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29 DE MARZO DE 2016

CUADERNO

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PRESENTACIÓN La “Sinopsis Legislativa” es un documento que permite a los integrantes de la Mesa Directiva consultar en forma ejecutiva los contenidos de los Proyectos de ley o decreto enviados por la Cámara de Diputados, de las Iniciativas, de los dictámenes referidos a la creación o modificación del ordenamiento jurídico, así como de los decretos del Senado. Sin pretender que la información en síntesis sea un análisis jurídico de los ordenamientos legales que se intentan reformar, adicionar o derogar, su pretensión es que los senadores cuenten con una nota temática de los asuntos legislativos para que de manera ágil, pronta y expedita tengan conocimiento de sus contenidos. Adicionalmente, se establece el tema de los proyectos o iniciativas a presentar, así como un estadístico de los proyectos recibidos en el periodo respectivo y en relación a las iniciativas el estadístico individual por autor.

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CONTENIDO Numeraria …………………. 4 Proyectos de ley o decreto …………………. 5 Iniciativas …………………. 7 Dictámenes a discusión …………………. 26

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NUMERARIA DE LA SESIÓN

Proyecto de ley o decreto

Iniciativas inscritas

PRI: 3 CONJUNTAS: 4 PAN: 3 PRD: 4

P

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Dictámenes de proyectos de ley o decreto de primera lectura

Dictámenes de proyectos de ley o decreto a discusión

Comisiones de:

Derechos de la Niñez y la Adolescencia: 4 Recursos Hidráulicos: 1 Pesca y Acuacultura: 1 Puntos Constitucionales: 7

Puntos de acuerdos inscritos

PRI: 8 CONJUNTAS: 5 PAN: 7 SGP: 1 PRD: 7 PVEM: 1 PT: 5

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PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL

DE EDUCACIÓN.

Autor: Iniciativas presentadas: una el 14 de abril de 2011, por la Diputada Paz Gutiérrez Cortina, PAN; Otra el 4 de noviembre de 2010, por los Diputados María de Jesús Aguirre Maldonado y Eduardo Alonso Bailey Elizondo, PRI; y otra el 24 de marzo de 2011, por la Diputad Nely Edith Miranda Herrera, PRI. Tema: Educación inclusiva. Artículos a reformar: Reforma los artículos 2, 7, 10, 12, 23, 33, 41, 45, 54 bis, 55, 59, 70 y 75 de la Ley General de Educación. Minuta: 27 Votación en la Cámara de Diputados: Aprobada por la Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2016, con 403 votos a favor.

Sinopsis

La minuta tiene el propósito de armonizar, bajo el principio de inclusión, el contenido de la Ley General de Educación con los preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo y plantea la necesidad de actualizar el marco conceptual empleado en el campo de la educación especial, de manera que éste contribuya, desde el ámbito legislativo, a la consolidación de una cultura de la inclusión. Esta minuta es devuelta por la Colegisladora en razón de que realiza algunos ajustes a los artículos 7, 33, 41, 54 bis, 70 y el transitorio Segundo.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY FEDERAL

DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.

Autor: Senador Oscar Román Rosas González, PRI. Tema: Etiquetado de alimentos preenvasados. Artículos a reformar: Reforma los artículos 19 bis, 24 y 128 ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Sinopsis

Propone adicionar el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que la Secretaría de Economía, en apego a sus facultades, expida criterios sobre tamaño, color y área de las fechas de caducidad y consumo preferente que deben de llevar los alimentos envasados. Se adiciona la fracción XIV ter del artículo 24 de la misma Ley, para que la Profeco vigile y verifique el cumplimiento de las disposiciones en materia de tamaño, color y área en la que deben ser plasmadas la fechas de consumo preferente y caducidad de los alimentos envasados. Finalmente, se adiciona la fracción VI, recorriéndose las subsecuentes del artículo 128 Ter para establecer como caso particularmente grave las infracciones sobre tamaño, color y área de las fechas de caducidad y consumo preferente plasmadas en las etiquetas de los alimentos preenvasados.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 215 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

Autor: Senador Juan Alejandro Fernández Sánchez Navarro, PAN. Tema: Abuso de autoridad. Artículos a reformar: Reforma el artículo 215 del Código Penal Federal. Publicada en la Sinopsis Legislativa del 17 de marzo de 2016.

