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Mínísterío de Salud Hospital Nacional "Dos de Mayo Lima, .1.P.. de .. /1.'t.Y?.. de 2021 VISTO: El Expediente Administrativo Registro Nº 07279-2021, que contiene e· . - proyecto del Documento Técnico: "Plan de Mejora de Lactancia Materna Según Brechas d§ Autoevaluación- 2020, del Hospital Nacional Dos de Mayo"; CONSIDERANDO: Que, los. numerales I y II del Título Preliminar de la Ley 26842 - Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 18º del Reglamento de Alimentación Infantil, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-SA, sala que el personal de salud y los establecimientos de salud públicos y privados son responsables de las acciones de fomento y promoción de la lactancia materna y de la alimentación del lactante y de la niña y el niño hasta los veinticuatro (24) meses de edad, con el objeto de garantizar su óptimo crecimiento y desarrollo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 609-2014-MINSA, se ha aprobado la \\\ Directiva Administrativa Nº 201-MINSA-DGSP-V.01 - Directiva Administrativa para la :\a1 :J'_.,<:: Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, en el que f ·.,.'l.; ha establecido que la Certificación de Establecimientos Amigos de la Madre, la Niña y el r ._!.t)liño, es un proceso que implica la evaluación de los establecimientos de salud públicos y --=-�� - - �� ;privados que brindan atención a la madre, la niña y el niño; mediante los siguientes "-..:!.'.!,!:.... criterios: Cumplimiento de los diez pasos para una lactancia materna exitosa, el cumplimiento de las disposiciones relacionadas a la publicidad y adquisición de los suceneos de la leche materna, biberones y tetinas establecidas en el Reglamento de Alimentación Infantil y la implementación del lactario institucional, según corresponda. La certificación tiene una duración de tres años, finalizado ese periodo debe ser actualizada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 245-2020-MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria Nº 97-MINSA/2020/DGIESP: "Directiva Sanitaria para la Prevención y Atención de la Gestante y del Recién Nacido con Riesgo o Infección por COVID -19", la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos y/o procedimientos para la prevención y atención de la gestante y del recién nacido con exposición e/o infección por COVI D-19; Que, mediante Oficio Nº 04-2021-CLM-HNDM, de fecha 08 de marzo de 2021, el Presidente del Comité de Lactancia Materna, remite el proyecto del Documento Técnico:

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Mínísterío de Salud Hospital Nacional

"Dos de Mayo

Lima, .1.P.. de .. /1.'t.�Y?.. de 2021

VISTO: El Expediente Administrativo Registro Nº 07279-2021, que contiene e�· . - proyecto del Documento Técnico: "Plan de Mejora de Lactancia Materna Según Brechas d§ Autoevaluación- 2020, del Hospital Nacional Dos de Mayo";

CONSIDERANDO:

Que, los. numerales I y II del Título Preliminar de la Ley 26842 - Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el artículo 18º del Reglamento de Alimentación Infantil, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-SA, señala que el personal de salud y los establecimientos de salud públicos y privados son responsables de las acciones de fomento y promoción de la lactancia materna y de la alimentación del lactante y de la niña y el niño hasta los veinticuatro (24) meses de edad, con el objeto de garantizar su óptimo crecimiento y desarrollo;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 609-2014-MINSA, se ha aprobado la \\\ Directiva Administrativa Nº 201-MINSA-DGSP-V.01 - Directiva Administrativa para la

:\� a1 • :J'_.,<:: Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, en el que f �� ·.,.'l.;��� ha establecido que la Certificación de Establecimientos Amigos de la Madre, la Niña y el r ._!.t)liño, es un proceso que implica la evaluación de los establecimientos de salud públicos y

--=-�� - � -��;privados que brindan atención a la madre, la niña y el niño; mediante los siguientes "-..:!.'.!,!:.... criterios: Cumplimiento de los diez pasos para una lactancia materna exitosa, el

cumplimiento de las disposiciones relacionadas a la publicidad y adquisición de los sucedáneos de la leche materna, biberones y tetinas establecidas en el Reglamento de Alimentación Infantil y la implementación del lactario institucional, según corresponda. La certificación tiene una duración de tres años, finalizado ese periodo debe ser actualizada;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 245-2020-MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria Nº 97-MINSA/2020/DGIESP: "Directiva Sanitaria para la Prevención y Atención de la Gestante y del Recién Nacido con Riesgo o Infección por COVID -19", la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos y/o procedimientos para la prevención y atención de la gestante y del recién nacido con exposición e/o infección por COVI D-19;

Que, mediante Oficio Nº 04-2021-CLM-HNDM, de fecha 08 de marzo de 2021, el Presidente del Comité de Lactancia Materna, remite el proyecto del Documento Técnico:

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"Plan de Mejora de Lactancia Materna Según Brechas de Autoevaluación - 2020, del Hospital Nacional Dos de Mayo", a efectos de regularizar su aprobación;

