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    SECRETARA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

    CONTRATO DE OBRA PBLICA MIXTO PARA ELABORAR EL PROYECTOEJECUTIVO DEFINITIVO, LA CONSTRUCCIN, SUMINISTRO, Y PUESTA ENMARCHA, OPERACIN Y MANTENIMIENTO DE: (i) UNA VA FRREA; (ii)

    MATERIAL RODANTE; (iii) EQUIPOS Y SISTEMAS Y DEMS COMPONENTES DELPROYECTO DEL TREN MXICO-QUERTARO MXICO D.F.- SANTIAGO DEQUERTARO, QUERTARO

    MXICO, D.F. A ___ DE ___________ DE 2014.

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    SECRETARA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

    CONTRATO No.[____________________________________]

    CONTRATO DE OBRA PBLICA MIXTO SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS,PRECIO ALZADO Y TIEMPO DETERMINADO QUE PARA LA ELABORACIN DEL

    PROYECTO EJECUTIVO DEFINITIVO, LA CONSTRUCCIN, EL SUMINISTRO, Y PUESTAEN MARCHA, OPERACIN Y MANTENIMIENTO DEL TREN INTERURBANO DE ALTAVELOCIDAD DISTRITO FEDERAL-SANTIAGO, QUERTARO CELEBRAN POR UNAPARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVS DE LA SECRETARA DECOMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LEDENOMINAR LA DEPENDENCIA, REPRESENTADA EN STE ACTO POR ELC.[________________________________________], EN SU CARCTER DE[___________________________________________] Y POR LA OTRA[_______________________________________________] REPRESENTADA EN ESTE ACTOPOR [_________________________________________________], EN SU CARCTER DEAPODERADO(S)1, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINAR, EL

    CONTRATISTA, Y CUANDO SE REFIERA A LA SECRETARA Y A LA CONTRATISTA,CONJUNTAMENTE SERN RECONOCIDOS COMO LAS PARTES, DE CONFORMIDADCON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLUSULAS SIGUIENTES:

    A N T E C E D E N T E S

    I. El Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 establece tres estrategias en elSector de Comunicaciones y Transportes, consistentes en: (i) Mxico como unaPlataforma Logstica Global; (ii) Mxico con una Movilidad de Pasajeros Moderna; y(iii) Mxico con Acceso Universal a la Banda Ancha y que dichas estrategias tienencomo objetivo Contar con una infraestructura y una plataforma logstica de transportes

    y comunicaciones modernas que fomenten una mayor competitividad, productividad ydesarrollo econmico y social.

    II. La estrategia 2 Movilidad de Pasajeros Moderna, del Programa Nacional deInfraestructura prev las siguientes lneas de accin: (i) promover el desarrollo deinfraestructura que contribuya al crecimiento de las localidades adems de brindarlesuna mayor accesibilidad a los servicios; (ii) avanzar en la movilidad urbana sustentablemediante sistemas integrados de transporte que garanticen rapidez y seguridad del viajepuerta a puerta; (iii) potenciar el transporte interurbano de pasajeros a travs delrelanzamiento del ferrocarril de pasajeros; y (iv) desarrollar y promover obras deinfraestructura que contribuyan al crecimiento del turismo en el pas.

    1En caso de consorcio, cada uno de los integrantes del consorcio deber comparecer a la firma del contrato. Losintegrantes del consorcio se consideran como responsables solidarios respecto del cumplimiento del contrato por

    parte del consorcio. Lo anterior en trminos del artculo 36 del la Ley.

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    III. En trminos de lo dispuesto en el artculo 31 de la Ley de Obras Pblicas y ServiciosRelacionados con las Mismas, con fecha 25 de julio de 2014, la DEPENDENCIApublic en COMPRANET el proyecto de convocatoria a la Licitacin PblicaInternacional Abierta para el Tren Mxico-Quertaro.

    IV.

    Con fecha 15 de agosto de 2014 se public en el Diario Oficial de la Federacin la

    Convocatoria a la Licitacin Pblica Internacional Abierta que contiene las Bases de laLicitacin Pblica Internacional Abierta No. LO-009000988-I55-2014 para elotorgamiento de un Contrato Mixto de Obra Pblica para elaborar el Proyecto Ejecutivodefinitivo, la Construccin, Suministro, Puesta en Marcha, Operacin y Mantenimientode: (i) una Va Frrea; (ii) Material Rodante; (iii) Equipos y Sistemas y demsComponentes del Proyecto del Tren de Alta Velocidad Mxico D.F.- Santiago deQuertaro, Quertaro.

    D E C L A R A C I O N E S

    I.- LA DEPENDENCIA DECLARA QUE:

    I.1.- Es una dependencia de la Administracin Pblica Federal Centralizada, de conformidad con lodispuesto por los artculos 1, 2, 26 y 36 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    I.2.- Su representante, el C. [__________________________] con el carcter ya indicado, cuentacon las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en trminos de lo dispuesto por elartculo 10, fraccin V del Reglamento Interior de la Secretara de Comunicaciones y Transportes.

    I.3.- El presente contrato se adjudica como resultado de la Licitacin Pblica Internacional AbiertaNo. LO-009000988-I55-2014 de fecha 15 de agosto de 2014, instaurada por la DEPENDENCIA, entrminos de lo dispuesto por los Artculos 27 fraccin I y 30 fraccin III de la Ley de Obras

    Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    I.4.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la Secretara de Hacienda yCrdito Pblico autoriz la inversin correspondiente a la obra objeto de este contrato, mediante elacuerdo [_____________________________] de fecha [________________].

    I.5.- Su domicilio para los efectos de este contrato, es el ubicado en [________________________].

    II. El CONTRATISTA DECLARA QUE:

    II.1.-Tienen capacidad jurdica para contratar de manera conjunta y obligarse solidariamente en los

    trminos del presente contrato.

    II.2.- Acredita su legal existencia mediante escritura pblica nmero [____] emitida con fecha[_____] por el licenciado [_____________], Notario Pblico nmero [____] de [____], inscrita enel Registro Pblico de la Propiedad y Comercio de [____] bajo el folio mercantil nmero [_____]con fecha [______].

    [EN CASO DE CONSORCIO: Acredita su legal existencia mediante [como grupo medianteConvenio Privado de fecha [_______________________], en]copia certificada el

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    [________________________] ante la fe del Notario Pblico [_________________] el cual formaparte integral del presente contrato en trminos del artculo 80 del Reglamento de la Ley de ObrasPblicas y Servicios Relacionados con las Mismas.] [En su caso, si es una entidad de nuevacreacin por los miembros del Consorcio Ganador, se deber relacionar el convenio de cesin dederechos del concursante ganador a favor de la sociedad de propsito especfico].

    II.3.- Sus representantes cuentan con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato deacuerdo a lo siguiente:

    Que el representante de [___________________] el seor [______________] con elcarcter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contratode conformidad con el contenido de la escritura pblica nmero [____] emitida con fecha[_____] por el licenciado [_____________], Notario Pblico nmero [____] de [____],inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad y Comercio de [____] bajo el folio mercantilnmero [_____] con fecha [______].

    Que el representante de [___________________] el seor [______________] con elcarcter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contratode conformidad con el contenido de la escritura pblica nmero [____] emitida con fecha[_____] por el licenciado [_____________], Notario Pblico nmero [____] de [____],inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad y Comercio de [____] bajo el folio mercantilnmero [_____] con fecha [______].

    II.4.- Su Registro Federal de Contribuyentes es: [_____________________________].

    II.5.- Sus representantes se identifican con [________________], respectivamente.

    II.6.- Cuenta con los recursos tcnicos, humanos y materiales necesarios para cumplir con losrequerimientos objeto del presente contrato.

    II.7.- Tiene establecido su domicilio [comn] en [_____________________], mismo que sealapara todos los fines y efectos legales de este contrato.

    II.8.- Conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Pblicas y ServiciosRelacionados con las Mismas y su Reglamento; las Normas para la Construccin e Instalaciones yde la Calidad de los Materiales; as como de las dems normas que regulan la ejecucin de lasObras (segn dicho trmino se define ms adelante), incluyendo las especificaciones generales yparticulares de la obra materia del contrato.

    II.9.- Conoce debidamente los sitios de las obras objeto de este contrato, as como las condicionesambientales, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecucin.

    II.10.- [Que en trminos del artculo 80 del Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y ServiciosRelacionados con las Mismas, las empresas que conforman el grupo consorcial sern responsablessolidariamente y estarn obligadas a cumplir con todas y cada una de las partes del objeto delpresente Contrato; y las obligaciones y los deberes, que a su cargo nazcan conforme al mismo;conforme al siguiente porcentaje de participacin en la inversin: de [____________] el [__]%, y

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    de [____________________] el [___]%, y que todas y cada una de las estimaciones a cobro queresulten a este Contrato, sern presentadas conforme a lo establecido en el artculo 54 de la Ley deObras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de los artculos 127 a 137 delReglamento, para lo cual las partes acuerdan en designar a [_______________________________]como miembro responsable de la elaboracin y presentacin de las estimaciones]. [En caso de queel consorcio haga una sociedad de propsito especfico no se incluye este numeral].

    III. DECLARAN LA DEPENDENCIA Y EL CONTRATISTA:

    III.1.-La Convocatoria a la licitacin que origina el presente Contrato, la bitcora que se genere, elpropio contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos yobligaciones.

    III.2.- Las estipulaciones contenidas en el presente contrato no modifican la Convocatoria a lalicitacin que le da origen.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artculos 134 de la Constitucin Poltica de los

    Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 26 y 36 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal;1, 2 fraccin VIII, 4 fraccin VII, 6, 32, 35, 50 y 55 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria; 1 fraccin II, 3 fracciones VII y VIII, 23, 24, 26 fraccin I, 27fraccin III, 41, 42 fracciones II y III, 45 fraccin III y ltimo prrafo, 46, 47, 48, 49, 50, 53, 54, 59,60, 61, 62, 66 y dems aplicables de la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con lasMismas; 1, 65, 66, 79, 146, y 147 del Reglamento de Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria; 1, 23, 24, 34, 79, 86, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 98, 112, 113, 117, 130, 138, 143 y demsrelativos aplicables del Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con lasMismas, se otorga el presente Contrato, al tenor de las siguientes:

    C L U S U L A S

    PRIMERA.- DEFINICIONES. Los trminos empleados con mayscula inicial en el presenteContrato tendrn el significado que se les atribuye a continuacin:

    Acta de Recepcin Fsica de las Obras significa el acta elaborada de conformidad con lodispuesto en la Clusula Trigsima Novena de este Contrato.

    Actividades Previas: significa las actividades que la DEPENDENCIA y el CONTRATISTAdeben realizar en trminos del presente Contrato para efectos de poder dar inicio a la construccinde las Obras incluyendo el desarrollo del Proyecto Ejecutivo en trminos de la Clusula Cuarta; laliberacin del Derecho de Va en trminos de la Clusula Dcima Segunda; obtencin de permisos

    y autorizaciones y obtencin de bancos de materiales; la obtencin de agua, electricidad y laobtencin de bancos de desperdicio en trminos de la Clusula Dcima Cuarta.

