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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS PROPIEDAD DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS

INSTALACIONES DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS PROPIEDAD DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.

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CUADRO RESUMEN

A.- OBJETO

El objeto de la presente contratación es el servicio de mantenimiento de las instalaciones de seguridad ubicadas en las siguientes edificaciones propiedad de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E., sitas en Madrid:

Complejo Campos Velázquez

- Sistema CCTV perimetral del Complejo.

- Red IP del Complejo.

- Control de Accesos Peatonal del Complejo.

- Control de Accesos de Vehículos del complejo.

Edificio Génesis

- Sistema CCTV interior del edificio.

- Sistema de control de accesos del edificio.

- Sistema anti- intrusión del edificio.

- Sistema de control de Accesos exterior.

Edificio Villa de Madrid

-Sistema CCTV perimetral e interior del edificio.

-Sistema anti-intrusión.

-Sistema de control de accesos peatonal del edificio.

-Sistema de control de accesos de vehículos.

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B.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

B.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

SIN IVA: TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS

302.400,00€ (75.600,00€/AÑO)

IVA (21%): SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS

63.504,00 €

CON IVA: TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS

365.904,00€

B.2.- VALOR ESTIMADO

En letra En número

TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS 302.400,00€

B.3.- DESGLOSE

- Sistema CCTV, control de accesos peatonal, control de accesos de vehículos y red IP del Complejo Campos Velázquez.

30.200,00€/año

- Sistema CCTV, anti-intrusión y control de accesos en Edificio Génesis.

22.680,00€/año

- Sistema de control de accesos externo en Edificio Génesis.

6.844,00€/año

- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión, sistema de control de accesos peatonal, sistema de control de accesos para vehículos en el Edificio Villa de Madrid.

15.876,00€/año

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C.- DURACIÓN DEL SERVICIO

El plazo de duración del contrato será de CUATRO (4) AÑOS a contar desde su firma.

Según el siguiente desglose:

- Fase I: Plan definitivo de mantenimiento preventivo: treinta (30) días

naturales.

- Fase II: Auditoría de sistemas: sesenta (60) días naturales.

- Fase III: Servicio de mantenimiento conductivo-preventivo y correctivo:

cuatro (4) años.

D. FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Conforme al artículo 159.1 del TRLCSP, y dado que los anuncios de la presente licitación se prepararán y enviarán por medios informáticos y que se ofrece acceso por medios electrónicos a los pliegos y documentación complementaria, el plazo de presentación de ofertas será de CUARENTA (40) DÍAS desde el envío del anuncio al DOUE.

E. CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES

GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA

P 5 1

(*) Equivale a la categoría A) conforme al anterior sistema de clasificación, en los

términos establecidos en el R.D. 773/2015.

F. DOMICILIO Y TELÉFONO

C/ Velázquez, 134 BIS – 1ª Planta – 28006 Madrid

-información legal y administrativa: Verónica Pardo Fanjul, telf.: 913961154 correo electrónico: [email protected]

-información técnica: Luis Miguel Rodríguez Metola, telf.: 913961606 correo electrónico [email protected]

G.- VALIDEZ DE LA OFERTA

Plazo de mantenimiento de la oferta: 6 meses

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H.- REVISIÓN DE PRECIOS

No procede.

I.- FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO

Según lo especificado en la cláusula III.3.6 de este Pliego.

J.- GARANTÍA

Garantía provisional: no se exige

Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación (excluido IVA).

K.- PONDERACIÓN CRITERIOS DE VALORACIÓN

Criterios evaluables mediante fórmula: 100%

L.- APERTURA DE OFERTAS

Las ofertas se abrirán en el día y hora que se señala en el anuncio.

M.- CONSULTA DEL PLIEGO

En el perfil del contratante: www.sepides.es

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ÍNDICE I. ELEMENTOS ........................................................................................................................... 8

I.1. Objeto ...................................................................................................................................... 8

I.2. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato ..................................... 8

I.3. Plazo de duración del contrato ........................................................................................... 9

I.4. Requisitos de los licitadores ............................................................................................... 9

I.4.1. Aptitud para contratar .................................................................................................................................................... 9

I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica. ............................................................................................... 10

I.4.3. Compromiso de adscripción de medios ................................................................................................................ 11

II. ADJUDICACIÓN ........................................................................................................................ 12

II.1. Procedimiento de adjudicación ......................................................................................... 12

II.2. Órgano de contratación ....................................................................................................... 12

II.3. Mesa de Contratación ........................................................................................................... 12

II.4. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones ........................................ 13

II.4.1 Plazo ..................................................................................................................................................................................... 13

II.4.2 Lugar .................................................................................................................................................................................... 13

II.4.3. Formato ............................................................................................................................................................................. 13

II.4.4. Forma de presentación y contenido de las proposiciones .......................................................................... 14

II.5. Forma de adjudicación ....................................................................................................... 21

II.6. Criterios de valoración ....................................................................................................... 22

II.6.1. Evaluación de la Proposición económica (100 puntos) ............................................................................... 22

II.7. Propuesta de adjudicación ................................................................................................ 23

II.8. Adjudicación ......................................................................................................................... 26

II.9. Obligaciones previas a la firma del contrato ................................................................. 27

III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .............................................................................. 27

III.1. Documentación de formalización .................................................................................... 27

III.2. Régimen jurídico del contrato .......................................................................................... 28

III.3. Obligaciones del Adjudicatario. ........................................................................................ 28

III.3.1. Obligación de ejecución de los trabajos ............................................................................................................. 28

III.3.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos. ..................................... 29

III.3.3. Obligaciones Prevención de delitos ..................................................................................................................... 31

III.3.4. Precio ................................................................................................................................................................................ 31

III.3.5. Revisión de Precios ..................................................................................................................................................... 32

III.3.6. Forma de Pago .............................................................................................................................................................. 32

III.3.7. Cesión y Subcontratación ......................................................................................................................................... 33

IV. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ...................................................................................... 33

V. FUERO ................................................................................................................................... 34

VI. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS .................................................... 34

VII. SUBSANACIÓN DE ERRORES .......................................................................................... 39

ANEXO 1.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA .............................. 40

ANEXO 2.- MODELO DE AVAL ................................................................................................... 41

ANEXO 3.- MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN ................................................................... 42

ANEXO 4.- MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS......................... 43

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ANEXO 5.- MODELO DECLARACION DE HABER TENIDO EN CUENTA EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA LAS OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA LABORAL Y MEDIOAMBIENTALES ......................................................................................... 44

ANEXO 6.- RELACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES REALIZADOS .................................... 45

ANEXO 7.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA ................................................................................. 46

ANEXO 8.- MODELO COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS ............................. 47

ANEXO 9.- INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC ................................................. 48

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I. ELEMENTOS

I.1. Objeto

El objeto del presente pliego es la contratación descrita en el Apartado A del cuadro-

resumen. Como aparece reflejado en el mencionado Apartado.

Además del contenido del presente Pliego, revestirán carácter contractual los siguientes

documentos:

� Pliego de Prescripciones Técnicas.

� Proposición Económica

� Aval

La codificación correspondiente a la nomenclatura vocabulario común de los contratos

(CPV) de la Comisión Europea responde los códigos:

⋅ 35120000-1: sistemas y dispositivos de vigilancia y seguridad.

⋅ 45259000-7: reparación y mantenimiento de instalaciones.

⋅ 50610000-4: servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad.

I.2. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato

A) PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:

El presupuesto base de licitación para la totalidad asciende a la cantidad expresada

en el apartado B.1. del Cuadro Resumen.

El precio se mantendrá invariable durante toda la duración del contrato, por lo que

el mismo no podrá ser objeto de revisión ni modificación por ningún concepto, ni

siquiera por incremento de precios o revisiones acordadas oficialmente.

B) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

El valor estimado del contrato asciende a la cantidad expresada en el Apartado B.2.

del Cuadro Resumen. En este importe se han tenido en cuenta los requisitos

contemplados en el artículo 88 del TRLCSP.

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I.3. Plazo de duración del contrato

La duración de los contratos que se suscriban será la expresada en el Apartado C del

Cuadro Resumen.

I.4. Requisitos de los licitadores

I.4.1. Aptitud para contratar

Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o

extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en

alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto

Legislativo 3/2011 Texto Refundido de la Ley del Contrato del Sector Público (TRLCSP),

y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones

están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus

estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.

Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea

tendrán capacidad de obrar cuando figuren inscritas en el registro correspondiente, o

en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las

actividades a las que se extiende el objeto del contrato.

Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados

miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén

establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.

Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija

una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder

prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.

Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan

temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en

escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.

Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados

solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con

poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del

contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de

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poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía

significativa.

A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión

temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la

participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse

formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La

duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato

hasta su extinción.

Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional

que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que

constituye objeto de esta licitación.

I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica.

La adjudicación del contrato requerirá la previa acreditación de la capacidad

económica, financiera y técnica necesaria para su ejecución, según se detalla a

continuación:

I.4.2.1. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los siguientes

documentos:

� Declaración en la que se especifique el volumen de negocios en el ámbito al que

se refiera el contrato, correspondiente, como máximo, a los tres últimos

ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las

actividades del licitador, en la medida en que se disponga de esa información.

Criterio de solvencia: el volumen anual de negocios del licitador o candidato,

que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos

concluidos, deberá ser al menos una vez y media al presupuesto del contrato.

I.4.2.2. La solvencia técnica se acreditará mediante los documentos que se

exponen a continuación:

� Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos

cinco años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los

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mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante

certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el

destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un

sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este

certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos

certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la

autoridad competente. Se adjunta modelo como Anexo nº 6

Criterio de Selección: El licitador deberá acreditar su experiencia durante los

últimos cinco años en la realización de un contrato de servicio de cuantía

equivalente al 75% del presupuesto base de licitación, o dos, cuya suma

equivalga al 100% del citado presupuesto.

En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia,

se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la

misma (art. 24.1 RGLCAP).

La acreditación de la solvencia mediante medios externos (art. 63 TRLCSP), exigirá

demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios

mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición,

además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el presente apartado.

I.4.3. Compromiso de adscripción de medios

Además de acreditar su solvencia los licitadores deberán presentar, con carácter de

obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223, letra f) del TRLCSP, el

compromiso de adscribir a la ejecución del servicio los medios personales suficientes

para ello (art. 64.2 TRLCSP), en concreto, con carácter de mínimo, deberá asignar los

medios personales especificados en el apartado 4.4.1 del Pliego de Prescripciones

Técnicas. Se adjunta modelo como Anexo nº 8.

El modelo habrá de acompañarse, manteniendo el carácter de obligación esencial, de

la siguiente información:

- Organigrama del personal adscrito al contrato, en el que se muestren los

distintos perfiles y funciones, con su interdependencia funcional y jerárquica y

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especificando si la dedicación es total, parcial o puntual. No es necesario

especificar nombres propios.

II. ADJUDICACIÓN

II.1. Procedimiento de adjudicación

El contrato objeto del presente Pliego se adjudicará mediante procedimiento abierto

con un único criterio de adjudicación, regulado en en el TRLCSP.

El contrato se encuentra sujeto a regulación armonizada, conforme a lo dispuesto en los

artículos 13 y 16 del TRLCSP, en función del valor estimado del mismo.

II.2. Órgano de contratación

El Órgano de Contratación y adjudicación será el Comité de Dirección de SEPI

DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A, S.M.E.

II.3. Mesa de Contratación

De acuerdo con lo establecido en las instrucciones internas del Grupo, la composición

de la mesa de contratación será la siguiente:

� Presidente: Secretario General.

� Vocales:

- Directora de la Asesoría Jurídica Inmobiliaria, que actuará además como

Secretaria.

- Un representante de la Dirección Económica, Financiera y Corporativa.

- Un representante de la Dirección de Negocios de la Actividad

Inmobiliaria.

- Un representante de la Dirección de Control de Riesgos.

- Un representante de la Dirección de Planificación y Control.

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II.4. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones

II.4.1 Plazo

Las proposiciones se presentarán dentro del plazo señalado en el Apartado D del

Cuadro Resumen.

II.4.2 Lugar

La documentación habrá de ser entregada en las dependencias u oficinas expresadas a

continuación, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación.

La dirección donde se realiza la entrega es:

C/ Velázquez, 134 bis – 1ª Planta

28006-Madrid

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de

imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la

remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. También podrá

anunciarse por correo electrónico ([email protected]).

En caso de efectuarse el anuncio del envío por correo mediante fax, se dirigirá al

número 91 396 10 55.

Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es

recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el

anuncio.

Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido

la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

II.4.3. Formato

Para la presentación de los diversos documentos previstos en la asistencia, se tendrán

en cuenta las siguientes normas:

1.-Documentación escrita:

- Tamaño DIN A-4

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2.- Documentación gráfica:

- Se utilizarán según las necesidades, los formatos DIN A-2, DIN A-3, DIN A-

4.

- Preferentemente se utilizará un sólo formato salvo casos justificados.

- Toda la documentación gráfica se entregará plegada en formato DIN A-4.

II.4.4. Forma de presentación y contenido de las proposiciones

Para participar en el procedimiento de contratación, el licitador deberá presentar,

dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación DOS (2) SOBRES, cerrados,

de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la documentación que se

especifica a continuación, indicando en cada uno de ellos el título del mismo, la

licitación a la que concurre, nombre, apellidos y DNI de quien firme la proposición y el

carácter con que lo hace, así como el NIF del licitador, domicilio, teléfono, e-mail y fax a

efectos de notificaciones, todo ello de forma legible. Toda la documentación deberá ser

remitida en castellano.

Cada licitador presentará una sola proposición y no podrá suscribir ninguna propuesta

en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de

una unión temporal. La contravención de lo anterior impedirá la admisión de todas las

propuestas que suscriba.

El contenido de los sobres deberá ordenarse conforme al índice que se establece en el

presente pliego.

En el caso de empresas extranjeras deberán presentar la documentación traducida de

forma oficial al castellano (Art. 23 del RGLCAP).

La inclusión en el sobre 1 de cualquier información sobre los criterios a valorar

en el sobre 2 será motivo de exclusión del procedimiento.

II.4.4.1. Contenido del SOBRE 1

El SOBRE 1 contendrá, bajo la denominación de “Documentación Legal” la

DOCUMENTACIÓN QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA O EN SU CASO

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DECLARACIÓN RESPONSABLE de conformidad con lo previsto en este mismo

apartado.

Estos documentos podrán presentarse mediante fotocopias, salvo las declaraciones

responsables que deberán ser originales. En ese caso, el licitador se compromete a

aportar los originales o copias compulsadas en el caso de ser propuesto como

adjudicatario.

La presentación del certificado de inscripción en el Registro Oficial de

Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), acreditará frente a

todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y

salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su

personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o

empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la

concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban

constar en el mismo (art. 83 TRLCSP y 19 del Real Decreto 817/2009 , de 8 de

mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP). De este modo, la

presentación del certificado de inscripción en el ROLECE eximirá a los licitadores

de presentar la documentación exigida en los apartados 1º, 2º, 4º, 5º y 6º.

El certificado de inscripción en el ROLECE deberá acompañarse en cualquier caso

de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él

se acreditan.

1º.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario

La acreditación de la capacidad de obrar se realizará a través de la presentación de

los siguientes documentos:

La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se

acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el

acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad,

debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el

tipo de persona jurídica de que se trate.

Para los licitadores individuales será obligatoria la presentación de fotocopia del

documento nacional de identidad, o el que en su caso lo sustituya

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reglamentariamente, así como, del número de identificación fiscal cuando éste no

conste en aquél.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de

Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el

registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están

establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un

certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo

con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar

mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española, que

se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia

de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas

en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en

el artículo 3 TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.

En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de

los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y

solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de

los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de

ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del

contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el adjudicador.

2º.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán

poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que, en su caso,

haga sus veces (art. 146.1.a del TRLCSP y 21 RGLCAP).

Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro

Mercantil o en el Registro público que corresponda. Si se trata de un poder para

acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.

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3º.- Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (en

adelante, UTE), en su caso.

Cuando dos o más empresas acudan a una licitación agrupadas en UTE, cada uno

de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad,

debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los

empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, el compromiso

de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios y la

persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena

representación de todos ellos frente a SEPIDES (art. 59 TRLCSP y 24 RGLCAP).

El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de

las empresas componentes de la UTE.

4º.- Solvencia económica, financiera y técnica.

Los licitadores deberán presentar la documentación acreditativa de estar en

posesión de la solvencia económica, financiera y técnica requerida conforme a lo

especificado en el Apartado I.4.2. del presente Pliego.

