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    Poltica Tericos

    Terico Nro. 1 Rupturas y Continuidades entre la Visin Premoderna y laModerna de la Poltica

    La flosoa poltica es un discurso legitimador de la estatalidad. Slo hayflosoa poltica con la Modernidad, dado que slo hay Estado con laModernidad. Puede echarse el nacimiento del Estado con las guerras dereligin.

    La modernidad plantea la idea de que todos somos libres e iguales; demodo que se uele necesario !ustifcar el modo de coniir "asado en lao"ediencia; el Estado es la puesta en prctica de la respuesta a lapregunta por la obediencia.

    Premodernidad Modernidad

    politicidad natural politicidad artifcial

    coincidencia metasica proundaentre lo sico#natural y lo $tico#poltico

    discontinuidadentre la naturale%asica y la naturale%a humana

    ne&o de mediacin inmediatoentrelo priado y lo p'"lico

    mediacinentre lo poltico y lo pre#poltico (contrato social)

    or*anicismo de lo poltico+ laarmona del todo prealece porso"re la di*nidad de las partes(sometimiento de lo particular a louniersal)

    el individuoprealece por so"re eltodo (sometimiento de lo particulara lo uniersal)

    metasica de la quietud metasica del movimiento

    acceso a la erdad como le*itimantede la autoridad poltica

    acceso a la erdad no legitimantede la autoridad poltica

    Politicidad

    La Modernidad rompe con la idea de politicidad natural; por el contrario,la politicidad es un rasgo que depende de un gesto y un artifcio+ es unaconstruccin que los hom"res reali%an a partir de una decisin oluntaria.

    Fsico-Natural / tico-Poltico

    Para la premodernidad hay poca distancia entre lo sico (phsis) y lopoltico (nmos)+ la estructura racional del mundo es la misma que laestructura racional de la plis.

    Para la modernidad en cam"io hay desarmona en lo humano+ hay unconicto natural en lo humano, cuya intensidad !ustifca el tipo de ordenpoltico propuesto para solucionar dicho conicto. Para la modernidad, el

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    estado no poltico tiene unaallaque el estado poltico de"e solucionar.

    P!"lico-Privado

    En la premodernidad hay un ne!o inmediato entre lo pri"ado y lo p#blico +en la condicin no poltica del hom"re est dada su condicin poltica, estoes, se*'n el lu*ar que ocupe uera del espacio poltico, ocupa o no un lu*aren el espacio poltico.

    En la modernidad, en cam"io, todos entran en el espacio ciil; pero unae% dentro de dicho espacio es necesario un orden donde al*unos mandany otros o"edecen. Esto requiere de una mediacin, que iene dada por elcontrato social.

    Todo-Parte

    La politicidad pre#moderna tiene un carcter orgnico en el cual laarmona del todo prealece por so"re la di*nidad de la parte+ loselementos que conorman la totalidad poltica son lo que son en irtud dela uncin que de"en cumplir dentro de la totalidad, y slo en uncin deeso. / este lu*ar iene dado por naturale%a.

    Para la modernidad, el punto de partida es la parte, no el todo, y por tantola totalidad poltica no tiene el mismo *rado de or*anicidad+ lo poltico seacerca ms a la idea de sumatoria de partes.

    0omo consecuencia de esto, la anti*edad tiene una le*itimacin muyslida del orden poltico, mientras que la modernidad el orden polticoresultante de la libertad e igualdad naturales es inestable.

    #uietud-Movimiento li"re

    En la premodernidad, la le*itimidad del orden poltico se apoya en unametasica de ormas esenciales que defnen la pereccin de las cosas+ hayun mo"imiento del cosmos que tiende a la reali$acin de la pereccinontolgicade todas las cosas.

    El hom"re se defne por su racionalidad; el fn del hom"re es por ello

    alcan%ar la racionalidad que lo defne. La ra$nes por otra parte lo 'nicoque tiene en s mismo su propia pereccin, por cuanto tiene en s mismala satisaccin de su propia "'squeda (la ra%n desea pensarse a s misma,es puro moimiento al interior de s misma). 0uanto menos racional al*o,ms imperecto, y ms necesita moerse para alcan%ar la pereccin oquietud.

    El hom"re est en un punto intermedioentre lo ms racional (los astros) ylo ms irracional. En el hom"re, lo racional y lo irracional (material,pasional) estn en tensin constante. El orden polticoms perecto es laque me!or acomode a los hom"res se*'n la proporcin de elementosracionales e irracionales que posean.

    Para los modernos, hay una metasica del mo"imiento. 0omo consecuencia

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    de eso, no hay lu*ares naturales, y es ms dicil !ustifcar el orden poltico.

    $a"er % Poltica

    0omo hay una continuidad entre lo natural y lo humano, para lapremodernidad el conocer el orden ob%eti"o absoluto da legitimidad paramandar en el orden humano. El acceso a la erdad es un ttulo le*itimantede la autoridad poltica (sea por la propia ra%n, por reelacin o pormedicin eclesistica).

    Para la modernidad, el lu*ar en el que la conciencia se encuentra con laerdad es la conciencia misma. El acceso a la erdad no alcan%a parale*itimar la autoridad poltica, con lo cual es necesaria una nueva manerade legitimar la autoridad % la o"ediencia& el consenso. El que mandano lo hace por sa"er, sino por consentimiento de los que pasan a ser

    s'"ditos. El consentimiento prealece so"re el conocimiento, comoundamento de la autoridad, en la orma del contrato social.

