01 SNIP - Normatividad MEF Enero 2011 [Modo de Compatibilidad]

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1 NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DEL SECTOR PÚBLICO Estado Ciudadano Proyecto de Inversión Pública El SNIP busca certificar la calidad de los proyectos El Sistema Nacional de Inversión Pública Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad (certifican conductas)

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norma numero 1

Transcript of 01 SNIP - Normatividad MEF Enero 2011 [Modo de Compatibilidad]

  • 1

    NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICA

    MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZASDIRECCIN GENERAL DE PROGRAMACINMULTIANUAL DEL SECTOR PBLICO

    Estado CiudadanoProyecto de

    Inversin Pblica

    El SNIP busca certificar la calidad de los proyectos

    El Sistema Nacional de Inversin Pblica

    Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestin que actan como

    normas de calidad (certifican conductas)

  • 2

    Qu es el ?

    Sistema administrativo del Estadoque acta como un sistema decertificacin de calidad de losproyectos de inversin pblica.

    Su finalidad es optimizar el uso delos recursos pblicos destinados a lainversin a travs de principios,procesos, metodologas y normastcnicas

    NORMATIVIDAD

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    Marco Normativo actual Ley N 27293 , modificada por las Leyes Nos.

    28522 y 28802 y por los D. Leg Nos1005 y 1091.

    Reglamento del SNIP , aprobado por DS N 102-2007-EF, modificado por DS N185-2007-EF, DS N038-2009-EF y Cuadragsima Quinta DF de la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal 2010.

    Directiva General del SNIP , aprobada por RD N 002-2009-EF/68.01, modificada por RD N003-2009-EF/68.01 y RD N004-2009-EF/68.01.

    RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM N 314-2007-EF/15.

    ANTES Ley 27293 Reglamento Directiva General Directiva de Gobiernos

    Regionales y Locales Directiva de PIP Menor Directiva de Programas

    de Inversin RM de Delegaciones

    HOY

    Ley 27293 (modificada por Leyes 28802 y 28522; D. Leg. 1005 y 1091)

    Reglamento

    Directiva General

    RM delegaciones

    Normatividad del

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    PRINCIPALES CONCEPTOS

    TodaTodaTodaToda intervencinintervencinintervencinintervencin limitadalimitadalimitadalimitada enenenen eleleleltiempotiempotiempotiempo

    QueQueQueQue utilizautilizautilizautiliza totaltotaltotaltotal oooo parcialmenteparcialmenteparcialmenteparcialmenterecursosrecursosrecursosrecursos pblicospblicospblicospblicos

    ConConConCon elelelel finfinfinfin dededede crear,crear,crear,crear, ampliar,ampliar,ampliar,ampliar, mejorarmejorarmejorarmejorar oooorecuperarrecuperarrecuperarrecuperar lalalala capacidadcapacidadcapacidadcapacidad productoraproductoraproductoraproductora dedededebienesbienesbienesbienes oooo serviciosserviciosserviciosservicios dededede unaunaunauna EntidadEntidadEntidadEntidad

    CuyosCuyosCuyosCuyos beneficiosbeneficiosbeneficiosbeneficios sesesese generengenerengenerengeneren durantedurantedurantedurante lalalalavidavidavidavida tiltiltiltil deldeldeldel proyectoproyectoproyectoproyecto yyyy estosestosestosestos seanseanseanseanindependientesindependientesindependientesindependientes dededede loslosloslos dededede otrosotrosotrosotrosproyectosproyectosproyectosproyectos

    Debe constituir la solucin a un problema vinculado a losfines y competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarseen ms de un ejercicio presupuestal, conforme alcronograma de ejecucin de los estudios de preinversin .

    Proyecto de Inversin Pblica

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    NO SON PIPs:

    Las intervenciones que constituyen gastos deoperacin y mantenimiento.

    La reposicin de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de unproyecto declarado viable;

    (ii) est asociada a la operatividad de las instalaciones fsicaspara el funcionamiento de la entidad; o

    (iii) no implique ampliacin de capacidad para la provisin deservicios.

    En general, la reposicin de activos es el reemplazode un activo cuyo tiempo de operacin ha superadosu periodo de vida til o ha sufrido daos por factoresimprevisibles que afectan la continuidad de susoperaciones

    OJO

    Se consideran Recursos Pblicos a:

    Todos los recursos financieros y no financieros;

    de propiedad del Estado o que administran lasEntidades del Sector Pblico.

    Los recursos financieros comprenden todas las fuentesde financiamiento.

    Incluye a los recursos provenientes de cooperacintcnica no reembolsable (donaciones y transferencias).

    Incluye a todos los que puedan ser recaudados,captados o incorporados por las Entidades sujetas a lasnormas del SNIP.

    Recursos Pblicos

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    OTRAS DEFINICIONES:

    Programa de Inversin. Es un conjunto de PIP y/oConglomerados que se complementan, tienen unobjetivo comn.

    Conglomerado. Es un conjunto de PIP de pequeaescala que comparten caractersticas similares encuanto a diseo, tamao o costo unitario y quecorresponden a una misma funcin y programa, deacuerdo al Clasificador Funcional Programtico. Solopuede ser un componente de un Programa de Inversin.

    Los GR y GL solo pueden formular Programas que se enmarquen en sus competencias.

    APLICACIN DE LAS NORMAS DEL SNIP

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    A todas las entidades y empresas del Sector Pblico NoFinanciero.

    Los proyectos de los GL no sujetos al SNIP que luego de suejecucin, la O y M estar a cargo de una Entidad sujeta alSNIP, debern ser formulados por stas ltimas y declaradosviables por el rgano del SNIP que resulte competente.

    A los proyectos de las instituciones perceptoras de cooperacintcnica internacional, cuando una Entidad sujeta al SNIP debaasumir los gastos de O y M.

