40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la...

29
PROTEGIENDO DERECHOS CORTE IDH 40 años ESP

Transcript of 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la...

Page 1: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

1

PROTEGIENDO D E R E C H O S

CORTE IDH

40 años

ESP

Page 2: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

2 3

40 ANIVERSARIO

DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS

Y DE LA CREACIÓN DE LA

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

DATOS Y CIFRAS

Page 3: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

4 5

Publicado por:

Corte Interamericana de Derechos Humanos – Corte IDHAvenida 10, Calles 45 y 47 Los Yoses, San PedroSan José, Costa RicaT +506 2527 1600F +506 2280 5074www.corteidh.or.cr

Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbHRegistros mercantiles de la GIZ: Bonn y Eschborn, Alemania“Derecho Internacional Regional y Acceso a la Justicia en América Latina - DIRAJus“Agencia de la GIZ San José, Costa RicaT +506 2520 1535F +506 2510 1528www.giz.dewww.dirajus.de

Edición: 40 aniversario, San José Costa Rica, Julio 2018

FotografíasCortesía Corte Interamericana de Derechos Humanos

DiseñoDeutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH(Emily Watson Godínez)

Por encargo del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) de Alemania.

Descargo de responsabilidad

Este documento es el resultado de un esfuerzo compartido de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el programa “Derecho Internacional Regional y Acceso a la Justicia en América Latina - DIRAJus” de la Cooperación Alemana para el desarrollo, GIZ. Su objetivo es proporcionar información general básica sobre la evolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El contenido de la publicación no es vinculante para el Tribunal.

Para obtener información más detallada, consulte los documentos emitidos por la Secreta-ría disponibles en el sitio web de la Corte www.corteidh.or.cr.

ÍNDICE

Prólogo Corte IDH Pág. 7

Prólogo BMZ Pág. 11

Resumen Histórico Pág. 14

Fechas Claves en 40 años Pág. 18

Presidentes de la Corte IDH Pág. 24

Información Estadística Pág. 28

Sentencias y Opiniones Consultivas Pág. 42emblemáticas dictadas por la Corte IDH

Page 4: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

6 7

En este 2018 se cumplen 40 años de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Este tratado constituye uno de los pilares fun-damentales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sistema que tiene como objetivo proteger los derechos fundamentales de todos los habitantes de la región. Esto nos permite afirmar que el origen, la razón de ser y la esencia de este sistema son las víctimas de violaciones de derechos humanos. Cada engranaje del sistema trabaja para mejorar su situación, funciona para tutelar sus derechos y existe con el objetivo de garantizarles que se haga justicia y de evitar nuevas violacio-nes.

Hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se enorgullece de trabajar por con-solidar el “régimen de libertad personal y de justicia social” que propone el Preámbulo de la Convención, y reconoce que aún queda un largo camino por recorrer en nuestra América Latina, región que todavía enfrenta grandes retos en materia de derechos humanos.

A lo largo de este camino de cuatro décadas, el Tribunal ha visibilizado y protegido a per-sonas y grupos en situación de vulnerabilidad que históricamente han sido relegados. La Corte ha establecido estándares de especial relevancia para la protección de los derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres, per-sonas mayores, pueblos indígenas y tribales, personas con discapacidad, afrodescendien-

PRÓLOGO

Page 5: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

8 9

tes y personas LGTBI. Es rica también la jurisprudencia in-teramericana a favor de migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, privados de la libertad, desplazados forzados, defensoras y defensores de derechos humanos, periodistas y personas en situación de pobreza.

El trabajo de este Tribunal por mejorar el Sistema Interamerica-no no solo se refleja en el contenido de sus sentencias, sino tam-bién en el ámbito institucional. En una búsqueda constante por garantizar el acceso a la justicia interamericana, las sucesivas reformas del Reglamento de la Corte IDH reflejan cómo ha evo-lucionado el rol de las presuntas víctimas. Actualmente, son uno de los protagonistas del proceso y cuentan con una participación activa a lo largo de todas sus instancias. Además, innovaciones como la figura del Defensor Público Interamericano y el Fondo de Asistencia Legal permiten garantizar que todo aquel que lo necesite cuente con una adecuada asesoría legal y con los recur-sos necesarios para preparar su caso ante la Corte.

A lo largo de su lucha por proteger los derechos humanos, el Tribunal se ha nutrido con los aportes de la sociedad civil, de la academia y de distintas voces que claman por los derechos de todos los habitantes de la región. Cabe destacar que esta insti-tución no fue indiferente a los cambios trascendentales que se produjeron en las sociedades del continente y del mundo. Cum-pliendo con su misión de interpretar la Convención a la luz del contexto histórico en que nos encontramos, las sentencias de la Corte han extendido la protección del Sistema Interamericano afianzando la necesidad de evitar daños al medio ambiente y establecieron la justiciabilidad directa de los derechos sociales interamericanos, entre otras medidas recientes.

Al cumplir 40 años de existencia, la Corte IDH presenta la pu-blicación “40 aniversario de la entrada en vigor de la Conven-ción Americana sobre Derechos Humanos y de la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Algunos datos y cifras” que fue elaborada con el apoyo del programa “Derecho Internacional Regional y Acceso a la Justicia en América Lati-na – DIRAJus” de la Cooperación Alemana (GIZ). Esta breve y puntual publicación pretende dar a conocer, a través de una se-lección de datos y cifras, la evolución tanto institucional como jurisprudencial que ha tenido la Corte IDH en su desempeño judicial. Para ello, se hace un repaso de la gestación del Siste-ma Interamericano, un recuento de las fechas conmemorativas y de las estadísticas más reveladoras sobre la labor de la Corte, evidenciando la permanente búsqueda de fortalecer su gestión. Asimismo, se destacan algunas decisiones de la Corte (tanto de casos contenciosos como de opiniones consultivas) que son consideradas emblemáticas por la diversidad, alcance y trascen-dencia del aporte jurisprudencial en la justicia regional.

Desde la Corte IDH, esperamos que esta compilación de da-tos y cifras anime a las personas a conocer más sobre la labor que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo, esperamos que este documento sea de interés también para aquellas personas de otras regiones que quieran tener un panorama general del trabajo de la Corte en el ámbito del Siste-ma Interamericano, su jurisprudencia, trascendencia y aporte al desarrollo de los Derechos Humanos.

Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Page 6: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

10 11

PRÓLOGO

The idea of human rights is based on the fundamental com-mitment of States to “the inherent dignity of all members of the human family” as the Universal Declaration of Human

Rights proclaims. Adopted by the General Assembly of the United Nations in 1948, the UN Declaration is a milestone in the history of human rights. For 70 years now, it sets a common standard of achievements and duties for all peoples and all nations. The Uni-versal Declaration has given rise to a range of other international and regional agreements, such as the International Covenant on Civil and Political Rights and the American Convention on Hu-man Rights.

Working towards a world in which all people can exercise their fundamental rights is an important imperative, also in the fra-mework of the Sustainable Development Goals. Regional human rights treaties and instruments are contributing towards the aim of access to justice. These treaties and their protection mechanisms have contributed to important changes in the laws of many coun-tries. They are also becoming particularly important for the work of judges, prosecutors and lawyers, who may have to apply them in the exercise of their professional duties.

Protecting and strengthening human rights plays also an important role for Germany in its development policy. Human rights are uni-versal. That is why we are committed, together with our partner countries in the Americas, to protecting people from violations of their rights and basic freedoms. Through our regional project “Regional International Law and Access to Justice – DIRAJus” the German Federal Ministry for Economic Cooperation and De-velopment (BMZ) supports the efforts of regional human rights bodies in the Americas.

It is therefore our pleasure and honor to contribute to the publica-tion of this booklet, intended to celebrate the 40th anniversary of the entry into force of the American Convention on Human Rights and to increase knowledge about this Convention.

Dr. Christiane Bögemann-HagedornDirector Latin America

German Federal Ministry for Economic Cooperation and Development (BMZ)

Page 7: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

12 13

Dr. Christiane Bögemann-Hagedorn Directora de Latinoamérica

Ministerio de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania (BMZ)

Texto traducido por la Secretaría de la Corte Interaméricana de Derechos Humanos, junio 2018.

La idea de derechos humanos se basa en el compromiso fundamental de los Estados con “la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana” tal como lo proclama la Declaración Universal de Derechos Humanos. La Declaración Universal, adoptada por la Asam-blea General de las Naciones Unidas en 1948, es un hito en la historia de los derechos humanos. Desde hace 70 años establece un estándar común de logros y deberes para todos los pueblos y todas las nacio-nes. La Declaración Universal dio origen a una serie de otros tratados internacionales y regionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Hu-manos.

Trabajar por un mundo en el cual todas las personas puedan ejercer sus derechos fundamentales es un imperativo importante también en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Los tratados e ins-trumentos regionales de derechos humanos contribuyen al objetivo de acceso a la justicia. Estos tratados y sus mecanismos de protección han contribuido para lograr cambios importantes en las leyes de muchos países. Asimismo, son particularmente importantes para el trabajo de los jueces, fiscales y abogados, quienes pueden tener que aplicarlos en el ejercicio de sus funciones profesionales.

La protección y el fortalecimiento de los derechos humanos tienen un papel central en la política de desarrollo de Alemania. Los derechos humanos son universales. Por esta razón, tenemos un compromiso, junto con nuestros países socios en América, de proteger a las perso-nas contra las violaciones a sus derechos y libertades básicas. A través de nuestro proyecto regional, – DIRAJus” (Derecho Internacional Re-gional y Acceso a la Justicia), el Ministerio Federal para la Coopera-ción y el Desarrollo Económico (BMZ) en Alemania apoya el trabajo de los organismos regionales de derechos humanos en el continente americano.

Por lo tanto, es nuestro placer y honor poder contribuir con esta publi-cación destinada a celebrar el 40 aniversario de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos e incrementar el conocimiento acerca de esta Convención.

RESUMEN HISTÓRICO

Page 8: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

14 15

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como “Pacto de San José de Costa Rica”, es un tratado internacional adop-tado en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA). La Convención Americana fue aprobada en la Conferencia Especializada In-teramericana sobre Derechos Humanos en 1969 y entró en vigor en 1978. Por ello, en el presente año (2018), la Convención Americana celebra su 40 aniversario de vigencia.

Los antecendentes de la Convención Americana se remontan a años atrás. Al final de la Segunda Guerra Mundial, los Estados de América se reunie-ron en México y decidieron que debía redactarse una declaración sobre derechos humanos, que sentaría las bases de una convención. En 1948 se adoptó la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, se trata del primer instrumento general en materia de derechos humanos, ya que fue adoptado meses antes de la Declaración Universal. Ese mismo año se aprobó la Carta de la OEA, mediante la cual se constituyó dicha organización.

El pleno respeto de los derechos humanos aparece en varias secciones de la Carta de la OEA, que establece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como órgano principal de la OEA para la protección y promo-ción de los derechos humanos. La Comisión tiene su sede en Washington, D.C. (EE.UU.). Está compuesta por siete expertos independientes que son elegidos por mandatos de cuatro años por la Asamblea General de la OEA y pueden ser reelegidos una sola vez. Además, una Secretaría, encabezada por un Secretario Ejecutivo, la asiste en su labor.

Asimismo, en 1967, se presentó el proyecto de Convención Americana sobre Derechos Humanos a los Estados Parte de la OEA. El texto final de

RESUMEN HISTÓRICO

la Convención fue adoptado en la Conferencia Especializada Interameri-cana sobre Derechos Humanos, que se reunió en San José, Costa Rica, en 1969. La Convención Americana, finalmente, entró en vigor después de que se depositara el undécimo instrumento de ratificación el 18 de julio de 1978.

