27 PROTOCOLO CUADRANTES - INVU

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Protocolo para la delimitación de cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión

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Protocolo para la delimitaciónde cuadrantes urbanosy sus áreas de expansión

Dirección: Avenida 9, Calles 3 bis y 5, San José, Barrio Amón.Central telefónica: 2211-0000www.invu.go.cr

Protocolo para la delimitaciónde cuadrantes urbanosy sus áreas de expansión

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Protocolo para la delimitación de cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión

Primera edición, San José Costa Rica

Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo Dirección: Avenida 9, Calles 3 bis y 5, Barrio Amón – San José. Central Telefónica: 2211–0000 Web: www.invu.go.cr

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Tabla de contenidos

1. Introducción ...............................................................................................................................................................5

2. Objetivo ........................................................................................................................................................................6

3. Ambito de aplicación ...........................................................................................................................................6

4. Definiciones................................................................................................................................................................7

5. Acrónimos ...................................................................................................................................................................8

6. Delimitación del cuadrante urbano ............................................................................................................9

7. Delimitación del área de expansión del cuadrante urbano ......................................................10

8. Asesoría y acompañamiento........................................................................................................................10

9. Oficialización ...........................................................................................................................................................10

10. Plazo .............................................................................................................................................................................11

11. Anexos ........................................................................................................................................................................12

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La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en uso de las facul-tades que le confiere el artículo 4, incisos b), e) y ch) de la Ley Orgánica del InstitutoNacionalde Vivienda y Urbanismo - Ley Nº1788 - el artículo 40 así y el Transitorio II de la Ley dePlanificaciónUrbana-LeyN°4240-ysegúnelcompromisoquedefineelTransitorio Segundo. Cuadrantes de la Ciudad delReglamentodeFraccionamientoyUrbanizaciones,publicadoenelAlcanceN°252aLaGacetaN°216del13denoviembredel2019,acuerdaenSesiónOrdinariaNº6428,artículoII,inciso1)del06defebrerodelaño2020,aprobarelProtocolo para la Delimitación de Cuadrantes Urbanos y sus Áreas deExpansión.

EnSesiónOrdinariaNº6462,ArtículoII,Inciso1)del27deagostodel2020,laJuntaDirectivaInstitucionalacuerdaaprobarmodificaciónalProtocoloparalaDelimitacióndeCuadrantesUrbanos y sus Áreas de Expansión, en congruencia con la reforma aprobada al Reglamento deFraccionamientoyUrbanizaciones,enlamismaSesiónOrdinariaNº6462.

De manera que sea lea textualmente:

PROTOCOLO PARA LA DELIMITACIÓN DE CUADRANTES URBANOS Y SUS

ÁREAS DE EXPANSIÓN

1. INTRODUCCIÓN

ConlaactualizacióndelReglamentodeFraccionamientoyUrbanizaciones,ladelimitaciónde los cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión adquiere un papel protagónico en loqueserefierea ladivisiónyhabilitacióndepredios.Loanterioryaque laubicacióndepredios a fraccionar dentro o fuera del cuadrante urbano, o de un área previamente urbani-zada,esunadelasprincipalesvariablesquediferencialosfraccionamientossimplesdelosfraccionamientosconfinesurbanísticos,yportantocondicionalacesióndeunporcentajedeáreaparausopúblico.

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Además, la delimitación de estas áreas urbanas resulta de suma relevancia para el caso de laexcepcióndefraccionamientoparausoresidencial,queúnicamentesepermitedentrodelos cuadrantes urbanos y en sus áreas de expansión.

ElTransitorioSegundodelReglamentodeFraccionamientoyUrbanizacionesseñalaquelosgobiernosmunicipalespuedendefinirelámbitourbanodesusdistritoshaciendousodelProtocolo para la Delimitación de Cuadrantes Urbanos y sus Áreas de Expansión, en tanto elINVUrealizaladelimitacióndeloscuadrantesdelosdistritosurbanos.

Enatenciónadichadisposición,esimperantequecadagobiernomunicipalverifiquelacondi-ciónurbanadelosdistritosdentrodesujurisdicciónterritorial,todavezqueloscuadrantesurbanosdebenestarubicados,entodosloscasos,dentrodeundistritourbano.Paradichaverificaciónsedebeconsiderarqueúnicamenteposeenconnotacióndedistritosurbanosaquellos cuya área se encuentre sujeta a la aplicación de un plan regulador, o los que cuenten con declaratoria de Distrito Urbano por parte del INVU.

