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1 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014 MINISTERIO DE FOMENTO PLIEGO DE CONDICIONES – REGLA 42. 2.B).1. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: NEGOCIADO. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: ORDINARIA. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Mejora de calados en accesos marítimos a la zona comercial (II): Muelle Reboredo 2 Fecha de aprobación técnica: 19/06/2015 2.- PRESUPUESTO FORMULADO POR LA ADMINISTRACIÓN BASE IMPONIBLE IVA IMPORTE TOTAL 3.- GARANTÍA PROVISIONAL. 3% DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO). 17.969,40€ DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA CENTIMOS 4.- GARANTÍA DEFINITIVA. 5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO). En metálico o en valores públicos o privados Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. Por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución. 5.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA. HASTA 5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).5% NO SE EXIGE. EUROS 598.979,97€ QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS 21% (en número 125.785,79€ CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS 724.765,76€ SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS

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1 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

PLIEGO DE CONDICIONES – REGLA 42. 2.B).1. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: NEGOCIADO. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: ORDINARIA.

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS

1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO

Mejora de calados en accesos marítimos a la zona comercial (II): Muelle Reboredo 2

Fecha de aprobación técnica: 19/06/2015

2.- PRESUPUESTO FORMULADO POR LA ADMINISTRACIÓN BASE IMPONIBLE IVA

IMPORTE TOTAL

3.- GARANTÍA PROVISIONAL. 3% DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO).

17.969,40€

DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA CENTIMOS

4.- GARANTÍA DEFINITIVA. 5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).

En metálico o en valores públicos o privados

Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.

Por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.

5.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA. HASTA 5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).5%

NO SE EXIGE. EUROS

598.979,97€

QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS

21% (en número

125.785,79€

CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS

724.765,76€

SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS

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2 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

6.- CONTRATO.

DE DERECHO COMÚN FORMALIZADO ANTE EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA

7.- CRÉDITO EXISTENTE Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES (IVA NO INCLUIDO).

IMPORTE DE LAS ANUALIDADES EJERCICIO

(en letra) (en número)

2015 QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS

598.979,97€

TOTAL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS

598.979,97€

8.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE TERMINACIÓN DE LA OBRA.

CUATRO (4) MESES

9.- PLAZO DE GARANTÍA.

DOCE (12) MESES

10. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS PROPOSICIONES.

TRES (3) MESES

11.- REVISIÓN DE PRECIOS.

NO SE CONTEMPLA

12.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS LICITANTES.

GRUPO: F – Marítimas SUBGRUPO: 1 – Dragados Categoría: d

13.- ADMISIÓN DE VARIANTES (Número máximo variantes admitidas).

NO SE CONTEMPLAN.

14.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN

1. Solvencia técnica (incluido plazo) X = 40% Oferta económica Y = 60%

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I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO............................................................................................. 4

1º Objeto del contrato ................................................................................................................................. 4 2º Documentos contractuales...................................................................................................................... 4 3º Presupuesto y financiación...................................................................................................................... 4 4º Plazo de ejecución ................................................................................................................................... 4 5º Régimen jurídico....................................................................................................................................... 5 6º Recursos y Reclamaciones....................................................................................................................... 5

II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN.............................................................. 5 7º Procedimiento de adjudicación............................................................................................................... 5 8º Licitadores................................................................................................................................................ 6 9º Presentación de proposiciones................................................................................................................ 7 10º Adjudicación ........................................................................................................................................ 19

III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................................................................... 29 13º Documento de formalización .............................................................................................................. 30

IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................... 30 14º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución de las obras ............................................................... 30 15º Responsabilidades del Contratista ....................................................................................................... 32 16º Obligaciones del Contratista................................................................................................................. 32 17º Gastos exigibles al Contratista.............................................................................................................. 35 18º Libros de órdenes, de incidencias y de subcontratación...................................................................... 36 19º Equipo y medios personales................................................................................................................. 37 20º Maquinaria y medios técnicos.............................................................................................................. 38 21º Autorizaciones y permisos.................................................................................................................... 38 22º Obligaciones laborales y sociales ......................................................................................................... 38 23º Señalizaciones....................................................................................................................................... 38 24º Dirección de obras................................................................................................................................ 39 25º Precio y forma de pago......................................................................................................................... 39 26º Cumplimiento de plazos y penalidades por mora................................................................................ 40 27º Modificación del contrato .................................................................................................................... 41 28º Revisión de precios............................................................................................................................... 41 29º Suspensión de las obras ....................................................................................................................... 42 30º Resolución de la licitación .................................................................................................................... 42 31º Seguros ................................................................................................................................................. 43 32º Subcontratación y Cesión ..................................................................................................................... 46 33º Recepción y liquidaciones .................................................................................................................... 46 34º Plazo de garantía .................................................................................................................................. 47 35º Devolución de garantías ....................................................................................................................... 47 36º Perfil del contratante............................................................................................................................ 47 37º Protección de datos de carácter personal............................................................................................ 47

A N E X O I ........................................................................................................................................ 50 A N E X O I I ...................................................................................................................................... 51

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4 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO

1º Objeto del contrato El objeto del Contrato es la realización de las obras comprendidas en el proyecto reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego. 2º Documentos contractuales El presente Pliego, así como los planos, Pliego de Prescripciones Técnicas y Cuadro de Precios del proyecto, revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario, simultáneamente a la formalización del contrato. 3º Presupuesto y financiación 3.1 El presupuesto de licitación máximo para este contrato, así como su distribución en

anualidades, figura reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego y comprende, el precio del Contrato, así como los demás impuestos y tasas que puedan corresponder.

3.2 La cobertura financiera del Contrato está amparada por la consignación presupuestaria

correspondiente. 3.3 El importe del Contrato será el que resulte de la adjudicación, que siempre será igual o

inferior al presupuesto del proyecto formulado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

4º Plazo de ejecución 4.1 El plazo de ejecución de la obra será el propuesto por el licitador que resulte adjudicatario

de la misma. Dicho plazo deberá ser igual o menor que el plazo máximo que figura en el Cuadro de Características del presente Pliego. Los plazos parciales, si se establecen, serán los señalados en el de Prescripciones Técnicas o, en su caso, en las modificaciones previamente aprobadas por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra como consecuencia del programa de trabajo presentado por el adjudicatario.

4.2 Todos estos plazos empezarán a contar desde el día siguiente al de la comunicación al

adjudicatario de la autorización del inicio de las obras, realizada por el responsable del Contrato o desde el día siguiente al de la firma del Acta de comprobación del replanteo en la que constará la autorización para la iniciación de las obras dada por el responsable del Contrato.

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4.3 El acta de comprobación del replanteo y los plazos parciales así establecidos, se considerarán como parte integrante del Contrato, a efectos de su exigibilidad.

5º Régimen jurídico El Contrato de obras objeto de este Pliego se regula con sujeción al mismo, y a los documentos adicionales que rijan la licitación (Cuadro de Características, Pliego de Prescripciones Técnicas, Proyecto, relación de unidades, etc…); tendrá la consideración de contrato privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias y por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin que le sea aplicable en ningún caso las normas para contratos sujetos a regulación armonizada; en cuanto a sus efectos y extinción, y se regirá por las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Regla 1.2), y por el Derecho Privado. El órgano de contratación es el Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. 6º Recursos y Reclamaciones El Orden Jurisdiccional Civil será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. La reclamación en vía administrativa ante el órgano de contratación será requisito previo al ejercicio de la acción civil (Regla 45.2). La solución de las controversias relativas al cumplimiento, efectos y extinción de los contratos podrá someterse a arbitraje. Las empresas extranjeras deberán someterse a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN.

7º Procedimiento de adjudicación 7.1. El Contrato se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad, previsto en las

Regla 42 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y

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reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

7.2. Al objeto de promover la debida concurrencia se solicitará la oferta de empresas capacitadas

para la realización del objeto del contrato, sin que su número sea inferior a tres, siempre que ello sea posible, con las cuales podrán negociarse todas o alguna de las condiciones del contrato y que se detallan a continuación, dentro de los límites establecidos en la Regla 26 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias y en el presente pliego:

7.3. La forma de adjudicación será la oferta económicamente mas ventajosa en virtud de la

cual, la adjudicación recaerá sobre el licitador que, en su conjunto, haga la proposición económicamente mas ventajosa en función de los criterios objetivos establecidos a tal fin.

8º Licitadores 8.1 Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras

que teniendo plena capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 72 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cumplan los requisitos establecidos en la Regla 13 de las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, y siempre que no estén incursas en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tal y como dispone la Regla 13.1.c) de las citadas Normas y que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad Social.

8.2 Cuando dos o más empresas acudan conjuntamente a la licitación, en el caso de que

resulten adjudicatarias deberán constituir una Unión Temporal de Empresas. Para la licitación bastará con que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y características de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe a la persona o entidad que representará a la UTE durante la fase de licitación, así como un domicilio a efectos de notificaciones.

8.3. No será necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya

efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración.

8.4. La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato

hasta su extinción.

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8.5. Siendo el presupuesto del Contrato superior a 500.000 euros, resulta exigible a las empresas licitadoras haber obtenido clasificación. Se establece en el Cuadro de Características que las empresas licitadoras deban haber obtenido la clasificación que se especifique, en su caso, en el cuadro que encabeza este Pliego, y será la establecida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

8.6. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no estén

clasificados, deberán acreditar ante la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra su solvencia financiera, económica y técnica o profesional, conforme con los criterios establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.

