3-DECRETO 513 de 2009 PLAN PARCIAL CENTRO FUSAGASUGA

123
UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 1 DECRETO No. 513 de 2009 (29 DE DICIEMBRE) “Por medio del cual se adopta el Plan Parcial de renovación o redesarrollo en la zona Centro, en el municipio de Fusagasugá, Cundinamarca” EL ALCALDE MUNICIPAL DE FUSAGASUGÁ En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas en el artículo 315 de la Constitución Nacional, el artículo 27 de la Ley 388 de 1997, el artículo 62 del Decreto 120 de 2007, y CONSIDERANDO: 1. Que la Ley 388 de 1997 en su artículo 3º. Establece que “El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento entre otros de los siguientes fines: 1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios. 2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo. 3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural”. 2. Que de conformidad con el artículo 19 de la Ley 388 de 1997, los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los Planes de Ordenamiento Territorial. 3. Que el artículo 62 del Decreto 120 de 2007 que modifica el artículo 307 del Acuerdo Municipal 29 de 2001 y mediante el cual se adoptó la revisión y ajustes del POT de Fusagasugá, determinó la realización del plan parcial en cuestión. 4. Que para la elaboración del plan parcial de Renovación urbana de la zona Centro se implementó como metodología los requisitos definidos en el Decreto 2181 de 2006 y el Decreto 4300 de 2007, del Ministerio de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 5. Que la CAR remite al municipio de Fusagasugá las determinantes ambientales para el proyecto del plan parcial con el oficio de radicado CAR 2008-0000-11727- del 23 de julio de 2008. 6. Que la Oficina Asesora de Planeación Municipal, consideró viable el proyecto del Plan Parcial y lo presentó a la Corporación Autónoma Regional CAR con el oficio de radicado CAR 2008-0000-10322-1 del 29 de julio de 2008. 7. Que la CAR mediante oficio 2008-0000-12517-2 del 14 de agosto de 2008 solicita al municipio que se ajuste a las determinantes ambientales, en consecuencia, solicita que se complemente el proyecto del plan parcial y la totalidad de información, soportes técnicos y documentos los cuales son imprescindibles para hacer el análisis, revisión y verificación de las determinantes ambientales, por lo que se suspenden los términos para la concertación. 8. Que en cumplimiento al artículo 27 de la ley 388 de 1997 se surtió la fase de información pública, convocatoria a los propietarios y vecinos, mediante oficios No. 722 del 17-04-08, 823 del 30-04-08, 1121.964 de 15-05-09, los cuales expresaron sus recomendaciones y observaciones.

description

Plan parcial de renovación urbana zona Centro Fusagasugá, Colombia.

Transcript of 3-DECRETO 513 de 2009 PLAN PARCIAL CENTRO FUSAGASUGA

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 1

    DECRETO No. 513 de 2009

    (29 DE DICIEMBRE) Por medio del cual se adopta el Plan Parcial de renovacin o redesarrollo en la

    zona Centro, en el municipio de Fusagasug, Cundinamarca

    EL ALCALDE MUNICIPAL DE FUSAGASUG En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas en el artculo 315 de la Constitucin Nacional, el artculo 27 de la Ley 388 de 1997, el artculo 62 del Decreto 120 de 2007, y

    CONSIDERANDO: 1. Que la Ley 388 de 1997 en su artculo 3. Establece que El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una funcin pblica, para el cumplimiento entre otros de los siguientes fines: 1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vas pblicas, infraestructuras de transporte y dems espacios pblicos, y su destinacin al uso comn, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios pblicos domiciliarios. 2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del inters comn, procurando su utilizacin racional en armona con la funcin social de la propiedad a la cual le es inherente una funcin ecolgica, buscando el desarrollo. 3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribucin equitativa de las oportunidades y beneficios del desarrollo y la preservacin del patrimonio cultural y natural. 2. Que de conformidad con el artculo 19 de la Ley 388 de 1997, los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los Planes de Ordenamiento Territorial. 3. Que el artculo 62 del Decreto 120 de 2007 que modifica el artculo 307 del Acuerdo Municipal 29 de 2001 y mediante el cual se adopt la revisin y ajustes del POT de Fusagasug, determin la realizacin del plan parcial en cuestin. 4. Que para la elaboracin del plan parcial de Renovacin urbana de la zona Centro se implement como metodologa los requisitos definidos en el Decreto 2181 de 2006 y el Decreto 4300 de 2007, del Ministerio de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 5. Que la CAR remite al municipio de Fusagasug las determinantes ambientales para el proyecto del plan parcial con el oficio de radicado CAR 2008-0000-11727- del 23 de julio de 2008. 6. Que la Oficina Asesora de Planeacin Municipal, consider viable el proyecto del Plan Parcial y lo present a la Corporacin Autnoma Regional CAR con el oficio de radicado CAR 2008-0000-10322-1 del 29 de julio de 2008. 7. Que la CAR mediante oficio 2008-0000-12517-2 del 14 de agosto de 2008 solicita al municipio que se ajuste a las determinantes ambientales, en consecuencia, solicita que se complemente el proyecto del plan parcial y la totalidad de informacin, soportes tcnicos y documentos los cuales son imprescindibles para hacer el anlisis, revisin y verificacin de las determinantes ambientales, por lo que se suspenden los trminos para la concertacin. 8. Que en cumplimiento al artculo 27 de la ley 388 de 1997 se surti la fase de informacin pblica, convocatoria a los propietarios y vecinos, mediante oficios No. 722 del 17-04-08, 823 del 30-04-08, 1121.964 de 15-05-09, los cuales expresaron sus recomendaciones y observaciones.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 2

    9. Que mediante oficios de la Oficina de Planeacin Municipal No. 1121.664-060409 de 06 de Abril de 2009 y 1121.1329-060709 de 06 de Julio de 2009, se presentan los documentos del proyecto del plan parcial ante la CAR. 10. Que la CAR, una vez analizada, revisada y verificada la informacin y documentos del proyecto del plan parcial, genera el documento de consideraciones que se remite al Municipio mediante el oficio de radicacin CAR 20092113254 del 30 de junio de 2009. 11. Que la Oficina Asesora de Planeacin Municipal y la CAR, en cumplimiento de lo ordenado en el Artculo 10 del Decreto 2181 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, concertaron los aspectos ambientales del proyecto del plan parcial citado, en las fechas 19 y 27 de agosto del 2009, segn consta en el acta de fecha 19 y 27 de agosto del 2009, suscrita por: EDGAR ALFONSO BEJARANO MENDEZ Director General de la CAR y BAUDILIO PAEZ CASTRO Alcalde Municipal de Fusagasug. 12. Que el presente plan parcial cumpli el procedimiento previsto en el artculo 27 de la Ley 388 de 1997, lo establecido en el Decreto 2181 de 2006 y el Decreto 4300 de 2007. 14. Que la Oficina Asesora de Planeacin Municipal, aprob el proyecto del Plan Parcial y lo puso a consideracin del seor Alcalde a travs del oficio No. 1121. 2813.2009 de 29 de Diciembre de 2009.

    DECRETA:

    Artculo 1. Adptese el plan parcial de renovacin o redesarrollo de la zona Centro del municipio de Fusagasug con el siguiente contenido:

    TTULO I. DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................ 6 CAPTULO I. OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL DECRETO ........................................................ 6

    Artculo 2. Principios................................................................................................ 6 Artculo 3. Objetivo general del plan parcial ..................................................... 6 Artculo 4. Objetivos especficos del plan parcial ............................................. 6 Artculo 5. Estrategias del plan parcial. ............................................................... 6

    CAPITULO II. MBITO DE APLICACIN ............................................................................. 11 Artculo 6. Lmites del plan parcial. .................................................................... 11 Artculo 7. Conformacin rea del plan parcial. ............................................ 12 Artculo 8. Delimitacin geogrfica del plan parcial. .................................... 12

    TTULO II. PLANTEAMIENTO URBANSTICO ........................................................................ 14 CAPTULO I. DESCRIPCIN ................................................................................................ 14

    Artculo 9. Descripcin del planteamiento urbanstico. ................................. 14 Artculo 10. Cuadro de reas del plan parcial ................................................ 17

    CAPTULO II. ESTRUCTURA ECOLGICA Y AMENAZAS Y RIESGOS ............................. 17 Seccin 1. AREAS DE CONSERVACIN Y PROTECCIN AMBIENTAL. ............... 17 1. CORREDORES HDRICOS. .................................................................................... 17 Artculo 11. Definicin. ......................................................................................... 17 Artculo 12. Caractersticas ................................................................................. 18 Artculo 13. Corredor hidrico 1: Eje Ambiental quebrada Los Curos. ........... 18 Artculo 14. Corredor hidrico 2: Ronda de conservacin hidrolgica quebrada La Parroquia. ........................................................................................ 22

    2. PARQUES URBANOS. ............................................................................................ 25 Artculo 15. Definicin .......................................................................................... 25 Artculo 16. Localizacin ...................................................................................... 25 Artculo 17. Objetivo ............................................................................................. 26 Artculo 18. Desarrollo o ejecucin .................................................................... 26 Artculo 19. Usos asignados y normas para construccin .............................. 26

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 3

    Artculo 20. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin ............... 27 3. SEPARADOR ARBORIZADO DE LA AVENIDA LAS PALMAS. ............................. 28 Artculo 21. Definicin .......................................................................................... 28 Artculo 22. Localizacin ...................................................................................... 28 Artculo 23. Objetivo ............................................................................................. 29 Artculo 24. Desarrollo o ejecucin .................................................................... 29 Artculo 25. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin ............... 29

    4. CRITERIOS DE MANEJO, PROTECCIN Y CONSERVACIN DE RECURSOS NATURALES ................................................................................................................... 29 Artculo 26. Criterios relativos a vertederos de residuos lquidos y slidos. ... 29 Artculo 27. Criterios relativos al manejo de la publicidad visual exterior. ... 30 Artculo 28. Criterios relativos a Emisin de ruido y ruido ambiental............. 31 Artculo 29. Criterios relativos a emisin de gases y partculas. ..................... 32 Artculo 30. Criterios relativos a proteccin de la fauna y flora. ................... 33

    Seccin 2. AMENAZAS Y RIESGOS. ......................................................................... 33 Artculo 31. Objetivo ............................................................................................. 33 Artculo 32. Planificacin en la prevencin de desastres .............................. 33 Artculo 33. Medidas de prevencin y mitigacin reas de amenazas y riesgos 33

    Seccin 3. PAISAJISMO ............................................................................................ 35 Artculo 34. Principios bsicos ............................................................................. 35

    CAPTULO III. SISTEMA DE SERVICIOS PBLICOS ............................................................ 36 Artculo 35. Acueducto. ...................................................................................... 36 Artculo 36. Alcantarillado. .................................................................................. 36 Artculo 37. Manejo de residuos slidos. ........................................................... 37 Artculo 38. Cultura ambiental. ........................................................................... 37 Artculo 39. Energa. ............................................................................................. 38 Artculo 40. Comunicaciones. ............................................................................ 38 Artculo 41. Gas natural. ...................................................................................... 38

