2014 Doctrina Diferencias entre Extinción y Resolución Contrato (Paraguay)

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    http://www.escritosdederecho.com/2014/03/resolucion-y-extincion-de-los-contratos-

    conceptos-modelo-de-escrito-basico.html

    2.13. RESOLUCION Y EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS. (RESCISION- RESOLUCIÓN –REVOCACIÓN – OTRAS CAUSAS). CONCEPTOS. MODELO DE ESCRITO BÁSICO.

    Concepto General

    El modo normal de la Resolución o Extinciónde los contratos es por el cumplimiento de lasprestaciones estipuladas en el mismo, pero fuerade este medio regular normal de disolucióncontractual existen otras causales que pueden

    operar la extinción del contrato o su nulidad y son:

    RESCISIÓN.  Concepto

    “Es una acción de tipo personal, en virtud dela cual se busca dejar sin efecto un contratopara el futuro, por voluntad de una de las

    partes”.

    Por medio del cual se extingue los efectos de uncontrato, en forma unilateral rigiendo para elfuturo.

    Nuestro Código Civil estipula que las convenciones

    realizadas en los contratos forman para las partesuna regla a la que deen someterse como a la leymisma. !e lo expuesto precedentemente seestalece que los contratos oligan a las partes atodo lo expresado y a todas sus consecuencias

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    comprendidas aunque se "allen en forma virtualen ellas.

    #n nuevo acuerdo entre las partes puede extinguirlos efectos de un contrato anterior. Esta rescisiónno per$udicar% los derec"os que ya "ayan sidoadquiridos por terceros.

    En caso de contraprestaciones rec&procas 'en loscontratos ilaterales( una de las partes no podr%exigirle a la otra el cumplimiento de lo prometido

    en el contrato, si es que esta tampoco la "uierecumplido o en su defecto ofrezca cumplir con lopactado) salvo excepción que la otra parte deiereefectuar su prestación con antelación. En caso detratarse de varias personas, la entrega podr%demorarse "asta tanto no se "aya cumplido con lacontraprestación &ntegra. *i fuese prestaciones

    parciales, se podr&a negar la contraprestación,salvo caso que atente contra la uena fe resistir laentrega, por la escasa importancia de la parteadeudada.

    #na vez que se "aya celerado el contrato, y sinculpa de ningunas de las partes, la prestación se

    "iciese imposile efectuar, las oligacionesreciprocas de los contratantes quedan sin efecto. + una vez que la contraprestación "uiere sidoefectuada en todo o en parte se podr% restituir deacuerdo a las reglas del Código.

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    *i la prestación que estuviere a cargo de una delas partes se "ace imposile por su culpa, la otraparte podr% cumplir su oligación, y este podr%

    exigir los daos m%s los intereses, o en su casorescindir el contrato.

    -amin se puede dar el caso de que una de laspartes "aya dado una seal para asegurar elcumplimiento del contrato, y la parte que "ayadado la sea podr&a arrepentirse del contrato ode$arlo de cumplir, de ocurrir esto perder% la seaentregada. *i se arrepintiere el que reciió la seadeer% devolverlo. !e cumplirse el contrato lasea dee devolverse en el estado en que seencuentre.

    *i el incumplimiento de una de las partes fuesede escasa importancia y no compromete el inters

    de la otra no proceder% la rescisión del contrato.

    #na vez que promovida la demanda derescisión no podr% pedirse el cumplimiento delcontrato. El incumplimiento de una de las partesautoriza a una de las partes a pedir la e$ecucióndel contrato o su rescisión con los daos e

    intereses o amas./os contratos quedar%n extinguidos desde que

    una de las partes "aga saer a la otra su desiciónde rescindirlo, por no cumplirse con lo estipulado.

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    -r%mite: Por ante el 0uzgado de Primera1nstancia en lo Civil y Comercial.

