15108 runo E.~Niím. - BOE.es · coloreados. ' Mica en polvo.. , Minerales de plomo, Incluso...

40
15108 2 runo 1980 MINISTERIO DE CULTURA . s. O. ilel 158 Mancomunidad de los Canales del Talbilla. Concurso- subasta de obras. Puerto Autónomo de Barcelona. Adjudicación. de curso. . DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 15155 15155 Me!jl8 de Contratación del Instituto de la Juventud. Adjudicación de- obras. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES E INVESTlGACION Universida.d de Sevilla. Adjudicación de obras. 15181 15157 Dirección General de Correos y Telecomunicación. Con- curso-subasta para contratación de obras. 15185 MINiSTERIO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL Subsecretaria de Sanidad y Seguridad Social. Con· cursos-subastas para contratar obras. 15185 Dirección Provincial del Instituto Nacional de la lud en Concurso para adquirir material. 15188 Dirección ProvinCial del Instituto Nacional de la Salud en Granada. Concurso de obras. 15186 Dirección Provincial del Instituto' Nacional' de la Sa- lud en Madrid. Concurso de obras. 15186 Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Salud en Santandar. Concurso de obras. 15187 ADMINISTRACION LOCAL .Ayuntamiento de Bilbao. Concurso para adquirir ves- tuario y calzado. 15181 Ayuntamiento de Brión (La Corufia). Subasta para contratar obras. 15181 Ayuntamiento de Hellín (Albaéete). Concurso para con- tratar instalación de semáforos. 15188 Ayuntamiento de Huelva. S u b a s t a para contratar obras. . í5188 . Ayuntamiento de Llanera (Oviedo). Subasta para tratar obras.' 15188 Ayuntamiento de Martorelles (Barcelona). Subasta de obras. 15189 Ayuntameinto de, Pradoluengo (Burgos). Concurso de obras. 15189 Patronato Municipal de la Vivienda de Elche (Alican- te). Subasta para enajenar locales comerciales. 15189 Otros anuncios (Páginas 15190 a 15198) . l. Disposiciones generales JEFATURA DEL ESTADO 14034 INSTRUMENTO ele ratlflcaclón ele 30 ele abnl ele 1980 del Acuerdo entre Espelta 'Y lo. patae. de la (CotrtlnuscI6n.) Asoctación Europea de Ubre Cambto, hecho en Madrid el 28 de junto de lUl9. (Contfnuación.J DON JUAN CARLOS I REY DE ESPARA Por cuanto el dia 28 de Junio de 1979 el Plenipotenciario de Espat\a firmó en Madrid, Juntamente con loa Plenipotenciarios de la República de Austria. de la República de Finlandia. de la República de Islandia, del ReIno de Noruega, de la Repú- blica Portuguesa, del Reino de Suecia ., de la Confederación Suiza.. todos ellos nombrados en buena y debida forma al efec- to, el Acuerdo entre EspaAa y loa paises de 1 .. Asociación Euro· pea de Libre Cambio. Vistos y examinados los veintiocho articulas ., los anefos' qUe Lctegran dicho Acuerdo, . Aprobado su texto por las Cortes Generales, ., por cons1 4 guiente autorizado para su ratificación, Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo a.pruebo y ratifico, prometiendo cum- plirlo,. observado ., hacer que se cumpla y observe puntual· mente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación "1 firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratiftcac1ón fir· mado por Mi. debidamente sellado y refrendado por el lnfras· crlto MinIstro de Asuntos Exteriores. Dado en a 30 de abrti de 1900. JUAN CARLOS R. El Ministro de AsuntOl Exterior .. MARCELINO OR&1A AGUIRRE P&rUda del Arancel espaAol 25.10 B 25.13 A·l 25.15 A-2 25.15 B . 25.18 8.... 25.17 A 25.17 B 25.18 B 25.15 C 25.19 B 25.23 25.26 A 26.01 E 26.01 F 26.01 G 26.011 26.01 M-1 Descripción del producto Fosfatos de_ calcio naturales. excepto en bruto: fosfatos aluminocálcicos naturales, apatito y cretas fosfatadas. - Piedra pómez, en bruto o en trozos. Mármoles, travertino8.•ecaussines. y otras pie- dras calizas de talla o de construcción de densidad 'aparente igualo superior a -2,5 tro- ceados por cualquier procedimiento y cuya dimensión menor no exceda de 25 centfmetros. Alabastro. Granito, pórfido, basalto, arenisca y otras pi,,", draB de talla o de construcción troceados- por cualquier procedimiento y cuya dimensión menor sea igualo inferior a 25 centímetros. Pedernal triturado o pulverizado. . Gránulos y fragmentos calibrados para orna-, mentación o fabricación de losas, baldosas y revestimientos análogos. Dolomita fritada o calcinada. Dolomita aglomerada (incluso alquitranada), Oxidos de magnesio, incluso químicamente pu- ros; magnesia electro!undida. Cementos hidráulicos Uncluidos los cementos sin pulverizar llamados celinkers.). incluso coloreados. ' Mica en polvo.. , Minerales de plomo, Incluso enriquecidos. Minerales de cinc. incluso enriquecidos. Minerales de estat\o, incluso enriquecidos. Minerales de volframio (tungsteno). Incluso en.. riquecidos. Ilmenita.

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15108 2 runo 1980

MINISTERIO DE CULTURA

.s. O. ilel E.~Niím. 158

Mancomunidad de los Canales del Talbilla. Concurso­subasta de obras.

Puerto Autónomo de Barcelona. Adjudicación. de con~curso. .

MINISTE~IO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

15155

15155

Me!jl8 de Contratación del Instituto de la Juventud.Adjudicación de- obras.

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES E INVESTlGACION

Universida.d de Sevilla. Adjudicación de obras.

15181

15157

Dirección General de Correos y Telecomunicación. Con-curso-subasta para contratación de obras. 15185

MINiSTERIO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL

Subsecretaria de Sanidad y Seguridad Social. Con·cursos-subastas para contratar obras. 15185

Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Sa~lud en Al~va. Concurso para adquirir material. 15188

Dirección ProvinCial del Instituto Nacional de la Saluden Granada. Concurso de obras. 15186

Dirección Provincial del Instituto' Nacional' de la Sa-lud en Madrid. Concurso de obras. 15186

Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Saluden Santandar. Concurso de obras. 15187

ADMINISTRACION LOCAL

.Ayuntamiento de Bilbao. Concurso para adquirir ves-tuario y calzado. 15181

Ayuntamiento de Brión (La Corufia). Subasta paracontratar obras. 15181

Ayuntamiento de Hellín (Albaéete). Concurso para con-tratar instalación de semáforos. 15188

Ayuntamiento de Huelva. S u b a s t a para contratarobras. . í5188

. Ayuntamiento de Llanera (Oviedo). Subasta para co:n~tratar obras.' 15188

Ayuntamiento de Martorelles (Barcelona). Subasta deobras. 15189

Ayuntameinto de, Pradoluengo (Burgos). Concurso deobras. 15189

Patronato Municipal de la Vivienda de Elche (Alican-te). Subasta para enajenar locales comerciales. 15189

Otros anuncios

(Páginas 15190 a 15198)

. l. Disposiciones generales

JEFATURA DEL ESTADO14034 INSTRUMENTO ele ratlflcaclón ele 30 ele abnl ele

1980 del Acuerdo entre Espelta 'Y lo. patae. de la(CotrtlnuscI6n.) Asoctación Europea de Ubre Cambto, hecho en

Madrid el 28 de junto de lUl9. (Contfnuación.J

DON JUAN CARLOS IREY DE ESPARA

Por cuanto el dia 28 de Junio de 1979 el Plenipotenciario deEspat\a firmó en Madrid, Juntamente con loa Plenipotenciariosde la República de Austria. de la República de Finlandia. dela República de Islandia, del ReIno de Noruega, de la Repú­blica Portuguesa, del Reino de Suecia ., de la ConfederaciónSuiza.. todos ellos nombrados en buena y debida forma al efec­to, el Acuerdo entre EspaAa y loa paises de 1.. Asociación Euro·pea de Libre Cambio.

Vistos y examinados los veintiocho articulas ., los anefos'qUe Lctegran dicho Acuerdo, .

Aprobado su texto por las Cortes Generales, ., por cons14

guiente autorizado para su ratificación,Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como

en virtud del presente lo a.pruebo y ratifico, prometiendo cum­plirlo,. observado ., hacer que se cumpla y observe puntual·mente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación"1 firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratiftcac1ón fir·mado por Mi. debidamente sellado y refrendado por el lnfras·crlto MinIstro de Asuntos Exteriores.

Dado en M~d a 30 de abrti de 1900.

JUAN CARLOS R.El Ministro de AsuntOl Exterior..

MARCELINO OR&1A AGUIRRE

P&rUdadel Arancel

espaAol

25.10 B

25.13 A·l25.15 A-2

25.15 B .25.18 8....

25.17 A25.17 B

25.18 B25.15 C25.19 B

25.23

25.26 A26.01 E26.01 F26.01 G26.011

26.01 M-1

Descripción del producto

Fosfatos de_ calcio naturales. excepto en bruto:fosfatos aluminocálcicos naturales, apatito ycretas fosfatadas. -

Piedra pómez, en bruto o en trozos.Mármoles, travertino8.•ecaussines. y otras pie­

dras calizas de talla o de construcción dedensidad 'aparente igualo superior a -2,5 tro­ceados por cualquier procedimiento y cuyadimensión menor no exceda de 25 centfmetros.

Alabastro.Granito, pórfido, basalto, arenisca y otras pi,,",

draB de talla o de construcción troceados- porcualquier procedimiento y cuya dimensiónmenor sea igualo inferior a 25 centímetros.

Pedernal triturado o pulverizado. .Gránulos y fragmentos calibrados para orna-,

mentación o fabricación de losas, baldosas yrevestimientos análogos.

Dolomita fritada o calcinada.Dolomita aglomerada (incluso alquitranada),Oxidos de magnesio, incluso químicamente pu-

ros; magnesia electro!undida.Cementos hidráulicos Uncluidos los cementos

sin pulverizar llamados celinkers.). inclusocoloreados. '

Mica en polvo.. ,Minerales de plomo, Incluso enriquecidos.Minerales de cinc. incluso enriquecidos.Minerales de estat\o, incluso enriquecidos.Minerales de volframio (tungsteno). Incluso en..

riquecidos.Ilmenita.

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f

ti. O. íIel E.-Niím:. 1511 2 julio 1980 "15109

P/il,rUda,del Arancel

espa1i.o)

26.03 A. B27.<Y1

27.08 B

28.01 B28.01 e28.01 D-228.0228.03

Ex. 28.04

Ex. 28.05

28.0628.0828.09.28.10

23.1228.13

28.14

28.15 B, e28.16 B28.17

28.18

28.1928~

28:2128.22

.28.23

28.24

28.2528.27

E,. 28.28

28.29

28.,30 e

28.31

28.32

28.3528.36

28.3728.38

Ex. 28.39

EX.2BAQ

28.42

28.4328.4428.45

28.4628.47

28,48

28.49

DelCrlpcJOn del producto

•Cenizas O' residuos que contengan plomo O cinc.Aceites y demás productos procedente. de la

destilación de 108 alquitranes de hulla de altatemperatura; ,productos análogos según 10 dis­puesto en la nota 2 del capitulo.

Coque de brea de hulla o de otros alquitraoee-minerales.

Cloro.Bromo.Yodo sublimada -o resublimado;

_Azufre sublimado preclpita.d.o¡ azufre cataid&!.Carbono (principalmente ",negros' de -bumo).Hidrógeno, gases raros; otros metaloides, ex-

cepto -el oxigeno, el arsénico y el boro.Metales alcalinos y a1calinotérreos; metales de

las tierras raras, itrio Y, escandia, inclusomezclados o aleados entre si, excepto el litioy el calcio en bruto, de calidad nuclear, y el

_mercurio. .Acido clorhídríco: ácido clorosulfurico.Acido sulfúrico; óleum.Acido nitrico: ácidos Bulfonitricos.Anhídrido y ácidos fosfórico,5 (meta-, orto- y

piro-) .Acido y anhídrido bóricos.Otros' ácidos inorgánicos y compuestos' oxige­

na.dos de 10:;- metaloides.Cloruros, oxicloruros y otros derivados haloge­

nados y 'oxihalogenados de los metaloides.Sulfuros metal6idicos, excepto los sulfuros de

fósforo; trisulfuro de fósforo. .Amoniaco en solución acuosa.Hidróxido de sodio (sosa cáusUca);~hidróxido

de potasio (potasa cáustica); peróxidos de so­dio y de potasio.

HidrQxido 'Y peróxido de magnesio: óxidos, hl­dróxidos y peróxidos de estroncio o -de bario.

Oxido de cinc; peróxido .de cinc. .Oxido e hidróxido de aluminio (alúmina); co-

rindones artificiales. .~Oxidos e hidróxidos de cromo.

Oxidas de manganeso. .Oxidos e hidróxidos de hierro Uncluidas las tie­

rras colorantes a base de óxido de hierro na­tural que contengan en peso el 70 por 100 omás de hierro -combinado, valorado en FePal.

Oxidos o hidróxidos de cobalto; óxidos de co­balto c9merciales.

Oxidas de titanio.Oxidas de plomo, incluidos .el minio y el minio

anaranjado.Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgá­

nicas: otras bases, óxidas, hidróxidos y peró-­. xidos metálicos inorgánicos, con excepción de

los óxidos de estaño. ,Floruros: fluosilicatos, fluoboratos y demás fiuo­

Sales.Cloruros, .oxicloruros e hidroxicloruros; bromu­

ros y oxibromuros: yoduros y oxiyoduros.Hipocloritos; hipoclorito de calcio comercial;

cloritas; hipob:romitos.Cloratos y percloratos: bromatos y perbromatos¡

yodatos y peryodatos.Sulfuros., incluidos los polisulfuros.Hidrosulfitos, incluidos los hidrosulfitos esta-

bilizados por materias orgánicas; sulfoxilatos.Sulfitos e hiposulfitos.Sulfatos y alumbres; persulfatos.Nitratos y nitratos, con excepción. del nitra.to

sódico natural que contenga más del 16,30por 100 de nitrógeno. .

Fosfitos, hipofosfitos y fosfatos, con excepciónde ·los fosfatos de amonio que cor..tengan. enestado seco,. ti o más miligramos de arsénicopor kilo. .

Carbonatos y percarbof18,tos, incluido el carbo­nato de amonio comercial qu~ contenga car-.bonato amónico.

Cianuros simples. y complejos.Fulminatos,· cianatos y tiocianatos.Silicatos, incluidos los silicatos comerciales de

sodio o de -potasio.Boratos y perboratos.Sales de los ácidos de óxidos metálicos (croma­

tos. permanganatos, estannatos, etcJ·.Otras sales y persales de los áCidos inorgAnlcos,

con exclusión de los hidrazoat08 (azldas).Metl\-les preciosos-en estado coloida.l; amalga­. mas de' metales preciosos; sales y demás com­puestos orgánicos o inorgánicos de metalesprl)Ciosos, sean o no de constitución químicadefinida.

Partidadel Arancel.. espaftol

28.52B

28.54

28.55

28.56

28.57

28.58 B a G

29.01Ex. 29.02

29.03 A29.03B·l29.03 B-229.03 S-4

29.0<

.29.95

Ex. 29.06

29.07

29.08

29.09

~

29.10

29.11

29.12

Ex. 29.13

29.14

Ex. 29.15

_.Ex. 29.16

29.19 B29.19 E29.19 F

Ex. 29.21

Ex. 29.22

29.23

29.24

Ex. 29.25

- n.cripclón del producto

Compuestos inorgAnicos u orgAnicos de los me­tales de 1801 tierras raras, de itrio o de escan­dia, incluso mezclados entre si.

Peróxido de hidrógeno (agua· oxigenada) I com~

prendida el agua oxigenada sólida).Fos!uros, !lean O no de _constitución química

definida.Carburos. sean o, no de constitución química

definida.Hidruros, nitruros. azidas, siliciuros y boruros,

sean o no de constitución química definida.Los demás compuestos inorgánicos: aire líquido

(incluso si se le han eliminado los gases ·no·bies): aire comprimido: amalgamas que nosean de metales preciosos.

Hidrocarburos.Derivados halogenados de los hidrocarburos, ex-

cepto el cloruro ele metileno (diclorometanoJ.Derivados sulfonados de los hidrocarburos.Nitrobencen.o..2-4~ Trinitrotolueno (trilita).

~ Los dems derivados nitrados, nitrosados ., 109derivados mixtos de los hidrocarburos.

Alcoholes aciclicos y sus derivados halogenados,sulfonados, nitradas y nitrosados.

Alcoholes ciclicos y SUB derivados halogenados,s.ulfonados, nitrados y nltrosados.

Fflnoles y fenoles alcoholes, excepto el.octil!enol. y el nonilfenol.

Derivados halogenados, sulfonados, nitrado• .,nitrosados d_e los fenoles y de los fenoles·alcoholes.

Eteres-óxidos, éteres-óxidos-alcoholes, éteres­óxfdos-fenoles, éteres-óxidos-alcoholes·!enoles.peróxidos de alcoholes y peróxidos de éteresy sus derivados halogenados, sulfonacios, ni­trados y nitrosados.

Epóxidos. epoxialcoholes, epoxifenoles y epoxl·éteres (aIfa o beta); sus derivados halogena­dos. 'sulfonado~, nitrados y nítrosadolt-.

Acetales y semiacetales, acetales· y semiacetalesde funciones oxigenadas simples o complejasy s.us derivados halogenados, sulfonados, ni·trados y nitrosados y sus sales.

Aldehídos, aldehldos-alcoholes, aldehídos-éteres,aldehidos·fenoles y demás aldehídos de fun­ciones oxigenadas simples o complejas; poU......meros cfclicos de los aldehídos; paraformal­dehldo.

Derivados halogenados, sulfonados, nitrados ynitrosados de los productos de la partida 29.11.

Cetonas, cetonas-alcoholes, cetonas-fenoles, ce·tonas-e.-Idehídos, quinonáS, quinona.s·alcoholes,quinonas-fenoles, quinonas-aldehídos y otrascetonas y quinonas de funciones oxigenadassimples o complejas y sus derivados haloge­nadas, sulfonados, nitrados y nitrosados, ex­cepto las iononas y metlliónonas.

Ac1dos monocarboxf.licos, sus anhídridos, halo­genuros, peróxidos y perácidos; sus derivadoshalogenados, sul!onados, nitrados y nitrosados.

Acidos poÜcarboxHicos. sus anhídridos, haloge·nuros, peróxidos y perácidos; sus derivadoshalogenados, ,sulfonados: nitrados y nitrosa·dos, excepto el ácido adlpico.

·Acidos carboxilicos con función álcohol, fenol,aldehído o cetona y otros ácidos carboxflicoscon funciones oxigenad.as simples o. comple·jas, sus anhidridos, halogenuros, peróxidos yper~cidos: sus derivados halogenados, sulfo­nados. nitrados y nitrosados, excepto el tar­trato de' calcio bruto.

Acido inositohexafosfórico y sus sales.O,O-dialquilfosfatos..Los demás ésteres fosfóricos y sus sales, inclui­

dos los lacto!osfatos y sus denvados haloge­nados, sul!onados, 'nitrados o nitrosados.

Otros ésteres de los á¡:idos minerales (exceptolos ésteres de .los ácidos halogenados) y sussales, y sus derivados halogenados, sulfona­dos, nitrados :y nitrosados, excepto el alfa­beta--1,2,3,4,7,7 hexaclorobicicIo (2,2,lJ hepte­no-(2) -bis- (oxirtletileno) -S,6-sulfito.

Compuestos de función amida, excepto las ami­nas eiiIénicas distintas de la etilendiamina.

Compuestos aminados de funciones oxigenadassimples o complejas. .

Sales e hidratos de amonio cuaternario, incIul·das las lecitinas y otros fosfo-aminolfpidos.•

Compuestos- de función carboxlamida y comopuestos de función. amida del ácIdo carbónico,excepto el L-Daftil-N-metil carbamato.

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15110

Partidadel Arancel

8spaftolDescriPción del producto

2 julio 198ó

Partidadel Arancel

español

B. O. iJel E.-Niím. 158

I Qescrlpci6n del producto

29.26

29.2729.2829.29

29.30Ex. 29.31

29.33Ex. 29.34

29.35

29.3629.3729.38

Ex. 29.41

Ex. 29.-42

Ex. 29,,"

29.4530.01 Ex. A.

Ex. B,C,D

30.03 A-l

30.0531.02 B

31.02 e

31.00 G

31.02 H-a

Ex. 31.03

31,(MO

31.()4 E

31.04 F

31.05 A-l

31.05 e

31.05 o!X.32.01

32.03

Compuestos de función lm1da de los 4ctdos car- 32.MboxHicos (comprendidas la 1mlda ortosulfo-benzoica 1 sus sales) o de función lroios(comprendidas la hexametilenotetramina y latrimetilenotrinitraminaJ.

Compuestos de función nitrtlo. 32.05 A. BCompuestos diazolcos. azotcos y azOD.Derivados orgánicos de la hidrazina o de la

hidroxilamina. .'Compuestos de otras funciones nitrogenadas. 32.06Tia compuestos orgánicos, con excepción de los 32.07

tiofosfatos. ..Compuestos organomercúricos.-Otros compuestos organominerales, excepto el 32.08 A

plomo tetra-etilo. ..Compuestos .heterocíclicos, incluidos los ácidos

nucleicos. 32.08 BSulfamidas.Sultonas y sultamas.Provitaminas y vitamínas, naturales o reprodú- lx. 32.09

cidas por síntesis (incluso los concentrado~

naturales), así como sus. detivados en· tantose utilicen principalmente como _vitaminas,mezcladas o no entre si. incluso en solucionesde cualquier cIase.

Heteróxidos naturales o reproducidos por sín­tesis, sus sales, éteres. ésteres y otros deri­vados, excepto las digitaltnas.

Alcaloides vegetales naturares o reproducidospor síntesis. sus saJes, éteres, ésteres y otros 32.10derivados, excepto la quInina, la cinconina,la cinconIdina y Sus sales respectivas.

Antibióticos. excepto la penicilina, estreptomI­cina, tetraciclina, terramicina, aureomicina ysus sales.

Los demás compuestos orgánicos.Glándulas y demás órganos para usos opoterá· 32.11

picos, desecados, inclOso pulverizadosj extrae- 32.12tos para usos opoterápicos. de glándulas o deotros órganos o de sus secreciones: otras sus-tancias animales preparadas "para.. fines tera-péuticos o profilácticos no expresadas ni com- 32.13.prendidas en otras partidas-, excepto los. pro-ductos comprendidos en las. subpartidas A y 33.01 A-1B de la partida 30.01 de la lista A, al anejo n.

Medicamentos empleados en medicina o en ve- 33.01 A-sterinaria a base de insulina, acondicionados 33.01 C.2para la venta al por menor. .

Guatas, gasas, vendas y articulas análogos Capó- 33.01 Esitos, esparadrapos, sinapismos, etcJ. impreg-nados o recubiertos de sustancias fannacéu- 33.04ticas o acondicionados para la venta al pormenor con fines médicos o quirúrgicos, dis-tintos de los productos a que se refiere lanota 3 de este capitulo.

Otros preparados y artículos farmacéuticos.Nitrato de sodio sintético de un contenido en 33.06

nitrógeno igual, o superior al 16,30 por 100.Nitrato cálcico con un .contenido de nitrógeno

igual o superior al le por 100 y el nitratO' decalcio y magnesio, incluso puro. 34.01

Cianamida cálcica de un contenido en nitróge-no igual o inferior al 25 por lOO, impregnadao no de aceite.

Urea con un contenido de nitrógeno superior al 34.0245 por 100. incluso pura.

Abonos minerales o quimicos fosfatados; excep-to las escorias de desfosforación y los super- 34.03 Afosfatos simples o concentrados.

Sulfato potásico de un contenido en peso deK20, igualo inferior al 52 por 100. '

Sulfato de magnesio y potasio de un contenidoen peso de KP igualo inferior al 30 por 100.

Mezclas de abonos minerales o químicos, potá-sicos en el sentido a que se refiere el aparta- 34.04do B de la nota 3 del capítulo 31.

Ortofosfatos mono- y diamónicos con' una pro-porción de arsénico inferior a 8 mg. por kg. 34.05

Productos del capítulo 31 que se presenten entabletas, pastillas y fonnas similares o enenvases de un peso bruto máximo de 10 kg.

Los demás abonos: 34.06Extractos curtientes de origen vegetal; taninos

{ácidos tán1cosl, incluido el tanino de nuez 34.07de agalJas al agua, y ,sus sales, éteres, ésteresy otros derivados, excepto los extractos cur-tientes de quebracho insolubles en agua fria.

Productos curtientes orgé.nicos sintéticos y pro­ductos curtientes inorgánicos; preparacionescurtientes, contengan o no productos' curtien· 35.01 Btes naturales; preparaciones enzimáticas para Ex. 35.oa­curtieiJ.n (rindentes enzimáticos, pancreáti-cos, bacteriano., etc.).

Materias colorantes de origen vegetal (incluidoslos extractos de maderM tintóreas y de otrasespecies tintóreas vegetales, pero con exolu·sión del índigo) y matarlas colorantes de or!·gen animal. .

Materias colorantes orgánicas sintétlcas¡ pro·duetos orgánicos sintéticos de la clase de losutilizados como luminóforos; agentes de blan­queo óptico fi1ables' sobre la fibra.

Lacas colorantes.Otras materias colorantesl' productos inorgáni­

cos de la clase de los utUiZe,dos como .Iumi­nóroros· .

Pigmentos. opacificantes y colores·, preparadospara las industrias de cerámica, esmalte ovidrio.

Composiciones vitrificables, fritas de' vidrio yotros vidrios en forma de polvo, gránulos, la­minillas o copos.

Barnices; pinturas al agua, pigmentos al aguapreparados de la clase de lasque se utilizanpara el ~abad.o de los cueros; otras pinturas;pigmentos molidos en aceite de linaza., en_white sptrit-. en esencia de trementina. enun barniz o en otros medios, utilizables parala fabricación de pinturas¡ tintes presentadosen formas o en envases para la venta al pormenor; soluciones definidas en la nota .. delpresente capitulo.

Colores para la pintura artística, la ensei\anza,la pintura de rotulas, colores para modificarlos matices o para entretenimiento, en tubos,botes, frascos, platillos y presentaciones aná­-logas, incluso en pastillas; .los juegos de estoscolores provistos' o no de pinceles, difuminos,platillos u otros accesorios.

Secativos preparados.Mástiques (incluidos los mástiques y cementos

de resina); plastes utiUzados en pint.'ura yplastes no refractarios del Upo de los utiliza.

. dos en albaft.ilería.Tintas para escribir o dibujar, tintas de im-

prenta y otras tintas. -Aceites esenciales sin desterpenar, de lavanda,

lavandina y menta.Otros aceites esenciales sin desterpenar.·Resinoides, excepto los del láudano y del mus--

go de encina. .Subproductos terpénicos de 1.. desterpenación

de los aceites esenciales.Mezclas entre si de dos o más sustancias odo­

riferas, naturales o artificiales y mezclas abase de una o más de estas sustancias Un~,cluldas las 'simples soluciones en un alcohoU.que constituyan materias básicas, para le. per-

,fumería, la alimentación u otras industrias.Productos de perfumería o de tocador y cosmé~

ticos preparados; aguas destiladas aromáticasy soluciones acuosas de aceites esenciales, in­cluso medicinales.

Jabones; productos y preparaciones orgánicastensoactivas usadas como jabón, en barras,en trozos, en fonnas moldeadas o troqueladaso en panes (contengan o no jabónl.

Productos orgá.nicos tensoactivos; preparacio.nes tensoactivas y preparaciones para lavar,contengan o no iabón.

Preparaci(mes lubricantes y preparaciones deltipo de las utilizadas para el ensimado dematerias te~tile8. aceitado o engrasado delcuero o de otras materias, con exclusión delos que contengan menos del SO por 100 enpeso de aceites de petróleo o de minerales

_bituminosos.Ceras artificiales, inclUidas las solubles en

agua; ceras preparadas sin emulsionar y sindisolvente. .

Betunes y cremas para el calzado, encáusticos,lustres para metales, pastas y poivos paralimpiar y preparacion'3s similares, excepto lasceras preparadas de la partida 34.04-.

Bujías, velas. cirios, cerillo en rollo. lampari~ ....­Has hnariposas) y artículos análogos.

Pastas para moldear. incluso Q.resentadas ensurtidos o dispuestas para el entretenimientode los nUios:' preparaciones del tipo de la9llamadas -ceras pare. el arte dental. presen.tadas en pastillas. heJTaduras, balTitas O for.mas similares. I

Otros derivados de la caseína; colas de caseína.Albúmlnas, albuminato8- y' otros derivados de-­

las albúminas, excepto la ovoalbúmina '1 1&lactoalbúmina.

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¡J;O. CIel E.-Niím. 158 2 JulIo 1980 15111

• 'Partida'del Arancel

espllliolDescripcióD del producto

Partidadel Arancel

espadolDescr1pcJón del producto

Balata, gutapercha y gamae naturales análogas.Látex de caucho sintéticoj látex de caucho sin­

tético prevulcanizado; caucho sintético; cau·cho facticio derivado de los aceites.

Caucho regenerado.Bandajes, cubiertas, cámarae de aire y sacos

p'aravulcanizaci6n, que se presenten inutili-zados como tales. .

Planchas, hojas y bandas, de caucho natural osintético sh vulcanizar, distintas de las hojasahumadas y de las hojas de crepé de las par­tidea 40.01 Y 40.02; granulados de caucho na·tural o sintético eJ:;l fonna de mezclas dis-

'puestas para la vulcanización; mezclas lla­madas .mezclaé maestras. constituidas porcaucho natural o sintético sin vulcanizar, adi-,cionado. antes o después de la coagulación,de negro de humo (con aceites minerales osin ellos) O de anhídrido silícico (pon aceitesmineraleS o sin· ellos), balo cualquier forma.

Caucho (o látex de caucho) natural o sintético,Sin· vulcanizar, presentado en atrae formaso estados (soluciones y dispersiones, tubos,varillas. nerfiles, -etc,); artículos de cauchonatural o sintético, sin vulcanizar (hilos tex·tiles recubíertos o impregnados; discos, aran·delas, etcJ.

Hilos y cuerdas de 06u.cho vulcanizado, inclus?recubiertos de textiles. hilos de fibras. textl4

40.0340.04 A

40.05

4.0.06

40.07

39.02 o

39.04

40.01 e40.02

39.05 A

39.03

39.01

38.17

38.18

38.16

38.15 Composiciones llamadas -aceleradores de vul­canización-.

Medios de .cultivo preparados para el desarrollode microorganismos.

Mezclas y carga.s para aparatos extintores; gra­nadas extintoras.

Disolventes y diluyentes compuestos para bar.nices o productos similares.

Productos quimteos y preparados de las indus.trias químicas o de las' industrias conexas(incluidos los que consisten en mezclas deproductos naturales). no expresados ni com­prendidos en otras partidas; productos resi­duales de las industrias quimicas o de lasindustrias conexas, no expresados ní compren­didos en otras partidas; excepto los catali­zadores para catálisis heterogenea y el octil·fenol y nonilfenc: mezclados.

Productos de condensación, de poUcondensacióny de polladición, modificados o no, polime·rizados o no, Hneales o no (fenoplastos, ami­noplastos, resinas 'alcídic&S, poliésteres alí~

licos y demás pollésteres no saturados, sili-eonas. etc.). .

Polietileno *.Polihaloetilenos, en las formas señaladas en

la nota 3, apartados c} y d) dei capítulo 39.Polímeros y copolímeros del estireno *.* Excepto los adhesivos o base de emulsiones

de resinas.PoUmeros y copolímeros del cloruro de vinl·

lideno.Cloruro de polivinilo *.Acetato de polivinilo *. .Copolfmeros vinflicos, incluso los acrílicos *.Derivados del- acetato de polivi nilo (polialco-

'hol vinflico, poliacetBles mixtos, etc.} *.Poliacrilatos, polimetacrilatos y demás polfme-

,ros acrílicos .~

lntercambiadores de iones.Polipropileno *.Polietileno y poliprop:tleno, clorados *.Los demás productos de polimerización y copo~limerizaci6n *. -Desperdicios. y restos de manufaj::turas de los

productos de polimerización y copolimeriza­ción.

Celulosa regenarada: nitratos, acetatos y otroséSteres de la. celulosa, éteres de la celulosa yotros derivados qUÍmicos de la celulosa, plasti­ficados o no (celoidina y colodiones, celuloi­de, etc,); fibra vulcanizada.

Materias albuminoideas endurecidas (caseínaendurecida, gelatina endurecida, etcJ.

Resinas naturales modificadas por fusión y re­sinas artificiales obtenidas por esterificaciónde las naturales o de ácidos resínicos.

Altos polímeros apliláceos; destrana; linoxina.

Manufacturas de las materlas plásticas de laspartidas 39.01 a 39.06, excepto los abanicos ySUs varillajes.

* Excepto lOS adhesivos a base de emulsiones de resinas.

39.08 A. BEx.C

Ex. 39.07

Ex. 39.02 D

Ex. 39.02 EEx. 39.02 FEx. 39.02 GEx. 39.02 H

Ex. 39.02 e

Ex. 39.02 AEx. 39.02 B-2

Ex. 39.02 KEx. 39.02 LEx. 3{L02 MEx. 39.02 N

Ex. 39.02 1

Ex 38.19

_Tall oi}. (resina de lejías celulóslcasJ.Lignosulfitos. , .Esencia de trementina; ~sencia de madera de

pino o esencia de pino, esencia de pasta ce­}ulósica al sulfato y demás disolventes ter­pénicos procedentes de la destilación o deotros tratamientos de las maderas de conife­ras; dipenteno en bruto; esencia de pasta celu­16sic8 e.l bisulfito; aceite de pino.

