1810. Sermon de Fray Jose Maria Romo en La Iglesia de La Merced

download 1810. Sermon de Fray Jose Maria Romo en La Iglesia de La Merced

of 3

Transcript of 1810. Sermon de Fray Jose Maria Romo en La Iglesia de La Merced

Sermn pronunciado por el R. P. fray Jos Mara Romo en la iglesia de la Merced el 29 de agosto de 1810 *Oh, ciudadanos de Santiago! Tengo yo razn para aplicaros, lleno de un amargo dolor estas sentidas quejas del profeta? Puedo deciros hoy, que todas vuestras miras son por las cosas de la tierra y que habis echado a vuestro Dios en olvido con dureza y obstinaciones deplorables? Ay de m! Y ojal tuviramos tantos motivos para quejarnos en nombre del Seor de vuestra obcecacin espantosa.

Cmo? Lo dir? Y por que no lo he de decir, cuando este es el escndalo de nuestros das, lo [p. 105] que arranca lgrimas y gemidos a las almas justas y lo que hace estremecer los atrios de la casa del Seor? Qu cosa?

Ese espritu revolucionario y altanero que reina en muchos de nuestros amados chilenos que se creen verdaderos patriotas, cuando no hacen mas que desnudar el cuello de la patria para el degello. Hablemos claro, que ninguna cosa embaraza mas que sta el negocio de nuestra salvacin y ninguna pueda acarrearnos mayores males. Porque Cmo podrn pensar en su salvacin unos cristianos conmovidos y agitados con ese nuevo plan de gobierno, contra las leyes de nuestra monarqua y contra los preceptos de Dios?Digan lo que quieran los que intentan introducir este nuevo sistema. Lo cierto es que para una alteracin de tanta consecuencia, no tenemos orden de la pennsula. La constitucin de los gobiernos de Amrica est en su ser. N o se nos ha dado orden para que la alteremos, no se nos ha dicho que podemos gobernarnos por nosotros mismos y a nuestro arbitrio. Antes bien, sabemos que la junta, que representa la autoridad del Monarca, ha dado sus rdenes, ha elegido y autorizado al jefe que debe venir a gobernarnos. Pensar, pues, en resistir a estas rdenes es querer resistir a la ordenacin de Dios, como lo dice el apstol: Qui potestati resistit, Dei ordinationi resistit. [p. 106] En Espaa no sabemos que haya otra autoridad que la de la junta, reconocida por la nacin; sta nos ha dado la Providencia en estos das, y a sta nos ha sujetado por la ausencia y desgracia de nuestro Soberano. Decid, pues, claro, que no quereis sujetaros ni obedecer aquel precepto de Dios: Omnis anima potestatibu sublimioribu, subdita sit, que no queris obedecer a la potestad de los reyes de Espaa, que Dios nos dio, desde la conquista y que nos ha conservado hasta hoy misericordiosamente. Decid que pensis gobernaros mejor, por vosotros mismos que por la potestad de lo Alto, y entonces no os admiris de que declamemos en los pulpitos contra una desobediencia tan escandalosa, contra una soberbia tan luciferina y contra una ambicin tan funesta, que no solo degrada a nuestro reino del concepto de fiel, obediente y sumiso, en que lo han tenido las naciones, sino que excita la justicia de Dios, a que descargue sobre nosotros todos sus rayos y anatemas. No vale decir que solo se intenta el nuevo gobierno para conservar estos dominios al rey catlico, y entregrselos cuando fuese colocado en su trono, porque, decidme, hermanos mos, permitidme que os haga esta pregunta, uno que no sabe de materias de estado, uno que no sabe mas que confesar y predicar, como lo decs, permitidme, digno, que os pregunte, Cmo los dems reinos y provincias de Amrica nos han hecho [p. 107] semejante alteracin en sus gobiernos? Por una sola ciudad de Buenos Aires, que la ha hecho, queris seguir su ejemplo y no queris seguir el de la capital del Per, el de la de Mxico, Montevideo y otras ciudades y plazas que se mantienen fielmente obedientes a sus legtimos superiores? Es posible que en solo en nuestro pequeo Chile se hallen hoy los verdaderos sabios, los verdaderos polticos, los verdaderos patriotas y que todas las dems provincias de Amrica, esas dilatadas provincias y populosas ciudades, que no sepan lo que hacen? No es esta una vergonzosa soberbia que merece los castigos del cielo?Pero aun cuando vuestro proyecto fuera justo por s mismo, lo sera tambin por sus consecuencias? Podis augurar el verificativo sin derramamiento de sangre sin introducir las violencias, los robos, el saqueo de nuestros templos, de vuestras casas, la muerte de mil inocentes, los estupros, los incendios y otras calamidades consiguientes? Y aun cuando estuviereis seguros de conseguirlo, a medida de vuestros deseos y sin que se siguiera ninguno de los ya referidos espantosos males, Cunto durara este nuevo gobierno en vuestras manos? Lo podras conservar por muchos meses, y aun quizs por muchos aos, para entregarlo, despus de pasada la guerra de Espaa, a su legtimo soberano, caso que este sea vuestro pensamiento? [p. 108] Qu sera de nosotros si en el entretanto, valindose de la ocasin oportuna, apareciese una flota de enemigos, en las costas de nuestro reino, abiertas de sur a norte en esas costas despobladas y sin resguardo? Cuntas disensiones, a mas de esto, cuantos partidos, cuantos resentimientos se suscitaran entre los extranjeros espaoles? Son estos, decirme, unos vamos temores de una imaginacin acalorada? No son mas bien, unas consecuencias necesarias y experimentadas en las ciudades que han querido alterar sus gobiernos, en nuestros das y en nuestra Amrica? Cmo pues, oh chilenos! si sois sabios, no adverts que es mejor y mas acertado tomar todos los medios para aplacar a Dios, que tan irritado le tenemos, y para merecer su proteccin, pues con ella todo lo tenemos y sin ella no habr mal que no venga sobre nosotros?Queja del Cabildo ante el Presidente por las expresiones vertidas por

