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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    REPBLICA DE COLOMBIA

    MINISTERIO DE TECNOLOGAS DE LA INFORMACIN Y LAS COMUNICACIONESFONDO DE TECNOLOGAS DE LA INFORMACIN Y LAS COMUNICACIONES

    DIRECCIN DE CONECTIVIDAD

    LICITACIN PBLICA FTIC-LP-08-13KIOSCOS VIVE DIGITAL FASE II

    ANEXO TCNICO

    Bogot, D.C. Octubre de 2013

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    1 INTRODUCCIN

    El Proyecto de Kioscos Vive Digital (KVD) que ha venido desarrollando la Direccin de Conectividad

    del Ministerio de las Tecnologas de la Informacin y las Comunicaciones (Ministerio TIC), permiteque los colombianos que habitan en las zonas rurales y apartadas, cuenten con centros de accesocomunitario, en los cuales se prestan servicios de Conectividad a Internet, Telefona y capacitacinen competencias digitales.

    Con este proyecto se alcanzar en el ao 2014 la meta del Plan Vive Digital de Lograr que el 100%de los centros poblados de ms de 100 habitantes tengan por lo menos un punto de accesocomunitario a Internet, con el objetivo de fomentar el uso de las Tecnologas de la Informacin y lasComunicaciones en las Zonas Rurales y apartadas del pas.

    El presente documento contiene los lineamientos tcnicos del Proyecto Kioscos Vive Digital Fase II,

    incluyendo el alcance, especificaciones, trminos y condiciones para la prestacin de los serviciosde telecomunicaciones.

    2 ASPECTOS GENERALES

    a. El contratista se obliga a realizar la planeacin y diseo, instalacin, puesta en servicio,administracin, operacin, mantenimiento, promocin, uso y apropiacin de las TIC en losKioscos Vive Digital adjudicados. Los servicios se prestarn bajo los aspectos de calidad,niveles de servicio y dems caractersticas mnimas sealadas en el presente documento.

    b. El diseo y la configuracin de las redes sern de libre eleccin por el contratista, siempre y

    cuando cumplan con los requerimientos establecidos en el presente documento, la normatividadvigente, y permitan dar cumplimiento a los aspectos de calidad y niveles de servicio del ProyectoKioscos Vive Digital.

    c. En caso que el servicio de Conectividad a Internet se pueda prestar a uno o ms Kioscos ViveDigital a travs de tecnologas de red de acceso1diferentes a la satelital, el contratista prestarel servicio utilizando esas tecnologas (es decir, en estos casos se prestar el servicio a travsde tecnologas de red de acceso cableadas o de radios terrestres). Una vez se evidencie laposibilidad de atender los Kioscos Vive Digital a travs de tecnologas de red de accesoterrestres, la interventora conceptuar dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes los casosen los cuales los Kioscos Vive Digital podrn ser atendidos a travs de tecnologas de red de

    1De acuerdo con la recomendacin UIT T 101 por Red de Acceso se entiende la Implementacin que comprendeaquellas entidades (como planta de cables, facilidades de transmisin, etc.) que proporcionan las capacidadesportadoras de transporte requeridas para la prestacin de servicios de telecomunicaciones entre una interfaz de nodo deservicio (SNI, service node interface) y cada una de las interfaces de red de usuario (UNI, user-network interfaces)asociadas.

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    acceso diferentes a la satelital2;en caso que el contratista tenga discrepancias con el conceptode la Interventora, este presentar dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes todos lossoportes que justifiquen la imposibilidad tcnica que impide la prestacin del servicio de

    conectividad a travs de tecnologas de acceso diferentes a la satelital. La interventora revisarlos soportes presentados por el contratista y emitir dentro de los tres (3) das hbiles siguientesun concepto definitivo que ser acatado por el contratista.

    d. El contratista durante la vigencia del contrato de aporte se obliga a garantizar el cumplimiento detodas las obligaciones y condiciones exigidas para la instalacin y operacin de los Kioscos ViveDigital, de acuerdo con el Contrato de Aporte, el Pliego de Condiciones, el presente anexo ytodos los dems Documentos de Proceso.

    e. El contratista est en plena libertad para proveer bajo su riesgo y responsabilidad, con lainfraestructura instalada, servicios de telecomunicaciones adicionales a los contemplados en el

    presente Anexo Tcnico, el Contrato de Aporte, el Contrato de Fiducia y a prestar o ampliar losexistentes, siempre y cuando cumpla con la normatividad y regulacin vigente para el efecto.

    f. Sin perjuicio de la libertad con que cuenta el contratista para efectuar las subcontrataciones queconsidere pertinentes, y con el objetivo de incentivar el desarrollo de las zonas en las que sedesarrollar el presente proyecto, el contratista, de acuerdo con sus necesidades y capacidades,velar por la vinculacin de personas y la contratacin de servicios en las regiones en las que sedesarrollen las actividades, haciendo nfasis en las minoras tnicas de la poblacin. Lainformacin sobre las subcontrataciones podr ser solicitada por la Entidad Contratante y laInterventora.

    g. Los equipos propuestos, que se empleen en desarrollo del Contrato de Aporte con recursos defomento, debern ser fabricados (o ensamblados cuando sea el caso) por fabricantes oproveedores con certificacin de sistemas de calidad ISO 9000 para las lneas de producto a laque correspondan los equipos propuestos. Se exige la certificacin de Calidad ISO 9000expedida por un Organismo de Certificacin reconocido por la Superintendencia de Industria yComercio de Colombia o por la Entidad equivalente en el pas de origen, solamente para losequipos nuevos que se instalen en desarrollo del Contrato. As mismo, la infraestructuraperteneciente a redes de terceros o del mismo contratista a ser utilizada en desarrollo delContrato no ser sujeta de verificacin de certificacin ISO 9000.

    h. El diseo y la configuracin de las redes sern de libre eleccin por el contratista, siempre y

    cuando cumplan con los requerimientos establecidos en el presente documento, la normatividad

    2 Lo anterior implica que si el contratista realiz la instalacin y puesta en servicio de la conectividad a travs detecnologas de red de acceso satelital, existiendo la posibilidad tcnica de utilizar redes de acceso terrestres posterior alconcepto de la interventora, el contratista deber realizar la migracin tecnolgica para que el Kiosco Vive Digital seaatendido a travs de redes de acceso terrestres. Lo anterior aplicara para los conceptos emitidos por la Interventora seis(6) meses antes de finalizar la etapa de Operacin del Servicio de Conectividad a Internet.

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    vigente, y permitan dar cumplimiento a los aspectos de calidad y niveles de servicio del presenteProyecto.

    2.1 CRONOGRAMA

    En laTabla 1 se relacionan las metas asociadas a cada una de las fases del proyecto, as como suplazo mximo de entrega. La verificacin y el concepto de aprobacin de cumplimiento de las metasestarn a cargo de la Interventora del proyecto designada por la Entidad Contratante.

    MetaNo.

    FaseDescripcin de las obligaciones relacionadas con

    cada una de las metasPlazo Mximo de Entrega

    1.

    Fase 1:Planeacin

    Informe Detallado de Ingeniera y Operacin Plan de Instalacin y Puesta en Servicio

    Plan de Mantenimiento Plan de Gestin Ambiental del Proyecto Plan de Calidad del Proyecto Plan de desarrollo de los Web Services.

    1 mes despus de la suscripcin delacta de inicio del contrato

    2.

    Entrega de los Estudios de Campo yCaracterizacin del Entorno Social del primer grupocorrespondiente al cuarenta por ciento (40%) de losKioscos Vive Digital.

    2 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    3.

    Entrega de los Estudios de Campo yCaracterizacin del Entorno Social del segundogrupo correspondiente al treinta por ciento (30%) delos Kioscos Vive Digital.

    3 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    4.

    Entrega de los Estudios de Campo yCaracterizacin del Entorno Social del tercer grupocorrespondiente al treinta por ciento (30%) de losKioscos Vive Digital.

    4 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    5.

    Plan de Comunicaciones Plan de Capacitacin Plan de Sensibilizacin Portafolio de Servicios TIC

    5 meses despus de la suscripcindel acta de inicio del contrato

    6.

    Entrega del o los mdulos relacionados coninstalacin y operacin de los Kioscos Vive Digitalen el sistema de informacin.

    Entrega del desarrollo de los Web Services deinstalacin y operacin del sistema de Informacin.

    5 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    7.

    Fase 2:Instalacin

    Instalacin del primer grupo correspondiente alcuarenta por ciento (40%) de los Kioscos ViveDigital.

    5 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    8.

    Verificacin y concepto de aprobacin por parte dela Interventora de la instalacin del primer grupocorrespondiente al cuarenta por ciento (40%) de losKioscos Vive Digital.

    7 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    9. Instalacin del segundo grupo correspondiente al 7 meses despus de la suscripcin

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    MetaNo.

    FaseDescripcin de las obligaciones relacionadas con

    cada una de las metasPlazo Mximo de Entrega

    treinta por ciento (30%) de los Kioscos Vive Digital. del acta de Inicio del Contrato

    10.

    Verificacin y concepto de aprobacin por parte dela Interventora de la instalacin del segundo grupocorrespondiente al treinta por ciento (30%) de losKioscos Vive Digital.

    9 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    11. Instalacin del tercer grupo correspondiente al

    treinta por ciento (30%) de los Kioscos Vive Digital.8 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    12.

    Verificacin y concepto de aprobacin por parte dela Interventora de la instalacin del tercer grupocorrespondiente al treinta por ciento (30%) de losKioscos Vive Digital.

    10 meses despus de la suscripcindel acta de Inicio del Contrato

    13. Entrega del Sistema de informacin con la totalidad

    de sus mdulos.7 meses despus de la entrada enoperacin.

    14. Entrega de los Web Services restantes (informacin

    de PQR e informacin de calidad del servicio)desarrollados.

    8 meses despus de la entrada enoperacin.

    15.

