2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

44
RESPONSABILIDAD LEGAL DEL RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR EN RIESGOS EMPLEADOR EN RIESGOS PROFESIONALES Y SALUD PROFESIONALES Y SALUD OCUPACIONAL OCUPACIONAL

description

Andamios Estructurales

Transcript of 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

Page 1: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD LEGAL RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR EN RIESGOS DEL EMPLEADOR EN RIESGOS

PROFESIONALES Y SALUD PROFESIONALES Y SALUD OCUPACIONALOCUPACIONAL

Page 2: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

ORIGEN DE LAS OBLIGACIONES ORIGEN DE LAS OBLIGACIONES LABORALESLABORALES

• En materia laboral y como fuente de las En materia laboral y como fuente de las obligaciones laborales encontramos el obligaciones laborales encontramos el CONTRATO DE TRABAJOCONTRATO DE TRABAJO, sin importar la , sin importar la forma o la denominación bajo la que se forma o la denominación bajo la que se encuentre.encuentre.

Page 3: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

EL CONTRATO DE TRABAJOEL CONTRATO DE TRABAJO

• Cuando se configura una relación Cuando se configura una relación laboral, nacen para el empleador laboral, nacen para el empleador todas las obligaciones de carácter todas las obligaciones de carácter laboral y de seguridad social.laboral y de seguridad social.

Page 4: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN S.O. Y R.P.EN S.O. Y R.P.

• Afiliación y aportes al Afiliación y aportes al sistema de Riesgos sistema de Riesgos ProfesionalesProfesionales

• Atención del Accidente de Atención del Accidente de Trabajo en la empresaTrabajo en la empresa

• Investigación de Accidentes e Investigación de Accidentes e Incidentes de trabajoIncidentes de trabajo

Page 5: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN S.O. Y R.P.EN S.O. Y R.P.

• Reporte de A.T.E.P. Reporte de A.T.E.P. (Accidente de Trabajo o (Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional)Enfermedad Profesional)

• Establecer y desarrollar el Establecer y desarrollar el PROGRAMA DE SALUD PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONALOCUPACIONAL

• Reglamento de Higiene y Reglamento de Higiene y Seguridad IndustrialSeguridad Industrial

Page 6: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN S.O. Y R.P.EN S.O. Y R.P.

• Nombramiento del COPASO – Vigía de Nombramiento del COPASO – Vigía de Salud OcupacionalSalud Ocupacional

• Suministro de Elementos de Suministro de Elementos de Protección PersonalProtección Personal

• Evaluaciones médicas ocupacionales Evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas y de retirode ingreso, periódicas y de retiro

• Obligaciones frente al acoso laboralObligaciones frente al acoso laboral

• Registro de Actividades de Alto Registro de Actividades de Alto RiesgoRiesgo

Page 7: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

ACCIDENTE DE TRABAJOACCIDENTE DE TRABAJO

Es accidente de trabajo todo suceso repentino Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa. Decisión 584 CAN Art. 1 trabajo o viceversa. Decisión 584 CAN Art. 1 Literal n.Literal n.

Page 8: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

ACCIDENTE DE TRABAJOACCIDENTE DE TRABAJO

Suceso repentinoSuceso repentino

Lesión orgánica, una perturbación funcional, una Lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerteinvalidez o la muerte

Por causa o con ocasión del trabajoPor causa o con ocasión del trabajo

La ejecución de órdenes o bajo autoridad del La ejecución de órdenes o bajo autoridad del empleadorempleador

Traslado de trabajadores desde su casa hasta el lugar Traslado de trabajadores desde su casa hasta el lugar de trabajo y viceversa, con transporte de la empresade trabajo y viceversa, con transporte de la empresa

Actividades recreativas o culturales por cuenta o en Actividades recreativas o culturales por cuenta o en representación del empleadorrepresentación del empleador

Page 9: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

ENFERMEDAD PROFESIONALENFERMEDAD PROFESIONAL(Dec. 1295/94 Art. 9)(Dec. 1295/94 Art. 9)

Todo estado patológico permanente o Todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en el que se ha trabajador, o del medio en el que se ha visto obligado a trabajar, y que esté visto obligado a trabajar, y que esté determinada como tal por el gobierno determinada como tal por el gobierno nacional.nacional.