Sinopsis

Propone reformar el artículo 215 del Código Penal Federal relativo al Abuso de Autoridad y sancionar a las personas que acepten nombramientos, contrataciones o identificaciones de empleo, cargo o comisión públicos, o contratos de prestación de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el servicio para el que se les nombró, o no se cumplirá el contrato otorgado.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE CULTURA.

Autor: Senadores Angélica de la Peña Gómez, José de Jesús Santana García, Luis Humberto Fernández Fuentes, Luz María Beristain Navarrete, Iris Vianey Mendoza Mendoza, Alejandra Roldan Benítez, Fidel Demédicis Hidalgo y Fernando Enrique Mayans Canabal. Tema: Cultura. Artículos a reformar: Expide la Ley General de Cultura. Publicada en la Sinopsis Legislativa del 17 de marzo de 2016.

Sinopsis

La Ley que se pretende expedir tiene por objeto establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre el Ejecutivo Federal, Estados, la Ciudad de México y los Municipios, así como la participación de los sectores social y privado; establecer las bases para la política, planeación y programación en todo el territorio nacional en materia cultural; determinar los mecanismos para el resguardo del patrimonio cultural material, artístico, histórico y arqueológico; promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos culturales, el acceso a los derechos culturales, así como a los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural; facilitar a las personas con discapacidad las oportunidades necesarias para el uso y disfrute de las instalaciones destinadas a las expresiones culturales; salvaguardar la igualdad de género en la instrumentación y aplicación de políticas de apoyo y fomento a la cultura; promover el desarrollo social, económico y cultural de las comunidades culturales creativas, y de todos los grupos sociales mediante el desarrollo cultural; establecer las bases en la política cultural que estimulen la generación y desarrollo de las industrias creativas; y fomentar la participación de los sectores social y privado en el diseño,

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elaboración e implementación de las políticas culturales, así como en el acceso a cualquier manifestación cultural. Propone crear la Comisión Ejecutiva de Cultura como una comisión de carácter intersecretarial, que tendrá por objeto conocer, atender y resolver los asuntos relacionados con la competencia de dos o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, así como fungir como órgano de consulta para los asuntos que la Secretaría de Cultura considere oportuno poner a su consideración. Esta Comisión será presidida por el titular de la Secretaría de Cultura. Crea el Consejo Consultivo de Cultura como órgano de consulta de la Secretaría de Cultura, que tendrá por objeto proponer la formulación de las estrategias y acciones de coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad cultural nacional, utilizando los foros de consulta.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY

GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS.

Autor: Senadoras Marcela Guerra Castillo, Graciela Ortiz González y Ana Lilia Herrera Anzaldo, PRI. Tema: Polietileno y polímero sintético. Artículos a reformar: Reforma el artículo 7 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Sinopsis

Propone prohibir la fabricación y utilización del poliestireno expandido e incluir en el artículo 7 los términos polietileno y polímero sintético, a efecto de regular con mayor amplitud dichos materiales que al desecharse se convierten en residuos.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA CUAL SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY ADUANERA, LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LA LEY FEDERAL DE DERECHOS Y LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Autor: Senadora Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN. Tema: Vehículos eléctricos. Artículos a reformar: Reforma el artículo 61 de la Ley Aduanera; reforma los artículos 34 y 36 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Sinopsis

La iniciativa plantea exentar a los vehículos eléctricos del pago del impuesto al valor agregado; la posibilidad de que los contribuyentes pueda deducir al 100% la adquisición de un vehículo eléctrico o híbrido; eliminar los gravámenes en la importación de vehículos eléctricos o híbridos; y eliminar el pago de derechos de trámite aduanero cuando se importen vehículos eléctricos o híbridos.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 232 Y SE ADICIONA UN NUMERAL 2 AL ARTÍCULO 233 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y

PROCEDIMIENTOS ELECTORALES; Y SE ADICIONA EL NUMERAL 6 AL ARTÍCULO 3, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 44 BIS Y 44 TER A LA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS.