    Afiliada:significa, en relacin con cualquier persona, cualquier entidad o persona que controla a lapersona de que se trate, que est bajo el control de dicha persona, o que se encuentre bajo el controlcomn con dicha persona, en la inteligencia de que control consiste en el poder de dirigir o causar ladireccin del manejo o polticas de dicha otra persona, ya sea por medio de la propiedad de acciones,partes sociales u otros valores con derecho a voto o de otra manera.

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    Anteproyecto Ejecutivo: significa el conjunto de planos y documentos arquitectnicos y deingeniera del Tren Mxico-Quertaro, el Catlogo de Conceptos, Trminos de Referencia, ascomo trazos, estudios e investigaciones generales proporcionadas por la DEPENDENCIA comoparte de los documentos de Licitacin con las descripciones e informacin suficientes para que,los Licitantes formularan su propuesta, siendo que la Propuesta del CONTRATISTA ser la basepara que elabore el Proyecto Ejecutivo definitivo. La elaboracin de dicho Anteproyecto Ejecutivo

    fue contratada por la DEPENDENCIA mediante licitacin pblica nmero IO-009000988-N5-2013bajo la modalidad de servicios relacionados con la obra pblica.

    Aseguramiento de Calidad: significa el conjunto de actividades que permiten comprobar que losconceptos de obra han cumplido con las especificaciones del proyecto; ratificar la aceptacin,rechazo o correccin de cada uno, y comprobar el cumplimiento del programa detallado de Controlde Calidad. Dichas actividades comprenden principalmente el muestreo, las pruebas y los anlisisestadsticos de sus resultados junto con los del Plan de Control de Calidad, conforme a loindicado en el Inciso D.2.26. de la Norma NLEG4, Ejecucin de Supervisin de Obras.http://normas.imt.mx/normativa/N-LEG-4-02.pdf

    Autoridad: significa, con independencia de su naturaleza formal, cualquier persona que dicta,ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurdicas enforma unilateral y obligatoria para el CONTRATISTA; u omita el acto que de realizarse creara,modificara o extinguira duchas situaciones jurdicas para el CONTRATISTA.

    Autorizacin de Inicio del Periodo de Operacin y Mantenimiento: tendr el significado que se leatribuye a dicho trmino en la Clusula Trigsima Octava del presente Contrato.

    Bitcora: significa el instrumento tcnico que constituye el medio de comunicacin entre lasPartes , en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante laejecucin las Obras, ya sea a travs de medios remotos de comunicacin electrnica u otros medios

    autorizados en los trminos del Reglamento.

    Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa el acontecimiento proveniente de la naturaleza o delhombre caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntadde las PARTES y que imposibilite el cumplimiento de todas o de alguna de las obligacionesprevistas en este Contrato, incluyendo huelgas, disturbios laborales, motines, cuarentenas,epidemias, guerras (declaradas o no), bloqueos, disturbios, civiles, insurrecciones, incendios,tormenta o cualquier otra causa que por encontrarse fuera de la voluntad de las PARTES, y que encaso de quien lo invoque pruebe la existencia de dicho acontecimiento, y la obligacin uobligaciones incumplidas, siempre y cuando no haya dado causa o, contribuido al mismo.

    Catlogo de Conceptos: significa el listado de losprecios unitarios originales, consignados en elAnexo A. Catlogo de Conceptosy que sirvieron de base para la elaboracin de la Propuesta delContratista, as como los precios unitarios por cantidades adicionales o por conceptos no previstosen el catlogo original del Contrato, que se adicionen de tiempo en tiempo en trminos del presenteContrato y de la Legislacin Aplicable.

    Componentes del Proyecto: significa el Proyecto Ejecutivo, la totalidad de la obra civil de lainfraestructura, obra electromecnica, material rodante, as como, todos los equipos, sistemas ysubsistemas del proyecto del Tren Mxico-Quertaro incluyendo aquellos necesarios para la

    http://normas.imt.mx/normativa/N-LEG-4-02.pdfhttp://normas.imt.mx/normativa/N-LEG-4-02.pdfhttp://normas.imt.mx/normativa/N-LEG-4-02.pdfhttp://normas.imt.mx/normativa/N-LEG-4-02.pdf
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    ejecucin de su construccin, suministro, puesta en marcha, Operacin y Mantenimiento delmismo.

    Condiciones Fsicas: tendr el significado que se le atribuye a dicho trmino en la ClusulaDcima Tercera del presente Contrato.

    CONTRATISTA: significa la(s) Persona(s) Fsica(s) o Moral(es), nacional o extranjera, queresultaron ganadoras de la Licitacin que celebre(n) el presente Contrato, que podr ser una empresade reciente creacin compuesta por Licitantes que presentaron una propuesta conjunta en laLicitacin, y que se mencionan en el proemio del presente Contrato.

    Contrato Mixto de Obrao Contrato:significa el presente contrato: para elaborar el ProyectoEjecutivo, la construccin, suministro, puesta en marcha, operacin y mantenimiento de: (i) unaVa Frrea; (ii) Equipo Ferroviario; (iii) equipos y Sistemas y dems Componentes del Proyectodel Tren Mxico-Quertaro, bajo la modalidad de precio alzado y precios unitarios.

    Control de Calidad: significa el conjunto de actividades orientadas al cumplimiento de los

    requisitos de la calidad establecidos en el proyecto. Dichas actividades comprenden principalmenteel examen de los resultados obtenidos de un proceso de produccin, mediante mediciones, muestreoy pruebas, tanto de campo como de laboratorio, que permiten evaluar las propiedades inherentes aun concepto de obra, de sus acabados, de los materiales y de los equipos de instalacin permanenteque se utilicen en su ejecucin, comparndolas con las especificadas en el proyecto, as como losanlisis estadsticos de esos resultados, para decidir la aceptacin, rechazo o correccin delconcepto y determinar oportunamente si el proceso de produccin se est ejecutando correctamente,conforme al procedimiento de construccin o ste debe ser corregido.

    Control Efectivo: tiene el significado que se le atribuye a dicho trmino en la Clusula VigsimaSegunda del presente Contrato.

    Convocatoria:significa la Convocatoria a la licitacin pblica internacional abierta nmero LO-009000988-I55-2014 publicada por la Secretara de Comunicaciones y Transportes con fecha 15 deagosto de 2014, y en la que se establecen las bases bajo las cuales se desarrollar el procedimientode contratacin y establece los requisitos de participacin en la Licitacin.

    DEPENDENCIA: significa la Secretara de Comunicaciones y Transportes.

    Derecho de Va: significa la franja de terreno que se requiera para la construccin, conservacin,ampliacin, proteccin y en general para el uso adecuado del Tren Mxico-Quertaro, en trminosde las dimensiones y caractersticas sealadas en el Anexo B. Derecho de Va, el cual se

    gestionar y obtendr por la DEPENDENCIA para el trayecto descrito en Anteproyecto Ejecutivo.En el caso de requerirse derecho de va adicional derivado del Proyecto Ejecutivo, ste sergestionado por el CONTRATISTA en los trminos y condiciones establecidos en el presenteContrato.

    Da: significa un da natural.

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    Documentos del Contratista: significa los clculos, programas de cmputo y dems software,planos, manuales, modelos y otros documentos de naturaleza tcnica, si hubiere, proporcionadospor el CONTRATISTA conforme al Contrato.

    Entrega Recepcin de las Obras: significa la recepcin final de las Obras al trmino del periododel Contrato.

    Fecha de Firma del Contrato: significa la fecha de firma del presente Contrato.

    Fecha de Inicio de Actividades Previas: significa el da hbil siguiente a la Fecha de Firma delContrato, a partir de la cual el CONTRATISTA iniciar las Actividades Previas

    Fecha de Inicio de Construccin de las Obras: significa la fecha en que inicia la construccin delas Obras de conformidad con el inciso 6.2 de la Clusula Sexta.

    Fecha de Inicio de Operacin: significa la fecha en la cual, en trminos delAnexo C. Programade Operacin y Mantenimiento,inicia la operacin y mantenimiento del Tren Mxico-Quertaro.

    Fecha de Terminacin de Construccin de las Obras e inicio del Periodo de Pruebas: significa lafecha en la cual se terminen las Obras en trminos de la Clusula Trigsima Octava del presenteContrato.

    Fecha Programada de Inicio de Operacin: significa el [___] de [_____] de 20[__]2.

    Garanta de Anticipos: significan todas y cada una de las fianzas que contrate el CONTRATISTAen favor de la DEPENDENCIA en trminos del inciso 24.1 de la Clusula Vigsima Cuarta.

    Garanta de Cumplimiento: significan todas y cada una de las fianzas que contrate el

    CONTRATISTA en favor de la DEPENDENCIA en trminos de los incisos 24.2 y 24.3 de laClusula Vigsima Cuarta.

    Garanta para el Perodo de Operacin y Mantenimiento: significan todas y cada una de lasfianzas que contrate el CONTRATISTA en favor de la DEPENDENCIA en trminos del inciso24.5 de la Clusula Vigsima Cuarta.

    Garanta por Vicios Ocultos: significan la fianza que contrate el CONTRATISTA en favor de laDEPENDENCIA en trminos del inciso 24.6 de la Clusula Vigsima Cuarta.

    Garanta o Garantas: significa, de forma conjunta las garantas listadas en la Clusula

    Vigsima Cuarta del presente Contrato.

    Legislacin Aplicable: significa cualesquier cdigo, ley, ordenamiento aplicable en Mxico,cualesquier normatividad, regulacin, reglamento, regla, circular, directriz, o disposicin jurdica de

    2En la fecha de firma del contrato se sealar esta Fecha, considerando 36 meses de obra a partir de la firma delcontrato ms 4 meses de pruebas operativas de puesta en marcha, tomando en cuenta lo previsto en el artculo 50 dela Ley.

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    carcter general aplicable en Mxico, as como cualesquier jurisprudencia o decisin judicial quesean de aplicacin general y obligatoria en Mxico.

    Ley Ferroviaria: significa la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

    Ley: significa la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    Licitacin: significa el procedimiento de la Licitacin Pblica Internacional Abierta que contienelas Bases de la Licitacin Pblica Internacional Abierta No. LO-009000988-I55-2014 para elotorgamiento de un Contrato Mixto de Obra Pblica para elaborar el Proyecto Ejecutivo definitivo,la Construccin, Suministro, Puesta en Marcha, Operacin y Mantenimiento de: (i) una Va Frrea;(ii) Material Rodante; (iii) Equipos y Sistemas y dems Componentes del Proyecto del Tren de AltaVelocidad Mxico D.F.- Santiago de Quertaro, Quertaro.

    Licitante Ganador: significa la Persona Fsica, Persona Moral, nacional o extranjera, o elconsorcio correspondiente, a favor del cual se le adjudique el Contrato del Tren Mxico-Quertaroen trminos de la Licitacin.

    Licitante: significa la Persona Fsica o Moral, nacional o extranjera, que particip en laLicitacin, ya sea de manera individual o a travs de una propuesta conjunta.

