2009 Programa A003 - Acciones de Vigil an CIA en El Territorio Nacional

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 Funciones de Gobierno 1 II.7.1.3.2. Secretarí a de la Defensa Nacional Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional" Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 09-0-07100-02-0307 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera para verificar que las erogaciones del programa se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables.  Alcance Universo Selecciona do: 6,233,451.6 miles de pesos Muestra Auditada: 3,480,651.3 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 55.8 % Se revisaron 3,480,651.3 miles de pesos que representaron el 55.8% del presupuesto ejercido en el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional", por 6,233,451.6 miles de pesos, y que correspondieron a las partidas 3304 "Otr as Asesorías para la Operación de Programas", por 4,482.8 miles de pesos; 3404 "Seguros de Bienes Patrimoniales", por 286,121.0 miles de pesos; 5301 "Vehículos y Equipo Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y Fluviales para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Nacional", por 1,558,625.7 miles de pesos, y 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos", por 1,631,421.8 miles de pesos. Adicionalmente, se revisó la alineación del Plan Nacional de Desarrollo con el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2007-2012, con los objetivos estratégicos de la Secretaría de la Defensa Nacional y con el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional"; y se evaluó el diseño de la planeación estratégica del programa presupuestario, la elaboración de la Matriz de Indicadores de Resultados y el cumplimiento de metas.  Antecedentes La situación geográfica de México lo liga con el principal consumidor de drogas en el mundo y con los países productores de Sudamérica, lo que hace que México se vea involucrado en el fenómeno del narcotráfico, como región de tránsito de droga proveniente de Centro y Sudamérica, generando una serie de responsabilidades y presiones para el gobierno, que requieren especial atención como parte de las acciones para garantizar la seguridad interior

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Funciones de Gobierno

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II.7.1.3.2. Secretaría de la Defensa Nacional

Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional"

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 09-0-07100-02-0307

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidosen la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeaciónespecífica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la FiscalizaciónSuperior de la Cuenta Pública 2009, considerando la importancia, pertinencia y factibilidadde su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera para verificar que las erogaciones del programa se ejercierony registraron conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativasaplicables.

 Alcance

Universo Seleccionado: 6,233,451.6 miles de pesosMuestra Auditada: 3,480,651.3 miles de pesosRepresentatividad de la Muestra: 55.8 %

Se revisaron 3,480,651.3 miles de pesos que representaron el 55.8% del presupuestoejercido en el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional", por6,233,451.6 miles de pesos, y que correspondieron a las partidas 3304 "Otras Asesorías para

la Operación de Programas", por 4,482.8 miles de pesos; 3404 "Seguros de BienesPatrimoniales", por 286,121.0 miles de pesos; 5301 "Vehículos y Equipo Terrestres, Aéreos,Marítimos, Lacustres y Fluviales para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública yNacional", por 1,558,625.7 miles de pesos, y 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos",por 1,631,421.8 miles de pesos.

Adicionalmente, se revisó la alineación del Plan Nacional de Desarrollo con el ProgramaSectorial de Defensa Nacional 2007-2012, con los objetivos estratégicos de la Secretaría dela Defensa Nacional y con el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el TerritorioNacional"; y se evaluó el diseño de la planeación estratégica del programa presupuestario,la elaboración de la Matriz de Indicadores de Resultados y el cumplimiento de metas.

 Antecedentes

La situación geográfica de México lo liga con el principal consumidor de drogas en el mundoy con los países productores de Sudamérica, lo que hace que México se vea involucrado enel fenómeno del narcotráfico, como región de tránsito de droga proveniente de Centro ySudamérica, generando una serie de responsabilidades y presiones para el gobierno, querequieren especial atención como parte de las acciones para garantizar la seguridad interior

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de la Nación. Lo anterior, aunado a la producción nacional ilícita de enervantes, motiva queel combate a este problema deba desarrollarse de manera permanente e integral en todo elterritorio nacional, abarcando en la actualidad las franjas fronterizas, costas e interior delpaís.

En respuesta a este problema, el Presidente de la República ordenó la intervención delEjército y Fuerza Aérea Mexicanos en el combate frontal contra el narcotráfico y ladelincuencia organizada, y en cumplimiento al mandato presidencial y en alineamiento conlos componentes de la Estrategia Integral de Combate al Narcotráfico del Estado Mexicano,la SEDENA realiza actividades de vigilancia del espacio aéreo nacional encaminadas a ladefensa nacional y contra el narcotráfico dentro del Programa A003 "Acciones de Vigilanciaen el Territorio Nacional".

El EMDN cuenta con la Sección Séptima "Operaciones contra el Narcotráfico" (S-7), endonde opera el Centro de Mando y Control del Sistema Integral de Vigilancia Aérea (SIVA), elcual es el área que se encarga de la vigilancia, control y seguridad del espacio aéreo; y laCFAM realiza y coordina las actividades relacionadas con la misión, visión, objetivos,

propósito, fin, estrategias, líneas de acción y metas establecidas en el Programa A003"Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional".

De las estrategias mencionadas se derivaron 17 líneas de acción, que a su vez generaronindicadores con sus respectivas metas.

Resultados

1. Las atribuciones y las funciones del EMDN, la CFAM y la DGA están definidas en elManual de Organización General de la SEDENA, publicado en el Diario Oficial de laFederación el 27 de marzo de 2009, así como en su Reglamento Interior, el cual fuepublicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 2009.

En el Manual de Organización y Funcionamiento de la DGA autorizado por el Secretariode la Defensa Nacional el 27 de julio de 2005, vigente en el ejercicio de 2009, secontempla que la Sección de Control de Presupuesto de Adquisiciones es la encargada,entre otras actividades, de recibir la facturación y realizar el pago de los bienes yservicios adquiridos por la SEDENA, de acuerdo con los términos pactados en losinstrumentos contractuales. Sin embargo, está adscrita a la Subdirección deAdquisiciones de la DGA, la cual es la responsable de realizar los procedimientos decontratación de las adquisiciones de bienes y servicios, por lo que esa subdireccióntiene dos funciones (adquirir y pagar) que deberían realizarse en dos áreas distintas,por lo que no se cuenta con una debida segregación de funciones y responsabilidades.

Al respecto, con motivo de la reunión de presentación de los resultados preliminares dela auditoría, los funcionarios de la SEDENA manifestaron que se realizarán los trámitesnecesarios para cambiar la denominación de la Sección de Control de Presupuesto deAdquisiciones por la de Sección de Control de Presupuesto y Cuentas por Pagar, y

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reubicarla dentro de la estructura orgánica, a fin de que dependa directamente delTitular de la DGA.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-001

2. Los manuales de organización específicos de la CFAM y del Centro de Mando y Control

del Sistema Integral de Vigilancia Aérea (SIVA) del EMDN, emitidos el 25 de octubre y21 de noviembre de 2006, respectivamente, cuentan con la estructura orgánica y lasfunciones de las áreas que la integran; no obstante, el primero no está actualizado, yaque aún contempla la denominación de Cuartel General de la Fuerza Aérea, y lasatribuciones contempladas en el manual no se establecen de acuerdo con elReglamento Interior de la SEDENA, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22de julio de 2009.

Al respecto, con motivo de la reunión de presentación de los resultados preliminares dela auditoría, la SEDENA proporcionó evidencia de que el Manual de OrganizaciónEspecífico de la CFAM ya se corrigió de acuerdo con lo mencionado en el resultado;

sólo quedó pendiente la autorización del titular de la SEDENA.

Por otro lado, los manuales de procedimientos del SIVA y del Centro de OperacionesAéreas de la Sección Tercera del Estado Mayor de la Comandancia de la Fuerza Aérea,no contienen los formatos que se utilizan en la práctica ni sus instructivos, noestablecen claramente las políticas y lineamientos específicos de cada actividad, así como la descripción de las distintas actividades de que se compone cada uno de losprocedimientos que los integran en forma lógica, cronológica, secuencial yconcatenada, y no señalan qué, quién, cómo, cuándo y para qué han de realizarseéstas; asimismo, no contemplan un diagrama de flujo donde se detallen las actividadespor realizar ni el producto o documento generado en cada área, y no están aprobadospor el titular de la entidad fiscalizada.

Sobre el particular, con motivo de la reunión de presentación de los resultadospreliminares de la auditoría, la SEDENA proporcionó evidencia de que los manuales dereferencia se modificaron y se incluyeron los diagramas de flujo, formatos einstructivos; sin embargo, no contemplan los demás aspectos mencionados en elpárrafo anterior, y además, continúan sin estar aprobados por el titular de la SEDENA.

El manual de procedimientos con asignación de responsabilidades para la contrataciónde seguros sobre bienes patrimoniales y de personas fue aprobado por la DGA el 20 deenero de 2008 y estuvo vigente en 2009. Sin embargo, el Manual de Administración deRiesgos y Procedimiento en materia de Seguros, el cual contiene los relativos a los

siniestros y al trámite de altas y bajas de aeronaves, no está autorizado por el titular dela dependencia. Además, el de los siniestros no específica las diferentes etapas desde laocurrencia hasta la firma del finiquito de la indemnización de los siniestros, y nocontiene el programa de visitas de campo, el programa de reportes, el programa deprevención y seguridad integral, así como el programa de capacitación al personalresponsable.