5º.- Clasificación

Los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante la

acreditación del cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos

en el 4º punto anterior o bien mediante certificación de la clasificación del licitador

inscrita en el registro correspondiente. El certificado deberá acompañarse además

de una declaración responsable en la que se ponga de manifiesto que las

circunstancias detalladas en el certificado no han experimentado variación alguna.

Para que dicho certificado supla la acreditación de la solvencia, la clasificación ha

de comprender los grupos y subgrupos indicados en el Apartado E del Cuadro de

Características que encabeza el presente Pliego. En caso de Empresas de Estados

miembros de la Unión Europea, éstas podrán presentar certificados de clasificación

o similares expedidos por sus Estados o bien acreditar su solvencia técnica a través

del resto de requisitos especificados en el pliego.

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La clasificación de las Uniones de Empresas se determinará mediante la

acumulación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas

asociadas (art. 52 RGLCAP).

6º.- Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las

prohibiciones de contratar, conforme lo establecido en el artículo 60 TRLCSP.

Dicha declaración, cuyo modelo se incorpora como Anexo 1, comprenderá

expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las

obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por

disposiciones vigentes (art. 146.1. TRLCSP).

7º.- Declaración sobre empresas vinculadas

A los efectos de lo previsto en el artículo 86 del RGLC y 149 del TRLCSP, los

licitadores presentarán una declaración en la que relacionarán aquellas otras

empresas del grupo que han presentado proposiciones a la licitación, entendiendo

por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del

Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la

declaración se realizará en este sentido. Se adjunta modelo como Anexo 4.

8º.- Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial

Tal como prevé el artículo 140 TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que

indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos

administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de

ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse

claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio

documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las

empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su

difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos,

perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén

comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos

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de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún

documento o dato posee dicho carácter.

9º.- Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en

cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de

protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos

laborales, y protección del medio ambiente. Se incorpora modelo como Anexo

5.

10º.- Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato

Los licitadores deberán presentar el compromiso de adscribir a la ejecución del

servicio los medios personales requeridos en el apartado 4.4.1 del Pliego de

Prescripciones Técnicas, acompañado del organigrama del personal adscrito al

contrato, conforme a lo especificado en el Apartado I.4.3 del presente Pliego. Se

adjunta modelo como Anexo nº 8.

11º.- Documentación acreditativa de personal con discapacidad

Los empresarios podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia de la

adjudicación de los contratos, una declaración responsable de contar en su

plantilla con personal con discapacidad o en situación de exclusión social en

número superior al 2%, con indicación expresa del porcentaje de estos

trabajadores que son fijos sobre el total de la plantilla. En caso de igualdad de

ofertas, prevalecerá la contratación con aquellas empresas que, en el momento de

acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores

discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren

empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación

laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100,

tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del

mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

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20

PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO SUSTITUTIVO DE LA

DOCUMENTACIÓN LEGAL

De acuerdo con estipulado en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento

Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, (en adelante “DN”) se admite

(careciendo, en cualquier caso, de carácter obligatorio), como prueba preliminar del

cumplimiento de los requisitos contemplados en los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6,

anteriores, la presentación del formulario cumplimentado del Documento Europeo

único de Contratación (“DEUC”) aprobado en virtud del Reglamento de la Comisión

Europea nº 2016/7 de 5 de enero, sin perjuicio de que el licitador a cuyo favor recaiga

la propuesta de adjudicación, acredite previamente a la adjudicación del contrato, la

posesión y validez de los documentos exigidos.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la DN el órgano de

contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la

propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del

cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato

cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo del mismo.

Si el licitador recurre a las capacidades de otras entidades con arreglo al artículo 63 de

la DN, deberá presentar su propio DEUC, así como otro DEUC separado en el que figure

la información pertinente por cada una de las entidades de que se trate.

Cuando la propuesta se presente por una unión temporal de empresas, cada uno de los

integrantes de la unión deberá presentar su propio DEUC.

A los efectos de ayudar a los licitadores al cumplimiento correcto del formulario

normalizado DEUC, se adjunta, como Anexo nº 9 del presente Pliego, las

recomendaciones oportunas.

II.4.4.2. Contenido del sobre 2

El sobre 2, bajo la denominación de “Proposición económica”, incluirá la proposición

de los licitadores evaluable mediante fórmula y, en concreto, contendrá el impreso

correspondiente de los que se incluyen como Anexo 7 de este pliego debidamente

cumplimentado, con sujeción estricta al formato de dicho modelo.

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La proposición incluirá como partida independiente el importe correspondiente al

Impuesto Sobre el Valor Añadido.

Se podrá rechazar aquellas propuestas que no se ajusten a lo solicitado, las que tengan

omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer todo aquello que se estime

fundamental para considerar la oferta.

Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición y ésta contendrá

una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros

si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de

esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.

No se admitirán propuestas económicas en las que el precio global exceda del

“Presupuesto base de licitación” de este pliego. El incumplimiento de esta norma

implicará la eliminación automática de la empresa o empresas concursantes, que

quedarán ya excluidas de la Propuesta de Adjudicación.

La presentación de la proposición supone haber tenido en cuenta en la elaboración de

sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de

protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, así

como de protección del medio ambiente.

II.5. Forma de adjudicación

Una vez recibidas las ofertas, la Mesa de Contratación se constituirá con objeto de

proceder a la apertura del sobre 1, cuyo contenido será trasladado a la Dirección de

Asesoría Jurídica de la sociedad con objeto de que proceda a la calificación de los

documentos presentados.

Si se observasen defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada, o

se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un plazo no

superior a (3) tres días hábiles para que el licitador subsane el error o indique las

aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria.

Una vez calificada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y subsanados,

en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o documentación

complementaria requerida, se determinarán los licitadores que se ajustan a los criterios

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de selección de la presente contratación, con pronunciamiento expreso sobre los

admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.

Las empresas eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a

ningún efecto en el resto del proceso de adjudicación.

Finalizada dicha fase, en el día señalado en el anuncio de licitación, se procederá en acto

público a la apertura del sobre 2.

Las proposiciones económicas serán valoradas por el Departamento proponente

conforme a lo dispuesto en el apartado II.6.1 siguiente, tras lo cual, elaborará el

pertinente informe de valoración global que trasladará a la Mesa de Contratación quien,

a la vista del contenido del mismo, y una vez estudiadas las ofertas, formulará la

propuesta de adjudicación.

Se levantará acta de todo ello.

II.6. Criterios de valoración

De acuerdo con lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP, se procede a continuación

a enumerar los criterios directamente vinculados al objeto del contrato a los que se

ajustará la adjudicación del procedimiento.

II.6.1. Evaluación de la Proposición económica (100 puntos)

La oferta económica se puntuará de la siguiente manera:

• La proposición económica (PE) (100 puntos), que incluirá como partida

independiente el importe correspondiente al IVA.

Se entenderá que incurren presuntamente en valores anormales o

desproporcionados, aquellas ofertas cuya baja supere en 10 puntos porcentuales a

la baja media.

En este supuesto, se requerirá a los licitadores que aporten, en el plazo de tres días,

un informe justificativo, si lo desean, en relación con el precio ofertado. Si no es

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aportado el citado informe en el plazo establecido, la oferta será automáticamente

considerada como de valores anormales o desproporcionados de forma firme.

En otro caso, el adjudicador se reserva el derecho de decidir libremente sobre la

admisibilidad o no de la oferta, en función del informe recibido del licitador, las

específicas características del expediente y otros elementos que resulte oportuno

considerar.

A las ofertas no incursas en valores anormales o desproporcionados se les asignará

la puntuación obtenida de la siguiente forma:

BMáx

BPE x100=

Siendo “BMáx” la máxima baja presentada y aceptada.

Siendo en todo caso la puntuación máxima de 100 puntos.

Se entiende por baja de una oferta, la diferencia entre el presupuesto base de

licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. La

puntuación económica se redondeará al segundo decimal.

100

Im

ImIm)( ×

−=

licitacióndeporte

ofertaladeportelicitacióndeporteBofertaladeporcentualBaja

II.7. Propuesta de adjudicación

II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones y elaborado el informe de valoración por el

Departamento proponente, la Mesa de Contratación, por delegación del Órgano de

Contratación, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, tras lo

cual realizará la propuesta de adjudicación en favor del licitador que haya presentado la

propuesta económicamente más ventajosa conforme a los criterios contemplados en el

presente pliego.

En el caso de igualdad entre dos o más licitadores será preferida la proposición

presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica,

tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si

varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición

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más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un

porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el

licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en

su plantilla.

De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se decidirá mediante

sorteo.

La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta

económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles a

contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte:

1.- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones

tributarias y de Seguridad Social, en todo caso.

2.- Si se hubiere aportado en el Sobre nº 1 fotocopias de la documentación

acreditativa del cumplimiento de requisitos previos, se presentarán los

correspondientes originales o copias compulsadas.

3.- Documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva

conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente

4.- En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de

empresas, dentro de este mismo plazo éstas deberán acreditar la constitución de

la UTE conforme a lo especificado en el apartado II.9.1 del presente pliego.

5.- La documentación justificativa de que dispone del personal comprometido a la

adscripción del contrato, así como del cumplimiento por parte de este personal de

los requisitos exigidos en los pliegos.

Asimismo, y en el caso de que los licitadores hubiesen optado por presentar dentro del

sobre 1 el DEUC, éstos deberán presentar también en este momento los documentos

que acrediten la personalidad y capacidad del empresario, su representación, y aquellos

que acrediten que dispone de la solvencia financiera y técnica requerida, así como que

dispone de los medios comprometidos para la ejecución del contrato.

Una vez recibida la documentación indicada en los apartados anteriores, la Dirección de

Asesoría Jurídica, por delegación de la Mesa de Contratación, calificará la

documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos de los licitadores

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seleccionados que hayan optado por la presentación de la declaración responsable

conforme al art. 146 del TRLCSP en el sobre 1, “Documentación legal” y por lo tanto, por

la presentación de la documentación acreditativa en esta etapa, a efectos de comunicar

los defectos u omisiones subsanables que aprecie, concediendo un plazo suficiente para

su subsanación.

Si los licitadores no subsanan o lo hacen fuera de plazo, la Mesa de Contratación

declarará que han retirado materialmente sus ofertas. En este supuesto, sólo en el caso

de que se apreciara posible falsedad procederá la aplicación de la prohibición de

contratar que establece el artículo 60.1 e) del TRLCSP.

Si la Mesa de Contratación no recibiese la documentación justificativa del artículo 151.2

del TRLCSP, en el plazo máximo establecido, se declarará que el licitador ha retirado

materialmente su oferta con las consecuencias señaladas en el artículo 60.2 a) del

TRLCSP, en su caso.

En ambos supuestos, la Mesa de Contratación procederá a recabar la misma

documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas

las ofertas.

Recibida la documentación en tiempo y forma, la Mesa de Contratación elevará al

Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

II.7.2. La garantía definitiva deberá ser prestada mediante la presentación de un aval

bancario con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el

Registro Especial de Avales, y con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden

y división (se adjunta modelo como Anexo 2). La duración del aval será indefinida hasta

que el adjudicador autorice su cancelación, lo que deberá hacer una vez llegado al

vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o bien una

vez se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.

La garantía definitiva indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución

celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución,

debiendo hacerse entrega del certificado del contrato. La Entidad Aseguradora, y el

seguro de caución habrán de cumplir con los requisitos contenidos al respecto en el

TRLCSP. Se adjunta modelo como Anexo 3.

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El importe de la garantía será el 5 % del importe de adjudicación.

La garantía cubrirá la correcta ejecución del contrato en los plazos previstos y la

indemnización por daños y perjuicios que se prevé en el apartado IV del presente

Pliego.

La devolución de la garantía al adjudicatario se realizará conforme con lo previsto en el

artículo 102 del TRLCSP.

Cuando como consecuencia de una eventual modificación del contrato, el valor de los

trabajos contratados experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la

cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y

el presupuesto vigente en cada momento.

II.8. Adjudicación

El Órgano de Contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la

Mesa, dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la

documentación requerida, adjudicará el contrato al licitador con mejor puntuación, lo

que se notificará a los participantes en la licitación y se publicará simultáneamente en el

perfil del contratante.

La licitación no podrá declararse desierta si alguna de las proposiciones presentadas

fuera admisible, con arreglo a las prescripciones técnicas y a los criterios de capacidad y

solvencia del presente Pliego, de acuerdo con lo previsto en el TRLCSP.

Una vez decidida la adjudicación, a tenor de los criterios establecidos en este pliego,

será publicada y notificada al Adjudicatario, así como al resto de los participantes en la

licitación, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su

recepción. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el

plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.

Una vez transcurrido el plazo estipulado para la validez de la oferta sin haber recibido

la notificación, o haberse comunicado la resolución de adjudicación, el licitador que lo

desee podrá requerir por escrito en cualquier momento la retirada de su proposición, a

lo que el adjudicador procederá obligatoriamente, salvo que el acuerdo de resolución

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del procedimiento hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en

ese caso justificarlo así ante la empresa.

II.9. Obligaciones previas a la firma del contrato

II.9.1. En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de

empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública,

dentro del plazo otorgado, y N.I.F. asignado a la Unión Temporal, así como la

designación de la persona, que, en calidad de gerente único o apoderado de ésta,

actuará en su representación.

II.9.2. El licitador se obliga a concertar una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil

que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo, y las que como consecuencia de

la prestación del servicio, en que hubiese incurrido el autorizado, incluyendo, asimismo,

la responsabilidad civil general por daños causados a terceros.

A tal efecto, y con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario entregará copia

de la póliza indicada, así como del recibo del pago de la prima correspondiente, que

acredite la vigencia del Seguro concertado. Dichos documentos quedarán incorporados

al contrato.

El adjudicatario mantendrá vigente durante toda la duración del contrato la citada

póliza, por lo que se compromete a enviar al adjudicador, cuando sea requerido para

ello, el correspondiente justificante de pago que lo acredite.

III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

III.1. Documentación de formalización

En cuanto al contrato derivado de la adjudicación dado que es susceptible de recurso

especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 TRLCSP, no podrá

formalizarse antes de que transcurran QUINCE (15) DÍAS hábiles desde que se remita la

notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, sin que se hubiere

interpuesto recurso que lleve aparejado la suspensión de la adjudicación del contrato.

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El contrato se formalizará en documento privado o, si lo pide cualquiera de las partes,

en escritura pública, siendo de cuenta del peticionario los gastos que ello implique.

Formarán parte integrante de los contratos, anexándose a los mismos, los pliegos de

esta licitación y la oferta del adjudicatario.

A este acto, concurrirá el Adjudicatario o su representante, y, cuando el representante

sea persona distinta del firmante de la proposición económica con poder bastante

vigente otorgado por el Adjudicatario.

En caso de que, por causas imputables al Adjudicatario, no se formalizara el contrato, se

podrá acordar la resolución del compromiso derivado de la adjudicación de los trabajos

objeto del presente pliego. En este supuesto se procederá a la incautación de la garantía

provisional y, en su caso, a la indemnización correspondiente por daños y perjuicios

ocasionados.

III.2. Régimen jurídico del contrato

De acuerdo con lo dispuesto en los artículo 10, 16.1b) y 20 del TRLCSP, el contrato que

se derive de la adjudicación se califica como contrato privado de servicios sujeto a

regulación armonizada, ya que se trata de un servicio comprendido en la categoría 1 del

Anexo II del TRLCSP y su valor estimado es superior a 221.000 €. En consecuencia, los

mencionados contratos son susceptibles de recurso especial en materia de contratación,

regulado en el artículo 40 del TRLCSP.

III.3. Obligaciones del Adjudicatario.

III.3.1. Obligación de ejecución de los trabajos

El adjudicatario se obliga a ejecutar los trabajos correspondientes en la forma

establecida en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas y demás

documentos integrantes del contrato.

El Adjudicatario deberá cumplir estrictamente toda normativa legal aplicable a los

trabajos y en particular la medioambiental.

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III.3.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos.

El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia

laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.

El adjudicatario asume directamente cuantas responsabilidades de todo orden deriven

de las obligaciones que le impone este pliego, y, en general, las que guarden relación con

la ejecución de los trabajos, comprendidas las responsabilidades a terceros.

El adjudicatario responderá de todas las reclamaciones, incluso aquellas dirigidas contra

el adjudicador, por los daños, perjuicios y menoscabos, personales o materiales que como

consecuencia de la ejecución de los trabajos o de acciones y omisiones del adjudicatario y

sus empleados, incluso los que obedezcan a terceros, fuerza mayor o fortuitos, puedan

causarle al personal del adjudicador o a cualquier otra entidad participante en la obra, o a

terceros. Asimismo, el adjudicatario, responderá en los mismos términos de los daños

causados a los terrenos e instalaciones u otros bienes propiedad del adjudicador o de

terceros. Todo ello sin perjuicio del posterior ejercicio por el adjudicatario de las acciones

de resarcimiento que contra terceros responsables pudieran asistirle.

