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    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES

    ESTABLECE PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS DE TRAMITACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES QUE INDICA, DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN EXENTA N° 2082, DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2005, Y MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 796 DEL 02 DE JUNIO DE 2006, AMBAS  DE ESTA SUPERINTENDENCIA.

    RESOLUCIÓN EXENTA N° 1128 /

    SANTIAGO, 11 Agos to 2.006

    VISTOS:

    Lo dispuesto en los artículos 7o, letras a), c) y e), y 14° letra c), de laLey N° 18.410, orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el artículo 83°, de la Ley N°18.768 y la Resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República,

    CONSIDERANDO:

    1o Que el Gobierno, en su agenda de modernización, contempla laimplementación del Sistema de Gobierno Electrónico, procedimiento que soporta los procesos físicos yelectrónicos del ciclo de vida de untrámite genérico, y que permitirá a los usuarios del país contar conherramientas de apoyo parala ejecución de los actos administrativos que realizan ante las instituciones delSector Público nacional.

    2o Que esta Superintendencia, a objeto de obtener un mejor aprovechamiento de los recursos que utiliza en el desarrollo de cada uno de sus procedimientos, y bajo laperspectiva del punto anterior, ha resuelto implementar y habilitar un sistema denominado E-declarador,como herramienta electrónica que permitirá a todos los agentes declarantes hacer sus trámites en línea através de su página Web.

    3o Que sin perjuicio de lo anterior y bajo la perspectiva delprocedimiento indicado, esta Superintendencia ha decidido mantener un sistema manual que permita a todoslos agentes declarantes hacer sus trámites en forma directa, de manera alternativa al sistema señalado.

    4o Que esta Superintendencia, mediante Resolución Exenta N°2.082, de fecha 15 de Diciembre de 2005, dio inicio a su agenda de modernización, la cual es necesarioactualizar constantemente.

    RESUELVO

    1o.- ESTABLÉCESE el uso de un nuevo procedimiento de tipogeneral, para la presentación de las declaraciones de cada uno de los trámites que a continuación seindican:

    a) TE1: Declaración de Instalación Eléctrica Interior: Este trámite se utiliza para declarar lossiguientes tipos de instalaciones:

    i) Instalaciones eléctricas interiores domiciliarias, comerciales e industriales

    ii) Alumbrados exteriores de terrenos privados (condominios, autopistasconcesionadas, estacionamientos, etc).

    iii) Empalmes provisorios

    iv) Instalaciones eléctricas para telecomunicaciones

    v) Letreros y paletas publicitarias

    vi) Redes de distribución privadas

    vii) Semáforos

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    vüi) AscensoresSUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD 

    Y COMBUSTIBLES

    b)

    c)

    d)

    TE2: Declaración de Puesta en Servicio de Obras de Alumbrado Público: Este trámite seutiliza para declarar los Alumbrados destinados al Uso Público instalados en avenidas, calles,

    pasajes, etc. y catalogados como bienes de uso público.TE3: Declaración de Aumento de Potencia del Empalme de Viviendas (casas odepartamentos) de hasta 25 A: Este trámite se utiliza en aquellos casos en que el aumentode demanda no implica una modificación o ampliación de la instalación eléctrica original.

    TC1: Declaración de Puesta en Servicio de Red de Distribución de Gas de Red. Estetrámite se utiliza para declarar todo conjunto de tuberías, equipos y accesorios, destinados adistribuir gas de red y que se instalen entre la fuente de abastecimiento de gas y el términode la acometida. (Art. 3o D.S. N° 67, de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento yReconstrucción).

