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1 Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos 15 de Mayo de 2008 2 Contenido S E G U R I D A D RD 919/2006 de 28 de julio del 2006. BOE 4 de septiembre 2006 y entra en vigor el 4 de marzo del 2007 Atribuciones de las empresas suministradoras de gas. Empresas Distribuidoras Empresas Comercializadoras. Relación entre Suministradoras y Empresas Instaladoras. Instrucción Técnica Complementaria al Reglamento Técnico ITC-07: Instalaciones Receptoras de Combustibles gaseosos. Instrucciones nuevas

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  • 1Reglamento Tcnico deDistribucin y Utilizacin de

    Combustibles Gaseosos

    15 de Mayo de 2008

    2

    Contenido

    9 S E G U R I D A D9 RD 919/2006 de 28 de julio del 2006. BOE 4 de septiembre 2006 y entra en

    vigor el 4 de marzo del 2007

    9 Atribuciones de las empresas suministradoras de gas. Empresas Distribuidoras Empresas Comercializadoras.

    9 Relacin entre Suministradoras y Empresas Instaladoras.

    9 Instruccin Tcnica Complementaria al Reglamento Tcnico ITC-07: Instalaciones Receptoras de Combustibles gaseosos. Instrucciones nuevas

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    INDICE

    1.- Antecedentes

    2.- Introduccin al reglamento tcnico de gas

    3.- Aspectos relevantes del reglamento tcnico. Artculos

    4.- Aspectos relevantes de reglamento tcnico. Instrucciones tcnicas complementarias.

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    Antecedentes

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    ANTECEDENTES

    9 Ley 21/1992 Ley de Industria

    9 Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.

    9 Directiva Europea 98/30/CE sobre normas comunespara el mercado interior del gas natural. Separacin contable de actividades, accesos de terceros a

    la red,etc

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    ANTECEDENTES.

    9 R.D 1434/2002 Por el que se regulan las actividadesde transporte, distribucin, comercializacin, suministro y autorizacin de instalaciones de gas natural.

    9 Directiva 2003/55/CE Normas Comunes para el mercado interior del gas natural

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    9 Empresas Distribuidoras:

    Construir y explotar las redes de distribucin autorizadas. en cada ambito geografico.

    Suministro de gas a consumidores a tarifa o TUR (liberalizado).

    Atencin de urgencias. Realizar las inspecciones de puesta en servicio. Realizar los controles peridicos de los consumidores

    conectados a su red.

    Atribuciones de las empresas suministradoras de gas natural.

    Ley 34/1998 y R.D. 1434

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    9 Atribuciones para el distribuidor:

    Pruebas previas y puesta en servicio.

    Inspecciones periodicas.

    Atencin de Urgencias.

    Atribuciones de las empresas suministradoras de gas natural.

    Ley 24/2005 reformas para impulso a la productividad

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    9 Las Distribuidoras, con el fin de extender el suministro de gas, podrn promover la construcciones de instalacionesreceptoras comunes IRC.

    Atribuciones de las empresas suministradoras de gas natural.

    Ley 942 Modificaciones en disposiciones de H.C.

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    INTRODUCCIN AL REGLAMENTO TCNICO

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    Introduccin

    El Reglamento es un nuevo marco legal actual y til

    Han participado todos los actores involucrados (Se ha consensuado por parte de Administraciones Central y Autonmicas, Suministradores, Instaladores, Fabricantes de aparatos, Fabricantes de materiales, elementos y accesorios, Entidades de Normalizacin, Ingenieras,....)

    Se ha realizado un importante esfuerzo de unificacin y de estructuracin. (Desarrollo tcnico en UNE)

    Se ha tenido en cuenta la experiencia de los ltimos aos en cuanto a la utilizacin de nuevos materiales, aparatos, sistemas de medicin, seguridad,...

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    RT. Cambios ms importantes

    Preliminar La filosofa general de todo el Reglamento es la de definir y

    diferenciar funciones y asignar responsabilidades, de forma que cada operador sea responsable exclusivo de su actividad.

    Los temas tcnicos han sido referenciados a normas UNE, de tal manera que cuando haya que modificar algn aspecto de este tipo se realice en dicho cuerpo normativo, para que, a su vez, se actualice la versin correspondiente en la ITC-ICG 11 del Reglamento, donde se encuentran todas las normas UNE de aplicacin y su ao de edicin.