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Al respecto, la entidad fiscalizada, con motivo de la reunión de presentación de losresultados preliminares, remitió el documento denominado "ProcedimientoSistemático de Operar en casos de siniestros de aeronaves incluidas en la pólizainstitucional de seguros de la Secretaría de la Defensa Nacional" y señaló queconstituye un manual detallado que define las actividades de cada uno de losparticipantes en la gestión de siniestros; sin embargo, de su revisión se desprende queno contempla los aspectos señalados anteriormente.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-00209-0-07100-02-0307-01-003

3. Las normas, políticas y lineamientos de la CFAM no están actualizados y no incluyen losprocedimientos para la incorporación del personal en la operación del programa; laelaboración de los informes de actividades y los reportes de entera satisfacción porparte del área requirente; la periodicidad con que deberán presentarse los avances olos resultados de las actividades o servicios que se realizan, así como el control de lasoperaciones exclusivas del programa; el control presupuestal aplicado a los conceptosde las operaciones; los sistemas específicos de control interno para monitorear elprograma, y el procedimiento para la administración de riesgos.

Al respecto, con motivo de la reunión de presentación de los resultados preliminares dela auditoría, el Jefe de la Sección Quinta del Estado Mayor de la Fuerza Aérea señaló, ennota informativa del 12 de noviembre de 2010, que se integrará un comité con el fin deelaborar y estructurar el procedimiento para la planeación de las normas, políticas ylineamientos de la CFAM.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-004

4. El presupuesto original autorizado en el Programa Presupuestario A003 "Acciones deVigilancia en el Territorio Nacional" ascendió a un monto de 3,748,490.3 miles de

pesos, el cual se modificó con ampliaciones internas y externas por 6,075,997.8 milesde pesos y reducciones internas y externas por 3,591,036.5 miles de pesos, lo que diocomo resultado un presupuesto modificado de 6,233,451.6 miles de pesos, los cualesse reportaron como ejercidos en su totalidad, por lo que no hubo reintegros porpresupuesto no ejercido en el programa.

Al respecto, el presupuesto modificado por 6,233,451.6 miles de pesos se sustentó,registró y autorizó en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP) del Sistemapara el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) de la SHCP, una vezque se cumplieron todos los requisitos establecidos.

Asimismo, se comprobó que las cifras del presupuesto original, modificado y ejercidoen el Programa Presupuestario A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional",reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2009, coincidieron con lasregistradas por la DGA en el Estado del Ejercicio del Presupuesto al 31 de diciembre de2009.

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5. El Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios, vigente en el ejercicio de 2009, se aprobó en la segundasesión ordinaria celebrada en marzo de 2007. Asimismo, el Programa Anual deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios (PAAAS) de la SEDENA, correspondiente alejercicio de 2009, se aprobó por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios en sus sesiones ordinarias décima primera y tercera del 29 de noviembre de2007 y se remitió a la Secretaría de Economía el 28 de marzo de 2009, dentro del plazopermitido.

Por otro lado, se revisaron los procedimientos de adjudicación directa núms. FAM-009/I/2009 y SAEYS-154/I/2009, así como la invitación a cuando menos tres personasnúm. SAEYS-111/I/2009, que dieron origen a la formalización de los contratos núms.FAM 602/I/2009, SAEYS-380/I/P/2009 y SAEYS-328/I/P/2009 que se celebraron conEurocopter, S.A.S., Compañía Aseguradora Grupo Nacional Provincial, S.A.B., y GlobalAssurance Brokers, Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V., respectivamente. Comoresultado de la revisión se determinó lo siguiente:

El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no dictaminó sobre laprocedencia de las adjudicaciones directas núms. FAM-009/I/2009 y SAEYS-154/I/2009,que se realizaron por excepción a la licitación pública, ya que, de acuerdo con elartículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,que estuvo vigente en el momento del inicio de las operaciones de referencia, no serequería por sustentarse en las fracciones I y IV del artículo 41 de dicho ordenamiento.

La justificación de las razones para el ejercicio de la opción y la acreditación de loscriterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez se hizo constar enescritos firmados por los titulares de las áreas requirentes de los bienes. Asimismo, secomprobó que los escritos de las áreas usuarias para acreditar los supuestos deexcepción cumplieron con los requisitos mínimos que establece la normativa.

La invitación a cuando menos tres personas núm. SAEYS-111/I/2009 se sustentó en losartículos 41, fracciones IV y X, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Serviciosdel Sector Público, y 13, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública Gubernamental, en virtud de que la información relativa al procedimiento seconsideró como reservada.

Como resultado del análisis de las adjudicaciones directas referenciadas y de lainvitación a cuando menos tres personas, se constató que, en términos generales, serealizaron de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios delSector Público. En los casos procedentes, las cotizaciones que contienen las bases se

formularon conforme los requisitos solicitados en la normativa y se contó con losdocumentos en los que consta la elaboración de las bases y la celebración de lasactividades correspondientes a la junta de aclaración de bases, a la presentación yapertura de proposiciones técnicas y económicas, el dictamen técnico del área usuaria,a la evaluación de las propuestas y al fallo, las que se realizaron en tiempo y forma, conlas excepciones que se precisan más adelante.

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Asimismo, se constató que en el caso del contrato núm. FAM 602/I/2009 se exigió alproveedor adjudicado el certificado de garantía de calidad de los bienes adquiridos,conforme a las especificaciones técnicas del fabricante. Además, se comprobó que seismeses después de que el proveedor notificó el detalle de cómo se realizaría elprograma de adiestramiento para los pilotos aviadores y el personal técnico de laFuerza Aérea Mexicana (17 de agosto de 2009), la Subdirección de Adquisicionesinformó al proveedor que se aceptaba su propuesta mediante el oficio núm. 1100 del18 de febrero de 2010, lo que cumplió con la cláusula décima séptima del contratonúm. FAM602/I/2009.

En relación con la presentación en tiempo y forma del documento expedido por elServicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el cumplimiento de las obligacionesfiscales de los proveedores y prestadores de servicios, requisito para participar en losprocedimientos de adjudicación, se precisó que en el caso del contrato núm. FAM602/I/2009 el proveedor que resultó ganador es extranjero, por lo que no le esaplicable dicho requisito. En cuanto a los contratos núms. SAEYS-328/I/P/2009 y SAEYS-380/I/P/2009, los prestadores del servicio entregaron evidencia de los acuses de

respuesta del SAT con números de folio AV200919364340 y AV200916997477 del 26 demayo y 11 de agosto de 2009, respectivamente, donde se informó que dichosproveedores se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales.

Por otro lado, los servidores públicos de la entidad fiscalizada facultados firmaron lostres contratos revisados que se elaboraron considerando los requisitos y el plazoestablecido en la normativa, con excepción del contrato núm. SAEYS-328/I/P/2009 quese precisa más adelante. Además, las condiciones establecidas en cada uno de loscontratos son congruentes con las señaladas en las bases y en las ofertas de losproveedores o prestadores de servicios.

Asimismo, se comprobó que la Compañía Aseguradora Grupo Nacional Provincial,S.A.B., adjudicada con el contrato núm. SAEYS-380/I/P/2009, expidió la póliza de seguropor aviación y riesgos aliados de las aeronaves de cargo, en depositaria y comisionadas,así como la cobertura global de responsabilidad civil para aeronaves grandes y lacobertura de muerte e incapacidad. Además, se constató que la póliza contiene todoslos requisitos que exige la Ley sobre el Contrato de Seguro.

El proveedor adjudicado con el contrato núm. F.A.M. 602/I/2009 presentó, en tiempo yforma, la garantía de cumplimiento respectiva, la cual cumplió con todos los requisitosde la normativa. Asimismo, el contrato estableció el pago de un anticipo del 50.0%, elcual se garantizó al 100.0% con fianza a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE).Cabe señalar que, en los términos de la Ley General de Instituciones y Sociedades

Mutualistas de Seguros, esas instituciones se encuentran impedidas para garantizar elcumplimiento de las obligaciones que contraigan con motivo de los contratos quecelebren con los usuarios de los servicios de aseguramiento que prestan, por lo que noes necesario exigir a dichas instituciones que otorguen la garantía de cumplimiento decontrato.

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Por otro lado, se comprobó que la contratación del asesor externo que participó en laelaboración del Programa Integral de Aseguramiento de bienes correspondiente alejercicio de 2009 se realizó mediante el contrato plurianual núm. SAEYS-328/I/P/2009con vigencia del 1 de junio de 2009 al 31 de mayo de 2010. La empresa GlobalAssurance Brokers, Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V., contó con la autorizacióny el registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para ejercer como agente deseguros, según consta en el oficio núm. 06- 367-II-1.2/10754 del 14 de septiembre de2007.

Asimismo, el asesor externo de seguros presentó la póliza que cubre sus errores uomisiones, la cual se haría válida en caso de demostrar alguna responsabilidad directadel asesor externo de seguros.

6. La Subdirección de Adquisiciones (área responsable de las contrataciones) no remitió ala Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, a más tardar el últimodía hábil de marzo y julio, los informes relativos a los contratos núms. F.A.M.602/I/2009 y SAEYS-328/I/P/2009, que debieron acompañarse con la copia del escrito

en donde se acreditaron los criterios de excepción a la licitación pública y del dictamendonde se hizo constar el análisis de las propuestas y las razones para la adjudicación decada contrato.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-005

7. Se constató que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no aprobó elPrograma Integral de Aseguramiento de Bienes correspondiente al ejercicio 2009, loque impidió comprobar que la contratación del asesor externo se realizó, cuandomenos, con 20 días naturales de anticipación a la aprobación del programamencionado. Además, el documento no contiene la determinación de las coberturasadecuadas, mediante una comparación de condiciones de aseguramiento y costo en el

mercado, así como de los riesgos involucrados; tampoco contiene la identificación ydescripción de los riesgos no cubiertos, así como de las medidas de seguridad exigidas.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-006

8. Los servicios contratados por la SEDENA en el ejercicio de 2009 para el aseguramientode su parque aéreo se consideraron en el Programa Integral de Aseguramiento deBienes, elaborado por el asesor externo. Sin embargo, dichos servicios no fueronincluidos en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de laSEDENA, correspondiente al ejercicio de 2009.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-007

9. En el ejercicio 2009 no se realizó ningún recuento físico de su parque aéreo ni seconcilió el saldo de la cuenta contable 12202 "Vehículos Terrestres, Marítimos yAéreos" con el inventario general valorado. Asimismo, no se cuenta con un auxiliar dela cuenta contable mencionada, que muestre los avances presupuestarios y financieros,con objeto de facilitar el control y la evaluación del ejercicio del gasto, por lo que no setiene conocimiento de los distintos movimientos y saldos, lo que dificulta su control yfiscalización.