9º Presentación de proposiciones 9.1. La presentación de las proposiciones implica la aceptación de las Condiciones de este

Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

9.2. En las proposiciones que presenten los licitadores se entenderán comprendidos, a todos

los efectos, el precio del contrato, así como los demás impuestos y tasas que pudieran corresponder, debiendo especificar el importe del IVA.

9.3. La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados y firmados por el

licitador o la persona que lo represente, con indicación en su exterior, del título de la licitación a la que concurren, del nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.

9.4. Los sobres a que se refiere el apartado anterior serán entregados en el Registro General de

la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado, respetándose, en cualquier caso, el secreto de la oferta

9.5. Cuando la documentación se envíe por correo, el envío deberá efectuarse antes de la fecha

y la hora de terminación del plazo señalado en la invitación o en el anuncio. El empresario deberá justificar la hora y la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, correo electrónico o telegrama en el mismo día, a alguna de las siguientes direcciones:

Fax: 986 84 01 93

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Correo electrónico: [email protected]

Dirección: Parque de Cantodarea, s/n. 36900 Marín (Pontevedra).

9.6. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en la invitación o en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.

9.7. La documentación general presentada por los licitadores no adjudicatarios, será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación. Transcurrido el plazo de tres meses, a contar desde que se les notifique la adjudicación, la Autoridad Portuaria no estará obligada a custodiarla y podrá proceder a su destrucción.

9.8. Las proposiciones constarán de 3 sobres, incluyendo en cada uno los siguientes

documentos:

SOBRE Nº 1

Título:

“DOCUMENTACIÓN GENERAL”.

A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre o razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.

Contenido:

A) Caso de que en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se exija una determinada clasificación, deberán presentarse los siguientes documentos:

a) Certificado de clasificación expedido por el Registro Oficial de Empresas Clasificadas o testimonio notarial del mismo. Este certificado deberá contener; el nombre o razón social del empresario, número de identificación fiscal, domicilio, los grupos y subgrupos en los que se encuentra clasificado, con expresión de la categoría obtenida en cada uno de ellos y fecha del acuerdo de clasificación y plazo de vigencia de la misma.

El certificado de clasificación deberá presentarse acompañado de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.

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b) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán aportar su correspondiente fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apoderamiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará aportando fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

d) Declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

e) Declaración responsable debidamente firmada por el licitador o su representante de que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, relación de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el licitador.

g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondicionada el contenido del Pliego y que no ha presentado más de una proposición a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.

h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

i) Garantía provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores. Será devuelta a éstos inmediatamente después de la adjudicación del contrato. La garantía será retenida al adjudicatario hasta la presentación de la garantía definitiva y de la complementaria e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta

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última, en cuyo caso, la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

j) Los que acrediten que la empresa esta inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

k) Certificación, en su caso, de un organismo oficial que acredite que el licitador cuenta con un sistema de gestión medioambiental para el desarrollo de las obras.

l) Los que acrediten que la empresa esta inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

m) En su caso, documentación acreditativa de que la empresa tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.

B) En el caso de Uniones Temporales de Empresarios:

a) Cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los apartados anteriores.

b) En el escrito de proposición indicarán los nombres y características de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos, y el compromiso de constituirse en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios, asimismo deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.

c) La clasificación de la agrupación se verificará, en su caso, mediante la acumulación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas que integran la unión temporal expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será requisito básico para la acumulación de las citadas características que todas las empresas que concurran en la unión temporal hayan obtenido previamente clasificación como empresa de obras.

d) Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su

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clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

e) Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a la vez su participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, y con los Entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el art. 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga. Será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al idioma castellano o gallego.

f) Certificación, en su caso, de un organismo oficial que acredite que el licitador cuenta con un sistema de gestión medioambiental para el desarrollo de las obras, de al menos una de las empresas que concurran en Unión Temporal de Empresas.

g) En su caso, documentación acreditativa de que cada empresa tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.

C) En los restantes supuestos y siempre que no se exija clasificación alguna, los documentos a presentar serán los siguientes:

a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán

aportar fotocopia compulsada o autenticada del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

b) Los que acrediten que cuentan con la solvencia técnica, económica y financiera conforme a los medios establecidos en los arts. 75 a 79 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil,

cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apoderamiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará por la Autoridad

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Portuaria mediante aportación de copia compulsada o debidamente autenticada del Documento Nacional de Identidad.

d) Declaración responsable de no hallarse incursa en las prohibiciones para contratar

recogidas en el art. 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y

con la Seguridad Social.

f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, relación de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el licitador.

g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondicionada el

contenido del Pliego y que no ha presentado más de una proposición a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.

h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se

someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

i) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria de

Marín y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía.

j) En su caso, documentación acreditativa de que la empresa tenga en su plantilla un

número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. D) En el caso de Uniones Temporales de Empresarios:

a) Cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los apartados anteriores.

b) En el escrito de proposición indicarán los nombres y características de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos, y el compromiso de constituirse en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios, asimismo deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del

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13 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.

c) La clasificación de la agrupación se verificará, en su caso, mediante la acumulación de las

clasificaciones individuales de cada una de las empresas que integran la unión temporal expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será requisito básico para la acumulación de las citadas características que todas las empresas que concurran en la unión temporal hayan obtenido previamente clasificación como empresa de obras.

d) Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios

nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

D) Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, deberán

justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a la vez su participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, y con los Entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el art. 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga. Será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al idioma castellano o gallego.

SOBRE Nº 2

Título:

“PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.

Contenido:

Proposición económica formulada estrictamente con arreglo al modelo que figura como Anexo al presente Pliego, para cada propuesta. El concursante deberá formular obligatoriamente su proposición para el proyecto aprobado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, sin introducir ninguna variante, indicando expresamente la parte del precio ofertado que se corresponde con el IVA.

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14 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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La propuesta se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra estime fundamental para considerar la oferta.

SOBRE Nº 3

Título:

“REFERENCIAS TÉCNICAS”. A continuación se consignarán el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico

Contenido:

A) Memoria Constructiva.

Para cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� La concepción global de la obra y justificación de la metodología para la ejecución de la

misma.

� La descripción de todas las unidades de obra importantes o complejas y de los procesos

constructivos propuestos (especialmente los procedimientos de dragado que se proponen utilizar para los materiales considerados como sustrato rocoso alterado y roca, y los próximos a líneas de muelle).

� La relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de las mismas, en su

caso.

� El análisis de las necesidades de instalaciones y de zonas previstas para préstamos y

vertederos.

� El estudio de los medios de transporte y de las plantas de producción de materiales.

� El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos (condiciones de clima

medio en lo referente a estado del mar).

� Desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y

seguridad previstas.

� Interferencia y/o afecciones recíprocas entre la explotación portuaria y la ejecución de las

obras. En particular, incluirá un estudio de no afección a las obras de los muelles comercial Oeste y comercial Sur y al tráfico de buques y operaciones portuarias, durante la ejecución

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15 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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de las obras. Cualquier solución técnica deberá de estudiar y justificar que la ejecución de la obra correspondiente no impida la actividad normal de los muelles del puerto, ni de los viales y las superficies existentes en la zona de servicio, no impida el correcto cumplimiento de los establecido en los condicionantes medioambientales que rigen para el proyecto y permita la operativa de los buques, medios de manipulación de mercancías y sobrecargas de estacionamiento y almacenamiento, establecidos en el proyecto base de la Autoridad Portuaria y en las ROM.

� Señalización y balizamiento de las obras y de los medios marítimos en sus sucesivas fases

de ejecución.

� La relación de las unidades o partes de la obra que realizará bajo subcontratación,

indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación.

� Las mejoras en relación con los medios mínimos materiales y humanos exigidos, en su

caso, como requisitos de solvencia en el pliego de condiciones.

� La extensión máxima de la memoria será de 100 páginas. Los licitadores podrán adjuntar como anexos toda aquella documentación que consideren de interés. Estos anexos no serán valorados por parte de la Comisión Técnica, aunque la misma podrá libremente consultar dichos anexos si, a su criterio, los mismos pueden resultar aclaratorios del contenido de la memoria.

B) Programa de trabajo.

Para cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� La coherencia de la planificación de la obra con los equipos materiales y humanos adscritos

a cada una de las unidades, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que justifiquen el plazo de ejecución y los plazos parciales previstos.

� La lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo

de las obras, incluyendo red de precedencias múltiples entre actividades, duración estimada de cada actividad y holguras. Diagrama espacios-tiempo en obras de tipo lineal o esquemas de avance temporales para las sucesivas fases en la que la construcción se descomponga.

� El plazo total de la obra, que será, como máximo, el reseñado en el Cuadro de

Características del Pliego.

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16 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

� Los plazos parciales que proponga en su programa de trabajo, en su caso.

� La extensión máxima de la memoria será de 50 páginas. Los licitadores podrán adjuntar como anexos toda aquella documentación que consideren de interés. Estos anexos no serán valorados por parte de la Comisión Técnica, aunque la misma podrá libremente consultar dichos anexos si, a su criterio, los mismos pueden resultar aclaratorios del contenido de la memoria.

C) Calidad a obtener.

Para cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� Las medidas propuestas para controlar y garantizar la calidad a obtener en la ejecución de la obra.

� Los controles de calidad que proponga realizar durante la ejecución de la obra; en particular, el plan de control de calidad específico para la obra incluirá al menos los siguientes aspectos:

-Aspectos concretos de las unidades de obra a controlar durante la ejecución de los trabajos y normativa técnica aplicable.