Que, el proyecto del Documento Técnico: "Plan de Mejora de Lactancia Materna Según Brechas de Autoevaluación- 2020, del Hospital Nacional Dos de Mayo", tiene como finalidad contribuir a mejorar la salud y nutrición de la población infantil usuaria del HNDM y cumplimiento de los 1 O pasos hacia una lactancia materna exitosa para poder lograr la Certificación del Hospital Nacional "Dos de Mayo", como Institución Amigo de la Madre, la Niña y el Niño;

Que, asimismo el referido proyecto de Documento Técnico, señala que el año 2020 se planifico como un año decisivo para concretar el objetivo de recertificar a nuestro hospital, como institución amiga de la madre y el niño, e implementar las estrategias que permitan su sostenibilidad, por lo que se había trabajado de manera positiva en las brechas encontradas en· la autoevaluación 2019, pero de manera inesperada ocurre una situación mundial el 11 de marzo de 2020, declarando la OMS, pandemia mundial por la enfermedad COVID -19, la cual hizo que se priorizara la atención de los paciente COVID-19, pero sin descuidar la atención del madre- niño;

Que, el numeral IX, del citado plan señala que el presupuesto que se tendrá como base para el plan de mejora de lactancia materna según brecha encontradas en la autoevaluación 2020, será el proyectado en el Plan Operativo de lactancia materna 2021;

Que, en atención al Oficio Nº 063-2021-0GC-HNDM, de fecha 10 de marzo de 2021, de la Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad, el Director Adjunto de la Dirección General, señala que el Documento Técnico: "Plan de Mejora de Lactancia Materna Según Brechas de Autoevaluación- 2020, del Hospital Nacional Dos de Mayo",

010 0 . debe ser aprobado mediante el presente acto resolutivo, con eficacia anticipada al 01 de :\'<:.." • é.r. d 2021 · . ¡, �¿�íl:' .... �º.r�-1<-- �nero e ,

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. $ 1 í Que, el numeral 17 .1, del Artículo 17, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº . �#�7444- Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto

---,-.-...=,,"- � ·Y. Supremo N° 004-2019-JUS, señala respecto a la eficacia anticipada del acto administrativo, lo siguiente: "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción".

Con las visaciones del Director Adjunto de la Dirección General y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido la Resolución Ministerial Nº 696-2008/MINSA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional "Dos de Mayo" y la Resolución Viceministerial Nº 002-2021-SA/DMV-PAS, de fecha 15 de enero de

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Ministerio de Salud Hospital Nacional

"Dos de Mayo

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2021, que renueva a partir del 1 de enero de 2021, entre otros, el encargo puesto como Directora General del Hospital Nacional "Dos de Mayo", al médico cirujano Rosario del � Milagro Kiyohara Okamoto;

SE RESUELVE:

i�; · '!<� Artículo 1:.- Aprobar, con eficacia anticipada al 01 de enero de 202; .. el . � �?°'6' DOCUMENTO TECNICO: "PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGUN \ � /'.:BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN- 2020, DEL HOSPITAL NACIONAL DOS DE �,-(">,'( MAYO", del Departamento de Pediatría, del Hospital Nacional "Dos de Mayo", el que en

{ ·· veintiocho (28) fojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- La Jefatura de la Oficina de Estadística e Informática de la Institución' dispondrá la publicación de la presente resolución directora! en el portal institucional dél Hospital http://www.hdosdemayo.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese;

RDMKO/CECQ/YMAE/VVJLU/ELVF. e.e.: - Dirección General. - Dirección Adjunta. - Ofic. Ejecutiva de Planeamien1o Estratégico. - Opto. de Pediatria · - Ofic .. Asesoría Jurídica. - Ofic .. Estadistica e Informática. -Archivo.

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Ministerio de Salud

DOCUMENTO TÉCNICO:

PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIQN 2020

PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

INDICE

I. INTRODUCCION: 2 11. FINALIDAD: 3 111. OBJETIVOS: 3 IV. BASE LEGAL: 4 V. ÁMBITO Y ALCANCE: 6 VI. CONTENIDO 6 VII. ACTIVIDADES PARA REALIZAR SEGÚN LAS BRECHAS EN LOS 10 PASOS DE LACTANCIA 7 VIII. RESPONSABILIDADES: 14 IX. PRESUPUESTO 15 X. ANEXOS 21

ANEXO Nº 01 21 LISTADO DE BRECHAS SEGÚN LOS 10 PASOS DE LACTANCIA MATERNA

···································································································································· 21 ANEXO Nº 02 27 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PLAN DE MEJORA SEGÚN BRECHAS DE LA AUTOEV ALU ACIÓN 2020 27

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

DOCUMENTO TÉCNICO:

PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN ·�

l. INTRODUCCION:

El compromiso de las gestiones hospitalarias para el cumplimiento de las metas a favor de la Lactancia Materna data del afio 1993. Estas acciones se llevaron a cabo gracias a la colaboración económica que brindo el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) a la iniciativa "Hospital Amigo de la Madre y el Niño", meta que en ese año alcanzó el Hospital Nacional Dos de Mayo.