La importancia de la CADH radica no sólo en el ámbito de los derechos fundamentales que protege, sino también en el sistema de protección esta-blecido para examinar supuestas violaciones y garantizar que los Estados cumplan con sus obligaciones en virtud del Convenio. El “Pacto San José” establece la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual fue instalada formalmente el 3 de septiembre de 1979. Actualmente, 23 Estados Miembros de la OEA han ratificado la CADH y 20 Estados han aceptado la competencia contenciosa de la Corte Interamericana.

Según la Convención Americana, la Corte tiene (a) funciones contencio-sas, (b) funciones consultivas y (c) la facultad de ordenar medidas provi-sionales. Su función contenciosa también comprende una etapa de super-visión de cumplimiento de las sentencias. La Corte está compuesta por siete jueces elegidos por un término de seis años por los Estados Parte de la CADH quienes pueden ser reelegidos sólo una vez. Los integrantes del tribunal escogen a su Presidente y Vicepresidente. La Corte tiene su sede permanente en San José, Costa Rica. Los jueces son asistidos en el ejercicio de sus funciones por la Secretaría de la Corte, encabezada por un Secretario.

Hoy en día, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos está com-puesto por dos órganos: la Comisión Interamericana de Derechos Huma-nos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los dos órganos del

Page 9: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

16 17

Sistema Interamericano tienen funciones y mandatos distintos. La Comi-sión es un órgano cuasijurisdiccional mientras que la Corte es un órganoeminentemente jurisdiccional. Por su parte, la Comisión tiene funciones más amplias y generales en torno a difundir y promover los derechos hu-manos, así como denunciar violaciones o analizar situaciones generales de derechos humanos en la región o en un país determinado.

Para que un caso llegue a ser conocido por la Corte Interamericana es ne-cesario que éste sea sometido a su conocimiento por parte de la ComisiónInteramericana o por un Estado. Esto quiere decir que no hay un acceso directo de las víctimas al proceso ante la Corte Interamericana, sino que éstas deben primero presentar una petición ante la CIDH y ésta debe emitir un informe de fondo con recomendaciones. En caso de que estas reco-mendaciones no sean cumplidas por parte del Estado, el caso puede ser sometido a la Corte.

En los últimos 40 años, la Corte IDH ha dictado muchas sentencias im-portantes. Sus fallos son vinculantes para los Estados que han aceptado su jurisdicción y han obligado a los gobiernos a reformar su legislación y la práctica judicial y administrativa en muchos campos. Los temas sobre los cuales la Corte IDH ha dictado sentencia se refieren, entre otros, al derecho a la vida, a la tortura, a la desaparición forzada de personas, a la pena de muerte, a las garantías de debido proceso y a la protección judicial, a la protección consular, a la libertad de pensamiento y expresión y su protec-ción en armonía con otros derechos, al acceso a la información, a los dere-chos de los niños y las niñas y de la familia, a los derechos de la mujer y a los derechos políticos. Recientemente, la Corte IDH ha abordado nuevos temas tales como el principio de no discriminación basado en la orienta-ción sexual y la identidad de género, los métodos de fertilización in vitro, la esclavitud contemporánea y la trata de personas, los derechos de los pueblos indígenas y la consulta previa, entre muchos otros. A través de la jurisprudencia de la Corte IDH, la Convención Americana sobre Derechos Humanos se ha convertido en un instrumento dinámico en la respuesta a los nuevos desafíos sociales y a la promoción del Estado de Derecho y la democracia en las Américas.

La Corte vigila el respeto de los derechos humanos de más de 550 millones de personas que viven en los 20 Estados que actualmente han aceptado su jurisdicción.

FECHAS CLAVES EN 40 AÑOS

Page 10: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

18 19

2 de mayo de 1948Adopción de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre por parte de la IX Conferencia Internacional Americana, hito que marca el nacimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Se trata del primer instrumento internacional de derechos humanos de ca-rácter general.

12 a 18 de agosto de 1959Creación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por resolución de la Quinta Reunión de Consulta de Ministros de Relacio-nes Exteriores en Santiago de Chile. Así la Comisión Interamericana de Derechos Humanos era el único órgano del Sistema Interamericano res-ponsable de la promoción y protección de los derechos humanos.

22 de noviembre de 1969Adopción de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tam-bién conocida como “Pacto de San José de Costa Rica”. Se trata de uno de los pilares fundamentales del Sistema Interamericano y dio origen a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

18 de julio de 1978Entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o “Pacto de San José de Costa Rica”.

22 de mayo de 1979 Elección de los primeros jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los Estados Parte durante la Séptima Sesión Especial de la Asamblea General de la OEA.

29 y 30 de junio de 1979 Primera reunión de los jueces en la sede de la OEA en Washington, D.C. Durante la reunión se llevó a cabo la elección del primer Presidente y

Vicepresidente de la Corte, Rodolfo Piza Escalante y Máximo Cisneros Sánchez.

3 de septiembre de 1979 Se llevó a cabo la ceremonia de establecimiento de la Corte en San José, Costa Rica. Durante el Sexto Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, en noviembre de 1978, los Estados Parte de la Con-vención habían aceptado la oferta formal del Gobierno de Costa Rica para establecer la sede del Tribunal en su país.

3 a 14 de septiembre de 1979 Primer Período Ordinario de Sesiones de la Corte.

20 a 30 de octubre de 1979 El Estatuto de la Corte fue aprobado durante el Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA.

16 a 18 de junio de 1980 Primer Período Extraordinario de Sesiones de la Corte.

30 de julio a 9 de agosto de 1980 La Corte adopta su primer Reglamento durante el Tercer Período Ordina-rio de Sesiones.

30 de julio de 1980 La Corte Interamericana y el Gobierno de la República de Costa Rica fir-maron un convenio por el cual se creó el Instituto Interamericano de De-rechos Humanos. El IIDH es una institución dedicada a la enseñanza, la investigación y la promoción de los derechos humanos.

10 de septiembre de 1981 El Gobierno de Costa Rica y la Corte firmaron un Convenio de Sede, que

FECHAS CLAVES EN 40 AÑOS

Page 11: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

20 21

incluye el régimen de inmunidades y privilegios de la Corte, de los jueces, del personal y de las personas que comparezcan ante ella.

24 de septiembre de 1982 La Corte emite su primera Opinión Consultiva sobre el término “Otros tratados” objeto de la función consultiva del Tribunal.

29 de julio de 1988La Corte emitió un fallo histórico en su primer caso contencioso, Ve-lásquez Rodríguez contra Honduras donde por primera vez un tribunal internacional estableció los elementos constituyentes de la desaparición forzada, ocho años antes de la entrada en vigor de la Convención Intera-mericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

9 a 13 de mayo de 2005La Corte IDH sesionó fuera de su sede por primera vez. El acontecimiento tuvo lugar en Asunción, Paraguay, en el marco del XXVI Período Extraor-dinario de Sesiones. Las sesiones que se celebran fuera de la sede de la Corte son un mecanismo muy importante para que la sociedad de cada país pueda observar directamente su labor.

1 de enero de 2010 Entró en vigor el nuevo Reglamento de la Corte Interamericana, que fue adoptado durante su LXXXV Período Ordinario de Sesiones, que se ce-lebró del 16 al 28 de noviembre del 2009. Entre las principales reformas, el nuevo Reglamento fortaleció la participación de las presuntas víctimas en el proceso. La presunta víctima, a través de su representante legal, pasó a ser quien vela directamente por sus intereses en el litigio. Los princi-pios del contradictorio, la igualdad de armas y el balance entre las partes se reafirmaron. En este sentido, se introdujeron dos nuevos mecanismos diseñados para fortalecer el acceso a la justicia interamericana de las víc-timas y para asegurar que aquellas que carecen de recursos económicos suficientes o que no tienen representante legal puedan llevar su caso ante la Corte: el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas y el Defensor Público Interamericano. Con el objetivo de poner en práctica la figura del Defensor Público Interamericano, ese mismo día, entró en vigor el Memorando de Entendimiento firmado por la Corte con la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF).

1 de junio de 2010 Entró en vigor el Reglamento sobre el Funcionamiento del Fondo de Asis-tencia Legal de Víctimas.

21 de abril de 2012Una delegación de jueces de la Corte Interamericana realizó una diligencia en el lugar de los hechos de un caso contencioso sometido a su jurisdicción. Una delegación de la Corte, acompañada por delegaciones de la Comisión, de los representantes y del Estado, visitó el territorio del Pueblo Sarayaku.

Enero de 2015Entró en funcionamiento una Unidad de la Secretaría de la Corte dedicada exclusivamente a la supervisión del cumplimiento de las sentencias con el fin de acompañar adecuadamente a los Estados y a los representantes de las víctimas en el proceso de acatamiento de las decisiones, así como la debida implementación de las reparaciones ordenadas en sus fallos.

24 de marzo de 2015Inicio de la digitalización de la comunicación interna y externa de la Corte: introducción del expediente digital y activación de la transmisión electró-nica de documentos.

19 de junio de 2015La Corte IDH emitió una serie de cuadernillos de jurisprudencia. Se trata de diversas publicaciones que buscan difundir los estándares internaciona-les de la Corte Interamericana acerca de diversos temas como los derechos de la mujer, desapariciones forzadas y derechos indígenas, entre otros. El objetivo es facilitar el estudio, análisis y divulgación de la jurisprudencia de la Corte IDH. Las versiones digitales de estas publicaciones pueden encontrarse en la página web del Tribunal.

28 de agosto de 2015En Honduras, se llevaron a cabo audiencias de supervisión de cumplimien-to de sentencias en el territorio del propio Estado que había sido condena-do internacionalmente.

9 de febrero de 2016Con una amplia convocatoria, se celebra por primera vez una Ceremonia

Page 12: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

22 23

de apertura del año judicial interamericano. Además, se realizó el semina-rio internacional ‘‘San José: capital de los derechos humanos’’, que contó con la participación de jueces y juezas internacionales y nacionales, altas autoridades nacionales, expertos y expertas, abogados y abogadas, estu-diantes, entre otros.

Febrero de 2016Se publicó el Digesto en la página web de la Corte IDH. Esta obra recopila, desde la perspectiva normativa, todos los pronunciamientos de la Corte IDH que constituyen un estándar internacional, lo que crea una especie de “Convención Detallada”. El Digesto contiene todos los pronunciamientosjurídicos relevantes de la Corte IDH respecto de un artículo particular de la Convención, ordenados por conceptos jurídicos temáticamente relacio-nados, yendo desde los pronunciamientos más abstractos hacia los más concretos.

20 a 22 de abril de 2017La Corte IDH, el Grupo de Integridad Judicial y la Comisión Iberoameri-cana de Ética Judicial celebraron una conferencia internacional sobre “Éti-ca Judicial y Lucha contra la Corrupción: Independencia Judicial, Res-ponsabilidad Judicial y el Rol de Organizaciones Especializadas bajo el objetivo 16 de la Agenda 2030”.

13 a 24 de noviembre de 2017En el 120 Período Ordinario de Sesiones de la Corte IDH, los Jueces Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y Eduardo Vio Grossi fueron elegidos Presidente y Vicepresidente, respectivamente, para el período 2018-2019. Dieron inicio a su mandato el 1 de enero de 2018.

4 y 5 de diciembre de 2017La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte IDH orga-nizaron el Primer Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en la sede de la Comisión en Washington, D.C.

