2~tP-'~ · El Director General de Recursos Materiales esta fawltado para suscribic el presente...

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PODER JUDICIAL DE LA FEDE\-<CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F R.F C SCJ·950204-6P5 DIRECCIÓN GENERAL D RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30. 4o PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO, O.F TELS 4113·1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130·1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO D.F TELS 5701 2036 y 5763 7863 PROVEEDOR: CICOVISA, SA DE C.V. 1 AMORES 135, COL DEL VALLE, BENITO JUAREZ, 03100 / 5669 4069, 5669 4069 / SR. JOSÉ LUIS SALVADOR SUÁREZ POZOS FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2017 FECI-!A DE ,ENTREGA 5 OlAS HABILES Partida Clave art. 10 2140103217 20 2140103217 30 2140103218 40 2140103218 50 2140103219 60 2140103219 FORtJIA DI; PAGO . 20 DIAS HABILES REVISION FACTURA EN V.U. 1 OBSERVACIONES OFICIO 22/2017 CORREOS ELECTRÓNICOS 19/05/17 LUGAR DE ENTREGA Q_alz.lgnacio ZarélQoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX, OF Cantidad IUnldadl Desctlpclon 21 PZA 1 CF410X CART/TONER NEGRO HP L/JET M452DW OBSERVACIONES CF41 OX HP 41 OX NEGRO Secretaría General de la Presidencia 21 PZA 1 CF410X CART/TONER NEGRO HP L/JET M452DW OBSERVACIONES CF410X HP 410X NEGRO Dirección General de Presupuesto y Contabilidad 21 PZA 1 CF411X CART/TONER ClAN HPLASERJET M452DW OBSERVACIONES CF411X HP 410X CYAN Secrelaría General de la Presidencia 21 PZA 1 CF411X CART/TONER ClAN HPLASERJET M4520W OBSERVACIONES CF411X HP 410X CYAN Dirección General de Presupuesto y Contabilidad 21 PZA 1 CF412X CART/TONE AMARI HPLASERJET M452DW OBSERVACIONES 21 PZA CF412X HP 410X AMARILLO Secretaría General de la Presidencia CF412X CART/TONE AMARI HPLASERJET " b . l OBSERVACIONES () lr1 ( ( CF412XHP410XAMARILLO \ GC.I 1 U\. ' Dirección General de Presupuesto y Contabilidad 0 , -------- P.Unitario 2,334.00 2,334.00 3,126. 00 3,126.00 3,126. 00 ,. 3,126.00 t':.,D<;., ()20ft \ .,. ' CONTRATO SIMPLIFICADO 4517001545 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR OE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO 5001 Importe Total 4,668. 00 4,668.00 6,252.00 6,252.00 6,252. 00 6,252. 00 CONTINUA Página 1 de 3 ¡;.,/, ·,"' DIR. ADQUISIC ONES DE BIEN INFORMÁTICOS, COMUNICACIONE1 Y MATERIAL Bla f · \.___../ LIC. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ OIR. GRAL. DE RECURSOS MATERIALES ·,,: r

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PODER JUDICIAL DE LA FEDE\-<CIÓN • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F R.F C SCJ·950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL D RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30. 4o PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO, O.F TELS 4113·1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130·1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO D.F TELS 5701 2036 y 5763 7863

PROVEEDOR: CICOVISA, SA DE C.V. 1 AMORES 135, COL DEL VALLE, BENITO JUAREZ, 03100 / 5669 4069, 5669 4069 / SR. JOSÉ LUIS SALVADOR SUÁREZ POZOS

FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2017

FECI-!A DE ,ENTREGA 5 OlAS HABILES

Partida Clave art. 10 2140103217

20 2140103217

30 2140103218

40 2140103218

50 2140103219

60 2140103219

FORtJIA DI; PAGO . 20 DIAS HABILES REVISION FACTURA EN V.U.

1 OBSERVACIONES OFICIO 22/2017 CORREOS ELECTRÓNICOS 19/05/17

LUGAR DE ENTREGA Q_alz.lgnacio ZarélQoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX, OF

Cantidad IUnldadl Desctlpclon

21 PZA 1 CF410X CART/TONER NEGRO HP L/JET M452DW OBSERVACIONES CF41 OX HP 41 OX NEGRO Secretaría General de la Presidencia

2 1 PZA 1 CF410X CART/TONER NEGRO HP L/JET M452DW OBSERVACIONES CF410X HP 410X NEGRO Dirección General de Presupuesto y Contabilidad

21 PZA 1 CF411X CART/TONER ClAN HPLASERJET M452DW OBSERVACIONES CF411X HP 410X CYAN Secrelaría General de la Presidencia

21 PZA 1 CF411X CART/TONER ClAN HPLASERJET M4520W OBSERVACIONES CF411X HP 410X CYAN Dirección General de Presupuesto y Contabilidad