Habiéndose perdido este reconocimiento por la falta de continuidad, en el tiempo, de acciones en favor de la Lactancia Materna, el año 2012 se RETOMÓ LA INICIATIVA y se elaboró la Directiva Sanitaria sobre Lactancia Materna en el Hospital Nacional Dos de Mayo 001-2012-DG-DP-HNDM

El Comité Técnico de Lactancia Materna Institucional del Hospital Nacional "Dos de Mayo", responsable de la Promoción y Protección de la Lactancia Materna en nuestro Hospital viene trabajando desde su creación el afio 2012 para cumplir su cometido, habiendo elaborado y ejecutado los planes de lactancia materna del año 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, 2017, 2018 y 2019 con los cuales se avanzó en el camino de lograr recertificar al hospital como Institución Amiga de la Madre y el niño.

El año 2020 se planificó como un afio decisivo para concretar el objetivo de recertificar como institución amiga de la madre y el niño, asl como en la implementación de estrategias que permitan su sostenibilidad, por lo que se había trabajado de manera positiva en las brechas encontradas en la autoevaluación del 2019, pero ocurre de manera inesperada una situación mundial, el dia 11 de marzo del 2020, la OMS declara la pandemia mundial por la enfermedad COVID-19, siendo así que el gobierno peruano declara el Estado de Emergencia Sanitaria Nacional, con cuarentena obligatoria, desde el día 15 de marzo de 2020 hasta el 26 de junio, y posteriormente el gobierno anuncia una nueva ampliación que modifica la restricción bajo un «aislamiento social focalizado». Bajo este contexto es que el Hospital Nacional Dos de Mayo, al igual que todos los hospitales del país, diseña un plan de acción acorde al MINSA, para que los pacientes contagiados y el personal de salud que laboran en el nosocomio cuenten con adecuadas condiciones para su recuperación y protección respectivamente.

La pandemia hizo que se priorizara la atención de los pacientes COVID-19, pero sin descuidar la atención de la madre-niño. El 30 de abril del 2020, se aprueba la Directiva Sanitaria N° 97 -MINSA/2020/DGIESP: "Directiva Sanitaria para la Prevención y Atención de la Gestante y del Recién Nacido con Riesgo o Infección por COVID-19", cuyo objetivo principal es reducir la posibilidad de morbilidad y mortalidad materna neonatal asociada al riesgo de infección por el COVID-19. En dicho documento se hace referencia a la lactancia materna en el contexto del COVID-19 y se hace hincapié al inicio temprano de la lactancia y sus beneficios y al cumplimiento de las medidas de bioseguridad en la atención del recién nacido.

Es en este camino que se elabora el PLAN DE LACTANCIA MATERNA HNDM 2020 DEL COMITÉ DE LACTANCIA MATERNA, para promover y proteger la LACTANCIA MATERNA e ir rumbo a la recertificación del hospital como Institución amiga de la madre y el niño. Se realiza la autoevaluación en noviembre del 2020, siendo esta autoevaluación particularmente especial, ya que se realizó dentro del marco de la pandemia y con algunos estamentos funcionando al 100% y otros . gue fueron cerrados

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

temporalmente por motivos de la emergencia sanitaria (lactario institucional), por motivo de redistribución de ambientes ( la sala de hospitalización de pediatría se cerró para albergar pacientes adultos COVID-19 y se mudó a un ambiente de la emergencia de pediatría), asimismo se cerraron todos los consultorios externos presenciales, incluido el consultorio de lactancia y de nutrición pediátrica.

Se hizo la autoevaluación de Lactancia materna 2020 durante et mes de noviembre, en la cual el Comité de Lactancia materna trabajó activamente con sus integrantes, dirigido por el presidente. Se realizaron y desarrollaron los anexos contenidos en la directiva Nº 201-MINSA/DGSP V.01: Directiva Sanitaria para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el ruño, empleándose como instrumentos de entrevistas los anexos 6A, 68, 6C, 60, 6E, 6F, 6G y.íos formatos de la fase final del proceso de evaluación: Anexos 7 A, 78 y 7C.

Encontrándose como resultado el puntaje de SETENTAINUEVE (79) siendo una nota no aprobatoria, por lo cual posteriormente se identificaron las brechas (ANEXO 1) y se elaboró el Informe Técnico del proceso de Autoevaluación de Lactancia Materna 2020, el cual contiene las recomendaciones a ser implementadas para cada uno de los criterios REQUERIDOS en la Directiva Administrativa Nª 201-MINSA/DGSP V.01, dichas recomendaciones se tornarán en actividades en el presente Plan de Mejora.