    /os 0uzgados de Primera 1nstancia en lo Civil yComercial conocer%n:1. !e todo asunto o $uicio cuya resolución no

    competa a los 0ueces /etrados en lo Civil yComercial, o a los 0ueces de Paz de fuerorespectivo) y,

    2. de los recursos interpuestos contra lasresoluciones de2nitivas de los 0ueces de Paz y delos recursos por retardo o denegación de $usticiade los mismos, causando e$ecutoria suresolución.Inte!ración" #n 0uez, un 3ctuario $udicial o

    *ecretario, un 42cial de *ecretar&a, undactilógrafo y un #$ier Noti2cador.

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    !ocumentos presentados: Contrato privado,pagars vencidos a la fec"a.

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    “ La RESCISIÓN tiene efecto para el futuro y es en forma unilateral, con respecto a la Resolución delcontrato que surte efecto retroactivo y se da en

     forma bilateral!"

    #ec$os"

    5ue, por Contrato Privado, suscrito ante laEscrian&a 6+3*4!3R37, se vendió a losdemandados un automóvil, cuyos datos 2guran en

    el documento respectivo que ad$unto con lapresente demanda.8

    5ue, la venta se realizó en la suma de quincemillones de guaran&es, pactando la entrega decinco millones de guaran&es y cinco cuotas de diezmillones de guaran&es, contempl%ndose en una

    cl%usula adicional del contrato, que la falta depago de una cuota a su vencimiento faculta al vendedor a rescindir el contrato y a exigir a loscompradores la entrega y devolución del ve"&culo vendido.8

    9aiendo vencido el primer pagar en la fec"asealada, se "a requerido el pago a loscompradores y que pese a la insistencia 'se "anenviado dos telegrama colacionados cuyas copiasad$untamos(, no "uo respuesta positiva por partede los compradores, "aiendo vencido todos lodocumentos, y a casi un ao de la mora autom%tica

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    de los mismos y en el incumplimiento de loestipulado.8

    %rueba&'C()EN*+ES E INS*R()EN*+ES"1. Copia 3utenticada del Contrato Privado

    celerado entre *r. .................................... y la*ra. ........................................, a los efectos deacreditar la estipulaciones convenidas entre laspartes.8888888888888888888888888888

    2. Copia 3utenticada de los -elegramasColacionado, a los efectos de demostrar que el*r. ..................................... fue intimado en varias oportunidades sin otener respuestapositiva.88888

    3. Copias 3utenticadas de los pagars 2rmadospor la parte demandada, a los efectos de

    acreditar la titularidad del crdito y fundamentode la presente acción.8888888888884. Copias 3utenticadas de los recios otorgados,

    a los efectos de demostrar el cumplimiento delpresente contrato por parte de la*ra. ...................................................888888888888

    . otocopia 3utenticada Cdula de 1dentidad del

    *ra. ...................................................., a 2n deacreditar la identidad de mirepresentada.888888888888888888885ue, asimismo las prueas son ofrecidas a los

    efectos de tener por reconocidos los derec"os demi representado estipulados en el contrato.

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    &erec$o

    E- N//01203. CÓ&IG' CI4I.I5R' *ERCER'. C+%I*(' 4I. &E 'SE6EC*'S &E C'N*R+*' - S( E7*INCIÓN

     +rt. 8/3 6/as convenciones "ec"as en loscontratos forman para las partes una regla a lacual deen someterse como a la ley misma, ydeen ser cumplidas de uena fe. Ellas oligan a

    lo que est expresado, y a todas las consecuencias virtualmente comprendidas7.

     +rt. 8/9 6En los contratos ilaterales una de laspartes no podr% demandar su cumplimiento, sinoproare "aerlo ella cumplido u ofrecierecumplirlo, a menos que la otra parte deiere

    efectuar antes su prestación.

    Cuando esta dea "acerse a varias personas,puede re"usarse la entrega de la parte que lecorresponda "asta que se "aya reciido lacontraprestación integra.

