno y el Ministerio de Obras Públicas debe seguir en materias de participación :

Fortalecer las sociedades de la sociedad civil, promoviendo una cultura de corresponsabilidad, entendida como el compromiso mutuo entre el estado y la ciudadanía para perfeccionar en conjunto las políticas y servicios públicos a fin de mejorar la calidad de vida de las personas.

Promover y orientar las acciones de participación ciudadana hacia el mejoramiento de la eficacia, eficiencia y efectividad de las políticas públicas.

Mejorar y fortalecer los espacios de información y opinión de la ciudadanía. Para alcanzar este objetivo, los órganos de la administración deberán realizar todos los esfuerzos para que la información que entreguen sea de calidad y oportuna, y a través de canales adecuados, facilitando el acceso a la ciudadanía.

Promover el control ciudadano de las acciones desarrolladas por todos los organismos públicos. Este objetivo abre paso a la fiscalización ciudadana. Es un llamado al compromiso de los actores democráticos para que ejerzan una supervisión permanente del quehacer de los servicios públicos a fin de perfeccionarlos, hacerlos más eficaces y cercanos.

Actividades de Participación Ciudadana28

Page 30: 9 Guia Procedimientos MOP

Luego en el Titulo I, en sus artículos 5º al 17º, define y detalla cuatro mecanismos de participación:

Acceso a información relevante: Consiste en poner en conocimiento público la información que a su juicio considere relevante, sobre políticas, acciones, programas y presupuestos.

Cuenta pública participativa: Una vez al año el Ministerio a nivel central y regional deberán dar conocer directamente a la ciudadanía la gestión realizada el año anterior.

Consultas ciudadanas: El Ministerio, a través de su portal o por cualquier otro medio electrónico o de difusión masiva, dará a conocer materias de interés ciudadano en que se requiera conocer su opinión. La consulta de la ciudadanía podrá ser realizada utilizando las siguientes modalidades, o aquellas que para cada caso se determine: la Ventanilla Virtual (información del tema de interés y un espacio para opinar del mismo a través de una página Web) y los Diálogos Participativos (instancia de encuentro presencial entre la autoridad y la ciudadanía; tras 30 días de transcurrido, debe ser publicado en la página Web lo allí tratado).

Consejos de la sociedad civil. A través de un instructivo que se dictará para tales efectos, se informará de la composición, funcionamiento, atribuciones y materias relacionadas con este Consejo.

2.2 Participación Ciudadana en Etapas de Preinversión e Inversión

2.2.1. Participación Ciudadana en Etapa de Preinversión

Considerando el conocimiento que tiene la comunidad de los territorios y las necesidades de infraestructura y servicios, es recomendable incorporar la participación ciudadana en las etapas tempranas de desarrollo de una iniciativa, esto es la preinversión (Idea, Perfil, Prefactibilidad y Factibilidad). De esta forma se deberán generar los mecanismos que permitan la incorporación de la comunidad en estos procesos.

Es importante destacar que -a diferencia de la etapa de inversión- en esta fase se plantean diferentes alternativas, las que pueden resultar pertinentes o no desde el punto de vista socio-económico. Esto debe ser claramente explicado a la comunidad a efecto de evitar confusión y creación de falsas expectativas respecto de los resultados. Conforme a ello se recomienda analizar la forma y momento más adecuado para informar a la comunidad e identificar los actores claves para realizar el proceso.

Actividades de Participación Ciudadana 29

Page 31: 9 Guia Procedimientos MOP

30

Es importante destacar que -a diferencia de la etapa de inversión- en esta fase se plantean

diferentes alternativas, las que pueden resultar pertinentes o no desde el punto de vista socio-

económico. Esto debe ser claramente explicado a la comunidad a efecto de evitar confusión

y creación de falsas expectativas respecto de los resultados. Conforme a ello se recomienda

analizar la forma y momento más adecuado para informar a la comunidad e identi$car los

actores claves para realizar el proceso.

2.2.2. Participación Ciudadana en Etapa de Inversión

Tratándose de iniciativas en etapa de inversión, es decir diseño y ejecución, se deberán

contemplar procesos de participación ciudadana amplia que involucren a las comunidades

afectadas directa o indirectamente.

La participación ciudadana debe entenderse siempre como un proceso continuo que parte con

la entrega de información de los objetivos de la iniciativa y termina con la incorporación

de las observaciones planteadas (en lo que corresponda) e informe a la comunidad de los

resultados del proceso. Tal como se indicó en el acápite anterior, existen diferentes herramientas

recomendadas para incorporar la opinión de las comunidades. Una de las más usadas a nivel

ministerial corresponde a las reuniones de participación ciudadana.

2.2.3. Recomendaciones para realizar una Reunión de Participación Ciudadana

a. Programación y Preparación de la Actividad

A continuación se enumeran las tareas recomendadas especialmente para realizar una reunión con

la comunidad, la que tiene como $nalidad informar, consultar o gestionar con los destinatarios

aspectos relevantes de una iniciativa pública.

Se sugiere coordinar estas actividades entre la Dirección MOP responsable del proyecto y la UGAT

de la SEREMI en conjunto con la Consultora, Constructora y/o Asesoría.

Para la correcta programación de cada actividad a realizar se recomienda programar a lo menos

3 reuniones para presentar la iniciativa.

Reunión Interna

Secretario (a) Regional Ministerial

Equipo Técnico Dirección MOP

UGAT, UTEC (SEREMI)

Direcciones MOP Relacionadas

CONADI, SAG, Ministerio de Medio Ambiente, SEA,

Bienes Nacionales, MINVU, ONEMI, MIDEPLAN, INDAP,

SERNATUR, Ministerio de Transporte, Gobierno Regional,

SERVIU, Municipios (Alcalde,DOM,SECPLAN), Otros.

Comunidades Indígenas

Comités de APR

Organizaciones Sociales y Territoriales

Reunión Servicios

Públicos

Reunión Comunidad

Actividades PAC

Page 32: 9 Guia Procedimientos MOP

31

Primero se recomienda realizar una Reunión Interna MOP, la cual tiene el $n de coordinar

aspectos relevantes de la obra que se van a transmitir a la comunidad y servicios. Esta reunión

debiera ser organizada por el Inspector $scal u otro encargado de la iniciativa, a la cual se

invitará a la autoridad regional del Ministerio, así como a los equipos de la Dirección involucrada

y otros servicios que se estimen pertinentes.

