1 Derecho Bancario

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Derecho Bancario

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Derecho Bancario Banca y Moneda. Funciones: Crear, trasladar,

cambio y custodia de moneda. Creación secundaria de moneda. Moneda de plástico.

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Derecho Bancario Estudia:

Entidades bancarias. Actividad bancaria. Relación con entidades de regulación

y control. Doble ámbito:

Publico Privado

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Derecho Bancario Objeto: Sistema Bancario.

Entidad reguladora (Banco Central) Intermediarios financieros. Entidad de control (Superintendencia) Entidades auxiliares.

Operaciones. Negocio de crédito. Otras.

Bienes objeto de las operaciones. Dinero y valores

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Banca Central Regulador y parte del Sistema Financiero

Funciones - Dictar normas en materia de moneda, cambiaria y de sistema de pagos (Encaje, tipo cambio, spread, límites crédito, exp. Divisas

- Emitir Moneda - Banco de Bancos - Banquero del Gobierno - Depositario de reservas (Custodiar reservas del

país en físico o inversión)

Suprema Autoridad Monetaria Banco de Bancos y banquero del Gobierno

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Entidades de Intermediación Financiera

Según la actividad que realizan Banca Multiple Universal – Especializada -Comerciales o de depósito (créditos de consumo a corto p.)

-De Inversión (emisiones, inversiones)-- Hipotecarios (especializado en crédito vivienda,)

- - De Ahorro (Cajas, ahorros pequeños, prestamos entre ellos no inversiones riesgosas, Cooperativas -- Fiduciarios (captan vía fideicomisos o fiducias)-Nacionales – Extranjeros

-- Públicos - Privados - - Especializados (Minero, Agrícola, Ganaderos)

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RegulaciónFUNCIÓN DE POLICÍA DEL ESTADO

REGULACIÓN ECONÓMICA

“Técnica del Estado moderno dentro de sus funciones de policía administrativa consistente en

la utilización de un conjunto de normas e instrumentos jurídico-económicos para lograr el

funcionamiento adecuado de determinadas actividades o sectores esenciales de una

comunidad, procurando establecer un equilibrio entre los intereses de las partes involucradas y que

por sus características específicas no pueden dejarse en su totalidad al libre juego de las reglas

del mercado” (Carbajales)

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El Estado debe preservar la confianza del sistema financiero y mantener el sistema de pagos.

La captación habitual de dinero del público, bajo cualquier modalidad, para su colocación es una actividad de interés público.

Ejercer la actividad de intermediación financiera requiere la concesión de “Licencia” por parte del Estado.

¿POR QUÉ PARTICIPA EL ESTADO EN ¿POR QUÉ PARTICIPA EL ESTADO EN LA REGULACION DEL SECTOR LA REGULACION DEL SECTOR FINANCIERO?FINANCIERO?

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La ASFI ex SBEF es una institución de derecho público y de duración indefinida.

Se rige por las disposiciones de la Ley 1488, Estatutos y reglamentos

Como órgano rector del sistema de control de toda captación de recursos del público y de intermediación financiera del país, incluyendo al BCB, tendrá como objetivos: Mantener un sistema financiero sano y estable Velar por la solvencia del sistema de intermediación

financiera

AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO (ASFI) SISTEMA FINANCIERO (ASFI)

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• La jurisdicción de la ASFI es de carácter nacional y su competencia en lo concerniente a la aplicación de la presente Ley es privativa e indelegable

• Su domicilio es la sede de gobierno

• El Director Ejecutivo será designado por el Presidente de la República por un periodo de 6 años de una terna propuesta por la Asamblea L.P

AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO (ASFI)SISTEMA FINANCIERO (ASFI)

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MARCO LEGAL EN BOLIVIAMARCO LEGAL EN BOLIVIA

D.S. 21060 Nueva Política Económica y Financiera

D.S. 21660 Reactivación Económica Ley de Bancos y Entidades Financieras D.S. 22203 Creación del FONDESIF Ley del Banco Central de Bolivia Ley de Pensiones Ley de Propiedad y Crédito Popular Ley Modificatoria del Sistema Financiero Ley de Fortalecimiento de la Normativa y

Supervisión Financiera Nueva CPE Decreto Supremo 29894 de Organización del

Órgano Ejecutivo

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LEY DE BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS

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Ley de Bancos y Entidades Financieras

Principios Fundamentales Regula la actividad de intermediación

financiera (bancarias y no bancarias) Define reglas de entrada Determina reglas de salida Permite la banca universal o

multibanca Establece limitaciones y prohibiciones Facultades y atribuciones de la ASFI

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Ley de Bancos y Entidades Financieras

Es de aplicación preferente frente a cualquier otra disposición legal en todo lo que se dispone. Tiene por propósito precautelar el orden financiero nacional y promover un sistema financiero sólido, confiable y competitivo

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Ámbito de aplicación de la Ley de Bancos y Entidades Financieras

Actividades de:Intermediación financiera

Servicios auxiliares de intermediación financiera

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SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERASISTEMA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

ASFI

Arrendamiento FinancieroArrendamiento Financiero

Sin fines de lucro S.R.L.

Bancos Comerciales

Fondos Financieros

Privados

Mutuales de Ahorro y Préstamo

Cooperativas de A y C Abiertas

Bancos de Segundo Piso

Almacenes de Depósito (*)Almacenes de Depósito (*)

FactorajeFactoraje

Cámara de CompensacionCámara de CompensacionBuros de Inform. CrediticiaBuros de Inform. Crediticia

Sociedades Anónimas

Captan depósitos

Captan depósitos

del público

del público

Serv. Auxiliares

Serv. Auxiliares

Financieros

Financieros

BDP