2. OBJETIVO

Brindar a los gobiernos municipales que no cuenten con la delimitación de sus áreas urbanas las variables mínimas para la determinación de éstas, contemplando los cuadrantes urbanos y las áreas de expansión de los cuadrantes urbanos.

Lo anterior comomedida provisoria, hasta que el INVU delimite los cuadrantes de losdistritosurbanos,paraloquecuentaconunlapsode2años,segúnelTransitorioSegundodelReglamentodeFraccionamientoyUrbanizaciones.

3. AMBITO DE APLICACIÓN

ElpresenteProtocolopuedeserutilizadoentodoslosdistritosurbanosdelterritorionacional,poraquellosGobiernosMunicipalesquecarezcandeunadelimitacióndesusáreasurbanas(cuadrantesurbanosyáreasdeexpansión).

(Así modificado por los Acuerdos de Junta Directiva Sesión Ordinaria N° 6428, artículo II, inciso 1) del 06 de febrero de 2020 y N° 6462, artículo II, inciso 1) del 27 de agosto de 2020, publicado en La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2021).

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4. DEFINICIONES

Para los efectos de interpretación y aplicación del presente Protocolo, los términos siguientes tienenelsignificadoqueseindica:

4.1. Anillo de Contención de la Gran Área Metropolitana: Línea imaginaria que deli-mitalasáreasurbanasydeextensiónurbanadentrodelaGranÁreaMetropolitana,en contraposición de aquellas áreas no urbanas.

4.2. Área de expansión del cuadrante urbano:Eselespaciocomprendidohastaunradio de 200,00 metros, medidos a partir de la terminación del cuadrante urbano, de conformidad con la demarcación que se realice a partir de los dispuesto en el TransitorioIVdelReglamentodeFraccionamientoyUrbanizaciones

4.3. Área previamente urbanizada: Todas aquellas urbanizaciones cuya cesión deáreaspúblicashayasidodebidamenteaprobadayrecibidaporlamunicipalidad.

4.4. Área urbana: El ámbito territorial de desenvolvimiento de un centro de población. Incluye el cuadrante urbano o cualquier otro sistema de ciudad desarrollado radial opoligonalmente.PuedeestarubicadodentroofueradelGranÁreaMetropolitana.

4.5. Cuadrante urbano: Es el área urbana o ámbito territorial de desenvolvimiento de un centro de población, en donde se encuentra la mayoría de bienes y servicios, la estructuravialysuáreadeinfluenciainmediata;loscuadrantesurbanosseencuen-tran ubicados dentro de los distritos urbanos. Para efectos de la aplicación del Artículo40delaLeydePlanificaciónUrbana,seconsideracuadrantedelaciudadal cuadrante urbano.

4.6. Cuadrante Urbano en Zona Especial de Protección: Es el área urbana o ámbito territorial de desenvolvimiento de un centro de población ubicado dentro de la Zona EspecialdeProtecciónde laGranÁreaMetropolitana.Ladelimitacióndelmismocorresponde a la establecida por el INVU de conformidad con la Reforma Plan RegionalDesarrolloUrbanoGranÁreaMetropolitana,DecretoEjecutivoN°25902-MIVAH-MP-MINAE,susreformasonormativaquelosustituya.

4.7. Distrito Urbano: Es la circunscripción territorial administrativa cuya delimitación corresponde al radio de aplicación de un Plan Regulador. Dentro de un distrito urbano se encuentra el cuadrante urbano y su área de expansión. En ausencia de plan regulador, el distrito urbano es todo aquel declarado como tal por el INVU, en concordanciaconelTransitorioIIdelaLeydePlanificaciónUrbana,LeyN°4240.

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4.8. Excepción de fraccionamiento para uso residencial: Fraccionamiento mediante elcualresultaimposibledividirunpredioenlotesconaccesodirectoalavíapública,porloquesuaccesoserealizaatravésdeunaccesoexcepcionalparausoresidencial.