Una Reunión con Servicios Públicos y Municipios, la cual tiene la $nalidad de dar a conocer

los alcances de la iniciativa, así como discutir aspectos técnicos de la misma. A ésta reunión se

recomienda invitar a todos aquellos actores públicos que puedan aportar materias técnicas de

la iniciativas, tales como CONADI, SAG, Ministerio de Medio Ambiente, SEA, Bienes Nacionales,

MINVU, MIDEPLAN, INDAP, SERNATUR, Ministerio de Transporte, Gobierno Regional, SERVIU,

Municipios (Alcalde, DOM, SECPLAN), ONEMI y cualquier otro servicio pertinente.

Finalmente una Reunión con la Comunidad, cuyo propósito es hacer partícipe a la comunidad y

a los involucrados de cada iniciativa, de modo de informarles y recoger sus inquietudes.

A esta (s) reunión (es) se recomienda convocar a los vecinos involucrados (directa o

indirectamente), así como a las juntas de vecinos, comunidades indígenas, organizaciones

sociales, comités de APR, entre otros. Asimismo se sugiere invitar e informar de dicha actividad

a las autoridades políticas, como Parlamentarios, Intendente Regional, Gobernador (es), Alcalde

y Concejales de la comuna respectiva.

Para su desarrollo se deberá considerar:

públicos que participarán de las actividades.

conveniente para todos los involucrados. Ello en coordinación con la SEREMI de Obras Públicas,

Director del servicio y la comunidad.

profesionales de apoyo en materia PAC y a la Dirección Regional.

realizar las actividades PAC.

variable de pertinencia indígena.

servicios de electricidad, sillas, baño, entre otros.

los servicios públicos y municipio e invitación personal, vía telefónica, por volante, aviso

radial, a$ches u otros medios a la comunidad.

Page 33: 9 Guia Procedimientos MOP

32

público destinatario de la reunión, se recomienda no modificar la fecha y el horario definido. Estas postergaciones afectan la credibilidad del proceso.

pendones, etc.), así como del programa, de las exposiciones y del material de apoyo para repartir a los invitados, si está contemplado.

Como apoyo para el cumplimiento de estos puntos se adjunta en Anexo 1, un listado de chequeo.

b. Desarrollo, Registro y Difusión de la Actividad

Para la realización de la actividad, ya sea reunión, consulta ciudadana o diálogos participativos, y su correcto registro, es necesario seguir las siguientes recomendaciones:

realizar están: dar la bienvenida, indicando el objetivo y programa de la reunión, presentar el equipo MOP y empresa a cargo del proyecto, dar la palabra en forma ordenada, agradecer la participación y realizar un cierre y despedida.

Inspector Fiscal u otra persona capacitada para cumplir responsablemente esta función, actuando el consultor o residente como apoyo a la exposición cuando se le solicite.

general, se recomienda que las consultas sean resueltas por Directivos o por el Inspector Fiscal. Se recomienda considerar formatos de presentación establecidos. Anexos 2 y 3 (folletería y presentación).

en materias de interés (expropiaciones, temas ambientales, otras obras MOP asociadas al territorio, etc.).

(Anexo 4).

realizada.

c. Seguimiento de los Compromisos Adquiridos

Realizar seguimiento a los compromisos PAC y realizar las gestiones que permitan cumplir con ello (reuniones complementarias, registro en el libro de obra, etc.)

Page 34: 9 Guia Procedimientos MOP

33

2.3 Participación Ciudadana en Comunidades Indígenas

La participación de las comunidades indígenas, forma parte de las actividades de involucramiento de la comunidad en las iniciativas del Ministerio de Obras Públicas. A través de la suscripción del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vigente en nuestro país desde el 15 de septiembre de 2009, es deber del Ministerio de Obras Públicas generar instancias de consulta y participación indígena, acorde a lo establecido en dicho convenio.

En la Región de Los Ríos, existe un importante porcentaje de población indígena mapuche. Para el desarrollo de procesos de participación ciudadana se debe considerar la visión del mundo que tienen estas comunidades.

En la cultura mapuche nada es al azar, todo está indisolublemente atado, unido a un todo universal y cósmico y ese total lo constituye su filosofía, su cosmovisión; está atado al ser mapuche, a su creencia, a su pensamiento, a su territorio; está atado a la naturaleza, a las plantas, a los animales; está atado y unido a los rituales, a la mujer, al hombre, a los niños, a los ancianos; está atado al total, al universo.

Para los mapuches el cosmos es perfecto y gran importancia tiene en la representación de éste el número cuatro (4) y el círculo. El primero representa las 4 fases del año, las 4 fases lunares, la perfección, mientras que el segundo es la figura perfecta, no tiene principio ni fin, es infinito, cíclico y continuo, es por esto que se observa formando parte del Kultrún, instrumento ceremonial representante de un micromundo que refleja la cosmovisión mapuche.

Esto denota claramente que la cultura mapuche tiene una fuerte influencia espiritual en su noción de vida, con varios aspectos vislumbrados, tales como visiones de cosmos y creencias espirituales.

Pikun Mapu

Puel Mapu

Willi Mapu

Lafken Mapu

Page 35: 9 Guia Procedimientos MOP

2.3.1 Implementación de la Consulta a Pueblos Indígenas

El Convenio Nº169 de la OIT establece que los gobiernos deberán “consultar a los pueblos indígenas interesados, mediante procedimientos adecuados y a través de sus instituciones representativas, susceptibles de afectarles directamente” (Artículo 6 Nº 1 a).

Este Convenio es un instrumento jurídico con calidad de tratado internacional, con rango constitucional, que otorga reconocimiento y protección a los pueblos indígenas y a sus derechos colectivos.

En su implementación en Chile, ha tenido múltiples interpretaciones por parte de la Corte Suprema de Apelaciones, Contraloría y Corte Internacional. En este contexto, el Ministerio de Obras Públicas, en su calidad de órgano del Estado, debe velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Convenio, que correspondan a las competencias y funciones propias de nuestra institución.

Lo anterior se debe desarrollar en el marco de los diferentes ámbitos regulados por el convenio. En especial, se destaca la relevancia de lo dispuesto en la Parte I sobre Política General referida a la consulta.

“Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir las propias prioridades en lo

manera, y de controlar, en lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural, además, dichos pueblos deberán participar en la formulación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente” (Artículo7).

Los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados a través de instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. (Planes y Programas).

Participación en Comunidades Indígenas34

Page 36: 9 Guia Procedimientos MOP

llegar a un acuerdo y lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Junto con lo anterior, el Convenio en su Parte II regula elementos relacionados con Tierras (territorios), necesarios de considerar en la identificación, elaboración, ejecución y seguimiento de proyectos y estudios por parte de nuestro Ministerio.

Articulo13: regula el concepto de tierras

La utilización del término “tierras”, “deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera”.

Articulo15: regula lo relacionado con los recursos naturales.

El Estado debe consultar antes de emprender o autorizar programas de prospección o explotación de los recursos existentes en las tierras.

