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Mejora de la ejecución y supervisión de proyectos de infraestructura por administración directa MÓDULO 11: Ejecución de proyectos de infraestructura por administración directa Anexo II: Herramientas para la aplicación del módulo

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  • Mejora de la ejecucin y supervisin deproyectos de infraestructura poradministracin directaMDULO 11: Ejecucin de proyectos deinfraestructura por administracin directa

    Anexo II: Herramientas para la aplicacin del mdulo

  • AD Adjudicacin Directa

    ADP Adjudicacin Directa Pblica

    ADS Adjudicacin Directa Selectiva

    AMC Adjudicacin de Menor Cuanta

    BCRP Banco Central de Reserva del Per

    BM Bench Mark (Elevacin referencial conocida)

    BP Buena Pro

    CAP Cuadro de Asignacin de Personal

    CAS Contrato Administrativo de Servicios

    CCF Compras Corporativas Facultativas

    CCO Compras Corporativas Obligatorias

    CIRA Certificado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos

    CONSUCODE Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones

    del Estado

    CP Concurso Pblico

    CRP Cmara Rompe Presiones

    CTI Comisin Tcnica de Ingeniera

    DGPM Direccin General de Programacin Multianual

    DIA Declaracin de Impacto Ambiental

    EIA Estudio de Impacto Ambiental

    FONCODES Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social

    IFC Corporacin Financiera Internacional

    INC Instituto Nacional de Cultura

    INDECI Instituto Nacional de Defensa Civil

    INDECOPI Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y

    de la Propiedad Intelectual

    INEI Instituto Nacional de Estadstica e Informtica

    JNE Jurado Nacional de Elecciones

    LGH Lnea de Gradiente Hidrulico

    LP Licitacin Pblica

    MAPRO Manual de Procedimientos

    Lista de Acrnimos

    Mdulos de Buenas Prcticas

  • MEF Ministerio de Economa y Finanzas

    MINAG Ministerio de Agricultura

    MINEDU Ministerio de Educacin

    MINEM Ministerio de Energa y Minas

    MINSA Ministerio de Salud

    MOF Manual de Organizacin y Funciones

    MTC Ministerio de Transportes

    OEC rgano Encargado de las Contrataciones

    ONPE Oficina Nacional de Procesos Electorales

    OPI Oficina de Programacin de Inversiones

    OSCE Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado

    PAAC Programacin Anual de Adquisiciones y Contrataciones

    PAC Plan Anual de Contrataciones

    PAMA Plan de Adecuacin y Manejo Ambiental

    PCM Presidencia del Consejo de Ministros

    PCM/SGP Presidencia del Consejo de Ministros / Secretaria de

    Gestin Pblica

    PDC Plan de Desarrollo Concertado

    PDI Plan de Desarrollo Institucional (Plan Estratgico)

    PDLC Plan de Desarrollo Local Concertado

    PDRC Plan de Desarrollo Regional Concertado

    PEDN Plan Estratgico de Desarrollo Nacional

    PEI Plan Estratgico Institucional

    PESEM Plan Estratgico Sectorial Multianual

    PIA Presupuesto Institucional de Apertura

    PIM Presupuesto Institucional Modificado

    PIP Proyecto de Inversin Pblica

    PMIP Plan Multianual de Inversin Pblica

    PTAR Planta de Tratamiento de Aguas Residuales

    PYMES Pequea y Mediana Empresa

    RDR Recursos Directamente Recaudados

    REMYPE Registro de Mediana y Pequea Empresa

    RNP Registro Nacional de Proveedores

    Mdulos de Buenas Prcticas

  • RO Recursos Ordinarios

    ROF Reglamento de Organizacin y Funciones

    RUA Reglamento nico de Adquisiciones

    RUC Registro nico del Contribuyente

    SBS Superintendencia de Banca y Seguros

    SEACE Sistema Electrnico de Adquisiciones y

    Contrataciones del Estado

    SIAF Sistema Integrado de Administracin Financiera

    SIAF-GL Sistema Integrado de Administracin

    Financiera Gobiernos Locales

    SNIP Sistema Nacional de Inversin Pblica

    SNP Servicios No Personales

    SUNAT Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria

    TdR Trminos de Referencia

    UCCO Unidad de Compras Corporativas Obligatorias

    UE Unidad Ejecutora

    UEs Unidades Ejecutoras

    UF Unidad Formuladora

    UIT Unidad Impositiva Tributaria

    UTM Coordenadas - Universal Transversal Mercator

    VR Valor Referencial

    Mdulos de Buenas Prcticas

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    Mdulo 11: Ejecucin de proyectos de infraestructura por administracin directa

    Mdulo 11: Ejecucin de proyectos de infraestructura por administracin directa

    Anexo II: Herramientas para la aplicacin del mduloIntroduccin.

