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RESUMEN

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Y SU APLICACIÓN EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURALDEL ECUADOR.

Autora:

Annabel Margarita Chévez Aguilar C. I.

0704620038

El presente estudio describe en un primer momento todo lo referente a lo que la Constitución de la Repúblicadel Ecuador establece en sus artículos acerca de los derechos que tienen los niños en la educación; seguidamente establece la importancia que tiene el que todos y todas conozcan cuáles son sus derechos y muy en especial a los docentes, puesto que es primordial el conocimiento que deben tener acerca de los derechos que tienen sus estudiantes, para que en un momento determinado los puedan ayudar en caso de que se estén alterando o violando los mismos. Finalmente se plantea todo lo concerniente con lo que tiene que ver en el Marco Legal Educativo, Constitución de la República del Ecuador yLey Orgánica de Educación Intercultural y Reglamento General. Es por ello que el objetivo que guió este trabajo es establecer la incidencia que tienen los limitados conocimientos de los docentes acerca de los derechos de los estudiantes, la misma que se realizóutilizando métodos de investigación documental a través de la consulta de artículos científicos y legales, los cuales facilitaron la obtención y sistematización de la información relacionada el problema objeto de estudio. Es importante enfatizar que la presenta investigación servirá de referente de los docentes con respecto a cuan importantes es respetar los derechos que tiene el dicente dentro del sistema educativo ya que solo así se lograra crear un ambiente educativo de calidad y calidez no solo para el estudiantes sino para todas aquellas personas que forman parte de la comunidad educativa, logrando así el Buen Vivir. Palabras claves: Derechos – estudiantes – educación – ley – intercultural

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ABSTRACT

RIGHTS OF STUDENTS AND THEIR APPLICATION IN THE ORGANIC LAW OF ECUADOR INTERCULTURAL EDUCATION.

The present study describes at first everything about what the Constitution of the Republic of Ecuador establishes in its articles about the rights that children have in education; then establishes the importance that everyone know what their rights and especially teachers, since it is essential knowledge that must have about the rights that their students, who at one time determined can help if they are violating or altering them. Finally everything concerning what to see in the Legal Framework Educational, Constitution of the Republic of Ecuador and the Organic Law of Intercultural Education and General Regulations arises. That is why the goal that guided this work is to establish the impact they have limited knowledge of teachers about student rights, the same as was done using methods of documentary research by consulting scientific papers and legal , which they facilitated the collection and systematization of information related the problem under study. It is important to emphasize that this investigation will serve as a reference for teachers about how important is to respect the rights that the deponent within the education system because only then managed to create a quality educational environment and warmth not only for students but for all those who are part of the educational community, achieving Good Living.

Keywords: Rights - students - education - law - intercultural

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INTRODUCCION

Los sistemas educativos en el Ecuador desempeñan funciones vitales para los individuos y la sociedad, uno de los pilares fundamentales de la educación es contribuir al desarrollo educativo de los niños y niñas, lo cual se logra a través delaintegración y el desarrollo armónico de la comunidad educativa que conozca y respete sus deberes y obligaciones, permite fortalecer la educación y encaminarla hacia la calidad.

Con lo que se podría decir que el objetivo primordial de la educación es entregar a niños y jóvenes sin distinción alguna los recursos suficientes para llegar a ser personas útiles a la sociedad y al país, con conocimientos significativos que establezcan relación con su formación profesional, rica en valores y con una cultura de acercamiento a la investigación permanente e innovadora.

Es ahí entonces en donde se hace necesaria la presencia de un instrumento legal que direccione las políticas, objetivos y metas del sistema educativo ecuatoriano con el fin de que se cumplan todos los estándares de calidad, encuadrados en el respeto y el Buen Vivir de la comunidad educativa.