-Evaluaciones previas a los proveedores de materiales o posesión de sellos de calidad del producto.

-Relación de Programas de Puntos de Inspección para las distintas unidades de obra.

-Criterios de muestreo técnico y de aceptación y rechazo.

-Organización dedicada al control de calidad del objeto del proyecto.

La extensión máxima de la memoria será de 50 páginas. Los licitadores podrán adjuntar como anexos toda aquella documentación que consideren de interés. Estos anexos no serán valorados por parte de la Comisión Técnica, aunque la misma podrá libremente consultar dichos anexos si, a su criterio, los mismos pueden resultar aclaratorios del contenido de la memoria. C) Programa de actuaciones medioambientales.

Para cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� La precisión en la identificación de unidades de obra que puedan generar impactos.

� La disponibilidad de instrucciones de trabajo.

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17 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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� La organización física de la obra.

� La localización de canteras.

� La identificación de requisitos legales.

� La localización de vertederos.

� Los sistemas de buena gestión medioambiental propuestos.

� La integración de los subcontratistas en el sistema de gestión medioambiental del licitador.

� Con carácter específico y en función del tipo de obra se podrán valorar algunas de las

siguientes medidas:

� Gestión ambiental de tierras y materiales de obra.

� Restauración paisajística.

� Reducción en la generación de residuos.

� Disminución de la contaminación por vertidos, acústica, atmosférica o del suelo.

� Reducción del impacto visual, cultural o sociológico.

� Limitación de impacto sobre fauna y flora local.

� Disminución del uso de combustibles fósiles o utilización de energías renovables.

� El programa de vigilancia ambiental propuesto cuyo alcance y contenido podrá presentar

mejoras de actuación medioambiental con respecto al contenido en el proyecto licitado. En dicho programa se indicarán las actuaciones de vigilancia y seguimiento sobre los recursos del medio para las unidades de obra o grupos de unidades similares y para las operaciones de:

-Replanteo. -Ubicación y explotación de préstamos y vertederos. -Localización y control de zonas de instalaciones y parque de maquinaria.

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18 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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-Control de accesos temporales. -Control de movimiento de maquinaria. -Desmantelamiento de instalaciones y zona de obras. -Sistema de gestión de residuos y control de la contaminación.

La extensión máxima de la memoria será de 50 páginas. Los licitadores podrán adjuntar como anexos toda aquella documentación que consideren de interés. Estos anexos no serán valorados por parte de la Comisión Técnica, aunque la misma podrá libremente consultar dichos anexos si, a su criterio, los mismos pueden resultar aclaratorios del contenido de la memoria.

D) Tecnología e I+D+i:

Se valorará la idoneidad de las tecnologías que el contratista proponga para la ejecución de la obra. En este sentido se valorarán en particular la utilización en la obra de tecnologías que hayan sido desarrolladas por el contratista en el marco de proyectos de I+D+i que supongan una mejora del valor técnico de la obra, y cuya justificación pueda ser debidamente documentada. La extensión máxima de la memoria será de 20 páginas. Los licitadores podrán adjuntar como anexos toda aquella documentación que consideren de interés. Estos anexos no serán valorados por parte de la Comisión Técnica, aunque la misma podrá libremente consultar dichos anexos si, a su criterio, los mismos pueden resultar aclaratorios del contenido de la memoria.

E) Solución técnica propuesta (sólo licitaciones con variantes):

Se valorarán las mejoras técnicas, si las hubiere, que introducen las soluciones variantes ofertadas por cada licitador en comparación con la solución técnica del proyecto base cuando así lo prevea el pliego. Cada variante recibirá una puntuación en este criterio superior a la puntuación que se otorgue al proyecto base si ofrece mejoras técnicas sobre éste, a juicio de la Comisión Técnica encargada de analizar técnicamente las ofertas; recíprocamente, una variante cuya solución técnica resulte inferior a la del proyecto base, recibirá en este criterio una puntuación inferior a dicho proyecto base.

El licitador describirá y justificará las modificaciones técnicas que propone en su variante respecto a la solución del proyecto base; dichas modificaciones deberán en todo caso limitarse y cumplir estrictamente las prescripciones que establezca el Pliego de Prescripciones Técnicas que acompaña al Pliego de Condiciones.

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19 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

10º Adjudicación 10.1. Normas generales:

La adjudicación se hará apreciando discrecionalmente y de manera motivada cual sea la proposición que, atendiendo a lo que se establece en el Pliego y en las ofertas hechas por los licitadores, se considere más conveniente, sin que, consiguientemente, tenga que recaer en la proposición económica más ventajosa, pudiendo, incluso, declararse desierto el procedimiento.

10.2. Procedimiento:

La composición de la Mesa de Contratación será la designada por el Órgano de Contratación, de acuerdo con la Regla 4 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. En ausencia del Presidente y/o del Secretario o de las personas que los sustituyan, la función del Presidente será ejercitada por el componente de la Mesa de Contratación de mayor edad, y la del Secretario por el de menor edad.

La Mesa de Contratación, procederá al examen de la documentación presentada por los licitadores en los sobres Nº 1, rechazando aquellas que no lo hubiesen efectuado en la forma debida, por la no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida, concediendo un plazo de subsanación en el caso de defectos subsanables, y admitiendo provisionalmente las que reúnan, de un primer examen de la documentación presentada los requisitos exigidos.

La falta de acreditación de capacidad o solvencia impedirá la apertura del resto de sobres, previo pronunciamiento expreso y motivado de la Mesa de Contratación.

A continuación, en su caso, se procederá a la apertura de los sobres Nº 3 que contiene la documentación técnica de los licitadores admitidos, o, en su caso, en proceso de admisión, que en este acto se entregará a la Comisión Técnica formada a tales efectos con arreglo a lo previsto en las Reglas 4 y 39 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, finalizado lo cual se levantará la sesión.

Solo se procederá a la apertura de las proposiciones económicas cuando la Mesa de Contratación tenga en su poder la valoración técnica de las ofertas, presentadas y admitidas efectuada por la Comisión Técnica.

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20 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

En el lugar, día y hora señalados en anuncio publicado en el tablón del organismo, se procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas (sobres Nº 2), dando lectura a las mismas. La Mesa de Contratación hará su propuesta teniendo en consideración la puntuación económica y, en su caso, la puntuación técnica alcanzada por cada oferta contenida en el informe firmado por la Comisión Técnica; dicho informe se incorporará como anexo al acta.

En caso de igualdad entre dos o más licitadores tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.

Sobre la base de la propuesta realizada por la Mesa de Contratación el Órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra resolverá la iniciación de los trámites procedentes para la adjudicación o la declaración del procedimiento desierto.

El plazo máximo para la adjudicación, desde la apertura de las ofertas económicas, será de tres meses.

10.3. Criterios de valoración de las ofertas.

Para el estudio y valoración de las proposiciones, los criterios a tener en cuenta serán los siguientes:

A) PRECIO DEL CONTRATO.

Para obtener las puntuaciones económicas, PE, de las ofertas se procederá de la siguiente forma: se le asignaran 100 puntos a la oferta más económica y a las ofertas restantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión: Puntuación económica de la oferta (PE) = [ (40 × Baja de la oferta) / Baja de la oferta más económica ] + 60

Se entiende por baja de una oferta la diferencia entre el presupuesto base de licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. Se considera oferta más económica a la oferta más baja de las presentadas no incursa definitivamente en anormalidad por su bajo importe.

La puntuación económica se redondeará al segundo decimal.

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21 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

Presunción de anormalidad por bajo importe de una oferta:

Siendo:

BO: Baja de la oferta económica (%).

BR: Baja de Referencia, calculada como se indica a continuación (%).

BM Baja Media (%), calculada como se indica a continuación.

Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe, aquéllas cuyas BO correspondientes superen los siguientes valores:

a) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» mayor o igual que cinco (5):

BO > BR + 4

b) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» menor que cinco (5):

BO > BM + 4

Se denominan ofertas económicas «contemplables», a las ofertas admitidas administrativa y técnicamente, una vez excluidas aquellas correspondientes a las propuestas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, así como aquellas que, a estos efectos, no deban ser consideradas por pertenecer a un mismo grupo.

Los cálculos de la Baja Media (BM) y de la Baja de Referencia (BR) se realizarán de la forma siguiente:

Ofj = Importe de la oferta genérica «contemplable» j (incluida en el conjunto de las citadas n ofertas «contemplables») y

PB = Presupuesto Base de Licitación, que figura en el Cuadro de Características del Pliego.

Se obtendrá, para cualquiera número, n, de ofertas:

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22 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

BOj = 100 [ 1 - ( Ofj / PB ) ] y

BM = (1 / n) ∑ j=1 j=n BOj

Además, para n ≥ 5, se obtendrá:

σ = ( ) ( )1/2

n j

1 j

22j

n

BM n - BO

∑=

=

Entre las mencionadas n ofertas económicas «contemplables» se elegirán aquellas n' ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Ofh, le corresponda un valor BOh [ BOh = 100 (1 - (Ofh/PB) ) ], que cumpla la condición:

|BOh - BM| ≤ σ.

Y contando sólo con dichas n' ofertas, se calculará el valor BR, llamado «Baja de Referencia», del modo siguiente:

BR = n

BOn' h

1h

h

∑=

=

Dicho valor de BR servirá, cuando n ≥ 5 para determinar los límites de la presunción de anormalidad anteriormente citados.

B) EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA.

Para valorar la calidad técnica de una propuesta se analizarán y puntuarán, en su caso, los aspectos de la misma que se relacionan seguidamente:

Memoria Constructiva.