PRESIDENTES DE LA CORTE IDH

Page 13: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

24 25

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Roberto de Figueiredo Caldas

Humberto Sierra Porto

Diego García-Sayán

Cecilia Medina Quiroga

Sergio García Ramírez

Antônio Augusto Cançado Trindade

Hernán Salgado Pesantes

Héctor Fix Zamudio

Rafael Nieto Navia

Héctor Fix Zamudio

Héctor Gros Espiell

Rafael Nieto Navia

Thomas Buergenthal

Pedro Nikken

Carlos Roberto Reina

Rodolfo E. Piza Escalante PERIODO1979-1981

PERIODO2018-2019

PERIODO2004-2007

PERIODO1990-1993

PERIODO2016-2017

PERIODO1999-2003

PERIODO1989-1990

PERIODO2014-2015

PERIODO1997-1999

PERIODO1987-1989

PERIODO2010-2013

PERIODO1994-1997

PERIODO1985-1987

PERIODO2008-2009

PERIODO1993-1994

PERIODO1983-1985

PERIODO1981-1983

PRESIDENTES DE LA CORTE IDH (1979-2019)

COMPOSICIÓN ACTUAL DE LA CORTE

Fotografía Oficial junio 20181

1Al frente de izquierda a derecha: Juez Humberto Antonio Sierra Porto; Juez Eduardo Vio Grossi, Vicepresidente; Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Presidente; Jueza Elizabeth Odio Benito. Detrás de izquierda a derecha: Juez Eugenio Raúl Zaffaroni y Juez Patricio Pazmiño Freire.

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Presidente

Eduardo Vio Grossi Vicepresidente

Humberto Sierra PortoJuez

Elizabeth Odio BenitoJueza

Eugenio Raúl ZaffaroniJuez

Patricio Pazmiño FreireJuez

Page 14: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

26 27

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA

Page 15: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

28 29

Presentación de Casos Contenciosos ante la Corte IDH (1979-2017)

Fuente: Consulta de Informes Anuales de la Corte IDH hasta el 2017.

GRÁFICO 1

Sentencias por Estado (1979-2017)

Fuente: Revisión de Casos Contenciosos en la página web de la Corte IDH hasta el 02/2018. El número de sentencias no se corresponde, necesariamente, con el número de casos contenciosos. En un mismo caso, la Corte Interamericana puede dictar distintos tipos de sentencias (de excepciones preliminares, de fondo, de reparaciones y de interpretación de sentencia).

GRÁFICO 2

Page 16: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

30 31

Formas de reparación de la Corte IDH Medidas de reparación no pecuniarias ordenadas por la Corte IDH (1979-2017)2

2La Corte ha ordenado reparaciones en un total de 219 casos contenciosos hasta el 2017. En cada sentencia, la Corte ordena múltiples medidas de reparación.

GRÁFICO 3

1-Medidas de restitución: restablecimiento, hasta donde sea posible, de la situación previa a la violación (p. ej. restablecimiento de la libertad de per-sonas detenidas ilegalmente; reincorporación laboral; regreso de personas desplazadas o exiliadas; dejar sin efecto decisiones internas; eliminación de antecedentes judiciales y/o administrativos; devolución o restitución de bienes, y restitución, demarcación, titulación, y saneamiento de propiedad comunal indígena).

2-Medidas de rehabilitación: brindar a las víctimas atención médica, psi-cológica y/o psiquiátrica.

3-Medidas de satisfacción: actos u obras de alcance o repercusión pública orientados a la conmemoración de las víctimas o los hechos del caso, el reconocimiento de su dignidad y el consuelo de sus deudos (p.ej. determi-nar el paradero de víctimas desaparecidas o identificación y entrega de sus restos; acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; pu-blicación y difusión de la Sentencia de la Corte IDH, monumentos, placas o espacios públicos en conmemoración de las víctimas o hechos, otorgar a las víctimas becas o capacitación vocacional, otorgar viviendas a víctimas, y planes de desarrollo comunal).

4-Garantías de no repetición: medidas tendientes a que no vuelvan a ocu-rrir violaciones a los derechos humanos como las sucedidas en los casos que fueron materia de estudio de la Corte (p. ej. modificación de normas jurídicas o prácticas de los Estados que son contrarias a la Convención; expedición de normas jurídicas o desarrollo de prácticas para proteger y garantizar derechos humanos; capacitación en derechos humanos a funcio-narios estatales, y sensibilización, educación o difusión para la sociedad en derechos humanos).

5-Obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsa-bles de violaciones a derechos humanos constatadas en los casos.6-Indemnizaciones por daño material e inmaterial y reintegro de costas y gastos.

Fuente: Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Page 17: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

32 33

Cifras aproximadas sobre las violaciones de artículos de la Convención según la jurispru-dencia contenciosa (1979-2018)

Fuente: Revisión de las sentencias de fondo de la Corte IDH desde 1979 hasta junio 2018. Los con-ceptos jurispridenciales tales como acceso a la justicia (Art. 8, 25, 1.1 CADH) o la desaparición for-zada (Art. 4, 5, 7, 1.1 CADH) se contabilizaron de manera individual en cada una de las sentencias analizadas.

IMAGEN 1

Indemnizaciones y pagos ordenados por la Corte IDH (1979-2017)3

Fuente: Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

IMAGEN 2

3El Fondo de Asistencia Legal de Víctimas comenzó a funcionar en el año 2010.

Page 18: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

34 35

Tipos de Resolución de la Corte IDH (1979-2018)

Fuente: Información del sitio web de la Corte IDH a junio 2018.

IMAGEN 3

DIG

ESTO

Fuen

te: I

nfor

mac

ión

sum

inis

trada

por

el p

roye

cto

DIR

AJu

s.

IMÁGEN 4

El D

iges

to es

una

com

pila

ción

sist

emát

ica d

e los

pro

nunc

iam

ient

os en

la ju

rispr

uden

cia c

onte

ncio

sa d

e la C

orte

IDH

que

conc

retiz

an lo

s crit

erio

s no

rmat

ivos

de

los

artíc

ulos

de

la C

onve

nció

n A

mer

ican

a de

Der

echo

s H

uman

os (C

AD

H),

yend

o de

sde

los

pron

unci

amie

ntos

más

abs

tract

os

haci

a lo

s más

con

cret

os (l

ógic

a de

TH

EMIS

).

¿Par

a qu

é si

rve

el D

IGES

TO ?

La

sist

emat

izac

ión

de

los

pro-

nunc

iam

ient

os s

egún

la

lógi

ca d

e TH

EMIS

per

mite

con

ocer

ráp

ida

y fá

cilm

ente

los

res

ulta

dos

de l

a la

bor

inte

rpre

tativ

a qu

e re

aliz

a la

Cor

te I

DH

con

rel

ació

n a

la

CA

DH

, si

n te

ner

que

revi

sar

las

sent

enci

as u

na p

or u

na.

La h

erra

mie

nta

es u

n es

fuer

zo

conj

unto

del

Áre

a Le

gal

de

la C

orte

ID

H y

del

pro

gram

a D

erec

ho I

nter

naci

onal

Reg

io-

nal

y A

cces

o a

la J

ustic

ia e

n A

mér

ica

Latin

a (D

IRA

Jus)

de

la c

oope

raci

ón a

lem

ana/

GIZ

.

Act

ualm

ente

exi

sten

los

dig

es-

tos

para

los

arts

. 1, 2

, 8 y

25

de

la C

AD

H q

ue s

on lo

s qu

e m

ás s

e re

laci

onan

con

el a

cces

o a

la ju

s-tic

ia. H

asta

juni

o de

201

8 se

han

co

ntad

o m

ás d

e 28

706

ingr

esos

a

la p

lata

form

a.

Acc

eso

al D

IGES

TOD

esde

la p

ágin

a si

tio w

eb d

e la

Cor

te ID

Hht

tp: /

/ cor

teid

h.or

.cr O

pció

n: Ju

rispr

uden

cia

O b

ien

dire

ctam

ente

en:

http

: // w

ww.

corte

idh.

or.c

r/cf/t

hem

is/d

iges

to/

Page 19: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

36 37

Fuente: Sitio web de la OEA.

IMAGEN 5

Instrumentos Regionales de Protección y Promoción de Derechos Humanos

IMAGEN 6

Fuente: Información suministrada por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El 11 de enero de 2017 entra en vigor la Convención Interameri-cana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Per-sonas Mayores.

El 11 de noviembre de 2017 entra en vigor la Convención Intera-mericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y formas conexas de Intolerancia.

El 11 de septiembre de 2001 se adopta la Carta Democrática In-teramericana.

El 2 de mayo de 1948 se adop-ta la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

El 18 de julio de 1978 entra en vigor la Convención America-na sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José de Costa Rica”).

El 28 de febrero de 1987 entra en vigor la Convención Interame-ricana para Prevenir y Sancio-nar la Tortura.

El 28 de agosto de 1991 entra en vigor el Protocolo a la Conven-ción Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Aboli-ción de la Pena de Muerte.

El 5 de marzo de 1995 entra en vigor la Convención Interame-ricana para Prevenir, Sancio-nar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”).

El 28 de marzo de 1996 entra en vigor la Convención Interameri-cana sobre Desaparición Forza-da de Personas.

El 16 de noviembre de 1999 entra en vigor el Protocolo Adicional a la Convención Americana so-bre Derechos Humanos en ma-teria de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protoco-lo de San Salvador).

El 14 de septiembre de 2001 entra en vigor la Convención Intera-mericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discri-minación contra las Personas con Discapacidad.

Page 20: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

38 39

TABLA 1

4Función por medio de la cual la Corte responde a consultas formuladas por los Estados miembros o ciertos órganos de la OEA sobre la interpretación de la Convención Americana o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos. Asimismo, a solicitud de un Estado miembro de la OEA, la Corte puede emitir su opinión sobre la compatibilidad de las normas internas y los instrumentos del Sistema Interamericano.

Opiniones Consultivas (1982-2017)4

Page 21: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

40 41

SENTENCIAS Y OPINIONES CONSULTIVASEMBLEMÁTICAS DICTADAS POR LA CORTE IDH

(1979 – 2017)

Page 22: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

42 4342

CASO

S CO

NTE

NCI

OSO

S

C C

ON

TEN

CIO

SOFE

CH

A D

E LA

SEN

TEN

CIA

(FO

ND

O)

ART

ÍCU

LOS

VIO

LAD

OS

HEC

HO

S

Cas

o Ve

lásq

uez

Rod

rígue

z V

s. H

ondu

ras.

Fond

o. S

erie

C N

o. 4

29 d

e ju

lio d

e 19

88V

iola

ción

de a

rtícu

los:

4 (D

erec

ho a

la v

ida)

, 5 (D

ere-

cho

a la

inte

grid

ad p

erso

nal)

y 7

(Der

echo

a la

libe

r-ta

d pe

rson

al),

todo

s en

cone

xión

con

el a

rtícu

lo 1

.1.

Secu

estro

, to

rtura

, m

uerte

y p

oste

rior

desa

pari-

ción

forz

ada

de la

víc

tima

(est

udia

nte

de la

Uni

-ve

rsid

ad N

acio

nal A

utón

oma

de H

ondu

ras)

por

pa

rte d

e ag

ente

s de

l est

ado,

el 1

2 de

sep

tiem

bre

de 1

981.

Los

trib

unal

es d

e ju

stic

ia n

o ef

ectu

aron

la

s inv

estig

acio

nes n

eces

aria

s par

a en

cont

rarlo

.

Cas

o A

loeb

oeto

e y

otro

s V

s. Su

-rin

am. F

ondo

. Ser

ie C

No.