21 PZA 1 CF412X CART/TONE AMARI HPLASERJET M452DW OBSERVACIONES

21 PZA

CF412X HP 410X AMARILLO Secretaría General de la Presidencia

CF412X CART/TONE AMARI HPLASERJET M4520~ " b . l OBSERVACIONES () lr1 ( ~ ( CF412XHP410XAMARILLO \ GC.I 1 U\. ' Dirección General de Presupuesto y Contabilidad ~ 0 ,

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P.Unitario

2,334.00

2,334.00

3,126.00

3,126.00

3,126.00

,. 3,126.00

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CONTRATO SIMPLIFICADO

4517001545 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR OE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

5001

Importe Total

4,668.00

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COMUNICACIONE1 Y MATERIAL Blaf · ~OGRAFICO

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1.· La Suprema Co/11 de Juatlcla de la Nac:lon, en lo euc:eslvo "la Suprema Corte•, por conduelo de a u repmtnlante, para loa efectos dt este lnatrumento manlfleata que: 1.1. Es el máximo órgano deposrtano del Poder Judicial de la Federación, en términos da lo dispuesto en los articulas 94. de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Me1icanos y 1", fracciOo 1 de la Ley Organica del Poder Judíoal de la Federación. 1.2.· La presente conltalaaón ~ aulorizada por la tilutar de la Oirección de Adquisición de Bienes lnlorm:ilicos. Comunicaciones y Malerial BibliohemerogrAfico, de la Dwección General de RecuJSos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante procedimiento de Adjudicación D1recta, de conlonnidéld con lo previslo en los articulas 39, fracción V, 42, 43 fracCIÓI'IIV, 91 Y 92. del Acuerdo General de AdminisltaciOn Vl/2008. del veinticinco de septiembre de dos m~ ocho. del Comit6 de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquiSICIÓI'I. administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3.· El Director General de Recursos Materiales esta fawltado para suscribic el presente inslrumenlo, de conformidad con lo dispuesto en el allk:ulo 25. fracción X del Reglamenlo Organico en Materia de Admirisltación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 1.4.• Para todo lo relacionado con el presente conltato sel\ala como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Sutnez número 2, Colonia Cenlto de la Ciudad de México, OelegaciOn Cuauhtémoc. Código Postal 06060. C1udad de MéKico.

11.• EI"Proveedor" por conducto de su repmtntante leg1l manifiesta bajo protella de decir verdld que: 11.1.· Conoce perfectamente las espeaficaCIOiles técnicas y de operación de los materiales requeridos por "la Suprema Corte" y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satísfacciOn de ésta 11.2.· No se encuenlta en ninguno de los supuestos a que se refieren los artlcutos 48,1racciones 1. 11, III. IV V, VI, VIl, VU y X. asl como 58 fracCIÓI'I XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008. u .. Conoce y acepta su¡etatse a to previsto en el Acuerdo General de Administración VU2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Cor1e de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición. adminisltación y deSincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11.4 .• Para todo lo relacionado con el presente contrato, senala como su domicilio el indicado en el anverso del presente instrumento, en el apartado denominado "Proveedof. 111.· la "Suprema Corte" y el "Proveedor" declaran que: 111.1.· Reconocen mutuamente la personalidad JUrllfiC3 con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que. todas las comunicaciones que se realicen enlte elas. se dirigiran a los domicmos indicados en los antecedentes 14 y 11.4 de este Instrumento

