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José Afonso – ILPES, 11/8/04 1 Potestades Tributarias de los Potestades Tributarias de los Diferentes Niveles de Gobierno Diferentes Niveles de Gobierno I Curso Seminario Internacional DESCENTRALIZACIÓN Y FEDERALISMO FISCAL ILPES/CEPAL – Santiago do Chile -Videoconferencia, 11/8/2004 José Roberto Rodrigues Afonso Site: www.joserobertoafonso.ecn.br Economista del el BNDES y consultor técnico de la Camara di Diputados. ( opinións de exclusiva responsabilidad del expositor )

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José Afonso – ILPES, 11/8/0411

Potestades Tributarias de los Potestades Tributarias de los Diferentes Niveles de GobiernoDiferentes Niveles de GobiernoPotestades Tributarias de los Potestades Tributarias de los

Diferentes Niveles de GobiernoDiferentes Niveles de Gobierno

I Curso Seminario Internacional

DESCENTRALIZACIÓN Y FEDERALISMO FISCAL

ILPES/CEPAL – Santiago do Chile -Videoconferencia, 11/8/2004

José Roberto Rodrigues Afonso

Site: www.joserobertoafonso.ecn.brEconomista del el BNDES y consultor técnico de la Camara di Diputados.

( opinións de exclusiva responsabilidad del expositor )

I Curso Seminario Internacional

DESCENTRALIZACIÓN Y FEDERALISMO FISCAL

ILPES/CEPAL – Santiago do Chile -Videoconferencia, 11/8/2004

José Roberto Rodrigues Afonso

Site: www.joserobertoafonso.ecn.brEconomista del el BNDES y consultor técnico de la Camara di Diputados.

( opinións de exclusiva responsabilidad del expositor )

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José Afonso – ILPES, 11/8/0422

PRINCIPIOS Y

EXPERIENCIA INTERNACIONAL

Sección baseada em documento “Un Comparativo Internacional

de la Recaudación Tributaria”, de Banco de México, 21/5/2003

PRINCIPIOS Y

EXPERIENCIA INTERNACIONAL

Sección baseada em documento “Un Comparativo Internacional

de la Recaudación Tributaria”, de Banco de México, 21/5/2003

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José Afonso – ILPES, 11/8/0433

Principios basicosPrincipios basicosPrincipios basicosPrincipios basicos

El sistema tributario tiene como propósito obtener los recursos necesarios para que el Estado realice las funciones que le son propias - así, tiene como principal objetivo recaudar.

Para lograr su propósito, el sistema de recaudación necesariamente incide sobre las diversas actividades económicas y, por ello, en el diseño del sistema fiscal se debe buscar que éste cumpla las siguientes características:

Equidad

Eficiencia y neutralidad

Competitividad

Simplicidad

El sistema tributario tiene como propósito obtener los recursos necesarios para que el Estado realice las funciones que le son propias - así, tiene como principal objetivo recaudar.

Para lograr su propósito, el sistema de recaudación necesariamente incide sobre las diversas actividades económicas y, por ello, en el diseño del sistema fiscal se debe buscar que éste cumpla las siguientes características:

Equidad

Eficiencia y neutralidad

Competitividad

Simplicidad

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José Afonso – ILPES, 11/8/0444

EquidadEquidadEquidadEquidad

O sistema tributario debe cumplir con el principio de:

equidad horizontal: gravar igual a todos los contribuyentes que tengan una misma capacidad contributiva; y de

equidad vertical o progresividad: gravar más a aquellos individuos con una capacidad contributiva mayor.

O sistema tributario debe cumplir con el principio de:

equidad horizontal: gravar igual a todos los contribuyentes que tengan una misma capacidad contributiva; y de

equidad vertical o progresividad: gravar más a aquellos individuos con una capacidad contributiva mayor.

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José Afonso – ILPES, 11/8/0455

Eficiencia y NeutralidadEficiencia y Neutralidad

Los tributos afectan en las decisiones básicas de los individuos y empresas, particularmente en los mercados laborales y de capital, en caso del impuesto sobre la renta, y entre consumir o ahorrar, en caso del impuestos al consumo.

Un mal diseño puede elevar significativamente la interferencia del sistema tributario en sus decisiones, como la del sector en el cual invertir, el tipo de financiamiento a emplear, el instrumento de ahorro a utilizar, etc. Para lograr la mejor asignación de recursos posible en la economía y obtener un mayor nivel de crecimiento económico, es fundamental que el sistema fiscal interfiera lo menos posible en las decisiones de individuos y empresas.

Los tributos afectan en las decisiones básicas de los individuos y empresas, particularmente en los mercados laborales y de capital, en caso del impuesto sobre la renta, y entre consumir o ahorrar, en caso del impuestos al consumo.

Un mal diseño puede elevar significativamente la interferencia del sistema tributario en sus decisiones, como la del sector en el cual invertir, el tipo de financiamiento a emplear, el instrumento de ahorro a utilizar, etc. Para lograr la mejor asignación de recursos posible en la economía y obtener un mayor nivel de crecimiento económico, es fundamental que el sistema fiscal interfiera lo menos posible en las decisiones de individuos y empresas.

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José Afonso – ILPES, 11/8/0466

CompetitividadCompetitividadCompetitividadCompetitividad

La creciente integración mundial de las economías eleva la competencia y reduce el margen de maniobra de los gobiernos respecto de los impuestos que se aplican a los factores móviles, como el capital y el trabajo calificado.

Así, debe cuidarse que la tasa efectiva de los impuestos sobre la renta personal y empresarial, no exceda a las de nuestros principales competidores.

La creciente integración mundial de las economías eleva la competencia y reduce el margen de maniobra de los gobiernos respecto de los impuestos que se aplican a los factores móviles, como el capital y el trabajo calificado.

Así, debe cuidarse que la tasa efectiva de los impuestos sobre la renta personal y empresarial, no exceda a las de nuestros principales competidores.

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José Afonso – ILPES, 11/8/0477

SimplicidadSimplicidadSimplicidadSimplicidad

Para recaudar es inevitable imponer un costo, tanto al contribuyente, como al fisco. La simplicidad en un sistema tributario resulta un requisito fundamental. Para el fisco, maximiza los recursos a emplear en el gasto público y, para el contribuyente, los que destina a consumir, ahorrar e invertir.

La simplicidad del sistema fiscal está directamente relacionada con la ausencia de excepciones y tratos preferenciales.

La existencia de privilegios fiscales abre espacios a la elusión fiscal que sólo se pueden combatir elevando la complejidad del sistema tributario.

Para recaudar es inevitable imponer un costo, tanto al contribuyente, como al fisco. La simplicidad en un sistema tributario resulta un requisito fundamental. Para el fisco, maximiza los recursos a emplear en el gasto público y, para el contribuyente, los que destina a consumir, ahorrar e invertir.

La simplicidad del sistema fiscal está directamente relacionada con la ausencia de excepciones y tratos preferenciales.

La existencia de privilegios fiscales abre espacios a la elusión fiscal que sólo se pueden combatir elevando la complejidad del sistema tributario.

