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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015 íNDICE ¡ presentación: Sujetos y enti .ades considerados grandes contri. buyentes---------------------. ------------ Derechos del ontribuyente durante los actos de fiscalización--------------------------- Actos de fiscall ización------------------------------------------------------------------------------------ "isita domicili~ria--------------------------------------------------------------------------------------- Obligacion~s de las autoridades revisoras---------------------------------,.-------,.------------ Obl igacion~s del contribuyente-------------------------------------------------------------- Acceso la la conta bilidad------------------------------------------------------------------------- Obtencipn de copias de la contabilidad--------------------------------------------------- Asegur~miento precautorio de la contabilidad, bienes, mercanpías o de la negociación del contribuyente-----,.--------------------------------- Requisitos ce las órdenes de visita---------------------------------------------------------------- Reglas quel deben cumplirse para iniciar la visita---------------------------------------------- Lugar dpndese practica la visita------------------------------------------,.----------------- Días y ~oras en que puede efectuarse la visita domiciliaria---------------------------- Desarrollo ge la visita domiciliaria-----------------------,.,.----------------------------------------- Leva nt~m iento de actas-------------------------------------------------------------------------- F'arcialels---------------------------------------------------------------------------------------------- ÚItima ~cta parcial-------------------------------,.------------------------------------------------- Acta final---------------------------------------------------------------------~-,.------------------- I F'rocedimierto Administrativo en Materia Aduanera derivado de una visita d . T. I omlCI larla-----t-------------------------------------------------------------------------------------------- C~sos e~, q~e proc~dela conclusión anti~ipada d~ una visita domiciliaria--------------- Onentaclon¡ al contnbuyente por las autondades flscales------------------'-----------,.---- Otras visita$ que pueden practicarse a los contribuyentes----------------------------------- Visitas domliciliarias practicadas por entidades federativas o el Distrito! Federal (facultades delegadas )---------------------------------------------------- R ""' d 'b" t eVlslon e g~ Ine e---------------------------------------------------------------'------------- _ Conc~~to y I proc~~ imiento-.--:---------.-----------~:----------------------------------'-------------- ReqUISitos ?,el oflcl~ ~~ solicitud. de mformaclon------------------------------------------ Desarrollo q1ela reVISlon de gabmete----------------:---------------------------------------------- Notificación! del oficio de solicitud de información-------------------'------------------,.------ Forma de p~esentar la información req uerida--------------------- •... ------------ --------,.--- Emisión dell oficio de observaciones--------------:------------,.------------------------------------ EmiSión de la resolución determinativa del crédito-------..--------------------------------- Procedimientd para la revisión del dictamen de estados financieros--.- •••--••••-.----- Ternas relaciopados con visita domiciliaria y revisión de gabinete ••••------------------ F'lazos relac¡;ionados con los actos de fiscalización----------------------,.---------------,.--- Excepciona,mente este plazo no se aplicará a los siguientes contribuyentes----------- Suspensió~ del plazo para concluir la revisión------------------------------------------------- F'lazo para que la autoridad emita la resolución determinativa del crédito ~scal de las contribuciones omitidas----------------------------------------------- del crédito fisc~1 de las contribuciones omitidas---------~------------------------------------------ Verificación d, vehículos entránsito y mercancía en transporte--------~----------------- Derechos de las personas que transportan mercancías de procedencia extranjera ~ circulan en vehículos de procedencia extranjera----------------------------- F'rocedimiehto Administrativo en Materia Aduanera------------------------------------------- I ;:~~;:e dr:~::~~~~; :I:~~~~-~~~~:~:~-~:~:-~:~i~~~-~~-~~=-~~------- _ orden de re~isión sea legal--------------- ..•-----------------------------------------------------,.---- Autocorrección fiscal---------------------------------------------.------------------------- ••---.-.------- I Requisit()s-~-------------------------------------------------------------------------------------------- Beneficios-t-------------------------------- ----------:-------------------------------------------------- F'ago en parcialidades------------------- ----------------------------------------------------------- R " "' d 11 d"" t eposlclon e, proce Imlen 0--------- ------------------------.-.--- •••----------------------~----'-- . I Pago de contri buciones y m u ltas------.-.-.------------.--.-.----------------------------------.----- Med ios de defensa del contri b' ", ente--------------------.----------------------.----.--------------- R d i., J ecurso . el revocaclon-----------------------------------------------,.------------------------------ Juicio Cont~ncioso Administrativo Federal (Juicio de nulidad)----------------- F'rocedi m iehto Ad ministrativo------------------------------------------------------------------------ R '.' d.' t t. eVlslon a mlnls ra Iva------------------------------------------------------"' _ i QueJas y d~n unclas------------------------------------------------------------------------- _ Servicios g~atuitos y confidenciales------------------------------------------------------------- _ 1 1 1 2 2 2 3 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5 6 6 7 7 7 8 8 8 9 9 9 9 9 9 10 10 10 11 11 11 12 12 12 13 13 13 13 14 15 15 15 16 16 16 16 16 16 17

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

íNDICE ¡

presentación:Sujetos y enti .ades considerados grandes contri. buyentes---------------------. ------------Derechos del ontribuyente durante los actos de fiscalización---------------------------Actos de fiscall ización------------------------------------------------------------------------------------"isita domicili~ria---------------------------------------------------------------------------------------

Obligacion~s de las autoridades revisoras---------------------------------,.-------,.------------Obl igacion~s del contribuyente--------------------------------------------------------------

Acceso la la conta bilidad-------------------------------------------------------------------------Obtencipn de copias de la contabilidad---------------------------------------------------Asegur~miento precautorio de la contabilidad, bienes,mercanpías o de la negociación del contribuyente-----,.---------------------------------

Requisitos ce las órdenes de visita----------------------------------------------------------------Reglas quel deben cumplirse para iniciar la visita----------------------------------------------

Lugar dpndese practica la visita------------------------------------------,.-----------------Días y ~oras en que puede efectuarse la visita domiciliaria----------------------------

Desarrollo ge la visita domiciliaria-----------------------,.,.-----------------------------------------Leva nt~m iento de actas--------------------------------------------------------------------------F'arcialels----------------------------------------------------------------------------------------------ÚItima ~cta parcial-------------------------------,.-------------------------------------------------Acta final---------------------------------------------------------------------~-,.-------------------

I

F'rocedimierto Administrativo en Materia Aduanera derivado de una visitad . T. IomlCI larla-----t--------------------------------------------------------------------------------------------

C~sos e~,q~e proc~dela conclusión anti~ipada d~ una visita domiciliaria---------------Onentaclon¡ al contnbuyente por las autondades flscales------------------'-----------,.----Otras visita$ que pueden practicarse a los contribuyentes-----------------------------------Visitas domliciliarias practicadas por entidades federativaso el Distrito! Federal (facultades delegadas )----------------------------------------------------

R ""' d 'b" teVlslon e g~ Ine e---------------------------------------------------------------'------------- _Conc~~to y Iproc~~ imiento-.--:---------.-----------~:----------------------------------'--------------ReqUISitos ?,el oflcl~ ~~ solicitud. de mformaclon------------------------------------------Desarrollo q1ela reVISlon de gabmete----------------:----------------------------------------------Notificación! del oficio de solicitud de información-------------------'------------------,.------Forma de p~esentar la información req uerida--------------------- •...------------ --------,.---Emisión dell oficio de observaciones--------------:------------,.------------------------------------EmiSión de la resolución determinativa del crédito-------..---------------------------------

Procedimientd para la revisión del dictamen de estados financieros--.- •••--••••-.-----Ternas relaciopados con visita domiciliaria y revisión de gabinete ••••------------------

F'lazos relac¡;ionados con los actos de fiscalización----------------------,.---------------,.---Excepciona,mente este plazo no se aplicará a los siguientes contribuyentes-----------Suspensió~ del plazo para concluir la revisión-------------------------------------------------F'lazo para que la autoridad emita la resolución determinativadel crédito ~scal de las contribuciones omitidas-----------------------------------------------

del crédito fisc~1 de las contribuciones omitidas---------~------------------------------------------Verificación d, vehículos entránsito y mercancía en transporte--------~-----------------

Derechos de las personas que transportan mercancías de procedenciaextranjera ~ circulan en vehículos de procedencia extranjera-----------------------------F'rocedimiehto Administrativo en Materia Aduanera-------------------------------------------I;:~~;:edr:~::~~~~;:I:~~~~-~~~~:~:~-~:~:-~:~i~~~-~~-~~=-~~---------------_orden de re~isión sea legal--------------- ..•-----------------------------------------------------,.----

Autocorrección fiscal---------------------------------------------.------------------------- ••---.-.-------I

Requisit()s-~--------------------------------------------------------------------------------------------Beneficios-t-------------------------------- ----------:--------------------------------------------------F'ago en parcialidades------------------- -----------------------------------------------------------

R " "' d 11 d"" teposlclon e, proce Imlen 0--------- ------------------------.-.--- •••----------------------~----'--. IPago de contri buciones y m ultas------.-.-.------------.--.-.----------------------------------.-----Med ios de defensa del contri b' ", ente--------------------.----------------------.----.---------------

R di., J

ecurso .el revocaclon-----------------------------------------------,.------------------------------Juicio Cont~ncioso Administrativo Federal (Juicio de nulidad)-----------------F'rocedi miehto Ad ministrativo------------------------------------------------------------------------R '.' d.' t t.eVlslon a mlnls ra Iva------------------------------------------------------"' _

• i •QueJas y d~n unclas------------------------------------------------------------------------- _Servicios g~atuitos y confidenciales------------------------------------------------------------- _

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. ~,CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

PRJSE~TACIÓNEn el Servicio de Administración Tributaria deseamos que el contribuyente reciba la informa~iónnec~saria que le asista para conocer sus derechos y obligaciones durante el desarrollo de unavisit~ domiciliaria, una revisión de gabinete, una verificación de obligaciones aduaneras, unaverif~ca¿ión de I~ proce?encia de la soli~itud de devolución o cualquier otro acto de fiscalizacióndel ~u~1sea objeto, aSI.como ~os medios .de defensa que sean procedentes en contra d~ lasresOluc'lnes que se emitan derivadas de dichos actos. __

pa,rl tall efecto, hemos elaborado la "Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado", la cualeXP1lica las formalidades que debe seguir la autoridad fiscal para que el ejercicio, de susfacultades de comprobación se encuentre apegado a la legislación aplicable, cumpliendo conello Icon' las garantías de seguridad jurídica para el contribuyente auditado y .de legalidad, asícomo I~ forma en que deben conducirse las autoridades fiscales en los actos de fiscalización'que practiquen. '"

ASirnis~o, entre otra información se señalan los lugares y medios para presentar quejas yden~ncias por violaciones o actos arbitrarios que cometan los auditores, y los lugares donde sePOdt¡ásolicitar orientación o asesoría sobre los actos de fiscalización que le sean praéticadospor la autoridad fiscal. ' "

EstJ cJrta le deberá ser entregada al contribuyente'de forma simultánea,con la orden ,de visitadom1iciliaria, el oficio de solicitud de información y documentación, la orden de verificación deobligacibnes aduaneras, o la orden de verificación de expedición de comprobantes fiscales; 'esdecir, all inicio del ejercicio de las facultades de comprobación que realice la autoridad revisora."