    Fase 3:Operacin

    Entrega de la actualizacin de los resultados de laCaracterizacin del Entorno Social.

    18 meses despus de la entrada enoperacin.

    16. Entrega de la actualizacin del Plan de

    Capacitacin.19 meses despus de la entrada enoperacin.

    17. Operacin, mantenimiento y administracin del

    cuarenta por ciento (40%) de los Kioscos ViveDigital

    36 meses de servicio desde laaprobacin por parte de laInterventora de la instalacin delprimer grupo de Kioscos Vive Digital.

    18. Operacin, mantenimiento y administracin del

    treinta por ciento (30%) de los Kioscos Vive Digital

    36 meses de servicio desde laaprobacin por parte de laInterventora de la instalacin del

    segundo grupo de Kioscos ViveDigital.

    19. Operacin, mantenimiento y administracin deltreinta por ciento (30%) de los Kioscos Vive Digital

    36 meses de servicio desde laaprobacin por parte de laInterventora de la instalacin deltercer grupo de Kioscos Vive Digital.

    Tabla 1 Cronograma

    El inicio de cada una de las metas de operacin ser determinada por la fecha en la cual elinterventor apruebe el 100% de los Kioscos Vive Digital correspondientes a cada uno de los gruposde las metas de la etapa de instalacin conforme a lo establecido en el numeral3.1.7 del presentedocumento.

    El contratista podr realizar entregas parciales de la instalacin de los Kioscos Vive Digital antes dela fecha de reporte de las metas de instalacin, para revisin por parte de la Interventora. Sinperjuicio de lo anterior, la aprobacin se realizar previo concepto favorable de la interventora del100% de los Kioscos Vive Digital correspondientes a cada una de las metas de instalacin de quetratan los numeral 5, 7 y 9 de laTabla 1.

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    El contratista se obliga a la apertura y operacin de los Kioscos Vive Digital una vez la interventoraemita concepto favorable de la aprobacin del 100% de la meta correspondiente a la instalacin de

    cada uno de los grupos de Kioscos Vive Digital. El periodo comprendido entre la meta de instalaciny el concepto de aprobacin de la respectiva meta de instalacin de los Kioscos Vive Digital, seutilizar para realizar mediciones piloto de los indicadores para la prestacin de los servicios deconectividad a Internet y telefona y para que el contratista realice los correspondientes ajustes parael cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones y susrespectivos anexos.

    Durante este tiempo, no es obligatorio que el contratista abra el Kiosco Vive Digital al pblico engeneral, pero s se obliga a permitir el uso del servicio de conectividad a Internet por parte de lacomunidad educativa del Establecimiento o Sede Educativa; es decir el canal para acceder alservicio a Internet deber estar habilitado para que la comunidad educativa pueda hacer uso del

    servicio durante las 24 horas del da, los 7 das de la semana.

    3 ASPECTOS TCNICOS DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

    A continuacin se describen las obligaciones relacionadas con los aspectos tcnicos de los KioscosVive Digital, en relacin con la, planeacin, instalacin, puesta en servicio, administracin, operaciny mantenimiento de los mismos, as como el desarrollo de las estrategias para promover el uso y laapropiacin de las TIC en los Kioscos Vive Digital.

    3.1 INSTALACIN DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

    El contratista es el nico responsable de los servicios que se presten en el Kiosco Vive Digital, locual incluye proveer todos los equipos y realizar las inversiones requeridas para que cada KioscoVive Digital, cuente con la infraestructura de telecomunicaciones necesaria para la prestacin de losservicios de conectividad a Internet y de telefona, bajo los estndares y condiciones establecidos enel presente Anexo Tcnico.

    3.1.1 KIOSCOS VIVE DIGITAL A BENEFICIAR

    Un Kiosco Vive Digital, es un punto de acceso pblico a Internet, donde las comunidadesbeneficiadas podrn acceder a los servicios de telefona y conectividad a Internet con accesos de

    banda ancha, y se promovern planes de apropiacin en TIC para fomentar el uso de estasherramientas en las actividades cotidianas de las poblaciones que habitan en las zonas rurales yapartadas del pas.

    El contratista se obliga a realizar como mnimo, la planeacin, instalacin, puesta en servicio,administracin, operacin, mantenimiento, promocin, uso y apropiacin para el uso de las TIC en

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    los Kioscos Vive Digital definidos en cada uno de los departamentos que conforman las regiones delproyecto.

    3.1.1.1 UBICACIN Y CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

    Los Kioscos Vive Digital sern ubicados en los establecimientos y sedes educativas postuladas porlas secretarias de educacin de los entes territoriales certificados, a travs de la convocatoria delProyecto de Kioscos Vive Digital realizada por el Ministerio de las Tecnologas de la Informacin ylas Comunicaciones en el mes de junio de 2013 y en los establecimientos y sedes educativas quefueron beneficiados a travs del Proyecto de Conectividad a Internet de Instituciones Pblicas Fase 5.

    Los establecimientos y sedes educativas debern cumplir con los siguientes criterios de elegibilidadpara funcionar como un Kiosco Vive Digital:

    a. Ser de carcter oficial, reconocida por el Ministerio de Educacin Nacional.b. Estar ubicadas en centros poblados que no cuenten con un sitio de acceso pblico a

    Internet, incluyendo los Kioscos Vive Digital de la Fase I.c. No contar con servicio de conectividad a Internet, bien sea prestado por otro proyecto del

    Ministerio TIC u otra entidad oficial o privada, al momento de la instalacin del Kiosco ViveDigital.

    d. Contar con servicio de energa elctrica, que garantice el cumplimiento de los periodosmnimos de apertura del Kiosco Vive Digital definidos en el numeral3.1.4.

    e. Contar con una Instalacin Elctrica para el uso final de la energa elctrica, con sistema depuesta a tierra y reguladores de voltaje y/o UPS, de acuerdo con lo establecido en el

    numeral3.2.2.f. Contar con por lo menos dos (2) computadores en funcionamiento y que cuenten con tarjeta

    de red que permita conectarse a la red LAN cableada o inalmbrica, al momento de lainstalacin del Kiosco Vive Digital.

    g. Adicionalmente, deber permitir el acceso al pblico en general durante el tiempo requeridopara el funcionamiento del Kiosco Vive Digital de acuerdo con lo definido en el numeral3.1.4.

    El contratista no podr realizar modificaciones a la infraestructura fsica del establecimiento o sedeeducativa, en el cual se instalar el Kiosco Vive Digital sin contar con la debida aprobacin delrepresentante (rector y/o secretara de educacin certificada correspondiente) de la sede educativa,

    sin embargo, podr realizar obras civiles, que considere convenientes para garantizar la seguridadtanto de las personas que hagan uso de los servicios prestados en el Kiosco Vive Digital como delos equipos a travs de los cuales se prestan los mismos.

    Los KVD sern ubicados en los sitios del listado denominado Prioritarios del Anexo 1 y una vezagotados los mismos, los KVD sern ubicados en los sitios del listado denominado Potenciales del

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    Anexo 1, seleccionando en su orden los Establecimientos y Sedes Educativas que se encuentrendentro de los departamentos con los ndices ms altos de Necesidades Bsicas Insatisfechas (NBI),de conformidad con los datos publicados por el DANE en su pgina Web, actualizados al 31 de

    diciembre de 2011. Una vez agotados los sitios del listado denominado Potenciales del Anexo 1, elContratista proceder de la siguiente forma:

    a. El contratista buscar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con las siguientes trescondiciones:i. Atender a la comunidad educativa de los Centros Poblados con una poblacin mayor que

    cien (100) habitantes;ii. Los habitantes de dicho Centro Poblado no tengan posibilidades de acceso a Internet;iii. Se comprometan a operar como Kioscos Vive Digital.

    b. En caso de no encontrar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con los requisitosdel literal a., precedente, el contratista se obliga a: buscar un local independiente; dotarlo de

    acuerdo con las condiciones establecidas en laTabla 2 y; operarlo como un Kiosco Vive Digitalcatalogado como caso especial. Este Kiosco Vive Digital estar ubicado prioritariamente en losCentros Poblados reconocidos por el DANE y en todos los casos el Centro Poblado debercontar con una poblacin mayor que cien (100) habitantes y la comunidad que all habita nocontar con posibilidades para acceder a Internet.

    Sin perjuicio de lo anterior, durante la elaboracin de los Estudios de Campo, el contratista se obligaa verificar el cumplimiento de los criterios de elegibilidad por parte de los Establecimientos y SedesEducativas, los cuales sern verificados por la Interventora y aprobados por la Entidad Contratante.

    En casos excepcionales debidamente aprobados por la Entidad Contratante, o quien sta designe,

    se podr instalar un Kiosco Vive Digital en un establecimiento o sede educativa que no cumpla conalguno o algunos de los criterios de elegibilidad contemplados en el presente numeral.

    En caso que un establecimiento o sede educativa catalogado como obligatorio por la EntidadContratante, de conformidad con lo establecido en el numeral 2.4 y 5.4.1 del Pliego de Condiciones,no cumpla con el criterio de elegibilidad de contar con una Instalacin Elctrica que permita elfuncionamiento de los equipos del Kiosco Vive Digital, el contratista, excepcionalmente, se obliga aproveer la instalacin elctrica del establecimiento o sede educativa. Estos casos excepcionalesaplicarn hasta en un mximo de quince (15) establecimientos o sedes educativas en cada una delas regiones que resulte adjudicatario. Para el caso de Kioscos Vive Digital ofertados por elcontratista como opcionales, se aplicar lo establecido en el numeral 5.4.1 del Pliego de

    Condiciones.