Finalmente se elaborará un cronograma de actividades para el cumplimiento del presente plan (ANEXO 2 ).

11. FINALIDAD:

Contribuir a mejorar la salud y nutrición de la población infantil usuaria del HNDM y cumplimiento de los 1 O pasos hacia una lactancia materna exitosa para poder lograr la Certificación del Hospital Nacional "Dos de Mayo" como institución amigo de la Madre, la nir'la y el niño.

111. OBJETIVOS:

OBJETIVO GENERAL

Mejorar los procesos de atención a la madre y el niño respecto a la lactancia materna con el cumplimiento de los 1 O pasos en las áreas encargadas de la atención de estos pacientes para así mejorar la salud y nutrición de la gestante y el niño y lograr el puntaje requerido para certificar como Establecimiento de Salud Amigos de La Madre, La niña y el Niño.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Mejorar los procesos de atención a la madre y el niño respecto a ta lactancia materna con el cumplimiento de los 1 O pasos de aquellos trabajadores que realicen la atención de la Madre y el niño.

2. Lograr el puntaje requerido para Certificar como Establecimiento de Salud Amigos de La Madre, La nina y el Nino.

3. Difundir los criterios técnicos y metodológicos para la certificación de establecimientos hospitales amigos del niño, la niña y la madre entre los trabajadores de salud del HNDM.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

IV. BASE LEGAL:

• Ley Nº 26842, Ley General de Salud, en su Título I De los derechos, deberes y responsabilidades concernientes a la Salud Individual, en el artículo 1 Oº establece que: "Toda persona tiene derecho a recibir una alimentación sana y suficiente para cubrir sus necesidades biológicas. La alimentación de las personas es responsabilidad primaría de la familia. En los programas de nutrición y asistencia alimentaria, el Estado brinda atención preferente al níl1o, a la madre gestante y lactante, al adolescente y al anciano en situación de abandono social".

• Ley Nº26644 - Ley que precisa el goce de descanso prenatal y post natal de la trabajadora gestante.

• Ley Nª27240 - Ley que otorga permiso por Lactancia Materna • Ley Nº27337 - Código de los niños y adolescentes. Código que en su Libro Primero -

Derechos y Libertades, Capítulo I Derechos Civiles, establece en su artículo 2º que: "Es responsabilidad del Estado Promover el establecimiento de condiciones adecuadas para la atención especializada a la adolescente madre y promoverá la lactancia matema_y el establecimiento de centros de cuidado diurno. La sociedad Coadyuvará a hacer efectivas tales garantías"

• Ley N°27403- Ley que precisa los alcances del permiso por Lactancia Materna • Ley Nº28731 - Ley que amplía la duración del permiso por Lactancia Materna • Ley Nº29409 - Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los

trabajadores de la actividad pública y privada. Modificación del artículo 2. • Ley Nº29896 Ley que establece la implementación de Lactarios en las instituciones del

sector público y del sector privado promoviendo la Lactancia Materna. Cuyo objeto es que se implementen lactarios en todas las instituciones del sector público y del sector privado en que laboren veinte o más mujeres en edad fértil.

• Ley Nº30367 - Ley que protege a la madre contra el despido arbitrario y prolonga su periodo de descanso

• Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH - Decreto que aprueba el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-201 O

• Decreto Supremo Nª009-2006-SA - decreto que aprueba el Reglamento de Alimentación Infantil, cuyo objetivo es: "lograr una eficiente atención y cuidado de la alimentación de las niñes y niffos hasta los veinticuatro (24) meses de edad, mediante acciones de promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y orientando las prácticas adecuadas de alimentación complementaria ... "

• Decreto Supremo Nº018-2008-SA - Decreto que constituye la Comisión Multisectorial de Promoción y Protección de la Lactancia Materna

• Decreto Supremo Nº021-2013-MINAGRI - decreto que aprobó la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015.

• Decreto Supremo W001-2016-MIMP- Decreto Supremo que desarrolla la Ley Nº 29896 - Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna. El presente Decreto Supremo establece en su artículo 10º que las entidades del sector público financiarán la aplicación de lo establecido por la presente norma con cargo al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Y en su artículo 11 º que las instituciones públicas y privadas que cumplan las disposiciones de la presente norma serán distinguidas y reconocidas como "Institución amiga de la lactancia materna".