    CAPTULO IV. SISTEMA DE MOVILIDAD ........................................................................... 38 Seccin 1. SUBSISTEMA VIAL. ......................................................................................... 38

    Artculo 42. Plan vial ............................................................................................. 39 Artculo 43. Perfiles viales. .................................................................................... 40 Artculo 44. Vas vehiculares restringidas. .......................................................... 45 Artculo 45. Vas peatonales. .............................................................................. 45 Artculo 46. Destaponamientos viales. .............................................................. 46 Artculo 47. Zonas de reserva vial. ..................................................................... 46 Artculo 48. Reglamentacin peatonal. ........................................................... 47

    Seccin 2. SUBSISTEMA TRANSPORTE Y ACCESIBILIDAD ............................................ 47 Artculo 49. Sentidos viales. ................................................................................. 47 Artculo 50. Sealizacin. ..................................................................................... 47 Artculo 51. Bahas de cargue y descargue. .................................................... 48 Artculo 52. Paraderos satlites para el transporte urbano e intermunicipal. 48 Artculo 53. Parqueo o estacionamiento. ......................................................... 48

    CAPTULO V. SISTEMA DE ESPACIO PBLICO Y EQUIPAMIENTOS ............................... 53 Seccin 1. ESPACIO PBLICO. ...................................................................................... 53

    Artculo 54. Indice de espacio pblico efectivo ............................................. 54 Artculo 55. Vas. .................................................................................................... 54 Artculo 56. Andenes. ........................................................................................... 55 Artculo 57. Parques urbanos. ............................................................................. 56 Artculo 58. Ejes ambientales-corredores hdricos. .......................................... 56 Artculo 59. Plazas. ................................................................................................ 56 Artculo 60. Plazuelas. ........................................................................................... 58 Artculo 61. reas libres primer piso.................................................................... 61

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 4

    Artculo 62. Mobiliario urbano. ............................................................................ 62 Artculo 63. Mobiliario para ventas especiales. ............................................... 62 Artculo 64. Condiciones generales para el manejo de reas de espacio pblico y recuperacin del espacio pblico invadido u ocupado. .............. 62 Artculo 65. Usos temporales en los elementos que constituyen el sistema de espacio pblico. ............................................................................................... 63

    Seccin 2. EQUIPAMIENTOS. ......................................................................................... 63 Artculo 66. Unidad Integral de Desarrollo Social UNIDS. ................................ 64 Artculo 67. Ancianato municipal. ..................................................................... 68 Artculo 68. Crcel municipal. ............................................................................ 69 Artculo 69. Comando de polica. ..................................................................... 70 Artculo 70. Plaza de mercado. .......................................................................... 70 Artculo 71. Plaza satlite. .................................................................................... 71 Artculo 72. Edificio Centro Administrativo Municipal (Alcalda). .................. 72 Artculo 73. Comando Cuerpo de Bomberos. ................................................. 72

    CAPTULO VI. CONSERVACION Y PROTECCION DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO E HISTRICO ....................................................................................... 72

    Artculo 74. Objetivo. ............................................................................................ 72 Artculo 75. Inmuebles en tratamiento de conservacin arquitectnica nivel II. 73 Artculo 76. Inmuebles con reglamentacin de tipologa en fachadas y cubiertas. 73 Artculo 77. Niveles de conservacin. ............................................................... 73 Artculo 78. Actuaciones urbansticas por niveles de conservacin. ........... 74 Artculo 79. Reglamentacin de inmuebles con tipologa en fachadas y cubiertas. 75 Artculo 80. Definiciones complementarias. ..................................................... 75 Artculo 81. Autorizaciones y regulaciones especiales. .................................. 76 Artculo 82. Observaciones jurdicas. ................................................................. 77 Artculo 83. Compensaciones en tratamientos de conservacin. ............... 77

    CAPTULO VII. ZONIFICACIN DE USOS DEL SUELO ..................................................... 77 Artculo 84. Objetivo ............................................................................................. 77 Artculo 85. reas de vivienda en densidad alta. ........................................... 78 Artculo 86. reas de actividad mltiple 1. ....................................................... 79 Artculo 87. reas de actividad mltiple 2. ....................................................... 79 Artculo 88. reas de Actividad Mltiple 3. ..................................................... 80 Artculo 89. reas de uso institucional. .............................................................. 80 Artculo 90. reas de Comercio C2 especial 3. ............................................... 81 Artculo 91. Areas de Comercio C2 Especial4. ................................................ 81 Artculo 92. reas de conservacin hidrolgica. ............................................ 82 Artculo 93. Definicin de usos por tipo de establecimientos. ....................... 82 Artculo 94. Normas para el funcionamiento de actividades especiales. .. 92 Artculo 95. Normas para actividades institucionales especiales. .............. 101 Artculo 96. Actividades especiales que requieren estudios de localizacin especficos. 104 Artculo 97. Perodo de transicin para cumplir con la nueva zonificacin. 104

    TITULO III. NORMAS URBANSTICAS ................................................................................. 105 CAPTULO I. NORMAS URBANSTICAS POR USO .......................................................... 105

    Artculo 98. Normas urbansticas para vivienda en densidad alta. ........... 105 Artculo 99. Normas urbansticas para usos comerciales. ........................... 108 Artculo 100. Normas urbansticas para ejes comerciales C2 especial 3 y 4. 109 Artculo 101. Normas urbansticas para usos institucionales. ...................... 110

    CAPTULO II. NORMAS URBANSTICAS COMPLEMENTARIAS ...................................... 110

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 5

    Artculo 102. Embellecimiento de aislamientos anteriores y antejardines. 110 Artculo 103. Embellecimiento de fachadas y mejoramiento de cubiertas. 111 Artculo 104. Rampas y escaleras. ................................................................... 111 Artculo 105. Tratamiento para predios con reas menores de 72m. ....... 111 Artculo 106. Elementos exteriores. ................................................................... 112 Artculo 107. Normas urbansticas para estacionamientos .......................... 112 Artculo 108. Zonas de cesin. .......................................................................... 114 Artculo 109. Desarrollos arquitectnicos ecoeficientes. .............................. 114 Artculo 110. Desarrollos por urbanizacin. ..................................................... 115

    CAPTULO III. VIVIENDA DE INTERS SOCIAL VIS ............................................................ 115 Artculo 111. Criterios de localizacin de VIS. ................................................ 115 Artculo 112. Normas urbansticas para VIS. .................................................. 115

    TITULO IV. GESTIN DEL PLAN ......................................................................................... 116 Seccin 1. SISTEMA DE FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN DEL PLAN. ...................... 116

    Artculo 113. Sistema y programa de ejecucin del plan. ........................... 116 Artculo 114. Plan de etapas. ............................................................................ 116 Artculo 115. Plan de financiacin. .................................................................. 117 Artculo 116. Actualizacin de costos de proyectos. .................................... 118 Artculo 117. Vigencia del plan. ....................................................................... 118 Artculo 118. Seguimiento y evaluacin del plan. ......................................... 118 Artculo 119. Plusvala. ........................................................................................ 118

    Seccin 2. REPARTO EQUITATIVO DE CARGAS Y BENEFICIOS. ............................... 119 Artculo 120. Unidades de Actuacin Urbanstica. ........................................ 119 Artculo 121. Compensacin en tratamiento de conservacin. ................ 122 Artculo 122. Derechos de transferencia de construccin. ......................... 122

    TITULO V. DISPOSICIONES FINALES ................................................................................. 122 Artculo 123. Soporte tcnico del plan parcial. ............................................. 122 Artculo 124. Cartografa que hace parte integral del plan parcial. ......... 122 Artculo 125. Anexos. ............................................. Error! Marcador no definido. Artculo 126. Incorporacin en la cartografa oficial.Error! Marcador no definido. Artculo 127. Vigencia del decreto. .................... Error! Marcador no definido.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 6

    TTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

    CAPTULO I. OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL DECRETO

    Artculo 2. Principios

    Los principios que se tendrn en cuenta para la implementacin y diferentes actuaciones del presente decreto sern:

    1. La funcin social y ecolgica de la propiedad. 2. La prevalencia del inters general sobre el particular. 3. La distribucin equitativa de cargas y beneficios.

    Artculo 3. Objetivo general del plan parcial

    Obtener una renovacin urbanstica y paisajstica de la zona Centro en forma planificada y sostenible, que promueva la revitalizacin econmica y social, propendiendo por la consolidacin del carcter de centralidad, a travs del fomento al comercio, turismo y a los servicios que presta, as como la promocin y uso eficiente del suelo para desarrollos habitacionales y la seleccin de reas estratgicas para la dotacin de equipamientos y espacios pblicos, necesarios para atender los nuevos desarrollos urbansticos de manera que se integre con todo el Municipio. Artculo 4. Objetivos especficos del plan parcial 1. Recuperar paisajstica y ambientalmente el Centro. 2. Garantizar a la poblacin residente y futura la dotacin de servicios

    pblicos de calidad. 3. Reorganizar el sistema vial para brindar mayor movilidad y accesibilidad a

    la zona Centro. 4. Generar espacio pblico y equipamientos con el fin de dotar a la

    poblacin de zonas aptas para la recreacin, cultura y esparcimiento. 5. Proteger y conservar los inmuebles con valor patrimonial, histrico y

    arquitectnico que permiten la lectura histrica de la ciudad. 6. Revitalizar socioeconmicamente el Centro. 7. Garantizar un modelo de gestin y financiamiento del plan para su

    ejecucin. Artculo 5. Estrategias del plan parcial.

    Para lograr los objetivos del plan parcial se establecen siete ejes estratgicos que estructuran el plan, as: 1. EL CENTRO, TU JARDN Esta estrategia enfatiza en la recuperacin ambiental del Centro, enmarcando todos los proyectos estratgicos tendientes a la conformacin de la estructura ecolgica principal, para lo cual se propone:

    a. Recuperacin y creacin de los corredores hdricos de la quebrada Los Curos y la quebrada La Parroquia.

    b. Mejoramiento del separador de la Av. Las Palmas. c. Conformacin de reas verdes en el Centro a travs de la red de parques

    urbanos. d. Recuperacin y promocin de la identidad nacional de Fusagasug como

    CIUDAD JARDN DE COLOMBIA.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 7

    e. Control a las emisiones atmosfricas, vertederos de residuos slidos y lquidos, contaminacin auditiva y visual.

    2. EL CENTRO CON SERVICIOS PBLICOS DE CALIDAD Est dirigida a la ejecucin de proyectos y acciones tendientes a garantizar la dotacin de servicios pblicos con calidad a la poblacin del Centro, as:

    a. Implementacin de proyectos que aseguren la calidad y prestacin del servicio de agua potable en el marco del Plan Maestro de Acueducto.

    b. Implementacin de proyectos planteados en el Plan Maestro de Alcantarillado para la zona Centro.

    c. Implementacin de proyectos planteados en el PGIRS. d. Establecimiento del sitio apto para la disposicin de escombros producto

    de la ejecucin del plan parcial. e. Concientizacin y cultura ciudadana en cuanto al cuidado del medio

    ambiente.