    3.1.1.2 CASOS ESPECIALES

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    De acuerdo con las solicitudes realizadas a la Entidad Contratante por diferentes entidadesgubernamentales del orden nacional y territorial, se han definido como casos especiales los sitiosque se encuentran en:

    Resguardos y Comunidades Indgenas, Parques Naturales Nacionales de Colombia, Bases Militares, Zonas de frontera Otros

    Para estos Kioscos Vive Digital definidos como casos especiales, dependiendo las condiciones ynecesidades de los sitios, sern ubicados de acuerdo con la disponibilidad de espacios existentes enlos sitios definidos como casos especiales y los mismos deben adaptarse a las condiciones delentorno; la Entidad Contratante no podr definir ni responder por los planos ni la distribucin fsicade los Kioscos Vive Digital, siendo de total responsabilidad del contratista.

    Los Kioscos Vive Digital de los sitios definidos como casos especiales, debern estar ubicados enlugares con mayor densidad de poblacin y con mayor facilidad de acceso, y en los cuales se puedaminimizar la ocurrencia de actos de vandalismo y la ocurrencia de riesgos naturales.

    Adicionalmente, el contratista deber tener en cuenta las recomendaciones de ubicacin de losKioscos Vive Digital de los sitios definidos como casos especiales, dadas por las Entidades yAutoridades encargadas del manejo y administracin de stos sitios en los casos que aplique. Laseleccin y escogencia del local donde ser ubicado el Kiosco, es de total responsabilidad delcontratista.

    El contratista no podr realizar modificaciones a la infraestructura fsica del establecimiento en elcual se instalar el Kiosco Vive Digital, sin contar con la debida aprobacin del propietario oencargado del mismo y con el compromiso de no deteriorar su infraestructura.

    La entidad contratante no tiene ni tendr ninguna relacin contractual con el propietario, poseedor,arrendador o quien haga sus veces del local o vivienda donde se instale el Kiosco Vive Digital, elnico responsable es el contratista, por lo que este es el nico que responde por las modificacionesa la infraestructura, pago y todo lo concerniente al local o vivienda donde se ubicar, instalar yoperar el Kiosco Vive Digital.

    En ningn caso, el contratista podr solicitar a las entidades locales, a la comunidad, a lospropietarios de los inmuebles donde se operen los Kiosco Vive Digital o a los responsables de laadministracin de los servicios un pago, bien sea en dinero o en especie con el objetivo de instalary/o dotar los equipos o infraestructura necesaria para prestar los servicios contratados a travs delpresente proyecto. Esta misma prohibicin se extiende a los subcontratistas.

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    3.1.2 REEMPLAZO DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

    Los establecimientos o sedes educativas o los sitios definidos como casos especiales,

    seleccionados para instalar los Kioscos Vive Digital, podrn ser remplazados mediante cambio otraslado.

    Para la seleccin del Centros Poblados donde se reubicarn los Kioscos Vive Digital, el Contratistadeber tener en cuenta, en su orden, los siguientes criterios

    Que se encuentren en el listado de establecimientos o sedes educativas Priorizadas yPotenciales

    Que se encuentren dentro del mismo municipio de donde se retira el Kiosco Vive Digital Que se encuentren dentro del mismo departamento de donde se retira el Kiosco Vive Digital. Que se encuentren dentro dela misma regin de donde se retira el Kiosco Vive Digital.

    Sin perjuicio de lo anterior, en todos los casos el contratista deber presentar a la EntidadContratante un listado de centros poblados con posibilidad de ser considerados como remplazantes,cumpliendo con los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral3.1.1.1 del presente anexotcnico.

    Los Kioscos Vive Digital que se remplacen, debern mantener las mismas caractersticas tcnicasdefinidas en el presente Anexo Tcnico.

    Los Contratistas debern tener presente que la Entidad Contratante no reconocer valoresadicionales por concepto de reubicaciones de la conectividad dentro del mismo establecimiento osede educativa. En los casos en que el establecimiento o sede educativa solicite la reubicacin porhechos no imputables al contratista, y que no obedezcan a eventos de fuerza mayor o caso fortuito,ste podr cobrarle por esta reubicacin al respectivo establecimiento o sede, de acuerdo con lastarifas de mercado.

    El procedimiento para realizar los cambios y/o traslados podr ser actualizado, modificado oremplazado por mutuo acuerdo de las partes, sin embargo, en caso que no exista un acuerdo entrela Entidad Contratante y el contratista, la Entidad Contratante podr establecerlo mediantecomunicacin dirigida al contratista, dejando constancia de las discusiones efectuadas con elobjetivo de lograr el acuerdo.

    3.1.2.1 CAMBIOS

    a. Cambio de los Kioscos Vive Digital ubicados en Establecimientos y Sedes Educativas

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    Para el presente proyecto se contempla que los establecimientos o sedes educativas podrn sercambiados por no cumplir con los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral3.1.1.1de esteanexo.

    El cambio se realiza antes de instalar el Kiosco Vive Digital, y se origina por solicitud del contratista uordenado por la Entidad Contratante, previo concepto de la Interventora.

    Los establecimientos o sedes educativas donde se cambiarn los Kioscos Vive Digital, deberncumplir con los criterios de elegibilidad definidos en el numeral3.1.1.1 del presente documento.

    Los KVD sern ubicados en los sitios del listado denominado Prioritarios del Anexo 1 y una vezagotados los mismos, los KVD sern ubicados en los sitios del listado denominado Potenciales delAnexo 1. Una vez agotados los sitios del listado denominado Potenciales del Anexo 1, elContratista proceder de la siguiente forma:

    a. El contratista buscar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con las siguientes trescondiciones:i. Atender a la comunidad educativa de los Centros Poblados con una poblacin mayor que

    cien (100) habitantes;ii. Los habitantes de dicho Centro Poblado no tengan posibilidades de acceso a Internet;iii. Se comprometan a operar como Kioscos Vive Digital.

    b. En caso de no encontrar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con los requisitosdel literal a., precedente, el contratista se obliga a: buscar un local independiente; dotarlo deacuerdo con las condiciones establecidas en laTabla 2 y; operarlo como un Kiosco Vive Digital

    catalogado como caso especial. Este Kiosco Vive Digital estar ubicado prioritariamente en losCentros Poblados reconocidos por el DANE y en todos los casos el Centro Poblado debercontar con una poblacin mayor que cien (100) habitantes y la comunidad que all habita nocontar con posibilidades para acceder a Internet.

    Teniendo en cuenta que los cambios aplican antes de la instalacin de los Kioscos Vive Digital, nose reconocern pagos adicionales al contratista por los estudios de campo adicionales que segeneren en el proceso.

    En casos excepcionales dependiendo las circunstancias que se presenten en el desarrollo delproyecto, la Entidad Contratante podr indicar la instalacin de un Kiosco Vive Digital en un

    Establecimiento o Sede Educativa que no cumpla con alguno de los criterios de elegibilidad.

    El procedimiento a seguir para la realizacin de los cambios de los Kioscos Vive Digital ubicados enestablecimientos y sedes educativas, se describe a continuacin:

    1. Si el cambio es solicitado por el contratista, ste deber presentar a la Interventora la solicitud decambio, relacionando el centro poblado y la sede educativa que se va a cambiar y la sede

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    educativa en la cual se instalar el Kiosco Vive Digital, anexando el formato de estudio de campodiligenciado y cargado en el sistema de gestin. La Interventora verificar que la justificacinpara excluir el sitio del proyecto sea vlida y est soportada.

    2. Si el cambio es solicitado por la Entidad Contratante, sta notificar al contratista y al Interventor,su instruccin de proceder con el cambio del Kiosco Vive Digital. Para tal fin dentro de sucomunicacin deber sealar los motivos que soportan la realizacin del cambio y la institucineducativa en el cual se instalar el Kiosco Vive Digital.

    En caso que la Entidad Contratante no indique el Centro Poblado en el cual se deber instalar elKiosco Vive Digital, la consecucin del mismo, ser responsabilidad del Contratista, en tal sentidodeber verificar los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral 3.1.1.1 del presentedocumento, los cuales sern verificados por la interventora.

    3. La Interventora emitir su concepto y recomendaciones a la Entidad Contratante con copia alContratista en un plazo mximo de cinco (5) das hbiles siguientes a la fecha de recibo de lasolicitud de cambio. Si el cambio es solicitado por la Entidad Contratante, la Interventora soloemitir concepto en relacin con el centro poblado o la sede educativa donde se trasladar elKiosco Vive Digital.

    4. La Entidad Contratante proceder a notificar por escrito al Contratista su concepto respecto de lasolicitud, dentro plazo mximo de cinco (5) das hbiles contados a partir del da siguiente a lafecha de recepcin del concepto del Interventor.

    5. Si el concepto es favorable, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a su recibo, se firmar

    un acta3de cambio con la cual se autoriza el cambio del Kiosco Vive Digital y esta acta entrar aformar parte integral del Contrato de Fomento. En dicha acta se detalla la sede educativa y centropoblado que se cambi, la sede educativa y el centro poblado en donde se instalar el KioscoVive Digital y la causa que motiv el cambio. Una vez firmada el acta, el contratista deberactualizar las bases de datos con la informacin de los Kioscos Vive Digital a beneficiar.

    6. Si la Entidad Contratante niega la solicitud de cambio por elementos formales (insuficiencia deinformacin, etc.), el contratista contar con un plazo mximo de cinco (5) das hbiles, parapresentar la informacin que se requiera. Cualquier retraso en la entrega de la informacinsuspender el procedimiento de cambio y deber ser reiniciado por el contratista en los trminosy plazos ac contemplados y ste asumir las consecuencias y repercusiones que su retraso

    pueda traer al proyecto.

    3El acta de cambio deber ser firmada por el representante legal del contratista, del Interventor y la Entidad Contratantedentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la fecha de recepcin de la comunicacin que remita la EntidadContratante y posteriormente el Contratista remitir el Acta Original a la Entidad Contratante.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    7. Si la Entidad Contratante niega la solicitud porque la sede educativa en el cual se va a instalar elKiosco Vive Digital no cumple los Criterios de Elegibilidad, el Contratista deber presentar en unplazo no mayor a diez (10) das hbiles, una nueva solicitud con una sede educativa que si

    cumpla con los criterios de elegibilidad repitindose nuevamente el procedimiento.