    Material Rodante o Equipo Ferroviario: significa el equipo ferroviario o trenes que circulan en laVa Frrea y sus Sistemas, con las caractersticas operativas y especificaciones sealadas en elTMQ-TDR 006 y en la Propuesta del Contratista, que se incorporan en el Anexo D. MaterialRodantedel presente Contrato.

    Mejoras: significa cualquier cambio en el Proyecto Ejecutivo propuesto por la CONTRATISTA yautorizado por la DEPENDENCIA conforme al inciso 10.2 de la Clusula Dcima.

    Mxico: significa los Estados Unidos Mexicanos.

    Monto del Contrato: significa la suma del precio por los componentes de las Obras a PrecioAlzado ms los componentes del proyecto de las Obras a Precios Unitarios en trminos de que sedefine en la Clusula Quinta y en ell Anexo A. Catlogo de Conceptos y el Anexo E.Presupuesto de Obradel presente, e incluye los ajustes de acuerdo con el Contrato.

    Obras a Precio Alzado: tiene el significado que se le atribuye a dicho trmino en el la ClusulaTercera del Contrato.

    Obras a Precios Unitarios: tiene el significado que se le atribuye a dicho trmino la ClusulaTercera del Contrato.

    Obras: significa las Obras a Precio Alzado y las Obras a Precios Unitarios.

    Operacin y Mantenimiento: significa las actividades de prueba extendida que tendr unaduracin de 1,800 (mil ochocientos) Das a partir de la puesta en marcha del Tren Mxico-

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    Quertaro segn las mismas se detallan en elAnexo C. Programa de Operacin y Mantenimiento3de este Contrato, en el entendido de que el mantenimiento y todos sus insumos para el TrenMxico-Quertaro sern a cargo del CONTRATISTA durante dicho periodo.

    PARTE o PARTES: significa la DEPENDENCIA o el CONTRATISTA, segn lo requiera elcontexto.

    Periodo de Actividades Previas y Construccin: significa el periodo de 1,080 (mil ochenta) Dascontados a partir de la Fecha de Inicio de Actividades Previas durante el cual el CONTRATISTA yla DEPENDENCIA realizarn las Actividades Previas y el CONTRATISTA la construccin de lasObras en trminos del Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras y que concluyeen la Fecha de Terminacin de Construccin de las Obras e inicio del Periodo de Pruebas.

    Periodo de Operacin y Mantenimiento: significa el periodo de pruebas extendidas de 1,800 (milochocientos) Das contados a partir de la Fecha de Inicio de Operacin y el mantenimientorespectivo.

    Periodo de Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha: significa el periodo de 120 (cientoveinte) Das contados a partir de la Fecha de Terminacin de la Construccin de las Obras..

    Plan de Control de Calidad: significa, el plan o documento que establece la forma como elCONTRATISTA planificar, asegurar y controlar la calidad, definir los procedimientos y losdocumenta, y hace efectiva la implementacin del sistema de control calidad; con la finalidad deobtener una obra de calidad que cumpla con las especificaciones tcnicas, la normativa de laDEPENDENCIA y los estndares de calidad establecidos para la Obra.

    Plazo de Ejecucin: significa el plazo de ejecucin para concluir las Obras conforme al inciso 6.2de la Clusula Sexta del presente Contrato.

    POBALINES: significa las Polticas, Bases y Lineamientos para la Contratacin y Ejecucin deObras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas de la Dependencia de fecha 14 dediciembre de 2011.

    Presupuesto Autorizado: significa el presupuesto multianual que la Secretara asigna a laDependencia en el calendario de gasto correspondiente, en trminos de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Presupuesto de Obra: significa el Presupuesto de las Obras a Precios Alzado que se agrega alpresente marcado comoAnexo E. Presupuesto de Obra.

    Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras: significa el documento queestablece las etapas del Proyecto Ejecutivo y el programa general de Obras, y el Plazo de Ejecucin

    3Este Anexo se elaborar con base en la informacin que se contenga en la propuesta ganadora. Los licitantes paraelaborar su propuesta debern considerar los valores establecidos en el Trmino de Referencia 009, ms aquellosque considere necesarios para poder garantizar el correcto funcionamiento y mantenimiento del Tren Mxico-Quertaro. Dicho Anexo considerar que: (i) los ingresos que sean recaudados en la operacin y mantenimientosern enterados a la cuenta que en su momento instruya la SCT; (ii) el CONTRATISTA podr recibir beneficio de laexplotacin comercial de las instalaciones y del Tren.

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    de las mismas, segn el mismo se agrega al presente marcado como el Anexo F. Programa deEjecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras y que podr ser modificado en trminos de lasdisposiciones del presente Contrato.

    Programa de Liberacin de Derecho de Va: tiene el significado que a dicho trmino se leatribuye en el inciso 12.2 de la Clusula Dcima Segunda.

    Propuesta del Contratista: significa la propuesta tcnica y econmica que el CONTRATISTA, ensu carcter de Licitante, present en la Licitacin.

    Proyecto Arquitectnico: significa el proyecto que define la forma, estilo, distribucin y el diseofuncional de los edificios que forman parte del Tren Mxico-Quertaro, cuya elaboracin estar acargo del Contratista en base a la Propuesta del Contratista.

    Proyecto de Ingeniera: significa el proyecto que comprende los planos constructivos, memoriasde clculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, as como plantas,alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, elctrica, mecnica o de

    cualquier otra especialidad, cuya elaboracin estar a cargo del Contratista.

    Proyecto Ejecutivo: significa el conjunto de planos y documentos que conforman los ProyectosArquitectnico y de Ingeniera de las Obras una obra, el Catlogo de Conceptos, as como trazos,estudios e investigaciones generales, las descripciones e informacin suficientes para que sta sepueda llevar a cabo, cuya elaboracin estar a cargo del CONTRATISTA en base en la Propuestadel Contratista , y con la cual se llevar a cabo construccin del Tren Mxico-Quertaro, el ProyectoArquitectnico y el Proyecto de Ingeniera, mismo que una vez que aprobado por la DEPENDENCIAen trminos de la Clusula Cuarta del presente Contrato quedar como Proyecto Ejecutivo.

    Pruebas Operativas para la puesta en Marcha: significa las pruebas quese especificanAnexo G.

    Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha,o que ambas Partes convengan o que se instruyancomo una Variacin y que se realizan conforme a la Clusula Dcima Sptima antes que laDEPENDENCIA otorgue la Autorizacin de Inicio del Periodo de Operacin y Mantenimiento.4

    Reglamento: significa el Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionadoscon las mismas.

    Residente de Obra: significa la persona designada por la DEPENDENCIA para actuar como elresidente de obra en trminos de la Ley y su Reglamento, para efectos del Contrato o la persona quela sustituya en cualquier momento y que ser designada por la DEPENDENCIA y notificada alCONTRATISTA.

    Secretara: significa la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.

    Servicio Pblico de Transporte Ferroviario de Pasajeros: significa el que se prestar en la VaFrrea destinado al traslado de personas.

    4Este Anexo se elaborar con base a la propuesta ganadora, segn el equipo propuesto por el Licitante Ganador yconsiderar las especificaciones tcnicas y de prueba que determine los distintos proveedores, segn sea el caso.

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    SFP: significa la Secretara de la Funcin Pblica.

    Sistemas:significa los componentes del Tren Mxico-Quertaro para su conectividad, puesta enmarcha, operacin, convivencia con otros sistemas ferroviarios y funcionamiento ptimos,incluyendo entre otros, los sistemas de despacho, de telecomunicacin, puestos de control,instalaciones de seguridad y comunicacin, electrificacin, sealizacin, energa y catenaria y

    boletaje, conforme se seala en los diversos Trminos de Referencia .

    Sitio: significa los lugares donde se van a ejecutar las Obras y cualquier otro lugar que en elContrato se especifique que forma parte del mismo.

    Subcontratista: significa las personas nombradas en el Contrato como subcontratista o laspersonas designadas como subcontratistas, para una parte de las Obras; y los causahabientes legalesde cada una de estas personas.

    Superintendente de Construccin: significa el representante del CONTRATISTA ante laDEPENDENCIA para cumplir con los trminos y condiciones pactados en el Contrato, en lo

    relacionado con la ejecucin de las Obras.

    Terminal Buenavista significa la terminal existente ubicada en [____________], Ciudad deMxico, Distrito Federal.

    Terminal Quertaro significa la terminal por construir en trminos de lo dispuesto por esteContrato en Santiago de Quertaro, Quertaro.

    Terminales: significa las instalaciones en donde se efecta la salida y llegada de trenes para elascenso y descenso de pasajeros, a saber la Terminal Buenavista y la Terminal Quertaro.

    Trminos de Referencia del Tren de Mxico Quertaro (TMQ-TDR): significan los documentosque fueron entregados por la DEPENDENCIA como parte de la Licitacin y sirvieron de referenciapara la elaboracin de la Propuesta del Contratista. El Contratista para la elaboracin del ProyectoEjecutivo respetar en lo posible su contenido en cuanto a caractersticas y especificaciones, sinembargo, debern prevalecer las condiciones especficas que la tecnologa propuesta por el mismodemande, con objeto de privilegiar el correcto funcionamiento del sistema en su conjunto. Dichosdocumentos son: TMQ-TDR 001 Proyectos Ejecutivos, TMQ-TDR 002 Obra Civil, TMQ-TDR003 Superestructura, TMQ-TDR 004 Electrificacin, TMQ-TDR 005 InstalacionesFerroviarias, TMQ-TDR 006 Material Rodante, TMQ-TDR 007 Mantenimiento del MaterialRodante, TMQ-TDR 008 Talleres, TMQ-TDR 009 Operacin y Mantenimiento, TMQ-TDR010 Normas y Estndares de Aplicacin, y TMQ-TDR 011 Electromecansmos para efectos de

    que el CONTRATISTA presentara la Propuesta del Contratista.

    Tren de Alta Velocidad: significa el tren de transporte de pasajeros que alcanzan la velocidad quese seala en TMQ-TDR006 Material Rodante, que incluye la Va Frrea, los Sistemas ysubsistemas, con el objeto de prestar el Servicio Pblico de Transporte Ferroviario de Pasajeros.

    Tren Mxico-Quertaro: significa el Tren de Alta Velocidad Mxico D.F.- Santiago de Quertaro,Quertaro.

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    Tren Suburbano: significa el transporte ferroviario de pasajeros en la modalidad suburbana de laruta Cuautitln-Buenavista y su ampliacin a Huehuetoca.

    Variacin: significa cualquier cambio en las Obras por cantidades o conceptos de trabajo, a losprevistos originalmente en el Catlogo de Conceptos o Componentes del Proyecto que laDEPENDENCIA autorizar por tratarse de variaciones derivadas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor

    o derivados de otras causas no imputables al CONTRATISTA o aquellos solicitados por laDEPENDENCIA, incluyendo informacin superviniente, que modifique de manera importante laspremisas bajo las cuales se realiz el Anteproyecto, entre otras aquellas relacionada con vrtices,alineaciones y niveles de referencia especificados en los documentos de la Licitacin que seinstruye o aprueba como variacin conforme en trminos de a la Clusula Dcima.

