185 Ley Apoyo Al Deporte
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1 LEY N 185/2014 LEY DEPARTAMENTAL DE 29 DE MAYO DE 2014 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTNOMO DE CHUQUISACA Por cuanto La Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere la Constitucin Poltica del Estado y las Leyes vigentes, ha sancionado la siguiente Ley Departamental: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA DECRETA:LEY DE APOYO AL DEPORTE Artculo 1. (Objeto). La presente ley tiene por objeto normar el apoyo al deporte enelDepartamentodeChuquisacaenlasmodalidadesrecreativa,formativa, competitiva y de alto rendimiento; para todas las disciplinas deportivas; tomando encuentaeldeportedeladiscapacidad,extraescolar,delaterceraedade integrado;garantizandolaparticipacindedeportistaseneventosdeportivosa nivel departamental, interdepartamental, nacional e internacional. Artculo2.(Marcojurdico).LapresenteleysesustentaenlaConstitucin PolticadelEstado,laLeyMarcodeAutonomasAndrsIbaezylanormativa jurdica vigente. Artculo 3.(Finalidades) La presente ley tienelas siguientes finalidades: a.GarantizarlaparticipacinactivayplanificadadelGobiernoAutnomode Chuquisacafomentandoeincentivadoelapoyoaeventosdeportivos departamentales,nacionaleseinternacionalesarealizarseenelDepartamento y/o en representacin del Departamento. b.GarantizarelapoyoeincentivoaldeportistaquerepresentaalDepartamento deChuquisacaenlasetapasdeformacin,preparacin,competicinydealto rendimientoporlosresultadosobtenidos;ascomoadeportistas Chuquisaqueosdedestacadatrayectorianacionaleinternacionalquehayan participado en eventos internacionales. c. Garantizar el apoyo para la alimentacin, traslado, hospedaje, atencin mdica aladelegacinconformadapordeportistas,equipotcnico,personalmdico dirigentes y acompaantes imprescindibles que representen al departamento. Artculo 4. (Definicin de apoyo al deporte). El apoyo al deporte es el conjunto de acciones tcnico administrativas, presupuestarias y jurdico-legales a travs de las cuales el Gobierno Autnomo Departamental de Chuquisaca asigna recursos econmicos para efectivizar el objeto y las finalidades de la presente ley. Artculo5.(Responsabilidad).ElGobiernoAutnomoDepartamentalde Chuquisaca es el responsable de asignar los recursos econmicos necesarios para el cumplimiento del objeto y finalidades de la presente Ley. 2 DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.LareglamentacindelapresenteLeyquedaacargodelrgano EjecutivoDepartamental,enestrictasujecinaestanormayalordenamiento jurdico vigente en materias de asignacin y disposicin de recursos econmicos y de responsabilidad por la funcin pblica. SEGUNDA. La presente ley entrar en vigencia a partir de su publicacin. Remtase al rgano Ejecutivo Departamental, para fines constitucionales. EsdadaenelSalndeSesionesdelaAsambleaLegislativaDepartamentalde Chuquisaca, a los veintinueve (29) das del mes de mayo de dos mil catorce aos. REGSTRESE, PUBLQUESE Y ARCHVESE. Fdo. Lic. Zacaras Herrera Callejas PRESIDENTE de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca Fdo. Asamblestas departamentales de Chuquisaca Fdo. Esteban Urquizu Cuellar GOBERNADOR DE CHUQUISACA