    Aplicacin de las normas del

    Se aplican a los proyectos formulados yejecutados por terceros, con sus propios recursos,cuando una Entidad del Sector Pblico sujeta alSNIP deba asumir, despus de la ejecucin, losgastos adicionales de operacin y mantenimientode carcter permanente.

    Aplicacin de las normas del

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    Aquellos que al 10.02.2009 se encuentren incorporados al SNIP;

    Aquellos que, por Acuerdo de su Concejo Municipal, se incorp orenvoluntariamente , a partir de la fecha de dicho Acuerdo, siempre ycuando cumplan con los requisitos mnimos;

    Aquellos que pretendan financiar un PIP con endeudamientoexterno , antes de remitir su solicitud para la concertacin de laoperacin, debern incorporarse al SNIP y formular dicho PI P;

    Los Gobiernos Locales que sean incorporados gradualmente p orResolucin expresa de la DGPM.

    Aplicacin del a los GL

    Tener acceso a Internet; REQUISITO QUE SE MANTIENE Tener el compromiso del Concejo Municipal de

    apoyar la generacin y fortalecimiento tcnico de lascapacidades de formulacin y evaluacin deProyectos de Inversin Pblica, en su GobiernoLocal, y; REQUISITO QUE SE MANTIENE

    Contar con OPI en su municipalidad. El rgano querealice las funciones de OPI ser designado por elrgano Resolutivo. REQUISITO AHORA OPCIONAL (VERRECUADRO ABAJO)

    Por Acuerdo del Concejo Municipal

    Incorporacin voluntaria de los GL al

    No se requiere la inscripcin de la OPI de losGobiernos Locales que celebren Conveniospara la evaluacin de sus proyectos con GR oGL sujetos al SNIP (Anexo SNIP-11), quienesdeben registrar a su UF y remitir el Convenio

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    Tener en su Presupuesto Institucional parael Grupo Genrico de Gastos 2.6Adquisicin de Activos No Financieros,presupuestado un monto mnimo de S/. 4millones.

    NUEVOS REQUISITOS:

    Incorporacin voluntaria de los GL al

    Aplicacin del a los GL incorporados voluntariamente

    En el caso de los Gobiernos Localesincorporados de forma voluntaria , seconsideran PIP nuevos:

    Aquellos que a la fecha de su Acuerdo de Concejo:

    No se encuentran en ejecucin. No cuentan con un estudio definitivo o expediente

    tcnico vigente. La elaboracin de dicho estudio no est sometida a un

    contrato suscrito o no est en proceso de elaboracinpor administracin directa a dicha fecha.

  • 10

    Aplicacin del a los GL incorporados voluntariamente

    En el supuesto que el estudio definitivo oexpediente tcnico estuviera en proceso deelaboracin por administracin directa, stedeber ser culminado y aprobado en el plazo de1 ao calendario contado desde la fecha delacuerdo de Concejo Municipal de incorporacinal SNIP, caso contrario, el proyecto deberevaluarse en el marco del SNIP.

    Las normas del SNIP se aplican a los PIPnuevos de los Gobiernos Locales sealados enel listado del artculo 1 de la RD.

    Se consideran PIP nuevos:

    Aquellos que al 31.12.2007:

    No se encuentran en ejecucin. No cuentan con un estudio definitivo o expediente

    tcnico vigente. La elaboracin de dicho estudio no est sometida a un

    contrato suscrito o no est en proceso de elaboracinpor administracin directa a dicha fecha.

    Aplicacin del a los GL incorporados por R.D. 005-2007-EF/68.01

  • 11

    Aplicacin del a los GL incorporados por R.D. 005-2007-EF/68.01

    En el supuesto que el estudio definitivo oexpediente tcnico estuviera en proceso deelaboracin por administracin directa, stedeber ser aprobado durante el ao fiscal2008, caso contrario, el proyecto deberevaluarse en el marco del Sistema Nacionalde Inversin Pblica.

    RGANOS DEL SNIP

    ESTRUCTURA Y FUNCIONES

  • 12

    Unidad(es) Ejecutora(s)

    Unidad(es) Formuladora(s)

    Oficina de Programacin e Inversiones

    AlcaldePresidenteMinistro

    rgano Resolutivo

    En cada Gobierno Local

    En cadaGobiernoRegional

    En cadaSector

    DGPM

    Integrantes del

    Declara la viabilidad de los PIP cuya fuente de financiamiento seaoperaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o ga rantadel Estado , pudiendo delegar, esta atribucin total o parcialmente.

    Operacin de Endeudamiento. LEY GENERAL art. 3: Es elfinanciamiento sujeto a reembolso acordado a plazos mayore s deun ao, destinado a realizar proyectos de inversin pblica (). SonOp. End. Ext. aquellas acordadas con personas naturales o ju rdicasno domiciliadas en el pas y Op. End. Int. las que se acuerdan c onpersonas naturales o jurdicas domiciliadas en el pas.

    Operaciones con Garanta del Estado (art.54): Son las otorgadas o contratadas por el MEF con entidade sfinancieras nacionales o internacionales, a fin de atenderrequerimientos derivados de los procesos de promocin de lainversin privada y concesiones.

    Principales atribuciones de la DGPM (1)

  • 13

    Emite opinin tcnica , a solicitud o de oficio, sobre los PIP encualquier fase del Ciclo del Proyecto.

    Determina , en caso de discrepancia entre OPI y/o UF, lametodologa y parmetros de formulacin y evaluacin de unproyecto.

    Aprueba TdR para Perfil o Prefactibilidad (> 60 UIT) o Factibilidad(> 200 UIT) de PIP endeudamiento o Programas de Inversin.

