~2CTRA - Bienvenido · Presupuesto de Egresos del Estado de Jalisco vigente en el ... muebles y...

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GOBIr:.It~O ()[::I. ESTADO ~2CTRA FOr\nO DE APOYO A TRARAJ¡\.UORES DE I.OS MEDIOS DE CO)IUSICACIÓX. A.C. , SEMADETlDJ/09/Z015 CONTRATO DE COMODATO QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, MTRO. JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DiAZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ROBERTO LÓPEZ LARA, y POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACiÓN y FINANZAS, MTRO. HECTOR RAFAEL PÉREZ PARTIDA, Así COMO LA BIOL. MARiA MAGDALENA RUIZ MEJiA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE MEDIO Y DESARROLLO TERRITORIAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL COMODANTE", Y POR LA OTRA PARTE, LA ASOCIACiÓN CIVIL, "EXTRA, FONDO DE APOYO A TRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACiÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JUAN ARTURO COVARRUBIAS VALENZUELA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL COMODATARIO", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y cLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES: '1 1.Declara LA ASOCIACiÓN CIVIL, "EXTRA, FONDO DE APOYO A TRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACiÓN, ASOCIACiÓN CIVIL", por conducto de su representante legal que: 1.1. Se constituyó legalmente mediante escritura pública número 796 de fecha 19 de febrero de 1997, otorgada ante la fe del Notario Público Número 22 de Zapopan, Jalisco, Licenciado Alejandro Moreno Pérez, la cual se encuentra debidamente incorporada bajo documento 18 folios del 207 al 220 del Libro 187 de la sección quinta de la segunda oficina del Registro Público de la Propiedad en esta ciudad. 1.2.Que su objeto social es crear un fondo destinado a brindar a los trabajadores de la prensa, radio y televisión del Estado de Jalisco, ayuda económica destinada a sufragar diversos gastos, tales como gastos médicos, de sepultura, vivienda, vestido, honorarios de

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GOBIr:.It~O ()[::I. ESTADO

~2CTRAFOr\nO DE APOYO A TRARAJ¡\.UORES

DE I.OS MEDIOS DE CO)IUSICACIÓX. A.C.,

SEMADETlDJ/09/Z015

CONTRATO DE COMODATO QUE CELEBRAN EL GOBIERNODEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO POR ELGOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, MTRO. JORGEARISTÓTELES SANDOVAL DiAZ, ASISTIDO POR ELSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ROBERTOLÓPEZ LARA, y POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN,ADMINISTRACiÓN y FINANZAS, MTRO. HECTOR RAFAELPÉREZ PARTIDA, Así COMO LA BIOL. MARiA MAGDALENARUIZ MEJiA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE MEDIO YDESARROLLO TERRITORIAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SELES DENOMINARÁ COMO "EL COMODANTE", Y POR LA OTRAPARTE, LA ASOCIACiÓN CIVIL, "EXTRA, FONDO DE APOYO ATRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACiÓN",REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JUAN ARTUROCOVARRUBIAS VALENZUELA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SELE DENOMINARÁ COMO "EL COMODATARIO", AL TENOR DELAS DECLARACIONES Y cLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES:

'1 1.Declara LA ASOCIACiÓN CIVIL, "EXTRA, FONDO DE APOYO ATRABAJADORES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACiÓN,ASOCIACiÓN CIVIL", por conducto de su representante legal que:

1.1. Se constituyó legalmente mediante escritura pública número 796de fecha 19 de febrero de 1997, otorgada ante la fe del NotarioPúblico Número 22 de Zapopan, Jalisco, Licenciado AlejandroMoreno Pérez, la cual se encuentra debidamente incorporada bajodocumento 18 folios del 207 al 220 del Libro 187 de la sección quintade la segunda oficina del Registro Público de la Propiedad en estaciudad.

1.2.Que su objeto social es crear un fondo destinado a brindar a lostrabajadores de la prensa, radio y televisión del Estado de Jalisco,ayuda económica destinada a sufragar diversos gastos, tales comogastos médicos, de sepultura, vivienda, vestido, honorarios de

abogados, además todo tipo de gastos originados por la educaciónescolar de sus hijos, despensas, adquisición de herramientasindispensables para el trabajo, vivienda y en general, lograr unamejor calidad de vida, entre otras.

