1 Glosario11 Ley Norma Reglamento

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Glosario 11/02/2015 Ley: tiene que ver con lo jurídico institucional, están escritas en códigos reglamentos, etc., por ejemplo la constitución política, ley federal de trabajo, ley o Son disposiciones o una orden que emana de un órgano del estado, que tien facultad de crearlas, un ejemplo de ley es el art. 3 donde dice que tenem derecho a la educación. Las leyes tienen que ver con el comportamiento humano y con ello su conse sanción. Norma:las normas están constituidas en un deber o debe ser, como deben se sujetos, eisten diferentes formas de normas jurídicas, morales, etc. Las normas se diferencian de un lugar a otro, y el tiempo. !egulan las relaciones sociales de la vida cotidiana, donde la damos sent acciones. Regla " Lo que se debe seguir o que se debe ajustar a las conductas, como d comportarnos. #os se$alan algo que no debemos hacer. Son prohibiciones. http://es.slideshare.net/Carlosdu/ley-regla-y-norma Ley La ley es una norma jurídica dictada por una autoridad pública , en general es una !unci"n #ue recaesobrelos legisladores de los congresos nacionales de los países pre$io debate de los alcances y el te%to #ue i misma y #ue deber& obser$ar un cumplimiento obligatorio por parte de tod ciudadanos sin e%cepci"n de una Naci"n por#ue de la obser$aci"n de es depender& #ue un país no termine con$ertido en una anar#uía o caos . GLOSARIO Página

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GESTIN URBANSTICAEDDY SANTIAGO PUC BALAMGlosario11/02/2015Ley: tiene que ver con lo jurdico institucional, estn escritas en cdigos reglamentos, etc., por ejemplo la constitucin poltica, ley federal de trabajo, ley orgnica universitaria. Son disposiciones o una orden que emana de un rgano del estado, que tiene la facultad de crearlas, un ejemplo de ley es el art. 3 donde dice que tenemos por ley derecho a la educacin.Las leyes tienen que ver con el comportamiento humano y con ello su consecuencia o sancin. Norma: las normas estn constituidas en un deber o debe ser, como deben ser los sujetos, existen diferentes formas de normas jurdicas, morales, etc. Las normas se diferencian de un lugar a otro, y el tiempo. Regulan las relaciones sociales de la vida cotidiana, donde la damos sentido a nuestras acciones.Regla: Lo que se debe seguir o que se debe ajustar a las conductas, como debemos comportarnos. Nos sealan algo que no debemos hacer. Son prohibiciones.