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José Afonso – ILPES, 11/8/0488

Interacción de los cinco objetivosInteracción de los cinco objetivosInteracción de los cinco objetivosInteracción de los cinco objetivos

Los objetivos no son independientes del objetivo recaudatorio. Un sistema que cumpla mejor con todos ellos conlleva una mayor capacidad recaudatoria por lo siguiente:

una mayor equidad reduce la resistencia al pago de aquellos contribuyentes que son tratados injustamente;

la mayor neutralidad y generalidad de un sistema evita abrir oportunidades de evasión y elusión fiscales;

la competitividad del sistema evita que los contribuyentes trasladen operaciones al extranjero o utilidades a otras empresas mediante el uso de precios de transferencia; y,

la simplicidad reduce la resistencia al pago y facilita a la autoridad detectar el incumplimiento.

Los objetivos no son independientes del objetivo recaudatorio. Un sistema que cumpla mejor con todos ellos conlleva una mayor capacidad recaudatoria por lo siguiente:

una mayor equidad reduce la resistencia al pago de aquellos contribuyentes que son tratados injustamente;

la mayor neutralidad y generalidad de un sistema evita abrir oportunidades de evasión y elusión fiscales;

la competitividad del sistema evita que los contribuyentes trasladen operaciones al extranjero o utilidades a otras empresas mediante el uso de precios de transferencia; y,

la simplicidad reduce la resistencia al pago y facilita a la autoridad detectar el incumplimiento.

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José Afonso – ILPES, 11/8/0499

10%

12%

14%

16%

18%

20%

22%

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30%

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50%

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0 2.500 5.000 7.500 10.000 12.500 15.000 17.500 20.000 22.500 25.000 27.500 30.000 32.500 35.000

Renda per capita ( US$ )

Carga Tributária (% do PIB)

Brasil Polônia

Hungria

Singapura

Japão

Venezuela

Argentina

México

Chile

Coréia do Sul

EUA

SuéciaDinamarca

Israel

África do Sul

Portugal

França

HolandaItália

Austria

Austrália

Espanha

Alemanha

Reino Unido

Canadá

Bolívia

10%

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Renda per capita ( US$ )

Carga Tributária (% do PIB)

Brasil Polônia

Hungria

Singapura

Japão

Venezuela

Argentina

México

Chile

Coréia do Sul

EUA

SuéciaDinamarca

Israel

África do Sul

Portugal

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HolandaItália

Austria

Austrália

Espanha

Alemanha

Reino Unido

Canadá

Bolívia

Fonte: AMIR KHAIR (dados primários: FMI).Fonte: AMIR KHAIR (dados primários: FMI).

Pressión tributaria y renta per capita en Pressión tributaria y renta per capita en mundomundoPressión tributaria y renta per capita en Pressión tributaria y renta per capita en mundomundo

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José Afonso – ILPES, 11/8/041010

Estructura tributaria por categoria - Estructura tributaria por categoria - OCDEOCDEEstructura tributaria por categoria - Estructura tributaria por categoria - OCDEOCDE

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José Afonso – ILPES, 11/8/041111

Estructura tributaria por nivel gobiernamental: Estructura tributaria por nivel gobiernamental: OCDE - IOCDE - IEstructura tributaria por nivel gobiernamental: Estructura tributaria por nivel gobiernamental: OCDE - IOCDE - I

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José Afonso – ILPES, 11/8/041212

Estructura tributaria por nivel gobiernamental: Estructura tributaria por nivel gobiernamental: OCDE - IIOCDE - IIEstructura tributaria por nivel gobiernamental: Estructura tributaria por nivel gobiernamental: OCDE - IIOCDE - II

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José Afonso – ILPES, 11/8/041313

EL CASO DE BRASIL

peculiar de descentralización

EL CASO DE BRASIL

peculiar de descentralización

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José Afonso – ILPES, 11/8/041414

Brasil, un caso aparteBrasil, un caso aparteBrasil, un caso aparteBrasil, un caso aparte

Eduardo Wiesner:

“Por muchas razones la descentralización de Brasil es un caso especial mostrando polticas y caracteristicas institucionales particulares...

Lo que actualmente llama la atención es su esfuerzo “integral” que resulta en los siguientes cuatro procesos independientes:

(i) descentralizacion fiscal a nivel estatal y municipal;

(ii) descentralización dirigida hacia los mercados;

(iii) descentralización sectorial (ej. educacion y salud);

(iv) la respuesta a restricciones macroeconomicas en un ambiente globalizado.”

Eduardo Wiesner:

“Por muchas razones la descentralización de Brasil es un caso especial mostrando polticas y caracteristicas institucionales particulares...

Lo que actualmente llama la atención es su esfuerzo “integral” que resulta en los siguientes cuatro procesos independientes:

(i) descentralizacion fiscal a nivel estatal y municipal;

(ii) descentralización dirigida hacia los mercados;

(iii) descentralización sectorial (ej. educacion y salud);

(iv) la respuesta a restricciones macroeconomicas en un ambiente globalizado.”

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José Afonso – ILPES, 11/8/041515

Proceso de descentralizaciónProceso de descentralizaciónProceso de descentralizaciónProceso de descentralización

Fuerte autonomía subnacional precede y no inviabiliza estabilidad económica. Motivación – redemocratización política.

Inicialmente descentraliza ingresos – reforma tributaria. Depués, y desordenadamente, descentraliza el gasto.

La reforma constitucional de 1988 aseguró una descentralización solo de los ingresos y el poder de tributar.

Los encargos, después, también fueron transferidos de manera forzada: aumentaron los gastos subnacionales mientras se impusieron fuertes restricciones a los presupuestos del gobierno central con el compromiso de combatir el déficit y la inflación; después, lo mismo a los gobiernos estaduales.

Fuerte autonomía subnacional precede y no inviabiliza estabilidad económica. Motivación – redemocratización política.

Inicialmente descentraliza ingresos – reforma tributaria. Depués, y desordenadamente, descentraliza el gasto.

La reforma constitucional de 1988 aseguró una descentralización solo de los ingresos y el poder de tributar.

Los encargos, después, también fueron transferidos de manera forzada: aumentaron los gastos subnacionales mientras se impusieron fuertes restricciones a los presupuestos del gobierno central con el compromiso de combatir el déficit y la inflación; después, lo mismo a los gobiernos estaduales.

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José Afonso – ILPES, 11/8/041616

División federativa recenteDivisión federativa recenteDivisión federativa recenteDivisión federativa recente

Órdenes de gobierno

Unidades

Recursos tributarios

Gasto Público (cuentas nacionales)

NFSP y DNSP

Recaudación

propia

Ingreso

disponible

Personal

activo

Prestaciones

sociales

Formación de capital

fijo

Total (incluy

e interese

s)

Superávit

primario

Intereses

(facultad)

Deuda

neta

Central Unión 1 68.8 59.0 30.0 85.0 17.6 57.8 73.1 70.7 61.2

Intermedio

Estados 26+1 26.6 24.9 43.2 12.9 41.4 25.6 23.7 25.0 34.3

Local Municipios

5532 +27

4.5 16.1 26.8 2.1 41.0 16.6 3.2 4.3 4.6

Total 5586 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0

En % del PIB

35.80 35.80 10.12 14.67 2.20 41.08 4.37 9.58 58.75

Año 2003 2003 2002 2002 2002 2002 2003 2003 2003

Órdenes de gobierno

Unidades

Recursos tributarios

Gasto Público (cuentas nacionales)

NFSP y DNSP

Recaudación

propia

Ingreso

disponible

Personal

activo

Prestaciones

sociales

Formación de capital

fijo

Total (incluy

e interese

s)