Sinembargo, en el Ecuador se evidencia que dada la protección de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)y su reglamento, los estudiantes y padres de familia exageran los derechos de los educandos en el desarrollo de todas las actividades dentro y fuera de los planteles, haciendo caso omiso a las normas y disposiciones de las instituciones educativas, lo cual esta está incidiendo en el normal desarrollo de las actividades dentro y fuera del aula.

Por otra parte el personal docente no conoce a profundidad lo que LOEI establece acerca de los derechos que tienen los estudiantes, es por ello que considerando la transcendencia que vive la educación en nuestro país se hace necesario plantear el siguiente problema de investigación: ¿Qué incidencia tiene el limitadoconocimiento de los docentes acerca de los derechos de los estudiantes?

En función a la interrogante antes expuesta se establece como tema de Trabajo Práctico: Derechos de los estudiantes y su aplicación en la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador, el cual tiene por objetivo. Dirigir e informar sobre los derechos del estudiante y el ambiente de integración y bienestar educativo en el que se deben desenvolver.

Con la información expuesta que es carácter científico se describe con claridad la información pertinente que deben conocer todos los docentes sobre los derechos de los estudiantes en el desarrollo de su actividad académica, evitando problemas internos y externos en los planteles educativos.

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DESARROLLO

Entiéndase por Derecho a la Educación como un derecho que tienen todas las personas a recibir una educación inclusiva consignada en los referentes jurídicos existentes en el país. Otras personas responderán que es un derecho humano consagrado en los estamentos jurídicos internacionales que establecen recibir una educación de calidad con calidez.

Torres, (2010) Manifiesta que:

“La educación es tanto un derecho humano como un medio vital para promover la paz y el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. A fin de que se realice su potencial para contribuir a construir un mundo más pacífico, la educación debe ser universal y accesible de manera igualitaria para todos y todas” (Torres, 2010, pág. 3).

Es decir que el derecho a la educación es de vital importancia para los seres humanos por que permite la adquisición de conocimientos necesarios y alcanzar una preparación adecuada para el desenvolvimiento dentro de la sociedad y a la vez contribuir para mejorar el desarrollo económico, social y cultural del país. El Derecho a la Educación es parte de los Derechos Humanos las personas con vastos conocimientos acerca de los derechos humanos dejan constancia la relación que tiene el derecho a la educación con el resto de derechos humanos. Dejan claro que la educación fortalece y enriquece el desarrollo de las personas y por eso se la considera como una condición importante para a futuro encontrar el Buen Vivir. (SARRE, 2009)Afirma que:

“La educación potencia el desarrollo de la persona y por ello es condición esencial para el disfrute de todos ellos; por esto se considera éste como un derecho clave (keyright). No se puede ejercer ninguno de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos o culturales sin un mínimo de educación” (pág. 258).

De lo antes descrito se puede notar la importancia que tiene la educación en todos los sectores de la sociedad, es decir que sin educación no se puede hablar de ningún otro de los derechos humanos. Siendo los estudiantes la parte fundamental de la educación en el mundo queremos referirnos a la educación en el Ecuador donde en la LOEI se establecen con claridad los derechos de la población estudiantil, es imprescindible que estos mandatos se cumplan a cabalidad pero sin atropellar el bienestar de otras personas. Se establece entonces que el derecho a la educación es “el epítome de la indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos”; siempre y cuando los educandos hagan de ella una fortaleza para establecer reglas y normas de buen vivir que conlleven a integrar a la comunidad educativa para el bien de la sociedad y el contexto donde se desarrollan sus actividades.

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El Derecho a la Educación y la Calidad de la Educación en los últimos años se ha venido diciendo que la educación impartida en los centros educativos debe ser de calidad, formar alumnos con habilidades y destrezas que sean competentes, integrales y que alcancen los cuatro pilares de la educación tal como lo cita Dinora Carcelén de Delors, Jacques “Aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos, aprender a vivir con los demás, aprender ser”(Carcelén , 2014).

Para esto las autoridades del ministerio de educación consideran el seguimiento de la calidad educativa como una estrategia cobijada en los resultados de la evaluación escolar, para el mejoramiento de las instituciones educativas y para el desarrollo del país.