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Sobre el particular con motivo de la reunión de presentación de los resultados finales yobservaciones preliminares (confronta), la SEDENA proporcionó la nota informativa del9 de diciembre de 2010, en donde el Jefe de la Sección de Control de Inventarios señalóque esa secretaría implementará el proyecto denominado "Servicio Integral para laModernización de Procesos para la Administración del Activo Fijo de la Secretaría de laDefensa Nacional", el cual tiene el propósito de crear las condiciones técnicas quepermitan cumplir con todos los requerimientos establecidos en la Ley General deContabilidad Gubernamental.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-008

10. De acuerdo con la información proporcionada por la Sección de Control de Inventariosde la DGA, durante el periodo de enero a diciembre de 2009 ocurrieron 16 siniestros deaeronaves, de los cuales siete casos se consideraron pérdidas totales y los restantesnueve casos correspondieron a daños parciales. Al respecto, se comprobó que los 16siniestros fueron reportados a la DGA por la Sección A-4 del Estado Mayor de la FuerzaAérea Mexicana, la cual integró los expedientes correspondientes y con su revisión sedeterminó lo siguiente:

No fue posible identificar que la DGA informó por escrito a la aseguradora de los 16siniestros ocurridos dentro de las 48 horas después de sucedido el siniestro, ya que, enalgunos casos, se encontró que cuando la DGA avisó al ajustador del siniestro, tambiénle marcó copia a la aseguradora, sin que se haya encontrado evidencia del acuse derecibo.

Es importante señalar que no obstante que la DGA no comunicó por escrito a laaseguradora los siniestros, no se ocasionaron daños o perjuicios al Estado en suHacienda Pública Federal, ya que esa dirección general comunicó al ajustador dentro deun periodo que permitió que la indemnización no fuera afectada en función de lo que

pudo haber sido recuperable.

Por otro lado, en el apartado "Interés Moratorio" de las pólizas de seguro núms.57626939 y 69701951 se estableció lo siguiente: "En caso que la compañía, no obstantede haber recibido todos los documentos e información que le permitan conocer elfundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con laobligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del artículo 71 dela Ley sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagaral asegurado, beneficiario o tercero dañado un interés moratorio, calculado conforme alo dispuesto en el artículo 135 Bis de la Ley General de Instituciones y SociedadesMutualistas de Seguros, durante el lapso de mora. Dicho interés moratorio secomputará a partir del día siguientes a aquel en que venza el plazo de 30 días señaladoen la Ley sobre el Contrato de Seguro".

Al respecto, se comprobó que en los siete casos, considerados pérdidas totales, laSEDENA no aplicó intereses moratorios por 59.5 miles de dólares, equivalentes a 734.2miles de pesos al tipo de cambio de 12.3387 pesos por dólar del 1 de noviembre de2010; los desfases del pago de las indemnizaciones oscilan entre 13 y 159 días despuésde los 30 días permitidos. Cabe señalar que en el contrato núm. SAEYS-380/I/2009 y en

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Funciones de Gobierno

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las pólizas no se estableció el plazo máximo que debe transcurrir entre la ocurrencia delsiniestro y la presentación de la documentación final ante la aseguradora para reclamarla indemnización respectiva.

Cabe señalar que con el oficio núm. SC-GA-21573 del 16 de diciembre de 2010 laSEDENA solicitó a esta entidad de fiscalización un plazo mayor para atender estaobservación, con el objeto de concluir las conciliaciones correspondientes con lacompañía aseguradora y, en su caso, realizar las gestiones para recuperar los importesespecificados en la observación.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-00909-0-07100-02-0307-03-001

11. Respecto de las siete aeronaves que sufrieron siniestros totales en el ejercicio 2009señaladas en el resultado núm. 10 de este informe, y que se encontraban incluidas enlas pólizas núms. 57626939 (periodo 2008-2009) y 69701951 (periodo 2009-2010), seconstató que en junio de 2009, febrero, abril, mayo y julio de 2010 se registró su bajadel Inventario General Valorado de la SEDENA, por lo que, con motivo de esas bajas, lacompañía aseguradora pagó la correspondiente indemnización por un importe de116,825.6 miles de pesos. Sin embargo, la SEDENA omitió el registro de la baja de lasaeronaves en su contabilidad.

Asimismo, de las siete aeronaves referidas, la SEDENA reintegró a la TESOFE el importede la indemnización entre tres y nueve días después de que venció el plazo permitidoen la normativa. Cabe señalar que en un caso no se proporcionó evidencia documentalpara determinar si el reintegro se realizó de acuerdo con el plazo permitido.

Respecto de la baja de otras seis aeronaves, que se excluyeron de la póliza núm.69701951 (periodo 2009-2010), en virtud de que ya no realizarían operaciones aéreas

por encontrarse fuera de servicio y no ser redituable su recuperación, se comprobó queal 29 de octubre de 2010 aún no se habían dado de baja del Inventario GeneralValorado de la SEDENA y no se incluyeron en el Programa Anual de Disposición Final deBienes. Asimismo, en el caso de cuatro aeronaves no se cuenta con el dictamen de noutilidad y propuesta de disposición de bienes y con el "Aviso de Cambio deCaracterísticas", ya que dichas aeronaves se destinaron como piezas de ornato.

Por otro lado, con el mensaje C.E.I. núm. F.A.M. 2-21594 del 20 de marzo de 2010 seautorizó suspender los trámites de baja de la aeronave con matrícula núm. 1805, yaque todavía es operativa; no obstante, la compañía aseguradora emitió el endoso de lapóliza núm. 69701951 para que a partir del 16 de noviembre de 2009 la aeronave seexcluyera de la póliza mencionada. Por lo anterior, se concluye que aun cuando la

aeronave se encuentra operando, no está asegurada.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-01009-9-07100-02-0307-08-001

12. En relación con la póliza de seguro núm. 57626939 contratada con la compañíaaseguradora Grupo Nacional Provincial, S.A.B., por el periodo del 25 de agosto de 2008

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al 25 de agosto de 2009, se constató que la DGA informó, en 379 ocasiones, de lasituación de inactividad de 131 aeronaves a la compañía Alternativas en Riesgos,Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V., la cual fungió en ese periodo como asesorexterno de seguros, con objeto de que se gestionara ante la compañía aseguradora elajuste de las primas correspondientes por las estadías en tierra.

Sin embargo, al 29 de octubre de 2010 la Compañía Aseguradora Grupo NacionalProvincial, S.A.B., no había realizado el reintegro por concepto de la devolución deprimas por estadías en tierra de aeronaves de la SEDENA, correspondientes al periododel 25 de agosto de 2008 al 25 de agosto de 2009, en virtud de que a esa fecha no sehabían concluido las conciliaciones correspondientes.

Cabe señalar que todas las acciones que se deriven de esta póliza de segurosprescribirán en dos años, contados en los términos de los artículos 81, 82 y 84 de la Leysobre el Contrato de Seguro.

Al respecto, con motivo de la reunión de presentación de los resultados preliminares, la

SEDENA proporcionó copia del oficio núm. AES-SD-043 del 5 de octubre de 2010, con elcual su actual asesor externo (SEGUDIRECTO, Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. deC.V.) solicitó a la compañía aseguradora que se realizara a la brevedad el pago de 931.9miles de dólares (equivalentes a 11,609.3 miles de pesos a un tipo de cambio de12.4577 pesos por dólar del 23 de noviembre de 2010) por concepto de devolución deprimas por estadías en los ejercicios 2008 y 2009, importe determinado e informadopor dicha compañía con el oficio sin número del 1 de octubre de 2010. No obstante, al25 de noviembre de 2010 no se habían enterado a la TESOFE la cantidad mencionada.

Cabe mencionar que con el oficio núm. SC-GA-21573 del 16 de diciembre de 2010 laSEDENA solicitó a la entidad de fiscalización un plazo mayor para atender estaobservación, con el objeto de realizar las gestiones para recuperar los importes

especificados en la observación.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-03-002

13. En el ejercicio 2009 se dieron de baja diversas aeronaves por encontrarse fuera deservicio y no ser redituable su recuperación. Al respecto, mediante el oficio núm. 11081del 26 de noviembre de 2009, la SEDENA solicitó al asesor externo de seguros gestionarante la aseguradora Grupo Nacional Provincial S. A. B., la exclusión de la póliza núm.6970195 (periodo 2009-2010) de seis aeronaves. En atención a lo anterior, la compañíaaseguradora emitió el endoso correspondiente para que a partir del 16 de noviembrede 2009 se dieran de baja las aeronaves mencionadas. Sin embargo, no se han

gestionado los trámites ante la aseguradora para la devolución de la prima (calculada aprorrata) por la baja de las aeronaves.

Por otro lado, se constató que cinco helicópteros quedaron inactivos en el periodo del23 de marzo de 2009 al 3 de febrero de 2010 para someterlos a una reparación mayor.Sin embargo, la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana no comunicó a la DGA sobrela inactividad de dichas aeronaves (esta omisión fue comprobada mediante la nota

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informativa del 11 de octubre de 2010 del Jefe de la Sección de Control de Inventariosde la DGA), lo que ocasionó que al 29 de octubre de 2010 no se hubiera tramitado antela aseguradora la devolución del ajuste en las primas correspondientes.