    8. Si la Entidad Contratante niega la solicitud del contratista por segunda vez, se suspender elprocedimiento de cambio, hasta tanto no se defina la sede educativa y el centro poblado paradicho cambio. En este caso, la Entidad Contratante se reserva el derecho de proporcionar unlistado de centros poblados con su respectiva sede educativa para realizar el cambio, perosiempre ser responsabilidad del contratista conseguir el sitio para instalar el Kiosco Vive Digitaly la verificacin del cumplimiento de los criterios de elegibilidad.

    9. La Interventora verificar que en ningn caso el contratista pueda realizar un cambio de sitio sinque su solicitud haya sido aprobada por la Entidad Contratante.

    10.La Interventora verificar que el contratista proceda a la instalacin del Kiosco Vive Digital en elcentro poblado dentro de los plazos establecidos en el proyecto. El plazo que tiene el contratistapara colocar a disposicin el Kiosco Vive Digital a la interventora ser de quince (15) das hbilescontados a partir de la recepcin del comunicado de aprobacin del cambio por parte de laEntidad Contratante.

    b. Cambio de los Kioscos Vive Digital ubicados en sitios definidos como casos especiales

    Teniendo en cuenta que los sitios definidos como casos especiales por la Entidad Contratante,cumplen caractersticas especficas de acuerdo con las condiciones y necesidades de cada uno, los

    cambios se originan por solicitud dela Entidad Contratante, de las Autoridades encargadas delmanejo y administracin de estos sitios o por el contratista.

    Los Kioscos Vive Digital sern reubicados en los sitios definidos por la Entidad Contratante, por lasAutoridades encargadas del manejo y administracin de estos sitios o por los contratistas,procurando mantener equivalencia en la cantidad de Kioscos Vive Digital definidos pordepartamento.

    Teniendo en cuenta que los cambios aplican antes de la instalacin de los Kioscos Vive Digital, nose reconocern pagos adicionales al contratista por los estudios de campo adicionales que segeneren en el proceso.

    El procedimiento a seguir para la realizacin de los cambios de los Kioscos Vive Digital ubicados enlos sitios establecidos como casos especiales, se describe a continuacin:

    1. Si el cambio es solicitado por la Entidad Contratante o por las Autoridades encargadas delmanejo y administracin de los sitios, la Entidad Contratante notificar al contratista y al

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    Interventor, su instruccin de proceder con el cambio del sitio del Kiosco Vive Digital. Para tal findentro de su comunicacin deber sealar los motivos que soportan la realizacin del cambio yel sitio en el cual se instalar el Kiosco Vive Digital. En todo caso, el contratista deber realizar el

    respectivo estudio de campo en el formato definido para tal fin y cargarlo en el sistema degestin.

    En caso que la Entidad Contratante no indique el Centro Poblado en el cual se deber instalar elKiosco Vive Digital, la consecucin del mismo, ser responsabilidad del Contratista, en talsentido deber verificar los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral3.1.1.1del anexotcnico, a travs del estudio de campo.

    2. Si el cambio es solicitado por el contratista, ste deber presentar a la Interventora la solicitudde cambio, relacionando el sitio que se va a cambiar y los motivos que generan el cambio. LaInterventora verificar que la justificacin para excluir el sitio del proyecto sea vlida y est

    soportada.

    Teniendo en cuenta que estos sitios son definidos como casos especiales, en primera instanciala Entidad Contratante tendr la potestad de indicar el sitio en el cual se instalar el Kiosco ViveDigital. En caso que la Entidad Contratante no indique el Centro Poblado en el cual se deberinstalar el Kiosco Vive Digital, la consecucin del mismo, ser responsabilidad del Contratista, ental sentido deber verificar los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral 3.1.1.1delanexo tcnico.

    3. Una vez sea definido por la Entidad Contratante o por el contratista el sitio en la cual se instalarel Kiosco Vive Digital, el contratista deber entregar a la interventora el formato de estudio de

    campo diligenciado y cargado en el sistema de gestin, para la respectiva verificacin.

    4. Igualmente, la Interventora emitir su concepto y la Entidad contratante notificar por escrito alContratista su concepto respecto al cambio dentro de los plazos definidos en el numeral anterior;as mismo, se deber firmar el acta de cambio teniendo en cuenta los tiempos y lineamientosdescritos en el numeral anterior. Una vez firmada el acta, el contratista deber actualizar lasbases de datos con la informacin de los Kioscos Vive Digital a beneficiar.

    5. La Interventora verificar que el contratista proceda a la instalacin del Kiosco Vive Digitaldentro de los plazos establecidos en el proyecto. El plazo que tiene el contratista para colocar adisposicin el Kiosco Vive Digital a la interventora ser de veinte (20) das hbiles contados a

    partir de la recepcin del comunicado de por parte de la Entidad Contratante.

    3.1.2.2 TRASLADOS

    El traslado se realiza cuando se retira un Kiosco Vive Digital para reubicarlo, durante el periodo deoperacin.

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    Los traslados pueden presentarse bajo las siguientes circunstancias:

    a. No aprovechamiento de la participacin en el presente proyecto por parte de la comunidad: Para los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales, Cuando la

    comunidad renuncie al mismo durante el perodo de operacin del proyecto. Cuando los Establecimientos y Sedes Educativas, renuncien a operar como un Kiosco Vive

    Digital. Cuando la comunidad no haga uso de los servicios de Telecomunicaciones ofrecidos en los

    Kiosco Vive Digital por un perodo continuo mayor o igual a un (1) mes. Cuando se incumpla el tiempo mnimo de apertura de los Kioscos Vive Digital a la comunidad

    definido en el numeral3.1.4 del presente documento. El traslado proceder cuando los KioscosVive Digital abran a la a la comunidad menos de las horas mnimas definidas en el numeral3.1.4 durante cuatro (4) semanas consecutivas. Lo anterior no exonerar al contratista de multasy sanciones a que haya lugar por incumplir los tiempos de apertura establecidos en el numeral3.1.4del presente Anexo Tcnico.

    Para verificar lo anterior, el contratista deber reportar a la Interventora y la EntidadContratante, mensualmente el trfico cursado y la relacin de las pginas web consultadas encada uno de los Kioscos Vive Digital. As como el trfico de llamadas salientes y entrantesrealizadas en el mismo, igualmente deber entregar los soportes del seguimiento y control queel contratista hace a su plan de estrategia de apropiacin y los resultados obtenidos segn cadaestrategia.

    b. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentadas por el Contratistaante la Interventora y la Entidad Contratante para su aprobacin, que impidan la prestacin delos servicios de telecomunicaciones en los Kioscos Vive Digital4.

    c. Cuando se evidencie que existen soluciones de acceso al pblico al servicio de Conectividad aInternet, en el centro poblado donde se encuentra ubicado el Kiosco Vive Digital.

    En los casos en que la Entidad Contratante previo concepto de la interventora, apruebe realizar eltraslado de un Kiosco Vive Digital por alguna o algunas de las circunstancias enunciadas en losliterales anteriores, el contratista estar obligado a realizar el mismo.

    Los traslados se realizarn hasta seis (6) meses antes de finalizar la etapa de operacin. En caso depresentarse circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que generan un traslado durante losltimos seis meses de operacin, el mismo no se realizar y el tiempo de servicio no prestado en el

    4Los actos malintencionados de terceros, o los generados por alteraciones del orden pblico, no sern causal automticapara que el Contratista solicite el traslado y/o para que el mismo sea sufragado por la Entidad Contratante. En el eventode que esto ocurra cada caso ser revisado y de ser el necesario aprobado particularmente por sta, previo concepto delinterventor.

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    Kiosco Vive Digital a reemplazar, deber reponerse al finalizar la etapa de operacin, en los Kioscosque se encuentren operativos.

    El contratista deber tener presente que dentro del valor de fomento, se encuentran considerados unnmero de traslados equivalentes hasta por el diez por ciento (10%) del nmero de Kiosco ViveDigital del proyecto.

    En los casos en que proceda realizar un traslado los KVD sern ubicados en los sitios del listadodenominado Prioritarios del Anexo 1 y una vez agotados los mismos, los KVD sern ubicados enlos sitios del listado denominado Potenciales del Anexo 1. Una vez agotados los sitios del listadodenominado Potenciales del Anexo 1, el Contratista proceder de la siguiente forma:

    a. El contratista buscar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con las siguientes trescondiciones:

    i. Atender a la comunidad educativa de los Centros Poblados con una poblacin mayorque cien (100) habitantes;

    ii. Los habitantes de dicho Centro Poblado no tengan posibilidades de acceso a In ternet;iii. Se comprometan a operar como Kioscos Vive Digital.

    b. En caso de no encontrar Establecimientos y Sedes Educativas que cumplan con los requisitosdel literal a., precedente, el contratista se obliga a: buscar un local independiente; dotarlo deacuerdo con las condiciones establecidas en laTabla 2 y; operarlo como un Kiosco Vive Digitalcatalogado como caso especial. Este Kiosco Vive Digital estar ubicado prioritariamente en losCentros Poblados reconocidos por el DANE y en todos los casos el Centro Poblado debercontar con una poblacin mayor que cien (100) habitantes y la comunidad que all habita no

    contar con posibilidades para acceder a Internet.

    c. La Entidad Contratante, podr suministrar un listado con sedes educativas potenciales a serbeneficiarias, pero el contratista tendr la obligacin de verificar que las mismas cumplan con loscriterios de elegibilidad definidos para el proyecto.

    En caso de existir la necesidad de realizar un traslado en los sitios definidos como casos especiales,la Entidad Contratante indicar el lugar donde se trasladar el Kiosco Vive Digital.