Para la Memoria Constructiva de cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� La concepción global de la obra y justificación de la metodología para la ejecución de la

misma.

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23 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

� La descripción de todas las unidades de obra importantes o complejas y de los procesos

constructivos propuestos (especialmente los procedimientos de dragado que se proponen utilizar para los materiales considerados como sustrato rocoso alterado y roca, y los próximos a líneas de muelle; y los procedimientos de ejecución de estructuras de muelle (características, colocación y disposición de los encofrados, ejecución de las sucesivas puestas, aseguramiento de la geometría, medidas para la verificación de la correcta ejecución bajo el agua del hormigón).

� La relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de las mismas, en su

caso.

� El análisis de las necesidades de instalaciones y de zonas previstas para préstamos y

vertederos.

� El estudio de los medios de transporte y de las plantas de producción de materiales.

� El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos (condiciones de clima

medio en lo referente a estado del mar).

� Desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y

seguridad previstas.

� Interferencia y/o afecciones recíprocas entre la explotación portuaria y la ejecución de las

obras.

� Señalización y balizamiento de las obras y de los medios marítimos en sus sucesivas fases

de ejecución.

� La relación de las unidades o partes de la obra que realizará bajo subcontratación,

indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación.

� Las mejoras en relación con los medios mínimos materiales y humanos exigidos, en su

caso, como requisitos de solvencia en el pliego de condiciones.

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24 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

Programa de trabajo.

Para el Programa de Trabajo de cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:

� La coherencia de la planificación de la obra con los equipos materiales y humanos adscritos

a cada una de las unidades, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que justifiquen el plazo de ejecución y los plazos parciales previstos.

� La lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras, incluyendo red de precedencias múltiples entre actividades, duración estimada de cada actividad y holguras. Diagrama espacios-tiempo en obras de tipo lineal o esquemas de avance temporales para las sucesivas fases en la que la construcción se descomponga.

� El plazo total de la obra, que será, como máximo, el reseñado en el Cuadro de

Características del Pliego.

� Los plazos parciales que proponga en su programa de trabajo, en su caso.

Calidad a obtener.

Para cada oferta, se valorarán los siguientes aspectos:

� Las medidas propuestas para controlar y garantizar la calidad a obtener en la ejecución de

la obra.

� Los controles de calidad que proponga realizar durante la ejecución de la obra; en

particular, el plan de control de calidad específico para la obra incluirá al menos los siguientes aspectos:

� Aspectos concretos de las unidades de obra a controlar durante la ejecución de los trabajos

y normativa técnica aplicable.

� Evaluaciones previas a los proveedores de materiales o posesión de sellos de calidad del producto.

� Relación de Programas de Puntos de Inspección para las distintas unidades de obra.

� Criterios de muestreo técnico y de aceptación y rechazo.

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25 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

� Organización dedicada al control de calidad del objeto del proyecto.

Programa de actuaciones medioambientales.

Para cada oferta, se valorarán los siguientes aspectos:

� La precisión en la identificación de unidades de obra que puedan generar impactos.

� La disponibilidad de instrucciones de trabajo.

� La organización física de la obra.

� La localización de canteras.

� La identificación de requisitos legales.

� La localización de vertederos.

� Los sistemas de buena gestión medioambiental propuestos.

� La integración de los subcontratistas en el sistema de gestión medioambiental del licitador.

Con carácter específico y en función del tipo de obra se podrán valorar algunas de las siguientes medidas:

� Gestión ambiental de tierras y materiales de obra.

� Restauración paisajística.

� Reducción en la generación de residuos.

� Disminución de la contaminación por vertidos, acústica, atmosférica o del suelo.

� Reducción del impacto visual, cultural o sociológico.

� Limitación de impacto sobre fauna y flora local.

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26 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

� Disminución del uso de combustibles fósiles o utilización de energías renovables.

El programa de vigilancia ambiental propuesto cuyo alcance y contenido podrá presentar mejoras de actuación medioambiental con respecto al contenido en el proyecto licitado. En dicho programa se indicarán las actuaciones de vigilancia y seguimiento sobre los recursos del medio para las unidades de obra o grupos de unidades similares y para las operaciones de:

� Replanteo.

� Ubicación y explotación de préstamos y vertederos.

� Localización y control de zonas de instalaciones y parque de maquinaria.

� Control de accesos temporales.

� Control de movimiento de maquinaria.

_ � Desmantelamiento de instalaciones y zona de obras.

� Sistema de gestión de residuos y control de la contaminación.

Tecnología e I+D+i.

Se valorará la idoneidad de las tecnologías que el contratista proponga para la ejecución de la obra.

En este sentido se valorarán en particular la utilización en la obra de tecnologías que hayan sido desarrolladas por el contratista en el marco de proyectos de I+D+i que supongan una mejora del valor técnico de la obra, y cuya justificación pueda ser debidamente documentada.

Solución técnica propuesta (sólo licitaciones con variantes):

Se valorarán las mejoras técnicas, si las hubiere, que introducen las soluciones variantes ofertadas por cada licitador en comparación con la solución técnica del proyecto base cuando así lo prevea el pliego. Cada variante recibirá una puntuación en este criterio superior a la puntuación que se otorgue al proyecto base si ofrece mejoras técnicas sobre éste, a juicio de la Comisión Técnica encargada de analizar técnicamente las ofertas; recíprocamente, una variante cuya solución técnica resulte inferior a la del proyecto base, recibirá en este criterio una puntuación inferior a dicho proyecto base.

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27 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

MINISTERIO DE FOMENTO

El licitador describirá y justificará las modificaciones técnicas que propone en su variante respecto a la solución del proyecto base; dichas modificaciones deberán en todo caso limitarse y cumplir estrictamente las prescripciones que establezca el Pliego de Prescripciones Técnicas que acompaña al Pliego de Condiciones.

Puntuación de los criterios técnicos anteriormente enumerados:

La valoración técnica a alcanzar en cada uno de los criterios será, en general, la siguiente:

Sin variantes Con variantes

Memoria Programa de Trabajo Calidad Programa de Actuaciones Medioambientales Tecnología e I+D+i Solución técnica propuesta

50 35 5 5 5 -

45 30 5 5 5

10

100 100

La valoración de la calidad técnica total (VT) de cada propuesta será la resultante de la suma de las valoraciones técnicas obtenidas para los distintos aspectos de ella, según los criterios anteriores y se redondeará al segundo decimal.

El método a seguir para determinar la puntuación técnica de cada oferta (PT) será el siguiente:

a) Las ofertas de los licitadores admitidos administrativamente quedarán encuadradas en dos intervalos:

Ofertas con calidad técnica inaceptable: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea inferior a 60 puntos sobre 100.

Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea superior o igual a 60 puntos sobre 100.

b) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas ni para la determinación de la oferta más ventajosa, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se procederá a declarar desierta la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica suficiente.

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28 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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En lo que sigue, no se hace referencia a las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, ni a las calificadas definitivamente como anormalmente bajas que no son ya tomadas en consideración.

Las puntuaciones técnicas de las ofertas coincidirán con las valoraciones técnicas (PT = VT), con un mínimo de 60 puntos según lo establecido en los párrafos anteriores.

La puntuación técnica se redondeará al segundo decimal, en su caso.

Evaluación global.

La evaluación global de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica suficiente se calculará con arreglo a la siguiente expresión:

Ponderación de la calidad técnica de la propuesta (X%):

Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición:

X ≤ 40

Ponderación de la oferta económica de la propuesta (Y%):

Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición:

Y ≥ 60. Los valores de X e Y, cuya suma deberá ser siempre igual a 100 (X + Y = 100), serán los establecidos en el Cuadro de Características del Pliego.

Puntuación global de las ofertas:

La puntuación global, PG, relativa a una propuesta cualquiera será la siguiente:

PG = (X / 100) PT + (Y / 100) PE

Siendo PT la «puntuación técnica» y PE la «puntuación económica».

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29 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

11º Documentación a presentar 11.1. Antes de la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar, si no lo hubiera

hecho en la fase de licitación, los documentos acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en todo caso, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.

Igualmente, el adjudicatario deberá aportar los documentos probatorios de la personalidad y capacidad para contratar con la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra del firmante de contrato, cuando sea una persona distinta a la que presentó en su día la oferta correspondiente, así como los justificantes de haber constituido la fianza definitiva, en su caso.

12º Garantía definitiva 12.1. El adjudicatario está obligado a constituir, ante la Autoridad Portuaria, la garantía señalada

en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego. 12.2. Esta garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín

y Ría de Pontevedra y podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso el aval o seguro de caución deberán presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o por el asesor jurídico de la Autoridad Portuaria.

12.3. La fianza podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario,

entendiéndose, en todo caso, que la garantía queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuese constituida por el mismo. Se entenderá que el aval debe prestarse con renuncia al beneficio de excusión a que se refiere el Artículo 1.830 del Código Civil, a primer requerimiento, así como el seguro debe constituirse con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudieran corresponderle contra el tomador.

12.4. En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la notificación de la adjudicación,

deberá acreditarse ante la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, la constitución de la fianza anteriormente señalada y responderá del cumplimiento íntegro por el contratista de las obligaciones asumidas en virtud del propio contrato. Deberá reponerse su importe en los quince días siguientes al momento en que se hubiera ejecutado en todo o en parte. Será devuelta al contratista una vez concluido el plazo de garantía.

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30 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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12.5. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado en el plazo de veinte días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.