Otra norma en la que se enmarca la participación de comunidades indígenas es la Ley

crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena” (CONADI).

A través del Decreto Nº124 de MIDEPLAN del 4 de Septiembre de 2009, el Estado de Chile ha reglamentado las materias establecidas en el Artículo 34 de la Ley Nº19.253 a fin de regular la consulta y la participación de los pueblos indígenas. Este Decreto ha sido cuestionado por las comunidades indígenas, aludiendo que el procedimiento definido no fue consultado a las mismas. Este tema se encuentra aún en desarrollo y discusión por parte de los diferentes interesados.

En este contexto surge el desafío ministerial de generar dinámicas adecuadas para relacionarse con el pueblo mapuche y sus comunidades; así como integrar a los planes, programas y proyectos las normativas que la legislación establece en materia indígena, en beneficio del reconocimiento, valoración, desarrollo e integración de los pueblos originarios.

Participación en Comunidades Indígenas35

Page 37: 9 Guia Procedimientos MOP

36

Para ello, el Ministerio a través del Oficio Nº1252 ha establecido un procedimiento obligatorio para todos los servicios del MOP, incluyendo a la Coordinación General de Obras Concesionadas, aplicables a todos los planes, políticas, programas y proyectos de este Ministerio que afecten o puedan afectar directamente a los pueblos indígenas.

Procedimiento de Participación Indígena en Planes y Programas de Desarrollo Nacional y Regional

Plan de Infraestructura para las Comunidades Indígenas.

Para la incorporación de las comunidades Indígenas en los proyectos y obras de caminos en zonas rurales, se deberá considerar:

1 - Contar con información de las comunidades, su localización y sus representantes.2 - Realizar reunión inicial para informar sobre la ejecución de las obras.3 - Visitar el territorio en conjunto con la comunidad, verificando la localización de las obras.

coordenadas UTM.5 - Generar acta o registro de acuerdos y compromisos adquiridos.6 - Mantener informada a la comunidad respecto de los avances del proyectos y de las obras. ( reuniones, visitas a terreno, paneles informativos, avisos radiales, entre otros.)

Las actividades antes señanaladas deberán considerar las recomendaciones presentadas en el punto 2.2.3 de la presente guía, manteniendo coordinación permanente con la SEREMI MOP.

1. Evaluación de

pertinencia

Evaluación de

pertinencia

MOP + SEGPRES

2. Definición de Plan de Participación

MOP + Intendencia +

Representantes de

Pueblos Indígenas

MOP: Análisis y ponderación

de los requerimientos y

observaciones

MOP + SEGPRESMOP + Intedencia + MIDEPLAN

3. Ejecución Plan

de Participación

4. Sistematización5. Elaboración de informe

final de participación

6. Incorporación de los resultados

del proceso de Participación

Indígena y envío de informe a

participantes.

Difusión

-MOP elabora plan de

participación.

-Envío de ORD. Ministro

MOP a Ministro SEGPRES

C/C a CONADI e internos

relacionados.

SEREMI MOP solicita al

Intendente, convocar a la

Mesa Indígena Regional

para ejecutar - realizar

talleres.

Page 38: 9 Guia Procedimientos MOP

37

En el presente capítulo se entregan recomendaciones complementarias a aquellas relativas a la gestión ambiental y participación ciudadana, orientadas a la prevención de riesgos ambientales y laborales en la ejecución de obras del Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos.

Para ello se identifican dos elementos esenciales de la gestión de riesgos:

Como apoyo a la prevención de riesgos ambientales en las obras, se adjunta en Anexo Nº5 un Extracto del Instructivo SSOOPP14-UPR-INS-001 sobre Medidas de Prevención y Control de la Infección Laboral por Hantavirus.

3.1 Plan y Programa de Prevención de Riesgos

3.1.1. Plan de Prevención de Riesgos

Corresponde al documento donde se especifican las obligaciones a cumplir por parte del contratista para asegurar el control de riesgos de accidentes laborales y enfermedades profesionales y, asimismo, cumplir con las disposiciones de la normativa legal vigente sobre estas materias. Estas obligaciones se encuentran establecidas por el MOP en las Bases Administrativas de Prevención de Riesgos Profesionales.

faenas de un contrato.

distintas instancias relacionadas con las materias de seguridad y salud en el trabajo.

todas las empresas presentes en la obra, faenas o servicios, a los trabajadores y sus representantes, así como a los comités paritarios y departamentos de prevención.

contrato.

Prevención de Riesgos Ambientales y Laborales

Capítulo 3

Page 39: 9 Guia Procedimientos MOP

38

3.1.2. Programa de Prevención de Riesgos

Corresponde a un documento incluido en el Plan de Prevención de Riesgos, el cual contiene la serie ordenada de actividades u operaciones, con fechas de ejecución y sus responsables, definidas por la empresa contratista y los subcontratistas para el control o eliminación de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales durante el desarrollo de las faenas del contrato, y para el cumplimiento de obligaciones establecidas en la legislación vigente sobre estas materias.

Ítem Detalle

Entrega del Plan y

Programa

Diagnóstico Inicial

Programa de Trabajo

Se entrega dentro de plazo máximo de 5 días luego de tramitada la

resolución de adjudicación.

Identificación de los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales

correspondientes a todas las faenas del Contrato, su evaluación y análisis,

para establecer las medidas de la eliminación de los peligros y riesgos

laborales o su reducción al mínimo.

Medidas de prevención establecidas para la eliminación o control de peligros

y riesgos de accidentes y enfermedades laborales identificados en el

diagnóstico inicial, incluyendo los procedimientos y/o métodos de trabajo

seguro, con especial énfasis en aquellas faenas de mayor riesgo de

accidentes, tales como: uso de explosivos, trabajos en altura, excavaciones

profundas, uso de maquinarias y equipos, lanzamiento de vigas y otras.

Plazos en que se ejecutarán y los respectivos responsables de su implemen-

tación.

Acciones de información y de formación de los trabajadores en materias de

Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con los riesgos determinados en

el diagnóstico inicial.

Procedimientos para la eliminación o control de peligros y riesgos.

Planes de emergencia.

Investigación de accidentes.

Cronograma de reuniones de evaluación y seguimiento de las actividades

antes mencionadas.

Esquemas de señalización de prevención de riesgos en contratos con faenas

en calles, caminos y/o carreteras, de acuerdo a lo establecido en el decreto

Nº 90 del 30.08.2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

3.1.3. Contenidos del Plan y Programa de Prevención de Riesgos

Page 40: 9 Guia Procedimientos MOP

39

Ítem Detalle

Identificación del Experto

en Prevención de Riesgos

Mecanismos de

coordinación, los

nombres y cargos de los

responsables de la

empresa contratista y

subcontratistas

Cumple con lo señalado en el numeral 5 de las “Bases de Prevención de

Riesgos Laborales para Contratos de Ejecución y de Concesiones de Obras

Públicas”.