    R e d d e D i s t r i b u c i ó n e n  M e d i a P re s i ó n

    (A) * (D) I Em patm e co le ct iv o

    (A) - (b) : A com eti da

    (B) - (C) : Matr iz in ter ior 

    (C) - ( D) : Arr anq ue de med id or 

    (D ) - (E ) : Co n ju n to me d id o r  

    (E) : In ic io Ins t a lac ión In te r i o r de Gas

    e) TC2: Declaración de Central de Gas Licuado de Petróleo {GLP) y Red de Distribución de  GLP en Media Presión: Este trámite se utiliza para declarar los siguientes tipos deinstalaciones:

    I. Todo tanque o conjunto de dos o más tanques, con sus accesorios, sistemas decontrol y protección, instalados en superficie o enterrados, de cualquier capacidad,que suministran gas licuado de petróleo, ya sea como suministro principal o derespaldo, para su consumo, entre otros, en instalaciones residenciales, comerciales oindustriales o en viviendas unifamiliares, conjuntos habitacionales, localescomerciales, edificios de oficinas, casinos, colegios o industrias.

    II. Todo conjunto de elementos, entre otros, tuberías, llaves de corte, accesorios y

    reguladores, cuando corresponda, que conduce el gas licuado de petróleo en altapresión (mayor a 600 kPa) y/o en media presión (mayor a 5 kPa y menor o igual a600 kPa), desde la salida de una central o tanque de abastecimiento hasta el o losreguladores de servicio o de segunda etapa, perteneciente a una instalación de gasde tipo residencial, comercial o industrial. (Art. 3° del D.S. N° 67, de 2004, delMinisterio de Economía, Fomento y Reconstrucción).

    I

       A  v .   L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o

       0   '   H   i  g  g   i  n  s   N  c   1   4   6   5 .

       l  o  c  a   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S   ^  m   i  a  g  o

       /   C  r  n   l  e   /   f  a  x .   (   5   6

       2   )   7   5   6

       5   1   0   5

       /  c  a   ü  c  e  n   t  e  r   6   0   0

       6   0   0   0   7   3   2

       /   W   W   W .  s  e  c .   d

    http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/

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    SUPERINTENDENCIA OE ELECTRICIDAD

    En consecuencia, en lo que respecta al trámite TC2, las situaciones quese indican en las figuras siguientes:

    Caso 1) Tanque de GLP que abastece a una instalación interior mediante red con  regulado res de 1a y 2a etapa.

    i

    Caso 2) Tanque de GLP que abastece a una instalación interior mediante red con  regulado r de etapa simple.

    Z o n a d e d e c l a ra c i ó n d e T C 2 Z o n a d e I n s t a l a c i ó n I n t e r i o r  

       A  v   L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o

       O   '   H   i  g  g  r  n  s   N   °   1   4   6   5 ,  ¡  o  c  a   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S  a  n   t   i  a  g  o

       /   C   h   i   l  e   /   t  a  x  :   (   5   6   2   j   7   5   6   5   1   0   5

          i  c  a   l   !  c  e  n   t  e  r   6   0   0   6   0   0   0   7   3   2   /  w  w  w .  s  e  c .

       d

    http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/

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    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    Caso 3) Tanqu es de GLP q ue abas tec en a una i ns talac ión in ter io r meclf«i1i¥¿EVnatriz interior.

    f) TC4 Declaración de Instalaciones de Combus tibl es Líquidos: Este trámite se utilizapara la declaración de instalaciones de combustibles líquidos nuevas o existentes, queposean una capacidad total de almacenamiento superior a 1,1 m3 (1.100 litros), y quecontengan estanques, enterrados o de superficie, de pared simple o doble, con capacidad dealmacenamiento individual menor o igual a 90 m3, destinadas a:

    i) Uso Industrial.

    ii) Uso domiciliario.iii) Abastecimiento Vehicular para Propio Consumo.

    iv) Abastecimiento Vehicular enInstalación de Expendio a Público.

    g) TC5: Declaración de Instalación de Centrales Térmicas: Este trámite se utiliza paradeclarar las calderas de uso colectivo, que funcionan con gas, cuyo destino sea suministrarcalefacción o agua caliente sanitaria.

    h)  TC6: Declaración Instalaciones Interiores de Gas: Este trámite se utiliza para declarar lassiguientes instalaciones:

    i) Instalaciones interiores de gas residenciales y comerciales, nuevas o bien en uso quehayan sufrido modificaciones.

    ii) Instalaciones interiores de gas para usos distintos a lo anterior, y que no formen partede un proceso productivo industrial.

    iii) Instalaciones Interiores de gas sometidas al proceso de conversión y que hayan sufridomodificaciones en su trazado y/o potencia instalada.

    Para estos efectos se entenderá por:

    o Conversión: Proceso realizado por la Empresa Distribuidora de Gas, mediante el cualuna instalación abastecida con un tipo de gas, es adaptada o modificada para

    abastecerla con otro tipo de gas.o Instalación de gas: Todos los instrumentos, maquinarias, equipos, redes, aparatos,

    accesorios y obras complementarias destinadas al transporte y distribución de gas,incluyendo las instalaciones interiores de gas.

    o Instalación interior de gas: Instalación de gas construida dentro de una propiedad

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    cSUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    particular y para uso exclusivo de sus ocupantes, ubicada tanto alYifS8ffl5PBí8mo alexterior de los edificios o construcciones.

    Comienza a la salida del medidor, cuando es abastecida desde una red de distribución;o a la salida del regulador de presión, cuando es abastecida mediante un equipo de GLP

    o una central de GLP sin medidores y están destinadas a conducir el gas hasta losartefactos y evacuar los gases producto de la combustión.

    Acera

    (A)

    \$viia de corte

    general

    (B) Línea ofidd / 

     / 

    Regulador de Presión

    ̂ General (Opcional)

    Nfatriz de Diár ik jri ón

    ai l ta f i a Pie n n

    Iegia± r de Serado

    ór: ........... iIs%

    -----MúT T T f ”  

    f    g

    Miitiplesde medidores

    (ferrafdcr

    * i r ~ Ì consumo

    1 2 Piso-ixtHkjte- ; / W-u— consuno

    w / o

    Zona de

    declaración TC6

    1 Piso *

    (A) - (D) : Errpatne colectivo

    (A) - (Et) : Acometida

    (B) - (C) : Matriz interior 

    (C) - (D) : Arraigues de rneddor

    (M) : Meddor de gas(E ): h i cío Instd ación Interi or de Gas

    Acera

    &M a t r i z d e D i s t r i b u c i ó n e n M e d i a P r es i ó n

    (Zona de declaración TC 6)

    G A B I N E T E M E D I D O R

    ( C J ? R e g u l a d o r d e S e r v i c i o , , I*' ( D ) S a l i d a d e l m e d i d o r  

    L l a v e d e M e d l c s e r  

    " ( B ) L i nea o f i c i a l

    consumo

    (A) - (C) : Empalme  

    ( A ) - ( B ) : A c om et i d a

     Ar r an que de Me d i d or  

    (C’) - (D) : Conjunto Medidor  

    (D) : In ic io Insta lación Inter ior de Gas

    i) TC7: Declaración Instalaciones Industriales de Gas: Este procedimiento se utiliza paradeclarar toda instalación interior de gas de un recinto o edificación destinada a procesosproductivos o manufactureros, que no sean de tipo residencial, ni comercial.

    I

       A  v .   L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o   O   '   H   i  g  g   i  n  s

       1   4   6   5 ,

       l  o  c  a   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S  a  n   t   i  a  g  o

       /   C   h   i   l  e   /   f  a  x  :

       (   5   6   2   )   7   5   6

       5   1   0   5

       /  c  a   l   i  c  e  n   t  e  r   6   0   0

       6   0   0   0   7   3   2

       /   W   W   W .   S  e  c .  c   l

    http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/http://www.sec.cl/

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    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    Posi bl es inst alac io nes comprendid as en un recint o industr ia í.C0MBUST,BLE5

    Zona de declaración de TC2

    Red de alta presión

    -------------------

    Zona de declaración de TC6 (Areas de casinos,

    oficinas, duchas, etc., dentro del recinto industrial)Red de Media Presión

    Central de GLP, conformada por uno omás de 1 tanque de GLP (Superficie oSubterráneos, de cualquier capacidad)

    Zona de declarac ión de TC4 ii

    Instalación combustibles líquidos (estanq ues de |superficie o enterrados, bombas, tuberías, ¡

    surtidores, etc.)

     — Q-

    /Recinto, casino, oficinas, duchas, baños, donde existen instalaciones deuso residencial (calefones, cocinas, baño maría, et c )

    Red de baja presión Rgd de med¡g Qbgjg pres¡ón

    (gas de red)

    Zona de declaración de TC7 (Area de procesosproductivos o de manufactura)

    - O

    □Recinto, galpón o edificación donde realizan tos procesos productivos

    Red de distribución (gas de red) Zona de declaración de TC1 Red de alta o media presión (gas dered)

    2°.- Sí LA DECLARACIÓN se realiza utilizando el sistemamanual, el procedimiento general definido para cada uno de los trámites señalados, será elsiguiente:

    2.1. El interesado (declarante), podrá iniciar su trámite en cualquier oficina de laSuperintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Para ello, deberá acompañaruna carpeta con los 3 formularios requeridos e indicados en los acápites quecorrespondan. Dicha carpeta, quedará en poder de esta Superintendencia.

    2.2. Para realizar el trámite, el interesado deberá acompañar la documentación necesariaque lo autoriza para efectuar la declaración, y la documentación establecida para cadatrámite será la que se indica en los acápites correspondientes.

    2.3. Si el declarante no pudiera hacer personalmente la declaración, podrá enviar a untercero en su representación, con un poder notarial por cada trámite, el que seadjuntará a los antecedentes de la carpeta. Si el poder se otorgara para más de una

    declaración, el interesado deberá adjuntar fotocopias simples en igual número a lostrámites solicitados.

    2.4. Una vez validados los antecedentes del declarante, entre otros, la existencia, lavigencia, el tipo de licencia y la clase del declarante, el funcionario de SECresponsable de la recepción de los antecedentes solicitará la carpeta con lainformación requerida e indicará al declarante la fecha en que deberá concurrir a SECa retirar la documentación tramitada, de acuerdo con los plazos señalados para cadatrámite. En caso que el trámite esté afecto a cobro, el funcionario SEC deberá verificarque el monto cancelado por el declarante sea concordante con lo establecido por laResolución Exenta N° 796, del 02 de Junio de 2006, del Servicio o por la que lareemplace, para cada trámite en particular.

    2.5. El declarante podrá realizar su trámite en cualquiera de las Oficinas de laSuperintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). En caso que el proyecto nocorresponda a la localidad donde se realiza el trámite, el plazo de tramitación de ladocumentación será de 20 días hábiles.

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    de los siguientes trámites:

    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    3°.- ESTABLÉCENSE ios plazos que se indican* (¡§c¡PáST¿B¿9a uno

    TRÁMITE CODIGOPlazo mínimo 

    de Tramitación

    Plazo máximo de tramitación

    Declaración de instalación eléctrica interior  TE1 4 días 10 días

    Declaración de puesta en serv icio de obras de alumbrado público TE2 4 días 10 días

    Declaración de Aumento de Potencia del Empalme de Viviendas TE3 4 días 10 días

    Declaración de puesta en servicio red de distribución de gas de red TCt 4 días 10 días

    Declaración de central de gas licuado de petróleo y red de distribuciónde GLP en media presión TC2 4 días 10 días

    Declaración de instalaciones de combustibles líquidos TC4 7 dias 15 días

    Declaración de instalación de centrales térmicas TC5 4 días 10 días

    Declaración de instalaciones interiores de gas TC6 4 días 10 días

    Declaración de instalaciones industriales de gas TC7 7 días 15 días

    Los plazos mínimos establecidos en la tabla anterior se exceptúan para el trámiteTE1 "Declaración de Instalación Eléctrica Interior”, cuando se esté declarando un empalme provisorio,caso en el cual el plazo de tramitación será de 1 día.

    4°.- DOCUMENTACIÓN Y FORMULARIOS NECESARIOS PARALA INSCRIPCIÓN DE LAS DECLARACIONES.

    En caso que el declarante se encuentre registrado ante la SEC

    como instalador autorizado para realizar el trámite pertinente, además de acompañar los antecedentesexigidos para el mismo, deberá exhibir su cédula de identidad vigente.

    Si el declarante no se encuentra registrado como instaladorautorizado y el procedimiento establecido permite que realice la declaración, deberá adjuntar losantecedentes que acrediten su condición profesional en la forma que para cada trámite se establezca,además de la documentación exigida para el trámite de que se trate.

    4.1. DECLARACIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA INTERIOR (TE1)

    4.1.1. Documen tación del declarante no registrado com o instalador autorizado:

    a) Copia autorizada del Certificado de Título: Expedido por una universidad o institutoreconocido por el Estado, que demuestre su condición profesional de arquitecto, constructorcivil, o ingeniero civil o de ejecución del área de electricidad.

    b) Cédula de Identidad: Exhibir el original vigente.

    4.1.2. Antecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TE1: Declaración de Instalación Eléctrica Interior.

    b) Una (1) Memoria Explicativa (obligatorio para Potencia Declarada igual ó mayor a 20 Kw.).

    c) Un (1) Plano de la Instalación.

    d) Un (1) Informe Técnico, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 686, de 1998, del Ministeriode Economía, Fomento y Reconstrucción. (Obligatorio sólo si la declaración corresponde auna instalación ubicada en las Regiones II, III y IV).

       A  v .   L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o   O

       '   H   i  g  g   i  n  s   N  r   '   1   4   6   5 ,

       l  o  c  a   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S  a  n   t   i  a  g  o   /   C   h   i   l  e   /   f  a  x  :   (   5   6

       2   )   7   5   6

       5   1   0   5

       /  c  a   l   i  c  e  n   t  e  r   6   0   0

       6   0   0   0   7   3   2

       /  w  w  w .  s  e  c .   d

    http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/

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    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    e) Un (1) Certificado de Proyecto de Vivienda Social emitido por la Direcci5ñ°^fé,5ülífes delMunicipio correspondiente. (Obligatorio si la instalación declarada corresponde a viviendassociales).

    f) Un (1) Permiso de Edificación Municipal, en donde conste que el profesional declarante

    participó en la obra civil de la construcción (solo en caso que el profesional sea ConstructorCivil ó Arquitecto).

    4.2. DECLA RACIÓN DE PUESTA EN SERVICIO DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO (TE2)

    4.2.1. Documentación del declarante no registrado como instalador autorizado:

    a) Copia autorizada del Certificado de Título: Expedido por una universidad o institutoreconocido por eí Estado, que demuestre su condición profesional de arquitecto, constructorcivil, o ingeniero civil o de ejecución del área de electricidad.

    b) Cédula de Identidad: Exhibir su original vigente.

    4.2.2. An tecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TE2: Declaración de Puesta en Servicio de Obras de Alumbrado Público.

    b) Un (1) Formulario “Detalle de instalaciones, marca y modelo de luminarias y lámparas”(disponible en página web de la SEC)

    c) Un (1) Plano de la Instalación.

    d) Un (1) Informe Técnico, cumplimiento Decreto Supremo N° 686/98 del Ministerio de

    Economía, Fomento y Reconstrucción, (obligatorio sólo si declaración corresponde a unainstalación ubicada en las regiones II, III y IV).

    e) Un (1) Permiso de Edificación Municipal, en donde conste que el profesional declaranteparticipó en la obra civil de la construcción (solo en el caso que el profesional sea ConstructorCivil ó Arquitecto).