13º Documento de formalización

El Contrato se formalizará dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de notificación de la adjudicación. El adjudicatario podrá exigir su formalización en escritura pública, en cuyo caso serán de su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.

IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución de las obras 14.1 Las obras se ajustarán con estricta sujeción al proyecto aprobado por la Autoridad Portuaria

de Marín y Ría de Pontevedra, y de acuerdo con lo establecido, en su caso, en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.

14.2 La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, a través de la Dirección Facultativa

que designe al efecto, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta ejecución de las obras contratadas, pudiendo ser asistido por una empresa externa especializada en los trabajos de supervisión técnica, de control de calidad, o dirección ambiental de las actividades, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Director facultativo de las obras. El coste de estos servicios será a cargo del contratista, atendiendo a lo dispuesto en la cláusula 17 de este Pliego de Condiciones.

14.3 En el plazo de un mes a partir de la formalización del contrato, se procederá a la

comprobación del replanteo de las obras, en la forma prevista en la Regla 30 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

14.4 De figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y en todo caso si el plazo

de ejecución está previsto en más de una anualidad, el contratista presentará en el plazo de un mes desde la notificación de la autorización para iniciar las obras o acta de comprobación del replanteo, el correspondiente programa de trabajo, que se ajustará íntegramente a lo comprometido en la proposición y a las indicaciones de la Autoridad Portuaria, con indicación de los plazos parciales y que tendrá carácter contractual.

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31 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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14.5 El programa de Trabajo deberá tener en cuenta la ejecución de la obra por fases,

procurando que durante la duración de las obras haya el máximo número de muelles operativos, minimizando la afección a la explotación portuaria.

14.6 El contratista presentará en el plazo de una semana desde la formalización del contrato, el

correspondiente Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud incluido en el Proyecto de las obras, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y demás normativa de aplicación. Dicho Plan deberá ser aprobado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

14.7 El contratista presentará al Director de Contrato / Facultativo en el plazo de un mes desde

la formalización del contrato, un Plan de Gestión y Vigilancia Ambiental de acuerdo con lo previsto en el proyecto. El citado plan estará sujeto a la tramitación y aprobación correspondiente.

14.8 El contratista presentará al Director de Contrato / Facultativo en el plazo de un mes desde

la formalización del contrato, un Plan de Aseguramiento y Control de la Calidad de acuerdo con lo previsto en el plan de calidad del proyecto. Dicho Plan deberá aprobarse por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

14.9 El “Libro de Órdenes” será diligenciado previamente por el Director de Contrato /

Facultativo, se abrirá en la fecha del Acta de comprobación del replanteo y se cerrará en la de recepción. Durante dicho lapso de tiempo estará a disposición del Director de Contrato / Facultativo que, cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma.

14.10 El contratista estará obligado a firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de

recibo. 14.11 Efectuada la recepción, el “Libro de Órdenes” pasará a poder de la Autoridad Portuaria, si

bien podrá ser consultado en todo momento por el contratista. 14.12 El “Libro de Incidencias” será llevado por el Director de Contrato / Facultativo y deberá

abrirse en la fecha del Acta de comprobación del replanteo o cuando se considere conveniente.

14.13 El contratista deberá instalar antes del comienzo de las obras, y mantener durante la

ejecución del contrato, una “Oficina de Obra” en el lugar que considere más apropiado, previa conformidad del Director de Contrato / Facultativo. El contratista deberá,

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32 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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necesariamente, conservar en ella copia autorizada de los documentos contractuales del proyecto o proyectos base del contrato y del “Libro de Órdenes.”

15º Responsabilidades del Contratista 15.1. El Contratista, empresa o Unión Temporal de Empresas adjudicataria del contrato, será

responsable del correcto desarrollo y ejecución de las soluciones previstas en el Proyecto hasta la terminación satisfactoria de las obras, correspondiéndole la realización a buen fin de todos los trabajos de los diferentes oficios que intervienen para la total realización de la obra, incluidos todos los materiales y medios auxiliares, con sujeción a los documentos del Proyecto y que constituyen parte integrante del contrato.

15.2. La sola presentación de oferta implica la declaración por parte del Contratista de haber

cumplido con su obligación de reconocer todos los lugares en que deben ejecutarse las obras y tener conocimiento de las condiciones de las mismas, de haber estudiado detenidamente los documentos del Proyecto base de la oferta, que considera suficientes tanto para responsabilizarse de su oferta como para el posterior desarrollo de los trabajos y, en consecuencia, que se responsabiliza de la ejecución de la obra hasta su entrega en perfectas condiciones de uso y en la forma, plazo y condiciones convenidas.

15.3. El Contratista es especialmente responsable de las condiciones de seguridad en los trabajos,

estando obligado a adoptar y hacer aplicar, a su costa, las disposiciones vigentes sobre esta materia y las que se promulguen durante la ejecución del contrato, así como las medidas que dicten la Inspección de Trabajo y demás Organismos competentes y las normas de seguridad que correspondan a las características de las obras contratadas. Asimismo, estará obligado, con respecto al personal que emplee en las obras, al cumplimiento de las disposiciones de aplicación en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, respondiendo de cualquier perjuicio que por tales incumplimientos pudiera ocasionar a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra o a terceros.

15.4. Será responsabilidad del Contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que cause a

terceros, a la propia Autoridad Portuaria o al personal de la misma, mientras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de garantía.

15.5. Corresponde al Contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto

oficiales como particulares, que se requieran para la elaboración o desarrollo de las obras. 16º Obligaciones del Contratista 16.1. Sin perjuicio de lo establecido en el resto de obligaciones previstas en el presente Pliego o

en el Proyecto aprobado por la Autoridad Portuaria, durante la ejecución de las obras corresponde al Contratista:

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33 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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a) Ejecutar los trabajos de construcción, suministrando todos los recursos humanos, equipos,

materiales, medios auxiliares y accesorios necesarios, a juicio de la Dirección facultativa, para la correcta ejecución de la obra.

b) Ordenar y dirigir la ejecución material de los trabajos con arreglo al Proyecto, a las normas

técnicas y a las reglas de la buena construcción. A tal efecto, ostentará la jefatura de todo el personal que intervenga en la obra. Establecerá un equipo técnico con el tamaño y la cualificación profesional suficiente para asegurar la correcta ejecución de los trabajos, así como una perfecta coordinación de los diferentes subcontratistas. En especial, el Contratista se deberá dotar de los medios humanos necesarios para asegurar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud, así como su Control de Calidad en perfecta colaboración con el Laboratorio de Control y con los delegados que la dirección facultativa designe para el seguimiento de las obras.

c) Disponer la ejecución de las medidas preventivas de Seguridad y Salud, velando por su

cumplimiento y por la observancia de la normativa de aplicación en esa materia, designando el personal técnico de seguridad que asuma las obligaciones correspondientes. Asimismo, el Contratista tendrá que atender las recomendaciones que formule el coordinador en materia de seguridad y salud nombrado, en los supuestos exigidos por la normativa de aplicación, por la Dirección Facultativa, y cooperará con éste en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas.

d) Suscribir con el Director de Contrato / Facultativo, el Acta de Comprobación del Replanteo

de la misma.

e) Garantizar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales, medios auxiliares, equipos y elementos constructivos que se utilicen en los trabajos, comprobando los preparados en obra y rechazando, por iniciativa propia o por prescripción de la Dirección facultativa, los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación. Para ello, velará en su caso por la colaboración con el Laboratorio de Control de Calidad de la obra y asistencia técnica contratada por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, a los que facilitará con absoluta diligencia todos los medios humanos y materiales necesarios para la correcta ejecución de sus labores de control.

f) Asegurar la suficiente capacidad de medios puestos a disposición de la obra por las

diferentes empresas subcontratistas, así como la necesaria cualificación profesional de su personal.

g) Custodiar el Libro de Órdenes de la obra, caso de ser este exigible, dando el enterado a las

anotaciones que se practiquen en el mismo por parte de la Dirección facultativa. Asimismo,

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34 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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firmará el recibí a los comunicados de la Dirección facultativa y a sus entregas de documentos.

h) Disponer del Libro de Subcontratación, caso de tratarse de una obra incluida en el ámbito

de aplicación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y llevar su diligenciado en las condiciones establecidas en dicha normativa.

i) Facilitar a la Dirección facultativa, con antelación suficiente, los medios humanos,

materiales y datos precisos para el cumplimiento de su cometido y fundamentalmente para la elaboración de las relaciones valoradas mensuales.

j) Obtener los permisos, autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se

requieran para la elaboración o desarrollo de las obras.

k) Dar cobertura e indemnizar todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos, cualquiera que sea su naturaleza y volumen.

l) Realizar la limpieza final de la obra retirando la totalidad del material sobrante y

reponiendo cualquier elemento que haya sido deteriorado durante la ejecución de los trabajos.

m) Durante el período de garantía, reparar las averías y efectuar los trabajos de mantenimiento o

conservación y responder de los daños o deterioros imputables al contratista, producidas, que se pongan de manifiesto con el uso normal del objeto del contrato.

16.2. El Contratista deberá de obtener la aprobación de la Autoridad Portuaria, a través de la

dirección facultativa, antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con las obras adjudicadas. Igualmente el Contratista exigirá el cumplimiento de este requisito a sus subcontratistas y proveedores.

16.3. El Contratista facilitará a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, sin ningún

coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc.