    Va Frrea: significa el camino con guas sobre el cual transita el Equipo Ferroviario, inclusivelos que se encuentren en los patios y talleres que, a su vez, sean indispensables para la operacin,incluyendo las Terminales, estaciones, tneles, sistemas electromecnicos, sealizacin y medidasde control de trfico.

    SEGUNDA.- INTERPRETACIN.

    Este Contrato, sus Anexos, la Bitcora, y la convocatoria a la Licitacin se interpretarn como untodo y contendrn la totalidad de las obligaciones de las PARTES de conformidad con lo previstopor el antepenltimo prrafo del artculo 46 de la Ley.

    TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

    La DEPENDENCIA encomienda al CONTRATISTA la elaboracin del Proyecto Ejecutivodefinitivo, la construccin, el suministro, la puesta en marcha, la Operacin y Mantenimiento de: (i)una Va Frrea de 210 (doscientos diez) kilmetros con las especificaciones tcnicas que se

    describen en el Anexo H. Anexo Tcnico de la Va Frrea dentro del Derecho de Va; (ii)Material Rodante, consistente en el equipo y material con las especificaciones tcnicas que sedetallan dentro delAnexo D. Material Rodante;y (iii) equipos y sistemas y dems compontes delproyecto con las especificaciones tcnicas que se detallan en el Anexo C. Programa de Operaciny Mantenimiento, cuya Operacin y Mantenimiento estarn sujetos a las Condiciones deOperacin y Mantenimiento que se adjuntan al presente Contrato como Anexo C. Programa deOperacin y Mantenimiento5. El objeto aqu sealado se llevar a cabo bajo la modalidad deContrato Mixto a precio alzado y a precios unitarios segn se describe a continuacin:

    La DEPENDENCIA encomienda al CONTRATISTA, bajo modalidad de precio alzado, larealizacin de las Obras consistentes en la ejecucin de las actividades y equipos necesarios para

    5Este Anexo se elaborar con base en la informacin que se contenga en la propuesta ganadora. Los licitantes paraelaborar su propuesta debern considerar los valores establecidos en el Trmino de Referencia 009, ms aquellosque considere necesarios para poder garantizar el correcto funcionamiento y mantenimiento del Tren Mxico-Quertaro. Dicho Anexo considerar que: (i) los ingresos que sean recaudados en la operacin y mantenimientosern enterados a la cuenta que en su momento instruya la SCT; (ii) el CONTRATISTA no podr recibir beneficiode la explotacin comercial de las instalaciones y el Tren y dar las facilidades necesarias para permitir esaexplotacin a quien la SCT le indique.

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    implementar el sistema de boletaje, y a su vez el CONTRATISTA se obliga a realizarlos hasta sutotal terminacin (las Obras a Precio Alzado).

    Igualmente, la DEPENDENCIA encomienda al CONTRATISTA, bajo la modalidad de preciosunitarios, la realizacin de los trabajos establecidos en el Catlogo de Conceptos, a excepcin delsistema de boletaje, y a su vez ste se obliga a realizarlos hasta su total terminacin (las Obras a

    Precios Unitarios y conjuntamente con las Obras a Precio Alzado en lo sucesivo como lasObras).

    En trminos de lo anterior, el CONTRATISTA deber llevar a cabo y ser responsable por lasObras.

    El CONTRATISTA se compromete a que el Proyecto Ejecutivo y los Documentos del Contratista,la ejecucin y las Obras finalizadas se sujetarn a:

    (i) la Legislacin Mexicana;(ii) los Trminos de Referencia y la Propuesta del Contratista; y

    (iii) los documentos que conforman el presente Contrato, segn los mismos sean modificados detiempo en tiempo, en su caso, en trminos del presente Contrato y la legislacin aplicable.

    CUARTA. PROYECTO EJECUTIVO.

    El Proyecto Ejecutivo ser elaborado y entregado por el CONTRATISTA a la DEPENDENCIApara su aprobacin, por cada una de las etapas constructivas consideradas en el Programa deEjecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras.

    Para la elaboracin del Proyecto Ejecutivo, el CONTRATISTA, se deber ajustar a los trminos dereferencia sealadas en el TMQ-TDR 001 y en la Propuesta del Contratista que se adjuntan como

    Anexo H. Anexo Tcnico de la Va Frreay deber incluir, entre otros por:

    (i) Proyecto de trazado del corredor Mxico-Quertaro.(ii) Proyectos ejecutivos de plataforma ferroviaria.(iii) Proyectos ejecutivos del diseo de los Sistemas Ferroviarios y Sistemas.(iv) Proyecto ejecutivo de la Terminal de Quertaro y cualquier modificacin a la Terminal

    Buenavista.(iv) Proyecto ejecutivo para el diseo de la Superestructura.(v) Proyecto ejecutivo de los patios y cocheras.(vi) Especificaciones tcnicas del material mvil.(vii) Cualquier otro proyecto o especificaciones que, a juicio del CONTRATISTA, sea necesario

    para la realizacin del Tren Mxico-Quertaro.

    El Proyecto Ejecutivo deber ser elaborado por el CONTRATISTA, en cada uno de sus apartadostomando en cuenta que los volmenes resultantes sean lo ms apegados a los volmenes expresadosen la Propuesta del Contratista. En caso que dichos volmenes rebasen al 10% (diez por ciento) delos volmenes expresados en el Anteproyecto Ejecutivo, el CONTRATISTA deber presentar lajustificacin detallada de dichas diferencias para su anlisis y su aprobacin por laDEPENDENCIA.

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    El Proyecto Ejecutivo deber ser entregado por etapas a la DEPENDENCIA en el domicilioprevisto en el Contrato.

    El Proyecto Ejecutivo por etapas o sus elementos parciales ser autorizado por la DEPENDENCIAen un plazo que no podr exceder de 15 (quince) Das contados a partir de su fecha de su recepcin.En cada una de las etapas o elementos parciales presentados por el CONTRATISTA a la

    DEPENDENCIA para su aprobacin, sta determinar si dichas etapas o elementos del mismo seajustan a lo establecido en el Contrato y sus respectivos Anexos, o en su caso, sealar los aspectospendientes que no se ajusten a los mismos. En caso de que el Proyecto Ejecutivo no se adecue a losealado en el Contrato y sus Anexos, ste deber ser corregido por el CONTRATISTA ypresentado una vez ms para su revisin y/o aprobacin frente a la DEPENDENCIA. En caso deque el Proyecto Ejecutivo se adece a lo sealado en el Contrato y sus anexos y laDEPENDENCIA, no obstante lo anterior, seale aspectos o variaciones adicionales al ProyectoEjecutivo, se estar a lo dispuesto en la Clusula Dcima del presente Contrato.

    La DEPENDENCIA notificar al CONTRATISTA que la etapa o elemento correspondiente delProyecto Ejecutivo ha sido aprobado, con o sin comentarios, o en su caso, que no cumplen (en los

    aspectos que no hayan sido definidos como pendientes) con el Contrato y sus Anexos. ElCONTRATISTA se abstendr de realizar las Obras que hayan sido definidas como pendientes,hasta en tanto stas sean aprobadas por la DEPENDENCIA.

    Las aclaraciones y/o modificaciones a la etapa o elemento parcial correspondiente del ProyectoEjecutivo, que la DEPENDENCIA estime pertinentes, debern ser hechas por el CONTRATISTAdentro de los 10 (diez) Das siguientes a aquel en que stas hayan sido instruidas por laDEPENDENCIA.

    La ejecucin de las Obras podr iniciar a partir de que se cuente con la aprobacin por parte de laDEPENDENCIA del Proyecto Ejecutivo correspondiente a alguna la etapa o elemento parcial.

    Si el CONTRATISTA desea modificar cualquier proyecto o documento previamente sometido a laaprobacin de la DEPENDENCIA, el CONTRATISTA deber notificarlo inmediatamente a laDEPENDENCIA y presentar los documentos modificados para su revisin y/o aprobacin.

    En caso de existir diferencias en el proceso de aprobacin a las que se refiere el prrafo anterior elmismo ser resuelto en un plazo de 5 (cinco) Das por un perito que designe, segn la materiacontrovertida el Colegio de Ingenieros Civiles de Mxico (CICM) y/o el Colegio de IngenierosMecnicos y Electricistas (CIME).

    El costo de dicho peritaje ser erogado por el CONTRATISTA con cargo al presupuesto de la obra.

    Para cualquier supuesto de incumplimiento se estar a las penas convencionales establecidas en elContrato.

    En caso de que la DEPENDENCIA no cumpla con los plazos establecidos en la presente Clusula,se estar a lo previsto en la Clusula Dcima Sexta por lo que respecta a la reprogramacin a lasObras correspondientes a la etapa o elemento parcial y a la Clusula Dcima por lo que respecta alajuste del Monto del Contrato.

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    Ninguna aprobacin, consentimiento o revisin alguna de los Documentos del Contratista por partede la DEPENDENCIA liberar al CONTRATISTA de obligacin o responsabilidad alguna bajo elpresente Contrato.

    Si se encuentran errores, omisiones, ambigedades, incongruencias, insuficiencias u otros defectosen el Proyecto Ejecutivo, stos y las Obras respectivas, debern corregirse por parte del

    CONTRATISTA, sin perjuicio de cualquier consentimiento o aprobacin previa en virtud de loestablecido anteriormente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido, segn corresponda, en laClusula Sptima, Clusula Dcima, Clusula Dcima Sexta y Clusula Trigsima Cuarta delpresente Contrato.

    QUINTA.- MONTO DEL CONTRATO.

    El monto de las Obras a Precio Alzado, es de $[________________________].00([_________________________________] de [____________] 00/100 [____]), ms el Impuesto alValor Agregado, de acuerdo con el Presupuesto de Obra total de los trabajos descrito en el AnexoE. Presupuesto de Obra, mismo que se mantendr fijo e invariable durante la vigencia del

    Contrato, el cual incluye la remuneracin o pago total fijo por todos los gastos directos e indirectosque originen las Obras a Precio Alzado, la utilidad y el costo de las obligaciones adicionalesestipuladas en el Contrato a cargo del CONTRATISTA y que se pagarn a ste por las Obras aPrecio Alzado que se encuentren totalmente terminadas y ejecutadas dentro del Plazo de Ejecucin,segn dicho trmino se define en la Clusula Sexta del presente Contrato y segn las Obrascumplan con lo establecido conforme al Proyecto Ejecutivo, especificaciones y normas de calidadrequeridas.

    El monto estimado de las Obras a Precios Unitarios es de $[______________].([___________________________] de [_____] 00/100 [______]), ms el Impuesto al ValorAgregado, conforme al Catlogo de Conceptos descrito en el Anexo A. Catlogo de Conceptos

    del presente Contrato.

    Consecuentemente, el monto total del presente Contrato es de $[______________].([___________________________] de [_______] 00/100 [______]) ms el Impuesto al ValorAgregado, segn el mismo podr ser ajustado de conformidad con el presente Contrato, la Ley y elReglamento (el Monto del Contrato).