Page 10: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

INCIDENTE DE TRABAJOINCIDENTE DE TRABAJO(Res. 1401 de 2007 Art. 3)(Res. 1401 de 2007 Art. 3)

• Suceso acaecido en el curso del Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los propiedad y/o pérdida en los procesos.procesos.

Page 11: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

Todos los empleadores, empresas, contratistas, Todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.trabajos en alturas con peligro de caídas.

REGLAMENTO TECNICO DE REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS TRABAJO SEGURO EN ALTURAS - - RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26

DE 2008.DE 2008.

Page 12: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

1.1. Incluir en el programa de S.O, los procedimientos, elementos y Incluir en el programa de S.O, los procedimientos, elementos y disposiciones establecidas en la resolución. disposiciones establecidas en la resolución.

2.2. IImplementar el Programa de Protección contra Caídasmplementar el Programa de Protección contra Caídas

3.3. CCubrir todas las condiciones de riesgo existentes, mediante medidas ubrir todas las condiciones de riesgo existentes, mediante medidas de control contra caídas dde control contra caídas de personas y objetos, las cualese personas y objetos, las cuales deben ser deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas. medidas individuales de protección contra caídas.

4.4. Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.

5.5. GGarantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo arantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo una resistencia de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por una resistencia de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada.  persona conectada.  

OBLIGACIONES DE OBLIGACIONES DE EMPLEADORESEMPLEADORES::

Page 13: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

6. 6. Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas.con trabajos en alturas.

7. 7. Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de reentrenamiento, por lo menos una vez al año.reentrenamiento, por lo menos una vez al año.

8. 8. Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de protección contra caídas por lo menos una vez al año.protección contra caídas por lo menos una vez al año.

9. 9. Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de protección contra caídas o los certificados que lo avalen. protección contra caídas o los certificados que lo avalen.

10. 10. Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección contra caídas. contra caídas.

11. 11. Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para rescate en Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para rescate en alturas, con personal entrenado.alturas, con personal entrenado.

OBLIGACIONES DE OBLIGACIONES DE EMPLEADORESEMPLEADORES

Page 14: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

1.1. Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y reentrenamiento programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las reentrenamiento programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones de conocimientos y de desempeño. evaluaciones de conocimientos y de desempeño.

2.2. Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador.Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador.

3.3. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas.realizar cualquier tipo de trabajo en alturas.

4.4. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas por el empleador. implementadas por el empleador.

5.5. Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de prevención y protección contra caídas.prevención y protección contra caídas.

6.6. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así como acatar las disposiciones del mismo.alturas, así como acatar las disposiciones del mismo.

OBLIGACIONES DE LOS OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORESTRABAJADORES::

Page 15: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la de trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la actividad económica y la tarea a realizar.actividad económica y la tarea a realizar.

El empleador DEBERÁ: El empleador DEBERÁ:

Antes de la vinculación laboralAntes de la vinculación laboral

Por lo menos una vez al añoPor lo menos una vez al año

Evaluación condiciones aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas.

REQUERIMIENTOS PARA LOS REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORES. TRABAJADORES.

Page 16: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

PERSONAL DE TRABAJO EN ALTURASPERSONAL DE TRABAJO EN ALTURAS

• Persona autorizada:Persona autorizada: Persona que después de recibir una capacitación, Persona que después de recibir una capacitación, aprobarla y tener todos los requisitos que establece la presente aprobarla y tener todos los requisitos que establece la presente resolución, puede desarrollar trabajos en alturas.resolución, puede desarrollar trabajos en alturas.

• Persona competente:Persona competente: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan trabajos en alturas, relacionados con el ambiente en donde se realizan trabajos en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para aplicar o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos asociados a dichos peligros.asociados a dichos peligros.

• Persona calificada:Persona calificada: Persona que tiene un grado reconocido o Persona que tiene un grado reconocido o certificado profesional y amplia experiencia y conocimientos en el tema, certificado profesional y amplia experiencia y conocimientos en el tema, que sea capaz de diseñar, analizar, evaluar y elaborar especificaciones que sea capaz de diseñar, analizar, evaluar y elaborar especificaciones en el trabajo, proyecto o producto del tema. en el trabajo, proyecto o producto del tema. 

Page 17: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

Administradoras de Riesgos Profesionales.Administradoras de Riesgos Profesionales.