Colofonias y ácidos resínIcos, y sus derivados,excepto las resinas esterificadas de la parti­da 39.05;, esencia de colofonia y aceites decolofonia.

Alquitranes de madera; aceites de alquitranesde madera (distintos de los disolventes y di·luyentes compuestos de la partida 38.18); creo­sota de madera; metileno; aceite de acetona;pez vegetal de todas clases; pez de cervecerosy productos análogos a baSe de colofonias- ode pez 'vegetal; aglutinantes para nú-cleos deiundición a base de productos resinosos na­turales.

Desinfectantes, insecticidas, fungicidas, ratlci­das, herbicidas, inhibidores de germinación,reguladores del crecimiento de las plantas yproductos similares, presentados como prepa­raciones o en formas o envases para venta alpor menor· o enartfculos tales como cintas,mechas y bujlas azufradas y papeles mata·

'moscas. , .Aderezos, aprestos y mordientes, preparados, de

la clase de los utilizados en las industriastextil, del papel, del cuero o análogos; exceptolos aderezos y aprestos preparados, a base·de sustancias amiláceas.

Preparados para el. decapado de los metales;flulos desoxidantes para soldar y otros coro·puestos auxiliares para la soldadura de losmetales; pastas y polvos para soldctr com­puestos del metal de aporte y de otros pro­ductos; preparados para recubrir o rellenarelectrodos y vartllas de soldadura.

Preparados antidetonantes, antioxidantes, adi­tivos peptizantes, meJoradores 'de viscosidad,aditivos anticorrosivos y otros aditivos pre­

.parados similares para ,.aceites minerales.

Gelatlnaa (comprendidas laa- presentadas ellhojas cortadas de forma cuadrada o rectan­gular, incluso trabajadas en su superficie ocoloreadasl y sus derivados; colas de huesos,de pieles. de nervios, de tendones y similaresy colas de pescado; lctiocola sólida.

Colas preparadas no expresadas ni .comprendi­das en .otra pa,rtida¡ excepto 1M colas a basede emUlsiones de silicato sódico. .

Productos de cualquier clase utilizados comocolas acondicionados para la venta al por me­nor como tales colas en envases de un .pesoneto igualo inferior a un kilogre.mo: exceptolas colas a base de emulsiones de silicato só­dico.

Pólvoras y explosivos; articulos de pirotecnia,. fósforos; aleaciones pirofóricaa; excepto lasmaterias inflamable, de 'la parpda 36.08, sub­partidas B, C y D.

Placas fotogrAficas y películas planas, &ensibi·llzada'1, sin impresionar, de materias distin­tas del papel, cartón o tejido.

Peliculas sin perforar.Peliculas perforadas para imágenes monocro-

mas. _Papeles, cartulinas y tej idos sensibilizados, ea­

tén o no impresionados, pero sin revelar.Placas y peliculas (incluso cinematográficas),

impresionadas, negativas .o positivas, sin re­velar. excepto las películas de actualidades.

Placas, peliculas sin' perforar y peliculas per­foradas (distintas de las cinematográficas),Impresionadas' y reveladas, negativas o po­

. aitivas.PeUculas cinematográficas inipresionadas y re­

veladas, positivas o negativas, con registro:de sonido o sin él, de 35 milímetros o másde ancho.

Productos quimicos' para usos fotográficos, in­cluidos los que sirven para producir la luzrelámpago.

Grafito artificial y grafito coloidal, excepto elque se- presenta en suspensión -en ~ite.

Carbones activados; materias minerales natu­rales activadas.

37.05

37.07 B-lB-2

38.01

38.03 A.B.D

38.0538.0638.07

38.09

37.01

38.11

35.03

38.13

38.14

37.08

. 38.08

Ex. 38.12

37.02 A37.02 B

37.03

. Ex. 37.01

, Ex. 35..06 B

i Ex. 35.06 A

Ex. Cap. 38t

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15n-ap..-uda

del Arancelespado}

Descrl.pc!ón del produ,,",

2 julIo 1980

Partidadel Arancel

espadol

S. O. ilel K-Num. 158

Descripción del 'producto

40.08

40.0940.10

40.11 A40.11 B-3

40.11 C·2

40.12 A

40.12 e

40.13

40.14

40.15 A

41.01 ex.A~3-a

41.01 ex.A-3-a

4-1.01 ex.A-3-b

Ex. 41.01 B

Ex. 41.03

Ex. 41,06Ex. 42.02·

42.04­

43.02 B

43.02 D

43.02 E

43.0343.0444.01 A44.03 e44.03 o44.03 E«.0444.05 A44.05 E44.1244.13

44.14

44.15

44.18

44.17

44.18

les impregnados o recubiertos de caucho. vul­canizado.

Planchas, hojas. bandás y perfiles (incluidos losperfiles de sección circular>, de caucho vulca­nizado sin endurecer.

Tubos de caucho vulcanizado sin endurecer.Correas transportadoras o_de transmisión de

caucho vulcanizado;Bandajas macizos o huecos (semimacizos).Cámaras de aire que pesen por unidad 0,5 ki­

logramos o menos.Neumáticos, incluidos los que no necestten cQ.

maras de aire, excepto los de aeronave, in­cluso los tubulares para ciclos y los -naps-,de Caucho vulcanizado sin endurecer.

Peras para inyección; para cuentagotas, paravaporizadores', etc., de caucho vulcanizado sinendurecer.

Los dem~s arUcu,los para uSOs higiénicos y far­macéuticos de caucho vulcanizado sin endu­recer, incluso pon partes de caucho endure-cido. .

Pr~ndas de vestir, guantes: y accesorios del ·ves­tIdo, para cualquier uso, de caucho vulcani.zado sin endurecer.' ,

La.s demás manufacturas de caucho V'ulcanizadosin endurecer.

Caucho el?durecido (ebonita) en masas, plan­.chas, hOJa~ o bandas, barras, perfiles o tubos.

PIeles de ovino con su lana, enteras, fres.cas y~aladas secas, de más de 250 kilogramos las100 pieles.

Pieles de ovinos con su lana, enteras salada,,;secas de más de 183,33 kilogramos por 100 pie­Ie:s o secas de méa de 170 kilogramOl9 por 100PIeles.

Pieles de ovino con sus lanas enteras secas~ más de 116,66 kilogramos'). menos' de l~ÓkIlogramos por 100 pieles.

Pieles de ovinos encaladas o piqueladaa (inclui­dos los cascos).

Pieles de ovino preparadas distint.a.s de las com­prendidas en las partidas 41.06 y 41.08, excep-to las apergaminadas. .. -

Pieles de ovino agamuzadas.Articulos de viaje (baúles, maletas, sombrere­

ras. sacos de viaje, mochilas. etcJ, bolsas pa­ra provisiones, bolsos de mano, carteras, car­tapacios, carpetas, p~rtamonedas, neceseres,estuches para herramIentas. petacas fundases~u?hes, cajas (para armas. instrumentos d~mUSlcs. gemelos, joyas, frascos. cuellos calza.do, cepillos, etc.>, y continentes simUares decuero natural, artificial o regenerado. fibrav.u~canizada, hojas ?e materias plásticás arti.flclales, cartón o tejidos, de materias distintasdel cuero. .

Articulas de ~uero natural, artificial o regene­rado, para usos técnicos.

Pieles de zorros blancoS, armiños blancos y vi­sones blancos, blanqueados.

La.s demás pieles curtidas o adobadas, sin' teñiro teñidas. '

Pie~es de todas clases, curtidas o adobadas co-SIdas. '

Peletería manufacturada o confecciónadaPeletería facUcia. esté o no confeccionada.Aglomerados leñosOs para quemar. .Postes de madera.Maderas distintas de las tropicales.Las demás maderas. ..Madera simplemente escuadrada.Mad~ras desenrolladas.Las demás maderas.Virutilla (lana) de madera; harina de madera.Mad~ra (incluidas las tablas o frisos para en-

tanmados. sin ensamblar), cepillada, ranura­da, machihembrada, como lengüetas. rebajes,chaflanes o análogos.

Maderas simplemente aserradas· ·longitudinal­~ente, cortadas o desenrolladas. de espesorIgual o inferior a cinco DliUmetros¡ chapasy madera para contrachapados, de igual es-pesor. .

Mader~ chapada o contrachapada, t'ncluso'conadiCIón de otras materias: madera con traba­.jo de m.arqueterf.a. o taracea. .

Tableros celulares de madera" incluso recubier­tos con chapas de metales comunes.

Maderas llamadas ..mejorada_, en tableros,planchas, bloques y análogos.

. Maderas ,llamadas _artificiales- Q ..regeneradas_.formadas por virutas, &Serrín, harina de ma­dera u otros ~esperdicios1e11osos, aglomerados

«.19

44.20

«.21

«.22 A

44.22 8-3

44.23

«.2444.25

44.26

44.27

44.28 D45.02

45.0345.04

4602 A-2

46.02 C

Capitulo 4749.01 B-l

49.018-2-b

49.018-3-b-2

49.02 8-2

49.03

49.04 8

49.05 A49.058-2-b

49.07 8

49,0849-.09

49.10

49.Ú849.11 C-2

con resinas naturales o artificiales ,o con otrosaglUtlnantesorgánicos; en tableros, planchas,bloques y similares.

Listones y molduras de madera para muebles,marcos. decorados interiores, e o n d ucoloneselé~tricas y análogos.

Marcos de madera pa.ra. cuadros, espejos y aná·lagos.. .

Cajas, cajitas, jaulas, cilindros y envases simi-lares completos. de madera. o

Barriles, cubas, tinas, cubos y demás manufac·turas de tonelería y sus partes, de maderas.incluidas las duelas acabadas.

Duelas de madera de resinOsas, estén o no ase­rradas por sus dm~ caras principales, pero sinotra. labor. .

Obras de carpintería y piezas de armazones pa­ra edificios y construcciones, incluidos los ta-

o bleros para entarimados y las construccionesprefabricad86, de madera. . o •

Utensilios de madera para' uso doméstico.Herramientas, monturas y mangos de herra­

mientas, monturas de cepillos, mangos de es­cobas y de cepillos. de madera~ hormas, en­8flnchadores y tensores, de madera. para elcalzado.

Canillas. carretes, bobinas para la hilatura y eltejido y para hilo de coser, y artículos simi-lares, de madera torneada'. o

·Articulos de marquetería y de pequei\a eba­~istería (cajas. cofres, estuches, joyeros. ca­Jas para plumas, percheras, lámparas de piey otros aparatos para alumbrado, etcJ, objetospara ornamentación. de vitrina y artículos deadorno personal, de madera: partes de made­ra de estas manufactura,s y objetos.

Los demás articulas de madera.Cubos. placas (láminas), hojas y Uras· de cor­

cho natural, incluidos los cubos o cuadradillospara la fabricación de taponés.

Manufacturas de corcho natural.Corcho aglomerado (con aglutinante o sin éM

y sus manufacturas. -Trenzas y artículo~ similares de materias tren­

zables para cualquier uso. incluso ensambla­das formando bandas. excepto los de materiasvegetales naturales. . .

Esterillas de China o similares y los demás ar~

ticulos de materias trenzables. .Materias utilizadas en la faoricaeión de papel.Libros litúrgicos en latí!). o en latín y esp8l10l,

en rustica o en encuadernaeión de série edi..torial.

Diccionarios multilingües de español con otrau otras lenguas, distintos de los diccionariostecnológicos, en rústica o ep encuadernaciónde serie editorial.

Libros, foUetos e impresos similares. incluso enhojas sueltas. en lenguas hispánicas, editadosen paIses distintos de los de habla espai\olao portuguesa, en encuadernación de sene OOi·toria!.

Diarios y publicaciones periódicas Impresos, in­cluso ilustrados. en lenguas hispánicas, edita­dos en paises de habla espaOola o portuguesa.

Albumes o libros de estampas y álbumes paradibujar o para colorear. en rustica o encua­dernados de otra forma, para. niOos.

Música impresa. con ilustraciones o sin ellas,incluso encuadernada.. -

Esferas terráqueas o celestes.Manufacturas cartográficas de todas clases, in­

cluidos ,los mapas murales y los planos to·pográficos, tmpresas. en lenguas hispAnicas,editadas en palses distintos de -los de hablaespañola o portuguesa.

Títulos de acciones o de obligadones y simila·. res, talonarios de cheques. y análogos.

Calcomanías de todas clases. .Tarjetas postales. tarjetas de felicitación de Pas­

e.uas y otras tarjetas de felicitación, ilustradas.obtenidas por cualq'Uier procedimiento. inclu­so con adornos o aplicaciones.

Calendarios de todas clases. de papel o car·tón, inclUidos los tacos o bloques de· calen·darlo.

Fotografías.Impresos comerciales (carteles, prospectos.· foll&­

tos. circulares, formularios. catálogos. cartas.n'otas de precios, etcJ. distintos de los catá·lagos de artículos de producción extranjeraen lenpas extranjex:as y ce.tálogoS de editarla-

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B. O. ael E.-Num. 158 2 julio 1980 15113

Partidadel Arancel

8spailol

'9.11 D50.02SIl·'"

SO.OS

&0.07

150.09

Capítulo SI53.0153.03 A

53.0453.Q5

53.06

53.07

53.08

53.09

53.10

53.Ú53.1255.0255.04F5.06

55.0755.08

55.09Capitulo 58Capitulo 58

59.01

59.02

59.03 "-

69.04

59.05

59.06

'59.08

59.1159.13

59.15

59.17 A

59.17 D

59.17 G

Descripción del producto

lea en cualquier lengua ., publ1cidad turísticaen lengua extranj era.

Los demás impresos.Seda cruda (sin torcer). .Hilados de seda, sin acondicionar, para la ven­

ta al por menor.Hilados de borra de seda (cschappe.) o de des­

perdidos de borra de seda (borr1l1al, sinacondicionar para. la venta al por menor.

Hilados de seda, de borra de seda h:chappe-l ode desperdicios de borra de seda (borrillal,acondicionados para la venta al por menor;pelo de Mesioa' (crin de FlorenciaJ¡ imitacio­nes de catgut preparadas con hilados de seda.

Tejidos de seda, de borra de seda ~eschappe_>

o de desperdicios de borra de seda (borrilla.).Textiles sintéticos y artificiales c;ontinuos.Lana -sin cardar ni peinar.Desperdlcios de lana y de pelos finos, con ex­

clusión de las hilachas.Hilachas de lana y de pelos (finos u ordinarios>.Lana y pelos (finos u ordinarios), cardados o

peinados.Hilados de lana cardada, sin. acondicionar, para

la venta al por menor.Hilados de lana peinada. sin acondicionar, para

la venta al por menor.Hilados de pelos finos, cardados o -peinados,

sin acondicionar, para la venta al por me­nor.

Hilados de pelos ordinarios o de crin, sin acon­dicionar, para la venta al por menor.

Hilados de lana de pelos (finos u Qrdinarios)o de crin, acondicionados, para la venta alpor menor.

Tejidos de lana o de pelos finos.Tejidos de pelos ordinarios o de crin.Lipters de algodón..Algodón cardado o peinado~ . _Hilados de algodón acondicionados para la veD­

ta al por menor.Tejidos de algodón de gasa de vuelta.Tejidos de algodón con. bucles de la clase es-

ponja.Otros tejidos de -algodón.Textiles sintéticos y artificiales discontinuos.Alfombras y tapices; terciopelos, felpas, tefl-

dos rizados y tejidos de oruga o felpilla (eche­nille-); cintas; pasamanería¡ tules y ~telidos

de mallas. anudadas (red). puntillas, encajesy blondas¡ bordados.

Guatas y artículos de guata¡ tundiznos, nudosy motas, de materias textiles.

Fieltros y artículos de fieltro, incluso impreg­nados o con bafto.

eTelas sin tejer_ y articulas de etelas sin tejer_,incluso impregnados o con baño.

Cordeles, cuerdas y cordales, trenzados o sintrenzar.

Redes fabricadas con las materias citadas en lapartida 59.04, en trozos, piezas o formas de­terminadas: redes preparadas para pescar, dehilados, cordeles o cuerdas. .

Otros artículos fabricados con hilados, corde­les, cuerdas o cordajes, con exclusión de lostel~os y de los artícúlos hechos con estos te~jidos. .

Tejidos impregnados, con bafio o recubiertos dederivados de la celulosa o de otras materiasplá.sticas ,arUficiales y tejidos' estratificadoscon estas mismas materias.

Tejidos cauchutados que no sean de punto.Tejidos elásticos (que no sean de punto), forma­

dos por materias textiles asociadas a hilos decaucho. .

Mangueras y tubos análogos, de materias tex­tiles, incluso con armaduras o accesorios deotras materias.

Tejidos, fieltros -o tejidos afieltrados, combina·dos con una o varias capas de caucho, decuero' O de otras materias, de los tipos em­pleados paTa fabricar guarniciones de cardasy los productos análogos para otros usos téc­nicos. ~

Tejidos afieltrados o no, '1ncluso Impregnados oCaD capa, de los tipos comúnmente empleadosen máquinas de fabricar papel o en otros usostécnicos y Que respondan a las especificacio­nes del apartado" de la nota 5 eJ del presen­te capitulo.

Otros artículos textiles pan. usos técnicos (dis,,:

Partidadel Arancel

espaAol

Capitulo 80Capitulo 81

Ex.Capitulo ll2

64.01

64.02

64.03 A

64.05 B-1

,65.04 B-2

85.08 A

65.06 B'67.01 A-1,

• B

. 87.02 A

67.04 A

88.01 B

68.02

68.03

68.04

68.06

68.07

88.08

68.09

68.10

68.11

68.12

68.13

88,H

DescrIpción del producto

cos, manguitos de fieltro, arandelas, luntas,etcétera).

Géneros de punto.Prendas de vestir y SUS accesorios,. de tejidos.Otros artículos de tejidos confeccionados; excep~

to los abanicos y sus partes comprendidas enla subpartida 82.05 B.

Calzado con suela y parte auperior de cauchoo de materia plástica artificial.

Calzado con suela de cuero natural, artificialo regenerado; calzado con suela de cauchoo de materia plástica artificial {distinto delcomprendido en la partida 64.0l>.

Calzado en el que el piso solamente es de ro...dera o de corcho.

Partes componentes de éalzado (incluidas laaplantillas y los refuerzos de talones o tal~lleras), de caucho o de materia plástica 6I'~

tiricia!.Sombreros y demás tocados trenzados o fabrj.

caclos por unión de bandas de cualquier mll-:taria (trenzadas, tejidas o hechas de otra fOE'.mal, guarnecidos, para sefioras y niños.

Gorros de caucho o de materia plástica artifi-:cial, estén o no guarnecidos.Cascos metálicos, estén o no guarnecidos.Pieles u otras partes de aves provistos de sus

plumas o de su plumón, plumas, partes deplumes, plumón y articulas de estas materias,con exclusión de los productos de la parti­da 05.07, asi como de los cañones y astiles deplumas, trabajados, excepto 'los articulas ter­minados distintos de los plumeros.

Flores. follajes y frutos artificiales y sus par­tes: artículos confeccionados con flores, fo­llajes y frutos .artificiales, de materias plás-

--ticas artificiales. ..Pelucas, :ROstizos. tJ::enzas y artículos análogos

de cabenos, pelos o materias· textiles.Adoquines, encintadosy losas para pavimentos,

de piedras naturales (excepto pizarra) hasta20 cm., inclusive. de grueso.

ManUfacturas de pierjras de taUa o de construc~

ción, con exclusión de las de la partida 68.01y de las del capitulo 69; cubos y dados paramosaicos.

Pizarra trabajada y manufacturas de pizarranatural o aglomerada.

Piedras para afil6I' o pulir a mano. muelas yartículos similares para moler, desfibrar, afi"":lar, pulir, rectificar, cortar o trocear, de pie-

• dras naturales, ·incluso aglomeradas. de abra­sivos naturales o artificiales aglomerados ode cerámica (incluidos los segmentos y otraspa.rtes de estas mismas materi8$ de dichasmuelas y articulas), incluso con partes .deotras materias (núcleos, cafias, casquillos,etcétera) o con 'sus ejes, pero sin bastidor.

Abrasivos naturales o artificiales en polvo o engrano, aplicados sobre papel. tejidos, cartónu otras materias, incluso recortados, cosidos

. o unidos de otra forma.Lana de escorias, de roe"," y otras lanas mine­

rales similares: vermiculita dilatada. arcilladilatada y productos Iriínerales similares di~

latados; mezclas y manufacturas de materiasminerales para usos calorffugos o acústicos,con exclusión de las comprendidas en las par­tidas 68.12 y 68.13 Y en el capitulo 69.

Manufacturas de asfalto o de productos simi­lares (pez de petróleo, breas, etcJ.

Paneles. planchas, baldosas, bloques y simila·res, de fibras vegetales, fibras de madera,paja, virutas o desperdicios de madera, aglo­merados con cemento, yeso u atros aglutinan­tes minerales.

Manufacturas de yeso o de composiciones abase de yeso.

Manufacturas de cemento, hormigón o piedraartificial, aunque estén armadas. incluidaslas manufacturas de cemento de escorias ode terrazo.

Manufacturas de amiantocemento. celulosace­mento y similares.

Amianto trabajado: manufacturas de amiantodistintas de "las de la partida 88.14 (cartones,hilos, tejidos, prendas de vestir, sombreros,gorras, calzado, etcJ, incluso armadas: mez·das a base de amianto o de amianto y car­bonato· de magnesio y manufacturas de esta!materias.

Guarniciones de fricción (segmentos. discos,arand-elas, cintas, planchas, placas, Tollas, etc~

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Partidadel Arancel

espaftolDellcrlpción del producto

~ julIo 1980

Partidadel Arancel

espafl.ol .

lÍo O. ael E.-Niím. 158

Descripción del producto

68.15 B

68,16 A.e

69.02

69.03

69.04

69.05

69.06 A

69:07

69.08

08.09

69.10

69.11

69.12

69.13

69.1470.01

70.03 A-J

70.03 B-1

70.J3 S-3

70,04 A a F

70.05

10.06 A a D

70.07

70.08

10.09

70.10

tara) para frenos. embragues y demás órganos·de frotamlento, a b6se de amianto o de otras-sustancias minerales o de celulosa, inclusocombinadas con textiles u otras materias.

Mica trabaJ.ad.a y manufacturas de mica, in­cluida. la mica sobre papel o tejido (miCELni­1& (micafolium, etc,): excepto las hojas de 'pol­vo de mica de espesor máximo de 0,12 mm.

Manufacturas de piedra o de otras materiasminerales (incluidas las manufacturas de tur­ba), no expresadas ni comprendida!! en otraspartidas; excepto les materias refractarias

.electrofundidas.Ladrillos, losas, baldosas y otras piezas análo·

gas de construcción, refractarias.Los demé.s productos refractarios (retortas:' cri:..

soles, muflas, pipetas, tapones, soportes, ca·pelas, tubos, toberas, cubiertas~ varillas, etc,).

Ladrillos y elementos similares utilizados en laconstrucción (macizos, huecos, perforados, cu·brevigJls, etc,).

Tejas, ornamentos arquitectónicoS' (cornicas, fri­sos, etc,) y otros productos cerámicos de cons.trucción (sombreretes, cañones de chimeneas,etcétera).

Tubos, empalmes y demé.spiezas para canaliza.ciones y usos análogos, de gres.

Baldosas y losas para pavimentación o revesti·miento, sin barnizar ni esmaltar.

Las demás baldoses y losas para pavimentacióno revestimiento.

Aparatos y artículos para usos químicos y otrosusos técnicos; abrevaderos, pilas o pilones yotros reCipientes similares para usos rurales;cántaros y demás recipientes. análogos parael transporte o· envasado. • .

Fregaderos, lavabos. bidés, tazas de retrete, ·ba­ñeras y otros -artfbulos fijos análogos paraUsos sanitarios o higiénicos.

Vajillas y artículos de uso doméstico o de to·cador,de porcelana.

Vajillas y artículos de uso doméstico o de to­cador, ·de otras materias cerámicas.

Estatuillas v ~bJetos de fantasía, para moblaje,ornamentacIón o adorno personal.

Otras manufacturas de materias cerá.micas.Cascos y demás desperdicios y desechos de vidrio;

vidrio en masa (excepto el vidrio óptico).Tubos de vidrio con un coeficiente de dilata·

ción superior a .0 x 10-7•Barras y varillas, de vidrio que no sea de débil

coeficiente de di1e.tación. -Tubos de vidrio que no sean de débil coeficiente

de dilatación.Vidrio colado o laminado, sin labrar (incluido

el vidrio armado o el plaqué de vidrio obteni­d06 en el curso de la fabricación). en placas oen hojas ·de forma cuadrada o rectangular; ex­cepto las lune.s brutas de sección blanca oincolora, de espesor superior a 4 mm. y cuyasotras dimensiones no excedan de 400 mm., sinplaquear, ni armar.Vidrio estirado o soplado (<<vidrio de vÉlDta.nas.), sin labrar Jincluido el plaqué de vidrioobtenido en el curso de la fabricación), enholas de forma cuadrada o rectangular. .

Vidrio colado o laminado y «vidn"b de venta.n&S.).· sin labrar fincluido el plaqué de vidrioobtenidos en el curso 'de la fabriCElCión), sim·plemente desbastados o pulidos par una o lasdos caras, en placas o en holas de forma cua.drada o rectangular;- excepto las lunas puli­das sin armar, de espesor superior a .. mm. ycuyas otras dimensiones no exceden de 400milímetros.

Vidrio colado o laminado y «vidrio de venta.nas. (estén o no desbastados o pulidos), cor­tados en forma distinta de la cuadrada oree·tanguar, o bien curvados o trabaJados de otraforma (biselados, grabados, etc,); vidrierasaislantes de pe.Te4es· múltiples, vidrieraaartfsticas.

Lunas o vidrios de seguridad, lncluso con tor.ma, que consistan en vidrio templado o for4mado por· dos o m!b hofas contrapuestas.

Espejos.. de vidrio con ma.roo o sin él, incluidoslos espelos retrovisores.

Bombones, botellas, .frascos, tarros, potes, tu·bos para comprimidos y demás r~cipientes devidrto similares para el transporte o envasa­dOi tapoll:es, tapas y ottos dispositivos de cie­rre, de vidrio.

70.11 A, ~B-3,B-3B-4

70.1270.13

70.14

70.15

70.16 A

70.17

70.18 B·2-a

70.19 B_

70.19 C·1

70.19 D70.20 A,

B·1,C.D,E /

70.21 B,e

71.03 .

71.04

71.05 B,e

71.0671.07 B,

e71.OB

71.09 B,e

·71.10

71.12 A-2

71.12 B

71.13

71.14

71.1873.02 B a

L73.04 A73.D6 A

73.11 ex. A-l

73.11 ex. A-2

AmpollaS y envolturas tubulares de· vidrio,abiertas, no terminadas, sin guarniciones, pa­ra lámparas, tubos, válvulas eléctricas y si~

mllares; excepto ampollas. de vidrio. inclusocon toma. de ánodo, simplemente obtenidaspor moldeo, sin recubrimiento ni labor poste­rior alguna para tubos catódicos, distintas delas_ de débil coeficiente de -dilataciÓn•. de lasde smcs y de las de cuarzo fundido:

Ampollas de vidrio para re,clptentes aislantes.Objetos de vidrio para servicios de mesa, de

cocina, de tocador, para escritorio, adornode habitaciones o usos similares, con exclu­sión de los. articulas comprendidos en la paI"­tida- 70.19.

KrUculos de vidrio para el alumbrado y seña4lización y elementos ópticos de· vidrio que noestén trabaj,ados ópticamente ni sean de vi~

drio óptico. .Cristales para relojes, para gafas corrientes (con

exclusión del vidrio apto para lentes correc­tivas) .y análogos, abombados, curvados y defonnas similares, incluso las bolas huecas ylos segmentos. .

Adoquines, ladrillos, baldosas~· telas y demásarticulas de vidrio colado o moldeado, tnclu~

so armado, para la construcción; vidrio lla­mado multicelular o espuma de vidrio, enbfoques, paneles, placas y conchas.

Objetos de vidrio para laboratorio, higiene yfarmacia. estén o no graduados o calibrados:ampollas para sueros y articulas similares.

Esbozos de lentes esféricas o tóricas con in·dice de refracción entre 1,500 y 1,550 inclusi­ve, CQ1l alguna cara transparente, sin trabajarópticamente.

Esbozos de lentea de anteojerfa médica bifoca­les o mulUfocales, sin trabajar ópticamente.

Cubes, dados, plaquitas, fragmentos y trozos(incluso sobre soportes), de vidrio, para mo­saicos y decoracionel» similares; objetos defantasía trabajados al soplete.

Microesferas de vidrio (balotines) de índice derefracción hasta 1,eo.

Los demás.Lana de vidrio, fibras de vidrio y manufacturas

de estas materias; excepto las fibras de vt..­drio textil, continuas, distintas de los hiloscortados y las mechas (.rovings.J,

Otras manufacturas de vidrio: excepto los ap,a­ratos para uso. industrial y sus partes de Vi­drio de débil coeficiente de dilatación.

Piedras sintéticas ·0 reconstituidas, en bruto, ta­lladas o trabajadas de otra forma, sin engar~

zar ni montar, --incluso enfiladas para facilitar ,el transporte, pero sin constituir sartas.

Polvo y residuos de piedras preciosas y semi4. preciosas y de piedras sintéticas.

Plata y sus aleaciones (incluso la pl'i'ta doraday la plata platinada), semilabrada.

Chapados de plata, en bruto o semilabrados.Oro y sus aleaciones flncluso el oro platinado),

seroilabrado~Chapados de oro sobre metales comunes o·

sobre plata, en bruto o semilabrados.Platino y metales del grupo del platino y sus

aleaciones, semilabrados.Chapados de platino o de metales del grupo

del platino, sobre metales comunes o sobremetales preciosos, en bruto o semilabra~os.

Articulas de Joyería y SUB partes componentes,sin piedras preciosas (diamantes, zafiros, ru~

bíes Q esmeraldas) o perlas finas.Bisutería según se define en las nota.s comple-·

mentarlas 2 y 3 del capitulo '71.Articulas de orfebrería y sus partes componen~

tes, 'de metalEjs preciosos o chapados de me-tales precioso~. • .

Otras manufacturas de metales preciosos o dechapados de. metales predosos,

Bisutería de fantasía. ~_. _'erroaleaciones, excepto el ferro~anganeso.

Granallas de alambre _de hieITO o acero.Polvo de hierro o acero,Perliles de hierro o de acero, distin~ del acero

especial sin aleación definido en la nota com·plementaria 8, a. del" ca.pitulo 73, simplemen­te forjados.

Perfiles de hierro o de acero. distintos del acero'especial sin aleación definido en la nota com·

. ,

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tl.ílelE.-Niím•.150" 2 julio 1980 15115

...

Partida_el Arancel

espaflol

:73.13 ex. B

1l3.13 D-2-a,ex" D-2-b

73.13 ex.D-3-a

73.15 eLC-7-b

73.15 e-373.15 e-O-h,

C-9-c

73.1,50-9,E·O.

ex, F-4,G·O

73.20

73.21 -

73.22

73.23

73.24 A

73.26

73.27 E73.29

73.30

73.31

73.32

73.33

73.34

73.36

73.37

Descripción del producto

plementarJa 8. a, del capitulo 73. simplementeobtenidos O acabados en frio.

Chapas de acero tenaz a bajas 'temperaturas deespesor entre 3 y ••75 milímetros, ambos in·clusive. con oertificado d'e clasificación.

Las demás chapas de hierro o acero, áimple­mente laminadas o acabadas en frio, de es­pesor Igual o .superior a 3 mil1metros.

Las demás chapas de hierro o de acero platea­das. doradas o _platinadas.

Fleje de acero fino al carbono' laminados oacabados en frio.

Chapas de acero fino al carbono. _AJamhres de acero fino al carbono, desnudos o

revestidos, con' exclusión de los alambres ais·lados utilizados como conductores eléctricos,cuya mayor dimensión de la sección· transver·sal sea inferior a S milímetros.

AlaÍnbre de aceros aleados.

·Accesorios de tubería, de fundición, hierro o8¡cero (empalmes, codos, juntas, manguitos,bridas. etc.). '

Estructuras y sus partes (hangares, puentes y.elementos de puentes, compuertas de esclu­sas.. torres, castilletes. pilares o postes, co­lumnas. armaduras, techados. marcos de puer­tas y.·ventanas. cierres metálicos. balaustra­das. rejas. etc.). de fundición. hierro o ace~

ro; chapas, flejes, barras, perfiles, tubos, etc.•de fundición. hierro o ac~ro,· preparados. paraser utilizados en la construcción.

Depósitos. cisternas. eubasy otros recipientesailálogos para cualquier producto (con e'xclu­sión de los gases comprimidos o licuados), de ­fundición. hierro o acero. con capacidad su·perior a 300 litros, sin dispositivos mecánicoso térmicos, incluso con revestimiento interioro calorífugo.

Barriles, tambores. bidones. cajas y otros rec1­pientessimila.res para el transporte o envasa­

·do. de chapa de hierro o -de acero.Recipientes de hierro o acero con -capacidad

superior.a 300 litros, para gases comprimidosy licuados:

Espinos artificiales; torcidas. con. púas o sinellas. de alambre o de fleje de hierro o acero.

Chapas o bandas -extendidas-oCadenas, cadenitas y sus partes componentes,

de fundición. de hierro o acero.Anclas. rezones y sus partes componentes, de

fundición. hierro· o acero.Pur.tas, Clavos. escarpía~ puntiagudas, grapas

onduladas o biseladas. alcayatas, ganchos ychinchf'tt:.s~ de fundición, hierro o acero, in­cluso con cabeza de otras materias. con ex­clusión de los dé cabeza de cobre.