A título meramente enunciativo, se consignan especialmente como responsabilidades

asumidas por el adjudicatario las nacidas de muerte, lesiones y toda clase de daños y

perjuicios sufridos por terceros, incluyendo el personal bajo la dependencia del mismo,

en función, en todos ellos, de su relación con los trabajos, de los daños y perjuicios

ocasionados en bienes de dominio público y del pago de sanciones pecuniarias impuestas

por la Administración por causas imputables al adjudicatario.

El adjudicatario se obliga a cumplir, respecto del adjudicador, y respecto de los trabajos y

en relación con el objeto del presente contrato, con todas sus obligaciones legales como

empresario, cualesquiera que sean éstas, y muy especialmente, las de carácter laboral.

Será a cargo exclusivo del adjudicatario el coste íntegro del personal necesario para los

trabajos, salarios, dietas, cargas sociales y fiscales personales y societarias, transporte,

alojamiento y manutención en su caso, etc. El adjudicatario exhibirá y entregará copia al

adjudicador del justificante de pagos de la Seguridad Social del personal que trabaja

junto con el TC2 de la empresa indicando los empleados que ese mes han participado en

los trabajos; así como del abono de los salarios y del abono de los tributos directos o

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indirectos relacionados con los trabajos o su personal, sin perjuicio de lo anterior, el

adjudicador podrá exigir, en cualquier momento al adjudicatario, los documentos

justificativos de estar dado de alta en la Seguridad Social, relativos a cualquier

trabajador que se encuentre en los trabajos objeto de este contrato, obligándose en este

acto el adjudicatario a entregar tales documentos en un plazo no superior a 5 días

naturales a contar desde la petición.

El adjudicatario acepta para sí la condición de patrono absoluto, exonerando de toda

responsabilidad al adjudicador, quedando formalmente obligado al cumplimiento

respecto a todo el personal propio o subcontratado de las disposiciones legales vigentes

en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. El

adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier sanción, multa, etc., que pueda ser

impuesta al adjudicador como consecuencia de las obras objeto del contrato,

solidariamente con el adjudicador y/o, en su caso, con el subcontratista, y autoriza al

mismo para que satisfaga su importe con cargo al fondo de garantía estipulado en el

contrato, sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de que aquellas

garantías no fueran suficientes.

El adjudicatario se obliga a indemnizar al adjudicador, por cualquier cantidad que éste

viniere obligada a satisfacer, como consecuencia de accidentes de personal del

adjudicatario o bien derivados de cualquier incumplimiento de sus obligaciones al

amparo del contrato, incluyendo gastos de abogados y/o procuradores que el

adjudicador haya podido satisfacer. Asimismo, el adjudicatario indemnizará al

adjudicador, incluyendo los gastos antes citados, en el caso de que fuera condenado en

virtud de sentencia judicial firme derivada de reclamaciones planteadas por cualquier

trabajador del adjudicatario.

Durante la vigencia del presente contrato y hasta su finalización, el adjudicatario se obliga

a renovar los certificados que acreditan el cumplimiento de las obligaciones tributarias y

de la seguridad social cuantas veces sea necesario, entregando al adjudicador copia de

dichas renovaciones.

En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones, el

adjudicador no satisfará al adjudicatario ningún pago hasta la entrega de certificado

correspondiente.

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El adjudicador podrá resolver unilateralmente el contrato, si el adjudicatario no

entregara las copias antes dichas; o si de las mismas se dedujese un incumplimiento. Si el

adjudicador resuelve el contrato por el incumplimiento de estas obligaciones, el

adjudicatario no tendrá derecho a indemnización alguna.

III.3.3. Obligaciones Prevención de delitos

El licitador manifiesta conocer la especial importancia que para SEPIDES tiene el estricto

cumplimiento de sus manuales, políticas y protocolos internos así como de toda la

normativa vigente y, en especial, de la normativa penal. Así las cosas, el adjudicatario se

compromete a que ninguno de sus empleados incurra en actuaciones que pudieran ser

constitutivas de delito o falta en el desarrollo de sus funciones respondiendo el

adjudicatario de cualquier consecuencia patrimonial que se derive para SEPIDES del

incumplimiento de la obligación aquí asumida. A estos efectos, SEPIDES manifiesta que

cuenta con un Comité de Prevención de Delitos pudiendo acudir al mismo cualquier

empleado del adjudicatario que preste servicios para SEPIDES al objeto de obtener

información adicional respecto a los manuales, políticas y protocolos de aplicación en

SEPIDES o, incluso, al objeto de notificar cualquier actuación irregular de la que haya

podido tener conocimiento.

Asimismo, se notifica que puede consultar el Manual de Prevención de Delitos del Grupo

SEPIDES, a través de su página web www.sepides.es.

III.3.4. Precio

El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, más la cantidad

correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente y demás tributos de

cualquier índole que sean de aplicación.

A título meramente enunciativo, se consideran incluidos los siguientes conceptos:

• Cuantos gastos y obligaciones patronales vigentes y futuras sean necesarias para

llevar a buen fin la total realización de los trabajos. (Póliza de accidente laboral,

Seguridad Social, Sueldos, etc.).

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• Los gastos de cualquier tributo, tasa, arbitrio, licencias, autorizaciones, derechos,

exacciones parafiscales, o impuestos que graven la ejecución de los trabajos por sí

mismos.

• Los gastos derivados del cumplimiento de la legislación vigente en materia de

seguridad y salud en el trabajo.

• Las cargas sociales legalmente establecidas y que se establezcan.

• Todos los gastos inherentes a los trabajos, informes, documentación, mejoras y

demás costes, directos o indirectos, conforme a lo establecido en el presente pliego

y resto de documentación contractual.

• En todo caso, cualquier otro gasto, ya sean medios humanos o materiales, que

sean necesarios para la correcta ejecución del servicio.

III.3.5. Revisión de Precios

El precio del contrato se establece con carácter de fijo para toda su duración, por lo que el

mismo no podrá ser objeto de revisión ni modificación por ningún concepto, ni siquiera

de incremento de precios o revisiones acordadas oficialmente.

III.3.6. Forma de Pago

El servicio se facturará mensualmente.

Se realizará una factura por cada instalación objeto de esta licitación (Complejo Campos

Velázquez, Edificio Génesis, Villa de Madrid), haciendo constar en las mismas los

conceptos por inmueble que figuran en el pliego.

El pago se realizará mediante transferencia, con vencimiento más próximo a los días 5 o

20 de cada mes o, si esos días no fueran hábiles, hasta el inmediato hábil siguiente, una

vez transcurridos TREINTA (30) DÍAS de la fecha de emisión de la factura, que será

emitida a nombre de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.

En la factura se desglosará el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor

Añadido.

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III.3.7. Cesión y Subcontratación

El adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o en

parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización escrita del

contratante.

Todas las subcontrataciones deberán contar con la autorización del contratante, que a su

vez podrá rehusarla dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la comunicación por el

adjudicatario. Esta autorización no eximirá al adjudicatario de ninguna de sus

obligaciones contractuales. El adjudicatario será responsable de todas las acciones,

deficiencias o negligencias de sus subcontratistas y de sus agentes, empleados y obreros y

trabajos realizados, así como del cumplimiento por los subcontratistas de las obligaciones

legales en materia laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo en la misma

medida que para su propio personal o trabajos realizados. Nada de lo contenido en este

contrato se entenderá que establece un vínculo o relación entre el contratante y los

subcontratistas.

En los casos en que haya subcontrataciones, el contratante podrá exigir, y el adjudicatario

se compromete a presentar, certificados de los subcontratistas en los que se acredite la

situación de los pagos pendientes de abono por el adjudicatario o cualquier otra

reclamación contra aquél, en el momento de la última factura.

IV. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Son causas de resolución del contrato:

El incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en este Contrato, en los

términos establecidos en el Art. 1.124 del Código Civil, y en particular:

a) Cuando a juicio del adjudicador, los procedimientos y medios auxiliares

utilizados no se ajustasen a los previstos en el Contrato y el adjudicatario no

aceptara reemplazarlos.

b) Cuando el adjudicatario no hubiera adoptado las medidas vigentes en materia

medio ambiental y de seguridad y salud en el trabajo, para el desarrollo de los

trabajos.

c) La extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.

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d) El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se establezcan.

e) Cualquier otra causa recogida en este contrato.

La resolución por las causas a) y b) es potestativa del adjudicador.

La resolución del contrato por cualquiera de las causas antes dichas, a excepción del

mutuo acuerdo, dará derecho, en todo caso, al adjudicador, a una indemnización por

daños y perjuicios, además de la penalidad, en su caso, establecida en el contrato.

El adjudicador podrá comunicar al adjudicatario, mediante carta notarial, su voluntad de

resolver unilateralmente el contrato en base a cualquiera de las causas previstas en esta

estipulación. Los motivos expuestos serán considerados como reconocidos por la otra

parte, salvo protesta por la misma de igual forma y en el plazo de DIEZ (10) DÍAS a contar

desde la recepción de la comunicación antes citada.

V. FUERO

Toda cuestión o divergencia que pueda suscitarse en relación con el cumplimiento de

las cláusulas del presente pliego, será sometida a los Juzgados y Tribunales de Madrid

con renuncia expresa de los firmantes a cualquier otro Tribunal.

VI. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

VI.1. El adjudicatario queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la

información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y

condiciones de seguridad que dicte el responsable del contrato.

El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que

tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido

carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a

guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios,

estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con

ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al

vencimiento de éste en los términos del artículo 140 del TRLCSP.

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El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los

trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin

autorización escrita del órgano de contratación.

El adjudicatario adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de

la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la

obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que

acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras

personas.

El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los

empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en

particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las

ofertas.

A estos efectos, el adjudicatario podrá designar como confidenciales alguno o algunos

de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente

(sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado

como tal.

VI.2. Por medio de la presente estipulación, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en

adelante LOPD), el adjudicador, con domicilio social en C/ Velázquez 134 Bis, 28006

Madrid, informa al/los interesado(s) afectado(s) de que dicha entidad es responsable

de los ficheros en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean

recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria

para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del

presente Pliego de Cláusulas Particulares con la finalidad de llevar a cabo la apertura de

las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su

caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos, solicitar cuanta

documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información,

comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder

en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación legal

aportada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como

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cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el

mantenimiento de históricos.

Asimismo, se informa que cuando así resulte exigible conforme la legislación vigente, el

adjudicador deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de

contratación a los Organismos y terceros que en dicha legislación se establezca.

El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la presentación

de su oferta y la entrega, por tanto, al adjudicador de toda aquella documentación en

que el interesado haga constar sus datos personales. Al objeto de mantener los datos

actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar al adjudicador

cualquier modificación en sus datos de carácter personal.

Por otro lado, el Licitador/Contratista en su calidad y condición de responsable del

tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su

objeto social se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa

complementaria y de desarrollo vigente en cada momento. En particular, y a tales

efectos, en el caso en que el Licitador/Contratista aporte documentos que contengan

datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato,

queda obligado en cumplimiento de la LOPD, a declarar de forma previa el tratamiento

de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con

todas las garantías previstas en la citada norma respecto del derecho de información y

consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos al adjudicador. A

tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se

comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal

referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el Licitador/Contratista está

legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos al

adjudicador, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s)

afectado(s) sobre el tratamiento de sus datos por el adjudicador y las finalidades del

mismo, así como de los derechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el

interesado igualmente responsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la

veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el Licitador/Contratista no deberá

comunicar al adjudicador datos de terceros afectados.

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En relación con lo expuesto en el apartado anterior, el Licitador/Contratista comunicará

al adjudicador únicamente datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no

excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas

para las que son requeridos, así como datos exactos y puestos al día de forma que

respondan con veracidad a la situación actual del interesado siendo cancelados y

sustituidos de oficio por el Licitador/Contratista cuando resultaran ser inexactos, en

todo o en parte, o incompletos, sin perjuicio de los derechos de acceso, rectificación y

cancelación que corresponden al interesado. En tal caso el Licitador/Contratista se

obliga a comunicar al adjudicador en el plazo legalmente establecido al efecto los datos

debidamente rectificados y/o cancelados según proceda.

Cualesquiera interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,

cancelación y oposición solicitándolo por escrito dirigido al adjudicador en su domicilio

social, sito en C/ Velázquez 134 Bis, 28006 Madrid.

Cuando, como consecuencia de la celebración del contrato, el adjudicatario adquiera la

condición de Encargado de Tratamiento, quedará obligado a guardar la más estricta

confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como

consecuencia de prestación del servicio, así como a cumplir, en la medida en que le

afecte, el Documento de Seguridad que le será entregado por el adjudicatario.

El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros

del adjudicador o entidad contratante para la prestación del servicio objeto del

contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos

de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo

12 de la LOPD. Por lo que como consecuencia, el adjudicatario queda obligado

específicamente a:

Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines

de la ejecución del presente contrato.

Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el

Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto

1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de

la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que

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correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo

81 del RDLOPD.

Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda

tener acceso para la prestación objeto del contrato así como sobre los que resulten de

su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.

No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su

conservación, salvo que en el contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario,

en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de

datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.

Comunicar al personal, que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento, el

deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca

o a los que tenga acceso en ejecución del contrato, obligándose de igual manera a hacer

cumplir las medidas de seguridad.

Destruir o devolver al adjudicador, según las instrucciones que al respecto se den, una

vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente

tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia

alguna de aquellos.

La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario, será calificada como grave y

será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil,

penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente,

respondiendo, en todo caso éste, como Encargado del Tratamiento, sobre los daños y

perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las

mismas.

En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven

del incumplimiento de esta obligación.

Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta

información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.

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VII. SUBSANACIÓN DE ERRORES

Todas las aclaraciones o subsanaciones de errores detectados durante el período de

licitación serán publicados en el perfil del contratante: www.sepides.es.

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ANEXO 1.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA

D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de …………….. c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en …………… provincia de …………. c/ ………………………. Núm. ………………………. al objeto de participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los

edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E”

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

a. Que ni la empresa ni sus administradores y representantes están incursos

en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del

TRLCSP.

b. Que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las

disposiciones vigentes, comprometiéndose a presentar la documentación

acreditativa de tales requisitos en el momento en el que le sea requerido.

Lo que declara responsablemente en ……………, a … de …………… de…..

Fdo.:

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ANEXO 2.- MODELO DE AVAL

.................Sociedad Anónima, sucursal de calle .................. núm. y en su nombre y

representación D. ................... y D. ............................, con poderes suficientes para obligarle

en este acto

A V A L A

solidariamente a ................................., con N.I.F., frente a SEPI DESARROLLO

EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. con N.I.F. A-48001382, y domicilio en Madrid C/ Velázquez

134 Bis, hasta la cantidad de ………… en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para

responder de las obligaciones derivadas de la participación/adjudicación de la

licitación para la contratación del denominado “servicio de mantenimiento de los

sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”.

El presente aval se presta, en concepto de garantía a primera solicitud, con renuncia

expresa al beneficio de excusión, división y orden. En consecuencia, el Banco se

compromete expresamente a efectuar el pago a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL,

S.A., S.M.E. de la indicada cantidad por éste reclamada, dentro de los tres días

siguientes al primer requerimiento que haga al banco con tal objeto.

Este aval tendrá validez en tanto SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. no

autorice su cancelación.

El presente aval ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro Especial de Avales

con el número ......

En .................. a ........ de .................................. de……..

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ANEXO 3.- MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN

La entidad ……………………….. con N.I.F., nº …………….. , y con domicilio a efectos de

notificaciones y requerimientos en la C/ …………… nº ………. de ……………….., C.P. ………….,

y en su nombre y representación D. ………………………, y D. …………….. con poderes

suficientes para obligarles en este acto,

ASEGURA

A ……………………., N.I.F. ……………… en concepto de tomador del seguro, ante SEPI

DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. con N.I.F A-48001382, en adelante asegurado,

hasta el importe de ……………………., virtud de lo dispuesto por la normativa de

aplicación, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones

derivadas de la participación/adjudicación de la licitación para la contratación del

denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de

SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”.

El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos

en la normativa de contratación del sector público estatal vigente.

La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al

asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del

asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador

deba hacer efectiva la garantía.

El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan

corresponderle contra el tomador del seguro.

El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer

requerimiento de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E, en los mismos

términos y condiciones generales establecidas en la Normativa de Contratación del

Estado vigente.

El presente seguro de caución estará en vigor hasta que SEPI DESARROLLO

EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo

establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y

legislación complementaria.

En.…………….., a ……… de ………………de…….