1.3. Que su representante legal el Lic. Juan Arturo CovarrubiasValenzuela, cuenta con las facultades suficientes para concurrir a lacelebración de este contrato, lo cual acredita con el instrumentonotarial número 796 de fecha 19 de febrero de 1997, otorgada antela fe del Notario Público Número 22 de Zapopan, Jalisco.

1.4. Que se identifica con copia de su credencial para votar confotografía expedida por el Instituto Federal Electoral con número defolio 0000023030801.

1.5. Que señala como su domicilio la finca marcada con el número100 interior 103 de la calle El Carmen, en la colonia Camino Real, enZapopan, Jalisco.

11. Declara EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, porconducto de su representante que:

11.1. El Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, en su carácter deGobernador Constitucional del Estado de Jalisco, acude a lasuscripción de este convenio, en ejercicio de las atribuciones que leconfieren los artículos 36 y 50 fracción XIX de la Constitución Políticadel Estado de Jalisco; así como los artículos 2,4 fracciones I y II dela Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

11.2. El Mtro. Roberto López Lara, en su calidad de SecretarioGeneral de Gobierno, asiste a la suscripción de este convenio, enejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 46 de laConstitución Política del Estado de Jalisco; artículos 11, 12 fracción ly 13 fracciones I y 11de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo delEstado de Jalisco.

11.3. El Mtro. Héctor Rafael Pérez Partida, en su calidad deSecretario de Planeación, Administración y Finanzas, asiste a lasuscripción de este convenio, en ejercicio de las atribuciones que leconfieren los artículos 46 de la Constitución Política del Estado deJalisco; y artículos 11, 12 fracción 11y 14 de la Ley Orgánica del PoderEjecutivo del Estado de Jalisco. ~

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11.4. La C. Biol. María Magdalena Ruiz Mejía, en su calidad deSecretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, asiste a lasuscripción de este convenio, en ejercicio de las atribuciones que leconfieren los artículos 46 de la Constitución Política del Estado deJalisco; y artículos 11, 12 fracción IX y 21 de la Ley Orgánica delPoder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

11.5.Que es propietario del inmueble identificado como Vivero LosColamos en Guadalajara, Jalisco, con superficie aproximada de70,958 (setenta mil novecientos cincuenta y ocho metros cuadradoscon setenta y cinco centímetros)., que se encuentra dentro del ÁreaNatural Protegida denominada "Bosque Los Colamos"; del cual seacredita la propiedad con la escritura pública número 12 de fecha 11de abril de 1899, pasada ante la fe del Notario PúblicoSupernumerario Lic. Manuel M. Tortolero.

11.6Que el inmueble identificado como Vivero "Los Colamos", materiadel presente contrato, se encuentra exento del impuesto del pago depredial según dispone el artículo 32 fracción I de la Ley de HaciendaMunicipal del Estado de Jalisco.

11.7.Que tiene su domicilio en la calle Ramón Corona # 31, ZonaCentro, en Guadalajara, Jalisco, Palacio de Gobierno del Estado.

DECLARACiÓN DE LAS PARTES:

ÚNICA.- Manifiestan ambas partes, que se reconocen la capacidadlegal para contratar y obligarse, y que la celebración de este contratoes producto de la buena fe de ambas partes, mismo que sujetan altenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. "EL COMODANTE" entrega de manera temporal a "ELCOMODATARIO" el uso y goce del inmueble identificado comoVivero "Los Colamos", ubicado en Avenida Patria W 1000, enGuadalajara, Jalisco, mismo que se encuentra dentro del áreaNatural Protegida denominada "Bosque Los Colamos", con unasuperficie aproximada de 70,958 (setenta mil novecientos cincuentay ocho metros cuadrados con setenta y cinco centímetros). Loslinderos de la superficie materia del presente contrato, se identificanen el dictamen relativo a la superficie, medidas y linderos del biencomodatado, emitido por el Instituto

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Jalisciense de Ciencias Forenses, que conforma el Anexo 1, que esparte integrante del presente instrumento.

Por lo que se otorga en comodato el Vivero "Los Colamos" a "ELCOMODATARIO" para reubicar el vivero desarrollado en elpreviamente en comodato, conocido como "Parque Huentitán", y queactualmente está siendo solicitado por el Gobierno del Estado.

