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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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1271 21666 COMPOESTRUCTURAS 900357377 - 9 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,5 VIABLE3017 21440 LOCERIA COLOMBIANA S.A.S 890900085-7 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el monto de contrapartida en efectivo (49.62%) es inferior al monto de contrapartida en especie (50.38%) VIABLE 77,5 NO VIABLE

502 21195 AEROPONICOS DE COLOMBIA S.A.S 900280104-2 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: No se adjunta el documento del Rut NO CUMPLE NO CUMPLE: El capital de trabajo (-150,301,000) es menor a la contrapartida en efectivo (34, 615,640). VIABLE 89,5 NO VIABLE

3544 21145 ENERGIA Y POTENCIA 800051319 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: Es un proyecto no plantea de manera clara el problema que enfrenta. Es un proyecto que plantea una solución para una situación específica de la empresa, por lo que no es escalable ni replicable en la industria. Además el proyecto plantea un reto para el mantenimiento del empleo, ya que busca reemplazar la labor manual de unos técnicos. La metodología tiene un planteamiento pobre, que no especifica exactamente como se llevaría a cabo la implementación del proyecto de manera clara.

58,5 NO VIABLE

10549 21563 EDUARDOÑO S.A. 890900082-5 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador que aparece como responsable en la firma de los documentos. NO CUMPLE NO CUMPLE: el monto total de los recursos asignados al SENA al plan de transferencia es superior (87.50%) al descrito en los pliegos. SENA (87.50%) - empresa (12.50%) VIABLE 85,5 NO VIABLE

12282 21603 MARQUILLAS Y ACCESORIOS S.A. 800091570-8 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: el Anexo 1 no está completo y no tiene firma del representante legal; el Anexo 6 no está completo, no tiene la firma del representante legal NO CUMPLE NO CUMPLE: el monto de capital de trabajo (-415,481,094.00) es inferior al monto de contrapartida en efectivo (56,150,000.00) VIABLE 79,5 NO VIABLE7068 21668 CONOCIMIENTO COMPETITIVO EU 900216420 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,0 VIABLE6914 21512 BIOESTIBAS S.A.S. 900620264 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,5 VIABLE

993 21138 ALSEC ALIMENTOS SECOS S.A. 900062201-4 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 95,8 VIABLE

2197 21160 ORGANIC EVOLUTION S.A.S. 900224026 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE: El valor solicitado al SENA para la financiación del plan de transferencia tecnológica supera el monto financiable el cual es máximo el 50% del total del rubroEl monto de contrapartida en especie (%19.855.296) es superior a la contrapartida en efectivo ($15.949.995)

VIABLE 70,0 NO VIABLE

9597 21537 SILICAUCHO 811024214 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: el 10 de agosto se solicitó la firma del líder SENNOVA del anexo 7. No se recibió respuesta por parte de la empresa CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: En términos generales el proyecto está mal formulado. Carece de un planteamiento del problema claro y de un estado del arte formal. Los objetivos general y específicos están mal planteados. No son medibles y en algunos casos son carecen de precisión. La metodología planteada no permite alcanzar los objetivos. No existen estrategias de transferencia atractivas. El presupuesto está mal elaborado. Algunos rubros parecen algo exagerados. El equipo de trabajo cuenta con capacidades técnicas pero carece de capacidades y competencias investigativas.

54,3 NO VIABLE

11067 21308 GRIFFITH FOODS 890917465-7 Antioquia Antioquia NO CUMPLENO CUMPLE: no se anexa la certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje.

NO CUMPLE NO CUMPLE el valor de la contrapartida en especie ($44,330,000) es superior al 50% del total de la contraparida ($22.478.000). VIABLE 82,8 NO VIABLE

10791 20830 CGR SURAMERICANA 811005246-1 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: El capital de trabajo (129.200.000) es menor al monto de la contrapartida en efectivo (213.650.000) VIABLE 84,5 NO VIABLE1273 21032 NEDIAR S.A.S 900408764-6 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE El Iindicador de capital de trabajo ($22.061.874) es menor a la contrapartida en efectivo ($49.709.200) VIABLE 70,3 NO VIABLE

254 21114 INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA SALAZAR Y HERRERA 890028188-1 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: La empresa FEDSALUD no está habilitada por los requisitos mínimos, ya que todos los ejecutores debían certificar los documentos solicitados. NO CUMPLENO CUMPLE: El monto de contrapartida en efectivo es inferior (9,52%)al monto de contrapartida en especie (90,48%). El valor total de transferencia al Sena està por debajo del 3% mìnimo. El capital del trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo suministrado por la empresa. La federaciòn gremial de trabajadores de salud no està habilitada por la revisión de requisitos mínimos por la convocatoria.

NO VIABLENO VIABLE. El presupuesto del proyecto no es acorde con la realidad. Adicionalmente indican uan intesidad de 24 horas semanales por parte de las personas a desarrollar el componente técnico (software y hardware) lo cual es muy poco para el alcance del poryecto. No hay claridad hasta donde se llega en telediagnostico y en teleducación. Se deben analizar que soluciones hay en el mercado e indicar porque está es mejor.

63,0 NO VIABLE

8159 21115 IDEAS BIOMEDICAS 900217076 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 79,3 VIABLE741 21134 JOINTING SAS-TRAMISALUD 900238037 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,3 VIABLE

11085 21146 ALIMENTOS NEBRASKA S.A.S. 811041074 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 83,5 VIABLE

11194 21147 FUNDACIÓN LOS GUAYACANES COLOMBIA 900628398-7 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta copia del documento del representante legal CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. El proyecto tiene claridad en el problema del sector de salud; pero no es un proyecto de gestión de innovación ni desarrollo tecnológico. El equipo presentado no tiene experiencia para desarrollar el producto de software. Se propone ralizar un benchmarking pero no se evidencia un factor innovador. El personal que se va a contratar para el desarrollo del proyecto no es coherente con las necesidades técnicas del desarrollo de la plataforma y los rubros de este, son inferiores a los precios de referencia del mercado.

65,3 NO VIABLE

2843 21152 ENTERDEV 900332892 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,3 VIABLE

10832 21164 CEIBA SOFTWARE HOUSE S.A.S 900022972-3 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE la contrapartida en especie ($46.186.302) es superior a la contrapartida en efectivo ($71.14.000) NO VIABLE

NO VIABLE:* Los proponentes no tienen un entendimiento a profundidad de la problemática que desean abordar, por tal razón la solución que proponen corresponde a la aplicación de una tecnología que de alguna manera ya ha sido propuesta en el estado del arte. Adicionalmente, no hay claridad sobre que caracteristicas competitivas plantean en su solución respecto a las otras aproximaciones que existen en el mercado.* Los objetivos no fueron correctamente definidos y la metodología, aunque presenta métodos y herramienta para el diseño y desarrollo, carece de detalle.* El equipo técnico no evidencia capacidades en el desarrollo de aplicaciones en realidad virtual, el cual es un componente importante de la solución.

56,0 NO VIABLE

10820 21166 TECREA S.A.S 900625921 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta fotocopia de la cedula del representante legal. Falta documento certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. NO CUMPLE NO CUMPLE: El capital de trabajo (31,771,047) es inferior al porcentaje de la contrapartida en efectivo ( 46,200,000) NO VIABLENO VIABLE. No se aprecia una innovación o diferenciación del producto con lo existente en el mercado. Se parte un supuesto que puede existir una falta de abastecimiento del dispositivo pero no se habla de fundamentos que indiquen que esto puede suceder en el mercado real. Hace falta referenciar soluciones existentes en el mercado, y por qué los resultados del proyecto serán diferenciados e innovadores en el mercado.

65,8 NO VIABLE

3292 21173 Q1A 900450714-5 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,0 VIABLE

12299 21175 LINK DIAGNÓSTICO DIGITAL 900247447 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. La definición del personal técnico que participará en el proyecto no obedece a la metodología que se menciona que va a ser utilizada. Adicionalmente la dedciación semanal del personal es excasa y compromete la correcta realización dle proyecto. La utilización de metodologías ágiles como Scrum puede llevar a obtener resultados tempranos, pero no se menciona como será utilizada en el desarrollo del proyectos y sus resultados.

62,0 NO VIABLE

8003 21180 PROCESSONLINE SAS 900255484-0 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,0 VIABLE11290 21200 ASOCIACIÓN DE BANANEROS DE COLOMBIA 890900746-7 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el monto de contrapartida en efectivo es inferior (28,58%) al monto de contrapartida en especie (71,42%) VIABLE 92,3 NO VIABLE11840 21227 COMPUHORA SAS 800135941-8 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,5 VIABLE

251 21240 CONSTRUCTORA CONCONCRETO S.A. 890901101 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE: La contrapartida en especie (50.93%) es mayor a la contrapartida en efectivo (49.07%). El monto de los recursos de contrapartida al Sena ( 31.25%) es menor que el monto de los recursos asignados por el Sena (68.75%)

VIABLE 79,5 NO VIABLE

1733 21241 INTER-TELCO S.A.S. 900382516-1 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 87,3 VIABLE

12604 21267 CORPORACION INDUSTRIAL MINUTO DE DIOS 830000440-9 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. Las prinicipales debilidades son la falta de claridad en la metodologia y su cohrencia con los objetivos especificos, ausencia de cuantificacion o aproximacion al mercado potencial del nuevo modelo de negocio, en las actividades tampoco se evidencio ninguna relacionada con investigar el tamaño potencual de mercado para dimensionar la capacidad requeridad de la nueva unidad de negocio.

63,0 NO VIABLE

8495 21268 MVM INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A.S 8110038904 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,5 VIABLE

10766 21279 PRAGMACERO 900484747 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: La contrapartida en especie (65,23%) es mayor a la contrapartida en efectivo (34,77%) NO VIABLENO VIABLE. No se evidencia una ventaja competitiva del sector con el producto, no se indica las ventajas competitivas del desarrollo sobre otras propuestas que existen en el mercado. La dedicación de tiempo el equipo de trabajo es baja con respecto a los resultados y cronograma que planean en la formulación.

65,0 NO VIABLE

7560 21281 WOMA SAS 900082572-7 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,8 VIABLE6784 21291 CORPORACIÓN INTERSOFTWARE 811045231-0 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,5 VIABLE

12585 21297 PRAGMA SA 811004057 Antioquia Antioquia NO CUMPLENO CUMPLE: No se adjuntan documentos de identidad de la contadora que certifica el documento (Lina Fernanda Gómez). No se adjunta certificado de antecedentes de la contadora (Diana Paola Jaramillo). Del revisor fiscal Alejandro Estrada Sierra solo se adjunta certificado de antecedentes.

CUMPLE VIABLE 72,3 NO VIABLE

1424 21301 OX AGENCIA S.A.S. 900545438 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el indicador de capital de trabajo ($14.884.360) es menor que el valor en efectivo de la contrapartida ($24.561.542). NO VIABLE

NO VIABLE. Si existen herramientas para la medición del ROI del mercadeo digital en el mercado, lo cual le resta novedad al proyecto. En la actualidad hay desarrollos con BEACONS que pueden explorar ya que sus resultados son inmediatos. No se puede justificar que el crecimiento de las MiPymes se estanca solamente por el ROI en mercadeo y comercialización, hay otros factores como capital de trabajo, liquidez, endeudamiento que también afectan. En los objetivos son muy amplios y difíciles de medir, como es inteligencia de negocios (BI), y luego en los específicos hablar de captura de información de nuevos clientes que lo abarca un CRM.

a que hacen ver el proyecto muy ambicioso y a la hora de los objetivos no corresponden.

59,5 NO VIABLE

248 21311 SIMAC S.A.S 800254257-8 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 92,0 VIABLE

2721 21330 CORPORACIÓN GAIA 811013237 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: No se presenta la fotocopia de la cédula del contador; 2) Sólo se presentan los estados financieros del 2015. No se presentan estados finacieros del 2014 CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: Si bien es interesante el proyecto al hacer una revisión detallada sobre la temática planteada no es completamente novedoso, pues el tema de invernaderos ya está ampliamente desarrollado para la producción de alimentos, lo propio ocurre con respecto a la producción de compost y algunos biofertilizantes. El diseño y validación de un empaque considero que debería ir acompañado de las pruebas excigidas por las autoridades sanitarias del país, esto con el fin de que se garantice la inocuidad del los productos para el consumidor final

67,8 NO VIABLE

9472 21331 GIROMA S.A 811044684 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,5 VIABLE

9401 21377 TECNOLOGÍA Y PROYECTOS S.A.S. 805015875 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE NO VIABLE No hay claridad en los objetivos y en la metodología a desarrollar, sobre el desrrollo del proyecto no se evidencia una relación clara y justificabre de cada uno de los rubros planteados en el presupuesto. 62,8 NO VIABLE

10658 21384CORPORACIÓN INCUBADORA DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA DE ANTIOQUIA

811007547 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: La contrapartida en especie (51,30%) es mayor que la contrapartida en efectivo (48,70%) VIABLE 95,0 NO VIABLE

3268 21446 IN-OVA SAS 900509016 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el indicador de capital de trabajo (-$ 4.240.455) es inferior a la contrapartida en efectivo ($20.044.500) VIABLE 76,3 NO VIABLE10709 21450 PVG ARQUITECTOS S.A.S 900196908-8 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 96,3 VIABLE

3845 21496 TREDA SOLUTIONS.SA.S 900369836-1 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: En el concepto de verificación de liquidez, Treda Solutions S.A.S NO CUMPLE debido a que el capital de trabajo es menor que la contrapartida en efectivo. NO VIABLENO VIABLE: El proyecto es coherente en todo el planteamiento de una necesidad supuesta, los objetivos, metodología a implementar y resultados que espera conseguir. Pero todo el planteamiento parte de un supuesto que no se justifica debidamente. Es necesario que el proyecto empiece por validar con clientes potenciales la viabilidad del proyecto, que esto es el obstáculo mayor que presenta el mismo.

69,0 NO VIABLE

1045 21501 MEDVISION 900265794 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el indicador de capital de trabajo (-61.332.233), es menor que la contrapartida en efectivo ($72.486.196). NO VIABLE

NO VIABLE; aunque existe una oportunidad de mercado en relación a los servicios hospitalarios, el planteamiento del problema requiere mayor argumentación con cifras que demuestren que la ausencia de integración entre hoteles y hospitales está impidiendo el desarrollo de la industria de salud en la ciudad, o lo puede impulsar de manera significativa. El planteamiento actual no es entonces lo suficientemente fuerte como para justificar el proyecto. Por otro lado, no se proporciona evidencia de cómo los sistemas IPTV pueden impactar positivamente los procesos o porcentaje de ocupación de instituciones de salud, lo cuál puede dificultar la gestión comercial a futuro. El equipo es idóneo y su formación apropiada, sin embargo hace falta listar más experiencia para argumentar una mayor capacidad para ejecutar el proyecto.

68,0 NO VIABLE

1005 21517 CORPORACION ECOGESTIONAR 900616777 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE: el monto total del plan de transferencia asumido por la empresa es inferior al 50% requerido en los pliegos (80% SENA - 20% empresa) NO VIABLE

NO VIABLE: El proyecto propone ideas interesantes y desarrollos tecnológicos que permitirían explotar un nicho de mercado al parecer inexplorado. Sin embargo, existen errores metodológicos en el proyecto planteado que hacen que en su forma actual no sea viable. El presupuesto debe ser mejorado considerablemente pues cuenta con elementos que lo hacen parecer desproporcionado. Se deben definir objetivos claros, medibles y alcanzables que se puedan alcanzar a través de una metodología clara y objetiva. Los productos propuestos deben responder a los objetivos planteados. Se debe incluir información detallada de los perfiles de los participantes en el proyecto.

62,3 NO VIABLE

12117 21532 COOTRASANA 890906033-1 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,0 VIABLE10755 21559 TECH AND SOLVE 900224316-9 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE el plan de transferencia no cuenta con el visto bueno del lider de SENNOVA, se solicitó subsanar el documento el día 18 de agosto, y no hubo respuesta de la empresa. CUMPLE VIABLE 90,8 NO VIABLE

2215 21592 INVERSIONES JAIPERA S.A.S 811014661 Antioquia Antioquia NO CUMPLE Faltan los estados financieros a 31 de diciembre de 2014 NO CUMPLE

NO CUMPLE: En los resultados del proyecto, se contempla en el R04 el Desarrollo de Prototipos, y en los rubros del presupuesto no se refleja este item. En los produtos intermedios y finales del proyecto, contemplan:R01-1Represa para recolección de agua construida; R01-2 Tubería distribuida por todo el cultivo; R01-3 Construción 1 tolva principal y 87 secundariaS. Dentro del presupuesto no aparece ningún rubro para desarrollar estas actividades.

NO VIABLENO VIABLE: El problema que intenta resolver el proyecto no está desarrollado completa y claramente, donde se se evidencie la situación actual de los sistemas de producción de cacao. La descripción del proyecto es muy pobre a nivel técnico y no es clara la metodologia planteada para desarrollar el producto. No se evidencia qué aspectos se mejorarían con la implementación del cacaoducto, esto en cuanto a la calidad del produto, así mismo no se indica en que porcentaje se pueden reducir los costos con la implementación de este sistema del transporte del cacao. No se hace referencia al impacto ambiental.

69,3 NO VIABLE

571 21609 BATIMETRÍA SAS 900606776-3 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta documento que certifique el pago con las obligaciones de seguridad social NO CUMPLENO CUMPLE: la empresa no solicita financiación al SENA, de igual forma los valores económicos del SIGP no corresponden a los descritos en el anexo 1 y 2; el capital de trabajo (-733,300,202.00) es inferior a la contrapartida en efectivo (368,138,400.00)

VIABLE 79,8 NO VIABLE

13292 21622 UNIVERSIDAD ECCI 8604014960 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE todos los requisitos y documentos jurídicos para presentar propuesta son correctos, sin embargo, el ejecutor es una institución universitaria y no se presenta con otro ejecutor que pertenezca al sector empresarial. CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: El planteamiento del problema no es claro al no identificar un problema concreto o puntual que se pueda resolver a través de la investigación planteada. El proyecto plantea generar "iniciativas de asistencia técnica especializada en tecnologías de manejo de energías y recursos…". El objetivo general consiste en desarrollar un piloto de laboratorio y en uno de los objetivos específicos se menciona "generar diseños". En general los costos son moderados. Sin embargo, existen algunos rubros como el diseño de prototipos que son un poco desfazados con los precios de referencia del mercado.

65,8 NO VIABLE

6517 21628ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENDIONES Y CESANTIAS PROTECCION S.A.

8914085845 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,8 VIABLE

10172 21662 ALIMENTOS PINKES SAS 900559359 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: En el SIGP se evidencia como equipo de trabajo a 4 personas. En el anexo 6 de los documentos, solo se hace descripción de una persona NO CUMPLE NO CUMPLE: El monto total de recursos de contrapartida asignado al plan de transferencia ( 10,250,000) es menor al monto total de los recursos asignados por el Sena (14,750,000) NO VIABLE NO VIABLE. No se especifica porque es mejor hacer la maquina desde cero y no comprar una. El equipo no describe capacidades para liderar el proyecto desde lo técnico. El presupuesto no es acorde al mercado. 58,8 NO VIABLE

10880 21684 A-MAQ S.A. 811025080 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 87,0 VIABLE

2640 21691 DREAM HOUSE STUDIOS S.A.S 9006855116 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE : el capital de trabajo (16,899,255.81) es inferior a la contrapartida en efectivo (72,000,000.00) NO VIABLE

NO ES VIABLE: No se presenta de manera clara la solución técnica que se desea desarrollar, se plantea de forma muy general el concepto que se desea implementar, pero la implementación y su campo de aplicación no es descrito correctamente. Adicionalmente, el problema a abordar y el estado del arte de la propuesta carece de una apropiada descripción y la metodología no explica como se desarrollará el proyecto y que herramientas y métodos serán utilizados. Un punto importante del cual carece la propuesta es de que forma de evaluará y validará que la solución es apropiada para su uso en realidad virtual y para su aplicación en educación y entrenamiento. Finalmente, no esta definida de manera clara la contribución o factor diferencial del sistema propuesto con los existentes en el mercado y de que manera la solución propuesta se articularía con una demanda presente en el mercado actual.

45,5 NO VIABLE

3040 21695 CINERGY SAS 900504644 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,8 VIABLE

1697 21701 GRUPO MOVILIDAD SAS 900693723-4 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE: el monto de contrapartida en efectivo es inferior (0.00%) al monto en especie (100%); el monto total de los recursos del SENA asignado al plan de transferencia es superior (100%) al monto de contrapartida (0.00%) descrito en los pliegos.

NO VIABLENO VIABLE: El proyecto presente vacios en su formulacion, si bien la problemática que pretende abordar es pertinente y relevante para la ciudad y el pais, no se claro en cual es la magnitud del problema y la metodologia para lograr el proposito

42,3 NO VIABLE

3483 21705 UBIQUOM S.A. 900221377 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,8 VIABLE

9252 21713 SATRACK SAS 8300596933 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE: El monto total de los recursos de contrapartida asignado al plan de transferencia es menor (47, 62%) que el monto total de los recursos del Sena asignado al plan de transferencia (52,3

VIABLE 73,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2912 21736 GRUPO KHAM S.A.S 8110403839 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta documento que certifique el pago de seguridad social; Falta la firma del líder SENNOVA en el anexo 7. NO CUMPLENO CUMPLE: el monto de contrapartida en efectivo es inferior (34.73%) al monto en especie (65.27%); el monto de recursos del SENA asignado al plan de transferencia es superior (64.86) al monto de contrapartida (35.14%) descrito en los pliegos.

NO VIABLE

NO VIABLE: El problema se plantea de una manera muy "macro", dificultando la identificación de un problema puntual dentro de la oferta tecnológica actual para la terapia anti-estrés. Los objetivos y metodología planteados no permiten entender la arquitectura de la solución, cuáles componentes se requieren desarrollar y cuáles se pueden comprar existentes e integrar, y si es el caso, cómo integrarlos. Ésto dificulta la evaluación técnica del nivel de innovación y de las barreras de entrada para posibles competidores. En general, el producto parece tener elementos muy interesantes para justificar su construcción, así como lo es el excelente equipo humano detrás, sin embargo hace falta argumentación técnica, metodológica y de cifras de mercado para lograr la viabilidad en ésta convocatoria.

69,0 NO VIABLE

2162 21737 RUTECH S.A.S 900369282 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta fotocopia de la cédula, tarjeta profesional y Certificado de antecedentes del contador o revisor fiscal CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: El proyecto esta mal formulado conceptualmente. el planteamiento del problema y el estado del arte son superficiales. Los objetivos y la metodología deben ser congruentes. El presupuesto debe ser ajustado y explicitado con mayor detalle, al igual que los perfiles de los investigadores. Se deben buscar otros mecanismos de transferencia efectivos para beneficiarios directos e indirectos.

60,8 NO VIABLE

2303 21749 SISDECO S.A.S 900494493 Antioquia Antioquia NO CUMPLENO CUMPLE: el Anexo 6 se entrega firmado de forma completa, pero no aparece cuál va a ser la función de cada persona en el proyecto. Falta cédula y certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores para el contador que firma los documentos.

NO CUMPLE NO CUMPLE: Monto de la contrapartida en efectivo ($29.897.799), es menor que la contrapartida en especie ($30.000.000). Esta última es del 50.09% del valor total de la contrapartida VIABLE 90,5 NO VIABLE

12882 21778 INTEGRADORES DE INFORMACIÓN S.A.S 900349668 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,8 VIABLE3244 21795 CODISCOS S.A.S 890900229 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,3 VIABLE

13088 21815 SIGNA CONSULTORES 830511029 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE debido a que el plan de transferencia no cuenta con el visto bueno del lider de SENNOVA NO CUMPLENO CUMPLE por las siguientes razones:El monto de la financiación solicitada es superior al 80% y los valores de la contrapartida en efectivo no corresponden con los presentados en el SIGPEl monto de contrapartida solicitdo al sena para el plan de transferencia es superior al 50%

NO VIABLENO VIABLE: la metodología de ejecución del proyecto no fue detallada adecuadamente. El equipo de trabajo para ejecutar el proyecto es muy limitado y hay rubros en el presupuesto que no se definen de forma clara y detallada. No se identifican correctamente los beneficiarios o el mercado al cual esta orientada la propuesta que plantean en el documento.

63,5 NO VIABLE

480 21149 SETEIN S.A.S 811036126-7 Antioquia Antioquia CUMPLE NO CUMPLE El monto de contrapartida en efectivo es inferior (47,70%) al monto de contrapartida en especie (52,30%) NO VIABLENO VIABLE: La metodología planteada no permite identificar como se resolverán algunos de los objetivos específicos. Consiste simplemente en una lista de actividades generales. Este proyecto busca más el desarrollo de un prototipo funcional que un producto que sea comercializable y que permita la generación de nuevos empleos o un incremento de la productividad de la empresa proponente.

65,5 NO VIABLE

2167 21206 ION HEAT SAS 900536520 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 92,5 VIABLE

1202 21282 ALIMENTOS FRUTASA 811007580 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: los valores contemplados en el Anexo 1 no coinciden con los registrados en el SIGP; no se incluyen los estados financieros a diciembre de 2014 NO CUMPLENO CUMPLE: la empressa no solicita fianciación al SENA; el capital de trabajo (24,239,691) es inferior a la contrapartida en efectivo (184,500,000); en el Anexo 1 los valores solicitados al SENA y la contrapartida de la empresa no coinciden con lo registrado al SIGP; en el rubro insumos y materiales se contempla materiales e insumos para fabricación de una filtroprensadora la cual no es un bien consumible y constituye un bien de capital

NO VIABLE

NO VIABLE: Si bien el proyecto se presenta como una oportunidad de mejora dentro de la empresa, gracias al desarrollo de nuevos productos y adicionalmente se apoya en la experiencia importante en el sector de Alimentos Frutasa. la NO VIABILIDAD del mismo se da por la poca evidencia presentada de otros componentes importantes en la estructuración del proyecto, comenzando por la no descripción de la capacidad de los ejecutores; ya que solo se identifica un cargo dentro de los 5 propuestos y se desconoce entonces la capacidad técnica y de operación del proyecto dentro de la empresa, perfiles profesionales, experiencia en el área, experiencia en investigación e innovación entro otros ejemplos que pueden ser plasmados dentro de cada proyecto. Adicionalmente tampoco se evidencian indicadores, fuentes de verificación o metas de los tres productos principales, lo que no permite un seguimiento adecuado por parte de los verificadores del proyecto y tampoco garantiza una apropiación de los resultados al no estructurar una documentación que soporte los procesos establecidos dentro de la metodología. En general se recomienda revisar la estructuración de estos componentes para potencializar futuras propuestas ya que se evidencia potencial de crecimiento, desarrollo e innovación dentro del proyecto.

66,5 NO VIABLE

10187 21313 INNOVACIONES ACTUM S.A.S 9006201581 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,8 VIABLE

1089 21615 CORPORACION INCUBADORA DE EMPRESAS GENESIS 811016499-3 Antioquia Antioquia NO CUMPLE

NO CUMPLE:1) El anexo 1 para Incubadora de Empresas Genesis se encuentra firmado por un representante legal encargado y no el que se presenta en el certificado de existencia y representación legal2) De acuerdo al certificado de existencia y representación legal el representante legal no esta facultado para celebrar contratos que superen los 30 SMLMV, para estos debe contar con autorización del consejo directivo y no se anexa el documento de autorización.3) El anexo 2 para Incubadora de Empresas Genesis se encuentra firmado por un representante legal encargado y no el que se presenta en el certificado de existencia y representación legal. El valor correspondiente a la contrapartida en efectivo lo coincide con el valor registrado para la empresa Bonaire Servicios Especiales S.A.S.4) El anexo 3 para Incubadora de Empresas Genesis se encuentra firmado por un representante legal encargado y no el que se presenta en el certificado de existencia y representación legal.5) Se presenta la fotocopia de la cédula del repesentante legal encargado para Incubadora de Empresas Genesis y no el que se presenta en el certificado de existencia y representación legal

NO CUMPLE, no se presentan:1) Aportes parafiscales destinados al SENA o demostración de no estar en obligación.2)De acuerdo al certificado de existencia y representación legal el representante legal no esta facultado para celebrar contratos que superen los 30 SMLMV, para estos debe contar con autorización del consejo directivo y no se anexa el documento de autorización.3) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.4) No se presenta el oficio de "No estar incurso en inhabilidad e incompatibilidad alguna para contratar con el Estado".

NO CUMPLENO CUMPLE: El porcentaje de contrapatida en efectivo ($37.500.000) es menor del 50% de total de la contrapartida ($80.200.000) y por lo tanto, la contrapartida en especie ($42.700.000) excede el 50% permitido. El indicador de capital de trabajo para la empresa Bonaire Servicios Especiales es negativo, inferior a la contrapartida en dinero para la propuesta ($6,900,000)

VIABLE 74,5 NO VIABLE

10829 21120 CRYSTAL S.A.S 8909016725 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,3 VIABLE11901 21257 CARGA SAS 890935085-8 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,5 VIABLE12123 21391 SUMICOL SAS 8909001207 Antioquia Antioquia NO CUMPLE NO CUMPLE: No se adjuntan documentos de identidad de la contadora que certifica dicho dcoumento (Sofía Iriarte Florez). No se adjunta copia del Rut NO CUMPLE NO CUMPLE: El capital de trabajo (-23.905.000.000) es menor a la contrapartida en efectivo (134.724.000) VIABLE 82,8 NO VIABLE12852 21514 ELECTRO PORCELANA GAMMA 8909001214 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 90,0 VIABLE

252 21672 SOLUCIONES ENERGÉTICAS Y DE AUTOMATIZACIÓN 900409666 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,0 VIABLE

2477 21483 BIALTEC SAS 900456603 Antioquia Antioquia CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO ES VIABLE: porque no se enmarca dentro de las condiciones de la convocatoria enfocada al fomento de innovación y desarrollo tecnológico dentro de las empresas, si bien Bialtec presenta un producto innovador, este ya se encuentra en etapa de comercialización y el proyecto planteado busca implementar dicho desarrollo en un nicho de mercado potencial, en esto orden de ideas, el planteamiento del problema, los objetivos y la metodología, no llevan a fomentar la generación y/o fortalecimiento de capacidades de innovación y desarrollo tecnológico dentro de la empresa; por ejemplo a partir del mejoramiento de un proceso, la búsqueda de soluciones tecnológicas de algún problema de producción o la incorporación de nuevas formas de producir el cultivo de células vivas. Por consiguiente la propuesta presentada se desvía de los objetivos finales de la convocatoria

53,0 NO VIABLE

1824 21745 ZUMIPULPAS 98481145-9 Antioquia Antioquia NO CUMPLENO CUMPLE: No incluye documento que certifique el pago a parafiscales; No incluye documento que certifique el pago de seguridad social; No incluye fotocopia del documento de identidad del representante legal; No se adjunta fotocopia de la tarjeta profesional ni el Certificado de antecedentes expedido por la Junta Central de Contadores; No incluye fotocopia del RUT de la empresa.

CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: No se trata realmente de un proyecto de innovación sino de apropiación tecnológica. El alcance del proyecto consiste en contratar una persona que se encargue de instalar una tecnología existente de paneles fotovoltaicos en las instalaciones de la empresa en sopetran, sin que esto genere un valor agregado al producto comercializado por la empresa. El proyecto generaría beneficios económicos a través de la reducción de los costos asociados a la refrigeración industrial pero no tendría un impacto positivo o un valor agregado en las transferencias tecnológicas que se derivasen de la ejecución del proyecto.

63,0 NO VIABLE

96 21704 TEJIDO DIGITAL S.A.S. 900580337-9 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,8 VIABLE

3523 21213 KAEL INGENIEROS S.A.S. 802013620 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa plantea la contratación de servicios tecnológicos para la realización de un estudio de mercado, lo cual supone una inhabilidad de acuerdo al articulo décimo quinto, Acuerdo 16 de 2012, donde se estipula que no se aportarán recursos del SENA ni recuros de la contrapartida, para acciones de diagnósticos, asi como estudios sectoriales, locales, regionales, nacionales o de tecnologías.

VIABLE 78,5 NO VIABLE

3002 21244 EXTREME TECHNOLOGIES SAS 9000342735 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,5 VIABLE9247 21249 WISAMA GROUP 900518805-1 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE1813 21299 ODESA CARIBE SAS 900409543 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,5 VIABLE

3549 21402 JR MONTAJES Y SOLUCIONES DE INGENIERIA SAS 900282985-3 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto no es viable. La metodología planteada, bajo la cual se asigna a un tercero bajo subcontratación la realización del desarrollo, creación de la estructura de la aplicación y de aplicar pruebas y capacitaciones genera una situación conflictiva para la ejecución y realización exitosa del mismo y puede comprometer los recursos asignados. El rubro del personal, 75% del monto solicitado, no está especificado claramente por persona. Las plataformas para la gestión energética son necesarias y la idea tiene un carácter innovador, pero la metodología debe decir cómo se ejecutará el proyecto para el logro de los objetivos. El proyecto debe ser reformulado y escrito claramente.

61,8 NO VIABLE

2056 21409 FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DEL CARIBE 800112725-4 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,3 VIABLE

2054 21415 CLÍNICA OFTALMOLÓGICA DEL CARIBE 890116150-5 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLENo es viable ya que en el estado del arte existen muchas alternativas de sotware que solucionan la temática planteada, inclusive con alcances mayores a los que el proyecto ofrece, un ejemplo de este es la plataforma clinic cloud, además de que habla de un componente de reconocimiento de voz y texto sin aclarar de que se trata

61,0 NO VIABLE

3329 21418 TECHNISUPPORT SAS 900272720 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 90,0 VIABLE10555 21423 ADAPTING AMERICA SAS 900417944-3 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,5 VIABLE

2203 21434 SUPERBRIX S.A. 802000989 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 99,0 VIABLE

2403 21456 FUNDACIÓN PROYECCIÓN HUMANA COLOMBIA 900296163 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa contempla la contratación de la empresa Prointegral SAS para: Identificar las necesidades de conocimiento técnico por parte de Empresas Colombianas. Esto supone una inhabilidad, teniendo en cuenta que en el artículo décimo quinto, Acuerdo 16 de 2012 se prohibe la utilización de recursos para acciones de "Diagnósticos, asi como estudios sectoriales, locales, regionales, nacionales o de tecnologías".

VIABLE 70,0 NO VIABLE

9250 21461 CLINICA PORTOAZUL S.A 9002488821 Atlántico Caribe NO CUMPLE

1)El 17/08/19 a la empresa se le pidió un certificado firmado por el representante legal o revisor fiscal, donde manifieste sí eso no aportante de parafiscales destinados al Sena. El 19/08/16 la empresa no respondió debidamente a este requerimiento, puesto que anexó el certificado de cumplimiento a seguridad social y éste no correspondía. Por esta razón no cumple. 2) El 17/08/19 a la empresa se le pidió modificar los valores del anexo 7 puesto que no coincidían con los presentados en el SIGP. El 19/08/16 la empresa envió el anexo corregido pero la fecha de la firma del líder Sennova no correspondía con la fecha en que la empresa hizo la modificación del anexo. Sí hizo una modificación, debe pedir nuevamente la firma del líder. Por esta razón no cumple. Se pide a la empresa enviar la fotocopia de la cedula del representante legal suplementeque firmó este anexo.

NO CUMPLELa propuesta económica presentada en el proyecto formulado por la empresa Clínica Porto Azul no cumple porque el capital de trabajo de la compañía para el año 2015 es inferior a la contrapartida en efectivo aportada por esta en la formulación del proyecto. Lo cual es una causal de rechazo según al numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III de la convocatoria: Capacidad de liquidez (Capital de trabajo)

VIABLE 77,5 NO VIABLE

151 21569 INOXIAPIS E.U. 900280875-2 Sucre Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Por otra parte, La empresa plantea la compra de motorreductor de dos etapas con recursos del SENA, lo cual constituye un bien de capital. Según el pliego definitivo, la empresa no podrá adquirir bienes de capital con recursos otorgados por el SENA en el desarrollo del proyecto.

VIABLE 71,5 NO VIABLE

10307 21466 ITELKOM SAS 900411710 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE218 21606 CURTIEMBRES BUFALO SAS 890101058-1 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE

3319 21510 INVERSIONES HOTELERAS ITACA S.A.S 900418160 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 83,8 VIABLE1517 21546 C.I NATURMEGA S.A 9001153867 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE

336 21551 PRODUCTOS ORIGO S.A.S. 900688957 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero.

NO VIABLE

NO VIABLE: En cuanto a la pertinencia del proyecto se debe mejorar la presentacion de los objetivos, en el estado el arte se debe exponer no solo el creciente sector de la bebidas en colombia sino tambien contextualizar mas acerca de los estudios que se van a desarrollar ya que este es el factor mas relevante del proyecto, el planteamiento del problema de ser presentado de tal menera que quede clara la necesidad de realizar los estudios y ademas, se debe evidenciar las causas del problema y realizar una descripció de la situacion actual. La metodologia planteada no esta desarrollada, toda vez que no presenta los pasos, procesos o actividades necesarias para desarrollar el proyecto. No es claro en el proyecto porque es importante desarrollar los estudios. En terminos de impactos no es claro como mejorara la empresa su competitividad con el desarrollo de los estudios. Si bien el proyecto menciona los profesionales que requiere no estable los perfiles ni la experiencia necesaria para la participacion en el proyecto. Los productos propuestos son claros pero deben estar mejor articulados con los objetivos.

48,8 NO VIABLE

311 21595 AIR BATALLA 900 610 620 - 9 La Guajira Caribe NO CUMPLELa empresa no cumple por las siguientes razones:1. El anexo 7 presenta inconsistencia, ya que el valor total que aparece en el SIGP es distinto al que figura en el anexo enviado.2. El anexo 2 en la parte de valores se pide es Contrapartida en dinero, contrapartida en especie y total de contrapartidas, ya que los valores que figuran en el anexo enviado son distintos.

NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012 especificada en el Pliego definitivo, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero.

NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE, dado que no se enmarca dentro de una estrategia de la línea programática (Ver numeral II.5 de los Pliegos de esta Convocatoria): *El proyecto no se trata de la implementación de un producto a partir de investigación aplicada (en la Metodología no hay sustento de ello). *Tampoco muestra una estrategia para lograr el fortalecimiento de la competitividad de la empresa. *Tampoco hace alusión al diseño, apropiación y desarrollo de buenas prácticas, sino al desarrollo de un producto.

Si bien es cierto que se plasma un problema claro, los objetivos se limitan a la construcción de un prototipo sin mostrar cómo este permitirá el incremento en la productividad de Air Batalla de MANERA VERIFICABLE, desconociendo su articulación con el mercado que se expone en el Planteamiento del Problema. Finalmente, los objetivos específicos como los resultados, apuntan y se limitan a la obtención de dicho prototipo.

34,0 NO VIABLE

1848 21570 MATCH OVERSEAS SAS 9000813061 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 90,5 VIABLE2141 21602 GOCARGO SAS 802004356 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 86,8 VIABLE

347 21573 ACUACULTIVOS EL GUAJARO S.A. 806.009.948-1 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 87,5 VIABLE

1074 21594 XIRIUX LTDA 900173547 Sucre Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE. El mismo no presenta claramente el alcance tecnológico y se queda solamente con exponer una idea global de a donde se quiere llegar. Tampoco se muestra claramente cuáles son las ventajas tecnológicas de la solución propuesta sobre la extensa oferta disponible en el mercado por empresas líderes como Google o Apple. Para este evaluador la problemática expuesta puede ser solucionada con una campaña para que los comercios registren sus locales en las aplicaciones ya disponibles.

68,5 NO VIABLE

8493 21659 INVERSIONES EN TIERRAS Y GANADOS DE ARIGUANI S.A.S 900361599-2 Atlántico Caribe NO CUMPLE El 17/08/16 se solicitó a la empresa modificar el anexo 7, puesto que los valores no coinciden con los presentados en el SIGP. El 19/08/16 la empresa envió el anexo corregido, pero no está firmado por el representante legal. Por esta razón no cumple NO CUMPLELa propuesta económica presentada por la empresa Inversiones en Tierras y Ganados Ariguani no cumple, debido a que el capital de trabajo de la compañía para el año 2015 es inferior a la contrapartida en efectivo aportada por el ejecutor en la formulación del proyecto. Lo cual es una causal de rechazo según al numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III de la convocatoria: Capacidad de liquidez (Capital de trabajo)

NO VIABLE

NO VIABLE. Hace falta una revisión de literatura científica más exhaustiva, incorporar los potenciales daños que este proyecto podría traer a largo plazo en el suelo y conocer más sobre la fisiología del cultivo de Stevia en las condiciones ambientales donde se pretende cultivar. El equipo de trabajo necesita una persona con experiencia en fisiología vegetal. Se recomienda una prueba piloto para justificar lo propuesto. La información tomada de las empresas que comercializan agua ozonizada no es rigurosa. Numerosos estudios científicos han estudiado el efecto del ozono en agua de riego y en algunos casos elimina patógenos pero no aumenta la producción, en otros no tiene efecto alguno y en otros resulta ser fitotóxico.

59,3 NO VIABLE

2744 21665 E-PROJECTS 9005141586 Atlántico Caribe NO CUMPLE

La empresa no cumple por las siguientes razones:1. En el anexo 1 los valores de solicitud al SENA, total de contrapartida y total de la propuesta no coinciden con los que figuran en el SIGP. 2. El anexo 7 no se encuentra firmado por el líder SENNOVA.3. Los valores del anexo 2 no coinciden con los del SIGP.

NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero.

VIABLE 84,4 NO VIABLE

1157 21462 MCA SYSTEM SAS 900382317 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto presenta una calificación NO VIABLE. Es necesario argumentar si el modelo aplicado a la empresa sería extendido al sector para una real apropiación del conocimiento y aumento de la competitividad enmarcado en el beneficio general de la comunidad, puesto que se presenta solamente como un beneficio particular a una empresa.No es clara la forma como los resultados permitirán verificar el cumplimiento de los objetivos, ni como los objetivos apuntan a aprovechar la oportunidad de solucionar problemas tecnológicos planteados.

68,8 NO VIABLE

1408 21670 SOLUCIONES DE INGENIERIA AYH S.A.S. 900604801 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 93,5 VIABLE1447 21482 ASISTENCIA MEDICA INMEDIATA AMEDI S.A.S 824005609 Cesar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 86,3 VIABLE

1480 21621 AGROPECUARIA LOS NISPEROS S.A.S. 900141763 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incluye la Compra de póliza dentro del rubro Gastos de administración del proyecto, lo cual no se encuentra permitido dado que la descripción no correponde a actvidades propias de dicho rubro. La compra de póliza debe estar incluida en el rubro Pólizas del convenio a suscribir y ser financiada con recursos de contrapartida.

VIABLE 83,3 NO VIABLE

1728 21640 VIATRANS DEL CARIBE.LTDA 900230901-2 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE2033 21471 TRANSSERVI SAS 825001543 -5 La Guajira Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,0 VIABLE

10242 21781 MOVEO RENTAL 900536388-8 Atlántico Caribe NO CUMPLEA la empresa se le notificó el 11/08/16 que debía modificar los valores del anexo 7 puesto que no correspondían a los que se encuentran el SIGP, además que no contaba con el VoBo del líder Sennova. El 16/08/16 la empresa envió el anexo nuevamente, pero este persistía con los mismos errores del anexo anterior. Por esta razón no cumple

NO CUMPLE

La propuesta económica de la empresa Moveo Rental no cumple debido a que no cumple con el monto mínimo del plan de transferencia al SENA el cual se encuentra estipulado como, al menos, el 3% del valor total del proyecto, donde la empresa solo destina el 2,87% del valor total del proyecto . Así mismo, la empresa asigna más del 50% de este plan de transferencia con recursos cofinanciados por el SENA.La anterior causal de rechazo se puede verificar en el literal C) (Página 41 de los pliegos), del literal C Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV del pliego

NO VIABLE

El proyecto no es viable. Si bien los sensores de nivel son necesarios porque permiten, a través de un sistema integrado, optimizar los recursos hídricos, en la industria nacional hay oferta de dichos sistemas. El proyecto busca desarrollar un prototipo de sensor de nivel local, bajo el argumento de que actualmente en la industria no existe una solución integrada, económica y fácil de implementar para usuarios inexpertos. Sin embargo, la metodología y el planteamiento de la propuesta no muestra cual es la línea de desarrollo que tomará para generar dicho producto, realmente innovador y competitivo. Esto dado que buscará una patente como producto. Es un proyecto que involucra varias áreas, instrumentación, control, comunicaciones, programación, entre otras. Los integrantes del equipo desarrollador no muestran experiencia en estas áreas.

62,5 NO VIABLE

2110 21783 COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y LOGISTICA EFICAZ 806014425 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,8 VIABLE

2174 21480 SURTIGAS S.A. E.S.P 890400869-9 Bolívar Caribe NO CUMPLE

A la empresa se le pidió subsanar una serie de documentos dentro de los cuales se encontraban el anexo 1 y el anexo 7, estos documentos todavía presentan errores y son:

1. El anexo 1 presenta una leve modificación, ya que luego de la frase "Que me comprometo a otorgar las garantías requeridas" colocan una frase distinta al del modelo original.2. El anexo 7 sigue presentando error, ya que el valor puesto en el presupuesto en la parte de financiación del SENA aparece valor de 9.000.000 y en el SIGP figura valor de 30.000.000. Así mismo, se hace saber que el anexo tiene las firmas del líder SENNOVA y del representante legal invertidas, es decir, que una esta en el espacio que le corresponde a la otra.

NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que "Del total de la contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero", especificada en el Pliego Definitivo. Por otra parte, la empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otro lado, la empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Finalmente, la empresa no envió las aclaraciones donde se solicitaba especificar detalladamente los Materiales de Consumo para construccion de prototipo, incluidos dentro del rubro Insumos y Materiales.

NO VIABLEEl proyecto es interesante en su concepto, pero no se encuentra bien planeado, los objetivos no muestran como se puede llegar al resultado final, la metodología no se encuentra alineada con los objetivos, los equipos no se especifican si son dessarrollo o compra. El personal de trabajo debe incluir otros profesionales del área de diseño de equipos. En general, no se observa como se pueda llegar al objetivo final a tarvés de este proyecto.

44,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2177 21518 ASESORIAS SERVICIOS CONSTRUCCIONES SAS 825003676-5 La Guajira Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa incluye en el rubro "Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad Industrial nacional" el pago de honorarios de Oficial de Construcción, lo cual no corresponde a una descripción propia de dicho rubro.

VIABLE 79,0 NO VIABLE

6759 21813 INVESTIGACIÓN EN PSICOLOGÍA DEL CONSUMIDOR 900246198-0 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. La descripción del rubro Diseño de prototipos no corresponde a actividades propias de dicho rubro, dado que la empresa plantea la contratación de "Empresa desarrolladora de Plataforma Virtual" lo cual corresponde al rubro de Pago de Servicios Tecnológicos. Finalmente, la empresa plantea la realización de inventario sobre las condiciones actuales de producción y comercialización agrícola y eco-artesanal en el departamento del Atlántico, lo cual corresponde a un diagnóstico y estudio sectorial, lo cual se encuentra prohibido en el artículo décimo quinto del Acuerdo 16 de 2012, en el cual se estipula como rubro no financiable la realización de "Diagnósticos, así como estudios sectoriales, locales, regionales, nacionales o de tecnologías".

VIABLE 87,7 NO VIABLE

11401 21834 CEPA 802022468-7 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLEEl proyecto presentado por la empresa CEPA no cumple porque el capital de trabajo de la compañía para el año 2015 es inferior a la contrapartida en efectivo aportada por el ejecutor en la formulación del proyecto. Lo cual es una causal de rechazo según al numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III de la convocatoria: Capacidad de liquidez (Capital de trabajo)

NO VIABLESi bien la propuesta se orienta a una población beneficiaria final (población discapacitada) muy importante, la falta de información que de cuenta clara de la propuesta hace difícil considerar mejor esta iniciativa, ya que se carece de elementos verificables que ayuden a estimar de forma real el impacto del mismo, así como el cumplimiento de los objetivos general y específicos afines a iniciativas como la que aquí se propone.

54,8 NO VIABLE

953 21836 PROCAPS S.A. 890106527 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

87 21845 PRODUCTOS CAMPESTRE S.A.S. 900515947-5 Atlántico Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Por otra parte, en el producto No PF02, dentro del rubro Aportes parafiscales, se describe (Máquina dosificadora de vaso automático Monoblock (Velocidad: 1200 unidades/hora)), la descripción no corresponde al rubro especificado.

NO VIABLEEl proyecto no es Viable dado que no se evidencia una coherencia metoldológica y no se evidencia un proposito a alcanzar en el mismo. Los elementos planteados en el proyecto dentro del componenete de innovación y desarrollo tecnologico no evidencian claramente las mejoras significativas o incrmentales en temas de la competitividad de la empresa.

49,5 NO VIABLE

3890 21565 EASY INVESTMENTS SAS 900584683 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE – La propuesta concentra su estrategia en la transición de comercialización a producción, lo cual implica fortalecimiento técnico y tecnológico de la organización y debe incorporar actividades que no sólo faciliten la interacción con personal especializado y maquinaria sino desarrollos conjuntos (del equipo existente y el equipo de proyecto) además de tener un objeto de trabajo que concentre la propuesta de valor, en la propuesta es ausente como estrategia, puesto que tener una estrategia de innovación y/o competitividad sin definición de producto aumenta los tiempos de aceptación en mercado dificultando que la inversión realizada logre los fines de las líneas programáticas de la convocatoria. De igual manera los costos relacionados con desarrollo de producto se concentran únicamente en un rubro de insumos y materiales subestimando la complejidad del desarrollo de prototipos que logren lo definido por los impactos esperados, no se esfuerza por tener detalles en la construcción de una oferta diferencial o de disminución de costos. El manejo general de la propuesta evidencia la tercerización de varias actividades claves en las justificaciones de sus rubros, favoreciendo en exceso a Punto Estratégico SAS sin dedicar esfuerzos presupuestales y humanos a la construcción de capacidades propias en la empresa proponente.

36,8 NO VIABLE

2407 21500 HUMANOS SIRVIENDO SAS 900195080 Cesar Caribe NO CUMPLESe le pidió al proponente subsanar los anexos 6 y 7 ya que la información que contienen no coinciden con la que figura en el SIGP. Los documentos fueron enviados el 16/08/2016 a las 11:11 PM presentando los siguientes errores: 1. Corregir los valores del anexo 7 ya que estos no concuerdan con los que figuran en el SIGP. Así mismo se solicita que el líder SENNOVA firme dicho anexo.2. Corregir anexo 6, ya que en la última casilla figuran 3 personas de la cual solo una se encuentra en el SIGP; las otras 2 no figuran en el SIGP.

NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no envió en el plazo legal estipulado de 2 días hábiles las aclaraciones económicas en las cuales se le solicitaba detallar la forma en la cual se llevará a cabo el Plan de transferencia de tecnologia y especificar detalladamente los "equipos para mejor procesamiento" incluidos en el rubro "Adquisición Equipos y Software".

NO VIABLE

El proyecto se trata de una mejora de un proceso productivo que redundará en la actividad de la empresa, sin embargo no aporta ningún valor agregado al segmento de mercado al que se está enfrentando ni a la cadena de valor de la industria a la que pertenece. Por tal motivo al no tener un impacto significativo para la generación de valor en el mercado , no se trata de una innovación que impacte al consumidor final. Se entiende que es una innovación para la empresa vía reducción de costos, sin embargo no se diferencia de los competidores, por lo cual se puede correr el riesgo que la innovación no genere el impacto esperado. Es importante resaltar que aunque las innovaciones sean procesos deben verse reflejadas en el producto final, en este caso en particular no se evidencia ninguna relevancia.

67,8 NO VIABLE

6782 21243 HOTEL AVENIDA BUENOS AIRES 900377792 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa incumple la normatividad que estupila que el aporte de la contrapartida en dinero será mínimo del 50% del valor total del aporte de contrapartida.A la empresa se le solicitó explicitamente explicar por qué se incluye la "Metalmecánica del prototipo" dentro del rubro Costo Personal no Calificado, sin embargo en las aclaraciones la empresa se limita a describir la metalmecánica del prototipo pero no explica por qué está incluida dentro del rubro anteriormente mencionado, de tal manera que no cumple con la aclaración solicitada.Finalmente, a la empresa se le solicitó enviar Balance General y Estados de Resultados 2014-2015. La empresa envío Estados de resultados, sin embargo no envió Balance General 2015. Es importante resaltar que el Balance General 2015 es requisito indispensable para la realización de la verificación económica.

VIABLE 86,5 NO VIABLE

1238 21256 FUNERARIA LORDUY S.A 890402047-0 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnológica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa incumple con la normatividad plasmada en el Pliego Definitivo, donde se estipula que "Del total de la contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero".

VIABLE 86,3 NO VIABLE

510 21258 HELPMEDICA SAS 900129513 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. En el Producto No R6P07, dentro del rubro Costo Personal Técnico Especializado, la empresa incluye Gastos de papelería, contabilidad, personal administrativo y servicios públicos, aspectos no correspondientes a dicho rubro.

VIABLE 71,0 NO VIABLE

2612 21646 EDITORIAL ORÍGENES SAS 900467652-1 La Guajira Caribe NO CUMPLEA la empresa se le notificó el 17/08/16 que debía modificar el anexo 7, puesto que los valores presentados no coinciden con los que se encuentran en el SIGP. Además, le faltaba incluir los productos y/o actividades a desarrollar enla transferencia tecnológica que aparece en el modelo del anexo 7 enviado a las empresas. El 19/08/16 la empresa envió el anexo con los valores ajustados al SIGP, pero sin los productos y/o actividades de la transferencia tecnológica. Adicional a esto, la fecha del VoBo del lider sennova no corresponde a la fecha en la que la empresa hizo la modificación del anexo. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La propuesta económica del proyecto formulado por la empresa Editorial Origenes no cumple por las siguientes razones:1. La contrapartida en efectivo del proyecto es inferior al 50% de la contrapartida total. Lo cual es una causal de rechazo contemplada en el literal C), numeral 7), del capítulo II (página 16 del pliego de la convocatoria) 2.En la formulación del proyecto, el SENA cofinancia más del 50% del plan de transferencia correspodiente al proyecto. El cual es una causal de rechazo con base al numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego de la convocatoria.

VIABLE 84,3 NO VIABLE

2851 21793 HSEQ CONSULTORIA EN GESTION INTEGRAL DEL RIESGO SAS 900607895 Atlántico Caribe NO CUMPLE

A la empresa se le pidió subsanar una serie de documentos y no hizo envío de ellos. Por lo tanto no cumple por las siguientes razones:1. Se solicitó verificar y corregir la información aportada en el anexo 6, ya que esta no concuerda con la del SIGP.2. Se solicitó verificar y corregir la información aportada en el anexo 7, ya que esta no concuerda con la del SIGP.3. Se solicitó aportar la documentación de los estados financieros de los años 2014 - 2015.

NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no envió en el plazo legal estipulado de 2 días hábiles las aclaraciones económicas en las cuales se le solicitaba enviar Balance General y Estados de Resultados 2014-2015, especificar y detallar los Insumos Y Materiales para el desarrollo del proyecto, especificar los "equipos para diseño software", que serán empleados en el rubro Arrendamiento de Equipo (no disp. por ejecutores) y detallar los Gastos Generales, incluidos en el rubro Gastos de administración del Proyecto.

NO VIABLEEl concepto tecnico final es NO VIABLE. No existe claridad sobre la forma en que la solución propuesta resolverá las necesidades identificadas y de impactos puntuales. Igualmente, la inversión a realizarse justificaría un proyecto que vaya más allá del diseño. En términos de valor agregado no se identificaron suficientes aspectos diferenciadores de la propuesta. Propone personal con experticia principalmente sobre la disciplina del proyecto más que en el tema tecnológico.

46,0 NO VIABLE

64 21376 SUMINISTRA COLOMBIA SAS 900627507 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO ES VIABLE. Es dificíl percibir en la formulación del proyecto el impacto económico que va a tener éste para a empresa. Por otra parte, no hay garantía que el diseño de la herramienta impacte positivamente en lo que se hace en la actualidad. La inversión es alta en términos de las ventas de la empresa en el último año.

38,8 NO VIABLE

2940 21777 ACEITES S.A. 802005075-4 Magdalena Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE

2999 21520 COOPERATIVA AGROINDUSTRIAL DE BETULIA 900009924 Sucre Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, en la cual se estipula que el capital de trabajo de la empresa debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Por otra parte, la empresa incumple la normatividad plasmada en el Pliego Definitivo la cual estipula que "Del total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero".

VIABLE 71,0 NO VIABLE

6388 21513 AP LOGISTIC SERVICE S.A.S 900414148 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,5 VIABLE

2465 21550 COMERCIALIZADORA EL PINTOR SAS 90039204-3 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA.

NO VIABLE

El proyecto no es viable. Se busca una solución en la cadena productiva optimizando el proceso de manejo de inventarios con tecnología RFID, pero no hay carácter innovador en la propuesta. Este tipo de sistemas existen y pueden ser adquiridos en el mercado a menor costo que el presentado en esta propuesta. La metodología no lleva al logro de los resultados. En una empresa con tanta diversidad de productos (líquidos, metálicos, entre otros) uno de los primeros puntos a tratar es la búsqueda de etiquetas RFID apropiadas. Esto ni se mienta en la metodología. El equipo de trabajo no tiene experiencia en desarrollos con la tecnología RFID que es la base del proyecto. El rubro de personal y “asesoría especializada” es poco claro, pues no indica que tipo de experto se necesita y los rubros asignados para expertos en RFID por ejemplo son muy bajos.

51,5 NO VIABLE

3009 21293 IWIN SAS 900369142-7 Magdalena Caribe NO CUMPLE1) El 17/08/16 se le pidió a la empresa modificar el anexo 5, puesto que no estaba diligenciado el campo que corresponde al nombre del contador el cual tampoco se menciona en la firma. El 18/08/16 la empresa envió el anexo corregido, pero la persona que lo firmó no corresponde a Rafael Osorio, de quien se tiene la fotocopia de la cedula, de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes. Por esta razón no cumple

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto es No Viable, pues tiene un foco importante en fortalecer el área comercial de la empresa, que va en contra de la visión inicial de la convocatoria. Los aspectos técnicos siguen de manera más cercana los objetivos de la convocatoria, pero la inclusión de objetivos como el incremento de la fuerza comercial en el país opacan el factor de innovación de la propuesta. Además, algunos aspectos primordiales para demostrar el manejo del tema y los procesos como son la definición de una buena metodología , estado del arte y planteamiento del problema, tiene un nivel muy pobre de desarrollo. Esta convocatoria busca desarrollar los procesos de innovación, y si esta no tiene una buenas bases técnicas y científicas, con altas prbabilidades no cumplirá los objetivos o estos no tendrán la calidad esperada.

66,0 NO VIABLE

7819 21597 AJOM INVERSIONES S.A.S 900588886 Bolívar Caribe NO CUMPLE

A la empresa se le pidió subsanar los siguientes documentos, pero el envío lo hizo por fuera del tiempo establecido (18/08/2016) 1. Se solicitó a la empresa verificar y corregir el anexo 5, ya que no corresponde al modelo original de este (Ingresos Operacionales años 2014 - 2015, agregar que no se encuentran en régimen de insolvencia).2. Se solicitó a la empresa corregir y enviar el anexo 1, ya que este no corresponde al modificado por la adenda No. 3.3. Se solicitó a la empresa ser más especifica en cuanto a la información de si son o no aportantes parafiscales del SENA, así como enviar certificado de aportes parafiscales para aportes de prestaciones sociales (ART 50 LEY 789 DE 2002).4. Se solicitó a la empresa verificar y corrregir la información del anexo 2 correspondiente al aparte de la contrapartida en dinero, ya que esta no coincide con la plasmada en el SIGP.5. Se solicitó a la empresa a corregir y enviar el anexo 7, ya que este no corresponde al modelo original, fue modificado en la parte de PRESUPUESTO y la información no coincide con el SIGP.

NO CUMPLENO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa en diferentes rubros (Viáticos y pasajes del persona, Insumos y materiales, Adquisición de equipos y software) describe la actividad Diseño del Modelo de Gobierno Corporativo, lo cual no es una actividad acorde a lo estipulado en los Términos de Referencias para dicho rubros.

VIABLE 78,5 NO VIABLE

3062 21447 CONSTRUIR SISTEMAS 900656326-6 Córdoba Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,5 VIABLE8498 21642 ETEC S.A. 890406589-9 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 92,8 VIABLE3469 21613 GOMEZ BACCI S. EN C.S. 824002280 Cesar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 90,8 VIABLE

3536 21791 PRODUCTOS CARIBE SAS 890.403.272-6 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA.

Por otra parte, en la solicitud de aclaración correspondiente al rubro de Insumos y Materiales para el desarrollo del proyecto; la empresa argumenta que alquilará Computadores (para personal SENA), Proyectores y demás equipos para la realización de capacitaciones. Sin embargo, estos elementos corresponden a un rubro diferente (Arrendamiento de equipo).

VIABLE 74,8 NO VIABLE

12546 21620 MOTOCARIBE S.A.S 806015728 Bolívar Caribe NO CUMPLE

A la empresa se le pidió subsanar los siguientes documentos, pero el envío lo hizo por fuera del tiempo establecido (18/08/2016) 1. Se solicitó a la empresa verificar y corregir el anexo 5, ya que se encuentra modificado respecto al modelo original (Colocar que no se encuentra en regimen de insolvencia)2. Se solicitó a la empresa cambiar y enviar el anexo 1, ya que este no corresponde al modificado por la adenda No. 3.3. Se solicitó a la empresa verificar y corregir el anexo 6, ya que se encuentra una persona de más a las planteadas en el SIGP.4. Se solicitó a la empresa verificar y corregir el anexo 7, ya que este se encuentra modificado respecto al modelo original y la información no coincide con la del SIGP.5. Se solicitó a la empresa enviar los estados financieros del año 2015.

NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA.

Por otra parte, La empresa no envió en el plazo legal estipulado de 2 días hábiles las aclaraciones económicas en las cuales se le solicitaba:

Especificar detalladamente los INSUMOS EN GENERAL, incluidos dentro del rubro Insumos y Materiales.

Especificar detalladamente cómo se realizará la transferencia tecnológica al Sena.

Detallar los equipos que serán usados por la empresa en el desarrollo del proyecto, incluidos en el rubro Inversiones en Planta, Adecuaciones, Uso Equipos.

Explicar con mayor detalle la descripción del rubro Viaticos y Pasajes Personal de las entidades ejecutor.

Enviar Balance General y Estados de Resultados 2015, ya que envió dos copias de 2014.

NO VIABLE

No Viable, una vez revisada la información presentada del proyecto se considera que el proyecto no es viable destacando que no se presenta claridad y una adecuada presentación de la problemática ni información estructurada y actualizada de las condiciones actuales que tiene los Montes de Maria en la actualidad, si bien las PYMES no solo a nivel de la Región Caribe sino a nivel nacional son una gran mayoría en el país y son grandes generadores de empleo, su informalidad no solo en procesos administrativos sino también ante entidades estatales y gremiales hace que su impacto sea limitado con relación a la competitividad que pueden realmente tener, la propuesta muestra solo la generación de un modelo de operación sin llegar a destacar como los procesos y/o estrategias asociadas a la innovación puede ser un factor determinante para mejorar su competitividad y bajar los indices de motarlidad empresarial que actualmente hay. Con el fin de mejorar la estructuración de la información se debe evaluar el uso de sistemas de información en el sector teniendo en cuenta el uso, conocimiento y acceso a este tipo de herramientas que tengan las pymes. dado que en su presupuesto se puede ver que tiene presupuesto asignado al desarrollo de protitipos.

69,0 NO VIABLE

11978 21765 AGROPALENQUE SAS 900482918 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLE

El proyecto presentado por Agropalenque no cumple los requermientos económicos debido a que en la formulación del proyecto, el SENA cofinancia más del 50% del plan de transferencia . El cual es una causal de rechazo con base al numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego de la convocatoria. Así mismo, la empresa no fue clara en explicar la relación existente entre el rubro de insumos y materiales con la descripción de seminarios y talleres debido a que no se observó la adquisición de bienes e insumos fungibles en la explicación. Para lo anterior, se le solicitó a la empresa aclaración el día 17 de agosto de 2016 pero la respuesta obtenida no subsanó las dudas expuestas

VIABLE 84,0 NO VIABLE

2230 21481 CUIDADO EN CASA SAS 900461553 Cesar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,8 VIABLE

3686 21375 INVERSIONES TELEMEDIC SAS 900559826-1 Bolívar Caribe NO CUMPLEA la empresa se le solicitó el día 17/08/16 que modificará el anexo 1 porque no es el actualizado que se publicó en la adenda 3, además, los valores presentados en letras no coinciden con las cifras numéricas y el documento le falta la firma del representante legal. El día 19/08/16 la empresa respondió con el anexo 1 corregido pero sin la firma del representante legal. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La propuesta económica no es viable debido a que la convocatoria no permite la adquisición de bienes de capital como maquinaria, equipos electrónicos entre otros cofinanciados con recursos del SENA. Lo anterior se encuentra especificado en el numeral 3, literal d, numeral 12 , del capítulo II (página 23) del pliego de la convocatoria. La empresa contempla la adquisición de 3 computadores los cuales no son bienes consumibles y constituyen ser bienes de capital.El anterior veredicto se generó después de solicitar la aclaración y detalle de la descripción del rubro de insumos y equipos, el día 17 de agosto de 2016, el cual se encuentra registrado en el SIGP como ""compra de equipamiento tecnológico"" con recursos cofinanciados por el SENA. El día 19 de agosto del año en curso, la empresa reportó que este rubro correspondía a la "" compra de equipacmiento tecnológico equipos de cómputo (3 portátiles) para el personal técnico del proyecto, impresora""Así mismo, la empresa contempló el rubro de viajes y pasajes del personal de la entidad, al cual no le asignó ningún valor monetario constituyendose como una información inexacta como se expone en el literal i, literal E, numeral 6, capítulo III (página 37 del pliego de la convocatoria).

VIABLE 70,0 NO VIABLE

3797 21799 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y CONGELADOS MAJA S.A.S. 8000197493 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,3 VIABLE

6836 21231 CLOUDEX SAS 900206808-04 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE. El mismo no presenta claramente (por ejemplo, integración con el sistema de inventario de la empresa) el valor agregado sobre la interfaz de Facebook o sobre otras soluciones parecidas. Tampoco muestra cómo se van a evaluar los resultados del desarrollo dado que el mismo es solo uno interfaz de administración sobre la interfaz de Facebook.

68,0 NO VIABLE

6924 21497 RED DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION 900544152-0 Bolívar Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 92,5 VIABLE

6950 21508 TRANSFARMA S.A.S 900454669-1 Cesar Caribe CUMPLE NO CUMPLELa empresa no cumple los requerimientos económicos debido a que la contrapartida en efectivo,supera el capital de trabajo de la organización del año 2015. Lo cual es una causal de rechazo según las especificaciones económicas expuesta en los pliegos (numeral 3, literal B), del numeral 6, capítulo III página 34)

VIABLE 85,3 NO VIABLE

7034 21773 DYM INVERSIONES SAS 900450433 Atlántico Caribe NO CUMPLE

1)A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que le hacía falta el certificado sobre sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. El día 16/08/16 la empresa envió el documento pero no expresó la razón por la cual no están obligados a ser aportante y según el númeral G de los requisitos de partipación presentes en el capítulo VI del pliego definitivo, la empresa debe demostrarlo. Por lo tanto este requerimiento no lo cumple. 2) A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que le hacía falta el certificado de antecedentes emitido por la junta central de contadores y la tarjeta profesional del contador que firmó el anexo 5 y estados financieros. El 16/08/16 enviaron ambos documentos a las 20:50 correspondientes a un contador que no es el mismo que firma los demás documentos, por esta razón no cumple con este requerimiento. 3) A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que el personal relacionado en el anexo 6 no coincidía con el presentado en el SIGP. El 16/08/16 la empresa envió el anexo 6 pero persistía con el error, pues en él se relacionan 15 personas, y en el SIGP sólo hay 8.Por esta razón no cumple.

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE: en aspecto de costos, los costos de servidor no son detallados, por ejemplo, cuando los servidores son propios o por outsourcing, en ambos casos, debe existir un componente relacionado a mantenimiento de servidores y/o sefvicios los cuales no se encuentran de manera explicita en la propuesta presentada. Además, los perfiles del equipo técnico relacionado con el producto tecnologico no se encuentran definidos, no existe una clara diferencia entre quienes serán diseñadores y quienes se harán cargo del desarrollo. Los objetivos especificos no soportan el objetivo general, del conjunto de actividades únicamente dos soportan el objetivo general. por ejemplo, es importante detallar las actividades para el desarrollo de la aplicación.

67,5 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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7114 21649ASOCIACION DE PESCADORES Y AGRICULTORES ARTESANALES DE PASACABALLOS - AGROPEZ

806014517 Bolívar Caribe NO CUMPLE

1) A la empresa se le notificó el 11/08/16 que el anexo 1 no correspondía al que se modificó en la adenda 3, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 2) A la empresa se le notificó el 11/08/16 que no había anexado el certificado firmado por el revirsor fiscal o el representante legal, donde manifieste sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena de acuerdo a la Ley 1607 de 2012, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 3) A la empresa se le pidió el 11/08/16 enviar una notificación por parte de la junta directiva de donde manifieste que el representante legal puede contratar una cuantía mayor a la que se manifiesta en el valor total del proyecto, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 4) A la empresa se le pidió el 11/08/16 enviar nuevamente el anexo 2, porque éste no estaba debidamente diligenciado por el representante legal, pero la entidad no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 5) A la empresa se le pidió el 11/08/16 enviar el certificado sobre las obligaciones de pago de salud, pensión, arp, parafiscales y contratos de aprendizaje firmado por el representante legal o por el revisor fiscal, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 6) A la empresa se le pidió el 11/08/16 enviar la fotocopia de la cédula y el Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores de la persona que diligenció el anexo 5; en el caso de no haber enviado la fotocopia de la tarjeta profesional, también deben enviarla. La empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 7) A la empresa se le pidió el 11/08/16 enviar su RUT, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 8) A la empresa se le solicitó el 11/08/16 modificar el anexo 6 porque las persona relacionadas en él no coincidían con los presentes en el SIGP, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 9) A la empresa se le solicitó el 11/08/16 enviar el anexo 7, pero la empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple. 10) A la empresa se le pidió el11/08/16 enviar estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015, cuyos estados de resultados deben coincidir con los presentados en el anexo 5, de lo contrario éste último deberá ser modificado y presentado nuevamente. La empresa no atendió al requerimiento durante los dos días que se le dio para responder, por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La propuesta económica del proyecto presentado por la empresa AGROPEZ no cumple por las siguientes razones:

1. La empresa no envió en los documentos anexos los estados de resultado correspondientes a los años 2014 y 2015, con los activos y pasivos corrientes discriminados para realizar la vallidación de liquidez de la organización especificado en el numeral 3), del literal b) Verificación económica, del numeral 6), del capítulo III del pliego2. La organización no contempla un plan de transferencia al SENA en la formulación del proyecto, el cual es obligatorio según el literal C) (página 41), del literal C) Transferencia tecnológica al SENA , del capítulo 4 en la descripción del pliego3.Para el rubro de personal técnico especializado, la empresa no suministró el cargo o perfil de las personas que ejecutarán cada una de las actividades. .4. La empresa no especificó el cargo o perfil de la persona que ejecutará el cuidado y mantenimiento de las piscinas5. Para el rubro de publicaciones de resultados del proyecto , no se detalló la sistematización de la experiencia.6. Para el rubro de gastos administrativos, no se detalló Es importante destacar, que el día 11 de agosto de 2016 se solicitaron aclaraciones de las anteriores razones de rechazo a la organización, y al 16 de agosto de 2016 (fecha límite para dar respuesta), no se obtuvo ninguna retroalimentación por parte de AGROPEZ

NO VIABLE

NO VIABLE. El título mismo plantea dos objetivos. Por un lado fortalecimiento de una asociación y por otro implementación del programa piloto de acuicultura. El planteamiento del problema se inclina al tema de gestión, pero no se explica en que medida un programa piloto de acuicultura estaría articulado con dicha gestión. Es entendible el interés de los proponentes de mejorar la gestión de la comunidad específica a la que apunta el proyecto, pero no se ven actividades físicas que demuestren que esto se pueda llevar a cabo. No es clara, cuál es la novedad del piloto de acuicultura. FInalmente los perfiles de los proponentes no explicitan experiencia técnica en el tema. Es notorio su énfasis en gestión, pero no en acuicultura, como un evaluador lo podría juzgar a partir de lo presentado en el proyecto.