Acciones de prevención de riesgos que involucre en forma simultánea a más

de una empresa en las faenas del contrato.

Atención y traslado de trabajadores lesionados en casos de accidentes.

Evacuación de trabajadores en caso de emergencias.

Acceso de distintas mutualidades a las obras, a cumplir las funciones que les

corresponde.

El acceso de los organismos fiscalizadores a las obras, a cumplir las funciones

que les corresponde.

Implementación y aplicación de un Sistema de Gestión de la Seguridad y

Salud en el Trabajo cuando corresponda.

Denuncias e Investigación de accidentes graves o fatales.

Reuniones de Departamentos y/o Comités Paritarios de la obra (Faena).

3.2 Fiscalización del Plan y Programa de Prevención de Riesgos

Corresponde al Ministerio de Obras Públicas la fiscalización del cumplimiento del Plan y Programa de Prevención de Riesgos. Para ello se cuenta con una lista de chequeo, en la que se pondera el cumplimiento de las obligaciones detalladas en los respectivos documentos, según lo exigido en las Bases de Prevención de Riesgos Laborales para Contratos de Ejecución y de Concesiones de Obras Públicas.

Entre otros aspectos esta ficha califica: la reunión inicial a los trabajadores, el programa prevención de riesgos profesionales de obra, las obligaciones de la empresa contratista, las inspecciones y fiscalizaciones y las condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo. La ficha completa se incluye en Anexo Nº6.

Page 41: 9 Guia Procedimientos MOP

40

El siguiente glosario ha sido generado como un instrumento de apoyo a las presentaciones de iniciativas del MOP, dirigidas a las comunidades u otros actores externos al Ministerio de Obras Públicas, para facilitar la comprensión de términos técnicos por parte del público en general. Son términos simplificados que pueden usarse en algunos casos en vez de términos técnicos o bien en forma complementaria, para su mayor comprensión.

1. Acceso: Entrada o paso.

2. Asesoría a la Inspección Fiscal: Empresa que apoya al inspector fiscal.

3. APR: Sistema de agua potable rural.

4. Análisis Multicriterio: Comparación entre diferentes elementos para distinguir entre alternativas. Por ejemplo los elementos usualmente utilizados: variables ambientales, sociales y económicas.

5. Bacheo: Relleno puntual en caminos.

6. Batimetría: Estudio de las profundidades del mar, de un lago o río, mediante el trazado de mapas.

7.Carpeta: Material de la superficie del camino:

Capa de asfalto.

8. Conectividad: Unión de dos o más lugares.

9. Conservación global: Contrato de conservación de un grupo de caminos.

10. Contratista: Empresa a la que se le encarga la construcción de la obra.

11. Corredor: Vía de conexión.

11. Corredor: Vía de conexión.

12. Demarcación horizontal: Marcas viales pintadas o pegadas sobre la calzada para ordenar o regular la circulación (sentidos de circulación, líneas de calzada, pasos de cebra, etc.).

13. Drenaje: Zanjas o ductos que dan salida al exceso de agua.

14. Estudio hidrogeológico: Estudio de las características de suelo y aguas subterráneas.

15. Eje (vial): Vía de conexión.

16. Estándar de Camino: Tipo de camino dependiendo de su calidad.

17. Etapas de un proyecto Preinversión: Fase de análisis de proyectos que comprende: Idea, Perfil, Prefactibilidad y Factibilidad. De estas etapas lo más usual en el MOP es desarrollar prefactibilidades mediante consultoría.

que permite seleccionar la solución que se llevará a diseño.

Inversión: Fase del proyecto que comprende:

desarrollar (ingeniería, arquitectura, especialidades).

18. Faja fiscal: Ancho o franja de camino público.

Glosario para participación ciudadana

Page 42: 9 Guia Procedimientos MOP

41

19. Hualve o Gualve: Terreno pantanoso.

20. Humedal: Terreno húmedo.

21. Inspector Fiscal: Funcionario público responsable del proyecto.

22. Instalación de faenas: Lugar donde se encuentran las oficinas de la empresa contratista de una obra.

23. Insumo: Elementos utilizados.

24. Input: Dato o información utilizada (para obtener resultados). 25. Licitación: Proceso para definir qué empresa realizará un proyecto.

26. Medidas ambientales:

efectos negativos de la obra.

orientadas a reponer la calidad que tenían los elementos antes de ser afectados.

retribuir en forma equivalente aquellos componentes afectados.

27. Obra de Arte: Alcantarilla, sumidero.

28. Plan: Conjunto de proyectos sobre un territorio a desarrollar en un determinado periodo de tiempo.

29. Plusvalía: Aumento del valor de un terreno o sector.

30. Rasante (vial): Nivel del camino respecto del terreno.

31. Recapado: Reparación mediante una nueva capa de asfalto.

32.Rentabilidad: Utilidad o beneficio de un proyecto.

33. Rentabilidad social: Corresponde al beneficio que tiene para la sociedad un determinado proyecto. Es exigida por el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Hacienda para autorizar el financiamiento de la obra.

34. Residente: Encargado de la obra perteneciente a la empresa contratista.

35. Saneamiento vial: Obras para mejorar el escurrimiento de las aguas.

36. Saneamiento básico: Obras de evacuación de aguas servidas.

37. Saneamiento de título: Regularización de los títulos de propiedad de un terreno.

38. Situación base: Condición o estado actual de un lugar o territorio. Para un estudio de prefactibilidad: Conjunto de proyectos ya comprometidos a desarrollar en un corto plazo.

39. Sondaje: Perforación del terreno para conocer sus características.

40. Talud: Terreno inclinado.

41. TIR: Tasa Interna de Retorno. Indicador de rentabilidad social de un proyecto. Actualmente lo exigido es que la rentabilidad social tenga un valor superior a TIR= 6%.

42. TMDA: Tránsito Diario Medio Anual. Promedio anual de la cantidad de viajes diarios en un lugar.

43. Trazabilidad: Posibilidad de identificar el origen y las diferentes etapas de un proceso.

Periodo de duración de una obra una vez construida.

Page 43: 9 Guia Procedimientos MOP

42

El siguiente glosario, ha sido generado como un instrumento de ayuda para mayor comprensión del idioma y conceptos mapuche.

1. Chalichén: Saludo (el saludo antiguo).

anciana.