• Resolución Ministerial Nº240-2000-SA/DM - Resolución que aprueba la modificación de la resolución mediante la cual se estableció la Semana de la Lactancia Materna

• Resolución Ministerial Nº126-2004/MINSA - Resolución que aprueba NT 006-MINSA- INS-V.01 Norma que establece los Lineamientos de Nutrición Materna

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• Resolución Ministerial Nº610-2004/MINSA - Resolución que aprueba NT 010- MINSNINS-V.01 "Lineamientos de Nutrición Infantil"

• Resolución Ministerial Nº933-2005/MINSA - Resolución que aprueba la conformación del Comité Técnico Institucional para la Promoción y Protección de la Lactancia Materna

• Resolución Ministerial Nº959-2006-MINSA - Resolución que aprueba Directiva Sanitaria 009-MINSNDGSP-V.01 "Directiva Sanitaria Nº009-MINSNDGSP-V.01 "Directiva Sanitaria para la implementación de Lactarios en los establecimientos y dependencias del Ministerio de Salud"

• Resolución Ministerial Nº615-2010-MINSA - La Resolución Ministerial Nº 615- 2010/MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 035-MINSNDGSP-V.01 "Promoción de la Semana de la Lactancia Materna en el Perú".

• Resolución Ministerial Nº249-2017/MINSA, que aprueba el "Plan Nacional para la reducción de la Desnutrición Crónica infantil y la prevención de la anemia en el país, periodo 2014-2016"

• Resolución Ministerial Nº260-2014/MINSA, que aprueba la "Guía Técnica para la implementación de grupos de apoyo comunal para promover y proteger la Lactancia Materna"

• Resolución Ministerial Nº609-2014/MINSA - Resolución que aprueba la Directiva administrativa N°201-MINSA-DGSP-V.01. Directiva administrativa para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño

• Resolución Ministerial Nº828-2013-MINSA que aprueba la NTS Nº 106-MINSNDGSP- V.01, Norma técnica de Salud para la atención Integral de Salud Neonatal

• Resolución Ministerial Nº462-2015-MINSA - Resolución que aprueba la "Guía Técnica para la Consejería en Lactancia Materna•

• Resolución Ministerial N°069-2016-MINSA - que aprueba la Directiva Sanitaria 069- MINSA2017-G-DP-HNDM "Directiva para la prevención y Control de la anemia por deficiencia de hierro en Gestantes y Puérpera"

• Resolución Ministerial N°850-2016-MINSA que aprueba las "Normas para la elaboración de documentos normativos del Ministerio de Salud"

• Resolución Ministerial N° 353-2016/MINSA que incorpora a la Directiva Administrativa Nº 201-MINSNDGSP-V.01 Directiva Administrativa para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, aprobada por Resolución Ministerial Nº 609-2014/MINSA, los Anexos 5; 5A; 58; 6; 6A; 68; 6C; 60; 6E; 6F; 6G; 7; 7 A; 78; y 7C.

• Resolución Ministerial Nº 245-2020/MINSA que incorpora la Directiva Sanitaria Nº 97 - MINSN2020/DGIESP: "Directiva Sanitaria para la Prevención y Atención de la Gestante y del Recién Nacido con Riesgo o Infección por COVID-19"

• Norma Técnica 006-MINSA-INS-V.01- Norma que establece los Lineamientos de Nutrición Materna

• Norma Técnica de Salud Nº 106-MINSNDGSP-V.01, NTS para la Atención Integral de Salud Neonatal, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 828-2013/MINSA establece entre los Procedimientos en la Atención Neonatal que los profesionales responsables de la atención neonatal deben, entre otros: "Promover el inicio precoz y mantenimiento de la lactancia materna exclusiva".

• Norma Técnica de Salud Nº 106-MINSA/DGSP-V.01, NTS para la Atención Integral de Salud Neonatal, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 828-2013/MINSA establece entre los Procedimientos en la Atención Neonatal que los profesionales responsables de la atención neonatal deben, entre otros: "Promover el inicio precoz y mantenimiento de la lactancia materna exclusiva".

• La Directiva Administrativa Nº 201-MINSNDGSP-V.01 para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 609-2014/MINSA. Esta Directiva establece, en su numeral V. Disposiciones Generales, sub-numeral 5.1 Definiciones Operativas, que la Certificación de Establecimientos Amigos de la madre, la Niña y el Niño es un

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

"Proceso que implica la evaluación de los establecimientos de salud públicos y privados que brindan atención a la madre, la niña y el niño, mediante los siguientes criterios: Cumplimiento de los diez pasos para una lactancia materna exitosa, el cumplimiento de las disposiciones relacionadas a la publicidad y adquisición de /os sucedáneos de la leche materna, biberones y telinas establecidas en el Reglamento de Alimentación Infantil y la implementación del lactario institucional, según corresponda". "La certificación tiene una duración de tres años, finalizado ese período debe ser actualizada".

Igualmente define el Mejoramiento continuo de la calidad como la "Metodologfa que se inicia con la evaluación interna del establecimiento de salud para la identificación de brechas respecto a tos criterios establecidos para la certificación como Establecimiento Amigo de la Madre, la Nifla y el Nilfo; y continúa con el desarrollo de mejoras graduales y permanentes vinculadas a la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna".