    El presente anexo presenta herramientas de referencia para mejorar los procesos de ejecucin de proyectos por admi-

    nistracin directa.

    Anexo Nombre de la Herramienta Actividad Tarea

    II. B.

    II. C.

    II. D.

    II. E.

    II. F.

    II. G.

    II. A. Criterios para la designacin de un inge-niero residente o inspector.Aplicable a la tarea de designacin del ingeniero residente o inspector.

    Aplicable a la actividad previas al inicio de obra.

    Aplicable a la actividad previas al inicio de obra.

    Aplicable a la actividad du-rante la ejecucin de la obra.

    Aplicable a la actividad du-rante la ejecucin de la obra.

    Aplicable a la actividad du-rante la ejecucin de la obra.

    Aplicable a la actividad al concluir la ejecucin de la obra.

    Aplicable a la actividad al concluir la ejecucin de la obra.

    Criterios para la asignacin del supervisor de obra.

    Aplicable a la tarea de designacin del super-visor de obra.

    Criterios para el llenado del cuaderno de obra. Aplicable a la tarea de supervisin en campo.

    Procedimientos para el control de obra. Aplicable a la tarea de supervisin en campo.

    Procedimientos para el caso de modifica-ciones durante la ejecucin del proyecto. Aplicable a la tarea de supervisin en campo.

    Modelo de resolucin de designacin del comit de recepcin de obra.

    Protocolo de verificacin al termino de obra por parte del comit de recepcin.

    Aplicable a la tarea de elaboracin del informe final de obra.

    Aplicable a la tarea de elaboracin del informe final de obra.

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    II. A. CRItERIoS PARA lA DESIgnACIn DE un IngEnIERo RESIDEntE o InSPECtoR

    Para la designacin de un ingeniero residente o inspector se recomienda realizar diversos anlisis sobre la base de la informacin presupuestal y de los Estados Financieros de la entidad, tal como se sugiere a continuacin:

    1. criterio basado en el costo de la Obra:

    A. La entidad designar al Ingeniero Residente responsable de la ejecucin de las obras, en aquellos casos cuyo costo total de la misma sea igual o mayor al costo previsto en la Ley Anual del Presupuesto para la contratacin mediante Adjudicacin Directa Selectiva; o al Ingeniero Inspector cuando se trate de obras cuyo costo total sea inferior a lo sealado precedentemente.

    B. La asignacin de Residente o Inspector se efectuar segn el cuadro siguiente:

    C. La Gerencia de obras solicitar la contratacin del Ingeniero Residente o Inspector de la obra para lo cual deber adjuntar los Trminos de Referencia para que el rea de Administracin y sus rganos correspondientes procedan con la contratacin del respectivo profesional, en un proceso de acuerdo al monto establecido en el expediente y en concordancia con las normas legales.

    2. criterio basado en la disponibilidad del personal profesional de la Municipalidad:

    A. Para las obras por administracin directa, las labores de Ingeniero Residente o Ingeniero Inspector podrn ser efectuadas por personal de planta de la Municipalidad nombrado o contratado-, o en su defecto, se proceder a solicitar la contratacin de un profesional exterN.

    B. El procedimiento cumplir lo sealado en el tem 3.

    3. criterio basado en la dedicacin de tiempo en la obra:

    A. El trmino Residente tiene su origen en residir en obra, es decir de dedicarse a tiempo completo en la asisten-cia tcnica a una determinada obra, por lo tanto no debera existir un Residente de Obra de varias obras.

    B. El Inspector de Obra, tiene su origen en la inspeccin o visita peridica a la obra, por lo tanto puede inspec-cionar varias obras, considerando la magnitud e importancia de las mismas.

    C. Un Inspector de obra, puede estar a cargo de varias obras al mismo tiempo en funcin del coeficiente de partici-pacin prevista en cada una de ellas, en ningn caso el coeficiente de participacin final ser mayor a 1.1.

    D. Se recomienda en ambos casos que los pagos se realicen en relacin directa con el avance fsico de las obras.

    CargoEn aquellos casos que el costo de la obra sea menor o igual al indicado por la ley para la contratacin mediante concurso pblico, se designara un Ingeniero Inspector (1988) la equi-valencia a la fecha es la adjudicacin directa selectiva Menor a 170 UITs (2009).