4.9. Fraccionamiento con fines urbanísticos: Todoaquel fraccionamientorealizadofrenteacallepúblicaexistente,ubicadofueradeuncuadranteurbanoodeunáreapreviamenteurbanizada.Todosaquellosfraccionamientosqueconstende8lotesomás, y cuya sumatoria de área sea igual o mayor a los 900 m², serán visados por el INVU y la municipalidad, en ese orden respectivamente. Aquellos fraccionamientos inferioresa8lotesseránvisadosúnicamenteporlaMunicipalidadcorrespondiente.Las áreas mínimas de los lotes deberán respetar lo señalado en el artículo 20 del ReglamentodeFraccionamientoyUrbanizacionesvigente.

4.10. Fraccionamiento simple: Todo aquel fraccionamiento realizado frente a callepúblicaexistente,ubicadodentrodeuncuadranteurbanoodeunáreapreviamenteurbanizada.

4.11. Gran Área Metropolitana: Área de regulación para el desarrollo del sistema de ciudades y centros de población del valle central de Costa Rica que, por medio de una línea imaginaria, contiene y delimita las áreas urbanas y no urbanas.

4.12. Plan Regulador: Eselinstrumentodeplanificaciónlocalquedefineenunconjuntodeplanos,mapas,reglamentosycualquierotrodocumentográficoosuplemento,lapolítica de desarrollo y planes para distribución de la población, usos de la tierra, vías decirculación,serviciospúblicos,facilidadescomunalesyconstrucción,conserva-ciónyrehabilitacióndeáreasurbanas.

5. ACRÓNIMOS

Para la aplicación del presente Protocolo se disponen los siguientes acrónimos:

ABRE: Áreas Bajo RégimenEspecial

CNE: Comisión Nacional deEmergencias

GAM: GranÁreaMetropolitana

INDER: Instituto Nacional de DesarrolloRural

INVU: Instituto Nacional de Vivienda yUrbanismo

MIVAH: MinisteriodeViviendayAsentamientosHumanos

PNE: Patrimonio Natural delEstado

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6. DELIMITACIÓN DEL CUADRANTEURBANO

Para ladelimitaciónde loscuadrantesurbanos,definidosenelnumeral4.5delpresenteProtocolo, los Gobiernos Municipales pueden hacer uso de los siguientes insumos ycondiciones:

6.1. MetodologíadeClasificacióndeAsentamientosHumanossegúnsuInfraestructuraComunalyServiciosBásicoselaboradaporelMIVAH:

� Esta Metodología brinda una clasificación y delimitación de poblados a nivelnacional, considerando la infraestructura y servicios presentes en el sitio. Para efectos de la delimitación de los cuadrantes urbanos, los gobiernos municipales puedenutilizarcomobaselademarcacióndelasáreasdelospobladosrealizadaporelMIVAH,siemprequeestosposeanlascategorías1,2,3o4yseubiquendentro de un distrito urbano.

6.2. MapasdeAmenazasyPeligrosNaturalesdelaCNE:

� Una vez utilizada laMetodología deClasificación deAsentamientosHumanospara demarcar las áreas urbanas presentes en cada distrito urbano, se deben excluirdedichadelimitaciónlasáreasqueposeanafectacionesporamenazas,segúnlosMapasdeAmenazasdelaCNE.

6.3. Porcentaje de pendiente

� Adicionalmente, se debe contemplar la variable relacionada con la pendiente del terreno;aquellasáreasconpendientessuperioresa20%,sedebenexcluirdeladelimitación del cuadrante urbano.

Un distrito urbano puede contener uno o más cuadrantes urbanos, siempre que estos se ubiquenenlascategoríasseñaladasenelnumeral6.1delaMetodologíadeClasificacióndeAsentamientosHumanossegúnsuInfraestructuraComunalyServiciosBásicos.

Los gobiernos municipales que cuenten con Plan Regulador parcial o total, y que dentro del ámbitodeaplicacióndedichoinstrumentodeplanificaciónnodisponganconladelimita-cióndeCuadrantesUrbanos,puedendelimitarelámbitourbano(CuadrantesUrbanos)delrespectivoPlanReguladormedianteelpresenteProtocolo,loanteriorconelfindeaplicarelartículo40delaLeydePlanificaciónUrbana,LeyN°4240.

Son considerados Distritos Urbanos todos aquellos distritos ubicados dentro de la delimita-cióndelaGranÁreaMetropolitana.