http://es.slideshare.net/Carlosdu/ley-regla-y-normaLeyLa ley es una norma jurdica dictada por una autoridad pblica competente,en general, es una funcin que recae sobre los legisladores de los congresos nacionales de los pases, previo debate de los alcances y el texto que impulsa la misma y que deber observar un cumplimiento obligatorio por parte de todos los ciudadanos, sin excepcin, de una Nacin, porque de la observacin de estas depender que un pas no termine convertido en una anarqua o caos.Como bien les deca recin, dado que la finalidad de las leyes es contribuir al logro del bien comn de las personas que forman parte de una sociedad organizada bajo determinados deberes y derechos, su incumplimiento, por supuesto, traer aparejada una sancin que puede, segn la importancia de la norma que se haya violado, implicar un castigo de cumplimiento en prisin o bien la realizacin de algn trabajo de tipo comunitario que no conlleva la privacin de la libertadper se, pero que deber ser cumplido a rajatabla, igualmente, para as dejar saldada la falta cometida.Las leyesnacieron con el objetivo de limitar el libre albedrio de los seres humanos que viven insertos en una sociedad y es el principal control que ostenta un estado para vigilar que la conducta de sus habitantes no se desve, ni termine perjudicando a su prjimo.Las leyesson la fuente principal del derechoy se distinguen por las siguientescaractersticas: generalidad, lo que les deca anteriormente, que deben ser cumplidas por TODOS, sin excepcin;obligatoriedad, suponiendo un carcter imperativo-atributivo, lo cual significa que por un lado otorga deberes jurdicos y por el otro derechos; permanencia, esto quiere decir que cuando se las promulga no tienen una fecha de vencimiento, por el contrario, su duracin ser indefinida en el tiempo hasta que un rgano competente determine su derogacin por alguna causa valedera y previamente convenida;abstracta e impersonal, que implica que una ley no se concibe para resolver un caso en particular, sino que la mueve la generalidad de los casos que pueda abarcar y por ltimo, que sereputa conocida, por lo cual nadie podr argumentar que no la cumpli por desconocimiento.Asimismo, una caracterstica destacada delas leyesen los estados modernos es la ausencia de retroactividad; esto significa que su vigencia ocurre a partir de la fecha de la promulgacin y no son aplicables a eventos ocurridos con anterioridad a la sancin. Este recurso impide la aplicacin arbitraria de normas con fines punitivos, como puede ocurrir en estados totalitarios.Se destaca que las leyes requieren en realidad de la participacin de los tres poderes en los estados republicanos: son los parlamentos (poder legislativo) los que elaboran una ley, los jefes de estado (poder ejecutivo: presidente, primer ministro) los que promulgan o vetan esa norma y los jueces (poder judicial) los que vigilan su cumplimiento.Encontraposicin, aquellas normas que surgen del acuerdo entre distintas naciones no llevan el nombre de ley, sino que se prefiere denominarlas tratados o convenios. Pese a considerarse como entes legales supranacionales, en las democracias modernas la totalidad de estos acuerdos entre pases requieren de su aprobacin por parte de los parlamentos locales para adquirirfuerza de ley. En algunos casos, este tipo de pactos son sometidos a plebiscito para lograr la opinin directa de los habitantes del pas.Como comentario de inters, el concepto deleyse aplica en otros mbitos del conocimiento humano, como se describe para las leyes de la fsica o la qumica que gobiernan a los elementos, o a los principios fundamentales de la aritmtica o el lgebra. Estas normativas son universales y, si bien son inmodificables, pueden aplicarse en beneficio del progreso humano. Muchas de estas leyes llevan el epnimo de su descubridor o sistematizador y se las conoce con esa nomenclatura en todo el mundo.