    3. DE PASEO POR EL CENTRO Se hace nfasis en la ejecucin de proyectos estratgicos tendientes al mejoramiento de la accesibilidad, movilidad, articulacin e integracin de los desarrollos urbansticos propuestos para lograr la renovacin y revitalizacin del centro:

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 8

    a. Planteamiento de alamedas con vegetacin baja, cuyo carcter es comercial y embellecimiento de fachadas con plantas florales alusivas al nombre asignado.

    b. Paseos comerciales que articulen el comercio al manejo paisajstico del sector, generando recorridos atractivos a los turistas y poblacin en general.

    c. Intervenciones viales estratgicas que permitan la articulacin entre los proyectos generadores de revitalizacin a travs del mejoramiento de calzadas y recuperacin de andenes.

    d. Generacin de acciones y/o proyectos encaminados a la recuperacin de la movilidad en el Centro como: Articulacin del plan parcial con la implementacin del plan de movilidad, incentivo a la implementacin de parqueaderos para despejar las vas actualmente ocupadas y la materializacin del nuevo modelo de nomenclatura urbana.

    4. EL CENTRO, ESPACIO PBLICO, ESPACIO DE TODOS En ste eje se priorizan los proyectos estratgicos que generarn el espacio pblico necesario para disminuir el dficit del mismo en el Centro, as como la conformacin de la red de equipamientos pblicos, de la siguiente forma:

    a. Conformacin de la mayor cantidad de reas libres dentro del sector por medio de cesiones tipo A y adquisicin de predios por parte del municipio de tal forma que se aproveche su potencial recreativo y articulador en el plan.

    b. Generacin de reas de espacio pblico que brinden a la poblacin el carcter de puntos de encuentro.

    c. Recuperacin del espacio pblico invadido por ventas ambulantes. d. Dotacin de mobiliario urbano y mejoramiento del alumbrado pblico. e. Generacin de zonas aptas para el acceso a la ldica, cultura y bienestar

    social por parte de la poblacin. f. Dotacin y mejoramiento del equipamiento administrativo y de

    abastecimiento existente necesario para la satisfaccin de las necesidades de los pobladores de la zona y del Municipio.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 9

    5. EL CENTRO, TU PATRIMONIO Se realizarn las acciones necesarias para la reglamentacin, valoracin, recuperacin y proteccin del patrimonio del Centro, de la siguiente forma:

    a. Declaratoria de bienes en conservacin y reglamentacin en el manejo de fachadas y cubiertas.

    b. Identificacin y valoracin de elementos a recuperar en cada inmueble declarado en conservacin o manejo de fachadas y cubiertas.

    c. Realizacin de acciones tendientes a la recuperacin del valor patrimonial de los inmuebles, por parte de sus propietarios.

    d. Reglamentacin de incentivos con el objetivo del mantenimiento de inmuebles con valor patrimonial del Centro.

    e. Acciones de vigilancia y control con el fin de que se preserven los inmuebles con valor patrimonial.

    6. EL CENTRO, CORAZN DE FUSAGASUG Este eje tiene la finalidad de lograr la revitalizacin socioeconmica del Centro, mediante acciones pblico-privadas que consoliden la zona como centralidad del municipio, de acuerdo a:

    a. Zonificacin del Centro en reas de actividad mltiple, permitiendo el desarrollo de usos mixtos que sean compatibles entre s, de manera que no se presenten conflictos.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 10

    b. Planteamiento de ncleos generadores de renovacin y/o revitalizacin socioeconmica, a travs del desarrollo de las Unidades de Actuacin Urbanstica establecidas.

    c. Promocin del turismo en el Centro, mediante la ejecucin de los proyectos estratgicos del plan parcial que permitirn la recuperacin, generacin, articulacin y accesibilidad de puntos como destinos tursticos.

    d. Promocin y fomento del comercio de manera que permita aumentar la rentabilidad de los establecimientos y de los predios, a travs de acciones en conjunto entre la Administracin Municipal, Cmara de Comercio de Bogot, FENALCO y Asociacin de Comerciantes de Fusagasug.

    e. Control efectivo por parte de la Administracin Municipal a establecimientos comerciales para que cumplan con los requisitos de funcionamiento en pro de condiciones ptimas de atencin a los clientes.

    f. Normatizacin de las alturas permitidas en el Centro, en funcin del tamao de los predios.

    g. Realizacin de control permanente al desarrollo urbanstico del Centro.

    7. EL CENTRO, GESTIN DE TODOS Con sta estrategia se lograr garantizar un modelo de gestin, financiamiento y ejecucin del plan parcial, utilizando los siguientes mecanismos: De Gestin:

    a. Desarrollo a corto plazo de proyectos de iniciativa municipal que generen impacto urbano en el centro de la ciudad e incentivar los de iniciativa privada.

    b. Gestin e incentivo al desarrollo de proyectos habitacionales en el rea central de la ciudad.

    c. Desarrollo de proyectos de mejoramiento y recuperacin del espacio pblico con el apoyo de las Universidades, gremios y otros actores sociales, para atraer la inversin privada.

    d. Promocionar el Centro del municipio como un Centro habitacional, de servicios, de negocios y destino turstico, mediante estrategias de city marketing (publicitarias y de gestin) a nivel nacional e internacional.

    e. Promocionar ante entes privados y pblicos la ejecucin y desarrollo de las Unidades de Actuacin Urbanstica.

    f. Reglamentacin y operacin del Banco Inmobiliario como gestor del plan parcial.

    g. Reglamentacin de las compensaciones en tratamientos de conservacin. h. Anlisis y reglamentacin de los derechos de transferencia de

    construccin. De Financiacin:

    a. Realizar los estudios necesarios para calcular y liquidar el efecto plusvala, priorizando los recursos captados e incentivar la inversin privada que

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 11

    permita el desarrollo de las estrategias El Centro, Tu Jardn y El Centro, Espacio Pblico, Espacio de Todos.

    b. Establecer y reglamentar el mecanismo de valorizacin con el fin de financiar los proyectos de la estrategia De Paseo por el Centro.

    c. Implementacin de beneficios econmicos y fiscales que incentiven a los propietarios de inmuebles en conservacin a realizar las obras tendientes a la adecuacin y aprovechamiento para usos comerciales, residenciales o institucionales, como desarrollo de la estrategia El Centro, Tu Patrimonio.

    d. Realizacin de alianzas estratgicas con entes pblicos y privados con la finalidad de llevar a cabo lo planteado en la estrategia El Centro Corazn de Fusagasug.

    e. Priorizacin de recursos de EMSERFUSA E.S.P. para la ejecucin de proyectos de la estrategia El Centro con Servicios Pblicos de Calidad.

    f. Realizar gestin ante entes gubernamentales y no gubernamentales del orden departamental, nacional e internacional para la consecucin de recursos que permitan asegurar la ejecucin del plan parcial.

    Pargrafo: Se adopta como estructura general del plan parcial la que se establece esquemticamente a continuacin, donde se incluyen los proyectos claves o estratgicos del plan parcial, as mismo el desarrollo a detalle de sta estructura que se contempla en la matriz o programa de ejecucin del plan parcial (Anexo 1), en la que se definieron todos los proyectos a ejecutar en la zona Centro.

    CAPITULO II. MBITO DE APLICACIN

    Artculo 6. Lmites del plan parcial.

    Los lmites de la zona Centro que est en plan parcial son: Por el Norte: Calle primera y segunda entre carrera primera y predios con frente en la carrera 12. Por el Sur: Con la quebrada Pekn entre carrera 1 Este y los predios con frente en la carrera 8. Por el Oriente: Carrera primera entre calle 1 y quebrada Pekn. Por el Occidente: Predios que tienen frente sobre Carrera Doce entre predios que tiene frente sobre la calle segunda y Av. Las Palmas.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 12

    Artculo 7. Conformacin rea del plan parcial. El rea del plan parcial es aproximadamente de 69,331 h., est conformada por las siguientes 112 manzanas catastrales, de acuerdo al plano anexo Delimitacin geogrfica No. PPRC-F01. 173-174-008-009-010-020-019-018-017-165-028-029-030-164-165-007-126-127-129-130-131-132-133-136-137-138-139-140-141-142-143-171-172-166-167-168-200-170-169-160-161-162-163-150-151-152-153-154-155-156-157-158-159-144-145-146-147-148-149-196-197-198-21-22-23-24-25-26-27-31-32-33-34-35-36-37-38-39-40-41-42-43-44-45-46-47-426-427-52-53-54-55-56-57-58-59-60-61-62-63-68-69-70-71-72-73-74-76-77-78-79-80. Artculo 8. Delimitacin geogrfica del plan parcial.

    La delimitacin geogrfica de la zona en estudio (Ver plano anexo Delimitacin geogrfica No. PPRC-F01), teniendo en cuenta el plano catastral es la siguiente: PUNTO No. 1 X= 968890.9066 Y= 972675.1550 LONGITUD: 805,1908 m. DIRECCIN: SUR-OCCIDENTE en lnea quebrada al punto 2. Pasando por las manzanas 171, 172, 173, 174, 165, 017, 018, 019, 020 respectivamente y por el lindero norte de los predios con nmeros catastrales: 010001710001, 010001710032, 010001710042 010001710031, 010001710044, 010001710030, 010001710029. 010001720054, 010001720036, 010001720034 010001720048, 010001720053, 010001720052, 010001730018, 010001730029, 010001730027, 010001730017, 010001730016, 010001730022, 010001730015, 010001730014, 010001730013. 010001740014, 010001740013, 010001740012, 010001740011, 010001740010, 010001740009, 010001740008, 010001740007, 010001740006. 010001650004, 010001650003, 010001650002, 010001650001. 010000170014, 010000170013, 010000170012, 010000170011, 010000170024, 010000170009, 010000170008, 010000170007, 010000170006, 010000170005. 010000180001, 010000180017, 010000180016, 010000180018, 010000180015, 010000180014, 010000180013, 010000180012. 010000190001, 010000200010, 010000200009, 010000200008. PUNTO No. 2 X = 968150.1098 Y = 972444.7889 LONGITUD: 271,6843 m. DIRECCIN: NOR-OCCIDENTE en lnea quebrada al punto 3. Pasando por las manzanas 05, 04 y por el lindero norte de los predios con nmeros catastrales: 010000050029, 010000050045, 010000050028, 010000050027, 010000050026, 010000050040, 010000050024, 010000050042, 010000050043, 010000050044, 010000050045, 010000050046, 010000050048, 010000050047, 010000050022, 010000050021, 010000050020, 010000050014, 010000050012, 010000050002, 010000050001, 010000040027, 010000040028, 010000040029. PUNTO No. 3 X = 967942.5881 Y = 972415.8524 LONGITUD: 782,4606 m. DIRECCIN: SUR-ESTE en lnea quebrada hacia el punto 4. Pasando por las manzanas 04, 07, 023, 024, 035, 047, 052, 049, 065 y por los linderos occidentales de los predios con nmeros catastrales: 010000070018, 010000070010, 010000070011, 010000070015, 010000070012, 010000070013, 010000070017. 010000230012, 010000230011, 010000230010, 010000230015, 010000230008, 010000230001. 010000240001, 010000240014, 010000240011, 010000240006, 010000240007. 010000350001, 010000350002, 010000350006, 010000350007, 010000350008, 010000350011, 010000470001, 010000520025, 010000520013, 010000520010, 010000520011, 010000520012, 010000520001, 010000520014. 010000490027, 010000490028, 010000490029, 010000490030, 010000490031, 010000490032,