Superávit

primario

Intereses

(facultad)

Deuda

neta

Central Unión 1 68.8 59.0 30.0 85.0 17.6 57.8 73.1 70.7 61.2

Intermedio

Estados 26+1 26.6 24.9 43.2 12.9 41.4 25.6 23.7 25.0 34.3

Local Municipios

5532 +27

4.5 16.1 26.8 2.1 41.0 16.6 3.2 4.3 4.6

Total 5586 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0

En % del PIB

35.80 35.80 10.12 14.67 2.20 41.08 4.37 9.58 58.75

Año 2003 2003 2002 2002 2002 2002 2003 2003 2003

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José Afonso – ILPES, 11/8/041717

¿Cuál es el principio más importante para ¿Cuál es el principio más importante para decidir la asignación tributaria? - Idecidir la asignación tributaria? - I¿Cuál es el principio más importante para ¿Cuál es el principio más importante para decidir la asignación tributaria? - Idecidir la asignación tributaria? - I

Es tradición brasileña discriminar en el texto constitucional las facultades tributarias, distribuirlas entre los tres órdenes de gobierno, así como detallar normas sobre su incidencia, forma de cobro y repartición de los ingresos. Eso está en el corazón del federalismo fiscal brasileño y del carácter que adopta, más o menos centralizado.

En la práctica, el capítulo constitucional del Sistema Tributario Nacional constituye el llamado “pacto federativo”, que no existe, ni nunca en la historia se formalizó, por ejemplo, como Pacto de Moncloa.

Es tradición brasileña discriminar en el texto constitucional las facultades tributarias, distribuirlas entre los tres órdenes de gobierno, así como detallar normas sobre su incidencia, forma de cobro y repartición de los ingresos. Eso está en el corazón del federalismo fiscal brasileño y del carácter que adopta, más o menos centralizado.

En la práctica, el capítulo constitucional del Sistema Tributario Nacional constituye el llamado “pacto federativo”, que no existe, ni nunca en la historia se formalizó, por ejemplo, como Pacto de Moncloa.

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José Afonso – ILPES, 11/8/041818

¿Cuál es el principio más importante para ¿Cuál es el principio más importante para decidir la asignación tributaria? - IIdecidir la asignación tributaria? - II¿Cuál es el principio más importante para ¿Cuál es el principio más importante para decidir la asignación tributaria? - IIdecidir la asignación tributaria? - II

El creciente detalle constitucional se justifica con el pretexto de definir en ese campo la división de los ingresos tributarios entre los tres órdenes de gobierno, y en el caso de las principales transferencias por participación en los ingresos por concepto de impuestos, también la división horizontal de los recursos entre las diferentes unidades de un mismo orden gobierno.

En sí, por la escasa importancia del resto de los ingresos, al decidir la división tributaria se está decidiendo, en buena medida, la repartición de los poderes públicos en la federación brasileña.

El creciente detalle constitucional se justifica con el pretexto de definir en ese campo la división de los ingresos tributarios entre los tres órdenes de gobierno, y en el caso de las principales transferencias por participación en los ingresos por concepto de impuestos, también la división horizontal de los recursos entre las diferentes unidades de un mismo orden gobierno.

En sí, por la escasa importancia del resto de los ingresos, al decidir la división tributaria se está decidiendo, en buena medida, la repartición de los poderes públicos en la federación brasileña.

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José Afonso – ILPES, 11/8/041919

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? – I en cada orden de gobierno? – I

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? – I en cada orden de gobierno? – I

Cada orden de gobierno tiene derecho a establecer los impuestos que se les asignan y que son de su responsabilidad exclusiva. En la Constitución se define claramente la asignación de responsabilidades tributarias a cada orden de gobierno, y no hay posibilidad de superponer de responsabilidades en relación con los impuestos y la mayoría de las contribuciones.

Los estado y municipios legislan con amplia autonomía sobre los impuestos de su competencia. La Constitución y las leyes complementarias que reglamentan sus artículos sólo fijan normas generales de funcionamiento de los impuestos subnacionales.

Los tres órdenes de gobierno tiene facultad para cobrar tasas, contribuciones para mejoras y la contribución para sufragar la seguridad social y la asistencia a sus servidores.

Cada orden de gobierno tiene derecho a establecer los impuestos que se les asignan y que son de su responsabilidad exclusiva. En la Constitución se define claramente la asignación de responsabilidades tributarias a cada orden de gobierno, y no hay posibilidad de superponer de responsabilidades en relación con los impuestos y la mayoría de las contribuciones.

Los estado y municipios legislan con amplia autonomía sobre los impuestos de su competencia. La Constitución y las leyes complementarias que reglamentan sus artículos sólo fijan normas generales de funcionamiento de los impuestos subnacionales.

Los tres órdenes de gobierno tiene facultad para cobrar tasas, contribuciones para mejoras y la contribución para sufragar la seguridad social y la asistencia a sus servidores.

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José Afonso – ILPES, 11/8/042020

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? - IIen cada orden de gobierno? - II

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? - IIen cada orden de gobierno? - II

Categoría Gobierno Impuesto o contribución

Comercio exterior Unión Impuesto sobre importaciones – II

Impuesto sobre exportaciones – IE

Unión Impuesto sobre la renta – IR

Impuesto territorial rural – ITR

Activo e ingresos netos Estados Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores – IPVA

Impuesto sobre la transmisión causa mortis de bienes raíces y donación de cualesquier bienes o derechos - ITCD

Municipios Impuesto predial y territorial urbano – IPTU

Transmisión de bienes inmuebles inter vivos – ITBI

Unión Impuesto sobre productos industrializados – IPI

Impuesto sobre operaciones financieras – IOF

Producción y circulación

Estados Impuesto sobre la circulación de mercancías y servicios – ICMS

Municipios Impuesto sobre servicios – ISS

Contribuciones sociales Unión Sobre nómina – patrón/ trabajador

Sobre la facturación de compañías – Cofins

Sobre el ingreso operativo de las empresas – PIS/ PASEP

Sobre movimientos financieros – CPMF

Sobre utilidades netas – CSLL

Categoría Gobierno Impuesto o contribución

Comercio exterior Unión Impuesto sobre importaciones – II

Impuesto sobre exportaciones – IE

Unión Impuesto sobre la renta – IR

Impuesto territorial rural – ITR

Activo e ingresos netos Estados Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores – IPVA

Impuesto sobre la transmisión causa mortis de bienes raíces y donación de cualesquier bienes o derechos - ITCD

Municipios Impuesto predial y territorial urbano – IPTU

Transmisión de bienes inmuebles inter vivos – ITBI

Unión Impuesto sobre productos industrializados – IPI

Impuesto sobre operaciones financieras – IOF

Producción y circulación

Estados Impuesto sobre la circulación de mercancías y servicios – ICMS

Municipios Impuesto sobre servicios – ISS

Contribuciones sociales Unión Sobre nómina – patrón/ trabajador

Sobre la facturación de compañías – Cofins

Sobre el ingreso operativo de las empresas – PIS/ PASEP

Sobre movimientos financieros – CPMF

Sobre utilidades netas – CSLL

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José Afonso – ILPES, 11/8/042121

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? - IIIen cada orden de gobierno? - III

¿Cuáles son los principales impuestos recaudados¿Cuáles son los principales impuestos recaudados en cada orden de gobierno? - IIIen cada orden de gobierno? - III

BRASIL CONCEPTOS Tipo de impuesto Base

cálculo Fijación alícuota

Recaudación admin.

