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*20142010496271* Al contestar por favor cite estos datos: Radicado No.: 20142010496271 Fecha: 7/24/2014 10:59:27 AM Bogotá, D.C. Apreciado ciudadano Asunto: Pregunta Urna de Cristal. Hemos recibido la petición por usted remitida al Departamento para la Prosperidad Social, a la cual se le asignó el radicado 20142010413902. En tanto la misma se refiere al subsidio familiar de vivienda 100% en especie (SFVE), a continuación explicamos el proceso para la asignación de dicho subsidio. ¿A quién va dirigido? El programa del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie va dirigido a la población pobre extrema y vulnerable. El Departamento para la Prosperidad Social –DPS- liderará el proceso de focalización de la población pobre extrema y vulnerable a través de las siguientes fuentes de información: Listado de la población que hace parte de la Red Unidos, suministrado por la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema –ANSPE-. Listado de la población en situación de desplazamiento, suministrado por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas –UARIV-. Listado de la población pobre extrema según puntaje de SISBEN metodología III, suministrado por el Departamento Nacional de Planeación –DNP-. En caso de que se requiera y se justifique previamente se incluirá la población damnificada o que habita en zonas de alto riesgo no mitigable, según las fuentes establecidas por la ley 1537 de 2012. El procedimiento contempla la priorización de la población de la Red Unidos y la población desplazada a través de los órdenes establecidos en el artículo 8 del Decreto 1921 2012 modificado por el artículo 5 del Decreto 2164 de 2013. A partir de lo anterior, el DPS construirá un listado de potenciales beneficiarios que podrán presentarse al procedimiento de postulación ante Fonvivienda o las Cajas de Compensación que éste designe. Si los hogares cumplen los requisitos de postulación, el DPS realizará la selección de los hogares beneficiarios aplicando los escalones de priorización. Si llegado el último escalón hay menos viviendas que hogares, se realizará un sorteo para seleccionar los beneficiarios. ¿Cómo se realiza el sorteo? El DPS es el encargado de realizar el sorteo de selección de beneficiaros, en presencia de los testigos del Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda, el gobernador del departamento, el alcalde de la ciudad donde a la que correspondan los cupos disponibles del proyecto, y el personero municipal. ¿Quiénes se pueden presentar a la convocatoria? Únicamente miembros de los hogares incluidos en el listado de potenciales beneficiarios, construido por el DPS. La convocatoria es realizada por el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda-. Se puede realizar una postulación por hogar.

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*20142010496271* Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20142010496271 Fecha: 7/24/2014 10:59:27 AM

20132010359871

Bogotá, D.C.

Apreciado ciudadano

Asunto: Pregunta Urna de Cristal.

Hemos recibido la petición por usted remitida al Departamento para la Prosperidad Social, a

la cual se le asignó el radicado 20142010413902.

En tanto la misma se refiere al subsidio familiar de vivienda 100% en especie (SFVE), a continuación explicamos el proceso para la asignación de dicho subsidio.

¿A quién va dirigido?

El programa del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie va dirigido a la población pobre extrema y vulnerable.

El Departamento para la Prosperidad Social –DPS- liderará el proceso de focalización de la población pobre extrema y vulnerable a través de las siguientes fuentes de información:

Listado de la población que hace parte de la Red Unidos, suministrado por la Agencia

Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema –ANSPE-. Listado de la población en situación de desplazamiento, suministrado por la Unidad

para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas –UARIV-.

Listado de la población pobre extrema según puntaje de SISBEN metodología III, suministrado por el Departamento Nacional de Planeación –DNP-.

En caso de que se requiera y se justifique previamente se incluirá la población damnificada o que habita en zonas de alto riesgo no mitigable, según las fuentes establecidas por la ley 1537 de 2012.

El procedimiento contempla la priorización de la población de la Red Unidos y la población

desplazada a través de los órdenes establecidos en el artículo 8 del Decreto 1921 2012 modificado por el artículo 5 del Decreto 2164 de 2013.