11

4 de

dic

iem

bre

de 1

991

Se to

ma

nota

del

reco

noci

mie

nto

de re

spon

sabi

lidad

ef

ectu

ado

por

la R

epúb

lica

de S

urin

ame

y de

cide

qu

e ha

ces

ado

la c

ontro

vers

ia a

cerc

a de

los

hech

os

que

dier

on o

rigen

al c

aso.

Se

deci

de d

ejar

abi

erto

el

proc

edim

ient

o pa

ra lo

s ef

ecto

s de

las

repa

raci

ones

y

cost

as.

El 3

1 de

dic

iem

bre

de 1

987

mie

mbr

os d

e la

s fu

erza

s arm

adas

det

uvie

ron

a D

aiso

n A

loeb

oeto

e,

Ded

eman

u A

loeb

oeto

e, M

ikuw

endj

e A

loeb

oeto

e,

John

Am

oida

, Ric

hene

l Voo

la, M

artin

Indi

sie

Ba-

nai y

Ber

i Tio

po. R

iche

nel V

oola

trat

ó de

esc

apar

pe

ro lo

s mili

tare

s dis

para

ron

cont

ra é

l. Po

co ti

em-

po d

espu

és la

s otra

s sei

s per

sona

s fue

ron

ases

ina-

das p

or lo

s mili

tare

s.

Cas

o de

los “

Niñ

os d

e la C

alle

” (V

i-lla

grán

Mor

ales

y o

tros)

Vs.

Gua

te-

mal

a. F

ondo

. Ser

ie C

No.

63

19 d

e no

viem

bre

de 1

999

Vio

laci

ón d

e ar

tícul

os: 4

(D

erec

ho a

la v

ida)

, 5.1

y

5.2

(Der

echo

a l

a in

tegr

idad

per

sona

l), 7

(D

erec

ho

a la

libe

rtad

pers

onal

), 8.

1 (D

erec

ho a

las

gara

ntía

s ju

dici

ales

), 19

(Der

echo

del

niñ

o) y

25

(Der

echo

a la

pr

otec

ción

judi

cial

) tod

os e

n co

nexi

ón c

on e

l artí

culo

1.

1. A

sim

ism

o, 1

, 6 y

8 d

e la

Con

venc

ión

Inte

ram

eri-

cana

par

a Pr

even

ir y

Sanc

iona

r la

Tortu

ra.

El 1

5 de

juni

o de

199

0, H

enry

Gio

vann

i Con

tre-

ras,

de 1

8 añ

os d

e eda

d, F

eder

ico

Cle

men

te F

igue

-ro

a Tú

nche

z, d

e 20

año

s, Ju

lio R

ober

to C

aal S

an-

dova

l, de

15

años

y Jo

vito

Josu

é Ju

árez

Cifu

ente

s, de

17

años

, fue

ron

ases

inad

os p

or m

iem

bros

de

la

polic

ía. E

l 25

de ju

nio

de 1

990

fue

ases

inad

o A

ns-

traum

Am

an V

illag

rán

Mor

ales

. No

se re

aliz

aron

m

ayor

es in

vest

igac

ione

s ni

se

sanc

iona

ron

a lo

s re

spon

sabl

es d

e lo

s hec

hos.

Cas

o “L

a Ú

ltim

a Ten

taci

ón d

e C

ris-

to“

(Olm

edo

Bus

tos

y ot

ros)

Vs.

Chi

le. F

ondo

, Rep

arac

ione

s y

Cos

-ta

s..Se

rie C

No.

73

5 de

febr

ero

de 2

001

Vio

laci

ón d

e ar

tícul

os: 1

3 (L

iber

tad

de p

ensa

mie

nto

y de

exp

resi

ón) e

n co

nexi

ón c

on lo

s artí

culo

s 1.1

y 2

.El

29

de n

ovie

mbr

e de

198

8 el

Con

sejo

de

Cal

ifi-

caci

ón C

inem

atog

ráfic

a re

chaz

ó la

exh

ibic

ión

de

la p

elíc

ula

“La

Últi

ma

Tent

ació

n de

Cris

to”.

El

17 d

e no

viem

bre

de 1

999

la C

ámar

a de

Dip

uta-

dos a

prob

ó un

pro

yect

o de

refo

rma

cons

tituc

iona

l te

ndie

nte

a el

imin

ar l

a ce

nsur

a pr

evia

en

la e

x-hi

bici

ón y

pub

licid

ad d

e la

pro

ducc

ión

cine

ma-

togr

áfica

. Sin

em

barg

o, d

os a

ños

desp

ués,

no s

e ha

bían

com

plet

ado

los t

rám

ites n

eces

ario

s par

a su

ap

roba

ción

.

Cas

o B

arrio

s A

ltos

Vs.

Perú

. Fon

-do

. Ser

ie C

No.

75

14

de

mar

zo d

e 20

01To

ma n

ota d

el re

cono

cim

ient

o de

resp

onsa

bilid

ad d

el

Esta

do y

dec

lara

vio

lado

s lo

s ar

tícul

os: 4

(D

erec

ho

a la

vid

a),

5 (D

erec

ho a

la

inte

grid

ad p

erso

nal),

8

(Der

echo

a la

s ga

rant

ías

judi

cial

es) y

25

(Pro

tecc

ión

judi

cial

) tod

os e

n co

nexi

ón c

on lo

s artí

culo

1.1

y 2

.

El 3

de

novi

embr

e de

199

1, s

eis

mie

mbr

os d

el

ejér

cito

ata

caro

n a

las p

erso

nas u

bica

das e

n el

ve-

cind

ario

de

Bar

rios A

ltos,

15 p

erso

nas f

alle

cier

on

y 4

qued

aron

gra

vem

ente

her

idas

. El

Con

gres

o pe

ruan

o pr

omul

gó u

na l

ey d

e am

nist

ía,

la c

ual

exon

erab

a de

resp

onsa

bilid

ad a

los

mili

tare

s, po

-lic

ías y

tam

bién

a c

ivile

s, qu

e hu

bier

an c

omet

ido,

en

tre 1

980

y 19

95, v

iola

cion

es a

los d

erec

hos h

u-m

anos

o p

artic

ipad

o en

esa

s vi

olac

ione

s. N

o se

re

aliz

aron

may

ores

inve

stig

acio

nes

ni s

e sa

ncio

-na

ron

a lo

s res

pons

able

s.

Cas

o de

la

Com

unid

ad M

ayag

na

(Sum

o) A

was

Tin

gni

Vs.

Nic

ara-

gua.

Fon

do, R

epar

acio

nes y

Cos

tas.

Serie

C N

o. 7

9

31 d

e ag

osto

de

2001

Vio

laci

ón d

e ar

tícul

os:

21 (

Der

echo

a l

a pr

opie

dad

priv

ada)

y 2

5 (P

rote

cció

n ju

dici

al)

ambo

s en

con

e-xi

ón c

on lo

s artí

culo

s 1.1

y 2

.

En m

arzo

de

1992

la C

omun

idad

indí

gena

Aw

as

Ting

ni c

eleb

ró u

n co

ntra

to c

on la

em

pres

a M

A-

DEN

SA c

on la

fina

lidad

de

dete

rmin

ar e

l man

ejo

inte

gral

del

bos

que.

Dos

año

s de

spué

s, la

Com

u-ni

dad,

MA

DEN

SA y

el M

inis

terio

de A

mbi

ente

y

Rec

urso

s Nat

ural

es d

e Nic

arag

ua (M

AR

ENA

) ce-

lebr

aron

un

conv

enio

med

iant

e el

cua

l el M

inis

te-

Page 23: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

44 45

rio s

e co

mpr

omet

ió a

faci

litar

la d

efini

ción

de

las

tierr

as c

omun

ales

de

la C

omun

idad

. En

mar

zo d

e 19

96 e

l Est

ado

otor

gó u

na c

once

sión

por

30

años

pa

ra e

l m

anej

o y

apro

vech

amie

nto

fore

stal

de

62 m

il he

ctár

eas

apro

xim

adam

ente

a la

em

pres

a SO

LCA

RSA

, sin

que

la C

omun

idad

hub

iese

sido

co

nsul

tada

al r

espe

cto.

La

Com

unid

ad s

olic

itó a

di

vers

os o

rgan

ism

os e

stat

ales

no

avan

zar

con

el

otor

gam

ient

o de

la c

once

sión

y a

la v

ez d

elim

itar

su te

rrito

rio. N

o ob

stan

te, n

ingu

na d

e la

s do

s pe

-tic

ione

s fu

eron

ate

ndid

as. A

sim

ism

o pr

esen

taro

n do

s re

curs

os d

e am

paro

, los

cua

les

tam

poco

pro

-du

jero

n re

sulta

dos p

ositi

vos.

Cas

o “C

inco

Pe

nsio

nist

as”

Vs.

Perú

. Fon

do, R

epar

acio

nes

y C

os-

tas.

Serie

C N

o. 9

8

28 d

e fe

brer

o de

200

3V

iola

ción

de

artíc

ulos

: 21

(Der

echo

a la

pro

pied

ad) y

25

(Pr

otec

ción

judi

cial

) am

bos

en c

onex

ión

con

los

artíc

ulos

1.1

y 2

.

El 2

6 de

febr

ero

de 1

974

se e

miti

ó el

Dec

reto

-Ley

N

º 20

530

titul

ado

“Rég

imen

de

Pens

ione

s y

Com

pens

acio

nes

por

Serv

icio

s C

ivile

s Pr

esta

dos

al E

stad

o no

com

pren

dido

s en

el

Dec

reto

-Ley

19

990”

. Car

los

Torr

es B

enve

nuto

, Jav

ier

Muj

ica

Rui

z-H

uido

bro,

Gui

llerm

o Á

lvar

ez H

erná

ndez

, R

eym

ert

Bar

tra V

ásqu

ez y

Max

imili

ano

Gam

a-rr

a Fe

rrey

ra t

raba

jaro

n en

la

Supe

rinte

nden

cia

de B

anca

y S

egur

os (S

BS)

y c

esar

on d

espu

és d

e ha

ber p

rest

ado

más

de

20 a

ños

de s

ervi

cios

en

la

Adm

inis

traci

ón P

úblic

a. E

l pe

rson

al d

e la

SB

S se

enc

ontra

ba d

entro

del

rég

imen

lab

oral

de

la

activ

idad

púb

lica,

has

ta q

ue m

edia

nte

una

ley

en

1981

, se

disp

uso

que

el p

erso

nal

se e

ncon

traría

co

mpr

endi

do e

n el

rég

imen

labo

ral d

e la

act

ivi-

dad

priv

ada,

salv

o lo

s tra

baja

dore

s com

pren

dido

s en

el D

ecre

to L

ey 2

0530

. Las

cin

co p

erso

nas

eli-

gier

on c

ontin

uar

con

el r

égim

en d

el D

.L. 2

0530

co

nfor

me

al c

ual,

el E

stad

o re

cono

ció

el d

erec

ho

a un

a pen

sión

. En

abril

de

1992

la S

BS

susp

endi

ó el

pag

o de

la p

ensi

ón d

el s

eñor

Bar

tra y

red

ujo

el m

onto

de

la p

ensi

ón d

e lo

s de

más

pen

sion

ista

s en

apr

oxim

adam

ente

un

78%

, sin

pre

vio

avis

o ni

ex

plic

ació

n al

guna

.

Cas

o M

asac

re P

lan

de S

ánch

ez V

s. G

uate

mal

a. F

ondo

. Ser

ie C

No.