16.4. El contratista y los posibles subcontratistas que intervengan en la obra, están obligados al

cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, prevención de riesgos laborales, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en especial aquellas disposiciones que con carácter general establezca el Gobierno en materia de contratación fija, incorporación de la mujer y trabajadores minusválidos, al mercado laboral de la construcción

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35 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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17º Gastos exigibles al Contratista 17.1. Además de los gastos o porcentajes establecidos, cuando procedan, en otras cláusulas, son

de cuenta del Contratista los gastos e impuestos derivados, en su caso, los de formalización del contrato, los de suscripción de las pólizas de seguros exigidas, los de señalización de las obras y en general, cualesquiera otros que se deriven de la ejecución de las obras o resulten de aplicación según el presente Pliego o las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen. En particular, son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de la dirección e inspección de obra, del replanteo, de la liquidación, del control de calidad, de coordinación en materia de Seguridad y Salud Laboral y vigilancia y señalización, en la cuantía que a continuación se señala, respecto al presupuesto de ejecución material de las obras:

Dirección e Inspección de obra el………………………….…….………………….………4,00 %

Replanteo hasta el……………………………………..........…………………………..………0,10 %

Liquidación hasta el…………………………………………..............................……...0,10 %

Control de calidad el……………………………………………………………………..........1,50 %

Coordinador en materia de Seguridad y Salud Laboral……….…………….....1,00 %

Vigilancia y Señalización:…..…….......…………….………Los que resulten necesarios

17.2. Serán de cuenta y a costa del Contratista los gastos que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.

17.3. Serán de cargo del Contratista el pago de los derechos de acometida y/o enganche a las

distintas redes de suministros generales necesarios para la ejecución de las obras (electricidad, agua potable, gas, teléfono, alcantarillado, etc.), en las condiciones que señalen las respectivas compañías u organismos suministradores, el coste íntegro de dichos suministros, así como todos los gastos necesarios para cumplir todas las prescripciones medioambientales establecidas en el Proyecto y en la resolución por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental.

17.4. Serán por cuenta del Contratista indemnizar los daños que se origine a terceros como

consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, relevando a la

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36 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra de toda responsabilidad o reclamación que le fuese exigida al respecto. El Contratista no sólo responderá de sus propios actos, sino también de los subcontratistas, en su caso, de los del personal que preste sus servicios y de los de las demás personas por quien deba responder, de acuerdo con la legislación vigente.

17.5 Serán por cuenta del Contratista todos los gastos considerados en el Proyecto Constructivo,

especialmente los incluidos en su Pliego de Prescripciones Técnicas, y en particular, del mayor gasto que pudiera derivarse para el contratista, conforme a lo dispuesto en la prescripción técnica 3.9.1.

18º Libros de órdenes, de incidencias y de subcontratación 18.1. En las obras civiles existirá potestativamente un libro de órdenes que podrá abrirse en el

momento de inicio de las obras o en cualquier momento posterior de la ejecución o plazo de garantía. En obras de edificación, existirá este libro de modo obligatorio cualquiera que fuera su cuantía, supuesto en el que se abrirá, previa diligencia del Director de Contrato / Facultativo, en la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo y se cerrará una vez expirado el plazo de garantía, previo informe favorable sobre el estado de las obras, pasando en este momento a poder de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra quien lo archivará con el expediente de la obra. Durante dicho tiempo, el Contratista estará obligado a conservar y tener a disposición de la Dirección facultativa, en todo momento y en la obra, el citado Libro de Órdenes, y en él se anotarán las órdenes, instrucciones y comunicaciones que, de orden técnico, el Director de Contrato / Facultativo estime oportuno dar al Contratista, debiendo éste firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de recibo.

18.2. Existirá, asimismo, un Libro de Incidencias de Seguridad y Salud con fines de control y

seguimiento del Plan de Seguridad y Salud, que constará de hojas por duplicado y será de responsabilidad del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, estará en poder de la Dirección de Contrato / Facultativa.

18.3. Por otro lado, en toda obra de construcción incluida en el ámbito de aplicación de la Ley

32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación, el Contratista deberá disponer de un Libro de Subcontratación, que deberá permanecer en todo momento en la obra y en el que quedarán recogidas, por orden cronológico, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas, así como su nivel de subcontratación y el resto de datos exigidos por la referida normativa.

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37 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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19º Equipo y medios personales 19.1. El Contratista deberá ejecutar las obras con el equipo y medios personales adecuados,

respondiendo en todo momento a las necesidades que se deriven de la marcha de los trabajos. En cualquier caso deberá poner a disposición del contrato los medios acreditados en su oferta.

19.2. Con carácter previo al inicio de la prestación o en cualquier momento de la ejecución de la

misma, la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra podrá requerir al Contratista la presentación de los currículum que estime necesarios, reservándose la posibilidad de aceptarlos o de solicitar su sustitución.

19.3. Deberá, en concreto, prever a su cargo la necesaria asistencia técnica al proyecto y obra,

con la capacidad suficiente como para atender las necesidades propias de los distintos trabajos y especialidades.

19.4. La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra podrá exigir al Contratista el nombramiento de especialistas responsables en aquellos temas o materias especialmente delicados o críticos que a juicio de la Dirección facultativa de las obras así lo requieran.

19.5. Cualquier sustitución del personal técnico o administrativo incluido en su oferta deberá ser

aceptada expresamente por escrito por la Autoridad Portuaria. 19.6. El Contratista deberá cumplir, como empresario, todas las disposiciones vigentes en cada

momento en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos y Seguridad y Salud en el trabajo, siendo de su responsabilidad todo lo referente a accidentes de trabajo. En concreto, deberá cumplir a su cargo y con toda diligencia el Plan de Seguridad y Salud.

19.7. Sin perjuicio de las demás obligaciones sociales y laborales del Contratista, éste deberá

cubrir las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, en su caso, del personal a su servicio, en la Mutualidad correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.

19.8. El personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos contratados dependerá

exclusivamente del Contratista, no existiendo entre este personal y la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, ni durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo.

19.9. El Contratista será responsable de cualquier violación de lo indicado en este apartado, de

tal modo que el incumplimiento de estas obligaciones por parte del Contratista no implicará responsabilidad alguna para la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, siendo de cuenta del Contratista, de este modo, todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión del contrato.

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38 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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20º Maquinaria y medios técnicos 20.1. El Contratista aportará a las obras la maquinaria detallada y los medios técnicos incluidos

en su propuesta y, en general, cuantos se precisen para la buena ejecución de aquellas. Cualquier sustitución de la maquinaria o medios técnicos incluidos en su oferta deberá ser aceptada por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, previa presentación de una propuesta justificada.

20.2. La maquinaria, elementos auxiliares de trabajo y demás medios análogos de trabajo

empleados en las obras, quedarán adscritos a las mismas durante el curso de ejecución de las unidades de obras en que han de utilizarse, no pudiendo retirarse sin consentimiento expreso de la Dirección de Contrato / Facultativa.

20.3. En todo momento, tanto el Contratista como sus posibles subcontratistas deberán

disponer de la documentación o título que acredite la propiedad o posesión de la maquinaria que utiliza, y de cuanta documentación sea exigida por las disposiciones legales vigentes.

21º Autorizaciones y permisos 21.1. Será de cuenta y responsabilidad del Contratista la obtención de cuantos permisos,

licencias y autorizaciones, oficiales o particulares, sean precisos para la correcta ejecución de las obras, debiendo atender a su cargo los consiguientes gastos, condicionados y prescripciones de los Organismos competentes.

21.2. Cuando se exijan tasas, fianzas u otros gastos por dichos permisos, licencias o

autorizaciones, su abono o depósito será también a cargo del Contratista. 21.3. Específicamente, en el supuesto de obras de dragado y vertido a que se refiere el artículo

64.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el Contratista deberá obtener la correspondiente autorización de la Autoridad Portuaria.

22º Obligaciones laborales y sociales El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de las condiciones de carácter social dictadas por el Ministerio de Fomento para la contratación pública. 23º Señalizaciones 23.1. El Contratista está obligado a instalar, a su costa, los carteles anunciadores de las obras a

realizar, así como las señales, tanto diurnas como nocturnas, terrestres o marítimas,

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39 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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precisas para indicar el acceso a las obras, la circulación y regulación del tráfico en la zona que ocupan los trabajos y en sus lindes e inmediaciones, así como en todos los puntos de posible peligro o afectados por la marcha de aquellos, y cualesquiera otros que figuren o no en los Planos del Proyecto. Lo anterior se entiende sin perjuicio de su obligación de adoptar cuantas medidas de seguridad sean precisas, de acuerdo con la legislación vigente.

Igualmente, la señalización de los cortes de tráfico, total o parcial, de las vías afectadas

durante los trabajos y operaciones correrá a cargo del Contratista, así como los desvíos provisionales que, a juicio de la Dirección de Contrato / Facultativa, se estimen necesarios para la buena ejecución de la misma.

23.2. El Contratista cumplirá además cuantas órdenes reciba por escrito de la Dirección

facultativa de las obras acerca de la instalación de señales complementarias, informativas o de modificación de las ya instaladas.

23.3. Si durante el transcurso de la obra la señalización no cumpliera las prescripciones

reglamentarias, a juicio de la Dirección de Contrato / Facultativa, ésta podrá ordenar la paralización de los trabajos hasta que se proceda a la corrección de la señalización. Los retrasos que se produzcan en las obras por causa de estas medidas, serán imputables al Contratista.

