1 Odontología Forense

30
Odontología Forense

description

informacion resumida acerca de la odontologia forense

Transcript of 1 Odontología Forense

Odontologa Forense

Odontologa ForenseODONTOLOGA FORENSE

Odontologa: Estudio de los rganos dentales.Estomatologa: Estudio de la cavidad bucal.Forense: Relativo al foro o tribunal de justicia.Legal: Conforme a la ley.

DefinicinDisciplina, rama de la odontologa y de la medicina, que valora las estructuras de la cavidad oral como elementos de prueba aportados a la administracin de justicia.

Sinnimos de Odontologa forense:Odontologa legal.Estomatologa forense.Estomatologa legal.

Campos de accin:Lesiones personales, marcas por mordedura, descripcin y mecanismo de produccin. Dictamen de edad.Identificacin odontolgica de restos humanos en catstrofes naturales y accidentes.Hechos relacionados con negligencia profesional.

InterdisciplinaPrincipalmente con 4 ciencias:

1. CRIMINALSTICA (no criminologa)2. MEDICINA FORENSE3. ANTROPOLOGA FORENSE4. DERECHO

Criminalstica:Se encarga de comprobar cientficamente un hecho delictuoso, escena, vctima y victimario, de forma objetiva (basndose en fsica, qumica y biologa).

***La criminologa prueba un delito.***

7Criminalstica de campo:Se encarga de:Proteger y observar evidenciasFijar lugar de un sucesoColeccionar evidencias Realizar pruebas de laboratorio

Medicina Forense:Ciencia que pone todos los conocimientos mdicos al servicio de la justicia.

Utiliza la biologa bsica, por medio del anlisis clnico de la vctima y el victimario.

Antropologia ForenseEstudio de las caractersticas osteolgicas y antropomtricas(medicin-observacin) para individualizar e identificar individuos involucrados en casos mdico-legales.

DerechoConjunto de leyes, preceptos y reglas a que est sometida la sociedad.

Ramas de la medicina forense:TraumatologaSexologa forenseMedicina del trabajoIdentificacin mdico-legalTanatologa forensePsiquiatra forenseToxicologa forenseDerecho mdicoDeontologa

Ramas de la medicina forense:Traumatologa: estudio de lesiones. Se encarga de clasificar, diagnosticar y estudiar tiempo de sanidad, gravedad, consecuencias y agente que la produjo.

Sexologa forense: estudio de las agresiones a la libertad sexual.

Medicina del trabajo: estudio de lesiones y enfermedades por ocupacin pagada.

Identificacin mdico legal: procedimiento de agrupar las caractersticas biolgicas de un individuo.

Tanatologa forense: estudio de la muerte y su implicacin jurdicas.

Psiquiatra forense: aplicacin de la psiquiatra al servicio de la justicia.

Medicina toxicolgica: rama que estudia psicotrpicos y estupefacientes y la intoxicacin accidental, homicida o suicida.

Derecho mdico: rea que se encarga de estudiar las normas del derecho que debe seguir un mdico.Su fuente de derecho es el poder legislativo.Sinnimo de jurisprudencia mdica.

Deontologa: rea que estudia los derechos, obligaciones y deberes de los mdicos (tica) con sus colegas, pacientes y sociedad.Su fuente de derecho es la autorregulacin.

Historia de la Odontologa ForenseNace resolviendo problemas identificativos.Roma imperial; Agripina esposa del emperador Claudio I identifica el crneo de Lolia mediante el reconocimiento de sus incisivos caratersticos.

1452John Talbot militar ingles en la guerra contra Francia fue asesinado, quedando desfigurado; su escudero lo reconoce por la ausencia de un incisivo.

1768Paul Revere primer dentista que realiza identificacin dental.Su paciente Gral. Joseph Warren muere durante la batalla de independencia de Estados Unidos; 10 meses despus Revere reconoce sus restos seos por un puente fijo que l haba colocado.

1898 Oscar AmoedoPadre de la Odontologa ForenseDentista Cubano que public Lart dentaire en medicine lgal.Previamente participa en la identificacin de 140 cadveres carbonizados debido a un incendio en Paris.

Historia de la Medicina forense2200 a. C. Cdigo de Hammurabi Ordenamiento ms antiguo de derechos, deberes mdicos y castigos por negligencia.

De l proviene la famosa frase Ojo por ojo, diente por diente.

Ley 200: Si un hombre libre arranc un diente a otro hombre libre, su igual, le arrancar su diente.

Ley 218: Si un mdico hizo una operacin grave con el bistur de bronce y lo ha hecho morir, o bien si lo oper de una catarata en el ojo y destruy el ojo de este hombre, se cortarn sus manos.

Ley 219: Si un mdico hizo una operacin grave con el bistur de bronce e hizo morir al esclavo, dar otro esclavo equivalente.

Ley 221: Si un mdico cur un miembro quebrado de un hombre libre, y ha hecho revivir una vscera enferma, el paciente dar al mdico cinco siclos de plata.

600 a.C. 1er ordenamiento mdico-legal:toda mujer que muera durante el parto se someter a cesrea para salvar al hijo.

460 a.C. Juramento Hipocrtico

JURAMENTO HIPOCRTICO

Juro porApolo mdico, porEsculapio,Higa yPanacea y pongo por testigos a todos los dioses y diosas, de que he de observar el siguiente juramento, que me obligo a cumplir en cuanto ofrezco, poniendo en tal empeo todas mis fuerzas y mi inteligencia.Tributar a mi maestro de Medicina el mismo respeto que a los autores de mis das, partir con ellos mi fortuna y los socorrer si lo necesitaren; tratar a sus hijos como a mis hermanos y si quieren aprender la ciencia, se la ensear desinteresadamente y sin ningn gnero de recompensa.Instruir con preceptos, lecciones orales y dems modos de enseanza a mis hijos, a los de mi maestro y a los discpulos que se me unan bajo el convenio y juramento que determine la ley mdica, y a nadie ms.Establecer el rgimen de los enfermos de la manera que les sea ms provechosa segn mis facultades y a mi entender, evitando todo mal y toda injusticia. No acceder a pretensiones que busquen la administracin de venenos, ni sugerir a nadie cosa semejante; me abstendr de aplicar a las mujeres pesarios abortivos.Pasar mi vida y ejercer mi profesin con inocencia y pureza. No ejecutar la talla, dejando tal operacin a los que se dedican a practicarla.En cualquier casa donde entre, no llevar otro objetivo que el bien de los enfermos; me librar de cometer voluntariamente faltas injuriosas o acciones corruptoras y evitar sobre todo la seduccin de mujeres u hombres, libres o esclavos.Guardar secreto sobre lo que oiga y vea en la sociedad por razn de mi ejercicio y que no sea indispensable divulgar, sea o no del dominio de mi profesin, considerando como un deber el ser discreto en tales casos.Si observo con fidelidad este juramento, same concedido gozar felizmente mi vida y mi profesin, honrado siempre entre los hombres; si lo quebranto y soy perjuro, caiga sobre m la suerte contraria.