44,8 NO VIABLE

8579 21567 BIOMA CONSULTORES S.A.S. 900579037-2 Atlántico Caribe NO CUMPLE

1) El 17/08/16 se le solicitó a la empresa enviar los estados financieros a Diciembre 31 del año 2014 y 2015. El 19/08/16 la empresa envió los estados financieros, y a partir de aquí se evidenció que los ingresos operacionales de ambos años no coinciden con los presentados en el anexo 5; la empresa debe presentarlo con el valor exacto que está en el estado de resultados. Por esta razón no cumple . 2) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que por ser una entidad pública debía enviar además del anexo 2, el certificado de disponibilidad presupuestal.El 19/08/16 la empresa respondió pero no envió el CDP. Por esta razón no cumple. De igual forma, se solicita a la empresa enviar formalmente un documento suscrito por el revisor fiscal o representante legal, donde certifique que tipo de entidad es la empresa, porque en el SIGP menciona que es una entidad privada con capital 100% público. 3) El 18/08/16 se le solicitó a la empresa modificar el anexo 7, puesto que los valores presentes en el mismo no coinciden con los que se encuentran en el SIGP. Además el anexo 7 no tiene el VoBo del lider sennova. El 19/08/16 la empresa envió nuevamente el anexo, pero este persistía con la diferencia en el presupuesto frente al rubro de transferencia tecnológica al Sena que se encuentra en el SIGP.; además no tenía la firma del líder sennova que aprobará la nueva modificación en los valores. Por esta razpon no cumple

NO CUMPLE

La propuesta económica presentada por la empresa Bioma Consultores no cumple por las siguientes razones:1. La contrapartida en efectivo del proyecto es inferior al l 50% de la contrapartida total. Lo cual es una causal de rechazo contemplada en el literal C), numeral 7), del capítulo II (página 16 del pliego de la convocatoria) 2.En la formulación del proyecto, el SENA cofinancia más del 50% del plan de transferencia correspodiente al proyecto. El cual es una causal de rechazo con base al numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego de la convocatoria.

NO VIABLE El proyecto NO ES VIABLE dado que no presenta claramente el valor agregado en la fase da análisis de los datos recolectados con lo cual solo se queda en la fase de captura y almacenamiento de la información. 68,3 NO VIABLE

9414 21151 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO 900055698 Córdoba Caribe NO CUMPLE

1) El 11/08/16 se le solicitó a la empresa enviar el documento firmado por el revirosr fiscal o el representante legal, donde certifique sí está obligado o no, a aportar parafiscales destinados al SENA de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. El 16/08/16 la empresa respondió las demás aclaraciones pero no envió este documento. Por esta razón no cumple. 2) Se le notificó a la empresa el 11/08/16 que enviará el anexo 6. El 12/06/16 la empresa envió el documento, pero al persistir con el error, el 13/08/16 se le notificó que debía alinear el personal relacionado en el anexo con el que se encontraba en el SIGP. El 15/08/16 la empresa envió nuevamente el anexo 6 pero aún persistía con la diferencia ante el SIGP. Por esta razón no cumple. 3) Se le notificó a la empresa el 11/08/16 que los valores del presupuesto del anexo 7, no coincidía con los presentados en el SIGP. El 16/08/16 la empresa envió nuevamente el anexo 7 pero aún persistía con la diferencia ante el SIGP, ya que en éste último sólo está registrado el valor del seminario taller.Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La propuesta económica formulada en el proyecto de la Fundación Para el Desarrollo Social y Comunitario no cumple por las siguientes razones:

1. El capital de trabajo para el año 2015 es inferior a la contrapartida en efectivo del ejecutor asignada en la formulación del proyecto. Lo anterior, se especifica en el numeral 3), del literal b), numeral 6 del capítulo III del pliego de verificación económica donde se especifica que el Capital de Trabajo (Activos corrientes-pasivos corrientes), calculado con los datos de diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor o ejecutores como contrapartida en efectivo.

2. La empresa contempla el rubro de viáticos, comunicación y transporte como financiable por el SENA y en Costo de personal especializado. Cabe destacar, que este rubro solo puede ser asignado como contrapartida en especie o dinero por el ejecutor. Como se especifica en el numeral 3) (página 25), del literaal f), del numeral 12) del capítulo

NO VIABLENo cuenta con los elementos técnicos necesarios para su consideración técnica. La propuesta no da claridad a nivel de pertinencia del proyecto, innovación, desarrollo tecnológico y competitividad, resultados proyectados y capacidad del equipo técnico referido en la propuesta

46,5 NO VIABLE

10141 21632 WAHOGNBA S.A.S. 900605929 Córdoba Caribe NO CUMPLESe le notificó a la empresa el11/08/16 que los valores del anexo 7 no coincidían con los presentados en el SIGP. El día 16/08/16 la empresa envió algunas aclaraciones, pero el anexo que envió por segunda vez persistía con el error en los valores del presupuesto . Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La empresa no cumple con los requerimientos económicos exigídos por la convocatoria debido a que en la descripción del plan de transferencia tecnológica la empresa incluyó rubros adicinales no contemplados en este. Tales como insumos y materiales, costos de personal calificado y aportes parafiscales. Lo anterior, constituye una causal de rechazo ubicada en el literal i), literal e), numeral 6), capítulo III (página 37 del pliego de la convocatoria)

Así mismo, en el numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II se especifica que la transferencia de tecnología al SENA debe contemplar estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. De lo cual se concluye, que no se pueden incluir rubros distintos al relacionado con el plan de transferencia.

VIABLE 73,8 NO VIABLE

10329 21717 ADSWEBMARKET.SAS 900.492.361-9 San Andrés y Providencia Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 93,0 VIABLE

10429 21833 LUNA TOURS 900027350-5 La Guajira Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,5 VIABLE

10550 21652 FUNDACIÓN GUAJIRA COMPETITIVA 900257836-9 La Guajira Caribe NO CUMPLE

1) El día 21/08/16 se le notificó a la empresa que los ingresos operacionales del anexo 5 no coincidían con los presentados en el estado de resultados. El 24/08/16 la empresa envió el anexó corregido, pero no con la firma del contador de quien se tiene la fotocopia de la cédula, de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes. La empresa debió enviar el anexo firmado por Diana de la Hoz, pues de ella enviaron todos los documentos mencionados. Por esta razón no cumple. 2) A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que los valores presentados en el anexo 1 no coinciden con los que se encuentran en el presupuesto global del SIGP. El día 16/08/16 la empresa envió este anexo nuevamente, pero aún persistieron las diferencias en los valores. Por esta razón no cumple. 3) A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que le hacía falta la notificación sobre sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena. El día 16/08/16 la empresa envió algunas correcciones pero no este documento. Por esta razón no cumple. 4) A la empresa se le notificó el 11/08/16 que los valores del anexo 7 no coinciden con los presentados en el SIGP. El 16/08/16 la empresa envió nuevamente el anexo, y se evidencia que los valores aún muestran una diferencia. Además no cuenta con el VoBo del líder sennova acerca de la modificación realizada en el anexo. Por tal motiva la empresa no cumple.

NO CUMPLE

A partir de la evaluación económica del proyecto Guajira Competitiva se concluyó que la propuesta no cumple por las siguientes razones:1. La empresas no suministró los pasivos corrientes totalizados y detallados del año 2015, con el objetivo de realizar la validación de liquidez del año en mención, lo cual se especifica en la adenda 3 del pliego. Cabe destacar, que el día 11 de agosto de 2016 se le solicitaron los balances correspondientes a los años 2014 y 2015 a la empresa, pero los correspondientes al año 2015 no tenían la descripción y detalle requeridos en los pasivos corrientes para el año 20152. La empresa contempla el pago de impuestos causados en el proyecto, ,el cual es un rubro no financiable (ni con recursos del SENA, ni por contrapartida) según el artículo décimo quinto del acuerdo 16 de2012 en el numeral 8 (página 24 de los pliegos). Lo anterior representado en la formulación del proyecto por el pago de reteiva en los gastos administrativos en forma de contrapartida en efectivo. Cabe destacar, que el día 11 de agosto de 2016 se le pidió aclaración a la empresa sobre este rubro, al cual constetó el día 16 de agosto de la siguiente forma "... Se incluye el valor de reteiva o porcentaje que debe pagar por cada profesional contratado por orden de prestación de servicios 3. Teniendo en cuenta el capítulo IV literal C (plan de transferencia al sena), el cual especifica que se debe asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar el plan de transferencia, se tiene que Fundación Guajira C ompetitiva asignó un valor que correspondía a un porcentaje menor para financiar el plan de transferencia. Por lo cual no cumple la propuesta.

NO VIABLEEl proyecto presentado realmente no identifica una problemática clara, lo cual queda evidenciado en la metodología propuesta. Además los resultados derivados del proyecto no tienen la escalabilidad suficiente para impactar al resto de la sociedad por tanto al tener un impacto limitado se desvirtúa el poder de la innovación al no poder medir la penetración en el mercado. Finalmente la difícil replicabilidad y escalabilidad del proyecto limita la sostenibilidad del mismo a través del tiempo.

67,5 NO VIABLE

10777 21130 PLUS TECHNOLOGY LTDA 812008124-7 Córdoba Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE

10860 21533 PC PROYECTOS Y CONSULTORIAS SAS 9003761053 Córdoba Caribe NO CUMPLEEl 17/08/16 se le solicitó a la empresa modificar el anexo 7, puesto que los valores presentes en el mismo no coinciden con los que se encuentran en el SIGP. Además el anexo 7 no está firmado por el represetante legal. El 18/08/16 la empresa envió el anexo corregido, pero la fecha del VoBo del líder sennova no correspondía a la fecha del día en que la empresa hizo la modificación. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

La propuesta económica del proyecto formulado por la empresa Proyectos y Consultorias no cumple por las siguientes razones:1. La contrapartida en efectivo del proyecto es inferior al 50% de la contrapartida total. Lo cual es una causal de rechazo contemplada en el literal C), numeral 7), del capítulo II (página 16 del pliego de la convocatoria) 2.En la formulación del proyecto, el SENA cofinancia más del 50% del plan de transferencia correspodiente al proyecto. El cual es una causal de rechazo con base al numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego de la convocatoria.

NO VIABLENo cuenta con los elementos técnicos necesarios para su consideración técnica. La propuesta no da claridad a nivel de pertinencia del proyecto, innovación, desarrollo tecnológico y competitividad y resultados proyectados en la propuesta.

62,5 NO VIABLE

8862 21716 CORPORACIÓN FRANCISCO EL HOMBRE 900390096-3 La Guajira Caribe NO CUMPLE

1) El 11/08/16 se le solicitó a la empresa modificar el anexo 1, puesto que no correspondía con el actualizado en la adenda 3. El 16/08/16 la empresa envió el anexo 1 nuevamente pero no corresponde al modelo del anexo actual, pues no cuenta con el número de folios, ciudad y dirección. Por esta razón no cumple. 2) El 11/08/16 se le solicitó a la empresa enviar certificado firmado por el representantre legal o por el revisor fiscal, donde manifieste sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. El 16/08/16 la empresa respondió a la mayoría de los requerimientos pero no envió este documento. Por esta razón no cumple. 3) El día 11/08/16 se le notificó a la empresa que la información suministrada en el anexo 7 no coincidía con la presente en el SGIP. El 16/08&16 la empresa envió nuevamente el anexo pero sin ninguna corrección, por lo que persistió la diferencia en los valores. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLELa propuesta económica del proyecto presentado por la empresa Francisco el Hombre no cumple debido que su capital de trabajo del año 2015 es menor que la contrapartida en efectivo aportada por la organización. Lo anterior especifica en el numeral 3), del literal b), del numeral 6) del capitulo III ubicado en la página 34 del pliego.

NO VIABLENO VIABLE. El proyecto está orientado a desarrollar un producto tecnológico que hace más bien parte del mejoramiento de procesos específicos de una empresa cultural, pero no se evidencia como aporta de manera siginificativa a la productividad y a la sostenibilidad de los empleos generados. De hecho el producto generado a partir del proyecto, bien podría desarrollarse a menor costo a partir de una contratación mediante consultoría u oferta de servicios.

62,8 NO VIABLE

10876 21119 INSTITUTO TECNOLÓGICO SAN AGUSTÍN 900178690-1 Córdoba Caribe CUMPLE NO CUMPLE

La propuesta económica del proyecto de la empresa Instituto Tecnológico de San Agustín no cumple debido a que el capital de trabajo de la empresa es inferior a la contrapartida en efectivo solicitada. Lo anterior se sustenta en el numeral 3) (Página 34), del literal B) verificación económica, del capítulo III.Así mismo, el plan de transferencia asignado al SENA presenta un valor que corresponde a un porcentaje inferior al 3% , lo cual se especifica en el literal C), del literal C) del capítulo IV (página 41 de los pliegos)

VIABLE 80,5 NO VIABLE

11180 21161 GRAFICO SAS 900528098-3 Atlántico Caribe NO CUMPLE

1) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que en el anexo 5 no estaba diligenciado el campo que corresponde al nombre del contador. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple. 2) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que en el anexo 1 los valores presentados no coinciden con los del SIGP. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple. 3) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que debía especificar en el documento porque está exonerada de pagar los parafiscales destinados al SENA de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple. 4) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 enviar una notificación por parte de la junta directiva de la empresa donde informe que el representante legal puede contratar una cuantía mayor a la que se manifiesta en la camara de comercio, la cual es de 50 smmlv, valor inferior frente al total del proyecto. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple. 5)Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que los valores presentados en el anexo 2 no coinciden con los del SIGP. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple. 6) Se le notificó a la empresa el 17/08/16 que los valores presentados en el anexo 7 no coinciden con los del SIGP, puesto que las cifras que se encuentran en el resumen por rubros de este último, no coinciden con las que se encuentran en el presupuesto del anexo en mención. La empresa no respondió a este requerimiento dentro de los dos días (2) correspondientes. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLELa empresa no cumple con la validación económica debido a que la mayoría de rubros no tienen asignación monetaria en el presupuesto. Así mismo, el plan de transferencia del SENA es financiado en su totalidad con recursos de esta institución , lo cual no lo permite la convocatoria y que se especifica en el numeral 12) , del literal d), del numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego)

NO VIABLENo es viable ya que en el estado del arte existen muchas alternativas de sotware que solucionan la temática planteada, inclusive con alcances mayores a los que el proyecto ofrece. Además también existe software libre que se puede utilizar como apoyo para desarrollo, no existe innovación en la propuesta planteada

60,8 NO VIABLE

11148 21158COOPERATIVA DE CAFICULTORES Y AGRICULTORES DE LA SIERRA NEVADA DE SANTA MARTA

900207915-9 Magdalena Caribe NO CUMPLESe le solicitó a la empresa el día 11/08/16 el certificado donde manifieste sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena de acuerdo a la Ley 1607 de 2012, firmado por el representante legal o revisor fiscal. El 16/08/16 la empresa envió las demás correcciones, pero no incluyó este documento. Por esta razón no cumple

NO CUMPLE

Desde el punto de vista económico la propuesta final de la empresa Cooperativa de Caficultores y Agricultores de la Sierra Nevada es de Santa Marta no cumple debido a que la empresa no suministró los pasivos corrientes detallados y totalizados en los estados financieros del l año 2015, los cuales son necesarios para realizar la verificación de la capacidad de liquidez de las entidad ejecutora según el numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III de la convocatoria. El día 11 de agosto de 2016 se solicitó la aclaración respectiva, de la que se obtuvo respuesta el día 16 de agosto de 2016, sin la subsanación de la duda expuesta.

NO VIABLENO VIABLE. Desde la formulación misma del proyecto se observa una falta de rigor y amplitud en la información. Para el evaluador es insuficiente la información planteada para darse una idea del proyecto, sus objetivos y alcance. Esto también se evidencia en el estado del arte, en donde tan solo una referencia de 1999 es incluida. Es menester para el proponente hacer una verificación más amplia del estado del arte, para justificar mejor la necesidad del proyecto e incluso redefinir objetivos. En términos de forma se sugiere hacer revisión de la formulación de objetivos que no se confundan con actividades.

34,0 NO VIABLE

9799 21191 ARTE GOURMET RESTAURANTE 900634649-5 Magdalena Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE

6803 21289 TRADE AND SAS 9005814830 Magdalena Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto es NO VIABLE debido a que presenta fallas técnicas y de forma. Las fallas técnicas se derivan de que no se observan estudios de referencia científica que apoyen el estado del arte, en la metodología no se especifican las características de las aplicaciones a desarrollar solamente se limitan a aspectos generales. De igual forma, plantean una metodología experimental y el desarrollo de una aplicación no es un experimento. Así mismo, una aplicación móvil por sí sola no es innovadora, no hay argumentos que describan el front, backend, los requerimientos y las salidas que genere sean novedosas.

64,0 NO VIABLE

10453 21411 NAVIISA SAS 900575672-1 Magdalena Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El presente proyecto NO es Viable por las siguientes razones: se debe trabajar más en el planteamiento del problema, estado del Arte y objetivos propuestos, pues se considera que tal como los presenta el proyecto no cumplen con el nivel de madures para dar inicio al mismo. Es importante que el proyecto presente la articulación con algún plan de desarrollo ya sea Departamental, Municipal o nacional y que justifique la pertinencia del mismo en la región. En cuanto al componente de innovación la empresa no debe limitarse a la contratación de una empresa jurídica que desarrolle los modelos, la empresa debe participar activamente en el desarrollo de estos y se considera que el investigador principal no es suficiente representación en los procesos de desarrollo de los modelos. Es necesario que el proyecto incluya un resultado que vaya orientado a la validación o pruebas en el terreno de trabajo cotidiano del sistema a desarrollar, que permitan medir los tiempos y verificar que realmente se cumpla con el objetivo de disminución de los tiempos de carga y descarga. Por otra parte es necesario que se definan los perfiles de los profesionales que harán parte del equipo de trabajo para evaluar la idoneidad.

48,3 NO VIABLE

11558 21269 ABOCONTA SAS 800253259-8 Bolívar Caribe CUMPLE NO CUMPLEEl proyecto no es económicamente viable debido a que la contrapartida en efectivo es menor al 50% de la contrapartida global, lo cual es causal de rechazo según lo estipula el literal f), del numeral 12), del capítulo II ubicado en la página 24 del pliego.

VIABLE 83,8 NO VIABLE

1402 21846 3D MAKE-R TECHNOLOGIES S.A.S. 900689323-6 Magdalena Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 89,5 VIABLE

4356 21588 MODACONFEX YR SAS 900697573-4 San Andrés y Providencia Caribe NO CUMPLE La empresa no cumple con el anexo 7, ya que en la parte correspondiente a la Cofinanciación del SENA y el total de la trasnferencia los valores no corresponden a los que figuran en el SIGP. NO CUMPLE

NO CUMPLE. La empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Por otra parte, la empresa incumple la normatividad que estipula que "Del total de la contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero", especificada en el Pliego Definitivo. Finalmente, en el rubro Inversiones en Planta, Adecuaciones, Uso Equipos, la empresa plantea Arriendo,servicios públicos, papelería y otros, lo cual corresponde a actividades propias del rubro Gastos de Administración del proyecto.

NO VIABLE

NO VIABLE – La propuesta concentra su estrategia de innovación en procesos de aprovechamiento de residuos sólidos textiles; sin embargo, metodológicamente se fortalece en exceso en temas de desarrollo de producto como propuesta de valor, dejando el seguimiento de los aspectos productivos desprovisto de un seguimiento riguroso. Los perfiles del equipo de trabajo requieren de especificación de sus capacidades para poder ver la viabilidad del proyecto en términos de la sinergia de conocimientos que pudieran subsanar el manejo al seguimiento a los procesos que proponen vínculo directo con el impacto ambiental del proyecto. Desde el enfoque del desarrollo de producto la complejidad del manejo propuesto no evidencia correspondencia con la inversión solicitada por personal la cual resulta excesiva en la personal calificado.

60,3 NO VIABLE

12015 21761 RUEDA GALOFRE E HIJOS SAS 800069276-5 Atlántico Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 89,0 VIABLE

12313 21740 COMPAÑIA INDUSTRIAL DE SERVICIOS Y MATERIALES TECNICOS LTDA 802003882-2 Atlántico Caribe NO CUMPLEEl 17/08/16 se le pidió a la empresa modificar el anexo 7 puesto que los valores presentados no coincidían con los que se encuentran el SIGP en el apartado de resumen por rubros del item de transferencia tecnológica al Sena. El 19/08/16 la empresa envió algunos documentos en físico corregido, pero no envió este anexo. Por está razón no cumple

NO CUMPLELa propuesta no cumple debido a que el proponente suministra información inconsistente en las aclaraciones suminitradas. Es así, como el 17 de agosto de 2016 se solicitó el datalle y aclaración del rubro de insumos y materiales registrado en el SIGP, al cual el ejecutor contestó el día 19 de agosto, con un valor diferente al que había registrado en el SIGP. La anterior causal de rechazo se sustenta en el liteal m), del literal e), del numeral III (página 38 del pliego de la convocatoria)

NO VIABLENO VIABLE. La propuesta presentada por la empresa pretende la creación de un servicio de medición de la calidad de la energía. Sin embargo, el proyecto no responde a la solución de necesidades prioritarias o a la implementación de una idea innovadora, ya que otras empresas actualmente brindan el mismo servicio. Además, en lo referente a soluciones de eficiencia y ahorro energética que apunta el proyecto, existen otros marcos de trabajo que afectan de manera directa estos problemas.

67,0 NO VIABLE

1067 21554 HIPERCENTRO DEL AVIVAMIENTO LTDA 900398889 Sucre Caribe CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

La propuesta es NO VIABLE. Existen varios aspectos positivos de la propuesta, siendo el principal de estos la relevancia del problema de fondo asociado a la falta de competitividad derivada de la ausencia de tecnificación de los procesos de la industria en el departamento. Por otro lado, los resultados y productos del proyecto se encuentran alineados a los objetivos específicos del proyecto.Por otro lado, el componente asociado al desarrollo de un software para el modelado 3D es bastante ambiciosa para los costos y el tamaño del equipo del proyecto. Por otro lado, hace falta referenciar indicadores asociados al problema tecnológico del proyecto. Adicional a esto se requiere más detalle relacionado a la experiencia del equipo del proyecto en desarrollos similares que soporte los tiempos de ejecución del proyecto. Asimismo, la falta de detalles técnicos asociados a los sistemas de control de movimiento a utilizar, dimensiones y materiales del prototipo dificultan estimar el presupuesto final para la fabricación y puesta a punto de este; sin embargo, los costos reportados se encuentran muy por debajo de lo encontrado en el mercado en proyectos similares.

64,3 NO VIABLE

12603 21727 COOPERATIVA MULTIACTIVA DE PRODUCTOS AGRICOLAS DE CODAZZI 900632944-4 Cesar Caribe NO CUMPLE

1) Se le pidió a la empresa el 22/08/16 enviar el documento donde certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje, firmado por el representante legal o revisor fiscal, no por el contador público. El 24/08/16 se venció el plazo para que la empresa enviara éste documento pero la empresa no lo envió. Por esta razón no cumple. 2) El 17/08/16 se le solicitó a la empresa modificar el anexo 7, puesto que la información del presupuesto no correspondía con la del SIGP. El 19/08/17 la empresa envió nuevamente el anexo 7, pero persistían las mismas diferencias, porque no se diligenció el rubro de transferencia al Sena, por lo tanto no es posible comparar la información del anexo con la del SIGP. Por esta razón no cumple. 3) El 17/08/16 se le pidió a la empresa enviar los estados de resultados firmados por el representante legal. El 19/08/16 la empresa envió sólo los correspondientes al 2015, no envió los del año 2014; por lo tanto no se pudo evidenciar sí coincidían con los ingresos operacionales presentes en el anexo 5, en donde deben estar igual al que aparece en el estado de resultados de ese año, de no ser así, la empresa debe cambiar el anexo 5 ajustando este valor. Por esta razón no cumple.

NO CUMPLE

El proyeccto presentado por la empresa Cooperativa Multiactiva de Productos Agrícolas de Codazzi no cumple por las siguientes razones:1. El capital de trabajo de la compañía para el año 2015 es inferior a la contrapartida en efectivo aportada por el ejecutor en la formulación del proyecto. Lo cual es una causal de rechazo según al numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III de la convocatoria: Capacidad de liquidez (Capital de trabajo)2.La convocatoria no permite la adquisición de bienes de capital como maquinaria, equipos electrónicos, entre otros especificado en el numeral 3, literal d, numeral 12 , del capítulo II (página 23). La empresa contempla la adquisición de diferentes equipos como motores, sensores y ventiladores los cueles no son bienes consumibles y constituyen ser bienes de capital3, En el presupuesto ingresado en el SIGP, la empresa no incluyó el plan de transferencia al SENA, lo cual se especifica en el numeral 12, literal d, numeral 12, del capítulo II (página 23)

VIABLE 94,8 NO VIABLE

12941 21733 AGROATLANTIDA SAS 900.200.575-6 Atlántico Caribe NO CUMPLE

1) A la empresa se le envió notificación el 11/08/16 informandole que los valores del anexo 1 no coincidían con los del SIGP y que además no correspondía con lo actualizado en la adenda 3. La empresa presentó el 16/08/16 el anexo actualizado, pero éste aún sigue presentando diferencias en el valor total de la contrapartida. Por esta razón la empresa no cumple. 2) A la empresa se le envió la notificación el 11/08/16 informandole que no había enviado el documento sobre sí es o no aportante de parafiscales destinados al Sena firmado por el representante legal o revisor fiscal. El 16/08/16 que la empresa presentó correcciones, pero el documento que anexó no corresponde al solicitado, además debe estar firmado por el revisor fiscal o el representante legal. Por esta razón no cumple. 3) A la empresa se le envió notificación el 11/08/16 informandole que los valores del anexo 7 no coincidían con los del SIGP que se encuentra en el item de transferencia tecnológica al Sena del resumen por Rubros. La empresa presentó el 16/08/16 las correcciones pero el anexo aún sigue presentando diferencias en los valores. Además no cuenta con el VoBo del lider sennova, aunque la empresa mandó un correo con la notificación del lider, ésta fecha correspondía al 12 de Julio. Por estas razones la empresa no cumple

NO CUMPLE

La propuesta económica es rechazada debido a que la empresa contempla la construcción de la planta de procesamiento y tanques lo cual no se permite aportes en construcción de infraestructura física con recursos del SENA, ni con recursos de contrapartida como se contempla en el numeral 1, del literal E, del numeral 12 del capítulo II ( página 25)de los pliegos de la convoctoria. Según los pliegos de la convocatoria solo se permiten adecuaciones con recursos de contrapartida (página 26), más no construcciones(página 25), los cuales son conceptos distintos como se muestran a continuación:

Adecuación: dotar un espacio (ya existente) de todos los elementos básicos que satisfagan las necesidades utilitarias del propio espacio. La máxima expresión se logra en la interacción balanceada de detalles arquitectónicos, decoración de espacio, relaciones espaciales y formales.

Construcción: conjunto de operaciones o actividades que se deben desarrollar para erigir una edificación, una planta industrial, una infraestructura pública o cualquier otro sistema análogo de acuerdo con el diseño o especificación de ingeniería que se habrá realizado previamente por uno o varios técnicos especializados en este campo (Universidad de la Coruña, 2016)Cabe destacar que el día 11 de agosto del año en curso, se le solicitaron aclaraciones económicas al proponente donde se le pedía aclarar si la "elaboración de la planta de procesamiento" constituíauna adecuación o construcción, para lo cual el 16 de agosto de 2016 la empresa confirmó la construcción de dicha planta, que constituye como un rubro no financiable con recursos del SENA o contrapartida.

NO VIABLE

La propuesta no es viable tal y como fue presentada por los proponentes. No se presentaron antecedentes sobre la capacidad de la empresa para desarrollar una iniciativa con base biotecnológica, a pesar de que al coordinadora del proyecto es bióloga marina. Adicionalmente, el fuerte de la empresa es en productos agropecuarios, que terminan siendo alimentos pero no procesados. La idea de la microalgas es para convertirlas en alimentos funcionales y suplementos dietarios. No estuvo claro que tipo de de productos obtendrían (prototipos de alimentos o suplementos), no se mencionaron las posibles formulaciones de los productos, no incluyeron los estudios de estabilidad, no mencionaron el estudio de factibilidad económica (costo-beneficio-rentabilidad-recuperación inversión) sobre esta iniciativa, la proporción inversión versus productos no fue equitativa, la generación de empleo no fue clara, no mencionaron ni incluyeron datos sobre la oferta y la demanda de la espirulina como alimento funcional o suplemento dietario en Colombia.

64,0 NO VIABLE

1168 21794 SOLUCIONES INTEGRALES DE TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN SAS 900653118-7 Sucre Caribe CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE

1390 21033 CAUDALES Y MUESTREOS S.A.S. 900378474 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,3 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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3430 21112 OPENSKY CONSULTORES SAS 9004954707 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,5 VIABLE

722 21117 ITS SOLUCIONES ESTRATEGICAS SAS 8300857461 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,8 VIABLE

966 21132 CREART-MEDIA S.A.S 900687963-0 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, en su numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, relacionado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos, inciso b), el cual establece que: “Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido; documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.

Dentro de los documentos enviados no presento la autorización del órgano directivo . causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

CUMPLE VIABLE 77,3 NO VIABLE

10671 21135 MEGHA ARM SAS 900431350 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, con lo indicado en el Artículo décimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que, del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. NO VIABLENO VIABLE: Problema muy amplio, definido de manera deficiente, no referenciado ni documentado con estudios (estado del arte) que lo soporten. Metodologia coherente parcialmente con objetivos especificos y con resultados y productos que se intentan lograr. Recursos economicos solicitados, insuficientes para la amplitud y complejidad de un problema y de un proyecto no delimitado en su alcance. El equipo humano posee calificacion y experiencia en desarrollo, el proyecto requiere un equipo multidisciplinario (no solo ingenieria y diseño) para su ejecucion.

42,0 NO VIABLE

948 21144 INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO-ICT 800238086-8 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 87,8 VIABLE

2947 21150 DENTAL SERVICES SAS 900594480-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Incluye Soporte contable y administrativo al proyecto dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado. VIABLE 88,0 NO VIABLE

2791 21162 ESTRATEGIAS MOVILES SAS 900038644-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. a) El proyecto plantea una necesidad y el desarrollo de una plataforma tecnológica que no esta alineada dentro del objeto de la presente convocatoria que busca fortalecer las capacidades tecnológicas de las mypymes proponentes, así como la innovación en la oferta y cobertura de servicios, que generen optimización de procesos, mejorar la productividad y aumentar su competitividad dentro del sector en el que se encuentre.Se recomienda revisar los términos de la convocatria o replantear el proyecto para una futura convocatoria en la que la solución propuesta a la problemática planteada aplique y pueda beneficiarse de manera positiva.

43,3 NO VIABLE

885 21165 TECNALIA COLOMBIA 900180913 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. La metodología en general responde al establecimiento de los objetivos del proyecto. Sin embargo, hace falta mayor detalle para justificar la necesidad de tiempo que demanda el proyecto. No hay claridad en el alcance de algunos de los productos, encontrando adicionalmente que algunos resultados se repiten metodológicamente (2 y 3). No hay claridad en la intensidad a la que se refieren los procesos de capacitación tanto de transferencia como de capacitación interna de personal. No es claro el alcance del resultado 6, ya que no es claro sí se trata de un proceso adicional de capacitación o sí se trata del diseño de un programa de capacitación que hará parte de los servicios ofertados por el proponente.2. Aunque se refiere se trata de una oportunidad identificada en el mercado, en términos de cuantificación, no se presentan información puntual a partir de la cual sea posible establecer la dimensión del mercado al que se orienta la solución. Tampoco se refiere se hayan hecho algunos acercamientos o manifiestos de interés por parte de clientes potenciales.3. A nivel de impactos asociados con la generación de empleo, se propone únicamente la generación de puestos en etapa de ejecución del proyecto, en la etapa de pruebas de los pilotos. Se espera en éste sentido, que la generación de empleo sea sostenible tras el desarrollo de la intervención.4. L a mayoría de los productos definidos dan cuenta de los entregables en términos de transferencia al Sena, pero no hacen énfasis en los productos que a lo largo de la intervención permiten ir validando el alcance de lo propuesto. Si bien metodológicamente existe una secuencia de actividades adecuada, esto no se refleja en el establecimiento de productos intermedios durante la intervención, situación que se traduce en una limitante para el seguimiento, en tanto no se tendrán insumos para validar el avance. Llama la atención qué en términos de transferencia, no se precisa el alcance en términos de intensidad que tendrán los diferentes talleres a desarrollar.5. Asociado a la duración de las diferentes actividades, tampoco se da mayor precisión de la manera como se dimensiona la necesidad de tiempo. Por ejemplo, no queda claro cuál es la dimensión de los pilotajes que se proponen, para demandar una necesidad de tiempo de 8 meses, que en todo caso resulta mucho mayor a la necesidad para definir el modelo de cloudificación (4 meses), que es el centro estructural del proyecto. Esto no guarda ningún tipo de coherencia.6. Dada la ausencia de precisión respecto a la necesidad de tiempo en la que se deben surtir algunas de las actividades, así como la intensidad asociada con los procesos de transferencia propuestos, no es posible dimensionar sí la necesidad de recursos es racional o no frente al alcance propuesto. Algunas deficiencias que se identifican en la construcción del presupuesto son:i. No está justificada la necesidad de la duración de 8 meses para la realización de los dos pilotajes propuestos, cuya demanda de recursos alcanza los $276 millones. ii. Asociado con la realización de los pilotajes, existe una errónea utilización del rubro Servicios Tecnológicos, en tanto la definición del mismo, no da para que dentro del alcance del proyecto se le asignen los recursos para realización de pilotajes. Por el alcance de un pilotaje, está mal el clasificarlo como un servicio tecnológico.iii. No se precisa cuál será la intensidad asociada con los dos procesos de transferencia al Sena. De esta manera no es posible dimensionar sí la asignación de $30 millones es racional para estos resultados.iv. No queda claro cuál es el alcance en términos de intensidad que se asocia con el producto 4 de la intervención. No se fija cuál es la intensidad de la capacitación propuesta y no se asigna un costo dentro del presupuesto.

59,5 NO VIABLE

8028 21178 VORTEX COMPANY SAS 9001306484 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE, ya que la información presentada en la metodología es insuficiente y no muestra métodos o modelos para el desarrollo de las nanopartículas, por otro lado no se evidencia que tipo de materiales de desecho serán utilizados para el desarrollo de las mismas. Por lo tanto, no es posible verificar si técnicamente es posible el desarrollo de nanopartículas de plata a partir de desechos tecnológicos y ende el cumplimiento de los objetivos. Además la descripción de la problemática solo tiene en cuenta el costo de las nanoparticulas actuales y este no es el unico factor a tener en cuenta para dar viabilidadad al desarrollo de un proyecto. En cuanto a las capacidades del equipo técnico no se incluye un profesional con estudios en nanotecnología y la falta la mitad del equipo por contratar.

63,3 NO VIABLE

71 21192 MAQUISAPA SAS 9004836661 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE porque las sigueintes razones: presenta de una forma aceptable la descripción del problema de estudio y queda medianamente plasmada la solución del problema al terminar el proyecto.La propuesta responde medianamente la agenda publica nacional y regiónal. El proyecto genera mejoramiento tecnológico para la obtención de un nuevo bioinsumos. Sin embargo, No se presenta de forma clara como se van a implementar los procesos de producción, y no se señala cuanto se va aproducir. Así mismo en este proyecto no se presentan claramente los procesos de calidad y escalados en cantidad en la produccion del bioinsumo.De misma forma el proyecto no presenta de forma clara una intención por atender las demandas del mercado. La contribución de nuevo empleo es minima y presentan de forma mediamente la apropiación de resutlados del proyecto en el esecenario nacional. En resumen la propuesta se caracteriza porque presenta de forma clara el componente investigativo, sin embargo no dan importantancia a el componente productivo y de comercialziación del bioinsumo.

67,3 NO VIABLE

2970 21194 GRAN NOVA SAS 900471363-3 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. Por la no presentacion de los documentos solicitados para la sub sanaciòn en el proceso de la verificación de documentos jurídicos, se declara rechazada las propuesta por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. . NO se encontrò ANEXO 7 en la propuesta radicada.

VIABLE 76,0 NO VIABLE

1103 21196 MILLENIUM BPO SA 830050856-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE

9459 21197 ECOIMPACTO S.A.S 900618869 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,5 VIABLE

1876 21198 DYMETEK LTDA 900115864-6 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El rubro de Insumos y materiales no cumple con lo establecido en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Incluye Fabricacion de Prototipos para DYMETEK (como unidad de medida total), esto va en el rubro Diseño de prototipo, tambien incluye papeleria en general esto va en Gastos de administracion del proyecto NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE técnicamente. A continuación se exponen los argumentos:

a) Para el desarrollo del objetivo general del proyecto el cual busca generar mecanismos de control para sistemas de producción industrial en la pequeña y mediana empresa manufacturera a través del desarrollo de una plataforma tecnológica encaminada a optimizar las actividades y la logística del proceso productivo no se cuenta con un perfil adecuado del equipo técnico que permita el desarrollo del proyecto

b) Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no son acordes con la experiencia especifica y general del equipo técnico

c) Para el desarrollo del proyecto se requiere de 2 Ingenieros de Sistemas para prueba piloto, y en el perfil del equipo ejecutor solo define para un profesional lo cual no permite lograr el desarrollo del proyecto.

64,3 NO VIABLE

10046 21201 TECHAMBITS 900683201-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.Estados financieros no especifican Activo Corriente y Pasivo corriente para el càlculo del capital de trabajo. Se solicitò al proponente allegar esta informaciòn, a la fecha de cierre de la evaluaciòn no se habia recibido.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn no se ajustaron las diferencias.

NO VIABLE

NO VIABLE, a) La metodología se centra en el desarrollo de software para el control de parqueaderos en la ciudad de Bogota, pero en los objetivos específicos definene el desarrollo de un dispositivo físico para controlar la entrada y salida de autos de los parqueaderos, y este no tiene ninguna metodología para poder cumplir con el mismo b) No se evidencian estudios que cuantifique la mejora de la competitividad y productividad del sector. c) Los impactos definidos en el proyecto no tiene registro en los procesos del sector, ni en la generación de nuevos empleos al ejecutarse el proyecto o una vez este en marcha. d) Los costos por productos no son coherentes, ya que en el producto P02 con un tiempo de ejecución de 3 meses, se realaciona un desarrollador por 5 meses, ademas los costos no estan acorde con el mercado.e) Los perfiles definidos en el proyecto no estan acorde con los necesarios para un desarrollo de software, ademas de esto no hay perfiles definidos para el desarrollo del dispositivo para el control de entrada y salida de autos de los parqueaderos y por último algunos perfiles definidos sin asignar no tienen competencias definidas.

59,3 NO VIABLE

809 21202 GMAS SAS 900159795-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, En el rubro de Costo de personal técnico especializado se incluye soporte contable y administrativo al proyecto, este concepto es considerado como Gastos de Administración del proyecto.

VIABLE 81,5 NO VIABLE

3136 21208 ELIPTICA NETWORKS S.A.S. 900781888-8 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,8 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2905 21209 AMBIECO SAS 900373142-2 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta.

El anexo 7 no coincide con los valores registrados en el SIGP. Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

De igual manera se observa en el documento la falta de la firma por parte del representante legal. Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Por lo anterior cito la causa de rechazo en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo.

VIABLE 87,8 NO VIABLE

12814 21210 SPHERA CONSULTING 900072972 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias VIABLE 73,8 NO VIABLE

11804 21218 GECOPROES SAS 900079351-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,8 VIABLE

457 21224CORPORACIÓN ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO LA COMUNICACIÓN Y LA CULTURA CIDECC

830145974-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

2796 21228 AXESNET 830015727-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, en el rubro "Costo de personal tècnico especializado" No es clara la descripciòn del rubro en el SIGP, no se puede establecer la relaciòn entre la descripciòn, el valor unitario y la duraciòn del producto. P04 dura 2 meses pero se asignan recursos para 3 meses.

NO VIABLE

NO VIABLE, a) Los objetivos general y específicos apuntan a conseguir solventar el problema que se plantea, aunque no se evidencia innovación alguna y no cumple con uno de los objetivos en competitividad e infraestructura estratégicas es el uso de las TIC como plataforma de competitividad, llevar a cabo este proyecto se está dando un paso atrás en el uso de nuevas tecnologías de innovación disponibles para todos. b) El personal técnico no evidencia competencias completas en lo que tiene que ver con las tecnologías que se manejará en el proyecto. d) Los costos están acordes con los del mercado pero se hace uso del tiempo del personal técnico en fases que no son necesarios por ejemplo en la ejecución de una campaña de promoción y difusión de la tecnología a la comunidad.

54,8 NO VIABLE

10036 21232 CLICKONPLANS S.A.S. 900588583 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. , (numerales 1-4) “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.” Y “ De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP

Una vez realizado el examen de los documentos presentados para subsanar, se observa que estos requerimientos no fueron presentados teniendo en cuenta que para el numeral 1 en el certificado de existencia y representación legal establece las facultades para el representante legal de la naturaleza del objeto de la compañía CLICKONPLANS S.A.S, y no establece las facultades para contratar, observación con relación a la cuantía del valor total del proyecto equivalente a trescientos dos millones trescientos sesenta y ocho mil ochocientos nueve pesos moneda corriente ($302.368.809) razón por la cual le fue solicitado y no fue presentado.

Frente al numeral 4 de la solicitud de subsanación no fue presentada. El ajuste del (anexo 7) frente a los valores registrados del plan de transferencia que no coinciden con los descritos en el SIGP, por lo anterior me permito citar la causal de rechazo señala en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, La informaciòn reportada en el SIGP no coincide con el Anexo No 7 remitido en la propuesta, se solicitò ajuste al Anexo no 7, con documentos remitidos como subsanaciòn persiste la diferencia.

NO VIABLE

El proyecto es NO VIABLE. Sin duda tiene inmerso un alto componente tecnológico. La parte más llamativa del proyecto, fuera de su carácter innovador (en nuestro pais) es su potencial aplicación al seguimiento y control de obras de infraestructura para el sector público, ya que éste tipo de proyectos de infraestructura usualmente están fuera de las áreas urbanas dificultando el proceso de seguimiento y control por parte de los administrativos (quienes usualmente están en oficinas y con tiempo limitado para cada proyecto), e incluso se facilitaría la veeduría de la comunidad en general sobre las obras públicas. Con la adecuada implementación del presente proyecto sin dudas parte de los anteriores problemas quedarían resueltos. Sin embargo, se encuentran serias dudas en los alcances del mismo para poderse verificar en el plazo de 12 meses y que el mismo quede validado para proyectos tanto de edificaciones como de infraestructura en general (como se propone en obj. general), y en la propuesta sólo se plantea la implementación en UN SOLO cliente. Por otra parte, los resultados del proyecto se enfocan mucho en números y poco o nada en eficacias o medidas cuantificables. El presupuesto del proyecto está un poco elevado y la forma de verificación de la eficiencia del mismo es un poco compleja. El tema es innovador y de seguro con infinitos beneficios para el país, pero desafortunadamente para la presente convocatoria no es verificable su eficacia del presente proyecto tal como fue redactado y justificado en este documento de convocatoria.

69,3 NO VIABLE

2103 21237 MONOMIX ESPECIALIDADES QUIMICAS 900425471 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo del personal técnico especializado se incluyen: Contador, Gerente Financiera, Asistente Financiera y Personal de Logística, considerados como Gstos de Administraciòn del proyecto.

VIABLE 80,0 NO VIABLE

1134 21238 ECOVIVIR SAS 900434164 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. Por la falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos. Se declara rechazada las propuesta por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica

NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el Artículo décimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que, del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena. Estados financieros no especifican Activo Corriente y Pasivo corriente para el càlculo del capital de trabajoEl presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. Dentro del rubro "Inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura, requeridas para la ejecución del proyecto" se incluyen prensas pequeñas de choques tèrmicos por valor de $82.000.000 e Inversiòn prensasdecalor por valor de $172.000.000, las dos inversiones con recursos aportados por el Sena.Este rubro ùnicamente es aceptado como contrapartida.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto presentado es muy incompleto, empezando por que no tiene un nombre adecuado, no existe una descripción apropiada, el planteamiento del problema carece de información y menciona el mejoramiento en ámbitos que no necesariamente verían un beneficio en el desarrollo del mismo, los objetivos específicos son incompletos y no reflejan una correlación con el objetivo general, los productos generados se describen de manera incompleta por lo que no garantizan ser indicadores verificables de cumplimiento, solamente se encuentra descrito el currículo de una persona para realizar las actividades propuestas con una dedicación semanal baja y un perfil alejado del ámbito de conocimiento del proyecto. El cronograma de trabajo contempla un periodo de tiempo corto ajeno a las necesidades reales de ejecución, se evidencia improvisación en varios aspectos del documento presentado.

37,3 NO VIABLE

872 21239 MDS EU 900197219-6 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE, a) No se evidencia que el problema propuesto radique en la falta de aprovechamiento tecnológico. b) La metodología a usar se centró en el desarrollo de software y no se evidencia metodologías claras en los demás objetivos como mejorar la productividad y competitividad. c) En el ítem de criterio de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad carece de levantamiento de información de los procesos de comercialización necesarios para obtener un producto acorde a las necesidades que permita lograr lo objetivos planteados. d) los costos del proyecto están definidos en horas y al hacer el calculo, están por encima del mercado. e) Se evidencia falencias en la definición de los perfiles del personal técnico.

64,8 NO VIABLE

629 21245 TECNOLOGÍA Y LOGÍSTICA SATELITRACK LTDA 9001122858 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.

NO VIABLE

El proyecto 629 se considera NO VIABLE técnicamente. A continuación se exponen los argumentos:

a) La justificación no provee datos que adviertan que existe un problema u oportunidad en la empresa relacionada con su productividad o competitividadb) Los objetivos específicos poseen un enfoque orientado al desarrollo de un proyecto productivo, los cuales con la poca información de un mercado no se puede evidenciar del impacto del proyecto

68,8 NO VIABLE

682 21254 INSITEL S.A. 816001431 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE

835 21259 CORREDORES DE INFORMACION LTDA 800217113 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,8 VIABLE

833 21260 WM WIRELESS AND MOBILE LTDA 800083486-3 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 94,0 VIABLE

246 21261 REGENERACION LTDA 900278616 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se incluyen gastos para el administrador del proyecto en el rubro "Gastos de Patentamiento". NO VIABLE

El proyecto es NO VIABLE técnicamente, principalmente a cuatro ítems: (i) la ausencia de mecanismos claros que permitan dar cumplimiento al objetivo general "Demostrar el potencial de la tecnología", (ii) la no identificación de los equipos que serían utilizados para la construcción de la planta piloto, (iii) la conformación de un equipo de trabajo sin la incorporación de ingenieros químicos, teniendo en cuenta el proceso de transformación química producido por la torrefacción, y (iv) la no articulación del proyecto dentro del contexto específico de la empresa de forma que pueda impactar de forma medible la productividad y la competitividad. Como aspecto positivo a destacar, se encuentra la identificación de una tecnología que al ser apropiada en Colombia permitiría el aprovechamiento energético de los residuos de tusa de palma africana.

60,0 NO VIABLE

635 21263 SUBSUELO3D SAS 9004010149 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,8 VIABLE

3790 21266ASOCIACION COLOMBIANA DE CRIADORES DE GANADO NORMANDO-ASONORMANDO

860008868-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,5 VIABLE

1510 21271 FEDEQUINAS 8605198424 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,8 VIABLE

10287 21273 PROCTEK SAS 900159278-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Gastos de Normalizaciòn , se incluyen Pruebas de laboratoriodentro del rubro, estas pruebas se deben clasificar dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos.

VIABLE 70,8 NO VIABLE

739 21278 SAVANTTI SAS 900436134 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,0 VIABLE

11210 21284 ACUSTEC DE COLOMBIA SAS 8300685044 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,0 VIABLE

854 21286 KATCH LTDA 900072630 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE. Dentro de las especificaciones planteadas en el rubro de "Costo de personal tècnico especializado" se encuentra el pago de la pòliza del proyecto . NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto plantea el mejoramiento de las propiedades de un producto existente para fortalecer su oferta al mercado en términos de calidad, sin embargo no se identifica el componente innovador o nuevos usos, y por lo tanto no se plantean objetivos, actividades o productos en cuanto a exploración y conceptualización de los mismos como anuncia la descripción general del proyecto. Tampoco se plantea la validación a partir de la construcción de un producto final (empaque o embalaje) a partir del material mejorado, no se plantea la construcción de procesos o protocolos, no se identifica el mercado existente, ni definen impactos en generación o mantenimiento de empleos y no son claros los impactos sobre la productividad en la entidad solicitante, a pesar que se definen impactos sobre la competitividad en términos de incremento de volumen de producción y exportaciones. Se observan falencias en cuanto a la definición del equipo técnico, principalmente en lo que respecta a las funciones de apoyo, y del presupuesto asociado al mismo.

65,5 NO VIABLE

687 21292 ROBOTICA COLOMBIA SAS 900496600 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,8 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12101 21304 AUTOMÁS COMERCIAL LTDA. 9002308268 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1, “De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados de Resultados de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados” (numeral 6)

Los Estados financieros presentados no fueron aprobados por el representante legal, desconociendo el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados. causales de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

De igual forma se incumple lo establecido en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptua como No Viable, por las siguientes razones:i. Aunque el objetivo general se enfoca a dar respuesta a la solución de la problemática identificada a partir de "desarrollo tecnológico de dos aplicaciones móviles que permitan la reducción de tiempos de atención a usuarios y la optimización de los recursos humanos, físicos y económicos para desarrollar un modelo de negocio escalable", como deficiencia significativa en la formulación del alcance del proyecto, se incluyen objetivos asociados con fases posteriores en este caso, a la innovación que se propone en términos de las aplicaciones a diseñar. De tal manera que se vinculan dentro del alcance del proyecto actividades asociadas con el tema de mercadeo y comercialización propio que el proponente debe hacer luego de validar el desarrollo de las APP propuestas, que como resultado dan cumplimiento al objetivo general del proyecto. En este sentido, es importante se tenga en cuenta que dentro del anexo de preguntas frecuentes que hace parte de la convocatoria, se recomendó precisamente no incluir dentro del alcance del proyecto actividades posteriores al desarrollo de la innovación, en tanto no son el objeto de la Convocatoria. Bajo lo anterior, y aunque la metodología resulta acorde al desarrollo de los resultados propuestos, existen actividades que se extralimitan respecto al alcance que persigue la convocatoria.ii. En términos de presupuesto se identifican varias deficiencias alrededor de la construcción y dimensión de los recursos. La de mayor importancia tiene que ver con la clasificación errónea que se hace de los recursos asociados con el Rubro de Servicios tecnológicos, en tanto se vinculan dentro del mismo el diseño y desarrollo de aplicaciones, el diseño de las estrategias de posicionamiento y el diseño y desarrollo del concepto de apropiación tecnológica con los usuarios; estos de acuerdo con lo establecido en la convocatoria, No son considerados servicios tecnológicos. Su alcance debió ser clasificado dentro del rubro "Costo de personal técnico especializado".Se considera en general que la valoración en la dimensión de los recursos es sobredimensionada; muestra de ello lo constituyen la valoración del recurso humano que hace parte del equipo del proyecto y para el cual se estima una necesidad de $109 millones de pesos, que para el horizonte de planeación (6 meses), derivan en considerar un pago promedio mensual por persona (3 personas) de $6 millones, resultando excesivo si se tiene en cuenta que dos de las personas propuestas no estarán ligadas de manera exclusiva al proyecto, sino en un tiempo parcial.Por último, al incluirse actividades posteriores al desarrollo de la innovación, se contribuye en términos de formulación a sobredimensionar la necesidad de recursos para dar respuesta al alcance del objeto que persigue la convocatoria.

68,5 NO VIABLE

503 21307 ARAZAFRUT 900636692-1 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es muy interesante desde el punto de vista de incursionar en una tendencia del mercado como es "alimentos saludables", sobretodo, en un producto tan sesible en el páis como es el de las bebidas carbonatadas y azucaradas. Los objetivos planteados son congruentes y el tema está en línea con la política nacional. El equipo técnico y los costos son moderados y los resultados apuntan a los objetivos planteados. Sin embargo, a pesar de ser un tema de gran interés, una de las debilidades del proyecto es la descripción de la problemática y su justificación, ya que pudo haber sido mejorada con información científica relevante recurriendo a la basta literaruta existente sobre la temática a nivel mundial. Asimismo, la metodología se limitó más a la descripción de actividades y no se dejó claro las frutas potenciales que se emplearían para el desarrollo de los productos. Unido a ello se resalta, que no se evidencia una clara inserción en el mercado de los productos a desarrollar derivado del poco uso de estadísticas que soportaran mejor la problemática y la justificación.

68,3 NO VIABLE

1021 21315 CODENSA S.A. ESP 830037248-0 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. VIABLE 70,8 NO VIABLE

10837 21332 SUMMITRAINING SAS 900637350-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

Proyecto técnicamente NO VIABLE. El proyecto responde a facilitar la certificación de competencias laborales de futuros profesionales de la industria del petróleo y no dar soluciones tecnológicas mediante la investigación de problemas especificos durante la producción de hidrocarburos en los pozos petroleros. El objetivo general define que el proyecto busca contribuir al desarrollo tecnológico de las regiones y no que el proyecto busque realizar un desarrollo tecnológico.Tampoco se evidencia que el proyecto se enmarque en una de las estrategias de la línea programática de la convocatoria. No se evidencian criterios de innovación o tecnología que permitan el incremento de la productividad y competitividad en el sector de producción de hidrocarburos.

60,0 NO VIABLE

633 21336 ROBOTEC COLOMBIA S.A.S 800060313-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 79,3 VIABLE

654 21339 SOLTEL SOLUCIONES EN TELECOMUNICACIONES S.A.S. 830031610 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.El presupuesto del Plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP.

NO VIABLE NO VIABLE. Se observaron debilidades en la definición del problema, ya que no se evidenció de manera contundente la existencia del mismo. No se demuestra claramente la articulación del proyecto en una linea estratégica de la politica pública, local, regional o nacional. Se identifica como resultado un posible nuevo producto, sin embargo, no se ha demostrado la existencia de la demanda, ni el mercado potencial del mismo. Se encontraron debilidades metodológicas y en el planteamiento de los objetivos conducentes a lograr el objetivo general.

50,5 NO VIABLE

665 21350 DEINTEKO SAS 900009482-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,0 VIABLE

10515 21370 PRO SERAGRO SAS 900355285 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto.

VIABLE 63,0 NO VIABLE

13208 21378 TECNOEMBALAJE SAS 830.125.152- 1 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados Financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados.”Presento inconsistencia en la relación de fechas de los estados financieros y se anexa las notas financieras que no están firmadas por responsables desconociendo lo solicitado en el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Se incurre en las causales de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica. Y lo citado en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso m) Se verificará que el objetivo del proyecto radicado tenga relación con el objeto social (Certificado de Existencia y Representación legal, o el documento equivalente) de él (los) ejecutor (ejecutores). Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido; Sírvase aclarar y explicar la relación del Objeto social descrito en el certificado de Existencia y Representación legal con el Objetivo del proyecto radicado”

No es clara la explicación de la relación entre el objetivo del proyecto con la relación del objeto social descrito en el certificado de existencia y representación legal. se cita DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE, a) El proyecto tiene las siguientes incoherencias en la definición de los costos: 1. el tiempo de duración definido para el producto P1-R001 es de un mes, pero el coordinador del proyecto tiene una asignación de 84 días. 2. tienen definido un producto a la consecución de un modelo de administracioón de compras e inventarios sabiendo queno es coherente con el objetivo general del proyecto que es la realización de un desarrollo de software. 3. Las horas definidas para el desarrollo web estan muy por debajo de las necesarias para un desarrollo de este tipo. 4. Los costospor hora del desarrollador, diseñador web y diseñador de base de datos es el mismo, esto difiere del mercado. b) El proyecto no tiene definido ningún perfil de desarrollo de software en el apartado personal, el unico perfil definido es el de coordinador del proyecto el cual no tiene competencias demostrables en la ejecución de proyectos de desarrollo de software.

66,0 NO VIABLE

1072 21380 COLMETIK S.A.S. 800005215 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “ De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados de financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados.

En los estados financieros que nos permite verificar los valores de ingresos operacionales y confrontarlos con el anexo 5. Se observan los valores diferentes no coinciden . Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

NO CUMPLE NO CUMPLE, El presupuesto del Plan de transferencia concertado (Anexo No 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. VIABLE 72,0 NO VIABLE

3488 21383 FUNDACION TRASVIDA 900371503-9 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso a) Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1): Debe estar debidamente suscrita por el representante legal del proponente, quien será el ejecutor principal, o el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado. “Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido La carta de presentación de la propuesta.”

Los valores registrados en el anexo 1 por segunda vez se presentan inexactos en el valor total de propuesta . Causal que señala el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

2. (numeral 5)“De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta”.

El documento presentado no lo firma un miembro del órgano directivo de la compañía por lo que carece de legalidad. incurriendo en incumplimiento al Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

NO CUMPLE NO CUMPLE, No se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica. NO VIABLE

NO VIABLE. a) Se observa que hay objetivos que no se articulan con los resultados y actividades planteadas. b) Se plantea como producto “documento donde conste el registro de marca ante la SIC” , al respecto se considera que un registro de marca no se obtener en el plazo de desarrollo del proyecto. c) No se identifican el mercado potencial del producto, ni el modelo de negocio entorno al mismo, no es claro cómo se involucran productores y otros eslabones de la cadena productiva. d) No se identifica como se afecta favorablemente los indicadores de competividad y productividad y no se dimensionan impactos al respecto. e) No se aporta información de la experiencia, conocimiento y capacidad instalada de la entidad solicitante-ejecutora, y no se identifica la relación entre el sector-razón social de la misma y el desarrollo del producto objeto del proyecto. d) No se establecen impactos en cuanto a generación de empleos. e) Se destaca la articulación con agendas productivas definidas a nivel regional entorno a usos alternativos del fique. f) El impacto definido no es claro, se define como "% Incremento de producción (...)" con variación negativa y esto no es coherente, por otra parte se mencionan porcentajes de fique a transformar, pero no la cantidad, en este sentido no es claro como se logrará el impacto ambiental que se pretende y cual es su proporción, puesto que la principal premisa del proyecto es que apartir de la transformación de los jugos del fique se logra disminuir la contaminación, pero no es claro en que medida.

66,0 NO VIABLE

479 21386 SOLUCIONES PARA UN BUEN COMER SAS 900543847-6 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el Ejecutor para la ejecuciòn del proyecto. NO VIABLENO VIABLE. El proyecto es interesante y novedoso desde el punto de vista del Biocomercio. Tiene una buena estructura lógica. Sin embargo, la necesidad del mercado no se respalda con datos estadísticos. Una de las grandes debilidades del proyecto es que los impactos esperados en cuanto al incremento de la producción versus número de agricultores que podrían ser beneficiados es discutible por el reducido número actual de proveedores. Unido a ello, presenta una racionalidad en la distribución de los recursos cuestionable.

64,5 NO VIABLE

10468 21389 BEBITA S.A.S. 860069859 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. Uno de los aspectos a resaltar del proyecto, es su carácter innovador en cuanto a la gestión de la productividad. Asimismo, se resalta el planteamiento del problema, la justificación y su intento por establecer un adecuado estado del arte. Asimismo, es de resaltar la generación de un código fuente. Sin embargo, se percibieron unas debilidades en los objetivos específicos planteados y la metodología propuesta. Por otro lado, no se planteó de manera detallada los perfiles del equipo técnico que harían parte del proyecto dificultando al mismo el tiempo el análisis de la racionalidad de los costos. Finalmente se resalta que el proyecto va en línea con la política nacional de fomento de las TICs.

58,5 NO VIABLE

680 21393 COLTEIN LTDA 900085100 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado y con recursos de cofinanciaciòn se incluyeron las prestaciones sociales del equipo que desarrollarà el proyecto, estas ùnicamente se pueden incluir como contrapartida.

NO VIABLENO VIABLE: El proyecto tiene una formulación general aceptable, pero los recursos asignados en cuanto al personal técnico no estan definidos en nombre y experiencia. Mucho del éxito del proyecto dependerá del equipo técnico y su experiencia. El tiempo de desarrolo parece corto y la empresa proponente no menciona si va a basarse sobre desarrollos propios anteriores que ahorren tiempo.

68,8 NO VIABLE

11851 21394 FUNDACION REDESCUBRIENDO 832009419-1 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto aborda una temática interesante con un gran potencial de aplicación a nivel nacional. Sin embargo, existen algunos aspectos de formulación susceptibles de mejora. Por ejemplo, el planteamiento del problema presenta cierta subjetividad que debería ser replanteada sobre todo en lo referente a la adopción de tecnología por parte de los agricultores y los factores que en ello influyen. Asimismo, el proceso de implementación de la herramienta no es lo suficientemente clara. Si bien es cierto que el proyecto va en línea con los intereses de la política nacional del agro y posee aparentemente un alto potencial, una de las debilidades del proyecto es la forma en cómo sería adoptada o implementada. El equipo técnico expuesto es adecuado y los costos moderados.

66,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2877 21400 ARGUS 900257108 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Se incluyeron dentro del rubro Costo de personal técnico especializado los Honorarios del Contador, Actividades contables y administrativas y atividades Logisticas , Honorarios Coordinador del proyecto, estas corresponden a Gastos de Administración del proyecto

VIABLE 81,5 NO VIABLE

938 21410 CSI BUSINESS SOFTWARE 9002933400 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE. El planteamiento del problema es deficiente, no tiene en cuenta los objetivos de la presente convocatoria. Los objetivos enmarcan un desarrollo tecnológico que busca atacar un problema que no es claro. La metodología no existe, aunque los autores plantean que han creado una metodología, no se evidencia cuál es la metodología y su aplicación en el proyecto. Los resultados esperados y/o productos no tienen un mapeo total con los objetivos del proyecto y por ende con la problemática identificada.

41,8 NO VIABLE

610 21413 HIDROCOL Y CIA SAS 800203855-4 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 93,3 VIABLE

787 21424 KASSANI DISEÑO S.A. 860524772-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,0 VIABLE

697 21425 OSP INTERNATIONAL CALA S.A.S. 830105621-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El rubro Aportesparafiscales y aportes al SGSS delpersonal dedicado al proyecto se presupuesto con recuros del SENA, este rubro es aceptado ùnicamente como contrapartida. VIABLE 77,8 NO VIABLE

877 21430 CIDSA LTDA 830047784 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE

10320 21432 PROYECTOS Y SERVICIOS MARCA LASER S A S 900422162-0 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto.

NO VIABLE

El proyecto no es viable, ya que no evidencia en el documento un proceso fuerte y claro de desarrollo tecnológico o innovación que mejoré procesos en sectores productivos, sólo se evidencia una implementación de una técnica existente para un producto no especificado (armas) con una sola y específica empresa beneficiaria, la cual no fue incluida en el proyecto. Por otro lado hay un vacío en el proceso metodológico ya que se reduce a un listado de actividades. No se aprecia ninguna ganancia a nivel de generación de nuevos empleos. NO hay total coherencia entre las actividades presentadas en la metodología y los objetivos específicos propuestos. La metodología es muy genérica, sólo consta de un listado de actividades sin mayor descripción de recursos humanos, técnicos, económicos, materiales, etc., con lo cual no hay una certeza de poder llegar a la consecución del objetivo general. No se hace una especificación sobre el tipo de armas con las cuales van a trabajar. El cronograma al igual que la metodología está muy general. No es un proyecto que responda a necesidades primordiales de una región o del país y por lo tanto no habrá un impacto significativo. Además, NO hay coherencia y una adecuada justificación para asignar $210’512.000 para gastos de personal técnico especializado, cuando las personas que participaran en el proyecto son sólo 3, de los cuales sólo 2 son profesionales. Y no se asigna ningún rubro para adquisición de equipos, cuando es un punto clave en el proyecto..

60,3 NO VIABLE

2137 21433 COENEQ SAS 830124956 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el Ejecutor para la ejecución del proyecto.No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.

NO VIABLE

El proyecto no es pertinente para esta convocatoria en donde a través de desarrollos tecnológicos e innovación se buscar generar impactos positivos en sectores y regiones del país. En cuanto al documento falta mayor coherencia en el documento, ya que en algunos apartes como la metodología, da la impresión que se va a diseñar software y hardware para obtener el proceso de soldadura automatizado, pero en el presupuesto parece es que se va a comprar todo el equipamiento y es mínimo el nuevo desarrollo tecnológico y la innovación que se va a obtener.Si el Objetivo General del proyecto es sólo la implementación del proceso de soldadura automatizada, como lo dice el documento, no estaría cumpliendo en gran medida con la finalidad de la convocatoria que está relacionado con generación de nuevos procesos innovación y desarrollo tecnológico. Esto también se ve reflejado en los Objetivos Específicos ya que se salta de consolidar unos requisitos del proceso de soldadura a la implementación de un sistema de soldadura automatizada sin haber contemplado el proceso de diseño del mismo, quedando ausente el componte de nuevo conocimiento e innovación que se le va a trasferir a los beneficiarios. Sólo se vería un proceso de compra o transferencia de tecnología de soldadura automatizada. En el listado de productos intermedios y finales, se presentan 14, pero en realidad como productos se podrían considerar solo el registro de nuevo software, el registro de nuevo hardware, el video documental del proyecto (que no está mencionado en esta sección) y la creación del módulo de capacitación. La otra información son actividades propias del proyecto y no productos.En el segundo aporte de transferencia se hace alusión a la trasferencia de otro proyecto diferente al evaluado. Los costos del personal técnico especializado son muy costosos en el proyecto, además no se explica por qué los costos de adquisición de equipos y software son también elevados y los insumos y materiales no superan los cinco millones, lo que da a entender que no se va a realizar un proceso de diseño, construcción e implementación de un desarrollo tecnológico e innovación sino que se hará la compra de equipos e instalación. De las tres personas proponentes sólo una es del área ingenieril, fundamental en la consecución del objetivo general.No es justificable por qué si la empresa ejecutora y las empresas beneficiarias son de Bogotá estén contemplados unos viáticos y pasajes de viaje Cali a Bogotá, y un viaje cuesta 1.200.000. Además existen otros viajes y viáticos sin especificar. En cuanto al tema de trasferencia de conocimiento y de tecnología se debería reforzar para tener un impacto representativo que compense la gran inversión solicitada.

62,5 NO VIABLE

11166 21776 CORPORACIÓN EDUCATIVA INDOAMERICANA LTDA 800022076-6 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta. “ ( numeral 3 )

No hay evidencia de VoBo del líder Sennova a través de firma de aceptación. El proponente incumple lo establecido en el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causales de rechazo a la de acuerdo con le Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico. De igual manera citó el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA

NO CUMPLE

NO CUMPLE Los gastos de administraciòn corresponden al 42,50% del valor total del proyecto.Plantea como Insumos:Tecnologicos, Audiovisulales y academicos,no es clara la descripciòn para la ejecuciòn de este rubro.No se registrò el anexo No 7 dentro del SIGP,por lo tanto No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto. Se presentan $65.000.000 en el rubro Adquisición de equipos y de software necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, de los cuales $40.000.000 se encuentran presupuestados con recursos del Fondo, este rubro ùnicamente es aceptado como contrapartida aportada por el proponente.Se presentan $20.000.000 en el rubro Aportes parafiscales y aportes al Sistema General de Seguridad Social del personal dedicado al proyecto, de los cuales $5.000.000 se encuentran presupuestados con recursos del Fondo.Este rubroùnicamente es aceptado como contrapartida aportada por el proponente.

NO VIABLENO VIABLE. Una de las características a resaltar del proyecto en su carácter innovador y su fuerte potencial de mercado. Sin embargo, se identificaron algunas debilidades en el planteamiento del problema y la justificación del desarrollo de un aula móvil. Asimismo, no existe una congruencia total entre el objetivo general y específicos planteados, aunque se hace un intento en la metodología por responder al objetivo general. El proyecto propende por el desarrollo de un nuevo producto, el equipo técnico propuesto es adecuado, aunque los costos presentan cierta asimetría en el rubro Gastos de la Administración del Proyecto.

62,0 NO VIABLE

12929 21445 ESTRATEGIA SALARIAL SAS 9005655032 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro de rubro Insumos y materiales, se incluyen los Equipos de computo para el gerente de proyecto, Analista de Operaciones y Diseñador del Software ONLINE para la ejecución del proyecto (estos no son bienes consumibles)

VIABLE 93,5 NO VIABLE

487 21453 MARROQUINERA S.A. 8600664711 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,3 VIABLE

11962 21457 N2N BUSINESS SOLUTIONS 900347593-0 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE, por las siguientes razones:1. El soporte sobre el que se formula el proyecto es limitado, en tanto se limita a referir que la empresa ha detectado la necesidad de desarrollar un sistema de información que le permita obtener datos a las granjas porcícolas para los procesos de toma de decisiones en costos de producción y trazabilidad en los diferentes procesos de producción. No obstante a lo anterior, en la propuesta no se identifica a partir de un estado del arte robusto, sobre lo existente alrededor de posibles aplicaciones o sistemas de información, adicional no se precisa, si lo propuesto se orienta como solución a las necesidades de granjas tecnificadas y con sistemas de producción intensivos; o si por el contrario, se trata de una solución estándar que puede ser implementada en granjas pequeñas con bajos niveles de tecnificación. En todo caso, se trata de sistemas productivos de diferentes dimensionamientos y requerimientos, que suponen condiciones diferentes. Este es una condición que no se menciona en el proyecto; de tal manera que se asume todas las condiciones de las granjas porcícolas son iguales. En la práctica esta puede constituirse en una limitante para el proyecto en su fase de lanzamiento al mercado.2. Aunque se presentan las actividades a desarrollar por producto y a su vez por los objetivos específicos definidos, la metodología de intervención es aún "gruesa" para poder validar el alcance de cada actividad, así como la calidad que deben tener los entregables. En esa medida no existe justificación para validar el desarrollo de las actividades que hacen parte del primer objetivo de la propuesta, según el cuál es necesario entrar a caracterizar los procesos de una granja porcícola y a validarlos. Este resultado no tiene sentido, en tanto se trata de información que está disponible en el mercado o que puede ser construida a partir de una asesoría puntual de un técnico productivo, en lugar de disponer de recursos para el desarrollo como se propone en el proyecto. Frente a los resultados asociados con el diseño y desarrollo de la aplicación, la metodología no permite validar bajo que supuestos se proyectan las necesidades en términos de horas de producción, que finalmente se traducen en la duración de 12 meses del proyecto y recursos por valor de $224 millones.3. Aunque se refiere la ausencia de sistemas de información es una problemática del sector porcícola, no se presenta como etapa previa al desarrollo del proyecto propuesto, información que de cuenta de que el proponente hizo actividades previas que le permitieron no solo dimensionar el impacto real de la solución que se propone, la aplicabilidad de la misma y la magnitud que en términos de mercado puede abordar, con un conocimiento claro del nicho específico al que se quiere llegar con la solución. De entrada la inclusión del primer objetivo del proyecto, da cuenta que la empresa no tiene conocimiento del sector y esto puede limitar la ejecución.4. De la manera como esta formulado el proyecto, no es posible validar que la dimensión de los recursos sea la adecuada y proporcional para el alcance del proyecto. De entrada, no se encuentra justificación frente a la inclusión como actividades del objetivo específico 1, por favor de $59 millones.Tampoco se encuentra diferencias en lo propuesto por el producto 3 y 4 que corresponden al segundo objetivo específico y que se definen como "Documento que describe el proceso metodológico para elaboración del software de gestión de la granja" y que en conjunto demandan recursos por $55.2 millones. Al no conocer un mayor detalle del alcance y aplicabilidad se espera tenga la solución, sumado en contraste con la evidencia de que el proponente no conoce el sector porcícola y por ello advierte la necesidad de realizar actividades de caracterización del sistema productivo; no queda claro entonces, como se dimensiona la necesidad asociada con el recurso humano para las fases de diseño, desarrollo y validación. Los recursos por valor de $145 millones, pueden estar sobredimensionados.