CLÁUSULAS

Primera. Condicione• Generales. El 'Proveedor se compromete a proporcionar los bienes descnlos en el anverso del presente instrumento y respetar, en lodo momento el precio, plazo y condiciofl.es de pago sellalados. durante y hasta el cumpimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago sel\alado en la presente clausula, !Úire el total de los materiales contratados, por lo cual, 'la Suprema Corte' no tiene obligación de cubrir ninglin importe adicional. sevunda. Pena Convenclon11. Las penas convencionales serán determinadas por la Suptema Corte de Justicia de la Nación, en función del ~nto cleaetado. conforme lo siguiente. En caso de incumpl11111enlo de las ottigaclones pactadas en el conltato y sus aneaos,la Suprema Corte de JJSticia de la Nación aplicara una pena oonvencional que se ajustafa proporcionalmenl.... incumplido. en caso de los bienes que no se hayilll recibido a entera satisfacción de la Suprema Cor1e de Jusbcia de la Nación, lo que implica un incumplimiento de las obligaciOnes pactadas en el contrato y sus aneaos, la Suprema Corte de Jusbcla de la Nación podf! aplicat al prtJYeedor una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de dichos bienes (sin incluir eltmpuesto al Valor Agregado). l::n caso de incumpr.mien!o en el plazo de cnlrega de los bienes. se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar ellO al minar dlano (en dlas naturales) de la cantidad que importen tos bienes pendientes de entregar hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Las penas convencionales no podran e1ceder del10% del monto total contralado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). l as penas anteriores podran descontarse de tos adeudos pendientes de cubnr por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al proveedor. Tercen. Requltltot p1ra ... tizar lo• p•gos IHpectlvot Para electos fiscales. el ' Proveedor" debera presentar tao las lactur.JS a nombre de 'la Suprema Corte' segun consta en la cedula de identificación fiscal, expedida por la Sectetafla de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio sooalado en la declaración 1.4 de este Instrumento y. demtls requisitos fiscales a que haya lugar Cuw. Mcnllllcatlonet. Las condiciones pactadas en el presente inslrumenlo podrfln ser objeto de modilicación, en lénninos de lo previsto en los artlculos 12, fracción XXII y 143, fracción 1 del referido .;\cuerdo General de AdmiiUSitación Vl/2008. Quinta. Garantla de Mlterlalel. EI"Proveedor", garantizara los b1enes por un al\o, 11 partir de la fecha de entrega y/o ~epción a entera satisfacción de 'la Suprema Corte", el proveedor ad¡udcado deberá entregar la carta garanlia de los bienes entregados, con las coberturas ofertadas, en papel membretado del fabricante y/o distribuidor de los bienes cotizados CXI!\ las siguientes cobertUras mlnimas eaponiendo los lémlinos de la gar¡¡nra asl como el mecanismo para hacerta electiva, que cubra los requ¡sitos a que se reiere el capitulo IX de la ley Federal de ProlecCIOn al Consunidor Sexta. Confldenclalld•d. La documentaoón quo se proporcione ai"PrtJYeedor" con motivo de la celebracilio de este contrato, es propiedad de ·ta Suprema Corte', por lo que el "Proveedor". por SI o a llaves de sus trabajadores. se compromete a no divulgar. a lravés de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los materiales objeto de este contrato simplificado. Sipllml. Rescisión Queda expresamente convenido que, "la Suprema Corte". podrn dar por resondido el presente contrato sin necesidad de que medie dedaración ¡udicial, en caso de que el "Proweedor" deje de cumplir cualqUIBra de las obligaoones que asume en este contrato, por causas que le seilll imputables, o bien. en caso de ser objeto de embargo, huelga estalada, concuJSO men:antil o liquidación. Antes de declarar la resdsiOn, ' la Suprema Cor1e' notificará por escnto las causas respectivas al "PrOYeedor" en su domicilio sel\a:ado en la declaración ~.4 de este insltumento. con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de qumce dlas habites para que mamfieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y apor1e, en su caso, las pruebas que estime pertinentes Vencido ese plazo el ór¡¡ano competente de "la Suprema Cor1e" determ~•ara sobrvla procedencia de la rescisión. lo que se comunicara ai"PrtJYeedor" en su domiciliO. sei\alado en la declaración 11.4 de este IRSirumento Octavi.·Supuesto• de le111'11nlcl6n de los contratos dlveraos de 11 r.1clsl6n: Et contrato podrcl daJSe por terminado, al cumplimentaJSe su objeto o bien. da manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general en términos de lo previsto en os artículos 148, 149. 150, y 151, del Acuerdo General de AdministraciOo VV2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Adminisltación de la Suprema Corte de Justicia de la NaciOn Novena. Del fomento 1 la transparencia y de 11 protección de dato• parsonales. las parles estan de acuerdo en que. el presente instrumento, constituye inlormaciOo pübl1ca en términos de lo d1spuesto en los articulas 1• 1•, y 42, de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la tnfonnaciOn Pública Gubemamenta, por lo que los gobernados podran realizar su consulta De conformidad con lo establecido en el articulo 71, del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia. Acceso a la lnfonnación Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Cor1e de Jusbcia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho, re.ativo a los órganos y procedimientos para kltelar en el ambilo de este Tribunal los derechos de aa:eso a la lnlormación. a la pnvacidad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo s· Constitucional. ei"PrOYeedor" se obliga a guardar secreto y a no divulgar, por ninglin medio. aun electr6nico, ni por conferencias y/o inlormes los datos peJSonales a que tenga acceso con motivo de la documentación que mane¡e o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente conltalo. En caso de incumplimento, 'la Suprema Corte• podrn exigir el pago correspondiente al1 0% del monto total de este instrumento. por concepto de pena convenoonal. Declma. ResoluCión de controveJSias. Para electo de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento. ei"Proveedor" se somete expresamente a las deasiones del Tribunal Pleno de 'la Suprema Corte'. renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad, tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el ar11culo 1t, fracción XX. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de ta Federación. las partes acuerdan que. cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a olta, se realizara por escrito en el domicmo que han senalado en las declaraciones 14 y 114 de este instrumento Décima Primera. Legislación aplicable El acuerdo de voluntades prtv~sto en este mstrumenlo contractual se riige por lo dispuesto en la Constitución Pot tica de los Estados Unidos Mexicanos Reglamento Orgflnico en Materia de Administración de la Suptema Corte de Justicia de la Naoón. Acuerdo General de Adrnilisltación VV2008, del veinlícinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y. en lo no prev1sto. en éste, por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,la ley de Responsabiüdades Administrativas de los SeiVidores Pilb~cos y la Ley Federal del ProcediiTllento Administrativo, en lo conducente Declml Segundl. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentación legal presentada por las peJSonas flsicas o morales. asl como el apercibimiento de las penas en que mcumrtan en caso de que la misma resultara apócrifa o carente de veracidad