Autor: Senador Dolores Padierna Luna, PRD. Tema: Paridad de género. Artículos a reformar: Reforma los artículos 232 y 233 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y los artículos 3, 44 bis y 44 ter de la Ley General de Partidos Políticos. Publicada en la Sinopsis Legislativa del 17 de marzo de 2016.

Sinopsis

Propone establecer que en el registro de candidaturas a legislador federal y local, deberán respetarse los principios de paridad de forma vertical y horizontal, cuando sea impar el número total de candidaturas postuladas por un partido político, el número mayoritario deberá corresponder al género femenino.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y

DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

Autor: Senadores Martha Tagle Martínez, Dolores Padierna Luna, Layda Sansores San Román y Alejandro Encinas Rodríguez. Tema: Laicidad en la función pública. Artículos a reformar: Reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; y el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Sinopsis

Las reformas se realizan con fines de armonización con el resto de la legislación, por lo que las reformas al artículo 7º redefinen acciones que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en la fracción II, “El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal” se agrega la palabra “laico”, ello para guardar congruencia con la actual redacción del artículo 40 de la Constitución Política. En la fracción III, “Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales y sociales” se modifica para ser congruente con la reforma constitucional de 2011: “los derechos humanos y sus garantías”. Las fracciones VII y VIII sólo modifican su redacción para adicionar una fracción IX consecutiva. Con la adición de una fracción IX, análoga a las fracción VIII, en el sentido de sancionar violaciones sistemáticas o graves a los postulados constitucionales de la laicidad: a separación del Estado y las iglesias (artículo 130); a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión de las personas (artículos 1º y 24); al carácter laico de los actos, ceremonias, documentos o

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comunicaciones oficiales (artículos 40 y 115), o al carácter laico la educación pública (artículo 3º), de las leyes o reglamentos y de los programas públicos (artículos 27, 40 y 115). Por otro lado, se propone adicionar la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en su artículo 8. En la fracción XIX-E se integra la obligación positiva de los servidores públicos hacia la laicidad, derivada de los mandatos de la Constitución y en la fracción XIX-F se incorporan 11 conductas típicas en las que podría incurrir un servidor público que afectarían la laicidad y de las cuales deberán de abstenerse.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 12 BIS A LA LEY PARA LA

COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR.

Autor: Senadores Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Flores Escalera, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Anabel Acosta Islas y Sofio Ramírez Hernández, PRI. Tema: Vinculación interinstitucional. Artículos a reformar: Adiciona el artículo 12 bis a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

Sinopsis

Propone adicionar un artículo 12 bis a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior y crear la Comisión Nacional de Planeación Institucional e Interinstitucional de Educación Superior, órgano que será encargado de coordinar y encauzar las activadas necesarias para la vinculación de las actividades académicas y de investigación de los Institutos de Educación Superior, con la Planeación Nacional del Desarrollo y la Planeación de las entidades federativas. La Secretaria de Educación Pública determinará su integración la que deberá procurar identificar las áreas de coordinación entre los Institutos de Educación Superior, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las entidades federativas.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES II DEL ARTÍCULO 76 Y VII DEL ARTÍCULO 78 CONSTITUCIONALES.

Autor: Senadores Laura Angélica Rojas Hernández, Gabriela Cuevas Barron y Daniel Gabriel Ávila Ruiz, PAN. Tema: Ratificación del personal diplomático. Artículos a reformar: Expide la Ley Reglamentaria de las fracciones II del artículo 76 y VII del artículo 78 constitucionales.