Pernos y tu.ercas {fileteados o .no}, tirafondos,tornillos, armeHas y ganchos con paso de ros­ca, remaches, pasadores, clavijas, chavetasy arttculos análogos de pernerla y de torni­lIería, de fundición. hierro o acero; arande­las (incluidas las arandelas abiertas y las elepresión), de hIerro o acero.

Agujas para coser B. mano, ganchillos. agujaspara labores especiales. pasacordoncillos. pa­sacint8.s y articulas similares para efectuara mano trabajos de costura. bordado, mallao tapicería y punzones para bordar. de hie­rro o·de acero.

Alfileres (distintos de los de adorno). 'horqui­llas, rizadores y similares, de hierro o deacero.

Estufas .. caloríferos, cocinas {incluidos los, quese pueden utilizar aCcesoriamente para lacalefacción centraD. horniHos, .calderas conhogar, calientaplatos y aparatos similares noeléctricos. de los tipos utilizados para usosdomésticos. así como sus partes y piezassueltas, de fundición'- hierro o $.Cero.

Calderas (distintas de las de la partida 84.01)y radiadores. para calefacción ~ntral, decaldeo no eléctrico, y sus partes, de fundi­ción, hierro o Beeroj generadores y distribul·dores de aire caJ.iente (incluidos los que pue­dan Igualmente funcionar como distribuidoresde aire fresco o acondicionado), de caldeo noeléctrico. que lleven un ventilador o un so­plador con motor. y sus partes, de fundición,hierro o acero.

Parl!o.del Arancel

tapadol

73.38

73.40

Capitulo 7475.01 C75.02 ,75.03

75.04

75.05

75.06Capitulo 76Capitulo 76Capitulo 79Capitulo 80Ex. Capi-

tulo 82

Capítulo SS".01 A. B

C-1-a,C-1-b.C·2, O

84.02

84.05 BI

".06 B.C.0-2

".07

84.08 B a F

84.0984.10

84.11 A84.11 B

84.11 e84.11 D-2.D-3

84.11 E84.11 F84.11 G

84.12

84.13

-&4.14 B84.14 C

".140.".1< E84.14 F84.14 G

".15 C-2

DescripcIón del producto

..Articulas de uso doméstico y de higiene y suspartes, de fundición, hierro o acero; lana-dehierro o acero; esponjas, rodillas, guantes y'articulas similares para fregar, lustrar y usosanálogas, de· hierro o de acero.

Otras manufacturas de fundición, hierro. oacero,

Cobre.Desperdicios Y desechos de níquel.Barras, perfiles 'Y' alambres de níquel.Chapa.s, planchas. hoj~ y tiras de cualquier es-

pesor, de níquel; polvo y partículas de I\íqueI.Tubos Unc1Ujdos sus desbastes), barras huecas

y accesorios para tuberías (empalmes, codos,juntas. manguitos, bridas, etc,) de níquel.

Aliados para niquelar. incluso los obtenidospor electrólisis. en bruto o manufacturados.

Otras manufacturas de niquel.Aluminio.Plomo.Cinc.Estafio.

Herramientas. artículos de cuchílleria y cubier­tos de mesa, de metales comunes, excepto losaparatos mailipuladores .. distáncia para pro­ductos radiactivos que puedan ser manipula­dos a "brazo franco.. como si fueran una he~

rramienta. y los diamantes del vidriero{partida 82.04 A Y Bl.

Moifluiacturas diversas de metales comunes.Generadores de vapor de agua o de vapores de

otraS clases (calderas de vapor. calderas lla­madas de agua ¡sobrecalentada, excepto lascalderas de tubos de agua de mAs de 120 ki·logramos de presión por centímetro cuadra.do.

Aparatos auxiliares para las calderas de la.partida 84.01 (economizadores, recalentadores,acumuladores de vapor. aparatos para desho­llinar. para recuperación de gases. etc.); con­densadores para mliquinas de vapor.

Máquinas de vapor de agua o de otros vaporesque formen cuerpo con sus calderas.

Motores de explosión o de combustión internade émbolo, excepto los motores para aviacióny BUS partes y piezas sueltas.

Ruedas hidráulicas, turbinas y demás máquinasmotrices hidráulicas.

Otros motores y máquinas motrices, excepto los'propulsores de reacción <turborreactores, es­tatorreactores. pulsorreactores, cohetes, etc.)y sus partes y piezas sueltas.

Apisonadoras de propulsión mecánica.Bombas, motobombas y turbobombas para tí·

quidos. incluidas las bombas no mecá.Dicas ylas bombas distribuidoras con dispositIvo me~

didor; elevadores para líquidos (de rosario, decangilones. de cintas flexibles. etc.).

Bombas de alto vacío.Bombas y compresores de accionamiento no me~

cAnica.Bombas y compresores de accionamiento mecá~

nico, sin motor.Motobombas y motocompresores., excepto los

movido!'> por turbina de gas exclusivamente.Ventiladores y análogos.Generadores de émbolos libres.Partes y piezas ',de máquinas comprendidas en

la partida 84.11.Grupos para acondicionamiento de aire que con­

tengan reunidos en un solo cuerpo, un venti­lador con motor y dispositivos adecuados paramodificar la temperatura y .la humedad.

Quemadores para alimentoción de hogares, decombustibles liquidas (pulverizadores), decombustibles sólidos pulverizadoS" o de gas;hogares automáticos, incluidos sus antehoga­

,res, sus parrillas mecánicas, sus dispositivosmecánicos para la evacuación de cenizas y dis­positivos análogos.

Cubibotes.Hornos de caté.lisis para tndustrias químicas,

de mé.s de 10.000 kilogramos de peso.Hornos paníficadores y de pasteleria.Hornos. para la fabricación de cemento.Los demás hornos. .Partes y piezas sueltas de hornos comprendldas

en la partida 84.14. .Los demás refrigeradores. máquinas y aparatos

para la producción de frío con equipo eléctri­co o de otras clases; excepto los equipos fri·gor1flco8 hasta 50 kilogramos, inclusiva.

,

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Partidadel Arancel

espaftolI)Qscrlpci6n del producto

2 julio 19ao

Partidadel Arancel

espail.ol

S. O. ílel E.-Niím. 158

Descripción del producto

Bp50-2

84.18

84.17

84.11L.D..~.18E

84.20 A, B, C.O, F

84.21

84.22 A #

84.2,3

84.24

M.25A-2, B.C.O,E

M.28

84.27

84.28

84.28

".31

"84.32

84.33

84.34

Las demás partes y piezas sueltas de máquinasy aparatos para la producción de' frio.

Calandrias y laminadores, excepto los lamina­dores para metales y las máquinas para la·minar el vidrlo~ cilindros para dichas mé.­quinas.

Aparatos y dispositivos. aunque se calienteneléctricamente, para el tratamiento,de mate­rias por medio de operaciones que impliquenun cambio de temperatura, tales como: ca­lentado, cocCión, tostado, destila.c16n, rectifi·cación, esterilización, pasterización, secado,evaporación, ..vaporización, condensación. en·friamiento, etc., COD exclusión de los aparatosde uso doméstico; calentadores para agua (in~

cluso los callentabaños) que no sean eléc­tricos.

Las demás centrifugadoras y secadoras centrí­fugas; los demás aparatos para el filtrado ola depuración de líquidos 9 ga!jes.

Partes y piezas de las máquinas y aparatos dela partida 84.18.

Aparatos e instrumento~ para pesar, incluidaslas básculas y. balanzas' para comprobaciónde piezas fabricadas, con exclusión de las ba~

lanzas sensibles. a un peso igualo inferior a5 eg.

Aparatos mecánicos (incluso accionados a mano)para proyectar, dispersar o pulverizar mate­rias liquidas o en polvo; extintores. cargadoso sin cargar; pistolas aerográficas y aparatosanálogos; máquinas y aparatos de chorro dearena, de chorro, de vapor y aparatos de cho-.rro similares.

Manipuladores mecánicos a distancia, filos o mó­viles, no manejables a.brazo franco~, eSpe­cialmente· concebidQs para la manipulación deSustancias fuertemente radiactivas.

Máquinas y aparatos, fifos o móviles. para ex­tracción, explanaciób, excavación o perfora-,ción del suelo (palas mecánicas, cortadoras de

"carbón, excavadoras. escarificadoras, nivela­doras, ..bulldozers... traíllas (..scrapers.), etc.>;martinetes; quitanieves, distintos de los ve­pículos quitanieves de la partida 87.03, . _

Maquinas. aparatos y artefactos agrícolas y hor­Ucolas para la preparación y trabajo del suelay para el cultivo, incluidos los rodillos paracéspedes y terrenos de deportes.

Maquinaria cosechadora y trilladora;' pren'saspara paja y forraJe; cortadoras de césped;avehtadoras y máquinas similares para la lim­pieza de granos. seleccionadoras de huevos,frotas y otros productos agrícolas, con exclu·sión de las máquinas y' aparatos de molineríade la' partida 84.29; excepto las segadoras, in·cluso segadoras atadoras.. para maíz. '

Máquinas para ordei\ar y otras maquinas yaparatos de lechería.

Prens~. estrujadoras y demás aparatos emplea-dos en vinIcultura. sidrería y similares. .

Otras máquinas y aparatos para la agricultura,horticultura. avicultura y aplc'4-ltura, inclui·dos los garrninadores coli dispositivos mecá­nicos o térmicos y 1&5 incubadoras y criadoraspara avicultura,

Maquinaria para molinería y para tratamientode cereales y legumbres secas. con exclusiónde la maquinaria de tipo rural,

MáquinaS y aparatos no citados ni comprendidosen otras partidas del presente capítulo, paralas. industrias de la panadería, pastelería, ga­lIetería, pastas alimenticias, confitería, choco­latería, asi como para" las 'industrias azuca­rera y cervecera y para la preparación decarnes. pescados" hortalizas. legumbres y fru-tas, con fines alimenticias. -

Máquinas y ,aparatos para la fabricación de pas­ta celulós1ca (pasta de papeD y para la fa­bricación y acabado del papel y cartón,

MáquInas y aparatos para encuadernar, inclui-das las máquinas para coser pliegos..

Otras máquInas y a.paratos para trabaJar pastada papel, papel y cartón. Incluidas las corta-doras de todas clases. .

Máquinas para fundir y componer caracteres de. imprenta;. máquinas. aparatos y material para

clisar, de estereotipia y análogos; caracteresde imprenta, clisés. planchas, cilindros y otrosórganos impresores; piedras litográficas. plan~chB.5 y. cilindros. preparados para las artesgráficas {alisados, graneados, pulidos, etcJ.

~,35

84.315

84.37

84.38

84.39

84.40BaI

84.41

84.42

84.43

84.44

84.48

84.47

84.0{9

84.50

84,51 A-2,B

84.52 A~2.

B.e

M.54B

Ex. M.35 A

Máquinas y aparatos... para imprenta y artesgráficaS, marginadoras, plegador~ Y otrosaparatos auxiliares de imprenta.

Máquinas y aparatos para el hilado (extrusión)de materias textiles _sintéticas y artHic1ales:máquinas y aparatos para la preparación dematerias textiles; méquinas para la hilatura yel retorcido de materias textiles; mAquina.spara bobinar (incluidas las canilleras) y de~

vanar materias textilles. "-Telares y máq'uinas para tejer. para ,hacer gé­

neros de punto, tules, encales, bordados. pa.:samanería y malla (red) \ aparatos y máqui­nas preparatorios para teJer o hacer génerosde punto. etc. (u!didoras, encaladores, etc,) .

Máquinas y aparatos auxil1ares para l~ má-­quinas de la partida. 84,37 {mecanismos de ca­lada -maq:uinitas y mecanismos .Jacquard~-.para urdimbres v para tramas, mecaDlsmQS decambio r;le lanzaderaS:' etcJ; piezas sueltas Yaccesorios destinados exclusiva o principal­mente a las máQuinas y aparato,s de la pre~sente :partida y de las partidas 84.38 Y 84.37(husos, aletas, guarniciones de cardas, peines.barretas, hileras, lanzaderas, Usos y basti~dores, agujas, platinas, ganchos, etcJ.

Máquinas y aparatos para la fabricación y. elacabado de fieltro, en piezas o en forma deter­m1nada, incluidas las máquinas de sombre­rería y las hormas. de sombrerería.

Máquinas y aparatQs para el lavado. limpieza,secado, blanqueo, teñido, apresto y acabadode hilados. tejidos y manufacturas textiles(incluidos los aparatos para lavar la ropa,planchar ,Y prensar las confecciones, enrollar,plegar o cortar tos tejidos): máquinas pararevestimiento' de tejidos y demás soportes parala fabricación de linóleo y otras cubterta;s desuelo; máquinas para el estampado de hilados,tejidos, fieltro; cuero, papel de decorar habi·tactones, papel de embalaje. linóleos y otrosmateriales similares (Incluidoe las planchasy cilindros graba.dos .para' estas máquinas):excepto las máqUinas Y aparatos para lavarla ropa, de una capacidad unitaria, expresadaen peso de ropa seca, ha.sta 8 kilogramos, in­clusive.

Máquinas de coser (tejidos, cueros, calzado.. etcJ, incluidas los muebles :para máquinas de

coser; agujas para estas" máquinas. _Méquinas y -aparatos para la preparación y tra­

bajo de los cueros y pieles y para la fabrt~cación de calzado y demás manufacturas decuero o piel, con exclusión de las máquinasde coser de la partida 84:41.

Convertidores, calderos dé colada, lingoteras ymáquinas de colar y de moldear. para acería.fundición Y metalurgia,

Laminadores. trenes de laminación y cilindrosde laminadores. ' .

Máquinas herrámientas para el trabaJo de llJpiedra, productos cerAmicos, hormigón,fibro~

cemento y otras materias minerales anAlogas,y para el tra1;lajo en frío,- del vidrio. distintasde las comprendidas en la partida 84.49..

Máquinas 'herramientas, distintas de las de lapartida 84.49~ para el trabaJó de la madera,corcho, hueso. ebonita. materias plásticas ar­tificiales y otras :materias duras análogas.

Herramientas y má.quinas-herramientas neumá­ticas o con motor' incorporado que no seaeléctrico, de uso manual.

MAquinas y aparatas de gas para soldar,cortarY para temple superficial.

Máquinas de escribir, no eléctricas y las por·tAtUes eléctricas: mAquinas para autenticarcheques.. .

Máquinas de calcular. excepto las electr~ni­cas; máquinas de contabilidad y cajas regis­tradoras, can dispositivo· totalizador.

Otras máquinas y aparatos de oficina (copia-.dores hectográfieos o de clisés; máquinaspara imprimir direcciones, máquinas paraclasificar. contar y encartuchar mOIJeda, apa·ratas afilalápices, aparatos para perforar ygrapar, etc.): excepto copiadores hectográ.ti­cos () de clisés 'con diapositiva separador porconceptos, . ' . .

Piezas sueltas y accesorios reconocibles comoexclusiva o p.c.1ncipaImente destinados a lasmAquinas de las partidas 84,52 A~1. 84.52 B-1Y BU2 e-l.

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f·p. o. aeI E.-f'Jiím. J58 2 fulIo 1980 15117

Partidadel Atancel

eepaftol

84.55 B'·84.56

84.58

84.59 D a·K

84.60

84.61

84.62

84.63

84.64

&1.65

85.02

85.03·85.04.85.05

85.14

85.15

85.16

85.11

~.18

85.20

85.21 D

_.?escripcióD del producto

Las demás piezas sueltas '1 accesorios. ,Máquinas y aparatos para clasificar, cribar, la­

var, quebrantar, triturar. mezclar tierras, pi&­dras y otras materias minerales sólidas; má·qUinas y aparatos para ,.,glQmElrar, dar formay moldear combustibles minerales sólidos, pas­tas cerámicas, cemento. yeso y .otras materiasminerales en polvo o en p~asta; máquinas paraformar los moldes de arena para fundición.

Aparatos automé.ticos para la venta cuyo' fun­cionamiento no se base en la destreza ni enel azar, tales como distribuidores automáticosde sellos de correos. cigarrillos, chocolate, co­mestibles. etc.

Máquinas. aparatos y artefactos mecánicos no.expresados ni comprendidos en otras partidasdel presente - capitulo¡ excepto los utilizadospara la obtención de los' productos clasifica·dos en la. subpartida 28.51 A (deuteriO y suscompuestos). reactores nucleares o los espa-·cialmente· concebidos para- el reciclado de

'Combustibles nucleares irradiados.Cajas de fundición, moldes y' coquillas para

metales· {excepto las lingoterasl. carburos me­tálicos. vidrio, materias minerales (pastas ce­rámicas, hormigón, cemento,.'etcJ, ca'ucho ~materias plásticas artificiales. - .

Artículos de' grifl;lría y otros órganos símilares(incluidas las válvulas reductoras de presióny las válvulas ·termostáticas). para tuberias,calderas, depósitos, cubas y otros recipientessimilares.

Rodamientos de todas clases (de bolas, de agu­jas o de rodUlos de cualquier forma).

Arboles de transmisión. cigüeñales y manivelas,soportes de cojinetes y cojinetes. distintos delosrodaroientos. engranajes y ruedas de fric­ción, reductores. multiplicadores y variadoresde velocidád, volantes y poleas (incluidos losmotores de poleas locas),·embragues, 6rganosde acoplamiento. (manguitos. acoplamientoselásticos, etc.) y. Juntas de articulación (car­dan. de Oldham.. etcJ.

Página 146.

Juntas metaloplásticas; juegos o surtidos d~

juntas de oomposición diferente para má­quinas. vehículos y tubería. presentados en bol­

··sitas. sobres o eIivases análogos.Partes y piezas sueltas de máquinas, aparatos

y artefactos mecánicos, no expresadas ni com­prendidas en otras partidas del presente ca­pítulo. que no tengan conexiones eléctricas.aislamientos eléc·tricos. embobinados. contac­tos U otras características eléctricas.

Electroimanes; imanes pennanentes. imantados ono; platos. mandriles y otros disposiU."os mag­néticos o electromagnéticos similares de suje­ción; acoplamientos. embragues. cambios de ve­locidad. y frenos electromagnéticos; cabezaselectro-magnéticaspara máquinas elevadoras.

Pilas eléctricas.Acumuladores eléctricos.Herramientas y máquinas-herramIentas electro-,.

mecánicas (con motor ú)'corporado) de usomanual.

Micrófonos y sus soportes. altavoces y amplifi­cadores eléctrícos de baja frecuencia.

Aparatos transmisores y receptores de radiote­lefonía y radiotelegrafía; aparatos emisores., receptores de radiodifusión y, televisión (in­cluidos los receptores combinados con un apa­rato de registro o de reproducción del soni­do) y aparatos tomavistas de televisión; 8pa~

ratos d-e radioguía; radiodetección, radio­. sondeo y radiotelemando.Aparatos eléctricos de señalización (que no-sean para transmis.ión de mensajes). de se·

guridad. tie control 'f de mando para víasférreas y. otras nas de comunicación, inclui·dos los puertos y aeropuertos.

Aparatos eléctricos de seftalización acústica ovisual (timbres y sonarías, sirenas•.cuadrosindicadores, aparatos avisadores para protec·ción contra robos o incendios. etc.l, distintosde los de las partidas 85.09 y 85.16.

Condensadores' eléctricos fijos. variables o aJus­tables.

Lámparas y tubos eléctricos de incandescenciao de descarga (incluidos Jos de rayos ultra­violetas o .infrarrojos) ; lámparas de_ arco.

Tubos de rayos catódicos..

ParUd&elel Arancel

88p&1l.o1

85.31 E

B5~21 G65.21 H

65.21 J65.22 B-3

65.23

85.24

85.2565.26

85.27

85.28

66.03 B87.0187.02 A

87.02 B-3

87.00 A87.00 C87.03 D87.04

87.05

87.06

87.rtI

87.08

87.10

87.U

87.12

87.13

87.14

88.01 A88.02

. E1:. C·l,C-2-a,C-3-&88.02

Ex. C-lC-k.c-a..,

Deac..jpción del producto

Las demAs lAmparas, tubos y válvulas.

P~gina 148.

Cristales piezoeléctricos montados.Diodos, transistores y dispositivos, semiconduc­

tores similares.Microestructuras electrónicas.MAquinas y aparatos eléctricos no expresados

ni comprendidos en otras partidas del presen·te capitulo; exoopto los clasificados en lassubpartidas A. B-1, B-2. enumeradas en lalista A del anelo n. '

Hilos•. trenzas, cables (incluidos los cables co­axiales), pletinas. barras y .similares. aisladospara la electricidad <incluso laqueados u oxi­dados an6dicamente), .. provistos no de piezas

.de conexión.PJezas y obletos de .carbón o de grafito. con

metal o sin él. para usos eléctricos o electro­técnicos, tales como escobillas para máquinaseléctricas, carbones para lámparas, para pi­las o para micrófonos. electrodos para hor­nos. para aparatos de -s-oldadura o para ins­talaciones de electrólisis, etc.

Aisladores de cualquier materia.Piezas aislantes. constituidas enteramente por

materias aislantes o que lleven simples pie­zas metálicas de unión (portalámparas conpaso de rosca, por ejemplo) embutidas en lamasa, para mAquinas. aparatos e instalacio­!;les eléctricas. con exclusión de los aisladoresde la partida 85.25.

Tubos aisladores y sus piezas de 'dilión. de me­tales comunes, aislados interiormente.

Partes y piezas sueltas eléctricas de Itláquinasy aparatos. no expresadas ni cortí.prendidas enotras partidas del presente capítulo.

'Locomotoras de vapor; ténderes. ,Tractores, incluidos los tractores torno. .Vehfculos automóviles con motor de cualquier

clase para el transporte de personas o mixtos.Otros vehfcuJos automóviles con motor para el

transporte de mercancías, incluso los chasiscon cabina.

Unidades móviles de televisión~Grúas sobré chasis automóvil o camión.

- Otros vehículos autom9vilee para usos especialesChasis con motor de los vehtcuos automóviles

citados en las partidas 87.01 a 87.03, iI;lclusive.Carrocerías de los vehículOS autornóviles cita­

dos en las partidas 87.01 a 87.03. inclusive,comprendidas las cabinas.

Partes. piezas sueltB.s y accesorios de los vehícu­los automóviles citados en~ las partidas 87.01a 87.03, inclusive.

Carretillas automóviles de los tipos utilizadosen las fé.bricas. almacenes, puertos y aero~

puertos para el transporte a cortas distanciaso la manipulación de mercancías lcauetillasportadoras. elevadoras, carretillas-puente. porejemplo)¡ carretillas tractoras del tipo de lasutilizadas en las estaciones; sus partes y pie-zas sueltas.' .

Carros y automóviles blindados de combate, conarmamento o sin él; . sus_partes y piezas suel-tas. .

Motociclos y velocípedos con motor auxiliar, considecar o sin él; sidecares para motociclos yvelocfpedos de cualquier clase, presentadosaisladamente.

Velocípedos Sin motor (incluidos los triciclos de'reparto y similares).

. Sillones de ruedas y vehículos similares parainválidos, incluso con motor u otro mecanis·mo de propulsión. '

Partes, piezas sueltas y accesori06 de los vehícu­los comprendidos en las partidas 87.09 Y 87.11,inclusive. . .

Coches para el transporte de niftos¡ sus. partesy piezas sueltas. _

Otros vehfculos no automóviles y remolquespara vehículos de todas clases; sus partes ypiezas sueltas.

Globos sonda para meteorologia y otros fines.Otros aerodinos propulsados por uno o dos m~­

toreS de émbolo o turbohélices. con potenCIamáxima al despegue en cada motor, de SSO CV.

Otrosaerod1nos propulsados por uno o dos ~o­tores de reacción con una tracción máXImaal despegue, en eada motor, de 500 kiloBra·mas.

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IsHIi

Pr.rlldadel Arancel

españolDescripción del producto .

2 juIfo l080

Partidadel Arancel

espadol

S. O. ilel E.-Niím. 158

Oescripción del prod~cto

88.03 B

88.04

Ex.Capítulc 69

90.01

90.02

90.03

90.04­

90.06

90.06

90.07

90.08

90.09 A,C-2C-3D

90.10

90.11

90.13

90.14

90.15

. 80.18 A.B-l,B-2,B-3,H-B.B-7,C.D

'110.11

lIO.lB.

llO.18

Partes y piezas de aerodinos (aviones, hidro­aviones, planeadores, cometas, autogiros, he­licópteros, etcJ.

Paracaídas y sus partes componentes. piezassueltas y accesorios.

Navegación marítima y fluvial; excepto los bar­cos de gueITa y los destinados al desguace.

Lentes. prismas. espejos y damAs elementos deóptica de cualquier materia. sin montar, conexclusión de los mismos articulos de vidriono trabajados ópticamente; materias polari­.z:antes en hojas o en placas.

Lentes. prismas. espejof} y demé.s elementos' deóptica de .cualquier materia, montados, parainstrumentos y aparatos, en exclUSión de losmismos artículos de vidrio no trabaiados óp­ticamente.

Monturas de gafas, quevedos e impf:rtinentes yde articulas análogos i las partes de estasmonturas~ _

Gafas (correctoras; protectoras u otras), que­vedos, impertinentes y articulas análogos,

Anteojos de larga vista y gemelos. con prismao sin ellos.

[ns.trumentos de astronomía y. cosmografía, ta­les como telescopios. anteojos astronómicos,meridianas._ ecuatoriales. etc., y sus armazo·nes. con exclusión de los aparatos de radio·astronomía.

Aparatos fotográ.ficos; aparatos y dispositivos,incluidas las lámparas y tubos, para la produc­ción de luz relámpago en fotografía, con ex­clusión de las lámparas y tubos de desce.rgade la-- partida 85.20.

Aparatos .cinematograficos {tomavistas y detoma de sonido. incluso combinados. aparatosde proyecci'.'m con reproducción de sonido osin ellaJ. '

Aparatos de proyeCción fija; ampliadoras o re­ductoras fotográficas; excepto lectores de mi·crofilm v ampliadoras y reductoras fotográfi­

, ca.s con dispositivo electrónico incorporado queasegure el automatismo de filtrado o de ex-posición. '

Aparatos y material de los üpos utilizados enlos' labo[fltoriOS fotográficos o cinematográfi­cos. no expresados ni comprendidos ·en otraspartidas de este (:apftulo; aparatos de foto~copia por sistema óptico. o por contacto yaparatos de termocopia¡ pantallas de proyec­ción.

Microscopios y difractógrafos electrónicos y pro­tóniCos.

Aparatos e instrumentos de óptica, no expresa­dos ni comprendidos en otras partidas delpresente capitUlo (incluidos los proyectores)¡láseres, distintos de los diodos láser.

Instrumentos y al1aratos de geodesia, topografia.agrimensura, nivelación, fotogrametría, hidro­gra.fía, navegación (maritílna. fluvial o aérea).meteorologia, hidrología y geofísica¡ brújulasy telémetros.

Balanzas sensibIes a pesos iguales o inferioresa 5 cg.• con pesas o sin ellas.

Instrumentos de dibujo, trazado y cálculo (pan­tógrafos, estuches de matemáticas, reglas ycírculos de cálculo. etcJ; Jiláquinas. aparatose instrumentos de medida, comprobación ycontrol, no expresados ni colflprendidos enotras partidas del. presente capítulo (equili­bradores.planlmetros, micrómetros. calibres,galgas. metros, etcJ¡ proyectores de perfiles;excepto los juegos de galgas y calas patrón{tipo Johanson} y las máquinas automáticascomprobadoras de la hermeticidad de los en­vases.

Instrumentos -y aparatos de medicina. cirugíaodontología y veterinaria, incluidos los apa:ratos electromédiCos y los de oftalmología.

Aparatos de mecanoterapia y masaje. aparatosde psicotecnia. ozonoterapia, oxigenoterapia.reanimación, aerosol terapia y demás &paratosrespiratorios de todas clases (incluidas lasmáscaras antigáaJ.

Aparatos de ortopedia (incluidas las fajas mé­dico-quirúrgicasJ; articulas y aparatos parafracturas <tablillas. cabestrillos y similares);

. artículos y aparatos de prótesis dental. ocularu otra: aparatos para facilitar la audición alos sordos y otros ,aparatos qUe ge lleven en lamano, sobre la propia persona o se Implantanen el organismo para compensar un defecto ouna incapacidad. .

110.20

110.21

9022

90.23

90.24

90.25

90.26

90.27

90.28 A.B,C-1.C-2.C-3,C....

Ex. C--6

90.28

91.01

D1.02

11.03

91.04 A,C,D,E

'1.0C5

81.07

81.0901.10

81.11 A.0lI:. B

. Aparatolil de rayos X,· incluso de radiofotografia.y aparatos que utill~en ~as radiaciones de sus­tancias radiactivas. incluidas las lámparas ge·natadoras de rayos X. los generadores de ten­sión. los pupitres de mando. las pantalias, lasmesas. slUones y soportes similares para exa­men o tratamiento.

Instrumentos, aparatos y mod~los concebidospara demostraciones (en la enseilanza, expo­siciones. ete.J. no susceptibles.de otros usos.

Máquinas y aparatos para ensayos mecánicos(ensayos de resistencia, dureza, tracci6n. com~

presión, elasticidad, etc.) de materiales (me­tales, maderas, textiles~ papel, materias plá9~

ticas, etc,).DensJmetros. are6metros, pesaUquidos e instru­

mentos análcgos, termómettos, pirómetros. ba­rómE-tros. higrómetros y psicrómetros. regis­tradores o no, incluso combinados entre ~d.

Aparatos e instrumentos para la medida. controlo regulación de fluidos gaseosos o líquidos.o para el control automático de temperatúra,tales como man6metros, termostatos. {odica­

. dores de nivel. reguladores de tiro, aforado~

res o medidores de caudal y contadores de'ca­. lar. con exclusión de los aparatos e instru-

mentos de la partida {lO.H. '.Instrumentos y aparatos para análisis físicos o

químicos (como polarímetros, refractómetros,espectrómetros 'i anaJizadores de gases y dehumos); instrumentos y aparatos para. ensa- .yos de viscosidad, porosidad, dilatación, ten­sión . superficial y análogos (como· visc.osíme­metros, porcsimctros y dUatómetros) y paramedidas calorimétricas, fotométricas o acús­ticas (Como fotómetros -incluidos los expolil- ,metros- y calorímetros); micrótomos.

Contadores de gases, de liquidas y de electri­cidad. incluidos· los' contadores de produc~

oión, control y comprobación.Otros contadore! (cuentarrevoluciones, contado~

res de producción. taxlmetros~ totalizadoresde camino recorrido, podómetros, etcJ, lndica­dores de velocidad y tacómetros distintos delos de la partida' 90.14. incluidos los- tac6me-­tros magnéticos; estroboscopios. .

Instrumentos y aparatos eléctricos o electróni~

cos de medida,. Verificación. control. regu­lación o a9á11sis; excepto los bancos de prue­bes eléctricas o electrónicas para aviones ycohetes y reguladores y estabilizadores de ten~ ,aión, intensidad y frecuencia de acción rápida.superior a 0,05 segundos y de estabilidad su- .perior al 0.05 por 100 y las máquinas yapa­ratOs para la medición de coordenadas conlectura digita ·a.utomática 'y actividades elec,,:tr6nicamente (subpartida C-5 y ex C.fJ).

Partes. piezas sueltas y accesorios reconociblescomo exclusiva o principalmente concebidospara los instrumentos o aparatos <:le las par- .tidas 90.23. 90.24, 90.26, 90.27 Y 90.28, suscep­tibles de ser utilizados en uno solo o en variosde los instrumentos o aparatos de este grupode partidas. .

Relojes de bolsillo. relojes de pulsera y análo4

gas (Incluidos los contadores de Uempo de loamismos tipos).

Otros relojes (incluso d-espertadoPes) con .me­canismo de pequeilo volumen...

Relojes de tablero de bordo y similares ~raautomóviles. aeronaves, barcos y dema" vehi­culos.

Los demAs relojes (con mecanismo que no seade pequeño volumen) y aparatos de relojeríasimilares,' excepto los cronómetros de marinay análogos.

Aparatos de control y contadores de tiempo conmecanismo de relojería o con motor sincró'­Dieo (registradores de asistencia, controlado-­res de ronda, contadores de minutos, conta­dores de segundos. etcJ.

Aparatos provistos de un mecanismo de relaje..ría o de un motor sincrónico que permitaaccionar un mecanismo en un momento de­terminado Hnterruptores horarios. relojes decenmutación, etcJ.

Mecanismos de pequefio volumen tenninadospara reloj es.

Calas de relojes de la partida 91.01 y sus partes.Cajas y similares para los demás relojes y para

aparatos de relojería. y sus partes.Portaesoapes¡ conJunto de rueda de escape;'

conjunto de áncora; conjunto de volante (en­samblado en sua ejes) i conjunto de- raqueta,

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)J. O. ílel E.-:Niím. '158 2 Julio 1980

LISTA C DEL ANEJO II

Productos transformadbs a partir de materias primas agrícolas

Partidadel Arancel

espa!lol

92.01

92.0292.03

92.0492.0592.06

92.07

92.00

92.10 H92.11 A

82.11 e92:11 E92.12 B·2

92.13

93.0i.

93.02é3.Q4

93.05

93.06

93.07 A·'2, A-3

94.01 A-loA·3. A-4. B

94.03 A~l, BóC.D

94.'"

95.05 B-l-b,B~2, B-3, 84

95.08. A-2, B,.C. D

neacrlpc1óD del producto

muelles terminados, espirales, piedras y bu­chones.

PiaDos (incluso automáticos, con teclado o sinéU;' clavecines y otros instrumentOj de cuerday teclado; a r p a I (distintas de las arpaseolias). .

Otros instrumentos musioales de cuerda.Organos de tubos; armonios y otros instrumen­

tos similares de teclado y lengüetas metálicaslibres. . .

Acordeones y concertinas; armónicas.Otros instrumentos musicales de viento.Instrumeiltos musicales de percusión (tambores.

oajas, xilófonos. metalófonos, timbales, casta­ftueJas, etc.>.