El objeto del presente Contrato de Comodato, es la construcción yequipamiento de un Macro-Vivero de plantas y árboles en susdistintas variedades, en beneficio de la Sociedad Jalisciense.

SEGUNDA. "EL COMODANTE" se obliga a:

a) Otorgar a "EL COMODATARIO" las facilidades y apoyonecesarios para el buen uso y aprovechamiento del inmueblemateria de este contrato.

b) Asignar un total de 08 (ocho) personas, de las cuales 05 (cinco)que realizarán actividades relativas al cuidado del Vivero "LosColamos" en Guadalajara, Jalisco, y 03 (tres) se prestarán losservicios de vigilancia del Vivero "Los Colamos" enGuadalajara, Jalisco; nombres y horarios que se detallan en elAnexo 2 que forma parte integrante del presente Contrato."EL COMODANTE" señala que respecto del personalseñalado en este inciso b), estará comisionado hasta el dia 31treinta y uno de diciembre de 2015 dos mil quince, quedandoestablecido que "EL COMODANTE" se reserva la titularidadpatronal frente a los mismos, sin embargo dicho personaldeberá coordinarse con "EL COMODATARIO" para lostrabajos a desempeñar en el inmueble materia del presentecomodato.

c) Suministrar los insumas necesarios para el mantenimiento yproducción del Vivero "Los Colamos", hasta por la cantidad de$630,000.00 (Seiscientos treinta mil pesos 00/100 M.N.)anuales, como se describe en el Anexo 3 que forma parteintegrante del presente instrumento; recursos que seránasignados a la Unidad Responsable 00231, autorizados en elPresupuesto de Egresos del Estado de Jalisco vigente en elejercicio fiscal 2015, o sus equivalentes en los posterioresPresupuestos de Egresos.

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d) Cubrir a su costa los servicios de agua y luz, que se requieranpara el óptimo aprovechamiento del predio comodatado.

e) Entregar a "EL COMODATARIO" un inventario de los bienesmuebles y Censo Forestal, que se encuentran en lasinstalaciones del Vivero "Los Colamos", y que se describen enel Anexo 4 que forma parte integrante del presente Contrato.

f) Las demás que sean necesarias para que "ELCOMODAT ARIO" dé un buen uso al inmueble, acorde con eldestino a que será afecto.

TERCERA. "EL COMODATARIO" se obliga a:

a) Destinar el inmueble que recibe a la operación y explotación sinfines de lucro de un Macro-Vivero de plantas y árboles en susdistintas variedades.

b) Permitir que el Laboratorio en Materia de Sanidad Forestal yMejoramiento Genético del Fideicomiso para la Administracióndel Programa de Desarrollo Forestal (FIPRODEFO) continúedesarrollando sus actividades de investigación, de maneraindependiente, en los espacios específicos del laboratorio y suvivero, hasta el 31 treinta y uno de diciembre de 2015 dos milquince.

c) Autorizar a un total de 07 (siete) personas a ingresar al ViveroLos Colamos, quienes realizarán actividades de investigaciónen el Laboratorio en Materia de Sanidad Forestal yMejoramiento Genético del FIPRODEFO; personal que sedetalla en el Anexo 5 que forma parte integrante del presenteContrato.

d) Cuidar el predio, utilizando para tales efectos los mejoresmateriales en la conservación y aprovechamiento del Vivero.

e) Aportar todo lo necesario, como infraestructura y equipamientode insumas para lograr el mejor aprovechamiento del Vivero.

f) Utilizar y emplear personal calificado, así como las mejorestécnicas de producción, cuidado, desarrollo y destino deplantas y árboles que se produzcan en el Vivero.

g) Apoyar con plantas y árboles a programas propios y deGobierno del Estado, así como de la Sociedad Civil.

h) Dar cuenta a "EL COMODANTE" del manejo de los insumasotorgados para el mantenimiento y producción del Vivero "LosColamos", mediante la entrega de un informe trimestral.

i) Cubrir a su costa los servicios de telefonía y otros servicios quese requieran para el óptimo aprovechamiento y cuidado de,¿ ~predio comodatado. /v

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j) No ceder, traspasar, arrendar o permitir a terceros, de cualquierotra forma, el uso y aprovechamiento del inmueblecomodatado.

k) Solicitar autorización expresa y por escrito de "ELCOMODANTE", por conducto del titular de la Secretaría deMedio Ambiente y Desarrollo Territorial del Estado de Jalisco,respecto de modificaciones y afectaciones que se pretendanllevar a cabo en el inmueble comodatado y sin la cual no podránllevarse a cabo. Lo anterior con independencia de lasautorizaciones correspondientes al área que se entrega encomodato acorde a su naturaleza de Área Natural Protegida.