Direcciones Territoriales del Ministerio de Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Socialla Protección Social

VIGILANCIA Y CONTROL VIGILANCIA Y CONTROL

Page 18: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

Entrega las competencias de Entrega las competencias de las las capacitaciones que debe recibir el capacitaciones que debe recibir el personal que trabaja en alturas, personal que trabaja en alturas, señalando que la única entidad señalando que la única entidad competente es el competente es el SENASENA para para capacitar al trabajador en alturas o capacitar al trabajador en alturas o autorizar a la persona o entidad autorizar a la persona o entidad que desee capacitar en el tema de que desee capacitar en el tema de trabajo en alturas. trabajo en alturas.

RESOLUCIÓN 736 MARZO DE 2009.RESOLUCIÓN 736 MARZO DE 2009.

MODIFICA REGLAMENTO TECNICO DE MODIFICA REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURASTRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Page 19: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

Modifica Art. 2 Resolución 3673 de 2008.Modifica Art. 2 Resolución 3673 de 2008.Entrenador: Profesional competente y/o calificado como Entrenador: Profesional competente y/o calificado como entrenador que cumple con los requisitos establecidos por el entrenador que cumple con los requisitos establecidos por el SENA.SENA.

Modifica Art. 7 Resolución 3673 de 2008.Modifica Art. 7 Resolución 3673 de 2008.Requisitos para dictar cursos de capacitación en trabajo en alturas: Requisitos para dictar cursos de capacitación en trabajo en alturas: Certificado de Existencia y representación legal o Cédula.Certificado de Existencia y representación legal o Cédula.Entrenadores y/o personal con Licencia en SO vigente.Entrenadores y/o personal con Licencia en SO vigente.Programas de capacitación que se va dictarProgramas de capacitación que se va dictar Infraestructura y recursos técnicos, propios o contratados, para Infraestructura y recursos técnicos, propios o contratados, para

realizar el entrenamiento.realizar el entrenamiento.

RESOLUCIÓN 736 MARZO DE 2009.RESOLUCIÓN 736 MARZO DE 2009.

MODIFICA REGLAMENTO TÉCNICO DE MODIFICA REGLAMENTO TÉCNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURASTRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Page 20: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

PLAZO PARA LA CERTIFICACION PLAZO PARA LA CERTIFICACION SEGÚN RESOLUCION 2291 DEL 22 DE SEGÚN RESOLUCION 2291 DEL 22 DE

JUNIO DE 2010:JUNIO DE 2010:

Ningún trabajador podrá trabajar en Ningún trabajador podrá trabajar en alturas sin contar con la certificación alturas sin contar con la certificación respectiva que acredite las competencias respectiva que acredite las competencias laborales, del nivel para el cual fue laborales, del nivel para el cual fue certificado.certificado.

Articulo 1: Articulo 1: Modifíquese el articulo 4 de la Modifíquese el articulo 4 de la Res.000736/2009:Res.000736/2009:

LOS EMPLEADORES, EMPRESAS, LOS EMPLEADORES, EMPRESAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS DISPONDRÁN HASTA EL 30 DE JULIO DE DISPONDRÁN HASTA EL 30 DE JULIO DE 2012, PARA ACREDITAR LA COMPETENCIA 2012, PARA ACREDITAR LA COMPETENCIA LABORAL DEL PERSONAL QUE TRABAJA EN LABORAL DEL PERSONAL QUE TRABAJA EN ALTURAS.ALTURAS.

Page 21: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

• Deber de asumir las consecuencias de Deber de asumir las consecuencias de nuestros actosnuestros actos

• Una persona es responsable legalmente Una persona es responsable legalmente cuando en razón de haber sido causa del cuando en razón de haber sido causa del daño que otra persona sufre, esta obligada daño que otra persona sufre, esta obligada a repararlo.a repararlo.

Page 22: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

• En materia laboral debemos hablar de En materia laboral debemos hablar de culpa para determinar la posible culpa para determinar la posible responsabilidad frente a un accidente de responsabilidad frente a un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.trabajo o una enfermedad profesional.

• La culpa es la conducta contraria a la que La culpa es la conducta contraria a la que debería haberse observado, es violar un debería haberse observado, es violar un deber de cuidado, bien sea por torpeza, deber de cuidado, bien sea por torpeza, por negligencia, por ignorancia o por por negligencia, por ignorancia o por imprevisión.imprevisión.