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Los Distritos Urbanos ubicados en la Zona Especial de Protección de la Gran ÁreaMetropolitanadebenutilizar ladelimitacióndeCuadrantesUrbanossegún loestablecidoenlaReformaPlanRegionalDesarrolloUrbanoGranÁreaMetropolitana,DecretoEjecutivoN°25902-MIVAH-MP-MINAE,susreformasolanormativaquelosustituya.

Quedan fuera de la delimitación de los cuadrantes urbanos las áreas con denominación de PNEylasABRE,talescomoáreassilvestresprotegidas,territoriosindígenas,zonamarítimoterrestre, territorios del INDER.

(Así modificado por los Acuerdos de Junta Directiva Sesión Ordinaria N° 6428, artículo II, inciso 1) del 06 de febrero de 2020 y N° 6462, artículo II, inciso 1) del 27 de agosto de 2020, publicado en La Gaceta N° 78 del 23 de abril de 2021).

7. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE EXPANSIÓN

DEL CUADRANTE URBANO

El área de expansión del cuadrante urbano se demarca a partir del límite del cuadrante urbano,hastaunmáximode200metroslinealesdeinfluencia,excluyendolasáreasconpendientesuperioral20%y lasáreasde riesgodefinidasen losMapasdeAmenazasyPeligros Naturales de la CNE.

Quedan fuera de la delimitación del área de expansión de los cuadrantes urbanos, las áreas con denominación de PNE y las ABRE, tales como áreas silvestres protegidas, territorios indígenas,zonamarítimoterrestre,territoriosdelINDER.

8. ASESORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO

Durante el proceso de delimitación de los cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión, y en caso de existir consultas sobre el procedimiento establecido en el Protocolo para la Delimitación de Cuadrantes Urbanos y sus Áreas de Expansión,losGobiernosMunicipalespueden solicitar aclaración al INVU por medio de una nota escrita, que puede ser reci-bida en la Ventanilla Única del Departamento de Urbanismo o en la dirección electrónica [email protected]

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9. OFICIALIZACIÓN

Una vez elaborada la delimitación de los cuadrantes urbanos y sus áreas de expan-sión, previo a su implementación y uso, elGobiernoMunicipal debe contar con el avaldel Departamento de Urbanismo del INVU, para lo cual debe presentar nota de soli-cituddevistobueno,yadjuntarelarchivopertinente.Dichagestiónsepuederealizarenla Ventanilla Única del Departamento de Urbanismo, o por medio del correo electrónico [email protected]

Unavezsecuenteconelvistobuenodel INVU,elGobiernoMunicipaldebeprocederapublicarenelDiarioOficialLaGaceta ladelimitacióndelcuadranteurbanoydeláreadeexpansión.

10. PLAZO

ElplazoderesoluciónmáximoparaqueelINVUbrindeelvistobuenodeladelimitacióndeloscuadrantesurbanosysuáreadeexpansiónseráde15díashábiles.

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ANEXO

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN SEGÚN EL PROTOCOLO PARA LA DELIMITACIÓN DE CUADRANTES

URBANOS Y SUS ÁREAS DE EXPANSIÓN, PUBLICADO EN EL ALCANCE N°236 A LA GACETA N°224 DEL 7 DE SETIEMBRE DEL 2020

1. INTRODUCCIÓN

Un Cuadrante Urbano es el área urbana o ámbito territorial de desenvolvimiento de un centro de población, en donde se encuentra la mayoría de bienes y servicios, la estructuravialysuáreadeinfluenciainmediata.

Un Cuadrante Urbano está contenido dentro de un Distrito Urbano; y puedendelimitarse más de un cuadrante urbano dentro de un Distrito Urbano.

La delimitación de los cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión adquiere un papel protagónico en lo que se refiere a la división y habilitación de predios. Loanterior ya que la ubicación de predios a fraccionar dentro o fuera del cuadrante urbano,odeunáreapreviamenteurbanizada,eslaprincipalvariablequediferencialosfraccionamientossimplesdelosfraccionamientosconfinesurbanísticos,yportantocondicionalacesióndeunporcentajedeáreaparausopúblico.