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RECif'CION Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRO\

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PODER JUDICIAL DE LA FEDEMCIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA P NO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060. O.F R F.C. SCJ·950204·6PS

DIRECCIÓN GENERAL DE­RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30. 4o PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO. O.F TELS. 4113·1000 EXf S704,S710.SJ05,570S FAX: 5130·1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAL.Z. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 0911)(), MEXICO. O.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: CICOVISA, S.A. DE C.V. 1 AMORES 135, COL. DEL VALLE, BENITO JUAREZ, 03100/5669 4069, 5669 4069/ SR. JOSÉ LUIS SALVADOR SUÁREZ POZOS

FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2017

FECHA DE ENTREGA 5 DÍAS HÁBILES

Partida Clave art. 70 2140103220

60 2140103220

90 2140103168

100 2140103140

110 2140103141

120 1 2140103142

F0Rt-1A DI; PAGO . 20 OlAS HABILES REVISION FACTURA EN V.U.

OBSERVACIONES

1

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OFICIO 22/2017 CORREOS ELECTRÓNICOS 19/05/17

LUGAR DE ENTREGA Calz. Ignacio Zaragoza 1340, Col. Juan Esculla, 09100, MX, DF

cantidad IUnldadl Descripclon

21 PZA 1 CF413X CART/TON MAGENTA HPLASERJETM452DW OBSERVACIONES CF413X HP 410X MAGENTA Secretaria General de la Presidencia

21 PZA ICF413XCART/TON MAGENTAHPLASERJETM452DW OBSERVACIONES CF413X HP 410X MAGENTA Dirección General de Presupuesto y Contabilidad

21 PZA 1 CF283X CONSUMIBLE TONER NEGRO HP OBSERVACIONES CF283X HP 83X NEGRO Dirección General de Presupuesto y Contabilidad

1 1 PZA 1 CE400A TONER COLOR NEGRO OBSERVACIONES CE400A HP 407A NEGRO Ponencia del Señor Ministro Cossío Díaz

11 PZA 1 CE401A TONER COLOR AZUL OBSERVACIONES CE401 A HP 407 A ClAN Ponencia del Señor Ministro Cossío Díaz

11 PZA 1 CE402A TONEA COLOR AMARILLO OBSERVACIONES CE402A HP 407A AMARIY.O--._ ~ Coss!o Díaz -

1/\ ~

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P.Unitarlo

3,126.00

3,126.00

1,306.00

2,435.00

3,628.00

3,628.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517001545 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO OE DOCUMENTO

S001

Importe Total

6,252.00

6,252.00

2,612.00

2,435.00

3,628.00

3,628.00

CONTINUA

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'\ / "~ "' / ~IC:-S NARRO O LES """ 1~. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ

DIR. ADOUI~I ~E DE BIENE~ 1 A ·neos, ~ OlA. GRAL DE RECURSOS MATERIALES ~­..., COMUNIC5'0NES YIMATERIAL BIB~OHEMEROGRAFICO '-

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1.· La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte", por conducto de su repretentante, para los erectos de este Instrumento manifiesta que: 1.1.· Es el maximo ótDano depositario del Poder Judicial de la Federación, en lérminos de lo dispuesto en los articulas 94, de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos y 1', fracción 1, de la ley <Nganica del Poder Judie1al de la Federacilln. 1.2 . La presente conuataci6n fue autorizada por la titular de la DirecciOn de Adquisición de Bienes lnlormtlticos, Comunicaciones y Material BibliOOemerográfiCO, de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante procedimiento de Adjudicación Directa, de confonnidad con lo previsto en los articulas 39, fracción V, 42, 431racci6n IV, 91 Y 92, del Acuerdo General de Admnisllación Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema COite de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisiCión, adminíslracilln y desinCOIJIOICICi6n de blcnes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3 • El Oitector General de Recursos Maleriales esta tacunado para susaibir el presenle instrumenkl, de conlonnidad axtlo dispuesto en el articulo 25, lracdlln X del Reglamento Orgánico en Mateóa de Admimstración de la Suprema COite de Justicia de la Nación. 1.4.· Para lodo lo relacionado con el presenle contrato seflala como su domicilio el ubiCado en la Calle de José Maria Pino Suarez número 2. Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación CuauhlémOc, C6digo Postal 06060 Ciudad de México.