Instrumentos musicales electromagnéticos, elec­trostáticos. electrónicos y similares (pianos,órganos. acordeones, etcJ.

Instrumentos musicales no comprendidos enninguna otra partida del presente capítulo(orQ1.lestriones. organillos, cajas de músipa, pá­jaros cantores. sierras musicales. etcJ¡ recla­mos de tOdas clases e instrumentos de booa.para llamadas y señales (cuernos de llamadasilbatos, etc,). . ,

Cuerdas armónicas.TocadiScOS automáticos accionados directa o in­

directamente por fibras o monedas.Magnetófonos para la grabación y/o la repro­

ducción magnética'del sonido.Los demás.S0J;l0rtes .de· sonido para los aparatos de 'la par­

tIda 92.11 ° para ,grabaciones análogas: discos,cilindros. ceras, cintas, películas, hilOS, etc.,pr:eparados para. la grabación o grabados¡ ma­t~lces y ~oldes galvánicos para la fabrica­cIón de dISCOSj grabados, distintos de las ce­r~s, discos, matrices y otra,s formas interme­dIas.

Otras partes, piezas sueltas i accesorios de losaparatos comprendidos en la partida 92.11.

Armas blancas (sables, espadas, bayonetas, etcJsus piezas sueltas y SUB vainas. •

Revólveres y pistolas. .;Armas de fuego (distintaE; de las comprendidas

en las partidas 93.02 y 93,03), incluso los arte­factos similares que utilicen la deflagraciónde la pólvora, tales como pistolas lanzacohe­tes, pistolas y revólveres detonadores, cañoneSgranífugos, caftones lanzacabos, etc.

Otras armas !incluidas las escopetas, carabinasy pistolas de mueBe; de aire comprimido ode gas).

Partes y piezas sueltas de armas distintas delas de la partida 93.01 (incluidos los esbozospara. cañones de armas .de fuegoJ. _

Municiones.. para caza o tiro deporhvo, sus par­tes y piezas sueltas. incluidas' las balas, pos­tas y perdigones, excepto las metálicas paraarmas rayadas.

Los demás proyectiles de la partida, excepto los'proyectiles y municiones de guerra <incluidaslas· minas), y sus partes y piezas sueltas.

Sillas y otrOs asientos, incluso los transforma­bles en camas (con exclusión de los compren·ditlos en la partida 94.021. Y sus partes¡ ex­cepto los de materias. vegetales diStintas de'la madera (mimbre, caña. bambú, etc.J.

Mobiliario médico~quirúrgico. por ejemplo: me­sas de operaciones, mesas de reconocimientoy análogas, camas con mecanismo para usosclinicC?s, et.c.; sillones de deptista y análogos,con dISPOSItivo mecánico de orientación y ele.vación; partes de estos obj-etos.

Otros muebles y sus partes, excepto los de ma­terias vegetales distinta5 de la madera (mim~bre, caña, bambú. etcJ.

Somieres; articulos de cama y simílares que ten­gan muelles. ° bien rellenos o guarnecidos in·teriormente de cualquier materia, tales como

_colc:;hones. cubrepiés, e d red o n e s, cojines,..poufs_, almohadas, etc., incluidos los de eau­cho O materias plásticas artificiales en ~stadoesponjoso o celular, recubiertos o no.

Articulas terminados [incluidos los esbozos) dematerias animales para tallar, excepto los va­rillajes para abanicos de nácar.

Articulos de materias vegetales o minerales pa­ra tallar; manufacturas moldeadas o talladasde cera natural (animal o vegetaD, mineralo artificial, de parafina, de estearina, de go­mas o. resinas naturales (copal, éolofonia. etcJ,o de pastas de modelar y demás manufacturasmoldeadas o talladas, no expresadas ni com­prendidas eh otrl\ partida¡ gelatina. sin en~

Partl"­del Arancel

espadol

96.01

96.00

Capitulo 97

98.01

98.02

88,03

98.04 A98.05 A98.05 B98.07

98.00

98.09 B

98.10

9lLll

98.12

98.14

98.15

.98.16

Partidadel Arancel

espanol

17.04 B.C.D

19.07

21.06 A-1B ,

22.02 Ex. B.E•. C

. DesCfIPción del producto

durecer ~bajada, distinta de la comprendidaen la parti:Ja, 35.00, Y manufacturas, de estamateria..

Escobas· y escobillas de haces atados, con man,,;· go o sin él; articulos de etepilleria (cepillos,.cepillos-escoba, brochas, pinceles y análogos).incluidos loscepiUos que constituyen elemen·

· tos de maquiJ;laria; cabezas preparadas paraartículos de oepílleria¡ rodillos para pintar¡raederas de caucho o de otras materias fle-xibles ani..logas, . ,

Tamices, Ced6Z0S y cribas de mano de cualquiermateria. .

Juguetes, juegos, artículos para recreo y paradeportes.

Botones, botones de presión, gemelos y simila­res Uncluso lOS esbozos y formas para botones·y las partas de botones).

Cierres de cremallera y sus partes (porred&­ras, et-::J;

Portaplumas, estilográficas y portaminas; por~

talápices y similares; sus piez86 sueltas r.accesorios (guardapuntas. sujetadores. etc.•con eJclusión de los artículos de las parti~das 98.04 y 98.05.

Plumillas para escribir.Lápices de todas clases y pasteles.Minas.Sellos: numeradores. imprentillas, fechadore5,

timbradoree y análogos. manuales.Cintas entintadas para máquinas de escribir y

cintas entintadas similares, montadas O no so­bre carretes; tampones impregnados o no, concaja o sin ella.

Pastas a base de gelátina para reproduccionesgráficas, rodillos de imprenta y usos análogos,incluso sobre soporte de papel o de materiatextil.

Encendedores (mecánicos, eléctricos, de catali­zadores, etcJ. y sus piezas sueltas, excepto laspied,ras y las mechas.

Pipas <incluidos los escalabornes y las cazole­tas); boquillas; embocaduras, caftones: y d~más piezas sueltas. '

Peines. peifietas, pasadores y artículos 8Oál04.

gas. .Pulverizadores de tocador, sus -monturas y ... I.a.s

cabezas de monturas..Termos y demás r~ipientes isotérmicos monta.­

dos cuyo aislamiento se consiga por vacío.asi .como por sus partes (con exclusión de lasampollas de vidrio). .

Maniquies 'y análogos: autómatas y escenas· animadas para escaparates.

Descripéión dp.l prod ucto

PARTE 1

Articulas de confiterie. sin -cacao:- Turrón y mazapán.- Confituras de frutas.- Los demás.

Pan, galletas de mar y demás productos de pa­nadería, ordinar.ia, sin adición de azúcar.miel, huevos, materias grasas, queso o fru·tasj hostias, sellos para medicamentos, obleas,pastas desecadas de harina. de almidón o de .fécula en hojas y productos análogos'.

Levaduras ~naturales, vivas o muertas¡ levadu4

ras artifici~les preparadas:

- Leváduras naturAles, vivas, prensadas, parauso de panadería.

.. Leve.dura~ artificiales.

Limonadas. aguas gaseosas aromatizadas !in­cluidas las e.guas minerales tratadas de estamanera) y otras bebidas no alcohólicas. conexclusión de los jugos de frutas y de legum·bres y hortalizas. de la partida 20.07:

- Con azúcar, qUe contengan leche concen~a~da o grasas de lech~.

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151211

Partidadel Arancelesp~ol

• 0escr1pcl6n del producto

2 julio 1980

Partidadel Arancel

espadol

B. O, ael E.-Niím. 158

Descripción del producto

LISTA D DEL A.NEJO 11

1. Los productos originarlos dé un Estado Parte del Acuer~do. & tenor de las disposicioJ;les del artículo 1, también seconsiderarán originarios de dicho Estado Parte después de

Definición del concepto de -productos originarios_ y métodosde cooperación administrativa

TITULO PRIMERO

Definición del concepto tU _productós orlgirnuios..

Art1culo 1

Para la aplicación del Acuerdo se tonsiderarán productosoriginarios de un Estado Parte:

al Loa productos obtenidos totalmente en ese estado;bJ Los productos obtenidos en ese estado en cuya fabriC&­

dón se utilicen productos distintos de los mencionados en .elapartado al, siempJ:'e que tales productos hayan sido oble.tode trabalos o transformaciones suficiente·s. a tenor de lo dlSpuesto en el artículo 5. Sin embe.rgo, ésta condición no esaplicable a los productos que, según lo dispuesto en este Anelo. asan originarios del Es~o. en que S8 importan.

ArtIculo 2

Ex. 29.43

35.01 A

h.15.10

19.01.19.¡J6

al.as

21.07 F,G

22.0312.09 Ex. F,

E%.G

29.OCEx. B-3

29.10 Ex. B29.14 E%. A,

Ex.B29.16 A-l,

A-2

19.16 Ex. A-7

29.35 Ex. 0-2

1:<. 35.0236.06 E%. A

16.06 Ex. B

. h. 38.12

16.19 Ex. Jh.39.oo

19.06 E%. e

19.06

iIl..02 Ex. B

,- Sin azúcar, que contengan leche concentra-da o grasas de leche. _

Azúcares químicamente puros, con excepciónde la sacarosa, la glucQsa y la lactosa; éterElsy ésteres de azúcares y SUB sales. distintos delos productos incluidos en las partidas 29.39,29.41 Y 29.42:

- Sarbosa y sus sales y ésteres.

Caseína y casalnstos.

pARTE II

Acidos grasos industriales, aceites é.cidos pl"a­cedentes del refinado. alcoholes grasos i.ndus­triales:

- Otros €Leidos grt;l.sos; aceites ácidos proceden­tes del refinado:

- Productos obtenidos de la mQdera de pidocon un contenido de ácidos grasos igualo superior a 90 %.

Tapioca. incluida la de fécula de patata. .Productos a base de cereales obtenidos por In­

suflado o tostado: ..puffed rice.. , -corn flakes.. y análogos.

Prepa¡rados para sopas,' potajes o caldos: sopaspotafes o caldos preparados; preparacionesalimenticias compuestas homogeneizadas.

Preparados alirnentictos no expresados ni com­prendidos en otras partidas:

- Preparaciones alimenticias sustitutivas de laleche materna para el tratamiento de alte­raciones metabólicas infantiles.

- Los demás.

Cerveze.s.Ucores y otras bebidas alcohólicas para consu­

mo directo, qua contengan huevos y yemas ,dehuevo y/O azúcar (sacarosa o azúcar inver­tido).

Manitol y sorbitoI:

Metilglucósido.Esteres de manitol y ésteres de sorbitol.

Acidos alcoholes:

- Acido láctico de una concentración suPerioral 50 %.

- Acido' láctico de una concentración superioral 50 % Y sus sales y ésteres.

Ac1dos glicérico, glicóllco, sacarón1co, tsoascs.­rónico y heptasacáIico y sus sales y ésteres.

Compuestos anhidroi del manitol y del sorbi­tol, con exclusión del maltol e tsomaltol.

Ovoalbúmina y'lactoalbúmina.Colas preparadas no expresadas ni comprendi­

das en otras partidas:

- A base de emulsiones de slUcato sódico.

Productos de cualquier clase utilizables comocolas acondicionadas para la venta al pormenor en envases de un peso neto igual oInferior a 1 Kg.:

- A base de emulsiones de sillcato de sodio;

Aderezos y aprestos, preparados a base de sus-tancias amih\ceas.

Productos del craqupo de sorbltot.Adhesivos a base de emulsiones de. resinas.Otros altos polímeros; resinas artificiales y

materia.s plásticas artificiales, Incluidos el AcI­do algínico, sus sales y sus ésteres; linoxin&.:

- Los demAs. con exclusión de la I1noxina.

PARTE m

Productos de panadería fina, pastelerJa y ga.­lleterfa, incluso con adición de cacao encualquier 'proporción.

Sucedáneos de café tostados. distintos de laachicoria. . .

21.00 Ex. e

Ex. 19.02

Partidadel Arancel

espallol

03.01 A. B03.01 G-3, C-4

03.010-1

03.01 E-l05.as05.15

15.M

16.05

23.01

03.02

15.10 A15.10 Bl1U2

16.01. e16.OC D16.01. E

16.01. l'

Extractos de sucedáneos de café, distintos de laachicoria.

PARTE IV

Preparados para la alimentación infantil o parausos dietéticos o culinarios, a base de harl·nas. sémolas, almidones·, fécu1f1s o extractosde malta. incluso con adiclón de cacao en unaproporción inferior al 50 % en peso.

PAstas alimenticias.

Pesca y productos de la pesca-

Descripción del producto

---.:...._-~-----,.

PARTE 1

Pescados, vivos, frescos o refri-gerados.Atunes (Thunnus, Neothunnus o Parathunnus.Y Euthunnus, sppJ, bonitos y afines (Sarda,Auxis y Orcinopsis. spp.L

Filetes enteros o cortados en trozos, frescos orefrigerados.

Hígados, huevas y lechas, frescos o refrigerados.Desperdicios de pescado.Productos de origen animal no expresados ni

comprendidos en otras partidas, animalesmuertos d~ los ce.pftulos 1 ó 3, impropios parael consumo humano.

Grasas Y..aceites de pescado y 'de mamíferos ma­rinos, inch.1so refinados.

Crustáceos y moluscos preparados o conser-vados. '.

Harinas y polvo de carne y de despojos, de pe~

cado, de crustáceos o moluscos,'improplos parala alimentación humana: chicharrones.

PARrF: n

Pescados secos, salados o en salmuera; pescadosahumados. incluso cocidos antes o durante elahumado.

AciBos grasos.Aceites ácidos procedentes del refinado.Aceites y grasas animales o vegetales, parcial

o totalmente hIdrogenados, y aceites y gras.aBanimales o vegetales solidificados o endureci­dos por cualquier otro procedimiento, Inclusorefinados. pero sin preparacIón ulterior.

Preparados y conservas de atún y similares.Preparados y conservas de salmón.Preparados y conservas de caviar y sus suce·

dáreos.Los demás preparados y conservas de pescado.

ANEJO ro DEL ACUERDO

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~.

B. O., lIel E.-~iím.158 2 julio 1980 15121

ftportados, al' no han sido Obletos de trabaJoa o transforma·ciones en otro Estado Parte de Acuerdo o "i han sido, obje'tode trabajos o transformaciones insuficientes para conferirlesel acrácter de productos originarios, en virtud de las dispaai·ciones del -e.rtJculo 1, siempre que: -

aJ En los' trabajos o transformaciones 'e hayan utilizado: solamente productos originarios de esos Estados;

b) El valor aAadido haya sido adquirido en cada uno delos ~emás Estados miewbros del Acuerdo, sin posibilidad de,'acumulación entre ellos, de conformidad. con los porceptajes

_ "y demáS normas contenidas en las listas A o B a las que serefiere el artículo, 5, si la proporción del valor de los pro·ductos-no originarios que pueden incorporarse en ,determina­d6S circunstancias está limitada en dichas listas p.or una Dar·ma porcentual. -

2. Para la aplicación del apartado 1, al, el hecho de Clue~ se utilicen productos distintos de los considerados en dicho

apartado en proporción no' superior al, 5 % del valor de losproductos obtenidos e importados en el territorio de un EstadoParte del Acuerdo, no influye en le. determinación del origende estos últimos, siempre que no hubieran motivado la pér·dida del carácter de originarios de los productos exportadosdel territorio del qUe eran originarios p:rimeramente, si se lehubieran incorporado .alIf.

3. En los casos considerados en los apartado 1, b) Y 2 nose pueden incorporar productos originarios si solamente sonobjeto de los trllbajos o transformaciones previstas en el apar.tado 3 del articulo 5.

Articulo 3tEste Anejo carece de articulo 3)

Artículo 4Se considerarán obtenidos 'totalmente en un Estado miembro

del Acuerdo a efectos del apartado a) del artículo 1:e.JLos productos minerales extraidos de su suelo o del

fondo de sus mares¡bl Los productos vegetales recolectados· en ellos;e) Los animales vivos nacidos y criados en ellos;dJ Los pro<iuc:tos de los animales vivos criados en e1106;el Los productos de la caza. y de la' pesca practicadas en

ellos;f) Los productos de la pesca y demás productos extre.idos

del mar por sus barcos;,- . gl Los productos elaborados en sus buques-factoria. a par­

tir, exclusivamente, de los productos mencionados en el apar·tado fJ; - . '

~) Los a.rtículos usados r~cogidos en ellos aptos, solamente'para la recuperación de las materias priinas;

iJ Los desperdicios y desechos procedentes de operacionesfabriles realizadas en ellos;

jJ Las mercancías obtenidas en ellos a partir, exclusivamen­te. de los pro~uctos especificados en los apartados a) a U"

Articulo 5-

1. Para la aplicación- del apartado b) del articulo 1 se con·sideran trabajos o transformaciones suficientes:

a) Los que impliquen la clasificación arancelaria de· lamercancía obtenida en una partida distinta de la que corres­pondería a cada uno de los productos trabajados -o transfor­~ados, con excepción, sin embargo, de los trabajos o trans­formaciones espetlficados en la Lista A. a los 'que se' aplica.carán las disposiciones especiales de dicha Lista;

b) Los especificados en la lista B.Por ..Secciones-. -Capítulos- y .partidas .arancelarias_ se en­

tehderá las Secciones. Capitulas y partidas de la NO,mencle.turadel Consejo de Cooperación Aduanera para la Clasificación delas Mercancías en los Aranceles de Aduanas.

2. Cuando en las Listas 'A y B lina norma limita para undeterminado producto obtenido el porcentaje del valor de losmateriales, partes o piezas que pueden utilizarse. el valor totalde estos materiales. ,partes o piezas no puede exceder, .con re­lación al valor del producto obtenido. del valor que correspondaal porcentaje común a las dos Listas, si son iguales, o el maselevado, si son-distintas. aunque haya cambiado la partidaarancelaria d1.lrantE;! los trabajos, transformaciones o montajesdentro de los limites y 'en las condiciones establecidas en cadauna de las dos Listas.

3. Para la a.plica.ción del apartado bl del articulo 1 los tra­bajos o transformaciones que se indican a continuación se con­sideran todavía insuficientes para conferir el carácter de pro·ductos originarios. aunque den lugar a un cambio de partida: -

al Las operacioneS para asegurar la conservación de la mer·cancia en buenas condiciones durante el transporte o depósito(ventilación, dilucJ.ón, secado, refrigeración, salazón, tratamien­to con anhidrido sulfuroso u otras soluciones acuosas. ,separa-­dón de las partes averiadas y operaciones similares) ¡

b) Las simples operaciones consistentes en desempolvado,cribado. tamizado, selección, clasificado, combinación (inclusofq;rmación de juegos, o s'l,rtidos), lavado, pintado o· troceado;

cJ .m los ~mbios de envase y desglose ,o agrupación deexpediciones;

iiJ El envasado en botel1M, frascos, bólsas, estuches o ca·1a5, colocación sobre "cartulinas, cartones, etc., y cua~quier otra'operación sencilla de envasado;

dJ Le. oolpo6(:ión de marcas, etiquetas u otros signos dis.tintivos similarei en" los productos o en 8US envases; .

e) Le. simple mezcla de productos, incluso de CI88815 dife.rentes, si uno o más componentes de la mezcla no reúnen lascondiciones establecidas en este Anejo para considerarlos pro·ductos originariosi' _.

f) .El simple montaje de partes o piezas de artículos paraformar un artículo completo; _

g) La combinación· de dos o máa operaciones de 1808 espe­cificadas en los apartados al a Vi

h) El sacrificio de animales.. Artículo e

1. Cuando las listas A y B a .las que se refiere el articulo Iestablezcan que las mercancias obtenidas se considerarán pro­ductos originarios únicamente si el valor de los productos tre,..bajados o transformados no exceda de un porcentaje da.cl.o dEivalor de las mercancfas obtenidas, 108 valores" que hay quttomar en consideración para determinar dicho porcentaje serán,

Por una parte:Si se tratase de productos cuya importación pueda compro;

barse: el valor en aduana en el momento de la importación.Si 8e tratase de productos de origen indetermina.cl.o: el pri·

mer precio comprobable pagado por dichos" productos en efteITltorio en que se lleva a cabo la fabricación.

Por otra parte:El precio franco fábrica dé las mercancías obtenidas~ dedu­

cidos los impuestos interiores desgravados o desgravables a laexportación. "

Este-·artí~o ea tambi~n aplicable para la interpretación delarticulo 2.

2. Cuando es aplicable el articulo·2. se entenderá por _valora'ftadido adquirido_ la diferencia entre "el precio franco' fábricade 186 mercancías obtenidas, deducidos los impuestos interioresdesgravados. o desgravab1es a la exportación del territorio deque se trate, y el valor en aduana de todos los productos im­portados y trabaJados. o transformados en ese territorio,

Articulo 7Las mercancías originarias en el sentido de este' anejo que

constituyan una sola expedición sin dividir pueden transpor­tarse a través de un territorio distinto del de cualquier EstadoParte del Acuerdo con transbordo o depósito temporal en dichoterritorio, si fuera necesario, siempre que el paso por dichoterritorio esté justificado por' razones geográficas, que las mer­canelas permanezcan bajo la vigilancia de los Servicios deAduanas del país de tránsito o de depósito, que no hayan sidoobjeto de comercio en dichos paises, ni se hayan puesto a dis­posición del consumidot- hacional y que no hayan sido objetode operaciones distintas de las de carga, descarga u otrasencaminadas a mantener "las mercancfas en buenas condiciones.

TITULO II

Métodos de cooperaci6n administrativa

"Articulo 8

1. Los productÓB originarios en el sentido de" este anejo. dis­'frutarán de los beneficios, del Acuerdo a su importación en unEstado Parte, mediante la presentación de uno de los docu­menios siguientes, siempre que la indicación _AELC-SPAINTRADE_ aparezca impresa en letras mayúsculas, diagonalmentea través del documento:

al" Un certificado de circulación EUR 1, llamado en lo su­cesivo _certificado EUR h, cuyo modelo figura en el apéndice 5de este anejo, o

b) Un formulario EUR 2, cuyo modelo figura en el apén­dice 6 de este anejo, para envíos que contengan únicamenteproductos originarlOs· y siempre que el valor no exceda de1.500 unidades de cuenta 'por envio. '.

2.. Se .admitirán como productos originarios en el sentidode este anejo sin que sea necesaria la presentación de ningunode los documentos mencionados en el apartado 1:

a) Los productos enviados "en pequeftos pac:iuetes destinadosa particulares siempJ."e que el valor de 108 productos no excedade 100 unidades de cuenta. ,

b) Los productos- que formen parte de los equipajes perso­nales de los viajeros, siempre que el valor de los productos noexceda de 300 unidades de cuenta. .

Estas disposiciones se aplicarán solamente cuando tales mer­canelas no revistan un carácter comercial y, habiéndose decla­rado que cumplen las condiciones exigidas para la aplicacióndel Acuerdo, no existap dudas sobre la veracidad de la de-claración. ,.

"Las importaciones ocasionales que consistan únicamente enmercancias para el uso personal del destinatario, del viajeroo de sus familias se consideran desprovistas de carácter co­mercial -si r~sulta evidente. a la vista de su na.turaleza Y can­tidad, que no existe intención de orden comercial. "

3. La unidád de cuenta mCl tiené ,UD valor de 0.88867088gramos de oro fino. Si se cambiase la unidad de cuenta. losEstados Parte del Acuerdo se pondrán en contacto a nivelde Comité Conjunto para red.efinir BU valor en oro.

4. Los accesorios, partes y piezas de repuesto y herramientasremitidas con las' mé.quinas, aparatos, equipos o veh1culos quepertene~can al equipo normal y estén incluidoe en el precio o

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15122 2 julio 1980 B. O. ílel E.-Num. 158

no se hayan facturado separad,amente Ion _considerados comoun todo con el equipo. máquina" aparato o vehículo.

S. Los surtidos, en el sentido que le da la Regla General In­terpretativa 3 de la Nomenclatura del ConseJo de CooperaciónAduanera. S8 considerarAn originarios cuando todos los artícu­los componentes sean productos originarios. No obstante, cuan­do un surtido esté constituido por productos originarlos y nooriginarios. el surtido como un todo se considerará originariosiempre que el valor de los artículos no originarios no excedadel 15 por 100 del valor total del surtido.

Articulo 91. Los Servicios de Aduanas del Estado exportador expedi­

rán el certificado EUR 1 cuando se hayan exportado las mer­cancías que ampara. Deberá estar a disposición del exportadortan pronto como se haya efectuado o garantizado la exporta-ción real. -

2. Los Servicios de Aduanas de un Estado Parte del Acuerdoexpedirán el certificado EUR 1 si las mercancfas que. se pre­tende exportar pueden considerarse productos originarios deese Estado de acuerdo con las disposiciones del artículo 1 de esteanejo.

3. Los Servicios de Aduanas de los Estadoe Parte del Acuer­do pueden expedir certificados EUR 1 si las mercancías que sepretende exportar pueden considerarse productos originarios deun Estado Parte del Acuerdo. de conformidad con las dispo­

'alciones del articulo 2 de este anejo, siempre que las mer-cancias amparadas por. el certificado EUR 1 estén en su terri­torio.

Cuando se aplique el articulo 2 de este anejo, el certificadoEUR 1 seré. expedido por los Servicios de Aduanas de cadauno de. los paises en que hayan permanecido las mercancíasantes de su reexportación en el mismo estado o hayan sidoobjeto de los trabajos o transformaciones a los que !¡e hacereferencia en el artículo 2 de este _anefo-, mediante la presen­tación de los certificados EUR 1 preyiamente expedidos.

4. Solamente puede expedirse un certificado EUR 1 cuandopueda utilizarse como la justificación documental exigida parala aplicación del régimen preferencial estipulado en el Acuerdo.

La fecha de expedición del certificado EUR 1 debe figuraren la casilla reservada a los Servicios de Aduanas.

5. En circunstancias excepcionales, podré. expedirse un cer­tificado EUR 1 despuéS de la exportación de las mercancías alas que se refiere, si no fue expedido en el momento de la ex­portación, por error, omisión involuntaria o circunstancias eS­peciales.

Los Servicios de Aduanas pueden expedir un certificadoEUR 1 con posterioridad ún,icamente después de comprobarque los datos que constan en la solicitud del exportador con­cuerdan con los del correspondiente documento.

Los certificados EUR 1 expedidos con pOsterioridad debenestar respaldados por una de las expresiones siguientes: Nach­traglich ausl{estellt_. .Deliver a posteriori-. -Rilasciato a pos­teriori_. .Issued retrospectively-. (Annettu falkika~n", .Utge~

fid eftira-••Utstedt senere_.•Emitido a pooteriori_, .Utfardat iefterhand-· o .Expedido a posteriori-.

8. En los casos de robo, pérdida o destrucción de un certi­ficado EUR 1, el exportador puede solicitar a los Servicios deAduanas que lo expidieron un duplicado con cargo a los dOCu­mentos de exportación que obran en su poder. El duplicado aslexpedido debe estar respaldado con uno de los términos si­guientes: .DupUkat_. .Duplicata.., .Duplicato-. -.Duplicate-,.Kak9oiskappale-, .Samr1b. .Segunda vis.- o .Duplicado-.

El duplicado-. que debe llevar la fecha <k expedición delcertificado EUR 1 original, surtirá efectos desde dicha fecha.

7. El respaldo al que se refieren los apartados 5 V 6 debeescribirse en el recuadro .Observaciones_ del certificado EUR 1.

8. Siempre será posible reemplazar uno o más certificadosEVR 1 por, uno o más c~rtificados EUR 1. con tal qUe se hJlgaen la Oficina de Aduanas en la que estén las' lIlercancías.

9. Para comprobar si se han cumplido las condiciones esta­blecidas en los apartados 2- y 3. los Servicios de Aduanas ten~drán derecho a exigir cualquier prueba documental o llevara cabo cualquier comprobación que estimen oportuna.

ArtIculo 10l. El certificado EUR 1 se. expediré. en el formulario cuyo

modelo figura en el-apéndice 6 de este anefo, únicamente a so~licitud escrita del exportador o de SU representante autorizado.bajo la responsabilidad del primero, y se cumplimentara si·guiendo las normas de este anefo. '. .

2. Corresponde a los Servicios' de Aduanas· del Estado ex­portador asegurarse de que el formulario al que se refiere elapartado 1 se ha cumplimentado adecuadamente. En especial.deberé.n comprobar si 1& casilla reservada a la descripción dela mercancía se ha llenado de tal forma que quede eliminadatoda posibilidad de adiciones fraudulentas. Con este fin, la des­cripción de la mercancía deberé. hacerse sin deJar líneas enblanco. Cuando la casilla no esté llena. se trazará una lineahorizontal debaJo de la última escrita y se inutilizará el espaciovacio con lineas cruzadas.

3. Puesto que el certificado EUR 1 constituye la Justifica­tlón documental para la aplicación de los derechos arancelariospreferenciales y regímenes comerciales previstos en el AC)lerdo,corresponderá a los Servicios de Aduanas del Estado exportadorla adopción de las medidas neeesMias para comprobar el origende las mercancías y loa demás datos declarados en .el certificado.

'4. El exportádor o su representante. presentan\ COD la· soU.citud cualquier documento justificativo de qUe las mercancfasque pretende exportar cumplen los requisitos necesarios parala expedición de un certificado EUR 1.

S. .Cuando se expide un certificado EUR 1 al amparo delapartado 4 del articulo 9 de este anejo. después de la. exporta.­ción real de las mercancias a las que se refiere. el exportadordebe indicar en la solicitud mencionada en el apartado 1:

- el lugar y la fecha de exportación de las mercancías a lasque se refiere el certificado EUa 1, y

- hacer constar que no se expidió el certificado EUR'1 en 'el momento de la exportación de las mercancfas y exponer losmotivos.

8. Las solicitudes de certificado EUR 1 y los certificadosEllR 1 a los que se refiere el segundo pán"afo del apartado 3del articulo 9' de este anejo. a cuya presentación se expide unnuevo certificado EUR 1, deben conservarse por los Serviciosde Aduanas del Estado exportador durante dos afias, comomínimo.

Artículo 11

1. El certificado EUR 1 se extenderé. en el formulai'io cuyomodelo figura en el apéndice 5 de este anejo. Este formulariose imprimirá en uno o varios de los idiomas oficiales de losEstados miembro del Acuerdo o en inglés. Los certificados EUR 1se extenderán en uno de dichos idiomas y de acuerdo con lalegislación nacional del Estado exportador; si se rellena a manodebe hacerse con tinta y en letras mayúsculas.

2. El certificado EUR 1 medirá 210 por 297 milímetros. conuna tolerancia no superior a ocho miUmetros por exceso y acinco milfmetros por defecto. El papel debe ser blanco. encola­do. sin pasta mecánica, de peso no inferior a 25 gramos metrocuadrado. Llevará impreso un fondo de garantía de color verdeque haga perceptible a la vista cualquier falsificacióo por me­dios mecánicos o ·químicos. El certificado EUR 1 llevará la ano·tación .Aelc-Spain trade_ impresa con letras mayúsculas dia­gonalmente a través del formulario.

3. Los Estados Parte del Acuerdo pueden reservarse el dere·cho a imprimir los certificados EUR 1, o confiar la impresión aEmpresas autorizadas por ellos. En este último caso, tQdos loscertificados EUR 1 deben llevar una referencia a esta autor!·zación. Todos los certificados EUR 1 deben llevar el nombre ydirección del impresor o una marca por la que puedan ser iden~tificados. Tendrán también un núme-ro de serie. impreso o no,que permita identific8r'los.

Articulo 12t. El certificado EUR 1 debe presentarse a los S~rvicios de

Aduanas del Estado importador en el que han entrado' lasmercancías. de -acuerdo con los procedimientos establecidospor dicho Estado, dentro de los cuatro· meses contados a partirde la fecha de expedición por los Servicios de Aduanas delEstado exportador. Dichos Servicios podrán pedir la traduccióndel certificado. También podrán exigir que la declaración vayaacompañada de una manifestación del importador atestiguandoque las mercancías cumplen las condiciones exigidas para laaplicación del Acuerdo.

2. Sin perjuicio de las disposiciones del apartado 3 del ar­ticulo 5 de este anejo. cuando. a petición del declarante. seimporte en régimen fraccionado y en las condiciones exigidaspor los Servicios competentes. un articulo desmontado o queno haya sido montado. clasificado en los capítulos 84 u as de.la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera, se con­siderará como un solo artículo y se presentará el certificarloEUR 1 para la totalidad, al importarse la primera fracción.

3. Para la aplicación del tratamiento preferencial se puedeaceptar un certificado EUR 1 presentado a los Servicios deAduanas del paisimportador después de pasada la fecha límiteestablecida en el apartado 1, cuando la falta de presentaciónobedezca a causas' de fuerza mayor o a circunstancias excep.­cionales.

En los demás casos de presentación fuera de plazo. los Ser·vicios de Aduanas del Estado importador pueden aceptar loscertificados EVR 1, cuando las mercancías se han presentadoantes del último día..

4. La observación de pequeñas discrepancias entre lo deda·rada en el certificado EUR 1 y los documentos presentados enla Aduana para el cumplimiento de las fonnalidades de impor­tación de las· mercancías, no invalida, .ipso facto-. el certifica­do. siempre que quede debidamente probado que el certificadocorresponde a las mercancías.

5. Los Servicios de Aduanas del Estado lmportadór deberánconservar los certificados EOO 1, de acuerdo con' I~ normasde su propia legislación.

8. Como prueba de que se han cumplido las condiciones es·tablecidas en el articulo 7. se someteré. a loa Servicios de Adua­nas del Estado importador:';

al un título de transporte tmico expedido en el Estado ex"portador al amparo del cual se ha cruzado el país de tránsito, o

b) un certificado extendido por los Servicios de Aduanas delpaís de tránsito qUe contenga:

1. La déscripción exacta de la mercancía,2. La fecha de descarga y de carga de las mercancías y, en

au caso, los nombres de los barcos.