el padre Romo en su sermnTodo el pueblo se halla escandalizado con lo que pblicamente predic el reverendo padre Romo, la noche del mircoles 29 del corriente, en la devota novena que su convento grande de esta ciudad hace al glorioso padre San Ramn. All trat a este pueblo de tumultuoso e infiel. All atribuy especial y sealadamente esta grave nota a [p. 109] los patricios chilenos. Sent que tenan planes de independencia, que trataban de hacer una Junta de Gobierno, opuesta a las autoridades constituidas. Que el objeto era colocarse en aquellos empleos los mismos que los proyectaban. Que las resultas de aquella perjudicial e infiel innovacin sera el saqueo de casas y templos, el asesinato de muchos y una total insubordinacin y perturbacin de la paz y tranquilidad pblicas. All se gradu de ilegal y tumultuaria la Junta de Gobierno instalada en Buenos Aires y protest que a este pueblo revolucionario queran imitar y seguir los chilenos y no a los de Lima y Mxico, donde reinaba la fidelidad. Fueron tantos los horrores que habl aquel religioso, que muchos sujetos de probidad, sorprendidos y escandalizados, quisieron salir de la iglesia, y por atencin de la religin no lo hicieron. De este propio cuerpo hubo quienes fueron testigos audiculares de esta verdad y de cuanto dejamos expuesto. De manera, seor que, en concepto de este religioso, han sido tumultuarias todas las juntas establecidas en los reinos de Espaa, que ya no tiene otro gobierno, y ltimamente, la de Cdiz, que a mas de hacerlo, propone por modelo su deliberacin a cuantas personas quieran imitarle, pasando de oficio, al Superior Gobierno y a este Cabildo, un tanto de cuanto instalaron, para nuestro gobierno y ejemplo. Todos esos pueblos sern, sin duda, tumultuarios [p. 110] en el concepto, y faltar en ellos la jurada fe a nuestro monarca. Un pueblo, seor, que ha odo predicar esto en la ctedra del Espritu Santo, Qu opinar de aquella provincia? Qu de la de Buenos Aires? Y que har si en esta capital en alguna ocasin las circunstancias obligan a lo mismo?Atentado es ste digno del ms pblico y severo escarmiento. Aquella ctedra dispuesta para repartir el pan evanglico se ha hecho el teatro donde se insulta a este pueblo da por da; parece que ya no hay otros delitos que remediar, ni otra doctrina que ensear que la del estado y fidelidad. Supone esta perfidia en el pueblo mas sosegado, fiel, honrado pacfico de los dominios todos de N. C. M. Fernando VII. Agravio, a la verdad, que no se atreviera a hacerlo ni el mas alto magistrado; y unos sujetos ignorantes en estas materias, tan ajenas a su instituto es posible se les permita? han de quedar impunes estos excesos? Si por sus confesiones saben lo que predican, deben comunicarlo al Superior Gobierno, donde solo reside la autoridad competente para el remedio; no haberlo hecho as les convierte en la clase de culpados. El cabildo, seor, pide a US. que, sin prdidas de instantes, se haga traer a la vista aquel sermn, y sabiendo ser efectivo cuanto queda expuesto, mandar se apliquen al padre las penas condignas, ordenando se pasen oficios a todos los prelados de las religiones [p. 111] para que ninguno, en adelante, toque directa ni indirectamente esta materia en los plpitos reconociendo para ello todos los sermones y plticas doctrinales, antes que se publiquen, o lo que US. estime mas justo, para que as se satisfaga a este Cabildo y al pueblo injustamente ofendido.Cabildo de Santiago, y agosto 31 de 1810. [p. 112]

* Reproducido en Coleccin de historiadores i de documentos relativos a la Independencia de Chile (Santiago: Imprenta Cervantes), Tomo XVIII, pp. 105-109.

Nota biogrfica: Jos Mara Romo profes en su orden en 1787; y en marzo de 1803 fue elegido comendador del convento de Concepcin y, en abril del mismo ao, visitador provincial de los de Chilln, Talca y Curic. Adherente a la causa realista, fue relegado a San Luis en 1818 junto con los prisioneros tomados en Maip. De regreso, se estableci en Melipilla, fue profesor de teologa en la Universidad de Chile. Falleci en 1859.