11.· EI"Proveedor" por conducto de su representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad que: 11.1 .• Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operaciOn de los maleriales requeridos por "la Suprema Corte· y cuenta con los elementos téalicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satislacción de ésta 11.2.· No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los articulas 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, asl como 58 fracción XVI. del Acuetdo General de Administración VV2008. 11.3.· Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VV2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Com~é de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la NaciOn por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administraciOn y desincoJpOraci6n de bienes y la cootrataci6n de obras, usos y seiVieios requeridos por esle Alto Tribunal. 11.4.· Para todo lo relaCionado con el presente contrato, sellala como su domicilio el indicado en el anverso del presente instrumento, en el apartado denominado "Proveedor". 111.· La ·suprema COite· y ei"Proveedor" declaran que· 111.1.· Reconocen muluamente la personalidad jurldica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que, todas las comunicaciones que se reaficen entre ellas, se dirigirtln a los domic~ios Indicados en los anteceden les 1.4 y 11.4 de esle instrumenlo.

CLÁUSULAS

Primera. Condlc:lones Generales. EI'Pmveedor" se compromele a proporcionar los bienes descritos en el anverso del presente instrumento y respetar, en lodo momenlo, el precio, plazo y condiciones de pago sellalados, duran le y hasta el cumpimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago seftalado en la presente clausula, cubre el total de los maleriales contratados, por lo cual. 1a Suprema corte· no tiene obligación de cubrir niogün importe adicional. Segunda. Pel\1 Convenclol\11. las penas convencionales sertln delenninadas por la Suprema COfta de Juslicia de la NaciOn, en funci6n del inalmplimlento decretado, conforme lo siguiente: J En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el conlralo y sus anexos, la Suprema COite de Justicia de la Nación aplicará una pena convencional que se ajustarill proporcionalmerm..._ incumplido. En caso de los bienes que no se hayan recibido a enlera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la NaciOn,lo que irnpriCa un incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor una pena convencional hasta por un 10% del monto que COITesponda al valor de dícl\os bienes (sin incluir ellmpueslo al Valor Agregado). En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulle de apficar el 10 al miUar diario (en dlas naturales) de la cantidad que importen los bienes pendienles de entregar hasta en tanlo se dé cumplimienlo lotal a lo pactado. las penas convenCIOnales no podrAn exceder del10% del monto total contratado (sin incluir ellmpueslo al Valor Agregado). las penas anteriores podrilln descontarse de las adeudos pendienles de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la NaciOn al proveedor. Torcora Requl•llo• para .. alizar loa pa11o• ,...pooctlvoa. Para alac1os fiscalos, ol 'Proveodo,. debera precenlar la o las lacluras a nombro do "lo Suprema Corte• según consta en la cédula do idenbficaciOo fiscal, eKpedlda por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyenles SCJ9502046P5, indicando el domicilio sellalado en la declaración 1.4 de este instrumento y, demas requisitos fiscales a que haya lugar. Cuaru. Modlflculones. las condiciones pactadas en el presente instrumenlo podrán ser objeto de modificación, en lérminos de lo previsto en los articulas 12, lracd6n XXII y 143, lraccilln 1, del referido Acuerdo General de Admml$traei0n Vl/2008. Quinta. GaranUa de Materiales. El "Proveedor", garantizara los b1enes por un allo, a partir de la fecha de entrega y/o recepciOn a entera satisfacción de "la Suprema Corte', el proveedor adJUdiCado deberG entregar la carta garantla de los bienes entregados, con las coberturas ofertadas, en papel membretado del fabricante y/o dislribuidof de los bienes cotizados con las siguientes coberturas mlnimas exponiendo los términos de la garan!ia asl como el mecanismo para hacerla efectiva. que cubra los requisitos a que se refiere el capitulo IX de la ley Federal de Protección al Consumidor Sexta. Confidencialidad. l a documentación que se propomone ai'Proveedor" con mobvo de la celebraci6n de eslo contralo. es propiedad de "la Suprema Corte•. por lo que ei"PI'OIIeedO(', por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar. a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de tos materiales objeto de este contralo Simplificado. S6ptlma. Reaclsl6n Queda expresamente convenido que "la Suprema Corte·, podrá dar por rescindido el presente contrato sil necesidad de que medie declaración judiCial en caso de que el "Proveedor" deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este conllalo, por causas que le sean impulables, o bien, en caso de ser objeto de embarvo huelga estalada. concurso mercanlil o liquidaciiJn Antes de declarar la rescisión, "la Suprema Corte• notificará por esenio las causas respectivas ai 'Proveedor" en su domiciio seflalado en la declaración 11.4 de este instrumento con quien en el acto se encuentre. otorgillndole un plazo de quince dlas Mbiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenienles y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo, el órgano competente de 'la Suprema Corte· determinara sobre la procedencia de la resasión, lo que se comuniCará ai'PI'OIIeedor" en su domicilio, sellalado en la dedaración 11.4 de esle insllumento. Dctava.·Supueslos de terminación de los contratos diversos de la rescisión: El contralo podra darse por terminado, al cumplimentarse su objelo o bien, de manera anlícipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en lérminos de lo previslo en articulas 148, 149, 150, y 151, del Acuerdo General de AdministraciOo Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comilé de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales Las partes eslán de acuerdo en que, el presenle instrumento, constiluye información púbüca en lérminos de lo dispueslo en los articulas 1", 7", y 42, de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubemamenlal, por Jo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el articulo 71, del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia. Acceso a la Información PúbliCa Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema COite de Justicia de la NaCión, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el atnbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información. a la pnvaodad y a la proteccilln de datos personales garantizados en el articulo 6' Conslilucional. el "Proveedor" se obliga a guardar secreto y a no divulgar, por ningún medio, aún eleclrónico, ni por eonferenoas y/o Informes, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o axtozca al desarrolar las actividades objelo del presente contrato En caso de incumplimiento, "la Suprema Corte' podrá exigir el pago correspondiente al10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional Décima. Resolucilln de controversias. Para efecto de la interprelacílln y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, ei "Pmveedor" se somele expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de , a Suprema Corte· , renunciando, en forma expresa, a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o veandad. tenga o begare a tener. de conformidad con lo indicado en el articulo 11, tracci6n XX, de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Las partes acuerdan que, cualquier notificación que tengan que realú:arse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que han senalado en las declaraciones 14 y !1.4 de este instrumento Décima Primera. Legislación apliCable. El acuerdo de voluntades previsto en esle instrumento contractual se rige por lo diSpuesto en la Constilución Polllica de los estados Unidos MexiCanos, Reglamento Orgillnico en Materia de Aclminislración de la Suprema Corte de JustiCia de la Nación, Acuerdo General de Adminstraoón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Corrité de GobleiTIO y AdlllllliStración de la Suprema Corte de JustiCia de la Nación. y, en lo no previslo, en éste por el Código CIVil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civil es Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Püb§cos y la ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente. Décima Segunda. La Suprema Corte de Justicia de la Naci6n, se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentaciOn legal presentada por las petSOnas fisicas o morales, asi como el apen:ibimienlo de las penas en que incurrir tan en caso de que la misma resultara apócrifa o carente de veracidad