Sinopsis

La iniciativa propone que una vez expedido el nombramiento realizado por el Presidente de la República deberá estar acompañado entre otros requisitos a presentar el de contar con un documento de motivación del nombramiento a fin de que el Ejecutivo Federal explique las razones fundamentales para considerar al designado merecedor del cargo, que el designado presente también una Declaración de Intereses, así como un Informe relativo a la situación general en que se encuentra la Embajada, Consulado General o representación permanente que eventualmente el designado deja de ocupar a fin de obtener más información sobre su desempeño anterior en el caso de miembros del Servicio Exterior o de designados con previas responsabilidades diplomáticas o consulares. Igualmente se establecen criterios y parámetros de evaluación del designado durante las comparecencias y se dispone la posibilidad de que a las mismas concurran, a invitación de las Comisiones Legislativas, expertos, académicos, representantes de organizaciones de la sociedad civil y ex diplomáticos para acompañar los procesos de evaluación.

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También se establecen dos obligaciones adicionales de los designados merecedores de un dictamen aprobatorio quienes, al término de las comparecencias, deberán efectuar dos compromisos públicos en el sentido de entregar informes anuales al Senado de la República sobre la manera en que se ha dado cumplimiento al Plan de Trabajo presentado y a los criterios generales de política exterior establecidos por el Ejecutivo Federal en el Plan Nacional de Desarrollo lo mismo que el de mantener actualizadas las páginas electrónicas de sus respectivas Embajadas o Consulados con la información que se considera fundamental de acuerdo con las mejores prácticas en materia de gobierno abierto. Y se establece que las Comisiones Legislativas competentes del Senado, o en su caso de la Comisión Permanente, deberán emitir sus dictámenes dentro de un plazo no mayor a 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la totalidad de la documentación requerida, en complemento del turno de los nombramientos efectuados por el Presidente. Y se propone que cuando la trascendencia o complejidad del dictamen, o en su caso, la petición fundada y motivada de las comisiones dictaminadoras lo amerite, podrán disponer de un plazo mayor a los 30 días, autorizado por la Mesa Directiva.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR MEDIO DEL CUAL SE PROPONE REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSOS

ARTÍCULOS DE LA LEY DE MIGRACIÓN.

Autor: Senador Raúl Morón Orozco, PRD. Tema: Derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes migrantes. Artículos a reformar: Reforma los artículos 29, 52, 71 y 74 de la Ley de Migración.

Sinopsis

La iniciativa propone que corresponderá al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a los Sistemas Estatales DIF y al del Distrito Federal la de establecer las medidas correspondientes a través de convenios con Organizaciones de la Sociedad Civil para garantizar la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados; promover la participación de Organizaciones de la Sociedad Civil a través de programas con el fin de salvaguardar el interés superior de niñas, niños y adolescentes migrantes acompañados y no acompañados. Se pretende que en el caso de los menores migrantes no acompañados se celebrarán convenios específicos entre la Secretaría de Gobernación y las Organizaciones de la Sociedad Civil, entidades federativas o municipios donde se reconozca el apoyo brindado hacia este grupo y se fortalezca el acompañamiento psicosocial y jurídico en su proceso de regularización migratoria independientemente de los Convenios celebrados entre el DIF y dichas instancias con el fin de garantizar el interés superior del niño, niña y adolescente; así como, garantizar el acompañamiento de quien

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ejerza sobre ellos la patria potestad, tutela, guarda o custodia. Finalmente, se busca establecer que se debe tomar en cuenta que el proceso de documentación generado por las instancias correspondientes, así como de las Organizaciones del Sociedad Civil, debe facilitar la regularización migratoria, garantizando el interés superior de este grupo.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL INCISO A DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 41

DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Autor: Senadores Gerardo Sánchez García, a Manuel Humberto Cota Jiménez, Hilda Esthela Flores Escalera, Mely Romero Celis, Carlos Romero Deschamps, René Juárez Cisneros, José Francisco Yunes Zorrilla y Luis Armando Melgar Bravo. Tema: Financiamiento de los partidos políticos. Artículos a reformar: Reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sinopsis

La reforma propone que en lugar de utilizar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral para calcular el financiamiento público, se utilizaría el número total de votos emitidos en la elección federal inmediata anterior.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DOS FRACCIONES AL ARTÍCULO 67 DE LA LEY

GENERAL DE EDUCACIÓN.