Page 23: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

DEFINICIONESDEFINICIONES

• NEGLIGENCIA: NEGLIGENCIA: No se cumplen las normas No se cumplen las normas o leyes en S.O.o leyes en S.O.

• IMPRUDENCIA: IMPRUDENCIA: Se obra sin cautela o sin Se obra sin cautela o sin prever los resultados o consecuencias de prever los resultados o consecuencias de una acción.una acción.

• IMPERICIA: IMPERICIA: Ineptitud o incapacidad Ineptitud o incapacidad técnica para ejercer una profesión u oficio:técnica para ejercer una profesión u oficio:– IgnoranciaIgnorancia– ErrorError– Inhabilidad.Inhabilidad.

Page 24: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

CLASES DE RESPONSABILIDADCLASES DE RESPONSABILIDAD

• Responsabilidad Laboral.Responsabilidad Laboral.

• Responsabilidad Civil.Responsabilidad Civil.

• Responsabilidad Penal.Responsabilidad Penal.

• Responsabilidad Administrativa. Responsabilidad Administrativa.

Page 25: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD LABORALRESPONSABILIDAD LABORAL

• Es aquella responsabilidad que surge Es aquella responsabilidad que surge cuando el empleador debe asumir todas cuando el empleador debe asumir todas las prestaciones asistenciales y las prestaciones asistenciales y económicas que se generen como económicas que se generen como consecuencia del accidente de trabajo o consecuencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional.de la enfermedad profesional.

Page 26: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD LABORALRESPONSABILIDAD LABORAL

• El empleador ve desplazada dicha El empleador ve desplazada dicha responsabilidad desde la creación del responsabilidad desde la creación del Sistema de Riesgos Profesionales Sistema de Riesgos Profesionales donde son las Administradoras de donde son las Administradoras de Riesgos Profesionales las encargadas Riesgos Profesionales las encargadas de asumir este tipo de contingencias de asumir este tipo de contingencias dando lugar a la denominada dando lugar a la denominada REPARACION TARIFADA DE LOS REPARACION TARIFADA DE LOS RIESGOSRIESGOS..

Page 27: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD LABORALRESPONSABILIDAD LABORAL

• Cuando el riesgo ha sido asumido Cuando el riesgo ha sido asumido por el Sistema de Seguridad por el Sistema de Seguridad Social (ARP) la culpa del Social (ARP) la culpa del empleador es irrelevante para empleador es irrelevante para que nazca la responsabilidad que nazca la responsabilidad económica a cargo de la ARP, que económica a cargo de la ARP, que se basa en el aseguramiento del se basa en el aseguramiento del riesgo por parte del empleador.riesgo por parte del empleador.

Page 28: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

PRESTACIONES ADICIONALESPRESTACIONES ADICIONALES

• A pesar de la afiliación y pago de A pesar de la afiliación y pago de cotizaciones, el empleador deberá asumir cotizaciones, el empleador deberá asumir prestaciones adicionales cuando:prestaciones adicionales cuando:

– No haga gestión de prevención de ATEP.No haga gestión de prevención de ATEP.

– Desarrollo del programa de Salud Ocupacional Desarrollo del programa de Salud Ocupacional es adelantado por personas no competenteses adelantado por personas no competentes

Page 29: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

NO AFILIACIÓN A ARPNO AFILIACIÓN A ARP

• La responsabilidad de reparación La responsabilidad de reparación corresponde al empleador sin que corresponde al empleador sin que deba examinarse sin incurrió en deba examinarse sin incurrió en culpa o no, basta con que el siniestro culpa o no, basta con que el siniestro se produzca para que el empleador se produzca para que el empleador quede obligado a la reparación quede obligado a la reparación establecida en la legislación del establecida en la legislación del sistema.sistema.

Page 30: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL

• En materia laboral, el empleador responde En materia laboral, el empleador responde cuando su actuación se ha visto cuando su actuación se ha visto enmarcada desde la culpa (Art. enmarcada desde la culpa (Art.

