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Código Aduanero de la Unión con desarrollo de Reglamentos PARTE I

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Código Aduanero de la Unión con desarrollo de

ReglamentosPARTE I

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I- DISPOSICIONES GENERALES

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I- Disposiciones Generales

1.Ámbito de aplicación de la legislación aduanera, misión de las aduanas y definiciones2. Derechos y obligaciones de las personas en el marco de la legislación aduanera3. Conversión de divisas y plazos

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1.Ámbito de aplicación del CAU ART.1 CAU

Se aplicará de manera uniforme

en todo el territorio

aduanero de la Unión

Se podrá aplicar determinadas

disposiciones de la legislación aduanera fuera del territorio aduanero de la Unión cuando se prevea en normas reguladoras de ámbitos específicos o en

convenios internacionales

Determinadas disposiciones de la

legislación aduanera, incluidos los

procedimientos simplificados

contemplados, serán aplicables al comercio de mercancías de la Unión

entre partes de su territorio aduanero a las que sean

aplicables las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE –IVA-o de la Directiva 2008/118/CE-IIEE-y partes de ese territorio a las que no sean aplicables, así como al comercio entre partes

de ese territorio a las que no sean aplicables dichas

disposiciones.

PP Noticia 19.01.17

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2.Derechos y obligaciones de las personas en el marco de la legislación aduanera

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2.1.Sistemas de intercambio y almacenamiento de información y requisitos comunes en materia de datos

Todo intercambio de información, como declaraciones, solicitudes o decisiones entre las autoridades aduaneras y entre estas y los operadores económicos, y el almacenamiento de esa información necesario con arreglo a la legislación aduanera deberán efectuarse mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos.

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2.2. Registro EORI

REGLA GENERAL: Obligación de registro de los Operadores Económicos

Los operadores económicos establecidos en el territorio aduanero de la Unión se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que estén establecidos

NO ESTABLECIDOS EN EL TAU: se registrarán ante las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que presenten por primera vez una declaración o una solicitud de decisión.

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2.3. Suministro de información a las autoridades aduaneras

Toda persona que presente a las autoridades aduaneras:

Será responsable de lo siguiente:

a) la exactitud y completud de la información que contenga la declaración, notificación o solicitud

b) la autenticidad, exactitud y validez de los documentos justificativos de la declaración, notificación o solicitud

c) en su caso, el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del régimen aduanero en el que se incluyan las mercancías o de la realización de las operaciones que se hayan autorizado

una declaración en aduana

una declaración de depósito temporal

una declaración sumaria de entrada

una declaración sumaria de salida

una declaración de reexportación o una notificación de reexportación

una solicitud de autorización o de cualquier otra decisión

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2.4. Control de mercancías• Vuelos y cruceros en el interior de la Unión (art.49 CAU)

• Equipaje facturado y de mano transportado por vía aérea:

Vuelos de tránsito (art.37 RECAU)

Vuelos de tránsito en aeronaves de negocios o de turismo (art 38 RECAU)

Vuelos de conexión entrantes (art. 39 RECAU)

Vuelos de conexión salientes (art. 40 Reg. Ejecución)

Transbordo a una aeronave de turismo o de negocios (art.41 Reg. Ejecucion)

Transbordos entre aeropuertos situados en el territorio del mismo Estado miembro (art 42 Reg Ejecución)

Etiqueta del equipaje (art.44 Reg. Ejecución)

Lista de aeropuertos internacionales de la Unión (art.45 Reg. Ejecución)

• Equipaje transportado por mar

Embarcaciones de recreo (art 46 Reg. Ejecución)

Travesías de conexión (art.47 Reg. Ejecución)

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2.5. Representación Aduanera

DIRECTA: el representante aduanero actuará en nombre y por cuenta de otra persona

INDIRECTA: actuará en su propio nombre pero por cuenta de otra persona.

Nombrar un representante

aduanero

Deberán estar establecidos en el TAU

Salvo disposición en contrario, los representantes aduaneros estarán dispensados de ese requisito cuando actúen por

cuenta de personas que no tengan obligación de estar establecidas en el territorio aduanero de la Unión.