La Directiva Administrativa cuenta con la matriz de criterios, indicadores, estándares, instrumentos y lugar de medición para procesos de certificación como establecimientos amigos, según corresponda.

• Directiva sanitaria 001-2017-G-DP-HNDM sobre Lactancia Materna en el Hospital Nacional Dos de Mayo

• Guía Técnica para la Consejería en Lactancia Materna aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 462-2015/MINSA, cuyo objetivo es UEstablecer los criterios conceptuales, metodológicos e instrumentales para desarrollar la consejerfa en lactancia materna que apoye y facilite el ejercicio del derecho de las madres a amamantar a sus niflas y niflos hasta los dos aflos o más".

• El "Plan Nacional para la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la Desnutrición Crónica Infantil en el Perú: 2017-2021" aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 249-2017/MINSA. En este documento técnico se expresa que "en el niflo a término y alimentado exclusivamente con leche materna durante los primeros 6 meses de vida, tiene menor riesgo de desarrollar anemia".

• Las "Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud" aprobadas mediante ta Resolución Ministerial Nº 850-2016/MINSA.

V. ÁMBITO Y ALCANCE:

El presente Plan de mejora basado en la autoevaluación de lactancia materna 2020 ha identificado brechas, las cuales deben mejorarse y levantar las observaciones encontradas con todo et personal que trabaja en tos Servicios en los que se tiene contacto con gestantes y niños del Hospital Nacional Dos de Mayo.

VI. CONTENIDO

La certificación de establecimientos de salud amigos de la madre, la niña y el niño realizado por el Ministerio de Salud (MINSA) es un proceso de evaluación con la finalidad de proteger la salud de la población infantil, esta calificación permitirá que los centros de salud y hospitales pongan en práctica la lactancia materna en los usuarios y pacientes a fin de contribuir a la reducción de la desnutrición crónica infantil, anemia y la morbi-mortalidad materno e infantil.

Los criterios para evaluar son:

El cumplimiento de los 10 pasos para una lactancia materna exitosa

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

El cumplimiento de disposiciones relacionadas a la publicidad y adquisiciones de sucedáneos de la leche materna establecidas en el Reglamento de Alimentación.

La implementación del lactario institucional.

En el cuadro siguiente se detallan los criterios y los aspectos a ser evaluados, según tipo de establecimientos:

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Cotertcs Aspectos a ser C\I atuados Ahmc.íor. del NO Attncion parte y del uet parto 'J

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VII. ACTIVIDADES PARA REALIZAR SEGÚN LAS BRECHAS EN LOS 10 PASOS DE LACTANCIA

Se asignarán las actividades por Departamentos, Servicios y Oficinas, que trabajen con la atención de la gestante y el nil'\o de este modo cada uno de ellos tendrá conocimiento de las acciones de mejora específicas que deberá realizar y documentar, a fin de lograr la Acreditación de nuestro hospital como amigo de la Madre, la niña y el niño.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

1. PASO 1: EXISTENCIA DE UNA POLITICA ESCRITA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LACTANCIA

EN EL PASO 1.4 Y 1.5: NO SE DISPONE DE MATERIAL VISUAL EN LOS SERVICIOS MATERNOS INFANTILES

ACTIVIDAD: ELABORAR MATERIALES DE DIFUSION Y COMPRA DE EQUIPO AUDIOVISUAL PARA PROMOCIONAR LA LACTANCIA MATERNA

• El comité de Lactancia institucional implementará los materiales de difusión necesarios para una mejor socialización del tema de Lactancia materna, tales como afiches, banners, murales y videos ilustrativos.

• ENCARGADOS: Comité de Lactancia institucional, el área de comunicaciones y la oficina de logística.

ENCARGADOS COMITÉ DE LACTANCIA

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LOGISTJCA

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ELABORAR MATERIALES DE

DIFUSIÓN Y COMPRA DE

EQUIPO AUDIOVISUAL PARA PROMOCIONAR LA

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIÓN 2020

2. PASO 2: CAPACITACIÓN AL PERSONAL DE LA SALUD

PASO 2.4: NO EXISTE UN PROGRAMA DE INDUCCIÓN EN EL PERSONAL DE LA SALUD NUEVO DESCONOCE LA POLITICAS DE LACTANCIA MATERNA

ACTIVIDAD: IMPLEMENTAR CHARLAS DE INDUCCIÓN AL PERSONAL DE SALUD NUEVO RELACIONADO CON LA ATENCIÓN DE LA MADRE Y EL NIÑO SOBRE LAS POLITICAS Y NORMAS DE LACTANCIA MATERNA

El comité de Lactancia institucional y los integrantes de esta efectivizaran las charlas al personal de salud nuevo que ingrese a laborar en las áreas que atienden a la madre y el niño y se realizará de la siguiente manera:

• Cada jefatura se encargará de realizar las charlas de inducción a su personal nuevo respecto a temas de Politica y normas de lactancia materna.