216 CST.):216 CST.):

““Cuando exista culpa suficiente comprobada Cuando exista culpa suficiente comprobada del patrono en la ocurrencia del accidente del patrono en la ocurrencia del accidente de trabajo o la enfermedad profesional, de trabajo o la enfermedad profesional, está obligado a la indemnización total y está obligado a la indemnización total y ordinaria de los perjuicios” ordinaria de los perjuicios”

Page 31: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL

El trabajador afectado o sus familiares El trabajador afectado o sus familiares pueden iniciar las acciones legales pueden iniciar las acciones legales correspondientes contra el empleador a correspondientes contra el empleador a fin de obtener el reconocimiento de fin de obtener el reconocimiento de dicha indemnización. dicha indemnización.

Esta comprende tanto los daños morales, Esta comprende tanto los daños morales, reflejados en el daño emergente y el reflejados en el daño emergente y el lucro cesante, montos que hacen elevar lucro cesante, montos que hacen elevar en gran medida el cobro de dichas en gran medida el cobro de dichas indemnizaciones.indemnizaciones.

Page 32: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

ELEMENTOS DE LA ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL

1.1. La ocurrencia de un ATEP.La ocurrencia de un ATEP.

2.2. Que el autor del daño haya obrado con Que el autor del daño haya obrado con culpa o dolo en la ocurrencia del ATEP.culpa o dolo en la ocurrencia del ATEP.

3.3. Un daño o perjuicio.Un daño o perjuicio.

4.4. El daño o perjuicio debe ser efecto o El daño o perjuicio debe ser efecto o resultado de la culpa patronal en el resultado de la culpa patronal en el hecho ocurrido con causa o con ocasión hecho ocurrido con causa o con ocasión del trabajo.del trabajo.

Page 33: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

CULPA PATRONALCULPA PATRONAL

• El análisis de la culpa patronal requiere El análisis de la culpa patronal requiere un criterio objetivo y práctico a la vez, un criterio objetivo y práctico a la vez, ese criterio no puede ser otro que ese criterio no puede ser otro que el el cumplimiento de los reglamentos de cumplimiento de los reglamentos de prevención de riesgosprevención de riesgos. .

• Una empresa es responsable de los ATEP Una empresa es responsable de los ATEP por incumplir las normas mínimas por incumplir las normas mínimas tendientes a evitar los riesgos laborales. tendientes a evitar los riesgos laborales.

Page 34: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD PENALRESPONSABILIDAD PENAL

• ABUSO DE CONFIANZA AGRAVADO:ABUSO DE CONFIANZA AGRAVADO:

El empleador estaría inmerso a una El empleador estaría inmerso a una investigación penal si realiza las investigación penal si realiza las deducciones de Seguridad Social sin deducciones de Seguridad Social sin que estas sean realmente aportadas que estas sean realmente aportadas a las entidades encargadas de su a las entidades encargadas de su recaudo final, pues estos dineros se recaudo final, pues estos dineros se asimilan a dineros del Estado. asimilan a dineros del Estado.

Page 35: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

FALSEDAD EN DOCUMENTO FALSEDAD EN DOCUMENTO PRIVADOPRIVADO

• El empleador podría ser El empleador podría ser investigado por este delito si al investigado por este delito si al momento de realizar las momento de realizar las afiliaciones o las cotizaciones a afiliaciones o las cotizaciones a seguridad social, estas no seguridad social, estas no concuerdan con la realidad. concuerdan con la realidad.

Page 36: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

LESIONES PERSONALESLESIONES PERSONALES

• El empleador podría ser investigado por El empleador podría ser investigado por este delito en caso de que existan lesiones este delito en caso de que existan lesiones personales permanentes o no y la pena personales permanentes o no y la pena varia dependiendo del daño o el perjuicio varia dependiendo del daño o el perjuicio que sufra la victima.que sufra la victima.

Page 37: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

HOMICIDIO POR ATEPHOMICIDIO POR ATEP

• El empleador podría ser investigado El empleador podría ser investigado por este delito en caso de que ocurra por este delito en caso de que ocurra un accidente de trabajo mortal por un accidente de trabajo mortal por causa imputable al empleador causa imputable al empleador vinculada a su conducta culposa en vinculada a su conducta culposa en cualquiera de sus modalidades cualquiera de sus modalidades (negligencia, impericia o (negligencia, impericia o imprudencia). imprudencia).