    El acceso a la "erdad aparece sometido a un ra$onamiento prudencial+ elEstado sur*e para dar fn a las *uerras ciiles y de reli*in; de manera quede"e renunciar a la idea de imponer por la uer%a una e determinada,aunque la reli*in del Estado termine siendo la reli*in del so"erano.

    En parte como consecuencia de esto, el so"erano es el mono'oli(adorde la )ermen*utica de los 'rinci'ios universales+ es el 'nico quepuede dar la interpretacin de los principios del derecho; la conciencia del

    s'"dito no puede pretender imponer su interpretacin personal+ elso"erano es la 'nica autoridad mediadora entre los principios uniersalesy su aplicacin a casos particulares.

    Mal +rden Poltico

    Para los anti*uos, el mal orden poltico es cuando al*uien (en especial, el*o"ernante) impone su inter$s personal por so"re la armona del todo+ elsometimiento de lo uni"ersal a lo particular. La pasin ms disolente es elan de rique$a.

    Para los modernos, la "'squeda de "enefcio personal es un elemento

    constructor de ciilidad. Mal orden poltico es el que impone un uniersalile*timo al "enefcio personal.

    La Modernidad Clsica "usca una %ustifcacin terica de cmo la"'squeda del "enefcio personal es la me!or contri"ucin a lo uniersal+

    flosoa de la historia+ de los muchos males sur*e un "ien superior atodos los males !untos

    economa poltica+ lo indiidual, moido por un impulso de autonoma yautosatisaccin, redunda en el uniersal ms "enefcioso para todos

    0omo consecuencia de esto, el que tiene que *o"ernar es el que conoce deeconoma poltica. 3uen *o"ernante es el que impone slo uniersales

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    le*itimados por la economa poltica.

    Esto puede le*itimar tam"i$n la restriccin de la participacin poltica+

    aqu$llos que no sepan de economa pueden ser e&cluidos del derecho aparticipar.

    Modernidad ,arroca % lsica

    Para la modernidad "arroca el principal pro"lema es la anarqua y laguerra ci"il, de donde iene la undamentacin del Estado a"solutista. Esto

    !ustifca, como medio para *aranti%ar la pa%, la renuncia a un alto *rado deli"ertad. Se !ustifca as una idea de soberana absoluta.

    Para la modernidad clsicael pro"lema undamental es el despotismo, laalta de li"ertad, de modo que el Estado, como solucin a este pro"lema,slo puede !ustifcar un a"andono mnimo de li"ertad. El modelo deso"erana es una soberana limitada; la solucin que encuentran es ladi"isin y equilibrio de poderes.

    Modernidad "arroca Modernidad clsica

    mal anarqua despotismo

    "ien pa% li"ertad

    solucin so"erana a"soluta so"erana limitada

    La modernidad "arroca, para solucionar el pro"lema de la *uerra ciil,separa entre poltica& por un lado& y moral& costumbres y religin& por elotro+ en la medida en que no hay una separacin, est !ustifcada laapelacin a principios de moral y de reli*in en la lucha poltica. Laseparacin se reali%a relegando la moral y la religin a la esera de laconciencia, los principios morales y reli*iosos no tienen lu*ar en el espaciop'"lico.

    En el espacio p'"lico queda la o"ediencia a la ley, que emana del

    so"erano, cuya primera uncin es el poder le*islatio. La e&pulsin de losprincipios morales y reli*iosos a la esera de la conciencia ase*ura also"erano como 'nica uente de le*alidad, y en consecuencia la pa% en elespacio p'"lico.

    0on la modernidad clsica el Estado se encuentra pacifcado, y laconciencia puede oler al espacio p'"lico, por medio del intercambio, deideas o de "ienes+ (a) no puede ha"er censura respecto de las opinionesp'"licas (como la ha"a en el Estado a"solutista); (") no puede ha"ermedidas restrictias a la actiidad econmica, proenientes del Estado.

    0on la modernidad clsica aparece el concepto de revolucin, que sureun cam"io de contenido, de"ido al sur*imiento de laflosoa de la historia+

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    como un retorno a un origen que no debi ser abandonado, comosuperacin de los momentos ne*atios del despotismo, la corrupcin,etc..

    como un cambio undamental que permite un mo"imiento de ascensohacia meta(no ya de retorno al ori*en); la reolucin acelera el caminohacia esa meta

    Terico Nro. 'oc(e& )egundo *ratado& cap+ , y -

    6tulo+

    "erdadero+ lo que la ra%n muestra como erdadero

    origen+ est en lo natural y, so"re todo, para lo natural; determina elsentido de lo que se ori*ina en $l (7de la S0)

    e!tensin+ hasta dnde lle*a la potestad del so"erano (7 el ori*ennatural es criterio que determina los lmites o e&tensin de la so"eranao poder ciil)

    fn+ puede querer decir o "ien (a) momento fnal, termina cuandodeiene se ale!a de su ori*en, i+e+, cuando deiene desptico; o "ien (")

    fnalidad, que iene dada por el ori*en mismo, como la proteccin de lonatural

    a'tulo 1&.el Poder Poltico

    01.8echa%a la 9naturalidad: del orden poltico+ no hay !erarquas pre#polticas entre los hom"res, que lleen a las !erarquas polticas. .iscutecon /ilmer+ si ilmer tuiera ra%n, entonces la iolencia se prolon*araindefnidamente; en particular, no hay una !erarqua que sur!a de unadecisin diina.

    En el captulo 1 Loc

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    con la pena capital& para la regulacin y proteccin de la propiedad& y usarlas uer$as de la comunidad en deensa de las agresiones internas ye!ternas& con "istas al bien p#blico.