    *i un contratante "a efectuado prestacionesparciales puede negarse la contraprestación, amenos que, seg;n las circunstancias, dea $uzgarse que es contrario a la uena fe resistir laentrega, por la escasa importancia de la parteadeudada7.

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     +rt. 8:3 6... el incumplimiento por una de laspartes autoriza a la que no sea responsale del, a

    pedir la e$ecución del contrato, o su resolución conlos daos e intereses o amas cosas.

    !emandada la resolución, ya no podr% pedirseel cumplimiento, pero despus de reclamado este,podr% exigirse aquella7.

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     +rt. 8:0 6... el contratante que quiera optar por laresolución podr% intimar al otro para que e$ecutesu oligación dentro de un plazo no inferior a

    quince d&as, vencido el cual, podr% demandar elcumplimiento, o dar por resuelto el contrato, conla sola comunicación fe"aciente "ec"a al morosode "aer optado por la resolución...7.

     +rt. 818 6/a compraventa tiene por o$eto latransferencia de la propiedad de una cosa, u otroderec"o patrimonial, por un precio en dinero quedee pagar el comprador7.

     +rt. 8;; 6/as partes podr%n, por cl%usulasespeciales, suordinar a condiciones, cargos oplazos, o modi2car de otra, manera los efectosnormales del contrato7.8

    C+%I*(' 7II. &E &E%ÓSI*'. SECCI'N I.&E &E%ÓSI*' EN GENER+" +rt. /:3< 6*on oligaciones del depositario: ...guardar la cosa con igual diligencia que las suyas)restituir al depositante la misma cosa con susaccesorios y frutos, cuando le fuere pedida, o a suscausa"aientes, o quien se "uiere indicado en el

    contrato...7 +rt. /:0/ 6*i no "uiere pactado la duración delcomodato ni el uso a que la cosa de&a serdestinada, el comodatario est% oligado a restituirtan pronto como el comodante la reclame7.8

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    &octrina

    Curso de &erec$o Civil. #ec$os = +ctos >ur?dicos. >os@ +ntonio )oreno Rodr?!ueA.Rescisión" B...B ver libro

    anoni, pD!. /:9, afaille, Contratos, *.I,N3/: autor ar!entino" Puede taminpact%rselo con antelación, que se de$ar% sin efectopara el futuro < ex nunc8 la e2cacia del negocio,como en una t%cita reconducción que puede serrenunciada en forma expresa.

    *eg;n Puig =rutau cae "alar de rescisión,cuando los su$etos de derec"o contratan demanera efectiva y quedan ligados por v%lidasoligaciones) pero deido a ciertas consecuencias

    in$ustas, derivadas precisamente la e2cacia delcontrato, resulta posile solicitar la supresión desus efectos) cuando los contratos v%lidamentecelerados no provocan ninguna consecuenciain$usta, pero la ley 'atendida la posición de laspartes en el contrato(, o la voluntad de loscontratantes, manifestada por mutuo acuerdo en el

    mismo acto de contratar o despus, da lugar a lafutura cesación de los efectos del contrato, seestar% ante la resolución. citado por &eGasperi )orello, pD!. 38/F.

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    )anual de Contratos de Guillero 5orda,

    pD!. /:0 autor ar!entino" Es un acuerdode voluntades por el cual se de$a sin efecto un

    contrato. Por ello se llama tamin distracto.Puesto que el acuerdo de voluntades "a podidocrear un v&nculo $ur&dico para tamin aniquilarloo extinguirlo.

    /os efectos de la rescisión dependen de la voluntad de las partes: estos pueden acordar que

    el contrato originario quede sin efectoretroactivamente, con oligación de las partes derestituirse mutuamente todo lo que "uieranreciido la una de la otra) o ien pueden acordarque el contrato de$a de producir sus efectos enadelante, quedando 2rmes los efectos yaproducidos.