    Vela porque las declaraciones de viabilidad que se otorguen,renan los requisitos de validez tcnica y legal , emitiendolineamientos, pautas o recomendaciones sobre las mismas.

    Emite opinin especializada en materia de inversin pblic a;

    Emite opinin legal sobre la aplicacin de las normas del Sis temaNacional de Inversin Pblica.

    Principales atribuciones de la DGPM (2)

    Realizar evaluaciones muestrales , cada ao,sobre la calidad de las declaraciones deviabilidad que otorguen los rganoscompetentes del SNIP.

    Brindar asistencia tcnica y capacitar en lametodologa de identificacin, formulacin yevaluacin de proyectos a las UF y OPI.

    Principales atribuciones de la DGPM (3)

  • 14

    Designa al rgano encargado de realizar las funcionesde OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, el cualdebe ser uno distinto a los rganos encargados de laformulacin y/o ejecucin de los proyectos.

    Designa al Responsable de la OPI, debiendo recaer enuna persona que cumpla con el Perfil Profesionalaprobado por DGPM. (Anexo SNIP 14)

    Principales atribuciones del rgano Resolutivo (1)

    Es el Titular o la mxima autoridad ejecutiva en cadaSector, Gobierno Regional o Gobierno Local

    Puede delegar, previa opinin favorable de su OPI , lafacultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor dela mxima autoridad de las Entidades adscritas a suSector, GR o GL, siempre que cumplan con lascondiciones mnimas siguientes:

    Contar con un equipo de por lo menos 02profesionales especializados en los proyectos objetode la delegacin.

    Experiencia mnima de 02 aos en evaluacin deproyectos, aplicando las normas y metodologa delSNIP.

    No tener la calidad de UE, salvo para el caso de losconglomerados autorizados.

    Principales atribuciones del rgano Resolutivo (2)

  • 15

    Atribuciones del rgano Resolutivo

    Slo en el caso de proyectos de unConglomerado, puede delegar previa opininfavorable de su OPI, la facultad para evaluar ydeclarar la viabilidad a favor de las UE de lasEntidades y Empresas bajo su mbito y bajoresponsabilidad del Titular o de la mximaautoridad de la Entidad o Empresa a la cualpertenece la UE.

    sta ltima puede ser una delegacin general como la del MEF

    Oficina de Programacin e Inversiones (OPI)

    Es el rgano tcnico del SNIP en cada Sector, GobiernoRegional y Gobierno Local.

    En el nivel de Gobierno Nacional, sus competenciasestn relacionadas tanto al mbito institucional delSector, como a la Responsabilidad Funcional que le seaasignada.

    En el nivel Regional o Local, sus competencias estnrelacionadas al mbito institucional del GobiernoRegional o Gobierno Local, en el marco de suscompetencias, establecidas por la normatividad de lamateria.

  • 16

    Atribuciones de las OPIs (1)

    Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin queno se financien con endeudamiento.

    Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de preinversin delos proyectos financiados con endeudamiento y Programas deInversin.

    En el caso de los GR y GL, la OPI slo est facultada paraevaluar y declarar la viabilidad de los PIP o Programas deInversin que formulen las UF pertenecientes o adscritas a sunivel de gobierno .

    Para PIP > S/.10 millones , la OPI puede autorizar elsalto de Perfil a Factibilidad siempre que en elPerfil se haya identificado, sustentado y definido laalternativa a ser analizada en el estudio deFactibilidad

    Atribuciones de las OPIs (2)

    Declara la viabilidad de los PIP o Programas deInversin que se financien con recursos provenientes deoperaciones de endeudamiento, siempre que hayarecibido la delegacin de facultades.

    Solicitar a las UF y/o Ejecutoras la informacin querequiera del PIP.

    Actualmente se ha delegado a OPIs Regionales y Localespara PIPs que se financien con endeudamiento interno , conmonto de inversin igual o menor de S/.10 millones denuevos soles.

  • 17

    Atribuciones de las OPIs (3)

    Para los PIP o Programas de Inversin que no sefinancien con endeudamiento, aprueba expresamentelos TdR de:

    perfil > 30 UIT (+ de S/. 108 000) prefactibilidad > 60UIT (+ de S/. 216 000) factibilidad > 120UIT (+ de S/. 432 000)

    En el caso de los PIP y Programas de Inversin que sefinancien con endeudamiento, la OPI Sectorial apruebalos TdR (perfil o prefact. > 60UIT y factib. > 200UIT,como requisito previo a la aprobacin de la DGPM.

    Determina si la intervencin propuesta se enmarcaen la definicin de PIP.

    Verificar en el Banco de Proyectos que no exista unPIP registrado con los mismos objetivos,beneficiarios, localizacin geogrfica ycomponentes , del que ser evaluado, a efectos deevitar la duplicacin de proyectos , debiendorealizar las coordinaciones correspondientes.

    Principales responsabilidades de la OPI

  • 18

    Suscribir los Informes Tcnicos de evaluacin, as como losformatos que correspondan.

    Visar los estudios de preinversin.

    Velar por la aplicacin de las recomendaciones que formulela DGPM, as como, cumplir con los lineamientos que dichaDireccin emita.

    La persona designada como Responsable de una OPI NOpuede formar parte directa o indirectamente de una UF nide una UE.

    Responsable de la OPI

    Contar con Grado de Bachiller o Ttulo Profesional en Economa,Administracin, Ingeniera o carreras afines.

    Haber seguido cursos o diplomas de especializacin enevaluacin social del proyectos y/o en el SNIP, con resultadossatisfactorios.

    Experiencia en formulacin y/o evaluacin social de proyectos de02 aos como mnimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional,03 aos como mnimo.

    Con tiempo de experiencia en el Sector Pblico de 02 aos comomnimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional, 05 aos comomnimo.