Autor: Senadora María de los Ángeles Verónica González Rodríguez, PRD. Tema: Financiamiento de los partidos políticos. Artículos a reformar: Reforma el artículo 67 de la Ley General de Educación.

Sinopsis

Con las reformas a la Ley General de Educación se busca que las asociaciones de padres de familia presenten ante las autoridades educativas y los Consejos Escolares de Participación Social, el calendario de actividades de la localidad en función de acontecimientos históricos, usos y costumbres, buscando evitar que se impacte negativamente en los tiempos de los educandos; y la de proponer acciones educativas que fomenten la identidad histórica y valores de cada región, que coadyuven a fortalecer el tejido social, y una mejor comprensión académica de hechos históricos.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 47 DE LA LEY

GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.

Autor: Senadoras María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Anabel Acosta Islas, Hilda Flores Escalera, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Itzel Saraí Ríos de la Mora, María Hilaria Domínguez Arvizu, Erika Ayala Ríos, Yolanda de la Torre Valdez, María del Carmen Izaguirre Francos, Carmen Dorantes Martínez y María Elena Barrera Tapia. Tema: Integridad personal. Artículos a reformar: Reforma el artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Sinopsis

Se propone reformar la fracción I del Artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que de esta manera las autoridades competentes presten mayor atención para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños y adolescentes, se vean afectadas por el descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual; que se genere en la escuela, seno familiar o cualquier medio social que se desarrolle y que atente contra su integridad personal.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL

DE SALUD.

Autor: Senador Luis Humberto Fernández Fuentes, PRD. Tema: Seguridad alimentaria. Artículos a reformar: Reforma los artículos 3, 6, 13, 17, 17 bis, 18, 58, 59, 114, 115, 199, 199 bis y 419 de la Ley General de Salud.

Sinopsis

Propone establecer un marco regulatorio para el control y aprovechamiento responsable de las pérdidas alimentarias producidas por las personas físicas y morales que elaboren, fabriquen, procesen, transporten, distribuyen, comercialicen y almacenen alimentos en cualquiera de sus modalidades. Coadyuvando así con la seguridad alimentaria del país.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 55 DEL

CÓDIGO CIVIL FEDERAL.

Autor: Iniciativa presentada el 17 de septiembre de 2015, por la Senadora Lorena Cuéllar Cisneros, PAN. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: De aprobarse, se remitirá a la Cámara de Diputados.

Sinopsis

El dictamen adiciona los párrafos segundo y tercero al artículo 55 del Código Civil Federal, recorriéndose las subsecuentes, para establecer en materia de declaración de nacimientos, que las autoridades locales deberán de llevar campañas para el registro, en donde se dará prioridad a personas en situación de desventaja social y habitantes de pueblos y comunidades indígenas. Además de armonizar la ley con las disposiciones constitucionales mandatando que la emisión de la primera acta de registro de nacimiento, observará el principio constitucional de gratuidad.

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DICTAMEN A LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DECLARA EL 19 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO, “DÍA

NACIONAL CONTRA EL ABUSO SEXUAL INFANTIL”.

Autor: Iniciativa presentada el 8 de octubre de 2015, por la Diputada Mariana Arámbula Meléndez, PAN. Cámara Origen: Cámara de Diputados. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: De aprobarse, se remitirá al Ejecutivo Federal.

Sinopsis

La minuta se aprueba en sus términos y pretende que el Congreso de la Unión declare el 19 de noviembre de cada año “Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil”.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Autor: Iniciativa presentada el 9 de diciembre de 2015, por la Senadora Martha Elena García Gómez, PAN. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: De aprobarse, se remitirá a la Cámara de Diputados.

Sinopsis

El dictamen adiciona la fracción XLII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal con el propósito de atribuirle a la Secretaría de Gobernación la obligación de presidir en casos excepcionales el Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estableciendo que la coordinación recaerá en la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

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DICTAMEN A LA INCIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY

DE AGUAS NACIONALES.