SUJETOS Y ENTIDADES CONSIDERADOS GRANDES CONTRIBUYENTES _ :' ,.Estan donsideradoscomo grandes contribuyentes los sujetos previstos en el artículo -20,apaI' ad6 B, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. , . .I _ -,Der. chbs del "contribuyente durante los actos de fiscalización , _,.'

JI' $e~ in~ormad~ y a~istido. por las autorid~des fiscales ,',en el ~umplimiento de, sus.obligaCiones tributarias, aSI como del contenido y alcance de las mismas. :' .I

• Ser tratado con respeto y consideración por la autoridad fiscal.J

I_ Qbtener en su beneficio las devoluciones de impuestos que, procedan en térm'inos del

~ódigo Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables. . .'• ~onocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.J C;onocer la identidad de Jas autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten

19s procedimientos de auditoría. Para ello se publica el directorio de _servidores públicosen el Portal de Internet del SAT,* en términos de la fracción 111del artículo 7 de la LeyF¡ederal de Transparencia y Acce~o a la Información Pública Gubernamental.

• 0btener la certificación y -copia de las declaraciones presentadas por el contribuyente,I previo el pago de los derechos qúe en su caso establezca la Ley correspondiente. I

• No aportar a la misma autoridad- actuante en un acto de fiscalización los documentosque ya estén en su poder, cUando el contribuyente acreditefehacienteri1ente que para elmismo acto de auditoría ya se presentaron los _documentos. Cuando ya se hubierapresentado ante la misma' autoridad actuante documentación. en escritura pública,' elContribuyente deberá manife~tar bajo protesta de decir verdad que dicha escritura aúnmantiene los mismos efectos jurídicós~ ' ' . .

• <Dtorgar carácter de reservado a los datos, informes o antecedentes del contribuyente yterceros relacionados que conozcan los servidores públicos en el ejercicio de susfacultades de comprobación, los cuales solamente podrán ser utilizados de conformidaddon lo dispuesto en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

'. Ser oído, 'en el trámite administrativo previamente a la emisión de la resolución

ldeterminativa del crédito fiscal, responder a sus dudas y ser atendido en los términos deI~s leyes respectivas.I . ~

* ~h p:/Jwww.portaltransparencia.gob.mx>. .'

Ser ¡nfo~mado al inicio de las facultades de comprobación, sobre sus derechos y obligacionesen el cu~so de los actos de fiscalización, y a que estos actos de fiscalización se desarrollen enlos plaz6s previstos en las leyes fiscales. Se tendrá por informado al contribuyente sobre susderebho~y obligaciones cuando se le entregue esta Carta de los Derechos del Co~tribuyenteAuditad6 y así se haga constar en el acta correspondiente.

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

La omisión de jo dispuesto en este punto no afectará la valiaez de las actuaciones que lleve. acabo la autoridad fiscal, pero dará lugar a que se finque responsabilidad, administrativa alservidor públicdque incurrió en la omisión ..; " I. I

I

• Corregif¡ su situación fiscal , de conformidad con lo señalado en las disposiciones legalescuyo pr<¡>cedimientose describe en esta Carta. , .

• Acudir ~ los. medios de defensa que estime pertinentes durante el desarrollo de larevisiónl considerando el caso en particular.

• A quel~s actuaciones de las autoridades fiscales que requieran la intervención de loscontribu~entes se lleven a cabo en la forma que les resulte menos onerosa.

• A formular alegatos, presentar y ofrecer como, pruebas documentos conforme a lasdisposidiones fiscales aplicables, incluso el expediente administrativo del cual emane elacto im~ugnado, los cuales deberán ser valorados por la autoridad fiscal al redactar lacorresp~ndie¡'te resolución administrativa.

e Acceder a los registros y documentos que al formar parte de un expediente abierto anomb~e I del contribuyente obren en. l~s archivos. administrativos, siempre que. t.alesexpedlertes correspondan a procedimIentos terminados en la fecha de la SOliCitud,respetaTdo lo dispuesto por el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

• . Ser informado con el primer acto que implique el inicio del ejercicio de facultades decomprobación sobr~ la posibilidad de corregir su situación fiscal y los beneficios deejercer $ste derecho.

ACTOS DE FI~CALlZACIÓN .', '.. . . .

De las faculta~es de comprobación conferidas a las autoridades fiscales destacan la visitadomiciliaria y la revisión de gabinete, motivo por el cual, al ser las facultades que la autoridadejerce con ma~or frecuencia, a continuación se determinan reglas y requisitos que debencumplirse para !=luesu desarrollo se encuentre apegado a derecho.

. III

VISITA DOMIciLIARIALas visitas doniiciliarias son actos de fiscalización que las autoridades realizan en el domicilio,fiscal, establecimientos o locales manifestados por los contribuyentes, ,con la finalidad. deverificar y comprobar si los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellosrelacionados, h1ancumplido con sus obligaciones establecidas en las disposiciones fiscales yaduaneras. Consisten en la revisión directa de la contabilidad (incluidós datos, informes,etcétera), así c;omo la revisión de declaraciones y comprobantes de pago de contribuciones,bienes o mercancías, en su domicilio fiscal, establecimientos o locales.! .Esta revisión tIene por objeto verificar la situación fiscal del contribuyente y en su caso.,determinar las i contribuciones omitidas, sus accesorios y las irregularidades en materiaaduanera.

Del mismo modo; para comprobar la legal estancia en el país de mercancías, donde se efectúauna revisión de: los bienes, en algunos casos su origen y procedencia, cuando se presume esextranjera, que ¡se encuentren en el domicilio del contribuyente, así como la procedencia de lassolicitudes de d~volución.

iI

Obligaciones ~e las autoridades revisoras• Conducirse con respeto y probidad, ante el contribuyente, absteniéndose de prejuzgar o

apresur~r juicios sobre la situación fiscal del visitado.• Respetcir el derecho de los contribuyentes de interponer los medios de defensa que a su

interés tonvengan, siguiendo las formalidades señaladas en las disposiciones legales,aplicables.

• Abstenerse de manifestar presunciones infundadas. Identificarse plenamente ante quienatienda la diligencia; sus datos deben coincidir con los que se encuentran en la orden devisita. '

fI Entrega~ original de la orden de visita al contribuyente visitado, así como un ejemplar deeste do~umento denominado Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.

• Levantaf el acta parcial de inicio de visita al cOmenzar la diligencia, asentando loshechos 9curridos; entre ellos, la entrega tanto de la orden de visita domiciliaria como deesta Carlta.

• Requeri~ al contribuyente para que designe dos testigos. Si no lo hace, o los designadosno aceptan servir como tales, los visitadores los designarán, sin que esta circunstanciainvalide los resultados de la visita. .

I

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CARTA DE L.OS DERECHOS. DEL CONTRIBuYENTE AUDITADO 2015

_,1, ~acer constar pormenorizada mente en las actas de audit~ría, las irregulari.dades fis~alesy aduaneras encontradas.

-,". ~e abstendrán de exigir a los contribuyentes una for.ma específíca de pago de la.s multasyuando las leyes aplicables establezcan formas opcionales de pago. o o o

-, No podrán amenazar o insinuar al visitado que existe la posibilidad de imputarle delitos,- ya que las acciones penales no son competencia de los visitadores.-, No podrán comunicar al contribuyente en forma verbal las irregularidades, hecho~ u

bmisiones encontrados durante la auditoría, ya que todos los hechos que acontezcan en~Idesarrollo de la diligencia deberán asentarse en las actas que al efecto se levanten. ;

- Si los visitadores intimidan al visitado o incurren en cualquier irregularidad, el hechopodrá denunciarse en cualquier momento a través de los lugares y por los medios quese señalan en el apartado "Quejas y denuncias" de este documento. i •I . "

OBliGACIONES DEL CONTRIBUYENTEACCesO¡a la contabilidad o o . ~. t '. 'En términos del artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, el contribuyente visitado debeperrt,itirla los visitadores el accesp al lugar o.lugares objeto de la visita, y proporcionarles datos,doc~mentos, informes y la contabilidad que le sean requeridos, la c.ual deben conservar en sud0nlicilip fiscal, y sólo en un lugar distinto cuando ose trate de datos e información de sucontabilidad procesados a través de medios electrónicos; así como permitir la verificación deb. I . i ,lenes y mercanclas.

obfin+n de <:ppias de la <:pntabilidad. ...., . :

Loslvisitadores Podrán óbtener copias de .Ia contabilidad para continuar con la revisión en eldomicilib del visitado o en las oficinas de la autoridad en los siguientes casos: ~

I el di" d t' I I . t' d Id.'.... .'-, luan.? e vISita o, ~u representan e ega o con qUien se a len e a I Igencla, se megue, a recibir la orden.

Ir fxistan dos o más sistemas de contabilidad con distinto contenido.-1 Existan .sistemas de contabilidad, registros o. libros SOCiales.. 'que no estén sellados,. 6uando deban de estarlo conforme a las disposiciones fiscales.

