186217 La Crisis Del DT Ante Las Nuevas Formas Del Trabajo

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  • 7/21/2019 186217 La Crisis Del DT Ante Las Nuevas Formas Del Trabajo

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    ANA

    M.

    ISIS

    DEL

    DERECHO

    DEL

    AI{TE

    LAS NUEVAS FORI{AS

    DE

    TRABAJO

    TRABAJO

    ARIADNA

    CERESA

    (DNr

    16.062.414)

    eo 2ao7

  • 7/21/2019 186217 La Crisis Del DT Ante Las Nuevas Formas Del Trabajo

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    BlAGlNl

    de

    6EERHTARIA

    ndice

    Genera]

    I ntrod

    Breve

    resea

    def

    origen

    del

    Derecho

    def

    Trabao............................6

    Principio

    Protectorro..............

    ...................

    .

    10

    Contrato

    de

    Trabajo

    -

    Trabajo

    Subordinado...........

    ......11

    Relacrn

    de Dependencia

    ...........

    ..............12

    rncorporacin

    del

    trabajador

    al

    establecimiento

    ajeno.......

    14

    La

    empresa

    como

    presupuesto

    de

    una relacin

    de

    trabajo

    ananl i an{-^

    ue,urrur=rr

    Ls......,....,..

    ,,,. 16

    Nuestra

    realidad

    -

    La

    transformacin

    de

    la

    empresa..............17

    Transformaciones

    poltico

    econmicas.................

    ..................20

    Transformaciones

    sociales

    .....................

    2I

    El

    abandono

    de i-a

    cultura

    def trabajo....................

    ..........22

    El Derecho

    del Trabajo

    sin

    respuesta

    ante

    nuevas

    rea1idades.................

    .........................23

    Conclus in..............

    ... . .2j

    Bibliografa

    General

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    3

    INTRODUCCTON

    eria ser

    en fas

    culturas

    contemporneas

    condrcionante

    del

    modelo sociaf

    vigente.

    Un concepto

    que

    modo

    centrpeto

    at.rarga

    y

    aglutlne

    las

    opciones,

    alternat].va

    politicas y

    normas

    que

    establecen

    el

    tejido socral.

    un

    de

    Desde esta hiptesrs, aqul "modelo

    social"

    que

    facilita

    las

    condrcrones para el desarrollo integral de cada persona,

    de

    cada

    miembro de

    una

    socaedad/

    presenta

    una

    dinmica

    hrstrica

    acorde

    con

    las modif.icaciones

    del contexto

    socio-econmico af

    que

    se

    lo

    pretende

    aplicar.

    Ello

    en

    cuanto

    el

    modelo no

    se

    impone a las circunstancias

    econmicas/

    sociafes

    y

    polticas

    de

    cada sociedad

    en

    cada

    tiempo/

    sino

    que

    -por

    eI contrarro-

    es

    una respuesta flexible a fas

    mismas.

    eo orden a dar en

    cada

    tiempo

    y

    en cada

    lugar

    l-a solucin

    que

    ms

    eficientemente

    permita

    el desarrollo

    de todos

    los

    hombres

    y

    de todo ef

    hombre.

    A

    esta

    perspectiva

    no

    es extrao

    eI

    Derecho2.

    Por el- contrario/

    l-a Ley

    -en

    el sentido

    ms

    amplio del

    trmino-

    tiene

    desde

    l-a

    1

    "Segn

    una

    primera y

    vasta acepcin,

    por

    bien comn

    se entiende

    "

    (Compendio

    de la

    Doctrina

    Social

    de la

    lglesia,

    '164,

    Pontificio

    Consejo

    Justicia

    y

    Paz.

    Cfr.

    i.a., Concilio

    Vaticano

    ll,

    Const.

    past.

    Gaudium

    et

    spes,26; Catecismo

    de

    la

    lglesia Catlica,

    1905-1912;

    Juan

    XXlll,

    Carta

    enc. Mater

    et magistra,

    53; ld.,

    Carta

    enc.

    Pacem

    in

    terris,272-27

    3;

    Pablo Vl,

    Carta ap.

    Octogesima adveniens, 46).

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    eq

    ANA

    sECRTARIA

    perspectiva

    analizada

    una

    doble

    y

    liminar

    trascendencia:

    por

    un

    lado, claramente es

    herramental indrspensable

    en

    la

    constrtucin

    del

    model-o

    sociaf que atiende una

    realidad

    determinada,'

    pero

    adems,

    desde las mltiples

    funciones

    que

    desempea

    el Derecho en una

    sociedad3,

    aquI es elemento

    que

    condiciona

    la

    evolucin

    (o

    rnvolucin)

    de dicha

    sociedad.

    Si el

    Derecho

    es un elemento

    que

    comparte 1a dinmica

    de

    una

    socredad, fl pocos

    aspecLos

    es

    ms

    evidente ello que en

    fa

    matera

    jurdico

    laboral. Es

    por

    ello

    que

    ponderamos

    apropiado

    el

    reciente 30" anrversario

    de

    la

    sabia sancin del

    Rgrimen

    de

    Contrato

    de

    Trabajo

    (Ley

    I1.177)

    ,

    para

    hacer una mirada

    reflexiva hacia

    los

    desafios

    que

    el- contexto

    actuaf

    ofrece

    a

    nuestra disciplina, especialmente

    en cuanto

    a ]a interpretacin

    de los

    conceptos

    fundamentales

    del-

    Derecho

    Laboral

    desde

    Ia

    ptica

    de la

    ;urisprudencia

    y

    de

    la

    doctrina.

    No

    se

    trata,

    D

    verdad, de

    una mirada "ascptica"

    (existe,

    honestamente, tal cosa?).

    Tampoco se

    pretende

    formular un

    vademcum de opiniones

    "politicamente correctas", una

    recopiLacin de cortar y pegar lo escrito, dicho o

    pensado

    en

    2

    Ms an si miramos a esta ciencia

    como interferencia

    intersubjetiva

    de conductas, como

    postula

    la

    Fscuela

    Egolgica del Derecho

    que

    desarrollara

    el maestro

    Carlos Cossio.

    '

    Es

    an

    vigente

    aqulla

    "funcin

    pedaggica

    de la norma"

    que

    aprendimos en

    los

    claustros, como

    un

    indicador

    para

    los ciudadanos

    de los

    que

    la sociedad

    espera de

    cada uno, como un

    verdadero

    faro

    que

    ilumina

    rumbos

    y

    tendencias en aras

    de una

    convivencia

    mejor,

    ms humana?

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    en

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