Base cálculo

Fijación alícuota

Recaudación admin.

Comentarios

Comercio exterior F F F, E (1) F F F Impuestos sobre comercio internacional Ingreso de empresas F F F F F F Movilidad de capital, estabilización Ganancias de capital F F F F F F Gran disparidad de base Ingreso de individuos F F F F F, E, L F Redistributivo, movilidad, estabilización Patrimonio F F, E F Redistributivo Capital - - - Transferencias E, L F, E, L E, L Vehículos automotores (registro, transf.) E E E E E E Responsabilidad de los estados Propiedad predial L L L E L L Inmovilidad, beneficio local Tierra F F F E L L Inmovilidad, beneficio local Nómina F, E F, E F, E Contribución/ prestación para

seguridad Beneficiarios del seguro social F F F social Servidores públicos F, E, L F, E, L F, E, L Ventas – única etapa F E F Aspectos de autonomía Productos industriales/ Valor agregado (2) F F F Servicios generales/ Acumulativo (3) F, L F, L L Ventas – múltiples etapas F F F Ajustes sin coordinación del gobierno Mercancía, transp. comun./ Valor agregado V37 F, E F, E E central Acumulativos + V38 F F F Selectivos (combustible, vehículos…) (2) F F F E, L E, L E, L Aspectos relacionados con la residencia Gravamen de tabaco, bebidas alcohólicas, etc. (2) F F F F, E, L F, E, L F, E, L Política global / nacional Contribución para mejoras F, E, L F, E, L L (6) E, L L L Recuperación Tasas de prestación de servicios F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L Pago según servicio recibido Tasas, regalías F, E, L F, E, L F, E, L E, L E, L E, L Beneficios locales

BRASIL CONCEPTOS Tipo de impuesto Base

cálculo Fijación alícuota

Recaudación admin.

Base cálculo

Fijación alícuota

Recaudación admin.

Comentarios

Comercio exterior F F F, E (1) F F F Impuestos sobre comercio internacional Ingreso de empresas F F F F F F Movilidad de capital, estabilización Ganancias de capital F F F F F F Gran disparidad de base Ingreso de individuos F F F F F, E, L F Redistributivo, movilidad, estabilización Patrimonio F F, E F Redistributivo Capital - - - Transferencias E, L F, E, L E, L Vehículos automotores (registro, transf.) E E E E E E Responsabilidad de los estados Propiedad predial L L L E L L Inmovilidad, beneficio local Tierra F F F E L L Inmovilidad, beneficio local Nómina F, E F, E F, E Contribución/ prestación para

seguridad Beneficiarios del seguro social F F F social Servidores públicos F, E, L F, E, L F, E, L Ventas – única etapa F E F Aspectos de autonomía Productos industriales/ Valor agregado (2) F F F Servicios generales/ Acumulativo (3) F, L F, L L Ventas – múltiples etapas F F F Ajustes sin coordinación del gobierno Mercancía, transp. comun./ Valor agregado V37 F, E F, E E central Acumulativos + V38 F F F Selectivos (combustible, vehículos…) (2) F F F E, L E, L E, L Aspectos relacionados con la residencia Gravamen de tabaco, bebidas alcohólicas, etc. (2) F F F F, E, L F, E, L F, E, L Política global / nacional Contribución para mejoras F, E, L F, E, L L (6) E, L L L Recuperación Tasas de prestación de servicios F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L F, E, L Pago según servicio recibido Tasas, regalías F, E, L F, E, L F, E, L E, L E, L E, L Beneficios locales

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José Afonso – ILPES, 11/8/042222

Decentralización tributariaDecentralización tributariaDecentralización tributariaDecentralización tributaria

Reforma tributaria de la Constitución 1988: transferencia de competencias tributarias e ingresos del gobierno central hacia las provincias y, en especial, los municipios.

Resultados:

Fuerte incremento de recaudación:

de 22% en 1988 para 35,8% del PIB en 2003.

Consolidación de la descentralización:

vertical = a favor de municipios

horizontal = a favor de las regiones más pobres

Nueva reforma = consenso tesis vs dificultades operativas

Reforma tributaria de la Constitución 1988: transferencia de competencias tributarias e ingresos del gobierno central hacia las provincias y, en especial, los municipios.

Resultados:

Fuerte incremento de recaudación:

de 22% en 1988 para 35,8% del PIB en 2003.

Consolidación de la descentralización:

vertical = a favor de municipios

horizontal = a favor de las regiones más pobres

Nueva reforma = consenso tesis vs dificultades operativas

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José Afonso – ILPES, 11/8/042323

Presión Tributaria Global – 1947/200Presión Tributaria Global – 1947/20044: en % P: en % PIIBB- en 2003 = 35,8% PIB y en 2004 = 37,7% PIB

Presión Tributaria Global – 1947/200Presión Tributaria Global – 1947/20044: en % P: en % PIIBB- en 2003 = 35,8% PIB y en 2004 = 37,7% PIB

Gráfico 1

CARGA TRIBUTARIA BRUTA GLOBAL NO PÓS-GUERRA: 1947 a 2004

13%

15%

17%

19%

21%

23%

25%

27%

29%

31%

33%

35%

37%

1947 1949 1951 1953 1955 1957 1959 1961 1963 1965 1967 1969 1971 1973 1975 1977 1979 1981 1983 1985 1987 1989 1991 1993 1995 1997 1999 2001 2003

Anos

Em

% d

o P

IB

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José Afonso – ILPES, 11/8/042424

Recaudación tributaria por categoría – 2003/02Recaudación tributaria por categoría – 2003/02Recaudación tributaria por categoría – 2003/02Recaudación tributaria por categoría – 2003/02

Bases de incidencia 2003 2002

% PIB % Total % PIB % Total

PIB (US$ miles de millones) 493.3 459.4

TOTAL 35.8 100.0 35.6 100.0

BIENES Y SERVICIOS 15.8 44.0 15.6 43.7

Valor agregado 9.1 25.3 9.2 25.8

Acumulativos 6.7 18.8 6.4 17.9

SALARIOS Y MANO DE OBRA 8.5 23.7 8.5 23.9

INGRESO, UTILIDADES Y GANANCIAS 7.0 19.6 7.1 19.8

PATRIMONIALES 0.8 2.4 0.8 2.3

COMERCIO EXTERIOR 0.5 1.5 0.6 1.7

OPERACIONES FINANCIERAS 1.8 5.0 1.8 5.1

TASAS 0.5 1.4 0.5 1.4

OTROS 0.9 2.4 0.8 2.1 Elaborado por José Roberto Afonso y Erika Amorim. Cálculo basado en la metodología de las cuentas nacionales

Fuentes primarias: MINIFAZ/ STN, MPAS, CEF, Confaz y ABRASF; IBGE

Impuestos computados por categoría:

- Bienes y servicios: IPI e ICMS (valor agregado); Cofins, PIS-PASEP, contribuciones económicas (incluso la CIDE) e ISS (acumulativos) - Salarios: Contribuciones a la seguridad social (INSS), Sistema S y Salario-Educación; FGTS; contribución servidores (3 esferas)

- Ingreso = IR, CSLL e IR retenido en la fuente por estados y municipios

- Patrimoniales = ITR; IPVA e ITCMD; IPTU e ITBI.