Autor: Iniciativa presentada el 10 de febrero de 2015, por el Senador Benjamín Robles Montoya, PRD. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa pretendía exceptuar de la aplicación de un decreto de veda a los usuarios que realizaran obras hidráulicas para la recarga de los mantos acuíferos. Las comisiones dictaminadoras estiman que la propuesta contenida en la iniciativa resulta improcedente, ya que puede causar una inconstitucionalidad con la ley.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XX, RECORRIÉNDOSE

LA ACTUAL Y LAS SUBSECUENTES DEL ARTÍCULO 4 Y EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 43 DE LA LEY GENERAL DE

PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES.

Autor: Iniciativa presentada el 6 de noviembre de 2014, por el Senador Eviel Pérez Magaña, PRI. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Pesca y Acuacultura; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa proponía incorporar al glosario de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la definición de grupos sociales en estado de vulnerabilidad, para establecer su derecho de preferencia en concesiones y permisos para el aprovechamiento de recursos pesqueros y acuícolas. También buscaba reformar el artículo 43 en su primer párrafo, para incluir, junto a las comunidades indígenas con su derecho de preferencia, el enunciado “y a los grupos sociales en estado de vulnerabilidad”. Las comisiones dictaminadoras estiman pertinente desechar la propuesta ya que son innecesarias las reformas pues actualmente el artículo 43 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en relación con el último párrafo del artículo 2 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, otorga ya los beneficios que pretende la iniciativa materia de este dictamen.

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DICTAMEN A LAS INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO QUINTO

TRANSITORIO DEL DECRETO DE REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES, PUBLICADO EN EL

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 11 DE JUNIO DE 2013.

Autor: Iniciativas presentadas el 22 de octubre de 2015, una por el Senador Javier Lozano Alarcón, PAN; y otra por los Senadores Zoé Robledo Aburto y Miguel Barbosa Huerta, PRD. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Comunicaciones y Transportes; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

Las iniciativas presentadas proponían posponer seis meses o un año la fecha prevista en el Artículo Quinto Transitorio de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, la cual era el 31 de diciembre de 2015 para realizar la entrega de televisores digitales o decodificadores en los hogares de escasos recursos y así culminar la transición digital terrestre. Al respecto las comisiones dictaminadoras proponer desechar las iniciativas en virtud de que su propósito está contemplado en el proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman y adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de julio de 2014. Lo anterior, en razón de que las modificaciones contenidas en el decreto mantienen la protección y garantía de la

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continuidad del servicio público otorgando al Instituto Federal de Telecomunicaciones la posibilidad de implementar un programa para que la población continúe recibiendo el servicio público.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 73 DE LA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 17 Y 28 DE LA LEY

GENERAL DE SALUD.

Autor: Iniciativa presentada el 16 de febrero de 2010, por los Senadores María Elena Orantes López, María del Socorro García Quiroz y Ramiro Hernández García, PRI. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

Se propone desechar la iniciativa que establecía la facultad al Congreso de la Unión, para dictar leyes sobre salubridad general de la República y, en coordinación con el Ejecutivo Federal, establecer las bases generales sobre las cuales se determinarán los criterios para la conformación del Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel y un Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel de atención médica, tomando en cuenta los precios máximos de referencia internacional de estos bienes; y se proponía reformar la Ley General de Salud, para establecer que compete al Consejo de Salubridad General, en coordinación con el Congreso de la Unión, establecer las bases generales sobre las cuales se determinarán los criterios para la conformación del Cuadro Básico de Insumos. Se estima que las propuestas ya se encuentran previstas en la Constitución Política en la fracción XVI de su Artículo 73 y estiman ocioso entrar al análisis de las propuestas de modificación a la Ley de Salud considerando lo previsto en el párrafo I del artículo 171 del Reglamento del Senado de la República.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 80 DE LA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Autor: Iniciativa presentada el 8 de agosto de 2012, por el Senador Carlos Jiménez Macías, PRI. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa tenía la finalidad de eliminar del artículo 80 constitucional, la palabra “supremo”, pues la división de poderes en el Estado Mexicano es de forma horizontal, es decir, los tres Poderes de la Unión se encuentran al mismo nivel. Al respecto las comisiones dictaminadoras estiman que no es necesario suprimir dicho término, toda vez que su uso se debe a una razón histórica sin que implique una afectación a los principios de separación y colaboración de Poderes acorde a sus propias funciones constitucionales.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL PÁRRAFO SEGUNDO

Y LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 3 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS.