    Normas UNE de especial relevancia, por su alcance o reciente actualizacin: UNE 60670. Instalaciones receptoras de gas para MOP 5 bar (2005) UNE 60620. Instalaciones receptoras a gn para MOP > 5 bar (2005) UNE 60601. Salas de mquinas y equipos autnomos de calor o fro.(2006)

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    Reglamento Tcnico. Estructura

    14 Artculos

    SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES Condiciones operativas de agentes que intervienen Derechos de informacin a los usuarios y consumidores Rgimen de comunicacin en caso de accidentes

    11 Instrucciones Tcnicas complementarias

    Instalaciones de distribucin de combustibles por canalizacin Centros de almacenamiento y distribucin de envases de GLP

    ( Depsitos fijos) Plantas satlite de GNL Estaciones de servicio para vehculos a gas (GLP/ GNC) Instalaciones de envases de GLP de uso propio, de uso domstico en

    caravanas y autocaravanas INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Aparatos de gas Instaladores y empresas instaladoras

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    Reglamento Tcnico. Estructura

    9 Primera parte: Cuerpo reglamentario de 14 artculos

    1) Objeto2) Campo de Aplicacin3) Definiciones4) Materiales, equipos y aparatos de gas5) Puesta en servicio de instalaciones6) Informacin a los usuarios7) Mantenimiento de instalaciones y aparatos (Controles peridicos)8) Empresas y personal que intervienen9) Cumplimiento de las prescripciones10) Excepciones11) Equivalencia de normativa del Espacio Econmico Europeo12) Normas13) Infracciones y sanciones14) Accidentes

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    Reglamento Tcnico. Estructura (Cont.)

    9 Segunda Parte: 11 Instrucciones Tcnicas Complementarias (ITC):01. Instalaciones de distribucin de combustibles gaseosos por canalizacin.02. Centros de almacenamiento y distribucin de envases de GLP.03. Instalaciones de almacenamiento de GLP en depsitos fijos.04. Planta satlites de Gas Natural Licuado.05. Estaciones de servicio para vehculos a gas.06. Instalaciones de GLP para uso propio.07. Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos.08. Aparatos de gas.09. Instaladores y empresas instaladoras de gas.10. Instalaciones de GLP de uso domstico en caravanas y autocaravanas.11. Relacin de Normas UNE de referencia

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    ASPECTOS MS RELEVANTES DEL REGLAMENTO TCNICO. ARTICULOS.

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    RT. ARTICULOS

    9 Artculo 1. Objeto.Establecer condiciones con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y los bienes

    9 Artculo 2. Campo de aplicacin.Indica las partes que se desarrollarn en las ITC. En cuanto a instalaciones se aplicar a instalaciones nuevas, sus modificaciones y ampliaciones y a las modificaciones y ampliaciones de instalaciones existentes. Los controles peridicos en instalaciones existentes sern con base al nuevo reglamento y en el caso de los condicionantes tcnicos no se puedan cumplir se exigirn los del reglamento con el cual fueron construidos.

    9 Artculo 3. Definiciones.Agentes que intervienen: transportista, suministrador, comercializador (canalizacin, a granel, envasado), distribuidor, fabricante, empresas instaladoras, instaladores, entidad de certificacin, organismos de control. Producto: gases combustibles. Partes de la instalacin: AC interior, IRC, IRI, IRG. Consumidor: titular, usuario

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    RT. ARTICULOS

    9 Artculo 4. Materiales, equipos y aparatos de gas .Se debe cumplir con lo estipulado en las disposiciones que apliquen directivas

    europeas, y en las nacionales que sean de aplicacin. Deben contener la identificacin del fabricante, marca y modelo, y unas instrucciones de uso que debern estar redactadas en castellano.