Por último, al 29 de octubre de 2010 la SEDENA no había recibido de la aseguradora elpago por concepto de la comisión por beneficios de utilidades de 15.0% del beneficioneto obtenido respecto del periodo del seguro, el cual debió realizarse después de laexpiración de la póliza núm. 57626939 (periodo 2008-2009) y del ajuste final de todaslas primas y del pago de todos los reclamos de pérdida o daño físico de las aeronavesaseguradas.

Sobre el particular, con motivo de la reunión de presentación de los resultadospreliminares de la auditoría, se proporcionó el oficio núm. AES-SD-058 del 5 denoviembre 2010, con el cual el actual asesor externo presentó la solicitud de reembolsode la comisión por beneficios de utilidades de 15.0% del beneficio neto obtenido conrespecto al periodo del seguro, por un importe de 1,445.9 miles de dólares,equivalentes a 18,012.6 miles de pesos a un tipo de cambio de 12.4577 pesos por dólar,

del 23 de noviembre de 2010. Sin embargo, al 25 de noviembre de 2010 la compañíaaseguradora no había pagado dicho importe.

Cabe señalar que en los casos en que no se ha realizado la devolución del ajuste de lasprimas correspondiente por la baja de seis aeronaves y por la reparación mayor decinco, así como el ajuste final de todas las primas y el pago de todos los reclamos depérdida o daño físico de las aeronaves aseguradas, no es posible cuantificar el montode esos recursos, debido a que el cálculo del pago respectivo está sujeto a lasconciliaciones que realice la compañía aseguradora con la SEDENA, junto con el asesorexterno de seguros. Al respecto, con el oficio núm. SC-GA-21573 del 16 de diciembre de2010 la SEDENA solicitó la entidad de fiscalización un plazo mayor para atender estaobservación, con el objeto de concluir las conciliaciones correspondientes con lacompañía aseguradora y, en su caso, realizar las gestiones para recuperar los importesespecificados en la observación.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-01109-0-07100-02-0307-03-00309-9-07100-02-0307-08-002

14. En relación con la adjudicación directa núm. FAM-009/I/2009 que originó laformalización del contrato núm. FAM 602/I/2009 celebrado con Eurocopter, S.A.S., seobservó que en la convocatoria y en las bases de la adjudicación directa, se estableció,entre otras condiciones, que la pena convencional sería el equivalente al 10.0% delmonto de los bienes no entregados, al siguiente día natural de que se consuma eltiempo límite de entrega, de acuerdo con lo establecido en sus Políticas, Bases yLineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios relacionadoscon Bienes Muebles. No obstante, en la junta de aclaraciones celebrada el 19 de enerode 2009 se modificaron dichas condiciones para quedar como sigue: pena convencionalpor el equivalente al 0.5% por cada dos días hábiles de demora, hasta llegar a un límitedel 10.0% del monto total de los bienes no entregados.

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Cabe señalar que aun cuando cualquier modificación derivada del resultado de la juntade aclaraciones sería considerada como parte integrante de la propia convocatoria,según lo señalado en el artículo 33, párrafo tercero, de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público, era necesario que en el acta de la juntade aclaraciones se precisara con claridad los cuestionamientos formulados por elproveedor y las respuestas de la convocante, lo que no se dio, ya que en el acta sólo seconsignaron los requerimientos del proveedor y el consentimiento de la convocante sinexplicar los motivos por los cuales se aceptaron los requerimientos del proveedor, loque restó transparencia a las modificaciones de lo pactado en la convocatoria y en lasbases.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-012

15. Se observó una diferencia cambiaria por 33,954.3 miles de pesos a favor de la SEDENAen el pago del anticipo del 50.0% que se le otorgó al proveedor Eurocopter, S.A.S., lacual no se regularizó sino hasta 15 días después del plazo permitido (siete días hábilesposteriores a la fecha en que se realizó el pago), mediante el reintegro compensadocon número de folio 5014 del 11 de mayo de 2009.

Por otro lado, mediante el oficio núm. 801.1.-145 (09) del 17 de julio de 2009, la SHCPautorizó a la SEDENA un Acuerdo de Ministración, por 874,900.0 miles pesos, paracubrir el anticipo de la compra de helicópteros con el contrato núm. FAM-009/I/2009,el servicio de mantenimiento de depósito para dos aeronaves y el Impuesto al ValorAgregado aplicado a las importaciones de la dependencia, el cual debió regularizarse amás tardar el 17 de septiembre de 2009. No obstante, no se regularizó sino hasta el 23y 28 de diciembre de 2009, mediante las CLC núms. 44333, 44359 y 44336.

Sobre el particular, con motivo de la reunión de presentación de resultados finales yobservaciones preliminares (confronta), la SEDENA proporcionó el oficio núm. 315-A-

06679 del 13 de noviembre de 2009, con el cual la SHCP autorizó una prórroga (17 dediciembre de 2009) para la regularización del acuerdo de ministración de referencia.Adicionalmente, mediante el oficio núm. 315-A-07432 del 17 de diciembre de 2009, laSHCP autorizó una ampliación para regularizar el acuerdo a más tardar el 29 de enerode 2010, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, así como en el 82 de su reglamento.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-013

16. Los pagos por 1,849,229.5 miles pesos que se realizaron con cargo en las partidas 3304"Otras Asesorías para la Operación de Programas", 3404 "Seguros de BienesPatrimoniales", y 5301 "Vehículos y Equipo Terrestres, Aéreos, Marítimos, Lacustres y

Fluviales para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Nacional", relacionadoscon los contratos núms. FAM 602/I/2009, SAEYS-380/I/P/2009 y SAEYS-328/I/P/2009,se realizaron dentro de los plazos señalados en la cláusula séptima, cuarta y quinta delos contratos mencionados, y se respaldaron en las facturas correspondientes, lascuales cumplieron, en el caso de proveedores nacionales (contratos núms. SAEYS-380/I/P/2009 y SAEYS-328/I/P/2009), con los requisitos fiscales establecidos.

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Funciones de Gobierno

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17. En la partida 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos" se reportó como ejercido unimporte de 1,631,421.8 miles de pesos, los cuales se destinaron a incrementar elpatrimonio del Fideicomiso Público de Administración y Pago de Equipo Militar(FPAPEM), que se revisaron al 100.0%, con los resultados siguientes:

El titular de la SEDENA autorizó las aportaciones realizadas al FPAPEM, mediante losoficios núms. SP/C5000/554, SP/C5000/1485, SP/C5000/1777 del 24 de abril, 30 deseptiembre y 22 de diciembre de 2009.

Se realizaron tres ampliaciones por el importe anteriormente señalado, que seformalizaron con las afectaciones presupuestarias externas núms. 2009-7-110-874,2009-7-110-1690 y 2009-7-110-1896 del 10 de junio y 29 de octubre de 2009, y 25 deenero de 2010, las cuales se registraron en el Módulo de Afectaciones Presupuestarias(MAP), del SPIPP de la SHCP, una vez que se cubrieron todos los requisitos establecidospara ello.

Las aportaciones se sustentaron en las CLC núms. 50011455, 50011743, 50011882,

50011883, 50012174, 50012667, 50013060, 50013073, 50013512, 50013513,50013514, del 1 y 21 de julio, 5 de agosto, 1 de septiembre, 1 y 30 de octubre, 3 denoviembre, y 31 de diciembre de 2009, respectivamente, a favor del Banco Nacional delEjército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.

18. Las aportaciones al FPAPEM que, en su conjunto, ascendieron a 1,631,421.8 miles depesos no se consideraron en el Anteproyecto de Presupuesto de la SEDENA de 2009,específicamente en la partida 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos". Asimismo,el calendario del presupuesto no se elaboró con base en la programación de laobligación de los pagos que se realizarían con cargo en los recursos asignados alfideicomiso.

Además, la recepción de las aportaciones al FPAPEM no se sustentó en su totalidad conlos recibos expedidos por el fiduciario que demuestran la entrega de los recursosfinancieros por parte de la SEDENA; únicamente se proporcionaron los recibos núms.DIR.JUR.FID (ADM) 1533/2009 y DIR.JUR.FID (ADM) 1563/2009 del 5 y 12 de noviembrede 2009, por 850,000.0 miles de pesos, quedó pendiente de proporcionar recibos por781,421.8 miles de pesos. Cabe señalar que se comprobó el ingreso del importe de1,631,421.8 miles de pesos a la cuenta bancaria del fideicomiso.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-014

19. En el ejercicio 2009 el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional"reportó un presupuesto ejercido de 6,233,451.6 miles de pesos, del cual el 29.4%

(1,830,000.5 miles de pesos) se erogó en el capítulo 1000 "Servicios Personales"; el7.9% en el 2000 "Materiales y Suministros" (491,389.6 miles de pesos), el 11.5% en el3000 "Servicios Generales" (719,219.4 miles de pesos), el 25.0% en el 5000 "BienesMuebles e Inmuebles" (1,561,420.3 miles de pesos) y el 26.2% en el 7000 "InversiónFinanciera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y Pensiones,Jubilaciones y Otras" (1,631,421.8 miles de pesos). Al respecto, no fue factible evaluar

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la eficiencia y economía del programa; es decir, la vinculación del gasto con los logrosdel programa, por las siguientes situaciones:

No fue posible integrar las nóminas que respaldan el gasto reportado en el Capítulo1000 "Servicios Personales" debido a que el Sistema Integral de Administración deNómina (SIAN) de la SEDENA (automatizado) no cuenta con la programación (software)necesaria para generar un reporte de nómina clasificado por programa presupuestario;además, no contiene la clave presupuestaria de la unidad responsable del gasto ni laCuenta por Liquidar Certificada (CLC), lo que implicó no generar reportes detallados depercepciones y deducciones de cada trabajador y limitó la fiscalización de los recursosde la SEDENA.