    El procedimiento a seguir para la realizacin de los traslados de los Kioscos Vive Digital, se describea continuacin:

    1. Si el traslado es solicitado por el contratista, deber presentar a la Interventora la solicitud detraslado, debidamente sustentada de acuerdo con las causales enunciadas en el numeral3.1.2.2del presente anexo, esta solicitud deber contener toda la informacin que permitaidentificar el Kiosco Vive Digital que se va a trasladar. La Interventora verificar que lajustificacin para trasladar el sitio del proyecto sea vlida y est soportada.

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    As mismo, deber proveer un estudio de campo para la sede educativa o para el sitio definidocomo caso especial donde se instalar el Kiosco Vive Digital, en el cual se evidencie elcumplimiento de los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral 3.1.1.1del presente

    anexo.

    2. Si el traslado es recomendado por la Entidad Contratante, sta notificar al contratista y alInterventor, su instruccin de proceder con el traslado del Kiosco Vive Digital, sealando losmotivos que soportan la realizacin del traslado.

    En caso que la Entidad Contratante no indique el sitio definido como caso especial o la sedeeducativa ubicada en la cual se deber instalar el Kiosco Vive Digital, la consecucin del mismo,ser responsabilidad del Contratista, en tal sentido deber verificar los criterios de elegibilidadestablecidos en el numeral 3.1.1.1del presente anexo, los cuales sern verificados por lainterventora. El estudio de campo se deber presentar dentro de los diez (10) das hbiles

    siguientes al recibo de la solicitud de traslado o la aprobacin de traslado por parte de la EntidadContratante.

    3. Si el traslado es solicitado por el contratista, La Interventora emitir su concepto yrecomendaciones a la Entidad Contratante con copia al Contratista en un plazo mximo de cinco(5) das hbiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud de traslado. Si el traslado esrecomendado por la entidad contratante, la interventora emitir su concepto en un plazomximo de cinco (5) das hbiles siguientes a la fecha de recibo del estudio de campopresentado por el contratista y solo emitir concepto en relacin con el centro poblado o la sedeeducativa donde se trasladar el Kiosco Vive Digital

    4. En caso de necesitarse informacin adicional para evaluar la solicitud de traslado, el contratistadeber suministrar la informacin pertinente, dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes y sereinicia el proceso de revisin de la solicitud por parte de la Interventora.

    5. Una vez emitido el concepto de aprobacin de traslado por parte de la Entidad Contratante, sefirmar un acta5con la cual se autoriza el cambio del sitio del Kiosco Vive Digital y que entrar aformar parte integral del Contrato de Fomento. En esta acta se detalla el sitio que se cambi, elsitio en donde se instalar el Kiosco Vive Digital y la causa que motiv el traslado. Una vezfirmada el acta, el contratista deber actualizar las bases de datos con la informacin de losKioscos Vive Digital a beneficiar.

    6. El contratista contar con un trmino mximo de hasta quince (15) das hbiles para efectuar lostraslados solicitados y aprobados contados a partir de la fecha de recibo de la comunicacin deaprobacin de la Entidad Contratante.

    5El acta de cambio por traslado deber ser firmada por el representante legal del contratista, del Interventor y la EntidadContratante dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la fecha de recepcin de la comunicacin que remita laEntidad Contratante y posteriormente el Contratista remitir el Acta Original a la Entidad Contratante.

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    7. El contratista deber realizar la instalacin del Kiosco Vive Digital teniendo en cuenta lasconsideraciones definidas en el Anexo Tcnico.

    8. Si por causa de un traslado es necesario cambiar el Gestor TIC, nuevamente el Contratistadeber implementar el proceso de capacitacin, definido en el numeral 3.3.2.4 del presenteAnexo Tcnico.

    9. El contratista deber notificar la terminacin del traslado a la Interventora, quien realizar elrecibo del mismo y los informes para la presentacin al contratista y a la Entidad Contratante,segn lo contemplado en la metodologa de aprobacin del Kiosco Vive Digital.

    3.1.3 EQUIPOS A DOTAR

    El contratista tendr que suministrar e instalar como mnimo la siguiente infraestructura de red en losKioscos Vive Digital, de acuerdo con la ubicacin de los mismos:

    Equipos por KioscoVive Digital

    Cantidad de equiposKVD en Establecimientos

    y Sedes Educativa

    Cantidad de equiposKVD casos especiales

    Access Point Uno (1) Uno (1)Computadores Uno (1)6 Dos (2)7Red LAN/wLAN Una (1) Una (1)Impresora multifuncional Una (1) Una (1)Televisor Uno (1) Uno (1)

    Telfono Uno (1) Uno (1)Tabla 2 Equipos a dotar

    Toda la infraestructura, equipos y mobiliario a los que hace referencia el presente numeral, debenser nuevos; es decir, no podr instalar equipos usados o remanufacturados, para la prestacin de losservicios de telecomunicaciones.

    El Contratista ser responsable de todos los equipos que instale en el Kiosco Vive Digital en elmarco del presente proyecto. En caso de daos, prdidas o dems actos que impliquen la necesidadde reponer los mismos, el contratista realizar dicha reposicin dentro de los quince (15) dashbiles siguientes a la notificacin del hecho.

    6El computador que se dotar a los establecimientos y sedes educativas ser el utilizado para configurar como equiposervidor.7Uno de los computadores que se dotar en los Kioscos Vive Digital catalogados como casos especiales serconfigurado como equipo servidor.

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    El contratista se obliga a implementar los mecanismos necesarios que permitan garantizar laseguridad de los equipos instalados en los Kioscos Vive Digital.

    A continuacin, se detallan las especificaciones mnimas de los equipos a dotar en los Kioscos ViveDigital.

    3.1.3.1 ACCESS POINT

    En cada uno de los Kioscos Vive Digital, el contratista se obliga a configurar un (1) Access Point quecumpla con las siguientes caractersticas:

    Caractersticas Especificaciones MnimasAlcance Mnimo 100 mts.

    Antenas

    Mnimo 3

    Desde 2 dBi band 2.4 GHz.OmnidireccionalUso Interior

    SeguridadSeguridad Wi-Fi Protected Access

    (WPA) y 64/128-bis WEP EncryptionWireless 802.11b, 802.11g, 802.11nInterfaces 10/100 BASE-T autosensing (RJ-45)Velocidad Mnimo 300 MbpsGaranta Mnimo 2 aosManuales Incluidos

    Tabla 3 Caractersticas Access Point

    Esta red WLAN deber conectar en forma simultanea hasta un mnimo de quince (15) equipos de

    cmputo, por tanto, el contratista deber implementar un mecanismo de uso eficiente de la reddentro de los Kioscos Vive Digital.

    Adicionalmente el contratista se obliga a permitir que las comunidades beneficiadas puedan accedera Internet a travs de la red wLAN habilitada en la sede educativa, en un radio de 50 metros en lascercanas del Kiosco Vive Digital, desde terminales propias o de terceros que no hagan parte de lasconectadas dentro de las respectivas Sedes Educativas beneficiadas. Este servicio, tendr la tarifadefinida en el numeral 3.2.3 del presente anexo tcnico y deber estar disponible como mnimodurante el tiempo de apertura del Kiosco Vive Digital.

    3.1.3.2 SERVIDOR DE RED

    En los Kioscos Vive Digital ubicados en establecimientos o sedes educativas, el contratista se obligaa dotar una (1) estacin de trabajo que cumpla con las especificaciones definidas en el numeral3.1.3.3 del presente documento y configurarla como equipo servidor.

    Para los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales, el contratistatendr que configurar una de las estaciones de trabajo como equipo servidor.

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    El contratista podr implementar mecanismos de seguridad que impidan la instalacin deaplicaciones y el acceso al disco duro, siempre y cuando stas no impidan el acceso a la mquina

    como estacin de trabajo. No obstante lo anterior, el contratista tendr que instalar en el servidor lasherramientas que se utilizarn para la administracin y la tarificacin de los servicios que se prestenen el Kiosco Vive Digital y los dems requerimientos de software exigidos en este documento ycualquier otra aplicacin que para el momento del inicio de la fase de instalacin, haya suministradola Entidad Contratante.

    En caso de ser necesario, el contratista ser responsable del licenciamiento del software requeridopara configurar el servidor.

    El equipo de cmputo configurado como equipo servidor en los Kioscos Vive Digital ubicados en lossitios definidos como casos especiales, tendr las mismas caractersticas de los computadores,

    especificadas en laTabla 4.

    3.1.3.3 COMPUTADORES

    En los Establecimientos y sedes educativas que funcionen como Kioscos Vive Digital, el contratistase obliga a dotar un (1) equipo de cmputo porttil que ser configurado como equipo servidor, quecumplan las especificaciones detalladas enTabla 4.

    En los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios establecidos como casos especiales, el contratistaest obligado a instalar computadores porttiles (Dos de acuerdo con lo definido en laTabla 2)quecumplan las especificaciones detalladas enTabla 4.

    El fondo de escritorio, as como, la pgina de inicio del navegador de Internet ser aquel que laEntidad Contratante indique y podr ser cambiado peridicamente. Sin perjuicio de lo anterior, elcontratista podr solicitar y/o sugerir el fondo de pantalla segn las necesidades que se presentenen el desarrollo del proyecto.

    Caractersticas Especificaciones Mnimas Solicitadas

    PROCESADOR Dos (2) Ncleos, 64 bit,2.80 GHzMEMORIA RAM Mnimo 4 GB DDR3/1066MHzDISCO DURO Mnimo SATA 500 GBUNIDAD PTICA Quemador de CD/DVD, de doble capa.GRFICOS IntegradosMONITOR LED 14" de alta definicin o superior.TARJETA RED Ethernet 10/100/1000 integrada.CONEXIN INALMBRICA WIFI, IEEE 802.11 b/g/n, integrada.TECLADO En idioma espaol.WEB CAM IntegradaMICR FONO Y PARLANTES Integrados.

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    Caractersticas Especificaciones Mnimas Solicitadas

    AUDIO Tarjeta integrada.

