3er Parcial ICE

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Escuela Superior de Comercio y Administracin

Impuestos al Comercio ExteriorTrabajo Tercer ParcialAlumno: Edgar Arreola JimnezGrupo: 3CV7

NDICE

INTRODUCCIN 3 PREGUNTAS EN CLASE 4INCOTERM 5CLASIFICACIN ARANCELARIA 6MEDIDA DE TRANSICIN 7CUOTA COMPENSATORIA 7DERECHO DE TRMITE ADUANERO 7CONCLUSION 8BIBLIOGRAFA 9

Introduccin:Aduana deriva del rabe ad-divoana que significa el registro. Hay quienes afirman que se origina del italiano duxana porque en Venecia las mercaderas pagaban un impuesto de entrada que perteneca al Dux. Otros opinan que deriva de douana o dovana, que significa derecho. Sin embargo, cualquiera que sea su significado etimolgico, aduana se utiliza para designar las dependencias gubernamentales que intervienen en el trfico internacional de las mercaderas que se importan o exportan y que se encargan de cobrar los impuestos que las gravan. En este concepto debe aclararse que las aduanas intervienen tambin en el cabotaje, aunque en esta operacin no exista trfico internacional; pero es tambin funcin de las aduanas cuidar que las mercaderas de cabotaje que lleguen a otro puerto nacional, sean las mismas que se embarcaron.Son oficinas pblicas cuya finalidad primordial es la de controlar el paso de mercancas nacionales o extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un mismo mbito geogrfico, tambin se encarga de la liquidacin de los impuestos establecidos por las importaciones y exportaciones de mercancas.Mxico cuenta con 49 aduanas ubicadas de la siguiente manera:19 en la frontera norte2 en la frontera sur17 martimas11 interiores

Preguntas de Clase

1.- Qu Secretara de Estado determina a que regulaciones y restricciones no arancelarias estn sujetas las mercancas de importacin y exportacin y con base a qu ley?Secretara de Hacienda y Crdito Pblico basada en las disposiciones generales de la Ley Aduanera2.-Qu ordenamiento legal define lo que se entiende por mercancas? y de ser posible seale el artculoLey Aduanera.3.-Quienes son los sujetos obligados al cumplimiento de las disposiciones aduaneras? Estn obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancas al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualesquiera personas que tengan intervencin en la introduccin, extraccin, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancas4.- Qu rgimen aduanero consiste en el traslado de mercancas bajo un control fiscal de una aduana nacional a otra?Trnsito Interno de Mercancas5.-Cules son los lugares autorizados para permitir la legal entrada o salida de pasajeros y de mercancas designados por el Ejecutivo Federal?Los recintos fiscales son aquellos lugares en donde las autoridades aduaneras realizan indistintamente las funciones de manejo, almacenaje, custodia, carga y descarga de las mercancas de comercio exterior, fiscalizacin, as como el despacho aduanero de las mismas

Qu es una Incoterm?Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cmara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las clusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.

Los Incoterms tambin se denominan clusulas de precio, pues cada termino permite determinar los elementos que lo componen. La seleccin del Incoterm influye sobre el costo del contrato.

El propsito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretacin de los trminos ms usados en el Comercio internacional.Los Incoterms determinan:El alcance del precio.En que momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadera del vendedor hacia el comprador.El lugar de entrega de la mercadera.Quin contrata y paga el transporteQuin contrata y paga el seguroQu documentos tramita cada parte y su costo.

Clasificacin Arancelaria:Las vlvulas de hierro y acero se clasifican en las fracciones arancelarias 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.04, 8481.80.18, 8481.80.20 y 8481.80.24 de la TIGIE en las cuales se establece como unidad de medida el kilogramo. A continuacin se describen las partidas, subpartidas y fracciones arancelarias correspondientes: 84.81Artculos de grifera y rganos similares para tuberas, calderas, depsitos, cubas o continentes similares, incluidas las vlvulas reductoras de presin y las vlvulas termostticas.

8481.20Vlvulas para transmisiones oleohidrulicas o neumticas.

8481.20.01De compuerta.

8481.20.04De hierro o de acero, excepto lo comprendido en la fraccin 8481.20.01.

8481.20.99Los dems.

8481.30Vlvulas de retencin.

8481.30.01Vlvulas de retencin, que operen automticamente, excepto lo comprendido en las fracciones 8481.30.02 y 8481.30.03.