56,8 NO VIABLE

10414 21474 IMPORATADORA SINERGY LTDA 900154914 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: El equipo del proyecto tiene perfil para la gerencia del mismo pero no para desarrollo de software; debe contratar equipo técnico con experiencia y perfil adecuado al desarrollo. El desarrollo propone varios módulos, que son de difícil logro en el tiempo propuesto para el proyecto. No comentan si van a utilizar software libre.

69,0 NO VIABLE

1566 21484 ATA ELECTRIC 900240324-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,8 VIABLE

2423 21486 DISMET S.A.S. 800229512-6 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.Incluye el rubro no cofinanciable Profesional de mercadeo para el desarrollo de Documento en el que se especifica la caracterización de la producción de mortero seco en Colombia. El rubro Pago de servicios tecnológicos contempla Desarrollo del software, dicha descripción no está permitida por los términos de referencia de la convocatoría dentro de este rubro.el presupuesto de la transferencia de tecnologia al Sena no coincide con la información reportada en el SIGP

VIABLE 76,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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3214 21490 ID LOGICS LTDA 900215542-9 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g)

No presentó certificación suscrita para establecer si es no responsable de los parafiscales del destinados al SENA. establecido en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado

2. ( numeral 3 )De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.

El documento suscrito por la socia capitalista MARIA ESNEDA MARULANDA BEDOYA como presidente de la compañía LOGICS LTDA da poder a la socia y representante legal, la acta suscrita no tiene registro y no ha sido presentada ante el órgano competente que registra el poder mediante el acta . Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

3. (numeral 4 ) De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c

La certificaciòn solicitada no fue presentada. Causal de rechazoCapítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLE NO CUMPLE, No se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica. NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE en el marco de la convocatoria al cual fue presentado, aunque se presenta la construcción de una herramienta que a todas luces es interesante, el proyecto carece de un problema definido en términos de mejora de la productividad y competitividad. Los objetivos solo buscan construir una herramienta, dejando de lado los procesos que hacen parte de una empresa y el análisis que se debe realizar para integrar una solución tecnológica que apoye procesos. La visión de la propuesta es construir software sin un fundamento claro. No hay evidencia de un proceso metodológico que soporte el desarrollo del proyecto, no es suficiente con exponer que metodologías y modelos se utilizarán, se debe definir el conjunto de pasos a seguir para garantizar el éxito del proyecto.

38,3 NO VIABLE

12857 21493 SADEP LTDA 830032055-3 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado, se presenta el arrendamiendo de equipo para investigaciòn y desarrollo , este concepto debe incluirse dentro del rubro Arrendamiento de equipo para investigaciòn y desarrollo.

NO VIABLE

El proyecto se considera No Viable por las siguientes razones:i. La descripción sobre la que se soporta el planteamiento del problema es muy general y se refiere a datos de fuentes secundarias (Banco de la República), dejando de considerar precisiones más cercanas a partir de la experiencia del proponente. Derivado de esto no es posible establecer cuál es la relación que el proponente ha evidenciado de manera directa con la población o sector que para el caso, es el seleccionado por el proyecto. El estado del arte también es general para el proyecto y no incluye la precisión de existencia y avances en el desarrollo de sistemas como el propuesto.ii. El establecimiento del objetivo general no indica como resultado, cuales son las variables de productividad y competitividad en las que se espera se impacte la situación actual del proponente.iii. La descripción metodológica se presenta general. Cada uno de los tres objetivos específicos definidos incluye como actividad la conceptualización, el diseño, el desarrollo y la validación. No se dan detalles que permitan dimensionar el alcance de lo que se propone, de tal manera que se limitan las posibilidades de poder establecer sobre que fuente se validan los entregables como cumplidos a satisfacción.iv. Derivado de la deficiencia y limitación en la presentación de contenidos, no es posible establecer cuál es el alcance en términos de funcionalidades que propone el proponente tenga el software; derivado de lo cual tampoco es posible y no se presenta información específica dentro de la formulación, que permita identificar en términos de productividad y competitividad cuáles son las variables a partir de las que se medirá un mejoramiento para el sector.v. La formulación carece en presentar elementos a partir de los cuales se establezca la articulación de lo propuesto con el mercado. En este sentido, no es claro que la necesidad del proyecto haya nacido de un ejercicio previo de mercado hecho por el proponente, a partir del cual se hayan levantado unos requerimientos iniciales para el software, así como que por ejemplo al salir con el producto al mercado, existe un público esperando el producto y esté disponible a comprarlo. vi. Dentro de los logros del proyecto no se incluye la generación y/o mantenimiento del empleo. Esto puede ser resultado de la falta de claridad del alcance del software que se propone, ya qué aunque se refiere las ventas serán establecidas a partir de licenciamiento, no se hace alusión alguno a lo que en términos de capacidad e infraestructura se demandará al proponente para garantizar la operatividad del mismo, una vez puesto en el mercado.vii. La definición de resultados y productos no permite establecer o definir un criterio a partir del cual sea posible validar en que medida y con que calidad se alcanzan los objetivos propuestos. Al tratarse de una formulación general, descrita con actividades generales, tras la ejecución, la entrega de cualquier producto podría darse como cumplimiento. Éste es un tema crítico de la formulación del proyecto, en tanto y en aras de salvaguardar el uso que se de a los recursos públicos, se debe fijar de manera precisa, el detalle y el alcance de cada actividad, y la calidad que se espera tengan los productos intermedios y finales.viii. En general y para el detalle que se da respecto al alcance en términos de funcionalidades que tendrá el software, se considera la dimensión de recursos que se proyecta es excesiva al proyecto. Así mismo, se considera la dimensión que se hace en tiempo (12 meses), no está justificada dentro de la formulación.ix. Como consecuencia, la dimensión en términos de duración de cada actividad y vinculación de personal del equipo ejecutor, no se encuentra justificada. No esta argumentada la necesidad en tiempo que se da para cada una de las actividades propuesta, considerando que el requerido es excesivo para el tipo de producto que se propone innovar:i. Conceptualización de los módulos: 12 meses; es decir, que en toda la ejecución se estarán haciendo tareas de conceptualización del producto. Esto no tiene ningún tipo de lógica para un proyecto de desarrollo de software.ii. diseño de las herramientas (módulos): 5 meses. Tampoco se considera este justificada esa necesidad de tiempo.iii. desarrollo del software: 9 meses. Se considera una solicitud sobredimensionada, máxime cuando no hay una propuesta que vaya barriendo el desarrollo por módulos dentro del horizonte de ejecución, sino que se plantea se desarrollan de manera simultánea. Esto obliga a disponer de una capacidad de recursos físicos y humanos mucho más grande, para poder abordar varias cosas a la vez.iv. Validación del producto, planteando hacer uso de 4 meses. Es un tiempo sobredimensionado para hacer la validación.En general dado el nulo nivel de detalle que tiene la formulación, no es posible validar que la dimensión de recursos sea la más apropiada y racional para el desarrollo de un producto como el propuesto. Seguramente, al plantear una formulación más cercana y lógica, disminuirá el tiempo de ejecución y por ende, la dimensión de recursos humanos que se requieren. Para el caso los recursos humanos representan más del 80% del presupuesto.

40,5 NO VIABLE

429 21494 ENSE LTDA 860534998-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias. VIABLE 78,5 NO VIABLE

709 21495 NUBIXAR SAS 830099008-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 86,5 VIABLE

1225 21499 ANDROSS LTDA 830115678-9 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1.De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta.

La información enviada continúa sin el respectivo ajuste, los valores de acuerdo a la solicitud induciendo a un error . Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Además el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.causal de rechazo en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.No cumple con lo indicado en el Artículo décimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que, del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. El plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP.

NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE. El planteamiento del problema es pobre y no define claramente la necesidad de realizar un proyecto con las características definidas dentro del marco de la convocatoria. Los objetivos deben tener relación directa con los productos a entregar, no se entiende cómo es posible que uno de los productos sea el desarrollo de una plataforma virtual de aprendizaje. Los proponentes demuestran un desconocimiento de conceptos, la utilización de una plataforma virtual es algo completamente diferente al desarrollo de una plataforma. No hay evidencia de una metodología que direccione el proyecto.

29,0 NO VIABLE

9426 21504 UNION INMOBILIARIA INTEGRAL S. A.S. 9004166974 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO ES VIABLE, a continuacion de exponen los argumentos:En el planteamiento del problema carace de una estructura que permita identificar claramanente que es lo que se va a realizar, como lo van a realizar y como mediran los resultados. El objetivo general no refleja el producto que se quiere desarrollar y se relaciona parcialmente con los productos planteados.Los objetivos especificos planteados no son medibles ni cuantificables a lo que se debe reorientar estos para la consecusion del objetivo general que tambien debera replantearse dado a que no se ve la relacion entre objetivos general y especificos.La metodologia no responde a la consecucion de los objetivos especificos y no permite alcanzar el objetivo general no se evidencia las fases del proyecto ni su forma ni manera de construirlo.En cuanto a los productos estan mal definidos si se tiene en cuenta el objetivo general, donde se define la construccion de un portal web y los productos plantean un portal web una aplicacion movil y un equipo de administracion de la plataforma. Se debe restructurar el proyecto como producto principal es el servicio mas no la aplicacion web.En general el proyecto carace de estructura en su formulación y justificación adicionalmente los valores so

55,5 NO VIABLE

823 21507 GENÉTICA ANIMAL DE COLOMBIA LTDA. 900266085 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,5 VIABLE

13182 21522 AMA-GI SAS 900619419-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE El rubro de publicacion de resultados incluye Gastos correspondientes a la gestión administrativa y contable, arrendamiento de espacio adicional, archivo, papelería, servicios públicos. El rubro Diseño de prototipos incluye Desarrollo del material pedagógico para la trasferencia de conocimiento, capacidades y herramientas a los gestores turísticos en las regiones (Familias campesinas), elaborados colectivamente por el equipo de Ama-gi SAS.

VIABLE 84,0 NO VIABLE

4424 21538 AGENCIA DE ADUANAS MOVE CARGO S.A. NIVEL 1 800.248.322-4 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE. Se encontró dentro del rubro "Adquisición de equipos y de software" que la descripción no corresponde teniendo en cuenta que es arrendamiento de equipos. VIABLE 83,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12589 21542 ARENA IT 900604701-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa NO VIABLE, por las siguientes razones:1. En general el planteamiento del proyecto esta soportado en la necesidad de dar respuesta a la problemática en el manejo y ausencia de un sistema de información que le permita a las granjas ovinas hacer control de sus sistemas productivos, especialmente lo relacionado con las evaluaciones genéticas. Sin embargo, no se contextualiza de qué manera el proponente generalizó se trata de una problemática general del sector y no solo lo requerido por La asociación Nacional de capricultores y Ovinocultores de Colombia . ANCO, mencionada en varios aspectos de la formulación del proyecto. En esta medida, aunque el proyecto se orienta a dar respuesta a una problemática específica, no es claro responda a dimensionamiento más grande de mercado, que permita garantizar la intención de compra de lo propuesto.2. la definición de objetivos es limitada. El objetivo general, establece el desarrollo del aplicativo sin hacer referencia a las características diferenciales que se espera tenga el mismo, respecto a lo disponible en el mercado. Así mismo la definición de objetivos específicos, sólo aborda los objetivos de diseño y desarrollo; pero no de pruebas, validación y ajustes; fases que se requiere queden contempladas como entregables.3. No se refiere cuál es el impacto que de manera directa genera el desarrollo de la solución en la variable de mantenimiento y generación de empleo. EN esa medida, el proponente no describe cómo espera tras la ejecución y loro del objetivo, cambiar su esquema organizacional para dar respuesta a la necesidad de monitoreo y soporte de la solución software propuesta.4. A nivel de presupuesto, en general se considera que la dimensión de los recursos a los que se hace referencia está sobredimensionada y sin justificación. Algunas de las deficiencias que se identifican son:Sobredimensionamiento en tiempo y recursos para el producto P01 del primer resultado, por valor de $38 millones.En general de sacarse una relación de los tiempos requeridos por cada persona del equipo ejecutor, de acuerdo con el presupuesto hecho por producto se encuentra qué para la mayoría a excepción de los dos desarrolladores y la diseñadora, se piden en recursos honorarios para más meses que los 12 que se precisa tendrá la duración del proyecto. De manera puntual, para el gerente de proyecto, se encuentra se solicitan 20 meses, para el genetista 17 meses y para el líder experto 18 meses. La manera como se formuló el proyecto no tiene en cuenta que hay actividades que se desarrollan de manera paralela en el mismo periodo, no es correcto por tanto cuantificarlas doblemente.Adicional, no es lógico que para algunos periodos la valoración de los honorarios de los profesionales del equipo ejecutor sea de un monto, y en otros periodos se cambié la dimensión de honorarios/mes. Ej. Gerente de proyecto en el producto 01 del resultado 1, valorado en $6 millones/mes, y en producto 02 del resultado 1, valorado en $3 millones/mes.Se considera que la dimensión de honorarios del equipo está sobredimensionada con respecto a precios del mercado; máxime sí se tiene en cuenta (a excepción de 2 profesionales), que no se trata de profesionales con dedicación exclusiva al proyecto: gerente de proyecto $6 millones para una dedicación del 50%, genetista y líder técnico entre 6 y 7 millones para dedicación del 40 y 60%.

52,0 NO VIABLE

1061 21543 ACERARQ SAS 9001202203 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado se incluyen Gastos de administraciòn. Dentro del rubro Insumos y materiales se incluye efectuar prueba de carga dentro de este rubro.Estos conceptos no se ajustan a las descripciones planteadas en la descripciòn de rubros dada en los tèrminos de referencia de la convocatoria.

VIABLE 78,3 NO VIABLE

10752 21552 INDUSTRIAS ROCAS LTDA 860056702-3 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE, por las siguientes razones:1. No se presenta con claridad la información que soporta el planteamiento del proyecto. Es claro se quiere mejorar el componente productivo a partir de la automatización de la planta productiva, pero no se refieren de manera puntual aspectos sobre los que sea posible identificar cuáles son los problemas que tiene la planta actual, cuáles son los impactos que tienen en términos de indicadores de productividad, etc.2. los objetivos específicos que se definen se constituyen más en impactos esperados que en propósitos que se persiguen en la ejecución en términos de entregables que den respuesta al alcance del objetivo general. En esa medida no es válida la inclusión como objetivos específicos de los siguientes: mejora de la eficacia en la planta en un 20%, incrementos de la producción en un 20%, aumento de las ventas en un 15%, disminución de los costos en 10%, generación de dos nuevos empleos, desarrollo de 2 pasantías, una jornada de divulgación y desarrollo de material de consulta.3. De la manera como esta formulada la intervención, careciendo de objetivos específicos que den cuenta del logro de avances en términos de entregables; no es posible identificar a partir de qué fuentes de verificación se soportará la entrega de un sistema de producción automatizado y repotencializado con la implementación de nuevas tecnologías y materias primas novedosas.4. La formulación no aporta información que de cuenta cuál es la situación actual de la empresa frente al mercado. Si bien se refiere en general que la industria ha perdido representación en las exportaciones, nunca se da claridad a sí la empresa misma esta exportando y sus ventas han bajado.5. En general, dado que no es posible contextualizar cuál es el alcance que se quiere tener en el proyecto, no es posible validar que la dimensión de recursos sobre la que se soporta la formulación sea acorde y racional.6. Queda en duda cuál es el alcance de los recursos que se consideran bajo el Rubro Servicios Tecnológicos; en tanto se visualiza tienen la misma descripción y están de manera transversal a lo largo de la ejecución: "Obtención de modelos y metodologías para la repotenciación y automatización de la planta relacionada con el flujo de producción". Llama la atención a que dentro del Ítem Metodología se refiera el equipo estará compuesto por el líder de producción y un consultor quién será el encargado de acompañar el proceso de automatización y repotenciación. Esto podría indicar que en realidad la contratación de un tercero obedece a servicios profesionales que deberían haberse clasificado como Costo de Personal Técnico Especializado.7. No es posible validar que la estructuración del equipo sea la adecuada para garantizar el alcance del objetivo perseguido, en tanto la mayor deficiencia del proyecto es que no es posible acotar qué es lo que quiere lograr el proponente y cuál es la situación actual frente a lo que quiere obtener.

26,3 NO VIABLE

1027 21555 CMHRH SAS 9006749523 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta. Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

El documento enviado no presenta la firma del representante legal , causal del rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico. Causal de rechazo contemplada Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLE

NO CUMPLE con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.

Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias

NO VIABLENO VIABLE: Debe revisarse la estimacion de mercado nacional y el equipo del proyecto, especialmente el perfil tecnico de los participantes y el numero de participantes. El presupuesto presenta inconsistencias entre lo planteado en el pdf y el formulario web.El tiempo de desarrollo y tramites de propiedad intelectual y homologacion de normas tecnicas internacionales tiene una prevision de un año que resulta corta.

62,3 NO VIABLE

7837 21571 GRUPO AGUZ LTDA 900326383 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,0 VIABLE

3236 21574 QUINTERO LEATHER 900330105 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el Ejecutor para la ejecución del proyecto. VIABLE 72,0 NO VIABLE

13091 21576 IMACAL LTDA 8600331824 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

11092 21578 AQUABIÓSFERA S.A.S 900622284-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el Ejecutor para la ejecución del proyecto. El rubro Publicación de resultados contempla "Socialización y talleres expertos", La convocatoria establece que este rubro hace referencia unicamente a difundir por medio de imprenta o medio digital los documentos de los resultados.

NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE. El planteamiento del problema es claro, los proponentes hacen un análisis del proceso de entrega y seguimiento de la información. Posteriormente proceden a plantear un objetivo acorde al problema, sin embargo, al momento de verificar los objetivos específicos, metodología y demás apartados de la propuesta, no se evidencia cómo la construcción del sistema dará cumplimiento al objetivo general propuesto. La construcción de un sistema de información no garantiza el éxito de un proceso. La ausencia de elementos de verificación para concluir si efectivamente el sistema contribuirá a mejorar la productividad y la competitividad son la falencia más grande de la propuesta.

57,5 NO VIABLE

3044 21580 LABORATORIO INDUSTRIAL ANDINO 8000449495 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,3 VIABLE

234 21581 GRUPO QUIROMAR SAS 830055605 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE: El proyecto es debil en proponer una metodologia para instalar unos procesos que conllenen a la mejora de la competitividad de la empresa.Dicha metodologia es propositiva, no esta bien referenciada con otras experiencias de empresas, firmas consultoras o academia. El equipo humano es insuficiente y sobre la empresa consultora de apoyo el proyecto no acalara su experiencia y perfilde personal asociado.

62,3 NO VIABLE

12253 21582 DIDÁCTICA Y SISTEMAS SAS 900433013-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO ES VIABLE, a continuacion de exponen los argumentos:El objetivo general no responde a la oportunidad expuesta dado a que no es medible y cuantificable en el tiempo. En cuanto a los objetivos especificos no aportan al objetivo general planteado y estan expresados en terminos de actividades.En conjunto el proyecto no permite medir el incremento de las competencias tecnicas especializadas a traves de la herramienta que se propone a desarrollar.El proyecto no propone nuevos productos que no existan en el mercado, adicionalmente se ve como una plataforma LMS sin valores agregados que los haga competitivos versus otras empresas.Los productos planteados tienen un enfoque que difiere del objetivo general, estos se enfocan en desarrollo de productos y el general al incremento de competencias tecnicas especializadas no siendo cuantificable ni verificable.

68,5 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

Página 11 de 31

9188 21583 ROMER SOLES SAS 9004935516 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo. NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. La definición del objetivo general es amplia y abarca varios componentes a la vez, pero no de forma clara. Refiere el proponente busca “un mejoramiento de alto impacto competitivo dentro de la organización que le permita en base al mejoramiento y modelado de procesos interno con altos estándares de diferenciación y generación de valor y la adopción de procesos de diseño, desarrollo e impresión de prototipos en 3D, determinar grados y características de cumplimiento de nuevas posibilidades de referencias en pro de gestionar continuamente alternativas innovadoras y de alto valor agregado que puedan ser totalmente funcionales para los diferentes targets de impacto promoviendo el desarrollo de la empresa”. En esa medida, el único alcance comprensible resulta ser el diseño, desarrollo e impresión de prototipos en 3D. Los otros objetivos que se persiguen asociados con la implementación de un modelo esbelta, no se percatan en la descripción establecida.La definición de objetivos específicos esta orientada principalmente al logro de la implementación del modelo esbelta de manufactura. No obstante la formulación responde más a la definición de los impactos/efectos esperados de la intervención.2. El desarrollo metodológico del proyecto es limitado. La información que se presenta esta referida exclusivamente a precisar que se contratará a una entidad de servicios tecnológicos que será la responsable de la transferencia de la metodología definida. Pero no se aporta ningún detalle que permita establecer cuáles serán las fases de desarrollo, las actividades a desarrollar, los entregables específicos por fase; entre otros aspectos.3. El proyecto no hace mayor precisión y contextualización frente al componente de mercado. Si bien el proyecto se formula como respuesta a una necesidad de mejoramiento propia del proponente, a nivel de formulación se espera se hubiese desarrollado un ejercicio asociado con el posible dimensionamiento del mercado que puede impactar positivamente a la empresa tras el logro del objetivo que se propone. Este tipo de cuestionamiento se requieren en la formulación, en tanto son los que ayudan a justificar la inversión del proyecto.4. la construcción del presupuesto en general puede considerarse es racional frente al alcance de la intervención. No obstante a lo anterior se identifica que existe un mal uso del rubro “Pago de servicios Tecnológicos”, ya que aunque el mismo esta definido para el desarrollo de modelos, metodologías, pruebas, ensayos, principalmente; la contextualización que se logra dar con el desarrollo de proyecto es que se están incluyendo adicionalmente los servicios de implementación y acompañamiento para la efectiva apropiación de la metodología definida. Así mismo y por la ausencia de detalle metodológico no es posible validar como se dimensionan los recursos asociados con el prototipo. 5. El equipo ejecutor se refiere esta conformado por 1 coordinador de proyecto y 1 técnico especializado. No se incluye dentro de los perfiles establecidos la contratación de la firma responsable de la implementación de lo que el proponente cataloga como servicios especializados, esta es una limitante importante en la formulación del proyecto, en tanto demanda una gran parte de los recursos establecidos y se debe asegurar la perfilación sea coherente con el nivel de maduración de la empresa.Por otro lado frente a la estructuración de tipo interno, queda en duda como se garantiza la apropiación e implementación en los niveles de satisfacción esperados, cuando el profesional especializado, responsable a nivel interno sólo se refiere tendrá un dedicación de 8 horas semanales al proyecto. Esto no garantiza la apropiación ni la efectiva implementación.

59,0 NO VIABLE

2862 21584 ADM S.A.S 830081947-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto no es viable desde su planteamiento, se ha desaprovechado que ya tienen un gran camino avanzado con el hecho de conocer las áreas en las que la empresa tiene debilidades. No hay un buen plantamiento del objetivo general que permita ver que se quiere, cual es el propósito y mediante que se va a lograr y esto conlleva a que los obetivos específicos no apunten claramente el rumbo de los resultados esperados. Finalmente en el anexo 8 se plantea un objetivo general y en el Anexo 7 es otro lo cual no permite identificar claramente cual es el objetivo del proyecto.

57,3 NO VIABLE

7694 21587 MANUFACTURAS QUERIDO SOLDADO 900130986-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,0 VIABLE

3112 21589 PEREIRA DORADO CIA LTDA 830096904-6 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,8 VIABLE

2829 21590 CYGNI INGENIERÍAS S.A.S. 900201402-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,5 VIABLE

12675 21596 CONECTARTV SAS 8030134971-3 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

"1.Por la falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos, se declara rechazadas las propuestas por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica."

CUMPLE VIABLE 87,3 NO VIABLE

10504 21599 MANUFACTURAS FALCON S.A.S 830124636 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el Ejecutor para la ejecución del proyecto. NO VIABLE El proyecto NO ES VIABLE. La redacción del proyecto es coloquial y no presenta un eje articulador entre todos sus componentes. Aunque la idea de lo que buscan los autores puede ser apreciable, no es clara y deja muchos vacíos. La ausencia de claridad en todos los objetivos, así como una inadecuada definición de la metodología no permiten emitir un juicio de valor positivo para el proyecto.

29,8 NO VIABLE

1184 21601 5D DISEÑADORES ASOCIADOS LTDA 830076030 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,0 VIABLE

1007 21604 COLGOMAS S.A.S 900176789 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro "Diseño de prototipos" se describe: Rubro destinado a compra de materia prima e insumos para desarrollo de prototipo con recursos de cofinanciaciòn, por este rubro y con recursos de cofinanciaciòn ùnicamente se pueden incluir los Diseños.

NO VIABLENO VIABLE ". En el documento no se adjunta información en el apartado "DESCRIPCIONES", solicita remitirse al anexo 8 de la propuesta física. Sin embargo, no se encuentra dicho anexo dentro de la documentación suministrada para la evaluación. Por lo tanto, No se tiene información suficiente para evaluar esta propuesta.

10,0 NO VIABLE

11392 21605 OPCIONES Y FORMAS SAS 8301268782 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. El objetivo se muestra claro en alcance respecto al planteamiento identificado: “Diseñar y desarrollar un prototipo para la postura de esquineras archivador tipo AZ, para así mejorar tiempos en la producción e incrementar los ingresos de la empresa, acompañado de la construcción de conocimiento de los diversos actores del SENA a través de la adecuada transferencia de tecnología”. La definición de objetivos específicos, no obstante, presenta deficiencias, en tanto algunos se muestran como impactos o efectos derivados de la ejecución, pero no hacen referencia a entregables que contribuyan a validar el diseño y desarrollo del prototipo. Algunos de los indicadores mal expresados son: aumento de la producción en un 30%, mejorar método actual de trabajo, minimizar el riesgo de accidentes, generación de dos nuevos empleos, entre otros.2. Aunque el proyecto refiere existe una necesidad de los clientes frente al mejoramiento de uno de los productos actualmente ofertados por el proponente, no se aporta mayor detalle que contribuya a dimensionar el tamaño de dicha necesidad. Se advierte un incremento de la capacidad de producción del 30%, pasando de 3.300 legajadores diarios a 11.000 diarios; pero no se precisa sí la demanda identificada en efecto proyecta consumir el máximo de la capacidad de producción. Así mismo, el soporte y justificación alrededor de la necesidad del prototipo está justificado en el mejoramiento de un único producto, pero no se precisa sí a partir de la validación y producción de la máquina requerida, será o no posible diversificar la oferta en más de un producto; aspecto que genera la bondad de hacer eficientes los recursos invertidos en el diseño y desarrollo del prototipo. 3. La definición de entregables se considera limitada para lograr verificar el logro del objetivo que se propone. Aunque se presentan un total de 16 productos intermedios y finales, solo 5 corresponden a fases que tiene relación directa con el diseño, desarrollo y validación del prototipo. Como limitante se refiere que el contexto del proyecto no permite establecer cuál es el escalamiento del prototipo deseado.4. La metodología aportada no permite establecer cuáles son los instrumentos y herramientas a partir de los cuales se asegura la apropiación de conocimiento por parte del equipo al interior de la empresa. Aunque se mencionan como entregables actividades asociadas con la presentación de documentos e informes, tampoco se detalla la calidad de los mismos. 5. Aunque la construcción del presupuesto obedece a la identificación de los recursos requeridos para desarrollar as fases de diseño, construcción y validación del prototipo; no se precisa cuál será el tamaño del escalamiento del prototipo; con lo cual no es posible validar que la dimensión de recursos por valor de $266 millones sea eficiente. En esa medida no resulta posible alinear la dimensión de estos recursos, frente al argumento que soporta la justificación del proyecto, cuando se indica es más barato hacer la máquina en el país que importarla. De la manera como se presenta la información no es posible dimensionar cuál puede ser la demanda de recursos para la producción de la máquina, teniendo en cuenta que el diseño de un primer prototipo corresponde a $266 millones. Aunque los recursos identificados, se considera son los necesarios para dar respuesta al objetivo que se propone, algunas actividades pueden estar sobredimensionadas en tiempo (duración), lo cual obligatoriamente impacta en la demanda de recursos. Así mismo, para otros como es el caso de los recursos asociados con el pago del componente de diseño; no queda claro a nivel metodológico cuál es la robustez de lo que se pretende, para que los recursos que se deban pagar a un tercero del equipo ejecutor externo al proponente correspondan a $158 millones (59% de los recursos del proyecto).6. El equipo ejecutor del proyecto se refiere estar compuesto por una persona al interior de la empresa como responsable del rol de coordinación, adicional a la contratación de un tercero externo al proponente, responsable del componente de diseño y desarrollo del prototipo. La estructuración, no se considera adecuada, en tanto se identifica como riesgo que el componente de mayor peso y dimensión de recursos en el proyecto quede a cargo de una persona natural. En esa medida no queda justificado el dimensionamiento de recursos que se propone ($158 millones), en tanto no se establece cómo se garantiza una sola persona de respuesta a todas las necesidades de diseño y desarrollo del prototipo.

64,0 NO VIABLE

10040 21610 SMART GREEN COLOMBIA S.A.S. 900478195-4 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, La propuesta radicada no contiene los estados financieros a diciembre de 2015 para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica. Se solicitò subsanaciòn al proponente, el proponente remite documentaciòn aclaratoria, sin embargo, los estados financieros remitidos no permiten establecer el capital de trabajo dado que no preseta discriminaciòn del activo corriente y pasivo corriente de la empresa.Dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos se incluye solicitud de patente, este concepto debe ser clasificado en el rubro especìfico creado para Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto.Dentro de l rubro Adquisiciòn de equipos y software se incluye el uso de equipos e información propiedad de Smart Green Colombia, estos deben ser clasificados dentro del rubro Inversiones en plantas de producciòn y/o adecuaciones de infraestructura, requeridas para la ejecuciòn del proyecto.

VIABLE 85,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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13271 21618 DISDETAL 80006056 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. Por falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos. se declara rechazada la propuesta por el incumplimiento, definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, si durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. No queda claro, de acuerdo con la contextualización del proyecto, y dado que se refiere en el 2004 se desarrolló un software de administración inmobiliaria por parte del proponente, cuál es la necesidad frente al diseño de una nueva aplicación. Este es un aspecto que no se justifica en el planteamiento de problema que se expone, de tal forma que no queda claro sí se integrarán algunos procesos o el desarrollo que se propone no tiene en cuenta el software mencionado. Esta situación llama la atención, en tanto tampoco se mencionan como referente la ejecución de proyectos que la entidad ha desarrollado con recursos de Innpulsa, cuyo objeto es similar al que se propone con el desarrollo del actual proyecto.Derivado de lo anterior, no queda clara cuál es la justificación frente al desarrollo del proyecto. 2. La metodología que se aporta es limitada, en tanto aunque se refieren las fases a desarrollar, no se precisan elementos técnicos que permitan contextualizar el alcance de lo propuesto. Derivado de lo anterior, no es posible validar que la dimensión de 12 meses sea la necesaria para el alcance del objetivo general propuesto; máxime cuando se conoce que el proponente ya tiene experiencia en el diseño de aplicaciones tecnológicas para el sector.3. Alrededor del tema de mercado, no se presenta información que permita dimensionar cuál será el mercado objetivo al que apunta la aplicación. Si bien se refiere se trata del sector inmobiliario, no se precisa una cuantificación cercana al nivel de mipymes a las que espera llegar el proponente en el corto plazo, como referente para establecer un impacto en término de ventas y así mismo validar que la dimensión de los recursos solicitados es apropiada con el nivel de impactos que se persiguen. 4. La propuesta no hace mención a la variable de empleos, ni como mantenimiento ni como generación de nuevos puestos de trabajo.5. Solo se Presenta la información del perfil de los profesionales propuestos, para el coordinador de proyecto, de tal manera que no es posible validar el perfil para los demás profesionales sugeridos. Tampoco se presenta información que permita establecer sí la dimensión en la que se propone su participación es acorde al presupuesto que se solicita.6. La construcción del presupuesto no se muestra acorde al objeto que persigue el proyecto. Algunas de las deficiencias que se identifican son:- Frente al resultado 1 y 2, se indica una duración de 6 meses, pero a nivel presupuestal el rubro de “costo de personal Técnico Especializado” para los investigadores auxiliares, se presupuesta por 12 meses. Se aplica al rubro diseño de prototipos solicitando su financiación al Sena; teniendo en cuenta se trata del diseño de una aplicación (plataforma) para el sector inmobiliario. Sin embargo, no se cumple con la restricción que establece el uso del recurso en la convocatoria, en tanto no se hace transferencia al Sena de la versión prototipo de la plataforma a desarrollar. - Frente al resultado 2, se hace la aplicación al rubro “Adquisición de Equipos y software”, solicitándolo en financiación al Sena. Sin embargo, este rubro sólo está definido por su alcance a un aporte de contrapartida del proponente. Adicional, se hace solicitud del rubro “Pago de servicios tecnológicos”, el cual por el alcance del resultado “labores de desarrollo, integración de mecanismos e implementación de la red tecnológica”, no constituye un alcance válido para aplicar al rubro, de acuerdo con lo definido en los pliegos de la convocatoria. Por último, la falta de contextualización y justificación del proyecto, no permiten validar porqué la dimensión de los recursos que se proponen.

47,3 NO VIABLE

681 21623 KUSPYDE INGENIERÍA 900013033 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

7615 21625 SMART TAXI SAS 900674840 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,8 VIABLE

6555 21630 ESPIRAL UNIVERSAL 900220057 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. Dentro del rubro Adquisiciòn de equipos y software se incluyen $58.500.000 con recursos de cofinanciaciòn, este rubro ùnicamente es aceptado como contrapartida a aportar por el proponente.

NO VIABLE

NO VIABLE. Una de las fortalezas del proyecto en su enfoque hacia la exportación y el responder a las necesidades del sector. Sin embargo, la justificación no es del todo soportada en evidencia científica e información estadística relevante que respalde aún más el desarrollo del proyecto. Asimismo, la propuesta deja ver cierta ambigüedad en lo que corresponde a la estrategia logística que soportaría el funcionamiento de la plataforma y su correspondiente éxito. Unido a ello, la metodología no es suficientemente clara y dado al tamaño del proyecto, se esperaría que fuese más amplia. Otra de las debilidades encontradas, es que los perfiles del equipo técnico que harán parte del proyecto no están definidos en su totalidad dificultando al mismo tiempo el análisis moderado de los costos en lo referente al personal técnico especializado. Se resalta su interesante enfoque hacia la exportación de productos con cierto valor agregado.

64,5 NO VIABLE

874 21635 AXIOMÁTICA SOLUCIONES TECNOLÓGICAS SAS 900465670-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Se destinan $9.000.000 para la contratación de empresa especializada para iniciar proceso de protección de propiedad intelectual en el rubro Gastos de patentamiento, Este concepto se debe incluir dentro del rubro Costo de personal técnico especializado.

VIABLE 83,0 NO VIABLE

1152 21639 TOTTO - NALSANI S.A.S 800.020.706-9 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. (numeral 2) ""De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP . Presentan el (anexo 7). Es rechazado por el incumplimiento de la aceptación (falta de la firma del proponente) tanto en el documento presentado como en el documento de subsanación, por parte del representante legal . Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

El documento enviado no presenta la firma del representante legal , causal del rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.

Lo anterior determina la causal de rechazo contemplada Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. VIABLE 75,5 NO VIABLE

887 21645 INVERSIONES GUTIERREZ GARCIA Y CIA S EN C 860450079 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El presupuesto del plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP. NO VIABLE

NO VIABLE. a) El planteamiento del problema no evidencia una oportunidad clara que justifique el desarrollo del proyecto, ya que el desconocimiento interno de los procesos de la cadena de valor y la falta de capacitación mencionada, debe ser subsanado independiente de la implementación o no de una plataforma que apoye el proceso. b)La definición de los objetivos general y específicos no corresponden a la especificación de objetivos de un proyecto para esta convocatoria. c) La descripción de los resultados y productos es muy deficiente. No se evidencia valor agregado a las actividades relacionadas con la transferencia tecnológica al SENA. d) El proyecto no se alinea dentro del marco de Competitividad e Infraestructura Estratégica del Plan Nacional de Desarrollo (2014 - 2018), pues el aplicativo propuesto no es la respuesta real al planteamiento de la problemática planteada. El proyecto en general tiene falencias de fondo en su formulación.

24,8 NO VIABLE

864 21648 INFORMATION TECNOLOGY CONSULTING LTDA 830095313-9 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta

El documento presentado como Certificado de Existencia y Representación legal; cámara de comercio no permite establecer quién es el representante legal, ni permite conocer las facultades y el nombre del representante legal suplente, ahora bien, en los documentos enviados oficio firmado 18 de agosto del 2016 para subsanar aparece una certificación firmada por la presunta representante legal señora MARIA TERESA ROSAS PEREZ sin Número de identificación quien firma el poder dice ser la representante legal de la compañía INFORMATION TECNOLOGY CONSULTING LTDA autorizando al señor OSCAR GONZALO LOEZ ARDILA .Lo anterior permite definir que él represéntate legal que aparece firmando los documentos, no tiene facultades para contratar el valor total de la propuesta que asciende al cuatrocientos cuarenta y seis millones de pesos ($446.000.000.00) moneda corriente.

Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

2. (numeral 3 ) “De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal f) el cual se establece que se debe presentar “Garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2); en caso de entidades públicas se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP.“ por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la declaración suscrita por el representante legal de la empresa subsanado la inconsistencia del valor total de aportes de contrapartida “ Sin conocer quién es el representante legal de la compañía y sin la debida acta invalida la información suministrada y no corresponde a lo solicitado.

3. (numeral 4) De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c)

No se establece quién es el representante legal de la compañía y sin la debida act, se invalida la información suministrada y no corresponde a lo solicitado. Por los numerales anteriores se cita la cuasal de rechazo establecida en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

4.(numeral 6) Para el numeral 6 se solicitó para subsanar De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta. ..

El proponente presenta nuevamente el anexo 7 sin el visto bueno del líder SENNOVA . Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

En consecuencia de lo anterior me permito citar la causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena. Se solicitò la remisiòn de estados financieros discriminados para establecer el Capital de trabajo,esta informaciòn no fue recibida, por lo tanto no se pudo establecer dicho valor requisito establecido por los tèrminos de referencia de la convocatoria.Dentro del rubro Adqquisiciòn de equipos y software se incluyen $251.000.000 con recursos de cofinanciaciòn para desarrollo Sistema de gestión de datos en AS/400, Desarrollo sistema de facturación electrónica en nuevas tecnologías y Desarrollo sistema integrador de plataformas.Este rubro ùnicamente se puede incluir como contrapartida, dentro de la propuesta.

NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE. No se hace un planteamiento de la problemática a atender con el proyecto; en cambio se propone el desarrollo de una herramienta informática para facturación electrónica de servicios de leasing financiero o renting, lo que corresponde a la solución. Los objetivos fueron plantedados sin identificar la necesidad o problema a solucionar. la metodología no apoya el logro de los objetivos. El proyecto no aporta ningun producto final (todos son relacionados como productos intermedios) los resultados solo apuntan a obtener prototipos funcionales y no un producto finalizado y en producción. No se detalla la experiencia del personal ni su perfil técnico en el rol que desempeñan en el proyecto.

62,5 NO VIABLE

1035 21654 PROGEN - PRODUCCIONES GENERALES 860016310-9 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE La información presentada en el SIGP muestra que todo el proyecto será ejecutado con recursos de contrapartida. La transferencia de tecnología al Sena concertada no concuerda a la registrada en el SIGP, Teniendo en cuenta el SIGP los montos destinados para la transferencia de tecnología al Sena no cumplen con lo establecido en los términos de referencia de la convocatoria.

VIABLE 78,3 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

Página 13 de 31

127 21655 SAN PER SAS 9007028945 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE para su cofinanciación. Aunque el proyecto está bien estructurado y es innovador en el sentido que puede representar una buena oportunidad comercial, en lo que respecta al proceso agroindustrial de extracción de principios activos no se deja suficientemente claro el cómo se abordará esta etapa, contrario a lo que sucede a la parte agronómica en donde existe un buen detalle. Si bien es cierto que en el planteamiento del problema se habla del post-conflicto, queda corto en el cómo los resultados podrían ser efectivamente aprovechados por los agricultores.

69,0 NO VIABLE

9150 21658 ALIADOS EN TECNOLOGÍA Y CALIDAD SAS 900.390.309-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,3 VIABLE

12554 21669 AVIA EXPORT 900095477-1 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “ De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.” (numeral 2)El representante Legal no cuenta con las facultades necesarias para realizar la contratación (100 SMLV) por el monto de la propuesta planteada.$326 millones. casual de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn no se encontró el documento solicitado.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es muy interesante y tiene un fuerte potencial de mercado y de contribuir a un turismo más incluyente. En países como Ecuador este tipo de iniciativas han dado excelentes resultados. Sin embargo, se percibieron algunas debilidades en la aparte de la formulación del proyecto. Concretamente, si bien es cierto que el problema es claro y se justifica de manera congruente, la metodología expuesta adolece de extensión que permita la identificación clara de la forma en cómo se abordarán los objetivos específicos. Unido a ello, el no planteamiento de todos los perfiles que harán parte del equipo técnico, dificultó el análisis de la idoneidad en el desarrollo del proyecto en términos de mano de obra especializada, así como el análisis de la asignación moderada de los costos. Finalmente se resalta, que el proyecto posee un fuerte potencial.

61,5 NO VIABLE

995 21671 CENTRO DE INNOVACIÓN LTDA. 900205845-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasSe incluyò Apoyo y documentación Coordinación de Proyecto dentro del rubro de "Costo de personal no calificado", estos son gastos de administraciòn.

VIABLE 80,0 NO VIABLE

12626 21677 ASOCIACION ZONA C LA CANDELARIA 900216471 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados de Resultados del año 2014.legible y debidamente firmado “

El Estados de Resultados del año 2014 solicitado no fue presentado. Es causal de rechazo contemplado en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada . Se cita el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, Se incluyeron dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos los "Gastos de alquiler de hosting para operación de APP turistica Zona C La Candelaria del proyecto", este alquiler corresponde al rubro "Arrendamiento de equipo para investigaciòn y desarrollo tecnològico".

VIABLE 73,5 NO VIABLE

12052 21694 LACOM INTERNATIONAL SAS 830034387-2 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP” (numeral 4 )

De acuerdo con el documento presentado (Anexo 7) El valor señalado no corresponde al registrado en el formulario del SIGP. incurriendo en lo establecido en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.

Causal de rechazo establecido en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

VIABLE 79,0 NO VIABLE

259 21696 ALIMENTOS CONSERVADOS ALIC SAS 900616751-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. Se incluye $1.500.000 con recursos de financiación (en el rubro Pago de servicios tecnologicos) para Diseño etiqueta, esta erogación no se considera un servicio tecnológico.

NO VIABLE

El proyecto es NO VIABLE, en tanto: i. la formulación del proyecto es deficiente, y no permite contextualizar con claridad cuál es la problemática y necesidad que tiene la empresa proponente, y de acuerdo con lo cual se justifique el desarrollo del actual proyecto. En ese sentido, la descripción general que se hace es sobredimensionada al abordar un conjunto de propósitos para los que la formulación no genera una mayor descripción. Se plantea "aumentar" el portafolio de productos, sin establecer por ejemplo sí se trata de la ampliación a partir de diversificar productos ya existentes o sí en efecto el objeto del proyecto apunta a desarrollar nuevos productos. No es claro respecto a la Salsa de pimentón cuáles son los problemas de conservación que se refiere tiene el producto, no se documentan las posibles causas que se tienen identificadas, ni se refieren los avances que la empresa tiene alrededor del patentamiento de la formula. Así mismo, dentro del alcance se incluye el desarrollo de una amplia variedad de salsas, incluyendo vinagre, mostaza, vinagre y pulpas de fruta, que en actividades no se reflejan como producto dentro de la metodología que aborda el proyecto y que no guardan coherencia respecto a la situación que se refiere en el planteamiento del problema, según la cual los productos ya existen, el proponente hizo un estudio de mercado y los mismos se dice tienen aceptabilidad por parte de los clientes. ii. La definición del objetivo general y específicos aunque guarda relación, no guarda coherencia con el contexto y justificación del proyecto. Hace falta contextualizar en detalle y de manera pecisa cuál es la situación actual de la empresa y el estado de desarrollo o avance respecto a lo que se pretende alcanzar. Como se mencionó con anterioridad no es claro sí los productos existen o no o sí se apunta al mejoramiento de los mismos. iii. La metodología de intervención es limitada y carece de coherencia en la formulación. La descripción que se hace no permite establecer cuál es el alcance de cada actividad y por ende no da claridad en la manera cómo se alcanzaran los objetivos. De la manera como se formula la metodología, no es posible establecer el alcance de cada actividad propuesta y los productos o entregables que de allí resultan.iv. No es posible establecer sí el desarrollo y/o mejoramiento que se pretende en los productos que se listan es suceptible de clasificar como mejoramientos significativos en los mismos, o sí por el contrario se trata de desarrollo de productos que no existen en la empresa proponente. En algunos apartes de la información se hace referencia a qué existen, pero en otros se da a entender que en realidad no existen. v. No es claro cómo se alcanzará el desarrollo de los productos citados, así como se considera los definidos no son suficientes para garantizar el logro de los objetivos. La descripción de los entregables es limitada teniendo en cuenta la amplitud con la que se formula el objetivo general del proyecto. Por ejemplo, las fichas técnicas sólo se acotan para las salsas, pero no para el vinagre y las pulpas de fruta. El establecimiento de 6 productos finales se considera limitado. Se dejan de tener en cuenta los entregables asociados con el establecimiento de la formulación de los productos, la realización de pruebas de validación, el desarrollo del proceso de presentación del patentamiento y la construcción de la base científica que los soporta, entre otras actividades. vi. Aunque no hay una descripción clara que permita contextualizar el alcance del proyecto y por ende validar la racionalidad de los recursos, existen algunos que se consideran sobredimensioandos respecto al entregable definido. Por ejemplo: seis meses de honroarios para dos profesionales asociados con la entrega de las fichas técnicas de las salsas, cuatro meses de honorarios para un publicista responsable de desarrollar una etiqueta para los productos, entre otros. Como parte del desarrollo del resultado 4, se incluye como Servicios tecnológico, la solicitud de recursos para pago de un diseño de etiqueta. Este es un recurso no cofinanciable dentro de la convocatoria, en tanto su naturaleza no permite que sea clasificado como un servicio tecnológico, de acuerdo con lo establecido dentro de la Convocatoria.vi. La información asociada con la estructuración del equipo de trabajo es limitada. Aunque se asocian tres personas, no se refiere con amplitud la información de su perfil para poder validar por ejemplo cuál es la experiencia que tienen en el alcance de productos iguales o similares a los que se pretenden en el proyecto. Derivado de lo anterior, no es posible establecer sí ademas de la formación, cuentan con experiencia específica que asegure el logro de los objetivos.

38,8 NO VIABLE

11115 21699 COASPHARMA S.A.S 9002971538 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto planteado es muy interesante y persigue el desarrollo de una línea de productos con alto potencial en el mercado. Se resalta una descripción del problema y justificación basada en estadísticas y tendencias que permite la inmersión total en el problema y la justificación de que trata el proyecto. Asimismo, posee una clara articulación con el mercado y el desarrollo de productos con alto potencial innovador que van acorde con los intereses del gobierno nacional. Sin embargo, se percibió una gran debilidad en la formulación del proyecto en lo que concerniente a los objetivos específicos y que tiene una gran incidencia en el cómo se conectan estos con los resultados. Unido a ello, otra debilidad, aunque es leve, es el hecho de que no se presentan o describen los perfiles completos del equipo técnico que hará parte del proyecto y por tanto, del análisis de su idoneidad se dificulta emitir un juicio a favor.

62,3 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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10244 21703 IDENTIAN SAS 900678711 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g). El documento suscrito, dando autorización por el órgano directivo presenta fecha posterior al cierre de la propuesta contrario a lo solicitado, Causal de rechazo, Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal l) Cuando el proyecto y los documentos soporte requeridos se presenten en forma extemporánea establecida en el cronograma de igual forma el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. (numeral 3) De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal f) el cual se establece que se debe presentar “Garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2); en caso de entidades públicas se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP.“ por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la declaración suscrita por el representante legal de la empresa

El documento presentado no cuenta con firma de aceptación por parte del representante legal, Causal de rechazo, Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados y según el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias NO VIABLENO VIABLE. Una de las bondades del proyecto es el potencial que podría representar en el mercado en caso de que la herramienta sea desarrollada. Asimismo, va en línea con la política nacional de apoyo a las TICs. Sin embargo, en el planteamiento del problema, la justificación y la metodología ser percibieron algunas debilidades en su formulación. Por otro lado, la no descripción completa de los perfiles del equipo técnico dificultó el análisis de la idoneidad en términos de criterios técnicos y de costos.

61,0 NO VIABLE

636 21709 COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE INTEGRACIÓN S.A. 830056149-0 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El rubro Costo de personal no calificado presenta personal para rol administrativo, manifestando que se requiere para la documentación y la gestión administrativa del proyecto, estos costos deberian estar clasificados en el rubro de Gastos de administraciòn del proyecto.

VIABLE 70,0 NO VIABLE

4528 21714CORPORACIÓN DE PLANEACIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLOGICA AGROPECUARIA PLANTTA

830092262 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,0 VIABLE

9875 21715 NÓMADA CAMPING 830031518-7 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE

11112 21718CONSEJO NACIONAL DE LA CALIDAD DE LA LECHE Y PREVENCION DE LA MASTITIS

8300643903 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto.

NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. El planteamiento del proyecto esta enfocado a aprovechar una oportunidad en el mercado. El proyecto se enfoca a proveer el servicio móvil de una unidad de análisis sensorial para el mercado de alimentos; indicando que en la actualidad es un servicio con el que no cuentan las instituciones del sector, reguladoras y de investigación. No obstante a lo anterior y de la lectura del proyecto, se puede establecer que no se trata de un proyecto enfocado a realizar actividades de investigación o desarrollo para llegar al objetivo que se propone, sino a comprar la unidad móvil, acondicionar la infraestructura para su funcionamiento, convocar a los panelistas y hacer las pruebas de análisis sectorial. Como tal son actividades pertinentes al objeto que define el proponente, pero no son adecuadas al objeto de la convocatoria.2. La descripción metodológica del proyecto es limitada. Aunque se mencionan en general las fases en las que se proyectó la ejecución, no se describe el alcance de cada una de las actividades a realizar.3. Existen resultados que no dan cuenta del desarrollo de los objetivos del proyecto, esto debido a qué algunos de los objetivos se fijan más como impactos que se esperan tras el establecimiento del nuevo servicio; y hay otros resultados que no permiten contextualizar el alcance y calidad de lo que se propone. Ej. no es un producto el definido como "calidad final de los productos evaluados en el análisis sensorial", hace falta definir aspectos para determinar en qué medida se da cumplimiento a : "Entrenamiento - curso teórico-práctico de panel sensorial con las diferentes pruebas con fundamentos y características de la evaluación sensorial, análisis sensorial en productos alimenticios y adiestramiento de los panelistas", en tanto no se fija por lo menos la intensidad del entrenamiento; "Validación y pruebas: Verificación del correcto funcionamiento del sistema de acuerdo a la parametrización dada y acorde con los modelos estadísticos definidos y las pruebas seleccionadas", no se precisa que tipo de pruebas se realizaran; entre otras deficiencias.4. En general, la formulación del presupuesto del proyecto no guarda coherencia con el alcance de la convocatoria y con la definición y naturaleza de cada uno de los rubros fijados como cofinanciables. Como deficiencias se identifican las siguientes:- Uso del rubro de Insumos y materiales, para efectuar la compra de equipos: Adquisición de unidad móvil por valor de $80 millones, adaptación de sala móvil de análisis sensorial por valor de $40 millones, que no corresponden a la naturaleza definida en la convocatoria para el rubro indicado. En ambos casos, se constituye en un aporte de contrapartida al proyecto.- No se asigna presupuesto a la obtención de algunos entregables: panelistas entrenados, concepto favorable de la captura de información y entrega de resultados, repetitividad en los resultados entregados y transferencia de resultados al Sena. Esto últimos de transferencia se asignan en un resultado diferente.- Para el resultado 4 denominado "Identificación de las variables estadísticamente significativas de aceptación o rechazo del producto", cuyo alcance esta dimensionado a realizar los análisis sensoriales de alimentos, presupone la contratación y pago de honorarios de 4 personas. El resultado esta enfocado a garantizar la operación del laboratorio, que como tal se configura en una solicitud de capital de trabajo que no puede ser financiada.

48,8 NO VIABLE

900 21721 DISEÑOS VIRTUALES DE INGENIERIA 900582163 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta.

El documento presentado no fue firmado. Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causal de rechazo contemplada en Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”)…………… Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.

VIABLE 78,0 NO VIABLE

13081 21725 AMBERES CONSULTING SAS 900696252 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 3 VERIFICACIÓN DE REQUIESITOS MINIMOS contemplado en el literal b) el cual se establece que se debe presentar “Certificado suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal en el que certifique que actualmente la entidad no se encuentra en liquidación, régimen de insolvencia y tampoco se encuentra embargada e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años. (Anexo 5) “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado suscrito por Contador Público o revisor Fiscal. e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años”.La información relacionada en Anexo 5 es errada, no corresponde a los valores relacionados en los estados financieros que induce a un análisis de error estableciendo la causal contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

causales de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

Los estados financieros No fueron debidamente firmados por el representante legal . Capitulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados . Causal de rechazo en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso m) Se verificará que el objetivo del proyecto radicado tenga relación con el objeto social (Certificado de Existencia y Representación legal, o el documento equivalente) de él (los) ejecutor (ejecutores). Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido; documento explicativo de la relación frente al Objeto social descrito en el certificado de Existencia y Representación legal con el Objetivo del proyecto radicado.” Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal l) Cuando el proyecto y los documentos soporte requeridos se presenten en forma extemporánea establecida en el cronograma.Las fechas de inscripción se encuentran por fuera del rango permitido. Los documentos no se encuentran debidamente firmados por lo cual genera no aceptación e invalides de los mismos. Causal de rechazo establecida en el Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capitulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

NO CUMPLE

NO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado, se incluye profesional para servicio administrativ, eso corresponde a Gastos de administraciòn del proyecto.Dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos se contempla el Pago de servicio de alojamiento de datos, esta descripciòn pertenece al rubro Arrendamiento de equipo para investigaciòn y desarrollo tecnològico.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es interesante y aborda una problemática desde otro punto de vista dirigida a aumentar el porcentaje de éxito de los emprendimientos en Bogotá. Sin embargo, no se presenta suficiente información que permita respaldar la suposición de que a través de redes de emprendimiento de mejora sustancialmente el éxito de los emprendimientos nacientes. Otra de las debilidades del proyecto, es que la metodología es precaria y no expone con suficiente claridad la forma en cómo se abordará la realización de los objetivos. Asimismo, no se expone plenamente los perfiles del equipo técnico que harán parte del proyecto redundando, en la dificultad de poder analizar la idoneidad de los costos.

51,3 NO VIABLE

Page 16: SENAarchivo.sena.edu.co/downloads/sigpdatos/fomento2016/13_Resultados… · SENA PUBLICACIÓN DE ... NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador

SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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747 21735 IDAE SOLUCIONES 830072846 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal f) el cual se establece que se debe presentar “Garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2); en caso de entidades públicas se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP.“ por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2);

No presento la declaración (Anexo 2) solicitada, el Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

2. (numeral 7) De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso i) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de antecedentes vigente, del Revisor Fiscal o del Contador, según sea el caso, expedido por la Junta Central de Contadores. Y La Fotocopia de la cédula

No envio la fotocopia de la cedula del contador y el Certificado de antecedentes vigente, del Revisor Fiscal o del Contador. Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

3. (numeral 9) De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta

No presento el anexo 7 debidamente firmado Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.No se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica. La propuesta no contiene el Anexo No 7 avalado por el Lider de SENNOVA

NO VIABLE

NO VIABLE. a) El proyecto presenta falencias en el planteamiento del problema y la identificación de la necesidad b)La definición de los objetivos general y específicos no corresponden a la especificación de objetivos de un proyecto para esta convocatoria. c) No hay una metodología clara y bien definida para el desarrollo del proyecto. d) Los resultados y productos definidos estan mal planteados. e) El proyecto no se alinea dentro del marco de Competitividad e Infraestructura Estratégica del Plan Nacional de Desarrollo (2014 - 2018), pues el aplicativo propuesto no es la respuesta real al planteamiento de la problemática planteada. El proyecto en general tiene falencias de fondo en su formulación y no representa innovación.

15,0 NO VIABLE

11861 21739 OUTTEX - OUTSOURCING INDUSTRIAL TEXTIL S.A.S. 900574880-2 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso i) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de antecedentes vigente, del Revisor Fiscal o del Contador, según sea el caso, expedido por la Junta Central de Contadores,” (numeral 6).

Una vez analizada la información el proponente no presento la fotocopia de la cédula y La tarjeta profesional del Revisor Fiscal o del Contador incurriendo en la causal de rechazo contemplada en el Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

2. “De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP” (numeral 9 )

Se evidencio que el (anexo 7) no tiene el VoBo del líder Sennova . falta señalada en el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Por lo anterior se señala las causales de rechazo de la propuesta en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico. Y las señalada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn no se encontrò Anexo No 7 debidamente firmado.Se destinan $162.500.000 de los recursos de cofinanciaciòn para Maquinaria de impresiòn textil requerida para el desarrollo de los objetivo tecnològicos, maquinas cargadoras y rellenadora de cojines y bordadoras de tela en gran formato, la adquisiciòn de equipos para el desarrollo de los objetivos del proyecto ùnicamente se aceptan como contrapartida a aportar por el proponente.

NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE puesto que desarrolla su formulación con el enfoque de adquisición de equipos con recursos SENA, para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, adquisición que sólo podrá ser costeada exclusivamente con recursos de contrapartida de acuerdo a lo estipulado por los términos de referencia de la convocatoria en el numeral 12, literal f). La formulación de la estrategia de ampliación de la capacidad debe ir ligada a la implementación de nuevos procesos, mejoras en la planeación de la producción, análisis del tiempo de implementación y producción real para atender el nicho de mercado identificado. Es una decisión costosa e implica un tiempo considerable para habilitar los nuevos equipos a la producción y tenerla sincronizada a la demanda identificada. Se debe contemplar la transferencia del cocimiento para el uso y mantenimiento adecuado de los equipos y asegurar la apropiación de la tecnología. Se recomienda a la empresa identificar una convocatoria que le permita la adquisición o compra de maquinaria y equipo.

54,8 NO VIABLE

10081 21742 AGROINDUSTRIA SANTAGUEDA SAS 900360701-3 Bogotá D.C. Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta.

El documento no fue presentado con el ajuste solicitado y continua con la información inexacta. causal de rechazo establecida en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

2. ( numeral 3 ) De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados Financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados.

Revisado los documentos el contador de la compañía no valida los estados financieros del 2015 . Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

No presentó los estados de resultado para confrontar los ingreso operacionales con lo descritos en el anexo 5.

Causal de rechazo Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo. Y Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena. El plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es muy interesante y propende por el desarrollo de productos con alto potencial en el mercado. Sin embargo, se percibieron algunas debilidades en su formulación especialmente en lo relativo al planteamiento de objetivos y la metodología y cómo estos se conectan con los resultados esperados. Asimismo, no se deja suficientemente claro cómo el proyecto se articula con el mercado y propende por la generación de empleo. Por otro lado, hizo falta establecer los perfiles del equipo técnico completo que apoyarían con el desarrollo del proyecto. Finalmente, es de resaltar su enfoque de aprovechamiento de residuos de cosecha del cultivo de la aloe vera.

44,8 NO VIABLE

912 21747 EDITORIAL KUEPA S.A.S. 900241770-1 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.El plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP.

VIABLE 70,5 NO VIABLE

9467 21750 MELTRONIC LTDA 830043681 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto.En la propuesta se encontrò el plan de transferencia concertado pero este no fue registrado en el SIGP El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo.

NO VIABLE

NO VIABLE. Se observa falta de información en cuanto al planteamiento del problema al cual se pretende dar solución así como el estado de la tecnología a nivel nacional y mundial, tampoco se muestra un soporte bibliográfico adecuado. Por otra los objetivos específicos no son una serie de actividades descritas detalladamente sino el propósito de dichas actividades encaminadas a cumplir con el objetivo general, y la metodología no es la repetición de los objetivos específicos cambiando los verbos a tiempo futuro sino la descripción de las actividades establecidas para el desarrollo del proyecto de forma detallada y organizada en el tiempo. Como aspectos positivos se resalta que la temática del proyecto esta relacionada con la sostenibilidad ambiental y el tratamiento de agua lo cual va acorde con los planes de desarrollo nacional y departamental. La tecnología propuesta en el proyecto es innovadora y sostenible. La empresa proponente ha realizado pruebas con la tecnología propuesta lo cual da un valor agregado y permite una mayor eficiencia en la realización del proyecto. El presupuesto requiere una cantidad de recursos racionales y coherentes.

59,8 NO VIABLE

1162 21755 CORPORACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COLOMBIANA TEINCO 800003863-5 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias NO VIABLENO VIABLE: El proyecto pretende desarrollar una herramienta didactica que sera utilizada por el proponente para la formacion tecnica de estudiantes. No puede verificarse directamente el impacto de este desarrollo sobre la productividad o competitividad de las empresas en un sector especifico. Los recursos economicos y el tiempo de desarrollo pueden resultar insuficientes.

69,0 NO VIABLE

3609 21814 MUISKAY SAS 900666703-2 Bogotá D.C. Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto. En el SIGP no se registró la transferencia de tecnología concertada (Anexo No 7)

NO VIABLE

La propuesta NO ES VIABLE. Si bien es un tema de suma importancia para la ecología del país (green building) y para el área de infraestructura colombiana de llegarsen a cumplir los objetivos a cabalidad sería un proyecto muy innovador en esta región del planeta y generará mucho beneficio tanto a la empresa como a la región de impacto. Sin embargo, un analisis detallado de la actividad de la empresa y de los expuesto en la presente propuesta revela que son diferentes sectores y como resultado, la mayoria de los protocolos propuestos son de origen externo a la empresa. La mayoría de los resultados no son adecuadamente verificables y en el presupuesto hay muhos interrogantes, que son resultado del desconocimiento de los proponentes, por ser temas de otros sectores. Finalmente, le recomiendo a quienes la escribieron que referencien adecuadamente todos los datos que escriben y que son tomados de literatura, asi como revisar la ortografía y la gramática del escrito. Pese a estas falancias del lenguaje escrito, el problema fue claro y se logró entender muy bien, pero desafortunamente NO es pertinente para la empresa proponente.

66,8 NO VIABLE

12063 21838 FRUTAR S.A.S. 900617489 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El Anexo No 07 presentado en la propuesta y el valor registrado en el SIGP para el rubro de transferencia de tecnologìa al Sena no coinciden. VIABLE 90,0 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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1206 21113 CAMARA DE COMERCIO DE DUITAMA 891855025-6 Boyacá Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE Debe estudiarse mejor el mercado de consultoria entre las empresas de la region. El equipo del proyecto y la unidad que se instale en la CCBoyaca debe contar con especialistas tecnicos en los sectores que deben atenderse, para poder analizar la informacion encontrada en la inteligencia comercial y la vigilanica tecnologica. la autosostenibilidad del servicio no puede garantizarse sin exitir un estimado real de mercado y de los requerimiehtos de este tipo de servicio por parte de los clientes futuros. El equipo de proyecto es apropiado para la gerencia del mismo, pero deben definirse especialistas para el sector que quiere intervenirse.

62,3 NO VIABLE

10955 21262 INDUSTRIAS BRAHMA SAS 900215119-6 Boyacá Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 93,5 VIABLE

13255 21756 PROYECSOFT 900595506 Boyacá Centro Oriente NO CUMPLE

1 . De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) .No presento Certificación Solicitada, lo cual es causal de rechazo señala en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.

El documento de autorización del órgano directivo no fue presentado, por lo que se incurre en causal de rechazo según el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica. causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

3. De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los estados financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados (teniendo en cuenta la discriminación de los activos corrientes y pasivos corrientes para evaluar el capital de trabajo)

No presento los estados Financieros de la compañía, se anexaron unos sin identificación lo que con lleva a establecer la causal de rechazo por información inexacta según el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada Por lo anterior se rechaza la propuesta de acuerdo con Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

4. De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP.

En el documento presentado los Valores de transferencia descritos en el formulario del SIGP no corresponden a los valores registrados en el anexo 7.

Por lo que se incurre en la causal de rechazo determinada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada y según Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, La descripciòn planteada en el rubro Pago de servicios tecnològicos no se ajusta a la definiciòn descrita en los tèrminos de referencia de la convocatoria.Los rubros y los resultados planteados en el proyecto estàn enfocados al desarrollo de mercadeo.

VIABLE 79,3 NO VIABLE

1214 21835 HELIOTERMICA S.A.S. 900155427-1 Boyacá Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto es NO VIABLE técnicamente. La debilidad principal consiste en la conformación de un equipo de trabajo donde ninguno de los miembros se encuentra vinculado a la empresa para el desarrollo del proyecto, lo cual denota la incapacidad de la empresa proponente para el desarrollo del proyecto. La propuesta está orientada a promover la aceptación y penetración de mercado de las energías renovables, siendo esto un tema de interés nacional. Se considera que la estrategia de una sala interactiva puede producir una impacto positivo en la población objetivo.

68,5 NO VIABLE

10611 21722 COMERCIALIZADORA BOYACENSE R Y G LTDA 900297127 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Publicaciòn de resultados se incluyen Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes consumibles durante la ejecución del mismo y no constituyan bienes de capital

NO VIABLENO VIABLE. Uno de los grandes atractivos del proyecto es la creación de redes de proveeduría a modo de "Supply Chain Network", una idea muy valiosa y de rescatar. Se justifica el desarrollo del proyecto y está en línea con los intereses de la política pública. La formulación del proyecto guarda cierta congruencia entre sí, aunque se perciben debilidades en el desarrollo del objetivo 3 derivado de un planteamiento ambigüo. Los costos son moderados pero no se incluyeron los perfiles completos de todo el equipo técnico que estará a cargo del proyecto. El proyecto propende por una clara inserción en el mercado.

67,5 NO VIABLE

10949 21643 ISOURCE LTDA 900278981 Boyacá Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.”

El documento presentado, autorización del órgano directivo es menor al valor total de proyecto. causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica. De acuerdo con el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

2. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta. “No presentaron el ajuste debidamente corregidos y firmados por el representante legal y líder Sennova. Causal de rechazo contempladas en los Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico”.

Y las causales citadas en los Capítulos III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA. Y Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.

VIABLE 77,8 NO VIABLE

6551 21650 FOSFATOS DE SOGAMOSO SAS 826002802-6 Boyacá Centro Oriente NO CUMPLE

1. Por la falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos, se declara rechazada la propuesta por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, con el porcentaje màximo permitido en el rubro Gastos de administraciòn del proyectoEl balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo CorrienteEl presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP.

VIABLE 75,0 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

Página 17 de 31

9520 21726 FUNDIHERRAJES DE COLOMBIA LTDA 9001310759 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. NO VIABLE

El proyecto no es viable técnicamente ya que no responde a la finalidad de la convocatoria en donde se buscan desarrollos tecnológicos y procesos o productos innovación que contribuyan a la activación o fortalecimiento de un sector o región y a nivel económico también presenta inconsistencias. El estado del arte está basado en un marco teórico referencial de la temática pero no hay un estado de la técnica formal de los equipos y laboratorios que actualmente están normalizados y certificados para este tipo de pruebas en herrajes. Por lo que no es evidente la innovación o diferenciador de la propuesta El planteamiento metodológico es un tanto escueto, se resume a un listado general de actividades, pero no expone los recursos humanos, físicos, equipos, herramientas, etc., que se van a utiliza. Habla de adquirir unas normas pero no especifica cuáles, etc. No se contempla los protocolos de ensayos, los procesos de divulgación de resultados, el proceso de certificación del laboratorio, entre otros. El cronograma es muy genérico y en él no se contemplan actividades para los meses 4, 5, 8 y 9. No responde a necesidades primordiales para una región específica o país. La propuesta presenta varios vacíos en la metodología e incoherencias en el presupuesto (el cual se fundamenta en un alto porcentaje como pago de personal) hacen dudar de la viabilidad de este proyecto. La finalidad de estandarizar procesos es clara, pero no hay evidencia de desarrollos tecnológicos o procesos innovadores en la propuesta. No se generan nuevos productos solo una normalización de procesos para una sola empresa. No se presenta una estrategia fuerte de articulación de los resultados con el sector y tampoco qué tanto contribuye a la generación de empleo. Además según la información de la empresa, es algo que ésta puede hacer de forma independiente.

66,5 NO VIABLE

11117 21732 LADRILLOS EL SOL S.A.S 900399098 Boyacá Centro Oriente NO CUMPLE

1. El incumplimiento por la falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos, Se declara rechazada la propuesta por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLE NO CUMPLE, El presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. VIABLE 70,8 NO VIABLE

1163 21844 INPROSUM SAS 900511297 Boyacá Centro Oriente NO CUMPLE

1. Falta de envió de los documentos solicitados dentro del proceso de verificación y subsanación de documentos jurídicos, Se declara rechazada la propuesta por el incumplimiento definido en el pliego definitivo de la convocatoria de fomento de la innovación y del desarrollo en las empresas con enfoque regional 2015-2017 proceso I cito los capítulos VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, No se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica.El presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es muy interesante ya que aborda el desarrollo de nuevos procesos que posibilita la generación futura de nuevos productos basados en material reutilizable. Existe una buena congruencia entre el planteamiento del problema, la justificación, los objetivos propuestos y la metodología. Asimismo, se enmarca dentro de los intereses de la política nacional. Sin embargo, se percibe cierta ambigüedad en el planteamiento de los resultados propuestos y no se incluyó la totalidad de los perfiles del personal técnico que permitirán garantizar la idoneidad del mismo. A causa de dicha ausencia, se dificultó el análisis de la distribución de los costos en el rubro personas técnico especializado.

66,0 NO VIABLE

1492 21399 EVENTOURS.JR S.A.S 900412584-2 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Dentro del rubro Gastos de Administraciòn del Proyecto se incluye Contrato laboral, Gestor de marketing (50% de dedicacion). VIABLE 83,3 NO VIABLE

10047 21731 INCUBADORA DE EMPRESAS DEL ORIENTE - INCUBAR BOYACA 820004735 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del Rubro Costo de personal no calificado se plantea la participación de Aux. Administrativa(dedicación 10% tiempo), debería estar clasificado dentro de los Gastos de Administración del proyecto.

NO VIABLENO VIABLE. La metodología para el fortalecimiento y aceleracion de emprendimientos no suele basarse unicamente en capacitación y asesoria, se requiere analizar otros refrentes internacionales y reformular. Los aliados del proyecto deben buscarse mas allá de los entes académicos de la región, en empresarios y gremios con experiencia que puedan apoyar a los emprendedores en negocios para cada sector productivo. Ver resultados en los emprendedores tomará mas de un año.