    9 Artculo 5. Puesta en servicio de instalaciones.Diseo previo: proyecto, memoria tcnica. Instalacin realizada por instaladores autorizados. Documentacin: certificado final de obra, certificado del organismo de control, documentacin de instalacin. Puesta en servicio de la instalacin: nueva o instalacin fuera de servicio en periodo inferior a 1 ao ( certificado de control peridico sin anomalas y en vigor). Puesta en servicio de los aparatos por agentes acreditados. El instalador, con conocimiento y autorizacin del titular de la instalacin, podrsolicitar al distribuidor un suministro de gas provisional para realizar pruebas de funcionamiento de la instalacin o de los aparatos, bajo su responsabilidad

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    9 Artculo 6 . Informacin a los usuarios.La empresa instaladora entrega instrucciones de uso y mantenimiento de la instalacin.El suministrador, con periodicidad bienal, facilitar por escrito las recomendaciones de utilizacin y medidas de seguridad para el correcto uso de la instalacin.

    9 Artculo 7. Mantenimiento de instalaciones y aparatos. Controles peridicosEl responsable del mantenimiento de las instalaciones y funcionamiento de los aparatos es el titular o usuario y siempre con el fin de mantener el nivel de seguridad adecuado.

    9 Control peridico = Inspeccin peridica cuando se realice sobre instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribucin (gas natural o GLP).Debe ser realizado por el distribuidor, mediante medios propios o externos y los titulares abonarn el importe de la inspeccin en los trminos establecidos legalmente por las CCAA

    9 Control peridico = Revisin peridica en los dems casos. Es obligacin del usuario

    RT. ARTICULOS

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    9 Artculo 8. Empresas y personal que interviene en instalaciones y aparatos de gasEmpresas autorizadas por los OTC de las CCAAInstaladores con carnet y que pertenecen a una empresa instaladora.En ambos casos con mbito estatal.

    9 Artculo 9. Cumplimiento de las prescripciones.Este cumplimiento proporciona las condiciones mnimas de seguridad, indicando condiciones de mnimos obligatorios exigibles, si bien se admite la aplicacin de tcnicas con un nivel de seguridad equiparable al anterior previa aprobacin del proyecto justificativo por parte del OTC de las CCAA.

    9 Artculo 10. Excepciones.Remite al punto anterior cuando resulta materialmente imposible cumplir con las prescripciones, pudiendo hacer una solicitud de excepcin en el que se expondrn las medidas compensatorias.

    RT. ARTICULOS

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    9 Artculo 11. Equivalencia de normativa del espacio econmico europeo.Se admitirn las normas europeas que comportan un nivel de seguridad equivalente al exigido por las correspondientes disposiciones europeas.

    9 Artculo 12. Normas. La ltima ITC recoge el listado de todas las normas de aplicacin y que permite la actualizacin de nuevas versiones de manera gil.

    9 Artculo 13. Infracciones y sanciones.Remite a la ley 21/1992 Ley de Industria y la 34/1998 Ley de hidrocarburos

    9 Artculo 14. AccidentesEstablece que el suministrador deber notificar lo antes posible y siempre antes de 24 h, al rgano competente de la Comunidad Autnoma remitiendo adems un informe en un plazo mximo de 7 das.

    Trimestralmente se remitir la informacin estadstica de los accidentes ocurridos a los rganos correspondientes.

    RT. ARTICULOS

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    ASPECTOS MS RELEVANTES DEL REGLAMENTO TCNICO. INSTUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS.

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    ITC-ICG 01 Instalaciones de distribucin por canalizacin

    9 Requieren autorizacin administrativa previa, si son extensiones de red, se solicitar a travs de una memoria con las previsiones anuales.

    9 La legalizacin se realiza el primer trimestre del siguiente ao aportando un proyecto con las redes construidas.

    9 El diseo y las tcnicas de construccin deben tener en cuenta los aspectos medioambientales y de seguridad de construccin, minimizando el impacto sobre otros servicios.

    9 Pruebas de resistencia y estanquidad previas a la puesta en servicio, que se realizara de manera controlada por personal cualificado.

    9 Criterios de operacin y mantenimiento que garanticen los parmetros de calidad establecidos: presiones de garanta y continuidad de suministro, concentracin de odorizante, valor medio del poder calorfico superior de gas. Controles de estanquidad y de vigilancia peridicos

    9 Planes de emergencia. Servicio de asistencia telefnico, de asistencia en campo. Procedimientos escritos

    9 Sistema de informacin cartogrfica de los sistemas de distribucin.9 Solicitud de informacin de afecciones por terceros. Plazos.