8481.30.99Los dems.

8481.80Los dems artculos de grifera y rganos similares.

8481.80.04Vlvulas de compuerta, excepto lo comprendido en la fraccin 8481.80.24.

8481.80.18De hierro o acero con resistencia a la presin superior a 18 kg/cm2, excepto lo comprendido en la fraccin 8481.80.04.

8481.80.20De hierro o acero, con resistencia a la presin inferior o igual a 18 kg/cm2, excepto lo comprendido en la fraccin 8481.80.04.

8481.80.24Vlvulas de funcionamiento automtico por medio de actuador, de apertura controlada, de cuchilla, bola o globo.

Arancel al que estn sujetos:

De acuerdo con la Ley de los Impuestos Generales de Importacin y de Exportacin, publicada en el DOF el 18 de junio de 2007, en vigor a partir del 1 de julio de 2007, las importaciones de mercancas comprendidas en las fracciones arancelarias 8481.20.01, 8481.20.04, 8481.20.99, 8481.30.01, 8481.30.99, 8481.80.04 y 8481.80.18 estn sujetas a un arancel ad valorem de 10 por ciento; las que ingresen por la fraccin arancelaria 8481.80.20 a un arancel ad valorem de 7 por ciento; y las que ingresen por la fraccin arancelaria 8481.80.24 estn exentas del pago de impuestos a la importacin.

Medida de Transicin

Son las medidas que regulan o restringen las importaciones de mercancas originarias de la Repblica Popular China similares o directamente competidoras con mercancas de fabricacin nacional, a efecto de prevenir o reparar una desorganizacin delmercado o una desviacin importante del comercio.

Estas medidas tendrn una duracin de 2 3 aos y nicamente podrn estar vigentes hasta el 11 de diciembre de 2013

Cuota Compensatoria Es un medio para contrarrestar los efectos de una prctica desleal de comercio internacional y se calcula a partir de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportacin.Pueden ser provisionales, que son las impuestas en una resolucin preliminar, o definitivas se aplican en una resolucin final.La Secretara de Hacienda y Crdito Pblico ser la responsable del cobro de las cuotas compensatorias y para el caso de una cuota provisional, aceptar las garantas constituidas sobre su pago, conforme a lo dispuesto en el Cdigo Fiscal de la Federacin.

En qu consiste la medida de transicin que se aplicar para contrarrestar la eliminacin de las cuotas compensatorias?

La medida de transicin consiste en el establecimiento de una tasa ad-valorem sealada en el Anexo 1 del Acuerdo con China, la cual tendr una disminucin en cuatro periodos, eliminndose totalmente el 11 de diciembre de 2011.

De donde se obtiene la Tasa de Derecho de Trmite Aduanero?Ley Aduanera Articulo 49 tasas o cuotas por derecho de trmite aduanero Se pagar el derecho de trmite aduanero por las operaciones aduaneras que se efecten utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los trminos de la Ley Aduanera conforme a las cuotas establecidas en este artculo.Conclusin:El comercio exterior de Mxico se ha caracterizado por un constante desempeo positivo. Bajo la firme conviccin del Gobierno Federal en incrementar la inversin extranjera directa, el desarrollo industrial y de servicios, se ha fomentado una mayor estabilidad en el ingreso de importantes divisas y la generacin de empleos en diversos sectores; permitiendo un desarrollo sostenido de industrias de primer nivel, como la industria automotriz, electrnica, manufacturera, textil, Maquiladora, etc.El contexto mundial exige a todos los participantes del Comercio Exterior la bsqueda constante de innovacin, eficiencia y generacin de negocios sustentables. Bajo este complejo ambiente, el apoyo de expertos especialistas con profundo conocimiento en Comercio Exterior, que potencien el aprovechamiento de las ventajas competitivas, faciliten la eliminacin de riesgos fiscales o de Comercio Exterior, y coadyuven en el diseo e implementacin de las mejores prcticas, permite lograr una constante generacin de valor para las empresas y sus accionistas.

BIBLIOGRAFA

Revista Aduanas Ley Aduanerahttp://www.pwc.com/mx/es/servicios-impuestos-legales/comercio-exterior.jhtmlwww.aduanas.gob.mxwww.sat.gob.mxwww.comercioyaduanas.com.mx