60,0 NO VIABLE

1670 21752 COMPAÑIA INTEGRAL DE ALIMENTOS SAS 820001688_6 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo. NO VIABLE

NO VIABLE. Una de las bondades del proyecto es su potencial para sustituir parcialmente importaciones y promover productos a base de materia prima donde se goza de cierta competitividad. Aunque el proyecto posee fortalezas en su formulación como, congruencia entre los objetivos, la metodología y los resultados, se percibe cierta debilidad en el planteamiento del problema y su justificación. Asimismo, no es suficientemente claro y se generan dudas en el mejoramiento de la competitividad de la empresa a través de una materia prima intermedia empleada en la elaboración de embutidos cárnicos. La innovación medida a través de un nuevo producto en el mercado no es tan apreciado debido a que ya se fabrica de manera artesanal. Los perfiles del equipo técnico no fueron descritos en su totalidad en el proyecto dificultando el establecimeinto de la idoniedad del equipo ejecutor y de los costos asociados al personal.

64,0 NO VIABLE

553 21843 AGRODER SAS 900203313-7 Boyacá Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE En el rubro "Adquisiciòn de equipos y software" Presenta $2.00.000 para Alquiler de equipos de computo para el desarrollo del proyecto, por lo tanto no cumple con la naturaleza del mismo.El Anexo 7 y la información registrada en el rubro Transferencia de tecnología al Sena presentan diferencias.

NO VIABLE

El concepto es NO VIABLE. El proyecto es muy interesante y está propuesto de manera colectiva buscando una clara repercusión en los agricultores. De manera general está bien planteado. Una de las preocupaciones del proyecto, es que la evidencia científica a nivel global y de manera generalizada, sugiere, que la producción orgánica, comercio justo, RainForest y similares, desde el punto de vista económico más que generar mayores rentabilidades, van dirigidas a mejorar el acceso a los mercados. Asimismo, en países en vía de desarrollo como Colombia, el segmento del mercado de productos orgánicos se sugiere es reducido en comparación con países líderes como Reino Unido o Alemania, lo que se convierte en un escollo aún por resolver.

66,0 NO VIABLE

3126 21169 RIU SOFTWARE Y BRANDING 900426656-5 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias. NO VIABLE

NO VIABLE, a)Existe debilidad en la definición de los objetivos específicos los cuales son muy generales, esto puede afectar la solución al problema plateado. b) El proyecto carece de metodología, lo único que se evidencia es una lista de serie de pasos que se va a ejecutar, pero no identifican una metodología de desarrollo de software clara para la obtención del mismo. c) No se evidencia la utilización de tecnologías de punta que ayuden a mejorar la productividad y utilicen herramientas TIC de vanguardia.d) Los costos definidos están muy elevados en comparación con los del mercado. e)Por último los perfiles definidos para la ejecución del proyecto no son suficientes para materializar el mismo por ejemplo no existe un perfil de lider de desarrollo, arquitecto o ejecutor de pruebas de desarrollo de software.

58,5 NO VIABLE

1541 21247 AUTOCARESS S.A.S 832004150-3 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,5 VIABLE

10714 21475 ADVECTOR SAS 900072284-8 Cundinamarca Centro Oriente NO CUMPLE

1, De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los Estados de Resultados de los años 2015.legibles y debidamente firmados.De acuerdo con la presentación de los estados financieros del año 2015 el valor registrado, como ingreso operacional corresponde a los estados de resultado del 2014 . Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

VIABLE 88,3 NO VIABLE

108 21250 TROUTCO SAS 9003045366 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,3 VIABLE

12690 21408 BIOQUIMAT LTDA 830007364-9 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, con el porcentaje màximo permitido en el rubro Gastos de administraciòn del proyectoSe solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasEn general la informaciòn registrada en el SIGP no coincide con la propuesta presentada.En el rubro de insumos y materiales se incluye anàlisis de laboratorio, esta descripciòn corresponde a Pago de servicios tecnològicos.

VIABLE 72,5 NO VIABLE

1122 21290 DRYCOL S.A.S. 900075225-7 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Dentro del rubro Gastos de Patentamiento se incluye " Estudio de PI", el rubro unicamente permite el pago de los gastos de patentamiento de los resultados del proyecto. VIABLE 73,5 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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1486 21300 CORPORACION DE CULTURA Y TURISMO FUNZA 832010415-4 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, Se destinan $ 40,750,000 para el desarrollo del resultado R00 "Elaboración, ejecución y evaluación del proyecto Y contabilidad del proyecto" este Resultado debe estar inmerso en la ejecución del proyecto específicamente dentro de los Gastos de Administración.Dentro del rubro Gastos de Normalización se incluye un Test de infiltración para aseguramiento de ll desarrollo, esta descripción no conlleva a la certificación de ninguna norma técnica especializada.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias

VIABLE 76,0 NO VIABLE

906 21116 COMAPIS S.A.S 900494861-9 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,0 VIABLE

10953 21748 GESECOL JJ SAS 9005732887 Cundinamarca Centro Oriente NO CUMPLE

1.“De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta"" El monto autorizado es menor al valor total de la propuesta.

El representante legal no tiene la faculta de contratar, toda vez que la autorización es menor al valor total del proyecto. causal de rechazo según los capítulos Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica. Y el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

NO CUMPLE

NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto.

No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero.

No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto.

No se encuentra descripción de los rubros que se incluyen dentro del SIGP, se repite en estos la descripción del producto planteado.

NO VIABLE

NO VIABLE. Dentro del planteamiento del problema a pesar de ser claro y buscar justificar la realización del proyecto le falta mayor información y un soporte bibliográfico más sólido, la metodología describe de forma general las actividades propuestas observándose falta de información en cuanto a los mecanismos a desarrollar y las fases comprendidas dentro del desarrollo del proyecto, adicionalmente no hay información en cuanto a los procesos y tecnologías utilizadas actualmente para el reciclaje y reutilización de los residuos producidos por los aparatos eléctricos y electrónicos. Tampoco se contempla un impacto referente a las actividades de trasferencia tecnológica con el SENA. Por otro lado el cronograma es muy incompleto y no define tiempos específicos para realizar cada actividad. Dentro de los aspectos positivos se destaca que La propuesta planteada es innovadora y sostenible lo cual va de la mano con los objetivos de la agenda de política pública nacional y el plan de desarrollo de Cundinamarca ya que busca reintegrar al ciclo productivo residuos que se encuentran disponibles en grandes cantidades y a su vez están generando impactos ambientales negativos. Por esta razón la implementación con éxito del proyecto ayudara en el aumento de la competitividad y productividad de la empresa.

69,0 NO VIABLE

1341 21140 RBA INGENIERIA S.A.S 9005284567 Cundinamarca Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) “

No presento el documento donde se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002. causal de rechazo contemplado en el, Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se considera NO VIABLE, por las siguientes razones:1. la definición de objetivos específicos no da respuesta a lo que en términos de entregables supone el alcance del objetivo general. Se plantean 4 objetivos específicos; 2 de ellos formulados más como impactos o efectos que se esperan del desarrollo de la intervención (etapa post): mejorar el espacio disponible en habitaciones y mejorar la relación empresa – Sena. Los otros dos objetivos, se limitan a la fase de definición de la configuración de un mueble multifuncional y al componente de validación de la durabilidad del mueble diseñado.2. El detalle metodológico del proyecto es limitado y carece de una contextualización más precisa del alcance que se quiere lograr. Se listan actividades a realizar, pero sin detalle técnico que permita establecer la dimensión de lo que se propone, por ejemplo: mecanismos tangibles, armadura tangible, recubrimiento en madera tangible, levantamiento de información de las pruebas. De hecho, aunque en algunos apartes del documento se refiere la construcción de diseño para 3 prototipos de muebles, otras actividades dan a entender que finalmente sólo se construye y valida un prototipo.3. Derivado de la ausencia de una metodología robusta alrededor de las etapas de ejecución del proyecto, no queda claro cómo a partir de la intervención la empresa genera un mejoramiento tecnológico en sus procesos productivos. En la información no se presenta un contexto que permita identificar cómo opera actualmente el sistema productivo de la empresa, y no brinda tampoco elementos que refieran es necesario también un ajuste de los mismos para garantizar la fabricación del nuevo producto, una vez validada la etapa de prototipos.4. la definición de productos no permite establecer en qué medida y calidad se logra el objetivo propuesto. Los 8 propuestos refieren la entrega de documentos (5 de los productos), y 3 hablan de la fabricación de los componentes asociados con el desarrollo del prototipo. Llama la atención a que no se identifica el desarrollo y construcción del prototipo del mueble abatible como tal.5. No hay claridad en cuál es el equipo de trabajo que hace parte del proyecto. En el formulario SIGP se refiere se trata de 10 personas (9 operativos y 1 coordinador de proyecto); mientras en el anexo 6 del proyecto se identifican únicamente 3 personas. Adicional a lo anterior, la descripción de perfiles en el formulario sólo se hace para la coordinación del proyecto. No se incluye la descripción para las restantes 9 personas que se mencionan. En esa medida, no es posible establecer cuál es la estructura que aplica a la ejecución del proyecto y por ende validar sí es la idónea para dar respuesta a las necesidades de la intervención.

54,3 NO VIABLE

904 21221 OPERADOR DE TRANSPORTADORES DEL SUR SNT SAS 900422108 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena. Se solicitò remitir Anexo no 7 teniendo en cuenta que este no se anexò a la propuesta radicada, en documentos remitidos como subsanaciòn se presentan diferencias con respecto al SIGP.

NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE. El planteamiento del problema identifica con claridad un problema y plantea una oportunidad para crear una herramienta que apoye y soporte los procesos identificados en el análisis preliminar. El objetivo general busca dar solución de una manera concreta al problema establecido, sin embargo, la definición de los objetivos específicos y la ausencia de una metodología bien definida que permita analizar de forma explícita los factores que permitirán mejorar la prestación del servicio, optimizar, mejorar y controlas la operación no son claros. Sobre el presupuesto, se sugiere a los proponentes analizar los términos de la convocatoria en cuanto a: Costo Personal Técnico Especializado y Transferencia Tecnológica al SENA.

59,5 NO VIABLE

3227 21226 SYGLA COLOMBIA LTDA 830071604-3 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,3 VIABLE

2975 21264 EDUCATE WORLD SAS 9006370318 Cundinamarca Centro Oriente NO CUMPLE

1.“De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal f) el cual se establece que se debe presentar “Garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2); en caso de entidades públicas se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP.“ por tal razón se le solicito allegar en el plazo establecido la declaración suscrita por el representante legal de la empresa “

La sumatoria total de la contrapartida no corresponde, e induce al error. Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

2. (numeral 5 )“De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta. “

El documento presentado no está debidamente firmado por el representante legal y no tiene el Vo Bo del lider SENNOVA Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas …. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causal de rechazo Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo. Y la contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.El plan de transferencia registrado enn el SIGP no coincide con el suscrito por SENNOVA

NO VIABLE

NO VIABLE, El proyecto tiene una buena distribución desde el punto de vista de costos, así como cuenta con personal idóneo para desarrollarlo, no obstante, la metodología dispuesta según los objetivos planteados, no corresponde con el tiempo estimado para ejecutar el proyecto. 1.1 El planteamiento del problema no es claro, y no permite evidenciar la pertinencia respecto la población objetivo en Soacha.1.2 Los objetivos están sin secuencia metodológica para cumplimiento del objetivo general dispuesto en el proyecto.1.3 La metodología establecida no permite el cumplimiento de los objetivos específicos establecidos. 1.5 El proyecto corresponde a necesidades priorizadas en la agenda de política pública nacional. En cuanto los resultados esperados, no se evidencia de qué manera puede efectivamente incrementar productividad y competitividad, el proyecto no evidencia obtención de mejoras de productos ya existentes, así mismo el proyecto no evidencia contribución y/o mantenimiento de empleos listados.

69,0 NO VIABLE

742 21139 BICHOPOLIS 900365006 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE. Se infiere a partir de la lectura del documento y del estado del arte que el problema planteado es reducir el tiempo de cría del acaro depredador Phytoseiulus persimilis, para facilitar su uso masivo en el control de acaros plaga en cultivos de rosa, sin embargo, dicho problema no logra ser expuesto de forma explicita en el documento de la propuesta, lo que conlleva a una desarticulación entre el problema planteado, los objetivos plateados y la metodología formulada. En este último caso no se observa en el documento la metodología propuesta para el logro del objetivo específico 4. De la lectura de la propuesta no se aprecia de forma clara y explicita un mejoramiento tecnológico del proceso de cría del ácaro depredador, pues lo que se propone es cambiar el lugar de cría del ácaro depredador (buscando instalar su cría en una zona de mayor temperatura), por lo que no se aprecia claramente que el proyecto permita la obtención de nuevos productos, paquetes tecnológicos, protocolos o procesos. Igualmente, los autores proponen como uno de los resultados la administración del proyecto y como producto de dicho resultado la coordinación, logística y administración del proyecto, pero estas son actividades a pesar de ser indispensables y necesarias para la ejecición de un proyecto, no pueden considerarse como un resultado o producto del mismo y que el proyecto claramente propende por la articulación visible con el mercado, pues se escogerán dos fincas piploto en donde se implementará la tecnología.

59,3 NO VIABLE

2166 21199 GRUPO GUALI S.A.S 900379163-4 Cundinamarca Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 79,8 VIABLE

10485 21412 CCP SAS 900490218-4 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,0 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2917 21420 SOMOS LA REVISTA 9003727140 Norte de Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso i) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de antecedentes vigente, del Revisor Fiscal o del Contador, según sea el caso, expedido por la Junta Central de Contadores, La Fotocopia de la cédula y La tarjeta profesional.

El proponente no envió La Fotocopia de la cédula . Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. (numeral 3) De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los estados financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados (teniendo en cuenta la discriminación de los activos corrientes y pasivos corrientes para evaluar el capital de trabajo.

El proponente no presento estados financieros de los años 2014 y 2015. Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLENO CUMPLE, No se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica. Dentro del rubro "Costo de personal técnico especializado" se contempla como descripción Relaciones públicas y mercadeo en el desarrollo del producto "Crear Alianzas Estratégicas con Instituciones Públicas, Privadas, Ongs y demás sectores empresariales"

VIABLE 83,0 NO VIABLE

11757 21431 NC INGENIEROS S.A.S. 900654110-3 Norte de Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP” (numeral 3 )

Los Valores de transferencia no corresponden a los valores registrados en el anexo 7. el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal e) Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.

NO CUMPLE

NO CUMPLE El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasSe incluye dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos el Pago trámite registro patente SIC, este concepto se debe clasificar dentro de los Gastos de Patentamientode los resultados del proyecto.

NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE. Es muy complejo de enlazar el planteamiento del problema, que está enfocado en aspectos de educación como la deserción principalmente con la tematica técnica de la propuesta y por ende con sus objetivos. Si bien hay deficit de infraestructura para atender la población, este tipo de propuestas no justifica completamente cómo podría ser de mayor interes comparado con la construccion tradicional o local, no hay aspectos de analisis de costos (pese que dentro de la propuesta se dice los costos se reducen, respecto a qué?), la propuesta adolece de estudios técnicos de ing. estructural: sismo, viento, etc..que son de extrema importancia en infraestructura pública. Requiere revisión profunda de la redacción, cohesión y coherencia interna de la propuesta. No se explica en ningún lado en el proyecto el por qué del uso del poliuretano y la forma de validación es por resultados de laboratorio, pero no se sabe qué pruebas se realizarán (ver resultado 3/10 y 4/10). Sólo se sabe que serán con base en variables fisico-químicas que no fueron detalladas (posteriormente aclaradas en vuelta de coreo). El resultado 5/10 es uno de los más débiles del proyecto, este resultado pretende validar al obj. especifico N° 5 y la validación se hará sólo con evidencia fotográfica. Ese método de verificación lo más que llegaría a mostrar serían los aspectos estéticos y el número de elementos, no así su eficacia.

57,0 NO VIABLE

100 21545CORPORACIÓN EDUCATIVA PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO SINFRONTERAS S.A.S.

900488572 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto para el desarrollo de nuevas estrategias pedagógicas para el aprendizaje del idioma ingles que rompa con el temor hacia el idioma y mejore el aprendizaje de la población norte santandereana no es viable porque no tiene planteado objetivos que puedan ser verificables en el tiempo estructurado para el desarrollo de la propuesta. La metodología planteada no es precisa de acuerdo con los productos descritos en el proyecto. Por otra parte, en el referente de aporte innovador que favorezca la competitividad, el proyecto carece de calidad en este ítem.

61,5 NO VIABLE

227 21575 MAKCLAUS CIA LTDA 900.279.239-6 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El rubro "Costo de personal tècnico especializado" no cumple en su totalidad con las descripciones planteadas en los tèrminos de referencia este contempla Gastos de Honorarios por ejecutar el area administrativa del proyecto.

NO VIABLE

La propuesta presentada representa una valiosa iniciativa para resolver uno de los más grandes desafíos que enfrenta el país: La calidad de la educación. La evaluación considera que a pesar de la no viabilidad de la propuesta, existen en ella diferentes oportunidades de mejora que deben ser atendidas por la empresa proponente, como requisito a la eventual iniciación de un proyecto de tanta relevancia. Entre ellas se señalan: a) La necesidad de identificar el problema central, estableciendo con claridad y obejtividad las relaciones causa/efecto que lo gobiernan. Al identificar los diferentes problemas relacionados y establecer una jerarquía entre sus causas, la empresa proponente contará con mejores posibilidades para establecer una estrategia integral de atención que aumente la efectividad en la resolución de los problemas. b) Reconociendo la importancia del desarrollo de productos de base tecnológica propios, a los cuales ya está orientada la propuesta, sugerimos incluir en la estrategia de intervención otros aspectos cruciales para la competitividad empresarial, tales como su comprensión del tamaño y naturaleza de las oportunidades del mercado que pretende atender y el diseño de un modelo de negocio que le permita capitalizarlas.

49,5 NO VIABLE

7481 21619 SIM INDUSTRIAL LTDA 9001981581 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Se incluyeron dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos : Alquiler de maquinaria especializada, Diseño y construcción del App y Administracion de herramientas tecnologica, estas no se ajustan a la descripciòn del rubro dada en los tèrminos de referencia de la convocatoria.

VIABLE 75,5 NO VIABLE

7696 21660INVESTIGACIÓN GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE PROCESOS PRODUCTIVOS AGROSOSTENIBLES SAS

807009494 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo. VIABLE 75,5 NO VIABLE

1936 21686 METALMECANICA PINZÓN MARTINEZ LTDA 900209916-1 Norte de Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso l) “Formato de plan de transferencia debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA (Anexo 7).” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP. Debidamente firmados y con fecha anterior a la presentación de la propuesta.

La información en el plan de transferencia no coincide con la registrada en le SIG por lo que continua el error . Causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado

NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto. Dento del rubro Insumos y materiales se incluye transporte. El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo.

NO VIABLE

El proyecto no es viable debido a varias razones: 1. El objetivo general y los específicos, así como los resultados esperados no son viables de alcanzar en un año. Esto si se habla de un proceso de diseño tecnológico con un componente fuerte de innovación. El proceso de diseño no se basa sólo en la generación de planos y luego manufactura como se contempla en el proyecto. No es pertinente contemplar en el cronograma sólo 3 meses para el diseño tecnológico innovador de unos prototipos que cumplan con estándares internacionales. El cronograma sólo contempla actividades consecutivas, pese a que hay actividades que se pueden desarrollar de forma simultánea. 2. No es evidente el componente innovador de los prototipos o cadena de producción a desarrollar, se presenta más como un proceso de transferencia de tecnología hacia la empresa proponente, que no es el fin de la convocatoria. Además, el desarrollo del proyecto como está planteado si propone un mejoramiento tecnológico, pero no una obtención de nuevos productos ya que ya existen en el mercado nacional e internacional extrusoras, sistemas de corte, boquillas, zarandas, etc. En cuanto a la articulación con las empresas, con el sector, con el mercado y potenciales beneficiarios es muy débil. El proyecto no contempla ningún plan de generación de empleo.3. Las estrategias y/o instrumentos de transferencia y apropiación de conocimientos y tecnología de los beneficiarios no es evidente, por lo que el benefició de la financiación se focalizaría en un alto porcentaje en la empresa proponente y el impacto, así como los beneficios no se verían reflejados en el sector ni en la región.

68,5 NO VIABLE

2265 21707 SCIRE CLINICAL DIAGNOSIS 900526936-0 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,3 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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2779 21711 ECOGROUND S.A.S 900664137-4 Norte de Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP.

El documento presentado para la solitud de subsanación no previo lo estipulado en el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causal de rechazo, Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.

A demás incumplió el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

NO CUMPLE

NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. Dentro del rubro Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto se incluye Profesional. Contador, administrador financiero. Encargado de llevar la contabilidad y compra de los productos utilizados en la construccion del sistema de captacion y labores de pago de empleados y contratados. Esta descripción corresponde a gastos de Administración del proyecto.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias

NO VIABLE

El resultado de la ponderación es NO VIABLE. Es un proyecto con mucho potencial de trabajo y en extremo importante para el ambiente. Posee un importante componente tecnológico y los funcionarios de la empresa y el personal es variado y técnico para atender lo expuesto en la propuesta. Desafortunadamente la forma en como se redactan las partes del mismo no es la más adecuada, requiriendo revisión de estilo, no con el fin de darle estética sino: curso, orientación y sobre todo fondo técnico al proyecto y que se refleje la verdadera importancia que está detrás de todo esto. Se sugiere revisar el título de la propuesta que no coincide en todos los documentos, especialmente cotejar el del archivo internet con el del anexo 2. En el presente concepto copie literalmente lo hallado en archivo internet, aunque creo esta incorrecto (Colombia y aparece Colmbia) etc así hay errores ortográficos múltiples en el documento. El resultado final es NO viable, dado que hay muchos vacíos a lo largo del mismo, ejemplo, no es claro el número de áreas totales, en cada párrafo había un cambio de número, ejemplo: metodología 30 m2 (SENA) y en cronograma 20 m2 (SENA).Tampoco es claro cómo se reducirían los costos respecto a lo hoy existente (tal como se plantea en el mismo), desde la información consignada en este proyecto no hay forma de compararlo. Así mismo, la verificación de resultados está sujeta a disponibilidad de lluvia en un porcentaje importante. Este documento adolece de redacción técnica y metodológica en el tema de formulación de propuestas o proyectos. Finalmente, el presupuesto está relativamente elevado (se hubiesen monitoreado menos área).

68,3 NO VIABLE

11102 21738 TRANSPORTES SANTANDEREANA DE CARGA SAS 8001922151 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,0 VIABLE

1770 21534 REVE LILNGERIE 900553748-8 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. El planteamiento del proyecto esta soportado sobre una oportunidad que el proponente identifica en el mercado. Si bien el planteamiento resulta pertinente, la información de contexto es limitada y responde a una generalidad del sector, sin llegar a precisar cuál es la situación actual de la empresa proponente, su experiencia en el desarrollo de productos similares, la referenciación de cómo llegó a identificar la oportunidad, la justificación alrededor del alcance que se propone (dos cobertores), la justificación misma de la duración sugerida (7 meses), entre otros aspectos. De la manera como se estructura el proyecto, no queda claro cuál es el nivel de maduración con el que cuenta el proponente, cuál es su experiencia y conocimiento en el nicho de mercado al que va dirigido el producto, cuál es la capacidad e infraestructura disponible para la fase de producción y escalamiento industrial, entre otros aspectos.2. La metodología aportada es general y no presenta mayor detalle respecto a la intervención que se propone. Como limitante principal está el hecho de no contextualizar cuál es la diferenciación que existe alrededor de los dos prototipos a desarrollar de cobertores, de tal manera que se pueda validar que en efecto tienen un grado de diferenciación. Esto permitiría validar la necesidad y la dimensión de recursos para lograrlo. De acuerdo con lo anterior y por el bajo detalle metodológico, no queda posible validar que la duración de tiempo que se propone es la adecuada al alcance establecido. Así mismo en términos de dimensión de recursos, no se encuentra justificada la cantidad de personal que se propone como equipo ejecutor.3. De acuerdo con la formulación que se propone, no es posible establecer en términos de mejoramiento tecnológico cual es el aporte que la ejecución supone. Se refiere en la metodología se implementarán técnicas, instrumentos, protocolos, procesos, pero no se amplía más información que de cuenta de la maduración que tiene la empresa para la ejecución propuesta. En términos de proceso, por ejemplo, no se refiere cómo se opera actualmente ni se presenta como la intervención permite ajustar lo existente.4. Aunque se argumenta el proyecto se sustenta en una oportunidad identificada en el mercado, no se aporta información puntual que contribuya a dimensionar por ejemplo que existe una magnitud y necesidad significativa en términos de demanda, cuál es el nivel de expectativa que sustenta el mercado, cuáles han sido los métodos a partir de los cuales el proponente indago sobre las expectativas en términos de producto, etc.5. La definición de productos, no trae inmersa la definición de herramientas e instrumentos a partir de los cuales se garantice la apropiación de conocimiento. En ese sentido, la metodología es limitada en definir cuáles serán las fases y productos que refieran la documentación.6. A nivel de presupuesto, en general la solicitud de los recursos apunta a cubrir el rubro Costo de Personal Técnico Especializado; para el que precisamente en la propuesta no queda posible validar el por qué la dimensión en el número de participantes que se propone, así como la dedicación de tiempo anexa.

59,8 NO VIABLE

9464 21724 LOMBRINORTE SAS 900696034 Norte de Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal técnico especializado, se incluye el Pago honorarios para soporte contable adminitrativo y logistico gerado en el desarrollo de las actividades, este concepto corresponde a gastos de Administración del proyecto.

NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE fundamentalmente porque: No se presenta una descripción concreta del problema de estudio y no queda plasmada la solución del problema de productividad y competitividad de los sistemas de producción al terminar el proyecto.No se presenta la forma como se podría bajar los costos de producción.El producto No está dirigido a los mercados verdes nacional o internacional. No posee un plan de mercado bien definido. El proyecto da poca importancia a la manera como se va vender el producto de sello verde en el ambito nacional e internacional. El proyecto mediamente contribuye a generar empleo. Este proyecto solo se queda demostrando la operacionalización de la parcela demostrativa. Sin embargo presenta poco en el componente de comercialización del producto para poder demostrar a los productores de fresa de Pamplona como se pueden mejorar la rentabilidad del sistema de producción.

65,3 NO VIABLE

10640 21154 MULTINGENIOS MAKARIZA 900137137 4 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

El proyecto aunque interesante NO ES VIABLE ya que ni en la metodología, ni en el cronograma, ni en el presupuesto se ve una correcta ejecución del objetivo general que es el desarrollo e implementación del sistema de autogeneración de energía eléctrica que garantice el 70% del funcionamiento operativo de la planta. NO hay un antecedente que sustente la innovación del proyecto. No hay coherencia en el objetivo general y específicos con respecto a los productos y el cronograma, ya que en estas dos secciones no se presenta la construcción, e implementación del sistema diseñado que garantice el 70% del funcionamiento operativo de la planta. En el cronograma se menciona como actividad “gastos de administración” el cual no aplica en este ítem y no se menciona nada respecto al cálculo de gasto energético del sistema, cálculos de generación de biomasa, manufactura ensamble y validación del sistema diseñado, pruebas de funcionalidad y concepto, etc.El presupuesto es supremamente elevado respecto a los productos (intermedios y finales) que se proyectan obtener. Esta reflejado en un alto porcentaje para pago de personal y en el objetivo el proyecto no se invierte.Se tiene un número muy alto de recurso humano comparado con los productos a generarar y dentro personal proyectado no hay un ingeniero mecánico que apoye el desarrollo del sistema propuesto, cosa que no es coherente.

64,5 NO VIABLE

2665 21142 DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES GENERALES DRG LTDA 829000256-6 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El balance general a 31 de diciembre de 2015 no discrimina el Activo Corriente y el Pasivo Corriente para cálculo de Capital de trabajo. VIABLE 72,8 NO VIABLE

611 21159 SINERGIA INDUSTRIA Y ARTE LTDA 900069107 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, En el rubro de Gastos de Administraciòn del Proyecto se asignan $5.600.000 por concepto de Uso de instalaciones y recursos propios. Esta descripciòn no se ajusta a la naturaleza del rubro. Se considera que es contrapartida en especie.

VIABLE 77,3 NO VIABLE

1342 21035 AC INGENIERIA VIRTUAL 900535335-3 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,3 VIABLE

1025 21157 REGISTROS Y MEDICIONES LTDA 900128742 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, En el rubro "Pago de servicios Tecnològicos" se incluyen $3.000.000 para Servicio de hosting, esta erogaciòn se debe incluir en el rubro Arrendamiento de equipo para investigaciòn

VIABLE 87,5 NO VIABLE

9940 21171 MEDTEC SAS 900509917 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias NO VIABLE

NO VIABLE técnicamente: a) No se evidencia una relación entre la necesidad o solución del problema con un mercado tangible, puede ser que MEDTEC SAS, lo haya contemplado pero en la formulación del proyecto no se demostró. b) No hay coherencia entre los objetivos específicos y el objetivo general, estos hacen referencia a actividades. c) La metodología no es coherente con los objetivos planteados, actividades, recursos, cronogramas; además no es ampliada en el anexo 8, ni guarda una estructura de marco lógico como se contempla en el anexo 10 marco lógico y la formulación del proyecto (informativo).d) No está claro el componente de innovación de Medtec SAS, ni lo relacionan dentro del modelo de negocio de la misma. e) No hay coherencia entre los tiempos de realización de actividades y presupuesto asignado en el resultado R06 Desarrollo de simulador se plantea una actividad A08 Empresa productora Audiovisual para un mes por $60’000.000 y la actividad A09 (mes 6 - 9) Convertidor video en malla Digital Empresa de Ingeniero de Sistemas por $140’000.000. f) No se guardar estructura y coherencia entre los diferentes componentes del proyecto en el SIGP, como se contempla en el anexo 10, ver resultado 10 de 10, productos intermedios y finales y cronograma.

42,5 NO VIABLE

1052 21190 GYR INGENIERIA LTDA 900099170 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,5 VIABLE

406 21211 DAGABOT S.A.S 900575293-3 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, en su numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, relacionado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos, inciso b), el cual establece que: “Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido; documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.

Dentro de los documentos enviados no presento la autorización del órgano directivo.

Causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado

NO CUMPLE NO CUMPLE, Se incluyeron Gastos de Administraciòn del proyecto dentre de la descripciòn del rubro "Costo de personal tècnico especializado". VIABLE 75,3 NO VIABLE

568 21216 SYSTEMICO SOFTWARE 900294476 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 83,3 VIABLE

216 21246 PROMITEC S.A.S. 9001425470 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 93,3 VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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3814 21334 ANSALL LIMITADA 804014489-5 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEProyecto técnicamente NO VIABLE. No presenta coherencia entre los objetivos específicos y los resultados y productos esperados. Los objetivos específicos corresponden a actividades y no a fines. Se define un objetivo específico que su realización puede llevar mas de un año de trabajo. Los productos y resultados esperados no son acordes a un proyecto de innovación y tecnología. No se establece una metodología clara, no existe un orden cronológico de actividades a realizar para alcanzar ese objetivo general planteado. No se evidencia entre los productos el software para el calculo de vida utíl de los equipos de bombeo.

56,8 NO VIABLE

1148 21395 GECIN S.A.S. 900348026-0 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g)

De acuerdo con la certificación enviada no permite observar si es responsable o no de ser aportante de parafiscales destinados al SENA o en su defecto demostrar que no está obligado a hacerlo, Su respuesta no es acorde con lo solicitado.

Capitulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. (numeral 2) En el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c)

Por lo anterior de acuerdo con la certificación no establece si, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002. Capítulo VI DOCUMENTOS DE PROPUESTAS. NOTAS numeral 1. Los documentos enunciados en esta sección (con excepción del formulario SIGP) son subsanables de acuerdo con el cronograma establecido en este pliego. Durante el término de verificación de requisitos, se podrá solicitar precisiones, aclaraciones o información a los documentos objeto de verificación, sí durante el término estipulado no se subsanan los mismos, la propuesta incurrirá en casual de rechazo.

Cito la causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena debe corresponder como mìnimo al 3% del valor del proyecto.El plan de transferencia registrado enn el SIGP no coincide con el suscrito por SENNOVA

VIABLE 74,5 NO VIABLE

10004 21405 EYGSAS 9004199585 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 87,3 VIABLE

10011 21426 ISERVICES SAS 900241635-5 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,5 VIABLE

892 21429 PENAGOS HERMANOS Y COMPAÑÍA 890200686 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 79,0 VIABLE

1104 21437 INGECAD PARTS SAS 900594734 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,0 VIABLE

1404 21452 INDUSTRIAS ACUÑA LIMITADA 804016740-9 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. Debe revisarse el enfoque del proyecto hacia el tratamiento y reutilización de agua residual generada por la industria avícola. La aplicación de los medios filtrantes que se propone crear en debe orientarse en un ámbito más adecuado o acompañado de otros procesos adicionales, ya que en el enfoque propuesto las características del agua en cuestión requieren un tratamiento más robusto. También es importante una mayor investigación en temas de reutilización de agua residual tratada ya que es un tema complejo y que en muchos casos no es viable por los costos derivados de él, frente al coste de agua de consumo, en la actualidad la reutilización de agua residual se ha implementado mayormente en países con déficit del recurso hídrico. Es importante destacar que el proyecto contiene ideas innovadoras que buscan la sostenibilidad ambiental utilizando como materia prima el desecho generado en otro proceso de producción, se identifica un proyecto bien estructurado con objetivos claros y una metodología bien definida y detallada. El personal especializado encargado del desarrollo del proyecto tiene la preparación y experiencia que permite el adecuando desarrollo del mismo, aunque es importante mencionar la importancia de profesionales con experiencia en tratamiento de aguas, también se observa un cronograma aterrizado y acorde con la metodología. Los impactos previstos para el desarrollo del proyecto son coherentes por lo tanto al cambiarse el enfoque de aplicación podría hacer de este un proyecto viable y financiable.

68,0 NO VIABLE

1648 21804 CENTRO DE DESARROLLO TECNOLOGICO Y PRODUCTIVO DE JOYERIA 804007803-6 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal no calificado se inclute Auxiliar administrativo y contable, esta descripción corresponde a gastos de Administración del proyecto. VIABLE 79,5 NO VIABLE

10353 21549 ESLABONAR SAS 900299770-1 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. ( numeral 6) “De acuerdo con el inciso c) contemplado en el literal c) Transferencia Tecnológica al SENA, del capítulo IV PROPUESTA, el cual establece que: “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado. Estos recursos deberán contemplar todos los gastos que se planeen con cargo a la transferencia y no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar actividades de transferencia. El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP” y teniendo en cuenta que el Plan de Transferencia presentado en la propuesta radicada no concuerda con la información registrada en el SIGP, se le solicita allegar dentro del plazo establecido, el Anexo 7 con los valores del Plan de Transferencia ajustados según lo registrado en el formulario SIGP”

Una vez revisado los documentos se puedo establecer que él (Anexo 7) no tiene el VoBo del líder SENNOVA desconociendo lo determinado en el Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Causal de rechazo citada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico. Y lo establecido en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLENO CUMPLE ,Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn no se encuentra Anexo No7 firmado por el Lider SENNOVA.

NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE en el tiempo y con los recursos estipulados por el proponente. El componente tecnológico que definen puede llegar a tener un impacto positivo en la empresa, sin embargo, los tiempos de los componentes están definidos de manera equivocada. Todo proceso de desarrollo tiene un conjunto de etapas predefinidas. Al realizar el análisis de los productos, el recurso humano y los tiempos estipulados se evidencia que existe un riesgo muy alto para dar cumplimiento a las metas propuestas en el proyecto en el tiempo y con los costos pactados. La idea del proyecto está enmarcada dentro del alcance de la convocatoria, es pertinente y se evidencia un criterio de innovación tecnológica y competitividad, además los resultados son claros. Aunque la propuesta tiene aspectos positivos, los plazos para lograr cada producto son limitados. Un análisis a profundidad de la solución tecnológica propuesta y su articulación en el entorno laboral puede dar como resultado un tiempo no inferior a 18 meses, siendo este un tiempo mayor al establecido por los proponentes.

66,5 NO VIABLE

9505 21561 INVERSIONES EL FICAL S.A.S 900666499 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Pago de servicios tecnológicos se incluye Hosting y Dominio Página Web , esta descripción corresponde al rubro Arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico

VIABLE 78,5 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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8483 21572 JAIMES RUEDA Y CIA PRECIMEC S.A.S 900656724-4 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta"".

En uno de los oficios remitidos reporta la certificación del revisor fiscal donde afirma “que la representante legal no tiene limitaciones para celebrar actos o contratar con terceros, posee facultades amplias y suficientes” El certificado de existencia y representación legal no establece dicha certificación del revisor fiscal, como tampoco señala la facultad para contratar sin tener límite de cuantía toda vez que le valor total del proyecto asciende a doscientos veintiocho millones ciento ochenta y ocho mil setecientos cincuenta pesos ($ 228.188.750); Causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g).

No presentó Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA, Causal de rechazo, Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

CUMPLE VIABLE 86,0 NO VIABLE

443 21579 PRETECOR LTDA 8902092076 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados, se incluyé como descripcion del rubro al Tecnico especializado en gestion contable. Este concepto es considerado como Gasto de Administración del proyecto.

VIABLE 73,3 NO VIABLE

3412 21608 SEGURIDAD Y VIGILANCIA COLOMBIANA SEVICOL LTDA 890204162 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE.Los objetivos trazados no atienden la problemática planteada, ya que se relacionan varias necesidades como son el fortalecimiento del portafolio empresarial para manatenerse competitivos, la valoración integral y oportuna de los riesgos de los clientes, dificultades en el proceso comercial y de prestacion del servicio pactado con clientes, entre otras, lo que hace que el proyecto pierda foco. No se precisa el alcance funcional de la aplicación que se quiere obtener. El Resultado esperado 7 "Plan de negocio que incluye el empaquetamiento tecnológico del servicio" no satisface el logro del objetivo general.

68,8 NO VIABLE

669 21656 AIA SOLUCIONES TIC 900425980-2 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLEProyecto NO VIABLE. El proyecto no relaciona el personal técnico responsable del desarrollo del proyecto, esto impide conocer la capacidad de cumplir con los objetivos trazados. No se incluye en el presupuesto un rubro para cubrir costos de arquitectura de software. El resultado numero 5 "Elaboracion del listado de actividades fisicas clasificadas por tipo de usuarios y la clase de actividad" no aporta al alcance del objetivo del proyecto. Hay ausencia de estrategias de apropiacion del producto del proyecto por parte de los beneficiarios.

67,3 NO VIABLE

2402 21661 PENSEMOS S A 804002893-6 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

VIABLE 70,8 NO VIABLE

9168 21710 MARVAL S.A 890205645 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE, El presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE: El proyecto no responde a una demanda existente en el mercado, está orientado a atender una necesidad específica de Marval S.A., probablemente originada en la desarticulación de sus procesos, en el desconocimiento del ERP que actualmente utilizan y en procesos desactualizados. Hay capacidad y experiencia del equipo técnico relacionado, sin embargo, y ante la eventual necesidad de desarrollo de piezas de software para apoyar los procesos de articulación, hay baja dedicación de tiempo por parte del ingeniero de desarrollo.

68,8 NO VIABLE

165 21734 DOMOTECO S.A.S 900617670 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrà cofinanciar màximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnologìa al Sena.

NO VIABLE

Aunque es NO VIABLE, la propuesta presentada representa una oportunidad de incursión en uno de los segmentos tecnológicos más alto desarrollo y potencial: El Internet de las cosas. En la propuesta existen diferentes oportunidades de mejora entre las cuales se señalan: a) La necesidad de identificar el problema central de la empresa proponente, estableciendo con claridad y objetividad las relaciones causa / efecto que lo gobiernan, para que, una vez identificadas las causas, pueda orientarse la intervención, con mayor efectividad, a la atención de las mismas y a la consecuente solución del problema. Sin esta identificación del problema, es imposible resolverlo.b) Sin desconocer la importancia del desarrollo tecnológico propio, tanto en sus componentes hardware, software y de telecomunicaciones, deben considerarse aspectos cruciales para la competitividad de la empresa, tales como la comprensión del tamaño del mercado y la naturaleza de las oportunidades que pretende atender. No basta pues con la presentación de argumentos tecnológicos, pues estos carecen de sentido cuando no se tiene una clara visión de cómo se relacionan con el mercado.c) Finalmente, la propuesta metodológica debe basarse en los resultados de actividades previas al desarrollo del proyecto, tales como la caracterización del mercado y de allí la especificación y el diseño preliminar, las cuales permiten determinar más precisamente la naturaleza y el alcance de los productos que se pretende obtener. Sin una especificación acertada, se corre el riesgo de iniciar procesos sin rumbo ni destino establecido.

40,5 NO VIABLE

11809 21746 TORNOPARTES SAS 900667734-5 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado, se incluyò la participaciòn de Auxiliar administrativo y contable.Dentro del rubro Gastos de Administraciòn del proyecto se incluyò el concepto Polizas requeridas para garantizar el resultado 1. (Esta erogaciòn tiene creado un rubro especìfico de acuerdo a lo establecido en los tèrminos de referencia de la convocatoria).

NO VIABLE

El proyecto no es pertinente para esta convocatoria cuyo pilar es el desarrollo tecnológico y la innovación. A lo largo del documento hay una mezcla de necesidades, sectores y conceptos que no dan claridad a la propuesta.En la sección de planteamiento del problema, se mencionan dos problemáticas, una relacionada con la comunicación entre la empresa y sus clientes y otra netamente interna sobre los procesos de soldadura de la empresa. Pero no es claro cuál es el problema a resolver, ni el sector al cual va a favorecer.En la sección del estado del arte no se presenta un estado de la técnica formal (artículos, tesis, patentes, etc.) sobre las tecnologías de comunicación empresarial y los relacionados con equipos de soldadura. Con lo cual no se puede hacer una apreciación de cuál es el desarrollo tecnológico o proceso de innovación que se va a generar de este proyecto.No hay coherencia entre el objetivo general y los objetivos específicos. Una cosa es DESARROLLAR E IMPLEMENTAR nuevos servicios técnicos y tecnológicos y otra cosa muy distinta es APROPIACIÓN Y ADECUACIÓN DE TECNOLOGÍAS.Lo anterior se ve reflejado en todo el documento. No hay identificadas unas necesidades claras a satisfacer a nivel regional o nacional.No hay claridad en si se va a desarrollar tecnología o se va a hacer apropiación y transferencia de tecnología, en unas partes habla de una cosa y en otras de la segunda. No se ve claramente como los resultados del proyecto se van a articular con un sector o con unos empresarios o en un sector.Hay varios ítems que no son productos intermedios ni finales del proyecto, sólo son actividades del mismo. La articulación con los beneficiarios y el SENA es incipiente.Los costos de personal técnico calificado y no calificado son extremadamente altos, y para las actividades que apuntan al objetivo general el rubro asignado es escaso.El equipo de trabajo es más que suficiente para las actividades propuestas y de algunos de ellos no se puede observar el perfil.

58,8 NO VIABLE

11144 21757 PROINPA LTDA 8040091425 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. “ De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) “

Una vez revisados los documentos se pudo constatar que la certificación no fue firmado por lo que carece de veracidad el documento dando inexactitud a la solicitud, causal de rechazo según el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, (Literal i de las causales de rechazo contempladas en el literal e) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

CUMPLE VIABLE 75,3 NO VIABLE

4214 21774 CTP LTDA 804006088 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE, con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al SenaSe propone el "Uso de Equipos disponibles" en la descripción del rubro "Adquisición de equipos y de software.El plan de transferencia concertado con SENNOVA no coincide con el registrado en el SIGP.

NO VIABLE

El proyecto técnicamente es NO VIABLE, la definición del problema o necesidad del mercado no fue clara, tampoco se definio una oportunidad de mercado que justifique la realización del proyecto. En la nueva línea de servicio de simulación no se plantean mejoras significativas en terminos tecnológicas o de innovación. Los objetivos y parte de los resultados se centran en buscar posicionamiento de producto mediante una estructura para mercadeo y comercialización la cual no denota elementos de innovación a nivel de mercadeo (sistema, modelo, etc.) por lo que se considera que el proyecto no es acorde con ninguna de las líneas programáticas de la convocatoria. En la metogología tampoco se evidencia el aporte innovador del proyecto a un mercado existente. Por otra parte, el proyecto cuenta con un equipo interdisciplinar con experiencia para realizar un proyecto de innovación.

63,3 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12136 21798 GDR INGENIERIA S.A.S 900335682-6 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) No presento certificado si son o no de aportantes de parafiscales destinados al SENA, lcausal de rechazo, Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los estados financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados (teniendo en cuenta la discriminación de los activos corrientes y pasivos corrientes para evaluar el capital de trabajo) (numeral 11)No presento estados financieros 2014 y 2015 .Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado."

NO CUMPLE

NO CUMPLE, Estados financieros no presentan Activo corriente y Pasivo corriente para cálculo de Capital de trabajo. Se solicitó al proponente remitir dicha información, en documentos radicados para subsanación persiste la falta de información.Dentro de la propuesta radicada no se encontró Plan de transferencia concertado (Anexo 7). Se solicitò su remisión, en documentos remitidos como subsanaciòn se encontró Anexo 7 pero este no coincide con la información registrada en el SIGPDentro del rubro "Arrendamiento de equipo" se presentò la suma de $1.500.000 financiados con recursos de financiaciòn, la descripciòn establece "Ing. Electricista" lo cual no concuerda con la descripciòn planteada en los tèrminos de referencia.

VIABLE 71,5 NO VIABLE

10753 21805 GIORGI BUSINESS GROUP S.A.S 900605676-2 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE con el porcentaje màximo permitido en el rubro Gastos de administraciòn del proyecto, este rubro corresponde al 18,91% del valor total del proyecto.Teniendo en cuenta que los estados financieros remitidos en la propuesta no contenian Activo corriente y Pasivo corriente disciminado para el càlculo del capital de trabajo requerido en la evaluaciòn econòmica, se solicitò al proponente esta informaciòn, en documentos remitidos como subsanaciòn no se encontrò la informaciòn suficiente para establecer dicho indicador.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasLos rubros Costo de personal no calificado, insumos y materiales y arrendamiento de equipo no cumplen con la descripciòn de los tèrminos de referencia de la convocatoria, las descripciones presentadas corresponden a Gastos de Administraciòn del proyecto.

VIABLE 80,8 NO VIABLE

1552 21812 ACOPI 8902050057 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. Frente a los numerales 1 y 2 del oficio para subsanar se solicitó de acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g).

y De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c)

Es de anotar que la respuesta a la subsanación notificada por el representante legal no resultan acordes con lo solicitado toda vez que para el primer punto se debe establecer si ACOPI es o no aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado…., para el numeral 2 se solicitó la certificación que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 del 2002. Solicitudes que no fueron atendidas. capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, (Literal m de las causales de rechazo contempladas en el literal e) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto se conceptúa como NO VIABLE, por las siguientes razones:1. El planteamiento del problema se expresa como un desconocimiento de las tendencias del mercado por parte del sector Moda que ocasiona que las empresas vayan perdiendo posicionamiento en el mercado, presenten altos costos de inventarios, disminuyan los niveles de ventas, y presenten altos niveles de devolución. Sí bien se argumentan necesidades generales, el proyecto carece de un complemento fuerte a partir del cual sea posible justificar la necesidad de realizar la actual propuesta. No hay diagnóstico que refiera cómo se identificaron de manera precisa las limitantes sobre las que se quiere trabajar. Si bien se trata de una necesidad general, al tratarse de un proyecto de innovación y desarrollo tecnológico la problemática debe ser específica. Esta precisión no se logra identificar en el proyecto, en tanto se encuentra que precisamente dentro de la intervención se incluyen actividad de diagnóstico tanto del sector como de las 15 empresas beneficiarias.2. El objetivo general definido: “Fortalecer las empresas del sector moda de Santander mediante la integración de las Tendencias como factor estratégico en las organizaciones, a través del acceso a información especializada, el desarrollo de habilidades y competencias del recurso humano, la identificación de su cadena de valor, que les permita adecuar sus productos a las exigencias del mercado, así como el aumento de su competitividad”; en general no da cuenta de cuál es el alcance que en términos de innovación y desarrollo tecnológico supone la ejecución del proyecto. Esta es una limitante general de la estructuración que va más allá precisamente de la definición de los objetivos.3. El alcance del proyecto no permite validar que el desarrollo de la intervención genere un mejoramiento tecnológico en las empresas identificadas como beneficiarias. Pese a que se incluyen elementos de acceso a información especializada e incorporación de modelos de proveeduría y creación de una plataforma virtual, no queda claro cuál es el componente de innovación que soporta el desarrollo de la propuesta. Como se expresa y contextualiza la información, es claro que se trata de un proyecto de implementación y encadenamiento de tipo productivo. 4. En términos de empleo, los impactos se limitan a la generación de 4 empleos, representados en personal a contratar para la ejecución del proyecto. Como tal, éste no puede ser considerado un impacto del proyecto en tanto el personal se requiere para lograr la intervención. Los impactos que se esperan obedecen a la fase posterior a la ejecución, como resultado precisamente de la implementación del proyecto. Adicional y al tratarse de un proyecto que se espera implementar en empresas beneficiarias, los impactos, se esperaría fuesen precisamente en las empresas y no en el operador directamente.5. La construcción del presupuesto, se considera limitada, derivado de las deficiencias que precisamente se identifican en términos de la formulación: existen costos sobredimensionados, actividadades No cofinanciables, aportes en efectivo y especie para el recurso humano, valoración diferente de los mismos recursos dentro de un producto, rubros globalizados, etc6. Para el equipo de trabajo, no se aporta la información que contextualiza cuál es su formación, y cuál es la experiencia general y específica que tienen; desde lo cual no es posible validar que en efecto su participación sea la idónea en el desarrollo del proyecto frente al alcance que se propone.

38,0 NO VIABLE

1933 21287 SIGMA SOLUCIONES EN SISTEMAS Y COMPUTACIÓN LTDA 800132457-0 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 94,8 VIABLE

8160 21503 NGM SOLUCIONES INTEGRALES 900378561 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE.El proyecto no incluye estrategias ni instrumentos para la apropiación de los resultados en los diferentes actores del sistema de seguridad social en salud en Colombia, situación que resulta crítica para el exito del producto del proyecto si se tiene en cuenta la autonomía con que estos cuentan para el manejo de la información de los pacientes (EPS - IPS) y la hetrogeneidad y el grado de desarrollo de sus sistemas informáticos, pese a los estandares de reporte de información definidos por el ministerio de salud. No se aportan datos de expriencia tecnica del equipo de desarrollo.

68,3 NO VIABLE

8594 21585 DORPARMA SAS 900108002-5 Santander Centro Oriente CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE, Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasDentro del rubro Gastos de Patentamiento Se incluyen Honorarios patente, estos se deben incluir dentro del Costo de personal técnico especializado.

NO VIABLE

NO VIABLE. Lo anterior considerando principalmente que no se cuenta con el sustento legal que permita la validez de las actividades y resultados propuestos, esto por la no tenencia de las licencias definidas en la normatividad vigente y los vacios juridicos entorno a las mismas. En este sentido, se ven afectados la metodología del proyecto, los objetivos, resultados e impactos planteados. En el caso de algunos resultados, en específico la solicitud de registro Invima, no se cuenta con certeza de cumplimiento de requisitos definidos para adelantar este proceso, en el aspecto comercial no se presentan soportes que sustenten la demanda potencial del producto y teniendo en cuenta que el desarrollo de prototipos se realizará de forma externa, no es claro como se apropiara la entidad solicitante de este proceso. Se rescata la definición de la oportunidad existente alrededor del aprovechamiento de la explotación de la marihuana como insumo en la producción de trátamientos terapeuticos y clinicos de diversos padecimientos, considerando la participación de comunidades afectadas o involucradas en la producción ilegal, promoviendo la reconversión productiva y laboral de las mismas, la promoción de la investigación y de patentamientos.

69,0 NO VIABLE

2762 21634 BIDAGRO SAS 900373804-1 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

1. De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso k) “Certificación de la relación de la experiencia del recurso humano que participa en el proyecto (Anexo 6); las hojas de vida con sus anexos deberán reposar en la empresa a disposición del SENA y de la Interventoría o supervisor.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la Certificación de la relación de la experiencia del recurso humano debidamente firmada

El documento presentado para subsanar la solicitud no fue firmado por el representante legal. Capítulo IV. PROPUESTA inciso a) Contenido Básico de las Propuestas ….. La propuesta deberá contener la siguiente información: b) Documentos, anexos y certificaciones expresamente requeridos en esta convocatoria, debidamente firmados

Por lo anterior el proponente incurre en la causal de rechazo citada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

NO CUMPLE NO CUMPLE, El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo que plantea aportar el proponente para la ejecución del proyecto. NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto es interesante ya que permite el aprovechamiento de residuos derivados de otra agroindustria. Asimismo, intenta dar respuesta a las tendencias del mercado en cuanto a alimentos saludables. Sin embargo, se perciben como debilidades el planteamiento del problema aunque los objetivos y la metodología propuesta son congruentes entre sí y se obtienen productos acorde con su ejecución. Aunque el proyecto es claro en la mejora de procesos, el desarrollo de un producto susceptible de patentar es cuestionable ya que el proponente no expuso una mínima vigilancia tecnológica que aumente la probabilidad de que se trate de una invención o de un modelo de utilidad. Unido a ello, no se evidencia una clara inserción en el mercado más allá de una intención manifiesta por una grande superficie a través de una relación diádica dependiente. En los costos, el rubro metalmecámica es muy ambigüo para ocupar una proporción importante del presupuesto solicitado en cofinanciación. Se resalta la idoneidad del equipo técnico propuesto para el desarrollo del proyecto.

66,3 NO VIABLE

389 21509 ASFALTART S. A 800164580-6 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 91,0 VIABLE

Page 25: SENAarchivo.sena.edu.co/downloads/sigpdatos/fomento2016/13_Resultados… · SENA PUBLICACIÓN DE ... NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador

SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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3777 21220 ECOPETROL S.A. 899999068-1 Santander Centro Oriente NO CUMPLE

demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de aportes parafiscales destinados al SENA o demostrar no estar obligado en oficio independiente de la certificación del cumplimiento de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) “. El proponente no presento lo solicitado con relación a la certificación de si son o no aportantes de parafiscales aL sena por lo que se incurre en la causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

2. (numeral 2 )“De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso b) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta.”

En la Cámara de Comercio no se relaciona la cuantía autorizada para contratar y no presentan documento de autorización por el órgano directivo. Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada Causal de rechazo Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

3. (numeral 3) De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso g) el cual se establece que se debe presentar “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.” por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la “Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en las condiciones establecidas en el Inciso g) independiente al solicitado en el capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 10 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR contemplado en el literal c)”.

Para efecto de subsanación se solicitó la certificación que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002 la certificación enviada no cumple y presenta información errónea citando dos fechas diferentes de expedición descritas dentro del documento presentado . llevo a determinar una causal de rechazo contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

4. ( numeral 4 )De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso i) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado de antecedentes vigente, del Revisor Fiscal o del Contador, según sea el caso, expedido por la Junta Central de Contadores, La Fotocopia de la cédula y La tarjeta profesional”No fue presentado el requerimiento de subsanación por lo que la propuesta es rechazada dando cumplimiento en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal m) Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

5. (numeral 5 )“De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el literal a) Verificación de documentos jurídicos inciso j) “Fotocopia del RUT de la empresa proponente y entidades participantes distintas al SENA.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido la Fotocopia del RUT de la empresa”

El documento solicitado es enviado en un archivo digital con restricción de observación y no envían la clave de acceso. causal de rechazo contemplado en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada

6. (numeral 6)“De acuerdo al capítulo II ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, numeral 10, REQUISITOS DE PARTICIPACION PARA RADICACION DE PROYECTOS PRESENTADOS POR UN SOLO EJECUTOR, contemplado en el literal i) el cual se establece que se debe presentar “Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.” Por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido los estados financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados (teniendo en cuenta la discriminación de los activos corrientes y pasivos corrientes para evaluar el capital de trabajo)”

No presentó el requerimiento de los Estados de resultados para los años 2014 - 2015. Incurriendo en la causal de rechazo citadas en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

NO CUMPLENO CUMPLE, con lo indicado en el Artículo décimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que, del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. No se encuentra los estados financieros a dic de 2015 para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica.

VIABLE 70,0 NO VIABLE

11193 21527 MACPE LAB SAS 9006218796 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,0 VIABLE

3275 20850 EMPRESA DE SOLUCIONES AMBIENTALES PARA COLOMBIA 900508526 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,3 VIABLE

7027 21050 SESPA UNIVERSAL SA ESP 900047440 Santander Centro Oriente CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,3 VIABLE

10019 21407 ECODESTINOS 8380002157 Amazonas Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,0 VIABLE

12534 21137 ECOGANADERIA AINHOA S.A.S 900560564 Caquetá Centro Sur CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

Tal como está formulada la propuesta NO ES VIABLE. El proyecto exige un mayor esfuerzo para definir con claridad el problema a resolver y en coherencia con este los objetivos y metodología que permita precisar el diseño, arreglos silvopastoriles a evaluar, variables a medir y prácticas de manejo tanto en la implementación como en el aprovechamiento con bovinos. Además de los aspectos mencionados se deben considerar las variables ambientales y climatológicas durante el desarrollo del proyecto para garantizar un análisis objetivo. Otro aspecto deficiente es la baja participación de las comunidades objeto de transferencia en la definición de las condiciones de implementación de las especies vegetales, manejo, aprovechamiento, etc, teniendo en cuenta que estos actores cuentan con experiencias validadas en sus fincas, las cuales son susceptibles de ser incorporadas. La temática referida en el proyecto es pertinente e importante para avanzar en la implementación de sistemas alternativos de producción bovina en zonas naturales estratégicas.

55,8 NO VIABLE

2270 21163 ASOCIACIÓN DE ACUICULTORES DEL CAQUETA ACUICA 828000102-7 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE El proyecto no cumple con el aporte de contrapartida mínima para el plan de transferencia definido en el acuerdo 016 de 2012 y los TDR NO VIABLEEl proyecto no tiene una metodología clara, lo cual se refleja en el diseño del presupuesto, que muestra vacíos en algunas actividades. El presupuesto se divide prácticamente en dos rubros, personal y materiales, presentando un desbalance para la ejecución.El desarrollo del proyecto no genera ningún tipo de mejoramiento tecnológico, ya que no incide en la productividad del sector o en la generación de empleo.

51,0 NO VIABLE

13082 21253 FUNDACION CRECER Y SER 828001632 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl item 3 admite la adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este item no contempla el pago de material de divulgacion se debe llevar a cabo por el rubro financiable N10 pago de publicaciones. El item 9 admite gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto. No contempla el el pago de pólizas, esta debe realizarse con el rubro de contarpartida N°4 pago de pólizas.

VIABLE 83,5 NO VIABLE

2297 21419 MUKATRI DE LA AMAZONIA 900072722-2 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl pago de " Arriendo de espacios físicos y pago de servicios" no se contempla en este rubro según las especificación del acuerdo 016 de 2012.

VIABLE 71,0 NO VIABLE

11806 21521 CREANDO ELITE S.A.S. 900455686 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

La utilizacion de los rubros en el presupuesto del proyecto no corresponden a las especificaciones de los TDR y el acuerdo 016 de 2012: Los gastos de normalización, registro y similares incluye gastos de perfeccionamiento de contratos a suscribir con universidades.Además, el proyecto no contempla el rubro administración en su presupuesto.

NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE, adolece de un diseño metodologico claro que se cumplan con los objetivos y asegure la obtención de los resultados esperados en el tiempo de ejecución de 11 meses.

57,0 NO VIABLE

9437 21667 INFOCASE COLOMBIA INGENIERÍA DE SOFTWARE E.U. 900143328-9 Caquetá Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,0 VIABLE

3152 21786 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE PANELA DEL CAQUETÁ - ASOPANELA 828001511 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El monto de contrapartida en efectivo no cumple con el requerimiento de ser mínimo del 50% del valor total de la contrapartida, solo asciende al 47,39%. Asimismo, el aporte total del SENA para el Plan de Transferencia excede el tope establecido en el acuerdo 016/2012 artículo 14, numeral 12 que indica que es máximo del 50% del valor total del Plan. Sin ninguna especificación ni explicación mencionan en el rubro de ""Inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura"" la palabra ""Terrenos"", y según el artículo 15 del acuerdo 016/2012, se encuentra dentro de los rubros no financiables ""la compra de lotes, construcciones…"". No fue posible verificar el capital de trabajo ya que la empresa no aportó los valores de activos y pasivos corrientes.

NO VIABLEEl proyecto pretende incrementar la competitividad del sector panelero a través del mejoramiento de las prácticas de manejo del cultivo de caña panelera, no obstante el diseño experimental y los anàlisis de los resultados no son lo suficientemente claros. Igualmente, es evidente que existe un presupuesto desfasado en términos de recurso humano requerido. 49,5 NO VIABLE

11874 21787ASOCIACIÓN DE AVICULTORES Y PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE FLORENCIA

9003698187 Caquetá Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El capital de trabajo ($12.480.380) es inferior al recurso en efectivo propuesto como contrapartida($31.610.000). Además el monto de contrapartida en efectivo no cumple con el requerimiento de ser mínimo del 50% del valor total de la contrapartida, solo asciende al 43,24%. En la sección de rubros, dentro del costo del personal técnico especializado incluyeron un profesional que estará "ENFOCADOS EN COMERCIALIZACION, MERCADEO Y ,MARKETING", lo cual está especificado en el acuerdo 016/ 2012, artículo 15 que es un rubro no financiable. Igualmente incluyen un contador, cuya contratación debería estar en el renglon "Gastos de administración".

VIABLE 73,0 NO VIABLE

1476 21397 THE CLOUD SOLUCIONES INFORMATICAS S.A.S 900593866 Huila Centro Sur NO CUMPLELa empresa debe aportar el siguiente documento: Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.

NO CUMPLEEl proyecto no cumple con el uso estricto de los rubros financiables de los TDR definidos por el SENA: El rubro gastos de administración incluye el pago de alquiler o arriendo de oficinas para el desarrollo del proyecto.El monto de capital de trabajo no cubre como mínimo la contrapartida en efectivo.

NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE técnicamente. La formulación es incipiente: se plantea un problema que no se desarrolla de manera suficiente; el objetivo general se corresponde con el problema, pero los objetivos específicos no apuntan al primero, sino a los posibles impactos del proyecto; el alcance de la solución no tiene una definición precisa, lo cual no permite una sustentación fuerte a nivel técnico y presupuestal. El proyecto responde a necesidades del contexto y se orienta a potencializar el mercado en el municipio de Aipe.

65,0 NO VIABLE

3843 21478 SERVICIOS DE ACUICULTURA SAS - SERVIAQUA SAS 900202299-7 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

La utilización de los rubros en el presupuesto del proyecto, no corresponden a las descripciones y especificaciones de los TDR y el acuerdo 12 de 2016, además de esto, los montos de financiación no corresponden a los establecidos: El rubro insumos y materiales incluye la compra de equipos para suministro de agua, aireación, instalación de geomembrana.El monto de contrapartida en especie es superior al monto de contrapartida en efectivo.

NO VIABLE

El proyecto presenta debilidad en su estructuración general. El planteamiento del problema es muy superficial, los objetivos específicos están mal redactados y según lo escrito, ya la empresa realizó todo el proyecto; la metodología no es congruente con los objetivos y no describe como se cumplirían.

52,0 NO VIABLE

2906 21754 GRANJA ALEVINERA OPITA LTDA 900085134-8 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

La utilización de los rubros no corresponde a los TDR y al acuerdo 016 de 2012: El rubro insumos y materiales requeridos incluye items que corresponden a equipos o configuración de tecnologías para la construcción de un sistema global, que hacen parte de la contrapartida; el rubro gastos de patentamiento no es claro en lo que se va a patentar; el rubro gastos de normalización incluye gastos de legalización de contratos. Además el aporte de contrapartida para el plan de transferencia no cumple con lo exigido, que es mínimo el 50%.

NO VIABLEEl proyecto no es VIABLE, a pesar de ser una alternativa para la problemática planteada, el proyecto tanto en sus objetivos como en su metodología no presenta ninguna claridad de lo que se va a evaluar. No hay precisión del desarrollo de la propuesta como tal.

48,3 NO VIABLE

2961 21312 TILAPIAS DEL HUILA SAS 900064258-2 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,3 VIABLE

1807 21531 STM INMOBILIARIA 813006166 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (2) Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLEEl uso de los rubros financiables en el presupuesto del proyecto, no corresponden a las especificaciones de los términos de referencia y el acuerdo 16 de 2012: El rubro pago de servicios tecnológicos incluye alquiler de servidores, el cual debe costearse a través del rubro NO. 5 arrendamiento de equipos. NO VIABLE

El proyecto propuesto no es viable porqué no tiene una clara relación con las técnicas constructivas originales de las viviendas y no pone relación con estas. Una tecnología contemporánea no se aplica en cualquier construcción y sobre todo, la introducción de una tecnología necesita una contextualización respecto a la arquitectura, a la sociedad, y al contexto socio-económico, de la cual adolece el proyecto. 60,8 NO VIABLE

6742 21770 LADRILLERA LOS DIAMANTES 900230498-5 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (2) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.

NO CUMPLEEl uso de los rubros no corresponden a los conceptos establecidos por los términos de referencia y el acuerdo 016: El rubro costo de personal técnico especializado no está discriminado entre los diferentes profesionales requeridos, el tiempo de dedicación de las actividades, y además, incluye desarrollo de un estudio para la tecnología (rubro no financiable NO. 7); el capital de trabajo no es equivalente como mínimo al monto de contrapartida en efectivo.

NO VIABLEEl proyecto no es viable. No se presenta un estado del arte con referencias coherentes y aceptadas. El planteamiento del problema no discierne sobre la temática que se quiere resolver. Los objetivos no son medibles o verificables. El presupuesto es desproporcionado respecto al tamaño de la empresa, duración del proyecto, personal involucrado y su tiempo de dedicación, así como los entregables comprometidos. Faltó presentar una metodología coherente para alcanzar los objetivos. No se dimensionan los entregables, de modo que no son verificables.

51,3 NO VIABLE

6835 21215 ASOCIACION AGROPECUARIA BUENAS PRACTICAS AGRÍCOLAS ESTORACAL 900666262-6 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (2) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (3) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.

NO CUMPLE

El capital de trabajo ($600.000) es inferior al recurso en efectivo propuesto como contrapartida ($24.227.000), literal f, numeral 12 de los Aspectos Generales de la Convocatoria y numeral 3, literal b, numeral 6 del Capítulo III dentro del "PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I". Además, el monto de contrapartida en efectivo no cumple con el requerimiento de ser mínimo del 50% del valor total de la contrapartida, solo asciende al 48,79%, artículo 13 del acuerdo 016/2012.

NO VIABLE

Presenta serias deficiencias en su estructuración evidenciadas en la falta de coherencia interna, las cuales no permitirán conseguir los objetivos propuestos. Adicionalmente, el objetivo general está deficientemente formulado, con lo cual es imposible determinar la contribución de cada objetivo específco a su desarrollo. La metodología presentada no está acorde con los objetivos específicos y su ejecución no garantiza que se consigan los resultados esperados. El planteamiento del problema es genérico y no determina con precisión la situación que se pretende modificar con la ejecución del proyecto. El estado del arte es muy deficiente y se limita a enumerar referencias sin poner en perspectiva y hacer un balance de la información consultada. El proyecto es pertinente y de plantearse correctamente contribuiría a incrementar la competitividad de los caficultores beneficiados.

55,8 NO VIABLE

862 21204 CORPORACIÓN CEPASS 900150270 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 83,5 VIABLE

9793 21406 EXPANSIONTI SAS 900228688-1 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El item 1 contempla el pago del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto. Por este rubro se podrá contemplar el personal que realiza actividades de dirección o gerencia del proyecto que realice acciones directas en la ejecución del proyecto. Este item no contempla el pago de profesionales para labores de administracion del proyecto como el soporte contable, gasto que corresponde directamente al rubro N° 11 gastos de administracion del proyecto.

VIABLE 70,3 NO VIABLE

1230 21427 DISTRIBUIDORA PLASTICOS SUR SAS 900601087 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (2) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (3) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.

NO CUMPLEEl proyecto no utiliza los rubros según las especificaciones de los TDR y acuerdo 16 de 2012: El rubro pago de servicios tecnológicos incluye adquisición de equipos e infraestructura.Además, los montos del plan de transferencia incumplen los términos de referencia pues el porcentaje respecto al valor del proyecto destinado a este rubro no supera los 2,99%. Finalmente el capital de trabajo es inferior al valor de la contrapartida en efectivo.

NO VIABLE

NO VIABLE. La aplicación de un sistema de aire comprimido de alta eficiencia se traduciría en una mayor rendimiento energético, más fácil de mantener, mayor calidad y cantidad de aire; este último atendiendo tres parámetros críticos la presión, el caudal y la calidad de aire. Factores muy relevantes en la productividad de la empresa. Sin embargo el proyecto presentado tiene grandes deficiencias en el planteamiento del problema y la metodología se centra en la compra y ubicación del sistema de aire comprimido; dejando de lado el verdadero propósito de la adopción de la tecnología que es mejorar la productividad, disminuir el consumo energético y brindar un mejor producto; aspectos poco detallados y difícilmente medibles sin una metodología clara.

66,8 NO VIABLE

572 21442 ESEPACOL 8130058814 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl item 3 admite la adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este item no contempla el pago de material de divulgacion lo cula corresponde al rubro financiable N10 pago de publicaciones. En la transferencia debe aclararse que la compra o adquisicion de software corresponde al rubro de contrapartida N2.

VIABLE 75,8 NO VIABLE

2036 21511 INTERNATIONAL AUDITOR COMPANY S.A.S. - ACOMPIN S.A.S. 9001718938 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl uso de los rubros en el presupuesto del proyecto no corresponde a las especificaciones de los TDR y acuerdo 16 de 2012: El rubro insumos y materiales requeridos contempla la compra de equipos y pago de servicios como acceso a internet; el rubro publicaciones de resultados incluye charlas y eventos de divulgación que deben ser incluidos en el rubro transferencia de tecnología; el rubro gastos de administración del proyecto incluye el pago de servicios públicos o arrendamiento de locaciones y de igual manera, gastos de transporte de personal.

VIABLE 70,3 NO VIABLE

1102 21535CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y URBANO DE COLOMBIA CORDESARROLLO

813011375-3 Huila Centro Sur NO CUMPLELa empresa debe presentar el siguiente documento: Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLEEl uso de los rubros en el presupuesto del proyecto no corresponde a los TDR de la convocatoria ni a las especificaciones del acuerdo 16 de 2012: Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto incluye el tema de divulgación, que hace parte del rubro publicación de resultados; además, los servicios tecnológicos deben estar incluidos en el rubro correspondiente; en el rubro gastos de administración se incluyó el pago de servicios públicos, arrendamiento de oficinas o equipos, que no son financiables.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto tal como esta planteado no logrará conseguir el objetivo de concretar una app de servicios de asistencia técnica remota a productores agropecuarios, presenta fallas metodológicas de desarrollo de app para establecer una innovación real que le permita el mejoramiento de la productividad para que los productores crezcan rápida, rentable y sostenidamente jalonadas por innovación planteada por la app, la estructura de objetivos se basan solo en desarrollo tecnológico como prototipo, validación y mejoramiento sin una base conceptual a partir del perfil de los usuarios que la utilizarán, ademas los costos del proyecto no son acordes a lo que se requiere para desarrollar una app. El proyecto no contempla entre otras cosas: historias de usuario, technology road map, mapa de riesgos tecnológicos, mapa de actores tecnológicos, vigilancia tecnológica profunda.