!

- Se lleven dos o más libros sociales similares con distinto contenido.l .~o se hayan. presentado todas las declaraciones por el periodo que abarca la visita.-~ ~os datos anotados en la contabilidad no coincidan o no se puedan conciliar con losj r asentados en las declaraciones o avisos presentados.-, Se desprendan, alteren o destruyan, parcial o totalmente, sin autorización legal, los

sellos o marcas oficiales colocados por los visitadores. o . ~- Si el visitado, su representante legal o la persona con quien se entienda la visita sé

hiega a permitir el acceso al lugar o los. lugares objeto de la visita, a la contabilidad, laborrespondencia o las cajas de valores. o. ; o .- ' . '.

- Fuando el visitadÓ sea emplazado a huelga o suspensión de labores. . ,

Los visitadores deberán certificar las copias y levantar acta parcial tratándose de visitadomicili~ria. "

Ase6urlmiento precautorio de la contabilidad, bienes, mercancías o de la negociación delcontribuyente . o'. .1 o ,

Los visitadores podrán asegurar la contabilidad, correspondencia o bienes que no esténregistra~os, así como poner sellos o marcas en documentos, bienes muebles u oficinas; "yqej~rloS en depósito al visitado. . .

ASi+iSlo. se podrá asegurar la contabilid.'ad ~el contribuyente revisado cuando exista peligro deque¡ el ~isitado se ausente o pueda realizar maniobras para impedir el inicio o desarrollo de ladiligendia. o . : .

Lo 1ntJrior, se hará sin que se impida la realización de las actividad~s del contribUyente;, yhaciendo constar este hecho en 'un acta parcial. !.

porlotJlado. et aseguramiento de los bienes. o de la negociación del contribuyente sólo PO~ráefectuatse en los siguientes casos:" i

l ~uando exista peligro de que el visitado se ausente, se oponga, imp;da u obstaculic~ elinicio o desarrollo de la visita domiciliaria.

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

e Al descwbrirse bienes o mercancías cuya importación, tenencia, producción, explotación,captura Io transporte se debió manifestara las autoridades fiscales o autorizarse porellas, y no se haya cumplido con esa obligación.

e Despué~ de iniciadas las facultades de comprobación, el contribuyente desaparezca oexista ri~sgo inminente de que oculte, enajene o dilapide sus bienes. ,

.' e El contribuyente se niegue a proporcionar la contabilidad que acredite el cumplimientode las disposiciones fiscales, a que se está obligado. '

'. Se enc~entren envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas sin que tenganadherid9s marbetes o precintos o bien no se acredite la legal posesión de los marbeteso precin~os, estén alterados o sean falsos.

Ii ,

REQUISITOS mE LAS ORDENES DE VISITALas órdenes de visita domiciliaria serán emitidas por la autoridad competente y deberán cumplircon los siguien~es requisitos: .

e Constarl por escrito en documento impreso.• Mostrar! correctamente los datos, sin abreviaturas, del nombre, denominación o razón

social dbl contribuyente a quien se dirige (siempre que éste se encuentre inscrito en el'Registrq Federal de Contribuyentes) y del domicilio fiscal.

e Señalar: claramente /0 siguiente:

o ~a autoridad que la emite, indicando los preceptos legales, que respalden suGompetencia.

o ~os fundamentos o disposiciones legales Y los motivos con base en los cuales se~mite, e indicar el o~Jeto o propósito de ,la visita. El o Jos ejercicios y periodos~ujetos a revisión.

o 4as obligaciones fiscales y aduaneras que se van a revisar.o ~a calidad del sujeto auditado. ,o El lugar o lugares donde deba practicarse la visita domiciliaria.o $1 nombre impreso del o los visitadores que efectuarán la visita.o ~I lugar y fecha de emisión.o Ihdicar, en su caso, si se trata de comprobar la procedencia de una solicitud de

devolución.o Contener la firma autógrafa del funcionario competente que emite la orden de

~isita domiciliaria.Tratándose de bbligaciones relativas al comercio exterior, en lugar de especificar qué ejercicio operiodo serásJjeto de revisión, podrán mencionarse operaciones específicas; asimismo, podráomitirse el norbre, denominación o razón social del contribuyente a quien se dirige eldocumento cuando se ignore. En este último supuesto, deberán señalarse los datos quepermitan su iddntificación, los cuales podrán ser obtenidos al momento de efectuarse la visitadomiciliaria, po~ el personal actuante en la visita de qúe se trate.

,

REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA INICIAR LA VISITALugar donde sd practica la visita

La visita deber4 llevarse a cabo en él lugar o lugares señalados en la orden de visita, o en aquelque conforme ~I artículo 10 del Código Fiscal de la Federación sea identificado como sudomicilio fiscal y, únicamente tratándose de persona física, su casa habitación.

I• 1

En caso de qus no se encuentre el contribuyente o su representante legal al pretender entregarla orden de la visita domiciliaria, la autoridad deberá realizar los siguientes procedimientos:

!

Si no se encuehtra presente el contribuyente o su representante legal, se dejará citatorio con lapersona que e~té en el domicilio, quien, previa identificación lo deberá firmar de recibido yentregar a los ~estinatarios para que estén presentes el siguiente día habil para recibir la ordende visita; si no ~ohicieran, la visita se iniciará con quien se encuentre en el lugar, hecho que sehará constar e~ el acta correspondiente. '

I

De esta regla de exceptúan los casos en que se pretenda ejercer facultades de comprobaciónpara verificar laiexpedición de comprobantes fiscales; la presentación de solicitudes o avisos enmateria de RfC; el cumplimiento 'de obligaciones' en materia aduanera derivadas deautorizaciones p concesiones o de cualquier padrón o registro establecido en las disposicionesrelativas a dicha materia; verificar que la operación de los sistemas y registros electrónicos, queestén obligado~ a llevar los contribuyentes, se realice conforme lo establecen las disposicionesfiscales; la vefificación de los comprobantes que amparen la legal propiedad, posesión,es~ancia, tenenpia o importación de mercancías,

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, '.CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

Y lal ve~ificación para que los envases que contengan bebidas. alcohólicas cuenten con :elmarbet~ o precinto correspondiente, o que los envases de bebidas alcohólicas se hayandestruido, de acuerdo con lo previsto enelarlículo 42, fracción V, en relación con el artículo 49,am~os del Código Fiscal de la Federación. . '. ¡

TalJs pkceplQS no disponen que en los 'supuestos anteriores sea obligatorio dejar cilatorio;;';1comio t~nipoco en las órdenes dirigidas al propietario, poseedor o tenedor, de mercancías deproced1ncia extranjera, en términos de lo dispuesto en el artículo 43, fracción 111,del Código derefetencia. . . . .

~íal y ~oras en que puede efectuarse la visita domiciliaria' . . •.La Jisita domiciliaria deberá efectuarse en días y horas hábiles, es decir, las comprendidasentre la's 7:30 y las 18:00 horas; sin embargo, la autoridad pOdrá habilitarlos clías y horasinhábile~ cuando el contribuyente realice actividades en esos lapsos, o cuando se. requieraconiinuár una visita para el aseguramiento de la contabilidad o de sus bienes de conformidadconrl arículo 13 del Código Fiscal de laFederación, ',':

En el caso de diligencias en materia de comercio exterior, se consideran hábiles todos los díasdel áño !Ylas 24 horas del día. .

I IDESARROLLO DE LA VISITA DOMICILIARIALos I visi~adores se limitarán a revisar e,1o los ejerci~ios o periodos fiscales, operaciones, yobligaciones fiscales y aduaneras, así como la calidad en la que se revisa al contribuyente,condeptbs que deberán constar enlaorden de visita. ..' .'.:' ~.('1'~1- . . .' .lE\I¡ANTAMIENTO DE ACTAS

~arlialls , ".,' ." , ,. 1 .I . . . . . "

tos visitadores levantarán las actas parciales que sean necesarias. para. el desarrollo de I~~facu tadbs de comprobación de' la autoridad (pueden ser varias dependiendo de lascircJnst~ncias que 'se presenten durante la visita) para hacer constar los hechos u omision~sL l. ". . .; .encontrados durante el desarrollo de la diligencia.

En lstal actas se harán constar los hechos u omisiones específicos qu~ ocurr~n' dur~~te" e;desárrol'lo de la visita domiciliaria, y formarán parte del acta final.

Estds dlcumentos tienen las siguientes características: .:'::

. 1 ~acen. prueba plena de la existencia de los hechos u omiSiones señalados en las'~. rpismas para efectos de cualquiera de las contribuciones a cargo del contribuyente

visitado.I

<D <Cuando el contribuyente o su representante legal no se encuentren en el domicilio

1 ~onde se esté llevando a cabo la visita domiciliaria, y ésta se entiendCi con un tercero, sedeberá hacer constar dicha circunstancia en el acta que para el efecto se levante.

, Q>eberá proporcionarse copia del acta al contribuyente o a su representante legal, o aJt~rcero, quien o quienes deberán firmarde conocimiento.'

Con laJ 'mismas formalidades aplicables para el levantamiento de actas parciales, podránlevantarse actas complementarias en las que se harán constar hechos, omisiones ocircJnst~mcias de carácter específico de los que se tenga conocimiento en el desarrollo de .Iavisit~, sih embargo, las actas complementarias no se podrán levantar una vez que se cierre, elactal final, salvo que exista una nueva orden de visita con causa justificada. .:. I I . . iULTilMA ACTA PARCIAL .•En la última acta parcial la autoridad circunstanciará los hechos u omisiones en que incurrió' elcontHbuyente y se los dará a conocer, ello con la finalidad de que éste, dentro de Lín pl~zo ~~,cua1do Imenos veinte días, presente pruebas que desvirtúen lo señalado en ella o corrija súsituaCiÓ¡ fiscal.

· 1 <Cuando se revise más de un ejercicio, el plazo a que se refiere el punto anterior seámpliará por quince días más, siempre que el contribuyente presente aviso ante la'áutoridad que practica la revisión dentro del plazo inicial de veinte días. . .,

<D Si el contribuyente no presenta las pruebas que desvirtúen los hechos señalados en las. ~ctas p.arciales antes de que se cierre el acta final, los mismos se tendrán por

Gonsentldos. ..