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fIJ. O. ¡¡el E.,....,~iin1. 158 2 JulIo 1980 -15123.

los idiomas ofic1alea de loa Estados Parte del Acuerdo O eninglés. Se cumplimentará m uno de esos Idiomas, de acuerdocon la legislación nacioIial del Estado uportador. 51 8e rellena'a mano, debe hacerse con tinta y en letras mayúsculas.

12. Se utilizará un formulario EVa 2 para cada expedición.3. El formulario EVR 2 medirá 210 por 148 milimetros, con

una tolerancia en 1& longitud no superior a 8 miUmetros porexceso o 5 millmetros por defecto. El papel utilizado será blanco.éncolado, sin pasta mecánica. de peso no inferior a 64 g/m". Elformularlo EUR 2 llevará la anotación .EFTA-SPAIN TRADE.impresa con letras mayúsculas d1a¡onalmente a través del for·mulario.

4. Los Estados Parte del Acuerdo pueden reservarse el dere~

cho a imprimir 108 formularios EUR 2, O confiar la impresióna Empresas autorizadaa por ellos. En este '(lItimo caso. todos 1011formularios deben llevar una referencia a esta autorización.Además. el formulario debe llevar el nombre y dirección delimpresor o una marca por la que pueda ser identificado. Tendrátambién un número de serie, impreso o no, que permita iden~

tificarlo.'5. 51' las mercancías contenidas en la expedición han sido

ya 'comprobadas en el Estado exportador en relación con ladefinición del concepto de productos originarios. el expor~

tador puede hacer referencia a esta comprobación en la casill..de .Observaciones. del formulario EUR 2.

e. El exportador que haya cumplimentado un formulari~

EUR 2 estarA obligado a presentar, a petición de los Serviciolde Aduanas del Estado exportador. los justificantes relativos ala utilizaci6n del formulario. .

.Artículo 15

1. Las mercancías expedidas desde un país de la AELC desde.España para exponerlas en un pafs que no sea Parte del Acuerdoy venderlas después de la exposición para su importación enEspaña o en un país de la AELC se admitirán en el régimenarancelario previsto en el Acuerdo, a condición de que cumplanlas e"kigencias de este ahejo para considerarlas como originariasde un país de la EFtA -o de Espalía y siempre que se demuestrea satisfacción de los Servicios d'J Aduanas: .

al Que un exportador ha remitido dichas mercancías desdeun' p'als de la EFTA o desde España al pals en qu~ se celebre laexposición y que las ha expuesto alli¡

bl que el exportador ha vendido o cedido de otro modo lasmercancias a. un adquirente en España o en un pe.ís. de ·la.AELC-

el •que las mercancías se han enviado durante la ,.exposición.o inmediatamente después .a España o a un pais de la AELCen el mismo Estado en que se remitieron a. la exposición¡

dl que las mercancias no se han utilizadb desde que seremitieron a la exposición, con fines distintos de la exhibición.

2. Debe presentarse a los Servicios de Aduanas un certificadoEUB 1 en las condiciones normales e indicarse en él el nombrey dirección de la exposición. En caso necesario, puede reque­rirse justificación documental adicional sobre la naturaleza delas mercancías y las condiciones en que se han expuesto.

3. El apartado 1 será aplicable a cualquier exposición co­mercial. industrial, de agricultura o de artesanía, feria. demos­tración o exhibición pública similar que no'se haya organizadocon fines privados en comercios o loe'ales comerciales con elpropósito de vender las mercancías extranjeras. y durante lacual éstas ,permanecen bajo el control de la Aduana.

Artículo 16

1. Con el fin de asegurar la correcta aplicación de este. titulo los Estados Parte del Acuerdo se ayudarán mutuamente

a través de sus Servicios de Aduanas en la comprobación de laautenticidad y exactitud de los certificados EUR l. incluso losexpedidos al amparO del apartado 3 del articulo 9 de este anejoy las declaraciones de los exportadores hechas en los formula­rios EUa 2.

2. La Comisión M1:xta estarA autorizada pára tomar l~s de­cisiones necesarias para la aplicación. a su debido tiempo. delos métodos de cooperación administrativa en los Estados miem-bros del Acuerdo. ' .

3. Los Servicios de Aduanas de los Estados Parte del Acuer­do se intercambiarán, a través de la Secretaría de AELC. mo­delos impresos ae los sellos utilizados en sus Oficinas de Adua­nas para la e~pedición de certificados EUR 1., 4. Se sancionará a quieaes redacten o introduzcan a r.ed~~tar documentos que contengan datos incorrectos con'el propósItode conseguir el régimen preferencial para las mercancías. Esteapartado es aplicable, cmutatis mutandis•• cuando se haga u.sodel procedimiento establecido en el articulo 13 de este aneJo.

5. Los Estados Parte del Acuerdo adoptar~n las ~edidasnecesarias para cerciorarse de que las mercanClas que CIrculanal amparo de un certificado EUR 1 que durante el transporteutilizan un área exente. no son sustituidas por otras nl so~

objeto de manipulaciones distintas de las operaciones encamI­nadas a evitar su deterioro.

6. .Cuando los· productos originatios de un Estado Parte dE;!1Acuerp.o. importados en un área exenta al amparo de un certI­ficado EUR 1, son objeto de tratamientos " trans~ormaciones.los Servicios ,de Aduanas competentes deben expedIr un n.uevocertificado EUR l. a petición del exportador. si el ~ratam~entoo transformaci6n rea.lizado está de acuerdo con las dlSposiclones·de este anejo.

f 3. Un tesUmonlo de Isa condicionasen que han permanecido1aB mercanciea en el país de tránsito.

'e) O bien. a falta de 108 anteriores, cualquier otro docu·"~ento 'PBtificativo.

ArtIculo' 13,~ -: 1. Por derogación de los apartados ,1 a e del artículo O , 1t &6 del articulo 10 de este. anejo, se puede aplicar un prooedi~tmiento simplificado para la expedición ~e certificados EUR 1.#de acuerdo con las disposiciones siguientes.

2. Los Servicios de Aduanas del Estado exportador pueden\autorízar a cualquier exportador que cumpla las condicione.!~ establecidas en el apartado 3 -en lo sucesivo .exportador auto­: rizado..-, y que pretenda realizar transacciones para las que~'pueda expedirse un certif'lcado EUR 1. a no presentar en la;::aduana del Estado exportador en el momento de la exportación- ni las mercanc1as," ni la solicitud de un certificado EUR 1 para~·dichas mercancías. con el fin de obtener un certificado EUR.l.,'en las condicioIÍes fijadas en el apartado 4 del articulo 8. en" los apartados 1 a 4. del articulo 8 y en el apartado 2 del artfcu~

,lo 12 de este. anejo. . .Los Servicios de Aduanas del Estado exportador pueden ex­

cluir a detenninadas· mercanc1as del régimen especial previstoen el apartado l.

3. La autorización a la que se refiere el apartado 2 se con~

cederA únicamente a los exportadores que hagan frecuentes, envíos y que ofrezcan. a satisfacción de los Servicios de Adua.­~ nas. todas las garantias necesarias para' para comprobar el't carácter de originarios de los productos.

Los Servicios de Aduanas negarán tal autorización a loe ex~

;-portadores qUe no ofrezcan todas las garantías que consideren;. necesarias. •\ Los Servicios de Aduanas pueden rEtirar la autorización en~ cualquier momenW. Deberán hacerlo cuando el exportadori autorizado' ya no satisfaga las condiciones .0 no ofrezca ya di~

; chas g&rantias. .'. 4. La autorización estipulará. a elección ·de los Servicios .de.' Aduanas. si la casilla número 11 del certifiCado EUR 1. cVisado· de la aduan.....

al debe refrl}tldarse previamente con el &ello de la aduanacompetente del 'Estado exportador y la firma. manuscrita o no,

-.de un funcionario de esa Oficina. o.' bl debe refrendarse por el exportador autorizado con un lJe~-110 especial aprobado por los Servicios de Aduanas del Estado" exportador y que corresponda al modelo que figura en el apén~

dice 7 de este anejo. Este sello puede imprimirse previamenteen el formulario. ,

La casilla número 11 del certificado EUR1••Visado de la· aduan..... serA completada. en su caso. por el exportador auto-

rizado! .5. En los casos a los que se refiete el apartado .. al, se es~

tampará en la casilla número 7 del certificado EUR 1. cObsar~

vaciones... una de las expresiones siguientes: .Simplified proca­'dure....Vereinfachtes verfahren .. , .Procedure smplifié., cProce­: dura semplificata.. cYksinkertaistettu menettely.... .Einfóldun" afgreidslu....Forenklet prosedyre.. , .Procedimiento" simplificado.. ,< .Fórenklad procedur",

El exportador autorizado indicará. si es necesario. en la ca~silla número 13 del certificado EUR 1, .Solicitud de comproba.-­ción., el nombre- y dirección de los Servicios de Aduanas com~

petentes para comprobar el certificado EUR 1.ti. En la autoriz,:t.ción, los Servicios de Aduanas ,indicarán

especialmente: -al· las Qlndic10nés en que se harán las solicitudes de los

., certificados EUR 1. .bl las condiciones en que se archivará'h. durante dos años

como mínimo. las solicitudes y los certificados EUR 1 utiliza­dos como base para expedir otro certificado EUI\ 1 eJ? las con~

\ dicione~ fijadas en el párrafo 2 del ape.rtado 3 4el articulo 9 de· este. anejo. _ j. el en los casos a los que se refiere el apartado" bl. los Ser~vicios de Aduanas competentes para realizar las comprobacio~

nes establecidas en el artículo 17.Cuando se utilice el procedimiento simplificado. los Servi­

cios de Aduanas del Estado exportador pueden ordenar la uti~lizacíón del certificado EUR J con un signo distintivo que per­

. mita identificarlo.7. Puede requerirse al exportador autorizado para que in­

forme a. los Servicios de Aduanas. de acuerdo con las normasque ellos mismos dicten. sobre las mercancías que envíe paraque la aduana competente pueda hacer cualquier comproba­ción que estime necesaria ~ntes de la expedición de las mer~

cancías.Los Servicios de Aduanas del Estado exportador pueden rea­

Jizar cualquier comprobación que Juzgven necesaria en rela­cíón con !al exPC!rtador autorizado. El exportador autorizadodeberá permitirla. ,

B. Las disposiciones de este artículo no impiden la aplica­~ción de las' normas de los Estados Parte del Acuerdo en ma~teria de formalidades y utilizaci6n de los documentos deaduanas.

\ Articulo 141. 'El formulario EUR 2 lo cumplímentará y firmará, el eX~

, portador o su representante autorizado, bajo la responsabilidad¡;. de aquél. Se, hará en el formulario cuyo modelo figura en el': 'apéndice 6. Este formulario se imprimirá en uno o varios dé

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15124 :1 julio 1980 H. O. ílel E.-Niím.. 158

AÍticulo 17

1. La comprobación ca posterior!_ de los certificados EVR 1y de, los formularios EUR 2 debe hacerse por muestreo o cuandolos Servicios de Aduanas del Estado importadot tengan dudasrazonables sobre la autenticidad del documento o sobre la exac­titud de las informaciones relativas al verdadero origen de lasmercancías.

2. Para la aplicación de las disposiciones del apa~do 1, losServicios de Aduanas 'del Estado importador devolveran el cer­tificado EVR 1 o el, formulario EVR Z o su fotocopia a los Ser­vicios de Aduanas del Estado exportadqr. exponiendo, si esnecesario. las razones de fondo o d~ forma que motiv~ lainvestigación. La factura, 81 se ha PTes~ntado. o uns CQpu:~". seunirá al certificado EUR 1 o al formularlO EUR 2 Y los ServIciosde Aduanas transmitiran cualquier informa&ión que hayan po­dido obtener. que sugiera. una posible inexactitud de los datosdel certificado o del formulario.

51 los Servicios de Aduanas del Estado importador decidendiferir la aplicación de las disposido~es del Acuerdo en esperade los resultados de la investigación, ofrecerán al importador ellevanta de las mercancías subordinado a las medidas precau­torias que juzguen necesarias.

3. Se informará a los Servicios de Aduanas del Estado im­portador de los resultados de la investigación lo antes poslbJe.Estos resultados pueden ser tales que permitan conocer si elcertificado EUR 1 o el formulario EUR 2 investigado es aplicablea las mercancías, realmente exportadas y si tales mercancíaspueden, de hecho, disfrutar del tratamiento preferencial.

Cuando estas discrepancias no puedan resolverse entre losServicios de Aduanas del Estado importador y los del Estadoexportador, -o cuando susciten problemas de interpretación deeste anejo, se someterán a la Comisión Mixta.·

Los Servicios de Aduanas del Estado· exportador conservarán,por 'un plazo no inferior a dos años para ulteriores comproba­ciones. IQsdocurnentos de exportación o las copias de los carti·ficados EUR 1 que les hayan sustituido.

TITULO III

Disposiciones finales

Articulas 18 y 1-9

CEste anejo carece de los articulas 18 y 19)

Artículo 20

Los notas explicativas, las listas A y B, los modelos de cer­tificado EUR 1, de formulario EUR 2 y el sello especi~l son unaparte integrante de este anejo.

Artículo 21

Las mercancías que se. aJusten a las disposiciones del título 1y qUe en la fecha de iniciación (apartado 7 del anejo n sontransportadas o permanecen en un Estado Parte del Acuerdoen régimen de almacenaje temporal, depósito o área exenta.pueden admitirse como productos originarios mediante la pre­sentación a los Servicios de Aduanas del Estado importador-dentro de cuatro meses a partir de aquella fecha- de un'­certificado EUR 1 expedido con efecto retroactivo por las auto­

'ridades competentes del" Estado exportador, y cualquier docu­mento justificativo de las condiciones de transporte.

Artículo 22Los I;:stados Parte del Acuerdo se comprometen a adoptar las

. medidas necesarias para garantizar que los certificados EUR 1,qUe en ejecución del Acuerdo están autorizados a expedir losServicios de Aduanas, se extiendan en las condiciones estable­cidas en el misIno. Se comprometen, también, a· prestar la~ooperación administrativa necesaria para este fin. en especial,a comprobar el itinerario de las mercancfas que circulan alamparo del Acuerdo y los lugares en que han permanecido.

Articulas 23 y 24(Este anejo carece de los articulas 23 y 24)

Articulo 25l. Un producto originarlo de un país de la AELC distinto

de Portugal. que Se ha importado en España o un productooriginario de Espafia que se ha importado en un pals de laAELC y- después se ha exportado a~otro país de la AELC distintode Portugal. de conformidad con el artículo 2,· de este anefo,podrá disfrutar a su Importación en este país de la AELC delrégimen arancelario previsto en el anelo 1 del Acuerdo.

2. Un producto originario de un país de la AELC que se haímportado en otro país de la AELC y después se ha exportado_a Espaiia de conformidad con el artículo 2 de este aneJo podrádisfrutar a su impOrtación en Espafta del régimen arancelarioprevisto en el anejo 1: del Acuerdo. "

3. Un producto originario de Espafta qUe se ha Importado enun país de la AELC distinto de Portugal y después se ha expor-­tado a Portugal de conformidad con el artículp 2 de este anejo.POdrá disfrutar a su importación en Portugal del régimen aran.celario previsto en el anefo P del Acuerdo.

4. Un producto originarlo de Portugal que se ha tmportadoen Espafta y después se ha exportado a otro país'de la AELCde conformidad con el artículo 2 de ,este anafo podré. disfrutara su importación en este p8.l', de la AELC del· régimen arance­larto previsto en el anejo I del Acuerdo.

5. Un producto originario de un país de la AELC distintode Portugal que se ha importado en Espada y después se haexportado 8 Portugal de conlormidad con el artículo 2 de esteanejo podrá disfrutara su importación en Portugal del régimenarancelario previsto en el anejo P del Acuerdo. .

Artículo 28

(Este l!'nejo carece del articulo 26)

_'.. . -Artícul~ 27'

- Para la aplicación del articulo 2 de este anejo, cualquierproducto. originario del territorio de un Estado Parte del Acuer~

do será considerado, a la exportacitln al territorio de otro EstadoParte del Acuerdo, como ,producto -no originario durante el pe~riada o perfodos en los que el último. Estado Parte aludidoaplique a tales productos, de conformidRd. con el Acuerdo. losderechos correspondientes a terceros países.

APENDlaE 1 DEL ANEJO III

Notas explicativasNota 1. ArticuÍo.1.

La eXpresión cEstado Parte de este Acuerdo.. abarca tambiénlas aguas·. territoriales de ese Estado.

Los barcos que' faenan en alta mar. Incluidos los barcos­factoría. en los que se trabajan o transforman sus capturas. seconsideran parte dEj;1 territorio del Estado Parte del Acuerdoal que pertenezcan, siempre que satisfagan las condiciones es·tablecldas en la nota explicativa S.Nota 2. Artículos 1 y 2. . ".. -

Para determinar si las mercancías san 'productos originarios,­no será necesarto establecer.i la energía y el· combustible. lasinstalaciones y equipos y las máquinas y" herramientas utiliza­dos para obtener. dichas mercancías son" o no otiginarios deterceros paí-ses. _

,Nota 3. Artículos 2 y S. , _._Para la aplicación de las disposiciones del apartado 1. (b) del

artículo 2, debe observarse. en, cuanto al valor añadido adquiri­do, la norma de porcentaje, remitiéndose para ello a las dispo­siciones contenidas en las listas -A y B. Cuando los productosobtenidos están en la lista A, la norme. porceñtual constituye,pues, un criterio adicional al del cambio de partida para cual­quier producto no originario utilIzado. Del mismo modo. ludisposiciones que descartan la posiQil1dadde acumulación delos porcentajes indicados en las listas A y B para cualquierproducto obtenido son aplicables en cada país para el valarañadido adquirido.Nota 4. Articulas 1 y 2. . ;

Se entenderá que los embalajes forman un todo con las mer­cancías que contienen.. Sin embargo, esta disposición no esaplicable a los embalajes qUe no sean del tipo normalmente.utilizado para el articulo embalado y que tengarr un valorde utilización intrínseco y sean duraderos por su naturalezacon Independencia de BU uso como embalaje.Nata S. Articulo .... f).

La expresión csus barcos_ se aplicará únicamente a los barcos~

a) .Que estén matriculados e inscritos en un Estado Partedel Acuerdo;

b) Que naveguen 'bajo el pabellón de un Estado Parte delAcuerdo; -

eJ Que pertenezcan. por lo menos en un So p.or lOO, a ciuda­danos de un Estado Parte del Acuerdo o a una Sociedad quetenga sU oficina principal en dicho Estado, en la que el. Ge~rente o Gerentes. el Presidli'nte del Consejo de AdIil1nistracióno de Vigilancia y la mayoría de los Consejeros sean ciudadanos.de un ,Estado Parte del Acuerdo y que, además, en el caso deSociedades de· personas o de responsabilidad limitada, por lomenos la mitad del capital pertenezca a ese Estado o a Entida.­des públicas o a ciudadanos de dicho Estado;

dJ En los que el CapitAn y los Oficiales sean ciudadanosde un Estado Parte del Acuerdo¡

e) En los. que. por lo menos, el 75 por 100 de la tripulaciónsean ciudadanos de un Estado Parte del Acuerdo.Nata 6. Artículo 6.

Se entenderA por precio cfranco fAbrica" el precio pagado alfabricante en cuya Empresa se han llevado a cabo los últimostrabajos o transformaciones, siempre' que el precio incluya elvalor de todos los productos empleados en la fabricación.

Se entenderá por cValor en Aduana- el definido en el cCon­venia sobre el· valor en Aduana. de las· mereancias... firmado enBruselas el 15 de diciembre de 1950.Nota 7-: Apartado 1 del artículo 18 y artículo 22. "

Cuando se ha expedido un certificado EUR 1 en las condicio·nes establecidas en el apartado 3 del artículo 9 y se reflere amercancías reexportadas en el mismo Estado. los Servícios deAduanas del país de destino debeD tener la posibilidad de con~

seguir coplas auténticas del c:ertlflcado, o certificados EUR 1relativos a esas mercancías. expedidos con anterioridad.

APENDlCE 2 DEL ANEJO m

Lista de 108 trabajoso :a::f:rmaclonea Ique implican uncambio de partida arancelaria sin conferir el carácter de _pro·duetos originarios... a los productos sometidos a tales opera­ciones o que conflerea eate caricter solamente en determInadacondiciones.

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B. O. (lel E.-Niím. 158 Z julio 1980

SECCI9N 1

. f5125

Partidadel Arancel-

Ex. 17.04

Ex. 18.08

Ex. 19.02

Ex. 19.02

19.0319.04

19.05

19.07

19.08

Ex. 21.05

Ex. 22.02

22.06

Ex. 22.OG

Ex. 28.19

Ex. 28.38

30.03

Productos obtenidos

. Descripción

Articulas de confiteriasin cacao, conexclusión de 101 extractos de regalizcon más del 10 -por 100 en peso desacarosa, pero sin adición de otrassustancias.

Chocolates y otros preparados alimen·ticios que contengan cacao, con ex­clusión de los productos -distintosdel cacao en polvo- edulcoradoscon sacarosa, helados (excepto lospolvos para helados), chocolate yartículos de chocolate, estén o no

. rellenos, y articulas de confitería ysus sucedáneos hechos con edulco­rantes distintos de la sacarosa, quecontengan cacao, en envases inme­diatos de un peso neto superior a500 gramos.

Extracto de malta.

Preparados para 1", alimentación in­fantil o para usos dietéticos o culi­narios, a base de harinas, sén'rolas,almidones, féculas o extractos demalta, incluso con adición de cacaoen una proporción inferior al 50por 100 en peso.

Pastas alimenticias.Tapioca, incluida la de féc1Jla de pa­

tata.Productos a base de cereales obte~

nidos por insuflado o tostado: -«puf­fed. rice.. , .com-flakes_ y ané.logos.

Pan, galletas de mar y demé.s pro­ductos de panaderla ordinaria, sinadición de azúcar, miel, huevos, ma­terias grasas, queso o frutas; hos­tias, sellos para medicamentos,­obleas, pastas desecadas de harina,de almidón o de fécula en hofas yproductos ané.logos.

Productos de panadería fina. pastele­ria y galleterfa, incluso con adiciónde cacao en cualquier proporción. .

Preparaciones para sopas, potajes ocaldos; sopas, potajes o caldos pre­parados.

Limonadas aguas gaseosas aromatiza·das <incluidas las aguas mineralestratadas de esta manera) y otrasbebidas no alcohólicas, con exclu­sión de los fugas de frutas y de le­gumbres y hortalizas de la partida.20.07, que no contengan leche o gra..­sas de leche.. pero que contenganazúcar (sacarosa o azúcar inverti­do); los demás.

Vermuts y otros vinos de uva prepa­rados con plantas o materias aro­máticas.

Aguardientes, con exclusión del ronarrack,ginebra, whisky y vodka.con un contenido de alcohol etmcono superior a 45.20 y aguardientesde ciruelas, peras y cerezas, quecontengan huevos o yema ~ de huevoy lo azúcar (sacarosa o azúcar in.vertido).

Oxido de cinc.

Sulfato de aluminio.

Medicamentos empleados en medicl~

na o veterinaria.

Trabajos o transformaciomtl que no con­fieren el car6cter de productos (.rigin~

Fabricación a partir de otros produc~

tos del capítulo 17. cuyo valor ex­ceda del 30 por 100 del valor delproducto acabado.

FabI'icación a partir de otros produc­tos del capítulo 17, cuyo valor ex­ceda del 30 por 100 del valor delproducto acabado.

Fabricación a partir de pr(Kjuctos de1& partida 11.07..

Fabricaci6n a partir de cereales ysus derivados, carne o leche o enlos que el valor de 108 productosdel capftulo 17 ut1l1zados exceda del30 por 100 del valor del productoacabado.

.

Fabricación a.. partir de féCula de pa­tata.

Fabricación a partir de cualquier pro­ducto distinto de loa del capitu­lo 17 (1) o en los que el valor de -losproductos del capitulo '17 lJttUzadosexceda del 30 por 100 del valor delproducto ac!lbado.

Fabricación a partir de productos delcapitulo 11.

Fabricación a partir de productos delcapitulo ·11.

Fabricación a partir d. productos dela partida 20.02. .

Fabricación a partir de zumos de fru·tas (2) o en la que el valor de 106productos del capitulo 17 utilizadosexceda del 30 por 100 del valor delproducto acabado.

Fabricación a partir de productos delas partidas Of!.04, 20.07, 22.04 ó 22.05.

Fabricación a partir de productos delas partidas 08.04, 20.07. 22.Of 6 22.05.

Fabricación a partir de productos dela partida 79.01•.

Traba.lo, o t.ransformaclon. qu.confieren el caráCter de producto.originarlo. cuando 88 cumplen 1M

oond1ctones slJUientee

FabrtcaclÓll con tri,. duro.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexéeda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizadol!l noexceda elel 50 por 100 del va-­lor del producto acabado.

<U Esta norma. no· se aplica -cuando lIe util1z& mafz del tipo .zea lndurataoo o trigo duro (durum weaU.la) Esta norma no se aplica cuando se utillzan zumos de pliia, lima o toronja.

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Partidadel Arancel

31.OS

32.08

32.07

Ex. 33.06

35.OS

Ex. 35.07

37.01

37.02

37.M

38.U

38.12

38.13

Ex. 38.14

38.16

38.17

38.18

Ex. 38.19

Producwa obt.enldoa

Descripción

Otros abonos;' productos de este ca­pitulo que 88 presenten en tabletas,pastillas y demás formas. análogas oen envases de un peljO bruto má­ximo de 10.' kilogramos.

Lacas colorantes.

Otras materias colorantesi productosinorgánicos de 1& clase de los uti­lizados como .lumin6foros» ..

Aguas destiladas aromáticas y solu­ciones acuosas de aceites esencia~

les incluso medicinales.Dextrma y colas de dextrina; almido­

nes y féculas solubles o tostados;colas de almidón o de fécula.

Preparaciones para clarificar la cer­vem, constituidas por papaína y ben­tonita; preparaciones enzimáticaspara desencolado de textiles.

Placas fotográficas y peliculas planas,sensibilizadas, sin impresionar. dematerias distintas del papel. cartóno tejido.

Peliculas sensibilizadas, sin impresio­nar, perforadas o na, en· rollos o entiras.

Placas y películas (incluso las cinema­tográficas) impresionadas, negativaso positivas, sin revelar.

Desinfectantes, insecticidas, fungici­das, raticidas, herbicidas, inhibido·res de germinación, reguladores delcrecimiento de laB plantas y produc·tos similares, presentados como pre­paraciones o en for¡g.aB o envasespara venta al por menor o .en articu­los tales como cintas, mechas y bu­jías azufradas y papeles. matamos­cas.

Aderezos, aprestos y mordientes, pre·parados, de .la clase de los utilizadosen las industrias textil, del papel,del cuero o análogas.

Preparados para el- decapado de losmetales; flujos desoxidantes parasoldar y otros compuestos auxiliarespara la soldadura de los metal.es;pastas y polvos para soldar compues­tos del metal de aporte y de otrosproductos; preparados para recubriro rellenar electrodos y varillas desoldadura. .

Preparados antidetonantes, antioxidan·tes, aditivos peptizantes, mejqrado-­res de viscosidad, aditivos anticoITO-'sivos y otros aditivos preparados

.similares para aceites minerales, conexclusión de los aditivos preparadospara lubricantes.

Composiciones llamadas aceleradoresde vulcanización.

Mezclas y cargas para aparatos extin­tores; gr~adas extintoras.

-Disolventes y diluyentes compuestospara barnices o productos similareS.

Productos quImicos y preparados delas industrias químicas o de las lD:­dustrias conexas (incluIdos los queconsisten en mezclas de productosnaturales). no expresados nI com­prendidos en otras partidasi produc- _tos residuales de las industrias quí­mIcas o de las industrias conexas,no expresádos D.l comprendIdos enotras partidasi

- Aceites de fusel y aceites de clip-pe!. -

2 fulIo 1980

Trabajos o transformacionu que no con­fieren el carAc:ter de productos orIpnarlol

Fabricación a partir de productos delas partidas 32.04 O 32.05 Ul.

Mezcla de óxidos o sales del c8pftu~lo 28 con cargas como el sulfatode bario. tiza, carbonato de bario y«satin white. (sulfato cálcico e _hi­dróxido .~ de aluminio coprecipita­dos)- (l).

Fabricación .8 partir de aceites asen,;elales (desterpenados o no). liqui­dos,' c~mcretos o resinoides U)'

Fabricación a partir de productos dela partida 37.02 (l).

Fabricación a partir de productos dela partida 3y.OI Ul.

Fabricación a partir de productos delas partidas 37.01 Ó 37.02 (1).

B. O. (lel E.-Niím. 158

Trabajos o transformaciones quecoufler.sD el carácter de productosOrietnarlOIl cuando H cumplen laa

condicionel siguiente•.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación a partir de maíz opat:ttRs.

Fabricación en la que el valor,de los productos utilizados no'exceda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación en Ja que el valorde los productos utilizados noexceda del so por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del sO por 100 del va­lor del producto acabado. .

Fabricación en la que el valorde los productos utilIzados noexceda del 50 por 100 del va­lor del· producto acabado.

Fabricación' en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 d.el va­lor del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utiUzados noexceda del 50 por 100 del va­lor '"'del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50. por 100 del va-'lar del producto acabado;

Fabricación en la que el valor- de los productos utilizados no

exceda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos' utilizados noexceda del 50 por 100 del va­

_lar del producto aeabado.

(O Estas disposiciones no .. aplican .• 1011 pr04uctot obtenldoe 4. otrol. que han adquirldo .1 carActer de productos orlslnarloe d. acue....do COD Iu co~dlcioD~ fijadas lA la l18ta B.

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IJ. O. ílel E.-Nlím:. 158 2 lullo l080 i5121

Partidadel Arancel

Ex. 38.19

Ex. 39.02

Ex. 39.07

43.03

Ex. 44;.21

Ex. 44.28

45.03

Productos obt,en!dOl

DeaeripCIOD.

- Acidos nafténicos y sus sales in­solubles en ,agua; ésteres de losácidos nafténicos.

- Acidos sulfonafténlcos y sus salesinsolubles en &gUa; ésteres de losácidos sulfonaftéIiicos.

- Sulfonatos de petróleo, con exclu·616n de los de metales- alcalinos.de los de amonio y de los de ata­nolaminas, etiofenados. ácidosauUónicos de aceites obtenidos deminerajes bitumiIKIsos y sus sa·les. I -.

- Mezclas de alquilbencenos y mez~

clas de alquilnaftalenos.- lntercambiadores de iones.- Catalit.adores.- cGetters- para vAl vulas de vado.- Cementos o morteros refractarios

V composiciones similares.- Oxid~s de hierro alcalinos para

la purificación de ~ases.

- CarbOn {con exclusión del graJit.oartificial de la partida 3B.OH encomposiciones metalografJticas uotras en plaquitas, barras u otrassemi manufacturas .

. - Sorbitol distinto del de la parti~da 29.04

~ Aguas amoniacales y masa depu·radofl'l agotada procedente de ladepuración del gas de hulla.

Producto~ auxiliares del tjpo de 'losutilizados en las industrias textiles,del cuero y del papel, no especifica~

dos en otras· partidas; plastificantescompuestos. endurecedores y estabi·lizadore'> para materias plásticas opara productos a base de materiasplásticas no especificados ni com­prendidos .en otras partidas.

Productos de polimerización.

Manufacturas de las materias de laspartidas 39.01 a 39.06. inclusive, conexcepcion de los. abanicos y sus par·tes y piezas y. ballenas para corsésy soportes similares pat'a prendas devestir y sus accesorios.

Planchas, hojaS y bandas de cauchonatural o sintético sin vulcanizar,distintas de las hojas ahumadas yde las boias de crepé de las partidas40.01 y 40.02; granulados ~ cauchonatural o sintético en fonna de mez­clas diSPUestas para la vulcaniza·ción; . mezclas llamadas _mezclasmaestras- constituidas por cauchonatural o sintético sin vu1cánizar,adicionado antes o después de lacoagulación de negro de humo (con,aceites minerales o sin ellos) o deanhídrido sIllcico {con aceites mi­nerale.i o sin ellos}, 1),a1o cualquierforma.

Cueros y pieles barnizados o metali·zados.

Peletería confeccionada () manufac~~rada.

Cajas. cajitas, Jaulas, cU1ndros yen·..vases similares completos de made­ra, e::-:cepto los fabricados con table­ros de fibras.

Madera preparada para cerillas; el&-­vos para el calzado.

Manufacturas de corcho natural.

TrabaJol o transformacIonel que· DO con­fieren el car6.cter de productos orlgiuariof

..

Confeccionada a partir de pelatenaensamblada en napas, trapecios,cuadrados, cruces o presentaciones-anaJogas.

Fa.br1cación a partir de madera hilada.

Trabajo. o transfon:naclones queconfieren el carlLcter do productosoriBlne.rt08 cuando S8 cumplen las

condIciones slguiente8

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 80 por .100 del ••lar del producto acabado.

Fabricación en la que· el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del va-­lar del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación en la que el valor'de los productos utilizados noexceda del 60 por 100 del va-­lar del producto acabado.

Barnizado o metalizado de cuerode las partidas 41.02 a 41.08(distintos de los cueros ovi­nos y caprinos de mestizos dela India simplemente curtidoscon curtientes vegetales o tra-­.tactos de otro modo pero in­utilizables en tal estado parala fabricaci6n de articulas decuero) en los que el valor delcuero utilizado no exceda del50 por 100 del valor del pro­ducto ac,bado.

Fabricaci6n a partir de tablero.que no estén cortados a su ta­ma:f\o.

Fabricación a partir de produo­tos de la partida 45.01.