• El comité de lactancia institucional elaborará un cronograma de encargados de dictar las charlas en coordinación con las jefaturas y serán de preferencia personal con formación en consejería de lactancia.

• Las charlas se realizarán de forma presencial respetando los aforos del personal.

• Las charlas virtuales se realizarán mediante las plataformas: meet, zoom, etc.

• Cada área encargada se encargará de remitir las evidencias de las reuniones al comité de lactancia: formularios Google o asistencia física (donde se indicará el tema).

• ENCARGADOS: Comité de lactancia institucional, jefaturas y oficinas.

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ELABORAR Y EJECUTAR CHARLAS

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OFICINAS

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

3. PASO 3: ENTREGA DE INFORMACIÓN A GESTANTES

PASO 3.6: GESTANTES DESCONOCEN QUE PUEDEN TENER UN ACOMPAÑANTE

ACTIVIDAD: REALIZAR LAS GESTIONES PARA EFECTIVIZAR EL PARTO CON PADRE ACOMPANANTE

Implementar el parto humanizado. Los encargados son la dirección y el Departamento de ginecobstetricia.

• Capacitar a todo el personal que atiende a la madre y el niño en parto humanizado.

• Socializar las normas que se deben cumplir al realizar un parto humanizado en las instituciones de salud.

• La implementación de un TRIAGE al momento de llegar a la institución para descartar síntomas de COVID-19 y contribuir a una circulación segura.

• Utilizar todos los elementos de protección personal por parte de los profes ion a les y la gestante y acompar'lante.

• Trabajo coordinado Dirección, Departamento de Ginecobstetricia, Departamento de Pediatría (Servicio de Neonatología) y Comité de lactancia institucional.

• ENCARGADOS: Dirección, Departamento de Ginecobstetricia, Departamento de Pediatría (Servicio de Neonatologia) y Comité de lactancia institucional.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACIC>N 2020

4. PASO 4: REALIZACIÓN DEL CONTACTO PIEL A PIEL

PASO 4.2: NO HAY CONSENTIMIENTO INFORMADO DE AMAMANTAR EN CASO DE SEDACIÓN, ANALGESIA O ANESTESIA

ACTIVIDAD: ELABORAR FICHAS DE CONSENTIMIENTO INFORMADO

• Implementar el consentimiento informado de la intención de las madres a amamantar cuando deciden el uso de un sedante, un analgésico o un anestésico.

• Consentimiento informado con Resolución directora!

• ENCARGADO: Servicio de Ginecobstetricia y Neonatologia.

PASO 4.4: LOS BEBES NACIDOS VÍA VAGINAL Y CESÁREA, TIENEN CONTACTO PIEL A PIEL MENOR DE UNA HORA.

ACTIVIDAD: IMPLEMENTAR CONTACTO PIEL A PIEL POR UNA HORA

• Implementar el contacto piel a piel del recién nacido, para lo cual se solicitará la contratación de un recurso humano exclusivo para dicha acción.

• Garantizar la práctica correcta y segura del contacto piel con piel durante la primera hora de vida de los recién nacidos.

• Elaborar un Proceso de Contacto piel a piel para parto vaginal y cesárea y ser aprobado mediante Resolución directora!.

• ENCARGADO: Servicio de Neonatología y Departamento Ginecobstetricia.

PASO 4.8: NO SE PERMITE EL ACCESO AL PADRE O ACOMPAÑANTE PARA APOYAR A LA MADRE A DAR DE LACTAR

ACTIVIDAD: REALIZAR LAS GESTIONES PARA EFECTIVIZAR EL PARTO CON PADRE ACOMPAÑANTE

• Implementar el parto humanizado. • ENCARGADOS: Dirección y el Departamento de ginecobstetricia.

PASO 4.9: NO EXISTE EL FLUJOGRAMA DE ATENCIÓN DEL PARTO QUE INCLUYA CONTACTO PIEL A PIEL Y PADRE ACOMPAÑANTE

ACTIVIDAD: ELABORAR EL FLUJOGRAMA DE ATENCIÓN DEL RECIEN NACIDO CON EL TEMA DE INICIO DE LACTANCIA MATERNA Y PRESENCIA DEL PADRE ACOMPAÑANTE

• Implementar el flujograma de atención del recién nacido, que incluya lactancia materna precoz durante la primera hora y la presencia del padre acompañante en el periodo de trabajo de parto, parto y puerperio.