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

:6

. -.. ..

,I

II

. I

ACTA FINAL I .... ,Es' el. documen~o en el que se hacen constar en forma circunstanciada los hechos u.omisiones

,.que se hubierar conocido en la visita, así como el resultado de la valoración de las pruebas queen su caso haya aportado el contribuyente. '. "

II

Las actas parciales antes señaladas forman parte integrante del acta final, aunque no se señaleasí expresame+te, la cual deberá cumplir los siguientes requisitos:.. ".;

o Se debrrá levantar una vez transcurrido el plazo establecido en la última acta parcialpara la I presentación de documentos, libros o registros para desvirtuar los hechos uomisiones o para optar por corregir su situación fiscal, es decir, de los veinte días(cuand9 menos) o de los veinte días más quince días al tratarse de una revisión de másde un rjercicio revisado (siempre que el contribuyente hubiere presentado .el avisqcorresprndiente) .

o Para leyantar el acta final, deberá estar presente el contribuyente' o su representante.legal; eT caso de que no estuvieran, se les dejará citatorio para que estén presentes el

. día hábil siguiente; si no lo hicieren, se levantará con quien se encuentre en el lugar.o Esta ada deberá ser firmada por el contribuyente o por la persona con quien se entiende

la diligercia y por los testigos que fueron designados; si se niegan a firmar o no aceptanrecibir I~ copia, se asentará este hecho en el acta final, sin que esto la invalide.

i

o Los visitadores podrán levantar esta acta en el domicilio de la autoridad cuando resulteimposib~e continuar o concluir la visita en el domicilio del visitado. ,

o Una vez levantada el acta final, no se podrán levantar actas complementarias sin que:." exista uha nueva orden de visita.

o En el adta final no se determinan las contribuciones omitidas y las multas; esto ~e debe'hacer ep la resolución definitiva donde se determinan los créditos fiscales a cargo del.contribu~ente. ' .

I .,I • • •

Tratándose de visita domiciliaria para verificar la procedencia de 'la devolución de contribucionessolicitada (artícp,lo 22 del Código Fiscal de la Federación), no procederá ellevantam. iento de la'última acta par~ial y final de visita, en virtud de que en este tipo de revil)ión no se hacen constarhechos u omi~iones que entrañen incumplimiento de sus obligaciones fiscales que. puedan,conducir a la d ¡terminación de créditos fiscales. .

Las autoridades fiscales pOdrán solicitar el auxilio de otras autoridades fiscales competentespara quecontihúen una visita iniciadé! por aquéllas, notificando al visitado 'Ia sustitución deautoridad y de ~isitadores. Podrán también solicitarles practiquen otras visitas para comprobarhechos relaciorados con la que estén practicando, cuando el contribuyente visitado tenga.sucursales fuerr de la jurisdicción de la autoridad fiscal que inició la vista domiciliaria.

i ,PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA DERIVADO DE UNAVISITA DOMICILIARIAEn materia de :comercio exterior, podrá iniciarse un Procedimiento Administrativo en MateriaAduanera en al+luellos casos en los que durante una visita domiciliaria se encuentre mercancíaextranjera cuy~ legal estancia en el país no se acredite; asimismo, en este supuesto, losvisitadores pod~án embargar precautoriamente la mercancía de origen y procedencia extranjera,siempre que los hechos se ubiquen en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 151de la Ley Aduapera y se cumplan las formalidades a que se refiere el artículo 150 de la mismaley. i

IEl acta .donde ~e haga constar la notificación del embargo citado y del inicio dél procedimientohará las veces ¡ de acta final respecto de las mercancías embargadas, de conformidad con el,artículo 155 de la Ley Aduanera. Es importante comprender que el Procedimiento Administrativoen Materia !

IAduanera inici~do será independiente de la visita domiciliaria practicada y su desarrollo serádesahogado pc¡>rreglas distintas, mismas' que se describen detalladamente en el apartado"Procedimi~nto ¡Administrativo en Materia Aduanera". .

Ahora bien, en i caso de que se haya embargado maquinaria y equipo, el contribuyente podrásolicitar que le' sea entregada en depositaría siempre que se encuentre al corriente de susQbligaciones fispales y no exista peligro inminente de,que realice maniobras tendientes a evadirel cumplimient~ de sus obligaciones fiscales.

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. . .CARTA DE LOS DERECHOS DEL CPNTRIBUYENTE AUDITADO 2015

I rCASOS, EN LOS QUE PROCEDE LA CONCLUSiÓN ANTICIPADA DE UNA VISITADOn,UCI'uARIALa autoridad fiscal deberá concluir de manera anticipada la visita domiciliaria cuando .elcont:ribuyente visitado se encuentre. obligado a dictaminar sus estados financieros por contadorpúblico tegistrado, o bien haya ejercido la opción de hacerlo.

TaJbié~ cuando la autoridad fiscal n~ haya cumplido con haber solicitado la infonnación ydoc~mehtación al contador público autorizado respecto del dictamen de estados financieros quehayá fo~mulado. . . .. . .

Sin em~argo, se deberá continuar con la visita si 'a juicio de la autoridad la inf~rmaciónprop~orci'onada por el contador público registrado no ,es suficiente para conocer la situación fiscaldel ctonthbuyente, o bien cuando se solicite dicha información y ésta no sea presentada dentrode IpsPlazos, o cu~ndo, en su caso, en el dictamen exista abstención de opinión, opiniónnegatJva o salvedades que tengan implicaciones fiscales. .

cuahdo! la visita que se ordene sea para revisar los pagos provisionales ~ mensuales, secondluirá en forma anticipada cuando los .periodos de los pagos queden comprendidos en elI I . . .dictamen que ya se hubiera presentado. I •

En JasJ de conclusión anticipada, se deberá levantar un acta parcial en h:i 'que se 'señale ¡ la~azó¡n.dé tal hecho. . .. '.

Tratándlse de visita domiciliaria a fin de verificar la procedencia de una devolución, s610 en :elcasd de que el contribuyente se desista del trámite de solicitud de devolución .por el. que sereali~a ldicha revisión, será susceptible de concluirse de manera anticip?da ,.dicha visitadom1iciliaria. ,• i '1 . .ORIENTACiÓN AL CONTRIBUYENTE POR LAS AUTORIDADES FISCALESDentro<ilel plazo para la presentación de pruebas de veinte días y, en su caso, una prórroga déqUinb¡e días.más (cuando la revisión sea por más de un ejercicio) después del cierre de la últimaacta .patcial, el contribuyente podrá solicitar una reunión con el Administrador Local o, en suc~so, cdn el Administrador Central que esté a cargo de la revisión, para aclarar las'dudas'sobrelas i~regularidades que le hayan observado los visitadores y la forma de corregir su situaciónfisaJi.l' .... . ... '.,

El clntrjbuyente también podrá acudir a la Administraci~n Local de Servicios ~J ContribUY~~;!=lcon lel ~n de consultar las dudas en relación con la auditoría. En este caso, no se crearánder1chos ni obligaciones diferentes de los establecidos en las leyes fiscales y,ad.ua.neras. '. ~.I •

OTRAS I VISITAS DOMICILIARIAS QUE PUEDEN PRACTICA~SE A LOSCONTRIBUYENTES ~ .1

Además de las visitas domiciliarias que tienen como fin comprobar el pago de contribuciones,se dmiten otras que tienen por objeto verificar que los contribuyentes expidan comprobantesfisc~les lcon todos los requisitos exigidos por los ordenamientos legales aplicables; revisarlasobligaciones fiscales de los impresores autorizados de comprobantes fiscales respecto de lasoper¡acicmes con sus clientes, verificar modificaciones presentadas en solicitudes o avisos' qu.eafec~en bl Registro Federal de Contribuyentes, para verificar el cumplimiento de obligaciones enmat~ria ¡aduanera derivadas de. autorizaciones o concesiones o de cualq'uier padrón o registroestablecido en las disposiciones relativas a dicha materia; para verificar qu~ la operación de,los,sistdmasy registros electrónicos, que . _ .estéh obligados a llevar los contribuyentes, se realice conforme lo establecen las disposicionesfiscSles;! así como para solicitar la exhibición de la documentación de los comprobantes queamp!aren la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de mercancías que seenc¿ent'ren en el domicilio; para verificar el uso correcto de marbetes o précintos en envases~ue fcont~ngan bebidas alcohólicas o, en~su caso, que dichosenv~ses hax.an sido destru!dos. i .

Estas vibitas deberán cumplir entre otras con las siguientes reglas: :

1 ~fectuarse en el domicilio fiscal o lugares que se señalen en la orden de visita o deI Jerificación. . .

• ~ Entregar al visitado, oa su repre~entante legal, la orden de visita y al encargado o quienáe encuentre al frente del negocio, tratándose de verificación de expedición de¿omprobantes fiscales, y de verificación de la operación de los sistemas y registros~Iectrónicos que estén obligados a llevar.

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015i "

o Entre9arl al contribuyente, o su representante legal ó quien se encuentre en el domiciliofiscal, la orden de visita, tratándose de la solicitud de exhibición de la documentación de"

o los con1probantes que amparen la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia oimportadión de mercancías que se encuentran en el, domicilio, o para revisar el usocorrectol de los m~rbetes o precintos en. envases ~ue contengan bebidas alcohólicas o,en su caso, que dichos envases hayan Sido destruidos. '

o La visit~ domiciliaria podrá practicarse aun cuando no se encuentre el contribuyente o suIreprese~tante legal.