105

29 d

e ab

ril d

e 20

04To

ma

nota

del

rec

onoc

imie

nto

de r

espo

nsab

ilida

d de

l Est

ado

y de

clar

a vi

olad

os lo

s ar

tícul

os: 5

.1 y

5.2

(D

erec

ho a

la in

tegr

idad

per

sona

l), 8

.1 (D

erec

ho a

las

gara

ntía

s jud

icia

les)

, 11

(Pro

tecc

ión

de la

hon

ra y

de

la d

igni

dad)

, 12.

2 y

12.3

(Li

berta

d de

con

cien

cia

y re

ligió

n), 1

3.2.

a y

13.5

(Li

berta

d de

pen

sam

ient

o y

de e

xpre

sión

), 16

.1 (L

iber

tad

de a

soci

ació

n), 2

1.1

y 21

.2 (D

erec

ho a

la p

ropi

edad

priv

ada)

, 24

(Igu

alda

d an

te la

ley)

y 2

5 (D

erec

ho a

la p

rote

cció

n ju

dici

al)

conj

unto

con

el a

rtícu

lo 1

.1.

El 1

8 de

julio

de

1982

, un

com

ando

del

ejé

rcito

lle

gó a

Rab

inal

, una

zon

a ha

bita

da p

or m

iem

bros

de

l pue

blo

indí

gena

may

a. L

os h

abita

ntes

fuer

on

obje

to d

e m

altra

tos,

viol

acio

nes y

ase

sina

tos.

Los

niño

s y

rest

ante

s ni

ñas

fuer

on a

parta

dos

y as

esi-

nado

s a

golp

es y

268

per

sona

s fu

eron

eje

cuta

das

en la

mas

acre

. No

se re

aliz

aron

may

ores

inve

sti-

gaci

ones

ni s

e sa

ncio

nó a

los r

espo

nsab

les.

Cas

o A

lmon

acid

Are

llano

y o

tros

Vs.

Chi

le. E

xcep

cion

es P

relim

ina-

res,

Fond

o, R

epar

acio

nes

y C

osta

s.Se

rie C

No.

154

26 d

e se

ptie

mbr

e de

200

6V

iola

ción

de

artíc

ulos

: 8.1

(D

erec

ho a

las

gara

ntía

s ju

dici

ales

) y 2

5 (P

rote

cció

n ju

dici

al) e

n re

laci

ón c

on

los a

rtícu

los 1

.1 y

2.

Luis

Alfr

edo

Alm

onac

id A

rella

no e

ra p

rofe

sor d

e en

seña

nza

bási

ca y

mili

tant

e de

l Par

tido

Com

u-ni

sta.

El 1

6 de

sep

tiem

bre

de 1

973

fue

dete

nido

po

r car

abin

eros

qui

enes

le d

ispa

raro

n, e

n pr

esen

-ci

a de

su fa

mili

a, a

la sa

lida

de su

cas

a. F

alle

ció

al

día

sigu

ient

e. E

n 19

78 s

e ad

optó

el D

ecre

to L

ey

No.

2.1

91, m

edia

nte

el c

ual s

e co

nced

ía a

mni

stía

a

toda

s las

per

sona

s que

hub

iera

n in

curr

ido

en h

e-ch

os d

elic

tuos

os e

ntre

197

3 y

1978

. Deb

ido

a es

ta

norm

a no

se

inve

stig

ó ad

ecua

dam

ente

la m

uerte

de

l señ

or A

rella

no n

i se

sanc

ionó

a lo

s re

spon

sa-

bles

.

Page 24: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

46 47

Cas

o G

onzá

lez y

otra

s (“C

ampo

Al-

godo

nero

”) V

s. M

éxic

o. E

xcep

ción

Pr

elim

inar

, Fon

do, R

epar

acio

nes

y C

osta

s. Se

rie C

No.

205

16 d

e no

viem

bre

de 2

009

Se a

cept

a re

cono

cim

ient

o pa

rcia

l de

resp

onsa

bilid

ad

del E

stad

o y

decl

aran

vio

lado

s los

artí

culo

s: 4

.1 (D

e-re

cho

a la

vid

a), 5

.1 y

5.2

(D

erec

ho a

la in

tegr

idad

pe

rson

al),

7.1

(Der

echo

a l

a lib

erta

d pe

rson

al),

8.1

(Der

echo

a la

s gar

antía

s jud

icia

les)

, 19

(Der

echo

s del

ni

ño)

y 25

.1 (

Prot

ecci

ón j

udic

ial)

conj

unto

con

los

ar

tícul

os 1

.1 y

2. A

dem

ás, e

l artí

culo

7.b

y 7

.c d

e la

C

onve

nció

n B

elém

do

Pará

.

Laur

a B

eren

ice

Ram

os, d

e 17

año

s de

eda

d, d

es-

apar

eció

el

22 d

e se

tiem

bre

de 2

001.

Cla

udia

Iv

ette

Gon

zále

s, de

sapa

reci

ó el

10

de o

ctub

re d

e 20

01. E

smer

alda

Her

rera

Mon

real

, de

15 a

ños

de

edad

des

apar

eció

el l

unes

29

de o

ctub

re d

e 20

01.

Sus

fam

iliar

es p

rese

ntar

on la

s de

nunc

ias

de d

es-

apar

ició

n. N

o ob

stan

te, n

o se

inic

iaro

n m

ayor

es

inve

stig

acio

nes.

Las

auto

ridad

es s

e lim

itaro

n a

elab

orar

los r

egis

tros d

e de

sapa

rició

n, lo

s car

tele

s de

bús

qued

a, la

tom

a de

dec

lara

cion

es y

el e

nvío

de

l ofic

io a

la P

olic

ía Ju

dici

al. E

l 6 d

e no

viem

bre

de 2

001

se e

ncon

traro

n lo

s cu

erpo

s de

Cla

udia

Iv

ette

Gon

zále

s, Es

mer

alda

Her

rera

Mon

real

y

Laur

a B

eren

ice

Ram

os, q

uien

es p

rese

ntab

an s

ig-

nos

de v

iole

ncia

sex

ual.

A p

esar

de

los

recu

rsos

in

terp

uest

os p

or su

s fam

iliar

es, n

o se

inve

stig

ó ni

se

sanc

ionó

a lo

s res

pons

able

s.

Cas

o A

tala

Riff

o y

Niñ

as V

s. C

hile

. Fo

ndo,

Rep

arac

ione

s y

Cos

tas.

Se-

rie C

No.

239

24 d

e fe

brer

o de

201

2V

iola

ción

de

artíc

ulos

: 8.

1 (G

aran

tías

judi

cial

es),

11.2

(Pro

tecc

ión

de la

hon

ra y

de

la d

igni

dad)

, 17.

1 (P

rote

cció

n a l

a fam

ilia)

, 19

(Der

echo

s del

niñ

o) y

24

(Igu

alda

d an

te la

ley)

en

rela

ción

con

el a

rtícu

lo 1

.1.

El a

ño 2

002

Kar

en A

tala

Riff

o de

cidi

ó fin

aliz

ar su

m

atrim

onio

con

Ric

ardo

Jai

me

Lópe

z A

llend

es,

con

quie

n te

nía

tres h

ijas:

M.,

V. y

R. E

n no

viem

-br

e de

200

2 la

señ

ora

Emm

a de

Ram

ón, c

ompa

-ñe

ra s

entim

enta

l de

la

seño

ra A

tala

, com

enzó

a

conv

ivir

en la

mis

ma

casa

con

ella

y su

s tre

s hija

s. En

ene

ro d

e 20

03 e

l pad

re d

e la

s tre

s ni

ñas

inte

r-pu

so u

na d

eman

da d

e tu

ició

n o

cust

odia

ant

e el

Ju

zgad

o de

Men

ores

de

Vill

arric

a. E

n oc

tubr

e de

20

03 e

l Juz

gado

de

Men

ores

de V

illar

rica

rech

azó

la d

eman

da d

e tu

ició

n. E

n m

arzo

de

2004

la C

orte

de

Ape

laci

ones

de T

emuc

o co

nfirm

ó la

Sen

tenc

ia.

En m

ayo

de 2

004

la C

uarta

Sal

a de

la C

orte

Su-

prem

a de

Jus

ticia

de

Chi

le a

cogi

ó el

rec

urso

de

quej

a pr

esen

tado

por

Ric

ardo

Jaim

e Ló

pez A

llen-

des y

le c

once

dió

la tu

ició

n de

finiti

va.

Cas

o A

rtavi

a M

urill

o y

otro

s (F

e-cu

ndac

ión

in v

itro)

Vs.

Cos

ta R

ica.

Ex

cepc

ione

s Pr

elim

inar

es,

Fond

o,

Rep

arac

ione

s y C

osta

s. Se

rie C

No.

25

7

28 n

ovie

mbr

e de

201

2V

iola

ción

de

artíc

ulos

: 5.1

(D

erec

ho a

la in

tegr

idad

pe

rson

al),

7 (D

erec

ho a

la

liber

tad

pers

onal

), 11

.2

(Pro

tecc

ión

de la

hon

ra y

de

la d

igni

dad)

y 1

7.2

(Pro

-te

cció

n a

la fa

mili

a) e

n re

laci

ón c

on e

l artí

culo

1.1

.

El 7

de

abril

de

1995

se

pres

entó

una

acc

ión

de

inco

nstit

ucio

nalid

ad c

ontra

el D

ecre

to E

jecu

tivo

No.

240

29-S

, el c

ual a

utor

izab

a la

prá

ctic

a de

la

fecu

ndac

ión

in v

itro.

El 1

5 de

mar

zo d

e 20

00, l

a Sa

la C

onst

ituci

onal

de

la C

orte

Sup

rem

a an

uló

por i

ncon

stitu

cion

al e

l Dec

reto

Eje

cutiv

o. N

ueve

pa

reja

s pr

esen

taro

n un

a pe

tició

n a

la C

IDH

deb

i-do

a e

sta

situ

ació

n. E

n to

das

las

pers

onas

se

evi-

denc

ió: i

) las

caus

as d

e inf

ertil

idad

de c

ada p

arej

a;

ii) lo

s tra

tam

ient

os a

los

cual

es r

ecur

riero

n pa

ra

com

batir

dic

ha c

ondi

ción

; iii)

las

razo

nes

por l

as

cual

es a

cudi

eron

a l

a FI

V; i

v) l

os c

asos

en

que

se in

terr

umpi

ó el

trat

amie

nto

para

real

izar

la F

IV

debi

do a

la s

ente

ncia

de

la S

ala

Cua

rta, y

v)

los

caso

s en

que l

as p

arej

as d

ebie

ron

viaj

ar al

exte

rior

para

real

izar

se d

icho

pro

cedi

mie

nto.

Cas

o de

per

sona

s do

min

ican

as y

ha

itian

as e

xpul

sada

s V

s. R

epúb

lica

Dom

inic

ana.

Exc

epci

ones

Pre

limi-

nare

s, Fo

ndo,

Rep

arac

ione

s y

Cos

-ta

s. Se

rie C

No.

282

28 d

e ag

osto

de

2014

Vio

laci

ón d

e lo

s der

echo

s a la

per

sona

lidad

juríd

ica

(artí

culo

3),

naci

onal

idad

(ar

tícul

o 20

), no

mbr

e (a

r-tíc

ulo

18),

así c

omo

por

el c

onju

nto

de d

icha

s vi

o-la

cion

es e

l der

echo

a la

iden

tidad

, lib

erta

d pe

rson

al

(artí

culo

7),

de c

ircul

ació

n y

de r

esid

enci

a (a

rtícu

lo

22.1

, 22.

5 y

22.9

), ga

rant

ías j

udic

iale

s (a

rtícu

lo 8

.1),

prot

ecci

ón j

udic

ial (

artíc

ulo

25.