    Adecuadas capacidades para conducir equipos de trabajo.

    En el caso de la OPI de un Gobierno Regional, deber residir enla circunscripcin territorial del Gobierno Regional.

    En el caso de la OPI de un Gobierno Local, deber residir en lacircunscripcin territorial del Gobierno Local, o en zonas aledaas

    Perfil del Responsable de la OPI

  • 19

    Debe visar el estudio de preinversin quesustente la declaracin de viabilidad del PIP.

    Cuando se trate de PIP financiados conendeudamiento o de Programas de Inversin,debe visar el estudio de preinversin queaprueba para solicitar la declaracin deviabilidad a la DGPM.

    En cualquiera de los supuestos antessealados, la visacin se realizar en elResumen Ejecutivo.

    Visacin de los Estudios por el Responsable de

    OPI

    Unidad Formuladora (UF)

    Es cualquier rgano o dependencia de lasEntidades, registrada ante la DGPM por la OPI(el registro es informtico).

    Su registro debe corresponder a criterios decapacidades y especialidad :

    Requisitos para el registro de la UF: Contar con profesionales especializados en la

    materia de los proyectos cuya formulacin le seaencargada.

    Deben tener por lo menos 01 (un) ao deexperiencia en evaluacin de proyectos, aplicandolas normas y metodologa del SNIP.

  • 20

    FUNCIONES: Elabora, suscribe y registra los estudios de preinversin. Poner a disposicin de DGPM u OPI toda la informacin del PIP, en

    caso sea solicitada. Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular proyectos que se

    enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad

    respectiva para evitar la duplicacin de proyectos

    RESPONSABILIDADES: Cuando los gastos de O y M estn a cargo de una entidad distinta a

    la que pertenece la UF, solicita la opinin favorable de dichasentidades antes de remitir el Perfil para su evaluacin.

    Levantar las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPM. Considerar, en la elaboracin de los estudios, los Parmetros y

    Normas Tcnicas para Formulacin (Anexo SNIP-08), as como losParmetros de Evaluacin (Anexo SNIP-09)

    Funciones y responsabilidades de la UF

    Unidad Ejecutora (UE)

    Cualquier rgano o dependencia de las Entidades, concapacidad legal para ejecutar Proyectos de InversinPblica de acuerdo a la normatividad presupuestalvigente.

    Es la responsable de la fase de inversin, aun cuandoalguna de las acciones que se realizan en esta fase, searealizada directamente por otro rgano o dependenciade la Entidad.

    Est a cargo de la evaluacin ex post del proyecto.

  • 21

    FUNCIONES:

    Ejecuta el PIP autorizado por el rgano Resolutivo, o el que h aga sus veces. Elabora el expediente tcnico o supervisa su elaboracin, c uando no sea

    realizado directamente por ste rgano. Tiene a su cargo la evaluacin ex post del PIP.

    RESPONSABILIDADES:

    La UE debe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorga da laviabilidad para disponer y/o elaborar los estudios definit ivos y para laejecucin del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichosestudios y del responsable de la UE.

    Elaborar el Informe de Cierre del PIP (Anexo SNIP 15), remiti ndolo a su OPIque lo registra en el BP.

    Elabora y suscribe el Formato SNIP -15, informando sobre la c onsistenciaentre el ED o ET detallado y el estudio de preinversin por el q ue se otorgla viabilidad.

    Informa al rgano que declar viabilidad, toda modificaci n en la fase deinversin.

    Funciones y responsabilidades de la UE

    CICLO DEL PROYECTO

    FASES Y PROCEDIMIENTOS

  • 22

    RetroalimentacinRetroalimentacinRetroalimentacinRetroalimentacin

    FinFinFinFin

    PostinversinPostinversinPostinversinPostinversin

    Operacin Operacin Operacin Operacin y Mantenimientoy Mantenimientoy Mantenimientoy Mantenimiento

    InversinInversinInversinInversin

    Estudios Estudios Estudios Estudios Definitivos/Definitivos/Definitivos/Definitivos/ExpedienteExpedienteExpedienteExpedienteTcnicoTcnicoTcnicoTcnico

    EjecucinEjecucinEjecucinEjecucin

    PreinversinPreinversinPreinversinPreinversin

    PerfilPerfilPerfilPerfil

    Pre Pre Pre Pre factibilidadfactibilidadfactibilidadfactibilidad

    FactibilidadFactibilidadFactibilidadFactibilidad

    IdeaIdeaIdeaIdea

    *

    ****La declaracin de viabilidad es un requisito para pasar de la fase de preinversin a la fase de inversin.

    EvaluacinEvaluacinEvaluacinEvaluacinEx postEx postEx postEx post

    Ciclo del Proyecto

    FASE DE PREINVERSIN

  • 23

    En esta fase se elaboran Perfil, Prefactibilidad yFactibilidad.

    La elaboracin del perfil es obligatoria.

    En cada estudio se busca mejorar la calidad de lainformacin proveniente del estudio anterior a finde reducir el riesgo en la decisin de inversin.

    El rgano responsable de la evaluacin del PIP,podr recomendar estudios adicionales a losrequeridos para dar la viabilidad, dependiendo delas caractersticas o de la complejidad del proyecto.

    Estudios de Preinversin:

    La evaluacin del PIP debe considerar el anlisis de : los aspectos tcnicos,

    metodolgicos y

    parmetros utilizados en el estudio,

    aspectos legales e institucionales relacionados a laformulacin y ejecucin del PIP.

    Cuando la OPI formule observaciones, debepronunciarse de manera explcita sobre todos losaspectos que deban ser reformulados o sustentados,no debiendo volver a observar un PIP sino porrazones sobrevinientes a la primera evaluacin.