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    ITC-ICG 02 Centros de almacenamiento y distribucin de envases GLP

    9 Establece los requisitos tcnicos esenciales y medidas de seguridad en los centros de envases de GLP

    9 Clasificacin en 5 categoras dependiendo del total de Kgalmacenados

    9 Zonas separadas para envases llenos y vacos. Sealizacin por zonas. Separacin a lugares destinados a otros servicios.

    9 Indica las distancias de seguridad, condiciones y dispositivos contra incendios, extintores y BIEs. Estructuras estables al fuego RF- -Sistemas de vigilancia y alarmas.

    9 Formacin del personal y simulacros peridicos, minimo 1 vez al ao, para comprobar el material y el entrenamiento del personal.

    9 Transporte de envases. Vehculos de reparto domiciliario y vehculos particulares.

    9 Dotacin de extintores en vehculos de reparto atendiendo a su que su PMA supere o no los 3500 Kg. tanto en cabina como para la carga

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    ITC-ICG 03 Instalaciones de almacenamiento de GLP en depsitos fijos

    9 Establece los requisitos tcnicos esenciales y medidas de seguridad en los depsitos de GLP destinados a alimentar instalaciones de distribucin por canalizacin o a IRG.

    9 En el caso de suministrar a instalaciones de distribucin por canalizacin ser preceptivo disponer de autorizacin administrativa.

    9 Se exige proyecto en instalaciones con capacidad de almacenamiento superior a 13 m3 en caso contrario memoria tcnica descriptiva MTD

    9 Contrato de mantenimiento suscrito con empresa instaladora con sistema de atencin de urgencias permanente.

    9 Revisiones peridicas. Cada 2 aos si alimenta a red de distribucin, cada 5 si alimenta IRG. Cada 15 aos prueba de presin del depsito a travs de organismo de control. Se pueden utilizar depsitos provisionales de contenido inferior a 5 m3 en la realizacin de la pruebas peridicas o en reparaciones.

    9 Cese de actividad, retirada de servicio de depsito e inertizacin del tanque.

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    ITC-ICG 04 Plantas satlite de GNL

    9 Es necesario disponer de autorizacin administrativa, excepto las de uso exclusivo a un usuario. Es necesario proyecto de la instalacin.

    9 Contrato de mantenimiento con un especialista criognico con servicio de atencin de urgencias permanente.

    9 Libro de mantenimiento con todas las actuaciones realizadas.9 Revisiones peridicas cada 5 aos por especialista criognico,

    servicio de mantenimiento u organismo de control.9 Cada 15 aos prueba de presin del depsito realizado por

    organismo de control y asistido por el especialista criognico.9 Cese de actividad o retirada de servicio implica inertizado de la

    instalacin supervisado y certificado por organismo de control, que ser obligatorio de forma previa al desmontaje de la planta.

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    ITC-ICG 05 Estaciones de servicio para vehculos a gas

    9 Para proyectar, construir y explotar las instalaciones de almacenamiento y suministro de GLP a granel o gas natural comprimido para utilizacin como carburante.

    9 No precisan autorizacin administrativa, pero si proyecto.9 Pruebas previas a la puesta en servicio, realizadas por organismo

    de control asistido por la empresa instaladora y el director de obra, una vez en disposicin de servicio se solicitar al suministrador el primer suministro a la instalacin.

    9 En 15 das entrega al rgano competente de la CCAA de la documentacin de la instalacin y el plan de mantenimiento.

    9 Cada 5 aos revisin peridica por un organismo de control y sustitucin de mangueras de suministro de carburante.

    9 Libro de mantenimiento con el registro de todas las intervenciones.

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    ITC-ICG 06 Instalaciones de envases de GLP para uso propio

    9 Dos tipos de envases UD (inferior a 15 Kg) e I (superior a 15 Kg)9 Capacidad de almacenamiento mx UD 300 Kg, I 1000 Kg9 Desaparece la clasificacin anterior por grupos pasando a ser hasta 70 Kg

    o superior9 Establece las condiciones de ubicacin de envases y casetas y distancias

    de seguridad, sean envases en uso o en reserva, a distintos elementos como hogares, interruptores o enchufes elctricos, etc atendiendo a la clasificacin anterior

    9 Indica las pruebas previas a la puesta en servicio y precauciones de seguridad

    9 Para mantener el nivel de seguridad adecuado, el titular ser responsable del buen mantenimiento de la instalacin y de realizar las revisiones peridicas, encargando a una empresa instaladora autorizada las pruebas necesarias, con la excepcin de instalaciones alimentadas por un nico envase de contenido inferior a 15 Kg acoplado a un solo aparato de gas movil.