    SISTEMA OPERATIVO YOFIMTICA

    Microsoft licencia a nombre de FONDO DE

    TECNOLOGAS DE LA INFORMACIN Y LASCOMUNICACIONES Office Professional Open Acadmico Licencias de Acceso Cliente (Cal) a Windows Server

    Open Acadmico Sistema Operativo Windows Server Estndar Open

    Acadmico, para el caso donde el equipo cumpla lafuncin de servidor.

    Sistema Operativo Windows Profesional, para el casodonde el equipo cumpla funcin de estacin de trabajo.

    Todo el software debe ser de la ltima versin liberadacomercialmente.

    ANTIVIRUS

    Software de antivirus que cuente con actualizaciones

    automticas a travs de internet durante la vigencia delcontrato

    SEGURIDADDisco duro protegido contra impacto por algn sistemamecnico o electrnico

    PUERTOSMnimo tres (3) USB 2.0, uno (1) USB 3.0, lectormultitarjetas que soporte SD, MMC; HDMI y VGA

    DISPOSITIVO APUNTADORTouchPad de dos botones y Mouse externo ptico 2botones con scroll de la misma marca del fabricante delequipo.

    BATERAS Recargables Ion Litio (6 celdas)NORMAS Cumplimiento de las Norma EnergyStar y RoHS.MANUALES En idioma espaol.GARANTA De 3 aos para el equipo con soporte en sitio.

    Tabla 4 Especificaciones Computadores

    3.1.3.4 RED LAN

    En cada Kiosco Vive Digital se deber configurar una red LAN inalmbrica (WLAN) con capacidadsuficiente para dar conectividad en forma simultnea hasta un mnimo de quince (15) computadorese Impresora instalada, utilizando el Access Point definido en el numeral3.1.3.1.

    En caso que los equipos de cmputo de las sedes educativas no cuenten con tarjeta de red quepermita conectarse a la red LAN inalmbrica, el contratista se obliga a configurar una red LANcableada, con el nmero de puntos suficientes para dar conectividad como mnimo a cinco (5)equipos de cmputo, de tal forma que no se desmejore la calidad y percepcin del usuario.

    3.1.3.5 IMPRESORA MULTIFUNCIONAL

    El contratista dotar a cada Kiosco Vive Digital con una impresora multifuncional con las siguientescaractersticas:

  • 5/23/2018 4 Anexo 2 - Anexo Tecnico

    22/102

    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

    Pgina 22de 102

    Lser Monocromtica Scanner y Fotocopiadora incluidos, en tamao carta y oficio. Conectividad a red Cableada y/o Inalmbrica, de acuerdo con el tipo de red a instalar en el

    Kiosco Vive Digital :

    Conectividad a red (Cableada) Especificaciones MnimasInterfaz Ethernet IntegradaVelocidades 10/100 MbpsEstndar IEEE802.3i,uTipo de Conector RJ45Conectividad Inalmbrica Especificaciones MnimasInterfaz WiFi IntegradaEstndar IEEE 802.11 b/g/nEncripcin WEP 64/128

    Tabla 5 Caractersticas Conexin de la impresora

    Scanner directo a USB Velocidad mnima de impresin en negro (normal, A4): 16 pginas por minuto (ppm) o superior

    (estndar ISO/IEC 24734). La garanta de fabricante de la impresora igual o superior a 2 aos.

    En los Kioscos Vive Digital ubicados en establecimientos y sedes educativas, la impresora debequedar accesible como mnimo desde el equipo de cmputo configurado como servidor y en losKioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como especiales, la impresora debe quedaraccesible desde todos los computadores instalados.

    El contratista, se obliga a suministrar como mnimo una vez cada tres meses los siguientes insumos:i) 1 tner y; ii) 3 resma de papel. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista se obliga a garantizar queen el Kiosco Vive Digital se encuentren los insumos necesarios y requeridos para la prestacin delservicio de impresin, situacin que ser verificada por la Interventora del Contrato.

    Para el caso de los Kioscos Vive Digital ubicados en establecimientos y sedes educativas, elcontratista se obliga a asignar trimestralmente una cuota de impresin de 500 hojas, que sernadministradas por los directivos docentes y administradores escolares. Esta cuota de impresindeber ser gratuita; y una vez sea agotada, el contratista podr realizar el cobro del servicio deimpresin, de acuerdo con las tarifas establecidas de conformidad con el numeral3.2.3 del presente

    Anexo Tcnico.El contratista tendr que entregar a la Interventora el soporte del suministro de los insumos, para surespectiva validacin

    Adicionalmente, el Contratista se obliga a garantizar en todo momento el buen funcionamiento de laimpresora.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

    Pgina 23de 102

    3.1.3.6 TELEVISOR

    El contratista se obliga a dotar cada Kiosco Vive Digital, con un televisor LED de 40, que cumplancomo mnimo las siguientes caractersticas: Resolucin: Full HD Entradas de Video: HDMI, PC, USB, Video Componente Sintonizador de TV Digital Terrestre: Compatible con el estndar DVB-T adoptado para

    Televisin Digital Terrestre - TDT en Colombia

    El contratista deber dotar al Kiosco Vive Digital con un cable HDMI y un cable VGA de mnimocinco (5) metros de longitud, que permita la conexin del televisor a los equipos de cmputo.

    Este televisor, podr ser utilizado dentro de la estrategia de apropiacin del presente proyecto; paraofrecer otros servicios definidos por el contratista, los cuales debern estar sujetos a la ley ynormatividad vigente.

    3.1.3.7 TELFONO

    El contratista se obliga a dotar cada Kiosco Vive Digital con un telfono diseado para prestarservicios de telefona pblica y deber cumplir como mnimo con las siguientes especificaciones:

    Todos los equipos terminales y sus componentes debern ser nuevos al momento de suinstalacin.

    Debern ser de marcacin por tonos DMTF. Los terminales debern ser homologados por la CRC. La certificacin de la homologacin de los

    terminales se exigir con la entrega del Informe Detallado de Ingeniera y Operacin del quetrata el numeral4.1

    Los equipos instalados debern ser terminales diseados para funcionar en condiciones deintemperie y haber sido diseados para prestar servicios de telefona pblica

    El servicio en estos terminales deber estar disponible los siete das a la semana 24 horas al da(7x24).

    El telfono a dotar en cada uno de los Kioscos Vive Digital, deber ser instalado en la parte exteriordel sitio para acceso permanente de la comunidad, por tanto, el Contratista tendr que implementarlos mecanismos necesarios que permitan garantizar la seguridad y proteccin de la intemperie de lostelfonos instalados.

    3.1.4 APERTURA DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

  • 5/23/2018 4 Anexo 2 - Anexo Tecnico

    24/102

    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    Una vez instalado y puesto en funcionamiento cada uno de los Kioscos Vive Digital, losestablecimientos y sedes educativas debern tener disponible sus instalaciones para el accesogeneralizado al pblico al uso de los servicios de telecomunicaciones ofrecidos en el Kiosco Vive

    Digital, en contra jornada acadmica inclusive en periodos de vacaciones y los fines de semana.

    Los servicios del Kiosco Vive Digital, debern estar disponibles para el pblico en general, comomnimo veinte (20) horas a la semana incluyendo fines de semana y periodos de vacaciones durantetoda la fase de operacin del Kiosco Vive Digital.

    Los Kioscos Vive Digital debern cumplir con el tiempo mnimo de apertura sealado en estenumeral, sin embargo, los horarios de atencin debern ser definidos por el contratista en conjuntocon la sede educativa, basados en los resultados obtenidos en los estudios de campo y lacaracterizacin de la poblacin, a travs de los cuales se podrn definir los das y horarios deapertura del Kiosco Vive Digital que permita la mayor concurrencia de la comunidad en el mismo, sin

    interrumpir las actividades acadmicas de los establecimientos y sedes educativas.

    Para los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales, se debertener disponible el acceso a los servicios de telecomunicaciones que se presta en el Kiosco ViveDigital, como mnimo as: Durante treinta (30) horas a la semana por el periodo de operacin del Kiosco Vive Digital, en los

    centros poblados que no se encuentren conectados al SIN8. Durante cuarenta (40) horas a la semana por el periodo de operacin del Kiosco Vive Digital, en

    los centros poblados conectados al SIN.

    En los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales, las horas y das

    de atencin debern ser definidos por el contratista, basados en los resultados obtenidos en losestudios de campo y la caracterizacin de la poblacin, teniendo en cuenta los horarios de mayorconcurrencia de la comunidad en el mismo. Sin embargo, dada la excepcionalidad de estos sitios,previo concepto favorable de la interventora y aprobacin de la Entidad Contratante se podrnbrindar los servicios del Kiosco Vive Digital por un periodo diferente al definido en este numeral.

    3.1.5 MOBILIARIO DEL KIOSCO VIVE DIGITAL

    Los Kioscos Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales, debern ajustarse alos requerimientos del Manual de Identificacin de los Kioscos Vive Digital, definido en el Anexo 8,colocando la cantidad de mobiliario (mesas y sillas) de acuerdo con la cantidad de equipos dotados

    por el contratista en cada Kiosco Vive Digital.

    Sin perjuicio de las especificaciones definidas en el Anexo 8, la Entidad Contratante podr realizarmodificaciones en el diseo y materiales del mobiliario aqu definido, previo acuerdo de las partes.

    8Sistema Interconectado Nacional, definido por la Ley 143 de 1.994

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    Para los Kioscos Vive Digital ubicados en establecimientos y sedes educativas se utilizar elmobiliario que la sede educativa disponga para ubicar los equipos de cmputo y para elfuncionamiento del Kiosco Vive Digital, exceptuando la mesa para la impresora y el soporte para el

    televisor que debern ser suministrados por el contrista.

    El contratista se obliga a implementar un prototipo de muestra del mobiliario y las piezas deidentificacin a utilizar en el Kiosco Vive Digital dentro de los primeros tres (3) meses despus de lasuscripcin del acta de Inicio del Contrato, el cual deber ser aprobado por la interventora delproyecto.