2. Chünküzmapu: Rotación de la tierra (ciclos de día y noche).

3. Eltun: Cementerio.

4. Epew: Mito, desde la concepción filosófica y espiritual.

5. Gülu-Mapu: Concepto de pueblo.

6. Ilelkawn, ileluwn: Banquete, comida.

7. Inarrumen: Observación permanente de la naturaleza.

8. Kawiñ: Reunión.

9. Kimn, Kimlu, Kimün: Es el compendio del conocimiento Mapuche, ciencia, saber, conocer.

10. Ko, Koiko: Agua.

11. Kuikui: Puente (uno o varios troncos sobre una corriente).

12. Kultrung. Ralikultrung: Caja, tambor de la Machi.

13. Kütral: Fuego.

14. Kütralwe: Fogón, hogar dentro de la ruca.

15. Lafken: Llanura, lago, mar, planicie.

16. Leufü: La corriente, el río.

17. Lof: Sociedad (de trabajo), reducción.

18. Longko: Jefe, pelo, cabellos, cabeza, cacique.

19. Machi: Expertos en curaciones mediante yerbas medicinales y artes míticas de gran incidencia en la legendaria religión del mapuche.

20. Machitún: Ceremonia en que la machi cura a los enfermos.

21. Mapu: Terreno, tierra.

22. Mapudëngun, Mapudungun: El idioma mapuche. Hablar en lengua mapuche.

23. Marimari: Buenos días, saludo mapuche general (etimológicamente vendría de “mari” (diez) y significaría tus diez dedos y mis diez dedos).

24. Ngillatun: Ceremonia de rogativa solemne del pueblo mapuche.

25. Newen: fuerza, energía.

26. Nguënéchén: Dios, ser supremo, dominador de los hombres.

27. Pali, Palïn : Bola en el juego de la Chueca.

28. Paliwe: Cancha en que se juega el palín.

Glosario mapuche

Page 44: 9 Guia Procedimientos MOP

43

29. Pelliñ: Árbol, roble chileno (hualle, koyam, madera rojiza vieja).

30. Péuma: Sueño. Éxtasis de la Machi.

31. Pewen, Peweñ: Araucaria, conífera. De gran valor alimenticio para los mapuches.

32. Pichintu: Breve, poco tiempo.

33. Piku: Norte, hacia el norte.

34. Puelche: viento del sureste.

35. Rëpü: Camino.

36. Rewe: Tronco tallado con escalones donde la machi realiza sus ceremonias (árbol ceremonial).

37. Tüwaymapu: Traslación de la tierra (ciclo de mes año, luna y sol).

38. Wapi: (Huapi): Isla, recodo limpio en el monte.

39. Wenu: El cielo, tiempo, clima.

40. Werken; Werkün: mensajero.

41. Wingka, Huinca: No mapuche.

42. Wallontu-Mapu : Universo

43. Wall-Mapu: Territorio.

Modificado fecha 2010. Ministerio de Justicia, Chile.

169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo. Ministerio de Relaciones Exteriores, Chile, de fecha Octubre 2008, Chile.

Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, modificado fecha 2006. Ministerio de Obras Públicas, Chile.

asp[Consulta: noviembre de 2011].

“Diccionario de la Lengua Española”. RAE. [en línea].

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de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Chile.

para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Chile.

Bibliografía

Page 45: 9 Guia Procedimientos MOP

44

de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas, elaborada a partir de la revisión de la Norma

del Ministerio de Salud. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Chile.

para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. Ministerio de Obras Públicas, Chile.

Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, modificado fecha 2010. Ministerio de Educación Pública, Chile.

Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, modificado fecha 2008. Ministerio de Planificación y Cooperación, Chile.

Medio Ambiente y sus Reglamentos, modificada 2010. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Chile.

Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Chile.

“Manual de Normas y Procedimientos del Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos”. SIT. N° 132. Santiago, DGA, Depto. de Conservación y Protección de Recursos Hídricos. Ministerio de Obras Públicas. Chile 2008.

“Manual de Participación Ciudadana para Iniciativas del MOP”. Ministerio de Obras Públicas, DGOP. Chile, 2008

“Manual de Carreteras Volumen N° 9: Estudios y Criterios Ambientales en Proyectos Viales” 2010. Dirección de Vialidad. Ministerio de Obras Públicas, Chile.

Minuta DCPRH Nº 209 DGA, Depto. de Conservación y Protección de Recursos Hídricos, de fecha 31 de Agosto del 2001.Ministerio de Obras Públicas, Chile.

“Orientaciones para la Evaluación Ambiental Sectorial MOP en el SEIA”. DGOP. Ministerio de Obras Públicas, Chile. Julio 2010.

Oficio Ord. Nº 490 de la DGOP, de fecha 12 de Mayo de 2011.Ministerio de Obras Públicas, Chile.

Oficio Ord. Nº 466 de la DGOP, de fecha 30 de Abril de 2009.Ministerio de Obras Públicas, Chile.

Oficio Ord. Nº 2487, de fecha 07 de Octubre de 2011. Dirección de Planeamiento. Ministerio de Obras Públicas, Chile. Oficio Ord. Nº 103050, CONAMA, de fecha 23 de septiembre del 2010. Chile.

“Plan Regional de Infraestructura y Gestión del Recurso Hídrico al 2018 -Región de Los Ríos”. Ministerio de Obras Públicas. Marzo 2011

“Repertorio de Legislación de Relevancia Ambiental para Proyectos de Infraestructura”. DGOP. Ministerio de Obras Públicas, Chile. Septiembre 2007.

Resolución Nº 2450. Norma General de Participación Ciudadana del MOP de fecha Agosto de 2011.Ministerio de Obras Públicas, Chile.

“Un Acercamiento a la Cosmovisión Mapuche CFG Cosmología Hoy” Universidad de Chile Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas. 2010 [en línea].

307668561unacercamientoalacosmovisionmapuche.pdf[Consulta: noviembre de 2011].

Page 46: 9 Guia Procedimientos MOP

45

ANEXO I: LISTA DE CHEQUEO PROGRAMACIÓN Y PREPARACIÓN DE LA ACTIVIDAD

Tarea Observaciones

Contar con formatos

regionales

Programar a lo menos 3

reuniones para presentar la

Iniciativa

Definir fechas y horarios

Contar con catastro de

actores relevantes

Contar con una minuta de

iniciativa

Contar con la

presentación, que se

realizará en las reuniones,

y medios de apoyo

requeridos

Identificar si en el

territorio existen

comunidades indígenas

Definir lugares donde se

realizarán las reuniones

Realizar Convocatoria

Contar con un(a)

moderador(a)

Contar con profesionales

de direcciones MOP

Al momento de la reunión,

tomar nota de las

consultas y compromisos

suscritos para completar

Ficha Actividad PAC.