(Palacios, 2013) Expresa que:

“Las autoridades en educación encasillan el seguimiento de la calidad educativa como una estrategia amparada en los resultados de la evaluación escolar, que debe ser utilizada como sinónimo de mejoramiento no solo de los centros educativos y de la educación en general, sino del desarrollo de las naciones”

De lo antes mencionado se puede decir que las entidades competentes buscan a toda costa el mejoramiento de la calidad de la educación, permitiendo esto el desarrollo de los pueblos.

Por lo antes expuesto, es necesario mencionar que la educación es un derecho humano que debe ser accesible a todas las personas, sin discriminación alguna. Los organismos internacionales reconocen la magnitud de la importancia del derecho a la educación e insisten en la necesidad de hacer de la educación un derecho accesible a todos los niños aún más cuando esta educación es de calidad y con calidez.

Derecho a la Educación de las Personas Discapacitadas en los países que tienen Leyes Generales de Educación en donde el tema de la educación para personas con discapacidad está más desarrollado y que presentan algún avance en la concepción del derecho a una educación inclusiva son Brasil, Argentina y Perú. Las Leyes Generales de México y Nicaragua son mucho más sucintas en esta temática, pero la plantean desde una perspectiva de inclusión. En el caso de Bolivia y Ecuador, las legislaciones vigentes no están enmarcadas en el paradigma de la inclusión, pero en ambos casos están actualmente en discusión proyectos de ley de educación más avanzados. En el caso de Uruguay, aunque la Ley de Educación no detalle la educación para personas con discapacidad, sí lo hace la Ley de Protección Integral a las personas discapacitadas.

“La UNESCO considera que alrededor de 40 de los 115 millones de niños y niñas que están fuera de la escuela en el mundo tengan alguna discapacidad. Y que solamente el 2% de los niños y niñas en esta situación consiguen concluir sus estudios. La tasa mundial de alfabetización de personas adultas con discapacidad llega apenas al 3%, y al 1% en el caso de las mujeres con discapacidad”(Crosso, 2010, pág. 1).

Realmente es una situación que afecta a muchas personas en el mundo entero ya que por su discapacidad no pueden ejercer sus estudios o tiene miedo a ser víctimas de burla en las escuelas, colegios, etc. Es por eso que la Autoridad Educativa Nacional

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brinda mayor importancia a las personas con necesidades Educativas Especiales, Incluyéndolos en las Unidades Educativas siendo parte esencial del sistema de enseñanza y puedan ejercer su derecho a la Educación. En el Ecuador, en el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural manifiesta en el: Título VII que corresponde a LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS

Ministerio de Educación, (2012). En el Capítulo indica:

“Art. 227.- Principios.- La Autoridad Educativa Nacional, a través de sus niveles desconcentrados y de gestión central, promueve el acceso de personas con necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad al servicio educativo, ya sea mediante la asistencia a clases en un establecimiento educativo especializado o mediante su inclusión en un establecimiento de educación escolarizada ordinaria”.

El estado a través de sus políticas busca inmiscuir e incluir a las personas que tengan una capacidad especial dentro del ámbito de la educación, porque entiende que el servicio educativo debe estar al servicio y las necesidades de toda la colectividad.

“Art. 228.- Ámbito.- Son estudiantes con necesidades educativas especiales aquellos que requieren apoyo o adaptaciones temporales o permanentes que les permitan o acceder a un servicio de calidad de acuerdo a su condición. Estos apoyos y adaptaciones pueden ser de aprendizaje, de accesibilidad o de comunicación”.

El Estado entiende que no existen personas con discapacidades sino personas con capacidades especiales que requieren apoyo temporal o definitivo del ámbito educativo para poder educase y superarse y es por ella que la educación debe adaptarse a este conglomerado social, por cuanto el Estado Ecuatoriano es un estado constitucional de derechos y justicia, todos somos iguales ante la ley y tenemos los mismos derechos y oportunidades.