    3.1.6 INFORMACIN DE IDENTIFICACIN DEL KIOSCO VIVE DIGITAL

    3.1.6.1 MARCACIN Y AMBIENTACIN

    Tanto los Kiosco Vive Digital ubicados en establecimientos y sedes educativas como los ubicados ensitios definidos como casos especiales, deber contener la marcacin, ambientacin y demselementos detallados en el Manual de Imagen de los Kioscos Vive Digital definido en el Anexo 8.

    3.1.6.2 AVISOS DE IDENTIFICACIN

    En cada Kiosco Vive Digital se instalarn los avisos de identificacin, de acuerdo con el Manual deImagen definido en el Anexo 8. El diseo de las piezas ser aprobado por la Interventora designadapor la Entidad contratante.

    3.1.7 APROBACIN DE LA INSTALACIN DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL

    Para la aprobacin de los Kioscos Vive Digital, el contratista deber programar con la interventoravisitas de acompaamiento en la etapa de instalacin, en las cuales la Interventora pueda realizarobservaciones y recomendaciones sobre la instalacin de los Kioscos y se realicen pruebas pilotosde la aprobacin de la instalacin de los KVD. Estas visitas de acompaamiento en la instalacindebern hacerse en por lo menos el diez por ciento (10%) de los Kioscos Vive Digital adjudicados,procurando que la ubicacin de los mismos sea distribuida de forma equitativa en todos losdepartamentos del pas y sean Kioscos ubicados tanto en sedes educativas y en los sitios definidoscomo casos especiales.

    Las recomendaciones que surjan de la visita de acompaamiento por parte del interventor, debernser acogidas por el contratista, para la correcta instalacin de los Kioscos Vive Digital.

    Para que el Kiosco Vive Digital se considere como instalado, en funcionamiento y operativo; y enconsecuencia reciba la aprobacin correspondiente por parte de la Interventora designada por laEntidad Contratante, el contratista deber cumplir con las siguientes condiciones:

  • 5/23/2018 4 Anexo 2 - Anexo Tecnico

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    a. Tener aprobacin expresa del Estudio de Campo;b. Prestar el servicio que permita la conectividad a Internet cumpliendo con las consideraciones

    que se sealan en el numeral3.2.1.2;c. Prestar el servicio de telefona cumpliendo con las consideraciones que se sealan en el

    numeral3.2.1.3;d. Cumplir con la instalacin y configuracin de los servidores en los Kioscos Vive Digital;e. Cumplir con la dotacin, instalacin y configuracin de los equipos de cmputo en los Kioscos

    Vive Digital ubicados en los sitios definidos como casos especiales;f. Cumplir con el requisito de ubicar en los Kioscos Vive Digital, la marcacin, ambientacin y los

    avisos con la informacin disponible al pblico de acuerdo al numeral3.1.6;g. Cumplir con el requisito de dotar al Kiosco Digital con el Mobiliario descrito en el Anexo 8, de

    conformidad con lo establecido en el numeral3.1.5;h. Cumplir con el requisito de comisionar y validar el agente de monitoreo en el servidor de los

    Kioscos Vive Digital, de conformidad con lo establecido en el numeral3.4.5;i. Contar con la aprobacin del Informe Detallado de Ingeniera, del Plan de Instalacin y Puesta

    en Servicio, del Plan de Mantenimiento y del Plan de Gestin ambiental, descritos en el numeral4 del presente anexo tcnico.

    Antes de la aprobacin de la meta de instalacin del Kiosco Vive Digital, la Interventora realizar laverificacin de los soportes que evidencien que el contratista efectivamente realiz la instalacin dela conectividad a Internet y de telefona y realizar la verificacin remota de la instalacin de losservicios en el Kiosco Vive Digital.

    La Interventora solo dar el concepto de aprobacin de las metas de instalacin de cada uno de los

    grupos referenciados en laTabla 1,s y solo s el contratista cumple con la totalidad de los requisitosexigidos para la instalacin de los Kioscos Vive Digital, por tanto, no se contemplan las aprobacionesparciales con pendientes y en consecuencia el contratista deber considerar los tiemposestablecidos para la aprobacin de cada una de las metas.

    Dentro del proceso de recibo y aprobacin de los Kioscos Vive Digital, se realizan las siguientesactividades:

    Notificacin por parte del contratista a la Interventora y a la Entidad Contratante, informando lafinalizacin de la instalacin de los servicios en los Kioscos Vive Digital.

    Verificacin por parte de la Interventora de los soportes que evidencien la Instalacin del Kiosco

    Vive Digital. Programacin de Verificaciones Remotas y Visitas de Campo para la aprobacin de la

    Instalacin del Kiosco Vive Digital. Aprobacin de los servicios instalados en el Kiosco Vive Digital.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    Entrega del Informe de Aprobacin de la Instalacin del Kiosco Vive Digital y cumplimiento decada una de las meta, as como de la documentacin que soporta lo anterior, para dar inicio a laetapa de operacin.

    3.1.7.1 NOTIFICACIN DE LA INSTALACIN DE LOS KIOSCOS VIVE DIGITAL POR PARTEDEL CONTRATISTA

    Una vez el contratista haya finalizado la Instalacin del Kiosco Vive Digital, mediante comunicacinescrita y en formato digital, informar a la Interventora del Contrato y a la Entidad Contratante losiguiente:

    1. Listado de Kioscos Vive Digital que fueron instalados y se encuentran en funcionamiento yoperativos, con la informacin que permita identificarlo como cdigo de la sede educativa siaplica, cdigo del Kiosco Vive Digital, entre otros.

    2. Informacin de ubicacin de cada uno de los Kioscos Vive Digital reportados como cdigo DANEdepartamento, cdigo DANE municipio, cdigo DANE centro poblado, direccin, Informacingeoreferenciada, Direccin de la sede educativa si aplica distancia en kilmetros y tiempos dedesplazamiento desde la cabecera municipal ms cercana, entre otros.

    3. Para cada Kiosco Vive Digital, los datos de Contacto del administrador como nombre, telfono,e-mail, direccin, entre otros.

    4. Soporte de las pruebas de la Instalacin:- Al menos una (1) fotografa de las coordenadas geogrficas de la ubicacin del Kiosco Vive

    Digital, arrojadas por el GPS;- Al menos una (1) fotografa que demuestre que los equipos de cmputo del Kiosco Vive

    Digital pueden acceder a Internet como por ejemplo fotografas de PING, fotografas de

    navegacin, entre otras.5. Soportes de capacitacin de cada uno de los administradores de los Kioscos Vive Digital.6. Documentos que acrediten el perfil de los gestores y coordinadores exigidos en el numeral 3.3

    del Anexo Tcnico.

    El contratista podr realizar entregas parciales para revisin por parte de la Interventora de lainstalacin de los Kioscos Vive Digital, antes de la fecha de reporte de las metas de instalacinestablecidas en laTabla 1del numeral2.1 del presente Anexo Tcnico.

    3.1.7.2 VERIFICACIN DE LOS SOPORTES DE INSTALACIN POR PARTE DE LAINTERVENTORA

    Una vez entregada la documentacin relacionada en el numeral anterior, la interventora verificar:

    1. La entrega de toda la documentacin de la informacin requerida.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    2. La consistencia de la informacin contenida en los soportes, con la almacenada en el sistema deinformacin de la Entidad Contratante respecto a la fase de instalacin y la informacinconsignada en el estudio de campo en el sistema de gestin del contratista.

    3. Las pruebas de la puesta en servicio de la conectividad en el sistema de gestin del contratista.4. Dems requerimientos que realicen la interventora o la Entidad Contratante, para evidenciar la

    instalacin del Kiosco Vive Digital.

    La Interventora verificar los soportes de la instalacin de los Kioscos Vive Digital dentro de loscinco (5) das hbiles siguientes a la fecha del recibo de la comunicacin a la que se hace referenciaen el numeral 3.1.7.1 del presente documento, y notificar al contratista mediante comunicacinescrita el resultado de dicha verificacin.

    En caso que la documentacin presente inconsistencias o la misma est incompleta, el contratistacontar con tres (3) das hbiles para subsanar los requerimientos de la Interventora. Una vez

    entregado los soportes con los ajustes correspondientes por el contratista, la Interventora tendrcomo mximo de tres (3) das hbiles para emitir su concepto.

    Los soportes de instalacin relacionados en los numerales del 1 al 4 del numeral 3.1.7.1 delpresente documento, debern estar aprobados en su totalidad por la interventora para poder darinicio a las visitas de campo.

    Los soportes de los numerales 5 y 6 del numeral 3.1.7.1 del presente documento, debern estaraprobados en su totalidad por la Interventora para dar cumplimiento a la meta de instalacin y porconsiguiente dar inicio a la fase de operacin.

    3.1.7.3 PROGRAMACIN DE VERIFICACIONES REMOTAS Y VISITAS DE CAMPO PARA LAAPROBACIN DE LA INSTALACIN DEL KIOSCO VIVE DIGITAL.

    Dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a la entrega de los soportes de instalacin a lainterventora, el contratista deber programar con los administradores de los Kioscos Vive Digitalreportados como instalados y con la Interventora la realizacin de las pruebas remotas y visitas parala aprobacin de la instalacin de los Kioscos Vive Digital.

    Para las visitas de aprobacin de los Kioscos Vive Digital, el contratista en conjunto con laInterventora definir la ruta ptima para realizar las mismas. Semanalmente, el contratista y laInterventora debern revisar y ajustar la programacin de las visitas de acuerdo con los resultados

    obtenidos en las verificaciones de los soportes y las verificaciones remotas de la instalacin delKiosco Vive Digital.

