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stit Municipalidad Metropolitana de Lima PGRLMI - 410,YOISIA JF GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA "Año de la Consolidación del Mar de Grau" Lima, 3 0 MAR 2016 RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL No. -2016-MML/PGRLM-GR VISTO: El Memorando N° 736-2015-MML/PGRLM-SRAF de fecha 05 de agosto de 2015; el Informe N° 208-MML/PGRLM/SRAF/AC del 04 de agosto de 2015; y, el Informe N° 456-2015-MML/PGRLM-SRAJ emitido el 02 de diciembre de 2015; documentos circunscritos a la liquidación financiera de la Obra: "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima"; proyecto N° 127, Código SNIP 121840; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N° 254, emitido el 25 de abril de 2003, se constituyó el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima; que actúa con autonomía técnica, económica, financiera y administrativa, constituyéndose como Unidad Ejecutora del Pliego N° 465, cuyo Reglamento de Organización y Funciones ha sido debidamente aprobado por el Concejo Metropolitano; Que, con fecha 05 de noviembre de 2009 se suscribió el contrato de ejecución obra (Contrato N° PROY 127-2009-MML/OIM), entre la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en representación del proyecto denominado "Asistencia Técnica para los servicios de ejecución de obras de la Municipalidad Metropolitana de Lima" y la Empresa DITRANSERVA SAC, por un monto contractual de S/. 8'394,364.99 (Ocho Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 99/100 Soles); incluido la utilidad, gastos generales y el IGV; de acuerdo con los términos de la propuesta económica del contratista para la ejecución de la Obra "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima"; bajo el sistema de contratación a suma alzada; Que, con fecha 28 de octubre de 2009, la OIM y el CONSORCIO BÉJAR CACCHA, suscriben el contrato de supervisión (CMI PROY 127-2009), por el monto contractual de S/. 252,335.32 (Doscientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Cinco con 32/100 Soles) incluido el IGV; para el servicios de supervisión de la ejecución c., < ;.: de la obra a que se contrae la presente Resolución; o \"'! Que, mediante Resolución de Dirección Regional 162-2010-OIM de fecha 27 de julio de 2010, se aprueba la liquidación del contrato de ejecución de la Obra - :''''Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima"; por el importe total de S/. 8'662,041.78 (Ocho Millones Seiscientos Sesenta Dos Mil Cuarenta y Uno con 78/100 Soles), incluido el IGV; Que, por Resolución de Dirección Regional N° 178-2010-0IM emitida el 23 de agosto de 2010, se aprueba la liquidación del contrato de supervisión de la obra antes mencionada, por el monto de S/. 254,349.98 (Doscientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Nueve con 98/100 Soles), incluido el IGV;

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stit Municipalidad Metropolitana de Lima PGRLMI -

410,YOISIA JF GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA

"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Lima, 3 0 MAR 2016

RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL No. -2016-MML/PGRLM-GR

VISTO:

El Memorando N° 736-2015-MML/PGRLM-SRAF de fecha 05 de agosto de 2015; el Informe N° 208-MML/PGRLM/SRAF/AC del 04 de agosto de 2015; y, el Informe N° 456-2015-MML/PGRLM-SRAJ emitido el 02 de diciembre de 2015; documentos circunscritos a la liquidación financiera de la Obra: "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima"; proyecto N° 127, Código SNIP 121840; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Edicto N° 254, emitido el 25 de abril de 2003, se constituyó el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima; que actúa con autonomía técnica, económica, financiera y administrativa, constituyéndose como Unidad Ejecutora del Pliego N° 465, cuyo Reglamento de Organización y Funciones ha sido debidamente aprobado por el Concejo Metropolitano;

Que, con fecha 05 de noviembre de 2009 se suscribió el contrato de ejecución obra (Contrato N° PROY 127-2009-MML/OIM), entre la Organización Internacional

para las Migraciones (OIM), en representación del proyecto denominado "Asistencia Técnica para los servicios de ejecución de obras de la Municipalidad Metropolitana de Lima" y la Empresa DITRANSERVA SAC, por un monto contractual de S/. 8'394,364.99 (Ocho Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con 99/100 Soles); incluido la utilidad, gastos generales y el IGV; de acuerdo con los términos de la propuesta económica del contratista para la ejecución de la Obra "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo —Cercado de Lima"; bajo el sistema de contratación a suma alzada;

Que, con fecha 28 de octubre de 2009, la OIM y el CONSORCIO BÉJAR CACCHA, suscriben el contrato de supervisión (CMI PROY N° 127-2009), por el monto contractual de S/. 252,335.32 (Doscientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Cinco con 32/100 Soles) incluido el IGV; para el servicios de supervisión de la ejecución

c.,<;.: de la obra a que se contrae la presente Resolución;

o \"'! Que, mediante Resolución de Dirección Regional N° 162-2010-OIM de fecha 27 de julio de 2010, se aprueba la liquidación del contrato de ejecución de la Obra

-:''''Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo —Cercado de Lima"; por el importe total de S/. 8'662,041.78 (Ocho Millones Seiscientos Sesenta Dos Mil Cuarenta y Uno con 78/100 Soles), incluido el IGV;

Que, por Resolución de Dirección Regional N° 178-2010-0IM emitida el 23 de agosto de 2010, se aprueba la liquidación del contrato de supervisión de la obra antes mencionada, por el monto de S/. 254,349.98 (Doscientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Nueve con 98/100 Soles), incluido el IGV;

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Municipalidad Metropolitana de Lima PGRL I 'ROGRAMA DE