“Art. 229.- Atención.- La atención a los estudiantes con necesidades educativas especiales puede darse en un establecimiento educativo especializado o mediante su inclusión en un establecimiento de educación escolarizada ordinaria, de conformidad con la normativa específica emitida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional”.

Se cuenta con equipos de profesionales especializados en la detección de necesidades educativas especiales, quienes deben definir cuál es la modalidad más adecuada para cada estudiante y deben brindarles la atención complementaria, con servicio fijo e itinerante.

La atención que brinda el Estado a las personas con capacidades especiales se puede dar tanto en instituciones especializadas para el efecto o en instituciones de educación ordinaria, por cuanto estas deben adaptarse a los individuos o personas que acuden a educarse por cuanto tiene derecho a ello, que está protegido en la Carta Magna. Art. 35 de la Constitución que les brinda el derecho de recibir una atención prioritaria `por parte de los entes del Estado y del ámbito privado.

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El Estado Ecuatoriano a pesar de los importantes avances que ha tenido en materia de atención e inclusión a personas con capacidades especiales y grupos de atención prioritaria aún tiene mucho por avanzar, no existen en el país las suficientes instituciones especializada, podríamos decir que solo existen centros de educación primaria que no abastecen muchas veces la demanda y que necesitan de implementación, siendo por esto quemas bien los centros de educación ordinaria tiene que adaptarse a las necesidades de las personas de atención prioritaria necesitando también la implementación necesaria.

Se concibe la educación como un servicio público, en el marco del Buen Vivir se establece que la educación es condición necesaria para la igualdad de oportunidades y para alcanzar la sociedad del Buen Vivir. Por este motivo se re conceptualiza que la educación no es un privilegio de algunos sino que es un derecho de todos los seres humanos. Es decir que la educación debe responder “al interés público” y no debe estar “al servicio de intereses individuales y corporativos”

En el documento de la LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL, título II de los Derechos y obligaciones, capítulo primero del derecho a la educación expresa que:

“Art. 4.- Derecho a la educación.- La educación es un derecho humano fundamental garantizado en la Constitución de la República y condición necesaria para la realización de los otros derechos humanos.

Son titulares del derecho a la educación de calidad, laica, libre y gratuita en los niveles inicial, básico y bachillerato, así como a una educación permanente a lo largo de la vida, formal y no formal, todos los y las habitantes del Ecuador.

La Educación es un derecho Constitucional ineludible que garantiza el desarrollo de los pueblos, la aplicación de este derecho garantiza el desarrollo de la sociedad, así como el cumplimiento de otros derechos humanos que dependen de una sociedad culta y preparada. El Sistema Nacional de Educación profundizará y garantizará el pleno ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.(Ministerio de Educación, 2012, pág. 52).

La LOEI, hace referencia a los Derechos que tienen los estudiantesen la pág. 59 que corresponde a los derechos y obligaciones de los estudiantes,establece:

“Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:

a. “Ser actores fundamentales en el proceso educativo;”

Es decir deben de ser entes activos, que produzcan ideas, sus propios conocimientos a través de problemas y análisis, dentro de los cuales obtengan sus propias respuestas, ahora los maestros son simplemente guías, ahora es el estudiante el motor de su propio conocimiento.

b. “Recibir una formación Integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la

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valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación;”

Recibir una educación de calidad y calidez para recibir una capacitación integral que desarrolle sus potencialidades y fortalezca sus debilidades, respetando sus costumbres y sus orígenes, por cuanto la educación debe ser inclusiva y no discriminatoria.

c. “Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad

individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitución de la República, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley;”