.o LO,s, visi~adores deberán identificarse y solicitar la designación de testigos o en sudefecto ~esignarlos. '

o Deberá J levantarse acta en la, que se ha,'rán, constar I,os he,C,hOSu omisiones o las. irregula,¡idades encontradas. .

o Antes de la formulación de la resolución determinativa del crédito fiscal, se concederá aicontriburente un plazo de tres días hábiles para desvirtuar la comisión de la infracciónpresEmtrndo las pruebas y formulando los alegatos correspondientes. .

o Cuandolla persona con quien se entienda la diligencia o los testigos se nieguen a firmaro recibirt copia, se asentará en el acta que al efecto se levante, sin que esto afecte lavalidez ~ valor probatorio de la misma. En caso de que el visitado no esté inscrito en elRegistrd Federal de Contribuyentes, los visitadores le requerirán los datos necesariospara su linscriPción. ,

o Si el contribuyente no demuestra que está inscrito en el Registro Federal deContribJyentes o no exhibe los documentos que amparan la legal posesión o propiedad.de las rercancías, se le podrá practicar embargo precautorio sobre los bienes o lanegociación, a fin de asegurar el interés fiscal. .

.o El emb~rgo se cancelará una vez que el contribuyente quede inscrito en el RegistroFederall?e Contribuyentes o, en su caso, acredite la legal posesión o propiedad de la.mercan~la.

o Tratánd?se de impresores autorizados de comprobantes fiscales, se revisan lasobligaci<¡mes fiscales respecto de las operaciones con sus clientes.

VISITAS DOMlbuARIAS PRACTICADAS POR ENTIDADES FEDERATIVAS O El DISTRITOFEDERAL (FAtUL TADES DELEGADAS)Conforme a 19S Convenios de Colaboración' Administrativa en Materia Fiscal Federal,celebrados entre el Gobierno Federal y las entidades federativas o el Distrito Federal, susacuerdos mod¡r".~¡Grios y sus anexos, las autoridades fiscales de dichas entidades ejerceránlas facultades qu,,! 0stén expresamente establecidas en los citados acuerdos y sus anexos, 'enlos térm~nos de,lll,alegislación fiscal y aduanera aplicable.

REVISION DE bAr '~ETE¡'-Concepto y procedHll;!;nto

IEs el ejercIC;o, :le facultades de comprobación de las autoridades fiscales que se lleva a cabomediante la solicitu' de información, datos o documentación o de la contabilidad o parte de ella,y se realiza en Ilas ¡cinas de la propia autoridad, con el fin de comprobar el cumplimiento delas obligaciones fiscé. es y aduaneras de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros.. I "

IPara tal efecto Fe SOliCite. : contribuyente que presente en las oficinas de la autoridad fiscal enforma impresa o en me(;" magnéticos ciertos datos, informes, documentos, estados decuenta, etcéter~, los cuales, '", u conjunto, integran su contabilidad.

REQUISITOS dEL OFICIO DI .OUCITUD DE INFORMACiÓNLas revisiones Ide gabinete ~:' ;xdenan por la autoridad competente a través de un oficio desolicitud de doc~mentación, a..' ,e información, con los siguientes requisitos: ,

o Constarlpor escrito en Ch.iCUmentoimpreso.o Contenerr correctamen~c los datos del nombre, denominación o razón social del

contribu~ente a quien se d~rige (en el cas~ ?e ~ersona moral, el documento se dirig.i~á asu repr1sentante legal), aSl como del domIcIlio fiscal.- ,

o Deberá ~eñalarse:o, Lugar y fecha de emisión.o ija autoridad que lo emite. .o 40~fund~m~ntos o d.isposicion~s .Iegales.y lo~ ~otivos con base en los cuales se

ermlte, e Indicar el objeto o proposlto de la reVISlon. ,o 1=' o los ejercicios, periodos (J operaciones que serán revisados.o ~as obligaciones fiscales y aduaneras que se van a revisar.

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.".-- .. ~.......:~-------_._------_._-,--~_....._ ...._-,,~~------------_.

CARTA DE LOS DERECHo.S DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

.. l. -{ .° El Jugar y plazo en el cualse'debe proporcionar la información solicitada.. .

I' ir..ener la firma autóg.rafa del funcionario competente. .'.:I . . .!

.

°1 .~a in.f.ormacio....n deberá ser proporcionada por la persona a quien se dirigió la solicitud o. por su representante.

DESAJROLLO DE' LA REVISiÓN DE GABINETE NOTIFICACiÓN DEL OFICIO DESOILICIIrUD DE INFORMACI6N'El Ofici6 de solicitud de información y documentación se notificará al contribuyente, en eldOn1icilib que tenga manifestado en el Registro Federal de Contribuyentes, o en aquel queconfornie al artículo 10 del mismo Código Fiscal de la Federación sea identificado como sudOn1icilib fiscal y, únicamente tratándose de persona física, su casa habitación. Las persona.sfíSiCrS tOdrán ser notificadas en ellugardO~de se encuentren. .

FORMA DE PRESENTAR LA INFORMACION REQUERIDAE~ .~I oficio de so~icitud seindi~ará el luga~ y plazo ?on~e debe presentarse la información,I!llsma que debera ser proporcionada medlanteescnto firmado por la persona a la que vadirigida ¡<contribUyente) o por surepresent~mtelegal. . .

S~ ~Odfá requerir la documentación comprobatoria que acredite el origen y procedencia de lapérdidalfiscal que esté disminuyendo en el ejercicio revisado, independientemente .del ~jercicioenque~e haya originado la misina. .' . .

cuJndól

no sea atendido el oficio de solicitud en el plazo establecido, se girará un ~egUndOréqJerirhiento precedido de la multa correspondiente, en su caso. .

EMI~ldN.DEL OFICIO DE OBSERVACIONES :Una vez revisados documentos, informes o contabilidad proporcionada por el contribuyente, lasautdridades fiscales formularán un oficio de observaciones en el que harán constaren formacirc~nstanciada los hechos u omisiones que se hubieren conocido en la revisión, mismo que :senotitica~á person.alm~nte al ~ontribuyente o as.u represent~nte legal,. o~n s~~defecto a losresp'onsables solidarios relacionados con el contnbuyente revisado, prevIo cltatono, .. '

cu~lndo! las autoridades fiscales det~rm)nen que no existen obse~acio~nes, se ~omunicará:'alcontribuyente, mediante oficio, la conclusión de la revisión.

Si I~sbutoridades conocieron hech~s u omisiones y Jo hicieron constar en el oficio deobs~rvJciones que se le notificó al contribuyente o responsable solidario, éste contará con unI l. . . ..' '. •

pla~o de veinte días para presentar los documentos o libros que desvirtúen los hechosseñ~la~os en dich9 oficio, o bien para corregir su situación fiscal. Cuando se revise más de unejerbicio, el plazo podrá ampliarse quince días más, siempre que el contribuyente presenteavisb atte la autoridad que practica la revisión, dentro del plazo inicial de veinte días.

cua1ndO existan observaciones, el contribuyente que celebre operaciones '"con partesrelabion'adas residentes en el extranjero contará con un plazo de dos meses para presentar losdocÜmentos o libros que desvirtúen los hechos señalados en el oficio, o bien puede optar porcorr~gi~i,SUsitu.a~ión fiscal, p~diendo ampliarse el plazo por un 'me~ mas a solicitud del contnbuyente.

~i ~osb presentan las pruebas -que desvirtúen las irregularidades señaladas en el oficio de.obs~rv~ciones, se tendrán por consentidos los hechos. ' ,

EMlkldN DE' LA RESOLUCiÓN DETERMINATIVA DEL CRÉDITO .Cuando el contribuyente no haya desvirt!Jado laS observaciones, no corrija su situación fiscal olo h~gal en fo~a parcial, den~ro del plazo d~. ,,:einte días po~~erioreso veinte má~ quince .dí~sen easo de prorroga, la autondad fi!:)cal,emltlra una resoluclon en la que determme el credltofisc~1 a ¡cargo del contribuyente, misma que se notificará personalmente dentro de un plazo q'ueno podrá exceder de seis meses. '.

, ,11 . '; ., .PR<i>CEDIMIENTO PARA LA REVISION, DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROSLaslau.t~rida~es.fiscal.es debe~.primeramente r~v~sar lo~ dictámenes fiscal~s, p~ra lo cual se lereql!lenr¡ala siguiente Informaclon al contador publico registrado que formulo el dictamen: .

l La presentación de los papeles de trabajo elaborados con motivo de la revisiónI practicada.° La información que se considere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de lasIbbligaciones fiscales del contribuyente. .'

Si Id información y los documentos mencionados no son suficientes a juiCiO de las~utdridades fiscales o no se presentaron a tiempo o son incompletos, se podrán ejercer

, direttamente con el contribuyente las facultades de comprobación.9

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-.CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

io La autotidad fiscal podrá, en cualquier momento, solicitar de terceros relacionados con

el contri~uyente o responsables solidarios, información y documentación para verificar sison ciertos los datos consignados en el dictamen y en los demás documentos.

o' La viSit1 domiciliaria o el requerimiento de información que se realice a un contribuyenteque dictamine sus estados financieros, cuyo único propósito sea el de obtenerinforma~ión relacionada con un tercero, no se considerará revisión de dictamen.

. IEste procedimi,nto sólo resulta aplicable a los contribuyentes que presenten el dictamen de susestados financifros. .. .

P~ra el ejercici~ de las facultades de comprobación fiscal de las autoridades fiscales, no sedeberá observar el orden establecido en el artículo 52-A del Código Fiscal de la Federacióncuando: 1 .

o En el di~tamen exista abstención de opinión, opinión negativa o salvedades que tenganimplicac10nes fiscales.

o En cas9 de que se determinen diferencias de impuestos a pagar y éstos no se enterende conformidad con lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 32-A de esteCódigo.!

o El dictart,en no surta efectos fiscales.El cont$dor público que formule el dictamen no esté autorizado o su registro esté,suspendido. o cancelado.

o El conta!dor público que formule el dictamen desocupe el local donde tenga su domiciliofiscal, sir presentar el aviso de cambio de domicilio en los términos del Reglamento deeste Código.

o El objet~ de los actos de comprobación verse sobre contribuciones o aprovechamientosen mat~ria de comercio exterior; clasificación arancelaria; cumplimiento de regulacioneso restricciones no arancelarias; la importación, estancia y tenencia de mercancías deprocedehcia extranjera en territorio nacional.