Presentación (ppt)

Invitación

Ficha PAC UGAT

Guía recomendaciones regionales

Reunión interna MOP, reunión con servicios públicos y con la comunidad.

En coordinación con Seremi de Obras Públicas, Director y comunidad.

Comunidad y servicios públicos.

Para envío a IF y Seremi regional.

Presentación Power Point, Cartografía, Planos, Videos, data show, PC, telón,

láminas informativas, pendones, otros.

Para incluir la variable pertinencia indígena.

Prever que cuente con electricidad, sillas, baño, etc.

Mediante oficio a SSPP y otros medios para la comunidad (volantes, avisos

radiales o telefónico).

Persona que mantenga un orden adecuado en las reuniones.

Que puedan aportar detalles En materias de interés como expropiaciones,

temas ambientales, etc.).

Considerar Anexo Cuadro Nº3 Ficha Registro incluyendo registro fotográfico

y de asistencia.

Portada Contenido Contraportada

-Nombre de la iniciativa

-Nombre del Ministerio y

Dirección ejecutora

-Logo MOP/Dirección

-Fotografía

-Objetivos de la iniciativa

-Planos, cartografía de ubicación,

esquemas

-Financiamiento ($)

-Principales características de la

iniciativa (textos, fotos y esquemas)

-Beneficiarios/as

-Fotografías actuales

-Incorporar datos útiles:

-Nombre y contacto Inspector Fiscal

(fono y mail)

-Datos OIRS (fono, mail,dirección

postal)

-Datos Empresa (fono y mail)

-Sitio Web Ministerio de Obras

Públicas(www.mop.cl)

ANEXO II: FOLLETERÍA: CONTENIDOS GENERALES

Page 47: 9 Guia Procedimientos MOP

46

2. ANTECEDENTES GENERALES DE LA INICIATIVA

¿Quién financia?

- Servicio que financia la iniciativa: MOP o GORE,

otro.

Monto de inversión de la iniciativa

- Inversión total o por etapas y si la inversión se

enmarca dentro de algún convenio.

4. FUNDAMENTACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA

INICIATIVA

¿Para qué, por qué y para quienes?

- Descripción general del proyecto. ¿Se enmarca

dentro de algún plan, política o programa?

- Objetivo de la iniciativa.

- Cuáles son sus beneficios para el territorio en

general y el sector en particular.

- A quiénes beneficia directamente.

6. ANTECEDENTES ESPECÍFICOS DE LA INICIATIVA

Aspectos para tener en cuenta para la materializa-

ción de la (futura) iniciativa, que es necesario

informar

- Expropiaciones.

- Cambios en el tránsito vehicular y peatonal, cortes

en ruta y horarios.

- Servidumbres de paso.

- Mantención y operación.

- Molestas momentáneas debido a la obra en

ejecución o autorizaciones para realizar estudio.-

Otros.

¿Cuál es la proyección de los costos que el proyecto

involucra para su ejecución? (en el caso de un diseño)

-Inversión futura.

-Etapas para obtención de fondos y priorización de

iniciativa.

1. NOMBRE DE LA INICIATIVA

MOP / Dirección / Fecha

ANTECEDENTES GENERALES DE LA INICIATIVA

¿Cuál es la dirección MOP mandante?

- Dirección MOP a cargo de la iniciativa.

3. ANTECEDENTES GENERALES DE LA INICIATIVA

¿De qué tipo de iniciativa se trata?

- Preinversión, estudio de ingeniería, diseño, obra en

ejecución.

¿Cuál es el equipo a cargo de llevar adelante la

iniciativa?

- Nombre del Inspector Fiscal - Datos de contacto

para responder consultas de los vecinos/as durante la

ejecución de la iniciativa.

¿Cuál es la empresa que ejecuta la iniciativa?

- Nombre de la empresa consultora o constructora.

¿En qué lugar del territorio se emplaza la iniciativa

en estudio o en ejecución?

- Plano de ubicación e imágenes.

¿Se vincula con otros proyectos MOP actuales o

futuros en el territorio?

- Mirada territorial estratégica.

5. ANTECEDENTES ESPECÍFICOS DE LA INICIATIVA

¿Qué actividades y tareas se han realizado para llevar

adelante la iniciativa?

¿En qué etapa se encuentra la iniciativa?

- Presentar cronograma general.

- Etapas desarrolladas y características principales

de éstas.

- Materias en estudio y alternativas de solución.

- Proyección de Inversión para ejecutar obra

- Descripción general de etapas y gestiones próximas

a desarrollar para materializar o finalizar la obra.

- Consideraciones ambientales generales del

proyecto.

*Incluir elementos visuales: fotos, planos, maqueta

virtual, esquemas, otros.

ANEXO III: PRESENTACIÓN TIPO POWER POINT

Page 48: 9 Guia Procedimientos MOP

47

ANEXO IV: FICHA DE REGISTRO DE ACTIVIDAD DE PAC

ANEXO V: MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA INFECCIÓN LABORAL POR HANTAVIRUS. (EXTRACTO DE INSTRUCTIVO SSOOPP14-UPR-INS-001)

1. SENTIDO Y PROPÓSITO

El sentido del estándar es establecer medidas preventivas en los lugares de trabajo para evitar la Infección por Hantavirus el cual podría provocar la Enfermedad Profesional llamada Hanta.La infección por Hantavirus es una enfermedad viral que puede ser mortal en aproximadamente la mitad de las personas que enferman.El Decreto Supremo Nº 73 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial el día 7 de Marzo del 2006, actualiza el listado de ENFERMEDADES PROFESIONALES el cual incorpora al Virus Hanta.

2. METAS O RESULTADOS ESPERADOSMediante la aplicación del estándar se logrará:- Eliminar o minimizar el riesgo de contagio por Hantavirus a través del uso de Elementos de Protección Personal y del cumplimiento de las recomendaciones de Control Ambiental en todos los Contratos que tiene el Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos.- Establecer todos los requerimientos bajo el marco legal dispuesto: - Ley 16.744 de 1968 Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. - D.S. N° 73 Introduce Modificaciones en el Reglamento para la Aplicación de la Ley Nº16.744, Contenido en el D.S. Nº 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y en el D.S. Nº 109. - D.S. N° 109 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Establece el Reglamento para la Calificación y la Evaluación de los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. -Ley 20.123 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. -D.S. Nº594 de 1999 (y sus modificaciones), del Ministerio de Salud. Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

INICIATIVA DE INVERSIÓN

ACTIVIDAD PAC

RESPONSABLES

NombreDirección MOPRegiónDescripción GeneralInspector FiscalContacto dirigentes/as

ObjetivoFechaLugarHoraNº AsistentesPrincipales inquietudes Compromisos adquiridos

Actividad Seguimiento compromisos

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3. ALCANCELa aplicación de este estándar alcanza a todos quienes tienen relación directa o indirecta en la Construcción de los Contratos del Ministerio de Obras Públicas en la Región de Los Ríos.