Todos los Ecuatorianos/as tenemos los mismos derechos y obligaciones por lo consiguiente se debe respetar todo lo que encierra nuestro ser, de donde vinimos y adónde vamos, nuestra opinión, punto de vista, todo esto debe de plasmarse en el ámbito educativo para no permitir discriminaciones de ningún tipo, por nuestro color de piel o por nuestra clase social, todos tenemos las mismas oportunidades de recibir una excelente educación, sin que para esto haya ningún tipo de preferencias.

d. “Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo, sin discriminación de ninguna naturaleza;”

Parte fundamental en el proceso educativo a cada uno de los estudiantes es la evaluación, para ello debemos cumplir con las necesidades y derechos impuestos por la ley.

e. “Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral

de salud en sus circuitos educativos;”

Son pocos los beneficios que se brindan en los servicios de carácter social, por falta de coordinación de los distritos educativos, o muchas de las veces por los docentes que no presentan sus informes para que los encargados de ayudar a los estudiantes brinden la atención necesaria.

f. “Recibir apoyo pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus

necesidades;”

Los docentes son parte de la superación de los estudiantes por ende el hilo conductor de los aprendizajes, esta ayuda se brinda satisfactoriamente en los planteles educativos.

De acuerdo a la necesidad que se presente el docente planteará alternativas de solución, para mejorar el rendimiento académico del estudiante.

g. “Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República, a participar activamente en el proceso educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinión sea considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y respetuosamente su opinión y a hacer uso de la objeción de conciencia debidamente fundamentada;”

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Este punto refleja que todo estudiante debe ser escuchado, participar activamente en los procesos pertinentes en el establecimiento, siendo ellos que demuestren sus habilidades y capacidades intelectuales.

h. “Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos garantizando una representación paritaria entre mujeres y hombres; y, en caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democráticos de gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares, en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles, administrativas y/o penales;”

Todos los niños y jóvenes tienen derecho a elegir y a ser elegidos para cualquier dignidad de los gobiernos estudiantiles que hay en los establecimientos, sin que nadie les obligue a participar a ellos; si resultan elegidos tienen la obligación de cumplir con responsabilidad las actividades inherentes a su dignidad, y solamente dentro de la vida estudiantil.

i. “Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, así como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección;”

Los niños y jóvenes no deben por ninguna razón soportar ningún tipo de maltrato, ni físico, ni verbal, ni psicológico, tampoco acoso o ataque sexual y en caso de ocurrir estos hechos tiene derecho de denunciar a las autoridades competentes.

j. “Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de

condiciones al servicio educativo;”

Tiene derecho que los estudios sean pagados por el estado, en caso que las circunstancias económicas de la familia así lo ameriten.

k. “Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones

nacionales o internacionales, quienes se destaquen en méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza académica, intelectual, deportiva y ciudadana;”

En caso de los estudiantes demuestren con sus altas notas, su aplicación al estudio, tiene derecho a que el Estado les pague el estudio, sin que ellos tengan que devolver nada.

l. “Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;”

En el hogar y en la escuela deben existir las condiciones necesarias para que el estudiante no sea víctima de miradas indiscretas por parte de sus compañeros.

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m. “Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento;”

Que si algún estudiante es acusado por acto de indisciplina tiene derecho a defenderse, incluso hasta con un abogado con el fin de demostrar su inocencia en caso de haberlo.

n. “Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, científicas en representación de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel competitivo;”

Disponer de canchas, entrenadores, laboratorios de ciencias, el uso de las TICS, museo, bibliotecas, talleres técnicos; con el fin de que el estudiante pueda participar y representar dignamente a su institución educativa en cualquier disciplina que el estudiante sea acto.(Ministerio de Educación, (2012) (pág. 59). (Ministerio de Educación, 2012)En la LOEI Estipula que:

La Constitución de la República del Ecuador establece con claridad los derechos que tienen los estudiantes en el desarrollo de todas sus actividades intra y extra curriculares, en el Título II Derechos, capitulo segundo que se refiere al buen vivir es su sección quinta sobre la educación, detalladamente nos dice:

“Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”.