RECEP IÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SltAPLIFICADO POR El PROVEEDOR ..,..,- \

Nom;e Firma

~~J. ~~S ~Ut'>t~ <:=!_ PolO$ l ( ____ _)

Page 5: 2~tP-'~ · El Director General de Recursos Materiales esta fawltado para suscribic el presente inslrumenlo, de conformidad con lo dispuesto en el allk:ulo 25. fracción X del Reglamenlo

PODER JUDICIAL DE LA FEDE~IÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O.F R.F C SCJ·950204·6P5

DIRECCIÓN GENERAL DE e RECURSOS MATERIALES BOUVAR No 30. 4o PISO COL CENTRO. C.P 06000. MEXICO. O F TELS 4113-1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100. MEXICO, O.F TELS. 5701 2036 y 5763 7863

PROVEEDOR: CICOVISA, S.A. DE C.V. 1 AMORES 135. COL DEL VALLE, BENITO JUAREZ, 03100/5669 4069, 5669 4069/ SR. JOSÉ LUIS SALVADOR SUÁREZ POZOS

FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2017

FE CI-jA DE .ENTREGA 5 OlAS HABILES

Partida Claveart. 130 2140103143

F0Rt-1A DE'; PAGO . 20 OlAS HABILES REVISION FACTURA EN V. U. 1

OBSERVACIONES OFICIO 22/2017 CORREOS ELECTRÓNICOS 19/05/17

LUGAR DE ENTREGA Calz. lanacio Zaraaoza 1340, Col. Juan Esculia, 09100, MX, DF

Cantidad IUnldadl Descrlpclon 11 PZA 1 CE403 TONER COLOR MAGENTA

OBSERVACIONES CE403A HP 407A MAGENTA Ponencia del Señor Ministro Cossio Oíaz

Tipo de contratación: Adjudicación Directa, Clasificación Mínima. 1 =•:-------=-======================---======================~~======== Autorizó: la Dirección de Adquisición de Bienes Informáticos. Comunicaciones y Material Bibliohemerográfico, mediante punto para acuerdo AD-DGRM-DABI-150/2017 de fecha 29 de mayo de 2017. ==============================~===•:•=========;====================== Garantía: 100% contra cualquier defecto de fabñcación por 12 meses. Fundamento: Artículos 39 Fracción V, 42, 43 Fracción IV, 91 y 92 del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración. ;=================~=================•=====:===;====================== Contratación considerada en el Programa Anual de Necesidades en materia de compras de necesidades emergentes solicitadas por las áreas no identificables con anticipación (OA·OABI) la erogación que implica la presente adquisición se re~lizará con cargo a la partida presupuestarla 21401 •Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos· Unidad Responsable

~ / ¡AS}

P.Unitario

SUBTOTAL I.V.A.