    El pago de los montos establecidos en este Contrato se llevar a cabo con base en la asignacinpresupuestal multianual que para dichos efectos apruebe el Congreso de la Unin, considerando elcalendario de pagos previsto en el Anexo I. Calendario de Pagosde este Contrato y que formaparte integrante del mismo, y que la asignacin aprobada para el presente ejercicio es de

    $[______________] ([___________________________] de [________]00/100 [______]), ms elimpuesto al Valor Agregado, en el entendido de que para los siguientes ejercicios quedarn sujetaslas asignaciones correspondientes para los fines de ejecucin y pago a la disponibilidadpresupuestal de los aos subsecuentes.

    El Anexo A. Catlogo de Conceptos y el Anexo E. Presupuesto de Obra establecencotizaciones en moneda extranjera para algunos de los Componentes del Proyecto. Los pagos dedichos Componentes que se realicen en trminos del presente Contrato, cotizados en monedaextranjera, se realizarn en moneda nacional al tipo de cambio para solventar obligaciones en

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    moneda extranjera de la fecha en que se haga dicho pago publicado por el Banco de Mxico en esafecha.

    SEXTA.- PLAZO DEL COTRATO, INICIO DE LAS OBRAS Y PLAZO DE EJECUCIN.

    6.1. Plazo del Contrato.-

    El Plazo de Contrato ser de 3,010 (tres mil diez) Das contados a partir de la Fecha de Firma delContrato, distribuido en los siguientes periodos (el Plazo de Ejecucin):

    (i) Periodo de Actividades Previas y Construccin: 1,090 (mil noventa) Das.(ii) Periodo de Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha 120 (ciento veinte) Das.(iii) Periodo de Operacin y Mantenimiento 1,800 (mil ochocientos) Das.

    6.2. Fecha de Inicio de Actividades Previas y Fecha de Inicio de Construccin las Obras.-

    En la Fecha de Inicio de Actividades Previas la DEPENDENCIA y el CONTRATISTA iniciarn las

    mismas. La DEPENDENCIA y el CONTRATISTA darn seguimiento a las Actividades Previas.Una vez que la DEPENDENCIA apruebe el Proyecto Ejecutivo relativo a alguna etapa o elementoparcial, la CONTRATISTA dar inicio a la construccin de las Obras (la Fecha de Inicio deConstruccin de las Obras).

    6.3. Plazo de Ejecucin de las Obras.-

    El CONTRATISTA se obliga a realizar las Obras de conformidad con el Programa de Ejecucin delProyecto Ejecutivo y de las Obras y con la secuencia y tiempo previstos en el mismo, sin queexceda del Plazo de Ejecucin, el cual comenzar a transcurrir a partir de la Fecha de Inicio deConstruccin de las Obras y debern concluirse la Fecha Programada de Inicio de Operacin, fecha

    en que se dar inicio a la Operacin y Mantenimiento del Tren Mxico-Quertaro (el Plazo deEjecucin). Lo anterior, sin perjuicio a las extensiones y suspensiones del Plazo de Ejecucinprevistas en el presente Contrato y en la Ley.

    SPTIMA.- CONCEPTOS NO PREVISTOS EN LAS OBRAS A PRECIOS UNITARIOS.

    Las PARTES reconocen que, dada la naturaleza de las Obras a ejecutar y las particularidadesespeciales que presentan los Componentes del Proyecto, no es posible determinar con precisin losalcances y cantidades de las Obras a ejecutar, as como la totalidad de sus especificaciones, y porconsiguiente tampoco resulta factible definir con exactitud en el Catlogo de Conceptos, de tal

    suerte que los conceptos incluidos en el Anexo A. Catlogo de Conceptosdeben de entendersecon dicha salvedad. Sin embargo, para los efectos de la celebracin del presente Contrato, se hansupuesto condiciones de trabajo que permitieron la integracin de los precios unitarios, programasy/o conceptos de trabajo que servirn de base y referencia para la ejecucin de los mismos.

    Como consecuencia de lo anterior, las PARTES acuerdan que en caso de que las condiciones realesen las que se ejecutarn las Obras o las especificaciones de los mismos varen respecto a losestudios realizados o a las suposiciones realizadas al momento en que se elaboraron los conceptosde trabajo y sus respectivos precios unitarios, se proceder, segn corresponda, a determinar un

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    nuevo concepto y su precio o a utilizar el concepto adecuado de los previstos en el Catlogo deConceptos. Para la integracin de los precios referidos en el prrafo anterior se tomarn como basetodos los factores con los que se analizaron los precios autorizados y se definirn conjuntamente losfactores no previstos. De esta manera, las Obras que se ejecuten se pagarn conforme a los preciosunitarios que sirvieron de base para la celebracin del presente Contrato, en aquellos casos en quelos mismos coincidan en cuanto a la utilizacin de insumos, rendimientos y dems factores que se

    consideraron para la integracin de los mismos; de lo contrario, se proceder a la elaboracin de losnuevos conceptos y su precio unitario; en trminos de lo dispuesto por los artculos 59 de la Ley yartculos 99 y 189 del Reglamento.

    Las PARTES acuerdan que el Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obraspactado, el cual forma parte integrante de este Contrato, podr ser modificado en trminos de lodispuesto por la Ley, a efecto de reprogramar las Obras de acuerdo a las necesidades reales que sepresenten en su ejecucin, sin que esto implique necesariamente que el Plazo de Ejecucincontractual tenga que ser ampliado.

    OCTAVA.- ANTICIPOS.

    La DEPENDENCIA otorgar al CONTRATISTA:

    Para el ejercicio fiscal 2015 y siguientes se otorgarn como anticipo las cantidades sealadas en elAnexo K. Programa de Erogaciones.Lo anterior conforme a lo previsto por el artculo 50 de laLey.

    No obstante lo anterior, la DEPENDENCIA deber realizar un anticipo de por lo menos el 20%(veinte por ciento) del presupuesto anual asignado al Contrato (excluyendo el precio del MaterialRodante, la Va Frrea, los Equipos Electromecnicos y Sistemas correspondientes) en una solaexhibicin libre de intereses en un plazo de [__] ([__])6Das a partir de la celebracin del presente

    Contrato.

    Asimismo, la DEPENDENCIA deber realizar un anticipo de por lo menos el 20% (veinte porciento) del precio del Material Rodante, la Va Frrea, las Instalaciones Elctricas y los Sistemas enuna sola exhibicin libre de intereses en un plazo de [__] ([__])7Das a partir de la celebracin delpresente Contrato.

    El importe del anticipo ser puesto a disposicin del CONTRATISTA conforme a lo anterior yprevia entrega de la Garanta de Anticipos correspondiente.

    Para los ejercicios subsecuentes, los anticipos se otorgarn conforme al Anexo K. Programa de

    Erogaciones8

    que contiene el Programa de Anticipos para la ejecucin de las Obras, el cual unavez firmado por las PARTES forma parte integral del presente.

    El diferimiento del Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras, por el atraso en laentrega del anticipo, slo ser aplicable para el primer ejercicio.

    6Esta fecha ser determinada en base a la disponibilidad presupuestal de la DEPENDENCIA.7Idem.8Esta fecha ser determinada en base a la disponibilidad presupuestal de la DEPENDENCIA.

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    Cuando el CONTRATISTA no entregue la Garanta de Anticipos dentro del plazo establecido, noproceder el diferimiento y, por lo tanto, deber iniciar las Obras en la fecha establecidaoriginalmente.

    En los ejercicios presupuestales subsecuentes, la DEPENDENCIA deber entregar el anticipo

    dentro de los 3 (tres) meses siguientes al inicio del referido ejercicio, previa entrega, por parte delCONTRATISTA, de la Garanta de Anticipos correspondiente. El atraso en la entrega de losanticipos ser motivo para ajustar el costo financiero a que se refiere el artculo 50 de la Ley.

    El anticipo respectivo, deber ser amortizado proporcionalmente con cargo a cada una de lasestimaciones por las Obras ejecutadas que se formulen, el cual ser proporcional al porcentaje delanticipo otorgado, debindose liquidar el faltante por amortizar en la ministracin final, es decir, laltima que se presente para su pago por parte del CONTRATISTA.

    En caso de rescisin administrativa de este Contrato, el CONTRATISTA se obliga a reintegrar a laDEPENDENCIA el saldo por amortizar del anticipo en un trmino no mayor de 10 (diez) Das,

    contados a partir de la fecha en que le sea notificada la resolucin de rescisin contractual;debindose reconocer al CONTRATISTA los materiales que tenga en obra o en proceso deadquisicin, siempre que se encuentren debidamente comprobados a satisfaccin de laDEPENDENCIA, conforme al Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obraspactado, a los datos bsicos de precios del concurso, considerando los ajustes de costos autorizadosa la fecha de la rescisin, siempre y cuando sean de la calidad requerida y que puedan ser utilizadosen las Obras, y el CONTRATISTA se comprometa a entregarlos en el Sitio.

    En el supuesto de que el CONTRATISTA no reintegre el saldo por amortizar en el trminosealado en el prrafo anterior, ste se obliga a pagar gastos financieros, conforme a una tasa queser igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federacin en los casos de prrroga para el

    pago de crditos fiscales. Dichos gastos empezarn a generarse a partir de que se tenga definido elimporte a pagar, calculndose sobre las cantidades no pagadas y debindose computar por Dasdesde que sean determinadas hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades adisposicin de la DEPENDENCIA.

    NOVENA.- FORMA DE PAGO.

    Las Obras sern pagadas de la siguiente manera:

    9.1. Forma de Pago de las Obras a Precio Alzado.-

    Las PARTES convienen en que el pago de las Obras a Precio Alzado se realice mediante[____]9pagos parciales, mismos que debern corresponder a la finalizacin de cada una de lasactividades principales de obra, conforme al Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de lasObras.

    9Esta fecha ser determinada en base a la disponibilidad presupuestal de la DEPENDENCIA.

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    Cada uno de los pagos parciales mencionados corresponder a una etapa de las Obras a PrecioAlzado, representando cada etapa un porcentaje del monto total, de acuerdo con las siguientesdenominaciones y porcentajes:

    (i) Nmero de Pago parcial;(ii)

    Nmero de la etapa;

    (iii)

    Descripcin de la actividad; y(iv) Porcentaje de las Obras a Precio Alzado que representa.

    De conformidad con el Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras laDEPENDENCIA pagar al CONTRATISTA las Obras a Precio Alzado correspondientes a losavances de obra de secciones concluidas a satisfaccin de la DEPENDENCIA, para lo cual elCONTRATISTA deber presentar a la residencia de obra las estimaciones correspondientes a lassecciones de las Obras a Precio Alzado concluidas, acompaadas de la documentacin que acreditela procedencia de su pago; la residencia de obra, para realizar la revisin y autorizacin de lasestimaciones, contar con un plazo de 7 (siete) Das siguientes a su presentacin. Las estimacionespor las secciones de Obras a Precio Alzado ejecutadas debern pagarse por parte de la

    DEPENDENCIA en un plazo no mayor a 10 (diez) Das contados a partir de la fecha en que hayansido autorizadas por la residencia de la obra a travs de transferencia electrnica de fondos, a lacuenta de cheques con CLABE bancaria estandarizada, de la Institucin de Crdito eleccin delCONTRATISTA, que notifique oportunamente a la DEPENDENCIA. Las diferencias tcnicas onumricas pendientes de pago, se resolvern y, en su caso, se incorporarn en la siguienteestimacin.

    9.2. Forma de Pago de las Obras a Precios Unitarios.-

    Las PARTES convienen en que las Obras a Precios Unitarios se paguen mediante la formulacin deestimaciones [mensuales] mismas que se acompaarn de la documentacin que acredite la

    procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artculo 102 del Reglamento, las que sernpresentadas por el CONTRATISTA al Residente de la Obra dentro de los 6 (seis) Das siguientes ala fecha de su corte y sern pagadas por la DEPENDENCIA por las Obras a Precios Unitariosejecutadas. Las estimaciones por Obras a Precios Unitarios ejecutadas debern pagarse por parte dela DEPENDENCIA en un plazo no mayor a 10 (diez) Das contados a partir de la fecha en quehayan sido autorizadas por la residencia de la obra a travs de transferencia electrnica de fondos, ala cuenta de cheques con CLABE bancaria estandarizada, de la Institucin de Crdito eleccin delCONTRATISTA, que notifique oportunamente a la DEPENDENCIA. Las diferencias tcnicas onumricas pendientes de pago, se resolvern y, en su caso, se incorporarn en la siguienteestimacin.

    Tratndose de pagos en exceso que haya recibido el CONTRATISTA, ste deber reintegrar lascantidades pagadas en exceso, ms los intereses correspondientes, conforme a lo sealado en elartculo 55 de la Ley. Los cargos se calcularn sobre las cantidades pagadas en exceso en cada casoy se computarn por Das desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan efectivamentelas cantidades a disposicin de la DEPENDENCIA.

    No se considerar pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del CONTRATISTAsean compensadas en la estimacin siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubieraidentificado con anterioridad.

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    9.3. Retraso en el pago de las estimaciones.-

    De conformidad con el artculo 127, el atraso en el Programa de Ejecucin que tenga lugar por lafalta de pago de estimaciones no ser imputable al CONTRATISTA y, por lo tanto, no seconsiderar como causa de aplicacin de penas convencionales, ni incumplimiento del Contrato por

    parte del CONTRATISTA y ni causa de rescisin administrativa. Tal situacin deberdocumentarse y registrarse en la Bitcora.

    El retraso en el pago de estimaciones en que incurra la DEPENDENCIA diferir en igual plazo lafecha de terminacin de las Obras, circunstancia que deber formalizarse, previa solicitud delCONTRATISTA, a travs del convenio respectivo. No proceder dicho diferimiento cuando elretraso en el pago derive de causas imputables al CONTRATISTA.

    DCIMA.- VARIACIONES, MEJORAS Y AJUSTES DE COSTOS.

    10.1. Variaciones.-

    La DEPENDENCIA podr solicitar Variaciones en el Proyecto Ejecutivo y/u Obras en cualquiermomento antes de expedir el acta de recepcin fsica de las Obras, mediante una instruccin omediante peticin al CONTRATISTA, para que presente una propuesta.

    Sujeto a lo dispuesto en las Legislacin Aplicable, el CONTRATISTA tendr derecho a realizarVariaciones en el Proyecto Ejecutivo y/u Obras, en cualquier momento, por causas no imputables almismo, mediante peticin a la DEPENDENCIA.

    Una Variacin no deber incluir la supresin de cualquier trabajo que deba ser llevado a cabo porotros. El CONTRATISTA deber ejecutar y estar obligado a realizar cada Variacin, salvo que

    notifique inmediatamente a la DEPENDENCIA (aportando informacin o documentacin desoporte) que (i) no podr obtener fcilmente los bienes necesarios para ejecutar dicha Variacin, (ii)la Variacin reducir la seguridad o funcionalidad de las Obras, o (iii) la Variacin tendra unarepercusin negativa en la construccin de las Obras. Una vez recibida esta notificacin, laDEPENDENCIA deber cancelar, confirmar o modificar la instruccin dada al CONTRATISTA.

    10.2. Mejoras propuestas por el CONTRATISTA.-

    El CONTRATISTA podr, en cualquier momento, remitir a la DEPENDENCIA una propuesta demejoras al Proyecto Ejecutivo y/o las Obras por escrito que (en opinin del CONTRATISTA) si seadoptara, (i) acelerara la terminacin de las Obras, (ii) reducira los costos para la DEPENDENCIA

    de la ejecucin, operacin o mantenimiento de las Obras, (iii) mejorara para la DEPENDENCIA elrendimiento o el valor de las Obras terminadas, o (iv) beneficiaria de cualquier otra forma a laDEPENDENCIA (las Mejoras).

    La propuesta deber prepararse a costa del CONTRATISTA e incluir el alcance especificado en elinciso 10.3 siguiente.

    10.3. Procedimiento para efectuar Variaciones y Mejoras.-

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    En el supuesto de una Variacin o Mejora en trminos de los prrafos anteriores, la parte receptorade la solicitud responder por escrito a la otra parte dentro de los 15 (quince) Das siguientes a larecepcin de dicha solicitud, bien dando razones por las cuales no puede implementarla en lostrminos solicitados (si este fuera el caso) o remitiendo:

    (i)

    una descripcin del trabajo que a realizar y un programa para su ejecucin;

    (ii)

    el requerimiento de la DEPENDENCIA o la propuesta del CONTRATISTA sobre cualquierVariacin necesaria al Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras en sucaso; y

    (iii) el requerimiento de la DEPENDENCIA o la propuesta del CONTRATISTA sobre el costoadicional de la Variacin solicitada.

    La DEPENDENCIA deber, dentro de los 15 (quince) Das siguientes de la solicitud o recepcin dela respuesta del CONTRATISTA (segn el inciso 10.2 anterior o por otra razn), responder dando,o negando, su aprobacin o comentndola.

    El CONTRATISTA no retrasar ningn trabajo mientras espera la respuesta de la

    DEPENDENCIA.

    La DEPENDENCIA deber remitir al CONTRATISTA, quien deber acusar recibo, lasinstrucciones para la ejecucin de Variaciones, junto con cualquier requisito para el control yregistro de los costos adicionales. Al instruir o aprobar Variaciones, la DEPENDENCIA deberproceder de acuerdo con la Clusula Sptima o la Clusula Trigsima Cuarta, segn corresponda,para acordar o determinar ajustes en el Monto del Contrato y en el calendario de pagos previsto enelAnexo I. Calendario de Pagosdel presente Contrato. Estos ajustes debern incluir un beneficiorazonable en favor de la CONTRATISTA, y debern considerar las propuestas delCONTRATISTA segn el inciso 10.2 anterior, siempre y cuando sea de aplicacin.

    10.4. Ajuste a los pagos en distintas monedas.-

    Si en el Contrato se establece el pago del Monto del Contrato en ms de una moneda, cuando seacuerde, apruebe o determine un ajuste segn lo establecido anteriormente, se especificar lacantidad a pagar en cada una de estas monedas. A dicho fin, se har referencia a los porcentajesreales o previstos del costo de la Obra modificada en cada moneda, y a los porcentajes de lasdistintas monedas especificadas para el pago del Monto del Contrato.

    10.5. Ajustes por Cambio en la Legislacin Aplicable.-

    El Monto del Contrato deber ser ajustado teniendo en cuenta cualquier aumento o disminucin enlos costos resultantes de un cambio en la Legislacin Aplicable (incluyendo la introduccin denueva legislacin y la derogacin o cambio de la existente) o en la interpretacin judicial o porparte de las Autoridades responsables de la aplicacin de la Legislacin Aplicable, realizadadespus de la Fecha de Inicio de Actividades Previas, que afecte al CONTRATISTA en elcumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si el CONTRATISTA sufre (o sufrir) retraso oincurre (o incurrir) en costos adicionales como consecuencia de estos cambios en la legislacin oen dichas interpretaciones, producidas despus de la fecha de la Convocatoria, el CONTRATISTAdeber notificarlo a la DEPENDENCIA y tendr derecho, conforme a la legislacin aplicable a:

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    (i) una ampliacin de Plazo de Ejecucin por dicho retraso, si la conclusin de las Obras se haretrasado o se va a retrasar en virtud de un cambio en la legislacin; y

    (ii) al pago de costos del CONTRATISTA generados como consecuencia de un cambio en lalegislacin.

    10.6. Ajustes de los Costos.-

    (i) Ajustes de Costos en las Obras a Precio Alzado.-

    El presente Contrato no estar sujeto a ajuste de costos; sin embargo, cuando conposterioridad a su adjudicacin se presenten circunstancias econmicas de tipo generalque sean ajenas a la responsabilidad de las PARTES y, que por tal razn, no pudieronhaber sido objeto de consideracin en la propuesta que sirvi de base para laadjudicacin del presente Contrato; como son, entre otras: variaciones a la paridadcambiaria en la moneda o cambios en los precios nacionales o internacionales queprovoquen directamente un aumento o reduccin en los costos de los insumos de los

    trabajos pendientes por ejecutar segn el Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivoy de las Obras, la DEPENDENCIA deber reconocer incrementos o requerir reduccionesal CONTRATISTA.

    Queda entendido por las PARTES, que de darse los supuestos que se sealan en elprrafo anterior, ambas se sujetarn a los lineamientos que expida la SFP; y celebrarn alefecto oportunamente, una vez que se tengan determinadas las posibles modificacionesal contrato respectivo, los convenios del caso a que se alude en el artculo 59 de la Ley.

    (ii) Ajustes de Costos en las Obras a Precio Unitario.-

    Las PARTES acuerdan la revisin y ajuste de los costos que integran los preciosunitarios pactados en este Contrato, cuando ocurran circunstancias de orden econmicono previstas que determinen un aumento o reduccin de los costos de las Obras an noejecutadas, conforme al Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obraspactado y al momento de ocurrir dicha contingencia, debiendo constar por escrito elaumento o reduccin correspondiente.

    La revisin y ajuste de costos de las Obras; se realizar en los trminos del artculo 57fraccin I de la Ley, y de acuerdo a lo establecido en los artculos 56, 58 y 59 del citadoordenamiento legal, 173, 174 y 178 y dems relativos y aplicables del Reglamento de laLey.

    En el caso de la mano de obra, a la plantilla del personal se le aplicarn las variacionesque determine la Comisin Nacional de Salarios Mnimos, para los salarios mnimosgenerales en el Distrito Federal.

    Los precios originales del Contrato permanecern fijos hasta la terminacin de las Obrascontratadas. El ajuste se aplicar a los costos directos, conservando constantes losporcentajes de indirectos y utilidad originales durante la vigencia de este Contrato; el

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    costo por financiamiento estar sujeto a las variaciones de la tasa de inters que elCONTRATISTA haya considerado en la Propuesta del CONTRATISTA.

    Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea a la alza, ser el CONTRATISTA elque lo promueva dentro de los 60 (sesenta) Das siguientes a la publicacin de losndices aplicables al perodo que los mismos indiquen; si es a la baja, ser la

    DEPENDENCIA la que lo realice en igual plazo.

    En el caso de que el CONTRATISTA promueva el ajuste de costos, deber presentar porescrito la solicitud a la DEPENDENCIA en trminos de lo dispuesto por el Reglamentode la Ley, por lo que transcurrido el plazo a que se refiere el prrafo anterior, prelucirsu derecho para reclamar el ajuste de costos del perodo de que se trate.

    La DEPENDENCIA dentro de los 60 (sesenta) Das siguientes a la recepcin de lasolicitud de ajuste de costos, deber emitir la resolucin que proceda. En caso contrario,la solicitud se tendr por aprobada.

    DCIMA PRIMERA.- ACTIVIDADES A SUBCONTRATAR.

    Las PARTES convienen que toda subcontratacin deber estar previamente autorizada por laDEPENDENCIA y estar de acuerdo con la normatividad vigente; es decir, que el vnculo o relacinse establecer entre el CONTRATISTA y el subcontratado, sin relacin vinculatoria de ningunanaturaleza con la DEPENDENCIA, por lo que ser responsabilidad exclusiva del CONTRATISTAel cumplimiento de las obligaciones de las subcontratistas.

    Los conceptos de obra que pueden ser objeto de subcontratacin en los trminos establecidos en elprrafo inmediato anterior son, de manera enunciativa ms no limitativa, los siguientes:

    (i)

    Fabricacin, transportacin, suministro e instalacin de elementos prefabricados enestaciones.(ii) Fabricacin, transportacin, suministro e instalacin de elementos prefabricados en tramos.(iii) Fabricacin, transportacin, suministro e instalacin de elementos pretensados en

    estaciones.(iv) Fabricacin, transportacin, suministro e instalacin de elementos pretensados en tramos.(v) Fabricacin, transportacin, suministro e instalacin de estructura metlica en tramos y

    estaciones.(vi) Despiece, suministro, transportacin y colocacin de los acabados.(vii) Despiece, suministro, transportacin y colocacin de los techumbres.(viii) Suministro y colocacin de luminarias.

    (ix)

    Suministro y colocacin de sealamientos en estaciones.(x)

    Suministro y colocacin de sealamientos en los tramos y estaciones.(xi) Alquiler de maquinaria para:

    Excavacin. Zanjeado. Tendido de tubera. Compactacin. Izaje de elementos prefabricados. Perforacin.

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    Hincado de pilotes.(xii) Suministro y colocacin de sealamientos en estaciones.(xiii) Suministro y colocacin de sealamientos en los tramos.(xiv) Alquiler de equipo ligero.(xv) Trabajos de laboratorio para el anlisis del suelo.(xvi)

    Trabajos de laboratorio para el anlisis de resistencia de materiales.

    (xvii)

    Trabajos de laboratorio para el aseguramiento de calidad.(xviii) Personal especializado para la construccin y aseguramiento de calidad.(xix)

    Transportacin y acarreo de materiales.(xx) Trabajos de seguridad industrial e higiene.(xxi) Trabajos de vigilancia.(xxii) Trabajos de limpieza de obra.(xxiii) Elaboracin del proyecto ejecutivo.(xxiv) Operacin y Mantenimiento.(xxv) Cualesquiera otros trabajos y servicios que autorice la DEPENDENCIA.

    Para efectos de este Contrato, no se considerar que exista subcontratacin, en caso de que parte o

    la totalidad de los aspectos que conforman el proyecto del Tren Mxico-Quertaro sean llevados acabo por subsidiarias o Afiliadas del CONTRATISTA.

    En caso de subcontratacin, el responsable de la ejecucin de las Obras o trabajos subcontratadosser el CONTRATISTA y el subcontratista no quedar subrogado en ninguno de los derechos delCONTRATISTA bajo el presente Contrato. El CONTRATISTA ser el nico responsable de lasobligaciones que adquiera con las personas que subcontrate para la realizacin de las Obras. ElSubcontratista no tendr ninguna accin o derecho que hacer valer en contra de la DEPENDENCIApor tales obligaciones.

    DCIMA SEGUNDA.- DISPONIBILIDAD DE DICTMENES, PERMISOS, LICENCIAS,

    DERECHOS DE BANCOS DE MATERIALES Y DEL DERECHO DE VA.

    12.1. Licencias, permisos y derechos necesarios para las Obras.-

    La DEPENDENCIA, a partir de la Fecha de Inicio de Actividades Previas, tramitar y obtendr delas Autoridades competentes lo dictmenes, permisos, licencias, derechos de bancos de materialesas como la liberacin a travs de la propiedad o los derechos de propiedad incluyendo la liberacindel Derecho de Va, en su caso la expropiacin de los inmuebles sobre los cuales se efectuarn lasObras, conforme corresponda, as como la evaluacin de impacto ambiental prevista por la LeyGeneral de Equilibrio Ecolgico y Proteccin al Ambiente. El CONTRATISTA colaborar ygestionar a solicitud de la DEPENDENCIA ciertos permisos y licencias conforme a lo que se

    seala en elAnexo J. Permisos y Licencias10

    . La relacin de permisos, autorizaciones y licenciasrequeridas, as como el responsable de su gestin y obtencin se detallan en dicho anexo.

    12.2. Derecho de Va.-

    La DEPENDENCIA llevar a cabo todas las actividades y actos jurdicos necesarios para liberar elDerecho de Va y entregarlo a la CONTRATISTA, conforme al Programa de Liberacin de

    10Este Anexo contendr la misma informacin que la se provey a los licitantes dentro de la licitacin.

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    Derecho de Va que ser entregado por la DEPENDENCIA a ms tardar en la Fecha de Inicio deActividades Previas (el Programa de Liberacin del Derecho de Va). La obtencin, entrega yadministracin del Derecho de Va se sujetara, en todo caso, a lo siguiente:

    (i) La DEPENDENCIA notificar por escrito al CONTRATISTA el lugar, fecha y hora en quele otorgar el acceso a la totalidad o parte del Derecho de Va. El Programa de Liberacin

    del Derecho de Va slo establecer fechas estimadas de acceso.

    (ii) A solicitud del CONTRATISTA, la DEPENDENCIA podr autorizarle el acceso a latotalidad o a parte del Derecho de Va antes de la fecha en que formalmente sea entregado ala CONTRATISTA, a fin de que esta lleve a cabo las acciones necesarias para dar inicio alos estudios y anlisis fsicos correspondientes y se logre una adecuada coordinacin en laentrega y recepcin de dicho Derecho de Va, siempre y cuando la CONTRATISTA hayacontratado los seguros respectivos descritos en la Clusula Vigsima Quinta y entregado a laDEPENDENCIA copia de la plizas correspondientes.

    (iii) En la fecha de entrega del acceso total o parcial del Derecho de Va se levantar un acta

    circunstanciada, en la que se har constar dicho acceso.

    (iv) La DEPENDENCIA podr otorgar acceso total o parcial del Derecho de Va en uno odiversos actos, a partir del momento en el que cuente con los convenios de ocupacintemporal o de adquisicin, o bien, una vez realizados, en su caso, los actos de expropiacino de cualquier otra naturaleza que tengan como efecto el que la DEPENDENCIA adquiera laposesin o el derecho de disponer de la totalidad o parte del Derecho de Va.

    (v) El Derecho de Va requerido por el CONTRATISTA para llevar a cabo, Variaciones,Mejoras aprobadas por la DEPENDENCIA, ser gestionado por el CONTRATISTA en elentendido que la responsabilidad final de su liberacin estar a cargo de la DEPENDENCIA

    en los trminos anteriormente descritos.

    12.3. Retraso en la entrega de Dictmenes, Permisos, Licencias, Derechos de Bancos deMateriales y del Derecho de Va.-

    En caso de que exista un retraso en la entrega dictmenes, permisos, licencias, derechos de bancosde materiales y acceso al Derecho de Va por: (a) Caso Fortuito o Fuerza Mayor; (b) Variaciones y;(c) no haber sido liberado y como consecuencia sea necesario modificar el Programa de Ejecucindel Proyecto Ejecutivo y de las Obras, el Plazo de Ejecucin y por lo tanto la Fecha de Inicio deOperacin del Tren Mxico-Quertaro y/o incurra en costos adicionales, se estar a lo dispuesto enla Clusula Sptima, Clusula Dcima y Dcima Sexta, y Trigsima Cuarta, segn corresponda. Si

    dichas fechas se modifican por causas atribuibles directamente a la CONTRATISTA, esta no podracogerse a los beneficios sealados en este inciso, salvo que las PARTES hubieran acordado otrasfechas a su conveniencia.

    No obstante lo anterior, en caso de que la DEPENDENCIA no obtenga el Derecho de Vadentro de los 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la fecha de firma del Contrato, lasobligaciones a cargo del CONTRATISTA sern ajustadas por la DEPENDENCIA, medianteun procedimiento de revisin del presente Contrato para, en su caso, reflejar las variaciones en

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    el pago y en la Fecha de Inicio de la Operacin y Mantenimiento que correspondan deconformidad con lo establecido en el presente Contrato.

    DCIMA TERCERA.-EL SITIO Y CONDICIONES FSICAS.

    La DEPENDENCIA deber poner a disposicin del CONTRATISTA, todos los datos y

    documentacin que tenga a su disposicin a la fecha de firma del presente Contrato, as comoaquella que adquiera durante el Periodo de Actividades Previas y Construccin relacionadas con elSitio. El CONTRATISTA ser responsable de la interpretacin de los mismos.

    Si el CONTRATISTA encontrase Condiciones Fsicas adversas que considere imprevisibles, lodeber notificar a la DEPENDENCIA tan pronto como sea posible.

    Por Condiciones Fsicas se entender aquellas condiciones fsicas naturales o artificiales ocualquier otro obstculo o contaminante fsico, que el CONTRATISTA pudiera encontrar en elSitio cuando ejecute las Obras, incluidas las condiciones hidrolgicas y del subsuelo, las obrasinducidas y subterrneas, fsiles, hallazgos arqueolgicos u otros objetos con valor histrico o

    monetario, protegidos por la Legislacin Aplicable o restos humanos pero excluidas las condicionesclimatolgicas.

    La notificacin deber describir las Condiciones Fsicas, para que la DEPENDENCIA puedarevisarlas, y deber indicar las razones por las que el CONTRATISTA considera que sonimprevisibles.

    No obstante lo anterior, en el caso de que dichas Condiciones Fsicas se traten de fsiles, hallazgosarqueolgicos, otros objetos de valor histrico y/o monetario protegidos por Legislacin Aplicableo restos humanos, el CONTRATISTA deber, adems de notificar dicha situacin a laDEPENDENCIA, (i) dar aviso a la Autoridad competente en la materia conforme a las Legislacin

    Aplicable en la materia; y (ii) proceder conforme a las mismas.