     Rescisión #nilateral: en este caso es una sola delas partes que, por propia voluntad pone 2n a lasrelaciones contractuales. Esta facultad esreconocida a algunos contratos: laoral, mandato,locación.

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    Esta rescisión unilateral pone trmino a lasrelaciones contractuales a partir del momento enque la voluntad se "a manifestado, pero no afecta

    los efectos anteriores del contrato, no tieneretroactividad.8

    &iccionario >ur?dico de )anuel 'ssorio,pa!. 0H: editorial $eliasta ao :

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    signi2ca rasgar, romper, dividir algo.( El vocalotiene la misma etimolog&a de la palara escisiónque vale tanto como separación. Es una voz que

    expresa un concepto netamente $ur&dico a saer:privación de efectos de un negocio $ur&dico por s&mismo v%lido para el futuro.

    /a rescisión es el remedio $ur&dico para lareparación de un per$uicio económico que elcontrato origina a determinadas personas,consistente en "acer cesar su e2cacia, por lo que

    es un supuesto de ine2cacia sorevenida. Elcontrato es v%lido, pero en razón de aqulper$uicio, y siempre que no "aya otro remedio pararepararlo, se concede a las personas per$udicadasla acción

    /a rescisión es conceida de diversas maneras,entre los estudiosos del !erec"o, pero sin lugar a

    duda la 2gura se comienza a gestar dentro del!erec"o Romano cuando no exist&a ninguna acciónlegal para comatir el incumplimiento de laoligación ,siendo la e$ecución forzosa lo ;nico quepod&a exigir el contratante.

     3l instaurarse la $Le% Comisoria$ el vendedorpasado cierto tiempo , pod&a forzar el

    cumplimiento de la oligación al comprador o darpor terminada la relación $ur&dica , considerandola cosa como no vendida , esta cl%usulaoperaa ipso iure, esto es, para que el contrato seconsiderara rescindido, astaa con el aviso,

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    "ec"o por parte de la v&ctima del incumplimiento,de la intención de prevalerse de la cl%usula, paraque el contrato se resolviera de pleno derec"o, sin

    necesidad de la intervención de ning;n tipo deautoridad.

     +a en la Edad >edia el contratante afectado nogozaa de plenos derec"os para e$ercitar PactoComisorio, este fue un periodo donde el derec"ocanónico $ugó un papel predominante en laregulación de las relaciones civiles, la integración

    del concepto esta vez ia acompaado por mediodel 6$uramento promisorio7, otorg%ndolecompetencia a los triunales eclesi%sticos, paraque se le relevase de su oligación.

    inalmente los autores franceses,principalmente !umoulin, Pot"ier y !omat, fueronlos que terminaron de darle forma al pacto

    comisorio atriuyndole algunas de lascaracter&sticas que "oy en d&a tiene, las cuales sonresultado de la mezcla entre las ideas romanas ylas medievales.

    El Códi!o Napoleónico de gran in?uencia enel continente, por su parte, reguló la intervenciónde la autoridad $udicial siempre que la v&ctima del

    incumplimiento pidiera la e$ecución forzosa o ienla rescisión, siendo el pacto comisorio unacl%usula necesaria en los contratos ilaterales osinalagm%ticos.

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    >uc"os autores, erróneamente, atriuyeron alpacto comisorio el car%cter de condiciónresolutoria, sin tener en cuenta que esta ;ltima se

    pacta en cl%usulas accidentales, pues como supropia nomenclatura acusa, son modalidades, esdecir, accesorios cuya ausencia o presencia en uncontrato resulta irrelevante para la naturaleza delcontrato, cuando una condición resolutoria secumple, las oligaciones se extinguen cual sinunca "uieran existido, pero ninguno de loscontratantes se paga daos y per$uicios por ese"ec"o, mientras que , el pacto comisorio aunqueno se incluya expresamente en el texto de uncontrato ilateral, se entiende impl&cito, la /exComisoria consist&a en una cl%usula que conten&anlos contratos de compraventa para forzar alcomprador en el cumplimiento de la oligacióncuando se decreta la rescisión y se priva de efectos

    futuros al contrato, a la vez que se oliga a laspartes a devolverse en la medida de lo posile lasprestaciones que se "uieren "ec"o, tamin sepuede determinar el pago de daos y per$uicios afavor de quien sufrió el pre$uicio delincumplimiento.

