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  • 7/30/2019 5 Control Cuestionario

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    CONTROL 5ORGANIZACIN ELECTORAL

    1. Cules entidades conforman la organizacin electoral? qu tiene a su cargo laorganizacin electoral?

    ARTICULO 120 C.N. La organizacin electoral est conformada por el ConsejoNacional Electoral, por la Registradura Nacional del Estado Civil y por los demsorganismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organizacin de las elecciones,su direccin y vigilancia, as como lo relativo a la identidad de las personas.

    2. Segn la Constitucin qu es el voto?

    ARTICULO 258 C.N. El voto es un derecho y un deber ciudadano.

    3. Qu deberes constitucionales tiene el Estado respecto del ejercicio delderecho al sufragio?

    Art. 258 C.N. El Estado velar porque se ejerza sin ningn tipo de coaccin y en formasecreta por los ciudadanos en cubculos individuales instalados en cada mesa devotacin sin perjuicio del uso de medios electrnicos o informticos..

    4. Qu puede emplearse en las elecciones de candidatos? Qu debe suministrarla organizacin electoral? qu puede implantar la ley en esta materia?

    Art. 258 C.N.En las elecciones de candidatos podrn emplearse tarjetas electoralesnumeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad, las cuales sern distribuidasoficialmente. La Organizacin Electoral suministrar igualitariamente a los votantesinstrumentos en los cuales deben aparecer identificados con claridad y en igualescondiciones los movimientos y partidos polticos con personera jurdica y loscandidatos. La ley podr implantar mecanismos de votacin que otorguen ms ymejores garantas para el libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos.

    5. Qu ocurre cuando en una votacin para elegir miembros de una corporacinpblica, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las eleccionespresidenciales, del total de votos vlidos, los votos en blanco constituyan lamayora? qu consecuencias trae esta situacin para elecciones unipersonalesy cules respecto de corporaciones pblicas?

    Art. 258 C.N. PARGRAFO 1o. Deber repetirse por una solavez la votacin para elegir miembros de una Corporacin Pblica, Gobernador,

    Alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de votosvlidos, los votos en blanco constituyan la mayora. Tratndose de eleccionesunipersonales no podrn presentarse los mismos candidatos, mientras en las deCorporaciones Pblicas no se podrn presentar a las nuevas elecciones las listas queno hayan alcanzado el umbral.

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    6. Qu se busca, segn la Constitucin, con la posibilidad de implementar el votoelectrnico?

    7. Art. 258 C.N.PARGRAFO 2o. Se podr implementar el voto electrnico para lograragilidad y transparencia en todas las votaciones.

    8. En qu consiste el voto programtico y respecto de cules autoridades se

    aplica?ARTICULO 259 C.N. Quienes elijan gobernadores y alcaldes, imponen por mandato alelegido el programa que present al inscribirse como candidato. La ley reglamentarel ejercicio del voto programtico.

    9. Qu autoridades se eligen por votacin directa?

    ARTICULO 260 C.N. Los ciudadanos eligen en forma directa Presidente yVicepresidente de la Repblica, Senadores, Representantes, Gobernadores,Diputados, Alcaldes, Concejales municipales y distritales, miembros de las juntasadministradoras locales, y en su oportunidad, los miembros de la AsambleaConstituyente y las dems autoridades o funcionarios que la Constitucin seale.

    10. Cmo se suplen las faltas absolutas de quienes resultan elegidos en unaeleccin popular?

    ARTICULO 261. Las faltas absolutas sern suplidas por los candidatosque segn el orden de inscripcin, o de votacin, en forma sucesiva y descendente,correspondan a la misma lista electoral, segn se trate de listas cerradas o con votopreferente.

    11. Las elecciones de Presidente y Vicepresidente pueden coincidir con otraeleccin? Pueden coincidir las elecciones del Congreso con las de autoridadesdepartamentales y municipales?

    ARTICULO 262. La eleccin del Presidente y Vicepresidente no podr coincidir conotra eleccin. La de Congreso se har en fecha separada de la eleccin deautoridades departamentales y municipales.

    12. Cuntos candidatos pueden integrar una lista de un movimiento o partidopoltico en todos los procesos de eleccin popular?

    ARTICULO 263. Para todos los procesos de eleccin popular, losPartidos y Movimientos Polticos presentarn listas y candidatos nicos, cuyo nmerode integrantes no podr exceder el de curules o cargos a proveer en la respectivaeleccin.

    13.Cul es el objeto del sistema de cifra repartidora?

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    Art. 263 C.N. Inc 2. Para garantizar la equitativa representacin de los Partidos yMovimientos Polticos y grupos significativos de ciudadanos, las curules de lasCorporaciones Pblicas se distribuirn mediante el sistema de cifra repartidora entrelas listas de candidatos que superen un mnimo de votos que no podr ser inferior altres por ciento (3%) de los sufragados para Senado de la Repblica o al cincuenta porciento (50%) del cuociente electoral en el caso de las dems Corporaciones, conforme

    lo establezcan la Constitucin y la ley.14. Cmo se distribuyen las curules, cuando ninguna de las listas de aspirantes

    supera el umbral? dnde se reglamente los dems efectos de esta materia?

    Art. 263 C.N. Inc. 3 Cuando ninguna de las listas de aspirantes supere el umbral, lascurules se distribuirn de acuerdo con el sistema de cifra repartidora.

    La ley reglamentar los dems efectos de esta materia.

    15. Cmo se integran las listas para corporaciones en las circunscripciones en laque se eligen hasta 2 miembros para la correspondiente Corporacin?

    Art. 263 C.N. Inc 5. Las listas para Corporaciones en las circunscripciones en la quese eligen hasta dos (2) miembros para la correspondiente Corporacin, podrn estarintegradas hasta por tres (3) candidatos.

    16. Cmo se adjudica la curul en las circunscripciones en las que se elige unmiembro?

    Art. 263 C.N. En las circunscripciones en las que se elige un miembro, la curul seadjudicar a la lista mayoritaria.

    17. Qu sistema se aplica en las circunscripciones en las que se eligen 2miembros?

    Art. 263 C.N. En las circunscripciones en las que se eligen dos miembros se aplicarel sistema de cuociente electoral entre las listas que superen en votos el 30% de dichocuociente.

    PARGRAFO TRANSITORIO. Para las elecciones al Congreso de la Repblica acelebrarse en 2010, el porcentaje a que se refiere el inciso 2o del presente artculoser del dos por ciento (2%)

    18. Bajo qu sistema se hace la adjudicacin de curules entre los miembros de larespectiva corporacin?

    ARTCULO 263-A. La adjudicacin de curules entre los miembrosde la respectiva corporacin se har por el sistema de cifra repartidora.

    19. En qu consiste el sistema de cifra repartidora segn la Constitucin?

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    Art. 263 A C.N.Esta resulta de dividir sucesivamente por uno, dos, tres o ms elnmero de votos obtenidos por cada lista, ordenando los resultados en formadecreciente hasta que se obtenga un nmero total de resultados igual al nmero decurules a proveer.

    El resultado menor se llamar cifra repartidora. Cada lista obtendr tantas curules

    como veces est contenida la cifra repartidora en el total de sus votos. 20. Cmo se hace la asignacin de curules cuando se opta por el mecanismo de

    voto preferente?

    Art. 263 A: Cada partido o movimiento poltico podr optar por el mecanismo de votopreferente. En tal caso, el elector podr sealar el candidato de su preferencia entrelos nombres de la lista que aparezcan en la tarjeta electoral. La lista se reordenar deacuerdo con la cantidad de votos obtenidos por cada uno de los candidatos. Laasignacin de curules entre los miembros de la respectiva lista se har en ordendescendente empezando por el candidato que haya obtenido el mayor nmero devotos preferentes.

    21. Cmo se contabilizan los votos en el caso de los partidos y movimientospolticos que hayan optado por el mecanismo del voto preferente y que nohayan sido atribuidos por el elector a ningn candidato en particular?

    Art. 262 A:En el caso de los partidos y movimientos polticos que hayan optado porel mecanismo del voto preferente, los votos por el partido o movimiento que no hayansido atribuidos por el elector a ningn candidato en particular, se contabilizarn a favorde la respectiva lista para efectos de la aplicacin de las normas sobre el umbral y lacifra repartidora, pero no se computarn para la reordenacin de la lista.

    22. Qu pasa cuando el elector vota simultneamente por el partido o movimientopoltico y por el candidato de su preferencia dentro de la respectiva lista?

    Art. 262 C.N A: Cuando el elector vote simultneamente por el partido o movimientopoltico y por el candidato de su preferencia dentro de la respectiva lista, el voto servlido y se computar a favor del candidato.

    23. Cmo se encuentra compuesto el Consejo Nacional Electoral? Quin eligesus miembros? Cul es el perodo para el cual son elegidos? cmo sonelegidos? Cul es la naturaleza jurdica de sus integrantes? Qu calidades,inhabilidades, incompatibilidades y derechos tienen sus miembros? Estpermitida su reeleccin? si se presenta una accin de nulidad electoral qu

    jurisdiccin la conoce y cul trmino tiene para decidir?

    ARTICULO 264 C.N. El Consejo Nacional Electoral se compondr denueve (9) miembros elegidos por el Congreso de la Repblica en pleno, para unperodo institucional de cuatro (4) aos, mediante el Sistema de Cifra Repartidora,previa postulacin de los partidos o movimientos polticos con personera jurdica o porcoaliciones entre ellos. Sus miembros sern servidores pblicos de dedicacin

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    exclusiva, tendrn las mismas calidades, inhabilidades, incompatibilidades y derechosde los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y podrn ser reelegidos por unasola vez.

    PARGRAFO. La jurisdiccin contencioso administrativa decidir la accin de nulidad

    electoral en el trmino mximo de un (1) ao.

    En los casos de nica instancia, segn la ley, el trmino para decidir no podr excederde seis (6) meses.

    24. De qu se encarga el Consejo Nacional Electoral?

    25. Enumere las atribuciones especiales del Consejo Nacional Electoral.

    ARTICULO 265. El Consejo Nacional Electoral regular, inspeccionar,vigilar y controlar toda la actividad electoral de los partidos y movimientos polticos,de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos ycandidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a elloscorresponden, y gozar de autonoma presupuestal y administrativa. Tendr lassiguientes atribuciones especiales:

    1. Ejercer la suprema inspeccin, vigilancia y control de la organizacin electoral.2. Dar posesin de su cargo al Registrador Nacional del Estado Civil.3. Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra lasdecisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y en tales casos hacer ladeclaratoria de eleccin y expedir las credenciales correspondientes.4. Adems, de oficio, o por solicitud, revisar escrutinios y los documentos electoralesconcernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de eleccin con elobjeto de que se garantice la verdad de los resultados.5. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su competencia, presentarproyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto.6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Polticos yde las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinin poltica; por los derechosde la oposicin y de las minoras, y por el desarrollo de los procesos electorales encondiciones de plenas garantas.7. Distribuir los aportes que para el financiamiento de las campaas electorales y paraasegurar el derecho de participacin poltica de los ciudadanos, establezca la ley.8. Efectuar el escrutinio general de toda votacin nacional, hacer la declaratoria deeleccin y expedir las credenciales a que haya lugar.9. Reconocer y revocar la Personera Jurdica de los partidos y movimientos polticos.10. Reglamentar la participacin de los Partidos y Movimientos Polticos en los mediosde comunicacin social del Estado.11. Colaborar para la realizacin de consultas de los partidos y movimientos para latoma de decisiones y la escogencia de sus candidatos.

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    12. Decidir la revocatoria de la inscripcin de candidatos a Corporaciones Pblicas ocargos de eleccin popular, cuando exista plena prueba de que aquellos estnincursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitucin y la ley. En ningn casopodr declarar la eleccin de dichos candidatos.13. Darse su propio reglamento.14. Las dems que le confiera la ley.

    26. Cmo se escoge a Registrador Nacional del Estado Civil? Cul es su perodo?Qu calidades debe reunir? Qu dispone la CN en materia de inhabilidades?Se permite su reeleccin?

    ARTICULO 266. El Registrador Nacional del Estado Civil ser escogidopor los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y elConsejo de Estado, mediante concurso de mritos organizado segn la ley. Superodo ser de cuatro (4) aos, deber reunir las mismas calidades que exige laConstitucin Poltica para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y no haberejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos polticos dentro delao inmediatamente anterior a su eleccin.

    Podr ser reelegido por una sola vez

    27. Cules son las funciones constitucionales del Registrador Nacional del EstadoCivil?

    Art. 266 C.N. y ejercer las funciones que establezca la ley, incluida la direccin yorganizacin de las elecciones, el registro civil y la identificacin de las personas, ascomo la de celebrar contratos en nombre de la Nacin, en los casos que aquelladisponga.

    28. Cmo se encuentra conformada la Registradura Nacional? qu naturalezatienen los cargos de naturaleza administrativa o electoral?

    Art. 266 C.N. La Registradura Nacional estar conformada por servidores pblicosque pertenezcan a una carrera administrativa especial a la cual se ingresarexclusivamente por concurso de mritos y que prever el retiro flexible de conformidadcon las necesidades del servicio. En todo caso, los cargos de responsabilidadadministrativa o electoral sern de libre remocin, de conformidad con la ley.

    PARGRAFO TRANSITORIO. El perodo de los actuales miembros del ConsejoNacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil ir hasta el ao 2006. Lasiguiente eleccin de unos y otro se har de conformidad con lo dispuesto en elpresente Acto Legislativo.