5.DESCRIPCIÓN DEL ESTÁNDAR5.1. AntecedentesEl Hantavirus surgió en Chile como enfermedad emergente a mediados de la década del noventa, con la identificación del primer caso de Síndrome Pulmonar en una mujer residente en Cochamó, X Región. Sin embargo, investigaciones retrospectivas hacen suponer que la enfermedad existía anteriormente en nuestro país.Es transmitida por el ratón silvestre conocido como ratón colilargo, cola larga o lauchita de los espinos.En Chile el ratón colilargo se puede encontrar entre la III y la XII Región, desde la Cordillera a la Costa.El ratón colilargo mide de 5 a 8 centímetros, incluyendo la cola. La cola es extremadamente larga en comparación a su cuerpo.

El virus no resiste la luz solar, detergentes y desinfectantes como el cloro.

5.2. Infección del HantavirusLa forma más frecuente de adquirir la enfermedad es por respirar pequeñas gotas contaminadas con saliva, orina o fecas de ratón infectado.Las personas también se pueden infectar al consumir alimentos o agua contaminados con orina, excrementos o saliva de ratones infectados o al comer alimentos mordidos por ratones. Otro medio de infección en las personas es al ser mordidas por un ratón infectado.

5.3. Factores de riesgo- Cuando realiza labores donde se ha detectado la presencia del ratón colilargo.- Permanencia en campamentos instalados. - Limpieza en campos, canales y bodegas; Construcción, demoliciones, y obras de infraestructura en zonas rurales. - Desarrollo de obras en las que se generan, acumulan o disponen residuos.

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5.4. Medidas de prevenciónAl realizar actividades de limpieza a lugares que han permanecido cerrados (bodegas, galpones, campamentos, etc.):

- Ventile por 30 minutos como mínimo, antes de entrar a estos lugares.- Utilice su ropa habitual de trabajo (botas o zapatos de seguridad), además de los Elementos de Protección Personal (EPP) como mascarilla N100 y en lo posible, antiparras.- Lave muy bien sus manos y desinfecte las antiparras (en cloro al 1% una porción de cloro en 100 porciones de agua), inmediatamente después de realizar la actividad.- Si encuentra excrementos, ratones muertos, nidos, alimentos roídos y otros objetos que pudieron estar con contacto con los ratones:- Utilice su ropa habitual de trabajo (overol, botas o zapatos de seguridad y guantes), además de mascarilla N100.- Rociar sobre los ratones muertos, excrementos u objetos contaminados una solución de cloro concentrada (sin diluir) y esperar 5 minutos.- Colocarlos en una bolsa plástica cerrada, ponerla dentro de una segunda bolsa y cerrarla. Las bolsas deberán enterrarse en pozos de más de 60 cm de profundidad o quemarse. No tomar contacto directo con los ratones (En estos casos usar siempre guantes de goma).- Lave sus manos con guantes puestos en solución desinfectante y después lave las manos con abundante agua, inmediatamente después de realizar la actividad.

En actividades de desmalezamiento, corte o tala, limpieza de canales o pastizales en lugares abiertos: - Utilice su ropa habitual de trabajo: Guantes, overol, botas o zapatos de seguridad. - Lave sus manos con guantes puestos en solución desinfectante y después lave las manos con abundante agua, inmediatamente después de realizar la actividad.

5.5. Medidas Ambientales de prevención

En el lugar de trabajo:

producen.- Mantenga y bote la basura en recipientes debidamente cerrados (No use bolsas, sin que estás se ubiquen al interior de un recipiente cerrado).- Evite acumular objetos en los alrededores de su lugar de trabajo. Elimine todos los elementos que permitan la anidación, reproducción y alimentación de ratones (cartones, papel, ropas en desuso, maderas acumuladas, etc.)- En caso de existir baños químicos o letrinas, mantener siempre aseados y cerrados.- Mantenga los recipientes de agua debidamente cerrados. - Beba sólo agua potable, embotellada o hervida.- Coloque trampas o veneno para ratones (En caso de que se atrapen roedores, proceder a su retiro conforme lo indicado en puntos anteriores).- Mantenga un área despejada de malezas y desperdicios de a lo menos 30 metros del lugar de trabajo.- Mantenga las bodegas de materiales ordenadas y libres de residuos.

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En los comedores y campamentos:- Mantenga los alimentos para las personas y animales en recipientes cerrados con tapa hermética.- Lave los platos y utensilios inmediatamente después de usarlos y guárdelos en lugar cerrado.- No deje restos de comida en su lugar de trabajo ni platos con comidas para animales domésticos (perros, gatos).- No consuma alimentos que puedan haber estado en contacto con ratones o den muestras de mordeduras.- Limpie frecuentemente los mesones y pisos con un desinfectante, puede usar cloro (Solución de cloro al 1 %, una porción de cloro en 100 porciones de agua).- Tape todas las rendijas de las habitaciones.- Elimine todos los desperdicios o cachureos.

5.6.Síntomas de la Infección por Hantavirus

Los primeros síntomas parecen una gripe común: - Fiebre, dolor de cabeza, dolores abdominales y musculares. - Dolores en la parte baja de la columna, náuseas y vómitos.

Posteriormente los síntomas se agudizan y se agregan:- Brusca alza de temperatura y, como síntoma principal, la dificultad para respirar, causada por acumulación de líquido en los pulmones.

Si un trabajador presenta estos síntomas, especialmente si ha estado expuesto directa o indirectamente a roedores en las últimas seis semanas, diríjase al centro de urgencia más cercano. No olvidar mencionar que estuvo en contacto con roedores.

Todo Caso Sospechoso de Hantavirus debe ser notificado de inmediato (Teléfono, fax o email) a los Departamentos de Epidemiología de la Autoridad Sanitaria Regional u Oficinas Provinciales de Epidemiología, al Inspector Fiscal MOP y a la Unidad de Prevención de Riesgos SEREMI MOP Los Ríos.

6. REGISTROS

- Registro de Comunicaciones SSOOPP14-UPR-REG-001

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1.-) Reunión Inicial Calificación Item C.-) Existe Depto. Prevención Riesgos otras Empresas

Se efectuó en fecha según bases

Participaron al menos los profesionales señalados en bases Existe evidencia de su Funcionamiento

Existen mecanismos para verificar cumplimiento por I. F.

Existen mecanismos de información a I. F.