- Comercio exterior = impuestos sobre exportación e importación

- Operaciones financieras = IOF e CPMF

- Tasas = 3 órdenes de gobierno

- Otros impuestos = otros impuestos, entre ellos, las regalías petroleras

Bases de incidencia 2003 2002

% PIB % Total % PIB % Total

PIB (US$ miles de millones) 493.3 459.4

TOTAL 35.8 100.0 35.6 100.0

BIENES Y SERVICIOS 15.8 44.0 15.6 43.7

Valor agregado 9.1 25.3 9.2 25.8

Acumulativos 6.7 18.8 6.4 17.9

SALARIOS Y MANO DE OBRA 8.5 23.7 8.5 23.9

INGRESO, UTILIDADES Y GANANCIAS 7.0 19.6 7.1 19.8

PATRIMONIALES 0.8 2.4 0.8 2.3

COMERCIO EXTERIOR 0.5 1.5 0.6 1.7

OPERACIONES FINANCIERAS 1.8 5.0 1.8 5.1

TASAS 0.5 1.4 0.5 1.4

OTROS 0.9 2.4 0.8 2.1 Elaborado por José Roberto Afonso y Erika Amorim. Cálculo basado en la metodología de las cuentas nacionales

Fuentes primarias: MINIFAZ/ STN, MPAS, CEF, Confaz y ABRASF; IBGE

Impuestos computados por categoría:

- Bienes y servicios: IPI e ICMS (valor agregado); Cofins, PIS-PASEP, contribuciones económicas (incluso la CIDE) e ISS (acumulativos) - Salarios: Contribuciones a la seguridad social (INSS), Sistema S y Salario-Educación; FGTS; contribución servidores (3 esferas)

- Ingreso = IR, CSLL e IR retenido en la fuente por estados y municipios

- Patrimoniales = ITR; IPVA e ITCMD; IPTU e ITBI.

- Comercio exterior = impuestos sobre exportación e importación

- Operaciones financieras = IOF e CPMF

- Tasas = 3 órdenes de gobierno

- Otros impuestos = otros impuestos, entre ellos, las regalías petroleras

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José Afonso – ILPES, 11/8/042525

Recaudación tributaria por niveles de gobierno – 2003/02Recaudación tributaria por niveles de gobierno – 2003/02Recaudación tributaria por niveles de gobierno – 2003/02Recaudación tributaria por niveles de gobierno – 2003/02Orden de gobierno 2003 2002

% PIB % Total % PIB % Total

PIB (US$ miles de millones) 493.3 459.4

TOTAL 35.8 100.0 35.6 100.0

UNIÓN 24.7 68.8 24.5 68.7

IR 5.4 15.2 5.6 15.7

IPI 1.2 3.3 1.4 3.8

IOF 0.3 0.8 0.3 0.8

Imp. sobre el comercio Exterior 0.5 1.5 0.6 1.7

ITR 0.0 0.0 0.0 0.0

Tasas 0.1 0.4 0.1 0.4

Seguridad social 5.3 14.9 5.3 14.8

Cofins 3.8 10.6 3.8 10.6

CPMF 1.5 4.2 1.5 4.2

CSLL 1.0 2.9 0.9 2.6

PIS-PASEP 1.1 3.0 0.9 2.6

Contrib. para seguridad de serv. públ. 0.3 0.8 0.3 0.9

Otras contribuciones sociales 0.3 0.9 0.2 0.6

FGTS 1.6 4.6 1.7 4.7

Contribuciones económicas 1.4 3.9 1.2 3.4

Salario educación 0.3 0.7 0.3 0.8

Sistema S 0.4 1.1 0.4 1.1

ESTADOS 9.5 26.6 9.5 26.6

ICMS 7.9 22.0 7.8 21.9

IPVA 0.5 1.4 0.5 1.5

ITCD 0.1 0.2 0.0 0.1

Tasas 0.2 0.6 0.2 0.6

Seguridad social estatal 0.3 1.0 0.3 1.0

Restantes 0.5 1.5 0.5 1.5

MUNICIPIOS 1.6 4.5 1.7 4.7

ISS 0.5 1.5 0.5 1.5

IPTU 0.4 1.2 0.5 1.3

ITBI 0.1 0.3 0.1 0.3

Tasas 0.2 0.5 0.2 0.5

Seguridad social municipal 0.1 0.4 0.1 0.4

Restantes 0.2 0.7 0.3 0.7

Orden de gobierno 2003 2002

% PIB % Total % PIB % Total

PIB (US$ miles de millones) 493.3 459.4

TOTAL 35.8 100.0 35.6 100.0

UNIÓN 24.7 68.8 24.5 68.7

IR 5.4 15.2 5.6 15.7

IPI 1.2 3.3 1.4 3.8

IOF 0.3 0.8 0.3 0.8

Imp. sobre el comercio Exterior 0.5 1.5 0.6 1.7

ITR 0.0 0.0 0.0 0.0

Tasas 0.1 0.4 0.1 0.4

Seguridad social 5.3 14.9 5.3 14.8

Cofins 3.8 10.6 3.8 10.6

CPMF 1.5 4.2 1.5 4.2

CSLL 1.0 2.9 0.9 2.6

PIS-PASEP 1.1 3.0 0.9 2.6

Contrib. para seguridad de serv. públ. 0.3 0.8 0.3 0.9

Otras contribuciones sociales 0.3 0.9 0.2 0.6

FGTS 1.6 4.6 1.7 4.7

Contribuciones económicas 1.4 3.9 1.2 3.4

Salario educación 0.3 0.7 0.3 0.8

Sistema S 0.4 1.1 0.4 1.1

ESTADOS 9.5 26.6 9.5 26.6

ICMS 7.9 22.0 7.8 21.9

IPVA 0.5 1.4 0.5 1.5

ITCD 0.1 0.2 0.0 0.1

Tasas 0.2 0.6 0.2 0.6

Seguridad social estatal 0.3 1.0 0.3 1.0

Restantes 0.5 1.5 0.5 1.5

MUNICIPIOS 1.6 4.5 1.7 4.7

ISS 0.5 1.5 0.5 1.5

IPTU 0.4 1.2 0.5 1.3

ITBI 0.1 0.3 0.1 0.3

Tasas 0.2 0.5 0.2 0.5

Seguridad social municipal 0.1 0.4 0.1 0.4

Restantes 0.2 0.7 0.3 0.7

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José Afonso – ILPES, 11/8/042626

Recaudación Propia

Federal

68,8%

Estadual

26,6%

Local

4,5%

Recaudación Propia

Federal

68,8%

Estadual

26,6%

Local

4,5%

I ngreso Disponible

después de Transferencias

Federal

59,0%

Estadual

24,9%

Local

16,1%

I ngreso Disponible

después de Transferencias

Federal

59,0%

Estadual

24,9%

Local

16,1%

Descentralización vertical - 2003Descentralización vertical - 2003Descentralización vertical - 2003Descentralización vertical - 2003

En el 2003, una carga tributaria total de 35.8% del PIBEn el 2003, una carga tributaria total de 35.8% del PIB

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José Afonso – ILPES, 11/8/042727

Descentralización vertical: Descentralización vertical: municipalizaciónmunicipalizaciónDescentralización vertical: Descentralización vertical: municipalizaciónmunicipalización