• ENCARGADOS: Dirección y el Departamento de Ginecobstetricia.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

5. PASO 5: MOSTRAR A LAS MADRES COMO AMAMANTAR Y CÓMO MANTENER LA LACTANCIA AUN SI ELLAS DEBEN SEPARARSE DE SUS BEBES

PASO 5.3: EL PERSONAL DE SALUD O CONSEJEROS COMPARTEN OTRAS FUNCIONES QUE AFECTAN LA DEDICACIÓN O TIEMPO COMPLETO A LAS MADRES

ACTIVIDAD: DESIGNAR PERSONAL EXCLUSIVO EN CONSEJERIA EN LACTANCIA PARA TRABAJAR EN LAS ÁREAS DE ATENCIÓN MADRE-NIÑO:

• Contar con un personal exclusivo para las áreas de trabajo en Consultorio de lactancia materna, atención inmediata (para efectivizar contacto piel a piel) y en el lactario institucional.

• Capacitar al 100% al personal de salud en consejería en lactancia materna.

• Elaborar las brechas de Recursos humanos, para contratación de personal idóneo en lactancia materna.

• ENCARGADO: Comité de lactancia institucional, Of. Personal

6. PASO 6: NO DAR A LOS RECIÉN NACIDOS ALIMENTOS O LÍQUIDOS QUE NO SEAN LECHE MATERNA

PASO 6.5: NO EXISTE AMBIENTE PARA LA REALIZACION DE DEMOSTRACIONES DE PREPARACION DE FORMULAS.

ACTIVIDAD: COORDINAR PARA IMPLEMENTAR AREAS DENTRO DEL AMBIENTE DE NUTRICION O AMBIENTE ABIERTO O REALIZAR POR LA PANDEMIA DEMOSTRACIONES VIRTUALES

• Implementar un área, respetando los aforos, para las demostraciones de preparación de fórmulas en bebes que tienen indicación médica.

• Implementar las charlas virtuales mediante plataformas como: meet, zoom, etc.

• ENCARGADOS: Departamento de nutrición

7. PASO 7: ALOJAMIENTO CONJUNTO DURANTE LA ESTANCIA EN EL ESTABLECIMIENTO DE SALUD.

PASO 7.1: NO EXISTE INMEDIATAMENTE OESPUES DEL NACIMIENTO ALOJAMIENTO CONJUNTO.

ACTIVIDAD: IMPLEMENTAR EL CONTACTO PIEL A PIEL A 1 HORA.

• Implementar el contacto piel a piel a 1 hora.

• Efectivizar el contacto piel a piel en todos los partos.

• ENCARGADOS: Comité de lactancia institucional, Departamento de Ginecobstetricia, Servicio de Neonatología.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

8. PASO 10: EL ESTABLECIMIENTO TIENE CONTACTOS CON GRUPOS DE APOYO

PASO 10.2 Y PASO 10.3: EN EL ESTABLECIMIENTO DE SALUD NO CUENTA CON UN SISTEMA DE APOYO Y SEGUIMIENTO EN LM

ACTIVIDAD: IMPLEMENTAR SISTEMA DE APOYO

• Implementar un sistema de apoyo para el seguimiento en lactancia para las madres que son dadas de alta de Neonatología y Pediatría.

• Implementar los grupos de apoyo: Usando la tecnología: plataformas virtuales, aplicativos: wasap

• Involucrar a todo el comité de lactancia institucional para formar los grupos de apoyo de forma rotatoria y sostenida en el afio.

• ENCARGADOS: Comité de lactancia, consultorio de lactancia.

PASO 10.4: MADRES REFIEREN QUE EL PERSONAL DE SALUD NO LES DA CONSEJERIA EN ALIMENTACION COMPLEMENTARIA

ACTIVIDAD: REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE CONSEJERIA EN ALIMENTACION COMPLEMENTARIA

• Implementar un sistema de apoyo en consejería en alimentación complementaria en el consultorio de nutrición pediátrica.

• Implementar charlas demostrativas e informativas de alimentación complementaria.

• Elaborar trípticos de alimentación complementaria.

• ENCARGADO: Departamento de Nutrición. Comité de lactancia.

VIII. RESPONSABILIDADES:

El Comité de lactancia institucional del HNDM y los Jefes Departamentos, Servicios y Oficinas del Hospital Nacional "Dos de Mayo» involucrados con la atención de la gestante, puérpera y el niño, serán los responsables del cumplimiento de las actividades programadas en el presente Plan.

Los Evaluadores Internos (integrantes del comité de LM) serán los responsables de recolectar y analizar la evidencia objetiva pertinente y suficiente para obtener conclusiones y generar recomendaciones idóneas y documentar sus observaciones.

La Dirección General y el Comité de lactancia institucional son responsables de la supervisión y monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto.

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PLAN DE MEJORA DE LACTANCIA MATERNA SEGÚN BRECHAS DE AUTOEVALUACION 2020

IX. PRESUPUESTO

El presupuesto que se tendrá como base para el plan de mejora de lactancia materna según brechas encontradas en la autoevaluación 2020, será el proyectado en el Plan operativo de lactancia materna 2021.

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