1),

prot

ecci

ón a

la

fam

ilia

(artí

culo

17.

1), y

pro

tecc

ión

de la

hon

ra y

de

la

di

gnid

ad

en r

elac

ión

con

la p

rohi

bici

ón

de

inje

renc

ias

arb

itrar

ias

en la

vid

a pr

ivad

a y

fam

iliar

(a

rtícu

lo 1

1.2)

. Tod

o el

lo e

n re

laci

ón co

n el

incu

mpl

i-m

ient

o de

las o

blig

acio

nes e

stab

leci

das e

n el

artí

culo

1.

1.

El c

aso

se

rela

cion

a co

n la

det

enci

ón a

rbitr

aria

y

expu

lsió

n su

mar

ia

del t

errit

orio

de

Rep

úblic

a D

omin

ican

a de

var

ias

pers

onas

, in

clui

das

niño

s y

niñ

as. L

os h

echo

s de

l cas

o se

ins

erta

ron

en

un c

onte

xto

en q

ue,

en R

epúb

lica

Dom

inic

ana,

la

po

blac

ión

hai

tiana

y l

as

pers

onas

na

cida

s en

ter

ritor

io d

omin

ican

o d

e as

cend

enci

a ha

itia-

na c

omún

men

te

se

enco

ntra

ban

en

situ

ació

n de

po

brez

a y

sufr

ían

con

fr

ecue

ncia

trat

os p

e-yo

rativ

os o

dis

crim

inat

orio

s, in

clus

ive

por

parte

de

aut

orid

ades

, lo

que

agra

vaba

su

situ

ació

n de

vu

lner

abili

dad.

Page 25: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

48 49

Cas

o C

omun

idad

C

ampe

sina

de

Sa

nta

Bár

bara

Vs.

Perú

. Exc

epci

o-ne

s Pr

elim

inar

es,

Fond

o, R

epar

a-ci

ones

y C

osta

s. Se

rie C

No.

299

1 de

sept

iem

bre

de 2

015

Vio

laci

ón

de

los

dere

chos

a l

a lib

erta

d pe

rson

al,

inte

grid

ad p

erso

nal,

vida

, rec

onoc

imie

nto

de la

per

-so

nalid

ad ju

rídic

a, g

aran

tías

judi

cial

es y

pro

tecc

ión

judi

cial

; artí

culo

s 7, 5

.1, 5

.2, 4

.1, y

3, a

rtícu

lo 2

1, 8

.1

y 25

.1 d

e la

Con

venc

ión

Am

eric

ana,

en

rela

ción

con

el

artí

culo

1.1

, en

rela

ción

con

los

artí

culo

s 1,

6 y

8

de la

Con

venc

ión

Inte

ram

eric

ana

para

Pre

veni

r y

Sanc

iona

r la

Tortu

ra, y

con

el a

rtícu

lo I.

b de

la

Con

-ve

nció

n In

tera

mer

ican

a so

bre

Des

apar

ició

n Fo

rzad

a de

Per

sona

s.

El c

aso

se r

elac

iona

con

la

des

apar

ició

n f

or-

zada

de

15

pe

rson

as p

erte

neci

ente

s,

en

su

may

oría

, a

dos

fa

mili

as

y

ent

re

las

qu

e se

enc

ontra

ban

siet

e ni

ños

y ni

ñas

de e

ntre

och

o m

eses

y si

ete

años

de

edad

. Est

os h

echo

s fu

eron

co

met

idos

por

mie

mbr

os d

el e

jérc

ito p

erua

no

y h

abía

n te

nido

lug

ar e

l 4

de

julio

de

199

1 en

la

com

unid

ad d

e Sa

nta

Bár

bara

, pro

vinc

ia d

e H

uanc

avel

ica.

Los

hec

hos

del

cas

o s

e e

nmar

-ca

n e

n e

l co

ntex

to d

el c

onfli

cto

arm

ado

per

ua-

no y

la

prác

tica

sist

emát

ica

de v

iola

cion

es d

e lo

s de

rech

os h

uman

os, e

ntre

ella

s, ej

ecuc

ione

s ext

ra-

judi

cial

es y

des

apar

icio

nes

forz

adas

de

pers

onas

so

spec

hosa

s de

per

tene

cer

a gr

upos

arm

ados

al

mar

gen

de l

a le

y.

Cas

o Ve

lásq

uez

Paiz

y o

tros

Vs.

Gua

tem

ala.

Ex

cepc

ione

s Pr

elim

i-na

res,

Fond

o, R

epar

acio

nes

y C

os-

tas.

Serie

C N

o. 3

07

19 d

e no

viem

bre

de 2

015

Vio

laci

ón d

el d

eber

de

gara

ntiz

ar e

l lib

re y

ple

no

ejer

cici

o de

los

dere

chos

a la

vid

a e

inte

grid

ad p

er-

sona

l; vi

olac

ión

de lo

s de

rech

os a

las

gara

ntía

s ju

di-

cial

es, a

la p

rote

cció

n ju

dici

al y

a la

igua

ldad

ant

e la

le

y, a

rtícu

los 4

.1 y

5.1

, en

rela

ción

con

el a

rtícu

lo 1

.1

y en

rela

ción

el ar

tícul

o 2

de la

mis

ma,

artíc

ulo

7 de

la

Con

venc

ión

Inte

ram

eric

ana

para

Pre

veni

r, Sa

ncio

nar

y Er

radi

car l

a Vio

lenc

ia c

ontra

la M

ujer

; artí

culo

s 8.1

y

25.1

de

la C

onve

nció

n A

mer

ican

a so

bre

Der

echo

s H

uman

os, a

rtícu

lo 5

.1 y

11

de la

Con

venc

ión

Am

e-ric

ana.

El c

aso

se

rela

cion

a c

on e

l inc

umpl

imie

nto

del

debe

r de

pro

tecc

ión

de la

vid

a e

inte

grid

ad p

er-

sona

l de

Cla

udin

a Is

abel

Vel

ásqu

ez P

aiz.

Deb

ido

a qu

e és

ta n

o lle

gó a

su

casa

el 1

2 de

ago

sto

de

2005

, su

s p

adre

s a

cudi

eron

a

den

unci

ar

su

desa

paric

ión,

per

o se

les

indi

có q

ue e

ra n

ece-

sario

esp

erar

24

hor

as p

ara

denu

ncia

r el

hec

ho.

El

Esta

do

no a

dopt

ó m

edid

as

inm

edia

tas

y

exha

ustiv

as d

e b

úsqu

eda

y p

rote

cció

n a

favo

r de

Cla

udin

a Is

abel

Vel

ásqu

ez P

aiz

dur

ante

las

pr

imer

as

hora

s t

ras

ten

er c

onoc

imie

nto

de l

a de

sapa

rició

n.

Cas

o D

uque

Vs.

Col

ombi

a. E

xcep

-ci

ones

Pre

limin

ares

, Fon

do, R

epa-

raci

ones

y C

osta

s. Se

rie C

No.

310

26 d

e fe

brer

o de

201

6V

iola

ción

al

dere

cho

a l

a ig

uald

ad y

no

disc

rimi-

naci

ón c

onte

nido

en

el

artíc

ulo

24

de

la C

onve

n-ci

ón,

en r

elac

ión

con

el

artíc

ulo

1.1

.

El c

aso

se re

laci

ona

con

la e

xclu

sión

del

señ

or

Duq

ue d

e la

pos

ibili

dad

de

obt

ener

una

pen

-si

ón

de s

obre

vive

ncia

tra

s la

m

uerte

de

su

pa

reja

, con

ba

se

en

que

se

trata

ba

de

una

pare

ja d

el m

ism

o s

exo.

Asi

mis

mo,

se

cons

tató

un

a d

iscr

imin

ació

n c

on b

ase

en

la o

rient

ació

n se

xual

en

razó

n d

e qu

e, au

nque

el

fin i

nvoc

ado

cons

iste

nte

en

la p

rote

cció

n d

e la

fam

ilia

era

le

gítim

o e

n ab

stra

cto,

la

dife

renc

ia d

e tr

ato

no

podí

a co

nsid

erar

se

idón

ea

porq

ue

el c

once

pto

de f

amili

a re

ferid

o p

or e

l Es

tado

hab

ía si

do “l

i-m

itado

y e

ster

eotip

ado”

, exc

luye

ndo

de

man

era

arbi

traria

for

mas

div

ersa

s de

fam

ilia

com

o la

s fo

rmad

as p

or p

arej

as d

el m

ism

o se

xo.

Cas

o Tr

abaj

ador

es d

e la

Hac

iend

a B

rasi

l Ver

de V

s. B

rasi

l. Ex

cepc

io-

nes

Prel

imin

ares

, Fo

ndo,

Rep

ara-

cion

es y

Cos

tas.

Ser

ie C

No.

318

20 d

e oc

tubr

e de

201

6V

iola

ción

de:

i) e

l der

echo

a n

o se

r som

etid

o a

escl

a-vi

tud

y tra

ta d

e p

erso

nas,

esta

blec

ido

en

el a

rtícu

-lo

6.1

de

la C

onve

nció

n A

mer

ican

a so

bre

Der

echo

s H

uman

os, e

n re

laci

ón c

on lo

s ar

tícul

os 1

.1, 3

, 5, 7

, 11

, 22

y 19

del

mis

mo

inst

rum

ento

; ii)

el a

rtícu

lo

6.1

de la

Con

venc

ión

Am

eric

ana,

en

rela

ción

con

el

artíc

ulo

1.1

del m

ism

o in

stru

men

to, p

rodu

cida

en

el

mar

co d

e un

a si

tuac

ión

de d

iscr

imin

ació

n es

truct

ural

hi

stór

ica

en ra

zón

de la

pos

ició

n e

conó

mic

a; ii

i) la

s ga

rant

ías

judi

cial

es d

e d

ebid

a di

ligen

cia

y d

e pl

azo

razo

nabl

e, p

revi

stas

en

el ar

tícul

o 8.

1 de

la C

onve

n-ci

ón A

mer

ican

a so

bre

Der

echo

s H

uman

os, e

n re

la-

ción

con

el a

rtícu

lo 1

.1 d

el m

ism

o in

stru

men

to y

, iv)

el

der

echo

a l

a p

rote

cció

n ju

dici

al,

prev

isto

en

el a

rtícu

lo 2

5 d

e la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

sobr

e D

erec

hos

Hum

anos

, en

rel

ació

n c

on l

os a

rtícu

los

1.1

y 2

del

mis

mo

inst

rum

ento

.

El c

aso

se r

elac

iona

con

la

pres

unta

om

isió

n y

negl

igen

cia

en in

vest

igar

dili

gent

emen

te u

na s

u-pu

esta

prá

ctic

a de

trab

ajo

forz

ado

y se

rvid

umbr

e po

r deu

das

en la

Hac

iend

a B

rasi

l Ver

de, u

bica

da

en e

l no

rte d

el E

stad

o de

Par

á, a

sí c

omo

la s

u-pu

esta

des

apar

ició

n de

dos

trab

ajad

ores

de

dich

a ha

cien

da. S

egún

se

aleg

a, lo

s he

chos

del

cas

o se

en

mar

can

en u

n co

ntex

to e

n el

que

dec

enas

de

mile

s de

trab

ajad

ores

era

n so

met

idos

anu

alm

en-

te a

trab

ajo

escl

avo.