23.4. Se establece, por exigencia de la normativa europea relativa a obras subvencionadas con

fondos comunitarios o por cualquier otra reglamentación o consideración, la necesidad de instalar carteles informativos en el inicio y final de las obras, debiendo el Contratista proceder, a su cargo, a su construcción y colocación de conformidad con las dimensiones y características que a tal efecto se determinen en la referida documentación.

24º Dirección de obras La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra se reserva el derecho de designar la Dirección de los trabajos y dictar las órdenes que considere oportunas para el cumplimiento del contrato, así como interpretar los términos de este Pliego y el contrato. 25º Precio y forma de pago 25.1. El precio del contrato y los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras,

serán los del proyecto aprobado, aplicándoles, al igual que a las anualidades previstas, la baja de adjudicación resultante.

25.2. Este precio comprende la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudicatario para

la adjudicación de las obras objeto de este Contrato, hasta su recepción por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, así como todos los impuestos, derechos y gastos

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que sean consecuencia del Contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, y sin que pueda imputarse a la Autoridad Portuaria ningún pago por estos conceptos.

25.3. El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente mediante la conformidad

del Director facultativo designado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra a las facturas detalladas expedidas por el contratista. El pago al contratista se fija en 60 días.

25.4. Aún cuando las obras se ejecuten con mayor celeridad de la necesaria para el

cumplimiento de los plazos previstos, el adjudicatario no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente.

25.5. Dado que la prestación a realizar por el Contratista se considera indivisible, las facturas

expedidas tienen sólo el carácter de anticipos contra la liquidación final. 25.6. Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista, por

instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, en la forma y con las garantías que a tal efecto se establecen en las Normas Generales de Contratación de las Autoridades Portuarias.

26º Cumplimiento de plazos y penalidades por mora 26.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y,

en su caso, de los plazos parciales establecidos. 26.2. Si el adjudicatario incurre en mora por causa imputable al mismo, la Autoridad Portuaria de

Marín y Ría de Pontevedra podrá optar indistintamente por la resolución del Contrato, con pérdida de la garantía definitiva o por conceder la ampliación del plazo, pudiendo en este caso imponer penalidades (0,20 por cada 1000 euros del importe del contrato por cada día de demora), de acuerdo con la Regla 18 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

26.3. Si el retraso fuera producido por causas no imputables al contratista, y éste ofrece cumplir

su compromiso dándole prórroga del tiempo que se la había señalado, se concederá por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra un plazo, que será por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pida uno menor.

26.4. En todo caso, la constitución de mora del contratista no requerirá interpelación o

intimidación previa por parte de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. 26.5. Al amparo de lo dispuesto en la Regla 18.2. de las normas y reglas generales de los

procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, se

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establece como penalidad complementaria que en el supuesto de que el adjudicatario incurra en mora por causa imputable al mismo y el incumplimiento del plazo inicial o prorrogado determine la pérdida de los fondos europeos de financiación previstos, el contratista indemnizará a la Autoridad Portuaria en la cuantía correspondiente a los fondos no recibidos.

Si, conforme a la condición 26.2, la Autoridad Portuaria optase por la resolución del contrato, dicha indemnización, como penalidad adicional, se hará efectiva mediante su deducción de los pagos que proceda realizar al contratista y, no siendo esto posible, con cargo a las garantías definitiva y adicional que se hubieran constituido. Si, conforme a la condición indicada en el párrafo anterior, la Autoridad Portuaria optase por la ampliación del plazo, se impongan o no las penalidades contempladas en dicha regla, dicha indemnización se ejecutará igualmente con cargo a los pagos que proceda realizar al contratista y no siendo esto posible, con cargo a las garantías definitiva y adicional que se hubieran constituido, debiendo reponerse su importe en los quince días siguientes al momento en que se hubiera ejecutado en todo o en parte. El adjudicatario acepta expresamente que en el caso de inexistencia de pagos pendientes de realizar al contratista o de que las garantías definitiva y/o complementaria iniciales resulten insuficientes para hacer efectiva dicha indemnización, el importe no cubierto por aquellas será abonado por el contratista a la Autoridad Portuaria.

27º Modificación del contrato En ningún caso el Director Contrato / Facultativo o el adjudicatario podrá introducir o realizar modificaciones en el proyecto a que se refiere el Contrato, sin la debida aprobación de la modificación y del presupuesto resultante como consecuencia de ella, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Regla 16 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. 28º Revisión de precios Serán de aplicación al correspondiente contrato la cláusula de revisión de precios, siempre que se incluya expresamente en el Pliego particular, en el de Prescripciones Técnicas del Proyecto, o se refleje en el Cuadro de precios. Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la Regla 17.4.a) de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. No habrá lugar a revisión de precios en caso de mora del contratista por causa imputable al mismo. La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, al aprobar el programa de trabajo, fijará los plazos parciales que a efectos de la revisión de precios considere procedentes.

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29º Suspensión de las obras 29.1. En caso de que se acordase la suspensión de las obras, ya sea ésta temporal o definitiva,

deberá levantarse la correspondiente Acta de Suspensión, que debería ir firmada por el Director Contrato / Facultativo y el Contratista, y en la que se hará constar el acuerdo de la Autoridad Portuaria que originó la suspensión, definiéndose concretamente la parte o partes o la totalidad de las obras afectadas por aquéllas.

29.2. Al Acta se debe acompañar, como anexo y en relación con la parte o partes suspendidas, la

medición tanto de la obra ejecutada en dicha o dichas partes, como de los materiales acopiados a pie de obra utilizables exclusivamente en las mismas.

29.3. La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra podrá acordar la suspensión temporal

de las obras por razones objetivas derivadas de las necesidades de coordinación con la explotación portuaria, sin que el contratista pueda formular reclamación alguna por este concepto si la suspensión temporal no supera una quinta parte del plazo total de ejecución previsto en este pliego, o en todo caso, 6 meses.

30º Resolución de la licitación 30.1. En el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones

económicas, el órgano de contratación adjudicará la licitación mediante resolución motivada.

La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra comunicará la resolución de la licitación al adjudicatario, a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. Asimismo, la adjudicación se publicará, en su caso, en los diarios oficiales en los que se hizo la convocatoria de la licitación.

La notificación de la adjudicación expresará los extremos señalados en la Regla 39.5

30.2. Los licitadores no adjudicatarios podrán retirar la documentación general, en el Registro

General de la Autoridad Portuaria, contra entrega del recibo justificativo. En el supuesto de que los licitadores no retiren la documentación general en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Autoridad Portuaria podrá proceder a su destrucción.

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31º Seguros El adjudicatario habrá de constituir un seguro de obra y de responsabilidad civil en los siguientes términos: A) Seguros a cargo del Contratista El contratista Adjudicatario de las obras suscribirá, los siguientes seguros: 31.1. Seguro de Construcción (“todo riesgo construcción”), para cubrir los daños y pérdidas

materiales que sufran los bienes que forman parte de la obra objeto del Contrato mientras estén siendo incorporados a la obra o estén a pie de obra o almacenados, ya sea dentro o fuera del lugar de las obras, antes de su incorporación a la misma, desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la fecha final del periodo de garantía.

El seguro se contratará sobre la base de una póliza “todo riesgo de construcción”, sobre la base del 100 % del valor del contrato, e incluirá entre otras, las garantías de error de diseño, gastos de remoción de escombros, riesgos de la naturaleza, huelga-motín, conmoción civil y terrorismo, gastos de extinción, gastos extraordinarios, honorarios profesionales, cláusulas de autoridades públicas, y cláusulas de cobertura amplia para el periodo de garantía antes indicado.

31.2. Seguro de Responsabilidad Civil, con un Límite de Indemnización no inferior a 3.000.000 EUROS por ocurrencia, para cubrir los daños materiales o personales y perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros, desde la fecha de inicio de los trabajos en el Lugar de la Obra (o de inicio del tránsito de bienes sí fuese anterior) hasta la fecha de recepción definitiva.

El seguro incluirá, adicionalmente, las garantías de Responsabilidad Civil Cruzada,

Responsabilidad Civil Patronal distinta de las responsabilidades por Seguridad Social, Responsabilidad Civil Post-Trabajos y Responsabilidad Civil por Polución y Contaminación Medioambiental accidental.

31.3. Para los seguros descritos en los apartados 31.1. y 31.2. anteriores será de aplicación lo

siguiente: El Contratista actuará como Tomador del Seguro. En todo caso, tendrán la consideración de asegurados la Autoridad Portuaria de Marín y Ría

de Pontevedra, el Contratista y los Subcontratistas. Asimismo se considerarán asegurados adicionales los Gabinetes de Ingeniería, Consultores, Suministradores y otros terceros por sus actividades y participación en el desarrollo de las Obras.

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31.4. Otros Seguros a cargo del Contratista

El Contratista desde la fecha de comienzo de los trabajos hasta la fecha de finalización del Periodo de Garantía, o el tiempo que sea preciso para cubrir sus responsabilidades e intereses, adicionalmente contratará y mantendrá en vigor los seguros descritos a continuación:

o Seguro de daños Materiales sobre todos los equipos, maquinaria y herramientas utilizados en la ejecución de los trabajos objeto de este Contrato.

o Seguro de Accidentes de Trabajo o Seguridad Social para todo el personal empleado

conforme sea legalmente exigible.

o Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario de Circulación de Vehículos y Maquinaria, conforme los límites y condiciones exigidos por la Ley.

o Cualquier otro seguro de contratación obligatoria conforme a la legislación vigente.