Además, la delimitación de estas áreas urbanas resulta de suma relevancia para el casodelaexcepcióndefraccionamientoparausoresidencial,queúnicamentesepermite dentro de los cuadrantes urbanos y en sus áreas de expansión.

TodoloanteriordeconformidadconloestablecidoenlaLeydePlanificaciónUrbana,LeyN°4240;laActualizacióndelReglamentodeFraccionamientoyUrbanizaciones,publicadoenelAlcanceN°252aLaGacetaN°216del13denoviembredel2019ysurespectivamodificaciónpublicadaenelAlcanceN°236alaGacetaN°224del7de setiembre del 2020.

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2. DEFINICIONES

Para los efectos de interpretación y aplicación del presente procedimiento, los términossiguientestienenelsignificadoqueseindica:

2.1. Atlas Cartográfico de Cuadrantes Urbanos: Documento que incluye un conjunto de mapas de Cuadrantes Urbanos delimitados y georreferenciados conproyecciónCRTM-05oproyecciónvigente.

2.2. Cobertura cartográfica: Modelodedatosdigitalcompuestoporelementoscartográficosgeorreferenciadosespacialmenteenelterritorioyconatributosquedescribensuidentidadgeográfica.

2.3. Costarrican Transversal Mercator 2005: SistemadecoordenadasgeográficasoficialparaCostaRica

2.4. Elemento cartográfico: Componente vectorial que compone una cobertura carto-gráfica,incluyepuntos,líneas,polígonos,entreotros.

2.5. Escala: Relación de proporción entre las medidas reales de un territorio y las representadas en un mapa.

2.6. Geoespacial: Información de tipo alfanumérica almacenada por medio de bases de datos y que adicionalmente cada componente está asociado a una ubicación geográficapormediodecoordenadasyunsistemadeproyección.

2.7. Georreferenciar: Consisteenlaasignacióndecoordenadasgeográficasenunsistemadeproyecciónaunaimagen,mediantelautilizacióndepuntosdecontrol cuyas coordenadas se conocen tanto en la imagen como en la carto-grafíayquesirvede referenciapara realizar laubicaciónespacialenalgúnpuntosobrelasuperficiedelaTierra.

2.8. Shapefile: Formatodearchivoqueseutilizaparaalmacenarlaubicacióngeométricaylainformacióndeatributosdelasentidadesgeográficas.Lasentidadesgeográficasdeunshapefilesepuedenrepresentarpormediodepuntos,líneasopolígonos(áreas).

2.9. Sistema de información geográfica: Interfazdigitalenlacualse integra informacióngeográfica, que posibilita al usuario crear, examinar, estudiar, editar, desplegar coberturas cartográficas georreferenciadas en representación vectorial o raster.

2.10. Ventanilla Única: Dependencia de la Dirección de Urbanismo del INVU encar-gada de la recepción de Planes Reguladores.

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3. ACRÓNIMOS

Para la aplicación del presente procedimiento se disponen los siguientes acrónimos:

3.1. CRTM-05:CostarricanTransversalMercator2005

3.2. GAM: GranÁreaMetropolitana

3.3. IGN: InstitutoGeográficoNacional

3.4. INVU: Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

3.5. MIVAH: MinisteriodeViviendayAsentamientosHumanos

3.6. SIG: SistemadeInformacióngeográfica

4. DELIMITACIÓN DE CUADRANTES URBANOS

Segúnloestablecidoen“ProtocoloparalaDelimitacióndeCuadrantesUrbanosysusÁreasdeExpansión”,publicadoenelAlcanceN°236aLaGacetaN°224del7de setiembre del 2020:

4.1. Todas las áreas de distritos que formen parte de un Plan Regulador no requieren delimitación de Cuadrantes Urbanos, ya que para estos casos se debenaplicar lascondicionesestablecidasenmateriadezonificaciónydefraccionamientosyurbanizacionessegúnloindiqueelinstrumentodeplanifi-cación local.

4.2. TodoslosdistritosdelaGranÁreaMetropolitanaqueseencuentrenubicadosdentro del Anillo de Contención son considerados Distritos Urbanos, y para estos casos la delimitación total de distritos dentro del anillo posee condición deCuadranteUrbano;razónpor lacualnoserequiererealizardelimitaciónalguna.