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 13

    010000490033, 010000490034, 010000490035, 010000490036, 010000490037, 010000490041, 010000650010. PUNTO No. 4 X = 968007.9293 Y = 971776.3351 LONGITUD: 284,8223 m. DIRECCIN: NORORIENTE en lnea quebrada al punto 5. Pasando por las manzanas 065, 054, 068, y por los linderos norte de los predios con nmero catastral: 010000650011, 010000650012, 010000650013, 010000650014, 010000650015, 010000650016, 010000540034, 010000540035, 010000540036, 010000540001, 010000540002, 010000540037, 010000680012, 010000680015, 010000680016, 010000680014, 010000680001. PUNTO No. 5 X = 968219.6848 Y = 971870.9073 LONGITUD: 478,0502 m. DIRECCIN: SUR-ORIENTE en lnea quebrada hacia el punto 6. Pasando por las manzanas 074, 076, 080, 126 y por el lindero occidente de los predios con nmero catastral: 010000740010, 010000740003, 010000740004, 010000740016. 010000760026, 010000760017, 010000760019, 010000760020, 010000760001. 010000800025, 010000800026, 010000800036, 010000800037, 010000800001. 010001260012. PUNTO No. 6 X = 968362.2048 Y = 971559.1698 LONGITUD: 722,4625m. DIRECCIN: NOR ORIENTE en lnea quebrada hacia el punto 7. Pasando por las manzanas 126, 127, 129, 130, 193, y por los linderos sur de los predios con nmero catastral: 010001260012, 010001260013, 010001260015, 010001260016, 010001260031, 010001270001, 010001270008, 010001260015, 010001290014, 010001290013, 010001290008, 010001290007, 010001290006, 010001290005, 010001290004, 010001290003, 010001290018, 010001290017, 010001290016, 010001290002, 010001290019, 010001300005, 010001930011, 010001930008, 010001930007, 010001930006, 010001930005, 010001930004, 010001930003, 010001930002. PUNTO No. 7 X = 968919.2083 Y = 971904.5631 LONGITUD: 215,4872 m. DIRECCIN: NORTE en lnea quebrada hacia el punto 1 y encierra. Pasando por las manzanas 140, 141, 198, 150, 159, 160, 169, 170, 171, y por el lindero oriental de los predios con nmero catastral: 010001400001, 010001400014, 010001400015, 010001400013, 010001410001, 010001410026, 010001410024, 010001410023, 010001410022, 010001410021, 010001410020, 010001410019, 010001410018. 010001980001, 010001500018, 010001500008, 010001500007, 010001500011, 010001500012, 010001500004, 010001500013, 010001500015, 25290010001590010, 010001590003, 010001590002, 010001590001, 010001600036, 010001600033, 010001600002, 010001600001, 010001690005. 010001700006, 010001700005, 010001700004, 010001700003, 010001700002, 010001700024. 010001710042, 010001710013, 010001710012, 010001710011, 010001710043, 010001710010, 010001710009, 010001710008, 010001710037, 010001710050, 010001710005, 010001710004.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 14

    TTULO II. PLANTEAMIENTO URBANSTICO

    CAPTULO I. DESCRIPCIN

    Artculo 9. Descripcin del planteamiento urbanstico.

    El planteamiento urbanstico para la zona Centro se basa en un modelo de ocupacin territorial compacto en el que se desarrollarn los usos de vivienda promoviendo la altura segn tamao de los predios en un 8,68% (60.175,30 m2) del rea total, reas de actividad mltiple 1, 2 y 3, (donde se mezcla la vivienda, comercio e institucional, predominando el comercio) en 46,05% (338.863,90m2) y cuyo objetivo es la ampliacin del rea de comercio, atractivo que existe actualmente en el centro hacia la parte norte del mismo, que se caracteriza por el deterioro urbanstico e inseguridad que presenta. Las reas cuyo uso es institucional representan el 1,65% (11.423,49m2), reas de conservacin hidrolgica con los corredores hdricos de la quebrada Los Curos y La Parroquia el 5,23% (36.268,45m2), rea en espacio pblico como parques, plazas y plazuelas en 3,633% (25.171,97) y en vas el 31,93% (221.406,89m2) del rea total del plan parcial. Ver plano anexo Planteamiento urbanstico No. PPRC-F02. La propuesta busca la renovacin urbanstica del Centro y consolidar el carcter de centralidad, a travs de intervenciones en sectores puntuales, de manera que su desarrollo impacte en forma radial en toda la zona. As mismo se plantea una serie de recorridos que permitirn reconocer por parte de la poblacin el valor paisajstico y urbanstico que tendr el Centro, brindando la accesibilidad a los puntos de encuentro masivo y esparcimiento, estos recorridos son los siguientes:

    1. El primer recorrido es interno, se genera alrededor de la plaza mayor, por las vas vehicular restringido, permite la conexin entre la plaza mayor con el edificio de la Alcalda Municipal, plazuelas Bromelias, Los Artesanos, Nuestra Seora de Beln, Emilio Sierra y el Corredor hdrico o Eje Ambiental Los Curos. Estas vas a su vez se conectan con vas importantes como la Carrera 5, Calle 5, Carrera 8 y Av. Las Palmas.

    2. El segundo recorrido intermedio, inicia en el Parque Bonnet por la Alameda Jazmines (carrera 4), conectndose con el corredor hdrico 2 de la Q. La Parroquia, pasando por la plazuela Bugambilias, Eje Ambiental Los Curos, plazuela Primavera hasta la Alameda Los Anturios (calle 4) pasando por la plazuela Chorro Padilla, plazuela Margaritas, contina por la UAU No. 1, la Unidad Integral de Desarrollo Social (UNIDS) con vocacin Cultural, hasta encontrarse con la plaza Las Azaleas en la Alameda Las Dalias (Carrera 10) por la cual contina, pasando por la plazuela Pensamientos, la UAU No. 11 del C.C. UNO A, por el San Andresito, la Av. Las Palmas, plazuela Los Tulipanes, plazuela Emilio Sierra y rematando en la plazuela Las Bugambilias.

    3. El tercer recorrido ecolgico, inicia en la carrera 8 con calle 13 donde se localiza la plazuela Petunias, sube por el corredor hdrico de la quebrada La Parroquia, pasando por el parque Canad, gira para tomar la carrera 1 al norte articulndose con el parque Ciudad Jardn y plazuela Girasoles, tomando el Eje Ambiental Los Curos que est articulado con las plazuelas Crisantemos, Primavera, Chorro Padilla, Margaritas, Las Flores, Astromelias, Geranios, rematando en la plazuela Pensamientos a la altura de la Alameda Las Dalias.

    4. El cuarto recorrido es transversal mediante el paseo comercial de la Carrera 6.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 15

    El planteamiento a su vez propone elementos estructurantes que se describen a continuacin: 1. Plaza Mayor: Es el elemento central de la propuesta cuyo proyecto de remodelacin del ao 2007-2008, se tom como base para irradiar todo el planteamiento urbanstico de renovacin de la zona Centro, dicho proyecto integra la plaza a las vas y las manzanas que la enmarcan, mediante la definicin de andenes y calzadas con manejo de texturas de pisos que genera un flujo vehicular restringido y el manejo especial para recuperacin de los inmuebles del marco de la misma. 2. Corredores de vida: El primero de los corredores hdricos es el Eje Ambiental quebrada Los Curos que marca un Eje Ambiental en todo su trayecto desde la carrera 1 hasta la Alameda Las Dalias (carrera 10), desarrollo que se conforma por las manzanas N 160, 161, 162, 156, 155, 40, 39, 38 y 37, donde se establece un parque lineal, cuyo objetivo es la prevencin de impactos negativos en el evento que se presente una crecida y crear un eje verde con arborizacin nativa que recupere el paisajismo de la zona, integrndolo con los dems elementos de la propuesta mediante las alamedas, vas y recorridos planteados. Este Eje Ambiental se desarrollar mediante la figura de Unidades de Actuacin Urbanstica No 2-3-4-5-6-7-8, 9 y 10. El Corredor hdrico 2 Ronda de Conservacin Hidrolgica Quebrada La Parroquia, la cual debe recuperarse mediante la descontaminacin y el aislamiento a ambos lados para crear otro Eje Ambiental, implementando el concepto de parque lineal con usos restringidos a lo largo de la misma y con usos de vivienda y comercio contiguos a las respectivas reas de aislamiento, de manera que se convierta en un Eje Ambiental seguro para los peatones. El tercero est definido por el separador arborizado de la Av. Las Palmas, el cual hace parte de la estructura ecolgica principal y que debe ser mejorado, para rescatar el valor patrimonial del mismo. 3. Alamedas de las flores: La primera por la carrera 4 (Alameda Jazmines) en sentido norte-sur, plantea unir el parque Bonett con las Plazuela Los Claveles, Chorro Padilla y Primavera. La segunda tambin en sentido norte-sur por la carrera 10 (Alameda Las Dalias), permite realizar un recorrido desde el parque cementerio hasta la Av. Las Palmas, pasando por la plaza Las Azaleas, plazuela Pensamientos, C.C. UNO A y San Andresito. La tercera por la calle 4 (Alameda Los Anturios) en sentido oriente-occidente que une el parque Ciudad Jardn (manzana 159), con el Parque La Sultana, pasando por las plazuelas Primavera, Chorro Padilla, Margaritas, UAU No. 1, UNIDS Cultural y plaza Las Azaleas. 4. Paseos comerciales: Se propone mejorar la imagen de vas importantes con un alto desarrollo comercial, con el fin de generar recorridos agradables para el peatn y el turista, haciendo nfasis en elementos con valores ambientales y paisajsticos que consoliden la identidad de Ciudad Jardn. Estos paseos son los siguientes:

    La carrera 6 (Paseo comercial La Primavera) que es un eje de valor histrico, comercial e institucional para el municipio de Fusagasug entre la

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 16

    calle 2 hasta la Calle 11 y en la cual se establecen dos perfiles de acuerdo a los anchos variables de la va que tiene en la actualidad.

    Vas vehicular restringido: Con el diseo de la Plaza Mayor se plantean vas con flujo vehicular restringido alrededor de esta, siendo las siguientes: carrera 6 y 7 desde la calle 5 hasta la calle 8 y las calles 6 y 7 desde la carrera 5 hasta la carrera 8, en las que se propone un perfil vial especial con andenes amplios y vegetacin apropiada como complemento al uso comercial que se desarrolla.

    La calle 8 (camelln del comercio) entre carreras 7 y 11 que une la Plazuela Emilio Sierra hasta la Plazuela la campesina enmarcando de igual forma un corredor comercial importante con carcter vehicular restringido.