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ANEXO 4.- MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS

D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de …………….. c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en …………… provincia de …………. c/ ………………………. Núm. ………………………., en cumplimiento de lo establecido en el artículo 145 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y al objeto de participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los

sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”

(táchese lo que no proceda).

DECLARO: Que las empresas que a continuación se señalan están vinculadas con la oferente, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, y han presentado también oferta en la presente licitación.

Nombre o razón social..……………….. N.I.F. / C.I.F………. 1.- 2.- 3.- En caso de no existir empresas vinculadas que se presenten a la licitación:

DECLARO: Que no hay empresas vinculadas con la empresa oferente que presenten

ofertas a la presente licitación.

Lo que declara responsablemente en ……………, a … de …………… de….

Fdo.:

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ANEXO 5.- MODELO DECLARACION DE HABER TENIDO EN CUENTA EN LA

PRESENTACIÓN DE LA OFERTA LAS OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA LABORAL Y MEDIOAMBIENTALES

D./Dª. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de ……………..

c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y

representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en

…………… provincia de …………. c/ ………………………. Núm. ………………………., al objeto de

participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los

sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E”..

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las

obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del

empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del

medio ambiente.

Lo que declara en ……………, a … de …………… de 2018.

Fdo.:

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ANEXO 6.- RELACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES REALIZADOS

Cliente Denominación

del contrato

Destinatario

(Público/Privado)

Objeto

del

contrato

Fechas

Inicio/fin

Importe

del contrato

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ANEXO 7.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de ……………..

c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y

representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en

…………… provincia de …………. C/ ………………………. Núm. ………………………., se

compromete a ejecutar el contrato para “servicio de mantenimiento de los sistemas de

seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.” con arreglo a

la siguiente proposición total anual:

- Importe sin IVA (€)__________________ - IVA (€)_________________________________ - Total importe (€)_____________________

y que se desglosa en los siguientes importes anuales por inmuebles:

- Sistema CCTV, sistema control de accesos peatonal, sistema control de accesos para vehículos y red IP del Complejo Campos Velázquez.

- Importe sin IVA (€)__________________ - IVA (€)_________________________________ - Total importe (€)_____________________

- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión y sistema control de accesos en Edificio Génesis.

- Importe sin IVA (€)__________________ - VA (€)_________________________________ - Total importe (€)_____________________

- Sistema de control de accesos externo en Edificio Génesis.

- Importe sin IVA (€)__________________ - VA (€)_________________________________ - Total importe (€)_____________________

- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión, sistema de control de accesos peatonal, sistema de control de accesos para vehículos en el Edificio Villa de Madrid.

- Importe sin IVA (€)__________________ - VA (€)_________________________________ - Total importe (€)_____________________

Lo que declara en ……………, a … de …………… de…..

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Fdo.: _________________________________

ANEXO 8.- MODELO COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS

D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de …………….. c/

………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación

de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en …………… provincia de

…………. C/ ………………………. Núm. ………………………. al objeto de participar en la

licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de

seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que dicha empresa se compromete a aportar la correspondiente documentación en la

que se acredite que aporta al contrato los medios personales exigidos en el Apartado 8

del Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) del expediente, de acuerdo con lo previsto

en los arts. 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

(TRLCSP), y lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del

presente expediente. Al efecto, acompaña a la presente organigrama del personal

adscrito conforme a lo señalado en el Pliego de Cláusulas Particulares

Lo que declara en ……………, a … de …………… de……

Fdo.:

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ANEXO 9.- INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC

En aras de facilitar la cumplimentación por parte de las empresas del modelo de formulario normalizado del DEUC que establece el anexo II del Reglamento (UE) n.º 2016/7, se formulan a continuación las siguientes orientaciones:

1. El formulario normalizado DEUC que establece el anexo II del Reglamento (UE) n.º 2016/7:

a) De conformidad con lo establecido en la parte II, sección A, quinta pregunta dentro del apartado titulado «Información general», del formulario normalizado del DEUC, las empresas que figuren inscritas en una «lista oficial de operadores económicos autorizados» solo deberán facilitar en cada Parte del formulario aquéllos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas «listas oficiales». Así en España las empresas no estarán obligadas a facilitar aquéllos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada en el Registro de Licitadores que corresponda, ya sea el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) o el equivalente a nivel autonómico con el alcance previsto en el artículo 327.1 del TRLCSP, siempre y cuando las empresas incluyan en el formulario normalizado del DEUC la información necesaria para que el órgano de contratación pueda realizar el acceso correspondiente (dirección de internet, todos los datos de identificación y, en su caso, la necesaria declaración de consentimiento), por aplicación del artículo 59.1, penúltimo párrafo DN (y en coherencia con ello ver lo indicado en la parte VI del formulario).

Para el caso de que la empresa se encuentre inscrita en el ROLECE, bien sea en virtud de una inscripción voluntaria o bien sea porque se encuentre clasificada, a continuación esta Recomendación indica, respecto de cada una de las partes del tantas veces citado formulario (apartados 1.1 a 1.6), qué datos son susceptibles de figurar inscritos en el ROLECE y cuáles no. Dado que algunos de estos datos deben suministrarse en todo caso por la empresa y otros son voluntarios, y que a veces incluso hay datos que solo figuran en el ROLECE si la inscripción fue voluntaria; por todo ello nos limitaremos a señalar en cada caso si los datos que reclaman el formulario son o no son potencialmente inscribibles, debiendo la empresa asegurarse de cuales efectivamente están inscritos y actualizados en el ROLECE y cuáles no están inscritos o estándolo no están actualizados, en su caso concreto. Esto mismo puede predicarse de los Registros de CC.AA. que se hayan integrado en el ROLECE.

b) En lo que respecta a empresas no nacionales procedentes de Estado Miembros de la UE, tanto el órgano de contratación como las empresas interesadas tienen a su disposición el depósito de certificados en línea e-Certis, en el cual consta: una lista completa y actualizada de los documentos y certificados que en cada Estado son susceptibles de ser utilizados por las empresas interesadas como medio de prueba del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a una licitación pública; así como una lista de los Registros de licitadores o de otros tipo y de las bases de datos que expiden estos certificados y documentos (sobre e-Certis ver artículos 59.6 y 61 DN).

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c) El acceso por parte de los órganos de contratación a los registros de licitadores asimismo tiene el efecto establecido en el artículo 59.5 DN. Así si bien, de acuerdo con el artículo 59.4 DN con carácter general el órgano de contratación podrá requerir a los candidatos y licitadores durante la sustanciación del procedimiento de contratación y para garantizar el buen desarrollo del mismo para que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a la licitación, y con carácter previo a la adjudicación el primero deberá exigir al adjudicatario la presentación de estos documentos justificativos; el artículo 59.5 DN matiza lo establecido en el apartado anterior del mismo artículo al eximir a los licitadores y candidatos de presentar aquéllos documentos justificativos que prueben informaciones que puedan ser acreditadas mediante una certificación expedida por el Registro de licitadores que corresponda [ROLECE o Registro equivalente a nivel autonómico, como se explicó en el apartado 1.a) anterior].

1.1. Parte I. Recoge la información sobre el procedimiento de contratación y sobre el órgano de contratación.

La información que demanda esta parte del formulario debería constar en el anuncio que hubiere servido como medio de convocatoria de la licitación, por lo que no reviste complejidad su cumplimentación.

1.2. Parte II. Recoge información sobre la empresa interesada: Como ya se indicó en el apartado 1, aquéllas empresas que figuren inscritas en un Registro de Licitadores solo deberán facilitar en esta parte II del formulario aquélla información que no figure inscrita en los mismos o que, aun estando inscrita, la información no conste de manera actualizada. Por ello a continuación sigue un cuadro que, a modo orientativo y solo respecto del ROLECE, indica qué información o datos podrían estar inscritos y cuáles no, con la finalidad de que las empresas sepan:

Que datos deberán ser aportados mediante el formulario normalizado DEUC en todo caso, por no obrar en poder del ROLECE.

Qué datos son susceptibles de estar inscritos en el ROLECE y, por lo tanto, podrían dejarse sin cumplimentar en el formulario. Le corresponde a la empresa comprobar si en su caso concreto esos datos o informaciones efectivamente están inscritos en el ROLECE o no, y si lo están, deberá asegurarse de que constan en el mismo de manera actualizada. Así, cuando alguno de estos datos o informaciones no le consten a ROLECE o cuando estén inscritos de manera no actualizada, en esos dos casos la empresa deberá aportarlos mediante la cumplimentación del citado formulario.

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Parte III. Información sobre el operador económico

Sección ¿Es un dato/información susceptible de estar inscrito en el

ROLECE?