Año 1960 = 14,7% del PIB

Estadual

33,9%

Local

6,3%

Federal

59,8%

Año 1960 = 14,7% del PIB

Estadual

33,9%

Local

6,3%

Federal

59,8%

Año 1980 = 24,5% del PIB

Estadual

23,3%

Local

8,6%Federal

68,2%

Año 1980 = 24,5% del PIB

Estadual

23,3%

Local

8,6%Federal

68,2%

Año 1988 = 22,4% del PIB

Estadual

26,8%

Local

10,7%

Federal

62,5%

Año 1988 = 22,4% del PIB

Estadual

26,8%

Local

10,7%

Federal

62,5%

Año 2003 = 35,8% del PIB

Estadual

24,9%

Local

16,1%

Federal

59,0%

Año 2003 = 35,8% del PIB

Estadual

24,9%

Local

16,1%

Federal

59,0%

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José Afonso – ILPES, 11/8/042828

Participación de gParticipación de gobiernos obiernos ssubnacionalesubnacionales en en iingreso ngreso ttributario ributario disponible: post transferenciais disponible: post transferenciais

- - 1960/2001960/20033

Participación de gParticipación de gobiernos obiernos ssubnacionalesubnacionales en en iingreso ngreso ttributario ributario disponible: post transferenciais disponible: post transferenciais

- - 1960/2001960/20033

10

20

30

40

50

60

1960

1970

1972

1974

1976

1978

1980

1982

1984

1986

1988

1990

1992

1994

1996

1998

2000

2002

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José Afonso – ILPES, 11/8/042929

¿ Los gobiernos subnacionales tuvieron que renunciar a ¿ Los gobiernos subnacionales tuvieron que renunciar a bases impositivas a cambio de participar en los ingresos bases impositivas a cambio de participar en los ingresos federales?federales?

¿ Los gobiernos subnacionales tuvieron que renunciar a ¿ Los gobiernos subnacionales tuvieron que renunciar a bases impositivas a cambio de participar en los ingresos bases impositivas a cambio de participar en los ingresos federales?federales?

En Brasil, los mecanismos de participación en los ingresos asumen, históricamente, una jerarquía vertical. Es decir, siempre son esferas superiores de gobierno las que transfieren recursos a instancias inferiores y nunca al contrario.

Para garantizar un grado mínimo de igualación de la capacidad del gasto de las distintas entidades federadas, históricamente, el gobierno federal establece un mecanismo de participación de los gobiernos subnacionales en los ingresos del IR y del IPI.

El grado de participación de los estados y municipios en los recursos compartidos osciló conforme a los ciclos políticos.

En Brasil, los mecanismos de participación en los ingresos asumen, históricamente, una jerarquía vertical. Es decir, siempre son esferas superiores de gobierno las que transfieren recursos a instancias inferiores y nunca al contrario.

Para garantizar un grado mínimo de igualación de la capacidad del gasto de las distintas entidades federadas, históricamente, el gobierno federal establece un mecanismo de participación de los gobiernos subnacionales en los ingresos del IR y del IPI.

El grado de participación de los estados y municipios en los recursos compartidos osciló conforme a los ciclos políticos.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043030

Relaciones financieras Relaciones financieras intergubernamentalesintergubernamentalesRelaciones financieras Relaciones financieras intergubernamentalesintergubernamentales

Desde la óptica del donador

Estadual

29,3%

Local

0,6%

Federal

70,1%

Desde la óptica del donador

Estadual

29,3%

Local

0,6%

Federal

70,1%

Desde la óptica del receptor

Estadual

42,9%Local

57,0%

Federal

0,1%

Desde la óptica del receptor

Estadual

42,9%Local

57,0%

Federal

0,1%

En el 2002, un total de ingresos transferidos de 7,8% del PIBEn el 2002, un total de ingresos transferidos de 7,8% del PIB

R$ Bi % PIB % Total

Unión -73,5 -5,5% -70,0%Estados 14,2 1,1% 13,6%

Municipios 59,2 4,4% 56,4%

Resultado Líquido =

Transferencias Concedidas - Recibidas

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José Afonso – ILPES, 11/8/043131

R$ 1500 - R$ 3000R$ 3000 - R$ 4500R$ 4500 - R$ 6500R$ 6500 - R$ 8000> R$ 8000

PIB per capita PIB per capita Brasil = R$ 6.400Brasil = R$ 6.400

< R$ 500R$ 500 - R$ 1000R$ 1000 - R$ 1500R$ 1500 - R$ 2000> R$ 2000

Ingreso per capitaIngreso per capitaBrasil = R$ 2.018Brasil = R$ 2.018

Concentración regional de renta e ingreso Concentración regional de renta e ingreso tributariotributario

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José Afonso – ILPES, 11/8/043232

Ingreso PropioIngreso PropioBrasil = R$ 619 p/habitanteBrasil = R$ 619 p/habitante

Ingreso Propio+TransferenciasIngreso Propio+TransferenciasBrasil = R$ 828 p/habitanteBrasil = R$ 828 p/habitante

< R$ 300 R$ 300 - R$ 600R$ 600 - R$ 800R$ 800 - R$ 1000> R$ 1000

< R$ 300 R$ 300 - R$ 600R$ 600 - R$ 800R$ 800 - R$ 1000> R$ 1000

Descentralización horizontal: a favor de gobiernos pobresDescentralización horizontal: a favor de gobiernos pobresDescentralización horizontal: a favor de gobiernos pobresDescentralización horizontal: a favor de gobiernos pobres

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José Afonso – ILPES, 11/8/043333

¿ Los gobiernos subnacionales controlan o ¿ Los gobiernos subnacionales controlan o recaudan el impuesto al valor agregado? - Irecaudan el impuesto al valor agregado? - I¿ Los gobiernos subnacionales controlan o ¿ Los gobiernos subnacionales controlan o recaudan el impuesto al valor agregado? - Irecaudan el impuesto al valor agregado? - I

En 1965, se realizó una reforma tributaria en el país que transformó el principal impuesto sobre la venta de productos en un nuevo impuesto al valor agregado. La competencia se atribuyó a los estados.

Con la Constitución de 1988, el impuesto fui beneficiado por ampliación de su base de cálculo – energia, combustíveis y telecomunicación . Se aumentó la autonomía de esa esfera de gobierno para legislar sobre este impuesto y fijar sus respectivas alícuotas.

La alícuota utilizada para las transacciones interestatales es inferior a la interna. Así, los estados importadores / más pobres receben parte del impuesto relativo a la transacción interestatal, además del correspondiente al valor agregado en sus territorios.

En relación con el comercio internacional, en 1996, después de más de un siglo, con la tradición estadual de gravar las exportaciones y las

adquisiciones de bienes de capital con fines de inversión.

En 1965, se realizó una reforma tributaria en el país que transformó el principal impuesto sobre la venta de productos en un nuevo impuesto al valor agregado. La competencia se atribuyó a los estados.

Con la Constitución de 1988, el impuesto fui beneficiado por ampliación de su base de cálculo – energia, combustíveis y telecomunicación . Se aumentó la autonomía de esa esfera de gobierno para legislar sobre este impuesto y fijar sus respectivas alícuotas.

La alícuota utilizada para las transacciones interestatales es inferior a la interna. Así, los estados importadores / más pobres receben parte del impuesto relativo a la transacción interestatal, además del correspondiente al valor agregado en sus territorios.