Den

tro d

e es

e co

ntex

to, e

n fe

brer

o de

198

9, m

arzo

de

1993

, nov

iem

bre

de

1996

, abr

il y

novi

embr

e de

199

7 y

mar

zo d

e 20

00

se re

aliz

aron

vis

itas o

fisc

aliz

acio

nes p

or p

arte

de

auto

ridad

es e

stat

ales

en

la H

acie

nda

Bra

sil V

erde

pa

ra c

onst

atar

las

cond

icio

nes

en la

s qu

e se

en-

cont

raba

n lo

s tra

baja

dore

s

Page 26: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

50 51

Cas

o La

gos

del

Cam

po V

s. Pe

rú.

Exce

pcio

nes

Prel

imin

ares

, Fo

ndo,

R

epar

acio

nes y

Cos

tas.

Serie

C N

o. 3

40.

31 d

e ag

osto

de

2017

Vul

nera

ción

del

der

echo

a la

est

abili

dad

labo

ral (

ar-

tícul

o 26

en

rela

ción

con

los

artí

culo

s 1.

1, 1

3, 8

y

16; v

ulne

raci

ón d

el d

erec

ho a

la li

berta

d de

expr

esió

n (a

rtícu

los

13 y

8 e

n re

laci

ón c

on e

l artí

culo

1.1

); el

de

rech

o a

la li

berta

d de

aso

ciac

ión

(artí

culo

s 16

y 26

en

rela

ción

con

1.1

, 13

y 8

y el

der

echo

al a

cces

o a

la

just

icia

(artí

culo

s 8 y

25)

.

El c

aso

se re

laci

ona

con

el d

espi

do d

el s

eñor

Al-

fred

o La

gos

del

Cam

po e

l 26

de ju

nio

de 1

989,

pr

esun

tam

ente

com

o co

nsec

uenc

ia d

e ci

erta

s ma-

nife

stac

ione

s re

aliz

adas

sie

ndo

el p

resi

dent

e de

l C

omité

Ele

ctor

al d

e la C

omun

idad

Indu

stria

l de l

a em

pres

a C

eper

-Pire

lli. L

a C

omun

idad

Ind

ustri

al

era

una

asoc

iaci

ón d

e tra

baja

dore

s de

stin

ada

a ha

cer

efec

tiva

la p

artic

ipac

ión

de é

stos

en

el p

a-tri

mon

io y

ges

tión

de la

em

pres

a. E

l Com

ité E

lec-

tora

l de

la C

omun

idad

Ind

ustri

al q

ue p

resi

día

el

seño

r Lag

os d

el C

ampo

era

la e

ntid

ad e

ncar

gada

de

llev

ar a

cab

o la

s el

ecci

ones

de

los

mie

mbr

os

del

Con

sejo

de

la C

omun

idad

Indu

stria

l y d

e lo

s re

pres

enta

ntes

ant

e el

Dire

ctor

io d

e la

em

pres

a.

Las m

anife

stac

ione

s dad

as p

or e

l señ

or L

agos

del

C

ampo

tuvi

eron

el o

bjet

o de

den

unci

ar y

llam

ar

la a

tenc

ión

sobr

e su

pues

tos a

ctos

de

inje

renc

ia in

-de

bida

de

los e

mpl

eado

res e

n la

vid

a de

las

orga

-ni

zaci

ones

repr

esen

tativ

as d

e lo

s tra

baja

dore

s e

n la

em

pres

a y

en la

rea

lizac

ión

de la

s el

ecci

ones

in

tern

as d

e la

Com

unid

ad In

dust

rial.

La d

ecis

ión

de d

espi

do fu

e po

ster

iorm

ente

con

firm

ada

por l

os

tribu

nale

s nac

iona

les d

el P

erú.

OPI

NIO

NES

CO

NSU

LTIV

AS

OPI

NIÓ

N

CO

NSU

LTIV

AFE

CH

A D

E LA

O

PIN

IÓN

CO

NSU

LTIV

AA

RTÍC

ULO

S IN

TER

PRET

AD

OS

CO

NSU

LTA

La

Col

egia

ción

O

blig

ato-

ria d

e Pe

riodi

stas

. O

pini

ón

cons

ultiv

a O

C-5

/85,

so

li-ci

tada

por

la

Rep

úblic

a de

C

osta

Ric

a. S

erie

A N

º5

13 d

e no

viem

bre

de 1

985

Artí

culo

s 13

y 2

9 de

la

Con

ven-

ción

Am

eric

ana

sobr

e D

erec

hos

Hum

anos

.

La p

regu

nta

de C

osta

Ric

a es

ace

rca

de la

com

patib

ilida

d de

la li

-be

rtad

de p

ensa

mie

nto

y ex

pres

ión

y su

s lím

ites f

rent

e a

la c

oleg

ia-

tura

obl

igat

oria

de

per

iodi

stas

.

El D

erec

ho a

la In

form

ació

n so

bre

la A

sist

enci

a C

onsu

-la

r en

el

Mar

co d

e la

s G

a-ra

ntía

s de

l D

ebid

o Pr

oces

o Le

gal.

Opi

nión

con

sulti

va

OC

-16/

99, s

olic

itada

por

los

Esta

dos

Uni

dos

Mex

ican

os.

Serie

A N

º16

1 de

oct

ubre

de

1999

Artí

culo

36

de la

Con

venc

ión

de

Vie

na;

los

artíc

ulos

2, 6

, 14

y 50

de

l PID

CP;

el

artí

culo

3.1

de

la

Car

ta;

y el

artí

culo

II

de l

a D

A-

DD

H.

Res

pect

o a

la C

onve

nció

n de

Vie

na, M

éxic

o pr

egun

ta a

cerc

a de

la

prot

ecci

ón d

e lo

s D

erec

hos

Hum

anos

en

los

Esta

dos

amer

ican

os

refe

rida

a la

s re

laci

ones

con

sula

res.

Las

cons

ulta

s gi

ran

alre

dedo

r de

la p

ena

de m

uerte

sob

re a

cusa

dos

extra

njer

os y

la s

alva

guar

da

de lo

s der

echo

s rec

ogid

os e

n lo

s tex

tos a

lega

dos.

Prin

cipa

lmen

te se

re

fiere

n a

las g

aran

tías p

roce

sale

s.

Der

echo

s y

gara

ntía

s de

ni

ñas

y ni

ños

en e

l con

tex-

to d

e la

mig

raci

ón y

/o e

n ne

cesi

dad

de

prot

ecci

ón

inte

rnac

iona

l. O

pini

ón c

on-

sulti

va O

C-2

1/14

sol

icita

da

por

la R

epúb

lica

Arg

enti-

na, l

a R

epúb

lica

Fede

rativ

a de

Bra

sil,

la R

epúb

lica

del

Para

guay

y

la

Rep

úblic

a O

rient

al d

el U

rugu

ay. S

erie

A

Nº2

1

19 d

e ag

osto

de

2014

Artí

culo

s 1,

1, 2

, 4.1

, 5, 7

, 8, 1

1,

17,

19,

22.7

, 22

.8,

25,

29 d

e la

C

onve

nció

n A

mer

ican

a so

bre

De-

rech

os H

uman

os, A

rtícu

los

1, 6

, 8,

25

y 27

de

la D

ecla

raci

ón A

me-

rican

a de

los

Der

echo

s y

Deb

eres

de

l H

ombr

e y

Artí

culo

13

de l

a D

ecla

raci

ón A

mer

ican

a pa

ra P

re-

veni

r y S

anci

onar

la T

ortu

ra.

Arg

entin

a, B

rasi

l, Pa

ragu

ay y

Uru

guay

con

sulta

n a

la C

orte

cuá

les

son

los

proc

edim

ient

os a

ado

ptar

se p

ara

iden

tifica

r los

ries

gos

su-

frid

os p

or n

iños

mig

rant

es,

cuál

es s

on la

s ga

rant

ías

que

deb

ería

n re

gir

en p

roce

so m

igra

torio

s qu

e in

volu

cran

niñ

os/a

s m

igra

ntes

, có

mo

inte

rpre

tar e

l prin

cipi

o de

últi

ma

ratio

, qué

car

acte

rístic

as d

e-be

n te

ner l

as m

edid

as a

ltern

ativ

as d

e pr

otec

ción

de

dere

chos

de

los

niño

s/as

, cuá

les s

on la

s car

acte

rístic

as b

ásic

as q

ue d

eben

tene

r los

es

paci

os d

e al

ojam

ient

o de

niñ

os/a

s mig

rant

es, q

ué g

aran

tías d

eben

re

gir

en lo

s pr

oces

os q

ue in

volu

cran

a n

iños

/as

mig

rant

es c

uand

o se

apl

ique

n m

edid

as r

estri

ctiv

as d

e lib

erta

d, c

uál e

s el

alc

ance

y

cont

enid

o de

los i

nstru

men

tos i

nter

naci

onal

es a

l ado

ptar

se m

edid

as

que

impl

ique

n el

reto

rno

de u

n ni

ño/a

a u

n pa

ís d

eter

min

ado,

qué

Page 27: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

52 53

cara

cter

ístic

as d

eben

tene

r los

pro

cedi

mie

ntos

cua

ndo

se id

entifi

ca

una

solic

itud

de a

silo

o re

fugi

ado

de u

n ni

ño/a

mig

rant

e y

cuál

es

el a

lcan

ce q

ue d

ebie

ra c

onfe

rirse

a la

pro

tecc

ión

del d

erec

ho d

e lo

s ni

ños/

as a

no

ser s

epar

ados

de

sus p

adre

s en

los c

asos

que

apl

icar

a un

a co

ndic

ión

de d

epor

taci

ón d

e lo

s pad

res.

Titu

larid

ad d

e de

rech

os d

e la

s pe

rson

as ju

rídic

as e

n el

Si

stem

a In

tera

mer

ican

o de

D

erec

hos

Hum

anos

. O

pi-

nión

Con

sulti

va O

C-2

2/16

so

licita

da p

or l

a R

epúb

lica

de P

anam

á. S

erie

A N

º22

26

de fe

brer

o de

201

6In

terp

reta

ción

y a

lcan

ce d

el a

r-tíc

ulo

1.2,

en

rela

ción

con

los

ar

tícul

os 1

.1, 8

, 11.

2, 1

3, 1

6, 2

1,

24, 2

5, 2

9, 3

0, 4

4, 4

6, y

62.

3 de

la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

sobr

e D

erec

hos

Hum

anos

, así

com

o de

l ar

tícul

o 8.

1 A

y B

del

Pro

toco

lo d

e Sa

n Sa

lvad

or.

Pana

pres

entó

a la

Cor

te v

aria

s co

nsul

tas

espe

cífic

as q

ue ri

gen

sobr

e la

pre

gunt

a fu

ndam

enta

l si e

l artí

culo

1.2

de

la C

onve

nció

n re

strin

ge la

pro

tecc

ión

inte

ram

eric

ana

de lo

s de

rech

os h

uman

os a

la

s pe

rson

as fí

sica

s y

excl

uye

del á

mbi

to d

e pr

otec

ción

de

la C

on-

venc

ión

a la

s pe

rson

as ju

rídic

as. L

a C

orte

dec

idió

agr

upar

las

pre-

gunt

as p

rese

ntad

as e

n cu

atro

tem

as p

rinci

pale

s cuy

as c

oncl

usio

nes

se re

prod

ucen

en

segu

ida.