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    Evacuacin de los Productos de la Combustin9 Con carcter general, la evacuacin de productos de la combustin

    en edificios de nueva construccin o rehabilitados deber ser por cubierta. Como excepcin, se admite por fachada o patio de ventilacin, en aparatos estancos o de tiro forzado 70 kw, ascomo calentadores de 24,4 Kw. Todo ello, sin perjuicio de lo que establezca el RITE.

    9 En edificaciones existentes que se reformen y dispongan de conducto adecuado para el aparato a instalar y si rene condiciones reglamentarias, se podr conectar al conducto existente.

    9 Se dispondr en los conductos de una orificio de toma de muestras para realizar el anlisis de combustin y del tiro del aparato.

    ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos

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    ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos

    Patios de ventilacin y patios para evacuacin de PDC.

    Las superficie en planta de un patio de ventilacin para aparatos conducidos debe ser:

    S (m2) = 0.5 x NT, con mnimo 4 m2 en fincas ya habitadas. S (m2) = 1 x NT, con mnimo 6 m2 en nueva construccin.

    NT=nmero total de locales que puedan tener aparatos conducidos que desemboquen en el patio.

    En caso de techarlo, se dejar un 25% abierto y con un mnimo de 4 m2

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    ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos

    Interaccin con campana extractora

    9 En nuevas instalaciones, los aparatos de gas de circuito abierto podrn instalarse en cocinas, siempre que se apliquen las medidas necesarias que impidan la interaccin entre los dispositivos de extraccin mecnica de la cocina y el sistema de evacuacin de los productos de la combustin (para aparatos de uso exclusivo para agua caliente sanitaria no se exige).

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Instalaciones que necesitan proyecto

    Instalaciones individuales de potencia til > 70 kw Instalaciones comunes de potencia til > 2000 kw Acometidas interiores de potencia til > 2000 kw En cualquier caso si trabajan a una presin de operacin

    > 5 bar Las ampliaciones siempre que supongan un incremento

    en la potencia de diseo > 30 %

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Documentacin y puesta en servicio de la instalacinCertificados de instalacin

    9 Certificado de acometida interiorEs de responsabilidad exclusiva del instalador y de la empresa instaladora. Para las pruebas aplican las UNE 60310 y 60311 en el caso de enterradas

    9 Certificado de instalacin comn e individualEs de responsabilidad exclusiva del instalador y de la empresa instaladora. No se exige la firma de la empresa distribuidora, ni del usuario. Pruebas de estanquidad segn la UNE 60670-8 en MOP 5 Bar o la 60620 en MOP 5 Bar

    9 Certificado de chimeneas en edificios de nueva plantaDebe certificar el cumplimiento de normas UNE de aplicacin. Puede registrarse en el certificado de fin de obra, o en certificacin del tcnico facultativo responsable de la construccin de la chimenea o por certificacin de un organismo de control.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Puesta en servicio. Pasos Previos.

    9 De forma previa a la puesta en servicio, el futuro usuario deber formalizar pliza de abono o contrato de suministro con el suministrador, aportando la documentacin pertinente.

    9 El usuario, o el suministrador en su nombre, solicitar al distribuidor la puesta en servicio de la instalacin receptora, si sta se alimenta desde una red de distribucin.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Documentacin y puesta en servicio de la instalacinPuesta en servicio. Operaciones

    9 Las pruebas previas y la puesta en servicio realizadas por el distribuidor, incluyen, resumidamente, las siguientes operaciones. Comprobar que la documentacin se haya completa. Comprobar, en sus partes visibles y accesibles, la instalacin, los

    locales donde se encuentren los aparatos y los conductos de evacuacin.

    Verificar la estanquidad de la instalacin.

    9 Finalmente, se extender un Certificado de Pruebas Previas y Puesta en Servicio. Se deber entregar al titular o usuario y ser archivado por el

    Distribuidor.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Mantenimiento de las instalaciones receptorasInspecciones y Revisiones

    9 Inspeccin peridica. Control peridico a realizar por el distribuidor de gas canalizado, redes de distribucin, con personal propio o contratado en las instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribucin. Periodicidad: cada 5 aos. Alcance: En instalaciones de hasta 70 kW: desde llave de usuario hasta

    los aparatos de gas, INCLUIDOS stos.