    Disposiciones Especficas para la Fase de Preinversin

  • 24

    Declaracin de Viabilidad Para que la OPI declare la viabilidad de un PIP,

    debe contar como mnimo con:Perfil Simplificado: hasta S/.1200,000Perfil (An. 5A): de S/.1200,000 a S/.6000,000Perfil An. 5B + Prefactibilidad : de S/.6000,000 a

    S/.10000,000Perfil (y Prefactibilidad) + Factibilidad: Ms de

    S/.10000,000. OPI puede autorizar salto.La OPI puede requerir informacin adicional.

    DGPM autoriza excepciones de nivelessuperiores de estudio. Plazo: 10dh

    Solo podr otorgarse si: La intervencin es un PIP, de acuerdo a

    las definiciones establecidas.

    No se trata de un PIP fraccionado.

    La UF tiene las competencias legales paraformular el PIP.

    La OPI tiene la competencia legal paradeclarar la viabilidad del PIP.

    Las entidades han cumplido con losprocedimientos que se sealan en lanormatividad del SNIP.

    Declaracin de Viabilidad

  • 25

    Los estudios de preinversin han sidoelaborados considerando los Parmetros yNormas Tcnicas para Formulacin y losParmetros de Evaluacin (Anexos SNIP-08 ySNIP-09).

    Los estudios de preinversin han sidoformulados considerando metodologasadecuadas de evaluacin de proyectos, lascuales se reflejan en las Guas Metodolgicasque publica la DGPM.

    Los PIP no estn sobredimensionados respectoa la demanda prevista y los beneficios delproyecto no estn sobreestimados.

    Declaracin de Viabilidad

    ESTUDIO DE ESTUDIO DE ESTUDIO DE ESTUDIO DE PREINVERSINPREINVERSINPREINVERSINPREINVERSIN OPI / DGPMOPI / DGPMOPI / DGPMOPI / DGPM

    PERFIL SIMPLIFICADOPERFIL SIMPLIFICADOPERFIL SIMPLIFICADOPERFIL SIMPLIFICADO 10101010

    PERFILPERFILPERFILPERFIL 20202020

    PREFACTIBILIDADPREFACTIBILIDADPREFACTIBILIDADPREFACTIBILIDAD 30303030

    FACTIBILIDADFACTIBILIDADFACTIBILIDADFACTIBILIDAD 40404040

    Expresados en das hbiles :

    Plazos para la evaluacin de los Estudios de Preinversin

  • 26

    PIP Menor Hasta S/. 1 200 000. Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04) Nueva Ficha de Evaluacin (Formato SNIP 06) Plazo de evaluacin: 10 das hbiles No aplica Protocolo de Evaluacin Se copia a UF y DGPM Formatos de Evaluacin y

    de Viabilidad. Si durante la evaluacin de un PIP mayor se

    vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP Menor o mayor.

    Evaluacin de Proyectos mayores

    Cuando se declara la viabilidad de un PIPya sea con Perfil, Prefactibilidad oFactibilidad) se remite copia a la DGPM de:

    Formato SNIP 09 (Declaracin de Viabilidad)Informe TcnicoProtocolo de EvaluacinPlazo: 05 das hbiles

  • 27

    FASE DE INVERSIN

    Un PIP ingresa en la fase de inversin luego de ser declarado viable.

    La fase de inversin comprende:

    La elaboracin del estudio definitivo o expediente tcnico detallado, u otro documento equivalente , y

    la ejecucin del PIP (que solo podr iniciarse tras el registro del informe de consistencia del ET)

    La fase de inversin culmina con el registro del Informe de Cierre del PIP (Formato SNIP 14)

    Fase de Inversin

  • 28

    El cronograma de ejecucin del proyecto debebasarse en el cronograma de ejecucin previsto enlos estudios de preinversin del mismo. La UEdebe considerar los recursos presupuestalesnecesarios para que el PIP se ejecute en losplazos previstos.

    TdR para la elaboracin del ET deben incluircomo Anexo, el estudio de preinversinmediante el cual se declar la viabilidad delPIP y, cuando corresponda, el Informe Tcnicode verificacin de viabilidad.

    Ejecucin del PIP

    EXPEDIENTE TECNICO - ET

    UE llena y suscribe FormatoSNIP 15 para informar

    la consistencia entreET y est. preinver.

    OPI recibe Formato y registra:monto de inv, plazo y modalidad de

    ejec, frmula polinmica,ANTES de que sea aprobado por el

    rgano competente

    Registro se hace directamente en el BPEl plazo para registrar: 03 das hbiles

    Las disposiciones de la Directiva para ET y EDson aplicables a dems documentos

    equivalentes.

  • 29

    FASE DE INVERSIN

    Durante la ejecucin del PIP, la UE deber supervisarpermanentemente el avance del mismo, verificandoque se mantengan las condiciones y parmetrosestablecidos en el estudio definitivo y que semantenga el cronograma previsto en el estudiodefinitivo o expediente tcnico detallado.

    Modificaciones Fase de Inversin

    MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES

    Aumento en metas asociadas a la capacidad de produccin del servicio.

    Aumento en metrados.

    Cambio en tecnologa de produccin.

    Aumento o reemplazo de componentes del PIP.

    Cambio de la alternativa de solucin por otra prevista en el Estudio de Preinversin.

    Cambio de la localizacin geogrfica dentro del mbito de influencia del PIP.

    Cambio de modalidad de ejecucin del PIP.

    Plazo de ejecucin.

  • 30

    Modificaciones Fase de Inversin

    MODIFICACIONES SUSTANCIALES

    Cambio de la alternativa de solucin por otra no prevista en el Estudio de Preinversin.

    Cambio del mbito de influencia*.

    Cambio en el objetivo del PIP

    * mbito de Influencia: Zona geogrfica afectada por el problema central sobre el cual

    interviene un PIP.