    Locke debe justificar la pena de muerte: si logra justificar

    la pena de muerte en el EN, entonces logra justificar todas

    las otras penas; y si logra justificar la pena de muerte en

    EN, logra justificarla en la SC tambin: el fundamento del

    derecho penal es la pena de muerte. Si no se puede imponer

    esta pena, entonces no se puede imponer ninguna otra.

    a'tulo &.el Estado de 2aturale$a

    El EN es conceptualmente previo y determinante de la SC; es

    un a priorien sentido fuerte: la estructura y elementos del

    EN determinan la estructura y lmites de la SC, en

    particular, en relacin con los elementos del EN que la SC

    debe mantener y preservar, y que funcionan por tanto como

    criterio de legitimidad de la accin poltica. As, hay

    espacios en los que el poder civil no puede intervenir:

    conciencia religiosa

    intercambio

    Sin embargo, hay una discontinuidad entre EN y SC: la

    justificacin del estado remite al EN, pero no se trata de

    una continuidad; en particular, las jerarquas polticas noson deudoras de jerarquas naturales.

    En el EN hay libertad e igualdad naturales. Como

    consecuencia, la libertad civil debe preservar y

    perfeccionar la libertad natural.

    El pasaje del EN a la SC se da por medio de un gesto de la

    voluntad, el contrato, que implica abandonar el EN y pasar a

    un ordenamiento poltico.

    Lo definitorio del EN es la falta de un juez comn eimparcial.

    Es una situacin de libertad completa para ordenar las propias acciones yregularlas (i+e+, nadie tiene el poder le*timo de determinar las acciones deotro hom"re li"re)y para disponer de personas y posesiones(de la propiapersona, y de la de al*unos otros) como lo entendieran adecuado (deacuerdo a como cada uno lo !u%*ue) dentro de los lmites de la ley natural.

    El E? no es poltico, pero s es le*al+ hay ley en el E2. / esto es elundamento del derecho a resistencia+ resistir es o"edecer una ley msaut$ntica y prounda que la ley ciil. La ra$nense=a cul es esa le*alidadnatural

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    8as*os del E?+

    libertad+ no dependencia de un pr!imo para determinar las propias

    acciones y el mane!o de lo propio, y dentro de los lmites de la L?

    igualdad+

    i*ualdad de poder

    i*ualdad de%urisdiccinen causa propia; si no se depende de nadiepara el accionar, entonces cada uno es %ue$ en causa propia,interpreta la ley natural, y la aplica so"re s mismo

    i*ualdad de posesiones+ nin*uno tiene ms que lo que otro posee,dado que somos todos miembros de la misma especie y rango (para

    rango, cap 5); nadie est naturalmente e&cluido de usuructuar de lanaturale%a

    ?o hay dierencias entre los seres humanos esta"lecidas por Aios, y quepor tanto de"an reproducirse en el orden poltico+ no hay nadie que ten*aso"erana o dominio por naturale%a.

    02. Si*uiendo a Boo

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    C

    poder ejecutivo natural+ cmo se aplica la ley natural, para mantener lapa% con istas a la conseracin; el g1nero humano es e%ecutor de la '2.

    Le*islatio y E!ecutio tienen un a priorien la condicin prepoltica+

    Aios creador D propietario D le*isladorser humano D int$rprete D e!ecutor

    04. *odo hombre tiene autori$acin a castigar al transgersor. Laposi"ilidad de casti*ar da "igencia a la '2; de otro modo, sera inefca%;para casti*ar interiene la nocin de pena+ el hom"re puede aplicar penasa los que iolan la L?.

    La pena tiene dos dimensiones+

    dimensin retributi"a o reparadora+ el agredido tiene derecho aimponer una pena proporcional (con ra%n y conciencia serenas) a latrans*resin qu$ casti*o es apropiado, en E?, depende de laconciencia del indiiduoF

    dimensin represi"a o educati"a+ para el arrepentimiento del a*resor, ypara disuadir a otros de iolar la L?

    Anti-humanidad del agresor

    Hay dos ideas de racionalidad en Locke: (a) una racionalidad

    sustantiva, vinculada con el criterio de justicia; (b) una

    racionalidad instrumental, de medios y fines. El agresor

    injusto puede usar su racionalidad instrumental para

    alcanzar un fin sustantivamente irracional.

    El agresor, por su acto, se declara un ser irracionalmente racional, y comotal se autoe!cluye del g1nero humano, al ponerse como un peli*ro para el*$nero humano. / esta autoe&clusin es undamento del derecho adestruir al agresor (si la trans*resin es sufcientemente seera)+

    criminal ##G irracional H in!usto ##G inhumano

    El a*resor es irracional en el sentido de agredir ilegtimamente+

    racionalidad ##G le*itimidad

    015.El a*resor de*enera (se ale!a del *$nero humano), se aparta de losprincipios de la naturale%a humana, y se uele una criatura noci"a.

    011.Pena+

    Reparacin+ slo el a*redido puede e&i*ir reparacin

    Correccin+ todos pueden e&i*ir el casti*o, dado que todo hom"re tiene

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    la o"li*acin y el derecho de hacer respetar la L?, y de ayudar ala*redido en casti*ar al a*resor

    El a*resor in!usto declara una guerra in%usta al g1nero humano, al iolar laL?. / por ello casti*ar al a*resor es una guerra %ustadel *$nero humanocontra el a*resor in!usto.

    En Loc

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    ho""esiano es uente de la ley misma. Para Loc

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    El a*resor se de!a llear por una pasin (si no, no sera a*resor, y adheriraa la l*ica del intercam"io). La dierencia entre mera a*resin y *uerra esque la pasin que llea a la *uerra es un impulso mediato, que da espacio

    a la ree&in+ el que declara la guerra obra racionalmente desde el puntode "ista instrumental& pero irracionalmente desde un punto de "istasustanti"o.

