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Lunes, 23 de febrero de 2009 2318 B.O. de Navarra−Número 23 2 Declaración, lugar, fecha y firma Declaro no haber obtenido ayudas o incentivos para la misma finalidad que la/s solicitud/es presentadas, y en caso de que haya solicitudes en curso, declaro que renunciaré a ellas si se me concede la beca correspondiente a esta solicitud. Declaro no estar incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, con las salvedades previstas en la presente convocatoria. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al Departamento de Economía y Hacienda para recabar la información a suministrar por cuantos organismos resulte necesario, que serán solicitadas y emitidas de forma electrónica. Por este medio certifico que la información aportada en este formulario es fidedigna, y que soy el autor de las declaraciones provistas en dicha aplicación. Autorizo al Departamento de Economía y Hacienda a verificar mis credenciales. En ....................................a ...de .......................de ........... El/La solicitante Fdo: ............................................. Protección de datos: En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Economía y Hacienda, le informa de que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario y demás que se adjunta van a ser incorporados, para su tratamiento, a un fichero automatizado. Así mismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad gestionar el proceso de solicitud a través del Servicio de Proyección Internacional y la concesión y pago de la beca otorgada por el Departamento de Economía y Hacienda. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Servicio de Proyección Internacional. 3 Datos académicos ¿Ha finalizado los estudios de grado superior, o es alumno de último curso? Finalizado Alumnos último curso Finalizado y cursando segunda titulación Finalizado y cursando doctorado Datos referentes a estudios de grado superior en curso Titulación Especialidad (si fuera el caso) Universidad Centro Nota media según el expediente académico de los estudios cursados hasta la fecha Fecha prevista de finalización de estudios (incluido el proyecto si fuera el caso) Datos referentes a estudios de grado superior finalizados Título superior (1) Especialidad (si fuera el caso) Universidad Centro Curso académico de inicio de sus es- tudios Nota media según el expediente académico Curso académico de finalización de sus estudios Fecha del título o fecha de abono de los derechos Título superior (2) Especialidad (si fuera el caso) Universidad Centro Curso académico de inicio de sus es- tudios Nota media según el expediente académico Curso académico de finalización de sus estudios Fecha del título o fecha de abono de los derechos Título superior (3) Especialidad (si fuera el caso) Universidad Centro Curso académico de inicio de sus es- tudios Nota media según el expediente académico Curso académico de finalización de sus estudios Fecha del título o fecha de abono de los derechos Otros títulos Doctorado Departamento Por la universidad Centro Curso académico de inicio del Programa de Doctorado Calificación Fecha de lectura de Tesis Fecha del DEA Diploma de estudios avanzados (DEA) Calificación Área de conocimiento Master en Universidad Centro Año de inicio Calificación Año de finalización F0910205 ORDEN FORAL 15/2009, de 23 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la prorroga de las prestaciones económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas para el año 2009 y se actualiza la cuantía de las mismas. El Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, aprobó la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, mediante la que se determina el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. En el Anexo I, letra B, número 24 de la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General se recoge esta prestación. Por Orden Foral 22/2008, de 28 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se aprobó la convocatoria de ayudas del año 2008 para la obtención de servicios de cuidados para las personas dependientes y apoyo a las familias cuidadoras de éstas. En la Base 3 de dicha Orden Foral se establecía el importe de estas prestaciones para el año 2008. En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido confe- ridas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, ORDENO: 1.º Actualizar las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuida- doras de éstas: Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar Cuidados prestados por sus familiares o personas de su entorno Ayudas máximas: Situación de gran dependencia 2: 598,09. Situación de gran dependencia 1: 598,09. Situación de dependencia severa 2: 448,32. Situación de dependencia severa 1: 448,32. Ayudas compatibles con otras prestaciones: Situación de gran dependencia: 390,00. Situación de dependencia severa: 390,00. Ayudas mínimas: Situación de gran dependencia 2: 389,35. Situación de gran dependencia 1: 311,80. Situación de dependencia severa 2: 252,18. Situación de dependencia severa 1: 225,00. Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar Ayuda económica para contratación de un servicio Ayudas máximas: Situación de gran dependencia 2: 795,43. Situación de gran dependencia 1: 795,43. Situación de dependencia severa 2: 629,46. Situación de dependencia severa 1 629,46. Ayudas compatibles con otras prestaciones: Situación de gran dependencia: 390,00. Situación de dependencia severa: 390,00. Ayudas mínimas: Situación de gran dependencia 2: 389,35. Situación de gran dependencia 1: 311,80. Situación de dependencia severa 2: 252,18. Situación de dependencia severa 1: 225,00. 2.º Se autoriza a la Directora Gerente de la Agencia Navarra para la Dependencia a prorrogar para el año 2009, las prestaciones económi- cas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas concedidas en virtud de la convocatoria de ayudas aprobada por Orden Foral 22/2008, de 28 de enero. A tal efecto, no será necesario que los beneficiarios de dichas ayudas presenten una nueva solicitud.