4.3. Losdistritos ubicados en la ZonaEspecial deProtecciónde laGranÁreaMetropolitana deben utilizar la delimitación de Cuadrantes Urbanos segúnlo establecido en la Reforma Plan Regional Desarrollo Urbano Gran ÁreaMetropolitana,DecretoEjecutivoN°25902-MIVAH-MP-MINAE,susreformaso la normativa que lo sustituya.

4.4. Los Distritos Urbanos que no formen parte de un Plan Regulador, que no se encuentren ubicados dentro del Anillo de Contención ni dentro de la ZonadeProteccióndelaGranÁreaMetropolitana;elINVUpodrádelimitarlelos Cuadrantes Urbanos de conformidad con el Transitorio II de la Ley de PlanificaciónUrbana,LeyN°4240.

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4.5. En caso de no contar con delimitación de Cuadrante Urbano elaborada por elINVU,elgobiernolocalpodrádelimitarlospormediodel“ProtocoloparalaDelimitación de Cuadrantes Urbanos y sus Áreas de Expansión”, publicado enelAlcanceN°236aLaGacetaN°224del7desetiembredel2020.

5. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN

Elnumeral9.Oficializacióndel“ProtocoloparalaDelimitacióndeCuadrantesUrbanosysusÁreasdeExpansión”,publicadoenelAlcanceN°236aLaGacetaN°224del7de setiembre del 2020, señala:

9. Oficialización:

Una vez elaborada la delimitación de los cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión, previo a su implementación y uso, el Gobierno Municipal debe contar con el aval del Departamento de Urbanismo del INVU, para lo cual debe presentar nota de solicitud de visto bueno, y adjuntar el archivo pertinente. Dicha gestión se puede realizar en la Ventanilla Única del Departamento de Urbanismo, o por medio del correo electrónico [email protected]

Una vez se cuente con el visto bueno del INVU, el Gobierno Municipal debe proceder a publicar en el Diario Oficial La Gaceta la delimitación del cuadrante urbano y del área de expansión.

Por consiguiente, en atención a lo antes descrito, el procedimiento requerido para el visto bueno del INVU es el siguiente:

3.1 El Gobierno Municipal debe remitir la documentación preferiblemente alcorreo electrónico [email protected] o en su defecto entregar la documentación en formato digital en la Ventanilla Única del Departamento de Urbanismo.

3.2 La documentación para entregar corresponde a:

3.2.1 NotadelGobiernoMunicipalconAcuerdodelConcejoelcualindicaque se remite la documentación de los Cuadrantes Urbanos delimi-tados para revisión y Visto Bueno del INVU.

3.2.2 AtlasCartográficodeCuadrantesUrbanos.Debeincluirelconjuntodemapas de Cuadrantes Urbanos delimitados y georreferenciados con proyecciónCRTM-05oproyecciónvigente.

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El tamaño de presentación de losmapas del AtlasCartográfico deCuadrantesUrbanoscorrespondeaB3(50cm*36cm)enorientaciónhorizontaloverticalenlossiguientestresformatosPNG,JPGyPDF

Lasescalasutilizadasen losmapasdelAtlasCartográficoseselec-cionan de acuerdo a la extensión de los Cuadrantes Urbanos y sus ÁreasdeExpansiónarepresentar,conelfindeasegurarquelainfor-macióncontenidaen todos losmapassea legible.Sedebenutilizarescalasennúmeroscerradosynosuperioresaescala1:10000

SerecomiendaqueenlosmapasdelAtlasCartográficoseincluyaloindicado seguidamente:

3.2.2.1 Símbolos: Consiste en la representación gráfica de losdistintos elementos que conforman el mapa. Pueden ser puntos, líneas o polígonos.

3.2.2.2 Etiquetado: Consiste en la referencia textual a nombres de elementos de interés, entre ellos centros poblados, ríos, carreteras,elevacionestopográficas,entreotros.Enningúncaso los textos deben sobreponerse entre sí. Todos los textos debenorientarsehorizontalmente;aexcepciónde lahidro-grafía, curvas de nivel o caminos que se rotulan siguiendo la forma del elemento.