    019.6am"i$n el que ro"a declara la *uerra, dado que atenta contra la'ro'iedad, que incluye "ida& libertad y posesiones, y por tanto hayderecho de destruir al ladrn+

    propiedad 7 ida N li"ertad N posesiones

    01:.Aistin*ue E? de Estado de uerra+

    ;stado de Naturale(a ;stado de

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    La resistencia al dspota no es una resistencia civil, dado

    que no se resiste una autoridad soberana, sino a un gobierno

    desptico que, por tanto, no es ya soberano: el dspota

    rompe con la repblica, y se pone por fuera de ella.

    Tanto en Hobbes como en Locke el derecho a resistencia tiene

    un fundamento natural. La diferencia esten que en Hobbes

    el derecho a resistencia no pasa a la SC, mientras que en

    Locke slo hace (las caractersticas del EN pasan a la SC);

    por eso hay en Locke una oposicin extrema dentro del

    Estado, cuando se vuelve desptico; en Hobbes, esto no est

    presente (dado que la SC viene a excluir todo lo natural).

    01. 6a 7ustifcacin de la resistencia est en la conciencia del

    ciudadano agredido+ rente al d$spota no hay nin*'n !ue% imparcial alcual acudir, e&cepto Aios; la conciencia de cada uno& en dilogo con .ios&decide si una rebelarse es %usto o no . El dilo*o con lo uniersal est en lapropia conciencia.

    a'tulo 8&.e la Escla"itud

    Bay dos defniciones de li"ertad natural+

    negativa+ la li"ertad naturales ser libre de cualquier poder superiorsobre la tierra y no estar sometido a la "oluntad o autoridad legislati"a

    de otro hombre

    La libertad natural se ve suprimida cuando (a) por violencia

    un hombre estsometido a la voluntad de otro [situacin

    ilegtima]; (b) un hombre est sometido a un poder

    legislativo humano [situacin legtima].

    'ositiva+ la li"ertad naturalconsiste en obedecer las leyes naturalesy slo las leyes naturales

    Bajo esta definicin positiva, hay un sentido en el que se

    es libre naturalmente an en SC: cuando las leyes civiles

    interpretan y aplican la LN; esto ocurre toda vez que la SC

    es una Repblica, i.e., un buen gobierno, y se violenta toda

    vez que es un gobierno desptico: la ley que contradice la

    LN no es una ley civil, sino desptica.

    La li"ertad civil es estar sometido a un poder legislati"o que ha sidoestablecido por consenso. O"edecer un poder le*islatio repu"licano eso"edecer la L?, y en esa medida se presera la li"ertad natural, entendidade manera positia.

    El consenso dado al establecimiento de un poder civil es el

    consenso de que alguien sea intrprete de la LN, y que

    determine qusignifica obedecer la LN: la libertad civil es

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    un perfeccionamiento de la libertad natural, en tanto

    implica una particularizacin de la LN por medio de las

    leyes civiles. Pero toda conciencia puede disentir con esa

    interpretacin, y dar lugar a la rebelin.

    La LN es la restriccin de la libertad natural, y la ley

    civil es la restriccin de la libertad civil.

    La esclavitudes el sometimiento a un poder arbitrario. Para Loc

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    6a naturale(a es 'ro'iedad del g*nero )umano; y esto se conoce porra%n reelada y natural. El pro"lema undamental es el pasa%e de lapropiedad en com#n a la propiedad indi"idual+ no se trata de !ustifcar la

    idea de propiedad, sino la idea de propiedad indiidual, de mostrar cmoes le*timo que un hom"re particular se apropie de una parte de lanaturale%a.

    La idea de propiedad como algo legtimo pre-polticamente

    permite a Locke dar un criterio extrapoltico para legitimar

    o deslegimitar lo poltico (esto es propio del liberalismo).

    Terico Nro. 8 'oc(e& )egundo *ratado& cap+ ;89

    02.Loc

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    cosas (propiedad) es una condicin de posibilidad de tener

    una relacin (natural o poltica) con otros hombres.

    Dios da al hombre: (a) propiedad comn de la naturaleza; (b)la razn, que implica la capacidad laborativa como medio de

    autopreservacin. La razn gua y justifica las conductas de

    autopreservacin: demuestra cul es la manera ms racional

    (= la que da ms ventajas, la que da la mayor utilidad

    posible) de servirse de la naturaleza para preservarse.

    Slo respetando el criterioproductor-propietariose obtiene

    el mayor beneficio para el gnero humano: la satisfaccin de

    la racionalidad econmica va acompaada del pasaje de la

    propiedad comn a la individual.

    El pasa!e de la propiedad com'n de toda la naturale%a a la propiedadindiidual de una parte de ella se apoya en dos pasos+

    Paso ,< una propiedad indiidual aut$nticamente indiidual+ todoindividuo es 'ro'ietario de su 'ro'ia 'ersona =o7o& no dice vida>dice 'ersona?.

    Por tener ra%n, el hom"re tiene capacidad la"oratia, por medio de lacual el hom"re puede desarrollar un segundo gesto de 'oductividad,una produccin secundaria, anlo*a a la produccin inicial del uniersopor parte de Aios; el )om"re el 'ro'ietario de su 'ersonaporque es

    como si el hombre se hubiera producido a s mismo . El ser humano eshumano porque es propietario de s mismo. Jdems, los seres )umanosson li"res e iguales 'orque cada uno es 'ro'ietario de su 'ersona.