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Lunes, 23 de febrero de 20092318 B.O. de Navarra−Número 23

2 Declaración, lugar, fecha y firma

  Declaro no haber obtenido ayudas o incentivos para la misma finalidad que la/s solicitud/es presentadas, y en caso de que haya solicitudes en curso, declaro que renunciaré a ellas si se me concede la beca correspondiente a esta solicitud.  Declaro no estar incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, con las salvedades previstas en la presente convocatoria.  La presentación de la solicitud conllevará la autorización al Departamento de Economía y Hacienda para recabar la información a suministrar por cuantos organismos resulte necesario, que serán solicitadas y emitidas de forma electrónica. Por este medio certifico que la información aportada en este formulario es fidedigna, y que soy el autor de las declaraciones provistas en dicha aplicación. Autorizo al Departamento de Economía y Hacienda a verificar mis credenciales.

En ....................................a ...de .......................de ...........El/La solicitante

Fdo: .............................................

Protección de datos:En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Economía y Hacienda, le informa de que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario y demás que se adjunta van a ser incorporados, para su tratamiento, a un fichero automatizado. Así mismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad gestionar el proceso de solicitud a través del Servicio de Proyección Internacional y la concesión y pago de la beca otorgada por el Departamento de Economía y Hacienda.

De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Servicio de Proyección Internacional.

3 Datos académicos

¿Ha finalizado los estudios de grado superior, o es alumno de último curso? Finalizado Alumnos último curso Finalizado y cursando segunda titulación Finalizado y cursando doctorado

Datos referentes a estudios de grado superior en curso

Titulación Especialidad (si fuera el caso)

Universidad Centro

Nota media según el expediente académico de los estudios cursados hasta la fecha

Fecha prevista de finalización de estudios (incluido el proyecto si fuera el caso)

Datos referentes a estudios de grado superior finalizados

Título superior (1) Especialidad (si fuera el caso)

Universidad Centro

Curso académico de inicio de sus es-tudios

Nota media según el expediente académico

Curso académico de finalización de sus estudios

Fecha del título o fecha de abono de los derechos

Título superior (2) Especialidad (si fuera el caso)

Universidad Centro

Curso académico de inicio de sus es-tudios

Nota media según el expediente académico

Curso académico de finalización de sus estudios

Fecha del título o fecha de abono de los derechos

Título superior (3) Especialidad (si fuera el caso)

Universidad Centro

Curso académico de inicio de sus es-tudios

Nota media según el expediente académico

Curso académico de finalización de sus estudios

Fecha del título o fecha de abono de los derechos

Otros títulos

Doctorado Departamento

Por la universidad Centro

Curso académico de inicio del Programa de Doctorado

Calificación

Fecha de lectura de Tesis Fecha del DEA

Diploma de estudios avanzados (DEA) Calificación

Área de conocimiento

Master en

Universidad Centro

Año de inicio Calificación

Año de finalización

F0910205

ORDEN FORAL 15/2009, de 23 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la prorroga de las prestaciones económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas para el año 2009 y se actualiza la cuantía de las mismas.

El Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, aprobó la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, mediante la que se determina el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

En el Anexo I, letra B, número 24 de la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General se recoge esta prestación.

Por Orden Foral 22/2008, de 28 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se aprobó la convocatoria de ayudas del año 2008 para la obtención de servicios de cuidados para las personas dependientes y apoyo a las familias cuidadoras de éstas.

