3 normas complementarias doc
Click here to load reader
Transcript of 3 normas complementarias doc
![Page 1: 3 normas complementarias doc](https://reader038.fdocuments.ec/reader038/viewer/2022100604/559a22e01a28ab244d8b4728/html5/thumbnails/1.jpg)
NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA EL DOCTORADO EN ADMINISTRACIÓN
1. Los alumnos de los programas de posgrado serán dados de baja definitiva por:
a. Solicitud propia
b. Abandonar sus estudios sin la autorización correspondiente
c. Reprobar dos asignaturas
d. Reprobar en dos ocasiones una misma asignatura
Articulo 41 Reglamento de estudio de Posgrado de la Universidad Autónoma de Querétaro
Articulo 43 Reglamento de los estudiantes de la Universidad Autónoma de Querétaro
2. Número de baja por alumno
a. En los programas de posgrado, no se permite la baja de asignaturas, a menos que
se autorice el consejo académico de la facultad o escuela correspondiente y que
sea del plazo expresamente marcado en el calendario escolar.
La solicitud de la baja extemporánea de una asignatura en cualquiera de los
programas tendrá que ser autorizado por el consejo Universitario
Artículo 37 del reglamento de estudiantes de la Universidad Autónoma de Querétaro.
3. Los alumnos que hayan sido autorizados para tener una baja temporal, no podrán cursar
materias posteriores correspondientes al programa doctoral. Pero si avanzar en sus cursos
de Inglés y/o francés, así como en su trabajo de tesis.
4. Para los lectores de tesis se les asignará 30 días hábiles para la lectura del documento y se
les pedirá por escrito sus observaciones, misma que entregaran por escrito a la
Coordinación del Doctorado en Administración y por vía electrónica al doctorando. Se
anexan a estas normas complementarias los formatos que deben llenar los tutores.
5. Los alumnos cuyo ingreso haya sido en el 2004
a. Tendrán como plazo para la presentación del examen de grado 3 veces la duración
del plan de estudio correspondiente y se contará a partir de la primera inscripción
al mismo. A petición razonada del director de tesis, el jefe de la división podrá
ampliar dicho plazo hasta por un año, oyendo la opinión del consejo académico
respectivo
Artículo 27 del Reglamento de Estudios de Posgrado de la Universidad Autónoma de
Querétaro.
Artículo 109 del Reglamento de Estudiantes de la Universidad Autónoma de
Querétaro.
![Page 2: 3 normas complementarias doc](https://reader038.fdocuments.ec/reader038/viewer/2022100604/559a22e01a28ab244d8b4728/html5/thumbnails/2.jpg)
6. Para obtener el grado de Doctor:
1) Haber acreditado el respectivo plan de estudios, con al menos el número de
créditos que estable la Secretaría de Educación Publica
2) Acreditar el nivel de lengua establecido en el documento fundamental de cada
programa y en caso que no lo especifique, se requerirá un examen de
comprensión de textos de un idioma diferente a la lengua materna
3) Presentar una publicación arbitrada o indexada, según lo determine el documento
fundamental correspondiente.
4) Presentar tesis individual de investigación original de alta calidad, pudiendo
asignar por lo menos el 40% de los créditos del programa o presentar al menos 2
publicaciones como autor, en revistas indexadas.
5) En su caso defender y aprobar el trabajo de tesis ante un jurado integrado por 5
sinodales en los términos que determinen las normas complementarias.
6) Cumplir con los demás requisitos establecidos en el correspondiente plan de
estudios, en la legislación universitaria aplicable y en las normas complementarias
de la facultad que corresponda.
7. Para la evaluación de asuntos académicos y de ingreso al programa doctoral, se ha creado
el Comité Académico Doctorado en Administración. Se anexan a estas normas el
documento sobre los lineamientos a evaluar por los miembros del Comité Académico del
Doctorado.