Sobre el particular, con motivo de la reunión de presentación de los resultadospreliminares, los funcionarios de la entidad fiscalizada manifestaron que se tieneconsiderado complementar la funcionalidad del sistema mediante la inclusión de laclave presupuestaria de la unidad responsable de gasto una vez que se finalice lainterconexión SIA y SIAN que permitirá la comunicación entre dichos sistemas y la

generación automática de la CLC, conforme al plan de trabajo elaborado para cumplircon la recomendación de la Auditoría Superior de la Federación generada en laauditoría núm. 236 "Egresos Presupuestales del Capítulo 1000 "Servicios Personales"que se practicó con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2008.

Asimismo, de acuerdo con la estructura programática de la SEDENA, las erogaciones delas partidas 1320 "Compensación de Servicios" y 1509 "Compensación Garantizada" delpersonal militar de las jerarquías de coronel a subteniente de las armas y servicios de laFuerza Aérea Mexicana se registran con cargo en la unidad 132 "Comandancia de laFuerza Aérea Mexicana", independientemente de que no se realicen operacionesrelacionadas con el objetivo del programa.

En cuanto al presupuesto ejercido en el capítulo 5000 "Muebles e Inmuebles" por1,561,420.3 miles de pesos, se identificó que el 99.8% (1,558,625.7 miles de pesos) seregistró con cargo en la partida 5301 "Vehículos y Equipo Terrestres, Aéreos,Marítimos, Lacustres y Fluviales" para la adquisición de seis helicópteros; sin embargo,se comprobó que la adquisición de cuatro de las seis aeronaves se contempló comouna meta en la línea de acción núm. 2.4.5 del Programa Sectorial de Defensa Nacional,la cual se refiere a la modernización de la estructura hospitalaria, aun cuando fueronpagados con el presupuesto del programa.

Los recursos ejercidos en el capítulo 7000 "Inversión Financiera, ProvisionesEconómicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y Pensiones, Jubilaciones y Otras", por

1,631,421.8 miles de pesos, se transfirieron al Fideicomiso Público de Administración yPago de Equipo Militar.

Sin embargo, según los oficios de autorización presupuestaria núms. 2009-7-110-874,2009-7-110-1690 y 2009-7-110-1896 del 10 de junio y 29 de octubre de 2009 y 25 deenero de 2010, los recursos que se destinarían, entre otras cosas, para la adquisición deseis aviones de transporte C-130 Hércules por 1,350,000.0 miles de pesos. No obstante,

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Funciones de Gobierno

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al 29 de octubre de 2010 no se habían adquirido. Por lo anterior, se concluye que los1,350,000.0 miles de pesos que fueron programados en el ejercicio 2009 en elPrograma A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional", no se erogaron paracumplir con los objetivos y metas del programa. Al respecto, los funcionarios de laentidad fiscalizada informaron que no se ha realizado la adquisición debido a que secontinúan buscando las mejores opciones de aeronaves en el mercado aeronáuticomundial y que se han realizado visitas técnicas a diversas ciudades de África y EstadosUnidos de Norte América; asimismo, manifestaron que otra de las causas que haretrasado la adquisición ha sido la dificultad para conseguir la autorización para elingreso a algunos países debido a sus políticas de relaciones exteriores.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-015

20. Se comprobó que los objetivos y estrategias del Programa Sectorial de DefensaNacional 2007-2012 (PSDN) y del Programa A003 "Acciones de Vigilancia en elTerritorio Nacional" son congruentes y están alineados con el Plan Nacional deDesarrollo 2007-2012 (PND).

Asimismo, la planeación estratégica del Programa A003 "Acciones de Vigilancia en elTerritorio Nacional" quedó evidenciada en el documento elaborado y validado por laCFAM que contiene la misión, visión, objetivos, propósito, fin, componentes,actividades, estrategias y las líneas de acción del programa. Cabe señalar que losobjetivos contenidos en el fin y el propósito del programa se encuentran alineados yson regidos por los objetivos del PND.

Por otro lado, la SEDENA elaboró la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR) queconsideró las estrategias 1.2, 2.1, 2.2, 2.4, 3.2, 3.3 y 4.1 del objetivo 1, 2, 3 y 4 delPSDN, así como 28 indicadores que originaron el mismo número de metas.

21. Los objetivos contenidos en el fin y propósito del Programa A003 "Acciones deVigilancia en el Territorio Nacional" no se elaboraron de conformidad con lascaracterísticas señaladas en el Manual de Programación y Presupuesto para el ejercicio2009 ni en la Metodología del Marco Lógico (MML) que emitió la SHCP, como semuestra en el cuadro siguiente:

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COMPARATIVO DE LA REDACCIÓN DEL FIN Y PROPÓSITODEL PROGRAMA DE ACCIONES DE VIGILANCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL

Manual de Programación yPresupuesto para el Ejercicio2009

Aspectos consideradosen la Metodología delMarco Lógico

Programa de Acciones deVigilancia en el TerritorioNacional

Elementos con los que nocumplen los objetivos (fin ypropósito) del programa

Fin del programa: Es ladescripción de cómo elprograma contribuye, en elmediano o largo plazo, a lasolución de un problema dedesarrollo o a la consecución delos objetivos estratégicos de ladependencia o entidad. Noimplica que el programa, en sí mismo, será suficiente paralograr el Fin, tampoco establecesi pueden existir otrosprogramas que tambiéncontribuyen a su logro.

Debe responder a lapregunta ¿Cuáles son losimpactos a los quecontribuye el programa?

Responde a un finsuperior del árbol deobjetivos, que provienede la identificación de unefecto superior del árbolde problemas.

Fin del Programa:Salvaguardar el espacio aéreonacional realizando todo tipode operaciones aéreasmilitares para contribuir almantenimiento de la fortalezadel estado y generar unambiente de seguridad ybienestar que permita eldesarrollo integral de nuestropaís para establecer un nivelde vida más alto para sushabitantes.

No es posible determinar siel fin del programaresponde al fin superior delárbol de objetivos, ya queno fue elaborado esteúltimo.

El Fin debe corresponder ala contribución que elprograma aporta hacia unobjetivo de nivel superior(PND y PSDN).

Propósito del programa: Es el

resultado directo a ser logradoen la población objetivo comoconsecuencia de la utilizaciónde los componentes (bienes yservicios públicos) producidos oentregados por el programa. Esla aportación específica a lasolución del problema. Cadaprograma deberá tenersolamente un propósito

Debe responder a la

pregunta ¿Quéresultados directos seobtienen de solucionar elproblema?

La identificación y análisisdel problema central sederiva de la construcciónde los árboles deproblemas y de objetivos.

El objetivo deberedactarse como si setratara de un estadoalcanzado o logrado ydebe de incluir el sujeto,

verbo y complemento.

Debe constituir lasolución de laproblemática central.

Propósito del Programa:

Contribuir al establecimientode un clima de orden y paz enla población a nivel nacionalpara favorecer el desarrollo denuestro país, mediante larealización de operacionesaéreas y el empleo de mediosde detección y control en elterritorio nacional, así como lacoordinación de acciones paraenfrentar y ejercer en todomomento, efecto disuasivocontra las amenazas aéreas,terrestres y marítimasresultantes, utilizando paraello los recursos humanos y

materiales disponibles.

No responde a la pregunta

planteada.

El problema central no seencuentra debidamenteidentificado, planteado yacotado.

No se redactócorrectamente.

No se identifica el sujeto; esdecir, la población objetivono está delimitada.

Al no identificarsedebidamente el problema

central, no se identifica queel propósito sea la solucióna este.

FUENTE: Planeación Estratégica elaborada por la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana y Manual de Programación yPresupuesto para el Ejercicio 2009.

Por otro lado, se observó que los componentes descritos en el programa no seredactaron como un producto terminado; no precisan los productos (bienes y servicios)que entrega el programa para cumplir con su propósito; no reflejan cómo, a través desu aplicación o consumo, se logra un resultado; y no se elaboró el árbol de objetivos,por lo que no se identifica que los componentes son el producto de los medios directosdel árbol. Asimismo, las actividades no indican cómo se producen los bienes y servicios;no se describen las actividades suficientes y necesarias (no más de cinco actividadespor componente) en forma cronológica, ni las principales tareas que se debieroncumplir para el logro de cada uno de los componentes y tampoco se incluyeron losprincipales insumos con los que cuenta el programa para desarrollar dichas actividades.

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Es importante mencionar que lo anterior fue ocasionado debido a que la SEDENA noutilizó la MML para desarrollar su MIR, ya que no se realizó un análisis lógico yarticulado que incluyera lo aspectos siguientes: la definición del problema, el análisis delos involucrados, el análisis del mencionado problema, la construcción del árbol deobjetivos y la selección de las alternativas. Dichos pasos o etapas de la MML debierongenerar los productos siguientes: Identificación de la población de referencia, potencialy objetivo; el planteamiento del problema principal; los principales actores y, sus rolesy posiciones (aliados, adversarios o neutros); árbol de problemas (causas y efectos);árbol de medios y fines para solucionar el problema (árbol de objetivos); y finalmentelas estrategias óptimas para el programa.

Al respecto, con motivo de la reunión de presentación de los resultados preliminares dela auditoría, el Jefe de la Sección Quinta del Estado Mayor de la Fuerza Aérea señaló, ennota informativa del 12 de noviembre de 2010, que se integrará un comité con el fin deiniciar los trabajos para la planeación de las acciones del programa y garantizar que serealicen conforme a la normativa.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-016

22. En el Programa A003 "Acciones de Vigilancia en Territorio Nacional" se establecieronsiete estrategias en materia de vigilancia, asociadas a 17 líneas de acción, de las cualesse propuso cumplir con 28 metas. Al respecto, se completó un total de 20 metas, de lascuales nueve reportan cumplimientos que oscilan entre el 101.1% hasta el 400.0%; sinembargo, se observó que no se consideraron los elementos suficientes para determinarmetas potencialmente alcanzables.

Ocho metas no se cumplieron, de las cuales dos reportan avances que oscilan entre el66.7% hasta el 97.1%; de las otras seis no se reportó ningún avance. Cabe mencionarque la entidad fiscalizada no valoró el impacto que resultó en los objetivos del

programa al no cumplir con las metas programadas.

La formulación de los indicadores no fue la idónea por las causas siguientes:

•  No reflejan un comportamiento, tendencia, estado u objetivo.

•  No miden el grado de cumplimiento de los objetivos o resultados esperados delPrograma, la cobertura de los productos y qué grupo en específico de la poblaciónobjetivo del Programa se está atendiendo en un periodo específico de tiempo.

•  No relacionan el uso de los recursos (humanos, financieros y materiales) disponiblespara la organización con respecto a los productos derivados de la acción delprograma.

•  En ningún caso se mide un atributo específico de la provisión de los productos quegenera el Programa referido a la capacidad de respuesta oportuna y directa conrespecto a las necesidades de los beneficiarios.

•  No relacionan de manera específica el costo programado con respecto al costo realen el que se incurre mediante las actividades del programa.

•  Ninguno hace referencia al cumplimiento de los plazos programados.

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Además, en ningún caso se consideró una explicación para ubicar la importancia decada indicador, así como su lugar y dimensión dentro del proceso; tampoco se señaló lafuente de información, la fórmula de cálculo, ni los elementos de interpretación.

En cuanto a las metas reportadas se observó lo siguiente:

•  En seis metas la documentación proporcionada no fue suficiente para sustentar sucumplimiento.

•  Dos metas reportadas en 2009 se cumplieron en años anteriores.

•  De cinco metas no se proporcionó la documentación que demuestre sucumplimiento.

•  En nueve casos no se puede comprobar el total de los recursos erogados en elcumplimiento de la meta.

•  Una meta se cumplió en el ejercicio fiscal 2010.

•  Dos metas no están vinculadas con el objetivo del programa.

Respecto del seguimiento del monitoreo de las acciones del programa se constató que

se elaboraron informes anuales, tales como el "Informe de Labores" y el "Informe deTrabajo", y trimestrales de avance físico financiero y programático del ejercicio delgasto; sin embargo, éstos no consideran los indicadores y metas ni los resultados de lasevaluaciones del Programa. Las actividades que se realizan en materia de evaluación ymonitoreo del programa no están sistematizadas.

Por lo tanto, los indicadores y las metas del programa no permiten realizar unavaloración objetiva del desempeño del programa en relación con su eficiencia, eficaciay efectividad en la consecución de los objetivos del programa.

Véase acción(es): 09-0-07100-02-0307-01-017

 Acciones

Recomendaciones

09-0-07100-02-0307-01-001.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional se asegure deque, en lo sucesivo, las actividades relacionadas con la contratación de adquisiciones y elpago de bienes y servicios no se concentren en la Subdirección de Adquisiciones de laDirección General de Administración y sean realizadas por las áreas que tienen lasatribuciones para llevarlas a cabo. [Resultado 1]

09-0-07100-02-0307-01-002.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control y supervisión a fin de asegurar que, a la brevedad, el Manual de

Organización y Funcionamiento de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana seaautorizado por el titular de esa secretaría. Asimismo, para que los manuales deprocedimientos de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana y del Centro de Mando ydel Control del Sistema Integral de Vigilancia Aérea del Estado Mayor de la Defensa Nacionalestablezcan claramente las políticas y lineamientos específicos de cada actividad, así comola descripción de las distintas actividades de que se compone cada uno de losprocedimientos que los integran en forma lógica, cronológica, secuencial y concatenada, y

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que señalen qué, quién, cómo, cuándo y para qué han de realizarse éstas; también, que secontemple el producto o documento generado en cada área, y que estén aprobados por eltitular de la entidad fiscalizada. [Resultado 2]

09-0-07100-02-0307-01-003.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional se asegure deque el Manual de Administración de Riesgos y Procedimiento en materia de Seguros seaautorizado por el titular de la dependencia y se incluyan en él todas las actividadesinherentes a la contratación sobre bienes patrimoniales y de personas, así como elprograma de visitas de campo, el programa de reportes, el programa de prevención yseguridad integral, y el programa de capacitación del personal responsable. Asimismo, queen el procedimiento relativo a siniestros se especifiquen las diferentes etapas desde suocurrencia hasta la firma del finiquito de la indemnización de los siniestros. [Resultado 2]

09-0-07100-02-0307-01-004.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional se asegure deque las normas, políticas y lineamientos de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana seactualicen y consideren los procedimientos para la incorporación del personal en laoperación del programa; la elaboración de los informes de actividades y los reportes de

entera satisfacción por parte del área requirente; la periodicidad con que deberánpresentarse los avances o los resultados de las actividades o servicios que se realizan, así como el control de las operaciones exclusivas del programa; el control presupuestalaplicado a los conceptos de las operaciones; los sistemas específicos de control interno paramonitorear el programa, y el procedimiento para la administración de riesgos. [Resultado 3]

09-0-07100-02-0307-01-005.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de supervisión que garanticen que, en lo sucesivo, las áreas responsables de lascontrataciones remitan a la Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, amás tardar el último día hábil de cada mes, el informe relativo a los contratos adjudicadosdirectamente, acompañado de la copia del escrito donde se acrediten los criterios deexcepción a la licitación pública y del dictamen en el que se hizo constar el análisis de laspropuestas y las razones para la adjudicación de los contratos. [Resultado 6]

09-0-07100-02-0307-01-006.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional se asegure deque el Programa Integral de Aseguramiento de Bienes que se elabore cada año contenga ladeterminación de las coberturas adecuadas, mediante una comparación de las condicionesde aseguramiento y costo en el mercado, así como de los riesgos involucrados; laidentificación y descripción de los riesgos no cubiertos, así como las medidas de seguridadexigidas. Asimismo, que, en lo sucesivo, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios lo apruebe. [Resultado 7]

09-0-07100-02-0307-01-007.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca sus

mecanismos de supervisión a fin de garantizar que, en lo sucesivo, los servicios deaseguramiento de su parque aéreo se incluyan en el Programa Anual de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios (PAAAS) de la SEDENA. [Resultado 8]

09-0-07100-02-0307-01-008.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control y supervisión que aseguren que en la contabilidad se incluyan losauxiliares de la cuenta contable 12202 "Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos" que

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muestren los avances presupuestarios y financieros de sus operaciones y faciliten laevaluación del ejercicio del gasto, y su fiscalización. Asimismo, para que cada año se realicenrecuentos físicos de las aeronaves y se concilien con el saldo de la cuenta contable 12202"Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos". También para que se inicie el proyectodenominado "Servicio Integral para la Modernización de Procesos para la Administración delActivo Fijo de la Secretaría de la Defensa Nacional", el cual tiene el propósito de crear lascondiciones técnicas que permitan cumplir con todos los requerimientos establecidos en laLey General de Contabilidad Gubernamental. [Resultado 9]

09-0-07100-02-0307-01-009.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control que aseguren que, invariablemente, la Dirección General deAdministración avise por escrito a la compañía aseguradora los siniestros de sus aeronavesque acontezcan dentro de las 48 horas después de ocurridos, para los efectos legalescorrespondientes. Asimismo, para que en la póliza de seguros que se contrate se establezcaclaramente el documento que sustente la información que permita conocer el fundamentode la reclamación de la devolución del importe por estadías en tierra de sus aeronaves, elcual será tomado en cuenta, en su caso, para el cálculo de los intereses moratorios, cuando

la aseguradora exceda del plazo establecido en la normativa para indemnizar los siniestros.[Resultado 10]

09-0-07100-02-0307-01-010.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional se asegure deque, en lo sucesivo, se registre en su contabilidad la baja de las aeronaves que por cualquiermotivo ya no se encuentren en operación, se den de baja de su Inventario General Valoradoy se incluyan en el Programa Anual de Disposición Final de Bienes. Asimismo, en todos loscasos se cuente con el dictamen de no utilidad, con el acuerdo administrativo dedesincorporación y con el aviso de cambio de características, en el caso de las aeronavesque se destinen como piezas de ornato. También, para que se realice el reintegro de lasindemnizaciones pagadas por las compañías aseguradoras dentro del plazo establecido porla normativa, y se realicen las gestiones que correspondan a fin de asegurar la aeronave conmatrícula núm. 1805. [Resultado 11]

09-0-07100-02-0307-01-011.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control y supervisión para que, en lo sucesivo, se gestione oportunamenteante la aseguradora la devolución de la prima (calculada a prorrata) por la baja de lasaeronaves. Asimismo, para que se le informe a tiempo de la totalidad de las aeronaves queestuvieron inactivas para el trámite de la devolución del ajuste en las primas de seguro.[Resultado 13]

09-0-07100-02-0307-01-012.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control y supervisión que garanticen que en las actas que se formulen con

motivo de las juntas de aclaraciones se precisen ampliamente los cuestionamientos de losinteresados y las respuestas de la convocante y, en lo sucesivo, en los contratos deadquisición de bienes y servicios no se establezcan porcentajes de penas convencionalesque no estén incluidos en la normativa interna de la dependencia. [Resultado 14]

09-0-07100-02-0307-01-013.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de supervisión, a fin de garantizar que las diferencias cambiarias que resulten

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por los tipos de cambio que se utilizan en los pagos en moneda extranjera se regularicenante la Tesorería de la Federación en los plazos establecidos. [Resultado 15]

09-0-07100-02-0307-01-014.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de supervisión, a fin de garantizar que, en lo sucesivo, las aportaciones derecursos presupuestarios que se pretendan otorgar al patrimonio del Fideicomiso Público deAdministración y Pago de Equipo Militar se consideren en el Anteproyecto de Presupuesto,específicamente en la partida 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos", y se sustentenen los recibos expedidos por el fiduciario que demuestran la entrega de los recursosfinancieros. Asimismo, para que el calendario del presupuesto se elabore con base en laprogramación de la obligación de los pagos que se realicen con cargo en los recursosasignados al fideicomiso. [Resultado 18]

09-0-07100-02-0307-01-015.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca susmecanismos de control a fin de que, en lo sucesivo, los recursos asignados a un programapresupuestario se ejerzan para cumplir con los objetivos y metas del mismo. Asimismo,modifique su estructura programática, a efecto de que el registro del presupuesto ejercido

en los programas presupuestarios refleje los gastos que realmente se realizaron a efecto deconocer la orientación del presupuesto a la obtención de resultados. [Resultado 19]

09-0-07100-02-0307-01-016.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional desarrolle laplaneación estratégica del Programa A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional"en función de la implementación de la Metodología del Marco Lógico y de lo establecido enel Manual de Programación y Presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente. [Resultado21]

09-0-07100-02-0307-01-017.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional formule losindicadores del Programa A003 Acciones de Vigilancia Aérea de manera que considerentodos los aspectos establecidos en la normativa, con la finalidad de que reflejen la

eficiencia, eficacia, economía y calidad en la operación del programa, y permitan realizaruna valoración objetiva de su desempeño. [Resultado 22]

Solicitudes de Aclaración

09-0-07100-02-0307-03-001.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional aclare yproporcione la documentación justificativa y comprobatoria de la aplicación de los interesesmoratorios por 59.5 miles de dólares, equivalentes a 734.2 miles de pesos al tipo de cambiode 12.3387 pesos por dólar del 1 de noviembre de 2010, que se generaron por los retrasosdel pago de las indemnizaciones por parte de la Compañía Asegurada Grupo NacionalProvincial, S.A.B., que oscilaron entre 13 y 159 días después de los 30 días permitidos por la

normativa. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidadfiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación delmonto observado. [Resultado 10]

09-0-07100-02-0307-03-002.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional aclare yproporcione la documentación justificativa y comprobatoria de la recuperación de lasprimas correspondientes por estadías en tierra de sus aeronaves por 931.9 miles de dólares,

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equivalentes a 11,609.3 miles de pesos a un tipo de cambio de 12.4577 pesos por dólar del23 de noviembre de 2010, por el periodo del 25 de agosto de 2008 al 25 de agosto de 2009.En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instanciacompetente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado.[Resultado 12]

09-0-07100-02-0307-03-003.- Para que la Secretaría de la Defensa Nacional aclare yproporcione la documentación justificativa y comprobatoria de la devolución de las primaspor la baja de seis aeronaves por encontrarse fuera de servicio y no ser redituable surecuperación; así como de los cinco helicópteros que quedaron inactivos en el periodo del23 de marzo de 2009 al 3 de febrero de 2010. Asimismo, del pago por concepto de lacomisión por beneficios de utilidades del 15.0% del beneficio neto obtenido respecto delperiodo del seguro por un importe 1,445.9 miles de dólares, equivalentes a 18,012.6 milesde pesos a un tipo de cambio de 12.4577 pesos por dólar, del 23 de noviembre de 2010, elcual debió realizarse después de la expiración de la póliza núm. 57626939 y del ajuste finalde todas las primas y del pago de todos los reclamos de pérdida o daño físico a lasaeronaves aseguradas. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la

entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a larecuperación del monto observado. [Resultado 13]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

09-9-07100-02-0307-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de laDefensa Nacional para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie elprocedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidorespúblicos que en su gestión no registraron en su contabilidad la baja de 13 aeronaves, de lascuales siete se reportaron como pérdida total y seis que ya no realizan operaciones aéreaspor encontrarse fuera de servicio y no ser redituable su recuperación. [Resultado 11]

09-9-07100-02-0307-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de laDefensa Nacional para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie elprocedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidorespúblicos que en su gestión no realizaron los trámites ante la aseguradora para la devoluciónde la prima (calculada a prorrata) por la baja de seis aeronaves, y no comunicaron a laDirección General de Administración de la Secretaría de la Defensa Nacional sobre lainactividad de cinco helicópteros, lo que ocasionó que no se tramitara ante la aseguradorala devolución del ajuste en las primas correspondientes. [Resultado 13]

Recuperación de Recursos

Se determinaron recuperaciones por 30,356.1 miles de pesos, que se consideran comorecuperaciones probables.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 17 observación(es) que generó(aron):17 Recomendación(es), 3 Solicitud(es) de Aclaración y 2 Promoción(es) de ResponsabilidadAdministrativa Sancionatoria.

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Dictamen: con salvedad 

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, decuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo yalcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivasque se estimaron necesarias. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar elpresente dictamen, que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto dela muestra auditada, la Secretaría de la Defensa Nacional cumplió con las disposicionesnormativas aplicables al ejercicio, registro y comprobación de las erogaciones realizadas concargo en el Programa Sectorial A003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional"; a laplaneación estratégica del programa presupuestario y la elaboración de la Matriz deIndicadores de Resultados, así como al respaldo documental de las metas reportadas endicho documento, excepto por los resultados que se precisan en el apartadocorrespondiente de este informe, los cuales se refieren principalmente a que no se cobraronlos intereses moratorios por 734.2 miles de pesos que fueron ocasionados por los retrasos

en el pago de las indemnizaciones por parte de la Compañía Asegurada Grupo NacionalProvincial, S.A.B., que oscilaron entre 13 y 159 días después de los 30 días permitidos por lanormativa; no se reintegraron a la Tesorería de la Federación 11,609.3 miles de pesos de lasprimas correspondientes por estadías en tierra de diversas aeronaves que se encontraroninactivas del 25 de agosto de 2008 al 25 de agosto de 2009; la aseguradora no reembolsó ala entidad fiscalizada la comisión por beneficios de utilidades del 15.0% del beneficio netoobtenido respecto del periodo del seguro, por un importe de 18,012.6 miles de pesos, elcual debió realizarse después de la expiración de la póliza; se dieron de baja diversasaeronaves por encontrarse fuera de servicio y no ser redituable su recuperación; sinembargo, no se tramitó ante la aseguradora la devolución de la prima (calculada a prorrata)por la baja de las aeronaves. Asimismo, cinco helicópteros quedaron inactivos del 23 demarzo de 2009 al 3 de febrero de 2010 para someterlos a una reparación mayor; noobstante, no se tramitó ante la aseguradora la devolución del ajuste en las primascorrespondientes.

Por otro lado, los objetivos contenidos en el fin y propósito del Programa A003 "Acciones deVigilancia en el Territorio Nacional" no se elaboraron de conformidad con las característicasseñaladas en el Manual de Programación y Presupuesto para el ejercicio 2009 ni en laMetodología del Marco Lógico (MML) que emitió la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico; asimismo, la SEDENA no utilizó la MML para desarrollar su Matriz de Indicadores deResultados y la formulación de los indicadores del programa no fue la idónea, ya que nopermiten realizar una valoración objetiva del desempeño del programa en relación con sueficiencia, eficacia y efectividad en la consecución de los objetivos del programa.

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 Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que las atribuciones y las funciones del EMDN, la CFAM y la DGA están

definidas en el Manual de Organización General de la SEDENA y en su ReglamentoInterior, y que ambos se publicaron en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo,confirmar que los manuales de Organización Específico y de Procedimientos del EstadoMayor de la Defensa Nacional, de la Dirección General de Administración y de laComandancia de la Fuerza Aérea Mexicana, así como el Manual de Integración yFuncionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, queestuvieron vigentes en 2009 y se encuentran autorizados, actualizados y difundidos.Además, comprobar que existe una adecuada segregación de funciones yresponsabilidades de las áreas involucradas en las operaciones auditadas.

2. Comprobar que el manual de procedimientos con asignación de responsabilidades parala contratación de seguros sobre bienes patrimoniales y de personas, así como el

Manual de Administración de Riesgos y Procedimiento en materia de Seguros, queestuvieron vigentes en 2009, se encuentran aprobados, actualizados y difundidos; yque contengan todos los requisitos exigidos por la normativa.

3. Confirmar que los movimientos presupuestarios que afectaron el programa setramitaron y autorizaron conforme a la normativa en la materia y comprobar que lascifras del presupuesto original, modificado (ampliaciones y reducciones) y ejercido,registradas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto de la entidad fiscalizada,coincidieron con las reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2009.

4. Constatar la autorización del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que estuvo vigente en 2009, y comprobarque el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, correspondienteal ejercicio de 2009, fue aprobado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios y se remitió a la Secretaría de Economía dentro del plazo permitido.

5. Verificar que las adquisiciones de bienes y servicios, seleccionadas para su revisión, yque se exceptuaron del procedimiento de licitación pública, fueron dictaminados por elComité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y que se realizaron deconformidad con la normativa.

6. Comprobar que los proveedores seleccionados presentaron en tiempo y forma eldocumento actualizado y expedido por el Servicio de Administración Tributaria, el cual

contiene la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; asimismo,verificar que la contratación del asesor externo se haya realizado a través de unalicitación pública.

7. Confirmar que los contratos seleccionados se firmaron por los servidores públicosfacultados; se formalizaron en un término no mayor de 20 días naturales a partir deque se notificó el fallo; se elaboraron de acuerdo con los requisitos autorizados y que

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Funciones de Gobierno

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son congruentes con las bases y con las ofertas de los proveedores o prestadores deservicios; asimismo, verificar el cumplimiento de sus cláusulas. Además, comprobar quelas garantías de cumplimiento de los contratos y de los anticipos otorgados seentregaron en tiempo y forma.

8. Comprobar que la contratación del asesor externo contó con la autorización y elregistro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para ejercer como agente deseguros y que antes de su contratación se realizó el análisis de la disponibilidad,capacidad y eficiencia técnica, material y humana en la administración del programa deaseguramiento integral, a efecto de determinar la conveniencia de contratar un asesorexterno en materia de seguros. Asimismo, que se presentó en tiempo y forma la pólizaque cubre errores u omisiones, la cual se haría válida en caso de demostrar algunaresponsabilidad directa del asesor externo de seguros. Asimismo, confirmar que lacompañía de seguros que se contrató en 2009 expidió la póliza de seguro por aviación yriesgos aliados de las aeronaves de cargo, en depositaria y comisionadas, así como lacobertura global de responsabilidad civil para aeronaves grandes y la cobertura demuerte e incapacidad. Además, verificar que la póliza contiene todos los requisitos que

exige la Ley sobre el Contrato de Seguro.

9. Constatar que el Programa Integral de Aseguramiento de Bienes correspondiente alejercicio 2009 se aprobó por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios yque contiene todos los requisitos establecidos en la normativa.

10. Verificar que los servicios de aseguramiento del parque vehicular de la SEDENA seconsideraron en el Programa Integral de Aseguramiento de Bienes y se incluyeron en elPrograma Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y se aprobaron por elComité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

11. Confirmar que en 2009 la SEDENA contó con el inventario general valorado de su

parque aéreo; que se realizaron recuentos físicos y conciliaciones con el saldo de lacuenta contable 12202 "Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos"; asimismo,constatar que los bienes patrimoniales adquiridos con recursos del programa y quesufrieron siniestros (pérdida total) durante 2009 se dieron de baja del Inventario y delpatrimonio de la SEDENA; además, verificar que se incluyeron en el Programa Anual deDisposición Final de Bienes, y que en todos los casos se contó con el dictamen de noutilidad y con el acuerdo administrativo de desincorporación correspondientes.

12. Verificar que se cumpla con las cláusulas y apartados establecidos en las pólizas deseguros y que las indemnizaciones por los siniestros se realizaron en tiempo y forma;asimismo, en caso de inactividad o baja de alguna aeronave, comprobar que se informó

al asesor externo de seguros y que se gestionó ante la compañía aseguradora el ajustede las primas correspondientes por las estadías en tierra o en su caso la exclusión de lapóliza.

13. Comprobar que los pagos de los bienes se realizaron conforme a las condicionesestablecidas en los contratos y que correspondieron a compromisos efectivamente

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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devengados. Asimismo, verificar que están sustentados con la documentacióncomprobatoria original del gasto, y que ésta cumplió con los requisitos fiscales.

14. Verificar que las aportaciones al Fideicomiso Público de Administración y Pago deEquipo Militar (FPAPEM) se consideraron en el Anteproyecto de Presupuesto de 2009 yen el respectivo calendario presupuestal; y que las adecuaciones presupuestarias seregistraron en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP) del Sistema para elProceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) de la SHCP, una vez que secubrieron todos los requisitos establecidos para ello. Asimismo, comprobar que elimporte de las mencionadas afectaciones presupuestarias coincide con lo reportado enlas cifras de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

15. Comprobar que las aportaciones al fideicomiso se autorizaron por el titular de laSEDENA y que se respaldaron en las Cuentas por Liquidar Certificadas, de acuerdo conla clave presupuestaria correspondiente, y en los recibos del fiduciario. Asimismo,verificar que se registraron en la partida 7801 "Aportaciones a Fideicomisos Públicos" yen la contabilidad patrimonial.

16. Comprobar que la estructura programática utilizada en el Programa A003 "Acciones deVigilancia en el Territorio Nacional" y los registros presupuestarios fueron congruentescon los objetivos y metas del mismo, y que estuvieron enfocados a generar unpresupuesto basado en resultados.

17. Confirmar que la SEDENA realizó la planeación estratégica correspondiente al ProgramaA003 "Acciones de Vigilancia en el Territorio Nacional" y que su misión, visión,objetivos, propósito, fines, actividades, estrategias y líneas de acción se encuentrenalineados con los objetivos, estrategias y líneas de acción del Programa Sectorial deDefensa Nacional 2007-2012 y del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Asimismo,verificar que la Matriz de Indicadores de Resultados se elaboró por la SEDENA con base

en la metodología del marco lógico y que cumpla con todos los requisitos establecidos.

18. Constatar que las metas propuestas en 2009 del Programa A003 "Acciones de Vigilanciaen el Territorio Nacional" se cumplieron.

 Áreas Revisadas

La Dirección General de Administración (DGA), la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana(CFAM) y el Estado Mayor de la Defensa Nacional (EMDN), áreas adscritas a la Secretaría dela Defensa Nacional (SEDENA).

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos en lasleyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: artículo 19.

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Funciones de Gobierno

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2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos 24, fracción I; 25,fracción III y IV; 46; 56, fracción IV, inciso g; 61, fracción III, inciso d; 66, fracción III; 215,fracción IV, inciso a; y 241, párrafo primero.

3. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos6, fracción I; 8, fracciones I y II; 25; 56, fracción IV, inciso g, 61, fracción III, inciso d, 66,fracción III; 78, párrafo último; 84; 215, fracción IV, inciso a; 241, párrafo primero; 258 y303.

4. Ley General de Contabilidad Gubernamental: artículos 17; 27; 28; 36; 42 y 54.

5. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: artículos 20,fracción I; 21 párrafo segundo; 33, párrafo último; y 40, párrafo último.

6. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público:artículo 13-B; 34, párrafo segundo.

7. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por elque se establecen las Normas Generales de Control Interno en el ámbito de laAdministración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 deseptiembre de 2006, y reformado el 28 de marzo de 2007 y el 12 de mayo de 2008,artículo 11; 13, primera norma, apartado "Estructura organizacional", párrafo segundo,apartado "Manuales de Organización y de Procedimientos"; y tercera norma, apartado"Segregación de funciones y responsabilidades"; norma tercera, apartados "Resguardode Bienes" y "Acceso Controlado y Restringido a los bienes y Registros".

Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales a cargo de lasdependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el DiarioOficial de la Federación del 2 de mayo de 1994, vigentes en el ejercicio de 2009,

lineamiento quinto, fracción I, incisos C y F, fracción III, incisos A, B, C, E y F.

Lineamientos relativos a la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales y sobrepersonas que realicen las dependencias y entidades de la Administración PúblicaFederal, publicados en el Diario Oficial de la Federación del 20 de octubre de 2003 yvigentes en 2009, lineamiento segundo, fracciones I y III.

Ley sobre el Contrato de Seguro, artículo 71; 81; 82; y 84.

Póliza de seguros de bienes núm. 6970195, cláusula AVN 19A "Altas y Bajas"; apartadode "Definiciones", punto "Procedimiento en Caso de Siniestro", así como apartado"Interés Moratorio".

Póliza núm. 57626939, clausulas núms. AVN 26A "Devolución de Primas porInactividad" y AVN87 "De comisión sobre utilidades al término de la vigencia"; apartadode "Definiciones", punto "Procedimiento en Caso de Siniestro", así como apartado"Interés Moratorio".

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31de agosto de 2007, artículos 130, fracción II, párrafo segundo y 135.

Normas de Información Financiera Gubernamental 017 "Bienes Muebles e Inmuebles",emitidas por la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la GestiónFinanciera en enero de 2009, numeral 62.

Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de BienesMuebles de la Administración Pública Federal, publicadas en el Diario Oficial de laFederación del 30 de diciembre de 2004, décima sexta, vigésima primera, inciso a.

Manual de Administración de Bienes Muebles de la Secretaría de la Defensa Nacionalpárrafo 23, primera sección, "Registro del Capítulo 1", apartado "Registro y Afectación".

Póliza de seguros de bienes núm. 57626939, clausulas núms. AVN 26A "Devolución dePrimas por Inactividad", AVN 19A "Altas y Bajas".

Contrato núm. SAEYS-328/I/P/2009, clausula segunda, fracciones V, IX y X.

Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios relacionados con Bienes Muebles, numerales 7.12, capítulo VII; 11.2.3, párrafoquinto.

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales del Sistema de Evaluacióndel Desempeño, publicado el 31 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación,numeral 21.

Manual de Programación y Presupuesto, emitido por la Unidad de Política y ControlPresupuestario de la SHCP en agosto 2008 para el ejercicio fiscal 2009.

Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de laAdministración Pública Federal, publicados en el DOF el 30 de marzo de 2007,lineamiento noveno, párrafo primero.

Procedimiento Sistemático de Operar en casos de siniestros de aeronaves incluidas enla póliza institucional de seguros de la Secretaría de la Defensa Nacional numeral II"Procedimientos Permanentes", apartado "Fuerza Aérea Mexicana", incisos B y C yapartado "Dirección General de Administración", incisos A y B.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones quederivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposicionessiguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafopenúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Funciones de Gobierno

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49,fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendiciónde Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la(s) entidad(es)fiscalizada(s) para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en lasreuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar oratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la AuditoríaSuperior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos dela elaboración definitiva del Informe del Resultado.