    4tro aspecto respecto a la condición

    resolutoria, concierne a la actualización delcontrato, produciendo este acto efectos ipso iure,es decir, de pleno derec"o y ;nicamente por larealización del acontecimiento futuro e incierto,sin emargo la declaración de la rescisión, es

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    decir, los efectos de prevalerse del derec"o que dala inclusión t%cita del pacto comisorio, requierenpara producirse la declaración $udicial sore el

    particular. Por lo tanto, no es posile considerarque el sólo incumplimiento por el mero "ec"o depresentarse, faculta al per$udicado para declararrescindida la relación contractual.

     3dicionalmente a lo expresado en el p%rrafoanterior se resalta que el pacto comisorio es unene2cio o privilegio que la ley otorga a la v&ctima

    del incumplimiento para que eli$a entre forzar elcumplimiento o pedir la rescisión, m%s los daos yper$uicios en amos casos, lo que quiere decir, quesi ien existe la posiilidad de la rescisión nonecesariamente sucede, en camio si se tratase deuna condición resolutoria el deudor no podr&aelegir los efectos.

    En consecuencia, salvo la me$or opinión de loslectores, el pacto comisorio no puede ser unacondición resolutoria, aun cuando implique laposiilidad de resolver el contrato, por que comose expuso, su efecto no es ;nico, es una cl%usulanatural de los contratos ilaterales osinalagm%ticos y no opera ipso iure.

    Como ya enunci la rescisión que proviene delpacto comisorio no opera de pleno derec"o,requiere, cuando menos en principio, de ladeclaración de la autoridad $udicial al respecto.*in olvidar que para la procedencia de la acción es

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    la v&ctima del incumplimiento la ;nica personacapaz de reclamar la rescisión, 'No es posilee$ercitar la acción que se comenta si el

    incumplimiento se causó por caso fortuito, o engeneral por circunstancias a$enas al deudor.( pueses a la ;nica persona a quien se le concede esederec"o, asimismo deer% acreditarfe"acientemente que "a cumplido con lasoligaciones a su cargo y, en caso de ser necesarioconsignar ante el triunal el monto de las que aunle queden pendientes.

     3dem%s de la extinción del acto $ur&dico y laindemnización por incumplimiento de la oligacióncomo efecto $ur&dico principal puede la rescisiónproducir sus efectos de forma parcial, es decir,puede rescindirse tan sólo una parte del contrato yde$ar que el resto siga produciendo susconsecuencias $ur&dicas.

    /os contratos pueden rescindirse o se pueden darpor terminado. Nada m%s. !e acuerdo a la -eor&a@eneral de las 4ligaciones, los contratos no secancelan, pueden darse por terminado siempre ycuando las circunstancias as& lo aconse$en pore$emplo: porque el trmino de vigencia del

    contrato en comento ya "aya fenecido, porque se"uiere alcanzado el o$etivo o realizado el o$etopor el que se contrató, o por la voluntad de laspartes.

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    /a rescisión es adem%s conceida como unaacción susidiaria y no podr% e$ercitarse cuando elper$udicado carezca de todo otro recurso legal

    para otener la reparación del per$uicio de a"& suexcepcionalidad.

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    Es interesante apuntar que esta acción oligaa la devolución de los ienes que fueron o$etosdel acto con sus frutos, y del precio con sus

    intereses) y sólo procede si l que solicita puededevolver aquello a que por su parte est% oligado.