    Paso -< todo ser )umano es ca'a( de transerir la 'ro'iedad de su'ersona a un o"7eto e@terno. Esto es, el hombre puede alienarse en otracosa; la relacin con un o"!eto sico es una relacin consi*o mismo en laorma de o"!eto.

    El tra"a7oes el "ehculo de transmisin hacia el e!terior de la propiedadde s mismo.

    Para Hobbes, tambin todo hombre tiene propiedad de su

    persona; pero esto implica no tener propiedad privada (en

    EN); para poder tener propiedad privada debe ser ciudadano,

    y para ello debe primero abandonar la propiedad de su

    persona.

    ;l tra"a7o tiene una sustancialidad metasica+ el tra"a!o, por mediodel cual se crea la propiedad, no es al*o meramente sico+ el acto sicodel tra"a7o es un ve)culo 'ara la accin metasica que es la'roduccin; es una relacin metasica entre lo que deiene productor ypropiedad, por la cual el yo& al de"enir propietario& sigue siempre en

    relacin consigo mismo. El o"!eto producido pasa a ser signo yrepresentante del productor8propietario.

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    Hay una similitud con Hegel: en la dialctica de la

    voluntad, Hegel habla en trminos de yo o de voluntad

    individual; y es una voluntad que se exterioriza.

    La primera relacin con los seres humanos es una relacin de e@clusin+se los e&cluye del consumo de la propiedad indi"idual; pero so"re esta"ase se unda una se*unda relacin, una relacin de integracin, elintercambio.

    09.Loc sin necesidad de una $.

    La existencia del dinero implica un pacto: todos deben

    ponerse de acuerdo en considerar algo como un representante

    de los productos. Es un pacto pre-poltico: se atribuye

    convencionalmente un valor (la capacidad de estar en lugar

    de otra cosa, de representar) a algo que, como objeto

    fsico, puede prestar poca utilidad. El valor del dineroesten que a travs de l se pone en marcha el progreso de

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    una sociedad(agilizando el intercambio, etc.).

    El mundo de las relaciones socioeconmicas queda plenamente

    constituido sin necesidad de la ley civil: (a) elintercambio; (b) el dinero; (c) la herencia, etc..

    A travs del dinero, el hombre supera algunas limitaciones

    naturales sin violarlas.

    08. Bay toda una flosoa de la )istoria en 6ocAe+ un aance deltra"a!o menos racional al ms racional, que inolucra una mayor di"isindel traba%o en la sociedad.

    Este aance puede alcan%arse por medio de ense=an%a+ una sociedadprimitia puede ser educada para que produ%ca ms racionalmente, y se

    uela ciili%ada.

    Hay dos nociones de valor en Locke: (a) valor como utilidad

    (es la ms importante): el trabajo es la medida del valor en

    el sentido de que, cuanto ms se trabaja la tierra, ms

    produce; (b) valor como relacin jurdica?, el valor que

    justifica la lgica del dinero y del intercambio (no queda

    muy claro cul es)(creo q tiene q ver con la legitimidad a

    la ppiedad individual).

    En el sentido ms importante de valor (como utilidad), el

    trabajo no crea valor, sino que agrega valor: algo es mstil mientras ms trabajo hay involucrado en su produccin.

    Terico Nro. 2 'oc(e& )egundo *ratado& cap+ 98=

    082.Precisa el sentido del 'acto econmico+ aparecen tres situacionesde consenso para esta"lecer un sistema de reglas en la base social de todoorden de con"i"encia+

    se esta"lecen lmites intra#comunitarios que permiten re*ular las

    propiedades

    las distintas comunidades acuerdan entre s sus propiedadesrespectias (lmites inter#comunitarios)

    se acepta el dinero

    Slo con la aparicin del dinero la l*ica de la propiedad priada alcana unmayor *rado de independencia de lo emprico+ inolucra una confan%apura en la delimitacin de lo que es de cada uno.

    083.El dinero sur*e como respuesta a las defciencias del trueque. En el

    E?, las relaciones sociales se esta"lecen por donacin o re*alo, o porintercam"io. El caso de la donacin no es *enerali%a"le, dado que depende

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    1C

    de relaciones de amistad que no pueden e&tenderse demasiado. Ae modoque el momento central de la sociabilidad es el intercambio , "asado en laconfan$a.

    En un primer momento, el intercam"io se da por trueque; sin em"ar*o,hay difcultades empricas relacionadas con este intercam"io. Ae modo quesurge el dinero como medio 'ara solucionar las defciencias deltrueque+ el material que constituye el dinero se uele, por consenso, unrepresentante de otras cosas.

    025. El so"erano, el S0, de"e re*lamentar la posesin de tierras, pormedio de leyes, pero no por mera prudencia (como en Bo""es o en8ousseau), sino de acuerdo con el dinamismo natural+ la regulacin de la'ro'iedad natural 'or 'arte del so"erano de"e guardarconormidad con el ;N, con la produccin y el intercam"io; de otramanera, el soberano se con"ierte en d1spota.