Sección A

Identificación.

Los datos incluidos en este apartado deben ser cumplimentados por la empresa. Como número de IVA se deberá recoger el NIF si se trata de ciudadanos o empresas españoles, el NIE si se trata de ciudadanos residentes en España, y el VIES o DUNS si se trata de empresas extranjeras.

Información general:

Primera pregunta. No está en el ROLECE.

Segunda, tercera y cuarta preguntas (sobre contratación reservada).

No está en el ROLECE.

Quinta pregunta (sobre si la empresa está clasificada).

Sí podría estar en el ROLECE, pero la empresa debe contestar: Sí: si se encuentra clasificada. No: si no se encuentra clasificada. No procede: si la clasificación no es exigida para el contrato que se licita.

Sexta pregunta.

Letra a). Procede contestar si está clasificada como contratista de obras o de servicios. Como número de inscripción o certificación basta con consignar el propio NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa.

Letra b).

La empresa debe contestar. En el caso del ROLECE la página web es https://registrodelicitadores.gob.es, la autoridad u organismo expedidor es la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado (u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma que otorgó la clasificación alegada) y la «referencia exacta de la documentación» debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso.

Letra c). La empresa debe indicar el grupo, subgrupo y categoría.

Letra d). No está en el ROLECE.

Letra e). No está en el ROLECE (pero puede constar en los Registros de Licitadores de algunas CC.AA.).

Forma de participación.

No está en el ROLECE.

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Lotes. No está en el ROLECE.

Sección B. SÍ podría estar en el ROLECE.

Sección C. No está en el ROLECE.

Sección D. No está en el ROLECE.

Parte IV. Relativa a los motivos de exclusión: Dado que el formulario normalizado del DEUC no recoge referencia alguna a nuestra legislación, para facilitar la adecuada cumplimentación por parte de las empresas de esta Parte del formulario a continuación sigue una tabla de equivalencias entre cada una de las preguntas que deben responder las empresas, los artículos de la DN y, por último los artículos de nuestro TRLCSP que han dado transposición al artículo 57 DN. Con la tabla que sigue dentro de este apartado 1.3 en definitiva se pretende que las empresas contesten a las preguntas que hace esta parte III del formulario habiendo comprendido previamente el exacto alcance de las mismas.

Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE y/o en los Registros equivalentes a nivel autonómico, como se deduce de los artículos 61 bis.2 y 328.2 «a sensu contrario» del TRLCSP, y como también se infiere de lo dispuesto en la octava pregunta encuadrada de la sección A, parte II, del formulario normalizado (que se inicia con un «En caso afirmativo (…)»), las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en esta parte III del formulario normalizado del DEUC.

Tabla de equivalencias relativa a la parte III del formulario normalizado del DEUC que establece el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7

Parte III, n.º de Sección

DN TRLCSP

Sección A Artículo 57.1.

Artículo 60.1.a) (excepto los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social).

Sección B Artículo 57.2.

Artículo 60.1: Letra a) (cuando se trate de delitos contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social, relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social). Letra d), primer párrafo, primer inciso. Letra f) (cuando se trate de sanciones administrativas firmes impuestas con arreglo a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

Sección C:

Primera Artículo Artículo 60.1.b) (cuando no sea infracción muy grave en

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pregunta 57.4.a). materia profesional o en materia de falseamiento de la competencia); Artículo 60.1.d) primer párrafo, segundo inciso (en lo relativo al incumplimiento del requisito del 2 por 100 de empleados con discapacidad.).

Segunda pregunta

Artículo 57.4.b).

Artículo 60.1.c).

Tercera pregunta

Artículo 57.4.c).

Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia profesional).

Cuarta pregunta

Artículo 57.4.d).

Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia de falseamiento de la competencia).

Quinta pregunta

Artículo 57.4, letra e).

Artículo 60.1.g) y h).

Sexta pregunta

Artículo 57.4, letra f).

Artículo 56.

Séptima pregunta

Artículo 57.4.g).

Artículo 60.2, letras c) y d).

Octava pregunta:

Letras a), b) y c)

Artículo 57.4.h).

Artículo 60.1, letra e) y 60.2, letras a) y b).

Letra d) Artículo 57.4.i).

Artículo 60.1.e).

Sección D – Artículo 60.1.f) (cuando se trate de sanción administrativa firme con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Parte V. Relativa a los criterios de selección: Al igual que en la parte II, aquellas empresas que figuren inscritas en un Registro de Licitadores solo deberán facilitar en esta parte IV del formulario aquélla información que no figure inscrita o que, aun estando inscrita, la misma no conste de manera actualizada. En este apartado nuevamente se indica, a modo orientativo y solo respecto del ROLECE, qué información o datos podrían estar inscritos y cuáles no.

Parte IV. Criterios de selección

Sección ¿Es un dato/información susceptible de estar inscrito en el

ROLECE?

A [«Indicación (…)»].

No está en el ROLECE.

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A («Idoneidad»).

Primera pregunta.

No está en el ROLECE, si el empresario está inscrito en un registro profesional. Sí podría estar en el ROLECE, si el empresario está inscrito en un registro mercantil, de cooperativas, de fundaciones o de asociaciones.

Segunda pregunta.

Sí podría estar en el ROLECE cuando con arreglo a la legislación nacional se requiere una autorización, colegiación o similar para prestar el servicio de que se trate.

B

Pregunta 1.a). Sí podría estar en el ROLECE.

Pregunta 1.b).

No está en el ROLECE, pero el volumen de negocios anual medio en cualquier periodo es calculable a partir de los datos de volumen anual de negocios durante los ejercicios correspondientes (datos inscribibles, indicados en la pregunta anterior)

Pregunta 2.a). No está en el ROLECE.

Pregunta 2.b). No está en el ROLECE.

Pregunta 3. Sí podría estar en el ROLECE.

Pregunta 4. No está en el ROLECE, pero todas las ratios financieras son calculables a partir de los datos financieros de las cuentas anuales (datos que sí son inscribibles).

Pregunta 5. Sí podría estar en el ROLECE.

Pregunta 6. No está en el ROLECE.

C No está en el ROLECE.

D No está en el ROLECE.

ATENCIÓN: Para la presente licitación será suficiente con que el licitador cumplimente la primera casilla del formulario señalando que “sí” cumple los criterios de selección requeridos, omitiendo las secciones A, B, C y D de esta parte.

Parte VI. Relativa a los criterios para reducir el número de candidatos a los que se invitará a presentar oferta: El empresario deberá cumplimentar esta parte únicamente cuando se trate de procedimientos restringidos, negociados con publicidad y de diálogo competitivo.

En cualquier caso estos datos en principio no figuran inscritos en el ROLECE, por lo que los empresarios deberán facilitarlos.

Parte VII. Relativa a las declaraciones finales: Esta parte debe ser cumplimentada y firmada por la empresa interesada en todo caso.

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1. El formulario normalizado DEUC estará disponible:

- En papel: Se adjunta al presente pliego como Anexo 9.1.

2. El formulario normalizado DEUC estará disponible:

- A través del servicio en línea gratuito DEUC electrónico al que se puede acceder

mediante la siguiente página web: https://ec.europa.eu/growth/tools-databases/espd/filter

En el caso de que el licitador desee presentar el formulario electrónicamente, SEPIDES, y una vez publicado en anuncio en el Diario Oficial de Unión Europea, publicará en su perfil del contratante (ubicado en la Plataforma de contratación del Estado) junto con el resto de la documentación de la licitación, un archivo en formato “xml”.

Una vez descargado el mencionado archivo, los licitadores deberán entrar en la página web señalada y, tras identificarse como “operador económico”, deberán marcar la opción “importar DEUC”, y posteriormente, en examinar, indicar la ruta donde se ha guardado el archivo xml.

Realizado lo anterior, el licitador pulsará en el botón “siguiente” y podrá empezar a completar el formulario conforme a lo que se ha señalado en el apartado 1 anterior.

Una vez completado el formulario, el licitador puede imprimir el DEUC electrónico desde la última página del servicio en línea. El formulario DEUC electrónico aparece tras pulsar el botón “imprimir”. Entonces podrá seleccionar la función de impresión de su navegador.

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2.2. Independientemente del modo en el que el licitador decida completar el formulario, (en papel o electrónicamente), el DEUC deberá, en cualquier caso, presentarse impreso y firmado dentro del sobre 1 con el resto de la información que resulte pertinente.

A continuación, se adjunta el Anexo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016, que incluye el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DOUEC).