1) Recibir de "EL COMODANTE" el inventario de los bienesmuebles y Censo Forestal, que se encuentran en lasinstalaciones del Vivero "Los Colomos", y que se describen enel Anexo 4 que forma parte integrante del presente Contrato.

m)Seguir prestando el lugar y/o espacio físico que ocupa elalmacén para la guarda de las unidades, herramientas y equipode los Bomberos Forestales del Gobierno del Estado, que sedetallan en el Anexo 6 que forma parte del presente Contrato.

n) Asumír la responsabilidad civil o frente a terceros, de los dañosque pudieran ocasionarse en el bien comodatado y los bienesmuebles que lo integra, por caso fortuito, quedando exento "ELCOMODANTE" de cualquier responsabilidad que surja durantela vigencia del presente contrato.

o) Permitir que continúe ubicado el Centro de Decomiso deplantas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente(PROFEPA) dentro de las instalaciones del Vivero "LosColomos", haciéndose responsable del cuidado de las plantasque lo integran por conducto del personal asignado por "ELCOMODANTE", detallado en la cláusula Segunda, inciso b) delpresente instrumento.

p) Las demás que sean inherentes a la naturaleza del comodatoy que prevea el Código Civil del Estado.

CUARTA. La vigencia de este contrato, surte efectos legales a partirde la fecha de suscripción del mismo y hasta el 05 cinco de diciembrede 2018 dos mil dieciocho que es la del término de la presenteadministración pública estatal, pudiendo prorrogarse por un términode 20 veinte años más, con la respectiva autorización del Congresodel Estado de Jalisco.

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QUINTA. "EL COMODANTE" podrá rescindir este contrato y enconsecuencia exigir la devolución del inmueble, antes de que termineel plazo convenido, cuando "EL COMODATARIO"

• Cambie y/o modifique sustancialmente el objeto de la Sociedadpor el cual fue creada.

• Incumpla con una o más obligaciones a su cargo• Dé un uso al inmueble distinto al estipulado en este contrato.• Autoriza a un tercero a servirse del bien comodatado.

SEXTA. Son causas de terminación de este contrato, las siguientes:

a) La voluntad de las partes.b) Que exista causa de interés público debidamente justificada.c) El vencimiento del plazo respectivo.

SÉPTIMA. Las partes manifiestan que en el presente contrato noexiste error, dolo, violencia o mala fe, por lo que renuncian a lascausas de nulidad establecidas por el Código Civil del Estado, y leotorgan plena validez legal al mismo.

OCTAVA. Las partes manifiestan que el contenido de este contratoes producto de la buena fe, y que cualquier discrepancia que surja encuanto a su aplicación e interpretación la resolverán de comúnacuerdo y, en caso de prevalecer, se someten voluntariamente a lajurisdicción de los tribunales competentes con residencia en estaciudad de Guadalajara, Jalisco.

Leído que fue el presente contrato por quienes intervienen en él, loratifican y firman por cuadruplicado a los 28 veintiocho días del mesde enero de 2015 dos mil quince, en la ciudad de Guadalajara,Jalisco.

~OR 'EELLCOMODANTE"

{ ~&1~'"--MTRO. JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DíAZGobernador Constitucional del Estado de Jalisco

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RUIZ MEJíADesarrollo Territorial.

MTcretario General d

. 'IM/.MTRO. HECTOR AEL PEREZ PARTIDA

Secretario de Planeaci .Administración y Finanzas

n SIOL. MARíA MAGDALE~~iO de Medio Ambiente

POR "EL COMODATARIO"

LIC. JUAN ARTU C VAExtra, Fondo de Apoyo rabajadores de los Medios de

Comunicación, A.C.

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