En

cuan

to a

l (i)

tem

a –

la c

onsu

lta so

bre

la ti

tula

ridad

de

dere

chos

de

las p

erso

nas j

uríd

icas

en

el si

stem

a in

-te

ram

eric

ano

– la

Cor

te c

oncl

uyo

vía

una

inte

rpre

taci

ón e

xhau

stiv

a de

l artí

culo

1.2

de

la C

onve

nció

n qu

e la

s per

sona

s jur

ídic

as n

o so

n tit

ular

es d

e de

rech

os c

onve

ncio

nale

s. En

cua

nto

al (

ii) te

ma

– la

s co

mun

idad

es in

díge

nas y

trib

ales

– la

Cor

te re

iteró

su ju

rispr

uden

-ci

a se

gún

la c

ual l

as c

omun

idad

es in

díge

nas

son

titul

ares

de

dere

-ch

os p

rote

gido

s po

r el s

iste

ma

inte

ram

eric

ano.

Sob

re e

l (iii

) tem

a –

las

orga

niza

cion

es s

indi

cale

s –

la C

orte

con

cluy

ó ví

a un

a in

ter-

pret

ació

n de

l artí

culo

8.1

.a d

el P

roto

colo

San

Sal

vado

r la t

itula

ridad

de

los

dere

chos

est

able

cido

s en

est

e ar

tícul

o de

los

sind

icat

os, l

as

fede

raci

ones

y la

s co

nfed

erac

ione

s, lo

cua

l les

per

mite

pre

sent

arse

an

te e

l sis

tem

a in

tera

mer

ican

o en

def

ensa

de

sus p

ropi

os d

erec

hos.

Fina

lmen

te, e

n cu

anto

al (

iv) t

ema

– el

eje

rcic

io d

e lo

s der

echo

s de

las p

erso

nas n

atur

ales

a tr

avés

de

pers

onas

juríd

icas

– la

Cor

te so

s-tu

vo q

ue b

ajo

dete

rmin

ados

sup

uest

os e

l ind

ivid

uo q

ue e

jerz

a su

s de

rech

os a

travé

s de p

erso

nas j

uríd

icas

pue

da ac

udir

al S

iste

ma p

ara

hace

r va

ler

sus

dere

chos

fun

dam

enta

les,

aun

cuan

do l

os m

ism

os

esté

n cu

bier

tos p

or u

na fi

gura

o fi

cció

n ju

rídic

a.

Med

io A

mbi

ente

s y

Der

e-ch

os

Hum

anos

. O

pini

ón

Con

sulti

va O

C-2

3/17

sol

i-ci

tada

por

la

Rep

úblic

a de

C

olom

bia.

Ser

ie A

Nº2

3

15 d

e no

viem

bre

de 2

017

Obl

igac

ione

s es

tata

les

en re

laci

ón

con

el m

edio

am

bien

te e

n el

mar

-co

de

la p

rote

cció

n y

gara

ntía

de

los

dere

chos

a la

vid

a y

a la

inte

-gr

idad

per

sona

l - in

terp

reta

ción

y

alca

nce

de lo

s ar

tícul

os 4

.1 y

5.1

, en

rel

ació

n co

n lo

s ar

tícul

os 1

.1

y 2

de la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

sobr

e D

erec

hos H

uman

os.

La C

orte

resp

onde

con

est

a op

inió

n a

la so

licitu

d el

evad

a po

r el E

s-ta

do co

lom

bian

o a e

fect

os d

e sab

er, e

n té

rmin

os g

ener

ales

, (i)

cóm

o de

be in

terp

reta

rse

el té

rmin

o “j

uris

dicc

ión”

con

teni

do e

n el

artí

culo

1.

1. d

e la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

de D

erec

hos

Hum

anos

en

rela

-ci

ón c

on la

s ob

ligac

ione

s am

bien

tale

s de

los

Esta

dos

en la

regi

ón

del G

ran

Car

ibe

y (ii

) cuá

les

son

las

oblig

acio

nes

que

de e

ste

tipo

se d

eriv

an d

e lo

s ar

tícul

os 4

.1. (

Vid

a) y

5.1

. (In

tegr

idad

per

sona

l) de

la C

onve

nció

n. L

a C

orte

rec

onoc

ió la

rel

ació

n in

nega

ble

entre

la

pro

tecc

ión

del m

edio

am

bien

te y

la re

aliz

ació

n de

otro

s der

echo

s hu

man

os. D

esar

rolló

el c

onte

nido

del

der

echo

al m

edio

am

bien

te

sano

des

de e

l artí

culo

11

del P

roto

colo

de

San

Salv

ador

, com

o de

l ar

tícul

o 26

de

la C

onve

nció

n A

mer

ican

a. A

dem

ás, l

a C

orte

des

tacó

la

rel

ació

n de

inte

rdep

ende

ncia

e in

divi

sibi

lidad

que

exi

ste

entre

lo

s de

rech

os h

uman

os, e

l med

io a

mbi

ente

y e

l des

arro

llo s

oste

ni-

ble.

Asi

mis

mo,

la

Cor

te e

stab

leci

ó la

s ob

ligac

ione

s de

rivad

as d

e re

spet

ar y

gar

antiz

ar lo

s der

echo

s a la

vid

a e

inte

grid

ad p

erso

nal e

n el

con

text

o de

la p

rote

cció

n al

med

io a

mbi

ente

. Par

ticul

arm

ente

, de

term

inó

que

los E

stad

os d

eben

, ent

re o

tras:

(i) p

reve

nir l

os d

años

am

bien

tale

s sig

nific

ativ

os, d

entro

o fu

era

de su

terr

itorio

; (ii)

act

uar

conf

orm

e al

prin

cipi

o de

pre

cauc

ión

fren

te a

pos

ible

s dañ

os g

rave

s o

irrev

ersi

bles

al

med

io a

mbi

ente

, que

afe

cten

los

der

echo

s a

la

vida

y a

la in

tegr

idad

per

sona

l, aú

n en

aus

enci

a de

cer

teza

cie

ntífi

-ca

; (iii

) coo

pera

r con

otro

s Es

tado

s de

bue

na fe

par

a la

pro

tecc

ión

cont

ra d

años

am

bien

tale

s si

gnifi

cativ

os;

(iv)

gara

ntiz

ar e

l ac

ceso

a

la i

nfor

mac

ión

sobr

e po

sibl

es a

fect

acio

nes

al m

edio

am

bien

te;

(v) g

aran

tizar

el d

erec

ho a

la p

artic

ipac

ión

públ

ica

de la

s per

sona

s, en

la to

ma

de d

ecis

ione

s y

polít

icas

que

pue

den

afec

tar

el m

edio

am

bien

te, y

(vi)

gara

ntiz

ar e

l acc

eso

a la

just

icia

, en

rela

ción

con

la

s obl

igac

ione

s est

atal

es p

ara

la p

rote

cció

n de

l med

io a

mbi

ente

.

Page 28: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

54 55

Iden

tidad

de

nero

, e

igua

ldad

y n

o di

scrim

ina-

ción

a p

arej

as d

el m

ism

o se

xo.

Opi

nión

co

nsul

tiva

OC

-24/

17 s

olic

itada

por

la

Rep

úblic

a de

Cos

ta R

ica.

Se

rie A

Nº 2

4

24 d

e no

viem

bre

de 2

017

Obl

igac

ione

s es

tata

les

en re

laci

ón

con

el c

ambi

o de

nom

bre,

la id

en-

tidad

de

géne

ro y

los d

erec

hos d

e-riv

ados

de

un v

íncu

lo e

ntre

par

e-ja

s del

mis

mo

sexo

(int

erpr

etac

ión

y al

canc

e de

los a

rtícu

los 1

.1, 3

, 7,

11.2

, 13,

17,

18

y 24

, en

rela

ción

co

n el

artí

culo

1 d

e la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

sobr

e D

erec

hos

Hu-

man

os.

En re

spue

sta

a la

s int

erro

gant

es p

lant

eada

s por

Cos

ta R

ica,

la C

or-

te e

miti

ó es

ta O

pini

ón C

onsu

ltiva

sob

re la

s ob

ligac

ione

s qu

e lo

s Es

tado

s tie

nen

resp

ecto

al r

econ

ocim

ient

o ju

rídic

o (i)

del

nom

bre

y gé

nero

de

las

pers

onas

tran

s y

(ii) d

e la

s un

ione

s en

tre p

erso

nas

del m

ism

o se

xo. E

n su

opi

nión

, la

Cor

te re

iteró

su

juris

prud

enci

a co

nsta

nte

en e

l sen

tido

que

la o

rient

ació

n se

xual

, y la

iden

tidad

de

géne

ro s

on c

ateg

oría

s pr

oteg

idas

por

la

Con

venc

ión

Am

eric

ana.

Po

r el

lo, e

stá

pros

crita

cua

lqui

er n

orm

a, a

cto

o pr

áctic

a di

scrim

i-na

toria

bas

ada

en e

stas

car

acte

rístic

as d

e la

per

sona

. Rei

teró

, de

igua

l for

ma,

que

la fa

lta d

e un

cons

enso

al in

terio

r de a

lgun

os p

aíse

s so

bre e

l res

peto

ple

no p

or lo

s der

echo

s de c

ierto

s gru

pos o

per

sona

s qu

e se

dis

tingu

en p

or su

orie

ntac

ión

sexu

al, s

u id

entid

ad d

e gé

nero

o

su e

xpre

sión

de

géne

ro, r

eale

s o

perc

ibid

as, n

o pu

ede

ser c

onsi

-de

rado

com

o un

arg

umen

to v

álid

o pa

ra n

egar

les

o re

strin

girle

s su

s de

rech

os h

uman

os o

par

a pe

rpet

uar y

repr

oduc

ir la

dis

crim

inac

ión

hist

óric

a y

estru

ctur

al q

ue e

stos

gru

pos

o pe

rson

as h

an s

ufrid

o.

El s

egun

do te

ma

abor

dado

cor

resp

onde

al r

econ

ocim

ient

o de

las

unio

nes

entre

per

sona

s de

l mis

mo

sexo

. En

este

con

text

o, la

Cor

te

reite

ró q

ue la

Con

venc

ión

Am

eric

ana

no p

rote

ge u

n de

term

inad

o m

odel

o de

fam

ilia.

Deb

ido

a qu

e la

defi

nici

ón m

ism

a de

fam

ilia

no e

s ex

clus

iva

de a

quel

la in

tegr

ada

por p

arej

as h

eter

osex

uale

s, el

Tr

ibun

al c

onsi

deró

que

el v

íncu

lo fa

mili

ar q

ue p

uede

der

ivar

de

la

rela

ción

de

una

pare

ja d

el m

ism

o se

xo s

e en

cuen

tra p

rote

gido

por

la

Con

venc

ión

Am

eric

ana.

Por

tan

to, e

stim

ó qu

e to

dos

los

dere

-ch

os p

atrim

onia

les

que

se d

eriv

an d

el v

íncu

lo f

amili

ar d

e pa

reja

s de

l m

ism

o se

xo d

eben

ser

pro

tegi

dos,

sin

disc

rimin

ació

n al

guna

co

n re

spec

to a

las

pare

jas

entre

per

sona

s he

tero

sexu

ales

. La

Cor

te

cons

ider

ó qu

e es

ta o

blig

ació

n in

tern

acio

nal d

e lo

s Est

ados

tras

cien

-de

a la

pro

tecc

ión

de la

s cu

estio

nes

únic

amen

te p

atrim

onia

les

y se

pr

oyec

ta a

todo

s lo

s de

rech

os h

uman

os, r

econ

ocid

os a

par

ejas

he-

tero

sexu

ales

, tan

to in

tern

acio

nalm

ente

com

o en

el d

erec

ho in

tern

o de

cad

a Es

tado

.

Page 29: 40 años - Corte Interamericana de Derechos Humanos · que, en los 40 años, ha desarrollado la Corte IDH para servir a las personas de América en la búsqueda de la justicia. Asi-mismo,

56