En la Base 3 de dicha Orden Foral se establecía el importe de estas prestaciones para el año 2008.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido confe-ridas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:1.º Actualizar las ayudas económicas para la permanencia en el

domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuida-doras de éstas:

Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar Cuidados prestados por sus familiares o personas de su entorno

Ayudas máximas:

Situación de gran dependencia 2: 598,09.Situación de gran dependencia 1: 598,09.Situación de dependencia severa 2: 448,32.Situación de dependencia severa 1: 448,32.

Ayudas compatibles con otras prestaciones:

Situación de gran dependencia: 390,00.Situación de dependencia severa: 390,00.

Ayudas mínimas:

Situación de gran dependencia 2: 389,35.Situación de gran dependencia 1: 311,80.Situación de dependencia severa 2: 252,18.Situación de dependencia severa 1: 225,00.

Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar Ayuda económica para contratación de un servicio

Ayudas máximas:

Situación de gran dependencia 2: 795,43.Situación de gran dependencia 1: 795,43.Situación de dependencia severa 2: 629,46.Situación de dependencia severa 1 629,46.

Ayudas compatibles con otras prestaciones:

Situación de gran dependencia: 390,00.Situación de dependencia severa: 390,00.

Ayudas mínimas:

Situación de gran dependencia 2: 389,35.Situación de gran dependencia 1: 311,80.Situación de dependencia severa 2: 252,18.Situación de dependencia severa 1: 225,00.2.º Se autoriza a la Directora Gerente de la Agencia Navarra para

la Dependencia a prorrogar para el año 2009, las prestaciones económi-cas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas concedidas en virtud de la convocatoria de ayudas aprobada por Orden Foral 22/2008, de 28 de enero. A tal efecto, no será necesario que los beneficiarios de dichas ayudas presenten una nueva solicitud.

Lunes, 23 de febrero de 2009B.O. de Navarra−Número 23 2319

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos, siendo de aplicación desde el 1 de enero de 2009.

Pamplona, 23 de enero de 2009.–La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

F0910001

RESOLUCIÓN 9/2009, 5 de febrero, del Director General de Desarrollo Internacional, por la que se aprueba la convocatoria para la conce-sión de una beca de formación en temas de la Unión Europea.

La presente convocatoria para la concesión de una beca de forma-ción en temas de la Unión Europea, se aprueba al amparo del Decreto Foral 172/2004, de 19 de abril, y con arreglo al Acuerdo de Colaboración, adaptado a esta normativa y suscrito en fecha 28 de enero de 2008 entre la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, para la formación de alumnos post-graduados en temas relativos a la Unión Europea.

La beca está dirigida a titulados superiores en Administración y Di-rección de Empresas y en Derecho, que cuenten con el perfil académico adecuado y con un conocimiento de idiomas suficiente para poder des-empeñar su trabajo en un entorno transnacional y multilingüe.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones delegadas por Orden Foral 301/2007, de 3 de septiembre, del Consejero de Economía y Ha-cienda,

RESUELVO:Primero.–Aprobar la convocatoria para la concesión de una beca de

formación en temas de la Unión Europea, cuyas bases se determinan como Anexo de esta Resolución (ID 1418).

Segundo.–Autorizar un gasto de 12.996 euros, que será distribuido por anualidades de la siguiente manera:

–El gasto para el año 2009, por un importe total de 9.386 euros, se hará efectivo con cargo a la partida 120000‑13000‑4812‑923400 deno-minada "Convenio con Universidades" de los Presupuestos Generales de Navarra para 2009.

–El gasto correspondiente al año 2010 por un importe global de 3.610 euros se realizará con cargo a la partida correlativa a la denominada "Convenio con Universidades" de los Presupuestos Generales de Navarra que se habiliten para 2010.

Tercero.–Disponer el pago del importe mensual de la beca a la Fun-dación Universidad‑Sociedad de la Universidad Pública de Navarra en los términos del Acuerdo de Colaboración anteriormente referido.

Cuarto.–Trasladar la presente Resolución a la Fundación Universi-dad‑Sociedad de la Universidad Pública de Navarra, a la Intervención del Departamento de Economía y Hacienda, a Secretaría General Técnica, al Centro Contable y al Servicio de Acción Europea.