I ,TEMAS RELAGlONADOS CON VISITA DOMICILIARIA Y REVISION DE GABINETE

iPlazos relacio+ados con los actos de fiscalización . .

o De conformidad con las disposiciones legales aplicables, los visitadores deben. concluirlas visit~s domiciliarias. o las solicitudes de información y documentación (revisiones degabinet~) dentro de un plazo máximo de doce meses, contados a partir de que senotifique a los contribuyentes el inicio de las facultades de comprobación.

o Referente a las facultades de comprobación a fin de verificar la procedencia de unaS?IiCitudl de devoluci~n, est~ble?i?as en el noveno párrafo del artí~~lo 22 del .~ódigoFiscal dr la Federaclon, el eJercICIOde las facultades de cqmprobaclon para verrflcar laprocedencia de la devolución concluirá dentro de un plazo máximo de noventa días

I

contado~ a partir de la fecha en la que se notifique a los contribuyentes el inicio dedichas f~cultades. .

o La revi~ión 8 que se refiere la fracción I del artículo 52-A del Código Fiscal de laFederación, ",e llevará a cabo con el contador público que haya formulado el dictamen yno debeirá exceder de un plazo de doce meses contc:ldos a partir de que se notifique alcontador público la solicitud de información.

. l. ,EXCEPCIONAliMENTE ESTE PLAZO NO SE APLICARA A LOS SIGUIENTESCONTRIBUYENTES:

o A los integrantes del sistema financiero y a los que consoliden para efectos fiscales deI

conformidad con el título 11, capítulo VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En estoscasos, ~I plazo máximo será de dieciocho meses. .

!

o Aquello~ respecto de los cuales la autoridad solicite información a autoridades de otropaís. A I:os contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentesen el ektranjero, y a los contribuyentes sobre los que la autoridad aduanera estélIevand~a cabo la verificación de origen a exportadores o productores de otros países.En estos casos, el plazo máximo será dedos años. ' .

I 'o cuando: se trate de las facultades de comprobación a fin de verificar la procedencia de

una soli?itud de devolución, establecidas en el noveno párrafo del artículo 22 del CódigoFiscal de la Federación, el plazo será de ciento ochenta días contados a partir de lafecha e~ la que se notifique a los contribuyentes el inicio de dichas facultades en el casode que ~e deba requerir información a terceros relacionados con el contribuyente o

i

o tratándo~e de los contribuyentes a que se refiere el apartado B del artículo 46-A delCódigo rscal de la Federación.

I 10i

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

I I 6' .. . . .. ,SUSPENSI N DEL PLAZO PARA CONCLUIR LA REVISION .. j .Los I supuestos dE:!suspensión del plazo para concluir la auditoría (artículo 46-A del CódigoFislal dr la FE:lderación).son.los que a continuación se citan: . . .'. ! .

o tiue1ga, a partir de que se suspenda temporalmente el trabajo y hasta que termine laI ~uelga.. ..... . .

b¡ faHec!miento del contribuyente, hasta en tanto se designe a'l representante. legal de la~uceslón; . .

o Cuando el contribuyente desocupe su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de?ambiO correspondiente, o cuando no se le localice en el que haya señalado,' hasta quese le localice. .'t - ... . . •

o Cuando el contribuyente no atienda el requerimiento de datos, informes o documentos~olicitados por las autoridades fiscales para verificar el cumplimiento de sus obligacionesfiscales, durante el periodo que transcurra entre el día del vencimiento d~1 plazootorgado en el requerimiento y hasta el día en que conteste o atienda el requerimiento,Sin que la suspensión pueda exceder de seis meses. En el caso de dos o más+olicitudes de. información, se sumarán los distintos periodos de suspensión y en ningún<¡:asoel periodo de suspensión podrá exceder de un año.Cuando de la revisión de las actas de visita y demás documentación vinculada' a éstas$e observe que el procedimiento no se ajustó a las normas aplicables, o que puedeMectar la legalidad de la determinación del crédito fiscal, la autoridad podrá reponer elprocedimiento .desde la violación cometida y el plazo para concluir.la. revisión sesuspenderá a partir de qUe la, autoridad informe. al .contribuyente la reposic;;ión delprocedimiento.' , . . . . '. .;

~i~tia slsp~nsión no podrá exceder deun plazo de dos meses ~~ntados a parti~ d~ que' laautdrid~dnotifique al contribuyente la reposición del procedimiento. . '!

."'1. 6uando la autoridad se vea impedida para continuar el ejer~iCio de sus iacul~ade~ ~e60mprobación por caso fortuito oluerza mayor, hasta que la causa desaparezca, lo cual~e deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el P"rtal de internet delSerVicio de Administración Tributaria. .I ..... 'i' t

o Cuando durante el plazo para concluir la visita domiciliariaola revisión de la contabilidad~el contribuyente en las oficinas de las propias autoridades, los. contribuyeqtesihterponen algún medio: de defensa en el país o. en él extranjero cOl')tra los actos.q~Ctividadesque deriven del ejercicio de sus facultades de comprobación, dichos plazos$e suspenderán desde la' fecha en que se interpongan los citados medios de defensa~astaque se dicte resolución definitiva de los mismos.

PLAZO! PARA QUE' LA AUTORIDA~ EMITA LA RESOLUCiÓN DETERMINATIVA 'DE(CREDItO FISCAL DE LAS CONTRIBUCIONES OMITIDAS

La Jetehnina~;ón de las contribuCiones omitidas con motivo de hechos u omisi~~es CO~OCido~porjla~utoridad,' en el ejercicio de sus 'facultades de comprobación, se realizará medianteresolucipn que deberá notificarse en un plazo máximo de seis meses, contados a partir ,de, lafecHa er:1que se levantó el acta final de la visita o,tratándose de la revisión de la contabilidad delos pontribuyentes que se efectúe en lasoficihas de las autoridades fiscales, a partir de lanotificarlión del oficio de observaciones. .' ..'

El' pl~Jpara emitir la' resolución se suspenderá por huelga, fallecimiento del CQ~tribUyente, p~;carrtbio I de domicilio fiscal del contribuyente sin haber presentado el aviso de. cambiocorr~spondiente, o cuando no se le localice en el que haya señalado, o por interponer é~tealg(m ~edio de defensa contra los actos que deriven del ejercicio de las facultades, decomprobación. Si la autoridad fiscal no emite la resolución determinativa del crédito fiscal(liqJidati6n) dentro del plazo citado, quedará sin efectos la orden de visita domiciliaria oj"a.reVi~iónlde gabinete, y las acluaciones.realizadas por la autoridad ~I amparo de la misma. .".

Trat6ndPse del éjerciciode las facultadés de comprobación para verificar la procedencia de lasolirlitud de devolución de contribuciones, autorizada ésta, la autoridad efectuará la devolucióncorr~spphdiente dentro de los diez días siguientes a aquel en el que se notifique la resoluciól")respectiva.

'\ .-.~

11

• ---1..

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

Debe destacarpe que en dicho ejercicio de facultades de comprobación para verificar laprocedencia de la solicitud de devolución, bajo ningún supuesto las autoridades podrándeterminar contribuciones omitidas a cargo del contribuyente, limitándose únicamente a resolver

I

sobre la proced!encia de la devolución.

VERIFICACIÓ~ DE VEHíCULOS EN TRÁNSITO Y MERCANCíA EN TRANSPORTE

Derechos de Ié~spersonas que transportan mercancías de procedencia extranjera ocirculan en ve~ículos de procedencia extranjera

i

La autoridad aduanera puede verificar la legal importación, estancia, o tenencia y circulación demercancías y v~hículos de origen extranjero durante su tránsito por la ciudad o por carreteras.Para ello, debelcumplir co~ lo siguiente: . . . .

o Tratar ~ los contnbuyentes con respeto y cordIalidad, y explicarles la razon de laverificaqión y sus alcances.

o Contar ~on una orden expedida por la autoridad aduanera, excepto cuando se realicendurante ¡el despacho aduanero.

o Identi.fic~rse an.t~ el ?omparecien~e. .o Practlca!r la venflcaclon en un recinto fiscal.o Requeri~ al compareciente la exhibición de los documentos que demuestren la legal

importa~ión, tenencia o estancia de la mercancía o del vehículo en el país. Cuando el,comparéciente no exhiba la documentación, ésta sea insuficiente o la autoridadaduane~a se percate de la actualización de alguno de los supuestos de embargoprecautbrio señalados en el artículo 151 de la Ley Aduanera, podrá embargarprecaut~riamente la mercancía.' .

o En casq de que la autoridad aduanera determine practicar el embargo precautorio de lamercan~ía o el vehículo, debe explicar al compareciente el motivo y avisarle del iniciodel Prodedimiento Administrativo en Materia Aduanera, para que éste, a su vez, esté enposibilidbd de presentar las pruebas pertinentes durante el 'procedimiento.

o Permitir[ al compareciente manifestar y reservarse lo que a su derecho convenga.Levantar un acta en presencia de dos testigos nombrados por el compareciente yentregaf¡le una copia de la misma, en la cual se encontrará el inventario físico de lamercan~ía o vehículo embargados.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERACuando el emb~rgo precautorio haya tenido como motivo una inexacta clasificación arancelaria,el compareciente podrá ofrecer la celebración de una junta.técnica consultiva para definir si éstaes correcta o ~o lo es. En caso de ser correcta la clasificación arancelaria, procederá ellevantamiento ~el embargo y la entrega de la mercancía. Este procedimiento no constituyeinstancia. ' ,

El contribuyente podrá solicitar la sustitución del embargo precautorio practicado a lasmercancías o yehfculos por alguna de las garantías señaladas en el Código Fiscal de laFederación, siempre que la causal de embargo precautorio no se encuentre entre los supuestosseñalados en el 8' '. ':'ulo 183-A de la Ley Aduanera.

El comparecieílte podrá ofrecer, por escrito, las pruebas y alegatos que a su derechoconvengan ante la autoridad aduanera que levantó el acta, dentro de los diez días siguientes aaquel en que S4rta efectos la notificació:l ~wdicha acta.