    Salvo las Condiciones Fsicas a las que se refiere el prrafo anterior, el CONTRATISTAcontinuar, ejecutando las Obras, utilizando las medidas adecuadas para dichas Condiciones Fsicas,y acatar cualquier instruccin que la DEPENDENCIA pueda dar. Si una instruccin da lugar a unaVariacin, se estar a lo dispuesto en la Clusula Dcima y Clusula Dcima Sexta del presenteContrato.

    Si el CONTRATISTA encontrara Condiciones Fsicas imprevisibles, lo hubiera notificado a laDEPENDENCIA adecuadamente y sufriera algn retraso o incurriera en algn costo debido a estascondiciones, el CONTRATISTA tendr derecho, con sujecin a lo dispuesto por la Legislacin

    Aplicable, a: (i) una extensin del Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras y elPlazo de Ejecucin para completar las Obras y (ii) una revisin del Monto del Contrato con elobjeto de que este refleje los costos incurridos por el CONTRATISTA derivado de las CondicionesFsicas imprevisibles.

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    DCIMA CUARTA.- SUMINSTRO DE AGUA, ELECTRICIDAD YTELECOMUNICACIONES.

    El CONTRATISTA ser responsable de asegurar que, en todo momento, se cuente con elsuministro suficiente de energa, agua y otros servicios necesarios para la debida ejecucin de lasObras bajo el Contrato.

    No obstante lo anterior, El CONTRATISTA tendr derecho a utilizar, para los fines de las Obras,dichos suministros de electricidad, agua, y de cualquier otro suministro disponible en el Sitio.Cambios en las tarifas de los servicios de agua, electricidad, telecomunicaciones y otros serviciosnecesarios para la ejecucin del Contrato darn lugar a la aplicacin del procedimiento de ajuste decostos previsto en el artculo 57 de la Ley y las disposiciones aplicables del Reglamento.

    Asimismo, la DEPENDENCIA deber de proveer al CONTRATISTA de los servicios detelecomunicaciones necesarios para la debida ejecucin del Contrato.

    En el Periodo de Operacin y Mantenimiento, el CONTRATISTA deber pagar directamente el

    servicio de suministro de electricidad y cualquier otro servicio que se requiera para la prestacin delos servicios de Operacin y Mantenimiento, salvo el servicio de telecomunicaciones que estar acargo de la DEPENDENCIA.

    DCIMA QUINTA.- COMPATIBILIDAD DEL TREN MXICO-QUERTARO CON ELTREN SUBURBANO.

    La DEPENDENCIA deber proporcionar al CONTRATISTA toda la documentacin y realizar lasgestiones necesarias para que el CONTRATISTA en el desarrollo del Tren Mxico-Quertaro logreuna compatibilidad de los sistemas del Tren Mxico-Quertaro, la Va Frrea en el tramo CuautitlnIzcalli-Huehuetoca, incluyendo las adecuaciones a la Terminal Buenavista, la va frrea del Tren

    Suburbano y los sistemas del Tren Suburbano en el tramo Buenavista-Cuautitln Izcalli.

    DCIMA SEXTA.- REPROGRAMACIN.

    16.1. Reprogramacin del Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivo y de las Obras.-

    El CONTRATISTA tendr derecho a una reprogramacin del Programa de Ejecucin del ProyectoEjecutivo y de las Obras y ampliacin del Plazo de Ejecucin para la conclusin de las Obras, en lamedida en que sta se demore o por cualquiera de los siguientes motivos:

    (i) una Variacin;

    (ii)

    en los casos expresamente previstos en el presente Contrato;(iii)

    demoras, impedimentos u obstculos provocados o atribuibles a la DEPENDENCIA, elpersonal de la DEPENDENCIA u otros contratistas o proveedores de la DEPENDENCIA enel Sitio;

    (iv)

    demoras causadas por las Autoridades de conformidad con el inciso 16.2 siguiente; y(v) en los dems casos previstos en la Ley y el Reglamento.

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    Si el CONTRATISTA considera que tiene derecho a una ampliacin del Plazo de Ejecucin, loinformar por escrito a la DEPENDENCIA, resolviendo esta ltima la procedencia de dichaampliacin dentro de los 5 (cinco) das hbiles a la recepcin de la solicitud respectiva.

    16.2. Demoras causadas por las Autoridades.-

    Se considerar que existe una demora causada por las Autoridades en cualquiera de los siguientessupuestos:

    (i) el CONTRATISTA ha seguido diligentemente los procedimientos establecidos por lasAutoridades y la legislacin aplicable;

    (ii) la Autoridades demoran o interrumpen el trabajo del CONTRATISTA, y(iii) la demora o interrupcin fue imprevisible, entonces, esta demora o interrupcin se

    considerar como un motivo de demora, conforme al subinciso (ii) del inciso 16.1 anterior.

    DCIMA SPTIMA.-PRUEBAS PARA LA PUESTA EN MARCHA.

    Esta Clusula se aplicar a todas las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha..

    El CONTRATISTA proporcionar todos los aparatos, asistencia, documentos y dems informacin,equipo, combustible, consumibles, instrumentos, mano de obra, materiales y personal concalificaciones y experiencia apropiados, que sean necesarios para realizar las pruebas especficaseficientemente.

    17.1. Obligaciones del CONTRATISTA.-

    El CONTRATISTA realizar las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha al da hbil siguientea Fecha de Terminacin de la Construccin de las Obras e Inicio del Periodo de Pruebas.

    El CONTRATISTA informar a la DEPENDENCIA, al menos con 5 (cinco) das hbiles deanticipacin, la fecha en la que estar listo para realizar cada una de las Pruebas para la Puesta enMarchas. Dentro de los 5 (cinco) das hbiles mencionados, la DEPENDENCIA deber instruir elmomento en que se llevarn a cabo las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha, para lo cualdeber de indicar por escrito al CONTRATISTA da, hora y lugar.

    Durante la operacin de prueba, cuando las Obras estn operando en condiciones estables, elCONTRATISTA informar a la DEPENDENCIA que las Obras estn listas, incluyendo pruebas dedesempeo para demostrar si las Obras cumplen con los criterios que se especifican en losTrminos de Referencia y la Propuesta del Contratista que se anexan al presente CONTRATO.

    Tan pronto como las Obras, hayan pasado las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha, elCONTRATISTA presentar el reporte de los resultados de estas pruebas a la DEPENDENCIA, laque proceder a emitir la Autorizacin de Inicio del Periodo de Operacin y Mantenimiento.

    17.2. Demoras en Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha.-

    Si el CONTRATISTA demora indebidamente las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha, laDEPENDENCIA puede requerir mediante notificacin al CONTRATISTA que realice las Pruebas

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    Operativas para la Puesta en Marcha en 21 (veintin) Das despus de recibir la notificacin. ElCONTRATISTA realizar las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha en el da o das dentrodel periodo que fije y que informe a la DEPENDENCIA.

    La DEPENDENCIA informar por escrito al CONTRATISTA con al menos con 24 (veinticuatro)horas de anticipacin, su intencin de asistir a las Pruebas. Si la DEPENDENCIA no asiste en la

    fecha y el lugar convenidos, el CONTRATISTA puede proceder con las Pruebas, a menos que laDEPENDENCIA lo instruya de otra forma y entonces se considerara que las pruebas han sidorealizadas en presencia de la DEPENDENCIA.

    Si el CONTRATISTA sufre demoras y/o incurre en costos al cumplir con estas instrucciones ocomo resultado de una demora de la cual la DEPENDENCIA es responsable, el CONTRATISTA loinformar a la DEPENDENCIA y tendr derecho, con sujecin a lo dispuesto por la Ley y suReglamento: (i) a una extensin del Plazo de Ejecucin para completar las Obras y (ii) a unarevisin del Monto del Contrato con el objeto de que este refleje los costos incurridos por elCONTRATISTA derivado de lo anterior.

    El CONTRATISTA enviar inmediatamente a la DEPENDENCIA los informes de las Pruebas.Cuando se hayan aprobado las pruebas especficas, la DEPENDENCIA aprobar a travs delCertificado de Pruebas del CONTRATISTA o le emitir un certificado para ese efecto. Si laDEPENDENCIA no ha asistido a las pruebas, se considerara que ha aceptado las lecturas comoprecisas.

    17.3. Repeticin de las Pruebas.-

    Si las Obras, no pasan las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha, se aplicar la ClusulaDcima Octava Rechazo de las Pruebas, y el Superintendente de Construccin o el Contratistapueden requerir que se repitan las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha fallidas, conforme a

    los mismos trminos y condiciones.

    17.4. No aprobacin de las Pruebas al momento de la Terminacin.-

    Si las Obras, no pasan las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha que se repitieron conformeal inciso 17.3 anterior, la DEPENDENCIA tendr derecho a:

    (i) Ordenar ms repeticiones de las Pruebas Operativas para la Puesta en Marcha conforme alinciso 17.3 anterior;

    (ii) Si la falla es de tal magnitud que disminuye a tal grado el beneficio total de las Obras

    relativas al Periodo de Actividades Previas y Construccin, la DEPENDENCIA podrrechazar las mismas o rescindir administrativamente el presente Contrato.

    El Contratista convendr con la DEPENDENCIA la fecha y el lugar para las Pruebas Operativaspara la Puesta en Marcha, los materiales y otras partes de las Obras.

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    DCIMA OCTAVA.- RECHAZO DE LAS PRUEBAS.

    Si como resultado de una examinacin, inspeccin, medicin o prueba, se encuentra que lasinstalaciones del Tren Mxico-Quertaro, los materiales o la mano de obra son defectuosos o nocumplen con las especificaciones del Contrato, la DEPENDENCIA puede rechazar dichasinstalaciones, los materiales, el diseo o la mano de obra, informando al CONTRATISTA los

    motivos de dicho rechazo. Inmediatamente despus de dicho notificacin de rechazo, elCONTRATISTA corregir cualquier defecto y se asegurar que cualquier elemento rechazadocumpla con las especificaciones del Contrato dentro del plazo especificado por la DEPENDENCIApara tales efectos.

    Si la DEPENDENCIA requiere que se vuelvan a hacer pruebas de las Obras las pruebas se repetirnconforme a los mismos trminos y condiciones descritos en la Clusula Dcima Sptima anterior.

    DCIMA NOVENA.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DEFECTOS OVICIOS OCULTOS EN LAS OBRAS.

    Las Obras debern de cumplir con las condiciones y estndares de calidad establecidos en elpresente Contrato y en el marco jurdico aplicable. Si a la fecha de entrega de las Obras, staspresentan algn defecto o vicio oculto, lo cual les impida estar en las condiciones que requiere esteContrato, dentro del plazo sealado para tales efectos por la DEPENDENCIA, el CONTRATISTAdeber:

    (i) Concluir las Obras que estn pendientes en el Programa de Ejecucin del Proyecto Ejecutivoy de las Obras razonable que instruya la DEPENDENCIA, y

    (ii) Realizar todos las Obras que se requieren para corregir defectos o vicios ocultos, segn loindique la DEPENDENCIA (o una persona designad