    /a rescisión es un derec"o que otorga la /ey a loscontratantes para la terminación o modi2cación deun contrato ilateral cuando exista unincumplimiento imputale a algunas de las partes.1ntegr%ndose como una nulidad fundada en la

    medida que exista una lesión o un per$uicio. >urisprudencia

    A( RE*C1*1BN !E C4N-R3-4 C4N-R3-4 1N!E>N1D3C1BN 1N!E>N1D3C1BN !E !34* + PER0#1C14* P3@4 P3@4P4R C4N*1@N3C1BN

    Partes: 3. >. /., P. c. 3. !. *., >. >.Civil y Comercial

    #ec$os" En el marco de una demanda de rescisiónde contrato e indemnización de daos y per$uicios,el $uzgado de grado "izo lugar a la demandapromovida en cuanto a la rescisión de contrato, en

    tanto rec"aza la indemnización pretendida y,rec"aza la demanda reconvencional de pago porconsignación promovida, en la misma resoluciónordena poner a disposición de la parte demandadael ve"&culo, el cumplimiento del contrato 2rmadopor las partes. El -riunal de alzada revoca la

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    sentencia e "izo lugar al $uicio de pago porconsignación incoada. /a Corte *uprema con2rmala sentencia del triunal de alzada.

    Normas Citadas arts. AF, AGH, HIJ, HIK, HHA, HLG,FIM, FI, y LIL del Código Procesal Civil 8 art.LIM, JL inc. a, JJ, MIL, MAL del Código Civil*umarios

    H( Rescisión8 1ncumplimiento del contrato8Compraventa de inmueles8 1mprodencia8 Pago de

    parte del precio8 3cción de 1nconstitucionalidad8Procedencia8 6/a /ey7, -omo HIIK, p%g. LLA.

    #ec$os" /a parte demandada por rescisión decontrato de compraventa y reivindicación deinmuele, promovió acción de inconstitucionalidadcontra la *entencia que ordenó desocupar el

    inmuele, y contra el 3uto 1nterlocutorio querec"azó el recurso de que$a por apelacióndenegada. /a sala Constitucional de la Corte, "izolugar a la acción intentada y declaró nulas lasresoluciones impugnadas.•  3c. + *ent. NO L•  3sunción, marzo AJ de HIIK.

    El -riunal de la C.*.0., sala Constitucional,Resuelve: 9acer /ugar, a la acción deinconstitucionalidad promovida por el 3og.P.>.@., en nomre y representación de >aria 1rene illasanti de *c"neider contra la *.!. NO G de IKde mayo de AGGM, dictada por el 0uzgado de

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    primera 1nstancia en lo Civil y Comercial, Cuarto-urno y contra el 3.1. NO ALF de AG de $ulio deAGGM, dictado por el -riunal de 3pelación Primera

    *ala, amos de la Circunscripción 0udicial de1tap;a, y en consecuencia, declarar nulas lasreferidas sentencias, deiendo devolverse lapresente causa en el orden causado. 1mponer lascostas en el orden causado.

     3N4-3R, RE@1*-R3R + N4-11C3R8 ictor >.Nuez R.8 0os . 3ltamirano 3quino8 3ntonioretes8 *ec.: 9ector ai%n Escoar !&as.8

    F( Efectos del contrato entre las partes8 Principios@enerales8 3utomotores8 6/a /ey7, -omo HIIJ,p%g. ALGI.

    9ec"os: El 0uez de grado "izo lugar a la demanda

    promovida por el actor y declara la rescisión delcontrato de compraventa del automovil celeradoemntre las partes e intima a la demanda a quepague al actor la suma de dinero. El -riunal dealzada con2rmó la resolución recurrida.