TOTAL

3,628.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517001545 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

5001

Importe Total 3,628.00

62,n9.oo

10,044.64

72,823.64

IMPORTE EN LETRA l \.._ ~r - - 1 '" / ·-- -- ···---

SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTITA\ S PESOS 64/1 O~ M. N. / / (

_ / 11 ''-,.~1 NARRO ~LES . - iJ -....____.. OIR. ADOUISICI • NES DE BIENE INFO MÁTICOS, -- - COMUNICACIONES t MATERIAL BIBL H~EROGAAFICO

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"Y \ ~ ~IC. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ

~ DI R. GRAL DE RECURSOS MATERIALES .... '\

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Page 6: 2~tP-'~ · El Director General de Recursos Materiales esta fawltado para suscribic el presente inslrumenlo, de conformidad con lo dispuesto en el allk:ulo 25. fracción X del Reglamenlo

1.· La Suprema Corte de JusUcia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte", por conduciD de a u repmenlanle, para los efeciDs de este lnatrumeniD manlflesla que: 1.1 • Es el m3Jiimo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispueslo en los artlculos 94, de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Muicanos y 1", 1racción 1, de la Ley Org~nica del Poder Judicial de la Federación. 1.2.- la presente contratación lue autorizada por la titular de la Dirección de Adquisición de Bienes lnformtlticos, Comunicaciones y Material Bibliohemerog~fico, de la DirecCión General de Recursos Matenales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante procedimiento de Adjudicación Directa, de conformidad con lo previsiD en los articules: 39, fracción V, 42,43 fracción IV, 91 Y 92, del Acuerdo General de AdministraciOn Vt/2008, del veinticinco de septiembre do dos mil ocho, del Comité de Gobiemo y Administracioo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el qoe se regulan los procedimientos para la adquisición, adminis1ración y desincorporaci6n de bienes y la contrataciOn de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3 • El Directoc General de Recursos Materiales~ facultado para suscribir el presente insllumenlo, de conformidad con lo dispueslo en el articulo 25, lracci6n X del Reglamento Orgánico en Materia de AdministlaC1ón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 1.4.· Para todo lo relacionado con el presente contrato senala como su domi~ el ubicado en la eane de José Maria Pino Su~ez rnimero 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc. Código Postal 06060, Ciudad de Mélico.

11.- El "Proveedor" por conducto de su repreaenlante legal manifiesta bajo prolesta de decir verdad que: 11.1 • Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los materiales requeridos por 'la Suprema Corte• y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satislaccioo de ésta. 11.2.· No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren tos articulas 48, fracciones l, II,III,IV, V, Vt, Vlt, VIII y X, asl como 58 fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VU200B. 11.3 • Conoce y acepta sujeta/se a lo previsto en el Acuerdo General de Adminisllación VU2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de ta NaciOn poc el que se regulan los procedimientos para la adquisición. adminisllllción y desincorporación de bienes y la contratacioo de obras, usos y senticios requeridos por este Alto Tribunal 11.4 • Para todo lo relacionado con el presente contrato, sellala como su domicilio el indicado en el anverso del presente inslrumento, en el apartado denominado "Proveedor'. 111.· La ·suprema Corte· y el"Proveedol" declaran que: 111.1 • Reconocen mutuamente la pe!Sonalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente inslrumento y manifiestan que. todas las comunicaciones que se realicen entre ellas. se dirigir~n a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este inslrumento.