51,3 NO VIABLE

1013 21547 PISCICOLA COOLFISH SAS 900.312.484-5 Huila Centro Sur NO CUMPLE Incurre en causal de rechazo: a) Cuando una empresa en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) presenta más de un (1) proyecto, no serán tenidos en cuenta para este proceso ninguno de los proyectos presentados; de manera particular con Cenigaa. CUMPLE VIABLE 88,5 NO VIABLE

1872 21653 EMPRESA DE FOSFATOS DEL HUILA S.A. 891101163 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE La utilización de los rubros no corresponde a los TDR y al acuerdo 016 de 2012: El rubro publicaciones de resultados incluye el desarrollo e impresión de informes, que no son financiables. NO VIABLE El proyecto no es VIABLE, dado que no especifica de manera clara la metodología a realizar, por lo que no se puede evaluar si el presupuesto es adecuado; no está consolidado un equipo de trabajo. 64,8 NO VIABLE

Page 26: SENAarchivo.sena.edu.co/downloads/sigpdatos/fomento2016/13_Resultados… · SENA PUBLICACIÓN DE ... NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador

SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12082 21673CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS Y RECURSOS GEOAGROAMBIENTALES-CENIGAA

900345215-2 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Certificado de Existencia y Representación legal o el documento equivalente en original, expedido por autoridad competente, con fecha de expedición igual o posterior al 15 de enero de 2016.) (2) Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1): Debe estar suscrita en original del representante legal del proponente, quien será el ejecutor principal, o el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado. (3) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (4) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuente con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (5) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. (6) Plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA donde va ser ejecutado el proyecto, acorde con la temática del mismo, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA. (7) Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLE

El presupuesto del proyecto utiliza rubros fuera de los TDR y del acuerdo 016 de 2012, tales como: El rubro personal técnico especializado incluye un estudio de Vigilancia Tecnológica; se incluye la compra de equipos en el rubro de acceso a información especializada.Además, incumple con los montos máximos de financiación definidos al superar el valor permitido para la contrapartida en especie; finalmente, el aporte al plan de transferencia en contrapartida es menor a la aportada por el SENA.

NO VIABLEEl alcance no garantiza avance en el tema planteado; en la metodología, la descripción es demasiado somera, sin precisar el tipo de producción vegetal y animal que se pretende llevar a cabo.El desarrollo del proyecto no aporta a la generación de nuevo conocimiento, productos, protocolos, entre otros.

58,3 NO VIABLE

784 21678 CENTRO DE DESARROLLO DE NUEVAS TECNOLOGIAS SAS NUEVASTIC 9002499901 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 83,8 VIABLE

11942 21687 GRUPO ASOCIATIVO DE TRABAJO AGROINDUSTRIAL ILLARI 900144436 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (2) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (3) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (4) Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. (5) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA donde va ser ejecutado el proyecto, acorde con la temática del mismo, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA.

NO CUMPLEEl Monto de contrapartida en efectivo es inferior a la contrapartida en especie.

VIABLE 78,8 NO VIABLE

1661 21708 MILD COFFEE COMPANY HUILA 900443718-5 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. El proyecto es no viable, pues presenta un solución a una problemática propia de la empresa que no puede relacionarse directamente con la competitividad y productividad de la misma. La organización no cuenta con experiencia en el desarrollo y transferencia de tecnologías, como se ve en su equipo de trabajo. Los resultados planteados no tienen relación directa con el objetivo general del proyecto. en cuanto al concepto de innovación deberá considerarse la misma pues es una tecnología que ya se conoce y solo esta siendo aplicada en el sector café.

53,3 NO VIABLE

810 21720 COLOMBIA ENERGY SAS 900349333-1 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. Utiliza el rubro "Pago de servicios tecnológicos..." incluyendo el ítem "Construcción del prototipo" lo que no está de acuerdo a la especificación citada en los términos de referencia. Debió estar en el rubro de Diseño de prototipos. VIABLE 81,3 NO VIABLE

765 21438 CORPORACION AGROMINERA DEL HUILA 900298931 Huila Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos (1) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta en caso de ser requerido. (2) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (3)Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente (ejecutor principal) y de las entidades participantes distintas al SENA. (4) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. (16) Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLE

A pesar de cumplir con montos de financiación, contrapartida, capital de trabajo y Plan de Transferencia Tecnológica, no cumple porque parte de sus rubros no son utilizados según las especificaciones de los términos de referencia de la convocatoria. Ejemplo de esto, los rubros de "Costo del personal técnico especializado", "Gastos de normalización, certificación, registro y similares". También incluye los "Aportes parafiscales..." como rubro financiado y este debe ser rubro de contrapartida. En "Pago de servicios tecnológicos" se registra "Elaboracion de la plataforma documental 17025 para acreditacion" lo cual es un rubro no financiable dentro de esta convocatoria.

NO VIABLE

"El proyecto titulado "" Creación del laboratorio de investigacion en suelos y minerales del sur colombiano"" NO ES VIABLE. La formulación de los objetivos específicos no corresponden a metas a alcanzar sino a productos esperados. El planteamiento del problema y la justificación del mismo no es clara. Si bien, el sur colombiano requiere un laboratorio de análisis de suelos, la propuesta se centra en la acreditación del laboratorio, cuando deberia centrarse inicialmente en la creación del mismo. No se evidencia una metodológia explícita, estructurada y coherente para la evaluación de parámetros fisicoquímicos en suelos. Los tiempos de ejecución del proyecto no son coherentes con los productos espérados, máxime cuando no es claro si el objetivo del proyecto es la creación del laboratorio o la acreditación. El presupuesto no es claro, no se evidencian en el mismo, el financiamiento de compra de equipos indispensables para el montaje y estandarización de métodos fisicoquímicos para caracterización de suelos. Lo anterior sugiere que los proponentes cuentan con los equipos e infraestructura, sin embargo en los valores de contrapartida en especie o en dinero no aparecen registrados.."

41,8 NO VIABLE

1475 21443 QUÍMICA Y MINERÍA INTEGRADAS S.A. 900014776 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,3 VIABLE

690 21758 ASECOM S.A.S 813012275 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El presupuesto incluyó el ítem "solicitud del registro invima para los productos" dentro del rubro Pago de servicios tecnológicos. Según el numeral 9 del artículo 14 del Acuerdo 016 de 2012 la solicitud de registro Invima debe estar en el rubro de Gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto.Además, en el rubro de Diseño de prototipos describe que va a realizar "Compra de equipos para la elaboración y estandarización de productos de aseo en el area de agroindustria no alimentaria". La compra o adquisición de equipos no está contemplada dentro de este renglón, solo se puede generar con recursos de contrapartida.

VIABLE 71,0 NO VIABLE

7049 21398 INDUSTRIA LADRILLERA DEL SUR ILASUR LTDA 813000646-7 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

EL proyecto no utiliza los rubros según los TDR: El rubro insumos y materiales requeridos incluye una cubierta para el horno, que es considerada propiedad, planta y equipo; el rubro inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura contempla aportes en terreno o de equipos.El monto de la contrapartida en efectivo es inferior a la contrapartida en especie.El plan de transferencia es financiado 100% por el Sena, incumpliendo el aporte de contrapartida de mínimo el 50%.El capital de trabajo no corresponde al valor de la contrapartida en efectivo.

NO VIABLE

NO VIABLE. A pesar de que la pertinencia del tema planteado en el presente proyecto es adecuada para el desarrollo regional, el diseño y construcción de sistemas energéticos eficientes promueven competitividad en el sector productivo, los cuales se traducen en procesos más rentables y seguros para la comunidad y los trabajadores. Es claro que mejoras en la capacidad técnica, representan mayor competitividad y posibilidades de crecer de la empresa, lo cual favorece el desarrollo regional y la calidad de vida de los habitantes, en razón a la generación de empleo directo e indirecto que este tipo de industrias puede crear a sus alrededores. Sin embargo la el proyecto presentado tiene muchas deficiencias en la concepción técnica, el problema y objetivos mal formulados, y por ende la metodología planteada no es suficiente.

62,0 NO VIABLE

11396 21414 COOPERATIVA MULTIACTIVA MI FUTURO AMBIENTAL LTDA 900623332-9 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE El capital de trabajo es inferior a la contrapartida en efectivo. VIABLE 73,0 NO VIABLE

7078 21526 IVAN HOYOS SERVICIOS TURÍSTICOS SOCIEDAD LIMITADA. 813001746 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLENo contempla la financiación del plan de transferencia del proyecto ni actividades de administración, además utiliza los rubros sin tener en cuenta las descripciones de los TDR y el acuerdo 016 de 2012. (El valor del plan de transferencia esta asociado a el costo de personal especializado) NO VIABLE

Es importante anotar que aunque se conoce la necesidad latente del uso de las tecnologías y los procesos de innovación para desarrollar una ventaja competitiva para las empresas del sector, el proyecto presenta unos costos muy altos y desconoce elementos esenciales dentro del proceso de desarrollo de un plan de mercadeo como son el análisis situacional que garantice la necesidad de un canal de distribución electrónico de la organización, una investigación de mercadeo, un plan estratégico de marketing basados en los requerimientos del e-commerce para llegar a la construcción de una plataforma tecnológica que permita llegar al canal de distribución propuesto en el objetivo general. Se va a diseñar y a implementar un plan de mercadeo sin un profesional en el área que garantice el logro de los objetivos.

48,5 NO VIABLE

3223 21556 FUNDACION GESTAR HYR 900411225-9 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE La financiación del plan de transferencia está cargada en su totalidad al SENA, incumpliendo TDR y acuerdo 016 de 2012 VIABLE 79,0 NO VIABLE

3554 21753 ACEDECO PADEVI 813003425 Huila Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl item 3 admite la adquisión de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto que sean bienes Consumibles. Este rubro no contempla el pago de personal para el desarrollo de actividades. Igualmente el monto de contrapartida en efectivo es menor al 50% del valor total de la misma. VIABLE 73,8 NO VIABLE

1151 21203 SOCIEDAD AGROINDUSTRIAL RVG LTDA 900246424-0 Huila Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,3 VIABLE

10051 21444 INSTITUTO DE EDUCACIÓN DEL PUTUMAYO 830510036-4 Putumayo Centro Sur NO CUMPLE NO CUMPLE. No aporta documento donde indique si es aportante de parafiscales al sena o si se encuentra excento de realizar dichos pagos. CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE técnicamente. La formulación es incipiente: se plantea un problema que no se desarrolla de manera suficiente y clara; el objetivo general se refiere al impacto y no articula los objetivos específicos que apuntan al problema; el alcance de la solución no tiene una definición precisa, lo cual no permite una sustentación fuerte a nivel técnico y presupuestal. El proyecto responde a necesidades del contexto y se orienta a potencializar los procesos institucionales.

51,0 NO VIABLE

11302 21607 ISA NETWORKS ISP SAS 900593821 Putumayo Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE

8641 21683 DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS INTEGRALES Y AMBIENTALES 900407381-4 Putumayo Centro Sur CUMPLE NO CUMPLELa utilización de los rubros no corresponde a los TDR y al acuerdo 016 de 2012: El rubro de costo de personal no calificado incluye personal para fines comerciales o de promoción de servicios; el rubro insumos y materiales contempla pago de materiales de publicidad y promoción.Además, la contrapartida del proyecto no corresponde a los montos definidos, pues el efectivo es menor al 50% del total de la misma.

NO VIABLE NO VIABLE. Existen vacíos en la metodología que no permiten visualizar el alcance, y los resultados no son claros. En general es una propuesta interesante para la región en la que se pretende ejecutar. 65,5 NO VIABLE

10336 21441 PRODUCTORA DE TRIPLEX DE COLOMBIA LTDA PROTIPLEX LTDA 900214117-7 Putumayo Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Que las entidades participantes pre-inscritas estén legalmente constituidas, con personería jurídica, como mínimo dos años antes del 15 de febrero de 2016. (Certificado de Existencia y Representación legal o el documento equivalente en original, expedido por autoridad competente, con fecha de expedición igual o posterior al 15 de enero de 2016.) (2) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (3) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (4) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (5) Fotocopia de la cédula y del Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.

NO CUMPLEEl ítem 5 contempla el pago de arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico, así como actividades de control de calidad. No considera el pago de fletes. Adicionalmente el capital de trabajo no corresponde al menos a la contrapartida en efectivo. VIABLE 96,5 NO VIABLE

8017 21519ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES ACUICOLAS AGROPECUARIOS Y AMBIENTALES DE PUERTO ASIS- ASOAMPI-

900077582-0 Putumayo Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl item 3 admite adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este rubro no contempla el pago de servicios publicos derivados de las actividades desarrolladas en el proyecto. Adicionalmente la contrapartida en efectivo no es igual o superior al 50% del total de la contrapartida.

VIABLE 77,8 NO VIABLE

8783 21808 AMAZON PUTUMAYO RIVER S.A.S 900676815-1 Putumayo Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: 1)Certificado suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal en el que certifique que actualmente la entidad no se encuentra en liquidación, régimen de insolvencia y tampoco se encuentra embargada e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años. (Anexo 5)(2) Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1): Debe estar suscrita en original del representante legal del proponente, quien será el ejecutor principal, o el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado.(3) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal.(4) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.

NO CUMPLEEl proyecto no cumple con el monto minimo de 3% del valor total del proyecto establecido por los terminos de referencia y el acuerdo 016 de 2012, ademas presenta un capital de trabajo negativo lo que le impide financiar la contrapartida establecida. NO VIABLE

NO Viable, se evidencia un problema de productividad identificado en el proyecto, proponiendose una metodologia e inversiones para lograr mejores condiciones de produccion de conserva de corazon de palmito, los resultados se extienden a generacion de nuevos productos sin que en la metodologia propuesta se describa como llegar a desarrollar estos nuevos productos, el presupuesto se prensenta costeado por resultados, sin embargo los rubros se presentan de manera global lo que no permite analizar las unidades y cantidades requeridas y asi la racionalidad del costeo, se presentan 3 perfiles en el equipo tecnico las descripciones del perfil del ingeniero agroindustrial no permite establecer sus capacidades para las actividades asignadas.

68,5 NO VIABLE

6905 21487COOPERATIVA MULTIACTIVA DE PISCICULTORES DE LA VERTIENTE AMAZONICA COOPIAMAZONIA

900051421-0 Putumayo Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl item 3 admite adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este rubro no contempla el pago de servicios publicos derivados de las actividades desarrolladas en el proyecto. Además la compra de equipos debe ser considerado en los rubros de contarpartida especificamente en el rubro N°2. VIABLE 75,3 NO VIABLE

4217 21492 INAGRO SAS 900065578 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl proyecto no cumple con los montos de financiacion de la convocatoria: La contrapartida en especie es superior a la contrapartida en efectivo

NO VIABLE

El proyecto es NO VIABLE, la estructuración de la propuesta en su conjunto tiene muchas deficiencias técnica lo cual se refleja en el conjunto de la calificación otorgada. El planteamiento del problema es muy amplio y la respuesta a este es obvia. En toda propuesta el estado del arte juega un papel fundamental ya que nos enmarca como se desarrolla la temática en el ambito internacional, nacional y regional, pero en esta peopuesta no hay una profundidad y solo menciona tres trabajos realizados al respecto, además, no se realizo una busqueda de material bibliográfico especializado que diera una amplía perspectiva y vigilancia del desarrollo del tema. En cuanto a los objetivos propuestos para el desarrollo como lo he indicado tienen más aspectos de actividades de trabajo que a objetivos para el desarrollo de la propuesta. La metodología preocupa su planteamiento ya que el alcance del proyecto debería permitir la descripción de como se desarrollarí, sin embargo, no queda claro en ninguno de los aspectos como se desarollaría esta propuesta

50,7 NO VIABLE

844 21525 FECOIN. 9002958432 Tolima Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Que las entidades participantes pre-inscritas estén legalmente constituidas, con personería jurídica, como mínimo dos años antes del 15 de febrero de 2016. (Certificado de Existencia y Representación legal o el documento equivalente en original, expedido por autoridad competente, con fecha de expedición igual o posterior al 15 de enero de 2016.) (2) Certificado suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal en el que certifique que actualmente la entidad no se encuentra en liquidación, régimen de insolvencia y tampoco se encuentra embargada e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años. (Anexo 5) (3) Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1): Debe estar suscrita en original del representante legal del proponente, quien será el ejecutor principal, o el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado. (4) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (5) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (6) Garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa (Anexo 2); en caso de entidades públicas se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP. (7) Compromiso de empresas en alianza (Anexo 3). En caso de entidades públicas, adicionalmente se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP. (8) Carta de compromiso y certificación de la contrapartida en caso que un Centro de Formación Profesional del SENA participe como Coejecutor del proyecto (Anexo 4), suscrita por el Subdirector de Centro o Director Regional. (9) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (10) No estar incurso en inhabilidad e incompatibilidad alguna para contratar con el Estado. (11) Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente (ejecutor principal) y de las entidades participantes distintas al SENA. (12) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. (13) Fotocopia del RUT de la empresa proponente y entidades participantes distintas al SENA. (14) Certificación de la relación de la experiencia del recurso humano que participa en el proyecto (Anexo 6); las hojas de vida con sus anexos deberán reposar en la empresa a disposición del SENA y de la Interventoría o supervisor. (16) Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLE

El valor del plan de transferencia es financiado en su totalidad por el SENA, incumpliendo el porcentaje máximo a financiar del 50% del valor de dicho plan.Además, el uso de los rubros en el presupuesto del proyecto no corresponde a las especificaciones de los TDR y el acuerdo 016 de 2012: El rubro de contrapartida inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura contempla el pago de arrendamientos de bodegas u oficinas.

NO VIABLEEl proyecto no es viable, la redacción no es clara, los objetivos y la metodología no muestran un proyecto innovador, carece de una estructura que nos permita definir con claridad la innovación.

50,0 NO VIABLE

9451 21111 RED FORESTAL S.A.S. 900578597-0 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE El capital de trabajo no corresponde al menos al valor de contrapartida en efectivo. NO VIABLELa propuesta NO ES VIABLE. Hay falencias en la conformación del equipo de trabajo, no existen resultados previos, lo que imposibilita la elaboración del bioinsumo en el tiempo exigido. Hay vacíos metodológicos y de enfoque

43,8 NO VIABLE

2928 21133 LUNARVI 809003617-2 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El ítem 3 admite la adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este ítem no contempla la compra de equipos, estos deberán ser vinculado al rubro de contrapartida N2. El ítem 5 contempla el pago de arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico, así como actividades de control de calidad. No considera el pago de de servicios de perifoneo o publicidad.

VIABLE 75,5 NO VIABLE

12552 21229 CASAS AUTOMÁTICAS 900208405-9 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. Utiliza el rubro "Gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto" incluyendo el ítem "Inscripcion del Registro Patente de Utilidad" pero no de acuerdo a la especificación citada en los términos de referencia. Debió estar en el rubro de Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.

VIABLE 91,5 NO VIABLE

12261 21455 ONCOMEDIC LTDA 800217198-4 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl uso de los rubros en el presupuesto del proyecto, no corresponde a las especificaciones o descripciones de los TDR y acuerdo 16 de 2012: El rubro insumos y materiales requeridos incluye material impreso, que pertenece al rubro No. 10 publicaciones.

NO VIABLEEl proyecto NO es viable. Si bien apunta a la solución de una problemática clara de la salud en el Tolima y en el país, no presenta grandes innovaciones tecnológicas. Es importante, además, mostrar como se articula con las demás entidades y actores del sector salud. Tiene un alto grado de riesgo en cuanto a que sus entregables sean documentos y material que no se utilicen en entornos reales.

64,5 NO VIABLE

10751 21477 MASSO ARQUITECTURA 900635879-7 Tolima Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,3 VIABLE

12547 21498 AGRO-ORGANICOS SAS 900375119 Tolima Centro Sur CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto no es viable .Aunque tiene la finalidad de mejorar sus protocolos interno, no está claro como innovarán y mejoran su producción. Como lo mencioné es un proyecto muy costoso para los alcances que propone. La articulación con el mercado no esta definiday en cuanto a la generación de empleo es notorio que los recursos que se están solicitando en su mayoría serán invertido en la contratación de personal, sin embargo, los fines del proyecto no establece como ellos generaran nuevos empleos.

50,4 NO VIABLE

11402 21516 INDUSTRIAS EL ICONO E.U. 900198101-0 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLELos gastos administrativos no contemplan el pago del director o coordinador del proyecto, para estos gastos debe ser contemplado el rubro N1 financiable (Costo de personal especializado).

VIABLE 73,5 NO VIABLE

115 21528 COTURNICOLA COLOMBIANA S.A.S 900525189 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. Presenta falencias en la clasificación de los ítems, por ejemplo lo detectado en los rubros de Costo del personal técnico especializado y Gastos de administración del proyecto. Por otra parte, no cumple con la condición de que la contrapartida en efectivo debe ser de al menos el 50%, el porcentaje tan solo asciende a 24,3%. Finalmente, dentro de los estados financieros no es posible derivar el pasivo corriente, se requeriría saber qué porcentaje del renglón de Accionistas, dentro del Pasivo, es a largo o corto plazo, porque tal y como fueron presentados los estados financieros no se contaría con el capital de trabajo necesario.

NO VIABLEEl proyecto no es viable de desarrollar en un año, para alcanzar los resultados y productos propuestos, bajo las competencias y conocimientos hasta ahora demostrados por el proponente. Tiene a su favor que hay oportunidades de mercado y que es un compañía ya operando en el sector. Las oportunidades de transferencia para el SENA son posibles. No obstante la propuesta adolece seriamente de sustento tècnico y metodològico.

62,5 NO VIABLE

12094 21577 CLINICA SENS POR EDMUNDO GUERRERO Y KARINA ACOSTA SAS 900614230 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl capital de trabajo no soporta la contrapartida en efectivo; además, el monto de la contrapatida en especie es superior a la contrapartida en efectivo.

VIABLE 81,3 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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11829 21614 ASOCIACION TOLIMENSE DE ADMINISTRADORES PUBLICOS 9002593303 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLEEl proyecto no cumple con los criterios de uso de los rubros para la financiación de actividades, en los rubros correspondientes al acceso a nodos o redes telemáticas, incluidos en el rubro No. 7 y No. 12.La administración del proyecto supera el tope permitido y no realiza el aporte obligatorio para el desarrollo de las actividades del plan de transferencia.

NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE técnicamente. La formulación adolece de definiciones criticas como la metodología; por ello, frente a la necesidad de establecer la satisfacción de los objetivos, en relación a la forma como se desarrollará la construcción de la solución, las estrategias propuestas no son suficientes. El problema no está definido de manera clara.

58,8 NO VIABLE

10661 21617 INVENTIBA CREATIONS S.A.S 900393859-1 Tolima Centro Sur CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,8 VIABLE

11189 21626 FCOMUNICACIONES SAS 900544340-9 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE

El item 1 contempla el pago del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto que realice acciones directas en la ejecución del proyecto. Este item no contempla el pago de profesionales para labores de administracion del proyecto como el soporte contable, gasto que corresponde directamente al rubro N° 11 gastos de administracion del proyecto. El item 3 admite la adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este item no contempla la adquisición de equipos, por lo que deberan ser contemplados en el rubro de contrapartida N2 adquisicion de equipos. Ademas el alquiler de servidores debe ser incluidos en el rubro financiable N5 Arrendamiento de equipo y no en el item 4 pago de servicios tcnológicos.

VIABLE 72,8 NO VIABLE

440 21779COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE SEMILLAS Y AGROINDUSTRIA COPROSEM

8001845976 Tolima Centro Sur NO CUMPLE

La empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Que las entidades participantes pre-inscritas estén legalmente constituidas, con personería jurídica, como mínimo dos años antes del 15 de febrero de 2016. (Certificado de Existencia y Representación legal o el documento equivalente en original, expedido por autoridad competente, con fecha de expedición igual o posterior al 15 de enero de 2016.) (2) Certificado suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal en el que certifique que actualmente la entidad no se encuentra en liquidación, régimen de insolvencia y tampoco se encuentra embargada e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años. (Anexo 5) (3) Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1): Debe estar suscrita en original del representante legal del proponente, quien será el ejecutor principal, o el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado. (4) Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal. (5) Si el Representante Legal de la empresa proponente no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, deberá adjuntar documento donde conste la autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta. (7) Compromiso de empresas en alianza (Anexo 3). En caso de entidades públicas, adicionalmente se deberá anexar certificado de disponibilidad presupuestal CDP. (8) Carta de compromiso y certificación de la contrapartida en caso que un Centro de Formación Profesional del SENA participe como Coejecutor del proyecto (Anexo 4), suscrita por el Subdirector de Centro o Director Regional. (9) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición. (10) No estar incurso en inhabilidad e incompatibilidad alguna para contratar con el Estado. (11) Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente (ejecutor principal) y de las entidades participantes distintas al SENA. (12) Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. (13)Fotocopia del RUT de la empresa proponente y entidades participantes distintas al SENA. (15) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA donde va ser ejecutado el proyecto, acorde con la temática del mismo, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA.

NO CUMPLELos items de insumos y materiales, lo mismo que el de arrendamiento de equipo incluyen partidas que no son financiables o no corresponden a ese reglón.

VIABLE 84,8 NO VIABLE

11910 21831 BAMBOO GUADUA CONSTRUCTORES SAS 900489504 Tolima Centro Sur CUMPLE NO CUMPLE Fallas en formulación del proyecto, especialmente en rubro Pago de servicios tecnológicos. Artículo 14, acuerdo 016/2012, establece que estos pagos "estén claramente relacionados y valorados en el proyecto". Una descripción de este rubro registra "Equipos de computo especial, amoblamiento impresora" con un total de $52.218.000, valor sin discriminar. No se entiende qué amoblamiento se generaría como pago de servicio tecnológico.

NO VIABLE

Faltó una revisión bibliográfica más precisa, que incluyera aspectos del modelo mundial ROTHERMEL. Se propone dentro del proyecto una técnica de combustión escalar, sin embargo es impreciso al no relacionarla con artículos o citas de bibliografía especializada.

51,8 NO VIABLE

1616 21454 ALIMENTOS CARNICOS TOVAR E HIJOS SAS 900436419 Tolima Centro Sur NO CUMPLELa empresa debe aportar los siguientes documentos: (1) Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.(2) Certificación de la relación de la experiencia del recurso humano que participa en el proyecto (Anexo 6).

NO CUMPLE

El balance general 2015 no explícita pasivo corriente, sin embargo, todo el pasivo es de corto plazo, entonces se toma el total del pasivo como corriente, así el capital de trabajo ($9.591.460) es inferior al recurso en efectivo propuesto como contrapartida ($119.944.000), literal f, numeral 12, Capítulo II y numeral 3, literal b, numeral 6 Capítulo III del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria Fomento de Innovación y Desarrollo Tecnológico en Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I. También, presenta fallas en la formulación del proyecto principalmente en los rubros: Gastos Administración, Pago servicios tecnológicos y Transferencia tecnología SENA.

NO VIABLE

Tal como está formulada la propuesta NO ES VIABLE. No se presenta evidencia técnico-científico que permita sustentar que el sistema de producción de ganado de carne en confinamiento presenta ventajas biológicas y productivas frente a otras opciones y que en atención a ello es una opción economicamente viable. No es claro si el el enfoque que se adoptará es el de producción de carne natural, producción ecológica o producción orgánica. La alta inversión es un factor limitante para pequeños y medianos productores y las estrategias para la apropiación real de resultados es limitada.

55,3 NO VIABLE

10939 21557FUNDACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN FUTURO MEJOR - CON FUTURO

900493259-1 Tolima Centro Sur NO CUMPLE La empresa debe aportar el siguiente documento: Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal. NO CUMPLELa utilización de los rubros no corresponde a los TDR y al acuerdo 016 de 2012: El rubro insumos y materiales incluye la adquisición de equipos, que compete al rubro de contrapartida correspondiente; el rubro pago de servicios tecnológicos, incluye el arrendamiento de equipos tecnológicos y pago de hosting, que corresponde al rubro arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico.

NO VIABLEEl proyecto no tuvo en cuenta alternativas para el control de factores ambientales, que inciden en el proceso productivo. Se observa alta carga de personal no correlacionada con el tamaño de la producción.Además, no tuvo en cuenta el proceso productivo de alimentos para suplir las actividades de alimentación escolar, planteadas en el proyecto.

64,3 NO VIABLE

527 21374 DISTAGRO E. U. 813007866 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,5 VIABLE

122 21118 LOGOPOLIS S.A.S 9003604477 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

NO VIABLEProyecto NO VIABLE. Presenta debilidades en la formulación de: objetivo general, productos intermedios y finales, relación y descripción de algunas de sus actividades. De la lectura del anexo 8 y las funciones que desempeñaría el equipo técnico se evidencian productos que no son visibles en la propuesta.

53,3 NO VIABLE

10579 21252 LA DESPENSA PRODUCTOS GOURMET SAS 900647734-1 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 75,8 NO VIABLE

217 21280 CINNCO S.A.S. 900593248-8 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,8 VIABLE

6623 21285 SOLUCIONES MICROBIANAS DEL TROPICO 810004482-3 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE. Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que credita dichas facultades está fechado a agosto 17 de 2016, es decir, con posterioridad al cierre de la convocatoria. Esto se constituye en causal de rechazo pues no cumplió con los documentos jurídicos pues al momento de presentar la propuesta no estaba facultado el representante.

NO CUMPLENO CUMPLE. El valor de la contrapartida asignado al plan de transferencia es inferior al mínimo exigido acorde a lo señalado en el capítulo II, numeral 12, literal d) punto 12 de los términos de referencia del proceso. La descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado contenida en el producto R14-1 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 79,8 NO VIABLE

3093 21379 SETCON SAS 900519829-2 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del los rubros insumos y materiales y pago de servicios tecnológicos no corresponden con la definición establecida en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d), puntos 3, 4 y 11 de los términos de referencia.

VIABLE 81,0 NO VIABLE

186 21403 MAQUIEMPANADAS SAS 9004020405 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro pago servicios tecnológicos contenida en el Producto 01 del Resultado 04 del proyecto no corresponde a la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 76,3 NO VIABLE

135 21416 BÁSCULAS PROMETÁLICOS S.A. 890800999-4 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLE NO VIABLE, El objetivo general del proyecto no tiene un alcance definido, la metodología no responde a los objetivos específicos, lo que no permite verificar los resultados planteados en la formulación del proyecto. 65,8 NO VIABLE

1451 21421 MPC Y ASOCIADOS SAS 810002601-4 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,0 VIABLE1536 21448 NORMANDY S.A 890807529 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,0 VIABLE

2833 21505 JARAMILLO VILLEGAS Y CIA LTDA 830051939 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El valor de la contrapartida asignado al plan de transferencia es inferior al mínimo exigido acorde a lo señalado en el capítulo II, numeral 12, literal d) punto 12 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 80,0 NO VIABLE

10157 21544 INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS 890801167-8 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE

6556 21548 FUNDACIÓN NUTRIR 800062338-1 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El aporte con cargo a recursos SENA en el plan de transferencia excede el 50% máximo permito según el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 12 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 83,0 NO VIABLE

1352 21136 EDITORIAL LA PATRIA S.A. 890800234-9 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE

2410 21536 CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO VERSALLES 800180234-1 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE : Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas facultades, está fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria. Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta no estaba facultado el representante legal para los efectos.

NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción y asignación de fuente de financiación de los rubros pago de servicios tecnológicos, arrendamiento de equipos, diseño de prototipos e inversiones en planta, adecuaciones y uso de equipos no corresponde con lo señalado en el capítulo II. Numeral 12. Literales d) y f)

VIABLE 77,3 NO VIABLE

4075 21624 ISOPOR LTDA 80036116 Caldas Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,8 VIABLE

6887 21651 PADBOARD S.A.S 900647461-4 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE : Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal l-, SI se diligenció como está establecido el Anexo 7 del pliego definitivo contentivo del formato de plan de transferencia, NO se suscribió por el proponente y cuenta con visto bueno del Lider SENNOVA del Centro de Formación SENA.

CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. El objetivo general del proyecto no está alineado al objeto de la convocatoria. El proyecto no genera mejoramiento tecnológico de procesos, ni permite la obtención de nuevos o mejorados productos y/o servicios, no se relaciona de manera clara la demanda probable que se debe atender para verificar la articulación con el mercado ni hace referencia al mantenimiento y/o generación de empleo con su ejecución. Los resultados y productos se encuentran mal planteados, toda vez que no se enfocan en la generación de impacto en la empresa proponente sino en las instituciones cliente.

47,0 NO VIABLE

1019 21723CORPORACION INCUBADORA Y ACELERADORA DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA DE MANIZALES

810.004.699-4 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLE

1) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal a- “Requisitos mínimos de participación”, inciso primero, NO se cumplió con los requisitos mínimos de participación por parte de los otros dos (2) ejecutores, (NO subsanable es un requisito mínimo de participación). Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo III “Procedimiento de la convocatoria”, numeral 6. “Verificación, evaluación y adjudicación”, literal e., “Causales de rechazo”, literal c), alguna de las entidades participantes NO cumple con los requisitos definidos en el numeral 9 del capítulo II “Requisitos mínimos de participación”CAUSAL DE RECHAZO . señala el pliego definitivo: I. RECOMENDACIONES GENERALES 5. Se realizará una fase de validación de requisitos mínimos de participación y una vez se publique el listado de empresas que cumplen, sólo las que resulten habilitadas podrán continuar con la formulación y registro de los proyectos en las modalidades que se precisan en este documento. 2) No presentó ningún documento de la entidad ejecutora Universidad Nacional sede Manizales."

CUMPLE NO VIABLE

El proyecto NO ES VIABLE, El proyecto formulado no corresponde a la línea programática ni a las estrategias en las cuales se enmarcan en la convocatoria, la cual tiene como objeto el fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico en las empresas ya constituidas. No al desarrollo de Spin Off.

40,8 NO VIABLE

3261 21729 SISTEMAS EDUCATIVOS PERSONALIZADOS 900492208-1 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLETal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo III “Procedimiento de la convocatoria”, numeral 6. “Verificación, evaluación y adjudicación”, literal e., “Causales de rechazo”, literal m), el proponente NO envió las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado: No obstante ser requerido en forma oportuna por parte del operador, el proponente no subsanó de manera correcta el documento económico establecido en los pliegos, denominado estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y a 31 de diciembre de 2015, incurriendo en una causal de rechazo.

NO CUMPLE NO CUMPLE. No aporta estados financieros del año 2015 con lo cual no es posible hacer la verificación económica acorde a lo establecido en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3. NO VIABLE

NO VIABLE. En el problema se indica la problemáica del sector en educación y no se indica la problemática en particular u oportunidad especifica relacionada con la empresa. El objetivo general no está acorde con el propósito de la convocatoria. La metodologia presentada no permite el alcance de los objetivos especificos en su conjunto. Se plantea que se diseña y desarrolla un producto de software, sin embargo las actividades de la metodología es adquirlo y no existe claridad de cómo mejora la competitivad y productividad de la empresa. Los resultados son acordes con los objetivos, más no se tiene claridad en la metodología. No se relación en el proyecto el costo infraestructura tecnológica requerida para el producto de software y poner operativo el producto de software. Hacen falta personas con conociemientos en diseño grafico y arquitectura para el cumpliento de los objetivos del proyecto en el equipo de trabajo.

55,8 NO VIABLE

255 21730 VALORACTIVA CONSULTING SAS 900372165-7 Caldas Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El valor del aporte de contrapartida en efectivo es inferior al mínimo exigido en el capítulo II. Numeral 12. Literal f); El valor de la cofinanciación del plan de transferencia de tecnología al SENA excede el máximo permitido acorde a lo dispuesto en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 12; la descripción del rubro adquisición equipos y software contenida en la formulación del proyecto para el producto P02 del resultado R02 no corresponde con la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal f) Punto 2 de los términos de referencia.

VIABLE 89,3 NO VIABLE

10398 21633 HOTEL TERMALES TIERRA VIVA S.A.S. 900055999-3 Caldas Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE : Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas facultades, esta fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria. Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta no estaba facultado el representante legal para los efectos..

NO CUMPLE NO CUMPLE. El proyecto en su formulación no consideró los recursos a solicitar al SENA para cofinanciar la ejecución del mismo. NO VIABLE

NO VIABLE - El proyecto está planteado en su fase de factibilidad hasta el resultado que es el diseño y presupuesto para una futura búsqueda de financiación y ejecución. Carece de un problema claro y definido que no permite visualizar su alcance. Los objetivos específicos no concretan la finalidad del objetivo general. El proyecto no presenta una metodología que permita identificar el proceso para su desarrollo. Se evidencia inconsistencias en el número de personas asignadas al proyecto para su ejecución entre el formulario SIGP y la Carta de Presentación del Personal al Proyecto (anexo 6). En la plataforma SIGP no se registra el presupuesto de cofinanciación con recursos que provienen del SENA, expresa que será financiada en su totalidad con recursos de contrapartida tanto en efectivo como en especie.

58,8 NO VIABLE

3539 21234 L EPIDERM S.A.S. 900585565-4 Quindo Eje Cafetero NO CUMPLE

NO CUMPLE.Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo III “Procedimiento de la convocatoria”, numeral 6. “Verificación, evaluación y adjudicación”, literal e., “Causales de rechazo”, literal m), el proponente NO envió las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado: No obstante ser requerido en forma oportuna por parte del operador, el proponente NO subsanó de manera correcta los documentos jurídicos y económicos establecidos en los pliegos, denominados: 1) certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, o expedida por el representante legal en caso de no contar con Revisor Fiscal, para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje, NI se aportó prueba que demuestre que la empresa no está obligada a aportar parafiscales destinados al SENA. 2) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente NO demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada. 3) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal h-, NO se aportó fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente (ejecutor principal). 4)T al y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal i-, NO se aportó fotocopia de la cédula del revisor fiscal o contador de la empresa, según sea el caso; ni se aportó fotocopia de la tarjeta profesional del revisor fiscal o contador de la empresa, según sea el caso, ni se aportó certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. 5) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal j-, NO se aportó fotocopia del RUT de la empresa proponente. 6) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo II “Aspectos generales de la convocatoria”, numeral 10 “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor”, literal i., el ejecutor que no es entidad pública, NO presentó los estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y a 31 de diciembre de 2015. incurriendo en una causal de rechazo.

NO CUMPLE

NO CUMPLE. El valor de la contrapartida asignado al plan de transferencia es inferior al mínimo exigido acorde a lo señalado en el capítulo II, numeral 12, literal d) punto 12 de los términos de referencia del proceso. La descripción del rubro insumos y materiales contenida en el Producto R01-P01 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 3; La descripción del rubro contenida en el Producto R05-P05 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia. No aporta estados financieros del año 2015 con lo cual no es posible hacer la verificación económica acorde a lo establecido en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3.

VIABLE 87,5 NO VIABLE

10339 21373 FUNDACION NACIONAL CONTAMINACION TECNOLOGICA TESLA 9005374787 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,3 VIABLE

2543 21422 GVS CONSTRUCCIONES S.A.S. 900496988 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,3 VIABLE

7832 21451 SAE SAS 900687222 Quindo Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El valor del plan de transferencia es inferior al mínimo exigido según lo dispuesto en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 12. El capital de trabajo es inferior al mínimo exigido según lo exigido en el Capítulo III. Numeral 6. Literal b). Punto 3. de los términos de referencia.

NO VIABLE

NO VIABLE. Los objetivos especificos tal como están indicados no permiten alcanzar el general, existe una desviación con relación al propósito del proyecto. La metodología no es clara con relación a las actividades para el logro de los objetivos específicos El desarrollo del producto de software no garantiza la mejora de la competitiva,debe existir una estrategia de acceso a los nuevos mercados. Se requiere una estrategia de comercialización y acceso a nuevos mercados para demostrar el impacto positivo en la productividad y competitividad. Se indica la actualización del producto existente, más no se describen los modulos y paquetes del mismo, que permitan la verificación de la mejora del producto. No se presenta una articulación visible con el mercado considerando la demanda y oferta existente. El alojamiento web debe estar asociado a "Arrendamiento de equipo" y no a "Servicios tecnológicos". No se evidencia en el presupuesto la dirección del proyecto ni la administración. A pesar que se relaciona en el personal, el representante legal con 40 horas de dedicación, lo cual genera una incosistencia, dado que no es coherente su dedicación total al proyecto

63,5 NO VIABLE

7840 21459 ALDEA DIGITAL SAS 9004796222 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 91,3 VIABLE2659 21479 CONSTRUCTORA Y PROMOTORA EL PROGRESO S.A.S 900471667-7 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,3 VIABLE

2793 21553 ISSA S.A.S 801004383 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. Se enfocan en describir a la empresa y su trayectoria más no el proyecto en si.La metodología no responde a los objetivos específicos planteados.Falta claridad en la descripción del problema para determinar si el obejtivo general es correspondiente o no.Con la descripción general que se realiza del producto no se determina el impacto en la productividad y competitividad.Falta claridad sobre como se desarrollarán los componentes del proyecto, puesto que no es clara la metodología ni la descripción del proyecto.Según el breve análisis de mercado presentado de su principal cliente, se evidencia una oportunidad para dar respuesta a las demandas existentes. Se propone generar 4 nuevos empleos, pero no se evidencia el impacto en los equipos de trabajo ya creados.La definiición de las actividades de la metodología no son suficientes para alcanzar los objetivos y lograr los resultados y productos.Se considera la realización de talleres de apropiación social y uso de las herramientas.Los rubros asociados a cada producto son inconsistentes e insuficientes para desarrollarlo; en otros casos son desproporcionados como pasa con el resultado 1 "Realización y legalización de contratos". Adicionalmente, este no es resultado, sino una actividad requerida para la realización del proyecto.

59,5 NO VIABLE

1491 21657 REAL INVESTMENT BUILDING SAS 900581513 Quindo Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El valor de la contrapartida en efectivo es inferior al mínimo exigido incumpliendo lo dispuesto en el capítulo II, numeral 12, literal f); el capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3. La descripción de los rubros materiales e insumos y pago de servicios tecnológicos contenidas en el proyecto no corresponden con las definiciones contempladas en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 3 y 4 de los términos de referencia.

NO VIABLE

NO VIABLE. Falta justificar e identificar claramente la necesidad u oportunidad de desarrollo del proyecto. En la descripción del problema y descripción del proyecto se describle la plantaforma que ya se tiene, más no el proyecto propuesto para esta convocatoria. Falta consistencia en la definición de la metodología, la cual no permite lograr los objetivos especificos en su conjunto. El proyecto no se describe en detalle, tampoco lo que se pretende lograr y como los componente adicionales que se mencionan del producto impactarían a sus clientes y en si la productividad y competitividad. El pago de hosting se realiza por el rubro se servicios tencológicos, lo cual no es adecuado. El pago de servicios tecnológicos se consume más del 50% del valor total del presupuesto. Para el desarrollo de los modulos adicionales es muy bajo el valor del personal

55,0 NO VIABLE

Page 28: SENAarchivo.sena.edu.co/downloads/sigpdatos/fomento2016/13_Resultados… · SENA PUBLICACIÓN DE ... NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador

SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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8488 21342 VIBROCOMPACTADOS JAMAR LTDA 800249485-0 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE, El proyecto no es claro en su descripción general. Aunque se define un planteamiento del problema, los objetivos no apuntan a resolver este. Su metodología no sigue patrones coherentes de ejecución. El desarrollo del proyecto, no muestra de manera verificable el mejoramiento, ya que en los resultados se definen como entregables un mayor enfoque en planeación que en ejecución que permita evidenciar resultados de impacto acordes con el planteamiento del problema. No están alineados los productos con los resultados. Los rubros no guardan coherencia con el cumplimiento del resultado. Las fuentes de verificación se remiten esencialmente a informes, lo cual puede ser verificable aunque no genera resultados sustanciales. Las fuentes de verificación no son confiables para los múltiples indicadores propuestos.

29,0 NO VIABLE

512 21593 LADRILLERA QUINDIO S.A.S 801000306 Quindo Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,5 VIABLE

10968 21611 ASOCIACION DE PORCICULTORES DE QUIMBAYA ASOPORQUIM 900278474-6 Quindo Eje Cafetero NO CUMPLE

NO CUMPLE: 1) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal g-, NO se aportó certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal de la empresa dando cuenta del cumplimiento de aportes parafiscales. Se aporta una certificación expedida por la contadora que no es la revisora fiscal que figura en el certificado del a cámara de comercio, señalando que la empresa no está obligada al pago de aportes parafiscales por no tener personal vinculado. Dicha certificación debió ser expedida por el revisor fiscal o por el representante legal. 2) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas faultades, está fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria . Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta, no estaba facultado el representante legal para los efectos. 3) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal g-, NO se aportó certificación expedida por el revisor fiscal y la empresa cuenta con revisor fiscal, o por el representante legal; la certificación aportada fue suscrita por el contador, dando cuenta que la empresa no está obligada a pagar parafiscales por no tener personal vinculado. No hace alusión a los aportes del sistema de seguridad social integral. 4) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal h-, NO se aportó fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente. 5) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal i-, NO se aportó fotocopia de la cédula del contador de la empresa, NI fotocopia de la tarjeta profesional del contador y NO se aportó certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del contador.

NO CUMPLE NO CUMPLE. El capital de trabajo no cumple con lo establecido en el capítulo III. Numeral 6. Literal b) Punto 3, NO VIABLE

NO VIABLE. No se describe claramente el proyecto. En la descripción del proyecto se plantean resultados esperados. El proyecto se plantea en terminos de investigación experimental, lo que dificulta establecer el impacto en la competitidad y productividad. En la metodología no se presentan las actividades requeridas para el logro de cada uno de los objetivos. No es posible determinar si puede existir incremento en la productividad y competitividad en un estudiio experimiental. El proyecto se plantea con énfasis en cambios de alimentación y variaciones genética. Bajo este análisis es dificil determinar la articulación visible en el mercadoLos costos asociados a los insumos son altos y están ligados a la alimentación de los porcinos

43,3 NO VIABLE

11223 21381 AGROPECUARIA ORGANICA TATAMA 816003819-9 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE el planteamiento del problema real que se pretende solucionar no es claro, de igual manera los objetivos no son claros y estan redactados a manera de actividad. La metodología no está bien descrita. Los resultados esperados no tienen relación con los objetivos planteados.

58,8 NO VIABLE

9330 21277 PROVEER INSTITUCIONAL S.A.S 900365660-2 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro Costo de Personal no Calificado en el proyecto formulado contenida en el producto R03-P04 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 2 de los términos de referencia.

VIABLE 86,5 NO VIABLE

384 21333 HOSPITEC S.I. 900515130-5 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado contenida en el producto 04 del resultado 02 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 77,0 NO VIABLE

12055 21343 COMERCIALIZADORA ESTILOS VAHOS SAS 900531592-1 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El producto R06-P6 hace referencia a la estructuración e implementación de un plan de marketing, incumpliendo lo dispuesto en el capítulo II. Numeral 12. literal e) de los términos de referencia.

NO VIABLE

NO VIABLE, el planteamiento del problema no se encuentra acorde al objetivo general ni con el planteamiento general del proyecto. Los objetivos no definen completamente el objetivo general que visualiza el plantemiento del proyecto. Las actividades descritas se presentan más ambiciosas que los mismos objetivos especificos. Los resultados plantedos no responden a lo indicado en la descripcion general del proyecto y el cumplimiento de los objetivos.

40,0 NO VIABLE

7834 21616 CAUCHOS Y DERIVADOS S.A.S CADELI 900226784 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto NO ES VIABLE, se presentan objetivos específicos mal formulados, no es posible verificar todos los beneficiarios incluidos en el proyecto, no se incluye una alianza con posibles clientes, el presupuesto de insumos financiado corresponde más a compra de equipo y no a consumibles. El equipo de trabajo presentado cuenta con los conocimientos para la ejecución del proyecto.

62,8 NO VIABLE

121 21143 FASECOL 900121073 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,0 VIABLE

1016 21131 COOPERATIVA SAN FERNANDO 891408020-3 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 87,0 NO VIABLE

10519 21217 PUNTOEXE SOLUCIONES INFORMATICAS S.A.S 900140792-1 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado en el producto 04 del resultado 01 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 73,0 NO VIABLE

7843 21251GPS GRUPO PROFESIONAL DE SERVICIOS EN CONSULTORIA LOGISTICA Y EVENTOS SAS

900554030 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,5 VIABLE

2170 21255 CENTRO DE SISTEMATIZACIÓN AMBIENTAL SAS 900371640 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El valor de la contrapartida en efectivo es inferior al mínimo exigido acorde a los términos de referencia del proceso. El capital de trabajo es inferior al valor de la contrapartida en efectivo incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 85,5 NO VIABLE

11082 21276 PLANTA Y FRIGORIFICO DEL OTUN FRIGOTUN S.A.S. 900256495 Risaralda Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE : Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas facultades, está fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria. Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta no estaba facultado el representante legal para los efectos.

NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado contenida en el producto 3.1 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 82,0 NO VIABLE

8090 21306 OCEANIC CASA DE SOFTWARE LTDA 900211550 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor de la contrapartida en efectivo incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

VIABLE 84,0 NO VIABLE

10220 21340 LOGIRASTREO SAS 900601034-4 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. El planteamiento del problema no es claro ni justifica la realización del proyecto. No se evidencian todos los componentes del proyecto, por lo cual no es posible evidenciar su orientación al mejoramiento de la productividad y competitividad de la empresa.Los objetivos específicos no guardan coherencia con el objetivo general. El proyecto incorpora productos que no se encuentran relacionados con los objetivos planteados.

59,5 NO VIABLE

1931 21341 PENTAGRAMA SAS 816004182-0 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. El planteamiento del problema no justifica el alcance planteado por el proyecto. Los objetivos específicos no guardan coherencia con el objetivo general y no contemplan una estructura de formulación pertinente. La metodología planteada no permite evaluar el proyecto de forma sistémica ni presenta de forma clara, y lógica las etapas a desarrollar.

62,3 NO VIABLE

1988 21344 CORALPA EU 816007092-1 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE. Los objetivos específicos guardan correspondencia con el objetivo general, sin embargo estos no guardan coherencia con el alcance definido. Hace falta identicar claramente el personal técnico y operativo que será incorporado en el desarrollo de cada producto. La metodología planteada no permite reconocer los productos entregables ni su relación con los objetivos específicos; de igual forma esta no se encuentra alineada con el cronograma y los productos propuestos. La información registrada relativa al equipo de trabajo no permite identificar las capacidades necesarias para lograr los resultados planteados.

52,3 NO VIABLE

1996 21348 DARIO GIL Y CIA SAS 891400490-5 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro Pago de Servicios Tecnológicos en el producto P03 del resultado R03 no corresponde con la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) punto 4 de los términos de referencia.

VIABLE 76,8 NO VIABLE

4079 21385 SINGLECLICK SOLUTIONS S.A.S 9005842630 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,3 VIABLE

9488 21404 INNOVATIVE EDUCATION 900268071-9 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro adquisión equipos y software para los gastos asociados al alquiler de equipo no corresponde con lo contenido en el capítulo II. Numeral 12. Literal f) punto 2 de los términos de referencia.

VIABLE 86,5 NO VIABLE

497 21476 MET GROUP SAS 816004942-1 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE10803 21485 AGUA XXI INGENIERIA SAS 900458735 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,8 VIABLE

12011 21558 CONSTRUARQ 360 900660864-2 Risaralda Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE : Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas facultades, está fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria. Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta no estaba facultado el representante legal para los efectos.

CUMPLE NO VIABLENO VIABLE, El planteamiento del problema no es claro, este resume varias causas sin identificar el problema principal, los resultados del proyecto no permiten verificar el cumplimiento del objetivo general.

53,3 NO VIABLE

508 21644 INGENIAR INOX SAS 900053090 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. Los gastos asociados a mercadeo o comercialización de productos no son financiables según lo dispuesto en el Capítulo II. Numeral 12. Literal e) Punto 9 de los términos de referencia.

VIABLE 74,8 NO VIABLE

6726 21314 SOLUCIONES INNOVADORAS EN TECNOLOGÍA EMPRESARIAL S.A.S 900509375 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 89,0 VIABLE

7704 21212 EHMSOFTWARE SAS 900492093-1 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE10356 21401 EMPRESA DE ENERGÍA DE PEREIRA S.A. ESP 816.002.019-9 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 90,0 VIABLE

10437 21470 PREVISA SAS 900458169 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción y utilización del rubro pago de servicios tecnológicos contempladas en los productos P04 del resultado R03, P07 y P08 del resultado R04, P09 del resultado R05 y P01 del resultado R01, no cumplen con lo contemplado en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Puntos 2, 4 y 9 de los términos de referencia.

NO VIABLEEl proyecto se considera NO VIABLE porque no implica procesos de innovación y desarrollo tecnológico, sino que se centra en el apoyo al cumplimiento de una normativa de tipo laboral como lo es la seguridad y salud en el trabajo. Tiene un débil planteamiento y no contribuye la productividad y la competitividad de la empresa, tiene falencias en el presupuesto como el mal uso de los rubros y costos muy elevados en cuanto personal destinado al mismo.

53,8 NO VIABLE

1828 21674 CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN TRIANGULO DEL CAFE 900369695 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,3 VIABLE

8222 21685 SOLÉ SOLUCIONES EMPRESARIALES LTDA. 900241655-2 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. La descripción del rubro adquisición equipos y software contenida en el proyecto en los productos P05 del resultado R03, P06 y P07 del resultado R04 no corresponde con la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal f) Punto 2 de los términos de referencia.

VIABLE 86,0 NO VIABLE

2081 21728 NORMARH S.A.S 891408823 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLENO VIABLE.En términos de la estrucrura del proyecto, la descripción general del proyecto se ciñe a un esboso de contexo, por lo cual, no se identifica la descipción del mismo. En el planteamiento del problema no es clara la participación de la UTP, si es un coejecutor o un proveedor. Los objetivos específicos están descritos en términos de actividades, y el verbo del objetivo general puede ser ambiguo en términos de medir sus resultados.

60,0 NO VIABLE

7015 21769 INDESAP S.A.S 900602329-6 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

NO VIABLE. La oportunidad a la que se encuentra direccionado el proyecto, carece de de justificación y elementos que determinen el impacto del proyecto en la productividad de la empresa. La metodología planteada no relaciona los recursos empleados para el alcance de los diferentes objetivos. Los indicadores de crecimiento planteados no se encuentran justificados. El proyecto no involucra acciones o estrategias que permitan la apropiación de los resultados, ni la validación de los productos que involucre usuarios finales y miembros de la empresa proponente. Algunos de los costos del proyecto no están debidamente soportados en relación con un alcance orientado a Desarrollo de software. Finalmente, el equipo ejecutor planteado no contempla competencias específicas necesarias para garantizar el alcance y desarrollo del proyecto.

65,8 NO VIABLE

12877 21782 AMBIENTES VIRTUALES PUNTO COM LTDA. 900093350 Risaralda Eje Cafetero NO CUMPLENO CUMPLE: Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal g-, NO se aportó certificación expedida por el representante legal, pues no tiene revisor fisvcal, en la que se certifique que en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, y parafiscales; el certificado que aporta está suscrito por la contadora.

NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

NO VIABLE

El planteamiento del problema no describe en forma Clara y precisa la situacion problema u oportunidad detectada, se aporta poca información cuantitativa al respecto.El objetivo general está mal redactado, no se evidencia en la redacción el mejoramiento de la productividad y competitividad de la empresa una vez implementado el proyecto. El proyecto no se alinea con la agenda de política pública local, departamental y nacional.

68,8 NO VIABLE

10371 21784 INGEBYTE LTDA. 900014447-4 Risaralda Eje Cafetero CUMPLE NO CUMPLENO CUMPLE. El capital de trabajo es inferior al valor del aporte del ejecutor como contrapartida en dinero, incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3. La descripción del rubro adquisición equipos y software contenida en la formulación del proyecto para el producto P02, P03, P04, P05, P06 y P07 del resultado R02, P01 del resultado R03, P02 del resultado R04 no corresponde con la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 1 de los términos de referencia.

NO VIABLE

NO VIABLE. El proyecto presenta serias limitantes en aspectos clave de su formulación. A pesar de que el proponente enmarca debidamente su propuesta en una tendencia tecnológica validada, no describe claramente el alcance y orientación de la solución a desarrollar. Los objetivos no se encuentran debidamente estructurados. La metodología planteada no permite establecer la lógica de desarrollo del proyecto ni relaciona los recursos empleados para el alcance de los diferentes objetivos. Los indicadores planteados para la validación del alcance de los resultados propuestos son ambiguos y carecen de medios de verificación adecuados. El proyecto no involucra acciones o estrategias que permitan la apropiación de los resultados.

53,0 NO VIABLE

10513 21600 MEDICINA Y TECNOLOGIA EN SALUD SAS 900057926-5 Arauca Llanos CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. El rubro "Costo de personal técnica especializado" es usado en uno de los ítem del presupuesto para el "pago de aportes de nómina del aprendiz SENA", lo cual no corresponde a su naturaleza. El rubro "Costo de personal no calificado" es utilizado en el presupuesto en distintas ocasiones para "Contratación de aprendiz SENA" -lo cual es apropiado- pero en un par de ocasiones dicho rubro se asocia a la descripción"pago de aportes de nómina del aprendiz SENA", lo que no corresponde con su naturaleza; menos aún teniendo en cuenta que tal descripción ("pago de aportes de nómina del aprendiz SENA") es utilizada en repetidas ocasiones para justificar recursos del rubro "Aportes parafiscales y SGSS" (caso en el que sí existe coherencia). Este rubro es utilizado en uno de los ítem de presupuesto para "compra de licencia de software e infraestructura de hardware necesario para ejecución de procesos a implementar", lo que no corresponde a su naturaleza. Se sugiere además para futuras ocasiones especificar cómo seríe el control administrativo del proyecto si no se manifiesta necesidad de incurrir en gastos administrativos.

VIABLE 74,0 NO VIABLE

8131 21417 SYS SUPPLIES AND SERVICES S.A.S. 900597527-6 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,0 VIABLE8271 21436 FUNDACIÓN CATARUBEN 900634522 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,0 VIABLE

12644 21468 SERVICIOS Y SUMINISTROS LA PRIMAVERA LIMITADA 900255597 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,0 VIABLE1100 21562 WEBCONSERVA 900388027-9 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,3 VIABLE9434 21568 NISCOTA INGENERIA SAS 900592330 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE2211 21771 INBIOMEDIC DE COLOMBIA 844004292 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

10772 21785EMPRESA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN EL ÁREA DE ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES

900863637-9 Casanare Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 99,0 VIABLE

10850 21792 MORFIKA S.A.S 900371856-3 Casanare Llanos NO CUMPLE No presenta la carta original de presentación de la propuesta del proponente y además no tiene incluído el número de la cédula de ciudadanía del representante legal (Anexo 1) NO CUMPLENO CUMPLE: Cumple con un aporte de contrapartida equivalente al 22,32% del valor total del proyecto. Sin embargo, el aporte en dinero no cumple con el mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida, ya que éste es sólo del 48,21%.

NO VIABLE

El proyecto es NO VIABLE. Como falencias principales se tiene:- El planteamiento del problema está mal planteado, ya que no puede ser la falta de una planta de producción de bloques de tierra comprimida el problema. Ya que esto, tiene una forma de suplirlo, que con los bloques, ladrillos y demás materiales que son de uso común.- No es claro si los objetivos están enfocados a la generación de un prototipo, o es a la creación de la planta de producción como tal.- El sector del hábitat o de la construcción no está en el top 5 de las principales actividades económicas del departamento de Casanare.. No es claro en el proyecto cuál es la justificación por la cual el diseño de la planta de producción debe ser de estructura flexible y desmontable. Esto podría hacer que los costos sean mayores. Eso hace que no sea claro, si la creación de dicha estructura flexible y desmontable, es solamente para tener un prototipo que posteriormente sea escalable a una planta de producción en un sitio fijo determinado. Cuenta con aspectos positivos como: - El desarrollo del proyecto genera desarrollo tecnológico en el sector de Hábitat, con soluciones de vivienda, presentando materiales a menor costo y con menor impacto ambiental, además permite la obtención de nuevos productos, que salen como resultados de investigaciones.- El proyecto ataca un sector que puede tener una importante demanda en el mercado departamental y regional. - Los resultados del proyecto permitirán el mantenimiento y generación de empleo. - Responde a una demanda existente en el mercado.

67,8 NO VIABLE

11212 21523ASOSCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL HUMANO Y SOSTENIBLE AKAYU

843000169-4 Güainia Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE

750 21636 HILFSWERK AUSTRIA INTERNACIONAL 830147487 Guaviare Llanos NO CUMPLE NO CUMPLE. El anexo 7 presenta errores en relación con lo consignado en el SIGP. NO CUMPLE

NO CUMPLE, específicamente debido a los porcentajes de financiación del plan de transferencia: se solicita una financiación del 100% al SENA, excediendo los límites de la convocatoria. En el rubro "Transferencia al SENA" sólo se encuentra valorada la cartilla como documento guía sobre innovación comunitaria. Sin embargo, no se observan reflejados los otros dos productos y /o actividades a desarrollar en la transferencia, y en cambio se utilizan otros rubros para cubrir dichos productos/actividades; lo que está expresamente prohibido por el literal c del ítem"Transferencia tecnológica" del numeral IV "Propuesta" de los términos de referencia.

NO VIABLE

El concepto es NO VIABLE, en el planteamiento de los objetivos específicos no se observa una secuencia lógica al igual que en la metodología. Con relación a la capacidad del equipo ejecutor no incluye el componente antropológico que permita mejorar el planteamiento de los objetivos y de la metodología, que finalmente afecta los resultados esperados. Además, existen problemas en el tipo de rubros y en especial el correspondiente a transferencia tecnológica pues se solicita una financiación del 100% al SENA, excediendo los límites de la convocatoria. En este itém sólo se encuentra valorada la cartilla como documento guía sobre innovación comunitaria. No se observan reflejados los otros dos productos y /o actividades a desarrollar dentro del rubro "transferencia" ("Plan de formación y documento de sistematización"). Sin embargo, no se pueden pasar inadvertidas las fortalezas en el planteamiento del problema y las oportunidades que existen en el Guaviare, la articulación con las necesidades priorizadas para este departamento, específicamente en el sector agropecuario e industrial.

67,5 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

Página 28 de 31

11448 21788 TATACOA EXPRESS SAS 900318432 Meta Llanos CUMPLE NO CUMPLENO VIABLE, En el pre-pliego de términos de la convocatoria, ítem II. ASPECTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA, punto 12. FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS. Inciso 12. Transferencia de tecnología al SENA, especifica que El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, en este caso el valor de la transferencia corresponde a solo el 2.9%

VIABLE 81,8 NO VIABLE

11428 21382 BICINED PUBLICIDAD MOVIL S.A.S. 900668513-9 Meta Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,3 VIABLE9444 21449 HIGH QUALITY SOLUTIONS LA EU. 9002628795 Meta Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE

9910 21458 COOPSENDEROS DE PAZ 9001019905 Meta Llanos CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE debido a que el porcentaje cofinanciado para el rubro de Transferencia de Tecnología es mayor al 50%. NO VIABLENO VIABLE. En el proyecto es necesario plantear con mayor claridad los objetivos específicos así como la metodología a desarrollar; de igual forma, el planteamiento del problema no está bien enfocado a pesar de ser un tema de interés para el sector. También se considera que el tiempo de ejecución es corto y puede que no se logre alcanzar los resultados esperados, por lo que se recomienda ampliar el tiempo de ejecución y también incluir dentro del personal profesionales en el área de alimentos, teniendo en cuenta que es necesario para desarrollar el producto alimentario para dar cumplimiento a los requisitos que esto conlleva.

61,8 NO VIABLE

1954 21465 TECNOCOPIAS LTDA 800084108-9 Meta Llanos NO CUMPLENo se presenta en la certificación de cumplimiento de aportes en seguridad social ninguna mención a los aportes parafiscales. Tampoco se presente un documento que evidencie que no se está en obligación de pagar parafiscales al SENA. . Además, el requisito 3 debe ser subsanado, ya que la carta no presenta el número de cédula de ciudadanía del proponente (Anexo 1).

CUMPLE NO VIABLE

Proyecto NO VIABLE. Como falencias principales se tienen: - En la descripción del problema no se encontraron datos o investigaciones con los cuáles se puede hacer las aseveraciones con respecto a la falta de control e incorrecta gestión de los documentos generados, principalmente en las empresas de la región. - No hay evidencia de experiencia formación por parte de algunos miembros del equipo de trabajo en la presentación de casos de éxito reales en empresas en la región. - La metodología para el objetivo del desarrollo del plan de validación no apunta al logro de dicho objetivo. - La propuesta no presenta un grado de innovación muy importante.- La propuesta no apunta muy claramente a las necesidades priorizadas de la región. - La propuesta no parece generar un impacto de dinamización económica muy evidente.Cuenta con aspectos positivos como: - El desarrollo del proyecto puede aportar al mejoramiento de la productividad por mejora de tiempos y disminución de re-procesos, ordenamiento de información que es vital para las empresas, maximización de los espacios y podría llegar a generar un impacto ambiental importante, disminuyendo el uso indiscriminado de papel.- Generará uso masivo de las TIC y otras herramientas tecnológicas.

63,5 NO VIABLE

12771 21502 SAFETY ENVIRONMENT OCCUPATIONAL HYGIENE S.A.S. 900636429 Meta Llanos CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE

10278 21803 GISOFT COLOMBIA SAS 900470024-7 Meta Llanos CUMPLE NO CUMPLE

NO CUMPLE. El plan de transferencia presenta un total de $ 18.750.000 y será 100% financiado por el SENA y el requisito indica que el SENA solo puede cofinanciar máximo la mitad de dicho valor, así se evidencia en el formato SIGP. Es de anotar que esto ocurre porque los presupuestos parciales de los productos relacionados con la transferencia evidencian uso de recursos de otros rubros para actividades de transferencia tecnológica, por ello en el anexo 7 (Plan de transferencia al SENA) se reporta un presupuesto de $ 50.000.000 en total (cofinanciación SENA $25.050.000, contrapartida efectivo $12.475.000 y contrapartida especie $12.475.000), lo que no solo no corresponde al presupuesto total y global presentado en el formato SIGP por variación en los montos (lo cuál sería subsanable), sino que no corresponde a causa de la asignación inadecuada de rubros en el presupuesto del SIGP. Esto está expresamente prohibido en los términos de referencia. Adicionalmente, en la verificación de liquidez el capital de trabajo no es por lo menos igual al valor que aporta la entidad en efectivo. También contempla la comercialización de productos por medio de capacitaciones de marketing digital a empresas y/o operadores turísticos de naturaleza y aventura de la región, lo cual no se encuentra dentro de los rubros permitidos por la convocatoria.

NO VIABLE

NO VIABLE. Como falencias principales se tienen: - No está planteado adecuadamente el problema. El problema no puede ser la baja apropiación de una herramienta tecnológica. Por el contrario, la herramienta tecnológica debería ser el medio por el cual se atacara el problema o la oportunidad identificada. Lo anterior, hace que los objetivos estén enfocados a solucionar una necesidad particular de una empresa y no a la necesidad global de la región.- Los impactos del proyecto están mal expresados. Por ejemplo, cuando se habla del mejoramiento de la calidad, dicen que la funcionalidad de la plataforma actualmente está en un 40% y lo que se pretende es un funcionamiento al 80%. No tiene mucho sentido que con el dinero invertido no se alcance una funcionalidad del 100% de la plataforma. De igual manera, no aparece una medición del impacto final, la cual debería ser por parte del usuario (turista).- En cuanto a los costos definidos para el desarrollo del proyecto, no presenta cuantías moderadas de acuerdo al mercado, tanto para los aportes SENA como los de contrapartida. Esto se da principalmente en los rubros de personal técnico especializado y personal no calificado. También en arrendamiento de equipos no disponibles por los ejecutores. De igual manera, cuenta con un valor de una póliza de cumplimiento por un valor de $ 2.000.000 que aparece como contrapartida en efectivo. Este es solo un ejemplo de las cuantías no moderadas de acuerdo al mercado. Cuenta con aspectos positivos como: - El desarrollo del proyecto cuenta con un alto aporte tecnológico, que puede llegar a generar un impacto medible en la región. De igual manera, aunque no se genera un nuevo producto, si trabaja para la mejora de uno ya existente, y puede generar articulación entre las empresas turísticas del sector de los llanos orientales, logrando impactar a 7 departamentos de la región.- El proyecto pretende lograr unificar en una sola plataforma a 50 operadores turísticos, con lo que se pretende aumentar el turismo en la región.- La capacidad del equipo ejecutor es adecuada a las necesidades del proyecto.

67,3 NO VIABLE

8486 21751 DISFRUTAS SIENTE LO NATURAL S.A.S. 900189700 - 4 Cauca Pacífico NO CUMPLE “El número máximo de proyectos a presentar por las empresas a nivel nacional en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) es uno (1)”Cuando una empresa en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) presenta más de un (1) proyecto, no serán tenidos en cuenta para este proceso ninguno de los proyectos presentados.” NO CUMPLE

Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valorCuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012).

NO VIABLE

Cuando una empresa en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) presenta más de un (1) proyecto, no serán tenidos en cuenta para este proceso ninguno de los proyectos presentados.”“El número máximo de proyectos a presentar por las empresas a nivel nacional en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) es uno (1)”El planteamiento del problema no evidencia claridad en su presentacion para justificar la realizacion del proyecto, su orientaciòn es mas comercial. Los logros del proyecto no evidencian generaciòn de nuevo empleo. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan soportados en cuantias moderadas comparadas con las tarifas del mercado.

48,3 NO VIABLE

10377 21310 EL MANA 14836404-1 Cauca Pacífico NO CUMPLEEl proponente no aporta los estados financieros a 31 de diciembre de 2014. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, no se evidencia igualmente el aporte del certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLE No es claro el planteamiento de objetivos con relación al problema identificado. No se envidencia una aplicación de innovación y permanencia de los resultados. No se evidencia capacidad financiera de la empresa. 51,8 NO VIABLE

10337 21371 DROGUERIA MULTISERVICIOS 34533863-0 Cauca Pacífico NO CUMPLE

Anexo 1 , Anexo 2, Anexo 6 y Anexo 7 no estan soportados con la firma del representante legal o revisor fiscal; de acuerdo con los terminos de referencia estipulados en el pliego, se podra soportar mendiante el apoderado constituido para tal efecto, indicando su nombre y número de cédula de ciudadanía y anexando el poder con nota de presentación personal, en caso de tratarse de un apoderado.

El proponente debe garantizar la contrapartida de los ejecutores expresada en el proyecto, mediante declaración suscrita por el representante legal de la empresa, para lo anterior la empresa soporta con un documento los valores de contrapartida y cofinanciacion SENA, pero estos son inconsistentes con los reportados en el formulario SIGP.

NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLENo se evidencia claridad en el planteamiento del problema y los objetivos. No tiene relación con la agenda de politica pública regional o local. No da claridad en el desarrollo del proyecto de generar mejoramiento tecnológico. Costo altos en honorarios comparados con el mercado.

54,5 NO VIABLE

9224 21681 PAPELERIA Y MISCELANEA CLIC 80256322-7 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLENo es coherente el objeto del proyecto con la actividad de la empresa.No hay coherencia en la propuesta con actividad económica a la que se dedica la empresa (objeto social de la empresa).Causal de rechazo: Objeto social de la empresa no coincide con el proyecto.

56,0 NO VIABLE

2384 21110CORPORACIÓN INCUBADORA DE EMPRESAS AGROINDUSTRIALES DEL CAUCA - AGROINNOVA

900128226-3 Cauca Pacífico NO CUMPLE

La empresa radica dos proyectos (21110 y 21751) como ejecutor principal y otro ejecutor respectivamente. De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:“El número máximo de proyectos a presentar por las empresas a nivel nacional en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) es uno (1)”Cuando una empresa en cualquier rol de ejecutor (ejecutor principal u otros ejecutores) presenta más de un (1) proyecto, no serán tenidos en cuenta para este proceso ninguno de los proyectos presentados.”

NO CUMPLE

No cumple con el porcentaje en los rubros de contrapartida de Transferencia Tecnologica al SENA la cofinanciacion es superior al 50% del valor total de la transferencia, ademas el valor de contrapartida del proponente en su totalidad es en especie.

De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:La transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor. El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLENo se envidencia relación con agenda de politica Pública regional o local. LaPlataformas y/o soluciones ya exitentes en el mercado. No evidencia mejoramiento/innovación. No genera empleo. Contrapartida en especie mayor a la de efectivo. Solicitud de contrapartida mayor al 80%. Coejecutora. Costos elevados

57,3 NO VIABLE

1598 21155 CORPORACIÓN COLOMBIA INTERNACIONAL - CCI 800186585-7 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,5 VIABLE3067 21156 SUPRACAFE COLOMBIA S.A. 900209479-8 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,0 VIABLE

11135 21172 CENTRO DE DIAGNOSTICO PERINATAL E.U 817005169 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,5 VIABLE7506 21177 TAIO SYSTEMS S.A.S 900509237 - 1 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,3 VIABLE

3050 21235 ASERHI SAS ESP 830502145 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl planteamiento es claro aunque es preciso ampliar sobre los resultados que se obtendrán, un documento final sobre información del estudio.Se justifica el proyecto con respecto a la necesidad de la ciudad. Los resultados solo dejan un estudio que no garantiza una continuidad .