Existe acta de la reunión

2.-) Programa P.R.P. Obra Calificación Item

A.-) Diagnóstico inicial, que contenga:

Identificación de los riesgos (de actividades Carta Gantt Sist. de Gestión, Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)

Determinación de riesgos críticos

cada actividad de la Carta Gantt:

i) Riesgos Identificados en actividades de Carta Gantt

ii. Medidas de prevención para eliminar o controlar los riesgos

Registro especial Contratistas y Subcontratistas

Entregado al inicio de Faena

Existe evidencia de su cumplimiento

Mantiene información vinculada al SGSST en obra, respaldada por escrito

Seguimiento y evaluación de actividades antes señaladas

Investigación de accidentes

Planes de emergencia

Evidencia de revisión mensual del programa de PR por IF, para

verificar coherencia con carta Gantt de obra 4.-) Inspecciones y Fiscalizaciones Calificación Item

3.-) Obligaciones Empresa Contratista Calificación Item Existe Informes experto Empresa Contratista

Existe seguimiento Informes experto Asesoría I.F.

Solicitó Inspección (Org. Adm. Ley 16,744) Mutual Contratista

Evidencia de que es conocido y entendido por los trabajadores Existe Inspección Organismo Fiscalizador Ley 20.123

B.-) Existe Comité Paritario de la Empresa Existe Inspección experto M.O.P, SEREMI y/o N.Central

Existen Comités Paritarios de Faenas Están las Observ. Validadas por I.F en Libro de Comunicaciones

Existen Comités Paritarios de otras empresas

Existen actas mensuales de reuniones de comités paritarios

,

Calificación Promedio

0,00

Existe Departamento de Prevención de Riesgos de Faenas

0,00 Con sus medidas preventivas

Métodos de trabajo seguro

Evidencia de cumplimiento del Derecho a Saber, informando los

riesgos a que se exponen los trabajadores

Por actividad

Confeccionado e informado a los trabajadores; que a lo menos

contenga: responsabilidades y funciones por escrito,Política de Seguridad

y Salud en el trabajo, Organización de la Prevención de Riesgos en Obra,

Planificación, Evaluación y Acciones correctivas o acciones en pro de

mejoras

B.-) Programa de trabajo de seguridad y salud ocupacional, que contenga

Existe inducción (derecho a saber) y difusión, (para iv)

Capacitación con realación a riesgos críticos detectados

Cronograma de actividades y nombre de Empresas que ejecuta Obras

iii) Responsables de la implementación (para i., ii.)

iv. Procedimiento de Trabajo Seguro de riesgos críticos

Informe de evaluaciones de Riesgos de Obras o Faenas (4.1 d Bases )

0

0

Programa de trabajo aprobado por representante legal

Antecedentes de Contratista y subcontratistas ( 4.1 c. Bases )

A.-) Tiene Reglamento Interno de Higiene y Seguridad

Existe evidencia de entrega

Existe evidencia de cumplimiento de acuerdos

0,00

A.- Antecedentes Generales del Contrato

Código Safi

Código B.I.P Fecha Inspección

Ubicación

Prof. Residente Empresa.

Observaciones D. T. (Indicar motivos de las multas, cuando aplica)

Calificaciones: B (bueno): 6.0 a 7.0 A (aceptable): 5,0 a 5,9 R (Regular): 4,0 a 4,9 D(Deficiente) : 3,0 a 3, I (Inaceptable): < 3,0

FechaN°

INFORME FISCALIZACION OBLIGACIONES PREVENCION DE RIESGOS CONTRATOS MOP Calificación Final

Resolución

Región : Comuna

N° Inspecc 1 Servicio Responsable

Nombre Contrato:

Fechas

Inicio

Inspector Fiscal

Reunión Ini.

T e l é f o n o s

Clasif. Riesgo Término

Monto Contrato

Experto de Prevención de Riesgos M.O.P

Experto de Prevención de Riesgos Empresa Org. Administ. Seguro Ley

16744 ContratistaExperto de Prevención de Riesgos faenas

Prof. Residente A.I.F. Nº de Registro SNS. % Avance Físico

Tasa AccidentalidadEmpr.

Experto de Prevención de Riesgos A.I.F. Obra

B.- Resultados Fiscalización Evaluación Control de Riesgos (Notas) Sanciones en UTM

EMPRESA CONTRATISTA Cat.

Reg.

Nro. Trabaj. Instr.

Prev.

Instalación de Faenas Frentes de FaenasEPP

San.

básico

Calif.

Promed.Laboral Previs.

Hig. y

Seg NOMBRES R.U.T . Masc. Fem. Extint Señal. ExtintTrans.

Pers.

Veh / Maq Ofic Bod. Tall. Obras Veh / Maq

SUBCONTRATOS SUBCONTRATOS Nro. Trabaj. SUBCONTRATOS Nro. Trabaj.

NOMBRES Fem.

R.U.T . Masc. Fem. NOMBRES R.U.T . Masc.

Total

Condiciones Sanitarias y Ambientales de los lugares de trabajo

Agua Potable existe en cantidad suficiente

Comedor cumple condiciones míninas

Entega de E.P.P Oportunidad en la entrega Cantidad suficiente Calidad certificada Uso corecto E.P.P.

Extintores en correcto estado de uso Mantención al día Cantidad suficiente ubicación correcta

EMPRESA DE ASESORIA DE INSPECCION FISCAL

Tiene copia del programa de PRP de la Obra Controla Registro de antecedentes Tiene Experto que controle cumplimiento bases de PRP en la obra

Controla aplicación Programa PRP Genera Informes mensuales de PRP Tiene registro de accidentes mensuales de empresas del contrato

Resultado de tasas

Cantidad de días perdidos por Acc. Leves y Graves N° Accidentes con días perdidos (Ley 20123) Graves

N° Accidentes con días perdidos (Ley 20123) Fatales N° Accidentes con días perdidos (Ley 16744) Leves

Duchas Guardarropias Baños en Instalación de Faenas Baños en Frentes Faenas

Fem

Fem Masc. Fem Masc. Fem. Masc.

Masc.

ANEXO VI: FICHA TIPO FISCALIZACIÓN OBLIGACIONES PREVENCION DE RIESGOS CONTRATOS

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EXTERNOS MES 1 MES n

EXTERNOS MES 1 MES n

Lugar de Procedencia

Volumen (m3)

Permiso (Oficio, Resolución, otro)

Autoridad que otorga el permiso

Volumen autorizado en el lugar

Fecha vencimiento del permiso

Procedencia 1 Procedencia n Procedencia 1 Procedencia n

Lugar de Procedencia dentro obra

Volumen (m3)

Origen-destino (*)

Transporte Volumen

Toneladas

N° de viajes realizados

Origen-destino (*)

Transporte Volumen

Toneladas

N° de viajes realizados

ANEXO VII: REGISTRO ÁRIDOS