A partir de lo anterior, el DPS construirá un listado de potenciales beneficiarios que podrán

presentarse al procedimiento de postulación ante Fonvivienda o las Cajas de Compensación que éste designe. Si los hogares cumplen los requisitos de postulación, el DPS realizará la selección de los hogares beneficiarios aplicando los escalones de priorización. Si llegado el

último escalón hay menos viviendas que hogares, se realizará un sorteo para seleccionar los beneficiarios.

¿Cómo se realiza el sorteo?

El DPS es el encargado de realizar el sorteo de selección de beneficiaros, en presencia de los testigos del Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda, el gobernador del departamento,

el alcalde de la ciudad donde a la que correspondan los cupos disponibles del proyecto, y el personero municipal.

¿Quiénes se pueden presentar a la convocatoria?

Únicamente miembros de los hogares incluidos en el listado de potenciales beneficiarios, construido por el DPS. La convocatoria es realizada por el Fondo Nacional

de Vivienda – Fonvivienda-. Se puede realizar una postulación por hogar.

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*20142010496271* Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20142010496271 Fecha: 7/24/2014 10:59:27 AM

¿Cuál es el proceso para la asignación de la vivienda (subsidio familiar de vivienda 100% en especie)?

1. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda envía al Departamento para la Prosperidad

Social los listados de los proyectos seleccionados en el marco del programa y los cupos correspondientes a cada proyecto.

2. El Departamento para la Prosperidad Social, con base en la información suministrada y

utilizando las fuentes oficiales de información, elabora listados preliminares para cada proyecto con población potencial beneficiaria del municipio correspondiente.

3. El Departamento para la Prosperidad Social envía los listados al Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda-.

4. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda- realiza la convocatoria y recibe la

documentación de todos los hogares postulantes.

5. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda- realiza la verificación de la información

remitida por los hogares postulantes, teniendo en cuenta los criterios establecidos en los decretos 1921 de 2012 y 2164 de 2013; y elabora una lista depurada de los hogares postulantes que cumplen con los criterios antes mencionados.

6. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda- remite al Departamento para la

Prosperidad Social los listados de los hogares postulantes que cumplen requisitos de postulación.

7. El Departamento para la Prosperidad Social realiza el proceso de selección de los beneficiarios, bien sea i) de manera directa si el número de hogares postulantes es

menor que el número de soluciones de vivienda ofrecidas en el proyecto particular para cada una de las poblaciones que se prioriza en el decreto; o ii) por sorteo, bajo las condiciones definidas en el artículo 15 del decreto 1921 de septiembre de 2012,

modificado por el artículo 9 del Decreto 2164 de 2013..

8. Finalmente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se encarga de la asignación de las viviendas a los hogares seleccionados en cada convocatoria realizada.

¿En qué fechas se realiza la convocatoria?

La convocatoria es definida por Fonvivienda con posterioridad a la expedición del listado de potenciales beneficiarios por el DPS. De modo que los hogares focalizados deben estar atentos a las convocatorias que se realicen en su municipio.

¿Qué debe hacer el ciudadano interesado en acceder al subsidio familiar de

vivienda 100% en especie?

La convocatoria va dirigida a aquellos hogares que se encuentren en el listado de focalización de la población pobre extrema y vulnerable. Estos hogares deben presentarse a la convocatoria que realice el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda- en su

municipio; y aportar los documentos que se indiquen dentro de las fechas establecidas para cada convocatoria.

Únicamente en el marco de la convocatoria que adelante el Fondo Nacional de Vivienda –

Fonvivienda- se surte el proceso de postulación al subsidio familiar de vivienda 100% en especie; no es necesario presentar solicitudes al respecto a las demás entidades que

intervienen en el proceso descrito.

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*20142010496271* Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20142010496271 Fecha: 7/24/2014 10:59:27 AM

Recuerde

Para acceder al subsidio familiar de vivienda 100% especie los ciudadanos interesados:

No necesitan recurrir a intermediarios o tramitadores de ningún tipo. Puede

hacer el trámite personalmente. Tampoco deben pagar por formatos, formularios, información, cupos, o cualquier

otro tipo de servicio asociado al acceso al subsidio.

Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.

Cordialmente,

Área de Gestión de Servicio al Ciudadano

Subdirección General

Todas las personas tienen derecho a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades de forma GRATUITA No recurra a intermediarios. No pague por sus derechos. DENUNCIE