En relación con el comercio internacional, en 1996, después de más de un siglo, con la tradición estadual de gravar las exportaciones y las

adquisiciones de bienes de capital con fines de inversión.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043434

¿ Los gobiernos subnacionales controlan o ¿ Los gobiernos subnacionales controlan o recaudan el impuesto al valor agregado? - IIrecaudan el impuesto al valor agregado? - II¿ Los gobiernos subnacionales controlan o ¿ Los gobiernos subnacionales controlan o recaudan el impuesto al valor agregado? - IIrecaudan el impuesto al valor agregado? - II

La Constitución de 1988, al recomponer la autonomía estatal para legislar en materia tributaria, generó graves problemas de coordinación interna. El relajamiento de los dispositivos constitucionales que limitaban los poderes estatales y estaban encaminados a uniformizar minimamente las reglas dio origen a la presencia de distintos aparatos institucionales sobre el mismo impuesto. Actualmente existe una legislación para cada estado (27), lo que impide su completo conocimiento y comprensión por parte de los contribuyentes, en especial de aquellos que acostumbran operar en más de una jurisdicción.

El permiso para que los estados pudieran variar, aun dentro de ciertos límites, sus alícuotas evidenció los problemas de adopción del principio de origen con alícuotas diferenciadas. Isto abre un espacio para la evasión a través de las operaciones interestatales.

La Constitución de 1988, al recomponer la autonomía estatal para legislar en materia tributaria, generó graves problemas de coordinación interna. El relajamiento de los dispositivos constitucionales que limitaban los poderes estatales y estaban encaminados a uniformizar minimamente las reglas dio origen a la presencia de distintos aparatos institucionales sobre el mismo impuesto. Actualmente existe una legislación para cada estado (27), lo que impide su completo conocimiento y comprensión por parte de los contribuyentes, en especial de aquellos que acostumbran operar en más de una jurisdicción.

El permiso para que los estados pudieran variar, aun dentro de ciertos límites, sus alícuotas evidenció los problemas de adopción del principio de origen con alícuotas diferenciadas. Isto abre un espacio para la evasión a través de las operaciones interestatales.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043535

¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - Igobiernos subnacionales y el gobierno central ? - I¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - Igobiernos subnacionales y el gobierno central ? - I

Competición vertical (entre los distintos órdenes de gobierno)

En Brasil, como no hay superposición de las facultades tributarias, el sistema de transferencias de recursos es, prácticamente, el único canal de “comunicación tributaria” entre los órdenes de gobierno.

De este modo, la competencia vertical es resultado de la disputa por los recursos transferidos. El gobierno federal intenta aumentar los recursos a su disposición aprovechando impuestos (como el caso de las contribuciones sociales) cuyos ingresos no se comparten con las esferas subnacionales. Los estados y municipios empiezan a insistir en que la Unión les

aumente los recursos transferidos.

Competición vertical (entre los distintos órdenes de gobierno)

En Brasil, como no hay superposición de las facultades tributarias, el sistema de transferencias de recursos es, prácticamente, el único canal de “comunicación tributaria” entre los órdenes de gobierno.

De este modo, la competencia vertical es resultado de la disputa por los recursos transferidos. El gobierno federal intenta aumentar los recursos a su disposición aprovechando impuestos (como el caso de las contribuciones sociales) cuyos ingresos no se comparten con las esferas subnacionales. Los estados y municipios empiezan a insistir en que la Unión les

aumente los recursos transferidos.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043636

¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - IIII

¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - IIII

Competición horizontal (dentro de un mismo orden de gobierno)

La principal forma de competencia horizontal se da entre los estados. La atribución de facultades a los estados para el cobro del ICMS (el principal impuesto sobre el valor agregado nacional), con la adopción del principio de origen en los intercambios estatales, crea oportunidades para que el impuesto se utilice como instrumento de competencia en las inversiones productivas.

Otro aspecto importante que ha fomentado la guerra fiscal estatal tiene que ver con la ausencia de una política industrial eficaz en el país que trate de disminuir las disparidades regionales. Esta ausencia acaba siendo “compensada” por la competencia tributaria.

Competición horizontal (dentro de un mismo orden de gobierno)

La principal forma de competencia horizontal se da entre los estados. La atribución de facultades a los estados para el cobro del ICMS (el principal impuesto sobre el valor agregado nacional), con la adopción del principio de origen en los intercambios estatales, crea oportunidades para que el impuesto se utilice como instrumento de competencia en las inversiones productivas.

Otro aspecto importante que ha fomentado la guerra fiscal estatal tiene que ver con la ausencia de una política industrial eficaz en el país que trate de disminuir las disparidades regionales. Esta ausencia acaba siendo “compensada” por la competencia tributaria.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043737

¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - IIIIII

¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los ¿ Cómo se controla la competencia fiscal entre los gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - gobiernos subnacionales y el gobierno central ? - IIIIII

Competición horizontal (dentro de un mismo orden de gobierno)

Las armas usadas en la guerra fiscal del ICMS tienen la finalidad de atraer empresas al territorio de la unidad que las utiliza. Se trata de diversos incentivos otorgados al margen de la ley, en general de naturaleza financiera, que arrojan como resultado la reducción o la devolución parcial del impuesto por recaudar.

Desde la perspectiva de un estado determinado, conceder incentivos fiscales para atraer inversiones puede ser un buen camino para el desarrollo. No obstante, lo que en principio parece ser un poderoso instrumento de desarrollo en realidad tiene una dinámica perversa: las finanzas de todos los participantes se deterioran y las exenciones fiscales pierden su poder de atraer empresas. Al final, los vencedores de la guerra son los estados con mayor poder financiero, capaces de soportar la carga de las exenciones y así asegurar condiciones de producción razonables.

Competición horizontal (dentro de un mismo orden de gobierno)

Las armas usadas en la guerra fiscal del ICMS tienen la finalidad de atraer empresas al territorio de la unidad que las utiliza. Se trata de diversos incentivos otorgados al margen de la ley, en general de naturaleza financiera, que arrojan como resultado la reducción o la devolución parcial del impuesto por recaudar.

Desde la perspectiva de un estado determinado, conceder incentivos fiscales para atraer inversiones puede ser un buen camino para el desarrollo. No obstante, lo que en principio parece ser un poderoso instrumento de desarrollo en realidad tiene una dinámica perversa: las finanzas de todos los participantes se deterioran y las exenciones fiscales pierden su poder de atraer empresas. Al final, los vencedores de la guerra son los estados con mayor poder financiero, capaces de soportar la carga de las exenciones y así asegurar condiciones de producción razonables.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043838

¿ Cuáles son los principales problemas actuales ¿ Cuáles son los principales problemas actuales con la asignación tributaria ? con la asignación tributaria ? ¿ Cuáles son los principales problemas actuales ¿ Cuáles son los principales problemas actuales con la asignación tributaria ? con la asignación tributaria ?

La manera en que, históricamente, se procesó la división federativa de las competencias tributarias hizo que nuestro sistema de recaudación se volviera complejo y poco adecuado para los requisitos impuestos por el nuevo escenario internacional.

Los impuestos y contribuciones que inciden en la producción y circulación de mercancías representan la principal fuente de ingresos para la Unión, los estados y los municipios. Los tres órdenes de gobierno recaudan de manera autónoma y no coordinada los impuestos cuya competencia se les atribuye.

La apertura de la economía brasileña al exterior y las demandas de una mayor competitividad de los productos nacionales motivaron la reivindicación de una reforma tributaria.