68,5 NO VIABLE

1192 21236 FUNDACIÓN INNOVAGEN 900493572-0 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

El aporte de la contrapartida en efectivo es inferior al 50% del rubro total.

De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLE Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado. Los logros del proyecto no evidencia generaciòn de nuevo empleo. 66,8 NO VIABLE

2505 21295 DEMOSS PROTOTIPADO SAS 9005899039 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,3 VIABLE

2991 21392 CAPELLA 34571746-9 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE No tiene relación directa el problema con el objetivo. No evidencia claramente los resultados que se pueden lograr. Altos costos honorarios y baja capacidad financiera de la empresa para financiar proyecto. 59,0 NO VIABLE

1360 21428 SERATIC 830514282-8 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl planteamiento del problema u oportunidad le falta mayor claridad para justificar la realizacion del proyecto. El proyecto no responde a las necesidades priorizadas en la agenda publica nacional o regional, planes de desarrollo local u otros ejercicios que identifiquen vocaciones productivas. No se evidencia la posibilidad de verificar el logro de los objetivos.

62,3 NO VIABLE

8139 21435 ALMAR MARROQUINERA S.A.S. 817000170-8 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLE No son claros el planteamiento de problema y los objetivos. No es claro el valor de innovación definido. No hay una coherencia entre los resultados del proyecto, el planteamiento del problema y la metodologia 60,8 NO VIABLE

3457 21439 AGUALLUVIA S.A.S 9002022291 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

El aporte de la contrapartida en efectivo es inferior al 50% del rubro total.

De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLE

No es claro el planteamiento inicial para justificar la realización del proyecto.

No se identifica una justificación adecuada en objetivos del proyecto, No se identifica una innovación o desarrollo tecnológico.

No genera empleo. No se logra evidencia los resultados a obtener, No se logra evidencia los resultados a obtener,Costos elevados, no es clara la inversión a realizar, No se evidencia la capacidad de los ejecutoresNO VIABLE. No es claro el planteamiento inicial para justificar la realización del proyecto. No se identifica una justificación adecuada en objetivos del proyecto. No se identifica una innovación o desarrollo tecnológico. No genera empleo. Costos elevados, no es clara la inversión a realizar.Causales de rechazo: 1.Mayor el aporte en especie que en efectivo. 2.No está definida la transferencia SENA. 3. No tiene capital de trabajo.

49,5 NO VIABLE

12625 21491 SOLUCIONES PROFESIONALES INTELIGENTES 9001080824 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLETransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE Existen en el mercado soluciones similares. Costos altos comparados con opciones en el mercado. Alto costo en honorarios. 65,5 NO VIABLE

2290 21539EMPRESA CAUCANA DE COMPUTADORES Y ELECTRÓNICA LIMITADA -COMPUTEL

817004302-1 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl proyecto no evidencia una articulación visible con el mercado. Los logros del proyecto no contemplan contribuir con la generaciòn de nuevo empleo. No se evidencia profesionales especializados en los perfiles bàsicos relacionados de la capacidad del equipo tecnico para realizar el proyecto.

68,5 NO VIABLE

10152 21598 ELECTROTEK MEGA SAS 900666824 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEl rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012).

VIABLE 73,8 NO VIABLE

7175 21627 DICOM INVERSIONES SAS 900407396-4 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLE

No es clara la relación problema-objetivos y metología.No se evidencia relación en Agenda Interna de politica publica nacional o regional.No se evidencia un criterio de innovación y/o desarrollo tecnológicoo que beneficia directamente a los actores, ya existe en el mercado soluciones similares u ofertas comerciales. No se evidencia proceso para capacitar al usuario. Costos altos del personal especializado que intervendria en el proyecto comparado con el mercado, volumen alto de personal a contratar.

62,0 NO VIABLE

1188 21641 ECOTECMA SAS 900698096 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLELa metodologia de ejecucion no identifica claramente la relación de rentabilidad de los cafeteros, con el problema y los objetivos. En conjunto, el desarrollo del proyecto no identifica un mejoramiento tecnologico. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto (costos personal especializado) les falta soportarlos en cuantias moderadas de acuerdo al mercado. La contrapartida en especie es mayor que la contrapartida en efectivo.

68,8 NO VIABLE

975 21680 INTELIGENTEMENTE 900518147 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLEEl proyecto no responde a las necesidades priorizadas en la agenda de politica publica nacional o regional, planes de desarrollo local y demas ejerciocios que identifiquen vocaciones productivas. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto falta soportarlos en cuantias moderadas comparadas con el mercado.

67,5 NO VIABLE

6939 21800 ASESORESE YA 900443438 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE El (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012). NO VIABLE No tiene claridad con el problema y objetivo. No se relaciona con la agenda publica local o regional .No se evidencia una innovación y desarrollo tecnológico. 57,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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3260 21837 KAWALLU 900576096 Cauca Pacífico NO CUMPLE No soporta los Estados financieros a 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal. NO CUMPLE

En el preupuesto no discrimina los valores de cofinanciacion y contrapartida (Efectivo y especie). Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE

No se evidencia costos definidos para el desarrollo del proyecto. En conjunto el desarrollo del proyecto no genera mejoramiento tecnologico o algun criterio de innovacion. Los logros del proyecto no se evidencia que contribuyan a la generacion de empleo.Se presenta información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no es susceptible de ser subsanada.

48,3 NO VIABLE

10072 21839 VIRTUAL TECHNOLOGY 10296037-9 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLEEl planteamiento del problema u oportunidad no evidencia claridad para la realizacion del proyecto. No es claro la generación de un mejoramiento tecnológico de procesos o un componente innovador de la propuesta. Los logros del proyecto no evidencia la generación de empleo. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado (alto costo de honorarios y personal operativo). falta complementar la capacidad del equipo tècnico especializado para atender el proyecto.

54,8 NO VIABLE

2602 21840 DOBLECLICK SOFTWARE E INGENIERIA S.A.S. 900104400 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEGastos de administración del proyecto, entendidos como costos indirectos necesarios para la ejecución del proyecto, tales como soporte contable, administrativo, logístico, por los que se reconocerá hasta un diez por ciento (10%) del valor total del proyecto, lo cual deberá estar justificado en su formulación

NO VIABLENo se evidencia con claridad la generación de un mejoramiento tecnológico de procesos o un componente innovador de la propuesta. Los logros del proyecto no evidencia la generación de empleo. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado (alto costo de honorarios y personal operativo). falta complementar la capacidad del equipo tècnico especializado para atender el proyecto.

58,8 NO VIABLE

2679 21631 AGROINDUSTRIAS SAVIA S.A.S 900256564-6 Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 73,3 NO VIABLE

2775 21802 MUNICIPIO SANTANDER DE QUILICHAO 891500269 Cauca Pacífico NO CUMPLE

El proponente aporta el plan de transferencia al SENA (Anexo 7) sin el visto bueno del lider sennova.

De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:El proponente debe concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA donde va ser ejecutado el proyecto, acorde con la temática del mismo, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA.

NO CUMPLE

Dado los Estados Financieros, se clasifica como empresa grande, por lo cual, el aporte de financiación debe ser 50% y 50%; no obstante, se registró 72,89% para el SENA y 27,31% para la organización. El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLENo se identifica la relación del proyecto -objeto y problemática, No es claro el componente de innovación

No se identifica empleo50,0 NO VIABLE

12926 20980 LADRILLERA PUERTOTEJADA CIA LTDA 800.250.695-2 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,5 VIABLE12895 21524 TECNOFAR TQ SAS 817003055 Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,5 VIABLE

1106 21233 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE TRIPICAY 900590202-6 Chocó Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 73,3 NO VIABLE

7019 21207 HIDRICOS LTDA 900334728-1 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLE Los resultados evidenciados no permiten verificar el logro de los objetivos. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no son moderados. 61,8 NO VIABLE

3269 21242 CORPORACION VIDA DIGNA 8180001833-0 Chocó Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.La Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLEDebe ajustarse el plantemiento del problema y objetivo. No implica un alto nivel de innovación y desarrollo tecnológico. No soporta capital de trabajo para financiar el proyecto. No presenta personal especializado para llevar a cabo la propuesta.

68,8 NO VIABLE

955 21294 VISION CENTER OPTICAPACIFICO 79755698-8 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 80,8 VIABLE

7140 21302 FUNDEPA 8180014384 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl planteamiento del problema no evidencia claridad en su presentacion para justificar la realizacion del proyecto. En conjunto el desarrollo del proyecto no evidencia con claridad un mejoramiento tecnologico de procesos. No se evidencia la forma de verificar el logro de los objetivos. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no son moderados.

60,0 NO VIABLE

13243 21303 FUNDACIÓN ESPÍRITU INDOMABLE 900691137-9 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,3 VIABLE

380 21388 ASOCIACION ARTE Y JOYA 900702875-5 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLE No se evidencian con claridad los resultados frente a los objetivos planteados. Se presenta un personal profesional sobredimensionado. Costos demasiado altos por la sobredimiensión del personal a contratar 65,0 NO VIABLE

9203 21396 FUNDACION FIESTAS FRANCISCANAS DE QUIBDO 818002047--2 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLENo se envidencia por las caracteristicas de la propuesta un mejoramiento tecnológico de procesos, se presenta un levantamiento de formulas y/o recetas. No se da claridad como se apropian los resultados que busca el proyecto, cierto grado de incertidumbre al aplicar las estrategias.Costos elevados frente a los resultados esperados.

65,3 NO VIABLE

791 21638 FRIOS FRUTOS DE LOS RIOS S.A.S 900670931-0 Chocó Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,0 VIABLE

2209 21223 EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO EMPRESA BARÚLE 818001081 Chocó Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada

VIABLE 82,3 NO VIABLE

10928 21288 CENTRO MEDICO VIVE SAS 9002695380 Chocó Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada

NO VIABLEEl planteamiento del problema u oportunidad requiere de mayor claridad. En conjunto el desarrollo del proyecto no evidencia un mejoramiento tecnologico de procesos que permita evidenciar facilmente un incremento en la productividad y competitividad acorde con el sector y tamaño de la empresa. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto presentan variaciones altas comparadas con tarifas de soluciones similares en el mercado.

67,8 NO VIABLE

12537 21372 TRUCHAS CORDOBA SAS 900494088-1 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE10363 21230 TALLERES INDUSTRIALES ASEA SAS 891200651-6 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,5 VIABLE

11868 21168 INDUSTRIAPROCESADORADEALIMENTOSNARIÑOSAS 9006331207 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.No discrimina el presupuesto en valores de confinanciacion y contrapartida de laTransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLESe Requiere ampliar el alcance de la propuesta. No debe quedarse solo en prototipos. Falta claridad en la definición del objetivo general del proyecto.Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación económica o evaluación técnica.

66,0 NO VIABLE

3037 21225 CORPORACIÓN INCUBADORA DE EMPRESAS DE NARIÑO 814006263-0 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEEl planteamiento del problema no es claro se confunde con la oferta de un portafolio de servicios, en conjunto el desarrollo del proyecto no se evidencia el mejoramiento tecnologico de procesos. No hay una evidencia clara que el proyecto contribuya en la generacion nuevos empleos, los resultados y productos no permiten verificar el logro de los objetivos, los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado.

67,0 NO VIABLE

13173 21305 COOPERATIVA DE PRODUCTOS LACTEOS DE NARIÑO LTDA COLACTEOS 891201294-4 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 86,0 VIABLE

971 21337 GISDATACENTER SAS 900595842-2 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

Se verifica la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todosLos ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLENo se logra evidenciar con claridad que el proyecto contribuya a la generacion de nuevos empleos, las estrategias planteadas no permiten la apropiacion real de los resultados que preve el proyecto. los costo definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas (Altos costos de honorarios).

65,5 NO VIABLE

256 21467 CENTRO CONTABLE CONSULTORES Y ASESORES SAS 900489705 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLENo tiene relación con la Agenda de politica publica local o regional. No se evidencia alto componente de innovación . Costos elevados. Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012).

64,8 NO VIABLE

11859 21488 JENOFONTE SAS 900632203 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLENo evidencia correlación problema-objetivo. Plataformas ya existentes. No evidencia mejoramiento tecnológico que permita incrementar productividad. Etapa experimental. No se evidencia innovación en el proyecto. No se evidencia creación de nuevo empleo. Capital de trabajo negativo. No presenta liquidez para financiar el proyecto.

56,0 NO VIABLE

372 21637 SOLUCIONES AMBIENTALES DE NARIÑO SAS 900400097 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,0 VIABLE

13065 21698 DELICIAS DEL TRIGO 31856726-5 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No contempla Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados. Por este rubro se podrá contemplar el personal que realiza actividades de dirección o gerencia del proyecto. Lo anterior debe estar formulado en el proyecto y se deberá determinar su participación en términos de la dedicación directa en la ejecución del proyecto. Independientemente del tipo de contratación del personal, siempre y cuando cumpla con la normatividad laboral vigente los recursos deben valorarse y atender a la normatividad aplicable.No demuestra Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles durante la ejecución del mismo y no constituyan bienes de capitalNo se evidencia el rubro para la Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE

No hay claridad en el alcance de la propuesta. No evidencia mejoramiento tecnológico aunque se habla de una nueva línea, no es clara su evidencia. No se evidencia innovación y desarrollo tecnológico. No genera empleo. No se verifica la obtención de resultados. No presenta personal especializado para llevar a cabo la propuesta.

Cuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica. El proyecto radicado en SIGP no identifica que valores serán financiados y cuales corresponden a cofinanciación. Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda el cincuenta por ciento (50%) del valor total de la misma en el caso de empresas grandes; cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda el ochenta por ciento (80%) del valor total de la misma en el caso de micro, pequeñas y medianas empresas; cuando el valor total de la cofinanciación SENA exceda los $300 millones en cualquier caso. No anota valores de financiación ni cofinanciación. Solo anota valores totales por producto.Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012). No anota valores de financiación ni cofinanciación. Solo anota valores totales por producto.

36,3 NO VIABLE

3722 21706 INNOVATEX COLOMBIA SAS 900580235-6 Nariño Pacífico NO CUMPLE

No se demuestran los documentos soportes de :Ser aportante de parafiscales destinados al SENA o demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal.Certificación expedida por el revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal para cada una de las ejecutoras, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje. En caso de no estar obligado a aportar parafiscales destinados al SENA se debe demostrar dicha condición.Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente (ejecutor principal) y de las entidades participantes distintas al SENA.Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso.Fotocopia del RUT de la empresa proponente y entidades participantes distintas al SENA.Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal.

NO CUMPLE

No especifica valores de financiacion y contrapartida en la plataforma SIGP.LaTransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE

No es claro el planteamiento del problema y objetivo. No alineado con la agenda de politica Publica. No se evidencia el componente de innovación. Alto costo de arrendamiento de equipo.La propuesta no cumple con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.Cuando la información de anexos y documentos no sea remitida por correo certificado al Operador Regional en la forma y fechas indicadas en el cronograma del proceso.Cuando el proponente no haya enviado las aclaraciones o explicaciones requeridas dentro del término señalado o cuando las mismas no resulten acordes con lo solicitado.

56,3 NO VIABLE

11919 21741 FUNDACION SOCIAL TIERRA VIVA 8140065209 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

El rubro de contrapartida en efectivo y especia se muestra un 24% y 76% respectivamente, este debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida, por lo que, para la determinación de ese porcentaje, el aporte de contrapartida en especie debe ser valorado monetariamente.No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 85,0 NO VIABLE

12210 21034 ESTRELLA DISTRIBUCIONES 31886560-8 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,5 VIABLE

Page 31: SENAarchivo.sena.edu.co/downloads/sigpdatos/fomento2016/13_Resultados… · SENA PUBLICACIÓN DE ... NO CUMPLE NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador

SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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414 21036 PROCACAO DEL PACIFICO E.U. 9002124498 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

Para la Transferencia tecnologica, el valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor.No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada

VIABLE 81,3 NO VIABLE

11202 21037 CAMARONERA BLOORMAR SAS 900671634-2 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

La Transferencia Tecnologica el valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

VIABLE 85,0 NO VIABLE

13149 21038 FUNDACION RENACER DEL PACIFICIFICO 900365114-2 Nariño Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLEPresenta un alto riesgo al no contar inicialmente con los permisos requeridos por el ente gubernamental encargado. No se evidencia un componente de innovación o desarrollo tecnológico. Costos elevados del personal especializado que relacionan.

59,5 NO VIABLE

767 21040 M.H.SOLUCIONES 38889931-6 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE6787 21566 ECOMAR - LUIS ALBERTO ROSAS ORTEGA- 87550177 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,0 VIABLE6394 21591 TUMAKO FISH SAS 900512566 Nariño Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,8 VIABLE

2485 21586 CARNES TAURUS JV SAS 900619183 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor.No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada

NO VIABLE No es pertinente el problema y objetivo. No se evidencia relación con agenda de politica publica local o regional. No se evidencia que se aplique un sistema innovador. Altos costos para el proyecto 53,8 NO VIABLE

10488 21682 CÁMARA DE COMERCIO DE BUGA 891380018 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,5 VIABLE

7677 21283 TALLER ALEGRIA Y CIA LTDA 800028396 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLETransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor. La estructura del presupuesto no cumple con las especificaciones de los términos de referencia,

NO VIABLE No se evidencia claramente el desarrollo del proyecto., No presenta valores lógicos y razonables en la propuesta., No tiene definidos costos. No relaciona personal especializado a intervenir en la propuesta. 54,5 NO VIABLE

6771 20913 G M TRADING S.A.S. 900369427 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLENo se justifica claramente, No se encuentra relación con la agenda de politica publica, El proyecto está orientado a un plan de marketing, Altos costos y contempla rubros no financiables (call center). No contempla profesional especializado para el desarrollo de la plataforma.

53,8 NO VIABLE

10779 20915 DIMEL INGENIERIA SA 800080917 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLE No se justifica claramente la implementación del proyecto. No se identifica un mejoramiento en innovación y desarrollo tecnológico. El mercado contempla soluciones similares 53,0 NO VIABLE

6937 20930 SIMOUT S.A 805020686 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No cumple con los porcentajes de los rubros estipulados para la Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

Se clasifica como empresa grande, por lo cual, el aporte de financiación debe ser 50% y 50%; no obstante, se registró 80% de financiacion SENA y 20% contrapartida para la organización. De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda el cincuenta por ciento (50%) del valor total de la misma en el caso de empresas grandes; cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda el ochenta por ciento (80%) del valor total de la misma en el caso de micro, pequeñas y medianas empresas.

Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012).

VIABLE 72,8 NO VIABLE

6760 20953 G MARCA COMPAÑIA CREATIVA LTDA 8050296496 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLE No se evidencia claridad en problema, objetivo y capacidad de la empresa. No se identifica un alto nivel de impacto en innovación o desarrollo tecnológico. 64,0 NO VIABLE

1294 20971 GREENSQA S.A. 900074458-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE

12518 20975 TRALALÁ CENTRO DE ESTIMULACIÓN ARTÍSTICA S.A.S. 900371943-6 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 74,8 NO VIABLE

1292 20977 VELAIO 900358703 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 72,3 VIABLE3406 20981 GERS SA 890320064-3 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,3 VIABLE

11935 20990 TECNISALUD-CEPRODENT 17.116.214-0 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 74,3 VIABLE1862 20995 GENIA TECNOLOGIA SAS 900276304 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 77,0 VIABLE

10885 21031 MS CONSULTORES SAS 900478545-9 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEl rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLE No tiene relación el problema con los objetivos. No se evidencia una generación o innovación o desarrollo 59,5 NO VIABLE

6945 21141 COLBITS S.A.S. 900530799 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEl rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

VIABLE 73,8 NO VIABLE

3106 21167 MUSEO LIBRE DE ARTE PÚBLICO DE COLOMBIA BY FUNDIBERARTE 900530336-8 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 71,3 VIABLE

4080 21193 CENTRO DE NEUROREHABILITACIÓN SURGIR 800170915 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 76,8 VIABLE

3988 21222 INCO AMBIENTAL SAS 805015571 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 79,8 NO VIABLE

684 21248 INELCO S.A. 890301839-3 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE

11192 21265 GEOPROCESS MONITOREO Y MODELACIÓN DE LA TIERRA S.A.S. 9006194726 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEste indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 73,3 NO VIABLE

3030 21274 SMART TMT 805027890-6 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,5 VIABLE7139 21335 AGROAVANZA SAS 900810915 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE1968 21345 LAYCO S.A.S 805027927-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,0 VIABLE9867 21347 PRODUCTORA DE ALIMENTOS NATURALES PANA LTDA 800.193.878-9 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLE El proyecto no responde a las necesidades priorizadas de la agenda de politica publica, falta criterios de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad. 62,3 NO VIABLE

10708 21349 GRUPO ARANGO TESSONE 9005537189 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLELos objetivos general y específicos no apuntan en gran medida para aprovechar la oportunidad o resolver los problemas tecnológicos planteados, En conjunto no hay claridad si el proyecto tiene suficientes criterios de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad.

56,5 NO VIABLE

1512 21464 SSI SOLUCIONES Y SUMINISTROS PARA INGENIERIAS SAS 900580841 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 84,3 VIABLE10768 21469 ELÉCTRICOS DEL VALLE S.A 890304345-0 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE

3920 21473 NASS S.A.S. 900.455.579-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,8 VIABLE

9396 21529 COLOMBIANA DE PVC SAS 9005217751 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

El proponente presenta un monto de contrapartida en especie del 100%, y como contrapartida en efectivo el monto es 0%. En el plan de transferencia el monto total de los recursos son asignados como financiacion 100% SENA.De acuerdo con los terminos de referencia estipulado en el pliego de la convocatoria:El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

VIABLE 75,0 NO VIABLE

8122 21540 INDUSTRIAS INTEGRADAS 890311228-6 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEAl revisar los resultados, no presentan coherencia la propuesta. El personal especializado a vincular, no es coherente con el perfil requerido. Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no están debidamente soportados en cuantías moderadas de acuerdo al mercado

56,8 NO VIABLE

534 21564 LYNKS INGENIERIA SAS 9003646962 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,3 VIABLE

10463 21612 PHARM Y HEALTH SOLUTIONS SAS 900699784-0 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

NO VIABLENo es claro el planteamiento del problema y objetivo. No se evidencia el sistema o nivel de innovación aplicado.Para el desarrollo de un producto médico se requiere más tiempo.

65,5 NO VIABLE

3507 21688 TECNOQUIMICAS S.A 890300466 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,3 VIABLE32 21689 IN-HOUSE SOLUTION SAS 9003901510 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 81,0 VIABLE

10210 21530 ACTIVA SALUD OCUPACIONAL SAS 900332507 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 79,8 VIABLE

960 20954 CARLOS ALBERTO PEREA CARDONA 16221198-6 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE NO VIABLEFalta mayor claridad en la definición del problema.No es directamente relacionado con agenda interna. Altos costos de acuerdo a valores del mercado, Alto costo en honorarios.

67,8 NO VIABLE

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SENAPUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEFINITIVOS VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

Página 31 de 31

3229 21176 CÁMARA DE COMERCIO DE CARTAGO 891900539-2 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 70,8 VIABLE

2195 21743 AGROASOCIADOS DEL NORTE SAS 900426658 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEl rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.

VIABLE 71,8 NO VIABLE

13189 20976 PRODUCTOS RICOS AL NATURAL SAS 900107263 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

Gastos de administración del proyecto, entendidos como costos indirectos necesarios para la ejecución del proyecto, tales como soporte contable, administrativo, logístico, por los que se reconocerá hasta un diez por ciento (10%) del valor total del proyecto, lo cual deberá estar justificado en su formulación.Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valo

NO VIABLEEl desarrollo del proyecto no evidencia un mejoramiento tecnologico de procesos y tampoco se evidencia el componente de innovacion, los resultados no permiten verificar con claridad el logro de los objetivos, los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado. Falta complementar el equipo tecnico a desarrollar el proyecto.

69,0 NO VIABLE

2672 21148 DINARQS S.A.S. 900186676 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

El rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida.La Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

VIABLE 71,0 NO VIABLE

6796 21153 DIDACONTROL SAS 900461471 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 88,3 VIABLE

2139 21676 CORPORACIÓN CLAYUCA 900510356-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLEEl rubro de contrapartida debe estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida, por lo que, para la determinación de ese porcentaje, el aporte de contrapartida en especie debe ser valorado monetariamente.

NO VIABLE El alcance y objetivo de la propuesta es el de la adquisición de equipo, por lo tanto, no cumple con los términos del convenio-programa. No esta definida la innovación. Alto costo en honorarios. 47,8 NO VIABLE

6823 21712 IQA SOLUCIONES AMBIENTALES 900313916 Valle del Cauca Pacífico NO CUMPLE No soporta los Estados financieros a 31 de diciembre de 2015. En el caso de ejecutores que sean entidades públicas, y que realicen aportes en dinero, solo se requiere el certificado de disponibilidad presupuestal. NO CUMPLETransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLECuando la propuesta no cumpla con los criterios de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica o evaluación técnica.No se evidencia relación: problema, objetivo y justificación. No es claro el planteamiento de innovación.

56,5 NO VIABLE

3929 21515 ASOPPITAYA 821002560 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 78,0 VIABLE

9327 21275 COOPERATIVA DE CAFICULTORES DE SEVILLA - CAFISEVILLA 891900391-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 75,0 VIABLE

1181 21170 QUALITYCOLOMBIA S.A. 900174087 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 73,0 VIABLE3414 21179 SEMAFOROS INTELIGENTES S.A.S 900450643 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 82,5 VIABLE2935 21205 COMPAÑIA NACIONAL DE LEVADURAS LEVAPAN S.A 860000261-1 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE CUMPLE VIABLE 85,3 VIABLE

10302 21309 SEGURIDAD INDUSTRIAL SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE SAS 900203234-3 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLETransferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLENo es claro el planteamiento del problema y objetivo. No se evidencia una innovación o desarrollo tecnológico. Los resultados y productos no evidencian el mejoramiento de la rentabilidad.Los empleos son del proyecto, no generara nuevos empleos.No se evidencia la capacidad técnica del equipo.

63,0 NO VIABLE

13272 21338 TRIANA PEREZ MARTHA LUCIA 38861185-6 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

NO VIABLE No se evidencia con claridad el componente de innovación, No se identifican claramente los resultados esperados 64,3 NO VIABLE

6795 20991 HUGO RESTREPO Y CIA S.A 830052685-9 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

La Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor

NO VIABLENo se evidencia con claridad la obtencion que los resultados permitan verificar el logro de los objetivos, las estrategias y/o instrumentos no permiten la apropiacion de resultados que prevé el proyecto, Los costos definidos para el desarrollo del proyecto no estan debidamente soportados en cuantias moderadas de acuerdo al mercado, no se evidencia con claridad la capacidad del equipo tecnico medida en terminos de perfiles basicos con los objetivos del proyecto

69,3 NO VIABLE

10362 21664 FUNDICIONES UNIVERSO SA 890308155 Valle del Cauca Pacífico CUMPLE NO CUMPLE

No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera:Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente)Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.

VIABLE 72,8 NO VIABLE

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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Id P

re-in

scrip

ción

No.

Rad

icad

o SI

GP

Nombre NIT Departamento Región Observacion del proponente a la publicación Respuesta

3017 21440 LOCERIA COLOMBIANA S.A.S 890900085-7 Antioquia Antioquia

I. RESULTADO VERIFICACIÓN DOCUMENTO JURIDICOS (CUMPLE/NO CUMPLE)

NO CUMPLE: No incluye documento que certifique el aporte de parafiscales destinados al SENA; no incluye documento que certifique el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social; el anexo 5 y los estados financieros están firmados por un contador público diferente a los documentos adjuntados (cédula, tarjeta profesional y certificado de antecedes expedido por la Junta Central de Contadores).Respuestas:1. Respecto a la certificación del aporte de parafiscales destinados al SENA, el revisor fiscal certifica el cumplimiento del pago de dichos aportes según esta expresado en el documento enviado en su momento y que se anexa nuevamente.2. Sobre la Certificación del cumplimiento de las obligaciones de seguridad social, el revisor fiscal certifica el cumplimiento del pago de dichos aportes según esta expresado en el documento enviado en su momento y que se anexa nuevamente.3. El anexo 5 y los estados financieros de 2015 fueron firmados en abril de 2016 por el señor Héctor Hernán Álvarez como Contador Público y por el señor Juan Pablo Londoño Monsalve como Revisor Fiscal de la firma Ernst & Young Audit S.A.S. sin embargo ambas personas fueron reemplazados según se aprecia en el documento de cambio de empresa el día 27 de abril. (Ver documento anexo).

Notas:Al momento de presentar la información exigida en la convocatoria con fecha de julio 2016, ya actuaban como contador el señor Edgar Leandro Muñoz Betancur y como revisor fiscal el señor Wilmar Fernando Hoyos de la firma Deloitte & Touche Ltda (Ver acta de nombramientos).Se adjuntan copia de las cedulas, de los antecedentes disciplinarios y tarjetas profesionales del contador y del revisor fiscal actuales, además del anexo 5 es firmado por la nueva contadora ( de la cual se anexa información) Diana María Zapata Chaverra y la certificación del aporte de parafiscales destinados al SENA y del cumplimiento de las obligaciones de seguridad social firmados.

II. RESULTADO VERIFICACIÓN ECONÓMICA (CUMPLE/NO CUMPLE)

NO CUMPLE: el monto de contrapartida en efectivo (49.62%) es inferior al monto de contrapartida en especie (50.38%)Respuesta:La distribución de los valores en dinero y en especie realizadas para este proyecto en particular se basó en cálculos de una hoja de Excel para facilitar el análisis y el montaje de la información en la plataforma, pero por la configuración de dicho programa hizo una aproximación de los porcentajes a los montos de los cuales se expresan, en este caso sin decimales, sin embargo LOCERIA COLOMBIANA S.A.S, está convencida que el valor de la contrapartida será superior a estos porcentajes, tanto para la parte en efectivo como para la parte en especie, en especial cuando se trata de un porcentaje de tan baja cuantía como el que se puso en evidencia y en especial en un proyecto de la magnitud como el presentado.Por todo lo anterior solicitamos tomar en cuenta las explicaciones a las observaciones de la publicación de resultados, con lo cual alcanzar la viabilidad del proyecto presentado.

Los documentos jurídicos y administrativos requeridos para presentar la propuesta, se han subsanado, como resultado final, la propuesta CUMPLE en el componente de verificación juridica.

Sin embargo, la verificación económica indica que el proponente hizo uso de un rubro no financialbe que implica en causal de incumplimiento de los pliegos de la convocacatoria, por compra de lotes, construcciones, adecuación de infraestructura física por $20.000.000, utilizado por el proponente como "Adecuaciones de infraestructura necesaria para la instalación de los nuevos elementos del proceso. Adicionalmente, La contrapartida en especie es de $109,006,920.00 y la contrapartida en efectivo es por $ 107,345,752.00 . Hay una diferencia de $ 1.161.168, por lo tanto, se incumple los pliegos de la convocatoria. El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

502 21195 AEROPONICOS DE COLOMBIA S.A.S 900280104-2 Antioquia Antioquia

Atendiendo a las observaciones recibidas, los accionistas de AEROPONICOS DE COLOMBIA S.A.S, expresan su agradecimiento por la valoración de 90 puntos en la evaluación técnica de su propuesta y manifiestan su intención de capitalizar la empresa hasta por el valor de la contrapartida equivalente a su participación accionaria, en el desarrollo del proyecto Cosechando futuro: implementación de la Aeroponía a cultivos tradicionales, en caso de resultar éste aprobado, bajo los términos de referencia y reglamento de la convocatoria. Relación de documentos aportados: 1. Certificación accionaria expedida por contador publico 2. Tarjeta profesional de contador publico 3. Carta de intención por cada accionista 4. RUT

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

De manera atenta se precisa que el pliego de la convocatoria establece los requisitos y condiciones de participación en el proceso, son públicos y deben garantizar transparencia e igualdad con todos los proponentes, entre otros principios y normas que regulan el proceso. En este sentido no es posible aceptar documentos o procedimientos diferentes a los establecidos en el pliego.

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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10549 21563 EDUARDOÑO S.A. 890900082-5 Antioquia Antioquia

- RESULTADO VERIFICACIÓN DOCUMENTO JURIDICOS (CUMPLE/NO CUMPLE)NO CUMPLE: Falta adjuntar el certificado de antecedentes del contador que aparece como responsable en la firma de los documentos. OBSERVACIÓN: A la entrega de los documentos de la convocatoria se recibieron dos (2) solicitudes de parte del operador regional en fechas diferentes; la primera solicitud fue por los estados financieros y la segunda por el certificado de antecedentes del contador o revisor fiscal. Adjunto se encuentran los correos electrónicos en los que consta que dichos documentos fueron recibidos en el momento y de las formas indicadas por el operador regional de la convocatoria. - RESULTADO VERIFICACIÓN ECONÓMICA (CUMPLE/NO CUMPLE)NO CUMPLE: el monto total de los recursos asignados al SENA al plan de transferencia es superior (87.50%) al descrito en los pliegos. SENA (87.50%) – empresa (12.50%) OBSERVACIÓN: En la formulación del proyecto no se verificó el punto donde se menciona “Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado.” Entendiendo que es la única causal por la que el proyecto resultaría no viable dado que: (i) la evaluación técnica obtuvo un puntaje de 86 con concepto de viabilidad y (ii) la causal de no cumplimiento de la verificación jurídica se subsana con las observaciones mencionadas en este correo; queremos conocer si es posible realizar la modificación a este rubro y ajustar la propuesta de proyecto a las indicaciones del pliego o si en definitiva el concepto es excluyente y representaría la exclusión de EDUARDOÑO S.A. de la siguiente etapa de la convocatoria.

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

11067 21308 GRIFFITH FOODS 890917465-7 Antioquia Antioquia

VERIFICACIÓN JURÍDICA:Con respecto al requisitos de certificación expedida por revisor fiscal, queremos aclarar que dicha información fue remitida a ustedes oportunamente, siendo ésta la tercera ocasiónen que se remite remitimos nuevamente adjunta esta información Agradeceríamos validar y nos indicaran si la información que requieren es otra diferente a la que hemos suministrado,. De exisitir un documento ejemplo que nos pudieran remitir como referencia, es bien recibido.

VERIFICACIÓN ECONÓMICA:A pesar que la contrapartida en especie supera el 50% del aporte en efectivo, es de considerar que el monto que se está solicitando corresponde al 25% del valor del proyecto, siendo el aporte de la empresa del 75%. De esta forma, como se puede apreciar en se presupuesto del proyecto, el monto solicitado representa el 49,72% del dinero aportado en efectivo por la empresa (50,28%), sin considerar el valor aportado de contrapartid, dando así cumplimiento a los requisitos de la convocatoria de acuerdo al artículo décimo segundo del Acuerdo 16 de 2012 para grandes empresas.Por otro lado, el mayor rubro en especie se ve representado en por uso de cámara climática . Si se requiere retirar de la propuesta original según su solicitud, se continúa dando cumplimiento a los términos de la convocatoria, modificándose los aportes de contrapartida especie al 32.85% y monto solicitado del 39.9%.

Se revisa elacertificación expedida por el revisor fiscal, este es el anexo 5, donde se certifica que la empresa no está en régimen de insolvencia y tienen ingresos operacionales durante el los años 2014 y 2015. Sin embargo, el certificado solicitado es aquél expedido por revisor fiscal, en caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje.

Adicionalmente, el pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; igualmente, en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

8159 21115 IDEAS BIOMEDICAS 900217076 Antioquia AntioquiaEspero que se encuentren muy bien, después de ver los resultados y la publicación preliminar, nos dimos cuenta que estamos dentro de los proyectos viables, sin embargo, quedamos preocupados porque la puntuación no parece ser muy competitiva comparada con el resto de los proyectos por lo cual nos gustaría conocer más a fondo los valores de la evaluación por punto y en caso que podamos hacer algo para mejorarlo proponerles las modificaciones pertinentes,

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

11085 21146 ALIMENTOS NEBRASKA S.A.S. 811041074 Antioquia Antioquia Aclaraciones técnicas sobre el proyecto, para tener en cuenta en el comité de evaluación.El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

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PROCESO I

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3292 21173 Q1A 900450714-5 Antioquia Antioquia

Consideramos que la valoración no es acertada y representativa para nuestro proyecto, siendo muy inferior al que realmente esperábamos por las siguientes razones:

1. CAPACIDAD DE LOS PROFESIONALES Y TECNICOS INVOLUCRADOS EN DESARROLLO DEL PROYECTO: El personal involucrado en el proyecto es el más capacitado en Colombia, somos la única empresa certificada ante la ONAC (Organismo Nacional De Acreditación) para certificar las redes internas de telecomunicaciones, y el personal está debidamente capacitado en los temas relacionados con el proyecto y con la suficiente experiencia en redes de telecomunicaciones.

2. COHERENCIA DE LOS COSTOS IMPLICADOS EN EL PROYECTO: Los costos relacionados no solo están en concordancia con los precios que se trabajan en Colombia (Hora consultoría – profesionales – especializados) si no que muchos de los materiales para el proyecto como equipos de medida, componentes y herramientas necesarias para la implementación de la red según el reglamento RITEL (muchos importados) son obtenidos con precios muy por debajo del precio en el mercado debido a descuentos a los cuales tenemos acceso con nuestros proveedores, los cuales también están interesados en el proyecto. Queremos recalcar que el proyecto incluye un diseño de las redes internas de telecomunicaciones, el cual permitirá simular un edificio de 5 plantas, cada una con 4 apartamentos y se debe tener en cuenta que son redes de fibra óptica, redes coaxiales, cabeceras de televisión digital terrestre y satelital con sus respectivas antenas y pares de cobre. Todos los valores están por debajo del mercado (el cual sería casi del doble) y sin incluir la mano de obra de una construcción de esta red.

3. RESULTADOS: El PROTOTIPO (simulador de una red interna de telecomunicaciones de un edificio de hasta 5 pisos y 20 apartamentos con cumplimiento del reglamento RITEL) será el primero a nivel nacional donde nuestros empleados e inspectores podrán poner en práctica los conocimientos y procedimientos para la certificación RITEL, de igual manera los aprendices del SENA se verán beneficiados al tener un lugar donde podrán poner en práctica y ver realmente como aplicar el reglamento, estos resultados serán fácilmente medidos por los cursos de transferencia del conocimiento al SENA y los formatos de capacitación y evaluación de los inspectores de nuestra empresa. Las pruebas de laboratorio servirán para medir los conocimientos de la norma. Los entregables del proyecto, prototipo, los diseños de la red, la socialización, la transferencia al SENA, manuales y protocolos de prueba para la apropiación del prototipo demuestran el cumplimiento total de los objetivos planteados.

4. CRITERIO DE INNOVACIÓN, DESARROLLO TECNOLOGICO Y COMPETITIVIDAD: Con el desarrollo del prototipo se puede capacitar más profesionales que serán necesarios para el desarrollo de las certificaciones RITEL en Colombia. Si tomamos como referencia las construcciones realizadas en el año 2015, serán necesarios para Q1A más de 80 inspectores (200.000 viviendas). De igual manera el sector construcción se verá beneficiada con mejores aprendices y nuevos perfiles que serán necesarios crear para que cumplan con los conocimientos en RITEL – generación de nuevo empleo. Al tener en el mercado más profesionales con el conocimiento de la norma por la divulgación realizada se mejorará a la hora de la certificación ya que se esperan menos errores en el diseño y la construcción (mejor opción de que se realice una certificación positiva del cumplimiento de la norma en las nuevas construcciones). Con este proyecto no solo se generan nuevos empleos para profesionales electrónicos y de telecomunicaciones, sino para un amplio rango de profesiones relacionadas con el sector de la construcción. Es una necesidad en el mercado pues actualmente hay una gran carencia de conocimiento a nivel educativo sobre la norma y no existe un modelo real o a escala donde se aprecie la funcionalidad y la aplicación del reglamento RITEL, es una necesidad el tener un prototipo para poder experimentar y que los inspectores obtengan el conocimiento y la práctica necesaria para el día que el reglamento entre en obligatoriedad en el 2017.

5. OPORTUNIDAD DEL PROYECTO: Para finalizar, la conveniencia del proyecto, radica en que no hay prototipos, laboratorios, maquetas en Colombia o edificaciones que cumplan con la normatividad que entra a regir en obligatoriedad a partir del mes de septiembre de 2017. Con el desarrollo de este prototipo se genera una mejor capacidad para nuestra empresa para responder a la demanda de certificaciones que se generarán a partir de la fecha en que vuelva a entrar en vigor el reglamento RITEL. Tendremos no solo los profesionales capacitados, inspectores con prácticas en un ambiente que simule el real. El SENA contará con el primer laboratorio para capacitar a los aprendices relacionados con la construcción y las redes de telecomunicaciones. Ya que no es una red normal, no hay en Colombia actualmente como enseñar en la práctica como certificar y construir las redes internas de telecomunicaciones en edificios (RITEL).

Los evaluadores seleccionados para la evaluación técnica de los proyectos, tienen el conocimiento técnico, tecnológico y de innovación requerido por cada sector económico al cual se presentaron los proyectos. Adicionalmente, el pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

11290 21200 ASOCIACIÓN DE BANANEROS DE COLOMBIA 890900746-7 Antioquia Antioquia

Lamentablemente por un error de digitación, destinamos 12 millones de pesos en el rubro de Inversiones en Planta, Adecuaciones, Uso Equipos en especie cuando debería ser en efectivo. Dicho error redujo la proporción de contrapartida en efectivo que debería ser mayor al 50%, siendo esta situación causal de considerar no viable el proyecto por parte del SENA. No obstante el proyecto cumplió con los requisitos de documentos jurídicos y tuvo un alto puntaje de evaluación técnica (92 puntos sobre 100).

Del mismo modo, anexamos la Carta de certificación de contrapartida con los ajustes necesarios, y resaltando nuestro compromiso de cumplir en su totalidad con los términos requeridos.

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

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PROCESO I

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251 21240 CONSTRUCTORA CONCONCRETO S.A. 890901101 Antioquia Antioquia

1. NO CUMPLE: La contrapartida en especie (50.93%) es mayor a la contrapartida en efectivo (49.07%). El monto de los recursos de contrapartida al Sena (31.25%) es menor que el monto de los recursos asignados por el Sena (68.75%).

Respuesta: Se revisó la situación y efectivamente se encontró un error de diligenciamiento del presupuesto, sin embargo la empresa se compromete a asumir recursos adicionales de contrapartida que originalmente estaban solicitados como cofinanciación, para lo cual se adjunta carta avalada por el representante legal con el compromiso de asumir, de acuerdo al ajuste realizado, la contrapartida en especie sería de (51.9 %) en efectivo y (48.1%) en especie y el monto de contrapartida de transferencia al SENA ( 100%) superior de los recursos asignados por el SENA (0%). Se adjunta Carta de compromiso y presupuesto en Excel con el ajuste. De acuerdo a lo anterior se solicita tener en cuenta estos ajustes con miras a que la propuesta continúe dentro de la convocatoria.

2. NO CUMPLE: No se adjunta documento donde se demuestre ser aportante de parafiscales destinados al SENA o de no estar obligado a hacerlo. No se adjunta documento de certificación expedida por el revisor fiscal, en el caso de la empresa cuenta con éste, en caso contrario por el representante legal en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud,pensión, ARP, parafiscales y contrato de aprendizaje.

Respuesta: Dentro de los documentos tramitados para la convocatoria se encuentra el mencionado (se adjunta el certificado correspondiente y copia del correo donde de la revisoría fiscal de Conconcreto genera el documento previo al cierre de la convocatoria), de acuerdo a las anteriores consideraciones solicitamos tener en cuenta el documento en el proceso.

Se precisa que el pliego de la convocatoria establece los requisitos y condiciones de participación en el proceso, son públicos y deben garantizar transparencia e igualdad con todos los proponentes, entre otros principios y normas que regulan el proceso. En este sentido no es posible aceptar documentos o procedimientos diferentes a los establecidos en el pliego. Por lo tanto, la carta sobre el presupuesto no es válida.

Se subsana el documento jurídico faltante de certificación del revisor fiscal. Sin embargo, la propuesta NO CUMPLE el componente económico, debido a que la contrapartida en especie (50.93%) es mayor a la contrapartida en efectivo (49.07%) y el monto del plan de transferencia al SENA, contempla solo el 31.25% de recursos propios, que es menor que el monto de los recursos solictados al SENA (68.75%).

12585 21297 PRAGMA SA 811004057 Antioquia Antioquia Buenas tardes, Enviamos documentos faltantes según las observaciones dadas por el

Se subsanan los documentos faltantes de identidad de la contadora Lina Fernanda Gómez, certificado de antecedentes de la contadora Diana Paola Jaramillo y documentos de identidad del revisor fiscal Alejandro Estrada Sierra.

Sin embargo, desde la verificación economica la propuesta NO CUMPLE pues la contrapartida en especie (100%) es mayor que la contrapartida en efectivo (0%)

9401 21377 TECNOLOGÍA Y PROYECTOS S.A.S. 805015875 Antioquia Antioquia

Con relación a las observaciones que demeritaron la calificación de nuestro proyecto identificado bajo el Radicado 21377, nominado por Tecnología y Proyectos SAS, de la manera más atenta y respetuosa nos permitimos solicitar su oportuna revaluación, lo cual sustentamos en la siguiente forma:

Por la enormes dificultades que tuvimos al momento de subir el proyecto a la plataforma y enviarlo en forma virtual, debido a que trabajamos inicialmente bajo Windows 10, no fue posible anexar información suplementaria sobre algunos temas del proyecto.Sobre los objetivos y la metodología, consideramos que existe suficiente claridad en el proyecto, ya que mediante estudios técnicos y de diagnóstico investigamos e identificamos las falencias que se presentan en el país rural en la producción orgánica en general, y de cerdos y pollos en particular, y mediante la metodología propuesta y descrita en el proyecto, se plantean soluciones viables a esta situación. Lo anterior se describe en forma clara en el informe del proyecto desarrollo del proyecto, los rubros y el presupuesto, se describen los distintos productos a desarrollar en el proyecto, mediante las distintas actividades allí planteadas y el presupuesto respectivo, todo bajo los rubros aplicables en la convocatoria. Este punto también se puede observar en forma clara en los capítulos del informe del proyecto relacionados con presupuesto y estudio técnico.Este es un proyecto orientado al desarrollo rural de los campesinos y sus actividades agropecuarias, de alto impacto social, educativo y económico, que se anticipa a lo acordado en el reciente Acuerdo de Paz en el punto de Reforma Rural Integral.Para su atenta consideración, estamos incluyendo el anexo con el informe completo del proyecto, preparado de acuerdo con el enfoque tradicional de estudio y evaluación de proyectos y con el enfoque de Marco Lógico.

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

Las observaciones del evaluador técnico:* Los objetivos no se plantean en forma clara, y en la metodología no hay claridad sobre qué es lo que se va a desarrollar en concreto y no se evidencia una relación clara entre lo indicado en el númeral de los objetivos y la metodologia.* Como no se eviedencia con claridad lo que se pretende desarrollar, es complicado identificar cómo el desarrollo del proyecto podría mejorar aspectos tecnológicos o incrementar la productividad* No se evidencia una relaicón entre objetivos y productos que se pretendan desarrollar* Como en la metodología no hay claridad sobre el desrrollo del proyecto no se evidencia una relación clara y justificabre de cada uno de los rubros planteados en el presupuesto* Hay una serie de profesionales que evidencian tiítulos de pre y posgrado, pero la relación con los sistemas de producción agrícola y más aún, con sistemas agrícolas ecológicos es limitada

3845 21496 TREDA SOLUTIONS.SA.S 900369836-1 Antioquia Antioquia

1) RESULTADO VERIFICACIÓN ECONÓMICA (CUMPLE/NO CUMPLE)NO CUMPLE: En el concepto de verificación de liquidez, Treda Solutions S.A.S NO CUMPLE debido a que el capital de trabajo es menor que la contrapartida en efectivo. A pesar de que el año pasado( 2015) fue un año duro para la empresa en términos de la facturación por ventas y los resultados financieros, durante el año 2016 se ha mejorado las condiciones financieras y nuestra liquidez y capital de trabajo, por lo cual adjuntamos Estados financieros de las empresa con corte a Junio de 2016, los cuales ponemos bajo su consideración.

2) RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA (VIABLE/NO VIABLE)NO VIABLE: El proyecto es coherente en todo el planteamiento de una necesidad supuesta, los objetivos, metodología a implementar y resultados que espera conseguir. Pero todo el planteamiento parte de un supuesto que no se justifica debidamente. Es necesario que el proyecto empiece por validar con clientes potenciales la viabilidad del proyecto, que esto es el obstáculo mayor que presenta el mismo.

La plataforma ProcesA ya tiene una primera versión en operación ( https://www.youtube.com/watch?v=c0uTUQFvSFE ) la cual fue desarrollado hace unos años( 2012), y se encuentra validada frente a la necesidad a la cual da cobertura como se evidencia en la experiencia de TredaSolutions( Documento adjunto). Así mismo, se adjuntan cartas de referencia de implementación de la plataforma ProcesA, aún sin las mejoras que se propone desarrollar durante el presente proyecto, para dos entidades:Escuela de Idiomas de la UdeA y COOPEVIAN.

La implementación de los estándares que serán soportados por la plataforma, en especial el decreto 1072, es un tema normativo de estricto cumplimiento por parte de todas las entidades vigiladas por el Ministerio de Salud, lo que ratifica la necesidad de uso en el mercado de la plataforma.

Quedamos muy atentos a sus comentarios y resultados finales.

Se precisa que el pliego de la convocatoria establece los requisitos y condiciones de participación en el proceso, son públicos y deben garantizar transparencia e igualdad con todos los proponentes, entre otros principios y normas que regulan el proceso. En este sentido no es posible aceptar documentos o procedimientos diferentes a los establecidos en el pliego. El indicador de Capital de Trabajo se calcula sobre los resultados contables del año 2015, por lo tanto, al ser este un valor negativo, se incurre en causal de rechazo en la convocatoria.

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PROCESO I

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1045 21501 MEDVISION 900265794 Antioquia Antioquia

- Resultado Verificación económicaNO CUMPLE: el indicador de capital de trabajo (-61.332.233), es menor que la contrapartida en efectivo ($72.486.196)

Aclaración: Con respecto a este aspecto creemos que no se mira la situación de la empresa de una forma coyuntural ni general, sino, especifica en un indicador; la situación de las microempresas en el país está marcada por las fluctuaciones económicas que afrontan en los primeros años de existencia, este aspecto no es exento para MEDVISION, hoy 9 meses después de haber cerrado el año 2015 la empresa se encuentra en una situación sin precedentes, acabamos de firmar un contrato con uno de los hospitales mas importantes de la ciudad el cual adjunto como prueba y conocimiento, y los servicios y clientes de MEDVISION vienen en aumento, este tipo de contrato que se han firmado al trascurso del 2016 apalancan financieramentre a la empresa, posibilitando el desarrollo y puesta en marcha de estas convocatorias que inyectan de capital, experiencia y apoyo institucional a las microempresas.

NO VIABLE; aunque existe una oportunidad de mercado en relación a los servicios hospitalarios, el planteamiento del problema requiere mayor argumentación con cifras que demuestren que la ausencia de integración entre hoteles y hospitales está impidiendo el desarrollo de la industria de salud en la ciudad, o lo puede impulsar de manera significativa. El planteamiento actual no es entonces lo suficientemente fuerte como para justificar el proyecto. Por otro lado, no se proporciona evidencia de cómo los sistemas IPTV pueden impactar positivamente los procesos o porcentaje de ocupación de instituciones de salud, lo cuál puede dificultar la gestión comercial a futuro. El equipo es idóneo y su formación apropiada, sin embargo hace falta listar más experiencia para argumentar una mayor capacidad para ejecutar el proyecto.

Aclaración:El ser un producto y servicio innovador, las cifras o indicadores que pueden medir los impactos no son claros, y los que existen pueden no llegar a explicar por completo la situación y al exponerlos pueden llegar a tergiversar el contexto originalmente deseado, además estas cifras del impacto que tendrá el proyecto sobre las habitaciones de hoteles y hospitales se reflejan en el presupuesto planteado, en donde se programa todos los costos según los objetivos de innovación que se requiere y el futuro del desarrollo de la industria hotelera se observa en la coyuntura actual del país, la región y la ciudad, esta información no es secreto para nadie y se viene tomando la ciudad de Medellin como destino turístico de Colombia al igual que la situación del sistema de salud, en donde en todo el país, la salud se encuentra en un periodo en crisis y los servicios prepagados van en aumento como se explica en la justificación del problema como sustituto al déficit del servicio POS. También agradezco el calificativo que se hace al equipo del proyecto y esta experiencia se refuerza con el trabajo que día a día que se realiza en la empresa y se complementaría con el estudiante en practica que el proyecto tendría proveniente del SENA y que llega a enriquecer el conocimiento teórico ya adquirido a través de los años.

Se precisa que el pliego de la convocatoria establece los requisitos y condiciones de participación en el proceso, son públicos y deben garantizar transparencia e igualdad con todos los proponentes, entre otros principios y normas que regulan el proceso. En este sentido no es posible aceptar documentos o procedimientos diferentes a los establecidos en el pliego. El indicador de Capital de Trabajo se calcula sobre los resultados contables del año 2015, por lo tanto, al ser este un valor negativo, se incurre en causal de rechazo en la convocatoria.

3040 21695 CINERGY SAS 900504644 Antioquia Antioquia

El puntaje de evaluación técnica fue de 72, el cual consideramos muy bajo en especial teniendo en cuenta que cumple los requerimientos y criterios de evaluación técnica y que no se presentó ninguna observación en los puntos evaluados.Por lo tanto, amablemente me permito solicitar aclaración de los motivos de dicho puntaje de evaluación técnica y que se considere la posibilidad de re-evaluar dicho puntaje a un mayor valor con base a lo expuesto.

Desde la parte técnica de las propuestas, no es posible formular cambios dado que la convocatoria no contempla dicha instancia. Solo se pueden realizar cambios y mejoras en los documentos jurídicos y administrativos.

Dentro de las observaciones de la evaluación técnica se recomienda : La ausencia de la arquitectura del sistema no permite evaluar su nivel de innovación y complejidad técnica; no se evidencia el impacto en la sostenbilidad del empleo o la creación de nuevos empleos; podría mejorarse el plan de transferencia al incluir clientes potenciales con los cuales se realizarían los pilotos; Los actores tienen buen dominio del área temática, sin embargo se recomienda incorporar a un actor con experiencia en desarrollo de software, interfaces de usuario y bases de datos.

2162 21737 RUTECH S.A.S 900369282 Antioquia AntioquiaDe acuerdo a los resultados de la publicación preliminar de evaluación nuestra empresa no cumple la validación de documentos y la viablilidad técnica, en este plazo para presentar observaciones podemos subsanar los dos componentes, o solo es para documentación? o respecto a las observaciones de la viabildad técnica podemos presentar argumentos para lograr una validación?

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

2303 21749 SISDECO S.A.S 900494493 Antioquia Antioquia

EVALUCAION JURIDICA: NO CUMPLE: el Anexo 6 se entrega firmado de forma completa, pero no aparece cuál va a ser la función de cada persona en el proyecto. Falta cédula y certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores para el contador que firma los documentos. OBSERVACION: La información pendiente es fácil de actualizar y el documento del contador ya fue solicitado al contador de la empresa.

EVALUACION ECONOMICA: NO CUMPLE: Monto de la contrapartida en efectivo ($29.897.799), es menor que la contrapartida en especie ($30.000.000). Esta última es del 50.09% del valor total de la contrapartida. OBSERVACION: Aunque se que las reglas son esas y se deben cumplir, considero que el valor porcentual por el cual se excede la contrapartida en especie es muy bajo, es fácil de resolver, sin atentar con el propósito perseguido.

3. EVALUACION TECNICA: Puntaje 91, Viable.

El pliego de la convocatoria indica que el proyecto registrado en el SIGP no es subsanable, por lo que no es posible hacer modificaciones; adicionalmente en el pliego no existe una instancia para modificación o ajuste de los proyectos.

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PROCESO I

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3244 21795 CODISCOS S.A.S 890900229 Antioquia Antioquia

Cordialmente les solicito tener en cuenta el documento adjunto dentro del proceso - CONVOCATORIA DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LAS EMPRESAS 2015-2017 CON ENFOQUE REGIONAL PROCESO I. Este documento también se envía por correo certificado.

Esto teniendo en cuenta que aunque en los resultados se escribe que fue solicitado el 10 de agosto del presente año, esta solicitud no llegó a nuestro correo

Se recibe y revisa de forma digital el certificado faltante de parafiscales, pago de seguridad y cuota de aprendizaje, con lo cual se da por cumplido este requisito y la empresa será habilitada en la convocatoria. Se espera el certificado físico en las oficinas del operador.

11901 21257 CARGA SAS 890935085-8 Antioquia Antioquia

Agradecemos sean tan amables de por favor leer detalladamente la información provista, la cual brinda respuesta en torno a las observaciones planteadas por ustedes en la publicación referida. Esperamos que se encuentre allí y en el Anexo 8 previamente compartido, la atención plena y suficiente ante sus comentarios. A nuestro modo de ver el proyecto cumple con las características de diseño de marco lógico, además de presentar coherencia y pertinencia técnica, dada las necesidades de la empresa, las posibilidades tecnológicas del medio que posean la capacidad de atender con suficiencia y personalización nuestras necesidades, además de exponer una relación costo/beneficio viable para la empresa.

Revisada la explicación presentada por la empresa respecto al Anexo 8, se evidencia la inclusión de detalles específicos que si permiten garantizar el logro de los objetivos y la implementación de los resultados.

12123 21391 SUMICOL SAS 8909001207 Antioquia Antioquia

En mi calidad de contadora de la Sociedad Suministros de Colombia S.A.S. -Sumicol- , confirmo que al cierre del año 2015, dentro del pasivo corriente se encuentra una cuenta por pagar a la compañía Corona Industrial S.A.S. , ocn vencimiento a Octubre de 2016,. Esta cuenta por pagar es entre compañías vinculadas. La compañía estima que este créidto será cancelado en la fecha de vencimiento, con los recursos povenientes de la venta de una concesión minera. Por esta razón este crédito entre vinculados fue clasificado en el año 2015 como pasivo corriente.

Se precisa que el pliego de la convocatoria establece los requisitos y condiciones de participación en el proceso, son públicos y deben garantizar transparencia e igualdad con todos los proponentes, entre otros principios y normas que regulan el proceso. En este sentido no es posible aceptar documentos o procedimientos diferentes a los establecidos en el pliego. El indicador de Capital de Trabajo se calcula sobre los resultados contables del año 2015, por lo tanto, al ser este un valor negativo, se incurre en causal de rechazo en la convocatoria.

2477 21483 BIALTEC SAS 900456603 Antioquia Antioquia

En respuesta a su publicación del pasado 5 de Septiembre de 2016, en el marco y tiempos de los términos de la convocatoria, para presentar observaciones a los resultados de la evaluación y realizando una exhaustiva revisión de los pliegos y el acuerdo que rige los principios fundamentales del programa de Innovación y desarrollo tecnológico de las empresas, me permito adjuntar la comunicación oficial de Bialtec SAS, con las consideraciones y objeciones relacionadas con nuestro proyecto, al igual que el extracto de acta de Junta directiva (archivos 029,030 y 031), donde se acredita la presentación del proyecto por la cuantía suscrita.

Se subsana los documentos jurídicos y administrativos.En cuanto a la evaluación técnica, se evaluó la justificación dada por el postulante, sin embargo, se continúa con el puntaje asignado, por las siguientes observaciones:- Desde el objetivo planteado en la formulación del problema, se especifica que la finalidad del proyecto es implementar un producto ya desarrollado en 40 productores. - En ningún punto desarrollado en la formulación del proyecto se explica el por qué 40 y no otra cifra. Por eso se evidencia un interés comercial, el cual es resaltado en el Estado del Arte al identificar un potencial comercial significativo. "Para llevar a cabo el proyecto, se hara una puesta a punto de la planta de produccion con el ingreso de una maquina automatica de empaque necesaria para agilizar el proceso productivo y lograr atender al volumen de productores beneficiarios del proyecto"- El producto ya esta desarrollado y actualmente se oferta desde su pagina web.- La propuesta tiene puntos débiles frente a los criterios de evaluación entregados, un importante número de sus actividades, resultados e impactos tienen enfoque de formación, capacitación o logísticos.- No se detalla en la propuesta componentes de mejoramiento tecnológico dentro de Bialtec, por ejemplo la incorporación de nuevos materiales, sistemas de cultivo o tecnología relacionada con el producto.

96 21704 TEJIDO DIGITAL S.A.S. 900580337-9 Atlántico CaribeBuenas tardes adjunto el anexo 7 firmado para su validación, así como una nota aclaratoria en el capital de trabajo. La empresa envió 2 documentos adjuntos: Anexo 7 y Estados Financieros

Respuesta Evaluador Económico: Según aclaraciones enviadas por la empresa, en la cual adjunta certificado firmado por Contador y Representante Legal donde certifica revisión y ajuste contable de los Estados de Resultados 2015, la empresa logra cumplir todas las especificaciones económicas. Respuesta Evaluador Jurídico: El documento para verificación jurídica enviado por el proponente TEJIDO DIGITAL está correcto.

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PROCESO I

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3523 21213 KAEL INGENIEROS S.A.S. 802013620 Atlántico Caribe

De acuerdo a las observaciones recibidas el 6 de septiembre de acuerdo a la “no viabilidad” de incluir un estudio de mercado en la propuesta presentamos los siguientes cambios a la propuesta: 1) Eliminación del rubro correspondiente al estudio de mercado.2) Cambios en el texto de la propuesta técnica.3) Carta de compromiso (Anexo 1) con los nuevos montos. Estos cambios lo que reflejan es un replanteamiento de la metodología donde, en vez de contratar un externo para hacer un estudio de mercado, el equipo del proyecto absorberá las tareas destinadas al análisis de los clientes de prueba para establecer requerimientos de diseño por medio de comunicación y documentación sostenida acerca de su experiencia a lo largo del desarrollo del proyecto.

Dando respuesta a la solicitud enviada por la empresa el día 07/09/2016, es pertinente informar que:1) Dado que la información suministrada por la empresa en el SIGP no es modificable, lamentamos informar que no se puede aceptar el compromismo de eliminar el rubro correspondiente al estudio de mercado.

3549 21402 JR MONTAJES Y SOLUCIONES DE INGENIERIA SAS 900282985-3 Atlántico Caribe

De antemano agradezco la gran oportunidad que me dan de participar en este proceso, por otra parte hago unas aclaracion a las dudas que genera el procesoLa metodología planteada, bajo la cual se asigna a un tercero bajo subcontratación la realización del desarrollo, creación de la estructura de la aplicación y de aplicar pruebas y capacitaciones genera una situación conflictiva para la ejecución y realización exitosa del mismo y puede comprometer los recursos asignados. La unica actividad que se piensa subcontratar el programador de la Aplicacion, Somos Nosotros JR Montajes quienes realizaran el desarrollo Intelectual del Ap, Visititas a sitio, Aplicacion de Pruebas y Capacitacion del Personal del SENA, con personal Propio, adjunto podran observar como lo realizamos actualmente nuestros acercamientos con el cliente.

Respuesta Evaluador Técnico: No se entiende la frase"La unica actividad que se piensa subcontratar el programador de la Aplicacion, Somos Nosotros JR Montajes quienes realizaran el desarrollo Intelectual del Ap, Visititas a sitio, Aplicacion de Pruebas y Capacitacion del Personal del SENA, con personal Propio, adjunto podran observar como lo realizamos actualmente nuestros acercamientos con el cliente." A partir de esta frase no queda claro como entonces sería la metodología. En los archivos adjuntos tampoco se aclara nada con respecto a la metodología y a las falencias expresadas en la primera evaluación. El concepto sigue siendo no recomendar este proyecto.

3329 21418 TECHNISUPPORT SAS 900272720 Atlántico Caribe Proponente adjunta documentos de verificación jurídica. Con este documento Technnisupport subsanó los requerimientos jurídicos.

151 21569 INOXIAPIS E.U. 900280875-2 Sucre Caribe

Buenas noches señores UNIVERSIDAD DEL NORTE FFICARIBE, adjunto documentos aclaratorios dudas presentadas al proyecto de innovacion presentado por la empresa INOXIAPIS E.U. en el marco de la convocatoria FOMENTO DE LA INNOVACION Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LAS EMPRESAS, CON ENFOQUE REGIONAL 2015-2016en el documento "capacidad de innovar INOXIAPIS" se sustenta la utilizacion del rubro "motorreductor de dos etapas" como parte cosntitutiva del entregable didactico del sistema de deshumidificación de miel de abejas.el archivo "certificado de pasivos" hace mención a la capacidad de la empresa para los recursos en efectivo de contrapartida.el documento arbol del problema es un esquemático del mismo que se describió en el SIPG de forma escrita.el siguiente link contiene video en una pagina de youtube donde pueden apreciar lo que hacemos en la empresa (una imagen vale mas que mil palabras) https://www.youtube.com/user/INOXIAPIS. La empresa envió un correo y 5 documentos adjuntos: Certificado de pasivos, capacidad de innovar, árbol del problema, balance a 31 de dic de 2015, balance 2014.

Después de revisadas las observaciones del concursante, se determina que el Proyecto ES VIABLE dado que contiene componentes innovadores interesantes con potencial de aprovechamiento de oportunidades existentes. A futuro se recomienda que en la formulación del proyecto la metodología sea adecuadamente descrita, de manera semejante a como lo describió en las observaciones enviadas. Respuesta Evaluador Económico: La empresa envió aclaraciones el 07/09/2016, con lo cual se permitió subsanar aspectos referentes al rubro "Insumos y Materiales" y Capital de trabajo. Lamentablemente, la empresa no cumple la condición de cofinanciación señalada en el Acuerdo 16 de 2012, que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA. Debido a que la información de presupuesto planteada en el SIGP no es subsanable, no se solicita a la empresa aclaración respecto a este tema.

10307 21466 ITELKOM SAS 900411710 Atlántico CaribeHola, adjunto certificado.Quedo atenta a tus comentarios. ADJUNTA DOCUMENTO

La empresa Itelkon ha subsanado con el documento enviado.

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PROCESO I

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218 21606 CURTIEMBRES BUFALO SAS 890101058-1 Atlántico Caribe

Asunto: Observaciones a la publicación de resultados - Proceso de Evaluación- CURTIEMBRES BUFALO SAS- FFI Caribe Estimados Señores:Considerando la alta puntuación obtenida en la evaluación técnica de nuestro proyecto (84) y teniendo en cuenta que fue catalogado como viable económica y técnicamente, es nuestro objetivo aclarar los puntos por los cuales jurídicamente el proyecto no cumple, esperando que esta aclaración posibilite su aprobación. OBSERVACIONES1) El día 17/08/16 se le solicitó a la empresa modificar el anexo 5 puesto que la información suministrada sobre los ingresos operacionales no coinciden con los presentados en los estados de resultados. El día 19/08/16 la empresa respondió otras aclaraciones, pero no envío el anexo 5 modificado. Por esta razón no cumple.Dando respuesta a este punto se corrige y envía el anexo 5 que coincide con los balances financieros de los años 2014 y 2015. Se anexa nuevamente el pdf de estados financieros comparativos 2014-2015.2) El día 17/08/16 se le solicitó a la empresa enviar documento donde debía certificar sí es o no, aportante de parafiscales destinados al SENA de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. El 19/08/16 la empresa envió certificado pero no estaba firmado por el representante legal ni por el revisor fiscal fiscal de quien se tiene la fotocopia de la cedula, de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes. Por esta razón no cumple.Para resolver este punto, enviamos nuevamente el documento de certificación requerido, firmado por el revisor fiscal y planilla de pago.3) El 17/08/16 se le solicitó a la empresa aclarar que tipo de entidad es, porque en el SIGP menciona que es una entidad privada con un 75% de capital público; y en el caso de ser una entidad pública debía anexar el certificado de disponibilidad presupuestal. La empresa el 19/08/16, mediante correo electrónico informó que son una empresa privada, sin embargo no se cuenta con un documento suscrito por el representante legal donde certifique qué tipo de entidad es la empresa. Por esta razón no cumple. En respuesta a este requerimiento adjuntamos una carta firmada por el representante legal donde este certifica que BUFALO S.A.S es una empresa de capital 100% privado y certificado de existencia de la cámara de comercio de Barranquilla.Agradeciendo de antemano la atención prestada a mi comunicación y en espera de su respuesta. La empresa envió 6 documentos adjuntos.

Respuesta Evaluador Jurídico:El 07/09/16 la empresa envió el documento requerido. Asimismo, el mismo día la empresa envió un documento suscrito por el representantelegal donde afirma que es una entidad privada y no pública, por lo tanto no es neceasrio que envíe el certificado de disponibiidad presupuestal.

347 21573 ACUACULTIVOS EL GUAJARO S.A. 806.009.948-1 Bolívar Caribe

Correo 1: Nos permitimos adjuntar respuesta a las observaciones a la publicación de resultados preliminares, los físicos se entregaran por correspondencia.Cualquier inconveniente con la información adjunta agradecemos nos dejen saber. La empresa envió adjunto el anexo 7. Correo 2: En un correo anterior y envío físico por correspondencia, formalizamos nuestra respuesta en cuanto a las observaciones a los resultados preliminares publicados el 5 de septiembre, en donde nos solicitan en lo relacionado a la verificación jurídica: 1) Enviar anexo 7 ajustado, a pesar de que ya realizaron el ajuste correspondiente con lo diligenciado en el SIGP, el documento no tenía el visto bueno de líder Sennova, recuerde que este visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico.Cuyo anexo en sus inicios se envió según fiel copia del adjunto, por lo que nos queda la duda de que estemos mal interpretando la observación.Por lo anterior agradecemos la ayuda en lo referente. La empresa envió nuevamente adjunto el anexo 7. Correo 3: Enviamos el anexo 7 con las correcciones solicitadas. Cualquier inconveniente con el adjunto agradecemos nos dejen saber. La empresa envió anexo 7 ajustado

Respuesta Evaluador Jurídico: El 07/07/16 la empresa envió el anexo 7 debidamente firmado

1074 21594 XIRIUX LTDA 900173547 Sucre Caribe

Correo enviado el 07 de sept: Estimados SeñoresPor este medio nos permitimos adjuntar nuestras observaciones a la Publicación resultados preliminares de verificación jurídica, y evaluación técnica-FFI Caribe.Atentos a sus comentarios. La empresa envió documento adjunto, firmado por el representante legal en dónde dio respuesta de manera escrita a las observaciones jurídicas y técnicas CASO ESPECIAL - Para su revisión: El 08 de sept la empresa envió el siguiente correo: Con relacion a su respuesta, estuvimos contactando al Lider Sennova y no ha sido posible. En el dia de hoy nos informa que podria firmar Mañana 09 de septiembre de 2016. Ante esta situacion reiteramos que el documento inicial se envio firmado por el y ese no tuvo modificacion en cuanto a valor.Atentos a sus comentarios.

Respuesta por parte del evaluador técnico: Considero que la respuesta dada por XIRIUS aclara vagamente la diferencia con las soluciones existentes, sin embargo, al hacerlo abren otros problemas dado que en el proyecto no exponen claramente las bases tecnológicas o presupuestales que van a usar para crear una solución de este tamaño. Con esto en mente, considero que el proyecto NO ES VIABLE. Respuesta Evaluador Jurídico: En el tiempo de subsanación la empresa envió todos los requerimientos.

1408 21670 SOLUCIONES DE INGENIERIA AYH S.A.S. 900604801 Atlántico Caribe

Dentro de la verificación de documentos jurídicos, verificación económica y evaluación técnica tuvimos una observación dentro de la verificación de documentos jurídicos "La empresa no cumple con el anexo 1, ya que en los apartes de valor total de contrapartida y valor total de la propuesta, los valores ahí puestos no coinciden con los del SIGP". En dicho anexo tuvimos un error de digitación y confundimos los valores. Adjunto nuevo anexo, cuyo documento físico será enviado por correo certificado a sus oficinas.