    5. Elementos de espacio pblico: Con el fin de generar espacio pblico efectivo y atractivo para residentes y turistas se plantea la conformacin de dos parques urbanos, dos plazas y 22 plazuelas, as:

    Parque Ciudad Jardn (Manzana 159 Barrio Emilio Sierra) Parque Canad (Barrio El Tejar) Plaza Mayor Plaza las Azaleas (Actual Plaza Satlite) Plazuela Los Claveles (Calle 1 con Carrera 4 esquina) Plazuela Las Rosas (Santander Cruz Roja) Plazuela Chorro Padilla Plazuela Las Flores (Calle 5 entre carreras 6 y 7) Plazuela Las Bromelias (Diagonal Plaza Mayor) Plazuela Nuestra Seora de Beln (Manzana 146) Plazuela Las Buganvilias (Calle 8 entre carreras 3 y 4) Plazuela Los Tulipanes (Colegio Santander) Plazuela Las Orqudeas (Calle 8 con carrera 8 esquina) Plazuela Las Heliconias (Carrera 8 con calle 7 esquina) Plazuela Los Guayabos (Detrs Plaza de Mercado) Plazuela La Campesina (Frente Plaza de Mercado) Plazuela Emilio Sierra (Calle 8 Carrera 7 esquina) Plazuela Los Artesanos (Carrera 6 con calle 6 esquina) Plazuela Pensamientos (Manzana 37 sobre Alameda Las Dalias) Plazuela Petunias (Corredor hdrico Q. La Parroquia a la altura de la carrera

    8) Plazuela Primavera (Interseccin Alameda Anturios con Alameda Jazmines) Plazuela Girasoles (Inicio del Eje Ambiental Los Curos en la Carrera 1 con

    calle 3) Plazuela Crisantemos (Manzana No. 161) Plazuela Margaritas (Interseccin Alameda Anturios y Paseo Comercial

    Carrera 6) Plazuela Astromelias (Manzana No. 39) Plazuela Geranios (Manzana No. 38)

    6. Intervencin vial de la Avenida las Palmas: Se busca perfilar la va para unificar la morfologa de la misma, generando ampliacin de andenes y el respectivo separador en zona dura, con el mismo manejo de materiales que se plantea en las alamedas. 7. Proyectos puntuales:

    UNIDS (Unidades Integrales de Desarrollo Social): Son equipamientos del orden asistencial y comunal. La propuesta contempla construir dos en la zona Centro, para su realizacin se debe: Primero realizar la reubicacin del ancianato municipal y en este predio construir la UNIDS cuya vocacin

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 17

    ser cultural donde va a predominar aulas mltiples para encuentros culturales, Biblioteca, auditorio, salas de msica, entre otros. La segunda UNIDS en la manzana 159 con vocacin social.

    Articulacin Alameda Las Dalias con Av. Las Palmas: Plantea crear el acceso posterior del centro comercial UNO A, para continuar por el Centro Comercial San Andresito hasta terminar en la Av. Las Palmas. Se desarrollar mediante la Unidad de Actuacin Urbanstica No. 11.

    Desarrollo urbanstico en la manzana 31, posterior a la Alcalda: Con este proyecto se busca la recuperacin del sector de la calle 5 hacia el norte que presenta deterioro urbanstico e inseguridad, conformando un desarrollo urbanstico que permita la conglomeracin de usos comerciales e institucionales, necesario como punto de encuentro de los habitantes del municipio y la Provincia. Se desarrollar mediante la Unidad de Actuacin Urbanstica No. 1.

    Artculo 10. Cuadro de reas del plan parcial

    AREAS M2 % AREA VIVIENDA 60.175,30 8,68 AREA MULTIPLE 1 242.926,89 35,04 AREA MULTIPLE 2 51.492,09 7,43 AREA MULTIPLE 3 24.838,50 3,58 AREA INSTITUCIONAL 11.423,49 1,65 AREA COMERCIO C2 ESPECIAL 3 12.845,83 1,85 AREA COMERCIO C2 ESPECIAL 4 6.760,59 0,98 AREA DE CONSERVACIN HIDROLGICA 36.268,45 5,23 AREA EN PARQUES, PLAZAS, PLAZUELAS 25.171,97 3,63 AREA EN VIAS 221.406,89 31,93 AREA PLAN PARCIAL 693.310,00 100,00

    CAPTULO II. ESTRUCTURA ECOLGICA Y AMENAZAS Y RIESGOS

    Seccin 1. AREAS DE CONSERVACIN Y PROTECCIN AMBIENTAL. Est conformada por las reas de conservacin y proteccin de los recursos naturales y paisajsticos de la zona Centro como son los corredores hdricos conformados por las quebradas Los Curos y La Parroquia, los parques urbanos y el separador de la Av. Las Palmas. Estos elementos se encuentran sealados en el Plano anexo Estructura Ecolgica No. PPRC-F02 A, y sern desarrollados en el eje estratgico El Centro, Tu Jardn del programa de ejecucin del plan parcial.

    1. CORREDORES HDRICOS.

    Artculo 11. Definicin. Los corredores hdricos son franjas de espacio urbano conformadas por elementos constitutivos de espacio pblico naturales y artificiales de quebradas, debidamente tratados, ordenados y manejados en armona y equilibrio ambiental y urbanstico y enriquecido tanto para responder a las caractersticas hdricas y ecolgicas como para garantizar la debida utilizacin por parte de los habitantes en funcin de la movilidad, el esparcimiento y el disfrute de un ambiente sano. Clasifican en sta categora:

    El Eje Ambiental quebrada Los Curos. Ronda de conservacin hidrolgica quebrada La Parroquia.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 18

    Artculo 12. Caractersticas Las caractersticas generales que tendrn los corredores hdricos son:

    1. Consolidacin integral del cauce y sus rondas como suelo de proteccin activa.

    2. Conservacin y recuperacin de la cobertura vegetal nativa presente en las rondas.

    3. Manejo adecuado del terreno mediante nivelacin y empradizacin de las rondas para estabilizar taludes.

    4. Estabilizacin y proteccin de taludes del cauce con trabajo tcnico de terraceo y recomposicin del suelo adecuadamente recubierto con plantas cobertoras.

    5. Repoblacin con especies arbreas, arbustivas, guaduales y otras, atendiendo a criterios paisajsticos y forestales para efectos visuales, estticos, ecolgicos, arquitectnicos y de estabilizacin.

    6. Implementacin de senderos paralelos al cauce para la movilidad de peatones y bicicletas atendiendo a la reglamentacin para personas con discapacidad.

    7. Amoblamiento diseado y localizado para el adecuado uso del espacio pblico, tales como bancas, avisos, recipientes para basura, bolardos, kioscos, sealizacin, etc.).

    8. Conexin con las vas perpendiculares y transversales mediante alamedas. 9. Construccin de puentes peatonales en los sitios requeridos para conectar

    las rondas y facilitar la movilidad peatonal. 10. Instalacin de luminarias acordes con el paisaje de la quebrada y las

    alamedas previendo los efectos derivados del crecimiento de la arborizacin.

    11. Garantizar la accesibilidad permanente desde y hacia las vas y zonas del entorno de las quebradas.

    12. Tratamiento y diseo de pisos utilizando materiales de construccin que se adapten a la topografa y a la geometra de los senderos, los cuales deben cumplir con caractersticas de antideslizamiento, ajuste para los giros del trazado y buena resistencia al desgaste, debidamente colocados sobre subbase compactada y con pendiente que permita la evacuacin de agua hacia los costados.

    13. Reglamentacin aplicable al desarrollo y redesarrollo de las reas aledaas a las reas de proteccin de los cuerpos hdricos que incentive la densificacin de vivienda con usos mixtos de comercio, garantizando de sta manera la permanente la presencia de usuarios y vecinos en pro de la seguridad y la apropiacin del espacio pblico.

    14. Reglamentacin urbana que indique los usos restringidos y prohibidos para cada zona colindante con cada corredor hdrico.

    Estos corredores se desarrollarn en el programa denominado Corredores de vida del eje estratgico El Centro, Tu Jardn, del programa de ejecucin del plan parcial. Artculo 13. Corredor hidrico 1: Eje Ambiental quebrada Los Curos.

    a. Definicin El Eje Ambiental e la quebrada Los Curos es un gran sendero peatonal arborizado con especies de flora nativa, es ordenador y estructurante del rea central de la ciudad. b. Localizacin

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 19

    El tramo en estudio corresponde al delimitado por la carrera 1 hasta la carrera 10, pasando por las manzanas catastrales No. 160, 161, 162, 156, 155, 40, 39, 38 y 37. c. Delimitacin La delimitacin geogrfica del Eje Ambiental Los Curos es la siguiente:

    Punto X Y 1 968897.5552 972414.2147 2 968898.0683 972395.6551 3 968819.6971 972346.5860 4 968631.3060 972304.5808 5 968555.7152 972267.9319 6 968520.2208 972225.4453 7 968455.5683 972199.4167 8 968312.4541 972157.6066 9 968129.2158 972157.9100

    10 968130.3577 972175.8860 11 968310.0401 972175.5091 12 968449.2853 972216.3178 13 968504.7365 972234.6985 14 968541.4667 972283.5559 15 968633.2372 972325.8139 16 968813.1395 972363.8548

    d. Objetivo Disminuir el riesgo por un evento de inundacin o colapso de la infraestructura, as como la generacin del respectivo corredor hdrico que a su vez permita aumentar el espacio pblico efectivo para la zona. e. Desarrollo o ejecucin Se desarrollar mediante Unidades de Actuacin Urbanstica No. 2-3-4-5-6-7-8-9 y 10, cuya directriz general ser mejorar la calidad de vida urbana y aumentar la oferta de zonas verdes y de espacio pblico efectivo, mediante la conformacin de una zona de aislamiento en superficie y la creacin de un parque lineal a lo largo de dicho aislamiento. (Ver lineamientos de desarrollo de las UAU en el TTULO IV GESTIN DEL PLAN). As mismo el se debe adquirir los siguientes predios para la conformacin del Eje Ambiental:

    Nmero Catastral Matrcula inmobiliaria Propietario Direccin Area total terreno

    Area total construida

    Area a comprar aprox.

    Area a comprar Construida aprox.

    010001540016000 157-0030359

    HUAYEK MORENO JOSEFINA

    K 6 5 16 18 24

    764 680 15 15

    010001540017000 -

    PAEZ ROCHA RAFAEL

    C 5 K 6 5 04 104 104 104 104

    010001540019000 157-0016190

    PERALTA MAYORGA MERCEDES

    C 5 5 29 31 33 35 37

    112 448 14 14

    010001540060000 157-0086718

    PERALTA MEDELLIN ALBERTO

    C 5 5-55 LT 1

    95 306 95 306

    010001540061000 157-0086719

    PERALTA CASTILLO LUCIA

    C 5 5-39/41/43/49

    LT 3 113 208 113 208

    TOTAL 213 424

    Las acciones para desarrollar el Eje Ambiental son:

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 20

    PROYECTO: CORREDOR HDRICO 1 CONFORMACION EJE AMBIENTAL QUEBRADA LOS CUROS ACCION RESPONSABLE

    Diseo, adopcin y desarrollo de las Unidades de Actuacin Urbanstica No. 2-3-4-5-6-7-8-9-10

    PROPIETARIOS DE INMUEBLES EN UAU

    Compra de predios manzana 154 segn artculo 12 numeral d, del decreto

    BANCO INMOBILIARIO

    Ejecucin de obras de construccin Eje Ambiental en la manzana 154

    ALCALDIA DE FUSAGASUG

    Mantenimiento Eje Ambiental ALCALDIA DE FUSAGASUG

    El perfil que se establece para el Eje Ambiental de la Q. Los Curos es de 18,0 metros en total, con 8,0 metros de ronda hdrica en zona verde, 3,0 metros de andn a cada lado y 2,0 metros de aislamiento ambiental a cada lado, con respecto a las construcciones, tal y como aparece en el siguiente perfil:

    Sobre los 8,0 metros de ronda hdrica, se tendr un manejo como rea de proteccin y conservacin conformando un parque lineal verde segn se establece en la vista en planta:

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 21

    f. Usos asignados En el rea del Eje Ambiental se permite los siguientes usos:

    Eje Ambiental Los Curos

    Ronda hdrica 4 mt de ronda hdrica a cada lado del eje

    Andn 3mt Aislamiento ambiental 2mt Uso principal ronda hdrica

    Parques lineales en zonas verdes

    Uso compatible ronda hdrica

    Recreacin pasiva.