Autor: Iniciativa presentada el 14 de abril de 2011, por los Senadores Rubén Fernando Velázquez López y José Luis Máximo García Zalvidea, PRD. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

Las comisiones dictaminadoras estiman pertinente dejar sin materia la propuesta que tenía la finalidad de establecer constitucionalmente, que la educación impartida por el Estado, se desarrolle el respeto a los derechos humanos y la equidad de género, a través de la inclusión de una asignatura para tal efecto, toda vez que el objetivo que se busca se encuentra plenamente atendido hoy en la Norma Suprema y por lo cual se considera innecesaria la modificación.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3 Y 73 FRACCIÓN

XXV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Autor: Iniciativa presentada el 13 de diciembre de 2012, por el Senador Mario Delgado Carrillo, PRD. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa proponía como eje fundamental dar impulso a la calidad de la educación por el establecimiento de procesos de evaluación educativa y elevar a rango constitucional el servicio profesional docente. Al respecto las comisiones dictaminadoras proponen desechar la iniciativa en virtud de que el propósito ya se encuentra regulado en el decreto aprobado el 26 de febrero de 2013 por el que se establecen las bases del sistema nacional de evaluación educativa y del servicio profesional docente.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO Y LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 3 DE LA CONSTITUCIÓN

POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Autor: Iniciativa presentada el 1 de diciembre de 2015, por la Senadora Martha Palafox Gutiérrez, PT. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

Las dictaminadoras estiman que la finalidad de la iniciativa para adicionar dentro de los objetivos de la educación en México, el principio de cultura de la paz, para que, por medio de la inclusión de este principio en la conducta de los educandos, se combata la violencia e inseguridad, se encuentra plenamente atendido en la Norma Suprema por lo que es innecesaria la modificación planteada y se encuentra plenamente colmado en los fines específicamente establecidos para el proceso educativo en la Ley General de Educación.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3, 73, FRACCIÓN

XXV Y 123 APARTADO B, FRACCIONES IX Y X DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS.

Autor: Iniciativa presentada el 20 de diciembre de 2012, por el Senador Juan Carlos Romero Hicks, PAN. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa planteaba reformas y adiciones a los artículos 3, 73 y 123 constitucionales para elevar la calidad de la educación; establecer las bases para la evaluación a los trabajadores de la educación y para facultar al Congreso de la Unión para participar en el aseguramiento del cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua. Al respecto las comisiones dictaminadoras consideran que la iniciativa ha quedado sin materia en razón de reformas constitucionales a los artículos 3 y 73 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013.

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DICTAMEN A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VII BIS AL

ARTÍCULO 116 DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.

Autor: Iniciativa presentada el 7 de octubre de 2015, por la Senadora Lorena Cuéllar Cisneros, PRD. Cámara Origen: Cámara de Senadores. Comisiones dictaminadoras: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos. TRÁMITE: Asunto concluido.

Sinopsis

La iniciativa proponía como obligación de las autoridades federales y locales, establecer una política pública que permita hacer accesible los servicios de registro de nacimiento; garantizar un registro de nacimientos permanente, ininterrumpido y universalizado, para lo cual, establecerán una Política Pública específica, que deberá incluir: diagnóstico detallado de la situación de registros de nacimientos a nivel nacional, que deberá actualizarse constantemente; apoyo al registro mediante la combinación con otras actividades, programas o servicios gubernamentales; implementar medidas de accesibilidad de la población en situación de pobreza o marginación a la red de registros existente; así como la utilización de unidades móviles que acerquen el servicio público de registro de nacimientos a las comunidades en situación de marginación. Al respecto las comisiones dictaminadoras proponen desechar la iniciativa, en virtud de que el marco jurídico vigente en los ámbitos de gobierno respectivo satisface los fines que la sustentan.