    [Bobbio] Con la aparicin del dinero, las

    limitacionesnaturales (obligatoriedad fsica -capacidad

    laborativa limitada y la muerte- y obligatoriedad moral

    -consumir slo lo necesario y dejarle el resto a los dems)

    son a la vez respetadas (confirmadas) y superadas:

    consumir slo lo necesario: se confirma y supera con la

    acumulacin de dinero

    limitacin de la propia capacidad laborativa: alquilandola fuerza de trabajo de otros, es posible ampliar la

    propia capacidad laborativa (siempre que haya alguien que

    queda fuera de la apropiacin de tierras, y slo tiene

    propiedad sobre su cuerpo)

    herencia: es una institucin natural, que permite

    preservar a la especie humana ms alldel lmite de la

    propia vida

    a'tulo 3&.el Poder PaternalEntra en pol$mica con ilmer, en torno a dos e!es+

    base de sustentacin dierente+ el poder poltico tiene una "ase desustencacin propia y dierente de la del poder parternal

    no habilita el despotismo+ a'n cuando se pensara en !ustifcar el poderpoltico a partir del poder paternal, lo especfco del poder paternal no

    %ustifca un poder poltico desptico+

    el poder paternal no es unipersonal+ la madre est al mismo niel

    que el padre, de modo que el poder paternal requiere de consenso

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    el poder paternal no es desptico+ los padres no pueden hacer lo quequieran con los hi!os

    La desigualdad naturalen el 'oder 'aternalradica en la minora deedad de los hi%os+ la condicin de minora de edad autori%a y limita elpoder paterno+

    tiene como fn la preseracin de los hi!os, y por tanto no puede hacernada que iole ese fn

    6a o"ligacin de los 'adres es natural, y consiste en educaral hi!o,tiene la fnalidad de desarrollar la racionalidad hasta el momento en quecada menor de edad de%e de serlo, y se diri!a por s mismo.

    0omo consecuencia de esto, )a% una o"ligacin de los )i7os )acia los

    'adres, una e% alcan%ada la mayora de edad+ ayudar a los padres cuando1stos no sean capaces de cuidar de s mismos.

    09.Berencia+ aceptar la herencia es pactar, esto es aceptar el r$*imenciil que ha enido prote*iendo lo que toca en herencia.

    Locke pone a todo ciudadano como sujeto de derechos

    polticos tanto pasivos (voto) como activos (ser electo,

    etc.); sin embargo, despus de Locke, cuando el liberalismo

    llega al poder, se hacen necesarias ciertas restricciones a

    esta idea para fundar un orden poltico: voto censitario,

    restriccin de derechos activos, etc.

    Hegeldescarta la idea de que el individuo es el fundamento

    del Estado, y supone que la racionalidad del Estado depende

    de una serie de instituciones intermedias, no de la

    racionalidad del individuo.

    a'tulo 9&.e la )ociedad Ci"il o Poltica

    Jntes de anali%ar la S0, Loc

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    -

    $+C;DED +NG

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    -1

    La comunidades un cuerpo colectio que no e&ista en E?. Es un *esto derenuncia de derechos que da ori*en a una nue"a sub%eti"idad poltica. Laconvivencia 'oltica implica coniir de manera que+

    se manten*a la coniencia natural se a*re*ue la proteccin de la ley ciil

    Hay una gran distancia con Hobbes: para Hobbes, civilidad y

    naturalidad no pueden existir; no puede haber libertad

    natural y paz. Para Locke, en cambio, la libertad natural es

    compatible con (y hasta necesaria para?) la paz civil.

    El indiiduo no renuncia a su !uicio personal, pero acepta que lacomunidad sea titular del %uicio regulador de la con"i"encia+ la comunidades el 'nico su!eto con capacidad de imponer conductas+

    es un su!eto con ca'acidad 'erormativa legal+ los !uicios de lacomunidad tienen uer%a de ley; el enunciar esos !uicios da lu*ar a unarealidad antes ine&istente+ hay una conormidad o no de las acciones adichos !uicios; la realidad no slo tiene descripcin sica, sino que'asa a ser legal o ilegal

    es un su!eto le*timo porque nace del consenso+

    Loc

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    --

    cmo se an a tomar las decisiones polticas+ por unanimidad por regla de la mayora+ es la ms efciente, dado que la unanimidad

    en el detalle constitucional es dicil o imposi"le etc.

    un momento posterior de establecimiento del detalle de laconstitucin, sea por unanimidad o por re*la de la mayora, o porcualquier otro procedimiento que se haya acordado en el primermomento undamenta+ esta"lecimiento de Poderes ?rdinarios+ si hay o no diisin de

    poderes (para Loc

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    -2

    se siente impune respecto de violar las leyes civiles. En

    cambio, el soberano hobbesiano est sujeto a las leyes

    civiles. Actuar en contra de ellas es an violarlas; lo que

    ocurre es que puede modificarlas (por eso es absoluto); perolo mismo ocurre en la lgica de Locke.

    Y an as, hay ms cercanas entre Locke y Hobbes: en ambos

    casos el soberano es absoluto en sentido hobbesiano; en

    ambos casos es intrprete de las LN; y en ambos casos est

    sujeto a la LN (la diferencia esten que en Hobbes responde

    slo ante Dios, mientras que en Locke responde ante Dios y

    ante la conciencia de cada individuo). De esto se sigue que

    en Hobbes no hay impugnacin legtima del soberano(shay

    impugnacin de hecho), dado que no pacta; mientras que en

    Locke sla hay.

    Ahora bien, si el ciudadano puede impugnar la interpretacin

    que el soberano hace de la LN, entonces debe haber algo

    objetivo que fundamente esa impugnacin; se trata de

    encontrar algo objetivo que legitime la desobediencia del

    ciudadano frente al dspota. La respuesta viene dada,

    despus de Locke, por la economa poltica.

    Terico Nro. 3 'oc(e& )egundo *ratado& cap+ @8,;

    a'tulo 4&.el ?rigen de las )ociedades Polticas

    En Loc

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    -4

    natural, mientras que en Locke obedece a la LN y a la Ley

    Civil.