La Educación es un deber prioritario del Estado, recibe una importante inversión por parte del Estado, por cuanto es garantía de desarrollo y de superación que cumple con la política del Buen Vivir “SUMAK KAWSAY” para vivir dignamente dentro de una sociedad más justa e inclusiva.

“Art. 28 de la Constitución

Este servicio público que es la educación puede ser ofrecido a través de instituciones públicas, fiscomisionales y particulares (Art. 345 de la Constitución), con lo cual se ga-rantiza la libertad de enseñanza (determinada también en el Art. 29 de la Constitución), y se consagra la existencia de la educación particular (confesional o laica), así como de la educación fiscomisional, siempre que cumplan con ciertas condiciones que responden al carácter público del servicio educativo, entre las que se destaca en el mismo artículo 345 el que en todos los centros educativos se deben ofrecer “sin costo servicios de carácter social y de apoyo psicológico, en el marco del sistema de inclusión y equidad social”.

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La Educación es un derecho garantizado en nuestra Constitución por ende el Estado través de sus políticas públicas y su presupuesto busca mejorar la calidad de la Educación con las escuelas del milenio, la implementación de laboratorios en distintas escuelas, tecnología que permite brindar una mejor calidad de educación, por cuanto esta siempre debe de responder a un interés público y no a intereses individuales o particulares de un grupo minúsculo. Por ello el Estado también vela que la Educación que se oferta en las instituciones particulares y fiscomisionales también se respete este principio, así como también se vaya innovando a fin de brindar una excelente educación son calidad y calidez.

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RESULTADOS

La educación es para todos ya es una necesidad mundial coordinada por la UNESCO y por los entidades administrativas de la educación, siendo los generadores de mejoras a largo plazo, con especial atención a la educación permanente, educación de adultos, educación no formal y la alfabetización, es decir buscar una educación integral e inclusiva que busca el Buen Vivir.

Con este trabajo de investigación se pretende lograr en los estudiantes una mejor comprensión de los artículos que se enmarca en la Constitución de la república, LOEI, Reglamentos, los cuales permiten una mejor convivencia dentro fuera del aula.

En el Ecuador un gran número de docentes y comunidad en general desconocen esta parte fundamental que son los artículos que establece la ley acerca de los derechos que les competen a los estudiantes para desempeñarse con naturalidad en el ámbito social y cultural.

Basándose en los párrafos anteriores los docentes deben plantearse estrategias y alternativas de estudio y una minuciosa lectura de los artículos impuestos por el Ministerio de Educación en base a la Constitución sus leyes y reglamentos, y cuáles son las sanciones que establece la ley para determinado proceso.

Así como los docentes conocen acerca de los derechos es importante que el padre de familia se informe sobre los derechos que amparan a sus hijos y que Leyes y artículos deben acogerse. Hola

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CONCLUSIÓN

Al culminar el presente trabajo investigativo surgen nuevas incógnitas que apasionan al investigador y en donde se pudo concluir que la educación es un derecho que tienen todos los seres humanos y que en nuestro país hay entidades competentes que tienen la obligación de velar por que se cumplan, lo que está estipulado en cada uno de los artículos descritos y establecidos por la Constitución de la República del Ecuador 2008.

Enfatizando entonces que la educación ecuatoriana conlleva a la formación de seres útiles a la sociedad, que ayudan al progreso del país, que permita la integración social, integral e intelectual, contribuyendo al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación.

Los docentes deben saber cuáles son los derechos que tienen los estudiantes más aun cuan la integración y equidad han venido siendo el objetivo central y prioritario de la política educativa, por ellos es importante que el docente se informe y capacite sobre los derecho del estudiante, pero cabe también mencionar que el cambio educativo debe ser de interés y compromiso de todos los sectores de la sociedad; es decir no sólo del docente sino también del gobierno, las instituciones educativas, los directivos, los padres de familia y las organizaciones, logrando así fomentar el Buen Vivir en el sistema educativa y de quienes lo conforman.

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ANEXOS

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