    En aquellos casos que el costo de la obra sea mayor al indica-do por la ley para la contratacin mediante concurso pblico de precios, se designara un Ingeniero Residente (1988) la equivalencia a la fecha es la adjudicacin directa selectiva Menor a 170 UITs (2009)

    La entidad deber contar con una Unidad de Supervisin para las obras programadas por la Administracin Directa.

    Resolucin de Contralora 195 88 - CG

    Resolucin de Contralora 195 88 - CG

    Resolucin de Contralora 195 88 - CG

    Condicin Monto Norma

    Inspector < 595, 000

    < 595, 000

    No se indica

    Residente

    Supervisor

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    II. B. CRItERIoS PARA lA DESIgnACIn DEl SuPERvISoR DE oBRA

    La entidad contar con una Unidad Orgnica responsable de cautelar la supervisin de las obras programadas, inclu-yendo las obras ejecutadas por administracin directa. En caso no se cuente con la referida rea, la responsabilidad la asumir el subgerente de obra y/u otro funcionario con rango similar. En ningn caso en las obras por administra-cin directa se deben ejecutar sin la presencia de un Supervisor.

    El Supervisor es el responsable del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el expediente tc-nico, tanto de los aspectos legales y administrativos, de manera que se garantice la calidad y eficiencia en la ejecucin de las obras.

    1. criterio basado en el costo de la Obra:

    A. Para el caso de las obras por contrata, la entidad designar a un Supervisor a tiempo completo en aquellos casos cuyo costo total de la misma sea igual o mayor a 1.192 UIT (equivalente a S/. 4`291,200 en el ao 2010). Por simili-tud al tratamiento a obras por administracin directa, si el costo de la obra supera los 4 millones de Nuevos Soles se sugiere contratar a un Supervisor a tiempo completo y con dedicacin exclusiva a la obra.

    B. La Gerencia de obras solicitar la contratacin del Ingeniero Supervisor de la obra, para lo cual deber adjuntar los Trminos de Referencia para que el rea de administracin y sus rganos correspondientes proceda con la contrata-cin del respectivo profesional, en un proceso de acuerdo al monto establecido en el expediente y en concordancia con las normas legales.

    C. En funcin a los criterios de costo, envergadura y especialidad se determinar la necesidad de contar con un supervisor para un grupo de obras (hasta 5). Para ello, se proceder a efectuar el requerimiento de contratacin, ad-juntando los trminos de referencia segn el item 3.

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    II. C. CRItERIoS PARA El llEnADo DEl CuADERno DE oBRA.

    1. aspectos conceptuales del cuaderno de Obra:

    A. El Cuaderno de Obra es el documento tcnico-legal donde se registran las principales incidencias ocurridas en la obra, tales como avance de los trabajos, consultas, respuestas, visitas del Supervisor de Obra, y en general, todo lo relacionado con el personal, equipo, materiales, plazo, modificaciones, etc.

    B. El Residente o Inspector de Obra ser responsable que el Cuaderno de Obra sea Foliado y legalizado por el Feda-tario de la Municipalidad en todas sus hojas o ante autoridades locales, segn sea el caso, antes del inicio de la obra. Las hojas debern ser debidamente foliadas; tendrn un original y tres (3) copias desglosables, que se distribuir de la siguiente manera:

    Primera copia para la entidadSegunda copia para el Ingeniero Residente o Inspector de ObraTercera copia para el Supervisor de Obra

    C. El original de dicho Cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del Residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes y concluida la ejecucin de la obra, el original quedar en poder de la entidad.

    D. El uso y el llenado del Cuaderno de Obra deber ser efectuado por el Residente o Inspector de obra y el Supervi-sor de Obra. De igual manera, su custodia y permanencia en obra ser responsabilidad del Residente o Inspector de Obra.

    E. En el Cuaderno de Obra se anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la misma, firman-do al pie de cada anotacin el Supervisor o Inspector o el Residente, segn sea el que efectu la anotacin.

    F. El Residente o Inspector de Obra y el Supervisor de Obra tendrn el encargo de:Abrir el (los) Cuaderno(s) de Obra que se requieran desde el inicio hasta la terminacin de la ObraRegistrar en el Cuaderno de Obra la apertura del mismo e inicio de ObraEl primer asiento corresponde a la trascripcin del Acta de Inicio de ObraRegistrar, durante el proceso de ejecucin, las principales incidencias diarias ocurridas en obra, consultas, paraliza-

    ciones, solicitudes de modificacin, autorizaciones, etc. Registrar en el ultimo asiento del mes, los metrados de las partidas ejecutadas en el mesCerrar (dar por terminado), mediante anotacin expresa, el Cuaderno de Obra al trmino de la misma. El Residen-

    te o Inspector de Obra lo solicita mediante anotacin expresa el trmino de la obra y el Supervisor de Obra dar su conformidad y proceder al cierre del mismo

    g. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, tambin se harn directamente a la entidad, por medio de comunicacin escrita.

    H. Las consultas se formulan en el Cuaderno de Obra y se dirigen al Supervisor; las consultas cuando por su natura-leza, en opinin del Supervisor, no requieran de la opinin del Proyectista, sern absueltas dentro del plazo mximo de cinco (5) das siguientes de anotadas. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, el Residente o Inspector dentro de los (02) dos das siguientes acudir a la entidad, la cual deber resolverlas en un plazo mximo de cinco (5) das, contados desde el da siguiente de la recepcin de la comunicacin.

    I. Las consultas cuando por su naturaleza, en opinin del Supervisor o Inspector, requieran de la opinin del Proyec-tista sern elevadas a la entidad dentro del plazo de dos (02) das siguientes de anotadas, correspondiendo a sta en coordinacin con el Proyectista absolver la consulta dentro del plazo de diez (10) das siguientes de la comunicacin del Supervisor.

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    2. Modelo de registro en el cuaderno de Obra:

    DURANTE LA EJECUCION DE LA OBRAAsiento N 25: FECHADEL RESIDENTE:

    En la fecha se ha desarrollado las partidas de movimiento de tierras entre la progresiva s Km. 01 + 14 y Km. 01+ 42 con un avance de 45.32 m3 de excavacin en terreno normal correspondiente a la zanja de la lnea de conduccin.Personal:

    La cuadrilla utilizada en la jornada de hoy, en resumen es el siguiente:XX Maestro de ObraXX OperariosXX OficialesXX Peones

    Materiales:As mismo el movimiento de almacn es el siguiente:Ingresaron XX bolsas de cemento y XX tablas madera corriente de 1x 8 x 10` las mismas que no han sido utilizadas, no se ha generado egreso alguno de materiales.

    Equipo:En lo que se refiere al equipo se ha utilizado el siguiente:Retroexcavadora de propiedad de la Municipalidad XX, en total de 3 horas y 20 minutos el mismo que est sustentado en el parte diario correspondiente, habindose entregado un total de XX galones de petrleo.

    Observaciones:En la progresiva Km. 01 + 40 , se ha encontrado roca fija por lo cual es necesario cambiar el alineamiento para evitar esta roca o utili-zar explosivos, por lo tanto se solicita pronunciamiento del Supervisor para continuar con los trabajos.

    (firma)Nombre y firma del Ingeniero ResidenteCIP XX

    AL CONCLUIR LA EJECUCION DE LA OBRAAsiento N XX: FECHADEL SUPERVISOR:

    En la fecha se ha verificado la conclusin de los trabajos desarrollados en la obra, de acuerdo a lo solicitado por el Residente en el Asiento N XX, de fecha XX, esta verificacin corresponde a todas las partidas contempladas en el expediente tcnico y de la documentacin de obra, en vista de lo cual luego del recorrido en la obra y habiendo encontrado y verificado que la obra ha cumplido con un avance del 100% en todas las partidas consideradas en el presupuesto de obra y en los metrados sealados sin que exista trabajo pendiente por reali-zar, esta Supervisin deja constancia que la obra ha sido concluida, fijndose como fecha de finalizacin el da de hoy XX.

    En cumplimiento de las normas la Supervisin solicitara a la Municipalidad XX la conformacin de la Comisin de Recepcin de Obra, mediante una comunicacin escrita correspondiente adjuntando la presente acta.

    Siendo las 2 de la tarde se concluye con la supervisin de obra y se firma en seal de conformidad.

    (firma)Nombre y firma del Ingeniero SupervisorCIP XX

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    II. D. PRoCEDImIEntoS PARA El ContRol DE oBRA

    con relacin al plazo y cronogramas de ejecucin

    A. El cmputo del plazo de ejecucin de obra se realizar desde la fecha de Inicio de Obra. La entidad deber agotar todos los niveles de coordinacin entre el rea tcnica y administrativa as como adoptar todas las medidas necesarias que garanticen el abastecimiento oportuno de los materiales y contribuyan en el cumplimiento de la terminacin de la obra en el plazo fijado.

    B. El plazo no podr ser prorrogado, salvo por causas debidamente justificadas y aprobadas por la entidad y garanti-zando que no originar mayores costos con relacin al Residente o Inspector de Obra u otro gasto indirecto que se vea afectado, a excepcin de trmites de adicionales.

    C. Corresponde al Residente o Inspector de Obra cumplir los cronogramas vigentes, siendo responsable del atraso o paralizacin injustificada del mismo y que no tenga relacin con la disponibilidad de materiales de construccin en obra. Los casos de negligencia o imputaciones del Residente de Obra sern motivo de penalidad, la que se establecer en el contrato respectivo.

    D. Ser causal de Notificacin al Residente o Inspector por parte del Supervisor, cuando el avance real de Obra sea menor al 80% del programado y causal de penalidad, por lo cual el Residente o Inspector de Obra deber elaborar dentro de los tres (3) das tiles siguientes, cronogramas acelerados, reprogramando las actividades, con la finalidad de culminar la Obra en el plazo establecido.

    E. Si se produce un atraso injustificado y el Avance Fsico Valorizado es menor al 80% del programado, el Residente o Inspector de Obra deber elaborar dentro de los tres (3) das tiles siguientes, cronogramas acelerados, reprogra-mando las actividades, justificacin sustentada del retraso y solicitara la intervencin de la jefe del rea tcnica con la finalidad de aprobar o denegar la ampliacin de plazo. ste, debe ser presentado obligatoriamente al Supervisor de Obra para su aprobacin.

    con relacin a las especificaciones tcnicas

    A. Los controles de calidad son pruebas tcnicas que garantizan la correcta utilizacin de los insumos requeridos para la ejecucin de las partidas materia de control y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas establecidas; para cuyo efecto, utilizarn formatos prediseados y normados segn la naturaleza de las pruebas tcnicas efectuadas, las mismas que deben mantenerse registradas y archivadas, como parte de los antecedentes de la obra.

    B. El cumplimiento de los planos, especificaciones tcnicas y dems normas aplicables a la obra, requieren de un eficiente y oportuno control de calidad.

    C. Es imprescindible que la Supervisin informe a la entidad el modo y forma de cumplimiento de controles, de manera que se asegure la buena calidad de los trabajos contratados.

    D. Estos datos estn referidos a los detalles, periodicidad, resultados, y otros de los controles de calidad que efecte el ejecutor en aplicacin de las especificaciones tcnicas, dejando constancia en el cuaderno de obra sobre el tipo de controles de calidad efectuados.

    E. La implementacin de los controles de calidad es responsabilidad del Supervisor y Residente o Inspector de la obra.

    F. De acuerdo a la previsin presupuestal y conforme se estipulan en las Especificaciones Tcnicas, el Residente o

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    Inspector bajo responsabilidad revisar que el material adquirido e ingresado a obra, sea nicamente material nuevo, a excepcin de los utilizados en estructuras auxiliares que puedan ser utilizados en la ejecucin.

    g. El Residente o Inspector ser el responsable por la calidad ofrecida de la obra ejecutada, en trminos de cons-truccin y materiales segn las especificaciones del Expediente Tcnico de obra, por un plazo no menor de siete (07) aos

    con relacin al avance fsico de Obra

    A. Las valorizaciones mensuales sern elaboradas segn los metrados ejecutados y precios unitarios del presupuesto aprobado, de acuerdo al avance fsico de las partidas incluidas en el Calendario de Avance de Obra Valorizado, agre-gndole separadamente, el monto proporcional de Gastos Generales que figuran en dicho presupuesto segn avance fsico de las partidas incluidas en el calendario de avance de la obra valorizado.

    B. Las valorizaciones tendrn el carcter de control de obra y servirn para el clculo de pago al Residente o Inspec-tor o Supervisor en, siendo elaborados por el Supervisor o Residente o Inspector de Obra, segn corresponda.

    C. Los metrados sern consignados mensualmente en el Cuaderno de Obra, siendo entregados al Supervisor de Obra, conjuntamente con el informe mensual elaborado por el Residente o Inspector.

    D. El Supervisor de Obra verificar el Informe Mensual y elaborar la valorizacin mensual hasta el tercer (3) da hbil del mes, la cual ser entregada a la Gerencia de Obras o Infraestructura de la entidad. La valorizacin mensual debe cumplir con lo siguiente:

    Ser equivalente por lo menos al 80% del avance fsico acumulado programado en el perodo informado.El clculo del avance fsico de la Obra a la fecha del informe, expresado en porcentaje, se calcular mediante la

    siguiente relacin:

    % avance fsico = costo directo valorizado/costo directo total del presupuesto x 100

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    II. E. PRoCEDImIEntoS PARA El CASo DE moDIFICACIonES DuRAntE lA EjECuCIn DEl PRoyECto

    1. En caso de ampliacin de plazo en la ejecucin de la obra A. Las ampliaciones de plazo se otorgarn por causales justificadas que hayan alterado la duracin de las actividades de la ejecucin de la obra.

    B. Las interrupciones o atrasos que pueda experimentar la obra a consecuencia del rechazo de materiales por mala calidad o incumplimiento de las especificaciones tcnicas correspondientes, darn derecho al Residente o Inspector a prrroga en el plazo de ejecucin de obra, debiendo el Residente o Inspector solicitar el reemplazo de los materiales rechazados, reprogramando los cronogramas de ejecucin de obra en coordinacin con el Supervisor de Obra y la entidad.

    C. Son causales de ampliacin de plazo, las siguientes:Demora por desabastecimiento de materiales o insumos a consecuencia del retraso en la adquisicin o por motivos

    de fuerza mayor (como lluvias, huaycos, etc.) comprobados por el Supervisor de Obra.Por modificaciones de obra: ampliacin, obras adicionales, vicios ocultos, reformulacin, previamente reconocidos

    por el Supervisor de Obra y a su vez aprobados por la Gerencia de Obras de la municipalidad.

    D. La ampliacin de plazo por las causales mencionadas deber ser solicitada va Cuaderno de Obra y comunicacin escrita a la Gerencia de Obras de la entidad, sustentando con documentos las causas del atraso. Esta solicitud se pre-sentar como mximo a los diez (10) das calendarios de suscitado el hecho, adjuntando los Cronogramas Reprogra-mados.

    E. Para el caso de vicios ocultos, se presentar como mximo a los siete (7) das calendarios de ocurrida la causal, adjuntando los Cronogramas Reprogramados.

    F. La ampliacin de plazo deber ser aprobada sucesivamente por el Supervisor de Obra, el Sub Gerente de Obras y remitida a la Gerencia de Infraestructura para su aprobacin final, despus de lo cual se debern emitir una Reso-lucin de la Gerencia de Infraestructura de ampliacin de plazo, la que deber sealar el nmero de das calendarios de ampliacin de plazo otorgados por la Municipalidad y la nueva fecha de terminacin de Obra, sin perjuicio a ser aprobado por el titular del pliego, previo un informe correspondiente para su conocimiento.

    g. Las ampliaciones de plazo aceptadas otorgaran necesariamente una ampliacin presupuestal referida a la amplia-cin del contrato del personal de obra, en vista que el requerimiento inicial se efecta sobre el costo establecido en el expediente tcnico.

    H. En caso de que se modifique el plazo de ejecucin previsto en los estudios de preinversin, la Unidad Ejecutora est en la obligacin de informar a la OPI cualquier variacin del plazo y condiciones que ponga en riesgo los par-metros en los cuales se declaro la viabilidad.

    2. En caso de modificacin al Expediente tcnico

    A. Las modificaciones en la fase de inversin debe cumplir con lo establecido en la Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica, en caso de modificaciones que signifique un hasta un 10% de incremento de la inver-sin considerada en la declaratoria de viabilidad, deber ser registrado por la OPI para su ejecucin y no requiere que se verifique su viabilidad, segn el art.26 numeral 26.3 de la Directiva del SNIP.

    B. En caso de que las modificaciones al expediente tcnico signifique una variacin entre el 10 al 30% de la inversin considerada en la declaratoria de viabilidad, ser necesaria la verificacin de la misma. Para ello, la UE debe remitir

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    toda la informacin de la modificacin para que la OPI evalu el perfil con el nuevo flujo de costos y evalu el PIP con las nuevas condiciones.

    C. En el caso de que las modificaciones al expediente tcnico tengan una variacin mayor al 30% de la inversin considerada en la declaratoria de viabilidad, deber cumplirse el procedimiento segn el art.26 numeral 26.5 de la Directiva del SNIP y de ser el caso emitir el informe de cierre del proyecto.

    D. En los casos debidamente demostrados, y previa aprobacin del Proyectista o de la Unidad Formuladora - Geren-cia de Estudios y Proyectos, aprobado por el Supervisor de obra, se podr considerar una modificacin del Expe-diente Tcnico que generar un adicional, para lo cual el expediente de modificacin debe contar con los siguientes documentos:

    Informe del Residente o Inspector de Obra acompaado del Expediente modificado y el Presupuesto comparativo entre lo inicialmente aprobado y la modificacin propuesta.

    Informe y opinin favorable del Proyectista o de la Gerencia de Estudios o Proyectos.Informe del Supervisor de Obra de Obra indicando procedencia y recomendacin al respecto.Informe favorable de la OPI y segn sea el caso el registro de las modificaciones y la verificacin de la viabilidad.

    E. Luego de aprobada la modificacin planteada, el Residente o Inspector de Obra presentar al Supervisor de Obra, en un plazo mximo de 3 das, los cronogramas Reprogramados, as como la informacin adicional que el Super-visor de Obra estime conveniente.

    F. El Supervisor de Obra podr autorizar va Cuaderno de Obra aquellas modificaciones que en forma acumulada no represente ms del 2% del Costo Directo de Obra, sin perjudicar la calidad de las especificaciones tcnicas o reducir las metas del Expediente. Ello, no exime de gestionar ante la Gerencia de Obras la aprobacin correspondiente para su inclusin en la Liquidacin de Obra.

    g. Las modificaciones deben ser aprobadas necesariamente por Resolucin del titular de la entidad o del mismo nivel funcional del que aprob el expediente tcnico original.

    3. del concepto de los adicionales y deductivos en Obras por administracin directa

    A. La ejecucin de obras Adicionales y Deductivos son conceptualizados como el mayor costo originado por la ejecucin de trabajos complementarios o mayores metrados no considerados en el Expediente Tcnico; por lo tanto no deben efectuarse compensaciones o netos que figurativamente no alteren el presupuesto final, deben clasificarse independiente cada presupuesto segn la necesidades reales de obra y de ser necesario plantearse obras complemen-tarias, en funcin de las disposiciones presupuestales.

    4. de los adicionales de obra o ampliaciones presupuestals

    A. El adicional constituye la ejecucin de partidas no prevista en el presupuesto original de obra, dado que estos trabajos complementarios son indispensables para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto.

    B. Cuando las partidas no previstas y tipificadas como adicional no requieran recursos adicionales, necesariamente deber ser aprobada con los mismos requisitos y condiciones, como si se requiriera una modificacin y ampliacin presupuestal.C. Cuando se determine la necesidad de procesar un presupuesto adicional, debe registrarse en el cuaderno de obra. El Residente formular el Expediente Tcnico pertinente, incluyendo un informe que sustente el origen de cada una de las partidas que conforman el presupuesto adicional. El documento deber contar con el pronunciamiento del

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    Supervisor quien elevar a la entidad para su aprobacin mediante acto administrativo formal.

    D. Sin embargo, si se presentaran situaciones no previstas que impiden la culminacin de la obra, debe ser solicitada a la Gerencia de Obras la necesidad de un presupuesto adicional o ampliacin presupuestal.

    E. Cuando se presenten presupuestos adicionales por modificaciones en los planos o especificaciones tcnicas de la obra, o una diferencia en los costos de los insumos, debe demostrarse fehacientemente haberse producido esta situa-cin, as como acreditar que tales modificaciones generan mayores costos a los previstos en el Expediente Tcnico aprobado.

    F. En este caso, la Gerencia de la entidad necesariamente debe evaluar la participacin de los agentes que intervinie-ron en la formulacin, evaluacin y aprobacin del Expediente Tcnico, y en caso de encontrar responsabilidades disponer las acciones administrativas y legales a que hubiere lugar.

    g. Slo proceder la ejecucin de obras adicionales cuando la entidad previamente cuente con disponibilidad presu-puestal y resolucin del titular como mxima autoridad administrativa. No existe un tope porcentual para la apro-bacin de adicionales por administracin directa, sin embargo se prev que sean iguales o no superen el quince por ciento (15%) del monto del presupuesto original para ser aprobados por el titular del pliego. En caso los adicionales superen dicho porcentaje, ser necesaria la aprobacin previa a su programacin por parte de la Contralora General de la Repblica.

    5. de los deductivos de obra o reducciones de meta

    A. Corresponde al monto que no es necesario emplear para que la obra cumpla con las metas previstas; cuando el Supervisor o Inspector de Obra determine la existencia de partidas fsicas o presupuestales que no son necesarias para el correcto desarrollo del Expediente Tcnico.

    B. La formulacin del presupuesto deductivo debe ser independiente del presupuesto original para determinar su porcentaje y nivel de influencia. Las reducciones de obra representan una disminucin del monto del presupuesto del proyecto consignado en el Expediente Tcnico, por lo que requieren ser aprobados por el mismo nivel de aprobacin del Expediente Tcnico.

    C. Los presupuestos no utilizados por la reduccin de obra no deben ser materia de compensacin para la genera-cin de mayores costos en otras partidas. La implementacin de esta norma debe ser responsabilidad del Supervisor o Inspector de la obra.

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    Mdulo 11: Ejecucin de proyectos de infraestructura por administracin directa

    II. F. moDElo DE RESoluCIn DE DESIgnACIn DEl ComIt DE RECEPCIn DE oBRA

    RESOLUCION GERENCIAL N XX-2009 (Lugar), (fecha)

    vISto: El Informe N XX-2009, de fecha XX de 2009, presentado por el Gerente de Infraestructura encargado de la ejecucin de las obras por la modalidad de administracin de la Municipalidad XXX de acuerdo al programa de inversiones del FECHA.

    El informe N XXX-2009 de fecha XXX de 2009, de la oficina de asesora legal presentado Jefe del rea, con la justificacin legal para la conformacin de la Comisin de Recepcin de Obras por Administracin

    ConSIDERAnDo:Que el artculo 12, numerales 12.1 y 12.2, del Decreto Supremo 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica, establece que la Fase de Inversin comprende la elaboracin del estudio definitivo o expediente tcnico y la ejecucin del Proyecto de Inversin Pblica.

    Que el tem 11 de la Resolucin de Contralora N 195-88 indica la necesidad de conformar La Comisin de Recepcin de las Obras por Administracin Directa.

    En uso de las facultades conferidas por el Consejo Municipal y la Resolucin de Alcalda N X-2009; contando con el informe favorable de la Oficina de Asesora y Defensa Legal de la Municipalidad XXX;

    RESuElvE:Artculo 1.- APROBAR la Comisin de Recepcin de Obras por Administracin Directa para todas las obras que ejecuta la Muni-cipalidad XXX el mismo que estar conformado por:

    Titular SuplenteIng. XXX en Calidad de Presidente Ing. XXXIng. XXX en Calidad de 1er. Miembro Ing. XXXIng. XXX en calidad 2do. Miembro Ing. XXX

    Artculo 2.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposicin, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obra o Infraestructura, de la municipalidad XXX y a las dems unidades de pliego segn su competencia.

    PoR tAnto:Mando se registre, publique y cumpla.

    (Sello, Firma y nombre del Gerente Municipal)

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    Mdulo 11: Ejecucin de proyectos de infraestructura por administracin directa

    II. g. PRotoColo DE vERIFICACIn Al tRmIno DE oBRA PoR PARtE DE lA ComISIn DE RECEPCIn

    1. de la documentacin

    Se cuenta con el cuaderno de obra con los asientos al daSe ha dejado constancia de la ltima visita del Supervisor?Se cuenta con los planos de replanteo?Se cuenta con los metrados post ejecucin?Existe alguna controversia pendiente de resolver?El informe final de obra ha sido aprobado?

    2.de la inspeccin de la Obra

    Recorrer todas las partes y componentes de la obra al 100%, Se debe verificar que todas las partidas han sido ejecutadas?Existen alguna deformacin, fisura en las estructuras?Efectuar pruebas de horizontalidad en alguna estructura por muestreo.Efectuar pruebas de verticalidad con una plomada en alguna estructura que se evidencia algn desplome.Verificar si el Expediente tiene un cuadro de acabados y su cumplimiento.Verificar que en la obra no existan desperfectos visibles, en caso de encontrarse estructura verificar las dimensio-

    nes.

    3. del acta

    Concluida la inspeccin en caso de existir observaciones dejar constancia e indicar el plazo para el levantamiento y correccin.

    Si no existiera ninguna observacin se debe suscribir el acta correspondiente y deben firmar los miembros de la comisin de recepcin, el Residente o Inspector, el Supervisor necesariamente.

  • El Programa Canon es una iniciativa innovadora liderada por la Corporacin Financiera Internacional (IFC), miembro del Grupo Banco Mundial, que se viene implementando con el apoyo

    de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) y el Fondo de Minera, Petrleo y Gas para el

    Desarrollo Comunitario Sostenible (CommDev). Las opiniones expresadas en el presente documento no reflejan necesariamente el punto de vista de USAID, ACDI, CommDev o de IFC.

    m11a2cm11a2acronimosm11a2contra caratula