Desde Definicion ABC:http://www.definicionabc.com/derecho/ley.php#ixzz3RxMUQlefNormaBajo el ttulo de norma se denomina a toda aquella ley o regla que se establece para ser cumplida por un sujeto especfico en un espacio y lugar tambin especfico. Las normas son las pautas de ordenamiento social que se establecen en una comunidad humana para organizar elcomportamiento, las actitudes y las diferentes formas de actuar de modo de no entorpecer el bien comn.A lo largo de la historia, las diferentes sociedades han establecido su conjunto particular de normas y leyes sociales que tienen siempre que ver con las estructuras de pensamiento, los modos de entender el mundo y aquello que las rodea, los valores considerados morales, etc. Esto hace que cada conjunto de normas sociales sean especficas y particulares a esa comunidad y que se organicen de tal manera en relacin a las necesidades e intereses de esa comunidad.Las normas han sido tradicionalmente orales y el hecho de convertirse en escritas es lo que las hace volverse universales y objetivas ya que se limita el abuso interpretativo que las partes pueden realizar al estar establecidas slo en la conciencia. Las normas jurdicas actuales son la herencia delderecho romano, uno de los conjuntos de normas y leyes ms complejos de la antigedad. Al hablar de normas jurdicas, seguimos haciendo referencia a pautas de comportamiento pero estas se vuelven mucho ms especficas y en muchos casos pueden no abarcar actitudes yvalores moralesque ya se dan por sentado y no se consideran necesarios poner por escrito.Las normas pueden estar, adems, organizadas y clasificadas de acuerdo a los problemas y temticas sobre las cual versen: temticas econmicas, familiares, polticas, laborales, penales y muchas otras. Esto permite acceder de manera ms fcil y rpida a las secciones correspondientes de normas cuando son necesarias.Del mismo modo que todas las sociedades cuentan con sus conjuntos de normas y leyes, todas cuentan con diversos sistemas de castigos y penalidades para aquellos sujetos que no las cumplan o respeten y que entren as en la categora de individuos peligrosos para la sociedad. Las penas y castigos pueden variar en intensidad dependiendo del tipo de crimen as como tambin del tipo de sociedad o comunidad en la cual se cometan los delitos, siendo algunas ms duras y represivas que otras.http://www.definicionabc.com/derecho/norma.phpReglamentoUnreglamentoes unconjunto ordenado y coherente de preceptos o normas que regirn el trabajo en una empresa, en una organizacin, la convivencia en un edificio de apartamentos, en una comunidad, un deporte, entre otras alternativas.De alguna manera y para ponerlo en palabras ms sencillas, el reglamento contiene unaserie de indicaciones que son las que nos dicen la manera en la cual debe llevarse a cabo una actividad o cmo uno debe moverse en tal o cual contexto.Cabe destacarse que el reglamento est conformado por una serie dereglasque deben serobservadas y respetadaspor quienes integran la organizacin, empresa, o practican el deporte en cuestin, segn corresponda. Aquella persona que no respete un reglamento deber atenerse a las consecuencias que generalmente tiene su inobservancia y que habitualmente implica la imposicin de una pena o de un castigo. En tanto, a instancias delDerecho, un reglamento es una fuente de derecho, que forma parte integrante del ordenamiento jurdico de un pas y que consiste en la disposicin administrativa para desarrollar una ley o norma.Al reglamento se lo considera a nivel nacin como una norma jurdica, subordinada a la ley, de alcance general, y que es dictado a travs de laadministracin pblicapara regular su actividad y cualquier otra cuestin inherente a la misma. Generalmente, la aprobacin del reglamento es una funcin que le corresponde alPoder Ejecutivo, aunque, tambin existen algunos rganos estatales que disponen de esa facultad.Entre los sinnimos de uso ms extendido para esta referencia se destacan los decdigo y de estatuto, que muchas veces son empleadosindistintamente.

Desde Definicion ABC:http://www.definicionabc.com/derecho/reglamento.php#ixzz3RxP4Kwl0INSTRUMENTOS DE PLANEACINPLANIFICACIN:Intervencin del Estado dirigida a ordenar el desarrollo de la actividad econmica y social, mediante la escogencia de un conjunto de alternativas para realizar los objetivos y las metas deseadas, con el mnimo de costo social, a travs de programas y proyectos, tomando en consideracin tanto los recursos como los medios disponibles.BASES PARA PLANIFICAR:

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Seleccionar las mejores ideasOrientar hacia el maanaTener una mira ampliaDeben ser integrados y hacer parte de un TODODebe tener continuidadConcordante con lo que se necesita

Qu son los instrumentos de planificacin?Herramientas que hacen posible el proceso de planificacin que sirven para las diferentes clases de desarrollo que generan bienestar a la comunidad.

PRINCIPALES INSTRUMENTOS

TERICO CONCEPTUALESConcepcin, interpretacin y aplicacin sobre el desarrollo basada en modelos econmicos y polticos en un momento especfico. Ejemplo: TLC

METODOLGICOSProcedimientos y tcnicas para realizar la investigacin y el diagnstico es la forma operativa el cmo se realiza la intervencin. Ejemplo: POT, PAGR,PD

POLTICO-ADMINISTRATIVOLas polticas y las disposiciones legales que dan un marco normativo, institucional, econmico y participativo y son la puesta en marcha del instrumento Conceptual y terico. Ejemplo: Ley Orgnica de Planeacin 152/1994 y Ley 388/1997 planes de ordenamiento territorial.

Interrelacin entre los instrumentos

POTConjunto de objetivos, directrices, polticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo fsico espacial del territorio y la utilizacin del suelo.MFMPEs un instrumento referencial de planificacin financiera a 10 aos que presenta la tendencia futura de las finanzas de la entidad territorial, determinando montos de ahorro, flujos de caja y situacin fiscalBancos de ProyectosBase de datos con informacin sobre programas y proyectos de inversin pblica, viables tcnica, financiera, econmica, social, institucional y ambientalmente, financiados o susceptibles de ser financiados o cofinanciados con recursos del Presupuesto General de la Nacin, del departamento o del municipio (Bpin, Bpid y Bpim) (Ley 38 de 1989).Plan de Desarrollo

Instrumento bsico del proceso de planeacin, en el que se identifican los objetivos, estrategias, metas y se programan las inversiones en el corto, mediano y largo plazo que permitirn solucionar total o parcialmente la problemtica de la entidad territorial.Plan IndicativoInstrumento que permite resumir y organizar por anualidades los compromisos asumidos por los gobernantes en los respectivos planes de desarrolloPlan de AccinProgramacin anual de las metas del plan de desarrollo que permite dentro de cada dependencia de la Administracin, orientar su quehacer para cumplir con los compromisos establecidos, permite la articulacin de los objetivos, metas, estrategias y programas del plan de desarrollo, con la misin y funciones de las dependencias y de stas con las polticas, programas y proyectos de inversin programados en cada vigencia.Plan Operativo Anual de InversinInstrumento de gestin que permite integrar el presupuesto anual con las prioridades definidas en el plan de desarrollo, el plan indicativo y los planes de accin; es decir, asegura la articulacin y correspondencia tanto en la parte de programacin como en la de ejecucin.Programa Anual Mensualidad de CajaInstrumento mediante el cual se fija el monto mximo para efectuar pagos, definiendo el monto mensual de fondos disponibles para cumplir con los compromisos asumidos en el presupuesto y financiados con los recursos de la entidad territorial.Presupuesto Anual de Rentas y GastosEstimativo de los ingresos y la autorizacin mxima de gastos de la entidad territorial, permitindole poner en ejecucin los programas, subprogramas y proyectos definidos en el Plan de Desarrollo (Decreto 111/1996).

Retos de los instrumentos de planeacin1. Participacin Comunitaria con multiculturalidad y pluralismo2. Optimizar los recursos3. Aterrizar a la realidad4. Educacin en convivencia ciudadana5. Descentralizacin6. Gestin social integral orientada a resultados7. Normatividad8. Articulacin9. Contextualizacin global - regional, departamental e internacional10. Integrar al sector privado11. Alcanzar la visin de ordenamiento territorial para el 201912. Bien comn 13. Fortalecimiento institucional y de la gobernabilidad14. Ordenamiento flexiblehttps://prezi.com/1uce7mur1xhc/instrumentos-de-planificacion/

INSTRUMENTOS DE PLANEACINLos instrumentos de planeacin, son aquellos que tienen por objeto racionalizar la accin privada y pblica respecto al uso, trasmisin y apropiacin de bienes y servicios que al tiempo fijan los objetivos y estrategias para desarrollo social general.Entre estas acciones que el Estado puede realizar, est la de establecer con adecuado marco normativo de donde se desprenden conductas congruentes. Este marco normativo es posible implementarlo a travs de un rgimen de planeacin que establezca la eficaz coordinacin y concurrencia de los sectores pblicos (en sus diferentes niveles) y privado en la solucin de problemas relativos al desarrollo.Lo anterior supone la existencia de ordenamientos jurdicos con rango de ley preceptos normativos, generales, abstracto y obligatorio que institucionalicen como funcin pblica la planeacin del desarrollo.Respecto a los instrumentos de regulacin a la propiedad, es necesario apuntar que nuestro sistema jurdico ha incorporado en sus ordenamientos y dogmtica elementos, limitaciones y modalidades a la propiedad privada bajo esquemas de inters pblico o beneficio social.Articulados a la planeacin, la imposicin autoritaria y unilateral de determinadas obligaciones a los particulares de hacer o no hacer, de acuerdo con su capacidad econmica, su situacin especfica y los propsitos de planeacin pueden ser instrumentos principalsimos de la planeacin.Los instrumentos de ejecucin, son aquellos cuyo objeto principal es posibilitar la accin directa del sector pblico dentro del marco irrestricto de la divisin de poderes y los mecanismos de concurrencia y coordinacin de facultades; esta categora se divide en: Coordinacin de acciones con otras dependencias y niveles de gobierno. Concertacin de acciones con los grupos privados y organizaciones sociales.Los instrumentos de organizacin, son actos de autorregulacin, por los cuales el Estado crea los rganos con que lleva a cabo el cumplimiento de sus funciones pblicas.Este tipo de normas son las que determinan la estructura y funcionamiento del aparato ejecutivo en lo que atae al control y regulacin del desarrollo.Respecto a estos instrumentos, es importante anotar que las transformaciones que han operado en la estructura jurdico administrativa el sentido de crear organismos especializados en materia de desarrollo, permiten afirmar que el Estado cuenta con el aparato de gestin administrativa suficiente en la materia.El problema fundamental respecto a este tipo de instrumentos, no consiste slo en generar los entes administrativos pblicos, sino de su articulacin efectiva con las facultades y funciones pblicas que se les encomienden en el concierto general de divisin de competencias y poderes y en el marco de garantas que tutela el Estado.Los instrumentos de control, estn constitudos por aquellas normas jurdicas mediante las cuales el Estado limita la actividad del particular, haciendo que ste se sujete a las disposiciones imperativas establecidas por las leyes o por los planes controles preventivos-; o aplica las sanciones correspondientes en caso de que estas disposiciones sean violadas controles restrictivos-.La utilizacin de estos instrumentos por el poder pblico, en una visin integral y alternativa, puede ofrecerle las condiciones y el marco para un efectivo control de las acciones particulares que inciden en el cumplimiento y ejecucin de los planes.Los instrumentos de induccin y fomento son por los cuales el Estado propicia, de manera indicativa, que los gobernados se ajusten a las disposiciones de planeacin.Este tipo de instrumentos, son lo que crean condiciones funcionales para la ejecucin y gestin del desarrollo, faculta la realizacin de las acciones contempladas en la planeacin y permiten la realizacin de cada accin de planeacin que se debe generar.Este tipo de instrumentos, se encuentran fundamentalmente correlacionados con los instrumentos y normas de organizacin, las acciones de fomento parten de las atribuciones y facultades con que cuentan los rganos administrativos y supone la participacin del Estado en la promocin y gestin indirecta del desarrollo.Asimismo, estos instrumentos tienen relacin ntima con la capacidad financiera del Estado y consisten en la presupuestacin y control de los diversos actos jurdicos que se requieren para esta promocin del desarrollo.El otro aspecto importante de la induccin y el fomento, es el referente a los aspectos fiscales. Las normas de tributacin son las que tienen aplicacin en los diversos actos impositivos con los que el Estado recauda los elementos financieros, en dinero o en especie, para su sostenimiento econmico y el cumplimiento de sus objetivos sociales.La perspectiva de estos instrumentos parte de la consideracin de que los tributos no slo tienen una funcin recaudadora, sino tambin, y de manera indubitable, una funcin orientadora o inductiva del desarrollo nacional.La gama de figuras impositivas sirven a mltiples propsitos, entre ellos: suministrar ingresos a los niveles de gobierno en sus diferentes competencias; promover el desarrollo social general; y ser un elemento de redistribucin de la riqueza.Una poltica de planeacin del desarrollo integrada y articulada con la poltica fiscal, y una poltica de ingresos congruentes con los objetivos y prioridades de los programas nacionales parece ser un instrumento eficaz para el logro de los propsitos de planeacin.Por ltimo, los instrumentos de participacin de la comunidad son aquellos que se refieren a la actividad de los sectores social y privado en cuanto a sus formas de organizacin y al desarrollo de sus acciones sobre el desarrollo y, como lo hemos venido afirmando, requieren de una aplicacin que incorpore al proceso de planeacin a la sociedad, causa y justificacin del proceso mismo.Pese a esta posible planeacin indicativa que considero asegurara en gran medida la consecucin y cumplimiento de un sistema de planeacin nacional, no deja de ser de fundamental importancia la participacin de la comunidad y de los grandes centros de decisin en la formulacin de los planes para que stos se traduzcan en el conjunto de aspiraciones y propsitos nacionales, as como de las diferentes alternativas y sus medios de ejecucin, para evitar los riesgos e imposiciones de una planeacin vertical, autoritaria y antidemocrtica.Pero an pensando en una formulacin popular y participativa, subsiste el problema jurdico y poltico de cmo asegurar el cumplimiento y participacin voluntaria o espontnea de la sociedad civil para la planeacin, porque seguramente, en el campo de confrontacin poltica que supone la planeacin habr conductas disidentes.La planeacin no puede ser compulsiva o totalitaria de acuerdo a nuestro rgimen constitucional, sin embargo, se puede tener doble efecto sobre los particulares tendiendo a asegurar su participacin.Por una parte, como se afirmado, los planes establecen determinadas hiptesis que pueden favorecer al particular, fomentando o estimulando determinadas conductas que el plan considere idneas, eliminando algunos requisitos u otorgando un sistema de preferencias en crdito, tecnologa, capacitacin, etc.Por otra parte, ofrece las bases y objetivos para una concertacin de acciones y actividades con los centros de decisin empresarial y con los grupos organizados de trabajadores.A este propsito parece ser necesaria la creacin de instituciones a-doc que permitan esta concurrencia y la creacin de nuevas instituciones que aseguren el compromiso de los particulares, an dentro de los lmites estructurales.Citas Bibliogrficas: Eduardo W. Planificacin y Liberalismo Econmico. Congreso Internacional de Derecho Econmico. Enep-Acatln. Mxico 1981.http://www.eumed.net/rev/cccss/24/planeacion.htmlCONGRESO DE LA UNIONElCongreso de la Unines el rgano depositario delPoder LegislativodelEstado federal mexicano. Es una asambleabicameral, es decir, est compuesta por dos cmaras: laCmara de Diputadoscon un total de 500 diputados y elSenadoconstituido por 128 senadores.5LaConstitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanosestablece el Congreso en su Ttulo Tercero, Captulo II, artculo 50.Cuando se rene de forma conjunta, para sesiones de Congreso General, su sede oficial es elPalacio Legislativo de San Lzaro, que de ordinario es tambin sede de la Cmara de Diputados.En periodos de receso, laComisin Permanenterene un nmero de diputados y senadores para atender los asuntos pendientes del Congreso hasta el nuevo periodo de sesiones.El Poder Legislativo cuenta con elCanal del Congreso de Mxicodesde 2000.6Datos Generales

Creacin28 de septiembrede1821

Cmara altaSenado

Lmite1 periodo (6 aos)

Cmara bajaCmara de Diputados

Lmite1 periodo (3 aos)

Creacin28 de septiembrede1821

Cmara altaSenado

Lmite1 periodo (6 aos)

Cmara bajaCmara de Diputados

Lmite1 periodo (3 aos)

Liderazgo

PresidenteMiguel Barbosa Huerta,desde el1 de septiembrede2014

Presidente de laCmara bajaSilvano Aureoles Conejo,desde el1 de septiembrede2014

CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROOElCongreso del Estado de Quintana Rooes el rgano depositario delpoder legislativodel Estado Mexicano Libre y Soberano deQuintana Roo; se integra por un total de 25 diputados, siendo 15 electos por mayora relativa en cada uno de los 15 distritos electorales uninominales en los que se divide el estado, y 10 son electos por el principio de representacin proporcional mediante un sistema de listas registradas por lospartidos polticos.El Congreso de Quintana Roo se origin con la creacin del estado el8 de octubrede1974, siendo el primer congreso electo el da 10 de noviembre de 1974 con carcter de constituyente y entrando en funciones el da 25 del mismo ao, posteriormente fue electa la ILegislatura; actualmente se encuentra en ejercicio la XIVLegislatura.

CABILDOPuede tratarse delayuntamientoo lamunicipalidad, de la junta que celebra estainstituciny del edificio donde tiene lugar la junta.Lee todo en:Definicin de cabildo - Qu es, Significado y Conceptohttp://definicion.de/cabildo/#ixzz3RxaFKrJmLos trminosayuntamiento,alcalda,corporacin local,corporacin municipal,gobierno localygobierno municipalse utilizan como distintos nombres para lainstitucinque realiza las funciones de rgano degobiernooadministracin localde unmunicipio.Suele estar presidido por unalcalde,intendente, presidente de comuna o presidente municipal, que ostenta la presidencia de la administracin local y del pleno municipal, y formado por losconcejalesoedilesque, reunidos en pleno, ejercen la potestad normativa a nivel local. En algunos casos los ayuntamientos de pueblos pequeos se gobiernan por algn tipo desistema asambleario, como el tradicional que enEspaase denominaconcejo abierto, oconcejo deliberante(en pases comoArgentina).Por extensin, tambin suele llamarseayuntamiento,municipalidadocomunaa lacasa consistorial, el edificio que cumple las funciones de sede principal de la institucin.Generalmente, el ayuntamiento es el rgano administrativo de menor rango territorial y, por tanto, el ms cercano al ciudadano, aunque los municipios grandes suelen subdividirse administrativamente enbarrios,distritos,cuarteles,secciones,delegacionesy sindicaturas opedanas(estas ltimas de carcter ms rural).http://es.wikipedia.org/wiki/AyuntamientoINICIATIVA DE LEY O DECRETO

Documento formal que los rganos o actores facultados legalmente presentan ante cualquiera de las cmaras del Congreso para su estudio, discusin y, en su caso, aprobacin. Tiene como propsito crear, reformar, adicionar, derogar o abrogar disposiciones constitucionales o legales. Representa el acto jurdico con el que da inicio el proceso legislativo.

De acuerdo con la Constitucin, en Mxico tienen la facultad para iniciar leyes o decretos: el Presidente de la Repblica, los diputados federales y senadores, as como laslegislaturas de los estadosy los ciudadanos.

Todo texto de iniciativa se compone de: a)exposicin de motivos,b) parte normativa y, c) normas transitorias.

http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=123Diario Oficial de la Federacin (Mxico)ElDiario Oficial de la Federacin(DOF) es elperidico oficialdel Gobierno Constitucional deMxico. Su funcin es la publicacin deleyes,reglamentos,acuerdos, circulares,rdenesy dems actos expedidos por lospoderesde laFederacin, a fin de que stos sean observados y aplicados debidamente en sus respectivos mbitos de competencia en el territorio nacional.ElDiario Oficial de la Federacin(DOF) es editado de lunes a viernes por laSecretara de Gobernacin, y tambin puede ser consultado va Internet.En el ao de 1848 se llamEl Correo Nacional.http://es.wikipedia.org/wiki/Diario_Oficial_de_la_Federaci%C3%B3n_%28M%C3%A9xico%29LEY DEL PERIDICO OFICIALDEL ESTADO DE QUINTANA ROOCAPTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artculo 1.-La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones generales para la organizacin, funcionamiento, operacin y publicacin del Peridico Oficial del Estado de Quintana Roo.

Artculo 2.-El Peridico Oficial del Estado de Quintana Roo, es un instrumento de carcter jurdico, permanente y de inters pblico, que tiene como fin publicar, dar vigencia y observancia general a las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, manuales y dems actos previstos por las leyes, as como las diversas disposiciones normativas de derecho pblico o privado en general, expedidas por los Poderes del Estado, los Ayuntamientos y los particulares, en sus respectivos mbitos de competencia.http://po.qroo.gob.mx/portal/index.php