Page 38: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

SANCIÓN PENALSANCIÓN PENAL

• Se impone a las personas naturales por Se impone a las personas naturales por cuanto solo a ellas se les puede privar de cuanto solo a ellas se les puede privar de la libertad, se investiga para determinar el la libertad, se investiga para determinar el responsable directo de la conducta:responsable directo de la conducta:

– Empleador que incumple las normas de S.O.Empleador que incumple las normas de S.O.– Especialista en S.O. que asesora mal y mueren Especialista en S.O. que asesora mal y mueren

trabajadorestrabajadores– Trabajadores que matan o hieren a sus Trabajadores que matan o hieren a sus

compañeros por realizar una labor imprudentecompañeros por realizar una labor imprudente

Page 39: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAADMINISTRATIVASe responde ante el MINISTERIO DE LA Se responde ante el MINISTERIO DE LA

PROTECCION SOCIALPROTECCION SOCIAL

Se presenta cuando el empleador no cumple Se presenta cuando el empleador no cumple con las obligaciones en materia de Seguridad con las obligaciones en materia de Seguridad Social y Salud Ocupacional. Social y Salud Ocupacional.

El incumplimiento de este tipo de El incumplimiento de este tipo de responsabilidad se ve reflejado en la responsabilidad se ve reflejado en la imposición de multas que van hasta los 500 imposición de multas que van hasta los 500 SMLMV, y la imposibilidad de contratar con el SMLMV, y la imposibilidad de contratar con el estado mientras subsista la multa sin estado mientras subsista la multa sin cancelar.cancelar.

Page 40: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

EXONERACION DE LA EXONERACION DE LA RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

• La responsabilidad laboral no hay La responsabilidad laboral no hay posibilidad de excusarla, por esa posibilidad de excusarla, por esa razón el Sistema de Riesgos razón el Sistema de Riesgos Profesionales además de ser una Profesionales además de ser una obligación para el empleador, obligación para el empleador, constituye una salvaguarda que lo constituye una salvaguarda que lo protege pecuniariamente en caso de protege pecuniariamente en caso de cualquier accidente o enfermedad cualquier accidente o enfermedad profesional.profesional.

Page 41: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

RESUMENRESUMEN

LABORAL ADMINIS-TRATIVA

CIVIL PENAL

•Indemnización automática.•Otorgada por la Ley.•Prestaciones asistenciales.•Prestaciones económicas.(Dec. Ley 1295/94 y Ley 776/02)

•Sanciones: Hasta 500 SMLMVMultas sucesivasD. 1295/94,Ley 9/79 y D. 614/84

•Evasión y elusión:El no pago inhabilita para contratar con el estadoLey 828/03

La indemnización comprende lo que se pruebe:•Perjuicios Materiales:•Daño emergente•Lucro cesante•Perjuicios inmateriales:•Daño moral,•Perjuicios fisiológicos.Art. 216 del CST

Culpabilidad:•Dolo•Culpa Negligencia Imprudencia Impericia•PreterintenciónLey 599/00 CP

Page 42: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

CONCLUSIONESCONCLUSIONES

• El empleador tiene la obligación de implementar El empleador tiene la obligación de implementar las medidas de higiene y seguridad para las medidas de higiene y seguridad para garantizar la salud y seguridad de los garantizar la salud y seguridad de los trabajadores.trabajadores.

• El incumplimiento de las obligaciones y deberes El incumplimiento de las obligaciones y deberes del empleador en S.O., lo hace responsable de las del empleador en S.O., lo hace responsable de las indemnizaciones por ATEP.indemnizaciones por ATEP.

• Los servicios de prevención de una empresa, Los servicios de prevención de una empresa, constituyen su soporte probatorio.constituyen su soporte probatorio.

• Para la Ley es valedero lo que se pruebe.Para la Ley es valedero lo que se pruebe.

Page 43: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

CONCLUSIONESCONCLUSIONES

• Nos encontramos en un periodo en el cual Nos encontramos en un periodo en el cual la seguridad y la salud van ganando la seguridad y la salud van ganando posiciones con relación a preferencias posiciones con relación a preferencias definidas dentro de nuestra sociedad definidas dentro de nuestra sociedad actual.actual.

• La seguridad y la salud han pasado de ser La seguridad y la salud han pasado de ser algo complementario en la empresa a ser algo complementario en la empresa a ser un derecho y obligación dentro de un derecho y obligación dentro de nuestros trabajos.nuestros trabajos.

Page 44: 2. Responsabilidad Legal 01-09-09 Ana Maria Sarmiento

MUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIAS