2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA · Sec. Abog. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA en el Exp....

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

EDICTOS

EDICTO

Exp. N° 00260-2016-0-2801-JP-FC-02, en los seguidos por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, representante del menor ESTEFANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, con MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ, sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO – FAMILIA CIVIL, Especialista Legal Dra. ME-LISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Juez Dra ESTEFANY ROJAS CORONEL, a proveido, Resolución N°01 fecha 15 abril 2016, admitir la demanda de AUMENTO DE ALIMENTOS interpuesta por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, en representación del menor de edad ESTE-FANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, en vía de proce-so único, traslado de la misma al demandado MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ. Resolución Nro 04 fecha 15 mayo 2017, notifíquese al demandado MIGUEL DA-NILO CERVANTES ORTIZ mediante edicto, por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moque-gua, 27 junio 2017. J. CRISTIAN RAMOS CORDOVA. ABOGADO Reg. N° 0040 C.A.M. ABOG. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA. PRIMERA SECRETARIA DEL JUZ-GADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03JULIO)

EDICTO

Exp. N° 00514 – 2017 – 0 – 2801-JF – 01, en los segui-dos por DAYANA MELISSA QUISPE MANCHEGO, que se sigue con el MINISTERIO PUBLICO y otros, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, seguidos ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE MARISCAL NIETO, Esp. Legal Dra. ROSEMARY CHAMBE VARGAS, Juez Dr. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES, proveído: Resolu-ción N° 02 de fecha 28 de abril del 2017, dispone se notifi qué a los sucesores procesales de quien vida fue HERBERT ALFONSO RAMOS ZAPATA y comparezcan al presente proceso, en el término de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo la demandante cumplir con efectuar las publicaciones de ley. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 31 de mayo del 2017. JULIO CRISTIAN RAMOS CORDOVA – ABOGADO- Reg. C.A.M. N° 040. ROSEMARY CHAMBE VARGAS –SECRETARIA JUDICIAL – PRIMER JUZGADO DE FAMILIA MARISCAL NIETO – CORTE UPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (27, 28 y 30 JUNIO)

EDICTO

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado que des-pacha la Sra. Juez Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL y Sec. Abog. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA en el Exp. 543 – 2016 – 0- 2801 – JP – FC – 02; a resuelto emplazar mediante edictos al demandado JUAN CAR-LOS TAGLE MAMANI dando a conocer la admisión de la demanda de alimentos interpuesta por GERARDO TAGLE MAMANI en contra de JUAN CARLOS TAGLE MAMANI en la vía de proceso sumario, disponién-dose la notifi cación por edictos al demandado JUAN CARLOS TAGLE MAMANI por desconocer su domicilio bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Moquegua, 22 Junio del 2017. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MA-RISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MO-QUEGUA. Patricia R. Maldonado Sotomayor. ABOGA-DA. ICAT. 0873. (26, 27 Y 28 JUNIO)

NOTIFICACION POR EDICTO

EXPEDIENTE N° 00392-2015-13-2802-JR-PE-02, El Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria de lío, que despacha el señor Juez Edgardo Serapio Carpio Yzaguirre ha dispuesto mediante Resolución N°07 de fecha 13/06/2017, SE NOTIFIQUE POR EDICTOS el contenido de la Resolución N°01 que dispone: Hacer saber a las partes la formación del cuaderno de ejecu-ción de sentencia con copias certifi cadas de los princi-pales actuados; asimismo REQUIÉRASE al sentenciado FRANCISCO MAQUERA MAMANI para que cumpla con las reglas de conducta impuestas mediante sentencia de conformidad de fecha nueve de marzo de dos mil diecisiete, bajo apercibimiento de imponérsele las medidas establecidas en ésta, previo requerimiento fi scal, para tal efecto notifíquese la presente en el do-micilio real y procesal del sentenciado. Tómese razón y hágase saber.-. Especialista Legal Sergio Luque Hol-guín.- (26, 27, 28 Junio).

RECTIFICACION DE PARTIDA

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

En el Expediente Nro. 00125-2017-0-2801-JM-CI-01 del 2do. Juzgado Mixto de Moquegua, el Juez Dr. Fre-dy Fernández Sánchez y especialista Raul Ccallo Calli, estando a lo ordenado mediante SENTENCIA de fecha 23-06-2017, se dispone: RESOLUCIÓN NRO. 08: SEN-TENCIA, FALLO: 1.-Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por MILTHON KENNEDY CACHI MAMANI, sobre cambio de nombre en su Partida de Nacimien-to, que obra ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre – Locumba – Tacna. 2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre - Lo-cumba – Tacna, en el acta de nacimiento Nro. Ocho del año 1986, se proceda a cambiar nombre del titular de CACHI a SARAVIA, debiendo quedar en lo sucesi-vo los datos del titular de la partida como MILTHON KENNEDY SARAVIA MAMANI; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de fi liación. 3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario la República y, con-sentida que quede la misma, REMITASE los partes ju-diciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Moquegua, 23 de Junio del 2017. DAVID CALIZAYA PINTO – ABOGADO – ERG. N° 0005 C.A.M. ABOG. RAUL ANGEL CCALLO CALLI – SECRE-TARIO JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (26, 27 Y 28 JUNIO)

SUCESION INTESTADA

AVISO JUDICIAL

Exp. 0167-2017: Ante el Segundo Juzgado de Paz Le-trado de Ilo especialista Usmelda Valdivia Flores, don Flavio Esteban Sacatuma Rosas está solicitando la Su-cesión Intestada de la que en vida fue doña Patrocina Rosas Mendoza, fallecida el 14 de septiembre del 2016 en esta ciudad de Ilo. Ilo, junio del 2017. U. FELINA VALDIVIA FLORES. SECRETARIA SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28 junio)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que Despacha la Doctora Estefany Rojas Coro-nel y la Secretaria Judicial Abogado Cesar David Huan-ca Maquera, que autoriza el presente edicto; doña LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS y CARLOS EDUARDO CABALLA ZAPATA solicita Sucesión Intestada del que en vida fue su conyugue MARIO CUTBERTO CABALLA PAURO, fallecido el 28 de octubre del 2016, en el Male-cón Rivereño de esta ciudad de Moquegua, mediante la Resolución Uno de fecha doce de junio del 2017, se RESUELVE efectuándose la presente publicación para que los presuntos herederos puedan apersonarse al proceso como tal, al amparo del Art. 834 del C.P.C. En el Expediente Nro. 259-2017-0-2801-JP-CI-02 Y, seguido por LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS, contra el Ministerio Público sobre Sucesión Intestada.- Moque-gua, 27 de junio del 2017. WILFREDO MARTIN ZAPA-TA ZEBALLOS. ABOGADO. CAT. 0596. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el segundo Juzgado de paz Letrado familia civil de Mariscal Nieto que despacha el señor Juez Estefany Rojas Coronel y especialista Darío Pania-gua Parihuana se tramita el expediente judicial 00272-2017-0-2801-JP-CI-02 habiéndose resuelto 1) admitir a trámite, vía proceso no contencioso, la so-licitud de sucesión intestada presentada por ELENA HERMES AYNA SARDON, y se declare como heredera universal su cónyuge don ALFREDO TALA MAMANI fallecido en ESSALUD Moquegua, siendo su domicilio real antes y después de su fallecimiento en la calle Moquegua 2) disponiendo su publicación de ley en el “diario la república” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este juzgado, fi jar en el cártel en el local del segundo juzgado. Moquegua, 26 de Junio del 2017. JULIO ARAOZ ANCHAISE. ABOGADO. CAT. 0579. ABOG. DARIO PANIAGUA PARIHUANA. TER-CERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

NULIDAD DE ACTO JURIDICA

El Juzgado de Mixto (Ex 2°) de Mariscal Nieto que

despacha la Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Espe-cialista Dra. Gaby Nina Escobar, en el expediente Nro. 00215-2016-0-2801-JM-CI-02 se ha dispuesto cumpla con notifi car con la Resolución Nro. 02 auto admisorio en su sexta punto de la parte resolutiva a la demanda a la sucesión hereditaria de HERADIO HERNAN FLO-RES ESPINOZA, por lo que se cumple con notifi car a la sucesión antes indicada de la interposición de deman-da de nulidad de acto jurídico y otros entablada en contra de la sucesión Heradio Hernán Flores Espinoza y otros, para no vulnerar su derecho de defensa, por lo que se procede a notifi carse mediante edicto con el objeto de que las personas interesada y/o interesadas puedan hacer valer sus derechos conforme a ley. Mo-quegua, 13 de Junio del 2017. Yonhson Ramos Cho-que. ABOGADO. C.A.M. 003. ABOG. GABY EDITH NINA ESCOBAR. SECRETARIO JUDICIAL. JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

REMATE

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN

PRIMERA CONVOCATORIA

En el proceso único de ejecución de garantías con ex-pediente judicial Nº 00386-2015-0-2802-JM-CI-01 que sigue B B V A BANCO CONTINENTAL (SUCURSAL ILO) en contra de H & P S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES Y ROSA ANTONIA LAQUI OQUENDO; el JUZGADO MIX-TO (EX 1°)- ILO que despacha el Sr. Juez Adolfo Cornejo Polanco con intervención de la especialista legal Srta. Judith Gallegos Ramos; ha ordenado sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria el bien que a continuación se detalla: Inmueble de 188,15 m2 ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A MZ. 54 LOTE 10, DISTRITO Y PROVINCIA ILO, DEPARTAMENTO Y REGIÓN MOQUEGUA. El re-ferido bien se halla inscrito en la partida registral NºP08013266 de la Sede Registral Nº XIII Sede Tacna de la SUNARP. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de USD$ 109,834.00 (ciento nueve mil ocho-cientos treinta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América) y será rematado sobre el precio base de USD$ 73,222.67 (setenta y tres mil doscientos veinti-dós con 67/100 dólares de los EUA). AFECTACIONES DEL BIEN.- Según lo publicitado en la referida partida registral: Asiento 00020 modifi cado y ampliado en el Asiento 00021 HIPOTECA.- Primera y preferente constituida por la propietaria a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de USD$ 112,120.00 dólares americanos; según Escritura Pública de fecha 29.04.2013 otorgada ante la Notaria Pública Yolanda L. Insúa Arroyo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Re-gistro Nº 227 el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO 2017 A LAS 12:00 HORAS MERIDIANO EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO MIXTO (EX 1º) DE LA CIUDAD DE ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA ubicado en la Calle Matará Nº325 – Sede de los Juzga-dos de Ilo. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una can-tidad no menor al 10% del valor de tasación del refe-rido inmueble: USD$ 10 983.40 (diez mil novecientos ochenta y tres con 40/100 dólares de los EUA), presen-tando este ante el Martillero Público. A los postores no benefi ciados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los pos-tores deberán de presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate de bien inmueble (S/ 607,50 soles), con indicación del juzgado y número de expediente y debidamente suscrito, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Ci-vil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Ilo, 01 de junio del año 2017. (20, 21, 22, 23, 26, 27 Junio).

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente N° 00066-2010-0- 2802-JR-CI-02, que sigue José Arnaldo CORNEJO RIVERA y Elena Elvira Sota Valdez por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRE-DITO DE AREQUIPA en contra de FRANCISCA MEDI-NA PEREZ Y AURELIO ADUVIRI VELASQUEZ; el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, especialista legal Dr. Eber Cal-que Valdivia, ha encargado a la Martillero Público Dra.

Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRI-MER REMATE el día 14 de Julio del 2017 a horas 12:00 del meridiano, el cual se llevara a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito, en la Calle Mafar6 N° 325 del Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua, del siguiente bien inmueble de propiedad de Francisca Medina Pérez y Aurelio Aduviri Velásquez; DESCRIPCION: Inmue-ble urbano ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A MANZANA-20 LOTE-16 del Dis-trito y Provincia de Ho, Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P08012721 del Re-gistro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.- VALOR DE TASACION: US$ 46,804.59 Dolores Americanos.- BASE DEL REMATE: US$ 31,203.06 Dó-lares Americanos; importe equivalente a las dos ter-ceras partes del valor de tasación.- AFECTACIONES: 1.- Asiento 00004: Inscripción de Hipoteca: A favor del Banco de Materiales hasta por la suma de 5/. 8,084.00 Nuevos Soles.- 2.- Asiento 00005: Inscripción de Hipo-teca: A favor de Edpyme Crear Tacna hasta por la suma de US $ 2,310.00 Dólares Americanos.¬3.- Asiento 00006: Inscripción de Embargo: A favor de José Arnal-do Cornejo Rivera hasta par la suma de US $ 9,000.00 Dolores Americanos.- 4.- Asiento N° 00007: Inscripción de Embargo: A favor de la Municipalidad Provincial de llo hasta por S/ 7,200.00 Soles.- No se conocen otras afectaciones. POSTOR: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 4,680,46 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 46/100 Dolores America-nos) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregaran en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judi-cial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Ge-nerales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez con-cluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y SU Reglamento (Articulo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Ilo, 2017 Junio 12. (26, 27, 28, 30 Junio y 03, 04 Julio).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: N° 00042-2016-47.2802-JR-PE-01, PRI-MER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ Abg, JACKIE MARLENE MARINAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abg. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA, La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de 110, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución NUEVE de fecha dieciséis de junio de 2017. NOTIFICAR a JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO, con el requerimiento de pago de la reparación civil efectuada por el Ministerio Publicó; REQUIERASE al sentenciado JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO a fi n de que en el plazo de TRES DIAS de notifi cado, cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 26 de febrero de 2016, en cuanto al pago de Ia reparación civil, por la suma de S/ 3 858.00 soles (correspondiente a las cuotas vencidas desde el 15 de marzo del 2016 hasta el 15 de setiembre de 2016), bajo apercibimien-to de Revocación del Periodo de suspensión de Ia pena en caso de incumplimiento previa solicitud fi s-cal. T6mese Razón’ y Hágase Saber.- llo, 19 de junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

EXPED1ENTE: 353-2015-78-2802-JR-PE-01. Segundo Juzgado de investigación Preparatoria de llo — Corte Superior de Moquegua. Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre. Especialista Legal: Abog. Mayra Patricia Pacheco Pachao. El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe ha dispuesto NOTIFICAR a: STACIO AUTOMOTRIZ SAC (en calidad de tercero civil) a efecto que concurra a la au-diencia de control de acusaci6n programada en autos para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL ARO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAIIANA, la misma que se realizara en la sala de audiencias ubicada en la calle Matara 325, ello según lo dispuesto en el proce-so seguido en contra de María Esther Ramírez Arévalo por la presunta comisión del delito de Falsedad gené-rica, en agravio de BBVA Banco Continental. llo, 21 de

junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

Expediente N° 0113-2017-0-2801-JR-PE-01. PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO: SE NOTIFIQUE A LUIS GERMAN CALLIZANA CHAVEZ: Extracto del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato y resolución N° 005. Que, de conformidad con lo establecido por los Artí-culos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Luis Germán Calliza-na Chávez por la comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Có-digo Penal, en agravio de su menor hija de iniciales M.S.C.E. representada por su madre Diana Maribel Escobar Huanacune. Hechos: que ante el Primer Juz-gado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, se tramitó el Expediente Judicial N° 00073-2014-0-2801-JP-FC-01, sobre Filiación Extramatrimonial y Alimentos seguido por Diana Maribel Escobar Huanacune en representa-ción de su menor hija de iniciales M.S.C.E., en contra de Luis Germán Callizana Chávez, proceso judicial en el que con fecha 25 de julio del 2014, el órgano juris-diccional emitió la Resolución N° 06 que aprobó en todos sus extremos el acta de conciliación celebrado entre el demandando Luis Germán Callizana Chávez y la demandante Diana Maribel Escobar Huanacune en representación de su menor hija de iniciales M.S.C.E., fi jándose como pensión alimenticia la suma de S/. 200.00 soles mensuales. El obligado dolosamente incumplió con la obligación alimentaria declarada judicialmente, por lo que, se practicó la respectiva li-quidación de pensiones adeudadas correspondientes al periodo comprendido de enero del 2015 ha junio del 2016, liquidación que fue aprobada por el Juzgado por la suma de SI. 3,655.87 (Tres mil seiscientos cin-cuenta y cinco con 87/100 nuevos soles) mediante Re-solución N° 18; cuyo pago fue debidamente requerido al obligado, bajo apercibimiento de ponerse en cono-cimiento del Ministerio Público, y mediante Resolu-ción N° 19 de fecha 27 de setiembre del 2016, remitió copias certifi cadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Nieto. Resolución N° 005 (extracto). Se reprograma la audiencia de pro-ceso inmediato, para el día diez de julio del presente año, a las ocho horas con treinta minutos en la sala de audiencia N° 003 del Módulo Penal – Corte Superior de Justicia de Moquegua. Firmado Raúl Jalixto Suca-puca. Juez del Primer Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Mariscal Nieto. Erly Alejo Cruz – Especialista Legal. De lo que doy Fe.- Moquegua, 07 de junio del 2017. (26, 27 Y 28 junio)

2° JUZGADO DE FAMILIA – SEDE NUEVO PALACIO. EXPEDIENTE: 00842-2017-0-2801-JR-FC-02. MATERIA: DECLARACION DE UNION DE HECHO. JUEZ: VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. ESPECIALISTA: RAMOS MOLLOCONDO MARINA. DEMANDADO: SUCESION MARCO AURELIO CURASI SOSA. DEMANDANTE: FLO-RES FLORES, GLADYS. Resolución Nro. 02. Moquegua, quince de junio de dos mil diecisiete.- AL PRINCI´PAL.- VISTOS: El escrito de subsanación de demanda y sus anexos. Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Teniendo en consideración la pretensión que se deduce, y que las normas procesales establecen como requisitos para que una demanda pueda ser admitida, es necesa-rio que concurran los presupuestos procesales y las condiciones de la acción, no debiendo confi gurarse los supuestos generales de inadmisibilidad e im-procedencia previstos en los artículos 426 y 427 del Código Procesal Civil. SEGUNDO.- Que, al tratarse la pretensión una de declaración judicial de unión de hecho, éste Despacho es competente para avocarse al conocimiento de conformidad con los dispuesto en el artículo 326 del Código Civil, siendo procedente ad-mitirla a trámite en la vía de proceso de conocimiento conforme lo impone el numeral 475 de Código Adje-tivo. TERCERO.- De revisada el escrito de subsanación de demanda la recurrente ha cumplido con adjuntar los documentos pedidos por lo que la demanda cum-ple con todos los requisitos de ley, por estas conside-raciones. Por lo expuesto; SE RESUELVE: 1) ADMITIR la demanda presentada por GLADYS FLORES FLORES, en el proceso de RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, en contra de la sucesión de MARCO AU-RELIO CURASI SOSA y del menor MARKUS STEVEN CURASI FLORES. 2) Tramítese en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; en consecuencia, SE DISPONE: TRAS-LADO de la demanda la parte demandada por el plazo

Avisos Judiciales

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; por ofrecidos los medios probatorios que se indican; agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados, con citación del Ministerio Público. 3) Atendiendo a que el demandado MARKUS STE-VEN CURASI FLORES es menor de edad, SE DISPONE: Nombrar como curador procesal a la abogada, Rosalia Flroes Calizaya a quien se le notifi cara en el Jirón An-cash N° 665, conceder el plazo de tres días a fi n de que acepte y juramente el cargo conferido, bajo aper-cibimiento de ser subrogada. 4) NOTIFICAR mediante edictos a la Sucesión de quien en vida fue don MARCO AURELIO CURASI SOSA, a cuya sucesión se le confi ere el TRASLADO de la demanda por el plazo de TREIN-TA DÍAS para la absolución de los cargos expresados en la misma, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal, debiendo para tala efecto la parte demandante cumplir con efectuar las publicaciones correspondientes en el Diario “La República”. REGÍS-TRESE Y HÁGASE SABER.- Juez VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. CORTE SUPERIOR DE MOQUEGUA. Secre-tario: MARINA RAMOS MOLLOCONDO. (26, 27, 28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

EDICTOS

EDICTO

Exp. N° 00260-2016-0-2801-JP-FC-02, en los seguidos por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, representante del menor ESTEFANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, con MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ, sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO – FAMILIA CIVIL, Especialista Legal Dra. ME-LISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Juez Dra ESTEFANY ROJAS CORONEL, a proveido, Resolución N°01 fecha 15 abril 2016, admitir la demanda de AUMENTO DE ALIMENTOS interpuesta por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, en representación del menor de edad ESTE-FANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, en vía de proce-so único, traslado de la misma al demandado MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ. Resolución Nro 04 fecha 15 mayo 2017, notifíquese al demandado MIGUEL DA-NILO CERVANTES ORTIZ mediante edicto, por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moque-gua, 27 junio 2017. J. CRISTIAN RAMOS CORDOVA. ABOGADO Reg. N° 0040 C.A.M. ABOG. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA. PRIMERA SECRETARIA DEL JUZ-GADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03JULIO)

EDICTO

Exp. N° 00514 – 2017 – 0 – 2801-JF – 01, en los segui-dos por DAYANA MELISSA QUISPE MANCHEGO, que se sigue con el MINISTERIO PUBLICO y otros, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, seguidos ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE MARISCAL NIETO, Esp. Legal Dra. ROSEMARY CHAMBE VARGAS, Juez Dr. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES, proveído: Resolu-ción N° 02 de fecha 28 de abril del 2017, dispone se notifi qué a los sucesores procesales de quien vida fue HERBERT ALFONSO RAMOS ZAPATA y comparezcan al presente proceso, en el término de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo la demandante cumplir con efectuar las publicaciones de ley. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 31 de mayo del 2017. JULIO CRISTIAN RAMOS CORDOVA – ABOGADO- Reg. C.A.M. N° 040. ROSEMARY CHAMBE VARGAS –SECRETARIA JUDICIAL – PRIMER JUZGADO DE FAMILIA MARISCAL NIETO – CORTE UPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (27, 28 y 30 JUNIO)

EDICTO

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado que des-pacha la Sra. Juez Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL y Sec. Abog. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA en el Exp. 543 – 2016 – 0- 2801 – JP – FC – 02; a resuelto emplazar mediante edictos al demandado JUAN CAR-LOS TAGLE MAMANI dando a conocer la admisión de la demanda de alimentos interpuesta por GERARDO TAGLE MAMANI en contra de JUAN CARLOS TAGLE MAMANI en la vía de proceso sumario, disponién-dose la notifi cación por edictos al demandado JUAN CARLOS TAGLE MAMANI por desconocer su domicilio bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Moquegua, 22 Junio del 2017. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MA-RISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MO-QUEGUA. Patricia R. Maldonado Sotomayor. ABOGA-DA. ICAT. 0873. (26, 27 Y 28 JUNIO)

NOTIFICACION POR EDICTO

EXPEDIENTE N° 00392-2015-13-2802-JR-PE-02, El Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria de lío, que despacha el señor Juez Edgardo Serapio Carpio Yzaguirre ha dispuesto mediante Resolución N°07

de fecha 13/06/2017, SE NOTIFIQUE POR EDICTOS el contenido de la Resolución N°01 que dispone: Hacer saber a las partes la formación del cuaderno de ejecu-ción de sentencia con copias certifi cadas de los princi-pales actuados; asimismo REQUIÉRASE al sentenciado FRANCISCO MAQUERA MAMANI para que cumpla con las reglas de conducta impuestas mediante sentencia de conformidad de fecha nueve de marzo de dos mil diecisiete, bajo apercibimiento de imponérsele las medidas establecidas en ésta, previo requerimiento fi scal, para tal efecto notifíquese la presente en el do-micilio real y procesal del sentenciado. Tómese razón y hágase saber.-. Especialista Legal Sergio Luque Hol-guín.- (26, 27, 28 Junio).

RECTIFICACION DE PARTIDA

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

En el Expediente Nro. 00125-2017-0-2801-JM-CI-01 del 2do. Juzgado Mixto de Moquegua, el Juez Dr. Fre-dy Fernández Sánchez y especialista Raul Ccallo Calli, estando a lo ordenado mediante SENTENCIA de fecha 23-06-2017, se dispone: RESOLUCIÓN NRO. 08: SEN-TENCIA, FALLO: 1.-Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por MILTHON KENNEDY CACHI MAMANI, sobre cambio de nombre en su Partida de Nacimien-to, que obra ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre – Locumba – Tacna. 2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre - Lo-cumba – Tacna, en el acta de nacimiento Nro. Ocho del año 1986, se proceda a cambiar nombre del titular de CACHI a SARAVIA, debiendo quedar en lo sucesi-vo los datos del titular de la partida como MILTHON KENNEDY SARAVIA MAMANI; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de fi liación. 3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario la República y, con-sentida que quede la misma, REMITASE los partes ju-diciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Moquegua, 23 de Junio del 2017. DAVID CALIZAYA PINTO – ABOGADO – ERG. N° 0005 C.A.M. ABOG. RAUL ANGEL CCALLO CALLI – SECRE-TARIO JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (26, 27 Y 28 JUNIO)

SUCESION INTESTADA

AVISO JUDICIAL

Exp. 0167-2017: Ante el Segundo Juzgado de Paz Le-trado de Ilo especialista Usmelda Valdivia Flores, don Flavio Esteban Sacatuma Rosas está solicitando la Su-cesión Intestada de la que en vida fue doña Patrocina Rosas Mendoza, fallecida el 14 de septiembre del 2016 en esta ciudad de Ilo. Ilo, junio del 2017. U. FELINA VALDIVIA FLORES. SECRETARIA SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28 junio)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que Despacha la Doctora Estefany Rojas Coro-nel y la Secretaria Judicial Abogado Cesar David Huan-ca Maquera, que autoriza el presente edicto; doña LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS y CARLOS EDUARDO CABALLA ZAPATA solicita Sucesión Intestada del que en vida fue su conyugue MARIO CUTBERTO CABALLA PAURO, fallecido el 28 de octubre del 2016, en el Male-cón Rivereño de esta ciudad de Moquegua, mediante la Resolución Uno de fecha doce de junio del 2017, se RESUELVE efectuándose la presente publicación para que los presuntos herederos puedan apersonarse al proceso como tal, al amparo del Art. 834 del C.P.C. En el Expediente Nro. 259-2017-0-2801-JP-CI-02 Y, seguido por LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS, contra el Ministerio Público sobre Sucesión Intestada.- Moque-gua, 27 de junio del 2017. WILFREDO MARTIN ZAPA-TA ZEBALLOS. ABOGADO. CAT. 0596. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el segundo Juzgado de paz Letrado familia civil de Mariscal Nieto que despacha el señor Juez Estefany Rojas Coronel y especialista Darío Pania-gua Parihuana se tramita el expediente judicial 00272-2017-0-2801-JP-CI-02 habiéndose resuelto 1) admitir a trámite, vía proceso no contencioso, la so-licitud de sucesión intestada presentada por ELENA HERMES AYNA SARDON, y se declare como heredera universal su cónyuge don ALFREDO TALA MAMANI fallecido en ESSALUD Moquegua, siendo su domicilio real antes y después de su fallecimiento en la calle Moquegua 2) disponiendo su publicación de ley en el “diario la república” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este juzgado, fi jar en el cártel en el local del segundo juzgado. Moquegua, 26 de

Junio del 2017. JULIO ARAOZ ANCHAISE. ABOGADO. CAT. 0579. ABOG. DARIO PANIAGUA PARIHUANA. TER-CERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

NULIDAD DE ACTO JURIDICA

El Juzgado de Mixto (Ex 2°) de Mariscal Nieto que despacha la Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Espe-cialista Dra. Gaby Nina Escobar, en el expediente Nro. 00215-2016-0-2801-JM-CI-02 se ha dispuesto cumpla con notifi car con la Resolución Nro. 02 auto admisorio en su sexta punto de la parte resolutiva a la demanda a la sucesión hereditaria de HERADIO HERNAN FLO-RES ESPINOZA, por lo que se cumple con notifi car a la sucesión antes indicada de la interposición de deman-da de nulidad de acto jurídico y otros entablada en contra de la sucesión Heradio Hernán Flores Espinoza y otros, para no vulnerar su derecho de defensa, por lo que se procede a notifi carse mediante edicto con el objeto de que las personas interesada y/o interesadas puedan hacer valer sus derechos conforme a ley. Mo-quegua, 13 de Junio del 2017. Yonhson Ramos Cho-que. ABOGADO. C.A.M. 003. ABOG. GABY EDITH NINA ESCOBAR. SECRETARIO JUDICIAL. JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

REMATE

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN

PRIMERA CONVOCATORIA

En el proceso único de ejecución de garantías con ex-pediente judicial Nº 00386-2015-0-2802-JM-CI-01 que sigue B B V A BANCO CONTINENTAL (SUCURSAL ILO) en contra de H & P S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES Y ROSA ANTONIA LAQUI OQUENDO; el JUZGADO MIX-TO (EX 1°)- ILO que despacha el Sr. Juez Adolfo Cornejo Polanco con intervención de la especialista legal Srta. Judith Gallegos Ramos; ha ordenado sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria el bien que a continuación se detalla: Inmueble de 188,15 m2 ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A MZ. 54 LOTE 10, DISTRITO Y PROVINCIA ILO, DEPARTAMENTO Y REGIÓN MOQUEGUA. El re-ferido bien se halla inscrito en la partida registral NºP08013266 de la Sede Registral Nº XIII Sede Tacna de la SUNARP. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de USD$ 109,834.00 (ciento nueve mil ocho-cientos treinta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América) y será rematado sobre el precio base de USD$ 73,222.67 (setenta y tres mil doscientos veinti-dós con 67/100 dólares de los EUA). AFECTACIONES DEL BIEN.- Según lo publicitado en la referida partida registral: Asiento 00020 modifi cado y ampliado en el Asiento 00021 HIPOTECA.- Primera y preferente constituida por la propietaria a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de USD$ 112,120.00 dólares americanos; según Escritura Pública de fecha 29.04.2013 otorgada ante la Notaria Pública Yolanda L. Insúa Arroyo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Re-gistro Nº 227 el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO 2017 A LAS 12:00 HORAS MERIDIANO EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO MIXTO (EX 1º) DE LA CIUDAD DE ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA ubicado en la Calle Matará Nº325 – Sede de los Juzga-dos de Ilo. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una can-tidad no menor al 10% del valor de tasación del refe-rido inmueble: USD$ 10 983.40 (diez mil novecientos ochenta y tres con 40/100 dólares de los EUA), presen-tando este ante el Martillero Público. A los postores no benefi ciados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los pos-tores deberán de presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate de bien inmueble (S/ 607,50 soles), con indicación del juzgado y número de expediente y debidamente suscrito, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Ci-vil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Ilo, 01 de junio del año 2017. (20, 21, 22, 23, 26, 27 Junio).

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente N° 00066-2010-0- 2802-JR-CI-02, que sigue José Arnaldo CORNEJO RIVERA y Elena Elvira Sota Valdez por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRE-DITO DE AREQUIPA en contra de FRANCISCA MEDI-NA PEREZ Y AURELIO ADUVIRI VELASQUEZ; el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Dr. Julio

Martin Pinazo Quispe, especialista legal Dr. Eber Cal-que Valdivia, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRI-MER REMATE el día 14 de Julio del 2017 a horas 12:00 del meridiano, el cual se llevara a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito, en la Calle Mafar6 N° 325 del Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua, del siguiente bien inmueble de propiedad de Francisca Medina Pérez y Aurelio Aduviri Velásquez; DESCRIPCION: Inmue-ble urbano ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A MANZANA-20 LOTE-16 del Dis-trito y Provincia de Ho, Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P08012721 del Re-gistro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.- VALOR DE TASACION: US$ 46,804.59 Dolores Americanos.- BASE DEL REMATE: US$ 31,203.06 Dó-lares Americanos; importe equivalente a las dos ter-ceras partes del valor de tasación.- AFECTACIONES: 1.- Asiento 00004: Inscripción de Hipoteca: A favor del Banco de Materiales hasta por la suma de 5/. 8,084.00 Nuevos Soles.- 2.- Asiento 00005: Inscripción de Hipo-teca: A favor de Edpyme Crear Tacna hasta por la suma de US $ 2,310.00 Dólares Americanos.¬3.- Asiento 00006: Inscripción de Embargo: A favor de José Arnal-do Cornejo Rivera hasta par la suma de US $ 9,000.00 Dolores Americanos.- 4.- Asiento N° 00007: Inscripción de Embargo: A favor de la Municipalidad Provincial de llo hasta por S/ 7,200.00 Soles.- No se conocen otras afectaciones. POSTOR: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 4,680,46 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 46/100 Dolores America-nos) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregaran en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judi-cial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Ge-nerales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez con-cluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y SU Reglamento (Articulo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Ilo, 2017 Junio 12. (26, 27, 28, 30 Junio y 03, 04 Julio).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: N° 00042-2016-47.2802-JR-PE-01, PRI-MER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ Abg, JACKIE MARLENE MARINAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abg. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA, La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de 110, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución NUEVE de fecha dieciséis de junio de 2017. NOTIFICAR a JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO, con el requerimiento de pago de la reparación civil efectuada por el Ministerio Publicó; REQUIERASE al sentenciado JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO a fi n de que en el plazo de TRES DIAS de notifi cado, cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 26 de febrero de 2016, en cuanto al pago de Ia reparación civil, por la suma de S/ 3 858.00 soles (correspondiente a las cuotas vencidas desde el 15 de marzo del 2016 hasta el 15 de setiembre de 2016), bajo apercibimien-to de Revocación del Periodo de suspensión de Ia pena en caso de incumplimiento previa solicitud fi s-cal. T6mese Razón’ y Hágase Saber.- llo, 19 de junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

EXPED1ENTE: 353-2015-78-2802-JR-PE-01. Segundo Juzgado de investigación Preparatoria de llo — Corte Superior de Moquegua. Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre. Especialista Legal: Abog. Mayra Patricia Pacheco Pachao. El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe ha dispuesto NOTIFICAR a: STACIO AUTOMOTRIZ SAC (en calidad de tercero civil) a efecto que concurra a la au-diencia de control de acusaci6n programada en autos para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL ARO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAIIANA, la misma que se realizara en la sala de audiencias ubicada en la calle Matara 325, ello según lo dispuesto en el proce-so seguido en contra de María Esther Ramírez Arévalo por la presunta comisión del delito de Falsedad gené-rica, en agravio de BBVA Banco Continental. llo, 21 de junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

Expediente N° 0113-2017-0-2801-JR-PE-01. PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE

MARISCAL NIETO: SE NOTIFIQUE A LUIS GERMAN CALLIZANA CHAVEZ: Extracto del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato y resolución N° 005. Que, de conformidad con lo establecido por los Artí-culos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Luis Germán Calliza-na Chávez por la comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Có-digo Penal, en agravio de su menor hija de iniciales M.S.C.E. representada por su madre Diana Maribel Escobar Huanacune. Hechos: que ante el Primer Juz-gado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, se tramitó el Expediente Judicial N° 00073-2014-0-2801-JP-FC-01, sobre Filiación Extramatrimonial y Alimentos seguido por Diana Maribel Escobar Huanacune en representa-ción de su menor hija de iniciales M.S.C.E., en contra de Luis Germán Callizana Chávez, proceso judicial en el que con fecha 25 de julio del 2014, el órgano juris-diccional emitió la Resolución N° 06 que aprobó en todos sus extremos el acta de conciliación celebrado entre el demandando Luis Germán Callizana Chávez y la demandante Diana Maribel Escobar Huanacune en representación de su menor hija de iniciales M.S.C.E., fi jándose como pensión alimenticia la suma de S/. 200.00 soles mensuales. El obligado dolosamente incumplió con la obligación alimentaria declarada judicialmente, por lo que, se practicó la respectiva li-quidación de pensiones adeudadas correspondientes al periodo comprendido de enero del 2015 ha junio del 2016, liquidación que fue aprobada por el Juzgado por la suma de SI. 3,655.87 (Tres mil seiscientos cin-cuenta y cinco con 87/100 nuevos soles) mediante Re-solución N° 18; cuyo pago fue debidamente requerido al obligado, bajo apercibimiento de ponerse en cono-cimiento del Ministerio Público, y mediante Resolu-ción N° 19 de fecha 27 de setiembre del 2016, remitió copias certifi cadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Nieto. Resolución N° 005 (extracto). Se reprograma la audiencia de pro-ceso inmediato, para el día diez de julio del presente año, a las ocho horas con treinta minutos en la sala de audiencia N° 003 del Módulo Penal – Corte Superior de Justicia de Moquegua. Firmado Raúl Jalixto Suca-puca. Juez del Primer Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Mariscal Nieto. Erly Alejo Cruz – Especialista Legal. De lo que doy Fe.- Moquegua, 07 de junio del 2017. (26, 27 Y 28 junio)

2° JUZGADO DE FAMILIA – SEDE NUEVO PALACIO. EXPEDIENTE: 00842-2017-0-2801-JR-FC-02. MATERIA: DECLARACION DE UNION DE HECHO. JUEZ: VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. ESPECIALISTA: RAMOS MOLLOCONDO MARINA. DEMANDADO: SUCESION MARCO AURELIO CURASI SOSA. DEMANDANTE: FLO-RES FLORES, GLADYS. Resolución Nro. 02. Moquegua, quince de junio de dos mil diecisiete.- AL PRINCI´PAL.- VISTOS: El escrito de subsanación de demanda y sus anexos. Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Teniendo en consideración la pretensión que se deduce, y que las normas procesales establecen como requisitos para que una demanda pueda ser admitida, es necesa-rio que concurran los presupuestos procesales y las condiciones de la acción, no debiendo confi gurarse los supuestos generales de inadmisibilidad e im-procedencia previstos en los artículos 426 y 427 del Código Procesal Civil. SEGUNDO.- Que, al tratarse la pretensión una de declaración judicial de unión de hecho, éste Despacho es competente para avocarse al conocimiento de conformidad con los dispuesto en el artículo 326 del Código Civil, siendo procedente ad-mitirla a trámite en la vía de proceso de conocimiento conforme lo impone el numeral 475 de Código Adje-tivo. TERCERO.- De revisada el escrito de subsanación de demanda la recurrente ha cumplido con adjuntar los documentos pedidos por lo que la demanda cum-ple con todos los requisitos de ley, por estas conside-raciones. Por lo expuesto; SE RESUELVE: 1) ADMITIR la demanda presentada por GLADYS FLORES FLORES, en el proceso de RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, en contra de la sucesión de MARCO AU-RELIO CURASI SOSA y del menor MARKUS STEVEN CURASI FLORES. 2) Tramítese en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; en consecuencia, SE DISPONE: TRAS-LADO de la demanda la parte demandada por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; por ofrecidos los medios probatorios que se indican; agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados, con citación del Ministerio Público. 3) Atendiendo a que el demandado MARKUS STE-VEN CURASI FLORES es menor de edad, SE DISPONE: Nombrar como curador procesal a la abogada, Rosalia Flroes Calizaya a quien se le notifi cara en el Jirón An-cash N° 665, conceder el plazo de tres días a fi n de que acepte y juramente el cargo conferido, bajo aper-cibimiento de ser subrogada. 4) NOTIFICAR mediante edictos a la Sucesión de quien en vida fue don MARCO

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

AURELIO CURASI SOSA, a cuya sucesión se le confi ere el TRASLADO de la demanda por el plazo de TREIN-TA DÍAS para la absolución de los cargos expresados en la misma, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal, debiendo para tala efecto la parte demandante cumplir con efectuar las publicaciones correspondientes en el Diario “La República”. REGÍS-TRESE Y HÁGASE SABER.- Juez VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. CORTE SUPERIOR DE MOQUEGUA. Secre-tario: MARINA RAMOS MOLLOCONDO. (26, 27, 28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

EDICTOS

EDICTO

Exp. N° 00260-2016-0-2801-JP-FC-02, en los seguidos por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, representante del menor ESTEFANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, con MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ, sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO – FAMILIA CIVIL, Especialista Legal Dra. ME-LISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Juez Dra ESTEFANY ROJAS CORONEL, a proveido, Resolución N°01 fecha 15 abril 2016, admitir la demanda de AUMENTO DE ALIMENTOS interpuesta por YENI EDITH VALDIVIA FLORES, en representación del menor de edad ESTE-FANI BRISELLIE CERVANTES VALDIVIA, en vía de proce-so único, traslado de la misma al demandado MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ. Resolución Nro 04 fecha 15 mayo 2017, notifíquese al demandado MIGUEL DANILO CERVANTES ORTIZ mediante edicto, por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 27 junio 2017. J. CRISTIAN RAMOS COR-DOVA. ABOGADO Reg. N° 0040 C.A.M. ABOG. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA. PRIMERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03JULIO)

EDICTO

Exp. N° 00514 – 2017 – 0 – 2801-JF – 01, en los segui-dos por DAYANA MELISSA QUISPE MANCHEGO, que se sigue con el MINISTERIO PUBLICO y otros, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, seguidos ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE MARISCAL NIETO, Esp. Legal Dra. ROSEMARY CHAMBE VARGAS, Juez Dr. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES, proveído: Resolu-ción N° 02 de fecha 28 de abril del 2017, dispone se notifi qué a los sucesores procesales de quien vida fue HERBERT ALFONSO RAMOS ZAPATA y comparezcan al presente proceso, en el término de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo la demandante cumplir con efectuar las publicaciones de ley. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 31 de mayo del 2017. JULIO CRISTIAN RAMOS CORDOVA – ABOGADO- Reg. C.A.M. N° 040. ROSEMARY CHAMBE VARGAS –SECRETARIA JUDICIAL – PRIMER JUZGADO DE FAMILIA MARISCAL NIETO – CORTE UPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (27, 28 y 30 JUNIO)

EDICTO

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado que des-pacha la Sra. Juez Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL y Sec. Abog. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA en el Exp. 543 – 2016 – 0- 2801 – JP – FC – 02; a resuelto emplazar mediante edictos al demandado JUAN CAR-LOS TAGLE MAMANI dando a conocer la admisión de la demanda de alimentos interpuesta por GERARDO TAGLE MAMANI en contra de JUAN CARLOS TAGLE MAMANI en la vía de proceso sumario, disponién-dose la notifi cación por edictos al demandado JUAN CARLOS TAGLE MAMANI por desconocer su domicilio bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Moquegua, 22 Junio del 2017. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MA-RISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MO-QUEGUA. Patricia R. Maldonado Sotomayor. ABOGA-DA. ICAT. 0873. (26, 27 Y 28 JUNIO)

NOTIFICACION POR EDICTO

EXPEDIENTE N° 00392-2015-13-2802-JR-PE-02, El Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria de lío, que despacha el señor Juez Edgardo Serapio Carpio Yzaguirre ha dispuesto mediante Resolución N°07 de fecha 13/06/2017, SE NOTIFIQUE POR EDICTOS el contenido de la Resolución N°01 que dispone: Hacer saber a las partes la formación del cuaderno de ejecu-ción de sentencia con copias certifi cadas de los princi-pales actuados; asimismo REQUIÉRASE al sentenciado FRANCISCO MAQUERA MAMANI para que cumpla con las reglas de conducta impuestas mediante sentencia de conformidad de fecha nueve de marzo de dos mil diecisiete, bajo apercibimiento de imponérsele las medidas establecidas en ésta, previo requerimiento fi scal, para tal efecto notifíquese la presente en el do-micilio real y procesal del sentenciado. Tómese razón

y hágase saber.-. Especialista Legal Sergio Luque Hol-guín.- (26, 27, 28 Junio).

RECTIFICACION DE PARTIDA

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

En el Expediente Nro. 00125-2017-0-2801-JM-CI-01 del 2do. Juzgado Mixto de Moquegua, el Juez Dr. Fre-dy Fernández Sánchez y especialista Raul Ccallo Calli, estando a lo ordenado mediante SENTENCIA de fecha 23-06-2017, se dispone: RESOLUCIÓN NRO. 08: SEN-TENCIA, FALLO: 1.-Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por MILTHON KENNEDY CACHI MAMANI, sobre cambio de nombre en su Partida de Nacimien-to, que obra ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre – Locumba – Tacna. 2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre - Lo-cumba – Tacna, en el acta de nacimiento Nro. Ocho del año 1986, se proceda a cambiar nombre del titular de CACHI a SARAVIA, debiendo quedar en lo sucesi-vo los datos del titular de la partida como MILTHON KENNEDY SARAVIA MAMANI; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de fi liación. 3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el diario la República y, con-sentida que quede la misma, REMITASE los partes ju-diciales para que se proceda a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Moquegua, 23 de Junio del 2017. DAVID CALIZAYA PINTO – ABOGADO – ERG. N° 0005 C.A.M. ABOG. RAUL ANGEL CCALLO CALLI – SECRE-TARIO JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (26, 27 Y 28 JUNIO)

SUCESION INTESTADA

AVISO JUDICIAL

Exp. 0167-2017: Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo especialista Usmelda Valdivia Flores, don Flavio Esteban Sacatuma Rosas está solicitando la Sucesión Intestada de la que en vida fue doña Pa-trocina Rosas Mendoza, fallecida el 14 de septiembre del 2016 en esta ciudad de Ilo. Ilo, junio del 2017. U. FELINA VALDIVIA FLORES. SECRETARIA SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28 junio)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que Despacha la Doctora Estefany Rojas Coro-nel y la Secretaria Judicial Abogado Cesar David Huan-ca Maquera, que autoriza el presente edicto; doña LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS y CARLOS EDUARDO CABALLA ZAPATA solicita Sucesión Intestada del que en vida fue su conyugue MARIO CUTBERTO CABALLA PAURO, fallecido el 28 de octubre del 2016, en el Male-cón Rivereño de esta ciudad de Moquegua, mediante la Resolución Uno de fecha doce de junio del 2017, se RESUELVE efectuándose la presente publicación para que los presuntos herederos puedan apersonarse al proceso como tal, al amparo del Art. 834 del C.P.C. En el Expediente Nro. 259-2017-0-2801-JP-CI-02 Y, seguido por LUZ TEOFILA ZAPATA RAMOS, contra el Ministerio Público sobre Sucesión Intestada.- Moque-gua, 27 de junio del 2017. WILFREDO MARTIN ZAPA-TA ZEBALLOS. ABOGADO. CAT. 0596. ABOG. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA – SEGUNDA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el segundo Juzgado de paz Letrado familia civil de Mariscal Nieto que despacha el señor Juez Estefany Rojas Coronel y especialista Darío Pania-gua Parihuana se tramita el expediente judicial 00272-2017-0-2801-JP-CI-02 habiéndose resuelto 1) admitir a trámite, vía proceso no contencioso, la so-licitud de sucesión intestada presentada por ELENA HERMES AYNA SARDON, y se declare como heredera universal su cónyuge don ALFREDO TALA MAMANI fallecido en ESSALUD Moquegua, siendo su domicilio real antes y después de su fallecimiento en la calle Moquegua 2) disponiendo su publicación de ley en el “diario la república” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este juzgado, fi jar en el cártel en el local del segundo juzgado. Moquegua, 26 de Junio del 2017. JULIO ARAOZ ANCHAISE. ABOGADO. CAT. 0579. ABOG. DARIO PANIAGUA PARIHUANA. TER-CERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

NULIDAD DE ACTO JURIDICA

El Juzgado de Mixto (Ex 2°) de Mariscal Nieto que despacha la Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Espe-cialista Dra. Gaby Nina Escobar, en el expediente Nro. 00215-2016-0-2801-JM-CI-02 se ha dispuesto cumpla

con notifi car con la Resolución Nro. 02 auto admisorio en su sexta punto de la parte resolutiva a la demanda a la sucesión hereditaria de HERADIO HERNAN FLO-RES ESPINOZA, por lo que se cumple con notifi car a la sucesión antes indicada de la interposición de de-manda de nulidad de acto jurídico y otros entablada en contra de la sucesión Heradio Hernán Flores Espi-noza y otros, para no vulnerar su derecho de defensa, por lo que se procede a notifi carse mediante edicto con el objeto de que las personas interesada y/o in-teresadas puedan hacer valer sus derechos confor-me a ley. Moquegua, 13 de Junio del 2017. Yonhson Ramos Choque. ABOGADO. C.A.M. 003. ABOG. GABY EDITH NINA ESCOBAR. SECRETARIO JUDICIAL. JUZGA-DO MIXTO DE MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

REMATE

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN

PRIMERA CONVOCATORIA

En el proceso único de ejecución de garantías con ex-pediente judicial Nº 00386-2015-0-2802-JM-CI-01 que sigue B B V A BANCO CONTINENTAL (SUCURSAL ILO) en contra de H & P S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES Y ROSA ANTONIA LAQUI OQUENDO; el JUZGADO MIXTO (EX 1°)- ILO que despacha el Sr. Juez Adolfo Cornejo Polanco con intervención de la especialista legal Srta. Judith Gallegos Ramos; ha ordenado sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria el bien que a continuación se detalla: Inmueble de 188,15 m2 ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A MZ. 54 LOTE 10, DISTRITO Y PROVINCIA ILO, DEPARTAMENTO Y REGIÓN MOQUE-GUA. El referido bien se halla inscrito en la partida registral NºP08013266 de la Sede Registral Nº XIII Sede Tacna de la SUNARP. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de USD$ 109,834.00 (ciento nueve mil ochocientos treinta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América) y será rematado sobre el precio base de USD$ 73,222.67 (setenta y tres mil doscientos veintidós con 67/100 dólares de los EUA). AFECTACIONES DEL BIEN.- Según lo publicitado en la referida partida registral: Asiento 00020 modifi cado y ampliado en el Asiento 00021 HIPOTECA.- Primera y preferente constituida por la propietaria a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de USD$ 112,120.00 dólares americanos; según Escritura Públi-ca de fecha 29.04.2013 otorgada ante la Notaria Públi-ca Yolanda L. Insúa Arroyo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzagui-rre con Registro Nº 227 el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO 2017 A LAS 12:00 HORAS MERIDIANO EN LAS INSTA-LACIONES DEL JUZGADO MIXTO (EX 1º) DE LA CIU-DAD DE ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA ubicado en la Calle Matará Nº325 – Sede de los Juzgados de Ilo. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya deposi-tado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del referido inmueble: USD$ 10 983.40 (diez mil novecientos ochenta y tres con 40/100 dólares de los EUA), presentando este ante el Martillero Público. A los postores no benefi ciados se les devolverá el ín-tegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate de bien inmueble (S/ 607,50 soles), con indicación del juzgado y número de expediente y debidamente suscrito, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Públi-co, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Ilo, 01 de junio del año 2017. (20, 21, 22, 23, 26, 27 Junio).

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente N° 00066-2010-0- 2802-JR-CI-02, que si-gue José Arnaldo CORNEJO RIVERA y Elena Elvira Sota Valdez por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de FRANCISCA MEDINA PE-REZ Y AURELIO ADUVIRI VELASQUEZ; el Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Cor-te Superior de Justicia de Moquegua, Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, especialista legal Dr. Eber Calque Valdi-via, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER RE-MATE el día 14 de Julio del 2017 a horas 12:00 del me-ridiano, el cual se llevara a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo de la Cor-te Superior de Justicia de Moquegua, sito, en la Calle Mafar6 N° 325 del Distrito y Provincia de llo, Departa-mento de Moquegua, del siguiente bien inmueble de propiedad de Francisca Medina Pérez y Aurelio Aduvi-ri Velásquez; DESCRIPCION: Inmueble urbano ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO PROMUVI V SECTOR A

MANZANA-20 LOTE-16 del Distrito y Provincia de Ho, Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P08012721 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.- VALOR DE TASA-CION: US$ 46,804.59 Dolores Americanos.- BASE DEL REMATE: US$ 31,203.06 Dólares Americanos; importe equivalente a las dos terceras partes del valor de ta-sación.- AFECTACIONES: 1.- Asiento 00004: Inscripción de Hipoteca: A favor del Banco de Materiales hasta por la suma de 5/. 8,084.00 Nuevos Soles.- 2.- Asiento 00005: Inscripción de Hipoteca: A favor de Edpyme Crear Tacna hasta por la suma de US $ 2,310.00 Dó-lares Americanos.¬3.- Asiento 00006: Inscripción de Embargo: A favor de José Arnaldo Cornejo Rivera hasta par la suma de US $ 9,000.00 Dolores America-nos.- 4.- Asiento N° 00007: Inscripción de Embargo: A favor de la Municipalidad Provincial de llo hasta por S/ 7,200.00 Soles.- No se conocen otras afectaciones. POSTOR: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 4,680,46 (CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 46/100 Dolores Americanos) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregaran en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial corres-pondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Pro-cesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Proce-sal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y SU Reglamento (Articulo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Ilo, 2017 Junio 12. (26, 27, 28, 30 Junio y 03, 04 Julio).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: N° 00042-2016-47.2802-JR-PE-01, PRI-MER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ Abg, JACKIE MARLENE MARINAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abg. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA, La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de 110, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución NUEVE de fecha dieciséis de junio de 2017. NOTIFICAR a JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO, con el requerimiento de pago de la reparación civil efectuada por el Ministerio Publicó; REQUIERASE al sentenciado JAVIER CARLOS FIGUEROA CABALLERO a fi n de que en el plazo de TRES DIAS de notifi cado, cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 26 de febrero de 2016, en cuanto al pago de Ia repara-ción civil, por la suma de S/ 3 858.00 soles (correspon-diente a las cuotas vencidas desde el 15 de marzo del 2016 hasta el 15 de setiembre de 2016), bajo apercibi-miento de Revocación del Periodo de suspensión de Ia pena en caso de incumplimiento previa solicitud fi scal. T6mese Razón’ y Hágase Saber.- llo, 19 de junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

EXPED1ENTE: 353-2015-78-2802-JR-PE-01. Segundo Juzgado de investigación Preparatoria de llo — Corte Superior de Moquegua. Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre. Especialista Legal: Abog. Mayra Patricia Pacheco Pachao. El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe ha dispuesto NOTIFICAR a: STACIO AUTOMOTRIZ SAC (en calidad de tercero civil) a efecto que concurra a la au-diencia de control de acusaci6n programada en autos para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL ARO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAIIANA, la misma que se realizara en la sala de audiencias ubicada en la calle Matara 325, ello según lo dispuesto en el proce-so seguido en contra de María Esther Ramírez Arévalo por la presunta comisión del delito de Falsedad gené-rica, en agravio de BBVA Banco Continental. llo, 21 de junio de 2017. (26, 27, 28 Junio).

EDICTO PENAL

Expediente N° 0113-2017-0-2801-JR-PE-01. PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO: SE NOTIFIQUE A LUIS GERMAN CALLIZANA CHAVEZ: Extracto del requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato y resolución N° 005. Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la ins-tauración del Proceso Inmediato en la presente inves-tigación preliminar, seguida en contra de Luis Germán Callizana Chávez por la comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de su menor hija

de iniciales M.S.C.E. representada por su madre Diana Maribel Escobar Huanacune. Hechos: que ante el Pri-mer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, se tra-mitó el Expediente Judicial N° 00073-2014-0-2801-JP-FC-01, sobre Filiación Extramatrimonial y Alimentos seguido por Diana Maribel Escobar Huanacune en representación de su menor hija de iniciales M.S.C.E., en contra de Luis Germán Callizana Chávez, proceso judicial en el que con fecha 25 de julio del 2014, el órgano jurisdiccional emitió la Resolución N° 06 que aprobó en todos sus extremos el acta de conciliación celebrado entre el demandando Luis Germán Calliza-na Chávez y la demandante Diana Maribel Escobar Huanacune en representación de su menor hija de iniciales M.S.C.E., fi jándose como pensión alimenticia la suma de S/. 200.00 soles mensuales. El obligado dolosamente incumplió con la obligación alimenta-ria declarada judicialmente, por lo que, se practicó la respectiva liquidación de pensiones adeudadas correspondientes al periodo comprendido de enero del 2015 ha junio del 2016, liquidación que fue apro-bada por el Juzgado por la suma de SI. 3,655.87 (Tres mil seiscientos cincuenta y cinco con 87/100 nuevos soles) mediante Resolución N° 18; cuyo pago fue debi-damente requerido al obligado, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento del Ministerio Público, y mediante Resolución N° 19 de fecha 27 de setiembre del 2016, remitió copias certifi cadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Nieto. Resolución N° 005 (extracto). Se reprograma la audiencia de proceso inmediato, para el día diez de julio del presente año, a las ocho horas con treinta minutos en la sala de audiencia N° 003 del Módulo Penal – Corte Superior de Justicia de Moquegua. Fir-mado Raúl Jalixto Sucapuca. Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto. Erly Alejo Cruz – Especialista Legal. De lo que doy Fe.- Mo-quegua, 07 de junio del 2017. (26, 27 Y 28 junio)

2° JUZGADO DE FAMILIA – SEDE NUEVO PALACIO. EXPEDIENTE: 00842-2017-0-2801-JR-FC-02. MATERIA: DECLARACION DE UNION DE HECHO. JUEZ: VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. ESPECIALISTA: RAMOS MOLLOCONDO MARINA. DEMANDADO: SUCESION MARCO AURELIO CURASI SOSA. DEMANDANTE: FLO-RES FLORES, GLADYS. Resolución Nro. 02. Moquegua, quince de junio de dos mil diecisiete.- AL PRINCI´PAL.- VISTOS: El escrito de subsanación de demanda y sus anexos. Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Teniendo en consideración la pretensión que se deduce, y que las normas procesales establecen como requisitos para que una demanda pueda ser admitida, es necesario que concurran los presupuestos procesales y las con-diciones de la acción, no debiendo confi gurarse los supuestos generales de inadmisibilidad e improce-dencia previstos en los artículos 426 y 427 del Código Procesal Civil. SEGUNDO.- Que, al tratarse la preten-sión una de declaración judicial de unión de hecho, éste Despacho es competente para avocarse al cono-cimiento de conformidad con los dispuesto en el artí-culo 326 del Código Civil, siendo procedente admitirla a trámite en la vía de proceso de conocimiento con-forme lo impone el numeral 475 de Código Adjetivo. TERCERO.- De revisada el escrito de subsanación de demanda la recurrente ha cumplido con adjuntar los documentos pedidos por lo que la demanda cumple con todos los requisitos de ley, por estas consideracio-nes. Por lo expuesto; SE RESUELVE: 1) ADMITIR la de-manda presentada por GLADYS FLORES FLORES, en el proceso de RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, en contra de la sucesión de MARCO AU-RELIO CURASI SOSA y del menor MARKUS STEVEN CURASI FLORES. 2) Tramítese en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; en consecuencia, SE DISPONE: TRASLADO de la demanda la parte demandada por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; por ofrecidos los medios probato-rios que se indican; agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados, con citación del Ministerio Público. 3) Atendiendo a que el demandado MARKUS STEVEN CURASI FLORES es menor de edad, SE DISPO-NE: Nombrar como curador procesal a la abogada, Ro-salia Flroes Calizaya a quien se le notifi cara en el Jirón Ancash N° 665, conceder el plazo de tres días a fi n de que acepte y juramente el cargo conferido, bajo aper-cibimiento de ser subrogada. 4) NOTIFICAR mediante edictos a la Sucesión de quien en vida fue don MARCO AURELIO CURASI SOSA, a cuya sucesión se le confi ere el TRASLADO de la demanda por el plazo de TREIN-TA DÍAS para la absolución de los cargos expresados en la misma, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal, debiendo para tala efecto la parte demandante cumplir con efectuar las publicaciones correspondientes en el Diario “La República”. REGÍS-TRESE Y HÁGASE SABER.- Juez VEGA VALENCIA LIDIA JOSEFINA. CORTE SUPERIOR DE MOQUEGUA. Secre-tario: MARINA RAMOS MOLLOCONDO. (26, 27, 28, 30 JUNIO Y 03 JULIO)

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

EDICTO

Moquegua, 19 de junio de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes

de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de Inicio

Juzgado de Trabajo de Ilo

Miércoles 28 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES. MAGISTRADO CONTRALADOR DE ODECMA. HIDALGO SALAS MARIA DEL PILAR. SECRETARIO ODECMA.

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

EDICTO

Moquegua, 19 de junio de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de Inicio

Juzgado de Trabajo de Ilo

Miércoles 28 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES. MAGISTRADO CONTRALADOR DE ODECMA. HIDALGO SALAS MARIA DEL PILAR. SECRETARIO ODECMA.

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E

INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

Moquegua, 31 de mayo de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional Die Hora de Inicio

Sala Mixta

Descentralizada de Ilo

Lunes19 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas. se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAXIMO JESUS LOO SEGOVIA Abog. MARIA DEL PILAR HDALGO SALAS JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA ASISTENTE JUDICIAL DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

EDICTO

Moquegua, 22 de junio de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes

de julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de Inicio

Segundo Mixta de Mariscal

Nieto

Miercoles 19

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA. MAGISTRADO CONTRALADOR DE ODECMA. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS. ASISTENTE JUDICIAL ODECMA. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.

La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

EDICTO

Moquegua, 17 de mayo de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de Inicio

Juzgado Mixto de

Mariscal Nieto Miércoles 14 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS YOHEL WUILDER CORNEJO CHAVEZ ASISTENTE JUDICIAL MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA

ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

PODER. JUDICIAL DEL PERU

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

"UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E IINVESTIGACIÓN Y VISITAS"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Moquegua, 06 de Junio del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de junio del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional Fecha Hora de Inicio Primer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Jueves 15 de Junio del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguira con sus diligencias programadas.

FREDY FERNANDEZ SANCHEZ

MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 28 de junio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

SALA MIXTA MOQUEGUA

Audiencia Publica Extraordinaria - Segundo Trimestre 2017

Resolución N° 01 Moquegua, cinco de junio de dos mil diecisiete.-

VISTOS Y CONSIDERANDO:

PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Publica Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.

SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las Provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior.

Por estos fundamentos, SE RESUELVE:

PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE JUNIO del año dos mil diecisiete, a las NUEVE HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua.

SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega.

TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixta de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto. Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación. para dar cuenta en el acto de la audiencia.

CUARTO: Se a! Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo: Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley.

REGISTRESE Y HAGASE SABER.- S.S GONZÁLEZ AGUILAR LOO SEGOVIA COAGUILA MITA.

MG. YULEMI PAULA PACHECO ZAPATA SECRETARIA

SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 28 de junio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO

______________________________________________________________________________________________

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01

Ilo, dos de junio

Del dos mil diecisiete.-

VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento

aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública

Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de

instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos

sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con

carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo

responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.

RESOLVIERON:

1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS

NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA

PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia

territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;

2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de

audiencia, otras con reos libres igualmente

pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha

de entrega, asimismo con formular una razón

por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del

Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias;

3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con

elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en

liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar

cuenta en el acto de la audiencia.

4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de

detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo

que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La

República” por el término de ley.- Autorizan la presente resolución los Magistrados que suscriben en mérito a lo dispuesto por el

artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-

S.S.

RUIZ NAVARRO.

ALEGRE VALDIVIA.

PODER JUDICIAL DEL PERU