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2.6. Poder de representación

Quien omita declarar que está actuando como representante aduanero o declare estar actuando en tal condición sin poseer un poder de representación para ello, se considerará que actúa en su propio nombre y por cuenta propia. (INDIRECTA)

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2.7. Tipos de autorización OEA

OEA Seguridad y Protección

OEA Simplificaciones Aduaneras

Son acumulables

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2.8 Conservación de documentos y datos

Regla General:

Con el fin de posibilitar los controles aduaneros, las personas interesadas deberán conservar, al menos durante tres años, toda la documentación e información prevista en el artículo 15, apartado 1, en una forma que sea accesible y aceptable para las autoridades aduaneras.

Inicio computo del plazo:

• Mercancías despachadas a libre práctica o declaradas para la exportación: A partir del final del año en el que se admitan las declaraciones en aduana de despacho a libre práctica o de exportación.

• Mercancías que, en razón de su destino final, se despachen a libre práctica con exención de derechos o con un tipo reducido de derecho de importación: A partir del final del año en el que dejen de estar sujetas a la vigilancia aduanera.

• Mercancías incluidas en otro regímenes aduaneros o en depósito temporal: A partir del final del año en el que concluya el régimen en cuestión o finalice el depósito temporal.

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3.Conversión de divisas y plazos

Días feriados: Todos los días previstos como tales en el Estado miembro.

Días hábiles: Todos los días menos festivos, sábados y domingos.

Reglamento (CEE, EURATOM) nº 1182/71 del Consejo de 3 Junio de 1971 por el que se

determinan las normas aplicables a los plazos, fechas y términos salvo que se disponga

lo contrario en la legislación aduanera

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1 Objeto y ámbito de aplicación

2 Delegación de poderes

3 Misión de las autoridades aduaneras

4 Territorio aduanero

5 Definiciones 1

6

Sistemas de intercambio y almacenamiento de

información y requisitos comunes en materia de

datos 4 21 38 39 40 82 85 86 87 92 93 94 95 96 2 18

7 Delegación de poderes

8 Atribución de competencias de ejecución

9 Registro 6 7 9 6

10 Delegación de poderes

11 Atribución de competencias de ejecución

12

Comunicación de información y protección de

datos

13

Intercambio de información complementaria

entre las autoridades aduaneras y los operadores

económicos

14

Suministro de información por las autoridades

aduaneras

15

Suministro de información a las autoridades

aduaneras

16 Sistemas electrónicos 3 4 5 7 10 21 30 36 54 56

17 Atribución de competencias de ejecución

18 Representante aduanero

19 Poder de representación

20 Delegación de poderes

21 Atribución de competencias de ejecución

22 Decisiones adoptadas previa solicitud 5 8 10 11 12 13 14 19 20 26 28 29 82 92 8 9 11 12 14 16 17 29 31 32

23

Gestión de las decisiones adoptadas previa

solicitud 15 16 17 18 22 30 13 19 20 35

24 Delegación de poderes

25 Atribución de competencias de ejecución

26 Validez de las decisiones en toda la Unión

27 Anulación de decisiones favorables 16

28 Revocación y modificación de decisiones favorables 16 15 34

29 Decisiones adoptadas sin solicitud previa

30

Limitaciones aplicables a las decisiones relativas a

la inclusión de mercancías en un régimen

aduanero o en depósito temporal

31 Delegación de poderes

32 Atribución de competencias de ejecución

33

Decisiones relativas a las informaciones

vinculantes

34

Gestión de decisiones relativas a las

informaciones vinculantes 22 23

35

Decisiones relativas a las informaciones

vinculantes en relación con otros elementos

36 Delegación de poderes

37 Atribución de competencias de ejecución

38 Solicitud y autorización 23 24 25 33

39 Concesión del estatuto 24 25 26 27 28

40 Delegación de poderes

41 Atribución de competencias de ejecución

42 Imposición de sanciones

43 Decisiones adoptadas por la autoridad judicial

44 Derecho de recurso

45 Suspensión de decisiones

46 Gestión de riesgos y controles aduaneros

47 Cooperación entre autoridades

48 Control posterior al levante

49 Vuelos y cruceros en el interior de la Unión 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47

50 Atribución de competencias de ejecución

51 Conservación de documentos y datos

52 Gravámenes y costes

53 Conservación de documentos y datos 48

54 Gravámenes y costes

55 Plazos, fechas y términos

56 Arancel aduanero común y vigilancia 49 50 51 52 53 54 55 56

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