    4.3. DECLARACIÓN DE AUMENTO DE POTENCIA DEL EMPALME DE VIVIENDAS (TE3):

    4.3.1. Documentación del declarante no registrado como instalador autorizado:

    a) Copia autorizada del Certificado de Título: Expedido por una universidad o instituto

    reconocido por el Estado, que demuestre su condición profesional de ingeniero civil o deejecución del área de electricidad.

    b) Cédula de Identidad: Exhibir su original vigente.

    4.3.2. An tecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TE3: Declaración Certif icación de la Instalación Eléctrica Existente enViviendas.

    b) Un (1) Anexo A, contenido en circular N° 3101 de fecha 20 de Julio del 2006 (disponible en

    página Web de la SEC).

    c) Fotocopia de Boleta de Consumo reciente emitida por la respectiva Empresa Eléctrica.

    I

       A  v

       L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o   O   '   H   i  g  g  m  s   F   \   P

       1   4   6   5 ,

       l  o  c  a   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S  a  n   t   i  a  g  o   /      C      H     e

       /   f  a  x  :

       (   5   6

       2  ;   7   5   6

       5   1   0   5

       /  c  a   l   i  c  e  n   t  e  r   6   0   0

       6   0   0   0   7   3   2

       /   W   W   W .  s  e  c .   d

    http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/

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    9/12

    4.4. DECLARACIÓN DE PUESTA EN SERVICIO DE RED DE DISTRIBUCIÓN dT g A S O » W ® Es(Tc 1)AD

    4.4.1. Antecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TC1 Declaración de Puesta en Servicio Red de Distribución de Gas deRed firmados por el instalador que declara y el propietario de la instalación.

    b) Un (1) anexo con la descripción general del proyecto, firmado por el instalador que declara(disponible en página Web de la SEC).

    c) Certif icados de producción o fabricación de tuberías instaladas, se debe entregar original ófotocopia legible.

    d) Plano (s) de trazado de red (As-Built). El plano (s) debe (n) estar firmado (s) por el instaladorque declara y el propietario de la instalación. Este (os) plano (o) debe (n) contener al menos,dos coordenadas UTM (WGS 84 ó PSAD69) pertenecientes al trazado.

    e) Una (1) Memoria de Cálculo de Tuberías. Se debe entregar una planilla con los cálculoscorrespondientes, criterios de diseño indicando fórmulas utilizadas, evaluación de losresultados y normas, reglamentos o estudios técnicos de referencia para los criterios y elcálculo. Esta memoria debe estar firmada por el instalador que declara.

    4.5. DECLA RACIÓN DE CENTRAL DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE GLP EN MEDIA PRESIÓN (TC2).

    4.5.1. Antecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TC2 Declaración de Central de Gas Licuado de Petróleo y Red deDistribución de GLP en Media Presión, firmados por el instalador que declara y el propietariodel (os) tanque (s) de GLP y de la red de GLP en media presión (disponible en página Webde la SEC).

    b) Plano (s) de instalación de la central y trazado de red, firmados por el instalador que declara yel propietario del (os) tanque (s).

    c) Una (1) Memoria de Cálculo de capacidad de los estanques de cada central de GLPdeclarada, indicando criterios de diseño, fórmulas utilizadas, evaluación de los resultadosy normas, reglamentos o estudios técnicos de referencia para los criterios y el cálculo.Esta memoria debe estar firmada por el instalador que declara.

    d) Una (1) Memoria de Cálculo de las Tuberías. Se debe entregar una planilla con los cálculoscorrespondientes, criterios de diseño indicando fórmulas utilizadas, evaluación de losresultados y normas, reglamentos o estudios técnicos de referencia para los criterios y elcálculo. Esta memoria debe estar firmada por el instalador que declara.

    e) Certif icado (s) de producción o fabricación de tuberías instaladas, en original ó fotocopialegible.

    f) Certif icado (s) de fabricación de estanques de GLP y/o certificado (s) de Inspección Periódicay/o Reinspección del (os) Estanque (s), en original o fotocopia legible.

    g) Un (1) anexo con la información técnica y operacional firmado por el instalador que declara,(disponible en página Web de la SEC).