Con independencia de lo indicado en las Cláusulas anteriores, el Contratista podrá suscribir, a su cargo, los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus intereses y responsabilidades que pudieran derivarse del Contrato. B) Seguros exigibles a los Subcontratistas

El Contratista requerirá a sus Subcontratistas la contratación y mantenimiento de los seguros indicados en el apartado 31.4 durante el tiempo que éstos presten y/o provean sus servicios y/o productos/equipos al Contratista, solicitándoles la presentación de los correspondientes certificados de seguro que evidencien la validez y efectividad de los seguros exigidos. C) Exoneración de responsabilidad a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

En todos los seguros que se contraten en cumplimiento de los apartados 31.4. y B) anteriores, se incluirá una mención expresa que exonere de responsabilidad a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, cancelándose el derecho de repetición contra esta entidad tanto por los asegurados como por los aseguradores de dichas pólizas. D) Responsabilidad del Contratista El cumplimiento de lo indicado en los apartados A) y B) no eximirá al Contratista de sus responsabilidades frente a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra de acuerdo con las demás cláusulas del Contrato.

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E) Certificados de Seguro 31.5. Antes del comienzo de las obras, la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y el

Contratista dispondrán de una Carta de Garantía emitida y firmada por el Asegurador donde se confirme la puesta en marcha de las coberturas descritas en los apartados 31.1. a 31.3.

31.6. Por su parte, el Contratista deberá entregar a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de

Pontevedra, antes del comienzo de las obras, un certificado por cada uno de los seguros de suscripción obligatoria contratados conforme se indica en el apartado 31.4.

31.7. Estos certificados quedarán incorporados al Contrato como Anexo. La no entrega de los

certificados facultará a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra para resolver el Contrato por causa imputable al Contratista.

F) Deber de informar El Contratista queda obligado a informar a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, durante la ejecución de la obra, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados descritos en las cláusulas anteriores, prestándose a colaborar con los empleados, agentes o representantes designados por la Autoridad Portuaria. G) Diferencias de importes En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicia, u otro tipo de descubierto, en los seguros contratados siguiendo el apartado 1, deberán ser soportados por el Contratista. En caso de que el siniestro fuese total o parcialmente imputable a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, ésta reintegrará al Contratista el monto de la franquicia que éste hubiese pagado en forma proporcional a su responsabilidad. H ) Reparación de Daños El Contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro descritas en cualquiera de las cláusulas anteriores, a fin de llevar a buen término la obra conforme las obligaciones y responsabilidades asumidas en este Contrato. I) No limitación de responsabilidad La contratación de los seguros descritos en esta Cláusula no eximirá ni limitará las obligaciones y responsabilidades del Contratista que se deriven del Contrato.

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32º Subcontratación y Cesión 32.1. El adjudicatario podrá contratar con terceros la realización parcial del contrato de acuerdo

con la Regla 21, salvo que se disponga lo contrario. Requisitos:

• Conocimiento por la Autoridad Portuaria.

• No superar el 50% del presupuesto del contrato pues entonces sería causa de resolución.

• Los plazos de abono no serán más desfavorables que los establecidos para la Autoridad Portuaria.

• Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal.

• No podrá subcontratarse con personas incursas en suspensión de clasificaciones o inhabilitadas para contratar.

• Para lo no regulado en este Pliego por las Normas de Contratación se estará a lo establecido en la Ley de Subcontratación.

• La cesión del contrato necesita la realización mínima por el cedente de un 20% del contrato; deberá ser autorizada y reunir los requisitos exigidos en la Regla 21 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

33º Recepción y liquidaciones 33.1. La recepción y liquidación de la obras se hará con sujeción a lo que disponen las Reglas 19 y

20 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

En este sentido, se realizará un acta de recepción al finalizar la obra. En el plazo de tres

meses desde la fecha del acta de recepción, se realizará el Acta de liquidación del contrato y abonarse, en su caso, el saldo resultante.

33.2. La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra podrá efectuar recepciones parciales

de las obras, de acuerdo con las etapas del programa de trabajo. 33.3. Cuando durante la ejecución de un contrato hubieran resultado mayores o menores

mediciones de unidades comprendidas en el contrato el importe de éstas podrá incluirse en la liquidación del mismo, siempre que su importe no supere el 10 % del precio de adjudicación.

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34º Plazo de garantía El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, y se computará a partir de la recepción, ya sea total o parcial; en todo caso el plazo de garantía será como mínimo de UN AÑO. 35º Devolución de garantías 35.1. Las garantías depositadas, definitivas o complementarias, se devolverán al Contratista, de

oficio o a instancia del mismo, previa diligencia de extinción de todas las contingencias amparadas por aquélla y de las responsabilidades pendientes en contra del Contratista.

35.2. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del

plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del Contratista.

35.3. Recepcionada la obra de conformidad, y para aquellos supuestos en los que el Contratista

hubiera constituido la garantía exigida en caso de temeridad, podrá solicitar la devolución o cancelación proporcional de la garantía que, distintas a la definitiva y complementaria, por dicho concepto hubiera tenido que constituir.

36º Perfil del contratante El acceso al perfil del contratante se podrá realizar a través de la página web de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, http://www.apmarin.com 37º Protección de datos de carácter personal En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, con domicilio social en el Parque de Cantodarea, s/n, 36900, Marín (Pontevedra), informa a los interesado de que dicha entidad es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del presente Pliego de Condiciones con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en el Pliego de Condiciones, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información, comunicar el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación administrativa aportada y de la garantía provisional depositada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así

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48 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos. De conformidad con la legislación vigente, la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Organismo Público Puertos del Estado (OPPE) y Cuerpo de Inspección del Ministerio de Fomento, Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para realización de las auditorias de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra tuviese la obligación de comunicar los datos. Igualmente los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedidos a cualquier tercero que lo solicite, así como, en función del procedimiento de aplicación, la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra procederá a la publicación de información relativa a la adjudicación de la contratación en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El interesado consiente expresamente el tratamiento citado mediante la presentación de su oferta y la entrega a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra de toda aquella documentación en que haga constar sus datos personales. Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra cualquier modificación en sus datos de carácter personal. Por otro lado, el LICITADOR/CONTRATISTA en su calidad y condición de responsable del tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social, se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa complementaria y de desarrollo vigente en cada momento. En particular, y a tales efectos en el caso en que el LICITADOR/CONTRATISTA aporte documentos que contengan datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato, queda obligado en cumplimiento de la LOPD a declarar de forma previa el tratamiento de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con todas las garantías previstas en la citada norma respecto del derecho de información y consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. A tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el LICITADOR/CONTRATISTA está legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s) afectado(s) sobre el contenido del tratamiento de sus datos por la Autoridad Portuaria de Marín y

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49 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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Ría de Pontevedra y las finalidades del mismo, así como de los derechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el interesado igualmente responsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el LICITADOR/CONTRATISTA no deberá comunicar a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra datos de terceros afectados.

Marín, 7 de septiembre de 2015.

Vº Bº EL PRESIDENTE, Revisado y conforme,

EL SECRETARIO GENERAL, José Benito Suárez Costa. José Carlos Navarro Bernabeu.

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A N E X O I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. ........................................................................................................ con residencia en ................................. provincia de ................................ c/ ......................................................... nº ..........., con DNI nº .............................., enterado y de acuerdo con las condiciones y requisitos que la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra exige para la adjudicación del contrato de ................................................................................................................ me comprometo en nombre propio o de la empresa,……………………………………………, a llevar a cabo su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad, de: BASE IMPONIBLE IVA IMPORTE TOTAL y en el plazo máximo de:

MESES MESES

(EN LETRA) (EN NÚMERO)

haciendo constar que no ha presentado más de una proposición a esta licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario. A todos los efectos, esta proposición supone una aceptación incondicional del contenido del Pliego y comprende, el precio del contrato como tal, así como los demás impuestos y tasas que puedan corresponder. ..............................., ............. de .............................. de ……..........................................

(Fecha y firma del licitador o su representante)

€ (en número)

EUROS (en letra)

% (en

número)

€ (en número)

EUROS (en letra)

€ (en número)

EUROS (en letra)

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51 Informado por la Abogacía del Estado en fecha 21/04/2014

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A N E X O I I

MODELO DE AVAL La Entidad , con NIF , y con domicilio en y en su nombre y representación D con facultades suficientes para obligarles en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha de de ante Notario de D. y bastanteado por la Abogacía del Estado de esta Provincia el día de de y con núm. ,por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferente, AVALA ante el PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MARÍN Y RÍA DE PONTEVEDRA con carácter solidario y renuncia expresa a los beneficios de división y excusión de bienes de cualquier deudor principal, a la Empresa con N.I.F. y domicilio fiscal , hasta la cantidad de EUROS ( €.-), en concepto de fianza para responder de las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato, correspondiente a los trabajos: “……………………………………………………………………………………”

La presente garantía se establece con CARÁCTER (INDEFINIDO/PROVISIONAL/COMPLEMENTARIO), debiendo considerarse vigente en tanto no se cancele formalmente por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

La Entidad garante hará efectiva la Garantía a requerimiento el Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra sin que el afianzado pueda oponerse al pago que será liberatorio para la Entidad garante, sin perjuicio de las acciones que correspondan al afianzado frente a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, beneficiaria de esta Garantía. El presente afianzamiento, ha sido inscrito en con fecha en el Registro de Avales con el núm. Y para que conste, y podamos ser compelidos al pago, firmamos la presente en a de de (NOTA: EL AVAL O SEGURO DE CAUCIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN DOCUMENTO BASTANTEADO POR LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL ESTADO).