2014 08 Contabilidad Electronica Sat

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Contabilidad Electrónica Agosto 2014

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Artículo 28 del CFF establece que las personas que de acuerdo con lasdisposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a losiguiente:III.- Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán enmedios electrónicos conforme lo establezcan el RCFF y las disposicionesde carácter general que emita el SAT. La documentación comprobatoriade dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domiciliofiscal del contribuyente.

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  • Contabilidad Electrnica

    Agosto 2014

  • ndice

    Contabilidad Electrnica

    Marco legal

    Definiciones generales

    Balanzas de comprobacin y catlogo de cuentas

    Plizas y auxiliares

    Plazos

    Beneficios

    Canales de asistencia

  • Artculo 28 del CFF establece que las personas que de acuerdo con lasdisposiciones fiscales estn obligadas a llevar contabilidad, estarn a losiguiente:

    III.- Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarn enmedios electrnicos conforme lo establezcan el RCFF y las disposicionesde carcter general que emita el SAT. La documentacin comprobatoriade dichos registros o asientos deber estar disponible en el domiciliofiscal del contribuyente.

    IV.- Ingresarn de forma mensual su informacin contable a travs de lapgina de Internet del SAT, de conformidad con las reglas de carctergeneral que se emitan para tal efecto.

    Marco Legal

    Contabilidad Electrnica

  • Definiciones generales

    Contabilidad Electrnica

    La balanza de comprobacin, el catlogo de cuentas, las plizas y susauxiliares, debern enviarse como las registra el contribuyente,solamente se convierten al formato XML.

    Cada cuenta del catlogo debe asociarse a un cdigo agrupador comomnimo a 2 niveles (cuenta mayor y subcuenta)

    Estn obligados a enviar los archivos contables las personas morales ylas personas fsicas con actividad empresarial y profesional excepto losque utilicen la herramienta Mis cuentas.

  • Definiciones generales

    Contabilidad Electrnica

    La contabilidad deber registrarse en idioma espaol y enviarse en esostrminos.

    Las definiciones generales y especificas fueron acordadas en mesas detrabajo con: CCE, PRODECON, IMCP, AMITI y AMEXIPAC.

    Las entidades financieras que estn obligadas a cumplir lasdisposiciones de carcter general emitidas por las comisiones, debernenviar la informacin en los mismos trminos.

  • Definiciones generales

    Contabilidad Electrnica

    En caso de que los archivos contengan errores informticos se enviarpor parte de la autoridad un aviso por medio del Buzn Tributario paraque, corrija dentro del plazo de 3 das hbiles contados a partir de quesurta efectos la notificacin del referido aviso.

    Cuando los contribuyentes modifiquen los archivos ya enviados, seefectuar la sustitucin de stos, proporcionando la informacin dentrode los 3 das hbiles posteriores.

    Cuando los contribuyentes no puedan enviar su informacin por nocontar con acceso a internet, acudirn a las ALSC, y sern atendidos porun asesor fiscal para que los apoye en su envo en la salas de internet.

  • Definiciones generales

    Contabilidad Electrnica

    La informacin contable no tiene un lmite de envos de archivoscomplementarios.

    Opcionalmente los contribuyentes podrn enviar la informacincontable a travs de un PAC.

    Los contribuyentes debern contar con FIEL vigente.

  • Balanza de comprobacin y catlogo de cuentas

    Los contribuyentes proporcionarn su catlogo de cuentas asignandoa cada cuenta el cdigo que sea ms apropiado de acuerdo con lanaturaleza de la misma.

    Las rubros de activo, pasivo y capital no son cuentas de mayor.

    Las balanzas de comprobacin que no tengan movimientos en unmes, debern ser enviadas, ya que contienen los saldos iniciales yfinales.

    Los atributos y nodos opcionales publicados en el Anexo 24, debernser requisitados siempre que se tenga o aplique la informacin.

    Contabilidad Electrnica

  • Balanza de comprobacin y catlogo de cuentas

    Las balanzas de comprobacin deben enviarse de forma mensual.

    El catlogo de cuentas deber enviarse por primera vez y cada quesean modificadas las cuentas de mayor o las subcuentas.

    Respecto de la cuentas de CUCA y CUFIN, del catlogo agrupador, lainformacin deber actualizarse al 30 de junio de 2014.

    Contabilidad Electrnica

  • Plizas y auxiliares

    Cuando se ejerzan las facultades de comprobacin las plizasdebern entregarse en formato XML en el periodo o ejercicio 2015.

    Cuando se solicite o tramite una devolucin o compensacin lasplizas debern entregarse en formato XML, siempre que los saldosprovengan del periodo o ejercicio 2015.

    A partir del 2015, cuando se solicite informacin de tercerosrelacionados con el contribuyente (compulsa), derivado de ejerciciode facultades de comprobacin por el periodo y/o ejercicio del 2015,deber entregarse la informacin en archivos XML.

    Contabilidad Electrnica

  • Plizas y auxiliares

    Cuando no se logre identificar el folio fiscal, RFC, importe dentrode las plizas contables, el contribuyente podr relacionar a travs deun reporte auxiliar la informacin antes mencionada.

    El registro de los asientos contables se podr efectuar dentro delmes siguiente a la fecha en que se realicen las operacionesrespectivas.

    Cuando no se pueda identificar en los registros contables la formade pago, deber expresarse como NA.

    Contabilidad Electrnica

  • Plazos

    Contabilidad Electrnica

    La primera entrega de informacin contable se realizar en enero de2015, con informacin de julio a diciembre 2014.

    Tipo decontribuyente Plazo de envo

    Personasmorales

    A ms tardar el da 25 del mes inmediato posterior.En el caso de la informacin del cierre del ejercicio, ams tardar el da 20 de abril del ejercicio inmediatoposterior.

    Personasfsicas

    A ms tardar el da 27 del mes inmediato posterior.En el caso de la informacin del cierre del ejercicio, ams tardar el da 22 de mayo del ejercicio inmediatoposterior.

  • Beneficios

    Reduccin de plazos para concluir las auditoras.

    Papeles de trabajo semi-automatizados.

    Rubros especficos al revisar la contabilidad electrnica almomento de ejercer las facultades de comprobacin.

    Automatizacin de validacin de saldo a favor confiables,disminuyendo la carga de trabajo manual y el plazo para laresolucin de trmites.

    Contabilidad Electrnica

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    Para recibir asesora o asistencia Telefnica: 01 800 INFOSAT (018004636728) opcin 3.2, Nacional, y 18774488728 desde

    Estados Unidos y Canad.

    Asistencia por Internet (Mi Portal o Portal Pblico) Se cuenta con una seccin de preguntas frecuentes. Orientacin va Chat.

    Micro sitio:http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/contabilidad_electronica.aspx

    El contribuyente puede acudir a cualquiera de los Mdulos del SAT en todo el pas. Se cuenta con un sistema de citas que ayuda a disminuir los tiempos de espera de los

    contribuyentes.

    Portal de internet

    Redes Sociales

    Atencin Telefnica

    Atencin en Mdulos

    Canales de Asistencia

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