La manera en que, históricamente, se procesó la división federativa de las competencias tributarias hizo que nuestro sistema de recaudación se volviera complejo y poco adecuado para los requisitos impuestos por el nuevo escenario internacional.

Los impuestos y contribuciones que inciden en la producción y circulación de mercancías representan la principal fuente de ingresos para la Unión, los estados y los municipios. Los tres órdenes de gobierno recaudan de manera autónoma y no coordinada los impuestos cuya competencia se les atribuye.

La apertura de la economía brasileña al exterior y las demandas de una mayor competitividad de los productos nacionales motivaron la reivindicación de una reforma tributaria.

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José Afonso – ILPES, 11/8/043939

¿ Cuál la solución?¿ Cuál la solución? ¿ Cuál la solución?¿ Cuál la solución?

Es fundamental buscar la unificación de múltiples incidencias en un impuesto sobre el valor agregado cuya competencia sea compartida entre los distintos ordenes de gobierno.

La unificación de impuestos es incompatible con la atribución de facultades exclusivas a cualquier orden de gobierno. En un contexto en el que se busca la simplificación del sistema tributario, la autonomía fiscal de los órdenes de gobierno inferiores no puede prevalecer sobre los intereses mayores del país. El requisito previo para que Brasil cumpla las exigencias del actual escenario internacional es homologar la aplicación de impuestos de las unidades subnacionales, lo que vuelve imperativa la revisión de los actuales poderes tributarios de esas instancias de gobierno, en especial los de los estados.

Es fundamental buscar la unificación de múltiples incidencias en un impuesto sobre el valor agregado cuya competencia sea compartida entre los distintos ordenes de gobierno.

La unificación de impuestos es incompatible con la atribución de facultades exclusivas a cualquier orden de gobierno. En un contexto en el que se busca la simplificación del sistema tributario, la autonomía fiscal de los órdenes de gobierno inferiores no puede prevalecer sobre los intereses mayores del país. El requisito previo para que Brasil cumpla las exigencias del actual escenario internacional es homologar la aplicación de impuestos de las unidades subnacionales, lo que vuelve imperativa la revisión de los actuales poderes tributarios de esas instancias de gobierno, en especial los de los estados.

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José Afonso – ILPES, 11/8/044040

La recomendación fundamental de la experiencia descentralizadora brasileña es descentralizar en un ambiente plenamente democrático.

Esto torna el proceso de reforma más lento, gradual y complejo.

Pero, los avances dados serán permanentes.

La recomendación fundamental de la experiencia descentralizadora brasileña es descentralizar en un ambiente plenamente democrático.

Esto torna el proceso de reforma más lento, gradual y complejo.

Pero, los avances dados serán permanentes.

La lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileño

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José Afonso – ILPES, 11/8/044141

La recomendación fundamental de la experiencia descentralizadora brasileña es descentralizar en un ambiente plenamente democrático.

Esto torna el proceso de reforma más lento, gradual y complejo.

Pero, los avances dados serán permanentes.

La recomendación fundamental de la experiencia descentralizadora brasileña es descentralizar en un ambiente plenamente democrático.

Esto torna el proceso de reforma más lento, gradual y complejo.

Pero, los avances dados serán permanentes.

La lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileñoLa lección de modelo brasileño

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José Afonso – ILPES, 11/8/044242

PACTO FEDERATIVO a través del Sistema Tributário: muy detallado en la Constitución

Assegurada DESCENTRALIZACIÓN DEL PRESUPUESTO, inclusive de la recaudación directa (ICMS estadual y el ISS municipal). Gasto sige tendencia, despues.

FONDOS DE PARTICIPACIÓN en impuestos voluminosos y bastante redistributivos: desconcentración regional del presupuesto estadual y municipal, mas que del PIB.

Amplia AUTONOMIA SUBNACIONAL para tributar y recaudar; presupuestar y endeudarse; generar recursos; decidir y

ejecutar acciones, sobretodo sociales.

No impidió la implantación y éxito del REAL: respecto del déficit creciente y de la federalización de las deudas.

Acentuada la descentralización NO DEPENDE de política fiscal y orientación del gobierno central: sistema consolidado y duradero por el vínculo “federalismo x democracia”.

Ventajas de la descentralización Ventajas de la descentralización

brasileñabrasileña

Ventajas de la descentralización Ventajas de la descentralización

brasileñabrasileña

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José Afonso – ILPES, 11/8/044343

Federalización no resulta de la unión de miembros impuesta DE ARRIBA PARA ABAJO.

DESCENTRALIZACIÓN DE ENCARGOS no es desencadenada junto con la de ingresos: recurre a contingencias, con superveniencias y desperdicios.

VINCULACIONES elevadas de los más altos impuestos federales/estaduales : excesiva rigidez presupuestaria, estimulando el aumento de contribuciones no- repartidas

Descentralización antecedió la ESTABILIDAD monetaria: difícil función del gobierno central de gerencia macroeconomica.

Inexistente PLANEAMIENTO y principios mas técnicos no son fundamentales para Pacto federal. Dificil articulación entre gobiernos y fallido papel de coordinación por la Unión.

DESARTICULACIÓN entre gobiernos: frágil harmonización tributaria interna (intensa guerra fiscal); tendencia deficitaria y con alto endeudamiento.

Desventajas de la descentralización Desventajas de la descentralización

brasileñabrasileña

Desventajas de la descentralización Desventajas de la descentralización

brasileñabrasileña

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José Afonso – ILPES, 11/8/044444

No es una coincidencia que los ideales del federalismo fiscal sean siempre evocados en la defensa de intereses localizados y de políticas públicas de impacto regional.

A diferencia de lo que sucede en otros países, la federación brasileña, aunque no terminada, exhibe trazos de razonable estabilidad. Contribuyeron la herencia del Estado unitario y la moderación de las diferencias étnicas, lingüísticas y religiosas entre los brasileños.

Es una buena proyección del cuadro general de su economía, de su sociedad y de su sistema político. La flexibilidad del federalismo brasileño, a pesar de este cuadro, deberá enfrentar pruebas exigentes en un futuro próximo, frente a los desafíos de la política de desarrollo economico y social.

No es una coincidencia que los ideales del federalismo fiscal sean siempre evocados en la defensa de intereses localizados y de políticas públicas de impacto regional.

A diferencia de lo que sucede en otros países, la federación brasileña, aunque no terminada, exhibe trazos de razonable estabilidad. Contribuyeron la herencia del Estado unitario y la moderación de las diferencias étnicas, lingüísticas y religiosas entre los brasileños.

Es una buena proyección del cuadro general de su economía, de su sociedad y de su sistema político. La flexibilidad del federalismo brasileño, a pesar de este cuadro, deberá enfrentar pruebas exigentes en un futuro próximo, frente a los desafíos de la política de desarrollo economico y social.

No existe el modelo idealNo existe el modelo idealNo existe el modelo idealNo existe el modelo ideal

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José Afonso – ILPES, 11/8/044545

Sitio del expositor in internet:

www.joserobertoafonso.ecn.br

e-mail: [email protected]: (55) 21 2554 5742

Sitio del expositor in internet:

www.joserobertoafonso.ecn.br

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Otro sitio recomendado: www.federativo.bndes.gov.brOtro sitio recomendado: www.federativo.bndes.gov.br