    I

       A  v .

       L   i   b  e  r   t  a   d  o  r   B  e  r  n  a  r   d  o   O   '   H   i  g  g   i  n  s   N   °   1   4   6   5 ,

       l  o  c   d   l   1   0 ,

       t  o  r  r  e

       3   /   S  a  n   t   i  a  g  o   /   C   h   i   l  e   /   f  a  x  :

       {   5   6   2   )   7   5   6   5   1   0   5

       /  c  a   l   i  c  e  n   t  e  r   6   0   0   6   0   0   0   7   3   2   /  w  w  w .  s  e  c .   d

    http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/http://www.sec.d/

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    SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD

    4.6. DECLARACIÓN DE INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS (TC4) c o m b u s t i b le s

    4.6.1. Documentación del declarante no registrado como instalador autorizado:

    a) Copia autorizada del Certificado de Título: Expedido por una universidad o instituto

    reconocido por el Estado, que demuestre su condición profesional de ingeniero civil.b) Cédula de Identidad: Exhibir su original vigente.

    4.6.2. Antecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta con los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios Declaración de Instalaciones de Combustibles Líquidos, firmados porinstalador que declara.

    b) Planos de la instalación (As-Built), firmados por el declarante y el propietario de la instalación.

    c) Un (1) Certif icado de Fabricación de Estanques, emitido por el Organismo de Certificaciónautorizado por SEC que corresponda, para cada estanque nuevo declarado.

    d) Un (1) Certificado de Reinspección de Estanques emitido por el Organismo de Inspecciónautorizado por SEC, para cada estanque usado declarado.

    e) Un (1) Certificado de Sistema de Recuperación de Vapores, emitido de acuerdo a ProtocoloCL N° 92, emitido por el Organismo de Certificación autorizado por SEC, para cada sistemade recuperación de vapores instalado.

    f) Un (1) Certificado de Sistema de Recuperación de Vapores, emit ido de acuerdo a ProtocoloCL N° 94, emitido por el Organismo de Certificación autorizado por SEC, para cada sistemade recuperación de vapores instalado.

    g) Un (1) Certificado de Sistema de Recuperación de Vapores, emitido de acuerdo a ProtocoloCL N° 96, emitido por el Organismo de Certificación autorizado por SEC, para las pistolas desuministro de combustible Clase I de la instalación declarada.

    h) Un (1) Certificado de Análisis Químico del Suelo de la instalación, emitido de acuerdo a loestablecido por la Resolución Exenta, SEC N° 1120 de 1996.

    i) Un (1) Documento Matriz de Acción, firmado por el propietario del estanque y por el Ingenieroque ha realizado la evaluación, para cada estanque enterrado declarado.

     j) Una (1) Declaración Jurada ante Notario, de acuerdo a formato de “Instalación CombustibleLíquido, Comunicación Previa y Puesta en Servicio”, firmada por el Ingeniero declarante, el

    propietario de la instalación y el tenedor legal en su caso (disponible en página Web de laSEC).

    k) Una (1) Declaración simple del Experto Profesional en Prevención de Riesgos, (disponible enpágina Web de la SEC).

    I) Un (1) Documento Memoria Descriptiva de la instalación, firmada por el ingeniero declarante,(disponible en página Web de la SEC).

    4.7. DECLA RACIÓN DE INSTALACIÓN DE CENTRALES TÉRMICAS (TC5)

    4.7.1. An tecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TC5: Declaración de Instalación de Centrales Térmicas.

    b) Un (1) Informe Técnico de Instalación Central Térmica, de acuerdo a Oficio Circular N° 6433de SEC del 11 de Noviembre de 2002.

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    c) Un (1) Plano de la instalación firmado por el declarante y el propietario de la

    d) Una (1) Memoria de Cálculo del Proyecto firmada por el declarante.