    Corresponde con2rmar la sentencia que "izo

    lugar de un automóvil, deiendo a que se pactópara la otención del certi2cado denacionalización se 2$aa un plazo de treinta d&as,a partir de la 2rma del contrato y se entiende que ya se incluyó en el precio el costo del mismo y quefue cancelado, en tanto al no cumplir la

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    nacionalización como tr%mite de la importación, elincumplimiento del contrato es exclusivamente acargo del demandado y la rescisión dispuesta est%

    a$ustada a derec"o, porque la mora es a cargo deeste.

    -R1=#N3/ !E 3PE/3C14N C11/ + C4>ERC13/, 3*#NC14N, *3/3 J, HIIJIGAH C3*-1//4=EN1-ED, =/3* EER, C3N-ER4 !E>3/!4N3!4, C+N-913 >3R13 * RE*C1*1BN!E C4N-R3-4 + 4-R4 '3C. + *EN-. NO AJM(

    RE*#E/E: !eclarar desierto el recurso denulidad. Con2rmar, con costas, la *.!. NO FFK defec"a HM, mayo, HIIL, por las razones dadas en elexordio de este fallo, dictado por el 0uzgado dePrimera 1nstancia en lo Civil y Comercial deltercer turno.

     3notar, registrar, noti2car y remitir copia a laExcma. C.*.0.8 Carmelo Castiglioni8 /ineo 1nsfr%n8remiort 4rtiz Pierpaoli8 *ec. Edgar 3. Rivas /.8

    )odelo de escrito de la M!ura estudiadaodelo de escrito bDsico, este odelo de

    escrito diMere del ejeplo en laconceptualiAaciónF

    '5>E*'" INICI+R &E)+N&+ 'R&IN+RI+ 

    %'R RESCISIÓN &E C'N*R+*'

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    E IN&E)NI+CIÓN &E &+'S

     - %ER>(ICI'S.

    SE'R >(E"

    &I+N+ )+RE+ , con matricula NO II.III, ennomre y representación de R3*Q4/N1Q4,

    conforme al testimonio del poder que acompao,constituyendo domicilio en ...............................NO.....................8=arrio .........................8 de laciudad de ..........................., a .*.,respetuosamente digo: 8888888888

    I '5>E*'"

    5ue por el presente escrito vengo a %R')'4ER &E)+N&+ %'R RESCISIÓN &EC'N*R+*' E IN&E)NI+CIÓN &E &+'S - %ER>(ICI'S contra el *r. >E*91NQ4,domiciliado en la calle ..............................c .................................. de la Ciudad

    de .............................................., fundado en lasconsideraciones de "ec"o y de derec"o que paso aexponer.8888888888888888

    II #EC#'S"

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    5ue, en fec"a HI de $unio del ao HIIJ, micomitente celeró contrato privado de compra8 venta, de un inmuele de su propiedad,

    individualizado como inca NO III del distrito de*an Carlos, con Cta. Cte. Ctral. NO II8IIII8II,Contrato Privado pasado ante la Escriana P;lica +3*4!3R3, con Registro NO II, cuya copiaautenticada ad$unto.88

    5ue, en el mismo se encuentra estipulado quela venta se realizar% por la suma de !iez >illonesde @uaran&es al contado y doce cuotas de #n>illón de @uaran&es, lo que no fue cumplido por el*r. >E*91NQ4, quien solo se limitó a aonar lasuma al contado desentendindose por completode la suma restante.88888888888

    Cae destacar que mi mandante

    R3*Q4/N1Q4 en incontales oportunidades le "asolicitado al "oy demandado veralmente a que seponga al corriente con las cuotas atrasadas desdeel mes 0ulio del ao HIIJ, reciiendo comopromesas y m%s promesas no cumplidas de quepasar&a por el domicilio de mi representado. Noostante le "a remitido al oligado el telegrama

    colacionado NOIII, de fec"a AK de Noviemre delHIIJ, que en copia acompao, del cual igualmente"a "ec"o caso omiso, quedando constituido enmora desde la citada fec"a, circunstancia que "amotivado la presente acción.888888888888888888