    015. Loc

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    -5

    La li"ertad naturalen Loc

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    ->

    dispositio consensuado y efca% para esto es el castigo.

    El motivo del 'asa7e a la $es la racionali$acin del castigo, de la cual

    derian las instituciones undamentales de la S0.

    La eficacia de la LN depende de la aplicacin de la Ley

    Civil por parte del Poder Ejecutivo: para que la LN sea

    efectiva, tiene que haber castigo; para que sea mximamente

    efectiva, el castigo debe ser racional, esto es, debe estar

    en manos de un Poder Ejecutivo Civil; y para que el PEC

    aplique de manera ms eficiente la LN, debe estar

    particularizada en Leyes Civiles, que son como una mediacin

    entre LN y aplicacin de la LN por el PEC: es la nica

    manera en que el PEC no sea arbitrario.

    014.En la S0 no hay poderes que no est$n en el E?+ lo que cam"ia es elmodoen que se e!ercen los poderes naturales+

    PL ?atural (Quicio e PL 0iil (renuncia al !uiciointerpretacin indiidual y a la inter#de la L?) pretacin de la L?)

    PE ?atural (casti*o) PE 0iil (renuncia a casti*ar)

    Bay dos inter'retaciones+ (a) la Ley 0iil interpreta la L? (los indiiduosceden la interpretacin de la L? al PL0); (") el PE 0iil interpreta la L0 (al

    aplicar la norma).

    El pasa!e del E? a la S0 implica renunciar (a) a la capacidad indiidual de!u%*ar (se a"andona la capacidad !udicatia, pero no completamente) yrenunciar enteramente(") a la capacidad indiidual de casti*ar.

    015.ntroduce una nueva nocin dejusticia+ en un principio, !usto esrespetar la L?; pero !usticia si*nifca tam"i$n que todos cedan los mismosderechos; en este sentido, es !usto renunciar completamente al derecho acasti*ar, dado que todos lo hacen.

    a'tulo 11&.el 6lcance del Poder 'egislati"o

    El Le*islatio es el poder so"erano; hay que determinar los alcances delpoder del so"erano.

    6iene lmitesen su produccin de normas+

    no disponer arbitrariamente de las "idas y los bienes de los ciudadanos+la actiidad le*islatia de"e estar su"ordinada a la L?, a una oluntadtrascendente, que es la diina

    no gobernar por decretos arbitrarios& sino por leyes+ tiene que o"rarcon !usticia, y la !usticia est en la uniersalidad de la ley (ar"itrariedad

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    -@

    es desentenderse del "ienestar *eneral)

    no puede arrebatar a ning#n hombre parte de su propiedad sin

    consentimiento+ todo sistema impositio de"e contar con consenso (R7ser esta"lecido por un PL le*timo)

    no se puede renunciar a la soberana otorgada y darsela a otra persona+el PL no puede renunciar a la so"erana y darsela al PE

    a'tulo 1&.el Poder 'egislati"o& E%ecuti"o y /ederati"o del Estado

    ?o es coneniente que el le*islador sea el e!ecutor de la ley+ esconieniente que haya un poder su"ordinado al le*islatio, encar*ado dee!ecutar la ley (PE).

    El PE tiene pocas atri"uciones al interior de la S0, pero muchas ale&terior+ el poder ederati"o es el poder de llear las relacionesinternacionales (con lo cual adquiere una potestad a"soluta en caso de*uerra). Se !ustifca en el hecho de que, respecto de otras rep'"licas seest en E?.

    a'tulo 1&.e la )ubordinacin de los Poderes del Estado

    018:.El PL (el so"erano) se su"ordina al pue"lo, a la comunidad poltica

    misma+ hay una primaca de la conciencia indiidual so"re las institucionespolticas (resistencia, re"elin).

    Si el PE iola la confan%a del pue"lo, la desautori%acin puede hacersedentro del marco de la S0, sin necesidad de re"elin; pero si es el PL elque iola la confan%a, la desautori%acin del so"erano mismo implicare"elin.

    La re"elin implica un poder del pue"lo por so"re el so"erano, lo cualsi*nifca o "ien (a) un nue"o e%ercicio del poder constituyente por parte delpueblo, o "ien (") si el caso es lo sufcientemente *rae, un retorno al E2.;l 'ue"lo no renuncia nunca al 'oder constitu%ente, y por eso puede

    e!ercitarlo en cualquier momento.

    0121.El P6 es un poder delegado. El P;es un poder su"ordinado al PL. ElPE es el representante de la comunidad o del poder so"erano.

    0123.El PE puede reunir o disoler la le*islacin. Esto puede dar lu*ar aa"usos de este poder. Pero esto no da al PE una superioridad respecto delPL.

    a'tulo 18&.e la Prerrogati"a

    0124. O"edeciendo a la prioridad del "ien p'"lico (entendido comodeensa de la propiedad), Loc

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    -C

    "ien '!"lico sin norma 'revia> % aun en contra de ella.

    La !ustifcacin racional es que el PE de"e actuar ante situaciones

    ur*entes, especialmente cuando el PL no est uncionando, o suuncionamiento es demasiado lento. Pero hay necesidad de !ustifcacin delas decisiones del PE+ la 'rerrogativa de"e res'onder al es'ritu de la$.

    0134.El pro"lema es determinar qui1n es el %ue$ de esta correspondencia.La respuesta es la conciencia individual es 7ue(, y la respuesta, si se

    !u%*a que hu"o in!usticia, es la resistencia o la re"elin.

    La idea de causa justa para la rebelin es dada por la

    conciencia individual: no hay en Locke ningn saber

    objetivo que permita determinar cundo es justa una causa

    y cundo no, como lo sern la economa poltica y la

    filosofa de la historia.