    Modificaciones Fase de Inversin

    Elaboracin ET (hasta antes de iniciar

    ejecucin)

    Ejecucin de PIP ACCIN I

    Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable, por:

    Actualizacin de preciosModificaciones no sustanciales

    Monto de Inv. aumenta o disminuye por actualizacin de precios. Aplicar frmula de reajuste.Monto de Inv. baja por proc. sel hasta lmites de norma contratac.Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable por modific. no sustanciales.

    No es necesario verificar viabilidad.UE inicia o continua ejecucin.PIP debe seguir siendo socialmente rentable

  • 31

    Modificaciones Fase de Inversin Accin I

    OPI Institucional registra variaciones en el BP.*Plazo para registro: 03 das hbiles.La OPI debe registrar el sustento de las variaciones.

    Si UE ejecuta modificacin antes de suregistro, se registra en "cambios del PIP en laFase de Inversin segn Accin III", sinperjuicio de la responsabilidad de la UE.

    (Ver Anexo SNIP 17)

    * En caso la UE sea un GL no sujeto al SNIP, los registros a cargo de la OPI Institucionalson asumidas por el rgano que declaro la viabilidad del PIP.

    Modificaciones Fase de InversinElaboracin ET (hasta

    antes de iniciar ejecucin)

    Ejecucin de PIP ACCIN II

    Por modific. no sustanciales, el monto de inv.Aumenta en ms del 10% y menos del 30%respecto del viable; ,

    El proyecto pierde alguna condicin necesaria parasu sostenibilidad;

    Se suprimen metas asociadas a la capacidad deproduccin del servicio o componentes, aunque elmonto de inversin no vare.

    La OPI debe verificar la viabilidad del PIP

    La UE bajo responsabilidad, debe informarsobre los cambios que requieran VV, con unplazo mnimo de 20dh

  • 32

    Modificaciones Fase de Inversin Accin II

    La Verificacin de Viabilidad la realiza el rgano quedeclar la viabilidad del PIP o el que resulte competenteen el momento en que se produzcan los cambios que danorigen a esta accin.

    El Informe de Verificacin de Viabilidad (IVV) est conformado por:Formato SNIP 16.Informacin sustentatoria de modificaciones.

    El IVV se remite al OR con recomendaciones.

    OPI remite a DGPM copia del IVV en 05 dh.DGPM lo registra en el BP en 05dh, salvo que emitarecomendaciones.

    Modificaciones Fase de Inversin

    Elaboracin ET (hasta antes de iniciar

    ejecucin)

    Ejecucin de PIP ACCIN III

    Por modificaciones no sustanciales, el monto deinversin aumenta en ms del 30% respecto delviable; o,

    El PIP es objeto de modificaciones sustanciales.

    No procede la verificacin de viabilidad

    OJO: Si el PIP no registra ejecucin, es decir cuenta con ET, la OPIque declar viabilidad, podr solicitar a la DGPM el retiro deviabilidad, luego de lo cual la UF actualiza el estudio depreinversin, para nueva evaluacin.

    (Ver Anexo SNIP 17)

  • 33

    Modificaciones Fase de Inversin Accin III

    OPI o DGPM informan al OCI para queanalice causas de modificaciones o posiblesdeficiencias de estudios de preinversin.

    Informe de Cierre

    Decide rgano Resolutivo.Si continua ejecucin, OPIInstitucional registra cambios enBP como cambios del PIP en laFase de Ejecucin segn AccinIII.

    Si PIP est en ejecucin por Adm.

    Directa

    Si PIP est en ejecucin por adm

    indirecta:

    * No aplica a PIP en ejecucin por Adm.Directa, antes del 10.02.2009.En estos caso se aplica lo dispuesto para ejecucin por adm. indirecta.

    *

    Informe de Cierre

    Lo elabora la UE cuando:PIP ha sido totalmente ejecutado y liquidadoCuando ya no corresponde continuar con la

    ejecucin del PIP

    La OPI institucional registra el Informe de Cierre en el BP.

    Registro no implica aceptacin ni conformidad de la OPI sobre el contenido del mismo.

  • 34

    FASE DE POSTINVERSIN

    RECORDATORIOS:

    Un PIP se encuentra en la fase depostinversin una vez que haculminado totalmente la ejecucindel PIP.

    Comprende la operacin ymantenimiento del PIP ejecutado,as como la evaluacin ex post.

    La Entidad a cargo de la O y M delPIP, ejecuta las actividades,operaciones y procesos necesariospara su produccin de acuerdo a loprevisto en el estudio que sustentsu declaracin de viabilidad.

    El OR correspondiente debe velarpor que el PIP cuente con unmantenimiento adecuado.

    Fase de Postinversin

  • 35

    CONVENIOS SNIP

    Convenio SNIP 11

    OBJETO: GL sujeto al SNIP encarga la evaluacin de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.

    GL encargante al incorporarse informa a DGPM que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.

    Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al encargante o estar en su mismo departamento.

  • 36

    Convenio SNIP 11

    Funciones que se encargan: Evaluacin del PIP y Verificacin de viabilidadRegistros en el BP relacionadosEn general todas las que deba hacer una OPILa OPI encargada registra Convenio en el BP

    OJO: La DGPM remite la clave de acceso al BP a la

    OPI encargada

    Convenio SNIP 12

    OBJETO: GL sujeto al SNIP formula, evala y declara viable PIPs de GL no sujeto .

    OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en el BP

    Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el BP,debe dejar constancia del Convenio en la Ficha deRegistro del PIP

  • 37

    Convenio SNIP 13

    OBJETO: GN GR pueden formular PIPsde competencia municipal exclusiva,siempre que firmen este Convenio con elGL respectivo

    La UF que formula PIP de competencia municipal exclusiva, registra Convenio en el BP

    Debe indicarse expresamente el PIP objeto delConvenio

    PROGRAMA DE INVERSIN

  • 38

    CARACTERSTICAS:

    Se propone como la solucin a uno o variosproblemas debidamente identificados;

    Los PIP que lo componen, aunque pueden generarbeneficios independientes, se complementan en laconsecucin de un objetivo;

    Puede contener componentes de estudios, proyectospiloto, administracin o alguna otra intervencinrelacionada directamente a la consecucin del objetivodel Programa;

    Programa de Inversin (1)

    Genera beneficios adicionales respecto a la ejecucinde los PIP de manera independiente.

    Un Programa de Inversin se sujeta durante la fase depreinversin a:

    Los procedimientos y normas tcnicas establecidaspara un PIP.

    Requiere ser formulado, registrado, evaluado ydeclarado viable como requisito previo al inicio de suejecucin.

    Programa de Inversin (2)

  • 39

    La declaratoria de viabilidad de unPrograma de Inversin abarca ladeclaratoria de viabilidad de suscomponentes, salvo pronunciamientoexpreso en contra o que se trate de unconglomerado, en cuyo caso se autorizarsu conformacin.

    Programa de Inversin (3)

    La solicitud se remite por la UF a la OPI.

    OJO: Siempre es parte de un Programa de Inversin.

    La OPI evala el Programa de Inversin y puedeautorizar, observar o rechazar la conformacin delConglomerado.

    La Unidad Ejecutora responsable de la evaluacin de losPIP que conforman el Conglomerado, siempre que secuente con delegacin de facultades.

    Conglomerado (1)

  • 40

    CARACTERSTICAS DE LOS PIPs:

    Ser de pequea escala; Ser similares en cuanto a diseo, tamao o costo

    unitario; Enmarcarse en las Polticas establecidas en el Plan

    Estratgico del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;

    Las intervenciones a realizar estn orientadas a lograr el mismo objetivo;

    Los criterios para la identificacin y aprobacin de cada PIP se puedan estandarizar;

    Corresponder a una misma funcin y programa, de acuerdo al Clasificador Funcional Programtico (Anexo SNIP-01).

    Conglomerado (2)

    EVALUACIN DE PROGRAMAS DE INVERSIN CON CONGLOMERADO

    El perodo para el cual se autoriza el conglomerado;

    Los criterios para la evaluacin ex post;

    El procedimiento para incorporar nuevos PIP alconglomerado;

    El monto de inversin mximo que debe tener cada PIPque conforme el conglomerado;

    Los mecanismos de opinin ciudadana o de los GobiernosLocales de las reas en que se ejecutarn los proyectos,cuando corresponda.

    La UE responsable de la evaluacin de los PIP queconforman el conglomerado, siempre que se cuente con ladelegacin de facultades correspondiente.

    Si el Programa incluye un Conglomerado, el IT de Declaracin de Viabilidad, debe sealar, adicionalmente, lo siguiente:

  • 41

    DISPOSICIONES ESPECFICAS

    PIPs de Electrificacin Rural

    Se declaran viable con Perfil El Perfil debe elaborarse segn

    contenidos mnimos sealados en RD 008-2007-EF/68.01

    Se aplica a todos los niveles de gobierno. No tiene fecha de trmino Se aplica a PIP mayores a S/.1200,000

    (antes de febrero de 2009 aplicaba a PIP mayores a S/. 300 mil Nuevos Soles por ser anterior monto de PIP menor)

  • 42

    Rehabilitacin de CarreterasRD 007-2009-EF/68.01

    Se declara viable a nivel de Perfil Estandarizado segn contenidos.

    Se aplica a todos los niveles de gobierno Se aplica a PIP cuyos montos superen:

    S/1 milln 200 mil Nuevos Soles Plazo de evaluacin 10 das hbiles Vigente desde el 22 de mayo de 2009

    Toda referencia hecha a las OPI, seentiende hecha a la oficina, rea u rganode la empresa, encargada de realizar laevaluacin de los PIP.

    Dicha oficina, rea u rgano deber serdesignada por acuerdo del rgano dondeestn representados los propietarios oadministradores de la empresa, debiendoser una oficina, rea u rgano de laempresa distinta de la UF.

    Empresas que pertenecen a ms de un GR o GL

  • 43

    OTRAS DISPOSICIONES VINCULADAS AL SNIP

    Contrataciones del EstadoExpediente de Contratacin (art. 10 Reglamento de la

    Ley de Contrataciones del Estado) Cuando se trate de PIPs, la Entidad es responsable de:

    Que los proyectos estn viables, en el marco del SNIP

    Tomar las previsiones para que se respeten losparmetros de la viabilidad, incl. costos, cronograma,diseo u otros. Cuando el PIP contenga obras, seadjuntar:

    El ET respectivo

    La declaratoria de viabilidad

    Cuando el PIP se vaya ejecutar por concurso oferta:

    El estudio de preinversin que sustent viabilidad

    El IT de viabilidad

    Cuando el PIP se vaya a ejecutar por llave en mano e incl.la elaboracin del ET, tambin se adjuntan dichos dctos.

  • 44

    Contrataciones del Estado

    Valor Referencial Cuando se trate de proyectos de inversin, se

    establece de acuerdo al monto de inversin delestudio de preinversin que sustenta la declaracin deviabilidad. (Ver: art. 27 LCE DLeg. 1017)

    En la ejecucin de obras bajo la modalidad deconcurso oferta, se determina segn: (Ver: art. 14Rglto LCE) el objeto de la obra

    El alcance previsto en los estudios de preinversin que dieronlugar a la viabilidad del PIP,

    el resultado del estudio de las posibilidades de precios demercado

    Contrataciones del Estado

    Las entidades preferentemente contratarnpor paquete la elaboracin de est. preinv. yET, debiendo preverse en los TdRs que losresultados de cada nivel de estudio seanconsiderados en los niveles siguientes. (art. 19Rglto de la LCE).