    8. DECLARACIÓN DE INSTALACIONES INTERIORES DE GAS (TC6)

    4.8.1. Documentación del declarante no registrado como instalador autorizado:

    a) Copia autorizada del Certificado de Título: Expedido por una universidad o institutoreconocido por el Estado que demuestre su condición profesional de arquitecto o constructor civil.

    b) Cédula de Identidad: Exhibir su original vigente..

    4.8.2. A ntecedentes del Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios de Declaración Instalaciones interiores de Gas (disponible en páginaWeb de la SEC).

    b) Una (1) Memoria de Cálculo del Proyecto firmada por el declarante.

    c) Informe Técnico de artefactos no contemplados en el DS N° 222/1995, en formatooficiocircular N° 6433.

    d) Un (1) Plano de la instalación firmado por el declarante y el propietario de la instalación.

    e) Un (1) Plano de Loteo, cuando se declaren 10 ó más viviendas.

    f) Un (1) Certif icado de Proyecto de Vivienda Social emitido por laDirección de Obras delMunicipio correspondiente.

    9. DECLARACIÓN DE INSTALACIONES INDUSTRIALES DE GAS (TC7)

    4.9.1. An tecedentes de! Trámite:

    Se deberá acompañar Una (1) carpeta que contendrá los siguientes documentos:

    a) Tres (3) formularios TC7: Declaración Instalaciones Industriales de Gas, firmados por elinstalador que declara y el propietario de ía instalación industrial.

    b) Plano (s) de la instalación de gas, firmado (s) por el instalador que declara y el propietario dela instalación industrial.

    c) Una (1) Memoria de Cálculo de las tuberías. Se debe entregar una planilla con los cálculoscorrespondientes, criterios de diseño indicando fórmulas utilizadas, evaluación de losresultados y normas, reglamentos o estudios técnicos de referencia para los criterios y elcálculo. Esta memoria debe estar firmada por el instalador que declara.

    d) Certif icados de producción o de fabricación de tuberías instaladas en original ó fotocopialegible.

    e) Certificados de producción o de fabricación del (los) artefacto(s) y/o quemador(es)industrial(es), en original o fotocopia legible.

    f) Una (1) Memoria de Cálculo de ventilaciones de recintos. Se debe entregar una planilla conlos cálculos correspondientes, criterios de diseño indicando fórmulas utilizadas, evaluación delos resultados y normas, reglamentos o estudios técnicos de referencia para los criterios y elcálculo. Esta memoria debe estar firmada por el instalador que declara

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    g) Un (1) Anexo con la información técnica y operacional, firmado por el instalácr8,lÍB

    5o. INTERCÁLASE en el Resuelvo 1o, de la Resolución Exenta N°

    796, del 02/06/2006 de esta Superintendencia, y a continuación del cuadro denominado“DECLARACIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA INTERIOR (TE1)" un cuadro denominado“DECLARACION DE AUMENTO DE POTENCIA DE EMPALME DE VIVIENDAS (TE3)”, cuyo tenores el siguiente:

     ACTUACIONES / DOCUMENTOS VALOR $

    DECLARACION DE AUMENTO DE POTENCIA DE EMPALME DE VIVIENDAS (TE3)

    3.670

    6o. LOS FORMULARIOS que se utilizarán en la ejecución de estosprocedimientos, estarán disponibles en la página Web de la SEC.

    7o. DÉJASE sin efecto la Resolución Exenta N° 2082 del 15 deDiciembre de 2005, y todo otro acto administrativo de esta Superintendencia relativa a la materia regulada enla presente Resolución o que se oponga a sus disposiciones.

     ANÓTESE Y PUBLÍQUESE

    ^\s\

    CRISTIÁN ESPINOSA ÁBAL OS Superintendente de Electricidad y Combust ibles (S)

    Distribución:Direcciones Zonales - Regionales - Oficinas ProvincialesSecretaría GeneralRegistro Nacional de InstaladoresDAFOf. de Partes

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