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15128

Partidadel Arancel

Ex. 48.07

".14

48.15

Ex. 48.18

49.09,

49.10

50.04 lU

50.05 (11

Ex. 50.07 lU

EI. 50.07 (1)

SO.09 (2)

51.01 111

51.02 (11

51.03 (U

51.04 <21

52.01 (U

llO.02 (2)

53.06 (U

S3.oe 11I

Productos obtenidos

QescrlPc1ón

Papel ir ~cartón, pintado, rayado ocuadriculado. pero sin imprimir deotro, modo, en rollos o en hojas.

Articulas para' correspondencia: Pa­pel de escribir en .blocks-. sobres­carta. sobres. tarjetas postales sinlIustracionel y tarjetas para corres­pondencia; caJas, sobres y presenta­ciones similares de papel o cartón,que contengan UD, surtido de arUcu~

los para correspondencia.Otros papeles y cartones recortados

para un uso determinado.Cajas, sacos y otros· envases 'de papel

o cartón.

Tarfetas postales, tarjetas de feHci·tación de Pascuas Y otras tarjetasde felicitación, ilustras, obtenidaspor cualquier procedimiento, inclu·so con adornos o aplicaciones. .

Calendarios de todas clases. de papelo cartón, incluidos los tacos o blo­ques de calendario.

Hilados de seda sin acondicionar parala v~ta al por menor._

Hilados de borra de seda (.schappe~)

o de desperdicios de borra de seda(barrilla). sin acondicionar· para laventa al por menor.

Hilados de seda. de borra de seda(.schappe») o de desperdicios de bo­

. rra de seda (barrilla) acondiclona­dos para la venta al por menor.

Imitaoiones de catgut prepaTadas conhilados de seda.

Tejidos de seda, de borra de seda(.schappe.) o de d~perdiciOs de ba-lTa de seda (bomBa)'. .

Hilados de fibras textiles sintéticas yartificiales continuas. sin acondicio­ne.r Para la venta aJ por menor.

Monofilamentos, tiras y formas análo­gas (paja artitic1aU e imitaciones decatgut. de materias textiles sintéti­cas y artificiales.

Hilados de fibras textiles sintéticas yart1f1,clales continuas, 8Condiciona~

das para la venta al por menor.Tejidos de fibras textiles sintéticas y

artificiales continuas Uncluidos ·lostejidos de monofilamentos O de tirasde las partidas 51.01 6 51.00L

Hilos de metal combinados con hila­dos textiles (hilados metálicos), In·cluidos los hilados textiles entorcha­d06 de metal y los hilados textilesmetalizados. _

Tejidos de hilos de metal, de hiladosmetálicos o de hilados textiles me­talizadoS de 1& partida 52.01, paraprendas de vestir, tapicería y usosanálogos. .

Hilados de lana cardada sin acondi­cionar para la. v.enta al por menor..

Hilados 'de- lana peinada sin acondi­cionar para la venta al por menor.

Hilados de pelos finos, cardfl.dos o··pel­nados, sin acondicIonar para la ven-ta al por menor. _ ._

2 Julio t980

Trabajos o transformaciones que DO con·t1eren el carActer de productos or1gi~arlo!l

Fabricación partlendd de productos dela p~rtida 49.11.

Fabricación partiendo de product<fS dela partida 49.11.

B. O; ílel E.-Num. 158.

Trabajos o transformaclones quaconfieren el can\cter de productosoriginarios cuando se cumplen lu

con.9!clonell silUlentes

Fabricación a partir ae pastade papeL

Fabricación en la que el valorda los productos utilizadosno exceda del 50 por 100 delvalor del producto acabado.

Fabricación a partir de pasta depapel. .

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noex.ceda del 50 por 100 del V8­lo~ del producto acabado.

Fábricacl6n a partir de produc..tos distintos de los de la par-tida SO.04. I

Fabricación a partir de produc­tos de la. partida 50.!l3.

Fabricación a partir de produc·tos de las partidas 50.01 aSO.03,

Fabricación a partir de produc­tos de la partida 5OJOl o de lapartida 60.03, sin cardar nipeinar.

Fabricación a partir de produc·tos de la partida 50.02 a SO.03.

Fabricación a parUr de produc­tos qulm1Cos 0:' pástas textiles.

Fabricación a partir de produc·tos .qulmicos o pastas textiles.

Fabricación a. partir de produc~tos quimico8 o pastas texUl08.

Fabricación a partir de produc~tos químicos o pastas textiles.

FabriCación a partir de produO''''tos químicos. pastas textiles ofibras textiles naturales, fi·bras artificiales o· sintéticasdiscontinuas o de sus desper·dlcios, sin cardar ni peinar.

Fabricación a partir de produc'",tos químicos. de pastas texti­les, de fibras textiles natura...les o de fibras artificiales osintéticas discontinuas o ,susdesperdicios.

Fabricación a partir de produc':tos de las partidas 53.01 o"53.03.

Fabricación a partir de produ::'"tos de, las partidas 53.01 o53.03.

Fabricación a partir de pelo ft­no en bruto da la. partida53.02.

UJ En 108 hlIadol constituido_ por dos o mAs tñaterIas teztlIes, las condtdonM Indicadas en esta lista deben cumplirse' también respec·to a cada una de las partidas en que .e clutficarfan 101 hilados de las otras materias textiles que constituyen el hilado compuesto. Sin em·bargo, esta norma no .e aplica .. la materia o materias textiles cuyO peso no exceda del 10 por 100 del peso total de 1... materias textUelincorporadas. ~ . .

(1) En los tejidos· constituido. por do. o m4e materlaa textnee. Ju condicionu tndicadu en esta Il.ta deber6D. cumplirse tambl6n _respecto• cada una de las _partidas en que .e clas1tlcar1&D lo. tejido. de las otras materias ~Uel que cOIlltituyen el tejido compuesto. Sin emba.r-­go, ..ta norma no .e aplIca a la materia o maWriu textile. cuyO pea6 no eJ:ceda del 10 por 100 del pellO total d. 1aI tnaterlas teJ:tUea incorpo-radas. Este porcentale se elevarA: '"- _ _ .

1- Al 20 por 100, III el material .. un bUado de polluretano seementado con .eam-éntoa fleJ:iblea de poli6tter, -inclu.o entorchado; cLuificado

en as partida. Ex. 111.01 Y 58.07;Al 30 por 100, 81 el material. un hi1ado de anchura no superior. cinco milfmelros, tormado por un núcleo constituido por una tIra

delgada de aluminio o por una pellcula de materia pllLsUca artificial, Incluso recubierta de aluminio, habiéndose insertado y pe,ado el n1lcleoentre dOI pe}fculas de materia plástica artificial por medio de una coJa transparente o coloreacla.

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B. O. '(lel E.-Niim. ¡sir 2 Juno I98él IS129

-Partidadel Arancel.

53.09 t1l

53.10 [1)

53.11 W

5';.12 (2)

54.03 [1)

54.04 (1)

54.OS (z)

55.05 [11

55.08 [1)

55.07 (2)

55.08 (2)

55.09 (2)

56.01

56.02

56.03

56.04

56.05 (1)

56.06 (U

56.07 (2)

Productos obtenido.

DellCJ'lpcl6n

Hilados de pelos ordinarios o de crin,sin acondIcionar, para la venta alpor menor.

Hilados de lana" de pelos (finos u Dr- .dinarios) o de crin. acondicionadospara la venta al por menor.

Tejidos de lana o de pelos finos.

Tel idos de pelos ordinarios o de crin.

Hilados de lino o -de ramio sin acon·dicionar para ¡.,venta al por me­nor.

Hilados de lino O de ramio acondl­-'cionados para la venta al por ma­

nar..Tejido:s de lino o de ramio.

Hilados de algodón sin acondicionarpara la yenta al por menor.

Hilado~ .de algodón acondicionadospara la venta al por menor.

T1;lJidos de algodón de gasa de- vuelta.

Tejidos de algodón con bucles, de 1&Clase esponja.

Otros tejidos de algodón.

-Fibras textiles sintéticas y artificia­les discontinuas, sin cardar, peinarni ñaber sufrido otra operaci6npreparatoria del hilado.

Cables para discontinuos de fibras teJ:- 'tiles sintéticas y artificiales.

DesperdicLos de fibras textill;ls sintéti­cas y artificiales (continuas o dis­continuasJ, sin cardar, peinar ni ha­ber sufrido otra o:peración prepara·toria del hilado, incluidos los des­perdicios de hilados y las hilachas.

Fibras textiles sintéticas y artificialesdiscontinuas y desperdicios de fibrastextiles sintéticas y artificiales {con­tinuas o discontinuas}, cardadas,peinadas o preparadas de otra for­ma para la 'hilatura.

.Hilados de fibtas textiles sintéticas yartificiales discontinuas (o .de des­penUcios de fibrll8 textiles sintéticaso artificiales) , . sin acondicionar pa­ra la venta al por menor.

Hilados de fibras textiles sintéticas yartificiales discontinuas to de des­perdicios de fibras textiles sintéti­cas o artificiales). acondicionadospara la venta al por menor.

l'eiidos de fibras textiles sintéticas yartificiales discontinuas.

Trabalo, o transformactonel que no OOD­fieren .1 carActer de producto. orJ.a1nar10.

TJ"abalo. o transformac1onH ,queCOItfbtren el carécter el. productosoristnarlo. cuando N. cumplen lu

condlcionM .Iauiente. •

Fabricación & partlr de pelos or-i.diDari08 en bruto de la par·tida 63.02 o a partir de crInesde la partida Oll.O3.

Fabricación a partir de produc­tos de las ,partidas os.os '183.01 a 53.ot:.

Fabricación a partir de produc­. tos de las partidas 53.01 a

63.05.Fabrlcación a partir de produc~

tos de las partidas 53.02 a53.05 o con crines de la par~

Uda 05.03.Fabricación Bt partir de produc­

tos de la partida 54.01. sincardar, ni peinar o con pro·ductos de la parUda 64.02:

Fabricación a partir de produc4

tos de 1?oS partidas 54.01 ó 54.02.

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas. 54.01 Ó54.02.

FabI1caci6n a partir de pro·ductos de las partidas 65.01Ó 55.OS.

Fabricación a partir de pro­ductos de las partidas SS.Ol ÓSS.03.

Fabricación a partir d~ produc­tos de las partidas 55.01, 55.03Ó SIUM.

.Fabricación a partir de. produc­tos de las partida.s 55.01, 55.03Ó 5s.ot. '

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas SS.Ol. 55.03Ó 65.04. .

Fabricación a partir' de produc·tos químicos IJ de pastas tex­tiles.

Fabricación a partir de produc­tos quimicos o de pastas tex-tiles. .

Fabricación a partir de produc­tos quimtcos o de pastas tex­tiles.

Fabricación a partir de produc­tos químicos o de pastas teX=­tties.

Fabricación a partir (le produc•tos químicos o pastas texti­les.

Fabricación a partir de produc­tos quimicos o pastas texti­les.

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas 56.01 a56.03.

(U En 1011 hilados constituidos por' dos o mAs ma.terlas 'textiles, las condicionelt Indicadas en esta lista deben· cumplirse también respecto'• cada una d. lea partldaa en que se clasificarían 108 hilados de las lltras materias textíle5 que conslituyen el hilado compuesto. SiD. embargo.esta norma no se aplica a la materia o materias textiles "CUyo peso no exceda del 10 por 100 del peso toW de las material textHas incor.poradas.· '. - .

(2) En los· teUdos constituidos por dOl o mAs materia. textiles, las condiciones lndicadp.s en esta 11Ita deberán cumplirse tambIén res·pecto 8 cada una de. las partidas en qW:'l se clasificarían los tejidos de las otras materias textiles que constituyen el talldo compuesto. Slaembargo, - esta norma no .e aplica a 1& materla o materiaa te.z:tlles CUyo peso no oceda del 10 por 100 del peso total de lea materias tex·i1les inCOrporadas. Este porcentaje se elevará:

-.Al 20 por 100,81 el 'mater1&l es UD .hilado ~~oIiuretano '.egmentado con see:mento. fiexIblee 'de poliéste;r, inch.¡so entorchado, clasificadlJen las partidas Ex. 151.01· y 511.07. ' " .

- Al 30 po~ 100, si el material 81 un hilad., de anchura..ll.o mperlora S mm., forniado·por UD n'Ocleo constituido por una Ura -delgadade aluminio o por una peUcula de materia plástica "8rtif1cial, incluso recubierta de aluminio, habiéndose inf4ertado ., pegado el QucJao" entredos pel1culas de materla plAsUca artlftcilU por medio da una C'?la transparente o 'coloreada.

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15130 I fu]Io 198Ó B. O. 3el E.-Num. 158

Partldadel Arancel

ProductOl obteD1doaTrabalOl' O transformactone. que nO con.nereD el ~ter de producto. orl¡inarlOll

TrabaJoe o' transformacIones queconfieren el carécter de Productollorlglnarlos cuando se cumplen la8

condldoD811 1I1gul811tes

Hilados de- cái\amo.

Tejidos de hilados de papel.

Tel idos de otras fibras textiles vegeta­les.

Hilados de yute o de otras fibras te:¡;·tiles del lfber de la partida 57.03.

Fabricación a partir de. "yute en .bruto. de cables de yute o qeotras fibras' textiles del 11·ber. en bruto, de la partida'57.03.

Fabric8clón a partir de c4ftamoen bruto.

FabricacUm a partir de fibrastextiles vegetales de las par­tidas 57.02 a 51.04.

Fabricación a partir de produc­tos del capItulo 47. de produc­tos quimicos. de pastas tex-.tilas, O de fibras textiles na­turales. de fibras artificialeso sintéticas () de sus desper­dIcios. sin cardar ni peinar.

Fabrkación a partir de yute enbruto. de -cables de yute o de

. otras fibras textiles del Uber.en bruto. de la parUda 57.03.

Fabricación • partir de prOduc­tos de las partidas 57.01. 57.02.57.04 o de hilados de coco dela partida 57.ff1. .

Fabricación a, part'ir' de 'papel,. ptoductos quimicos. pastastextiles o a Partir de fibrastext1les naturales. fibras arti_~

ftclales o sintéticas. disconti­nuas o 8:'0.8 desperdicios.

FabricacIón a partir de produc­tos .de las partidas 50.0l a50.03. 51.01. 53.01 a 53.05, 54.01.55.01 a 55.04. 56.01 a 56.03 Ó57.01 a 57.04.

Fabricación a partir de produc;,toa de las partidas 50.01 a5\03. 51.01. 53.01 a 53.05. 54.01.55.01 a 55.04. 56.01 a 56.03 Ó \57.01 a 57.04 6 con hilados decoco de la partida 57.ff1.

Fabricación a partir de produc·tos de las partidas 50.01 a,50.03. 53.01 a 53.05. 54.01. 55.01a SS.04. $6.01 a 56.03. 57.01 a57.Ot o a partir de productosqwmlcos '? pastas textiles. _

Fabricación a partir de produc~tos de las partidas 50.01 a50.03, 53.01 a 53.05. 54.01, 55.01a S5-.04. 58.01 a 56.03 o a pañJ.rde productos quimicos o pas­tas textiles_

FabrlcaclÓD en la que el valorde las productos utilizados noexceda del 50 por 100 del va,.lor del producto acabado.

Fabricacl6n a partir de fibras, naturales o de productos quí­

mico. o pastas textiles.FabricaciÓD a partir de fibras

naturales o de productos qw­micos o pastas textiles..

roa­en­en

Tules. tules-boblnots '1 tejidos del1as anudadas (raeU. labrados;cajes (a mano o a mAquina)piezas. tiras o motivos.

Guatas y. artículos de guata; tundiz..nos, . nudos y motas. de materlastextileS.

Fieltros y artículos de fieltro. excep­to los fieltros punzon&dos. inclusoImpregnados o con bailo.

Bordados de todas clases. en piezas.Uras o motivos.

TeJido's de n,tte o de otras fibras tex­tiles del lioer de la parUda57.03.

Terciopelos. felpas, tejidos rizados ytej idos de oruga o felpilla (cehenl- ~llea) , con exclusión de lo articulosde las partidas 55.08 y 58.05.

Alfombras y tapices de punto anudadoo enrollago, incluso confeccionados.

Otras a1fombru y tapices, incluso con·feccionadoS; tejidos llamados ..Ka­11m., ..Soumak., .Karamanle. yanA·

, lagos, incluso confeccionados.

Hilados de otras nbt1i8 textlles vege­tales. con exclusión de los hiladosde cát\amo. .

.Hilados de' papel.

58.01 (2)

".04 l2l

58.01 (<)

57,10 (2)

88.10 C4J

58.09 (4)

57.06 (11

".02 (2)

Ex. 57.(11 fU

Ex. 57.11

EX.57.en

Ex. 57.11 (3)

Ex. 57.m eu

1Ix. 58.02 W

UJ En 1011 hUadoll constltuldoa por dos ° mAs materias tutU... 1.., condicloDee Indleadu en Hta Ust&debelll CNJDpJlne tamb161l1 respec­to .. cada una de las partldaa en que lMt claaificlll1an 1011 hilados de la. otras materlu textlIee que constituyen el hilado compuesto. Sin 8m­barIO. esta norma no se aplica a la materia o materlas tutilee. curo p eeo no ueeda del 10 pOr 100 del peso t.otal de las materi.. textil.. 1D.~corporada.a.

(JI En b tejldoa constttutd~ por dos o mAs tDatenu tfttU... la. condtclon.. mellcad.. lI!l .ta J.1ata debertn cumpl1ne' te.u:.bl~n resp8l>lo .. cada una de las parudaa en que .e c14lllttcarfan los tejida. 4. la. otru materlu texUl.. que constituyen el teJido compuesto. Sin em­barIO. esta norma no se aplica .. la mater1a o materlu tuUI. cu.1O PilO DO aceda del 10 por leO del P8I9 total d. 1M mate11u textil. bl-corporadaa. Z..:.e pOI'Cen~e se eleva.rA: .

- Al 10 pOr lep, lIi el materlaJ. .. UD bllado de pOUureti.no MlIDt'Dtado. ClO1l Mamentol neztbl.. 4e polWeier.. tl.aluso entotehado,' cwificacloen las -partldaa Ex. 51.01 , SS.07. . .

- Al 30 por 100, lIi el materlá~ .. UD hilado de anchura DO IUperlor .. IJ ZDJIl.. formado pOr UD nCcleo ,0Dstltuido por uDS tira. delgadade alum1Dio o por una pelleuIa de materia plA.stlca artificial. Incluso recubierta de aluminio. habiéndose ln8ertado y pelado el núcleo entre dOl"peUcuJaa de tnater1a plAatica art:1flc1al ~ medio de una ooIa tnmsparente O: coloread&. . . ....

fI) El miamo tezto de la no&a fI) de la P6cma -.t6J El mllr:Jlo texto de 1& no&a {U de la PAatna ..

¡

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:s. O. ílel E.-Niím.158 j JuDo 19811 I5t31

Partidadel Arancel

Ex. 59.02 C1l

59.03 (11

59.04 (11

59,05 C1l

59.06 U).

59,07

59.08

59.10 (11

Ex. 59.11

Ex. 59.11

. 59.12

59.15 tU

- 59.16 (ll

59.17 U)

Productos obtenido.

DesCrIpción

Fieltros punzonados. incluso lmpre,­DadOS o con baflo.

•Telas sin _tejer. y artieu!os de -_telassin tejer-, incfuso impregnados ocon bailo.

Cordeles. cuerdas y cordajes, trenza­dos o, sin trenzar.

Reaes fabricadas con 1as materias c1.tadas en la partida Mi.04. eh trozos,piezas o formas determinadas; redespreparadas para pe~car. de hilados,

. cordeles o cuerdas.Otros artículos fabricados con hila­

dos, cordeles, cUerdas o cordajes. conexclusión de los tejidos y de los ar­ticulas "hechos con estos .tejidos.

Tejidos con bañ"o de cola o de mate­rias amiláceas. del tipo utiliza.do enencuadernación, cartonaje, estuch~ría o usos analogos (percalina-recu­bierta, etc.>: telas para· calcar otransparentes para dibujar; telas pre­paradas para la pintura; bucarán ysimilares para sombrerería.

Teji~os impregnados con"' baño o re­cubiertos de derivados de 1& celuio­sa o de otras materias plásticas arotificiales y tejidos estratificados conestas mismas materias.

Linóleos para cualquier uso, .recorta.­dos o no; cubiertas para suelos, con",sistentes en una capa aplicada so-­bre soporte de materias textiles, re­cortadas o no.

'rejidos cau~hutados que no·sean depunto, con exclusión de ·los tejidosde fibras textiles sintéticas conti­nuas o de los productos constituidospor hilados paralelizados de fibrassintéticas continuas, impregnados orecubiertos con látex de caucho quecontengan en peso, por lo menos,90 por 100 de materias textiles uti-·lizadas para la fabricación de nue­mAticos o para. otros usos técnicea.

Tejidos cauchutados que no sean depunto, constituidos por teUdo de fi­bras textiles sintéticas continuas opor hilados paralelizados de fibrassintéticas continuas. impregnados orecubiertos de láte:z; de· caucho quecontengqn, en peso, pOr lo menos,90 por 100 _de materias textiles. ut!­lizad8s para la fabricación de nue­rná ticas o para otros usos técnicos.

Otros telidos impregnados o con baño•lienzos pintados para decoracionesde teatro, fondos de estudios o usosané.logos

Teiido!:' elasticos (que no sean de pun­to), formados por materias textilesasociadas a hilos de caucho. _

Mangueras y tubos ané.logos, de _ma­terias textiles, incluso con armadu­ra.$ o accesorios de otras materias.

Correas transportadoras o de trasml·sión, de materias textiles. inclusoannadas.

Tej idos y artículos para usos técnicos,de materias textiles.

Trabajo. O transfoImllCioJ1ell Que no ClOJI..Cieren el. C&rActer de producto. orl6inariOl

TrabalOl o UansIonnaclone. queconfiern. el carA.cter de productosori6inarios cuando se cumplen las

condiciones siguientes

Fabricación & partir de fibrasnaturales de productos quími­cos 9 de pastas textiles o &partft de fibras o filamentoscontin'll.os de pol1propUeno detitulo inferior a 8 denten. eu­yo valor no exceda del .fO por100 del valor del producto aca­bado.

Fabricación a partir de fibrasnaturales, de productos quími.cos o de pastas textiles.

•FabricaciÓD a partir de fibrasnaturales, productos químicoso pastas textiles o a partir dehilados de coco de la Parti·da 57.f17.

Fabricación a partir de fibrasnaturales. productos químicoso pastas textiles o a partir dehilados de coco de la pani,da 57.07.

Fabricación a partir de fibrasnaturales, productos químicoso pastas textiles o a partir dehilados de coco de la parU.da '7.07.

Fabricación a partir de hilados.

Fabricación a partir de hilados.

Fabricación a partir de hiladoso de fi bras, textiles.

Fabricación a partir de hilados.

Fabricación a partir de produc~

tos químicos,

Fabricación a partir de hilados.

Fabricación a partir de hilados.·sencillos.

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas 50.01 a50,03,' 53.01 a 53.05, M.01, 55.01a 55.04. 56.01 a 56.03 6 57.01a 57.04 o a partir de productostos químicos o pastas textiles.

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas 50.01 a

·SO,03, 53,01 a 53.05, 54.01. 55.01a 55.04, 56.01 a 56.03. ó 57.01a 57.04 o a partir de productosquímicos o pastas textiles.

Fabricación a partir de produc­tos de las partidas SO.Ol a50.03, 53,01 a 53.05. M.Ol, 55.01a 55.04. 56.01 a 56.03 6 57.01 a57,04 o a partir de productosquímicos o pastas textiles.

(11 La .mtsma nota- de la pl1jrlna 2OB.

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'1513"2

Partidadel Arancel

Ex.capítulo 80(1J

Ex. 60.02

Ex. 60.03

Ex. 60.04

Ex. 60.05

Ex. 60.06

'Ex. 61.01

Ex. 61.01

Ex. 61.02

Ex. 61.02

Ex. 61.0'2

61.03

61.(M

Ex. 61.05

Ex. 61.05

Ex. 61.06

Ex. 61.06

Prod,ICt08 obtenidoll

Descripción

Género!! de punto, excepto los obteni­dos por cosido o por la unión de pie­zas de género de punto (cortadas uobtenid6-S directamente con' su for­maL

Guantes y similares de punto no alás·tico y sin cauchutar. obtenid.os porcosido o por la.unión de 'piezas degénero de punto (cortadas ti obteni­das dirE'Ctamente COD su, formal

Medias. escarpines. calcetines, salva­medias y articulos análogos de pun­to no elásticQ y sin cauchutar. obte­nidos por cosido o portauni6n de pie­zas de género de punto ~cortadas uobtenidas directamente con su for­mal.

Ropa interior de. punto no elástico ysin cauchutar. obtenidos por cosidoo por·la unión de piezas de génerode punto (cortadas u obtenidas di­rectamen te con su formal,

Prendas de vestir ~xteriores, accesoriospara las mismas y otros artículos depunto no elástico y sin cauchutar.obtenidos por cosido o por la uniónde piezas ae género de punto (cor­tadas, u obtenidas directamente consu forma).

Telas en pieza y otros artículos fin...c1uidas las rodilleras y las mediaspara varices) de punto elástico. y depunto cauchutado. obtenidos por co­sido o por la unión de piezas de gé·nero de punto !cortarlas u obtenidaSdirectamente con -su forma),

Ropa exter-ior para hombres y/ niñoscon exclusión de los equipos igní­fugos de tejido revestido con unalámina delgada de poliésteralumi­nizado,

Equiaos ignífugos de tejido revestidocón una lámina delgada de poliés­ter aiurr.inizado.

Ropa exterior para mujeres, niñas yprimera infancia, sin bordar, COIlexclusión de los equipos ignífugo~de tejido revestido con una láminadelgada de poliéster aluminizad",

Equipos ignífugos de tejido revestide'con una lámina delgada de poliéste!"aluminizado.

Ropa exterior para mujeres, niñas yprimera infancia. bordados.

Ropa interior, incluidos los cueIJos. pe.cheras y puños. para hombres y ni­ños.

Ropa interior para mujeres. niñas yprimera infancia.

Pañuelos de bolsillo, sin bordar.

Pañuelos de bolsillo, bordados.

Mantones, chales, pañuelos. bufandas.mantillas. velos y análogos, sin bor­dar.

Mantones. chales, pañuelos, bufandas.mantillas, velos y análogos, borda·dos.

:1 julio 1980

Trabajos o transformacioDu que DO con­fieren el can\.c:ter de productos originarlos

S. O. í'lel E.-Niím. 158

Trabajo. o transform.acionu queconfieren el carActer de productosoriginarios cuando se cumplen las

condicIones stguient,ea

Fabricación a partir de fibrasnaturales. cardadas o peina·das, de productos de las par­tidas 56,01 a 56.03. de produc·tos químicos o de pastas tex­tiles.

Fabricación a partir de hila­dos tu.

Fabricación a partir de hila­dos (2).

Fabricación a· partir <le hila­dos (3),

Fabricación a partir de hila­dos (3}.

Fabricación a partir de hila·dos (31.

Fabricación a partir de hila·dos (3) (4). \

Fabricación a· partir de tejidosin revestir cuYO valor no ex­ceda del 4.0 por 100 del valordel producto acabado fU (2).

Fabricación a partir de hila­dos (3; (4).

Fabricación a partir de tejidosin revestir cuyo valor no ~x­

ceda del 40 por 100 del valOrdel producto atabado (3) (4).

Fabricación a partir de teJidosin bordar cuyo valor no ex·ceda del 40 por 100 del valorC:el producto acabado <:lJ,

Fabricación a partir de hila·dos (3) (4).

Fabricación a partir de hilados(31. (5).

Fabrica.::ión a partir de hiladossencillos crudos (3).· (S) Y (6).

Fabricación a partir de tejidossin bordar, CUyo valor no ex·-ada del 40 por 100 del valordel productQ acabado (3).

Fabricación a partir de hiladossencillos crudos de fibras tex­tiles naturales o de fibras dis­continuas artificiales o sinté­ticas o de sus desperdicios oa partir de productos qUÍmi­cos o pastas textiles, {3}, (5).

Fabricación a partir de tejidossin bordar, cuyo valor no ex­ceda. del· 40 por 100 del valordel producto acabado (3).

(1) La misma nota de la página 208.(2) Los adornos y accesorios utlli.zados (excluidos los forrol y entretelas] que cambian de partida arancelaria DO privan al artículo obtentd'l

del carácter de producto originario si su peso no ucede del 10 por ·100 del total de las materlas texttles incorporadaS.(3) Es la nota 2 de la página 212.(4) Estas disposiciones no son aplicables a 105 productos obtenidos con tejidos estampados de acuerdo con 188 condiciones establecitlas en

la llsta B.(5) Es la Dota 2 de la página 213,(6) En 109 productos obtenidos con dos o más mat.,!rtas textiles, esta norma no es aplicable • la materia O materias textiles mercladas

si IU peso o sus pesos no exceden del 10 PQr 100 del pellO to\&l de las ma.terias textiles lncorporadu.

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·i·

B. O. (Jel E.-l\JUm:.· 158 I JuRó 1980

65.03 Sombreros y demé.s t~cados de fieltro,fabricados con cascos o platos de lapartida 65.01, estén o no guarnecidos.

65.05 Sombreros y demlLs tocados (incluidaslas redes y redecIllas para el cabello)de punto o confeccionados de teJidos,encajes o. fieltros (en piezas, pero noen bandas), estén o no guarnecidos,

. 00.01 Paraguas, sombrillas y quitasoles, in·cluidos los paraguas-bastón y 101quitasoles-toldo y ·análogos:

Ex~ 70,07 Vidrio colaclo. o laminado y .vidrio deventanas_ (estén o no desbastados­o pulidos), cortados en forma distin­ta de la cuadrada o rectangular, obien curvados atrabajados de otraforma. (biselados, grabados, etc,) i vi­drieras aislantes de paredes mul­tiples.

l1J Ea la nota (2J de la pAgina 211.(2) Es la nota (2) de la pAgina 213.U1l Es la Dota (3) de la pArina 21t.

Parlldadel Arancel

61.<>7

61.08

Ex. 61.10

. Ex. 61.10

Ex. 61.11

Ex. 61.11

62.01

Ex. 62.02

Ex. 62.02

62.03

62.04

Ex. 62.OS

64.01

64.02

64.03

64.04

Productol obtenidol

Descrlpcl6A.

Corbatas.

Co~és. cinturillas, fajas, sostenes ti­rantes. lignaros, 11 g a s y arti~olanálogos. de tejidos o' de punto. in-cluso elásticos. .

Guantes y $imi1ares. medias y calce­tines, que·no seán de punto. -con ex·clusi6n de los equipos ignffugos de.tejido revestido con una lamina del­gada. de poliéster aluminizadO.

Equipos ignífugos de tejido revestidocon una lámina delgada de poliés-ter aluminizado. --

Otros accesorios confeccionados pArap.rendas de vestir: sobaqueras, hom­,breras, cinturones, manguitos. man·gas protectoras. etc., -con exclusi6IJ,de los cuellos, esclavinas, tocas, pe­cheras. chorreras. puños. volantes,hombreras y accesorios'·" adornossimilares para prendas femeninas,·bordados.

Cuellos.' esclavinas, toc&&!. pecheras,gorgueras, puños. volantes, canesu8sy accesorios y.adornos similares paraprendas femeninas, bordados.

Mantas.

Ropa de cama, de mesa, de tocador -ode cocina; cortinas, visillos y otrosarticulas de moblaje, sin bordar. .

R,opa de cama, de mesa, de tocador ode "cocina; cortinas, visillos y otrosarticulas de moblaje, bordados. -

Sacos y talegas pa~a envasar.

Velas para - embarcaciones, toldos detodas clases, tiendas y otros articu­las anaJogos para acampar. -

Otros artículos confeccionados con te­:jidos, incluidos los patrones paraVestidos, excepto los ábanicos y suspartes. .

·Calzado con suela y paríe superior decaucho o de lhateria plastica arti­ficial.

Cal~ado con suela de cuero natural.artificial o rygenerado; calzado consuela de caucho o de materia plAs­tiea artificial (distinto del '(¿ompren­dido en la partida M.oH.

Calzado de madera o con piso demadera o de corcho. . ,

Calzado con piso de otras materias. (cuerda, cartón, tejidos, fieltro, etc'>.

TrabaJOI o transformaciones que DO oon·fieren el .c:aricter de pr-oductol OrieJ,narlOI

Fabricáción a partir de palas unidas,ya a la plantilla o a cualquier otraparte del piso, pero sin las suelas, decualquier materia.. excepto el metal.

Fabricaci6n a partir de palas unidas,ya a la flantilla o a cualqUier otra

. parte· de -piso, pero sin las suelas,de -cualquier materia, excepto elmetal.

Fabricación a partir de palas unidas,ya a la plantIlla o a cualquier otraparte del piso, pero sin ias suelas, de-cualquier materia~ excepto el metal.

Fabricaci6n a partir de palas unidas,ya a la plantilla oa cualquier otraparte del piso, pero sin las suelas, decualquier materia, except~ el metal..

Fabricación a partir de .vidrio esUra­do, colado o laminado de las parti­das 70.04 a 70.06,

Trabsit"t o transformaciones queconflenm. .1 can\cter de productosorl,1I1arlol cuando le· cumplen lu

c:ondldones slgulent81

Fabricaci6n a partir de hilado.(1). U)'

Fabricación a partir de hilado.m. (2),

Fabricación a partir de hiladoam, (2).

Fabricación a partir de tejidossin revestir, cuyo valor no ex.ceda del 40 por 100 del valordel producto acabado (U

i(2).

Fabricaci6n a partir de hi adosm, (2).

Fabricación a partir de teJiq08sin bordar, cuyo valor no ex­ceda del 40 por 100 del valordel p: .J.ucto acabado (IJ.

Fabr' .ci6n a partir de hiladoscrudos de los capitulos 60 a56. (2) (3).

Fabricaci6n a partir de hiladossencillos crudos (2) (3).

Fabricación a partir de tejidossin bordar, cuyo valor no ex­ceda del 40 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación a partir de produc­tos químicos, pasta para teni·leso a partir de fibras textilesnaturales, de· fibras disconti­nuas artificiales o sintéticas ode sus desperdicios (21 (3).

Fabricación a Partir de hiladossencillos crudos (2) (3).

Fabricaci6n en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 40 por 100 del valordel producto acabado,

Fabrioación • partir de fibraatextiles.

Fabricación a partir de hlladOlo de fibras textllea.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

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Z /ulIo '1980 B. O,. ifelE.-Num. 158

Parlldadel Arancel

Producto. Clbtenidoa

Descripción

Trabajos O transformaciones que no con­fieren el carécter de productos originarios

Trabajos O transformaciones queconfieren el carácter de productosoriginarios cuando lIe cumplen las

co:ndlCiones efgutentell

Fabricación a partir de produc·tos de la partida 73.06.

Fabricación en la que el valorde 105 productos utilizados noexceda del 50 por IOr¡ del valordel producto acabado (~J.

de

Fabricación a partir de productos dela partida 73.06.

Fabricación a partir de productos dela partida 73.07.

Fabricación a partir de productos delas partidas 73.07 Ó 73.08.

Fabricación a partir de productos dela partida 73.07.

Fabricación a partir de productos delas partidas 73.07 a 73.09 Ó 73'.13.

Fabricación a partir de productos delas partidas 73.07 a 7309

Fabricación a partir de productosla partid~ '13.10.

Fabricación a partir de vidrio estirado.colado o laminado de las partidas70.04 a 70.06.

Fabricación a partir de vidrio estIrado.colado o laminado de las partidas70.04 a 70.06.

Fabricación a partir de productos de, las partidas 73.07 a 73.10, 73.12 ó 73.13.

Chapas, planchas, hojas y tiras de co­bre. de espesor superior a 0,15 mm.

Barras, perfiles y alambres, de cobre.

Accesorios de cobre para tuberías (em­palmes, codos. Juntas. manguitos,bridas. etc.).

Hojas y tiras delgadas, de cobre Un·cluso gofradas, cortadas. perforade.s,recubiertas, impresas o fijadas so­bre papel, cartón, materias plásticasartificiales o soportes similares), de0.15 mm., o menos. de espesor (sinincluir el soPorte).

Polvo y partlculas, de cobre.

Tubos (incluidos sus desbastes) y b.a~rras huecas. de- cobre.

Barras de hierro.o de acero obtenidasen' caliente por laminación, extru­sión o forja (incluido el alambrón);barras de hierro o· de acero obteni­das o acabadas en fr(o¡ barras hUe­cas de acero para perforación de mi­nas.

Perfiles de hierro o de acero obteni­dos en caliente por laminaci6n, ex­trusión, forjado, o bien obtenidos oacabados en fria; tablestacas d2 hie­rro o de acero, incluso perforadaso hechas de elementos ensamblados.

Flejes de hierro o de acero, laminadosen caliente o en frío.

Chapas de hierro o de acero, lamina­das en caliente o en fria.

A. ..l.mbres de' hierro O de acero, des­nudos o revestidos, con exclusión delos alambres aislados utilizados co­mo conductores eléctricos.

Elementos para. vías férreas, de fun­dición, hierro o acero; carriles, con­tracarriles. agujas, punta de cora­zón. cruces y cambios de vía, vari·llas para mando de agujas. crema­lleras, traviesas, bridas,- cojinetes ycuñas, placas de asiento, bridas deunión, placas y tirantes de separa­ción y otras piezas especialmenteconcebidas par a la colocación. launión o la fijación de carriles.

Tubos (incluidos sus desbates) de hie­rro o de acero, con exclusión de losartículos de la' partida 73.19.

Lunas O vidrios d~ seguridad, inclusocon forma, que consistan en vidriotomplado o fonnado _'JOt dos o máshojas contrapuestas.

Espejos de vidrio con maree o sin él,incluidos los espejos retrovisores.

Manufacturas de pr;trlas finas, de pie·dras preciosas y semipreciosas. o depiedras sintéticas o reconstituidas.

Hierro y acero en desbastes cuadradoso rectangulares (.blooms.) y palan­quilla; desbastes planos (.slaba.) yllantón¡ piezas de hierro y de acerosimplemente desbastadas por forja opor batido (desbastes de forja).

Desbastes en rollo para chapas (.coila.. ),de hierro o acero.

Planos universales de hierro o acero.

74.08

74.08

74.07

71.15

70.08

74.03

73.18

74.06

73.18

73.07

70.09

73.08

73.09

73.10

73.12

73,13

73.14

73.11

14.10

Fabricación a partir de produc·tos de 1 a s partidas 73.06. y.73.07, o de la partida 73.15. enlas formas especificadas eDlas partidas 73.06 Y' 73.07.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel Producto acabado, (l).

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados no

. exceda del 50 por 100 del valordel producto $Cabado. (l). ,.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado. U).

Fabric8.ción en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado. (2).

Fabricación' en la que· el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valor

.del producto acabado. (2).Fabricación en la qUe el valor

de los productos utilízados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado. (2).

Cables. cordajes, trenzas y análogos, Fabricación en la que el valorde alambre de cobre, con exclusión de los productos util'izados node los articulos aislados para usos exceda del ~ por 100 del valoreléctricos. del producto acabado. (2J.

(I) Es~ disposiciones no se aplican a los producto. obtenido. de o trOJ que ya harI. adquirido el car4cter de productos originario. de acuerdóCOA las condIciones establecidas en la I1l1ta B. ... _ •

(J) Ea la misma Dota de pagina 268. t

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8. O.ilel E.-~Um. 158 z JulIo 198Ó '15135

PartIdadel Aranc:el

7Ul

7UI

7UI

7U7

7UI

74.18

75.02

75.03

75.04

75.06

75.06

76.02

76.03

76.04

76.05

76.06

76.08

Productol obtenido.

Desc::r1pclÓll

Telaa metálleal Uncluld.. 1aa tel..continuas o sin fiD) y enrejados, de.alambre de cobre; chapas o banau

."extendidas, de cobre.Puntas, clavos. escarpias puntiagu­

das. ganchos., chinchetas.- de cobreo con espiga de hierro o de acero .,cabeza de cobre;- pernos y tuercu(fileteaa08 o no). tomillos. armellaay ganchos con paso de rosca, rema­ches. pasadores. clavijas. chavetas yarticulós similares de pernería. y tor­nillerfa, de cobre; arandelas (inclu1­das las are.ndelas abiertas Y las depresión) de cobre.

Muelles de cobre.

..A,paratos no eléctricos de cocción y decalefacción de loe tipos utilizados pa­ra usos domésticos, as1 como sus par­tes y piezas sueltas, de cobre.

Artículos de uso doméstico y de higie­ne 7 sus ,partes, de cobre.

Otras manufacturas de cobre.

Barras, perfiles y alambres, de niquel.

Chapas, planchas, hoja.sy tiras, decualquier. espesor, de niquel, palvo­y particulas, de niquel.

Tubos (incluidos sus desbastes), ba­JTas huecas y accesorios para tube·rías (empalmes, codos, juntas, man­guitos, bridaS,' etcJ, de niqueI.

Anodos para niquelar, incluso los ob­tenidos por electrólisis, en, bruto o

. manuf~turados,

Otras manufacturas de niquel.

Barras. perfiles y ~lambres, de alumi­nio.

Cha.pas, planchas, hojas y tiras, "dealuminio, de espesor superIor a 0,20milimetros.

Hojas y ~iras delgadas de aluminio Un­cluso gofradas~ cortadas, perforadas,revestidas, impresas o fijadas sobrepapel, cartón, materias plásticas arotificiales o soportas similares), de0,20 milimetros o menos de espesor(sin incluir el soporte).

Polvo y paniculas, de aluminio.

Tubo"s (incluidos sus desbastes) y baoJTas huecas, de aluminio.

Accesorios de aluminio para tuberías(empalmes, codos, funtas. mangui­tos, bridas. etcJ.

Estructuras y sus partes (hangsres,puentes y elementos de puentes, to­rres, castilletes, pilares o postes. co­lumnas, armaduras, techados. mar­cos de puertas y ventanas, balaus­tradas. etcJ. de aluminio; chapas.barras, perfiles, tubos, etc.• de alu.­minio. preparados para ser utiUza­dos en la construcción.

Trabafos ~ tranlformaclonet QUt DO' OOD.­fiereu tri ca.nictw d. producto. ori4inllI'1Ol

TrabaJot O transformaciones Queoont'ieren el cart.cter d. producto.ort¡ine.riOI cllando te cumplen la..

condicionel liBUientes-.Fabricación en la que el valor

de los productos utUizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado. (l),

Fabricación en la que el valorde 106 productos utUizad08 noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado (U.

Fabricación en la que el valorde 106 preductos ut1l1zados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado (1),

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto ~abado UJ.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 00 por 100 del valordel producto acabado (1). .

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 pElr 100 del valordel. Pt'oducto acabado (lJ.

Fabricación en la que el valorde loe productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado (l).

Fabricación en la qua el valorde loS productos 'utilizados noexceda del 00 por 100 del valordel producto acabado U):

Fabricación en la qua el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado U),

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados DOexceda del 50 por 100 del valor'del producto acabado U).

Fabricación en la que el valorde los productos uUlizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado (lJ.

Fabricación en la que el valorde .los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordal produdo acabado.

Fabricación en la que el valorde 106 productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del SOpor 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorda los productos utilizQdosnoexceda del SO por 100 del valordel producto acabado. .

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del SO por 100 del valordel producto, acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utUizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

(1J El, la misma nota de la pAgina 268.

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15136 I JulIo ToaD B. O. i:Iel E.-:-Niím. 158

- ParUdadel Arancel

76.09

'18.10

'18.11

'18.12

76.15

'16.16

77.02

76.02

76.03

76.04

78.05

78.06

~.02

79.03

'19.04 .

'19.06

60.02

60.03

Productos obtenido.

Qelicrlpcl6n

Depósitos, cisternas. CUQAS y otros re­cipientes análogos, de aluminio. pa­ra cualquier producto (con exclusiónde los gases comprimIdos o licua­dos). de capacidad superior a 300 11·tros, sin dispositivos mecAnicos otérmicos, lncluso con revestimientointerior o calor1lugo.

Barriles. tambores, bidones y otros re­cipientes similares. de aluminIo, pa.­ra el trans.porte o envasado. inclui­dos los envases tubulares rigtdos onexibles.

Recipientes de aluminio para gasescomprimidos o licuado~.

Cables·, cordajes, trenzas y análogos.de alambre de aluminio. con exclu­sión de los articulos aislados parausos eléctricos.

Articulos de uso doméstico y de higie­ne y sus partes, "de aluminio. .

Otras manufacturas de alumInio.

BalTas, .perfiles. alambres, chapas, ho­Jas, bandas, torneaduras calibradas,polvo y part1culas, tubos Uncluidossus desbastes) y barras huecas, demagnesio; las demAs manufacturasde magnesio.

Barras, perfiles y alambres, de plomo.

Planchas, hojas y' tiras, de plomo. de. peso superior a 1.700 g/m2• _

Hofas y tiras delgadas. de- plomo (in·clu,so gofradas, cortadas, perforadas,recubiertas, impresas o fijadas sobrepapel, cartón, materias plásticas ar­tificiales o soportes similares). de pe·so igualo-inferior a 1.700 g/mi (sinIncluir el soporte); polvo y partícu­las. de plomo.

Tubos (incluidos sus desbastes) ,_ barrashuecas y accesorios para tuberías(empalmes, codos; tubos en S parasifones, juntas, manguitos, bridas,etcétera), de plomo.

Otras manufacturas de plomo.

Barras, perfiles _y alambres, de cinc.

Planchas, hojas y tiras, de cualquierespesor, de cinc; polvo ~ partículas,de cinc. .

Tubos (inclutdos sus desbastes), barrashuecas y accesorios para tuberias(empalmes, codos, Juntas, mangui­tos, bridas, etcJ. de cinc"

Otras manufacturas de cinc:

Barras, perfiles y_ -alambres, de esta1io.

Chapas, planchlUl, hoJElB y tiras, de e'~. tafto, de -un pEl60 suP"rior a un kilo­

gramo metro cuadrado.

TrabajOS .0 transformaclon.. que DO OOD·. fieren el car6cter d.. productos 0I'1¡1nari.0I

TrabaJol o' transformaciones que_confieren. el carActer de productosoriginarios cuando " cumplen lae

condiciones siguientes

Fabricación en la que eí valorde los productos utUizados noexceda del 50 por 100 del v&1ordel producto acabado.

Fabricación en la que· el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados DOexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los producto~ ut1l1zadas ;noexceda del 50 'Por 100 del valordel producto acabado.

FabricaciÓn en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos'utilizados DOexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Ji'abricación en la que el valorde los productos util1zados nQexceda del 50.por lOó del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valor-......de los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado U).

Fabricación en la que el valorde loe productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado (U.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados no

. exceda del 50 por 100 del valordel producto acab~do (1).

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado U).

Fabricación en la que el valorde loe productos utilizado::> noexceda del 50 por 100 del valordel producto acsbado.

Fabricación en la que el válorde loe productos utiUzados noexceda del SO por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación. en la que el v.Jlorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que'el valor.de los. productos utU1zados DOexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valor,de los productos ut1llzados noexceda del SO por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde' los producto. utU1zados naexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la, que el valorde los productos utiUzados DOexceda del liD por 100 del valordel producto acabado. ..

.W El 1& IIl1sma Dota de ~ pA¡lna _

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JI. O. elel E.-Núm. 158 ~ julio 1080 TS137.

Partida4el Arancel

80.04:

80.05

82.05

82.06

Ex.capitulo B4

84.15

Ex. 84.41

Ex.capitulo B5

85.14

Productos obtenidos

Delicripción

Hojas yUras delgadas, de estafto (in­cluso gofradas, cortadas. perforadas,recubiertas, impresas o fijadas sobrepapel, cartón, materias plásticas ar­tificiales o soportes similares). depeso igualo inferior a un kilogramometro cuadrado (sin incluir el sopor­teJj polvo yparUculas, de estaño.

Tubos (incluidos sus desbastes). b&­rraa huecas y accesorios para tube­fÍa (empalmes, codos, Juntas, man­

. guitos. bridas, etcJ. de estafto.Utiles intercambiables 'para máqui­

nas-herramientas y para herramien-tas de mano, mecánicas o no (deembutir, estampar, aterrajar. esca­riar. filetear, fresar, brochar, tallar.tornear .. atornillar, taladrar, etcéte­ra). incluso las hileras de estirado(trefilado) y de extrus1ón de los me­

.tales. asf como los üti1es para son­deos y perforaciones.

Cuchillas y hojas cortantes para mé.­quinas y para aparatos mecánicos.

Calderas, .máquinas, aparatos y arte·factos medmicos.' con exclusión delmaterial, máquinas y aparatos' pa·ra la producción de fria con equipoeléctrico o de otras clases (partida.84.15) y las má.quinas de coser (quesólo hagan pespunte) con cabeza.cuyo peso no exceda de 16 kilogra­mos sin motor o de 17 kilogramoscon motor {ex. 84.4ll.

Material. mé.quinas y aparatos parala producción de fria. con equipoeléctrico o de otras clases.

Máquinas de' coser (que sólo haganpespunte) con cabeza, cuyo peso noexceda de 16 kilogramos sin el mo­tor o de 17 kilogramos con el motor.

Máquinas y. aparatos eléctricos y ob­jetos destinados a usos electrotécni·cos, excepto los productos de laspartidas 85.14 u 85.15.

Micrófonos y sus soportes, altavocesy amplificadores eléctricos de bajafrecuencia..

Trabajos o transrormaclonn que DO con­fieren el carácter de productos originarlo.

,

/

Trabajo, o traDaformaclonea que.confieren el car6cter de producto.originarios cuando 8e cumple.a. 1aI

condiciones ¡¡tcuie.a.tea

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valorde los productos utilizados nDexceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Trabajos, transformaciones Omontaje en los que el valorde los materiales y partes OPiezas utilizados no excedadel 40 por 100 del valor delproducto acabado (1).

Tr:ábajos, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes Opiezas utilizados no excedadel 40 por 100 del valor delpr.oducto acabado (IJ.

Trabajos, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes opiezas utilizados no excedadel 40 por 100 del valor delproducto acabado (21.

1rabaios, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes opiezas no originarlos utilizadosno exceda del 40 por 100 delvalor del producto acabado,siempre que, por lo menos, el50 por 100 del valor de losmatertales y partes O pie-:zas (3) utilizados sean 'Dra·ductos originarios.

Trabalos, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes opiezas no originarlos utiliza­dos no exceda del 40 por 100de!""'producto acabado, siempreque:

- por lo menos el 50 por 100del valor de los materialesy partes" o piezas (3) utili­zados en el montaje de lacabeza (excluido el motor)s e a n productos origina­rios. y

- los mecanismos de tensióndel hilo, de la ocanillera ogarfio y de zigzag sean pro·duetos originarios.

Trabalos, transformaciones omontaje en ios que el valorde los materiales r partes Opiezas no originanos utiliza­dos no exceda del 40 por 100del valor del producto aca­bado,

Trabalos, transformaciones omontaje en los que el valorde los materlales y partes opiezas no originarlos utiliza­dos no exceda del 40 por 100

tia

fU Es la misma nota. de la página 268.(2) Estas disposiciones no ea aplican a los elementos combustible. de 'la partida e.Ú", huta el 81 de diciembre de 19M.(3) Para ~terminaI el valor de los productos, ma.terialel , parte. o ,piezas debe tenerse en cuenta 10 sip1entel

al Con respeCto .. los productos, milterlales , partes o piezas or:I ¡¡Inarfó. el primer precio comprobable pagado, o el precio que le paga·por dichos productos, en caso de venta en el territorio del país en el que se hayan reaHudo los trabajos, traD5~ormaclonell o montaje.,b) Con respecto a los demé.s productos, materiales, partes ., pieza •• las disposiciones del ,a.rtfcu1o O de este anejO que determlnal1l

- el valor de los productos lmportados; .- el valor de 108 productos de origen Indetermlnado..

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15130

Partidadel Arancel

!lB.I! .

CApitulo ll5

Ex.capít\lIO 87

Es.capitulo 90

1IO.Q5

Ex. 90.0'('

Productos obtenidos

Descripción

Aparatos transmisores y receptores deradiotelefonía y radiotelegrafía; apa­ratos emisores y receptores de radio­difusión y televisión (incluidos losreceptores combinados con un apa­rato de registro o de. reproduccióndel sonido) y aparatos tomavistasde televisión; aparatos de radioguia.radiodetecci6n, radiosondeo y radio­telemando.

Vehículos y"material para via.!dérreas.aparatos no eléctricos de seftaliza­ci6n para vías de comunicación.

Vehículos automóviles, tractores. V~lodpedos y otros vehículos terres­

I tres, excepto .los productos de la par.tida 87.09..

Motociclos y velocfpedos con motorauxiUar, con sidecar O sin él; side­cares para motociclos y velocfpedosde cualquier clase, presentados ais­ladamente.

Instrumentos y aparatos de óptica, defotografla y de cinematografla. demedida. ce comprobación y de preci.sión; instrumentos y aparatos mé­dico-quirúrgicos. con exclusión delos productos de las partidas 90.05,90.(.7 (excepto las lAmparas y tubospare. la producción de luz relAmpagode encendido eléctrico), 90.08. 90.12Y ·90.26.

Anteojos de larga vista y gemelos, conprismas o sin ellos.

Aparatos fotográficos; aparatos y dis­positivos. incluidas las lé.mparas ytubos, para la producci6nde luz re­lAmpago en fotograf1a, con exclusiónde las lAmparas y tubos d~ descarga

2 Julio 1980

Trabajos o transformaciones que no COD­fieren el carflcter de productQS ortgtD.arlo~

. B. O. ael E.-Niim. 158

Trabajos o transformaciones qUeconfieren el caré.cter de productosoriginarios cuando 88 cumplen lu

condicionea siguientes

del valor del producto acaba.do, siempre que:

- por lo· -menos el 50 por 100del valor de los materialesy Partes o piezas (l) uti­lizados sean productos ori­ginarios, y

- el valor de los transistoresno originarios utiliza.dós noexceda del 3 por 100 delvalor del producto acaba­do (2).

Traba1os, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes opiezas no originarios utiliza­dos no exceda del 40 por 100del- valor del producto acabErdo, siempre que:

- por lo menos el 50 por 100del valor de los materialesy partes o piezas (3)-- uti­lizados sean productos ori­ginados sean productos ori­ginarios, y

- el valor de los transistoresno originarios utilizados noexceda del 3 por 100 del va­lor del producto acaba­do (4).

f.rabaios, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes ypiezas utilizados no excedadel 40 po~ lOO del valor delproducto acabado.

lrabaios, transformaciones omontaje en los que el valorde los materiales y partes ypiezas utilizados no excedadel 40 por 100 del valor delproducto acabado.

Trabajos, transformaciones omontaje en los 1ue el valor delos materiales y partes y pie­zas no originarios utilizad.os

- no exceda del 40 por 100 delvalor del producto acabado,siempre que, por lo menos, el50 por 100 del valor de los ma­teriales. partEls' y piezas (3)utilizados sean productos ori­ginarios.

Traba1us, transformaciones - omontaje en los que el valor delos materiales y partes y pIe­zas utilizados no exceda del40 por 100 del valor ·del pro­ducto acabado.

Trabajos, transformaciones omontafe en los que el valor delos materiales y partes y pie­zas no originarios utilizados"lO exceda del 40 por 100 delvalor del producto acabado,siempre que. por lo menos, el50 par 100 del valor de losmateriales. partes' y piezas (3)utilizados sean productos ori­ginarios.

Trabajos. transformaciones omonta1e en los que el valor delos materiales y partes y pie­zas no originarios utilizadosno exceda del- 40 por 100 del

(¡) Para determinar el valor de lo. productos, materiales '1 parteI d pleu.a debe tenerte eD. cue.ta lo sIguiente:aJ Con respecto a 108 producto•• materiales ., partee O plezaa Originarlos, el Primer precio eomprobable pagado o el precio -tlue se pagarla

por dIchos produeto!l en cuo de venta en el territorio del país en el qu e se hayan realizado los tratlajos. transformaciones o ~ontaJe.. b) Con respecto a los demú productos, materiale&, partes '1 pieus. lu disposicion,. del arUculo O de este anejo que determinanl.

- El valor de los productos tmportados. -- El valor de los productos de origen indetermInadO.(J) Este porcentaje DC!t es· acumulaUvo con el del to por 100.

(3) Nota IlJ de la pAgina 283,(4.1 Nota (JJ de la páiPna 28t.

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i. O. -Gel E.-Nimí.. 158 2 Mio 1980 15139

,

Partidadel Arancel

1lO.08

g().12

E•.capitulo 91

91.04

91.08

E•.capítulo 92

92.11

ProducROI obtenido.

Descripción

de la partida 85.20. excepto las lám,­paras y tubos para la ,roduccl6n deluz relámpago de encendido eléctrico.

Aparatos cinematográficos (tomavistasy de toma de sonido, lnclusocombi·nados; aparatos de proyección conreproducción de ~onido o sin ella).

Microscopios ópticos. incluidos los apa­ratos para microfotografia, microci·nematograffa y microproyección.

Contadores de gases, de líquidos y deelectricidad, incluidos los contadoresde producción. control y. compro­

.'baci6n.

Relojería, con exclusión de los produc­tos d~ las partidas 91.04 6 91.08.

Los demás relojes (con mecanismo queno sea de" pequei'lo volumen) y apa­ratos de relojería similares.

y

Otros m~canismos de relojerla termi­nados.

Instrumentos de música¡ aparatos rarael regj~tro o la reproducción de 80­nido; aparatos para el r~glstro-o lareproducción de imAgenes y de 80ni·do en televisión; partes y accesoriosde esto~ instrumentos y aparatos,con exclusión de los productos ·de lapartida 92.11.

Tocadiscos, aparatos para -dictar ydemás aparatos para el registro o lareproducción del sonido, incluidaslas platinas de tocadiscos, los gira­cintas y girahilos, con lector de so­nido o sin él; aparatos para el regis·tro o la reproducción" de Imágenes yde sonido en -televisión.

TrabaJo' o tr&nsformaclon81 que no OOD­fieren ~ carácter de productos onginarioa

Trabajos o transformaciones queconfieren eJ, caract&r de prod UCtosoriginarios cUlUldo se cumplen las

concliclOnes siguientes

va.lor. del prodúcto acabado,siempre que. por 10 menos, el50 Jor 100 del valor de los mer­teriales, partes y piezas (Uutilizados' sean productos ori­ginarie s.

Tra ba jos, tranJformaciones o·monta' e en los que el valor delos materiales y partes y pie"zas no originE.rios utilizadosno exceda del 40 por 100 delvalor d~1 producto acabado,siempre que, por lo menos, el50 por 100 del valor de los ma~

terld.les, partes y piezas fUutilizados sean productos ori­ginarios.

Tr&bajos, transformaciones omontaje en los que el valor delos materiales y partes l pie­zas no originarios utilizadosno exceda del 40 por 100 delvalor del productf) acabado,siempre que, por lo menOs, el50 por 100 del valor de los ma­tenales, partes y pieZli-S U)utilizados sean productos ori­ginarios.

Traba;os, transformaciones Omontaje en los que e; valor delos materiales y partes y pie-'zas nc.. originarios utilizadosno "exceda del 40 por 100 delvalor del producto acabado,sie:npre que, por lo menos. el30 por 100 del valor de los ma­teriales, partes y piezas (1)utilizados sean productos ori­ginarios.

Tr a ba i G s. transformaciones omontaje en los que el valor delos materiales y partes o Pie­zas no exceda del 40 por 100del valor del producto aca~

bada.Tr a b a }os. transf9rmaciones o

montaje en los que el valor delos materiales y partes y Pie~

zas no originarlos utilizadosno exceda del 40 por 100 delvalor del producto acabado.siempre que, por lo menos, el50 por 100 del valor de los ma~

teriaJes, partes y piezas U)utilizados sean productos ori~

ginarios.Trabalos, transformaciones o

montaje en los-qUE! el valor delos materiales y partes o Pie­zas no originarios utilizadosno exceda del -40 por 100 delvalor del· producto acabado,siempre que, por lo menos, el50 por 100 del valor de los ma­teriales y partes o piezas (Uutilizados sean productos ori~dnarios.

Trabal~s, transformaciones ,omontaje en los que el vaior delos materiales y partes o pie­zas utilizados no exceda del40 por 100 del valor del produc­to acabado.

Tra:Ja)os, transformacione. omontaje el. los que e~ valor delos materlales, partes o piezasno originarios utilizados noexceda del 40 por 100 del va.­lor del producto acabado.siempre que:

(l) Nota (l) da la ptil'lna 28S.la) Nota de la p&g1na 2lK.

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15140

Partidadel Arancel

Capitulo 9;!

Ex. 96.01

97.03

98.01

98.08

03.02

07.04

Os..l~

Es.OUl

Ex. 11.04

Ex. 11.0(

16.04

16.05

20.01

20.02

20.03

20.04

20.05

20.06

t

Productos 'obtenIdos

Descripción

Armas y municiones.

Artículos de cepillería (cepillos, cepi­·Uos-escoba, brochas, pinceles y aná­lagos), incluidos los cepillos queconstituyan elementos de, maquina­ria: rodillos pata pin~ri raederas decaucho O de otras materias flexiblesanálogas.

Los demás fuguetes; modelos reduci­dos para recreo.

Botones. botones de presión, gemelosy similares <lncluisa los' esbozos yformas para botones y las partes debotones).

Cintas entintadas para máquinas deescribir y cintas entintadas atroila­reos, montadas o no sobre carre~esi

tampones impregnados, o no, con ca·la o sin ella. .

Pescados secos, salados o en salmue·ra. pescados ahumados, incluso coci­dos antes o durante el ahumado.

Legumbres y hortalizas, desecadas,deshidratadas -o evaporadas, inclusocortadas en trozos o rodajas, o bientrituradas o pulverizadas, sin nin.alguna otra preparación.

Frutas cocidas o sin cocer, congeladas,sin adición de azúcar.

Frutas tropicales, conservadas provi­sionalmente (por ejemplo, por mediode gaa sulfuroso, o en agua salada,azufrada-o adicionada de otras sus­tanetas q u e 6!¡eguren provisional­~nte su conservación), pero impro·pias para el· consumo, tal como sepresentan.

. Harinas de las legumbres de vaina se­cascomprendidas en la partida 07.05.

H.arina de plátanos. .

Preparados y conservas de pescado, in­cluidos el caviar y sus· sucedá.neos.

Crustáceos y moluscos preparados :Oconservados. .

Legumbres, hortalizas ., frutas, pre­paradas o conservadas en vinagre oen é.cido acético, con sal. especias,mostaza o azúcar o sin ellos.

Legumbres y hortalizas preparadas Oconservadas, sin vinagre, ni ácidoacético.

Frutas congeladas con ádición. de azú­car.

Frutas, cortezas de frutas, plantas ys u s partes, confitadas con azúcar(almibaradas. glaseadas o escarcha­das),

Purés y pastas de frutas. compotas. 1a­leas y mermeladas. obtenidos por.cocción, con o sin adición de azúcar.

Frutas preparadas O conservades deotra forma" con o sin adición deazúcar o de alcohol.

2 jull() 1980

Trabajos o transformaciones que DO con:fieren el Cfl.rActer de productos originarios

SJi:CCION n-

Secado, salado, incluso con Salmuera:&hum.ado, incluso cocido.

Secado, deshidratado, eVapor a ció n,cortado, partido. pulverizado de le­gumbres y hortalizas de las parti­da~ 07.01 a 07.03, in~lusive.

. Congelado de .frutas.

Introducción en salmuera o en otras so­luciones de las frutas de las parti­das 08.01 a 08.09.'

Fabricación a partir de legumbres yhortalizas secas.

Fabricación a partir de frutas Ciasifi·cadas en elcapftulo 8.

Fabricación a partir de productos cla­sificados en el capitulo 3.

Fabricación a partir de productos cIa·lineados en el capitulo 3.

Conserva de legumbres y hortsl1zaa.

a. O. ílel E~"";'Niím. 15(1

Trabajos 'o transformaciones queconfieren el carl.cter de productosortgiA&rI.08 cuando se cumplen- las

condiciones si¡ulentes .

- Por lo menos el 50 Ilor -100del. valor de los materiales ypartelt o pIezaS (l) utillzados

. sean productos originarios, y- _El valor de los transistores

no -originarios util1zadQs noexceda del 3 ;por \00 del Va­lor del producto acabado (2).

Fabricación en la -que el valorde los productos utilizados nopxceda del 50 por 100 del va­lor del producto acabado.

Fabricación en la que el valorde. los productos utilizados noexceda. del 50 por 100 del Va·lar del producto acabado.

Fabricación en la ·que el valorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del va·lar del producto acabado. .

FaQricación en la que el valorde los productos utilizados IWexceda del SO por 100 del Va­lor del producto acabado.

"Fr.bricaclón en la que el 1"fl.lorde los productos utilizados noexceda del 50 por 100 del Va­lor del producto acabado.

Fabricación a partir de produc·tos originarios comprendidosen los capit.ulos 7 y 8.

Fabricación a partir de produc.tos originarios comprendidosen el capitulo 8.

Fabricación f' partir de produc­. tos originarlOS comprendidos.

en el capitulo 8.

Fabricación a partir de produc.tos 'originarios comprendidosen el capitulo 8. •

Fabricación a partIr de produc_tos originarios clasificados enel capitulo 8.

(lJ Para determinar el valor de lo. productos. ma~erlales y partes G ple%as debe tenerse en ~:uenta lo siguiente:~a) Con respecto a los productos, materla.les y partes o piezas, orfg1narios, el primer. precio comprobable pay,a.dO. o el precio que se pagar!"

'ichos productos en caso de venta en el tenitorlo del pals en el que se hay.an reahzado Jos trabajos, transformaciones o montaje.bl Con respecto a los. demás product09. materiales, partes o piezas, las disposiciones del Artículo 11 de este Anejo, qUe determinan::

- El valor de los productos importail'J8. '- El valor de los productos de origen Indeterminado.(a) Este p~rcentale DO es acumulativo con el del 40 por 100. /

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s. O. (leI E.-Niínt. 158 2 julio 1980 15141

Partidadel Arancel

20.07

22.08

Ex. 22.08·

23.07,

Ex. 34.04

Productos obtenido"

DescrlPción

Jugos de frutas (incluidos los mostosde uva) o de legumbres)" hortalizas,siD fermentar. siD adición de alco­hol, Q.on o sin adición de. azúoa.r,

Alcohol etílico sin desnaturalizar degraduación igualo superior a 80 gra­dos: alcohol etílico desnaturalizadode cualquier gr¡ulue.c16n. .

Whisky y otras bebidas 1l1cohólicasprocedentes de 11, destilación de loscereales; ron y otras bebidas alcohó­licas procedentes. de la destilacióDde melazas; aQ.uav1t. ginebra. gin,imitaciones del ron y del vodka; be­bidas alcohólicas a base de brandyl) de /).guardiente de higos; licoresy cordiales; extractos concentradospara la fabricación 'de bebidas dls~

tintos de los comprendidos en la Sec~

ción 1 de esta lista.·. Preparados forraj eros con adición de

melazas o de azúcar; otros prepara­dos del tipo de los que sé utilizanen la alimentación de loS" animales.

CeI'éS a base de parafina, de ceras depetróleo o de minerales bituminosos,de -slack wax_ o de _scaJe wax-.

Traba.los o transformaciones que no eon-.fieren el carácter de productos ongiomas

Fabricación a partir de productos dela partida 22.09.

Fabricación a partir de produetos dela partida 22.08.

Fabricación a partir de cereales y pro­ductos derivados, carne, leche, azú·ear y melazas.

Fabricación 'a partir de productos quf­micos .orgánicos del capítulo 29,

Tra.b&jOl O transformaciones queconfieren el c&rActer de proa-uctosoriginarios cuando 88 cumplen lu

condIciones siguientes

FabricacIón a partir de produc­tos originarios clasificados enel capitulo 8.

APENDICE 3 DEL ANEJO III

LISTA B

'de Lista de los trabajos o transformaciones que no implican un cambio de la partida arancelaria. pero -que confieren el can\cter«originarias_ a los producto; que someten a tales operaciones,

SECCION 1

.)

Partidadel Arancel

Ex. 25.15

Ex. 25.16

'Ex. 25.18Ex.'25.19

Ex. 25.19

Ex. 25.24Ex. 25.26Ex. 25.32

Ex.cap1tulos '28 a 37

Ex. 28.13Ex 32.01

Ex. 33.01

Productos acabados

Des-eripc-ión

Mármol simplemente' troceado por aserrado de espesor nosuperior a 25 cen tímetros.

Granito, pórfido, basalto, arenisca.y otras piedras de tallao de construcción. troceados por aserrado, de espesorno superior a 25 centímetros.

Dolomita calcinada; aglomerado de dolomita..Oxido de magnesio, incluso químicamente p~ro.

Carbonato de magnesio natural (magnesita), incluso cal-cinada, distinta del óxido de magnesio, triturado y acon·dicionado-en envases herméticos.

Fibras de amianto en bruto.Desperdicios de mica molidos y 'homogeneizados.Tierras colorantes, calcinadas o en polvo.

Productos de 145 industrias químicas o de las industriasconexas, con exclusión del anhídrido sulfúrico (excep·te 28.13), ta.ninos (Ex. 32.01). aceites esenciales, resino!·des y subproductos terpénicos (Ex. 33,01), preparacionespara ablandar la carne, preparacionés para clarificar lacerveza constituidas por papaina y bentonita y'prepa­raciones enzimáticas para el desencolado de textHes (ex­cepto 35.07).

Anhídrido sulfúrico.Taninos (áCidos tánicos), incluido el tanino de nuez de

agallas al agua y sus sales, éteres, ,ésteres y otros de,rivados. .

Aceites esenciales (desterpenados o no), liquidas o con~

cretos; reslnoides; subproductos terpénicos residuales dela desterpenación de los aceites esenciales.

Ttabajos o transformaciones q;ue confieren el caré.cter. de productos onginarlos

La i~corporaci6n de productos, parles O piezas, no origi­narios a las calderas, maquinaria Y aparatos o artefac­tos mecánicos ele los capitulas 84 al 92, a las calderas yradiadores de la partida 73.37 y a los productos de laspartidas 97.07 Y 98.03 no priva a tales productos del ca­rácter de productos originarios. siempre que el valor deestos productos no exceda del 5 por 100 del valor delproducto acabado. '

Aserrado en planchas o perfiles, pulido, amolado y Um­pieza del IJ;lármol, incluso. el mármol, incluso el mármoldebastado o simplemente troceado por aserrado de es~pesor superior a 25 centímetros.

Aserrado de gre.nito, pórfido, basalto, arenisca y otraspiedras de construcción, ·incluso de dichas piedras enbruto, desbastadas o simplemente troceadas por aserra­do de un espesor superior a 25 centímetros.

Calcinación de' dolomita en bruto.Fabricación a partir de carbonato de magn.psio natural

(magnesita) .Calcinación. y envasado en envases herméticos de carbo­

nato de magnesio natural (magnesita), incluso calcina­do distinto del óxido de magnesio.

Tratamiento de amianto enriquecido.Molido y homogeneizado de. delilperdicios de mica.Triturado y calcinación o pulverizado de tierras colo-

rantes.Trabajos o transformaciones en los que el valor de los

productos no originarios utilizados no exceda del 20 por_ 100 del valor del producto acabado.

Fabricación a partir del anhídrido sulfuroso.Fa"bricación -a partir de extractos curtientes de origen ve~

getal.

Fabricación a partir de soluci~nes concentradas de acei­'tes esenciales en las grasas, en los aceites fijos, en lasceras o en materias anlLlogas, obtenidos por enfloradoo maceración•

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'1

15142 2 Julio lOBO B. O. (lel E.-Niún. 158

partld.del Arancel

. Productos acabado.

Descrlpoión

Trabalos o transformaciones que confieren el cariCter'de productos Originarlos

Recurtid<f de pieles de ovinos simplemente curtidas-r

Recurtido de pieles de caprino simplemente curtidas.

Recurtido de pieles de otros animales simplemente cur­tidas.

Blanqueado. teñido, aprestado, cortado y ensambladod~peleteria ,curtida o adobada.

Fabricación a partir de duelas hendidas de madera sim­plemente aserradas en una de las caras principales;duelas aserradas de madera de las que, por lo menos,una cara principal se ha aserrado en forma cilfndrica.sin otros trabalos. .

Fabricación a partir de pasta al sulfato cruda obtenidade materias vegetales fibrosas por medios quimicos omecánicos siempre que--. el valor de los' productos' na­originarios utilizados no exceda del 60 por 100 del va-',lar del producto acabado.

Cardado o peinado de desperdicios de séda. de borra, debarrilla o de sus residuos.

Estampado unido a operaciones de acabado (blanqueado,aprestado. secado, vaporizado, desmotado, reparación,impregnación, «sanforización. o mercerización) de te­jidos cuyo valor no exceda del 47,5 por 100 del valordel producto acabado..

Fabricación a partir de piedras preciosas sintéticas o' re­constituidas, en bruto.

Laminado, estirado, batido. molido de plata y sus aJea.:clones, en brotor

Aleación o separación electrolftica· de plata Q .sus alea.ciones en bruto.,!.

Fabricación a partir de tejidos tubulares.Fabricación a partir de plumas, de partes de plumas o

je plumón.•Fabricación de manufacturas de pizarra.Corte. ajuste, encolado de máterias abrasivas que' por su

forma no son reconocibles corno de uso manual.

Fabricación de articulos de amianto o de mezclas a basede amiento o de mezclas a base de amiento y carbo­nato de magnesio.

Fa~)licación de articulas de mica.

Tallado de botellas o frascos cuyo valor no exceda del50 por 100 del valor del producto acabado.

Tallado de obfetos de vidrio cuyb valor no exceda del 50por 100 del valor del producto -acabado o decoración,excepto impresi6n serigrlLfica, realizada totalmente amano; de objetos de v1dr1o soplado & boca cuyo valorno exceda del 50 por .100 del valor del producto acabado,

Fabricación a partir de. fibras de vidrio en bruto.Fabricación a partir de piedras preciosas o semiprecig·

aas, en bruto.

Pasta al sulfato blanqueada obteniqa de materias vege­tales fibrosas por medios quimteos o mecánicos.

Desperdicios de seda, borra, barrilla y BUS derivados:(.blouses.), cardados o peinados.

Tejidos estampados. .

Preparaciones para ablandar la carne. preparaciones paraclarificar la cerveza, constituidas por papaina y bento­nita y preparaciones, enzimáticas para el desencolado detextiles.

Productos químicos diVersos, distintós del talan refinado. (Ex. 38.05), esencia de pasta celul6sica al bisulfito, pu·

TÜicada (Ex. 38.01) yo pez de madera (Ex. 38.09LTaloil refinado. -Esencia de pasta celulósica al bisulfito. purificada.

Pez de madera (pez de alquitrán de -madera).Materias plásticas artificiales, éteres y ésteres de la celu·

losa, resinas artificiales y manufacturas de estas mate­rias, excepto ,peUculas de ion6meros (Ex. 39.02L

Peliculas de ion6meros.

Manguitos de incandescencia.Plumeros.

Manufacturas de pizarra natural o aglomerada.Piedras para afiliar o pulir & mano, de piedras natura­

les, incluso aglomeradas, de abrasivos naturales O ar­tificiales, aglomerados o de cerámica.

Manufacturas de amianto, manufactura!!, de mezclas abase de amianto o de mezclas a base 't1e amianto y decarbonato de magnesio. _

Mánufacturas de mica. incluida la mica sobre papel otejido. .

Botellas y frascos- tallados.

Objetos de vidrio p';\ra servicios de mesa, de cocina, detocador, para esentarto, adorno de habitaciones O usossimilares. con exclusión de 10s arUculos comprendidosen la partida 70.19.

Manufacturas de fibra de vidrio. _Piedras preciosas y semipreciosas, talladas o trabajadas

de atra forma, sin engarzar ni montar incluso enfila­das para facilitar el transporte, p eró sin constituirsartas.

Piedras sintéticas o recoristituidas, talladas o trabaJadasde otra forma. sin engarze.r ni mQntar incluso enfila.­das para facilitar el transporte pero &in. constituirsartas. '

Plata: y sus aleaciones (incluidas 1& plata dorada .,' 1&plata platinada), semilabradas. -

Plata y SUs aleaciones (incluso 1& plata dorada 1 laplata platllladal. an bruto, .

Fabricación' a partir de enzimas 'o de preparaciones enzl­máticas en las que el valor no exceda del 50 por 100 delvalor del producto acabado. . _., ,

Trabajos Q. transformaCiones en los que el valor de losproductos no originarios uttlizados no exceda del 20 por100 del valor del producto acabado.

Refinado de taloil en bruto.Purificación consistente en la destilación o refinado de la

esencia de pasta celul6sica en bruto.Desttlación de alquitrán de madera.Trabajos o transformaciones en los que el valor, de los."

productos no originarios utilizados no exceda del 20 por100 del valor del producto acabado.

Fabricación partiendo de termoplástico" parcialmente sa­lificados· que sean copolfmeros de etneno y 'cido meta-.mlieo parcialmente neutralizado con iones metálicos,principalmente de cinc y de sodio.

Planchas de crepé de caucho para pisos de calzado. . Laminaci6n de hojas de crepé de caucho natural.Hilos y cuerdas de caucho vulcanizado recubiertos de Fabricación a partir de hilos y cuerdas. de caucho vulea-

textiles. - nizado, sin recubrir de textiles.Cueros y pieles de ovino deslanados. . Depilac,ión de cueros y pieles de ovinos con su lana.Cueros y pieles recurtidos de bovinos (¡ncluidos los de Recurtido de cueros y pieles de bovino Uncluidos los de

búfalo) y pieles preparadas de equinos. pero sin aper- búfalo) Y. de pieles de _equino simplemente curt~das.gaminar, distintos de los especificados en las partidas

,41.00 Y 41.00. .Pieles recurtidas de ovinos, preparadas pero sin aperga­

minar, distintas de las comprendidas en las parUdas41.06 y 41.08. •

Pieles de caprinos recurtidas, preparadas pero sin aper­gaminar, distintas de las comprendidas en las partidas41.06 y 41.00. -'

Pieles de otros animales recurtidas. preparadas pero sinapergaminar, distintas de las comprendidas en las par-tidas 41.06 y 41.08. -

Ensamblados de peletería. -

Barriles. cubas, tirias, cubos y demás manufacturas de, tonelería y sus partes, de madera.

Ex. 68.15

Ex. 70.10

70,13

Ex. !S0.03

Ex. 50.09Ex,51,O<Ex. 53.11Ex. 53.12Ex. 54.05Ex. 55.07Ex. 55.08Ex. 55.09Ex. 56.07Ex. 59.14Ex. 67.01

Ex. eé.03Ex. 68.04

Ex. 47.01

Ex. 43.02

Ex. 41.05

Ex. 68.13

Ex. 41.04

Ex. 44.22

Ex. 41.03

Ex. 38.09Ex,capítulo 39

Ex. 39,02

Ex,capítulo 3s

Ex. 38.05Ex. 38.07

Ex. 35.07

Ex. 41.01Ex. 41.02

Ex. 40.01Ex. 40.01

Ex. 71.03

Ex. 71.06

Ex,7UllI

Ex. 70.20Ex. 71.02

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·a. O. í'lel E.-NUni.. 158 2 julio 1980 i5143

Partidadel Arancel

Ex. 71.06

Ex. 71.07

Ex. 71.07

Ex. 71.08

Ex. 71.09

Ex. 71.09

Ex. 71.10

Ex: 73.15

Ex. 73.29'

Ex. 74.01Ex. 74.01

Ex. 74.01

Ex. 75.01

Ex. 75.01

Ex. 76.01

76:16

Ex. 77.02

Ex. 77.04

Ex. 78.01Ex. 81.01

Ex. 81.02

Ex. 31.03

Ex. 81 ""

Ex. 82..09

Ex. 83.06

Ex. 8"1.05

84.06

Ex. 84.08

84.16

Ex. 84.17

Productos a.ca.badoa

Descripción

Chapados de plata, semilabrados.

Oro y sus aleaciones Uncluso el oro platinado), semila­brados.

Oro y sus aleacionesUncluso el oro platinado, en brutol.

Chapados de oro sobre metales .comunes o sobre "plata,semilabrados.

Platino y metales del grupo del platino y sus aleaciones,semilabrados.

Platino y metales del grupo del platino y sus aleadones,en bruto.' .

Chapados de platino o de metales del grupo del platinosobre metales comunes o sobre metales preciosos, 8e­milabrados.

Aceros aleados y acero fino a1- carbono:

- En las fo~ma.s -indicadas en las parUdas 73.07 a 73.13.

- En las formas indicadas en la partida 73,14.

Cadenas antideslizantes.

Cobre sin refinar <Cobre blister y otros).Cobre refinado.

Aleaciones rle cobre.

Niquel en bruto ·teon exclusión de los ánodos de la par·tida 75.05l.

Níquel en bruto. excepto las aleaciones de nfquel.

Aluminio en~ bruto.

Qtras manl.1facturas de aluminio.

La's demás manufacturas.- de magnesio.

Berilio (glucinio) manufacturado.

Plomo refinado.Volframio (tungsteno) manufacturado.

Molibdeno manufacturado.

Tantalio manufacturado.

Otros metales comunes JJ18Dufacturados.

Cuchillos con la hoja cortante o dentada (incluidas lasnavajas de podar) distintos de las cuchillas y hojascortantes de la partida 82-.06, ..

Óbjetos para el adorno de interiores de metales comu·nes, excepto las e!"tatuillas.

MAquinas de vapor (incluso las móviles, pero con ex­clusión de lo-s tractores de vapor de la partide. 87.01Y de los rodillos apisonadores de propulsión. mecánica>con sus calderas incorporadas.

Motores de explosión o de combustión interna, deémbolo.

Otros motores y máquinas motrices con exclusión delbs propulsores de reacción y las turbinas de gas.

Calandrias y laminadores, excepto -los laminadores parametales y las máquinas para laminar el vidrio; cilin­dros para dichas máquinas.

Aparatos y dispositivos, aunqu'e se calienten eléctrica­mente. para el tNtamlento de materias por medio deoperaciones que impliquen un cambio de temperaturapara las industrias de la madera, pasta para el papel,papel o cartón.

Trabalos o tran~ll.CiODe. que confieren el ca.ré.cterdo productos originarios

~inado, estirado, batido Q -molido de chapados de pIS"'ta, en bruto.

Laminado, estirado, batido b molido de oro y sus ale/llociones, eh bruto, incluso el oro platinado.

Aleación o separación elec:trolftica de oro o sus aleo­cionés, en bruto.

Laminado, estirado, batido o molido de chapados de orOsobre metales comunes o sobre plata, en bruto.

Laminado, estirado, batido o molido de platino o de lo'-'metales del grupo del platino, en bruto.

Aleación o separación electrolítica de platino o de" losmetales del grupo del platino, en brato.

Laminado. estirado, batido' o molido de chapados de pla­tino o de metales del grupo del platino sobre metalescomunes o sobre metales preciosos, en bruto.

Fabricación apai'tir de productos en las formas indicadasen la partida 73.06.

Fabricación a partir de productos en las formas indica­das en las partidas 73.06 Ó 73.07.

Trabajos o transformaciones en los que el valor de losproductos no originarías utilizados no exceda del ·SOpor. 100 del valor del producto acabado,

Fusión de matas de cobre.Retinado térmioo o electrolítico de cobre sin refinar (eo­

bre blister y otros> o de desperdicios y desechos.Fusión y tratamiento térmico de cobre refinado O: de des­

perdicios y desechos.Refinados por electrolisls o por fusión o refinado químico

de matas de niquelo speiss y otros productos interme-dios de la metalurgia del niquel. -

Refinado de desperdicios y desechos por .electrolisis, porfusión o por tratamiento químicos; ,

Fabricación por tratamiento - térmico o electrolítico dealuminio sin alear, o de desperdicios' y desechos.

Fabricación en la 'que se utilicen telas metálicas yen·rejados de alambre Uncluso las bandas sin fin), de alu·minio o chapas y bandas c'8xtendidas.. de aluminio,cuyO valor no exceda del 50 por 100 del valor delproducto acabado.

Fabricación a partir de barras. perfiles, alambres. cha·pas, hojas, bandas. torneaduras calibradas, polvo ypartículas, tubos hncluidos sus desbastes> y barrashuecas, de magnesiQ. cuyo valor no exceda del 50por 100 del valor del producto acabe.do.

Laminado, estirado o molido de berilio cuyo valor no ex­ceda del 50 por 100 del valor del producto acabado.

Fabricación por refinado térmico de .bullón.. de plomo.Fabricación a partir de volframio en bruto cuyo velar

no exceda del 50 por 100 del valor del producto aca­bado.

Fabricación a partir de molibdeno en bruto cuyo' valorno exceda_ del 50 por 100 del valor del producto aca·bada.

Fabricación a partir de tantalio en bruto cuyo valorno exceda del 50 pór 10Q del valor del producto aca­bado.

Fabricación a partir de otros metales comunes en brutoeuyo valor no exceda del 50 por 100 del valor del pro,ducto acabado.

Fabricación a partir de la hol a.

Trabajos o transformaciones en los 'que el valor de losproductos no originarlos utilizados no exceda del 3rpor 100 del valor del producto acabado.

Trabajos, transformaciones o. montaje en los que el valO1de los productos utilizados ,DO exceda del 40 por lOCdel ,valor del producto acabado.

Trabal os, transformaciones o montaje en los que el valorde los productos, partes o piezas utilizados no excedadel 40 por: 100 del valor del producto acabado.

Trabajos, tra~formacioneso montaje en los que el valorde los productos, partes o piezas, no originarios, utilizados. no exceda del 40 por 100 del valor del productoacabado, siempre que, por lo menos, el.so por 100 delvalor de Jos productos y partes o piezas, utilizados (] \sean productos originarios. .

Trabaios, transformaciones o montaje en los que el valorde los- productos, partes o piezas, no originarios, util¡·zados, no exceda del 25 por 100 del valor del productcacabado. -

Trabajos, transformaciones· o montaje en los que el valorde los productos, partes o piezas. DO. originarios, utili ­zados. no exceda del 25 por 100 del valor _del productoacabado. .

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151.44 :1 JuRo 1980 :s. O. ílel E.-Nlim. 158

Partidadel Arancel

Productos acabadoll

Descrlpc16n

Trabalos o transforma.ctOnes que confieren el cartcterde productos orlglnarloa

Trabajos, transformaciones o montaje en los que el valorde los materiales, partes o piezas utilizados no excedadel 15 por 100 del valor del producto acabado.

Trabajos. transfprmaciones o lI'ontaje en los que se utili­cen tejidos de algodón de peso no superior a 300 gramospor metro cuadrado listos para. su uso, sin rellano; cuyovalor no exceda del 2S por 100 del valor del productoacabado (3). .

Trabajos. transformaciones o montaje en los que se.. utili­cen tejt<tos de algodón de peso no superior a 300 gramospor metro cuadrado listos para su Uso, sin relleno. cuyovalor noaxceda del 25 por 100 del valor del productoacabado (3). .' ,

Fabricación a partir de concha de tortuga, nlkar,. marfil,hueso, cuerno, asta, coral (natural o reconstituido) yotras materias animales para tallar, trabajadas.

Fabricación a partir de materlas vegetales para tallar(por ejemplo, el corozo). espuma de mar y ámbar,tiaturales o reconstituidos; azabache y materias mine­rales similares al azabache, trabajadas.

Fabricación utilizando cabezas preparadas para artfculq!tde cepUlaría cuyo valor no exceda del 50 por 100 delartículo acabado.

Fabricación a partir de bloques toscamente esbozados.

Trabajos, transfonnadones o montaje en los que el valorde los productos, partes o piezas, no originarios, utili­zados. no aJeeda del 25 por' 100 del valor del productoacabado.

Traba1os, transformaciones o montaje en los que el valorda los productos, partes o piezas, no originarios, utiliza­zados. no exceda· del 25 .por 100 del valor del productoacabado. '

Trabajos, transformaciones o montaje en los que el valorde los productos, partes o plezas, no originarios, utiliza­dos, no exceda del {() por 100 del valor del productoacabado.

Trabajos, transformaciones o nontaje en los que el valorde los productos, partes o pIezas, no originarios, utiliza­dos, no exceda del 40 por 100 del valor del productoc,cabado y siempre que:

- Por lo menos el 50 por 100 del valor de los productos,partes o piezas {l> utilizados en el montaje de lacabeza (excluido el motor) sean productos originarios.

- Los mecanismos de tensión del hilo, de la canillerao garfio y de zig..zag sean productos originarios.

Trabajos, transformaciones o montaje en los' que el valorde los productos, partes o piezas, no originarios, utiliza-:dos, no e:l\ceda del 40 por 100 del valo!" dal productoacabado y siempre que, por lo menos, el 50 por 100 delvalor de los materiales, partes o piezas utilizados seanproductos originarios (2).

Trabajos, transformaciones o montaje en los que el valorde los productos, partes o piezas, no originarios, utiliza­dos, no exceda del {() por 100 del valor del productoacabado y siempre que, por lo menos, el 50 por 100 delvalor de los materiales, partes o piezas utilizados seanproductos originarios (2).

Micrófonos y sus soportes, altavoces y amplicadores eléc­tricos de baja frecuencia.

Cabezas pa.ra palos de golf, de madera O de otras ma­terias,

Pipas (incluidos los escalabornes y cazoletas), de madera, FabricaCión a Partir de bloques toscamente esbozados.rafees u otras materias.

Máquinas de coser (tejidos, cueros: calzado, etcJ, inclui­dos los muebles para máquinas de coser. con excepciónde las máquinas de coser que sólo hagan pespunte concabezas de peso no superior a 16 kilogramos sin motoro 17 kilogramos con motor.

Máquinas de coser (que s610 hagan pespunte) con cabe­zas de peso no superior a 16 kilogramos sin motor o17 kilogramos con motor.

Otros muebles de metales comunes.

Manufacturas de concha de tortuga, nácar, marfil, hueso,cuerno, asta,. coral (natural o reconstituido) y otrasmat~rias animales para tallar.

Manufacturas de materias vegetales para tallar (porejemplo, corozo), espuma de mar y émbar, naturales.. reconstituidos o azabache y materias minerales simi-lares a.l azabache. ,

Escobas, cepillos y brochas.

Aparatos transmisores y receptores de· radiotelefonía yradiotelegrafía: aparatos emisores y receptores de radio­difusi6n y televisi6n Uncluldos los· receptores combina­dos con un aparato de registro o de reproducción dalsonido) ~paratos tomavistas de televisión; aparatosde radloguía, radiodetecci6n, radiosondeo y radiotele­mando. .

Partes, piezas sueltas y accesorios de los vehículos auto­móviles citados en las partidas 87.01 a 87.03 inclusive.

Sillas y otros asientos, mcluso los transformables encamas (con exclusión de los comprendidos en la par­tida 94.02) de metales comunes.

Máquines y aparatos para la fabricación de pasta celu­lósica (pasta de papelJ y para la fabricación y acabadodel papel y cartón.

Otras máquinas y aparatos para trabajar pasta de papel.papel y cart6n, incluidas las cortadoras de todas clases.

Ex. 94.01

87.06

84.31

Ex. 96.01

8l5.l5

Ex. 84.33

85.]:4

Ex. 94.03

Ex. 95.08

Ex. 97.06

Ex. 98.11

Ex. 95.05

Ex. 84.41

. Ex. 84.41'

J

(¡) Para determinar el valor de .101 productoll. mflterlales' ., partell o piezas debe tenerse en cuenta 10 sigUiente:'

(a) Con respecto a loe productos, materllllea· y partes o' pIezas, oei ginarioa. el primer precio comprobable pagado, O el ¡)recto que se pagaríapor dichos productos en caso de venta en el territorio del p&11 en el que 8e hayan realizado los trabajOS, transformacioneS; o montaje.

{b} Con respecto a los dem" productos, materiales,' parta o ;iezas. lu ~ISpOalc10neS "del articulo e de este Anejo,' que determInanl- El valor de loe productos Importados.- El valor de los productos de origen indeterminado.

(J;J La apUc~16n de esta norma no debe permitir que le lobrepaae el pqrcentaJe dal I por 100 en 101 transistore" originarios, l!Istablecidopara la mism!'!. partida en la Usta A.

(3) .Esta norma no entra en lueio culLDdo le aplica la 1'8i1. cenera! ele cambio- de partida • las demAs part.es 'f plez;aa no ori¡inariaa queforman parte del producto finaL "

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~,

B. o. ael E.-Niím. 158

Productos acabados

2 lullo 1980

SECCION 11

15145

Partidadel Arancel.

Ex. 05.01Ex. 05.02Ex. 05.03Ex. 05.04

Ex. 05.07

Ex. 05.08Ex. 05~09

..Ex. 05.1513.03

Ex. 14.05Ex. 15.05

Ex.. 15.10

Ex. 15.10Ex. 15.11Ex. 21.03Ex. 24.02

Ex. 27.07

27.10

Ex. 27.12Ex. 27.13Ex. 27.13

Ex. 35.02

Ex. ~.14

Descripción'

'Pelo humano ·en bruto, lavado o desgrasado.Cerdas y pelos de 1aba.14 de cerdo y de tejón, lavados.Crines y sus desperdicios, trabajados.Tripas de cerdo para embutidos con un valor CIF de-im­

portación que exceda de 10 libras esterlinas por cwt.(50.8 kilogramos) o su equivalente en otras divisas; trt·pas, vejIgas y estómagos comestibles. enteros o en tro­ZOS. de ovmo, porcino y bovino, disttntos de las tripaspara ,embutidos.

Plumas y plumón de aves. limpios.

Polvo de huesos y de núcleos córneos.Polvo de cuernos. astas,casCOf!. pezufias, garras o picos

de animales.Polvo de -sanKTe. _Jugos y extractos vegetales; materias Pé6Ucas, pectina­

tos ~y pectatosj agar-agar y otros mucílagos y espesa­tivos derivados de los vegetales.

Harina de algas. "Sustancias grasal derivadas de la suinUna (Incluida la

lanollna).Acidos grasos distintos de los obtenidos de la madera

de pino con un. contenido de ácido graso, en peso. igualo superior al 90 por 100. ."' .

Alcoholes grasos industriaJes.Glicerina refinada.Mostaza preparada.Tabaco elaborado.

Productos análogos a los aceites tal como se definen enla nota 2 del capitulo 27, que destilen más del 65 por100 en volumen· hasta 25tJ" C. (incluso las mezclas denafta y/o queroseno y benzoles) para uso como car·burantes o como combustibles. .

Aceites ·de petróleo o d.e minerales bituminosos (distin­tos de los aceites crudos) j preparaciones no expresadasni comprendidas en otra.! partidas con una proporciónen peso de aceites de petróleo o de minerales bitumi­noso& igual o superior al 70 por 100 y en las que estosaceites constituyan el elemento base.

Vaselina refinada; ­Parafina.Ceras de petróleo, -slack wax_, ozoquerita purificada.

cera de lignito, cera de turba y otras ceras minerales_ (distintas de la ozoquerita en bru.to). incluso colo­

readas.Ovoalbúmina y lactoalbúmina, distintas de la que sea

imprOpia para el cc"neumo humano o· destinada a des-­natur08.11zarse para el consumo humano.

Aditivos·preparados para lubricantes.

.

.

Trablllos otransfonnaclones que confieren el cankter-. de productos originarlos

Lavado o desgrasado.Lavado.Manufactura a partir de crines en bruto.Fabricación en la 'que el valor de los productos no ori.

ginarios utilizados no exceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Limpieza (que debe. Incluir el lavado, desempolvado ysecado). clasificación y mezcla de plumas y plumón00 aves. sin trabajar.

Molido.Molido.

Fabricación a partir de sangre.Fabricación en la que el valor 'de los productos no ori­

ginarios utilizados no exceda del 50 por 100 del valordél producto acabado. -

Fabricación a partir de algas.Fabricación a. partir de suintina sin refinar.

Fabricación a partir de aceites ácidos procedentes del reti·nado.

Fabricación a partir de ácidos grasos industriales..Refinado o destilación. . .Fabricación a partir de harina de mostaza.Fabricación a partir de extractos de tabaco, o de jugos o

de hoias o rollos de tabaco.Fabricación por procesos que no sean únicamente la mez­

cla. el envasado o cualquier combinación de ~stos pro·cesos.

Fabricación por procesos que no sean únicamente la mez­cla. el envasado 'o cualquier combinación de estos pro·cesas.

Fabricación a partir de vaselina sin refinar.Fabricación a partir de .-sla,ck wax_ o escale wax-.Fabricación a partir de ozoquerita en broto.

Fabricación en la que el valor de los productos no ori4ginarios utilizados no exceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

Fabricación en la que el valor de los productos no ori·jÓnarlos utHizados, no exceda del 50 por 100 del valordel producto acabado.

APENDICE 4 DEL ANEJO '"

USTAC

Lista de productos exduidos del Ambito de esté Aneto

(El Anejo III no contiene una lista de productos que esténexcluidos del ámbito de aplicación de sus disposic::lones)

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15148 .3 JulIo 1980

APENOICE • DEL ANEJO III

Certlftcado de circulacI6n EUR. 1 al que se refierenloo artfcÍl10ll 8 y 11

B. O" íl'el E.-Núm. 158

t:,ERTIFIC~DO DE CIRCUL:ACI O N

1. Exportador (nombre, d1recc1ón completa '1 paje)

3. Destinatario (nombre, dirección completa y pafs)(Discrecional)

EUR. 1 N.ll A 000.000

Véanse las notas del reverso antes de renenar el impreso

2•. Certificado utilizado en el comercio preferente entre

.y: .. --. , - - -.............~ ~ .(indicar los países. grupos de paises- o territorios de que

se trate)

4. País. grupo de pafse~ o te­rritorios de los que se con­sideran originarios los pro-ductos: .

S. País, _grupo de paises oterritorio de destino.

8. Detall.. del transporto (DIscrocIQna11 7. Observaciones

-{]J SI las mer­candas DO e8liD envasadashá.gase constarel n1lmero dearUculOll o lamención .agranel•.

8. Número ~e orden; marca y número¡ número y clases y clase de loe bultos {l}descripción de las mercancías.

8. Peso bruto uotra medida(litros, mS• e~cétera)

10. Factura!IDlscrecion~ll

11, VISADO DE LA ADUANA

Declaración conforme

l2J Rellenar so- Documento de exportación ca>lamente cuan-do lo exIla la Serte Ndmero .reglamentaciOndel paú o te- Oficina de Aduanas ..nitorto expor

tador. Pa1a o territorio de expedición

......;-.-; ;;;: ;;-_ .••••••ó·~;••• ;;;•••;;;: ;;;~.( ;~"

Fecha , ;••;;; ..

...;-..;;;.-;.;;;.-.-.;;;.......;;;;~.;.-; ...•;;.; ...; ...;;;...

/

Sello

12, DECLARACION DEL EXPORTADOR

El que IUSCrlbe declara que las mercan­ciaB descritas rel).nen las condiciones ex!­gidaa para expedición del certiticado.

Lupr J focha ; ;~.,,;.", , ;..

~ ._.. - -- -----~--_.__. -- - ~...........! ~ .

!FlrmaI

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,

B. a. ílel E.-l\liím. 158.

13. SOUCITllD PE COMPROBAClON. a

2 JuBo 1900

14. RESULTAPO DE LA CQMPROBACION

15147

La comprobación efectuada dem1lestra' que este certifi­cado (1)

o Fue expedIdo por la Aduana Indlcada y que la In­fonna.clón que contiene es cierta.

O No reúne las condiciones de autenticidad y exacti­tud requeridas (véann observaciones adjuntas).

Se solicita la comprobación de la autenUcidad y exac·titud de este certificado•

........;;; ~ ;.; ;;;••••••;~-;;;; ;;;... .; ;•••••-; ; ••..,-;;.;•••;;.;;;;.;7,';;•••••; •• ;•••.•~-;;;".;;;:;:(Lugar y fechal

Seno(lugar 'f fecha)

Sello

•••••; ••;0; ;0••••;;;••-;;•••;;;••.;-;•••; •••;;; ~•••••; ••; ; :o;... .•...;•......••; ;;; ;:;;.. ..;;-.:0;..; :;;;0.;;;.; •••;;;••••• ;" ,.~ •••;;; o:o.CFtrmal CFtrmal

W Marcar 0QIl X el cUadra que oorresponda.

NOTAS1. El cert1f1cado DO deve llevar raspaduru o palabra. que se sobrepongan. Cualquier modificaelón debe hacene tachando

los datos erróneos y adadlendo los COlT9CtoI. Tales rect1flcac1onee deben ser aa1vadal por la penona que rellenó el certificado yllevar, el visto bueno de 101 Servicios de Adua.nal del paia o territorio expedidor. I

2. No debeD quedar NPadoI entrelal diltlntu l)&Z'tldu de orden del cert1f1cado '1 osda prtlda tri precedida de un nllme­ro de orden. Se trazar' una Une. horizontal inmediatamente desPués de la últtma partida de orden. Todo espacio sin utilizar deberayarse ele tal modo que resulte imposible cualquier adJ.~6n posterior.

3. lAa mercancfaa deben describirse de acuerdo con 101 U808 comercial.. , con el detalle suficiente pan. que puedan seridentificadas.