    Usos prohibidos ronda hdrica

    Vivienda, Industria., Comercio

    Uso principal aislamiento

    Recreacin pasiva.

    Uso compatible aislamiento

    Mobiliario estacionario como complemento del comercio.

    Usos prohibidos aislamiento

    Vivienda, Industria y los no mencionados.

    g. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin Para proteccin de la quebrada y que sea posible el desarrollo del Eje Ambiental se establece las siguientes directrices:

    1. No se expedirn licencias de construccin a los predios donde pasa el Eje Ambiental, hasta que no se adopte la respectiva Unidad de Actuacin Urbanstica.

    2. Toda nueva intervencin arquitectnica que se vaya a desarrollar en predios donde pase el Eje Ambiental deber estar sujeta a los parmetros generales de diseo del Eje Ambiental como tal y de la respectiva Unidad de Actuacin Urbanstica.

    3. Se prohbe arrojar residuos slidos, escombros o aguas residuales en la ronda hdrica del Eje Ambiental.

    4. Se prohbe desarrollar todo tipo de actividades que invadan u ocupen el espacio pblico de la ronda hdrica.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 22

    5. La administracin municipal deber ejercer un estricto control para evitar la construccin ilegal, ocupacin permanente o temporal y contaminacin sobre el rea del Eje Ambiental, aplicando las sanciones y multas contempladas en la normatividad vigente o si no existieren; reglamentndolas si fuere el caso.

    6. Se colocarn instrumentos de medicin de lmina de agua (regillas limnimtricas) que debern calibrarse de acuerdo a la seccin hidrulica del cauce o ducto.

    Artculo 14. Corredor hidrico 2: Ronda de conservacin hidrolgica quebrada La Parroquia.

    a. Definicin La ronda de conservacin hidrolgica de la quebrada La Parroquia se configura como un corredor hdrico o parque lineal como eje conector dels sector oriental con el central de la ciudad. b. Localizacin El rea de este corredor hdrico limita por el oriente en la interseccin de la Calle 9 con la Carrera 1 Este, por el sur con parte del cauce de la misma quebrada, por el occidente con el lindero occidental del predio con nmero catastral 010001260012000, por el norte con predios de las manzanas catastrales 126, 127, 129, 130 y 193. c. Delimitacin La delimitacin geogrfica de la ronda de conservacin hidrolgica de la quebrada La Parroquia, se establece as:

    PUNTO ESTE (X) NORTE (Y) 1 968918.5509 971907.9297 2 968924.4510 971891.9729 3 968876.7419 971846.1312 4 968849.6653 971854.7121 5 968743.1927 971832.0209 6 968648.8290 971746.3125 7 968598.1404 971750.9761 8 968514.2496 971665.7781 9 968456.0248 971634.6016

    10 968376.1623 971565.9931 11 968369.9239 971583.1285 12 968440.7743 971648.3079 13 968502.8689 971678.1422 14 968592.7247 971767.1775 15 968641.2214 971763.2000 16 968734.6684 971847.7632 17 968832.4125 971868.0487 18 968867.4780 971866.3732

    d. Objetivo Garantizar la recuperacin de los sectores invadidos de la ronda hdrica de la quebrada La Parroquia, el manejo integral del sector y por ltimo el diseo y ejecucin de los parques lineales en dichas rondas.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 23

    e. Desarrollo o ejecucin La recuperacin y conformacin del corredor hdrico de la Q. La Parroquia, queda condicionado especficamente a los resultados de la formulacin del plan de manejo integral de la quebrada en cuestin, el cual debe incluir medidas de proteccin y manejo con las siguientes acciones:

    PROYECTO: CORREDOR HDRICO 2: RECUPERACIN QUEBRADA LA PARROQUIA ACCION RESPONSABLE

    Verificacin de reas invadidas a adquirir o restituir y estrategias para su recuperacin. BANCO INMOBILIARIO

    Estudio jurdico y de antecedentes de los desarrollos constructivos en las franjas de ronda y cauce de la corriente hdrica.

    BANCO INMOBILIARIO

    Adquisicin o indemnizacin segn sea el caso y/o procesos jurdicos para la recuperacin de la ronda hdrica invadida.

    BANCO INMOBILIARIO

    Diseo paisajstico y arquitectnico de los parques lineales. PLANEACION

    Construccin de parques lineales, amoblamiento, sealizacin y adecuacin de secciones de la quebrada (con obras de disipacin de energa, drenaje y estabilizacin segn fuere el caso)

    ALCALDIA DE FUSAGASUGA

    Arborizacin y/o reforestacin de ronda hdrica. ALCALDIA DE FUSAGASUGA

    Control en cuanto a invasin y contaminacin. OFICINA QUE ASUME LAS FUNCIONES DE MEDIO AMBIENTE

    Sanciones por el deterioro o contaminacin del corredor hdrico SECRETARIA DE GOBIERNO

    Mantenimiento (Incluye limpieza de secciones). ALCALDIA DE FUSAGASUGA La lista de predios que conforman el rea de ronda de conservacin hidrolgica o ronda hdrica de la quebrada La Parroquia, corresponde a los predios ubicados en el costado Norte de la quebrada y que estn dentro del rea del plan parcial. Dichos predios debern ser verificados y analizados tcnica y jurdicamente en cuanto a verificacin de reas a adquirir, valor, legalidad de construcciones y titulacin para ser adquiridos si fuere el caso con el fin de recuperar el rea en cuestin. Los predios son los siguientes:

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 24

    NO. CATASTRAL MATRCULA INMOBILIARIA PROPIETARIO DIRECCIONAREA TERRENO

    AREA CONSTRUIDA

    AREA TERRRENO ACOMPRAR APROX.

    AREA CONSTURIDA A COMPRARAPROX.

    010001260012000 157-0014484 PINZON DIAZ MARGOT C 11 8 11 1295 573 170 0010001260013000 157-0100318 VIRVIESCAS BERNAL LUIS-ALBERTO LT 3 RESERVA 928 929 117 0010001260015000 157-0027761 MAHECHA BARBOSA LAURA-MARIA C 11 7 27 29 1373 211 230 0010001260016000 157-0008004 REYES PEA ANA-BEATRIZ C 11 7 19 25 1247 228 114 114010001260031904 157-0091290 GORDILLO GORDILLO JOSE-IGNACIO C 12 6-16 LC 001 44 158 44 158010001270002000 LEON QUIROGA EVARISTO SUC K 6 11 52 54 88 160 88 160010001270001000 157-0031931 HERNANDEZ * MISAEL K 6 11 56 58 60 163 118 163 118010001270008000 FEDERACION-NACIONAL-DE-CAFETEROS-K 5 11 512 147 512 147010001290013000 157-0009106 CADENA CADENA CLEMENTINA K 5 10 22 26 586 292 80 14010001290014000 157-0009201 MORENO BERNAL AURA-LUCIA C 11 5 01 938 193 460 44010001290015000 FEDERACION-NACIONAL-DE-CAFETEROS-C 11 5 25 K 5 11 05 13 21 29 492 931 492 931010001290007000 157-0020853 GODOY SALAMANCA PRISCILA C 10 4 27 263 240 89 0010001290008000 157-0061421 VELEZ RODRIGUEZ ALCIRA C 10 4 39 712 126 199 0010001290002000 157-0015749 MUNICIPIO-DE-FUSAGASUGA C 10 3 29 LT 1 167 217 167 217010001290003000 157-0044600 RUBIANO SANCHEZ GLORIA-INES C 10 3 65 69 341 132 130 0010001290004000 157-0016062 GODOY SALAMANCA ANA-PRISCILA C 10 4 01 672 49 287 49010001290005000 157-0017556 GOMEZ MORENO MYRIAM C 10 4 03 536 153 142 0010001290006000 157-0025611 CRUZ BAUTISTA MARIA-MARLEN C 10 4 19 CS LT 503 274 161 0010001290016000 157-0015798 LOPEZ MORENO JOSE-MOISES C 10 3 35 41 LT 2 226 157 87 87010001290017000 157-0016908 PRIETO ORTIZ ANA-ELISA C 10 3 43 47 167 161 73 42010001290018000 157-0016893 MONCADA CHINGATE ANA-LUCIA C 10 3 53 57 194 133 96 0010001290019000 157-0061257 SIERRA * FLORENTINO C 10 3 09 187 65 187 65010001320004000 157-0084222 GUERRERO * LUIS-ALFONSO K 3 9 39 74 148 74 148010001930002000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 68 37 68 37010001930003000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 199 117 199 117010001930004000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 201 73 201 73010001930005000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 165 58 69 0010001930006000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 412 0 291 0010001930007000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 283 97 102 0010001930008000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 230 100 75 0010001930011000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 251 86 251 86010001930094000 SIN INFORMACIONSIN INFORMACION SIN INFORMACION 128 0 16 0 f. Usos asignados En el rea ronda hdrica se permite los siguientes usos:

    Usos principales: Parques lineales, entendidos como una franja verde de uso pblico.

    Usos compatibles: Ciclorutas, recreacin pasiva. Usos prohibidos: Vivienda, Industria y Comercio.

    Ronda hdrica: 15 metros a partir del borde los box y canales existentes.

    g. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin Las acciones de recuperacin y de conservacin mnimas que se deben adelantar son las siguientes: 1. Limpieza de infraestructuras como box coulvert, canales y bvedas de las

    secciones de la quebrada, retirando de manera peridica los residuos slidos y escombros existentes; labor que ser ejercida por EMSERFUSA E.S.P., con el fin de evitar taponamientos.

    2. Conformacin de un comit de vigilancia y control de la quebrada con miembros de la comunidad o Juntas de Accin Comunal de los diferentes barrios por donde pasa la quebrada y que interactuar directamente con EMSERFUSA E.S.P, la Oficina de Planeacin Municipal con el fin de rendir informes peridicos sobre el estado de la quebrada y la ronda hdrica.