I,

Cuando el compareciente presente pruebas documentales que desvirtúen los supuestos por loscuales la mercancía o el vehículo fueron objeto de embargo precautorio, la autoridad aduaneradictará de inm~diato una reso:i;_ión en la que se ordene la devolución de la mercancía ovehículo embargados sin imponef ::.Qnciones.

Cuando el compareciente no pre~,ente las pruebas o éstas no desvirtúen los supuestos por loscuales la autori~ad aduanera E;j ¡¡bargó precautoriamente la mercancía, esta última di.ctará unaresolución, en ~mplazo que no eÁcederá de cuatro meses contados a partir del día siguiente aaquel en que se encuentre debidalnente integrado el expediente (se entiende que el expediente'se encuentra d~bidamente integrado cuando hayan vencido los plazos para la presentación detodos los escritos de pruebas y alegatos o, en caso de resultar procedente, la autoridadencargada de ¡emitir la resolución haya llevado a cabo las diligencias necesarias para eldesahogo de la~ pruebas ofrecidas por el promovente).

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CARTA DELOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 20115;

Por 110 Jue respecta al embargo prec~utorio de mercancías de proced~ncia extranjera, dura~tela vifitaldomiciliaria, la autoridad contará con un plazo de cuatro meses contados a partir de lafecHa en que se efectuó el embargo para emitir la resolución correspondiente, determinando, ensu 9aso),las contribuciones, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas e imponiendolas sanciones que procedan.

I l.. ' ,: 'SISTEMA DE VALlDACION: PROCEDIMIENTO PARA VERIFICAR QUE LA ORDEN DEREVISiÓN SEA LEGALEl contribuyente puede verificar en cualquiermomento que la orden de revisión quese le pr~senta sea legal y correcta. ., :

parl eu~, debe ingresar en el Portal de internet del SAT a la pestaña Otros servicios del ~enúprintipa'l y seleccionar Verificación de autenticidad de personal del SAT y documentos;lueg'De(egir entre la Opción A y la Opción B, según se trate de una orden de fiscalización o deuna.lvisitdomiciliaria de a~uanas. , .

En Ir Opción A, la pantalla solicita el RFC y el número de orden. Debe capturar el RFC delcontribJyente auditado e indicar el número de orden que lleva el auditor, con la que se present.ópar~ initiar la revisión. - . '

E~ 11 o~clón B, la pantalla solicita,el número de oficio y el número de orden. '.

~I s~ste~a al dar clic en Aceptar (~ en Enviar, según la opción) despliega una pantalla qU~. v~lida O; invalida la orden de revisión presentada. En el último caso, se le solicita reportar deinmediato la anomalía a través del Portal de internet del SAT y llevar a cabo lo indicado en el~patadb Quejas y denuncias. . .

AU10C!ORRECCIÓNFISCAL ..El dontribuyente podrá corregir su situación fiscal, sin contar con autorización previa. de "aautdrid~d, a partir del momento en el que se dé inicio al ejercicio de las facultades decom~probacióny hasta antes de que se, le notifique la resolución que determine el monto delcrédito rscal, pagando, a través de la presentación de declaración de corrección fiscal, lascontribuciones que adeude, incluidas su actualización, multas y recargos. " ,.

cua1ndo exista corrección de la situación fiscal de los contribuyentes, éstos entregarán a I~autdridad revisora una copia dé la declaración de corrección' que haya presentado. Dichasitu~cióh deberá ser consignada en un acta parcial cuando se trate de visitas domiciliarias; enlos dem'ás casos, 'incluso cuando haya concluido una visita domiciliaria, la autoridad revisora, enunplazb de diez días contados a partir de la entrega, deberá comunicar al contribuyentemediante oficio haber recibido la declaración de corrección, sin que dicha comunicaciónimpl1iquela aceptación de la corrección presentada por el contribuyente. ' .

L~ jautlcorrección del contribuyente en materia de comercio exterior no implicará I'areg Ila~itación de las mercancías afectas;a dicho acto. . , '. .!

REQUI~ITOS .Cua'ndd el contribuyente presente declaración de corrección fiscal durante el desarrollo de lavisit~ 01 de la revisión de gabinete, y haya transcurrido al menos un plazo. de tres mesescontados a partir del inicio de la fiscalización, la autoridad revisora podrá dar por concluida lavisit~ domiciliaria o la revisión de que se trate, si a su juicio y conforme a la investigaciónrealizada se desprende que el contribuyente ha corregido en su totalidad las obligacionesfiscá'eslpor los conceptos y periodo revisados. En este caso, se comunicará la corrección fiscalpor ¡OfiCiO'notificado al contribuyente y la conclusión de la visita o la revisión de gabinete,dejando a salvo las facultades de la autoridad.

cuJndJ, el contribuyente corrija su sttuaci6n fiscal una vez concluido el acto de fiscallzació~, ;e~dedr., levantada el acta final en visita o notificado el oficio de observaciones en revisióntlegab¡net~, pero al')tesde que se le notifique la resolución .

qUelde!ermine ~I crédito fiscal y antes de que las autoridades fiscales verifiquen que elcontribJyente corrigió en su totalidad las obligaciones que se conocieron en el ejercicio defacyltades antes citadas, deberá comunicar al contribuyente dicha situación mediante oficio, enel plazo!de un mes contado a partir de la fecha en que la autoridad haya recibido la declaraciónde dorrección fiscal.

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lo

CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015~.

Cuando los cOljltribuyentes presenten la declaración de corrección fiscal una vez concluido .elacto de fiscaliz$ción (levantada el acta final en visita o notificado el oficio de observaciones enrevisión de ga~inete), hubieran transcurrido al menos cinco méses de los seis señalados para'-dete'rminar las ¡ contribuciones omitidas, y la autoridad fiscal aún no emita la resolw::i9n,correspondient$, se contará con un mes de plazo adicional a los seis meses, contado a partir dela fecha en queiel contribuyente presente la referida declaración de corrección fiscal.

i

Si con motivo gel ejercicio de las facultades de comprobación se conocen hechos que puedandar lugar a la d~terminación de contribuciones mayores a las corregidas por el contribuyente" ocontribuciones pbjeto de la revisión por las que no se corrigió el contribuyente, los visitadores Oí

en su caso, las ¡autoridades fiscales, deberáncontinuar con l~ visita domiciliaria o con la revisión prevista en el artículo 48 del Código Fiscal,de -la Federacian hasta su conclusión.

Cuando el contribuyente, en los términos del párrafo anterior, no corrija totalmente su situaciónfiscal, las autoridades fiscales emitirán la resolución que determine las contribuciones omitidas,de conformidad, con el procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación.

BENEFICIOS 1

Cuando el con~ribuyente corrija su situación fiscal, después de que se inicie el ejercicio de lasfacultades de c~mprobación y hasta antes de que se levante el acta fin~lI de la visita domiciliaria,o el oficio de o~servaciones en revisiones de gabinete, se autoaplicará una multa de 20% de lascontribuciones pmitidas históricas, sin actualización.

i , 'En caso de qu~ el contribuyente pague las contribuciones omitidas y sus accesorios después delevantada el acta final o el oficio de observaciones, pero antesde la notificación. de la resoluciÓn;donde se deteirmine el crédito {is,cal, se aplic;:ará l,ma multa de 30% de la~ contribucionesomitidas.

i ••La disminución, de las multas también es aplicable en las contribuciones de comerCio exterior,de acuerdo co~ lo previsto en el artículo 1, primer párrafo, de la Ley Federal de Derechos 'delContribuyente. ' , ...~:En ejercicio de :facultades discrecionales de la autoridad, la reducción o condonación parcial demultas y en su ~aso recargos,• ~. 1

Ahora bien, de ~onf .rmidad con el artículo 15, penúltimo y último párrafos de la Ley de Ingresosde la Federaci~n P~,1 el ejercicio fiscal de 2010, procederá la reducción de multas durante estéejercicio por i~fra( ..:mes derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federalesdistintas a las: oblig,.,,;;~)nes de pago, como las relacionadas con el RFC, presentación dedeclaraciones, ;solicitu....;t;;so avisos, llevar contabilidad, entre otras, y será procedente, paratodas las multap autoimpuestas en el ejercicio fiscal 2010, independientemente del, ejercicio porel que autocorr~ja s situación fiscal derivado del ejercicio de facultades de comprobación.

Dicha reducción no será aplicable a multas impuestas por haber declarado pérdidas fiscales en'exceso y.las previstas en el artículo 85, fracción 1, del Código Fiscal de la Federación,referentes a inrracciones ,"r oponerse a la práctica de una visita en el domicilio fiscal, nosuministrar los; datos e in'k .;$ que le sean requeridos, no proporcionar la contabilidad ohacerlo parcial~ente, no ei¡,'Jar el contenidb de las cajas de valores y en general los~Iementos par~ comprobar el G~.'nplimiento de sus obligaciones fiscales o de terceros,

i

La reducción ta;mbién aplicará a !a fracción IV del artículo 81 del Código Fiscal de la Federación,relativa a no ef~ctuar, en los términos de las disposiciones fiscales, los pagos provisionales, envirtud de que si:bien están relacionados con una obligación de pago, dicho pago es a cuenta de.una contribuci~n, por lo que esa infracción es de carácter formal y no representa la omisión delpago definitivo ~e la contribución.

Cuando deriva90 de la autocorrección por el contribuyénte, previo pago de las contribuciones.omitidas junto; con sus accesorios, en su caso, y cuando se haya iniciado el ejercicio defacultades de cpmprobación por las autoridades fiscales y hasta antes de q!Je se levante el actafinal; o bien s~ notifique el oficio de observaciones en revisión de gabinete, respectivamente,sólo pagará 50jYo de la multa que le corresponda.