    Terico Nro. 9 'oc(e& )egundo *ratado& cap+ ,98,B

    Tan apareciendo situaciones en las cuales la S0 sure conmociones+

    conquista

    usurpacin

    tirana

    Jparece como hilo conductor la idea de re"elin, por medio de lainocacin al cielo+

    antes de inocar al cielo, hay que ser pacientes y soportar lo que in orointernose considera in!usto

    hacer un anlisis en la propia conciencia o cora%n, que llea o no alconencimiento pleno de la in!usticia de la situacin

    empu=ar las armas, si se decide que ha ha"ido in!usticia, y que se hauelto insoporta"le

    E'elar al cielotiene dos momentos+

    es siempre un anlisis de la conciencia consi*o misma+ dialo*ar in orointernocon Aios, o in oro e!ternocuando es un espacio no poltico, i.e.,con otros ciudadanos

    encomendarse a Aios al empu=ar las armas

    a'tulo 13&.e la Conquista

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    -I

    Bay lmites a la autoridad del vencedor 7usto+ debe respetar lapropiedad de los ciudadanos de la sociedad derrotada.

    0143ss.El conquistador no tiene ning#n derecho sobre los conquistados+ni so"re los ciudadanos que no participan de la *uerra, no so"re suspropiedades

    a'tulo 19&.e la surpacin

    Es apoderarse de un poder soberano que por derecho pertenece a alguienms. En el caso de un *olpe, no se altera la orma de la so"erana, slo a lapersona del so"erano+ el r1gimen poltico sigue siendo el mismo.

    01:4.El usurpador no tiene derecho a ser o"edecido, a'n cuando preserela orma de la rep'"lica; la legitimidad de origen determina la legitimidadde e%ercicio+ un poder de ori*en ile*timo no puede le*itimarse por mediode un e!ercicio correcto.

    Esto marca una diferencia con Hobbes respecto de la

    legitimidad de origen y la legitimidad de ejercicio: para

    Hobbes un soberano no legtimo de origen puede volverse

    legtimo en el ejercicio, si cumple con la obligacin de

    proteger a los sbditos. En Locke esto no puede ocurrir: sin

    legitimidad de origen, no hay legitimidad de ejercicio.

    Lo 'nico que le*itima el e!ercicio de la so"erana es el consentimientoe@'reso (con el tcito no es sufciente en casos de conquista ousurpacin)+ la le*itimidad del usurpadorHconquistador no depende dele!ercicio que ha*a de un poder ile*timamente adquirido, sino delconsentimiento de los ciudadanos.

    a'tulo 14&.e la *irana

    El tirano se pone uera del derecho para "enefcio 'ersonal (y por estose dierencia del PE con prerro*atia, que se coloca uera del derecho parasalar el derecho). )e defne como tirano una "e$ que usa indebidamente

    el derecho+ de otra manera (si "usca el "ien *eneral), se acerca ms a laidea de usurpador.

    Ie%se dierencia de tirano por cuanto el rey reconoce la 'C como lmitede su poder. El tirano en cam"io no respeta la propiedad pri"ada, iola conello la L0 y, en 'ltima instancia, la L?.

    6odo poder so"erano puede deenir tirnico.

    05.)e defende de la ob%ecin de dar lugar a la anarqua + la re"elin noes inmediata, ni atenta inmediatamente contra el so"erano, sino que

    requiere de una lar*a cadena de a"usos, y comien%a como re"elin contralos a*entes del tirano, no contra el tirano mismo.

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    2

    Jdems, el culpable de la e"entual anarqua es el tirano , no el que sere"ela+ es el tirano el que entra en *uerra con el pue"lo, y el que esa*resor in!usto.

    052.?o son los ciudadanos indiiduales los que llean a ca"o la re"elin,sino que el que se rebela es el cuerpo del pueblo. Ae modo que lare"elin no disuelve la sociedad+ el pue"lo se esta"lece como pue"lo enel E?, y por tanto la re"elin no implica que de!e de e&istir como tal (nodepende de un so"erano para e&istir, como en Bo""es). 6a re"elin noelimina el gesto 'oltico originario de transormarse en 'oderconstitu%ente.

    a'tulo 1:&.e la .isolucin del :obierno

    Es la disolucin que ocurre de cuando el P6 de7a de ser so"erano; sepierde el alma que da orma o unidad a la rep'"lica+

    disolucin del P' por parte del PE+

    el PE impone su oluntad particular al PL el PE altera las reuniones del PL el PE nom"ra representantes en el PL

    disolucin por incapacidad del PE+ la ley no resulta aplicada, lo que dalu*ar a anarqua

    disolucin por corrupcin del P'+ el PL enuncia normas que atentancontra la propiedad priada

    6odas estas situaciones de disolucin apuntan a dos elementos+ (a) laorganicidad del 'ue"lo "asada en el E?; (") el carcter inaliena"le dele7ercicio del 'oder constitu%ente del pue"lo.

    04ss. 6rata la idea de resistencia 7usta, y se defende de diersaso"!eciones+ anarqua, i*norancia del pue"lo, etc..

    En Hobbes o en Kant, en cambio, no hay resistencia justa: laresistenciaa la ley, al soberano, etc., es un hecho, pero

    no es algo legtimo. En Locke es algo legtimo.

    085. El que !u%*a cundo la resistencia es !usta es el pueblo+ porquesi*ue siendo poder constituyente. Qu%*a y decide apelando al cielo+ esdecir, el pueblo retoma para s la idea de %ue$ imparcial, que ha"adepositado en el so"erano.