CLAUSULAS

Primera. Condlelonts Generelea. EI"Proveedol" se compromete a proporcionar los bienes descritos en el anverso del presente instrumento y respetar. en todo momento, et precio, plazo y condiciones de pago sellalados, durante y hasta el cumpiniento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago seMiado en la presente cláusula, cubre el total de los materiales contratados, POf lo cual, •ta Suprema Corte" no tiene obfigadón de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales seran determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la NaciOn, en función del incumplimiento decretado, contonne lo siguiente: En caso de incumpimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus ane1os, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicaré una pena convencional que se ajustara pro~ •ncumpido En caso de los bienes que no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Juslicia de la Nación, lo que imp6ca un incumplimiento de tas obfigaciones pactadas en el conllllto y sus anexos. la Suprema Corte de Justicia de la Nación pod~ aplicar al proveedor una pena convencional hasta por un 10% del monto que cotTesponda al valor de dichos bienes (sin incluir el Impuesto al Valor Aoregado) En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, se hará acreedor a una sandón equivalente al monto que resulte de apfiCélr el 10 al millar diario (en días naturales) de la cantidad que importen los b•enes pendientes de entregar hasta en tanto se dé cumplimiento total ato pactado. Las penas convencionales no podran exceder del10% del monto total contratado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). Las penas anteriores podran descontarse de los adeudos pendientes de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al proveedor. Ten::e,.. Requl•lto• p•,. Nallur loa pago• N•pecllvo•. Para efeclos flcc:Jies, el "Proveedor' deberil precent:lr la o fas factur.:~s a nombre de "la Suprom<~ Corte" cegún conct:l en la cédula do •dentificaci{)n fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicifio seftalado en la declaración 1.4 de este instrumento y demás requisHos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Modlflcaclonts. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podran ser objeto de modificación, en lénninos de lo previskl en los artlculos 12. fracción XXII y 143 fracción t, del referido Acuerdo General de Administración Vl/2008. Quinta. Garantía de Melerlates. El "Proveedor', garantiza~ los bienes por un allo a partir de la lecha de entrega y/o recepci{)n a entera satisfacción de 'la Suprema Corte" el proveedor adjudicado debeta entregar la carta garantla de los bienes entregados, con las coberturas olettadas, en papel membretado del fabricante y/lJ distribuidor de los bienes cotizados. con ·as siguientes coberturas mimmas eJponiendo los términos de la garantla asl como el mecanismo para hacerla electiva. que cubra los requisitos a que se refiere el capitulo tX de la ley Federal de Protección al Consumidor se~ta. Confidencialidad. La documentacioo que se proporcione ai ·Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato. es propiedad de ' la Suprema Corte·. por lo que ei"Proveedor", por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar. a través de cualquier medio de comunicación cualquier resultado o dato obtenido de los materiales objeto de este contrato simplificado. s•ptlma. ReaclsiOn. Queda &Jpresamente convenulo que, 'la Supfema Corte". ~ dar por rescindido et presente contrato sin necesidad de que medie declaracioo judicial, en caso de que el 'Proveedor' deje de cumpir cualquiera de las obligaciones que asume en este contralo. por causas que le sean ~~~~putables, o bien. en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación Anles de declarar la rescisión. "la Suprema Corte' notificara por escrito las causas respectivas at "Proveedor' en su domiciio Slllalado en la declaración 11.4 de este instrumento. con quien en el acto se encuentre otorghdole un plazo de quince dlas hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso las pruebas que estime pertinentes Vencido ese plazo, el órgano competente de ' la Suprema Corte detennina~ sobre la procedenaa de la rescisión, lo que se comunicará al "Proveedor" en su domicilio, seftalado en la declaración 11.4 de este instrumento. Octava.•Supuestos de terminación de los contratos diversos de la rescisión: El contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien, de manera anticipada, cuando &Jistan causas justificadas o razones de interés general, en téfm~nos de to previsto en s artículos 148. 149, 150, y 151. del Acuerdo General de AdministraciOO VV2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobiemo y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Naoón Novena. Del fomento a ta transparencia y de la protección de datos personales. Las partes estan de acuerdo en que. el presente instrumento constituye información púb&ca en términos de lo d1spues10 en los a.tlculos t•, 7•, y 42. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubemamenlal, porto que los gobernados pod~n realizar su consulta De conformidad con lo establecido en el articulo 71 . del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho relativo a los 6!¡¡anos y procedimientos para tutelar en et ambito de este Tribunal tos derechos de acceso a la información, ata privac•dad y a la protecCión de datos personales garantizados en et articulo 6" Constitucional. el "Proveedor" se obfiga a guardar secreto y a no divulgar. por ningún medio. aún electrónico, ni por conferencias y/o informes, los datos personales a que tenga acceso con motivo de ta documentación que maneje o conozca al desarrollar las acbvidades obíelo del presente contrato. En caso de •neump~miento, "la Suprema Corte" pod~ e~igir el pago correspondiente altO% del monto total de este instrumento. por concepto de pena convencional. Décima. Resolucioo de controversias. Para efecto de la Interpretación y cumplimiento de to estipulado en este inslrumento. et "ProveedOf" se somete upresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de ' la Suprema Corte•, renunciando, en forma upresa. a cualquier otro luero que en razón de su domicilio o vecindad. tenga o legare a tener. de conformidad con lo indicado en el articulo 11, fracción XX. de la Ley Org~nica del Poder Judicial de fa Federación. las partes acuerdan que, cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra se reahza~ por escrito en el dom~t~lto que han sellalado en las declaraciones 14 y 114 de este instrumento. Déclm1 Primera. Legislación apicable Et acuerdo de voluntades previsto en este instJumenlo contractual se nge poc lo dispuesto en la Constituoón Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento Org~ en Materia de AdllllniStración de ta Suprema Corte de JustiCia de la Nación. Acuerdo General de AdministraCión VV2008. del veinticinco de septiembre de dos mil od\o, del Comit6 de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Naoon; y, en lo no previsto. en éste. por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Responsabilidades Administrativas de los SetVidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente. Décima Segunda. la Suprema Corte de Justicia de la Nacioo, se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentación legal presentada por las personas físicas o morales. asl como et apercibimiento de tas penas en que incurrirlan en caso de que la misma resultara apócrifa o carente de veracidad

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PROVEEDOR N?mbre J ~cD.:S.~ ~,'5 S u~\,(¿.z

Firma