Muchas gracias por la atención prestado y esperando que el percance no afecte el resultado de la propuesta. Quedamos atento a cualquier inquietud.

Respuesta Evaluador Jurídico: El documento enviado por el proponente SOLUCIONES DE INGENIERÍA A&H está correcto.

1447 21482 ASISTENCIA MEDICA INMEDIATA AMEDI S.A.S 824005609 Cesar CaribeAdjunto los documentos que dan respuesta a las observaciones realizada en las 3 evaluaciones preliminares del proceso. La empresa envió 4 documentos adjuntos: Estados de Resultados 2014, Estados de Resultados 2015, Certificado de Aportes, Anexo 5..

Respuesta Evaluador Jurídico: El 07/09/16 la empresa respondió a todos los requerimientos

1728 21640 VIATRANS DEL CARIBE.LTDA 900230901-2 Atlántico Caribe Envió documento relacionado con la verificación jurídica. La empresa atendió al requerimiento satisfactoriamente.

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2033 21471 TRANSSERVI SAS 825001543 -5 La Guajira Caribe Se adjunta documento con las observaciones presentadas por el proponenteLa argumentación principal es que los servicios y productos propuestos son innovadores en Colombia, puesto que las soluciones alternativas en este sector apuntan a usuarios con tarjeta de crédito, y la propuesta de Transservi se concentra en usuarios sin tarjetas de crédito o que no desean usarlas, que constituyen la mayoría de la población. Se argumenta que el modelo de negocio ya se ha probado en otros países con éxito. Por otra parte, la empresa Transservi ha subsanado el anexo 1

2110 21783 COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y LOGISTICA EFICAZ 806014425 Atlántico CaribeAna Marcela, buena tardeEn el presente adjuntamos lo requerido. Adjunta anexo de verificación jurídica.

La empresa Tleficaz cumplió con el requerimiento.

2174 21480 SURTIGAS S.A. E.S.P 890400869-9 Bolívar Caribe El proponente envío observaciones frente a los rsultados de las instancias jurídica, economica y técnica. Se adjunta documento con las respuestas de los evaluadores (Anexo 21480)

2177 21518 ASESORIAS SERVICIOS CONSTRUCCIONES SAS 825003676-5 La Guajira Caribe

Buenas tardes, Emyle, Señores Convocatoria y Evaluadores :

Adjunto aclaraciones de acuerdo a las observaciones del listado publicado. ANEXÓ DOCUMNETOS

RESPUESTA ECONOMICA Teniendo en cuenta la solicitud enviada por la empresa el día 08/09/2016, se informa que:1) La información suministrada en el SIGP respecto a rubros y presupuesto no es modificable. Por tal motivo, lamentablemente no se puede aceptar la solicitud de la empresa.

2407 21500 HUMANOS SIRVIENDO SAS 900195080 Cesar CaribeMediante la presente presentamos observación del proceso en referencia, debido a que no recibimos el correo en el cual solicitaron la modificación de los anexos 6 y 7 , el cual reportan fue enviado a las 11:11 p.m. Solicitamos tener en cuenta el envío de los documentos adjuntos en este correo y sean tenidos en cuenta para la evaluación.

RESPUESTA JURIDICA Al anexo 7 del proponente HUMANOS SIRVIENDO le hace falta el aval del líder SENNOVA.

6782 21243 HOTEL AVENIDA BUENOS AIRES 900377792 Bolívar Caribe Se adjunta documento con la observación presentada por el proponente en verificación económica.

Dando respuesta a la inquietud planteada por correo electrónico, en el cual la empresa expone que envío información respecto a lo que se le solicitó aclaración, es importante resaltar que: 1) La información respecto a presupuesto ingresada en el SIGP no es subsanable. Teniendo en cuenta que el MONTO CONTRAPARTIDA EFECTIVO planteado por la empresa es de 46,51% del total de la contrapartida, la empresa incumple con la normatividad que estipula que el aporte de la contrapartida en dinero (efectivo) será mínimo del 50% del valor total del aporte de contrapartida, lo cual supone una casual de rechazo inmediato. 2) Reiterando que la información respecto a presupuesto ingresada en el SIGP no es subsanable, es pertinente informar que del VALOR TOTAL EL PLAN DE TRANSFERENCIA AL SENA ingresado en el presupuesto SIGP, la empresa NO ASIGNA RECURSOS DE LA CONTRAPARTIDA PARA FINANCIAR ESTE RUBRO, lo cual supone una inhabilidad, teniendo en cuenta que según lo planteado en el pliego definitivo se establece que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnologica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA, y el 50% restante lo debe asumir la empresa. Lo anterior plantea una causal de rechazo inmediato.

1238 21256 FUNERARIA LORDUY S.A 890402047-0 Bolívar Caribe Proponente remite observaciones frente a la verificación económicaRespuesta Evaluador Económico: Dando respuesta a la inquietud planteada por la empresa en el tiempo de subsanación, es pertinente aclarar que: La información suministrada en el SIGP respecto al presupuesto no es subsanable ni modificable. Por tal motivo, a la empresa no se le solicitó subsanar estos aspectos.

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510 21258 HELPMEDICA SAS 900129513 Bolívar CaribeGentilmente remitimos a ustedes en documento adjunto, las observaciones a lugar del primer informe de verificación y evaluación de la Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas. Gracias por su amable atención y quedamos atentos a sus comentarios. La empresa envió un documento adjunto con aclaraciones con respecto a la parte económica.

Respuesta Evaluador Económico: Según solicitud enviada por la empresa el 06/09/2016, la empresa aclara que efectivamente se cometió un error en lo referente a la asignación del dicho rubro, y solicita al evaluador la aceptación de la propuesta con el compromiso de que el rubro será ejectutado según la normatividad. Lamentablemente, la propuesta no puede ser aceptada, dado que el Pliego Definitivo establece que "El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada".

64 21376 SUMINISTRA COLOMBIA SAS 900627507 Bolívar CaribePor medio de la presente nos permitimos dar respuesta y aclarar las observaciones que fueron notificadas en el documento: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS PRELIMINARES DE VERIFICACION DOCUMENTOS JURÍDICOS, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA, las cuales están relacionadas en el documento adjunto. La empresa envió un correo con un documento adjunto en dónde presentan aclaraciones en cuánto a la parte técnica

Respuesta Evaludor Técnico: En la propuesta inicial falto describir bien la manera como se desarrollan los procesos actualmente y como cambiaran estos, al igual que exponer cómo se recuperaría la inversión en términos de beneficios para la empresa. Por lo anterior, puedo recomendar que se presenten a una futura convocatoria ya que lo que sustentado en la presente aclaraciones no se corresponden con los factores que se describen en la propuesta técnica inicial. (La evaluación técnica se realizará con base en el proyecto registrado en SIGP y considerando los criterios señalados). En las aclaraciones que SUMINISTRA presenta ahora se observa la viabilidad del proyecto pero; este cambia sustancialmente con dichas aclaraciones.

2940 21777 ACEITES S.A. 802005075-4 Magdalena Caribe Proponente adjunta documentos con observaciones de verificaciópn jurídica y verificación económica.

Verificación jurídica: la empresa ACEITES S.A. hizo envío de los documentos necesarios para llevar a cabo la subsanación de la Verificación Jurídica del proyecto FFI CARIBE y así mismo que estos están en correcto estado.Verificación económica: la empresa Aceites S.A envió el día 07/09/2016 los documentos aclaratorios solicitados para la verificación económica. A la luz de lo presentado, la empresa CUMPLE en su totalidad con los estándares requeridos en el marco de la convocatoria.

2999 21520 COOPERATIVA AGROINDUSTRIAL DE BETULIA 900009924 Sucre Caribe

Quiero hacer una observación, el anexo del documento de los resultados es lo más pesado, incomodo y poco práctico para la búsqueda y observación de los datos. Sugiero una herramienta como una hoja de cálculo que permita una mejor búsqueda y observación de la información contenida en el documento.En relación al rechazo del proyecto de Cooagrobetulia por no cumplir con las condiciones de cofinanciación les agradecería con la información que ustedes tienen me indiquen cuál es monto de cofinanciación para este proyecto; toda vez que este punto lo traté directa y específicamente con el asesor de la UniNorte. Es de tener en cuenta que el proyecto técnicamente es viable por lo tanto solicito la revisión del tema de la contrapartida. Considero la pertinencia de hacer una re consideración de la metodología o de la manera que está llegando la información de la convocatoria tanto de parte del SENA Sucre como de la Uninorte porque es lamentable que el Departamento de Sucre no tenga aprobado ni un solo proyecto de innovación.

Dando respuesta a las inquietudes planteadas vía correo electrónico por parte de la empresa el día 07/09/2016, es pertinente informar que:1) Teniendo en cuenta que el Pliego Definitivo establece que "Del total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero", la empresa incumple esta condición ya que la contrapartida en dinero planteada en el presupuesto del SIGP por su parte es del 49,31%.

2465 21550 COMERCIALIZADORA EL PINTOR SAS 90039204-3 Bolívar Caribe Remitió documentos adjuntos al mensaje.

RESPUESTA TECNICA La evaluación técnica se mantiene. Lo descrito debió haberse hecho en el primer documento. Lo presentado amerita un nuevo estudio del proyecto, lo que pone en desventaja los otros participantes.A partir de lo reseñado, frases como "para el proyecto hemos seleccionado un TAG blindado, que se puede adherir sobre cualquier superficie ya sea metal, vidrio, papel, tiene un tamaño de 6 cm x 1 cm x 0,2 cm de forma rectangular, resistente al agua, a la pintura, contra golpes, alcance de lectura de 0 a 6 metros, es reutilizable, de tal manera que la inversión se realiza una sola vez" evidencia un desconocimiento del RFID, pues el RFID tiene comportamientos muy diferentes para diferentes materiales, una etiqueta que sirve para líquidos, no sirve para metal, por ejemplo. China no es un buen mercado para el RFID, pues venden gran cantidad de tag inservibles y el proveedor de RFID debe tener muy buen soporte al cliente, pues este tipo de sistemas tiene muchos problemas en ambientes como el que se plantean. Ademas, el escrito habla muy mal de los muy buenos proveedores de RFID que hay en Colombia, se tiene hasta desarrolladores de tags. RESPUESTA ECONOMICA Teniendo en cuenta la aclaración enviada por la empresa el día 08/09/2016, donde certifica recursos para financiar con recursos de contrapartida para la Transferencia Tecnológica al SENA, nos permitimos informar que lamentablemente la información de presupuesto suministrada en el SIGP no es modificable ni subsanable. Por el anterior motivo, no podemos aceptar la solicitud.

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8498 21642 ETEC S.A. 890406589-9 Bolívar CaribeEstimados Señores , Como respuesta a la publicación de resultados preliminares, estamos enviando un documento firmado por el representante legal y el revisor fiscal donde se certifica que la empresaETEC S.A es una empresa privada. Adicional a esto, adjuntamos nuevamente la Cámara de Comercio de la entidad. Envian documento anexo

El 06/09/16 la empresa envió un certificado suscrito por el representante legal donde expresa que la empresa al ser una entidad privada y no pública, no se encuentra obligada a entregar el certificado de disponibilidad presupuestal. Por esta razón cumple.

3536 21791 PRODUCTOS CARIBE SAS 890.403.272-6 Bolívar Caribe Proponente adjutna documento con observaciones de verificación jurídica y verificación económica.

Verificación jurídica: Teniendo en cuenta la información enviada por el SENA, en cuanto a la recepción de documentos subsanables para la verificación jurídica, se acepta el anexo 6 enviado el día 17/08/2016, el cúal se encuentra correcto.Verificación económica: 1) La información suministrada en el presupuesto SIGP no es subsanable ni modificable. Por tal motivo, no podemos aceptar la aclaración de la empresa donde expone que "Al momento de digitar los datos de presupuesto en la plataforma , se cometió un error en el ingreso de la contratación de 3 aprendices por $ 9.000.000 , este rubro fue colocado en aportes del SENA , y debía colocarse en contrapartidas de la empresa".

11978 21765 AGROPALENQUE SAS 900482918 Bolívar Caribe Proponente adjunta documento con observaciones económicas.

El proyecto presentado por Agropalenque no cumple los requermientos económicos debido a que en la formulación del proyecto, el SENA cofinancia más del 50% del plan de transferencia . El cual es una causal de rechazo con base al numeral 12), literal d), numeral 12), del capítulo II (página 23 del pliego de la convocatoria. El día 07/09/2016 la empresa envió observaciones pero lo manifestado no permitió modificar el concepto emitido al tratarse de un error humano procedimental, al ingresar el plan de transferencia, en la plataforma SIGP. Lo cual no es subsanable según el pliego de la convocatoria en el numeral 1), literal a), numeral 3), del capítulo IV (página 51)

6836 21231 CLOUDEX SAS 900206808-04 Bolívar CaribeDiseño e implementación de una herramienta tecnológica de bajo costo que facilite la compra-venta de productos y servicios a través de sistemas electrónicos, Facebook y teléfonos inteligentes para fortalecer e incrementar la capacidad competitiva en las mipymes colombianas. Mediante la presente, damos respuesta a las observaciones publicadas en la página web. Envían anexo un documento con una observación técnica.

En la respuesta agregan funcionalidad no expuesta en el proyecto original que parece responder las preocupaciones expuestas en mi concepto. Sin embargo, no se considero que una respuesta a la evaluación sea el momento el cual se debe expandir sobre las funcionalidades del proyecto dado que hace dudar sobre su planeación o estructura presupuestal. Con eso en mente se considera que el proyecto NO ES VIABLE

6924 21497 RED DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION 900544152-0 Bolívar CaribePor medio de la presente, damos respuesta a la solicitud de aclaración para la observación enviada vía e-mail, para lo cual adjuntamos documento en pdf y haremos llegar esta información por medio físico a sus instalaciones. Envían anexo donde se encuentran las observaciones.

La propuesta económica en el proyecto formulado por REDTIC cumple con las especificaciones exigidas por el pliego de la convocatoria. Lo anterior, basado en las aclaraciones suministradas el día 07/09/2016 por parte del proponente

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7034 21773 DYM INVERSIONES SAS 900450433 Atlántico Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica y evaluación téncnica. Ver Anexo 21773

9414 21151 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO 900055698 Córdoba Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica, verificación económica y evaluación técnica. Ver Anexo 21151

10141 21632 WAHOGNBA S.A.S. 900605929 Córdoba Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica y verificación económica. Ver Anexo 21632

10329 21717 ADSWEBMARKET.SAS 900.492.361-9San Andrés y Providencia

Caribe

Correo 1: Estimados Señores FFIAdjunto, enviamos los documentos para aclarar las observaciones jurídicas.

1) Enviamos el anexo 5 y todos los documentos requeridos para el cambio de contador (fotocopia de la cédula, tarjeta profesional, y el certificado de antecedentes) 2) Enviamos un documento suscrito por el representante legal en dónde se certifica qué ADS WEB MARKET SAS, Es una empresa privada. 3) Enviamos anexo 7 diligenciado con lo datos correspondientes con los rubros del SIGP.

Quedamos muy atentos a cualquier otra aclaración Correo 2: Adjunto envío anexo 7 corregido La empresa envió el anexo 7 con otros ajustes

Respuesta Evaluador Jurídico: LA EMPRESA RESPONDIÓ DEBIDAMENTE AL REQUERIMIENTO

10429 21833 LUNA TOURS 900027350-5 La Guajira Caribe

Observación 06 de septiembre de 2016Respetables señores:Enviamos certificación exoneración parafiscales para su respectiva revisión, por favor confirmar si este es el documento requerido.Observación 07 de septiembreEstimados señores FFI CARIBE,Buenos días, un placer saludarlos, conforme a su solicitud de aclaración, muy atentamente me permito adjuntarle las dos certificaciones citando la norma que nos exonera del pago de aportes parafiscales y aportes al sistema de seguridad social. Del equipo de trabajadores de Grupo Luna SAS / Luna Tours ninguno alcanza a devengar individualmente considerado, los diez salarios mínimos mensuales legales vigentes. Envía dos documentos anexos

El 07/09/16 la empresa envió el documento debidamente corregido. Por esta razón cumple.

10777 21130 PLUS TECHNOLOGY LTDA 812008124-7 Córdoba Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica. El 06/09/16 la empresa envió los documentos requeridos.

8862 21716 CORPORACIÓN FRANCISCO EL HOMBRE 900390096-3 La Guajira Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica y verificación económica. Ver Anexo 21716

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10876 21119 INSTITUTO TECNOLÓGICO SAN AGUSTÍN 900178690-1 Córdoba Caribe Se adjunta documento con las observaciones presentadas por el proponente

La propuesta económica del proyecto de la empresa Instuto Tecnológico de San Agustín es rechazada debido a que el capital de trabajo ($-143.473.519,35) de la empresa es inferior a la contrapartida en efectivo solicitada ($13,211,402). Lo anterior se sustenta en el numeral 3) (Página 34), del literal B) verificación económica, del capítulo III. Así mismo, el plan de transferencia asignado al SENA es inferior al 3% con un valor de $3.798.804 (2,9%), lo cual se especifica en el literal C), del literal C) del capítulo IV (página 41 de los pliegos). Finalmente, el día 07/09/2016 la empresa envió observaciones, pero estas no permitieron modificar el concepto final emitido.

10453 21411 NAVIISA SAS 900575672-1 Magdalena Caribe

Me permito enviar Observación a la publicación de nuestra Empresa Naviisa SAS para su respectivo tramite:Naviisa S.A.S, es una empresa constituida desde el 2013 siendo esta una pyme que articula con la cadena productiva de logística y transporte de la región caribe, y jalona la economía amarrada a uno de los ejes estratégicos: Logística y trasporte que es parte vital para lograr la comunicación efectiva entre las apuestas productivas de la región.La cadena de valor de transporte, manipulación de carga, embalaje y almacenamiento a la que pertenecemos, es uno de los principales polos de desarrollo de la región y de nuestra ciudad, por ejemplo en Santa Marta el sector transporte y almacenamiento representa el 24,5% de crecimiento en el último año y de 625 mil millones de representación al PIB del Departamento.El crecimiento de las empresas de transporte y logística en la región Caribe ha sido importante en los últimos años, pero queremos resaltar lo que sucede internamente. Santa marta es una ciudad en la cual si bien es cierto que el desarrollo ha aumentado y el número de nuevas empresas también, es importante anotar que aun el mercado local se encuentra en expansión y que se hace necesario que el departamento aumente aún más su productividad. Es por esta razón que, para nosotros como Naviisa es una motivación participar en este tipo de convocatorias para aumentar nuestra productividad y así contribuir a la empleabilidad en la ciudad, permitiendo poner en práctica nuestra idea que consideramos innovadora puesto que no existe en nuestro gremio un medio de transporte que cuente con la herramienta incorporada para el cargue y descargue de material mencionado en el proyecto. De otra parte, nuestro proyecto involucra una empresa que en gran parte ejecutoriará el proyecto realizando la trasformación de los trailers en hibridos (volcó-trailers), pero nosotros como empresa somos los que aportamos mayor competencia y productividad, dado que somos los que tenemos el conocimiento y sobretodo, los que generamos la idea basada en los principios de la innovación contemplado en el manual de Oslo, para así generar más empleo y sostenibilidad en la región caribe y el territorio nacional. Este no sería el primer ejercicio para la transformación de trailers en volco, puesto que ya contamos con dos prototipos previos que nos han permitido medir los tiempos y movimientos expresados en el proyecto, ya que están evidenciados y establecidos como tiempos de ahorro y como prototipos iniciales para llevar a cabo la transformación de toda la planta de trailers que poseemos. El costo para nosotros como empresa es muy representativo, por esta razón acudimos a la convocatoria para poder lograr que la productividad como empresa aumente al 25%. De igual manera, esta implementación en campo será representativa para los aprendices del SENA que cursan su formación en Logística del Transporte, lo cual les demuestra que la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación son aspectos fundamentales y que van articulados con sus programas de formación, y más aún les abre caminos en su estancia laboral.Resaltamos que la persona jurídica a contratar es un experto en metalmecánica, Maherca; que trabajaran bajo las indicaciones y las necesidades de Naviisa, según las diferentes motivaciones que se han presentado para mejorar la efectividad de los trailers en volco. Con referencia al investigador principal, no solo participará en la supervisión de la realización sino en verificar y hacer parte del equipo de trabajo con Maherca, haciendo referencia a que los modelos se ajusten a las necesidades de Naviisa, de sus socios estratégicos y del gremio en general para aportar al desarrollo tecnológico, económico y productivo de la región. Agradeciendo su atención a la presente. La empresa envió un documento adjunto con la información

Ver Anexo 21411

11558 21269 ABOCONTA SAS 800253259-8 Bolívar Caribe Mediante la presente, envío respuesta a observaciones de la empresa ABOCONTA S.A.S. La empresa envió un documento adjunto con aclaraciones económicas.Respuesta evaluador económico: El día 07/09/2016 la empresa envió observaciones, pero lo manifestado no permitió modificar el concepto emitido al tratarse de errores de digitación en la plataforma SIGP. Las cuales no son subsanables según el pliego de la convocatoria en el numeral 1), literal a), numeral 3), del capítulo IV (página 51)

4356 21588 MODACONFEX YR SAS 900697573-4San Andrés y Providencia

Caribe Proponente adjunta documento con observaciones a verificación jurídica y verificación económica.

Verificación jurídica: el anexo 7 no cumpe con lo estipulado en el pliego, ya que en la parte de presupuesto se pide la descripción en números del valor solicitado al SENA, valor de contrapartida en especie y efectivo, valor total. Y el único valor enviado en el anexo es el del total.Verificación económica: 1) La información diligenciada en el SIGP respecto a presupuesto no es subsanable. por tal motivo a la empresa no se solicitó aclaraciones referentes a estos aspectos. Teniendo en cuenta que la empresa incumple la normatividad que estipula que el monto de cofinanciación por parte del SENA para la Transferencia Tecnológica será de máximo el 50% del valor total de Transferencia de tecnología al SENA, dado que en el presupuesto asigna el 100% de financiación de la Transferencia Tecnológica con recursos del SENA, lo cual supone una causal de rechazo inmediato. 2) Reiterando nuevamente que la información suministrada en el presupuesto del SIGP no es subsanable y teniendo en cuenta que la empresa incumple la normatividad que estipula que que "Del total de la contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero", dado que el 97,55% de la contrapartida lo contribuirá en especie. Lo anterior supone una causal de rechazo inmediato.Evaluación técnica: Respecto de su nota aclaratoria se reitera la importancia frente al fundamento socio-cultural del producto cómo propuesta de valor, eso es incuestionable, sin embargo lo que se cuestiona es la configuración del equipo de trabajo y su proporcionalidad a otros aspectos que dan la viabilidad comercial del producto, en ese sentido se requiere un elemento fortalecido de los argumentos técnico productivos, lo cual no resultó evidente en la definición del equipo de trabajo, del cual cómo argumento principal está el manejo de los residuos de los cuales no existe desarrollo técnico en la propuesta, únicamente justificatorio, por tal motivo aunque parezca una buena idea el proyecto su factibilidad se ve comprometida por fortalecer el valor agregado antes de garantizar la propuesta de valor referente al aprovechamiento de recursos, si se me permite agregar creo que es una idea en la que vale la pena perseverar, buscando apoyo técnico productivo en el manejo del residuo y el cálculo de su aprovechamiento tanto en producto como en procesos.

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PROCESO I

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12015 21761 RUEDA GALOFRE E HIJOS SAS 800069276-5 Atlántico Caribe Buenas tardes , Adjunto documentos solicitado, ADJUNTA DOCUMENTO. La empresa Rueda Galogre atendió al requerimiento.

1067 21554 HIPERCENTRO DEL AVIVAMIENTO LTDA 900398889 Sucre CaribePor medio de la presente enviamos a ustedes el documento con las aclaraciones a observaciones realizadas. La empresa envió 2 correos, uno a las 4:15pm el 07 de septiembre y otro a las 4:30 del mismo día. Ambos correos tenían el mismo mensaje, y en ambos correos enviaron documentos adjuntos en dónde exponían aclaraciones en cuánto a la parte técnica. El primer documento tenía 54 páginas y el segundo 56.

Evaluación téncica: 1. No se reporta experiencia específica en proyectos similares que permita deducir que el alcance del proyecto se culminará dentro de los tiempos y costos reportados. 2. El proyecto fue presentado a la convocatoria para el fomento a la innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, que tiene como finalidad asignar recursos para la ejecución de proyectos de este tipo que tengan impacto sobre la competitividad y productividad de los diferentes sectores en las regiones. De acuerdo al Manual de Frascati, un proyecto de desarrollo tecnológico se caracteriza por materializar resultados de la investigación en un plano, esquema o diseño, así como de la creación de prototipos no comercializables siempre y cuando estos no se conviertan o utilicen en actividades de explotación comercial. De acuerdo a esta definición y al hecho de que el proyecto culminará en el desarrollo de un prototipo, su proyecto puede ser clasificado como de desarrollo tecnológico. Para este tipo de proyectos el problema tecnológico asociado a la materialización de resultados de investigaciones en prototipos debe ser claro y evidente, lo cual no se encuentra en el planteamiento del problema de su proyecto. 3. La experiencia reportada en los perfiles no cumple con los requisitos de experiencia requerida para desarrollar un proyecto de esta magnitud en los tiempos comprometidos. Se hace necesario reportar experiencia en proyectos empresariales similares de desarrollo de sistemas electromecánicos. 4. Al no referenciar detalles técnicos precisos acerca de la potencia, velocidad de corte y especificaciones técnicas de los sistemas de control de movimiento en los diferentes ejes, es difícil estimar los costos finales de desarrollo de una tecnología de este tipo. Se hace necesario reportar esta información para verificar que los costos se encuentren ajustados a lo reportado. Sin embargo, se encuentra una desviación significativa en lo reportado en el presupuesto (kit de motor eléctrico?) con respecto a los costos encontrados en el mercado para 3 conjuntos servomotores + servodrive.

1168 21794SOLUCIONES INTEGRALES DE TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN SAS

900653118-7 Sucre CaribeDe acuerdo a la publicación de resultados preliminares de verificación juridica, económica y evaluación técnica -FFI Caribe, nos permitimos presentar ante ustedes de manera respetuosa las justificaciones a las observaciones emitidas por por el equipo evaluador, para su respectiva revisión y fines pertinentes. La empresa envió 3 documentos: 1. Oficio con Respuestas a observaciones (jurídicas y económicas); 2. Declaración de Renta; 3. Anexo 5

Respuesta Evaluador Económico: La prouesta económica realizada por la empresa Soluciones Integrales de Tecnología e Innovación cumple con todos los requeimientos exigidos por la convocatoria. Lo anterior, soportado por las aclaraciones enviadas el día 07/09/2016. Respuesta Evaluador Jurídico: En el tiempo de subsanación la empresa envió los estados financieros actualizados y alienados a los valores incluidos en el anexo 5.

3430 21112 OPENSKY CONSULTORES SAS 9004954707 Bogotá D.C. Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 16:027 de septiembre de 2016, 9:407 de septiembre de 2016, 18:14El proponente solicita la evaluación técnica y posteriormente remite PDF con argumentos respecto a la evaluación técnica

Técnico: El SIGP permite la configuración de atributos adicionales para poder registrar los perfiles completos del equipo ejecutor; por tanto, la evaluación técnica continúa siendo de viabilidad sin incrementar puntaje. Económico: N/A Jurídico: N/A

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966 21132 CREART-MEDIA S.A.S 900687963-0 Bogotá D.C. Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 11:077 de septiembre de 2016, 16:507 de septiembre de 2016, 11:04El proponente remite observaciones de la parte jurídica y en correo posterior envía anexo un documento pdf En correo previo expresa "quisiera solicitar su amable colaboración para recibir retroalimentación en cuanto a la causal de respuesta de incumplimiento de la empresa CREART-MEDIA S.A.S con número inscripción 966"

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: NO CUMPLESe verifica la información y documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). p) Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012). r) Cuando el objetivo del proyecto radicado no tenga relación con el objeto social (Certificado de Existencia y Representación legal, o el documento equivalente) de el (los) ejecutor (ejecutores).Las empresas coejecutoras no enviaron informacion para la verificacion de documentos juridicos de acuerdo a lo sollicitado en el pliego definitivo de la convocatoria

8028 21178 VORTEX COMPANY SAS 9001306484 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 16:54Proponente presenta observaciones técnicas y solicita segundo calificador

Técnico: Referente a la solicitud de asignar un segundo evaluador, esta no se encuentra contemplada dentro de los términos de la convocatoria, por tanto la solicitud es improcedente. Por otro lado, referente al profesional con formación en temas relacionados con nanotecnología, en el documento original enviado por la empresa al SIGP, no se evidencia la experiencia profesional de ninguno de los integrantes del equipo técnico referenciados (solo los títulos), por lo cual se disminuyó en la calificación ya que se consideró que la información estaba incompleta. Teniendo en cuenta que se anexa experiencia de un profesional en síntesis y aplicaciones de nanopartículas, se procede a sumar un punto en la calificación final. Respecto al punto de la metodología en el capítulo IV de los términos de referencia numeral e) Estructura del proyecto enuncia: Se deben diseñar indicadores de resultados cuantificables y verificables que apunten directamente al cumplimiento de metas, así como del objeto de esta convocatoria, por tanto la metodología para el seguimiento de los mismos, debe ser claramente expuesta en el proyecto. Por lo tanto, para garantizar el objeto de la convocatoria se debe exponer claramente la metodología a utilizar y en consecuencia el argumento expuesto por Vortex Company se considera improcedente. Económico: N/A Jurídico: N/A

9459 21197 ECOIMPACTO S.A.S 900618869 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 11:58El proponente adjunta el Anexo No 7 corregido

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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809 21202 GMAS SAS 900159795-5 Bogotá D.C. Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 15:187 de septiembre de 2016, 14:27En primer correo la empresa se manifiesta sobre la evaluación económica.En correo posterior, con asunto "Fwd: reclamacion SENA" la empresa procede "a presentar las evidencias para demostrar que cumplimos con la la verificación económica de acuerdo a los términos de la convocatoria." Remiten PDFs: Anexo 6 y Proyecto enviado

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observaciòn radicada y una vez practicada la revisiòn se ajustò la evaluaciòn, en cuanto al rubro Costo de personal tècnico especializado que CUMPLE con las descripciones presentadas en el SIGP, sin embargo, en la misma revisiòn se observa que dentro del rubro Gastos de Patentamiento se incluyò "Estudio de patentabilidad y redaccion de la patente" al respecto el documento "Preguntas Frecuentes" publicado en la convocatoria en mencion aclara al respecto (pàgina 13): "El rubro “Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados” reúne el conjunto de recurso humano requerido para la obtención de los resultados y productos del proyecto. En este sentido, se sugiere que el apoyo o asesoría en definición de aspectos relacionados con la propiedad intelectual sean incluidos en dicho rubro, y los costos y actividades propias del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio se incluyan en el rubro “Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.” Por lo anterior se ajusta la evaluaciòn econòmica del proyecto teniendo en cuenta que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."De acuerdo a lo anterior la propuesta NO CUMPLE, dado que se incluyò dentro del rubro Gastos de Patentamiento el "Estudio de patentabilidad y redaccion de la patente ", dichas descripciones se deben incluir dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado. Jurídico: N/A

12814 21210 SPHERA CONSULTING 900072972 Bogotá D.C. Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 14:447 de septiembre de 2016, 14:36El proponente amplía información acerca del rubro Transferencia tecnológica al SENA y solicita que lo revisen.En correo previo manifiestan que envían la observación pero no vienen documentos adjuntos.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observacinoes remitidas y una vez realizada la respectiva verificaciòn, se aclara que se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias: La informaciòn reportada en el SIGP indica que el rubro de Transferencia de Tecnologìa al Sena està discriminado de la siguiente manera: Sena $3.000.000; Especie $1.500.000 y Efectivo $7.000.000 para un total en el rubro de $11.500.000. Asì mismo, el Anexo 7 presentado con las observaciones presenta el rubro de la siguiente manera: Sena $5.500.000; Especie $1.500.000 y Efectivo $6.500.000 con un total del rubro de $13.500.000. Lo anterior evidencia que existen diferencias entre la informaciòn registrada en el SIGP y el anexo 7 remitido. Los PLIEGOS DEFINITIVOS en el numeral 7. RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA literal c ) Transferencia tecnológica al SENA establece "...El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP". Por lo anterior se ratifica que el proyecto NO CUMPLE lo establecido en los Pliegos definitivos, especìficamente a lo relacionado con el rubro Plan de transferencia al Sena. Jurídico: N/A

11804 21218 GECOPROES SAS 900079351-5 Bogotá D.C. Centro Oriente6 de septiembre de 2016, 19:26La empresa remite observaciones a la evaluación técnica.

Técnico: Concepto: la evaluación consideró la existencia de un proceso para el desarrollo de los dispositivos; no obstante, hace falta información general sobre los dispositivos específicos a desarrollar. De igual forma, la evaluación de la pertinencia del equipo de trabajo tiene por objeto verificar la idoneidad del personal seleccionado por la empresa para el desarrollo del proyecto, ya que ello permite inferir sobre las reales posibilidades de éxito que tendría el proyecto; por tanto, la ausencia de personal con experiencia técnica específica en proyectos de generación de energía se interpretó como una debilidad, ya que es considerada indispensable. A su vez, los aspectos asociados con innovación, gerencia de proyectos y prototipado, entre otros, fueron considerados en la evaluación del equipo de trabajo seleccionado. Puntaje final 74,75Económico: N/A Jurídico: N/A

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2796 21228 AXESNET 830015727-2 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 16:027 de septiembre de 2016, 15:24El proponente remite aclaraciones de tipo técnico y económico

Técnico: Aclaración 1. Se expone que la innovación es reducida, al igual que la mejora en los procesos, aunque el proyecto propone el uso de tecnologías existentes para llegar a personas sin acceso a Internet para facilitar la comunicación doble vía. Como el proponente expone los SMS son utilizados para informar a los usuarios y tiene una tasa de lectura de 98%, pero no se evidencia una comunicación en doble vía como lo propone el proyecto. Además, se quiere hacer uso de la tecnología USSD; es una tecnología poco conocida por los usuarios de dispositivos móviles que puede causar rechazo a la hora de ser utilizada debido a la interfaz de usuario poco amigable. Aclaración 2. Todo el personal cuenta con un nivel educativo mínimo de pre grado relacionado con el tema de desarrollo de software además de una amplia y certificada experiencia, lo que les permite tener el conocimiento para el desarrollo del proyecto, sin embargo, en un técnico especializado, no se encuentran definidos títulos y certificados, experiencia, resumen de la hoja de vida, para dar el concepto si cumple o no el perfil profesional para el rol a desempeñar. Asimismo, ninguno de los roles técnicos evidencia competencias en tecnologías, marcos de trabajo o alguna clase de herramienta de tecnología USSD y SMS. Dentro de las etapas, en el levantamiento de requerimientos debe ser realizado por una persona con competencias de Analista de requerimientos o analista de negocios, que en este caso serían los investigadores, En esta fase de 1 mes se incluyen a todo el personal sin necesidad ya que el personal técnico especializado de desarrollo e infraestructura no es necesario en esta fase. En la etapa de campaña de promoción, difusión, adaptación y uso de la comunidad, el producto en esta fase es un evento de campaña de promoción y difusión, no es claro para que se necesitan desarrolladores de software para esta campaña, estas actividades bien pueden ser realizadas por otros roles definidos en el proyecto, si el proyecto se encuentra bien documentado y diseñado las dudas pueden ser resueltas con los documentos de análisis y diseño del producto final. Se ratifica el concepto de no viabilidad. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada." El documento Preguntas frecuentes publicado por el Sena establece: "En la formulación presupuestal del proyecto en el SIGP, el campo unidad se refiere a la medición, con base en la cual posteriormente va a indicar la cantidad y el valor unitario.....".; de igual manera el valor unitario debe corresponder a las dos variables mencionadas". En la informaciòn registrada en el SIGP no se puede establecer la relaciòn entre la descripciòn, el valor unitario y la duraciòn del producto. P04Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP y los recursos asignados a los mismos. Jurídico: N/A

2103 21237 MONOMIX ESPECIALIDADES QUIMICAS 900425471 Bogotá D.C. Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 12:087 de septiembre de 2016, 15:27El proponente manifiesta dudas, en correo siguiente también las expresa acerca del concepto jurídico, afirma que el 22 de agosto corrigió el Anexo 2 y pregunta cómo solucionar lo manifestado en el concepto económico en lo relativo al uso del rubro Costo de personal técnico especializado

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal tècnico especializado. Jurídico: CUMPLE: Se verifica la información y los documento aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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872 21239 MDS EU 900197219-6 Bogotá D.C. Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 14:016 de septiembre de 2016, 14:107 de septiembre de 2016, 8:507 de septiembre de 2016, 9:067 de septiembre de 2016, 17:01 El proponente solicita evaluación técnica, y posteriormente envía detalle de argumentos técnicos y solicita aclaraciones al respecto.

Técnico: Se corrigen las calificaciones y comentarios en los puntos 1.1 y 1.4 aceptando el argumento de que el proyecto responde al plan nacional de desarrollo 2014 – 2018, en el pilar definido para la región pacífico (equidad, integración y aprovechamiento sostenible de los mercados). En lo que tiene que ver con el punto 1.3 se mantiene la calificación y el comentario, argumentando lo siguiente: - En el objetivo específico 1, se evidencia la utilización de una metodología Scrum para el desarrollo de software y fases del desarrollo de software, aunque está muy general, generando dudas en el manejo y experiencia de ejecución de la metodología. - En el objetivo específico 2, no se evidencia una metodología clara para ejecutar este objetivo, simplemente se listan 3 actividades a ejecutar, pero no se evidencian herramientas y mecanismos que garanticen la ejecución y verificación de las mismas. En este objetivo una de las actividades definidas habla de alfabetización digital y reconocimiento del aplicativo, pero el objetivo define estrategias de apropiación con las comunidades que permitan conocer las actividades de su cadena productiva, reconocerse como empresarios y cumplir normativas nacionales. - En el objetivo específico 3, no de evidencia una metodología clara para la ejecución del objetivo, se listan 4 actividades, en este apartado se evidencian herramientas como informes y entrevistas. Para el numeral 2.1 se mantiene la calificación y el concepto argumentando lo siguiente: - El proyecto define la creación de un aplicativo Web y móvil para mejorar la comercialización directa del pescado, fase que hoy en día es realizada por terceros y que con la ejecución del proyecto pasará a ser ejecutada por las diferentes asociaciones de pescadores, pero en el proyecto no se evidencian mecanismos para mejorar la productividad y competitividad. En el apartado de impactos se habla de porcentaje de incremento de la productividad, pero no es claro el mecanismo de medición. No existen mecanismos de medición ni evidencias que permitan revelar que la ejecución del proyecto generará impacto en la productividad y competitividad de las asociaciones pesqueras de bahía solano. Para el numeral 2.2 se mantiene la calificación y el concepto: - El proponente argumenta que el proyecto genera nuevos procesos de comercialización de pescado y logística ampliamente explicados en el proyecto. En lo que tiene que ver con la comercialización en el proyecto habla de reducir los intermediarios, tiempo de entregas y mejorar la calidad del producto, pero no se evidencia definición de los procesos de comercialización de pescado y logística ampliamente explicada que argumenta el proponente se encuentra en el proyecto. Para el numeral 2.3 se acepta el argumento y una vez revisado se procede a cambiar la calificación del numeral y el concepto. Para el numeral 2.4 el proponente argumenta que el proyecto propende por el mantenimiento del empleo en la población de pescadores, así como la generación de nuevos empleos, en la medida en que el proyecto se desarrollé y la demanda de pescado aumente. Para este punto se mantiene la calificación y el concepto argumentado lo siguiente: - El punto obtiene una calificación de 8, acorde con lo definido en el proyecto, ya que se evidencia lo que el proponente argumenta, pero no se evidencia en el apartado de impactos, ni en mecanismos medibles que permitan verificar la generación de nuevos empleos con la ejecución del proyecto. Para el apartado de resultados esperados no se modifican las calificaciones ni los conceptos. Este apartado se evaluó teniendo en cuenta el apartado resultados del programa IDT SENA donde el proponente define 8 resultados donde en varios de los resultados se evidencian mecanismos, igualmente se realizan las siguientes observaciones: - En el primer resultado define como resultado el aplicativo desarrollado, en este define como producto (documentación generada en el desarrollo de software), no se define detalladamente cada uno de los documentos de salida en un desarrollo de software, además que se evidencia la falta de perfiles y fase de ejecución de pruebas que genera un documento importante en todo desarrollo de software (ejecución de casos de pruebas), este documento me permite garantizar la calidad del producto desarrollado. - En el resultado 3 se define como resultado el acompañamiento en la usabilidad de los productos desarrollados y una verificación de los procesos de apropiación. En este resultado se define como salidas manuales de metodologías para la transferencia de conocimientos con las asociaciones de pescadores, pero no se define un documento de retroalimentación que me permita medir el nivel de percepción y aceptación de los productores hacia el producto desarrollado. En racionalidad de los costos se realizó revisión en este punto y se llegó a la conclusión que se mantiene el puntaje obtenido. En la capacidad de los ejecutores se realizó revisión en este punto y se llegó a la conclusión de que se mantiene el puntaje obtenido en este item. Puntaje final: 64,75 Económico: N/A Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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246 21261 REGENERACION LTDA 900278616 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 18:14El proponente envía observaciones a la evaluación técnica y económica

Técnico: Respuesta a la observación 1 sobre la evaluación técnicaAnte la observación “no descripción conceptual detallada de los productos a ser desarrollados, motivo por el cual no se pudo llevar a cabo una revisión técnica a fondo”, el proponente solicita respetuosamente no considerar la supuesta falencia indicando lo siguiente (i) el objetivo general establece el desarrollo de dos productos innovadores, (ii) la sección Metodología menciona actividades de diseño, construcción e innovación de dispositivos para la generación de energía por medio de al menos dos dispositivos basados en lo mencionado en el estado de arte y (iii) no se detallaron los dispositivos dado que ello es parte del desarrollo del proyecto. Se indica al proponente que en la evaluación si se consideró la existencia de un proceso para el desarrollo en detalle de los dispositivos; sin embargo, la observación técnica hace referencia a la falta de información general sobre los dispositivos específicos que se desean desarrollar. Esto podría haber sido cubierto a partir de un esquema de bloques para la identificación de componentes constitutivos de los dispositivos, acompañado una descripción técnica sobre su operación y valores característicos esperados. Respuesta a la observación 2 sobre la evaluación técnicaAnte la observación “no conformación de un equipo de trabajo con experiencia en proyectos de generación de energía eléctrica”, el proponente argumenta que el equipo de trabajo conformado es competente y que la medición, según los términos de referencia, ha de ser establecida en perfiles básicos relacionados con los objetivos del proyecto, por lo que la sola asignación de ingenieros con experiencia en innovación y tecnología es satisfactoria. No obstante, se indica al proponente que la evaluación de la pertinencia del equipo de trabajo tiene por objeto la verificación de la idoneidad del personal seleccionado por la empresa para el desarrollo del proyecto, ya que ello permite inferir sobre las reales posibilidades de éxito que tendría el proyecto si es seleccionado. En tal virtud, la ausencia de personal con experiencia técnica específica en proyectos de generación de energía se interpretó como una debilidad, ya que no sólo se considera importante sino indispensable. Asimismo, se aclara al proponente que los aspectos asociados con innovación, gerencia de proyectos y prototipado, entre otros, fueron considerados en la evaluación del equipo de trabajo seleccionado.Finalmente, se indica que se acoge parcialmente la observación presentada por el proponente pues se considera favorable la experiencia del Coordinador del Proyecto en la Formulación, estructuración y gestión de proyectos en energías renovables; sin embargo, no se considera ésta como experiencia técnica directa. Puntaje final 60.Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Adicionalmente, el documento "Preguntas Frecuentes" publicado en la convocatoria en mencion aclara al respecto (pàgina 13): "El rubro “Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados” reúne el conjunto de recurso humano requerido para la obtención de los resultados y productos del proyecto. En este sentido, se sugiere que el apoyo o asesoría en definición de aspectos relacionados con la propiedad intelectual sean incluidos en dicho rubro, y los costos y actividades propias del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio se incluyan en el rubro “Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especificamente al rubro Gastos de Patentamiento. Jurídico: N/A

10287 21273 PROCTEK SAS 900159278-9 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 11:09El proponente manifiesta haber enviado los documentos de aclaración anteriormente. También presenta aclaraciones de carácter económico

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Gastos de normalizaciòn., Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no es subsanable. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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1021 21315 CODENSA S.A. ESP 830037248-0 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 14:00 "Al validar la observación del resultado de la verificación económica del proyecto, efectivamente da un valor del 49,974%, el cual es inferior por 0,0256%, el cual al momento de diligenciar el formato se nos pasó por tema de decimales(por aproximación da el 50%). Garantizamos los aportes de contrapartida mayor al 50%, la diferencia es de aproximadamente $110.500. Por lo anterior agradecemos su colaboración para poder realizar los ajustes respetivos dado que fue un tema de decimales"

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. "Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo. Jurídico: N/A

10837 21332 SUMMITRAINING SAS 900637350-2 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 15:19 El proponente expone argumentos técnicos y expresa "...Solicitamos Reconsiderar su evaluación con un proyecto viable."

Técnico: Con relación al planteamiento del problema. El proponente plantea de forma textual: “Actualmente se presenta una escasa oferta de ambientes de aprendizajes con estas características por fabricantes internacionales de equipos didácticos, adaptados a las condiciones de los campos petroleros de cada región”; por lo que la necesidad planteada hace referencia a facilitar la certificación en competencias laborales y no a resolver un problema común que ocurre en la bomba BES. En el planteamiento del problema no se menciona la dificultad de visualizar los fenómenos que ocurren en la bomba ubicada en la cara de la formación, durante el proceso de extracción de crudo; tampoco la dificultad de visualizar y entender el flujo de fluidos dentro de la tubería de producción desde el fondo del pozo hasta la superficie. Por otro lado, el desempleo de los locales y la alta concentración de personal extranjero en el país obedecen más a la política petrolera actual y no a la falta de personal especializado de origen Colombiano. Esto enfatiza que el proyecto está más enfocado a resolver una necesidad de certificación de competencia laboral y no a resolver un problema operacional común durante la extracción de crudo. Con referencia a que el equipo didáctico es inédito, el Centro de Estudios de Petróleo (CEPETRO) de la UNICAMP cuenta con una instalación de estas características desde hace más de 5 años. Un laboratorio con una columna de tubería de más de 6 metros de altura, acoplada en su parte baja a un set de bombas y un sistema de adquisición de datos que simulan el pozo, la tubería de producción y la bomba respectivamente. En este laboratorio se han realizado diferentes trabajos investigativos con publicaciones en eventos como el “SPE Artificial Lift Conference-Américas” realizado en la Ciudad de Cartagena. Por este motivo se considera que la revisión bibliográfica pudo ser más profunda. Concepto Técnico: No viable. Económico: N/A Jurídico: N/A

10468 21389 BEBITA S.A.S. 860069859 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 23:28El proponente remite observaciones a la evaluación técnica.

Técnico: Se volvió a revisar la evaluación técnica acorde a las observaciones. Aunque el objetivo general es adecuado, los objetivos específicos están planteados más a modo de metas, por ejemplo, “mejora de la eficiencia de la planta en un 5%”, “incrementos en la producción aproximadamente de un 10%”,… En cuanto a la metodología, esta no es del todo detallada y está planteada de una forma que dificulta seguir su secuencia y la forma en cómo se abordarán los objetivos planteados. Además de los objetivos planteados y la metodología se identificaron como debilidades las siguientes: i) Debido a que los objetivos fueron expuestos a modo de metas, se dificulta conectar estos con los resultados y productos esperados, aunque de manera global, los resultados van acorde con el objetivo general, ii) no se expone de manera concreta los perfiles del personal técnico que harán parte del proyecto, iii) al no estar detallado todos los perfiles del personal técnico del proyecto, se hace difícil el análisis de la racionalidad de los costos expuestos. La innovación y pertinencia si fueron evaluados acorde a los criterios de los documentos del proceso de la convocatoria. En el SIGP no se detallaron los perfiles completos del personal técnico. Económico: N/A Jurídico: N/A

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680 21393 COLTEIN LTDA 900085100 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 15:597 de septiembre de 2016, 16:01El proponente envía observaciones con respecto a los rubros y al concepto técnico

Técnico: Concepto técnico: No viable. El proyecto solicita financiamiento para contratar a un equipo que realizará la actividad más importante del proyecto, no obstante, no se refleja información sobre los miembros del equipo, así como su experiencia y calificación para realizar dicha actividad. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se indica que el Numeral 12 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I (FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS) en su literal d) Rubros Financiables (Artículo Décimo Cuarto, Acuerdo 16 de 2012) , detalla los rubros Financiables para la presente convocatoria, en ninguno de los items allì descritos se incluye la descripciòn "Prestaciones sociales".Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE, teniendo en cuenta que Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado y con recursos de cofinanciaciòn se incluyeron las prestaciones sociales del equipo que desarrollarà el proyecto, estas ùnicamente se pueden incluir como contrapartida. Jurídico: N/A

11851 21394 FUNDACION REDESCUBRIENDO 832009419-1 Bogotá D.C. Centro Oriente6 de septiembre de 2016, 22:496 de septiembre de 2016, 22:52La empresa presenta observaciones a la evaluación jurídica y a la técnica. Remite también una guía de Servientrega

Técnico: Con relación al planteamiento del problema, la estadística expuesta en la propuesta si bien proviene de entidades oficiales, se esperaría que fuese el problema y la justificación soportados con más información relevante. En cuanto a la adopción de tecnología, en la evaluación técnica esta hace referencia a tener en cuenta por parte del proponente de variables que influyen en su adopción ya que el proyecto trata de “Desarrollar e implementar una plataforma tecnológica innovadora”. Existe una vasta literatura que habla de este tipo de situación, por ejemplo el modelo de segmentación de productores desarrollado por el Department for Environment Food & Rural Affairs del Reino Unido podría ser un punto de partida que podría ser tenido en cuenta. Con relación a la evaluación del componente “Contiene estrategias y/o instrumentos que permiten la apropiación real de los resultados que prevé el proyecto, por parte de los beneficiarios directos y/o indirectos de manera verificable”, las sugerencias fueron tenidas en cuenta y se procedió a una re-evaluación en este apartado. Tras la re-evaluación el proyecto sube a un puntaje de 66,75. Económico: N/A Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.( El representante legal tiene las facultades para realizar cualquier acto o negocio jurídico .

2877 21400 ARGUS 900257108 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 19:30El proponente envía aclaraciones de tipo económico en un PDF.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal tècnico especializado. Jurídico: N/A

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697 21425 OSP INTERNATIONAL CALA S.A.S. 830105621-7 Bogotá D.C. Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 11:38El proponente remite observaciones a la evaluación financiera y remite documentos anexos.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se indica que el Numeral 12 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I (FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS) en su literal f) Contrapartidas del Conviniente.."De acuerdo con el artículo décimo sexto del Acuerdo 16 de 2012, “Podrá ser costeado exclusivamente con recursos de contrapartida los siguientes rubros, siempre y cuando tengan una identificación directa con el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto: .... 5. Aportes parafiscales y aportes al Sistema General de Seguridad Social del personal dedicado al proyecto.” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE, teniendo en cuenta que El rubro Aportes parafiscales y aportes al SGSS delpersonal dedicado al proyecto se presupuestò con recuros del SENA, este rubro es aceptado ùnicamente como contrapartida. Jurídico: CUMPLE :Se verifica la información y aporto lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

12929 21445 ESTRATEGIA SALARIAL SAS 9005655032 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 10:51El proponente presenta aclaraciones sobre el anexo 7 y acerca de la evaluación económica

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Cabe aclarar que los pliegos establecen en el Numeral 12 FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS. literal d) Rubros Financiables (Artículo Décimo Cuarto, Acuerdo 16 de 2012) "..De conformidad con el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo 16 de 2012, “los proyectos de este programa podrán contemplar en su formulación la financiación de los siguientes rubros.., ya sea con recursos de cofinanciación y/o de contrapartida".".3. Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes consumibles durante la ejecución del mismo y no constituyan bienes de capital"Asi mismo en el literal f) Contrapartidas del Conviniente indica...1. Inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura, requeridas para la ejecución del proyecto. Se podrá incluir el uso de equipos disponibles en las instalaciones del proponente, necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, justamente valorados e identificados directamente con la naturaleza del proyecto"Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP., especìficamente en el rubro Insumos y materiales. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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487 21453 MARROQUINERA S.A. 8600664711 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 21:43Anexo reenvío comunicación de reconsideración de calificación dentro del proceso de participación que hace Marroquinera con el SENA en el Proyecto No 497

Técnico: Los puntajes asignados corresponden a una evaluación técnica realizada con los documentos recibidos en la aplicación/propuesta, lo cual dio paso a la solicitud de respuestas de aclaración. Criterio 1. La empresa Marroquinera S.A. propone un proyecto de competitividad que estandariza y unifica procesos de producción y comercialización para atender nuevos mercados en un modelo de franquicias. La propuesta propone ampliar el mercado en México e introducir Chile y Perú a su portafolio. El modelo incluye manuales enfocados a la estandarización, posicionamiento de marca y coordinación de inventario que le permitirá generar ingresos y empleo sostenible para la empresa. El soporte a las franquicias se indica como el uso de WEB, CRM, ERP. Sin embargo surgen interrogantes que soportan la evaluación técnica cómo: - ¿De estar previsto, en qué producto se desarrollará el modelo de adquisición, por parte del franquiciario, en términos de precio/costo, post-venta, para cada uno de los mercados propuestos? ¿De no encontrarse previsto, cual es la estrategia y tiempo definido para esta fase? Criterio 2. La empresa cuenta con la capacidad técnica de desarrollar franquicias dada su trayectoria en el mercado. No hay nuevos productos de manufactura identificados en el proceso de franquicias. El mejoramiento en procesos de comercialización es verificable a través de los manuales y la prueba de 3 meses para el modelo de franquicias que se desarrollará en el proyecto. Se proyecta la creación de 20 nuevos puestos de trabajo y el soporte a ocho (8) talleres satélite. Surgen interrogantes cómo: ¿Por favor definir cuál CRM y cual ERP se utilizarán en el proyecto? ¿Estas aplicaciones (CRM y ERP) ya están siendo utilizadas por la empresa o se proponen para la prueba de la franquicia? ¿Los manuales incluyen entrenamiento en el uso del CRM y ERP propuestos? ¿Se cuenta con una evaluación de mercado para soportar el ingreso a mercados de Chile y Perú, más allá de la pertinencia de Alianza Pacifico? Criterio 3. Los objetivos específicos permiten lograr el objetivo general del proyecto. Las estrategias planteadas son racionales en términos técnicos. En este elemento se hace modificación al puntaje obtenido, dada la aclaración citada en competencia mundial con marcas mundialmente reconocidas, aunque no se da claridad en los criterios de comparación con dichas marcas. Dada esta comunicación y el comentario de competencia se ha revalidado el puntaje obtenido, con lo cual el puntaje total es 73.33 y se mantiene el concepto de viabilidad del proyecto. Criterio 4. Los costos son racionales con respecto a valores de mercado para consultoría técnica especializada, como la planteada en el proyecto. El puntaje en este punto fue asignado en 90% en la evaluación original. Criterio 5. El proponente ha validado el mercado por años y cuenta con la experiencia y capacidad para respaldar el proyecto de franquicia y exploración de mercados internacionales. Puntaje final: 73,33

Económico: N/A

Jurídico: N/A

10414 21474 IMPORATADORA SINERGY LTDA 900154914 Bogotá D.C. Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 11:24La empresa hace observaciones a la evaluación técnica y manifiesta "Agradeciendo mucho su atención respondemos a las objeciones publicadas considerando que ninguna de ellas puede ser considerada como causa para la disminución del puntaje de la evaluación técnica. Y por tanto, en ausencia de otras objeciones, solicitamos que dicha evaluación sea positivamente reconsiderada, pues los motivos publicados no aplican para una disminución de puntos. "

Técnico: Concepto técnico: No viable. El equipo propuesto para desarrollar el proyecto tiene un perfil más gerencial que técnico; se evidencia poca experiencia en el desarrollo de software. Por tanto, la actividad principal del proyecto recae sobre un contrato con tercero, del cual no se aporta información sobre su experiencia y calificaciones. Económico: N/A Jurídico: N/A

1566 21484 ATA ELECTRIC 900240324-5 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 16:50La empresa solicita Revisión calificación Item 5 - CAPACIDAD DE LOS EJECUTORES EN DESARROLLO DE PROYECTOS

Técnico: Respuesta a la observación sobre la evaluación técnicaAnte la observación “Se aprecia como debilidad del proyecto la estructuración de un equipo de trabajo de siete personas, de las cuales sólo una hace parte de la empresa proponente”, el proponente solicita respetuosamente la revisión del concepto indicando que los perfiles en el proyecto se relacionaron los perfiles del personal, que no se podía asegurar la disponibilidad real de personal para el momento de inicio de la ejecución del proyecto y que la ATA ELECTRIC SAS cuenta con 30 funcionarios con formación profesional, tecnológica y técnica específica. No obstante, se indica al proponente que la evaluación de la pertinencia del equipo de trabajo se basa exclusivamente en la información suministrada en el aplicativo para la formulación del proyecto, independientemente de la trayectoria y capacidad tecnología y de capital humano que pueda tenerse. Asimismo, que la verificación de la idoneidad del personal seleccionado por la empresa para el desarrollo del proyecto, y no solo la definición de perfiles, es un aspecto fundamental de la evaluación, ya que ello permite inferir sobre las reales posibilidades de éxito que tendría el proyecto si es seleccionado. En tal virtud, la ausencia de información sobre personal específico se interpretó como una debilidad.Económico: N/A Jurídico: N/A

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2423 21486 DISMET S.A.S. 800229512-6 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 8:24El proponente menciona que mandaron los documentos solicitados como aclaración en su momento, y respecto a la verificación económica "quisiéramos preguntar si es posible, corregir y modificar los rubros presentados."

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente al rubro Pago de servicios tecnològicos.No cumple con lo indicado en el Artìculo dècimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. La propuesta Incluye el rubro no cofinanciable Profesional de mercadeo para el desarrollo de Documento en el que se especifica la caracterización de la producción de mortero seco en Colombia. El presupuesto de la transferencia de tecnologia al Sena no coincide con la información reportada en el SIGP.Cabe aclarar que no es posible ajustar la informaciòn reportada en el SIGP. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

12857 21493 SADEP LTDA 830032055-3 Bogotá D.C. Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 19:24 7 de septiembre de 2016, 0:50La empresa manifiesta que "se envían las correcciones solicitadas, la respuesta a las observaciones y el anexo 7 de transferencia de tecnología al SENA, de la empresa SADEP LTDA"

Técnico: De acuerdo con las observaciones recibidas, se ratifica el concepto de No Viabilidad del proyecto, toda vez que no es posible aceptar procesos de ajustes y correcciones sobre el proyecto. Frente a las observaciones que hacen parte de la evaluación técnica será importante tenga en cuenta lo siguiente: - Si bien el cargue de información en plataforma es limitado, los pliegos de la convocatoria permitían construir un soporte más robusto del proyecto, mediante el Anexo No. 8. - Los lineamientos para la formulación de proyectos varían dependiendo de los objetivos de la convocatoria. Para éste caso y al tratarse de una convocatoria de desarrollo de proyectos de innovación y desarrollo tecnológico, es importante soportar en la contextualización que se haga todos los elementos asociados con los antecedentes, la problemática y el estado del arte existente alrededor de la solución que plantea el proyecto. - La descripción de los objetivos no es suficiente para contextualizar el alcance de lo propuesto. - El uso de la metodología Adaptive Software Development (ASD), no aparece como referente en la formulación. Esta información aparece de manera adicional a la propuesta presentada y en términos de equidad no es posible tenerla en cuenta en ésta fase del proceso; en este sentido, los detalles que se aportan en este momento, resultan importantes para efectos de contextualizar el proyecto y el alcance del mismo, pero debieron ser aportados en la presentación inicial del proyecto. - La formulación no aporta insumos que permitan dimensionar que la solución propuesta tendrá acogida a nivel comercial posteriormente y que en todo caso responden a una demanda, necesidad u oportunidad en el mercado. - La formulación del proyecto, no permite dimensionar el alcance de la solución propuesta y en esa medida tampoco deja la posibilidad de validar sí la proporción en la que se estima la participación de los diferentes profesionales es o no racional tanto en tiempo como en honorarios. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal tècnico especializado. Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no se puede modificar. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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429 21494 ENSE LTDA 860534998-7 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 15:14

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se observa que el Anexo No 07 remitido en las observaciones presenta diferencias con respecto al presupuesto registrado en el SIGP en el rubro Transferencia de Tecnologìa al Sena.Cabe aclarar que el SIGP presenta $11.387.000 para este rubro,mientras que el Anexo 7 remitido muestra un total de $11.250.500.Por lo anterior se ratifica el concepto registrado en la Evaluaciòn econòmica del proyecto que indica que NO CUMPLE por cuanto se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias. Jurídico: N/A

13182 21522 AMA-GI SAS 900619419-5 Bogotá D.C. Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 8:53 6 de septiembre de 2016, 8:52El proponente hace observaciones a la evaluación económica y en correo posterior envía formulario SIGP en PDF.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Publicaciòn de resultados y Diseñor de prototipos. Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no se puede modificar. Jurídico: N/A

4424 21538 AGENCIA DE ADUANAS MOVE CARGO S.A. NIVEL 1 800.248.322-4 Bogotá D.C. Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 14:53La empresa solicita que le acepten un cambio del rubro R5

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Adquisiciòn de equipos y software. Jurídico: N/A

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12589 21542 ARENA IT 900604701-2 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 21:23El proponente identificado con ID 12589 presenta observaciones a la verificación técnica.

Técnico: La información expuesta no es suficiente para determinar sí la formulación responde a una necesidad específica o general; en efecto no se trata de un argumento que se exponga de manera puntual dentro de la formulación del proyecto. La descripción del estado del arte tampoco refleja esa contextualización previa que se esperaría de todo proyecto. Aunque se manifiesta como respuesta a las observaciones emitidas, que en Colombia no existe ninguna plataforma que permita realizar evaluaciones genéticas, esta información no aparece referenciada ni contextualizada en el proyecto. Frente a la segunda consideración, se recalca en qué la descripción de objetivos no es suficiente para contextualizar el alcance de lo propuesto. En primer lugar, un objetivo general debe corresponder a la descripción de la solución al problema que se ha diagnosticado y que se atenderá a través del desarrollo del proyecto, por ello la importancia de exponer la problemática identificada de manera amplia, así como de precisar el ¿para qué? dentro de la formulación del objetivo general. La información expuesta en el SIGP no abarcan estos dos aspectos de manera apropiada. Referente a la definición de objetivos específicos, estos tampoco dan mayor detalle de la intervención. La precisión respecto a qué las fases del proyecto se harán bajo metodología SCRUM no aparece como referente en la formulación. Es información que aparece adicional a la propuesta presentada. En efecto los pliegos de la convocatoria no son restrictivos frente a la metodología de ejecución de los proyectos, sin que esto quiera decir que no se deban brindar elementos que permitan contextualizar el cómo se logrará el objetivo propuesto. Con relación a la variable que cuantifica el impacto del proyecto en la generación de puestos de trabajo o el mantenimiento de los mismos, es importante que el proponente tenga en cuenta que se espera el impacto se dé de manera directa en la empresa proponente del proyecto, y no solo en la fase de ejecución sino en la posterior fase a la misma, como resultado precisamente del mejoramiento en variables diversas de productividad y competitividad a las que responde la ejecución. En este sentido, los empleos que se proponen generar no son del proponente sino de un tercero con el que se propone se generará la primera implementación de la plataforma perseguida. A la valoración del recurso humano en el presupuesto, se hizo nuevamente el ejercicio de validar por profesional los recursos requeridos, independiente de la manera como se ingresaron en el SIGP, encontrando que en efecto los recursos se estiman bajo la misma escala de honorarios para todo el horizonte de ejecución. El problema radica en la manera como se ingresaron los datos al aplicativo. En ese sentido, se retira la observación de la evaluación respecto a qué existe sobredimensionamiento en el número de meses que se requieren por profesional. No obstante a lo anterior, se ratifica que el dimensionamiento de los recursos es sobredimensionado respecto al mercado teniendo en cuenta la destinación de tiempo que se propone, sumado a que para algunas actividades no es claro cuáles serán las funciones y entregables de los profesionales citados. Se ratifica el concepto técnico de No viable. Económico: N/A Jurídico: N/A

1061 21543 ACERARQ SAS 9001202203 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 18:31 7 de septiembre de 2016, 18:11El proponente envía dos correos presentando observaciones a las evaluaciones técnica, financiera y jurídica, y remite PDF del Anexo 7

Técnico: Luego de las aclaraciones realizadas por la empresa en diferentes puntos: Se ajustó el puntaje asignado en cuanto a que “El proyecto responde a las necesidades priorizadas en la agenda de política pública nacional o regional, planes de desarrollo local y demás ejercicios que identifiquen vocaciones productivas” ya que es evidente el impacto y la pertinencia del diseño e implementación en algunas vías del país de puentes modulares semipermanentes, como el propuesto en el proyecto. Cabe aclarar que se supone que existe un potencial para la generación de nuevos empleos en el caso de que la innovación propuesta sea aceptada en el mercado. Sin embargo, en el SIGP, en la sección Impactos, se esperaría que se hubiese registrado el número de nuevos puestos de trabajo que supondría el desarrollo del proyecto tras su finalización. Se ajustaron los puntajes asociados a los resultados esperados dado que con la explicación enviada es clara la obtención de los resultados y el impacto socioeconómico que estos generarán, la articulación con el sector y la evidente respuesta a las necesidades de la población en términos de transporte vial. Son claramente explicados los beneficiarios directos e indirectos del proyecto. Se ajustó el puntaje en relación a “la racionalidad de los costos del proyecto” y a “capacidad de los ejecutores en el desarrollo del proyecto “ya que los costos son coherentes con el nuevo desarrollo del puente semipermanente modular y todo lo que a nivel de diseño, manufactura y puesta a punto se requiere. Es conveniente precisar que esta información no era claramente visible con la información y redacción inicial presentada en el proyecto, el cual tiene varios vacíos procedimentales y argumentativos y fallas metodológicas y de redacción. Puntaje final: 78,25. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal tècnico especializado.

Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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10752 21552 INDUSTRIAS ROCAS LTDA 860056702-3 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 23:58El proponente remite argumentos para la evaluación técnica y adjunta anexo 8.

Técnico: Concepto: en el registro del proyecto no se incluyó el anexo 8, y de acuerdo a los pliegos de condiciones de la convocatoria, no se puede adicionar información al proyecto inicialmente registrado en el SIGP, por tanto, nuevamente no se permite precisar la contextualización del proyecto y determinar el alcance del mismo. Económico: N/A Jurídico: N/A

3236 21574 QUINTERO LEATHER 900330105 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 21:55El proponente remite documentos financieros para argumentar su observación

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. "Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo, pues para el càlculo se toma la informaciòn registrada en los Estados Financieros suscritos a 31 de diciembre de 2015. Jurídico: N/A

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11092 21578 AQUABIÓSFERA S.A.S 900622284-9 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 19:35El proponente presenta aclaraciones a la evaluación económica y técnica, y envía anexos.

Técnico: Aclaración 1. El objetivo general del proyecto es “desarrollar un sistema de información que organice y facilite el proceso de seguimiento de proyectos, objeto de licenciamiento por parte de la Autoridad Ambiental, consolidando los procesos de toma de datos y la presentación de informes por parte de las empresas ejecutoras”. La metodología propuesta por los autores (RUP - Rational Unified Process) busca mediante un proceso estandarizado dar cumplimiento a un objetivo general, sin embargo, los objetivos específicos definen el camino y los pasos precisos para alcanzar ese objetivo general. Ahora bien, el objetivo de la convocatoria es buscar el fortalecimiento de los procesos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el sector productivo colombiano, cuyos resultados incidan sobre los niveles de productividad y competitividad del mismo. Por lo anterior, y teniendo en cuenta tanto los objetivos de la propuesta como los objetivos de la convocatoria, no hay una evidencia de cómo se van a lograr los siguientes aspectos del objetivo general: organizar y facilitar el proceso de seguimiento de proyectos y, consolidar los procesos de toma de datos y la presentación de informes. Los elementos descritos anteriormente se pueden asociar al objetivo clave de la convocatoria: mejorar la productividad y la competitividad. Sin embargo, en la propuesta no es explicito el ¿Cómo? y el ¿Qué? Se espera obtener con el desarrollo de la herramienta. Desarrollar la herramienta no garantiza el éxito del proyecto, el proyecto debe buscar la mejorar de la productividad competitividad de los procesos definidos y no es evidente este logro del proyecto. Es claro que los objetivos y la metodología son coherentes y se puede evidenciar el cumplimiento de los mismos dentro de la metodología. La debilidad de la propuesta radica en la ausencia de metas o indicadores que permitan en este caso, definir para los procesos que se demoraban 6 meses (recopilación de los datos requeridos), entre 3 y 4 meses (la consolidación de los datos en los estándares establecidos) en qué porcentaje se van a disminuir o mejorar, es decir, el proponente habla de reducir los tiempos de esos procesos, pero no describe con la implantación de la herramienta en cuánto, y tampoco expresa cómo. Respecto al segundo aspecto, la estructura de la propuesta es válida y cumple con lo solicitado en la convocatoria, por consiguiente, la debilidad no es la estructura sino el enfoque planteado por los autores, debido a que se orientan solo en la construcción del aplicativo software, dejando de lado del alcance de la convocatoria cuyo objetivo primario es la competitividad y la productividad. Aclaración 2. Los productos planteados en cada fase son coherentes con los objetivos propuestos y la metodología seleccionada, ese punto no se ha cuestionado, no obstante, ninguno de esos productos evidencia cómo se va medir la efectividad del uso de la herramienta a construir. El objeto principal podría ser mejorar la productividad y la competitividad mediante la implantación de la herramienta software, definiendo exactamente cuál sería ese logro tras la implantación de los resultados del proyecto. Nuevamente, la construcción de la herramienta no garantiza que el proyecto cumpla con los objetivos de la convocatoria. Se ratifica el concepto de no viabilidad. Económico: Teniendo en cuenta las observaciones radicadas por el proponente se ajusta la evaluaciòn econòmica con respecto al Capital de Trabajo.En cuanto a la descripciòn del rubro de Publicaciòn de resultados, tambièn se acepta la ampliaciòn de la informaciòn y se modifica el concepto en el formato de Evaluaciòn.Por otra parte, se mantienen los demàs conceptos contenidos en la Evaluaciòn inicial que indica que la propuesta NO CUMPLE, dado que se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias Jurídico: N/A

234 21581 GRUPO QUIROMAR SAS 830055605 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 21:14El proponente Grupo Quiromar SAS remite observaciones a la verificación técnica.

Técnico: Concepto técnico: No viable. El proyecto solicita financiamiento para contratar a un tercero, el cual se encargará de realizar la actividad más importante del proyecto, sin embargo, no presenta información sobre el mismo, su experiencia y el personal que realizará la actividad. En cuanto a la información registrada en el aplicativo, la metodología que se presenta hace suponer que se elaboró más desde el punto de vista de la entidad encargada de realizar componentes técnicos del proyecto, por lo cual, no son claros los procesos en qué se va actuar, los resultados (entregables) que se van a producir, y adolece de indicadores para verificar lo que se propone en el proyecto. Económico: N/A Jurídico: N/A

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12253 21582 DIDÁCTICA Y SISTEMAS SAS 900433013-9 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 19:39. Agradecemos su consideración para que sea revalorado el concepto de viabilidad técnica, y seguidamente el proponente presenta los argumentos técnicos.