Quinto.–Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento.

Sexto.–Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación según lo dispuesto en los artículos 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 5 de febrero de 2009.–El Director General de Desarrollo Internacional, Juan F. Franco Pueyo.

ANEXO

Bases

1.ª Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de una beca

a licenciados en Administración y Dirección de Empresas y en Derecho con el fin de fomentar su formación, especialización y perfeccionamiento en temas europeos mediante el aprendizaje directo del funcionamiento institucional europeo y de las políticas correspondientes.

Con este objeto se convoca una beca destinada a titulados universita-rios en Administración y Dirección de Empresas y en Derecho, que cumplan con los requisitos y condiciones de la presente convocatoria.

La actividad del becario se desarrollará en las dependencias del Ser-vicio de Acción Europea y en la Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

2.ª Duración.La beca tendrá una duración de doce meses a contar desde la fecha

de incorporación del becario a la actividad de formación, salvo en el caso de cubrir una renuncia, incumplimiento, o cualquier otra causa debida-mente justificada, que podrá ser inferior, distribuyéndose en dos períodos sucesivos de dos y diez meses, el primero de ellos en Pamplona y el segundo en Bruselas. La beca podrá prorrogarse por períodos iguales a

su duración inicial en función de las necesidades y del desarrollo formativo que haya experimentado el becario, hasta un máximo de tres años sumado el período inicial y las prórrogas.

En ningún caso, la prórroga de la beca supondrá una alteración de la naturaleza de la misma.

3.ª Cuantía.La beca de formación estará dotada con una cuantía mensual bruta,

a mes vencido, de 1.083 euros.La gestión económica de la beca se tramitará por la Fundación Univer-

sidad‑Sociedad de la Universidad Pública de Navarra, quien procederá al desembolso de la misma así como a la deducción de gastos por seguros en los términos del Acuerdo de Colaboración suscrito.

En caso de producirse renuncia por parte del becario o la imposibilidad de continuar en la beca de formación por causas no imputables al mismo, percibirá la cuantía que proporcionalmente corresponda al tiempo efectivo de realización de su actividad.

La cantidad que se abone al becario no tendrá en ningún caso el carácter de salario o retribución sino de ayuda económica pública.

4.ª Requisitos de los aspirantes.Podrán ser beneficiarios de la beca de formación las personas físicas

que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:a) Ser mayor de edad.b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea,

o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.

c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.

d) Residir en Navarra, al menos, desde un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.

e) Haber superado en la fecha de incorporación a la formación el Programa de Estudios Simultáneos de las Licenciaturas de Administra-ción y Dirección de Empresas y Derecho, y haber obtenido dicho título en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

f) Tener un buen conocimiento de inglés y francés hablado y es-crito.

g) No estar incapacitado físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.

5.ª Solicitudes.La Fundación Universidad‑Sociedad de la Universidad Pública de

Navarra facilitará de forma gratuita la solicitud de participación en la pre-sente convocatoria a los interesados en obtener esta beca, y una vez completada, se presentará ante el mismo organismo. Asimismo, podrán presentarse solicitudes de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documen-tación:

a) Fotocopia compulsada del DNI del solicitante o del pasaporte en su caso.

b) Certificado acreditativo de residencia en Navarra.c) Fotocopia compulsada del título universitario. En caso de que dicha

titulación no acredite la fecha de finalización de los estudios, deberá apor-tarse certificación de la universidad correspondiente en la que se acredite tal extremo. Cuando el título sea expedido por una universidad extranjera deberá pedirse certificación de homologación de los estudios.

d) Curriculum vitae del solicitante, en el que se relacionen deta-lladamente todos los méritos con las oportunas certificaciones. Para la valoración del expediente académico en la fase de méritos será nece-saria la presentación de la certificación académica en la que figuren, de forma detallada y completa, las calificaciones obtenidas y la fecha de las mismas.

Toda la documentación se presentará en original o en fotocopia com-pulsada.

Si la solicitud presentada en plazo no reuniera todos los datos indica-dos, o no fuera acompañada de los documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con el apercibimiento de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud. En