    Una vez surtido este trmite, mediante correo electrnico, el contratista y la Interventora notificarna la Entidad Contratante, la ruta definitiva para realizar las visitas y la programacin de las pruebasremotas, como mximo dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a la entrega de los soportes

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    de instalacin a la interventora; y en caso de presentarse modificaciones y ajustes a laprogramacin, estos debern ser informados a ms tardar el da siguiente a la Entidad Contratante

    Para la programacin de las pruebas remotas y las visitas de verificacin se debern tener en cuentalos tiempos sealados en el cronograma definido en el numeral 2.1 del Anexo Tcnico, para lasmetas 6, 8 y 10 correspondientes a la verificacin y concepto de aprobacin por parte de laInterventora de la instalacin de los Kioscos Vive Digital. Por tanto, no se podrn programar visitasde campo dentro de los ltimos cinco (5) das hbiles antes del cumplimiento de las metasmencionadas.

    3.1.7.4 APROBACIN DE LOS SERVICIOS INSTALADOS EN EL KIOSCO VIVE DIGITAL

    La aprobacin de la puesta en servicio del Kiosco Vive Digital se realizar en dos pasos; con laverificacin remota y las visitas de campo:

    3.1.7.4.1 VERIFICACIN REMOTA

    Para realizar la verificacin remota, el contratista coordinar con el interventor y con el administradordel Kiosco Vive Digital, la realizacin de pruebas remotas en el NOC del contratista, para verificarque el servicio de conectividad se encuentra instalado, en funcionamiento y operativo el Kiosco ViveDigital, dentro de los plazos definidos en el numeral 3.1.7.3 del presente documento. Estaverificacin remota se realizar sobre el equipo de borde.

    Durante la ejecucin de estas pruebas, el contratista deber tener habilitado un telfono con el fin deque la interventora realice llamadas telefnicas al administrador, y viceversa, para que se confirme

    que los servicios estn habilitados en el Kiosco Vive Digital.

    Durante la realizacin de las pruebas remotas, la interventora desarrollar un protocolo de pruebascon mnimo los tems que se describen a continuacin, con el fin de verificar que los servicioscumplan con las condiciones establecidas en el Anexo Tcnico.

    1. Informacin General.2. Solucin Tecnolgica de Red de Acceso.3. Estacin remota.4. Servidor de Red5. Estaciones de trabajo operativas en el Kiosco Vive Digital.

    6. Direccionamiento IP LAN.7. Pruebas de Conectividad.8. Pruebas de telefona9. Restriccin de acceso a pginas Web.10.Funcionalidad de Equipos.11.Relacin de equipos recibidos.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    El interventor realizar un formato de verificacin con mnimo los tems relacionados en el presentenumeral, el cual se dar a conocer al contratista una vez sean aprobados los estudios de campo del

    primer grupo correspondiente al cuarenta por ciento (40%) de los Kioscos Vive Digital.

    Adicionalmente la Entidad Contratante y/o el Interventor podrn adicionar tems al protocolo depruebas, que se darn a conocer al contratista una vez sean aprobados los estudios de campo delprimer grupo correspondiente al cuarenta por ciento (40%) de los Kioscos Vive Digital.

    Del resultado de las pruebas remotas se levantar un acta firmada por las personas presentes en lacual se plasmen los resultados de la misma, las recomendaciones del Interventor y demsobservaciones que se consideren pertinentes. En dicha acta, debern quedar expresadosclaramente los resultados de la verificacin, de tal forma que se pueda evidenciar si es procedentecontinuar con el proceso de aprobacin o si por el contrario el contratista debe realizar acciones de

    mejora.

    El acta de verificacin, ser el soporte para la realizacin de la visita de campo y har parte integraldel informe de aprobacin del Kiosco Vive Digital por parte de la interventora.

    3.1.7.4.2 VISITA DE CAMPO PARA LA APROBACIN DE LA INSTALACIN DE LOSKIOSCOS VIVE DIGITAL

    El contratista deber coordinar con el interventor y el administrador del Kiosco Vive Digital, una (1)visita de verificacin en la que debern estar presentes un (1) representante de la sede educativacuando aplique, un (1) representante del contratista, un (1) representante debidamente autorizado

    del Interventor y el administrador del Kiosco Vive Digital. En los casos en que no asista un (1)representante debidamente autorizado del contratista, se consignar esta situacin en el Acta deVisita y el contratista aceptar el resultado de la visita de campo, pero no ser una condicional parala aprobacin o rechazo de la puesta en servicio del Kiosco Vive Digital.

    En todos los casos, la visita de campo se realizar siempre y cuando el concepto de verificacinremota sea favorable, procurando cumplir con la ruta ptima y la programacin de visitas notificada ala Entidad Contratante, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.1.7.3 del presentedocumento.

    En cada una de las visitas se levantar un acta, la cual deber estar suscrita por quienes

    participaron en la visita de verificacin y deber plasmar los resultados de la visita, lasrecomendaciones del Interventor y dems observaciones que se consideren pertinentes.

    Durante la visita, la interventora desarrollar un protocolo de pruebas con mnimo los tems que sedescriben a continuacin, con el fin de verificar que los servicios cumplan con las condicionesestablecidas en el presente Anexo Tcnico.

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    1. Informacin General.2. Estado fsico del lugar post-instalacin

    3. Solucin Tecnolgica de Red de Acceso.4. Estacin remota.5. Servidor de Red.6. Estaciones de trabajo.7. Direccionamiento IP LAN.8. Pruebas de Conectividad.9. Pruebas de Telefona10.Pruebas de impresin.11.Aplicaciones Informticas.12.Comisionamiento y Validacin del Sistema de Monitoreo.13.Restriccin de acceso a pginas Web.

    14.Funcionalidad de equipos.15.Funcionalidad del sistema tarificador16.Relacin de equipos recibidos.17.Documentacin.18.Fotografas de la visita, donde se evidencie las personas que participaron de la misma y el

    estado de la instalacin de los servicios19.Fotografas de la marcacin, ambientacin y los avisos instalados en el Kiosco Vive Digital, de

    conformidad con lo establecido en el numeral3.1.6 del anexo tcnico.20.Verificacin de la disponibilidad del Gestor Local en el Kiosco Vive Digital y el cumplimiento de

    los requisitos que debe cumplir para ejercer el cargo de Administrador o Gestor Local21.Resultado de la Visita.

    El interventor realizar un formato de verificacin con mnimo los tems relacionados en el presentenumeral, el cual se dar a conocer al contratista una vez sean aprobados los estudios de campo delprimer grupo correspondiente al cuarenta por ciento (40%) de los Kioscos Vive Digital.

    Adicionalmente, la Entidad Contratante y/o el Interventor podrn adicionar tems al protocolo depruebas, que se darn a conocer al contratista una vez sean aprobados los estudios de campo delprimer grupo correspondiente al cuarenta por ciento (40%) de los Kioscos Vive Digital.

    El proceso de recibo del servicio de conectividad en cada una de los Kioscos Vive Digital se realizarde acuerdo con los procedimientos establecidos para la solucin tecnolgica presentada en el

    Informe Detallado de Ingeniera y Operacin definido en el numeral4.1 del presente Anexo Tcnico.

    De cada una de las visitas de campo se levantar un acta suscrita por las personas presentes, en lacual se plasmarn los resultados de la visita, las recomendaciones del Interventor y demsobservaciones que se consideren pertinentes y se anexarn los resultados de los protocolos de las

  • 5/23/2018 4 Anexo 2 - Anexo Tecnico

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    Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13Cdigo Postal: 117711. Bogot, ColombiaT: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248www.mintic.gov.cowww.vivedigital.gov.co

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    pruebas ejecutadas durante la misma. El Interventor tendr un plazo de cinco (5) das hbiles,contados a partir de la realizacin de la visita, para emitir el concepto de aprobacin.

    En consecuencia, el contratista asume la responsabilidad que al momento de la visita de verificacin,la prestacin del servicio cumpla con todas las condiciones establecidas en el presente numeral. Porlo tanto, en los casos en que la aprobacin de la instalacin del Kiosco Vive Digital se rechace, elcontratista deber programar y coordinar una nueva visita, previa entrega de los soportes queevidencien que se solucionaron los motivos que originaron el rechazo; sin embargo, en caso depresentarse un motivo de rechazo recurrente, aunque el contratista programe la visita, el interventorno podr realizarla hasta tanto el contratista no entregue los soportes que evidencien que se hansubsanado los motivos que originaron el rechazo.

    Teniendo en cuenta que el contratista previamente present los reportes de trfico y particip en lacoordinacin de la ruta, el que no se haga presente al momento de la verificacin en campo, no lo

    exime de la responsabilidad de asumir las visitas de campo adicionales a las que haya lugar, encaso de presentarse un rechazo.

    3.1.7.4.3 VISITAS ADICIONALES

    El contratista deber pagar con cargo a los recursos de fomento adjudicados las visitas adicionalesque realice el Interventor hasta obtener la aprobacin del Kiosco Vive Digital, cuyo valor ser igualal que defina la Entidad Contratante en el contrato que suscriba con la Interventora y el cual nosuperar en promedio por visita un (1) Salario Mnimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) incluido elIVA.

    Todas las visitas adicionales que requiera realizar el Interventor para la aprobacin de la instalacindel Kiosco Vive Digital, debern ser programadas por el contratista y avaladas por la EntidadContratante.

    El pago de las visitas adicionales se har efectivo al aprobar las utilizaciones de los recursos delcontrato de aporte, para lo cual el Interventor presentar a la fiduciaria factura o cuenta de cobrosegn corresponda con los soportes correspondientes de las visitas adicionales autorizadas,realizadas y conciliadas con el contratista.

    Una vez la interventora realice el cobro de las visitas adicionales, se deber realizar un ComitFiduciario con el fin de autorizar a la Fiduciaria para que cancele la factura o cuenta de cobro

    presentada por el interventor, por concepto de las visitas adicionales atribuibles al contratista. Elmonto autorizado ser pagado con cargo a los recursos de fomento disponibles en el fideicomiso; enningn caso se permitirn cobros o transaccio