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    5ue, a los efectos de precautelar los derec"osde mi mandante, y "aiendo acreditado la verosimilitud del derec"o invocado, la urgencia

    por el inminente per$uicio que podr&an sufrir el *r.R3*Q4/N1Q4, y a$o su caución $uratoria yresponsailidad, solicito se sirva .*., decretaremargo preventivo sore el inmuele, deiendoal efecto lirar el correspondiente o2cio a la!irección de los Registros P;licos.8

    III %R(E5+S '6RECI&+S"

     +F &'C()EN*+ES E INS*R()EN*+ES"1. otocopia 3utenticada de Cdula de 1dentidad

    de mi representado, el *r.R3*Q4/N1Q4.8888888888888888888888888888888888888888888

    2. Contrato Privado celerado entre los*res. R3*Q4/N1Q4 y >E*91NQ4, pasado

    ante la Escriana P;lica +3*4!3R3, conRegistro NO III, a los efectos de demostrar elacuerdo de voluntades suscrito por losmismos.888888888888

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    3. Copia 3utenticada del -elegrama Colacionadoremitido por el *r. R3*Q4/N1Q4 aldemandado, a los efectos de demostrar el inters

    de mi representado de encontrar una solución ala controversia.888888888888888888888888888888888

    5F *ES*I6IC+ES"

    Escriana P;lica +3*4!3R3, con Registro NOIII, paraguaya, casada, mayor de edad, con C.1.NO III.III, domiciliada en ...................................

    NO ..................... c ................................ de laciudad de .............................................8888888888888

    CF IN6'R)ES"

    41C14*, a los Registros P;licos, a los efectos deque informe sore las condiciones de dominio de la

    inca NO III del distrito de *an Carlos, con Cta.Cte. Ctral. NO II8IIII8II, detallando las medidascautelares que pesan sore la citada 2nca.888888888888

     3 2n de precautelar mis derec"os, solicito al 0uzgado la inscripción de la presente litis sore elcitado inmuele en el Registro P;lico, deiendo

    para el efecto lirar el correspondienteo2cio.888888888888

    I4 &EREC#'"

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    undo mis derec"os en los 3rt&culos MAJ, MHJ, MHK y dem%s concordantes del Código Civil, 3rt. KGA,KGF, MHF y concordantes del C.P.C., la

     $urisprudencia y la doctrina.8 4 %E*I*'RI'"

    /. REC'N'CER  mi personer&a en el car%cterinvocado y tener por constituido mi domicilio en ellugar sealado.888888888888888888888888888888888

    :. *ENER  por iniciada la presente demandaque prouevo por Rescisión de Contrato eIndeniAación de &aos = %erjuicios contra el*r. >E*91NQ4, y de la misma y de losdocumentos que acompao, correr traslado aldemandado, cit%ndolo y emplaz%ndolo a 2n de quelo conteste dentro del plazo de

    ley.888888888888888888888888888888888888888888888888

    1. 'R&EN+R  la >edida Cautelar sore inmueleindividualizado m%s arria, para lo cual, lirar% elo2cio pertinente.8888888888888888888888888888

    H. 'R&EN+R  el desglose y devolución de los

    documentos originales presentados, previaagregación de sus fotocopias deidamenteautenticadas por el 3ctuarioa.88888

    3. '%'R*(N+)EN*E y previo tramite de rigor,dictar *entencia !e2nitiva "aciendo lugar a la

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    demanda, con expresa condenación en costas, yconsecuentemente, declarar resuelto el contrato ycondenar al demandado a indemnizar los daos y

    per$uicios ocasionados, m%s los intereses legales,en el plazo que .*. disponga, todo conforme aderec"o.88888888888888888888888888888888888888888888888

    %R'4EER &E C'N6'R)I&+&O ES >(S*ICI+.

    &I+N+ )+RE+