    3. Los nuevos proyectos de construccin o adecuacin contiguos a las reas de conservacin hidrolgica, que se presenten para aprobacin, debern realizar estudios geotcnicos especficos y ejecutar las obras de proteccin requeridas para garantizar la estabilidad de la ronda y evitar posibles deslizamientos.

    4. Se prohbe arrojar residuos slidos, escombros o aguas residuales en la ronda hdrica y el cauce de la quebrada.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 25

    5. Se prohbe desarrollar todo tipo de actividades de urbanizacin o construccin que invadan u ocupen el rea de ronda hdrica y del cauce de la quebrada.

    6. Los predios que colindan con la ronda, deben tener en sus construcciones doble fachada con el fin de evitar la inseguridad en el parque lineal.

    7. La administracin municipal deber ejercer un estricto control para evitar la construccin ilegal, ocupacin permanente o temporal y contaminacin sobre el rea de ronda hdrica y cauce de la quebrada, aplicando las sanciones y multas contempladas en la normatividad vigente o si no existieren; reglamentndolas si fuere el caso.

    8. La Oficina que asume las funciones de Medio Ambiente en coordinacin con entidades municipales como Planeacin y EMSERFUSA, as como entes privados cuando sea de su competencia, determinar las dems acciones que se deban realizar sobre la quebrada La Parroquia, orientadas a la recuperacin y descontaminacin de la misma.

    2. PARQUES URBANOS.

    Artculo 15. Definicin Los parques urbanos son espacios necesarios para el mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadana en las zonas urbanas. Como resultados de la actividad prctica del hombre, tienen elementos naturales (flora y fauna) y socioculturales, los cuales reflejan sus costumbres y tradiciones y las necesidades econmicas y sociales especficas. Son reas de espacio pblico donde se combina el uso de zonas verdes y zonas duras en un 80% y 20% respectivamente. Artculo 16. Localizacin

    PARQUE CIUDAD JARDN: Localizado en predios de la manzana 159 en el barrio Emilio Sierra, limitado al norte por la calle 4, al sur calle 5, al oriente con Carrera 1 y al occidente con la carrera 2. PARQUE CANAD: Localizado en el predio No. 010001300005000 del barrio Antonio Nario, limitado al norte por la calle 9, al sur con la quebrada La Parroquia, al oriente con Carrera 2 y al occidente con la carrera 3. El detalle de los predios que conforman la red de parques de la zona Centro son los siguientes:

    Nombre Parque

    Ubicacin

    Consecutivo predi

    o

    No. catastral Matrcula inmobiliari

    a

    Propietario rea terreno

    total

    rea construi

    da

    Parq

    ue

    Ciu

    da

    d J

    ard

    n

    MANZA

    NA 159

    CARRER

    A 1 Y 2 ENTRE

    CALLES 4 Y 5.

    1 010001590001000 GAONA ROJAS ALEJANDRINA SUC - SARMIENTO ORTIZ ISIDRO SUC

    138.00 38.00

    2 010001590002000 157-65310 ACOSTA RIVERA LUIS-ALIRIO y otros

    111.00 210.00

    3 010001590003000 157-63388 GONZALEZ ROMERO MARIA-LUCINDA

    109.00 112.00

    4 010001590005000 157-69097 MUNICIPIO DE FUSAGASUG

    1 475.00 0.00

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 26

    Nombre Parque

    Ubicacin

    Consecutivo predi

    o

    No. catastral Matrcula inmobiliari

    a

    Propietario rea terreno

    total

    rea construi

    da

    5 010001590006000 157-24898 SANCHEZ * JOSE-DEL-CARMEN Y OTRA

    448.00 279.00

    6 010001590007000 INFANTE TORRES ALFONSO Y OTROS

    449.00 107.00

    7 010001590008000 CALDERON PULIDO SERGIO

    125.00 54.00

    8 010001590009000 290-0069096 MUNICIPIO DE FUSAGASUG

    2 928.00 0.00

    9 010001590010000 290-0069095 MUNICIPIO DE FUSAGASUG

    1 496.00 0.00

    Parq

    ue

    C

    an

    ad

    EL TEJAR

    11 010001300005000 MUNICIPIO DE FUSAGASUG

    960.00 0.00

    TOTAL 8 239.00 800.00

    Artculo 17. Objetivo

    Desarrollar el uso de zonas verdes con un manejo paisajstico, para garantizar el esparcimiento y la recreacin pasiva de los habitantes no slo del sector sino del municipio y dotar a la ciudad de pulmones necesarios para conservar el medio ambiente. Artculo 18. Desarrollo o ejecucin

    La conformacin de los parques urbanos se desarrollar mediante el programa denominado RED DE PARQUES URBANOS, del eje estratgico El Centro, Tu Jardn, del programa de ejecucin del plan parcial y para el cual se establece las siguientes acciones:

    PROGRAMA: RED DE PARQUES. Este programa debe ir coordinado con el macroproyecto de Unidades Integrales de Desarrollo

    social. ACCION RESPONSABLE

    Adquisicin por parte del municipio de los predios destinados al uso de zonas verdes.

    BANCO INMOBILIARIO

    Diseo paisajstico y arquitectnico de cada una de las zonas verdes. (Teniendo en cuenta el diseo de la UNIDS segn su ubicacin.)

    BANCO INMOBILIARIO

    Ejecucin de obras de construccin y dotacin de mobiliario.

    BANCO INMOBILIARIO

    Arborizacin y pradizacin de zonas verdes. BANCO INMOBILIARIO Mantenimiento del parque SECRETARIA DE OBRAS PBLICAS

    Artculo 19. Usos asignados y normas para construccin La construccin o conformacin de dichos parques se regir por las siguientes normas:

    Usos principales: Zonas verdes, Recreacin pasiva y uso forestal.

    Usos compatibles: Unidades Integrales de Desarrollo Social UNIDS.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 27

    Usos condicionados: Comercio C1, eventos y festivales,

    Usos prohibidos: Vivienda, Industria y Comercio C2 y C3 y los no mencionados.

    ndice en zona verde: 80 % ndice de ocupacin: 20 % ndice de construccin: 40%

    Mobiliario urbano

    Como mnimo deben contemplar en su diseo paisajstico kioscos, cicloparqueos, canecas, sillas, luminarias, iluminacin de piso, bebederos de agua, fuentes, senderos peatonales, baos pblicos, etc.

    Paisajismo Se debe plantar vegetacin nativa donde predominen los jardines con especies florales.

    Estacionamientos Bahas de parqueo. Artculo 20. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin

    La planeacin, diseo y manejo de los espacios y elementos pertenecientes a los parques urbanos se ajustarn a los siguientes criterios:

    1. El diseo y los tratamientos deben propender por la creacin de condiciones propicias para el uso pblico, especialmente lo relacionado con la accesibilidad, circulacin, excelente iluminacin para mitigar la inseguridad, higiene, ambientacin y oferta de recursos y servicios para la recreacin.

    2. El tratamiento ambiental y paisajstico debe procurar el mximo posible de aprovechamiento de los elementos y valores del medio biofsico, incorporando su preservacin y restauracin al manejo de los parques.

    3. El tratamiento paisajstico de los parques debe contribuir a la identidad de CIUDAD JARDIN.

    4. Las comunidades locales deben ser involucradas desde el diseo hasta el manejo de cada parque urbano como un proyecto colectivo de conservacin y restauracin ecolgica, reforzando el sentido de pertenencia y la apropiacin para su defensa.

    5. Plantar vegetacin de porte medio y alto, conformada por especies forestales nativas, con denso follaje y dosel mnimo de tres metros de radio (no se recomienda sembrar ningn tipo de palma). Esto con la finalidad de producir oxgeno y capturar carbono, de manera que ofrezca la posibilidad de la recreacin contemplativa.

    6. Con carcter general, quedan prohibidas aquellas actividades, acciones o manifestaciones que puedan deteriorar o crear un riesgo para el patrimonio existente en un parque o para sus usuarios. Y tambin aquellas actividades que precisan autorizacin y sean ejecutadas sin ella.

    7. Estn prohibidas todas las actividades que produzcan cambios en el medio y en las condiciones de vida de la flora y la fauna como alterar la fisiografa del terreno y/o las caractersticas fsico-qumicas del suelo, alterar los cursos de agua tanto natural como artificial, aadir cualquier producto en el agua, emitir sustancias que puedan modificar la calidad del aire.

    8. Para la proteccin del ambiente, la esttica y la tranquilidad que debe existir en los parques, quedan prohibidas las actividades que puedan causar molestias o accidentes a las personas, causar daos y deterioros al csped, plantas y rboles, bancos y dems elementos de mobiliario urbano.

    9. Queda prohibida la venta ambulante y la instalacin de cualquier clase de comercio, restaurante, venta de helados, refrescos y dems, sin una autorizacin expresa o concesin administrativa por parte de la

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 28

    administracin municipal, obtenida con la tramitacin que la norma aplicable disponga en cada caso concreto.

    10. Queda prohibido instalar tiendas de campaa o introducir vehculos en las zonas verdes, salvo los vehculos de invlidos no propulsados por motor o propulsados por motor elctrico y que desarrollen una velocidad no superior a 10 Km/h, los cuales podrn circular por los paseos peatonales de las zonas verdes.

    11. Para que puedan desarrollarse de forma adecuada los elementos vegetales de un parque, quedan prohibidos con carcter general los siguientes actos: toda manipulacin realizada sobre las plantas existentes, talar, podar, zarandear o partir rboles y arbustos, grabar o marcar sus cortezas, atar a los mismos escaleras, herramientas, soportes de andamiaje, ciclomotores, bicicletas, carteles o cualquier otro elemento. Pisar el csped en aquellas zonas donde expresamente se indique, pisar o alterar los parterres (es un diseo jardn a nivel de la superficie del terreno que consiste en plantar lechos de flores o de hierbas delimitados por plantas perennes, piedras y

    sendas de grava dispuestas con un diseo generalmente simtrico) y taludes, subir o trepar a los rboles, cortar flores, ramas, frutos, semillas y dems, de las diversas especies vegetales, as como cortar o arrancar races, realizar sin la autorizacin del rgano municipal competente labores de plantacin y dems trabajos de jardinera.

    12. Los usuarios de los espacios verdes debern respetar los animales que all viven y evitar el desarrollo de actividades que puedan ocasionar perjuicio a ellos o a sus condiciones de vida. No se permitir ningn tipo de actuacin que suponga: matar, cazar, pescar o infligir cualquier tipo de dao a las aves, peces y dems animales existentes en los espacios verdes, arrojar cualquier clase de objeto o desperdicio a los lagos, estanques, fuentes y arroyos, la introduccin o abandono deliberados de cualquier especie animal.

    13. As mismo queda prohibido las siguientes acciones: El acopio de materiales para obras ajenas a las propias de conservacin o mejora de los parques, estacionar, reparar o realizar labores de mantenimiento de vehculos o ciclomotores, lavar ropa o proceder al tendido de la misma, tomar agua de las bocas de riego, arroyos y estanques, efectuar inserciones o pegar carteles en los cerramientos, soportes de alumbrado pblico o en cualquier elemento existente en los parques y jardines, realizar cualquier tipo de obra sin la preceptiva autorizacin municipal, utilizar las zonas verdes como recurso de pastoreo para el ganado, encender fuego fuera de las zonas destinadas para ello.

