Amara Monaco eta Brasilia artean / Amara entre Mónaco y Brasilia
1er Foro Iberoamericano de Justicia de la Seguridad Vial...Reglas de Brasilia sobre acceso a la...
Transcript of 1er Foro Iberoamericano de Justicia de la Seguridad Vial...Reglas de Brasilia sobre acceso a la...
1er Foro Iberoamericano de Justicia de la Seguridad Vial
Derechos de las Victimas de Siniestros de Transito
SARA ARCE MOYAOFICINA DE ATECION Y PROTECCION A LA VICTIMA. MINISTERIO PUBLICO-COSTA RICA
1)Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948
2) Convención Americana sobre Derechos Humanos, (Pacto de
San José), 1969.
3) Convención sobre los Derechos del Niño de 1989,
4) 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas
en Condición de Vulnerabilidad XIV Cumbre Judicial
Iberoamericana, ciudad de Brasilia, capital de la República
Federativa del Brasil. Marzo de 2008.
5) Carta Iberoamericana de Derechos de las Víctimas. Argentina,
abril 2012.
El Acceso a la Justicia
Derecho humano fundamental: Constituye la vía para reclamar
ante la violación de los derechos, su garantía permite asegurar la
igualdad ante la ley.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Recomendaciones para que los países miembros protejan los
derechos de las personas, disponiendo que el respeto a los
derechos humanos son la base de la libertad, la justicia y la paz
en el mundo.
1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a
respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a
garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté
sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser
humano.
Convención Americana de los Derechos Humanos
Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno
Si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no
estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter,
los Estados Partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus
procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención,
las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer
efectivos tales derechos y libertades.
Con esta Convención de 1989, los Estados del continente iniciaron
el proceso de adecuación de su legislación a la luz de la doctrina
de la protección integral, en la cual se considera al niño como
sujeto pleno de derechos, dejando atrás la concepción de que es
sujeto pasivo de medidas de protección.
Convención sobre los Derechos del Niño
Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas encondición de vulnerabilidad, aprobadas en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, Brasilia
El sistema judicial se debe constituir como un instrumento para la
defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de
vulnerabilidad. Poca utilidad tiene que el Estado reconozca
formalmente un derecho si su titular no puede acceder de forma
efectiva al sistema de justicia para obtener la tutela de dicho
derecho.
El acceso efectivo a la justicia requiere fundamentalmente, que las personas conozcan de los derechos que son titulares y sobre todo, cuenten con los mecanismos para exigirlos.
MEJORAMIENTO DE LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNDO
RESOLUCIÓN 60/5 de 1-12-2005
“… 10. Invita a los Estados Miembros y a la comunidad
Internacional a reconocer el tercer domingo de noviembre de
cada año como Día Mundial en recuerdo de las víctimas de
los accidentes de tráfico, en homenaje a las víctimas de
accidentes de tráfico y sus familias;…”
Artículo 1 Protección de Derechos, regular medidas extraprocesales y su procedimiento
Artículo 2. PRINCIPIOS
• Protección:
• Proporcionalidad y Necesidad:
• Confidencialidad:
OBJETO Y PRINCIPIOS DE LA LEY 8720
Artículo 9
� Gratuidad, asistencia psicológica, psiquiátrica, jurídica, social o médica, cuando sea necesario
� A que se faciliten la salida del país y la residencia en el extranjero, cuando
resulte necesario para proteger su vida o su integridad física, como
persona protegida.
� A que no se capten y/o se transmitan imágenes de su persona ni de sus
familiares, que permitan su identificación.
� Se mantenga la confidencialidad de la información sobre su dirección y sus
números telefónicos
� A solicitar el cese de las medidas o a rechazar su aplicación.
AMBITO DE APLICACIÓN Y ALGUNOS DERECHOS DE LAS PERSONAS BAJO PROTECCION
Algunas recomendaciones para mejorar el acceso a la Justicia
•Capacitar a operadores del sistema de justicia para que invoquen y apliquen tanto la normativa interna como la Internacional en sus labores diarias.
•Priorizar actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en situación y/o condición de vulnerabilidad como consecuencia del hecho ilícito en su perjuicio. ( Crear de Unidades de Atención )
• Promoción, implementación y seguimiento de políticas públicas permanentes, dirigidas específicamente a prevenir siniestros de tránsito y proteger los derechos de las personas menores de edad víctimas de estos delitos.
•Valorar integrar en la legislación interna, cuando los presupuestos procesales lo permitan, salidas alternas al proceso , con el objetivo de disminuir la revictimización secundaria y mitigar los efectos del delito.
Sara Arce Moya
Oficina de Atención y Protección a la Víctima
Ministerio Público- Costa Rica
“Somos muchos funcionarios públicos, pero lo que nos diferencia de los demás
es el compromiso con el que asumimos cada día nuestra labor” ( Sara Arce
Moya )