    UF y UE en coordinacin con rganoencargado de contrataciones sustentarn laconvocatoria del proceso, por paquete o enforma separada. (art. 19 Rglto de la LCE).

  • 45

    Ley Ppto. 2009(prorrogado en Leyes Ppto 2010 y 2011)Usos del Canon y Regala Minera

    Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20% paramantenimiento de la infraestructura generada por losproyectos de impacto regional y local.

    Los GR y GL pueden usar hasta el 5% para laelaboracin de perfiles de PIP en sus PDC.

    Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o regalaminera o que reciban anualmente MENOS de S/.1 milln denuevos soles, pueden usar hasta el 8% del Grupo GenricoGasto 5. Inversiones, para elaborar perfiles.

    Para ello, pueden autorizar habilitaciones para gastoscorrientes con cargo a anulaciones presupuestarias,vinculadas a gastos para proyectos.

    Ley Ppto. 2009(prorrogado en Leyes Ppto 2010 y 2011)

    Usos del Canon y Regala Minera

    Los GR y GL pueden utilizar estos recursos para elfinanciamiento o cofinanciamiento de PIP que comprendanintervenciones orientadas a brindar servicios pblicos,infraestructura para comisaras, postas mdicas, hospitales,escuelas y establecimientos penales, que generen beneficiosa la comunidad y se enmarquen en las competencias de sunivel de gobierno.

    Los GR y GL pueden utilizar estos recursos para elcofinanciamiento de PIP de competencia de otros niveles degobierno que sean ejecutados por stos ltimos eninfraestructura vial.

    Estos PIP no pueden considerar intervenciones con finesempresariales o que puedan ser realizados por el SectorPrivado.

  • 46

    DU 060-2009Prorrogado por Ley Ppto 2011

    Hasta el 31.12.2011: los GR y GL puedenutilizar hasta un 50% para mantenimientode la infraestructura generada por losproyectos de impacto regional y local, delos recursos del canon y sobrecanon y laregala minera que perciban desde14.05.2009.

    Usos del Canon y Regala Minera

    Los GR y GL pueden estos recursos en el financiamiento ocofinanciamiento de PIP para brindar servicios pblicos,

    infraestructura para comisaras,

    postas mdicas y hospitales,

    escuelas y

    establecimientos penales,

    Estas obras deben enmarcarse en su nivel de gobierno ydeben generar beneficios para la comunidad.

    Asimismo, podrn utilizar estos recursos para elcofinanciamiento de proyectos de competencia de otrosniveles de gobierno en infraestructura vial

    Ley Ppto. 2009(prorrogado por Leyes Ppto 2010 y 2011)

    Los PIP no podrn considerar intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.

  • 47

    DU 051-2009Prorrogado por Ley Ppto 2011

    Los GR y GL pueden firmar convenios decooperacin para cofinanciar PIPs deinfraestructura de otros GRs, GLs o entidadesdel GN.

    Los PIP pueden estar relacionados con laseguridad y defensa nacional. PIP deben serformulados y evaluados por el sector Defensa.

    Los PIP deben beneficiar a las poblaciones delos GR firmantes.

    Vigente hasta el 31.12.2011

    El GN y los GR podrn formular proyectos decompetencia municipal exclusiva , siempre y cuandose celebren los convenios a que se refiere el artculo45 de la Ley N 27783, Ley de Bases de laDescentralizacin.

    Ley 29010 mod. por Ley 29611: Faculta a los GR y GL autilizar recursos procedentes de toda fte de financiam, salvooperaciones oficiales de crdito, para realizar Gastos deInversin en materia de Seguridad Ciudadana ,infraestructura y equipamiento en el mbito de sujurisdiccin. Para lo cual deben suscribir convenios con elMinisterio del Interior y la PNP, as como con el GR y GLcorrespondientes. No abarca adquisicin de armas de fuego,municiones, armas qumicas o elctricas.

    Sobre PIP y competencia de cada nivel de gobierno

    Los GL y GR pueden formular PIP del subprograma seguridad vecinal, que se encuentra en el programa Orden Interno

  • 48

    Ley Ppto. 2009(Prorrogado por Leyes Ppto 2010 y 2011)

    Usos del Canon y Regala Minera

    Las universidades pueden financiar y cofinanciarinvestigaciones de ciencia aplicada ,preferentemente, en: salud pblica y prevencin de enfermedades endmicas; sanidad agropecuaria; preservacin de la biodiversidad y el ecosistema en la

    zona geogrfica de actividades econmicas extractivas; uso eficiente de energas renovables y procesos productivos.

    Pueden usar hasta el 50% para financiar PIPsvinculados directamente con los fines de lasuniversidades pblica y que no contemplenintervenciones con fines empresariales .

    No podrn usarse para el pago deremuneraciones ni retribuciones.

    Prefactibilidad y Factibilidad

    cadena del gasto 2.6.8.1.1.1 (gastos para proyectos).

    Se financian con cargo a Gastos de Capital

    Por excepcin, se utiliza proyecto con denominacin genrica

    Estudios de Preinversin

  • 49

    Mediante la COEJECUCIN, ms de unaEntidad va a participar en la ejecucin dediferentes componentes o metas en un soloProyecto de Inversin Pblica. (Es posibletener ms de una Unidad Ejecutora en unPIP).

    Mediante el COFINANCIAMIENTO unaEntidad transfiere a otra recursos para laejecucin de un Proyecto de InversinPblica.

    Coejecucin y Cofinanciamiento

    Muchas Gracias.

    http://mef.gob.pe/DGPM