    3. SEPARADOR ARBORIZADO DE LA AVENIDA LAS PALMAS.

    Artculo 21. Definicin

    El separador de la Av. Las Palmas se incluye como elemento principal de la estructura ecolgica de la zona Centro, por su valor ecolgico y patrimonial en la ciudad y la zona. Artculo 22. Localizacin

    El tramo del separador correspondiente a la zona Centro se encuentra limitada as: Por el norte con la calzada en sentido vial oriente-occidente de la Av. Las Palmas, por el sur con la calzada en sentido vial occidente-oriente de la Av. Las Palmas, por el oriente con la carrera 4 y por el occidente con el lmite de la zona Centro o Carrera 12.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 29

    Artculo 23. Objetivo Recuperar los tramos deteriorados, mejorar paisajsticamente el separador y garantizar la proteccin y conservacin integral del mismo. Artculo 24. Desarrollo o ejecucin

    Se realizar un estudio ambiental y paisajstico para determinar las especies vegetales y el diseo paisajstico que se le dar al separador, as como las respectivas obras de mantenimiento para su conservacin. Se desarrollar mediante el proyecto denominado POR LA AV. LAS PALMAS, del eje estratgico El Centro, Tu Jardn, del programa de ejecucin del plan parcial. Artculo 25. Condiciones de manejo, conservacin y proteccin

    La Administracin municipal deber velar por la proteccin y conservacin del separador de la Av. Las Palmas teniendo en cuenta las caractersticas que se establecen:

    1. Entre la Av. Panamericana y Puente quebrada Sabaneta el separador debe ir con cobertura de vegetacin natural y arborizado, utilizando las Palmas y plantas florales nativas de acuerdo al estudio que se realice para tal fin.

    2. Entre el Puente quebrada Sabaneta y Carrera 4 el separador debe ir con materiales como: adoqun con dilataciones en piedra y debidamente arborizado utilizando las Palmas, de acuerdo a los diseos que se realicen para tal fin.

    3. La Administracin Municipal deber reemplazar las Palmas y en general la vegetacin que presente deterioro o est en mal estado de conservacin.

    4. La Administracin Municipal deber realizar podas peridicas a la vegetacin crecida.

    4. CRITERIOS DE MANEJO, PROTECCIN Y CONSERVACIN DE RECURSOS NATURALES

    Los recursos naturales que deben ser conservados y protegidos en la zona Centro son: Recurso hdrico, el recurso aire, la fauna y flora, para lo cual se establecen una serie de criterios para el manejo de residuos lquidos y slidos, publicidad visual exterior, ruido y emisin de gases y partculas. La administracin municipal trabajar el tema del control ambiental mediante el programa Nuestro barrio, mi jardn con el proyecto denominado control ambiental de la matriz de ejecucin del plan parcial. Artculo 26. Criterios relativos a vertederos de residuos lquidos y slidos.

    1. Queda prohibido todo vertimiento directo e indirecto de aguas residuales cuya composicin qumica o bacteriolgica pueda contaminar fuentes hdricas ya sean superficiales o subterrneas.

    2. El tratamiento del afluente debe ser tal que su incorporacin al receptor respete la capacidad de autodepuracin, de modo que la calidad de las aguas est dentro de las normas de calidad exigible para los usos que se destinen.

    3. La administracin municipal en su conjunto y EMSERFUSA debern coadyudar, junto con la CAR, a un control efectivo sobre los acuferos para mantener la calidad de las aguas y evitar la sobreexplotacin y presin negativa sobre el recurso.

    4. S prohbe verter o arrojar aguas utilizadas para el enfriamiento de maquinarias o plantas industriales sin previo tratamiento.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 30

    5. Se prohbe la acumulacin de materiales slidos o escombros en pendientes, taludes, barrancos o cauces que suponen sedimentacin u obstculo al libre paso de las aguas y riesgos de arrastre de materiales o sustancias contaminantes.

    6. La Administracin Municipal controlar la utilizacin de los residuos slidos inertes generados por cualquier tipo de obra como material de relleno o de huecos para la restauracin de zonas afectadas por actividades extractivas, sin perjuicio de las potencialidades cientfico didcticas que puedan tener.

    7. Se prohbe la disposicin de basuras, residuos slidos, escombros o desechos de cualquier tipo en lugares de espacio pblico o fuera de los dispuestos por el municipio.

    8. Se prohbe que se vierta o arroje materiales no biodegradables, sustancias, agentes biolgicos y bioqumicos, efluentes o aguas residuales no tratadas segn las disposiciones tcnicas dictadas por la CAR, objetos o desechos de cualquier naturaleza en los cuerpos de agua, sus riberas o reas de conservacin, sus cauces y dems depsitos de agua, incluyendo los sistemas de abastecimiento de agua, capaces de degradarlas, envenenarlas o contaminarlas.

    9. Absolutamente todos los establecimientos y viviendas debern reciclar sus residuos slidos y disponerlos adecuadamente en los camiones recolectores de la Empresa de Servicios Pblicos, en los horarios y das establecidos.

    10. Tanto los locales comerciales como las casetas debern tener canecas y sugerir a la comunidad que depositen los papeles en dichos recipientes.

    11. EMSERFUSA realizar campaas de cultura ciudadana en el rea del plan parcial, dirigidas a la comunidad, a los trabajadores de los almacenes, todos los establecimientos institucionales y comerciales, a los conductores de servicio de transporte pblico, para que la comunidad adopte la formacin de no arrojar desechos slidos y lquidos en las fuentes hdricas. Igualmente instalarn recipientes para la recoleccin de este tipo de desechos en los lugares donde sea mayor la incidencia.

    12. Se prohbe la ocupacin de de reas de proteccin de las fuentes hdricas por habitantes de la calle y construcciones en general.

    Artculo 27. Criterios relativos al manejo de la publicidad visual exterior.

    1. El rea del plan parcial estar sujeta al estricto cumplimiento de las normas nacionales y locales establecidas para la publicidad visual y auditiva (Resolucin 8321 de 1983 del Ministerio de salud, ley 140 del 94, resolucin 02444 de 2003 y dems normatividad vigente al respecto).

    2. En las zonas residenciales, nicamente se permitirn placas profesionales o placas de identificacin con una superficie mxima de cero punto doce (0.12 m2) metros cuadrados y sin iluminacin.

    3. En reas de actividad mltiple se permiten avisos hasta de 4 m2 y luminosos, contndose mximo uno por establecimiento.

    4. En predios de conservacin o que estn en las manzanas del marco de la plaza mayor, la alcalda municipal reglamentar y/o aplicar lo establecido en la materia.

    5. Se limita a uno, el nmero de avisos luminosos por establecimiento a menos que se encuentre en el interior del predio, cuando el rea ocupada por el establecimiento sea mayor de quinientos (500 m2) metros cuadrados; cuando su frente tenga ms de veinticinco metros (25m) de ancho; o cuando tenga ms de un piso de altura.

    6. El anuncio no podr ser mayor del diez por ciento (10%) del rea total de la fachada o culata del establecimiento.

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 31

    7. Los anuncios o avisos se debern colocar sobre la pared de ingreso al local, debe ser fija, no ocupar espacio pblico, ni tener estructuras expuestas y que puedan lesionar los transentes.

    8. No se permite la publicidad visual en los marcos de las puertas (estilo bandern o doble cara), al igual que en los postes de energa elctrica, rboles, las palmas y los postes que transporten redes telefnicas y en general en el espacio pblico.

    9. Los avisos no podrn ser con iluminacin intermitente ni estar ubicados por debajo de los dos punto cincuenta (2.50 m) metros de altura, medida desde el nivel del andn o espacio pblico.

    10. A toda publicidad exterior visual debe drsele adecuado mantenimiento, de tal forma que no presente condiciones de suciedad, inseguridad o deterioro, o genere riesgos en contra de la integridad de las personas.

    11. La publicidad exterior visual no podr contener mensajes que constituyan actos de competencia desleal ni que atenten contra la moral, las buenas costumbres o conduzcan a confusin con la sealizacin vial e informativa.

    12. No se permite la exhibicin de artculos propios de un establecimiento en las fachadas de los mismos, en los andenes o espacio pblico en general.

    13. Absolutamente toda la publicidad superior a 8 m2 deber estar registrada en la Oficina de Planeacin Municipal.

    Pargrafo: Se establece un PLAZO MXIMO DE DOS (2) MESES contados a partir de la fecha de adopcin del presente decreto para que obligatoriamente todos los establecimientos de la zona Centro adopten y realicen los ajustes necesarios en cuanto a avisos publicitarios se refiere. Para tal efecto se faculta a la Oficina que asume las funciones de Medio Ambientepara ejercer el estricto control y cumplimiento de ste artculo, as mismo debe reglamentar lo concerniente a las multas y sanciones pertinentes por el incumplimiento del mismo. Artculo 28. Criterios relativos a Emisin de ruido y ruido ambiental.

    El rea del plan parcial est sujeta al cumplimiento de la resolucin 627 de 2006 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en lo que se refiere a, entre otros aspectos:

    1. Estndares mximos permisibles de niveles de emisin de ruido expresados en decibeles db(a).

    Sector Subsector

    Estndares mximos permisibles de niveles de

    ruido ambiental en decibeles

    dB(A) Da Noche

    Sector A. Tranquilidad y Silencio

    Hospitales, bibliotecas, guarderas, sanatorios, hogares geritricos.

    55 45

    Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

    Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelera y hospedajes.

    65 50 Universidades, colegios, escuelas, centros de estudio e investigacin Parques en zonas urbanas diferentes a los parques mecnicos al aire libre

    Sector C. Ruido Intermedio Restringido

    Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial,

    70 55

  • UNA GERENCIA CON COMPROMISO SOCIAL 32

    Sector Subsector

    Estndares mximos permisibles de niveles de

    ruido ambiental en decibeles

    dB(A) Da Noche

    talleres de mecnica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos. Zonas con usos permitidos de oficinas. 65 50 Zonas con usos institucionales. Zonas con otros usos relacionados, como parques mecnicos al aire libre, reas destinadas a espectculos pblicos al aire libre, vas troncales, autopistas, vas arterias, vas principales.

    80 70

    2. Se prohbe el perifoneo en el centro de la ciudad, con niveles superiores a

    50 decibeles el cual solamente se podr hacer desde las 09:00 horas hasta las 16:00 horas, no permitiendo que la fuente mvil se estacione a emitir en ningn lugar, para lo cual el vehculo deber contar con el respectivo permiso una vez haya cancelado los impuestos.

    3. Queda prohibido sacar bafles y cabinas de sonido sobre los andenes para hacer perifoneo, ya que adems de emitir ondas contaminantes se ocupa el espacio pblico.

    4. Cualquier discoteca, bar, taberna, restaurante, bingo, casino o establecimiento que utilice msica deber estar insonorizado, de tal forma que no permita la fuga del sonido hacia la calle, y el nivel permitido no superar los 60 decibeles dentro del horario establecido como noche segn la resolucin 0627 de 2006, no se permitirn volmenes superiores que superen el nivel de inteligibilidad del habla.

    5. En ningn c