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA

Que, los gastos administrativos pactados según convenio con la 01M, representan hasta el 3.5 % del costo total de la obra ejecutada y de la Supervisión, la que asciende a la suma de S/. 312, 073.71 (Trescientos Doce Mil Setenta y Tres con 71/100 Soles);

Que, con Informe N° 208-2015-MML/PGRLM/SRAF/AC del 04 de agosto de 2015, el Jefe del Área de Contabilidad del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, remite la liquidación financiera del proyecto 127 "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima" con Código SNIP 121840; cuya ejecución de gastos del mismo asciende al importe total de S/. 9'228,465.47 (Nueve Millones Doscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco con 47/100 Soles); precisando que la obra ha sido cofinanciada con presupuesto del PGRLM y de la MML, cuyos gastos fueron efectuados de la siguiente manera: gastos de ejecución de obra, supervisión y gastos administrativos, con presupuesto del PGRLM por el importe de S/.9'099,414.57 que representa el 98.60% del cofinanciamiento; gastos de ejecución de obra y gastos administrativos con presupuesto de la MML, por el importe de S/. 129,050.90, que representa el 1.40% del cofinanciamiento, importe de la MML aprobado en Acuerdo de Concejo N° 376, de fecha 18 de octubre de 2010;

Que, mediante el Memorando N° 736-2015-MML/PGRLM-SRAF de fecha 05 de agosto de 2015, la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas deriva los a.ctuados administrativos a la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos a fin de que le cumpla con emitir la Resolución de Gerencia Regional que aprueba la Liquidación /Final, se inicie la transferencia de la obra correspondiente y se proceda a excluir el ,,,rnfinto de la inversión de los registros contables del Programa;

Que, a través del Informe N°456-2015-MML/PGRLM-SRAJ de fecha 02 de diciembre de 2015, la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos recomienda que la Gerencia Regional emita la Resolución de aprobación de la liquidación final de la obra; que la Subgerencia Regional de Infraestructura inicie la transferencia de la citada obra a la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, concluido el proceso de transferencia, la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas proceda a excluir el monto de inversión de los registros contables de la Entidad;

Que, la Liquidación Financiera de Proyectos es el conjunto de actividades realizadas para determinar el costo real de la ejecución de un proyecto de inversión pública de conformidad con el presupuesto aprobado, en el que se evalúa el movimiento financiero y la documentación que la sustenta, alcanzando a todos sus componentes como son entre otros la Ejecución de Obra, Supervisión de Obra y gastos generales atribuibles en su ejecución;

Que, por Resolución de Gerencia Regional N° 046-2011/MMUPGRLM-GR, de fecha 04 de abril de 2011, se aprobó la Norma y Procedimiento NP N° 018- MML/PGRLM-GR V1: "Transferencia de Obras Ejecutadas por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana", la misma que en su numeral 6.1 señala que "Notificada la Resolución de Gerencia Regional que aprueba la Liquidación Final de Obra, se procederá dentro de un plazo de tres (03) días hábiles, a coordinar con la Entidad Receptora, el lugar, fecha y hora para la realización de la trasferencia a la jurisdicción correspondiente";

Que, asimismo, el numeral 6.2 establece que: "El PGRLM luego de realizada la trasferencia entregará un original del Acta de Transferencia a la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas, quien comunicará a su vez al Área de Contabilidad, a los efectos de proceder a descargar de las cuentas contables del Activo y de Patrimonio del PGRLM, el valor de la liquidación de lo transferido, a través de la unidades orgánicas correspondientes;

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el Municipalidad Metropolitana de Lima PGRLMI PROGRAMA DE

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA

Que, de acuerdo a lo expuesto, es necesario emitir la Resolución de Gerencia Regional que apruebe la Liquidación Final de la Obra: "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima" Código SNIP 121840; y transferirla a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su debido cuidado y mantenimiento.

Por las consideraciones expuestas y en mérito a las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 1029-MML, modificada por Ordenanza N° 1140-MML y contando con los vistos de las Subgerencias Regionales de Infraestructura, Administración y Finanzas y Asuntos Jurídicos del PGRLM;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la liquidación final de la Obra "Rehabilitación de la Av. Argentina Tramo entre Av. Universitaria y Jr. Cárcamo — Cercado de Lima"; con Código SNIP 121840, por el importe de S/. 9'228,465.47 (Nueve Millones Doscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco con 47/100 Soles); monto que ha sido financiado conforme al siguiente detalle:

Con presupuesto del PGRLM S/.9'099,414.57 = 98.60% ❖ Con presupuesto de la MML S/. 129,050.90 = 1.40%

TOTAL: S/.9"228,465.47 = 100%

ARTÍCULO 2°.- Precisase que dentro del importe de la Liquidación Final a que se refiere el Artículo 1° de la presente Resolución, se incluye el valor de ejecución, de supervisión y los gastos administrativos de la obra, los mismos que se encuentran detallados en los anexos que se acompañan.

ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que la Subgerencia Regional de Infraestructura, inicie y gestione hasta su culminación definitiva, el proceso de transferencia de la obra a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en razón de pertenecer a su ámbito de su competencia.

ARTÍCULO 4°.- Encárguese a la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas, que luego de culminado el proceso de transferencia de la obra; proceda a excluir el monto total de la inversión del proyecto, de los registros contables del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana.

ARTÍCULO 5°.- ifíquese la presente Resolución a las Subgerencias Regionales de Infraestr ur- y de Administración y Finanzas, para que implementen y ejecuten las acciones adm istrativas relacionadas al cumplimiento de lo resuelto; conforme a sus com • - enci s.

Regístrese Comuníq ese y Cúmplase.

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a de Gobierno Regl de M

................................................. José Fernández Fe nández

Gerente Regional

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