    En instalaciones >70 kW o con MOP> 5 Bar: desde llave de edificio o acometida, hasta la conexin de aparatos EXCLUIDOS stos.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Mantenimiento de las instalaciones receptoras Inspecciones y Revisiones

    9 Revisin peridica. Control peridico a realizar por empresas instaladorasde gas autorizadas en instalaciones no alimentadas desde redes de distribucin, por encargo de los titulares de la instalacin como responsables de su realizacin. Periodicidad: cada 5 aos. Alcance: En instalaciones de hasta 70 kW: desde llave de usuario hasta

    los aparatos de gas, INCLUIDOS stos.

    En instalaciones >70 kW : desde llave de usuario, hasta la conexin de aparatos EXCLUIDOS stos.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Mantenimiento de las instalaciones receptoras Inspecciones. Operativa

    9 Comunicacin a usuarios con antelacin mnima de 5 das.9 Se realiza la inspeccin aplicando los criterios de la UNE 60670 o

    UNE 60620.9 Para resultado favorable: Se expide Certificado de Inspeccin.9 Para resultado con anomalas: Se expide Informe de Anomalas.9 El distribuidor deber informar mensualmente al suministrador, por

    medios telemticos, sobre las anomalas detectadas.9 Las anomalas se corregirn por medio de un instalador autorizado

    o de un servicio tcnico, entregando al usuario un Justificante de Correccin de Defectos y se enviar copia al Distribuidor.

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    ITC-ICG 07 Instalaciones Receptoras de combustibles gaseosos

    Modificacin de instalaciones receptoras

    9 Se define la modificacin de una instalacin, quedando establecida en cambios de material, tramos de ms de 1 metro o cambios de aparatos por otros de distintas caractersticas. ( diferente potencia, diferente sistema de evacuacin de productos de combustin)

    9 Las modificaciones de las instalaciones debern ser realizadas en todos los casos por instaladores autorizados quienes, una vez finalizadas, emitirn el correspondiente certificado , una copia del cual quedar en poder del usuario.

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    ITC- ICG 08 Aparatos de gas

    9 Comercializacin: aparatos que no pongan en peligro la seguridad de las personas, acompaados de manual de informacin tcnica e instrucciones de uso y mantenimiento, condiciones de evacuacin de gases de combustin.

    9 Procedimiento de certificacin de la conformidad de los aparatos de gas. El fabricante solicita a un organismo de control que el producto cumple con los requisitos y normas que le son de aplicacin.

    9 Todos los aparatos deben llevar en lugar visible la placa de caractersticas con las indicaciones de aplicacin.

    9 Conexin de los diferentes tipos de aparatos.9 Puesta en marcha de aparatos. Comprobaciones mnimas. Agentes

    de puesta en marcha de aparatos, dependiendo de la potencia de los aparatos y tipo. Documentacin generada y que se mantendr a disposicin del OTC por un periodo mnimo de 5 aos

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    ITC- ICG 09 Instaladores y empresas instaladoras de gas

    9 Operaciones que pueden hacer los instaladores A, B, C9 CQI certificado de cualificacin individual9 Carnet de gas

    9 Competencias de las empresas instaladoras A, B, C9 Obligaciones de las empresas instaladoras

    9 Requisitos adicionales para la puesta en marcha de aparatos de gas conducidos de ms de 24,4 Kw o vitrocermicas

    9 Requisitos adicionales para la adecuacin de aparatos por cambio de familia de gas.

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    ITC- ICG 10 Instalaciones de GLP de uso domstico en caravanas y autocaravanas

    9 Realizadas por instaladores autorizados que cumplimentarn los certificados de la instalacin, con 1 copia el usuario podrsolicitar al suministrador los envases.

    9 Los envases deben estar siempre sujetos.

    9 El titular de la instalacin debe encargar cada cuatro aos a una empresa instaladora autorizada la revisin de la instalacin y aparatos de gas.

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    Muchas gracias

    Victoria Muoz BrunetGas Natural Distribucin