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONtRIBUYENTE AUDITADO 2015 _

cua1ndo!el c?ntribuyente corrija su s!tuación fiscal y pague la~ contrib~ciones .~mitidas j~~-t~,coo~sus ¡accesOriOS, en su caso, des pues de levantada el acta final, o bien, notificado el oficIo deobserva'ciones enrevisi6n de gabinete, respectivamente, pero antes de que se haya notificadola_1i1uidaCiÓnque determ_¡neun crédito fiscal, sólo pagará60% de la multa que le correspoond~..

lasJed~CCiOnes citadas no excluyen a los demás beneficios, en la aplicación de las multas, quese enctntran en las diversas disposiciones fiscales_ . . _ . .

los Ibe~eficios descritos en el articulo 15 de la ley de Ingresos de la Federación ant",sdetallados sólo se aplicarán durante el ejercicio 2010 cuando sea una autocorreccióri totalderi*ada del ejercicio de las facultades de comprobación y a satisfacción de la autoridad. .I I . ") ~ .....-

PAGO EN PARCIALIDADESEl c6ntrrbuyente podrá pagar las contribuciones hasta en 36 parcialidades, incluidas las mult~s,par~ lo Icual debe solicitar autorización y garantizar el monto del adeudo desde la primerapar9ialidad - por medio de prenda, hipoteca, fianza, embargo de la negociación, entre otrasformas., . . '~j

No le p~eden pagar en parcialidades los impuestos al comercio .exterior y los .demás que debanpag~rse ante la aduana ni los impuestos trasladados, retenidos o recaudados de terceros, salvoque,l en'el caso de los impuestos trasladados, retenidos'O recaudados, se trat~ de créditosfiscales ¡generados con anterioridad al 1 de enero de 2004, para lo cual el contribuyente deberápre~entar solicitud de autorización para pagar a plazos dichas contribuciones, siempre y-cuandogaranti~ el interés fiscal mediante billete de depósito, prenda o hipoteca, obligación soiidariaasu~id~ por tercero que compruebe suidol1eidad y solvel1cia,o mediante embargo por la yíaádm'inistrativa de inmuebles libres de gravámenes o de afectaciones agrarias y urbanísticas. .: .

. , o, _ . " _ " _ . ' . . _.':

Para estos efectos, deberá efectuar el pago de una cantidad equivalente a 20% de la totalidaddel éde~do que corresponda a la primera parcialidad, considerando las contribuciones omitidasactu~lizadas, los recargos generados hasta la fecha d~ pago y,en su caso, las sanciones-quese Hupi~ran determinado. Aun cuando se autorice por autoridad competente en ningún casoexcéder~ de 24 parcialidades. (Artículo XIV de las disposiciones transitorias publicadas en" elDiatto ¡fiCial de la Federación el.5 de enero de 2004.) . .. . .• ~

La JOlicitud de autorización para pago en parcialidades se presentará ante la AdministraciónLocél dé Servicios al Contribuyente o ante la autoridad fiscal estatal competente mediante laform;a dficial 44, anexando los documentos que se indiquen, dentro de los quince díflssiguient~s a aquel en que se efectuó el pago de la primera parcialidad. '. .•

" 11 -- _ . , . -', . -, ~.

Como caso de excepción, tratándose del ejercicio de las, facultades de comprobación paraverificarr la procedencia de una devolución de contribuciones no es aplicable la autocorrección;'toda

lvez que la finalidad de la visita domiciliaria no es determinar -créditos fiscales, sino resolver

si prrcebe dicha devolución.

REAoslclóN DEL PROCEDIMIENTO . o' o ¡

cuahdo[ de la revisión de las actas de visita y demás documentaciÓn se observe q~e' elpro~dirniento no se ajustó a las normas aplicables, la autoridad podrá de oficio; por una sqla.ve~'lreprner el procedimiento a partir de ,laviolación formal cometida. '.-

PAGO mE CONTRIBUCIONES y MULTAS

los IcoJtribUyenreS .que durante una .visila domiciliaria o una revisión de gabinete decidancorregir ¡su situación fiscal pagando las contribuciones omitidas, o paguen la c~ntidad señaladaen I~ resolución determinativa, deberán hacerlo por los mismos medios en que han venidoefeetuaOdo sus pagos, es decir, vía internet, en las ventanillas de los bancos autorizados, o bienutili~ando las formas fiscales correspondientes, según sea el caso y el periodo.. . ~.En eldaso de créditos fiscales determinados por autoridades fiscales de las entidadesfede:ratÍ\~as o del Distrito Federal, el pago debe realizarse en las oficinas que tienen establecidasestafa~toridades, de conformidad con los convenios de colaboración administrativa en materiafiscal federal y sus anexos. . .. .

~aJ mlyor información sobre el esquema de presentación de pagos por medios electrónicos,se sLgisre consultar el Portal de internet del SAT (sat.gob.mx).

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

En ningún casq se deberá hacer el pago a los visitadores o a alguna otra persona, aun cuandosea en el domi9ilio de la autoridad fiscal. ; ,

Tratándose de. cantidades que deban pagarse ante las entidades federativas o el DistritoFederal, el pag~ se hará en las oficinas recaudadoras de las propias entidades federativas o elDistrito Federali, o bien en las instituciones de crédito que éstos autoricen, pero en todos loscasos se deber~ expedir un recibo oficial. ' -

i 'Ahora bien, si $1 infractor paga las contribuciones omitidas dentro de los cuarenta y cinco díassiguientes al q~e surtió efectos la notificación de la resolución determinativa del crédito, la multase reducirá-20% del monto de las contribuciones omitidas por pronto pago.

I

MEDIOS DE D~FENSA DEL CONTRIBUYENTE .Los contribuyehtes tienen derecho a impugnar las resoluciones definitivas dictadas por lasautoridades fisdales y aduaneras en el ejercicio de sus facultades de comprobación, como son.los oficios de in!lposición de multas, la resolución en la que se determinen los adeudos fiscales,.

I

la negativa de qevolución, entre otros.

Este derecho ~s irrenunciable. Las autoridades fiscales tienen prohibido exigir la renuncia aestos medios de defensa. .

Los medios de defensa son los siguientes:i , .

RECURSO DE iREVOCACIONEste recurso deberá presentarse ante la Administración Local Jurídica que corresponda aldomicilio fiscal ~el contribuyente, o al domicilio que corresponda ante la autoridad que emitió o'ejecutó el acto ¡administrativo que se impugna, para lo cual cuenta con un plazo de cuarenta ycinco días hábiles, siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la.resolución que ~e pretende recurrir.

El contribuyente que haya interpuesto este recurso contará con un plazo de cinco meses a partirde la fecha en l:¡ue se presente el escrito para garantizar el interés fiscal, a fin de suspender elprocedimiento ~dministrativo de ejecución.

JUICIO CONTaNCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL (JUICIO DE NULIDAD)Este juicio de rulidad se inicia con el escrito de demanda, que se presenta ante el TribunalFederal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la Sala Regional que resulte competenteatendiendo al I¿gar donde se encuentre el domicilio fiscal del demandante, con las salvedades

I '

descritas en la~ fracciones 1,11Y 111del artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal deJusticia Fiscal y Administrativa, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la notificaciónde la resolució~ deflnitiva que se impugna de conformidad con lo establecido en el artículo 13de la Ley Federral deProcedimiento Contencioso Administrativo.

PROCEDIMIENTC '-DMINISTRATIVOI

,Revisión admin,ist ,va

Este procedimiento es un mecanismo excepcional de autocontrol de legalidad de los actosadministrativos,! y consiste en que el contribuyente podrá solicitar ante el superior jerárquico dela autoridad q~e emitió la resolución, con fundamento en el tercer párrafo del artículo 36 delCódigo Fiscal de la Federación, la revisión de la resolución administrativa derivada de una visitadomiciliaria, reVisión de, gabinete o procedimiento administrativo en materia aduanera; en talvirtud, la autori~ad fiscal correspondiente podrá discrecionalmente revisar la referida resolucióny en el supuesto que el contribuyente demuestre fehacientemente que la misma se hubiereemitido en con~ravención a las disposiciones fiscales, podrá, por una sola vez, modificarla orevocarla en ~u beneficio, siempre y cuando no hubiere interpuesto medios de defensa,hubieren trans9urrido los plazos para presentarlos, y cuando no haya prescrito el crédito fiscal.

QUEJAS Y DENUNCIASI

Para manifestar una queja, denuncia, sugerencia o reconocimiento, el SAT pone a sudisposición los ~iguientes servicios: Correo electrónico: [email protected] de quejas, sugerencias y reconocimientos localizados en las Administraciones Localesde Servicios al Contribuyente de todo el país.

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CARTA DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO 2015

cualqui~r síndico autorizado, para lo cual puede consultar el directorio de los síndicos en I~sAd~inisfraciones Locales de Servicios al Contribuyente, en el Portal de internet del SAT:sat.~ob.mx.

, ",1 r 'L '. . .. di .. d'os fUPrrlores JerarqUlcos ,e osVIsita ores.Podrá apudir personalmente al Centro Nacional de Consulta, ubicado en Av. Hidalgo 77, plantabajaf coL Guerrero, delegación Cuauhtémoc, 06300, México, D.F. . ,Para dehunciar actos de corrupción de los visitadores y otros servidores públicos: I

Cor~eoélectrónico: [email protected]érono/:,01 8003354867 sin costo. ' ,Ante la Secretaría de la Función Pública:,I 'Órgano Ilnternode Control en el SAT.Par~ qurjas y denuncias a los teléfonos:ConfTlutador58020000, ext. 42200; 58022168;58021943; 5802 0272,Y 01 80071 91321.;Centro de contacto con la ciudadanía:

D.F.ly á~eametropolitana: 20003000 ext. 2000.Resto del país:01 800 38 62 466. "Rettrl de citas en INFOSAT: 01 8004636728, . ," "" , .. . .

Folleto "Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado". Esta edición, preparada porelse1icio de Administración Tributaria.

Servicio de Administración TributariaSe proHíbe, la reproducción total o parcial de esta obra con fines de lucro.E~t~ dOfumento no es~bleceoblig~cion~s. ni cre~ derech~sdistintos de los c~>ntemdosen las dispOSIciones fiscales vigentes.Cu~plir nos beneficia a todos

secJet~'ría de Finanzas y Planeación del Gobiernos del Estado de Veracruz de Ignacio de laU~~: I . ' , 'Cor~eoElectrónico: [email protected] 'TeléfonOs: 01800-7126457 Ext. 3206

01800-2602400'018007117854

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