3.2.2.3 Información al margen o al borde: Consiste en la informa-ción complementaria y de apoyo del mapa. Los elementos pueden ubicarse dentro de uno o varios recuadros internos colocados al margen o en los bordes del cuerpo principal del mapa. Se recomienda incluir lo siguiente:

3.2.2.3.1 Título: Consiste al nombre del Cuadrante Urbano y su Área de Expansión y al Distrito Urbano al cual pertenece.

3.2.2.3.2 Leyenda y simbología explicativa: Consiste en una referencia a todos los elementos representados en el mapa. Las explicaciones de cada símbolo deben ubicarse aladerechadeeste.Laredaccióndelasexplicacionesdebe ser corta y sintética. Los elementos dentro de la simbología debenorganizarse según la categorizaciónde geometría en el siguiente orden:

• Elementos Puntuales• Elementos Lineales• Polígonos

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3.2.2.3.3 Escala gráfica y numérica: Consiste en la represen-tación de la relación de proporción que existe entre las medidas reales de un territorio y las representadas en elmapa.Laescalagráficaserepresentamedianteunalíneadeunadimensiónaproximadadeun30%delladomás largo del mapa y debe mostrar unidades enteras. Laescalanuméricadebeincluirseúnicamentesisetienecertezadelaescalaoriginaldedibujodelmapa.

3.2.2.3.4 Coordenadas geográficas y métricas: Consiste en la representaciónsobre laposicióngeográficaenel terri-torio por medio de la latitud y la longitud de un punto. DebeutilizarseelsistemaCRTM-05oelsistemavigente

3.2.2.3.5 Flecha del Norte: Consiste en la representación de la dirección de los meridianos que indican el norte verdadero.

3.2.2.3.6 Créditos: Consiste en la referencia al autor del mapa (persona que aporta los datos incluidos, así como los lineamientospara laelaboracióndelmapa) ydeldise-ñadordelmapa(personaqueelaboraelmapa).

3.2.2.3.7 Fecha:Consisteenlareferenciaalafechadeelabora-ción del mapa. Debe indicarse día, mes y año.

3.2.2.3.8 Fuentes de información: Consiste en la referencia a lasfuentesdelainformaciónutilizadaenlaelaboracióndel mapa.

3.2.2.3.9 Diagrama de ubicación: Consiste en un esquema pequeñoquemuestralaubicacióngeográficadel

Cuadrante Urbano y su Área de Expansión dentro del Distrito Urbano. Pueden incluirse dos niveles de detalle deubicación,haciendoreferenciaalcontextopaísyalcontexto provincia.

3.2.3 Cobertura cartográfica: Paraprocederconlaverificacióndeladocu-mentaciónentregadaenelAtlasCartográficodeCuadrantesUrbanos,sedebenadjuntarlossiguientesarchivos:

3.2.3.1 ShapefiledelosCuadrantesUrbanospropuestos

3.2.3.2 ShapefiledelasÁreasdeExpansiónPropuestas

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3.2.3.3 Shapefile de los Asentamiento Humanos utilizados de laMetodología de Clasificación de Asentamientos HumanossegúnsuInfraestructuraComunalyServiciosBásicoselabo-radaporelMIVAH

3.2.3.4 Shapefile de amenazas de la Comisión Nacional deEmergencias

3.2.3.5 Shapefiledeáreasconpendientesmayoresal20%

3.2.3.6 Raster de pendientes

3.2.3.7 Shapefiledecurvasutilizadas

3.2.3.8 Shapefile del catastro para los Cuadrantes Urbanospropuestos

3.2.3.9 Shapefile de los servicios educativos, salud y movilidadexistentes

3.2.3.10 Shapefiledelimitacióndeláreaurbanaactual

3.2.3.11 ShapefiledeVíascantonalesconsuclasificación

La información anterior debe remitirse en coordenadas geográficasutilizandoelsistemaCRTM-0531oproyecciónvigente.Cadacober-turacartográficadebeincluirsuarchivodemetadatossegúnlanorma-tivavigentedelInstitutoGeográficoNacional(IGN)

6. VISTO BUENO DEL INVU

Talcomoloindicaelnumeral10.PLAZO,del“ProtocoloparalaDelimitacióndeCuadrantesUrbanosysusÁreasdeExpansión”,publicadoenelAlcanceN°236aLaGacetaN°224del7desetiembredel2020,elINVUtendráunplazode15díashábilesparaotorgarelVistoBueno,unavezelGobiernoLocalremitaladocumentaciónsolicitada.

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