Técnico: El objetivo general es adecuado sin embargo, los objetivos específicos poco aportan al objetivo general planteado y están expresados más en términos de actividades, por tanto, en el ítem 1.2 la calificación subió de 2,5 a 3,5. La información expuesta en el SIGP permite esclarecer el incremento de las competencias técnicas especializadas a través de la herramienta que se propone desarrollar. Siguiendo sus observaciones y analizando la información registrada en el SIGP, nuevamente se percibe que los productos planteados difieren del objetivo general, por lo que la asignación de puntaje en estos aspectos se mantiene. Puntaje final: 68,5 Económico: N/A Jurídico: NO CUMPLESe verifica la información y documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN contemplado en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). p) Cuando el (los) ejecutor (ejecutores) del proyecto no aporte (n) recursos de contrapartida, o no lo hagan en los términos establecidos por el Acuerdo 16 de 2012). r) Cuando el objetivo del proyecto radicado no tenga relación con el objeto social (Certificado de Existencia y Representación legal, o el documento equivalente) de el (los) ejecutor (ejecutores).Las empresas coejecutoras no enviaron informacion para la verificacion de documentos juridicos de acuerdo a lo sollicitado en el pliego definitivo de la convocatoria

2862 21584 ADM S.A.S 830081947-7 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 21:04Se presentan aclaraciones y observaciones al concepto técnico.

Técnico: Tras la revisión, el concepto es no viable. El proyecto para el desarrollo de un modelo organizacional es un trabajo de reingeniería que debe iniciar siempre desde la alta dirección. Los resultados que se proponen, son los mínimos que deben tener las empresas para garantizar su funcionamiento aplicando teorías tradicionales. Se refleja poca información sobre cuales estrategias ayudan a conseguir la competitividad, así como de los perfiles y el personal necesario para tener éxito en el planteamiento y puesta en marcha de este tipo de proyectos, que realmente posicionen a la empresa con los productos y servicios que prestan. No se evidencia un desarrollo de nuevos productos o procesos. En síntesis, en la actualidad la implementación de los sistemas de Gestión de Calidad Total hacia la mejora de la competitividad hace parte de las funciones sustantivas; adicionalmente, no es lo mismo querer mejorar la competitividad, para la cual se pueden plantear diversos objetivos y estrategias, que querer simplemente adaptar e implementar un modelo organizacional que ya es una escogencia puntual donde la empresa a futuro vea reflejada su razón de ser. Económico: N/A Jurídico: N/A

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12675 21596 CONECTARTV SAS 8030134971-3 Bogotá D.C. Centro Oriente

8 de septiembre de 2016, 11:54Envían los siguientes documentos:Balance general firmado por contador público que incluya activos y pasivos corrientes.Certificado de pago de parafiscales del último semestre firmado por el Revisor FiscalActa con fecha anterior a Mayo del 2016 en la cual la Junta Directiva o el máximo organismo de gobierno de la empresa, faculta al gerente para contratar por valor superior al valor del proyecto Diligenciar y enviar Anexo 2Enviar nuevamente Anexo 7 y copia de la guía de envió

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta presentada CUMPLE dado que Los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: NO CUMPLE: De acuerdo con el recurso y la presentación de los documentos:1. La autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta, mediante acta No 33 del 13 de abril del 2015 autoriza al representante legal para que presente documentos de cesion de derechos economicos derivados del contrato 4600014540 . entre conectar TV S.A.S y la empresa de telecomunicaiones de Bogota S.A E.S.P delegacion que no tiene relacion alguna con el valor total de propuesta (anexo 1) asciende a un valor total de $377,136,700,002. Presento la concertación del plan de transferencia al SENA, sin tener visto bueno del Líder SENNOVA.

1007 21604 COLGOMAS S.A.S 900176789 Bogotá D.C. Centro Oriente Observación jurídica

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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11392 21605 OPCIONES Y FORMAS SAS 8301268782 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 23:56El proponente envía observaciones a la evaluación técnica y adjunta Anexo 8

Técnico: Los objetivos específicos expuestos, en una porción importante, están descritos a modo de metas. Al respecto, se resalta que en el Anexo 10, se hace referencia por parte de los pliegos de la convocatoria, que la formulación de la propuesta estaba basada sobre la estructura del marco lógico. Asimismo, se detallan definiciones que el proponente pudo consultar para mejorar la formulación. En este sentido, se vio como debilidad del proyecto la formulación de los objetivos específicos. La información registrada en el SIGP y sus correspondientes anexos (iniciales) no permiten dimensionar de manera clara la articulación visible con el mercado. Frente al criterio “medida en que los resultados y productos permiten verificar el logro de los objetivos”, la re-evaluación consideró que aunque se presentan un total de 16 productos intermedios y finales, solo 5 corresponden a fases que tiene relación directa con el diseño, desarrollo y validación del prototipo. Como limitante se refiere que el contexto del proyecto no permite establecer cuál es el escalamiento del prototipo deseado. La observación asociada con el establecimiento de instrumentos y herramientas para asegurar la apropiación de conocimiento, no descalifica lo establecido en el proyecto; en tanto, se refiere qué aunque se mencionan actividades asociadas con la presentación de informes y documentos, no se detalla el alcance de los mismos. Esta condición se consideró un riesgo por parte de la evaluación, en tanto el objeto central del proyecto se refiere será subcontratado por un tercero y si no se asegura la definición de instrumentos adecuados de apropiación, posiblemente no se generarán nuevas capacidades al interior de la empresa y existirán situaciones que no se puedan manejar tras el desarrollo de la ejecución. Asociado con la evaluación del componente de presupuesto, a continuación, se expone de manera completa la observación: “Aunque la construcción del presupuesto obedece a la identificación de los recursos requeridos para desarrollar as fases de diseño, construcción y validación del prototipo; no se precisa cuál será el tamaño del escalamiento del prototipo; con lo cual no es posible validar que la dimensión de recursos por valor de $266 millones sea eficiente. En esa medida no resulta posible alinear la dimensión de estos recursos, frente al argumento que soporta la justificación del proyecto, cuando se indica es más barato hacer la máquina en el país que importarla. De la manera como se presenta la información no es posible dimensionar cuál puede ser la demanda de recursos para la producción de la máquina, teniendo en cuenta que el diseño de un primer prototipo corresponde a $266 millones. Aunque los recursos identificados, se considera son los necesarios para dar respuesta al objetivo que se propone, algunas actividades pueden estar sobredimensionadas en tiempo (duración), lo cual obligatoriamente impacta en la demanda de recursos. Así mismo, para otros como es el caso de los recursos asociados con el pago del componente de diseño; no queda claro a nivel metodológico cuál es la robustez de lo que se pretende, para que los recursos que se deban pagar a un tercero del equipo ejecutor externo al proponente correspondan a $158 millones (59% de los recursos del proyecto)”. Tras una re-evaluación, al proyecto le fue asignado la misma puntuación global. Económico: N/A Jurídico: N/A

10040 21610 SMART GREEN COLOMBIA S.A.S. 900478195-4 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 15:41El proponente manifiesta aclaraciones acerca de la evaluación económica y remite documento PDF Estados Financieros.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones presentadas y una vez realizada la correspondiente verificaciòn, se ajusta evaluaciòn ecocòmica en cuanto al indicador de Capital de trabajo requerido en la convocatoria.Asi mismo, el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en cuanto a las descripciones ligadas a los rubros Pago de servicios tecnològicos y Adquisiciòn de equipos y software. Jurídico: N/A

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7615 21625 SMART TAXI SAS 900674840 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 18:22El proponente presenta argumentos para cada criterio de evaluación técnica, dado que no tienen claridad de por qué sacaron 71 puntos.

Técnico: Se anexa la descripción de la evaluación técnica: El título del proyecto es conciso y da una impresión general del proyecto. La descripción del problema es precisa e intenta exponer las falencias de los productos existentes en el mercado., sin embargo, no se presenta información relevante que los respalde. La justificación es adecuada pero carece de literatura y estadísticas. El estado del arte del ambigüo. Sin embargo, el objetivo general y específicos son congruentes entre sí la metodología permite seguir el cómo se dará cumplimiento a los objetivos planteados. El propuesta se enmarca dentro de los intereses de la política nacional de apoyo a las TICs y de la legislación actual existente. El proyecto propende por el desarrollo de una herramienta con algunas mejoras a las existentes en el mercado y propende por una adecuada articulación potencial con el mercado. Asimismo, propende por generación de nuevas fuentes de trabajo. Los resultados y productos expuestos están en línea con el logro de los objetivos del proyecto. Asimismo, incluye estrategias que permite la apropiación real de los resultados. Se percibe cierta racionalidad en los costos del proyecto pero, en lo referente al personal técnico especializado al no contar con todos los perfiles se dificulta el análisis de los costos. El proyecto no incluye todos los perfiles del equipo técnico necesario para su desarrollo. Se procedió a la re-evaluación técnica y el puntaje asignado permanece.Económico: N/A Jurídico: N/A

6555 21630 ESPIRAL UNIVERSAL 900220057 Bogotá D.C. Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 11:44La empresa envía observaciones económicas y técnicas. También solicitan revisar los estados financieros.

Técnico: No cabe duda que el proponente muestra cierto nivel de experiencia en el sector. Sin embargo, existe amplia información a nivel mundial que podría ayudar a soportar mejor el problema y la justificación. En cuanto a la metodología, se reitera que es muy reducida y poco permite identificar el cómo se abordará el desarrollo de los objetivos propuestos. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se indica que el Numeral 12 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I (FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS) en su literal f) Contrapartidas del Conviniente.."De acuerdo con el artículo décimo sexto del Acuerdo 16 de 2012, “Podrá ser costeado exclusivamente con recursos de contrapartida los siguientes rubros, siempre y cuando tengan una identificación directa con el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto: ..... 2. Adquisición de equipos y de software necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, los cuales deberán identificarse directamente con la naturaleza del mismo..” Adicionalmente, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. "Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la clasificaciòn de los rubros aceptados con recursos ùnicamente como contrapartida.Tambièn se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo, pues para el càlculo se toma la informaciòn registrada en los Estados Financieros suscritos a 31 de diciembre de 2015. Jurídico: N/A

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874 21635 AXIOMÁTICA SOLUCIONES TECNOLÓGICAS SAS 900465670-5 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 14:44La empresa remite un oficio con observaciones acerca de la evaluación económica

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Adicionalmente, el documento "Preguntas Frecuentes" publicado en la convocatoria en mencion aclara al respecto (pàgina 13): "El rubro “Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados” reúne el conjunto de recurso humano requerido para la obtención de los resultados y productos del proyecto. En este sentido, se sugiere que el apoyo o asesoría en definición de aspectos relacionados con la propiedad intelectual sean incluidos en dicho rubro, y los costos y actividades propias del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio se incluyan en el rubro “Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Gastos de Patentamiento. Jurídico: N/A

1152 21639 TOTTO - NALSANI S.A.S 800.020.706-9 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 15:54La empresa proponente remite "Anexo 7 con las firmas del líder SENNOVA y representante legal."

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: NO CUMPLE :Se verifica la información y no aporto lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.El documento enviado Acta No 698 no presenta la firma del presidente dela junta directiva (NASANI SAS ) , Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal c) Cuando no se cumpla los requisitos definidos en los numerales 9, 10 y 11 del capítulo II (“Requisitos mínimos de participación”, “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por un solo ejecutor” y “Requisitos de participación para radicación de proyectos presentados por dos o más ejecutores”). Numeral 10 inciso g) Concertar el plan de transferencia al SENA, a través del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA, acorde con la tecnología medular de éste, para lo cual se diligenciará el Anexo 7, el cual debe estar suscrito por el proponente y tener visto bueno del Líder SENNOVA; el visto bueno puede ser otorgado por correo electrónico. Lo anterior determina la causal de rechazo contemplada Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal s) Cuando el plan de transferencia suscrito por el proponente no cuente con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA.

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864 21648 INFORMATION TECNOLOGY CONSULTING LTDA 830095313-9 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 14:04La empresa manifiesta que el Anexo 7 fue enviado en físico, con la firma del líder Sennova

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones remitidas y una vez revisado punto por punto, se reitera el concepto emitido en la evaluaciòn econòmica del proyecto, a continuaciòn se describe cada una de ellas:No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena. Se solicitò la remisiòn de estados financieros discriminados para establecer el Capital de trabajo,esta informaciòn no fue recibida, por lo tanto no se pudo establecer dicho valor requisito establecido por los tèrminos de referencia de la convocatoria.Dentro del rubro Adqquisiciòn de equipos y software se incluyen $251.000.000 con recursos de cofinanciaciòn para desarrollo Sistema de gestión de datos en AS/400, Desarrollo sistema de facturación electrónica en nuevas tecnologías y Desarrollo sistema integrador de plataformas.Este rubro ùnicamente se puede incluir como contrapartida, dentro de la propuesta. Jurídico: NO CUMPLE :De acuerdo con el recurso y la presentacion de los documentos falto anexar lo solicitado en el Numeral 6 de la subsanacion :1. Se solicitó el anexo 7 con el visto bueno del líder SENNOVA (Fue presentado sin las respectivas firmas y validacion del lider).

1035 21654 PROGEN - PRODUCCIONES GENERALES 860016310-9 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 8:04La empresa manifiesta error de digitación en el presupuesto y "adjunta documentos para dar aclaración a temas relacionados con respecto a: Transferecia Tecnologia al SENA y Financiacón por parte del SENA al proyecto."

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones presentada y una vez realizada laverificaciòn correspondiente, se reitera el concepto econòmico remitido en el proceso inicial de la revisiòn que indica que la propuesta presentada NO CUMPLE puesto que la información presentada en el SIGP muestra que todo el proyecto será ejecutado con recursos de contrapartida, es decir,que no se estàn relacionando los recursos que se solicitarìan como cofinanciaciòn por parte del Sena.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasLa transferencia de tecnología al Sena concertada no concuerda a la registrada en el SIGP, teniendo en cuenta el SIGP los montos destinados para la transferencia de tecnología al Sena no cumplen con lo establecido en los términos de referencia de la convocatoria. (mìnimo 3% del total del proyecto) Jurídico: N/A

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995 21671 CENTRO DE INNOVACIÓN LTDA. 900205845-2 Bogotá D.C. Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 16:17El proponente manifiesta "Nosotros enviamos la corrección del formulario el día: Viernes 19 de agosto a las 3:51pm, firmado por el representante legal y se envió firmado por el lider SENNOVA el día Jueves 25 de agosto a las 8:42am... ...Quisiéramos validar que se hizo la recepción del documento corregido." También menciona una aclaración del rubro de "Costo de personal no calificado"

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP.Jurídico: N/A

11115 21699 COASPHARMA S.A.S 9002971538 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 23:24El proponente envía observaciones a la evaluación técnica y envía Anexo 8.

Técnico: Los objetivos específicos del proyecto están descritos más a modo de metas lo que se percibe como debilidad técnica en su formulación; por ejemplo, obtención del certificado de producto BPM para el nuevo producto, incrementos en la producción aproximadamente de un 10%, aumento en las ventas del 10% y otros. En el SIGP no se describen los perfiles de las personas que harán parte del equipo técnico aunque en el anexo 6 se describen los perfiles de 3 personas. Sin embargo, en el presupuesto se habla de “Consultor experto en el desarrollo del nuevo producto” con perfil no definido muy diferente a “Honorarios del profesional en el desarrollo del nuevo producto” que si está definido en el proyecto. Lo mismo sucede con “Operarios de laboratorio”. Económico: N/A Jurídico: N/A

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636 21709 COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE INTEGRACIÓN S.A. 830056149-0 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 17:23El proponente remite aclaraciones de tipo económico y adjunta dos documentos.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal no calificado. Cabe aclarar que los valores registrados en el SIGP no se pueden modificar, ni suprimir como indican sus observaciones, para la presente evaluaciòn se toman los datos y descripciones plasmadas en el mismo. Jurídico: N/A

9875 21715 NÓMADA CAMPING 830031518-7 Bogotá D.C. Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 17:05El proponente remite aclaraciones acerca del Anexo 7

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta presentada Cumple puesto que los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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11112 21718CONSEJO NACIONAL DE LA CALIDAD DE LA LECHE Y PREVENCION DE LA MASTITIS

8300643903 Bogotá D.C. Centro OrienteEl 7 de septiembre de 2016, 12:09 el proponente envía correo con asunto "RV: DERECHO DE PETICIÓN Proyecto ID No. 11112 – SIGP No. 21718" solicitando aclaraciones sobre el concepto económico NO CUMPLE.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se indica que el Numeral 12 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I (FINANCIACIÒN DE LOS PROYECTOS) en su literal f) Contrapartidas del Conviniente.."....Este aporte podrá estar representado en dinero y en especie, caso en el cual el aporte en dinero será mínimo del cincuenta por ciento (50%) del valor total del aporte de contrapartida, por lo que, para la determinación de ese porcentaje, el aporte de contrapartida en especie debe ser valorado monetariamente. ” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE, teniendo en cuenta que del total de contrapartida, se presupuestò el 48% en dinero.Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. ". Una vez revisada la informaciòn contable a 31 de diciembre de 2015, remitido en la subsanaciòn se observa que el Activo corriente equivale a $21.545.762,56 y el Pasivo Corriente a $66.526.781,03 lo que nos genera un Capital de trabajo negativo de($44.981.018) lo que evidencia que no se cumple la condiciòn establecida en los tèrminos de referencia de la convocatoria.Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo. Jurídico: N/A

13081 21725 AMBERES CONSULTING SAS 900696252 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 12:24El proponente sostiene que los documentos fueron enviados y presenta observación a la evaluación técnica.

Técnico: El concepto de la evaluación técnica permanece como no viable. Económico: N/A Jurídico: NO CUMPLE:Se verifica la información y no aporto lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.1. “De acuerdo al capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA, numeral 3 VERIFICACIÓN DE REQUIESITOS MINIMOS contemplado en el literal b) el cual se establece que se debe presentar “Certificado suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal en el que certifique que actualmente la entidad no se encuentra en liquidación, régimen de insolvencia y tampoco se encuentra embargada e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años. (Anexo 5) “por tal razón se le solicita allegar en el plazo establecido el Certificado suscrito por Contador Público o revisor Fiscal. e indique los valores por ingresos operacionales en los últimos dos años”.La información relacionada en Anexo 5 es errada, no corresponde a los valores relacionados en los estados financieros que induce a un análisis de error estableciendo la causal contemplada en el Capítulo III PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA numeral 6 VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, contempladas en el inciso e) causales de rechazo: Será rechazada la propuesta cuando se presente una de las siguientes causales: Literal i) Cuando se presente información errónea, inexacta o inconsistente suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser subsanada.

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912 21747 EDITORIAL KUEPA S.A.S. 900241770-1 Bogotá D.C. Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 16:22El proponente remite documentos en PDF y afirma que se enviaron las aclaraciones solicitadas el día 19 de agosto.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que se ratifica el concepto que indica que indica que No cumple con lo indicado en el artículo décimo cuarto numeral 12 del Acuerdo No 16 que establece que el Sena podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor del rubro de transferencia de tecnología al Sena.Adicionalmente, No cumple puesto que el presupuesto de la transferencia de tecnologia al Sena no coincide con la información reportada en el SIGP. Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias: La informaciòn reportada en el SIGP indica que el rubro de Transferencia de Tecnologìa al Sena està discriminado de la siguiente manera: Sena $26.487.012; Especie $819.200 y Efectivo $16.856.280 para un total en el rubro de $44.162.492. Asì mismo, el Anexo 7 presentado con las observaciones presenta el rubro de la siguiente manera: Sena $26.487.000; Esecie $14.932.832 y Efectivo $16.856.280 con un total del rubro de $58.276.112. Lo anterior evidencia que existen diferencias entre la informaciòn registrada en el SIGP y el anexo 7 remitido. Los PLIEGOS DEFINITIVOS en el numeral 7. RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA literal c ) Transferencia tecnológica al SENA establece "...El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP". Cabe aclarar que no es posible ajustar la informaciòn reportada en el SIGP. Jurídico: CUMPLESe verifica la informacion y el documento aportado con lo requerido en los terminos de referencia de la convocatoria.

12063 21838 FRUTAR S.A.S. 900617489 Boyacá Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 21:45 "Adjunto envío el plan de transferencia al sena por parte de nuestra empresa"

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observacinoes remitidas y una vez realizada la respectiva verificaciòn, se aclara que se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias: La informaciòn reportada en el SIGP indica que el rubro de Transferencia de Tecnologìa al Sena està discriminado de la siguiente manera: Sena $15.000.000 y Efectivo $15.000.000 . Asì mismo, el Anexo 7 presentado con las observaciones presenta el rubro de la siguiente manera: Sena $22.500.000 y Efectivo $7.500.000, lo anterior evidencia que existen diferencias entre la informaciòn registrada en el SIGP y el anexo 7 remitido. Por lo anterior se ratifica que el proyecto NO CUMPLE lo establecido en los Pliegos definitivos, especìficamente a lo relacionado con el rubro Plan de transferencia al Sena. Jurídico: CUMPLE :Se verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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1206 21113 CAMARA DE COMERCIO DE DUITAMA 891855025-6 Boyacá Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 14:50Solicitan se revise la situación y se realice una evaluación más objetiva y sujeta a los Términos de Referencia en que se enmarca la propuesta y que ustedes definieron para dicho propósito.

Técnico: El concepto remitido al proponente y los demás conceptos que se dieron con base en los criterios en el formato de evaluación, se emitieron teniendo en cuenta la siguiente orientación tomada del formato de formulación: “Planteamiento del problema: La presente propuesta, tiene como propósito crear una unidad de servicios en la Cámara de Comercio de Duitama que permita generar nuevos ingresos, mejorar su imagen en la Región, a la vez que fortalece a los sectores manufactureros metalmecánico, carrocero y autopartista del Departamento a través de la Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva, para el monitoreo, análisis y venta de información confiable y oportuna como aporte al mejoramiento de la competitividad de la oferta de éstas empresas de la región”. “Objetivo general: Crear una unidad de servicios en la Cámara de Comercio de Duitama que permita generar nuevos ingresos, mejorar su imagen en la región, a la vez que fortalece a los sectores manufactureros metalmecánico, carrocero y autopartista del Departamento a través de la Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva, para el monitoreo, análisis y venta de información confiable y oportuna como aporte al mejoramiento de la productividad y la competitividad de la oferta de estas empresas de la región”. El diseño, implementación, operación y sostenibilidad de la unidad en la organización proponente, fueron evaluados de acuerdo con los criterios propuestos por el SENA, entendiendo que el proponente va a recibir una transferencia tecnológica de una entidad o empresa experta (que no se menciona ni de la cual se comenta sobre experiencia y calificaciones) y por la cual va a pagar el proyecto. Know-how que se quedará en el proponente y será transferido posteriormente o simultáneamente al SENA (centros de la región). El concepto técnico es No viable, Debe estudiarse mejor el mercado de consultoría entre las empresas de la región. El equipo del proyecto y la unidad que se instale en la CCBoyaca debe contar con especialistas técnicos en los sectores que deben atenderse, para poder analizar la información encontrada en la inteligencia comercial y la vigilancia tecnológica. La auto-sostenibilidad del servicio no puede garantizarse sin existir un estimado real de mercado y de los requerimientos de este tipo de servicio por parte de los clientes futuros. El equipo de proyecto es apropiado para la gerencia del mismo, pero deben definirse especialistas para el sector que quiere intervenirse. Económico: N/A Jurídico: N/A

13255 21756 PROYECSOFT 900595506 Boyacá Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 20:08El proponente remite anexos con respecto a las aclaraciones remitidas anteriormente, también solicita considerar aumentar el puntaje en la calificación técnica.

Técnico: No es procedente incrementar el puntaje de la evaluación técnica ya que esta se hace con base en la información registrada en el SIGP. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Pago de servicios tecnològicos, que plantea la contrataciòn de Empresa especializada en Mercadeo que apoya el levantamiento de requerimientos funcionales con un equipo experto y Una empresa especializada en automatización e integración realiza el levantamiento de requerimientos no funcionales, descripciòn que no se ajusta a la naturaleza del rubro. Jurídico: NO CUMPLE:De acuerdo con el recurso y la presentación de los documentos (Numersal 2 solicitud de subsanación) el presidente de la compañía quien firma el documento solicitado, expedido por órgano directivo que faculta al representante legal para contratar, no aparece en la cámara de comercio presentada , ademas el representante legal no aparece con número de identificación dentro del registro de la camara de comercio.

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1214 21835 HELIOTERMICA S.A.S. 900155427-1 Boyacá Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 11:18 7 de septiembre de 2016, 11:16El proponente envía mensaje Ref: Inconformidad con resultados preliminares de evaluación, y remite documentos en PDF

Técnico: Ante la observación “La debilidad principal (del proyecto) consiste en la conformación de un equipo de trabajo donde ninguno de los miembros se encuentra vinculado a la empresa para el desarrollo del proyecto, lo cual denota la incapacidad de la empresa proponente para el desarrollo del proyecto”, el proponente manifiesta su inconformidad y solicita la revisión del concepto indicando que HELIOTERMICA es una empresa líder en el tema de energía renovables en Boyacá, que se caracteriza por aportar conocimiento a la región y respaldo científico y académico para el desarrollo de trabajos de investigación de maestría y trabajos de pregrado, que cuenta con personal calificado en las áreas relacionadas con el proyecto, que en los pliegos definitivos de la convocatoria no aparece como requisito que los miembros del equipo de trabajo deben estar vinculados a la empresa y que HELIOTERMICA será la entidad ejecutora del proyecto. No obstante, se indica al proponente que la evaluación de la pertinencia del equipo de trabajo se basa exclusivamente en la información suministrada en el aplicativo para la formulación del proyecto, independientemente de la trayectoria y capacidad tecnología y de capital humano que pueda tenerse. Asimismo, que la verificación de la idoneidad del personal seleccionado por la empresa para el desarrollo del proyecto, y no solo la definición de perfiles, es un aspecto fundamental de la evaluación, ya que ello permite inferir sobre las reales posibilidades de éxito que tendría el proyecto si es seleccionado. En tal virtud, la ausencia de información sobre personal específico se interpretó como una debilidad. Por último, se indica que la información del personal relacionada en el recurso debió haber sido registrada en el aplicativo, especialmente para los perfiles de Coordinador del Proyecto y Profesionales. Económico: N/A Jurídico: N/A

10611 21722 COMERCIALIZADORA BOYACENSE R Y G LTDA 900297127 Boyacá Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 21:337 de septiembre de 2016, 21:37El proponente envía correos y adjunta oficio de observaciones y Anexo No 6 de la Convocatoria "presentaciòn personal del proyecto".

Técnico: En el SIGP no se incluyó la descripción de los perfiles del personal técnico. Desde el anexo 6 se dificulta la conexión del personal técnico con los rubros estipulados en el proyecto ya que describe de manera genérica “Costo Personal Técnico Especializado” sin hacer mención en detalle al perfil de cada integrante del equipo técnico. Con base en la información registrada en el SIGP el desarrollo del objetivo 3 se percibe como debilidad derivada de su planteamiento y poca descripción del desarrollo de este en la etapa metodológica. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Publicaciòn de resultados, Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no es subsanable. Jurídico: N/A

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10949 21643 ISOURCE LTDA 900278981 Boyacá Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 15:24El proponente manifiesta que "el causal de rechazo de la propuesta obedece a documentación faltante y dicha información fue enviada oportunamente vía correo electrónico y a través de mensajería Servientrega." También manifiesta que envía de nuevo la documentación, pero ésta no viene adjunta en el correo.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. ". Una vez revisado el Balance General al 31 de diciembre de 2015, remitido en la propuesta se observa que el Activo corriente equivale a $24.187.556 y el Pasivo Corriente a $1.436.454 lo que nos genera un Capital de trabajo de $22.751.102. Dado que la contrapartida en efectivo a aportar por el proponente asciende a la suma de $30.196.397, se evidencia que no se cumple la condiciòn establecida en los tèrminos de referencia de la convocatoria.Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo, pues para el càlculo se toma la informaciòn registrada en los Estados Financieros suscritos a 31 de diciembre de 2015. (Enviados en la propuesta radicada inicialmente). Jurídico: NO CUMPLE:De acuerdo con el recurso y la presentación del documento de autorización del órgano directivo suscrito con antelación al cierre de la propuesta fue enviado y autorizado para que el representante legal lo suscriba por un menor valor . Teniendo en cuenta el valor total de propuesta (anexo 1) asciende a un valor total de $166.182.942 y el documento enviado autorizado por el órgano directivo (Acta No 3) avalo la suma de $ 43.000.000 es improcedente su cumplimiento.

11117 21732 LADRILLOS EL SOL S.A.S 900399098 Boyacá Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 11:31 El proponente envía el mensaje "Solicitud de aclaración, envíe los documentos solicitados"

Técnico: N/A Económico: Una vez revisados y verificados los documentos de la propuesta, se encontró que la propuesta presentada NO CUMPLE teniendo en cuenta que el presupuesto del Plan de transferencia concertado (ANEXO 7) no concuerda con lo plasmado en el SIGP. Se solicitò ajuste para subsanar inconsistencias pero a la fecha de cierre de la evaluaciòn no se habia recibido dicha informaciòn. Jurídico: NO CUMPLE:De acuerdo con el recurso no presento la certificacion solicitada si es aportante de parafiscales al SENA demostrar que no está obligado a hacerlo, mediante certificación suscrita por el Revisor Fiscal, en caso de no estar obligado a contar con revisoría fiscal por Representante Legal.

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10047 21731INCUBADORA DE EMPRESAS DEL ORIENTE - INCUBAR BOYACA

820004735 Boyacá Centro Oriente Observación técnico y económica

Técnico: Se propone el desarrollo de un servicio a los emprendedores a partir de un diagnóstico de la situación del emprendimiento en la región. En este sentido, la metodología no es suficientemente clara en cómo se logra el fortalecimiento y la aceleración de los emprendimientos y no es claro cómo ésta propuesta puede mejorar la productividad de las empresas o emprendimientos que serán sus clientes. El servicio propuesto pone énfasis en la capacitación y la asesoría a emprendedores, y pretende la articulación de la academia y otros actores para apoyarlos. Ante esto, se esperaría que en la propuesta se hubiese incluido referentes internacionales sobre cómo el apoyo de diversos actores podrían respaldar la propuesta. Asimismo se resalta que una propuesta centrada en la incubación o en la aceleración de empresas puede ser innovadora en la región, pero debe formularse sobre otras bases de método y otros referentes que vayan más allá de la capacitación y la asesoría. Se ratifica el concepto técnico de No viable. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente al rubro Costo de personal no calificado. Jurídico: N/A

1670 21752 COMPAÑIA INTEGRAL DE ALIMENTOS SAS 820001688_6 Boyacá Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 19:42. La empresa presenta observaciones frente a las verificaciones jurídica, económica y técnica. El correo con la solicitud anterior (17/08/2016 8:04 p.m) se fue a SPAM, pero afirman que la información se envió el día 20 de agosto, y la reenvían en este correo. Mencionan folios 5 y 6 documentos jurídicos, 6 al 9 documentos económicos, y para la evaluación técnica: mencionan el Anexo 8 (folios 52 al 54), los folios 46 y 47, y explican que a lo que apunta el proyecto es a tecnificar e industrializar la producción del almidón de papa, lo cual representará un incremento en su calidad, en la calidad de los productos fabricados por CIAL S.A.S., garantizando el liderazgo en costos, permitiendo la diversificación del portafolio de los productos de la compañía tanto en cárnicos (línea Premium de embutidos) como en los subproductos generados (abono orgánico y concentrado para animales).

Técnico: Al re-evaluar el componente de planteamiento del problema y justificación, se evidencia un aumento en su evaluación por cuento el proponente describe de manera adecuada el problema. El puntaje de la propuesta técnica aumentó a 64. En cuanto a los criterios de innovación, la industrialización en la obtención del almidón de papa desde los procesos artesanales actuales imperantes, no supone un componente altamente innovador. La capacidad del equipo técnico, al menos en la parte administrativa se percibe sobre-dimensionado ya que tres de ellos se describen como responsables en el área de la formulación de la propuesta. Dentro de los costos del proyecto en el rubro Costo de Personal Técnico Especializado se referencia un Ingeniero de Alimentos cuya descripción de perfil no se adjunta. Económico: Teniendo en cuenta las observaciones recibidas, se ajusta evaluaciòn econòmica dado que los documentos remitidos permiten subsanar la informaciòn que se habia reportado como faltante en cuanto a la discriminaciòn de activo corriente y pasivo corriente para càlculo de Capital de Trabajo.El Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se considera que la propuesta NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especificamente en el rubro Pago de servicios tecnològicos que incluye Ingeniero civil, Ingeniero Ambiental.Estos conceptos se deben incluir dentro del rubro Cosro de personal tècnico especializado y en el rubro Arrendamiento de equipo incluye Pruebas de laboratorio , estas se deben clasificar dentro del rubro Pago de servicios tecnològicos., Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no es subsanable. Jurídico: CUMPLESe verifica la informacion y el documento aportado con lo requerido en los terminos de referencia de la convocatoria.

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553 21843 AGRODER SAS 900203313-7 Boyacá Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 17:25El proponente remite anexo con aclaraciones de tipo económico.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se corrige el concepto en cuanto al uso de "tractor" en el desarrollo del proyecto, sin embargo, se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn del rubro Adquisicion de equipos incluidos en el SIGP. Adicionalmente, el anexo 7 remitido como subsanaciòn no està debidamente firmado por el Lider SENNOVA, lo que corresponde a CAUSAL DE RECHAZO. Jurídico: N/A

10714 21475 ADVECTOR SAS 900072284-8 Cundinamarca Centro Oriente8 de septiembre de 2016, 12:36El proponente manifiesta que se cometió un error relacionado con los estados financieros, por lo cual adjunta el PyG con el error subsanado.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 3. Se verificará la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos ejecutores, del proyecto mediante la siguiente razón financiera: =(Activo corriente−Pasivo corriente) Este indicador debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada. "Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto al Capital de Trabajo, pues para el càlculo se toma la informaciòn registrada en los Estados Financieros suscritos a 31 de diciembre de 2015. (Enviados en la propuesta radicada inicialmente). Jurídico: N/A

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12690 21408 BIOQUIMAT LTDA 830007364-9 Cundinamarca Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 18:05La empresa envía aclaraciones acerca de la verificación económica y remite anexos en PDF.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones remitidas por el proponente y una vez realizada la correspondiente verificaciòn, se aclara la evaluaciòn econòmica publicada:No cumple con el porcentaje màximo permitido en el rubro Gastos de administraciòn del proyecto: Teniendo en cuenta que la evaluaciòn tanto tècnica como econòmica se realiza con la informaciòn registrada en el SIGP y que esta no puede ser modificada por ningùn motivo, este porcentaje se calcula de la siguiente manera: Total del rubro Gastos de Administraciòn/Valor total del proyecto= 1.200/7.600 lo que nos indica un porcentaje del rubro del 15,79%, superando el tope permitido para el mismo en los tèrminos de referencia de la convocatoria.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferencias: La informaciòn reportada en el SIGP indica que el rubro de Transferencia de Tecnologìa al Sena està discriminado de la siguiente manera: Sena $228; Especie $85 y Efectivo $187 para un total en el rubro de $500. Asì mismo, el Anexo 7 presentado con las observaciones presenta el rubro de la siguiente manera: Sena $9.450.832; Esecie $3.619.725 y Efectivo $7.010.483 con un total del rubro de $20.081.040. Lo anterior evidencia que existen diferencias entre la informaciòn registrada en el SIGP y el anexo 7 remitido. Los PLIEGOS DEFINITIVOS en el numeral 7. RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA literal c ) Transferencia tecnológica al SENA establece "...El valor total del plan de transferencia consignado en el anexo debe ser el mismo que el reportado en el capítulo de presupuesto en el SIGP, de presentarse alguna diferencia primara el reportado en el SIGP". En general la informaciòn registrada en el SIGP no coincide con la propuesta presentada. Esta observaciòn se refiere a que el presupuesto del proyecto no coincide en relaciòn al valor total reportado por cada rubro y su respectiva discriminaciòn por cada fuente de financiaciòn (Sena y contrapartidas).Por lo anterior se ratifican las observaciones realizadas en el proceso de evaluaciòn econòmica de la propuesta y se ratifica que esta NO CUMPLE con la totalidad de lineamientos plasmados en los Pliegos definitivos de la convocatoria. Jurídico: N/A

1122 21290 DRYCOL S.A.S. 900075225-7 Cundinamarca Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 8:487 de septiembre de 2016, 17:57El proponente remite aclaración económica, y en correo posterior remite información aclaratoria para la evaluación técnica.

Técnico: En el pliego de condiciones, en el numeral 12 financiación de los proyectos, literal g –presiones sobre los rubros se establece que para el rubro Materiales e Insumos debe registrarse en el proyecto el listado detallado agrupado por categorías. Desde el punto de vista técnico la marca es considerada como una herramienta de mercadeo; con base en lo establecido en la convocatoria se limita su financiación. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Adicionalmente, el documento "Preguntas Frecuentes" publicado en la convocatoria en mencion aclara al respecto (pàgina 13): "El rubro “Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados” reúne el conjunto de recurso humano requerido para la obtención de los resultados y productos del proyecto. En este sentido, se sugiere que el apoyo o asesoría en definición de aspectos relacionados con la propiedad intelectual sean incluidos en dicho rubro, y los costos y actividades propias del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio se incluyan en el rubro “Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Gastos de Patentamiento. Jurídico: N/A

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2166 21199 GRUPO GUALI S.A.S 900379163-4 Cundinamarca Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 4:03La empresa sostiene que remite "anexo 7, ya que en el formulario SIGP se encuentra plasmado correctamente."

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta Cumple por cuanto los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: N/A

10485 21412 CCP SAS 900490218-4 Norte de Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 10:34El proponente solicita reconsiderar las calificaciones técnicas obtenidas.

Técnico: En cuanto al puntaje de costos del proyecto, ya fue ajustado (pasó a 9) teniendo en cuenta la justificación de los proponentes. Se evidencia que los costos de materiales e insumos para el sistema de automatización y las adecuaciones civiles, fueron incluidos en adecuación en planta. Puntaje final: 80 Económico: N/A Jurídico: N/A

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2917 21420 SOMOS LA REVISTA 9003727140 Norte de Santander Centro Oriente6 de septiembre de 2016, 18:03La empresa manifiesta "Los documentos solicitados posteriormente a la entrega de la propuesta fueron enviados al mismo correo desde el cual los solicitaron. Les agradezco revisar, por favor."

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones recibidas y una vez realizada la correspondiente verificaciòn, se ratifican las observaciones realizadas dado que los documentos remitidos no permiten subsanar ningùn concepto, por lo anterior se ratifica que la propuesta presentada NO CUMPLE puesto que no se encuentra los estados financieros para evaluar el capital de trabajo requerido para la evaluación económica.Ademàs el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente al rubro Costo de personal tècnico especializado que incluye Relaciones públicas y mercadeo en el desarrollo del producto "Crear Alianzas Estratégicas con Instituciones Públicas, Privadas, Ongs y demás sectores empresariales" Jurídico: NO CUMPLE :De acuerdo con el recurso y la presentacion de los documentos falto anexar lo solicitado en el Numeral 3 de la subsanacion :1. No presento la focotopia de la cedula de ciudadania del Contador o revisor fiscal.2, No presento los estados financieros de los años 2014 y 2015.legibles y debidamente firmados,

7481 21619 SIM INDUSTRIAL LTDA 9001981581 Norte de Santander Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 21:32La empresa proponente presenta observaciones al concepto económico

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."El documento Preguntas Frecuentes publicado por el Sena indica: "En cuanto al rubro “Pago de servicios tecnológicos para la obtención de: modelos, metodologías, pruebas de laboratorio que sean requeridos para el desarrollo y obtención de resultados previstos por el proyecto, de manera cuantificable y verificable, y que estén claramente relacionados y valorados en el proyecto. Su ejecución debe ser realizada por persona jurídica especializada en el servicio tecnológico requerido”, los servicios que allí se contemplan son únicamente los que se indican como adquisición o desarrollo de modelos, metodologías y pruebas de laboratorio, cuyo alcance es determinado de manera particular según la necesidad, objetivos y resultados del proyecto. Se precisa que actividades como el diseño y desarrollo de software no están contempladas para el rubro en mención. Al respecto, de requerirse este tipo de acción, los ejecutores tienen la posibilidad de asignar dicho costo a diferentes rubros que la componen tales como personal, materiales, uso o alquiler de equipos, etc., respetando la fuente que indica el pliego. ..."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP. Jurídico: N/A

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7696 21660INVESTIGACIÓN GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE PROCESOS PRODUCTIVOS AGROSOSTENIBLES SAS

807009494 Norte de Santander Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 17:48 6 de septiembre de 2016, 14:19La empresa se permite solicitar respetuosamente la revisión del documento que envió como aclaración.

Técnico: N/A Económico: Una vez revisados y verificados los documentos de la propuesta, se encontró que NO CUMPLE, el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Al respecto se indica que Dentro del rubro Costo de personal tècnico especializado se incluye administrar el proyectos, soportes contables e informes financieros del proyecto.esta descripciòn corresponde a gastos de administraciòn del proyecto. Jurídico: N/A

11102 21738 TRANSPORTES SANTANDEREANA DE CARGA SAS 8001922151 Norte de Santander Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 14:44El proponente envía aclaraciones al concepto técnico emitidoEn correos de 6 de septiembre de 2016, 14:51y 7 de septiembre de 2016, 13:06 la empresa solicita la evaluación técnica desde un correo no registrado.

Técnico: Concepto: la información suministrada sobre las herramientas y/o estrategias a utilizar para la apropiación de los resultados no fue proporcionada en el documento del proyecto que soportó la evaluación técnica. En cuanto al sustento numérico de la problemática y en cuanto a los indicadores específicos, se acepta la observación realizada por la Empresa Santandereana de Carga S.A.S., por lo cual, se ajustan las calificaciones otorgadas en estos aspectos. Puntaje final: 72 Económico: N/A Jurídico: N/A

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9464 21724 LOMBRINORTE SAS 900696034 Norte de Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 17:44 La empresa remite observaciones técnicas y económicas, y remite pantallazos de evidencia de su participación en Pactos por la innovación

Técnico: En la descripción del problema, la información registrada en el SIGP no permite deducir claramente la forma cómo se dará la solución al problema en términos de productividad y competitividad. Así mismo, la información registrada en el aplicativo no deja suficientemente claro la forma en cómo se podrían reducir los costos de producción. Con relación al mercado internacional, existe una vasta literatura que explora el uso de sellos de calidad en la agroalimentación que no fue referenciada, y que en muchos casos, ponen de manifiesto otras iniciativas de calidad más recompensadas que la misma certificación orgánica. En Colombia, dicha información es limitada y existen pocos estudios como para suponer un mercado en el país. Tras una re-evaluación, la evaluación técnica se mantiene en la valoración asignada. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal tècnico especializado. Jurídico: N/A

10640 21154 MULTINGENIOS MAKARIZA 900137137 4 Santander Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 10:25.7 de septiembre de 2016 10:39 7 de septiembre de 2016, 19:33. 7 de septiembre de 2016, 19:36El proponente remite cuatro correos con un PDF llamado Apelación resultado de evaluación, que contiene observaciones al concepto técnico del proyecto.

Técnico: La viabilidad del proyecto se evaluó desde la coherencia de la información suministrada por la entidad proponente en cada una de las partes del proyecto presentado. Es así como metodológica y procedimentalmente se analizó el plan de desarrollo del proyecto que debe cumplir cada uno de los objetivos específicos “1. Identificar las características requeridas del sistema de autogeneración eléctrica, que sea compatible con el sistema de caldera y red de vapor de la planta garantizando adaptabilidad al sistema operativo existente. 2. Diseñar un sistema de autogeneración de energía eléctrica, de acuerdo con la capacidad instalada y necesidades de la Planta de producción garantizando el funcionamiento de la planta a base de vapor. 3. Implementar proceso de autogeneración de energía eléctrica, a partir de la biomasa, que garantice el 70% del funcionamiento operativo de la planta. 4. Realizar transferencia tecnológica al SENA, a través de la vinculación de dos aprendices y jornadas prácticas de capacitación en el proceso de instalación y mantenimiento de equipos y líneas de autogeneración de energía eléctrica a partir de la biomasa“, para llegar al objetivo general “Desarrollar un proceso de autogeneración de energía eléctrica, para un trapiche panelero, a partir de energía calorífica producida por gasificación de biomasa (bagazo de caña).” y que estos guarden coherencia con el título propuesto “Sistema de Autogeneración de energía eléctrica, para un trapiche panelero, a partir de energía calorífica producida por gasificación de biomasa (Bagazo de caña)”. Al cumplir cada uno de los objetivos específicos propuestos anteriormente, es válido decir que el sistema de autogeneración de energía eléctrica que se va a diseñar e implementar en este proyecto, deberá garantizar el funcionamiento de la planta a base de vapor y que a partir de la biomasa, garantizará el 70% del funcionamiento operativo de la planta. El Estado del Arte de un proyecto de investigación e innovación no se basa sólo en mencionar la única experiencia que se tiene en la empresa, se debe hacer un estudio de vigilancia tecnológica y competitiva en donde se determine a nivel mundial las investigaciones y los desarrollos que se han llevado a cabo a nivel internacional y nacional. Se debe hacer una búsqueda de patentes en todas las bases de datos a nivel mundial, en todas las bases de datos científicas, entre otras. Respecto a la aseveración “Sin embargo, en la actualidad no existe en el mundo un trapiche panelero que genere energía a partir de la biomasa”. Una cosa es decir que no se tiene conocimiento de la existencia o aplicación de biomasa en trapiches paneleros y otra que no exista en el mundo. Antes de hacer una afirmación de este tipo como se mencionó previamente, se debe presentar un exhaustivo estudio de vigilancia tecnológica en donde se hayan consultado todas bases de datos de patentes en el mundo y las principales bases de datos científicas en donde se reportan las últimas investigaciones y los últimos desarrollos realizados en el campo de interés. Se presentan varias experiencias en Brasil, Cuba, Philipinas, Nepal, Australia, África, etc. 3. En los objetivos específicos, en la metodología y en el cronograma, se salta procedimentalmente del diseño a la implementación del sistema de autogeneración de energía eléctrica, sin contemplar todos los procesos que intervienen en el ciclo de vida de un producto. No se contemplan procesos de fabricación, ensamblado, prueba de funcionamiento, prueba de eficiencia de generación energética, prueba de generación de biomasa, verificación del balance energético y de vapor del sistema, puesta a punto del sistema, calibración, evaluación de fugas de gas, etc. del sistema ya terminado. Se debe partir de la claridad que el proceso de diseño de un producto es diferente a la elaboración de planos mecánicos. La elaboración de planos es una actividad específica. En el proceso de diseño se parte del estudio de necesidades, generación de diseños conceptuales que responsan a las necesidades de los potenciales usuarios, evaluación y selección de alternativas de diseño, cálculos mecánicos teóricos, diseño de detalle, generación de diseños por software, cálculos y simulaciones estáticas y dinámicas por software de diseño, selección de materiales, selección de procesos de manufactura, generación de plan de manufactura, etc. Lo anterior es sólo el proceso de diseño, luego sigue el proceso de manufactura y puesta a punto que incluye otra serie de actividades. Por lo expuesto anteriormente, no es coherente que para el diseño de un gasificador, una caldera y una cubierta se contemple en el cronograma solamente 1 mes. Sí se observa el cronograma del proyecto. De las 17 actividades presentadas 8 hacen referencia a seguimiento y control y gastos de administración. No se presentan varias de las actividades propias del desarrollo del proyecto. No se aclara seguimiento y control de qué y gastos de administración no es una actividad del proyecto, es un concepto financiero. De los $299 millones que se financian del proyecto, 238 millones son destinados para el pago a personal. Esto tiene algunas observaciones: es poco lo que se invierte en el diseño, construcción, validación e implementación del sistema de autogeneración de energía eléctrica. Se duplican tareas en personas de diferentes profesiones Ej Ing Civil elaboración de planos mecánicos, Ing Químico coayudar a elaboración de planos. Existen varias descripciones en donde la función del personal es “coayudar”. Se asigna actividades a personal no capacitado. Ej. Se asigna a un Ing Químico 2 ' Coadyuvar en el diseño de planos mecánicos del gasificador cumpliendo con las características del sistema de autogeneración eléctrica y la compatibilidad con el sistema operativo existente, Garantizar la verificación de los equipos de las líneas de vapor, La elaboración de plano mecánicos no es una competencia de un Ing Químico. El Coordinador de un proyecto de ingeniería y biomasa es un abogado. La Profesional Sandra Rodríguez no tiene ninguna descripción ni de profesión, ni de funciones en el proyecto. El puntaje final es 64,50 Económico: N/A Jurídico: N/A

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2665 21142DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES GENERALES DRG LTDA

829000256-6 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 16:20 El proponente manifiesta que envió los documentos previamente.

Técnico: N/A Económico: Una vez revisados y verificados los documentos de la propuesta, se encontró que NO CUMPLE teniendo en cuenta que dentro del rubro Gastos de patentamiento se incluye Recopilar la informacion necesaria para la patente del dispositivo y el codigo - Empresa de asesores juridicos patentes y propiedad intelectual. Estas descripciones no corresponden a la naturaleza del rubro teniendo en cuenta que se deben incluir dentro de Costo de personal tècnico especializado. Lo anterior se basa en el documento "Preguntas Frecuentes" publicado en la convocatoria en mencion aclara al respecto (pàgina 13): "El rubro “Costo del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto y cuya participación sea necesaria para la obtención de los resultados” reúne el conjunto de recurso humano requerido para la obtención de los resultados y productos del proyecto. En este sentido, se sugiere que el apoyo o asesoría en definición de aspectos relacionados con la propiedad intelectual sean incluidos en dicho rubro, y los costos y actividades propias del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio se incluyan en el rubro “Gastos de patentamiento de los resultados del proyecto o registro de propiedad industrial nacional.” Jurídico: N/A

611 21159 SINERGIA INDUSTRIA Y ARTE LTDA 900069107 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 14:50El proponente presenta aclaraciones sobre el rubro de Gastos Administrativos y adjunta "Anexo 8 (Descripciones del proyecto) ajustado para ampliación de la respuesta."

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Gastos de administraciòn del proyecto. Jurídico: N/A

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568 21216 SYSTEMICO SOFTWARE 900294476 Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 16:08El proponente escribe "Teniendo en cuenta lo que se indica en el pliego... en el cual se hace referencia al punto adicional para las empresas que han firmado pactos por la innovación, solicitamos que en la evaluación técnica se verifique si se tuvo en cuenta este criterio para aplicar el punto adicional"

Técnico: Argumenta aplicar para el punto: Se asignará 1 punto adicional en el valor total de la evaluación en la propuesta cuyo ejecutor o alguno de sus ejecutores hayan participado en el programa Alianzas por la Innovación. Adjunta evidencias que una vez son verificadas se procede a modificar la evaluación técnica, solo afectando este valor. Los demás puntajes quedan igual. Puntaje final: 83,25 Económico: N/A Jurídico: N/A

216 21246 PROMITEC S.A.S. 9001425470 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 13:53

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta Cumple por cuanto los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: N/A

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3814 21334 ANSALL LIMITADA 804014489-5 Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 17:05El proponente remite "observaciones del proyecto presentado por ANSALL LTDA Nit.804.014.489-5, las cuales para facilitar su comprensión, llevan una nota sobre el formulario presentado atraves de la herramienta, la cual aclara el punto en mención."

Técnico: Vale la pena resaltar que la calificación se realizó con relación a la información suministrada en el formulario SIGP. Con relación al modelo. El desarrollo de un modelo de fricción y/o corrosión (y en general cualquier desarrollo de un modelo) implica diferentes etapas que van desde la experimentación física para la obtención de datos y variables que busca predecir el modelo y que serán los datos de entrada a cualquier sistema de tratamiento donde se intentará crear dicho modelo; hasta la depuración de posibles errores o desviaciones que presenta el modelo con respecto a los datos experimentales encontrados (definición de factores de corrección aplicables). Una etapa experimental diseñada para la obtención de datos suficientes que permitan crear un nuevo modelo puede llevar meses de trabajo. Sumado al trabajo para corregir las desviaciones del modelo puede llevar incluso más de un año de trabajo. Por tal motivo se considera que el objetivo específico no debió ser “desarrollar un modelo”, tampoco “formular un modelo”. Se considera que pudo ser más adecuado “adaptar un modelo a partir de los existentes en la literatura”. Con respecto a la aclaración del tiempo de ejecución del piloto, en la evaluación no se mencionó que estos debían durar un tiempo específico, ya que es bien sabido que el tiempo de implementación de un piloto en campo depende del tipo de piloto a ejecutar. Con relación a los dos objetivos específicos N° 4 y 5 relacionados con la transferencia al SENA. El fin es la apropiación real de los resultados que prevé el proyecto por parte de los beneficiarios directos e indirectos (en este caso el SENA y la empresa); las estrategias o el cómo hacerlo (tareas específicas) son: “mediante la realización de un seminario de 6 horas y mediante la contratación de aprendices”. Por este motivo se considera que estos dos objetivos no representan fines sino tareas específicas. Además se considera que dentro de las estrategias se pudo considerar un artículo científico, el cual se considera más significativo para el cumplimiento de este fin. Con relación a la metodología, la calificación fue hecha de acuerdo a lo consignado en el formulario del SIGP. Vale la pena resaltar que la metodología enmarca todas las estrategias que permitirán alcanzar el objetivo general del proyecto, y debe responder a los objetivos específicos definidos; es decir, define el cómo se hace. Una metodología concebida adecuadamente permite que el producto final del proyecto tenga mayor posibilidad de éxito. Con respecto a los productos intermedios y finales. Nuevamente es importante resaltar que la evaluación realizada está sustentada en la información consignada en el formulario de inscripción. Los productos y resultados definidos no guardan coherencia con los objetivos planteados, tampoco son acordes con un proyecto de innovación y tecnología. Con relación al cronograma. La tabla de cronograma del formulario viene diseñada para plantear la duración de cada actividad definiendo el mes en el que comienza y el mes en el que termina; mediante las columnas desde y hasta respectivamente. Todas las actividades con excepción de la número cuatro, fueron definidas desde el mes uno hasta el mes uno. Se ratifica el concepto de no viabilidad. Económico: N/A Jurídico: N/A

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1404 21452 INDUSTRIAS ACUÑA LIMITADA 804016740-9 Santander Centro Oriente

6 de septiembre de 2016, 23:12"tipicas respuestas del Sena. a traves de todos los años. siempre es igual...."7 de septiembre de 2016, 23:45El proponente mediante la comunicación pone a consideración aspectos técnicos del proyecto

Técnico: En la información consignada dentro del SIGP así como en los documentos anexos se menciona el sistema de filtración como la alternativa para el tratamiento del efluente sin hablar de un tren de tratamiento preliminar, sin embargo, si existe un tratamiento preliminar que no alcanza a cumplir con los valores paramétricos establecidos en la resolución 0631 de 2015 y posterior a él se coloca el sistema de filtración. A pesar de ser competitivo desde el punto de vista de la eficiencia (basándose en datos suministrados en las observaciones presentadas por la empresa), éste tendrá desventajas en operación y mantenimiento principalmente, ya que el agua que recibirá tendrá altas concentraciones de DQO DBO y sólidos suspendidos (esto se conoce gracias a los valores paramétricos establecidos en la resolución 0631), que provocarán una rápida colmatación no solo de la capacidad de adsorción del carbón activo sino también del filtro como tal (pérdidas de carga), creando la necesidad de realizar retro lavados y cambios de material filtrante en periodos cortos de tiempo. En cambio al utilizarse procesos biológicos o fisicoquímicos (tecnologías utilizadas ampliamente en tratamiento de agua con características similares), éstos no tendrán dicho problema, ya que por sus características son más apropiados para el tratamiento de aguas de este tipo. Por otro lado, los procesos de filtración en aguas residuales industriales son recomendables para aguas que presenten concentraciones de sólidos suspendidos menores a 90 mg/l (Metcalf & EDDY, 2000). Teniendo en cuenta lo anterior, esto dificulta la consecución del impacto No 5 presentado en el documento el cual habla de disminución de costos de operación de empresas beneficiarias del proyecto. Es importante aclarar que los procesos de filtración y adsorción con carbón activado suelen ser tratamientos terciarios de afino para producir un agua de alta calidad generalmente para consumo (Resolución 2115 de 2007) o reutilización (Resolución 1207 de 2014) lo que contrasta con los valores paramétricos establecidos en la resolución 0631. En la propuesta se menciona el tema de la reutilización y se compara con el vertimiento, esta comparación no es válida ya que las características del agua a verter difieren en gran manera de las características del agua a reutilizar siendo mucho más exigente la norma de reutilización de agua tratada en donde el único parámetro similar es la DBO (agua para la limpieza y riego de vías que es el uso menos restrictivo) que en el caso de reutilización se permite máximo 30 mg/l mientras que para el caso de vertimiento se permite entre 200 y 300 mg/l lo que quiere decir un orden de magnitud superior. Los sólidos suspendidos ni siquiera se mencionan en la norma de reutilización ya que existen parámetros mucho más exigentes como lo son los parámetros microbiológicos que van relacionados directamente con la cantidad de sólidos suspendidos y turbidez del agua. Por lo tanto para hacer posible la reutilización de agua sería necesario un tren de tratamiento mucho más robusto dentro del cual tendría cabida la filtración y adsorción con carbón activado de cuesco de nuez de palma, pero dicho tratamiento a pesar de ser adecuado desde el punto de vista ambiental, genera unos costos de implementación, operación y mantenimiento mucho más elevados, sin mencionar el aumento en los residuos sólidos producidos (lodos), esto tiene que ver mucho con la oferta hídrica que presenta nuestro país, las tarifas de servicios públicos vigentes y las características del agua residual de la industria avícola, por esta razón es más favorable económicamente realizar un tratamiento para verter el agua residual a una fuente superficial y pagar por un servicio de agua potable o una concesión de agua cruda, que tratar agua residual producida hasta obtener características de reutilización, sin contar con la necesidad de obtener una nueva concesión de agua que faculte a la empresa para reutilizarla respetando además las distancias de retiro para el desarrollo de reúso. - Tal como se mencionó en la evaluación técnica, el proyecto es innovador y utiliza un desecho de otro proceso como materia prima lo cual da un valor agregado al mismo. Las características de dicha materia prima, según la información consignada en el proyecto y en las observaciones permiten inferir que se trata de un material con las características adecuadas de trabajo como medio filtrante y apto para su conversión en carbón activado, pero tal y como se expone en la respuesta dada anteriormente, las características del agua a la que se enfoca el tratamiento no son adecuadas ya que dicho tratamiento es apropiado para un agua que presente valores más bajos en parámetros como DBO, DQO o Sólidos, lo cual hará viable el proceso unitario planteado desde la parte ambiental y económica. - Es muy importante promover el tratamiento de aguas residuales que permitan mejorar la calidad de las mismas antes de su vertimiento a fuentes hídricas, pero es importante aclarar que cada tipo de agua es único por lo tanto un mismo proceso unitario no es válido para todo clase de agua residual, la afirmación anterior aplica en este caso tal y como se expuso en la respuesta del numeral 1. Si la innovación se quiere enfocar hacia el tratamiento de aguas residuales procedentes de la industria avícola, procesos de tratamiento primario o secundario son más acordes con las características del agua a tratar. Remitirse a la respuesta referente a la observación 1, en la cual se profundiza en los valores paramétricos establecidos por la norma y la idoneidad de la tecnología presentada. Para realizar la evaluación en cuanto a la capacidad técnica del personal se tiene en cuenta únicamente la información consignada en el SIGP y el anexo 6, donde se presenta el perfil de los profesionales involucrados en el desarrollo del proyecto, por tal razón se realizó la observación en cuanto a la falta de un profesional con experiencia en tratamiento de aguas. Se ratifica el concepto de No Viabilidad. Económico: N/A Jurídico: N/A

1648 21804CENTRO DE DESARROLLO TECNOLOGICO Y PRODUCTIVO DE JOYERIA

804007803-6 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 17:58El proponente identificado con ID 1648 presenta aclaraciones acerca de la verificación económica

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Costo de personal no calificado. Jurídico: N/A

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9505 21561 INVERSIONES EL FICAL S.A.S 900666499 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 15:40La empresa presenta aclaraciones acerca de los rubros del concepto económico y solicita revisión acerca del punto adicional por Pactos por la innovación.

Técnico: La observación fue tenida en cuenta y se le asignó punto adicional. El puntaje global de la evaluación técnica ascendió a 78,50. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la Situación, se indica que el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Adicionalmente, el Numeral 12 en su literal d) Rubros Financiables (Artículo Décimo Cuarto, Acuerdo 16 de 2012) ,define "5. Arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico, así como actividades de control de calidad establecido en las fases del proyecto no disponibles en las instalaciones del ente ejecutor y/o Centro de Formación del SENA. Incluye pago de servicios por alojamiento de programas informáticos (Hosting, Servidores de Aplicaciones ASP). Su ejecución debe ser demostrada a través del contrato correspondiente. .” Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP, especìficamente en el rubro Pago de servicios tecnològicos que incluye Hosting y dominio pàgina WEB. Jurídico: N/A

8483 21572 JAIMES RUEDA Y CIA PRECIMEC S.A.S 900656724-4 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 15:34La empresa envía información sobre aportes parafiscales y presenta observaciones frente a la solicitud anterior de aclaraciones.

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: NO CUMPLE :De acuerdo con el recurso y la presentacion de los documentos falto anexar lo solicitado en el Numeral 6 de la subsanacion :1, El certificado de existencia y representación legal no señala la facultad del representante legal para contratar sin tener límite de cuantía, la certificacin presentada por el revisor fiscal no suple el requerimiento que debe presentar el representante legal, ordenado por el organo directivo

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3412 21608 SEGURIDAD Y VIGILANCIA COLOMBIANA SEVICOL LTDA 890204162 Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 16:07El proponente entrega observaciones de tipo técnico y en cuanto a la verificación económica, Anexo 7, manifiesta que lo envió el 22 de agosto.

Técnico: Concepto: el proyecto describe una problemática variada que evidencia varias necesidades de la empresa. El objetivo del proyecto apunta a una solución tecnológica que atiende “la actualización oportuna del esquema de seguridad física, electrónica e industrial…”, pero deja de lado la visión sistémica de las necesidades expuestas en el documento, así como su interacción e impacto en el negocio. En la descripción del alcance funcional, la información presentada no detalla las funciones que se esperan cubrir con el software a desarrollar. De igual forma, la elaboración de un plan de negocios no corresponde al cumplimiento del objetivo planteado. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta Cumple por cuanto los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: N/A

669 21656 AIA SOLUCIONES TIC 900425980-2 Santander Centro Oriente

7 de septiembre de 2016, 11:36 7 de septiembre de 2016, 11:28La empresa manifiesta que cumple la verificación jurídica y hace preguntas acerca de la evaluación técnica. Finaliza diciendo "Les escribo para consultar si estas observaciones son definitivas, se tiene oportunidad para presentar aclaraciones frente al tema o definitivamente no fuimos aprobados."

Técnico: Concepto: se relacionan los roles y profesiones del personal ejecutor del proyecto de manera general, es decir, no se relaciona la trayectoria, la capacidad, ni la experiencia del personal ejecutor, lo cual es definitivo para determinar la consecución de los objetivos planteados. La arquitectura de software se refiere a la estructuración técnica del sistema para que responda a atributos de calidad del software principalmente en la operación (rendimiento, confiabilidad, tolerancia a fallas, seguridad y usabilidad), en el desarrollo (eficiencia, mantenimiento, reuso y verificable) y en la implementación (Disponibilidad, flexibilidad, interoperabilidad, instalable, portable, recuperable, escalable y seguro). El Pliego Definitivo de la convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas No. 0001 de 2014 en el numeral 3 “verificación, evaluación y adjudicación”, literal c) “evaluación técnica”, establece como factor técnico a evaluar dentro de los resultados esperados que el proyecto “Contiene estrategias y/o instrumentos que permiten la apropiación real de los resultados que prevé el proyecto, por parte de los beneficiarios directos y/o indirectos de manera verificable”. Los listados de actividades físicas clasificadas por tipo de usuarios y la clase de actividad, no aportan contundentemente en la consecución del objetivo general del proyecto. Económico: N/A Jurídico: N/A

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12136 21798 GDR INGENIERIA S.A.S 900335682-6 Santander Centro Oriente7 de septiembre de 2016, 0:50El proponente remite documentos jurídicos y económicos y explica por qué no coincide el valor del Anexo 7 con el registrado en el SIGP.

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones recibidas y una vez realizada la revisiòn pertinente, se ajusta el concepto de la evaluaciòn econòmica en cuanto al Capital de trabajo.el Numeral 6 del PLIEGO DEFINITIVO Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I, relativo a la VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN, en el literal b) Verificación económica expone que: "Se verificará el cumplimiento de las condiciones de cofinanciación señalados por el Acuerdo 16 de 2012, a saber: 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada."Por lo anterior se ratifica el concepto que indica que indica que NO CUMPLE con lo indicado en los terminos de referencia de la convocatoria en cuanto a la coherencia en la descripciòn de los rubros incluidos en el SIGP,especìficamente en el rubro Arrendamiento de equipo. Cabe aclarar que la informaciòn registrada en el SIGP no es subsanable.Adicionalmente,Dentro de la propuesta radicada no se encontró Plan de transferencia concertado (Anexo 7). Se solicitò su remisión, en documentos remitidos como subsanaciòn se encontró Anexo 7 pero este no coincide con la información registrada en el SIGP Jurídico: NO CUMPLE:De acuerdo con el recurso y la presentación de los documentos falto anexar lo solicitado en el Numeral 11 de la subsanación. El contenido del archivo enviado corresponde al anexo 5 y no a los estados financieros 2014 y 2015 solicitados.

10753 21805 GIORGI BUSINESS GROUP S.A.S 900605676-2 Santander Centro Oriente8 de septiembre de 2016, 15:03El proponente envía los requisitos legales

Técnico: N/A Económico: Teniendo en cuenta las observaciones recibidas y una vez realizada la revisiòn pertinente, se reitera el concepto de la evaluaciòn econòmica que indica que la propuesta presentada NO CUMPLE, dado que no se subsanò ninguna de las apreciaciones.Una vez realizada la verificación se ratifica que: No cumple con el porcentaje màximo permitido en el rubro Gastos de administraciòn del proyecto, este rubro corresponde al 18,91% del valor total del proyecto.Teniendo en cuenta que los estados financieros remitidos en la propuesta no contenian Activo corriente y Pasivo corriente disciminado para el càlculo del capital de trabajo requerido en la evaluaciòn econòmica, se solicitò al proponente esta informaciòn, en documentos remitidos como subsanaciòn no se encontrò la informaciòn suficiente para establecer dicho indicador.Se solicitò ajuste al Anexo no 7 teniendo en cuenta que este presenta diferencias con el SIGP, en documentos remitidos como subsanaciòn persisten las diferenciasLos rubros Costo de personal no calificado, insumos y materiales y arrendamiento de equipo no cumplen con la descripciòn de los tèrminos de referencia de la convocatoria, las descripciones presentadas corresponden a Gastos de Administraciòn del proyecto. Jurídico: CUMPLESe verifica la información y los documentos aportados con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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8160 21503 NGM SOLUCIONES INTEGRALES 900378561 Santander Centro Oriente 7 de septiembre de 2016, 17:41La empresa remite observaciones a las verificaciones económica y técnica

Técnico: Concepto: las estrategias o instrumentos que permiten la apropiación real de los resultados, van más allá de la definición de artefactos tecnológicos de interoperabilidad para integrar y/o compartir información; por tanto, se hace necesario precisar y definir las herramientas y/o estrategias a través de las cuales se conseguirá que los diferentes actores del sistema de seguridad social en salud en Colombia (SGSSC) se motiven y accedan a involucrarse dentro del proyecto. Económico: Teniendo en cuenta la observación remitida y una vez practicada la revisión en detalle de la situación, se observa que la propuesta presentada Cumple por cuanto los rubros establecidos en la propuesta se ajustan a las descripciones dadas en los tèrminos de referencia de la convocatoria. Jurídico: N/A

8594 21585 DORPARMA SAS 900108002-5 Santander Centro Oriente Observación jurídica

Técnico: N/A Económico: N/A Jurídico: CUMPLESe verifica la información y el documento aportado con lo requerido en los términos de referencia de la convocatoria.

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PROCESO I

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3777 21220 ECOPETROL S.A. 899999068-1 Santander Centro Oriente 6 de septiembre de 2016, 15:04 "Buenas Tardes, Agradecemos nos indiquen si ya salieron los resultados de la convocatoria Sennova."

Técnico: N/A Económico: Una vez revisados y verificados los documetos de la propuesta, se encontró que el proyecto No cumple con lo indicado en el Artículo décimo tercero del Acuerdo No 16 de 2012 que indica que, del aporte total de contrapartida, al menos el 50% debe estar representado en dinero. Jurídico: N/A

12534 21137 ECOGANADERIA AINHOA S.A.S 900560564 Caquetá Centro Sur Envío observaciones a la evaluación técnica

Evaluación técnica: Una vez revisados los documentos enviados en los que se presentan aclaraciones a las observaciones emitidas en la evaluación del proyecto “Los Beneficios de la conservación del bosque secundario en la Implementación de Sistemas Silvopartoriles, un aumento de la productividad. CASO: ECOGANADERIA AINHOA S.A.S”, me permito informarles que dicho documento no aporta ningún argumento que conduzca al cambio en la calificación emitida inicialmente. En tal sentido me permito ratificar que los procesos de innovación requieren definir a profundidad los componentes de un proyecto de tal naturaleza desde la lógica que sustenta, para efecto del citado proyecto, la generación de conocimiento aplicado en producción vegetal y animal (mínimo en edafología, bromatología, nutrición y alimentación animal), medio ambiente (al menos en biodiversidad y climatología) y aspectos sociales (al menos en planeación participativa) en el contexto del desarrollo sostenible, obviando argumentos envolventes y de contexto que si bien son importantes no resultan pertinentes para el propósito de cumplir con los propósitos definidos tanto en el proyecto como en los términos de referencia establecidos para la evaluación. Adicionalmente no considero que el argumento de innovación se contraponga a la interacción con comunidades rurales y si por el contrario aporta un enfoque que fortalece de manera incluyente la generación, apropiación de conocimiento, adopción e impacto, lo cual supera la visión parcializada que los productores rurales no saben, entienden o aportan conocimiento desde la realidad de su cotidianidad, visión que por demás ha sido ampliamente rebatida por investigaciones realizadas en el área del desarrollo rural.

2297 21419 MUKATRI DE LA AMAZONIA 900072722-2 Caquetá Centro Sur Proponente remite observaciones de verificacicón económica.

Verificación económica: el acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, y teniendo en cuenta que la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21419 radicado por la empresa mukatri de la amazonia y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio en el mismo der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.

De igual forma se aclara que el hallazgo corresponde al uso del rubro Inversiones en plantas de producción, que corresponde como citan los términos de referencia a "Inversiones en plantas de producción y/o adecuaciones de infraestructura, requeridas para la ejecución del proyecto. Se podrá incluir el uso de equipos disponibles en las instalaciones del proponente, necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, justamente valorados e identificados directamente con la naturaleza del proyecto", la empresa usa el rubro y en la descripción del mismo aparece "Arrendo de espacios físicos y pago de servicios"

11874 21787ASOCIACIÓN DE AVICULTORES Y PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE FLORENCIA

9003698187 Caquetá Centro SurCordialmente les envió la documentación solicitada. La empresa adjunta los documentos Certificado de cumplimiento de obligaciones con el Sistema General de Seguridad Social, autorización del órgano directivo, Anexo 7.

Verificación jurídica: A el proponente se le habia realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: Aporta el documento, pero el contador que certifica la calidad de no aportante de la empresa no aparece registrado como revisor fiscal, ni como representante legal de la proponente. De conformidad a lo expresado en el certificado de existencia y representaciòn legal de la empresa el presidente (representante legal) podrà"celebrar contratos hasta por cuantìa de cien salarios minimos mensuales legales vigentes. Pasada esta cuantìa, deberà tener autorizaciòn previa de la junta directiva". El proponente no aporta documento donde se autorice a contratar, ya que la suma contratada es superior a los 100 smlmv. Aporta el documento, pero el contador que certifica la calidad de no aportante de la empresa no aparece registrado como revisor fiscal, ni como representante legal de la proponente. VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA ACTA 24 DEL LA ASOCIACION AUTORIZANDO CONTRATACION POR CUANTIA SUPERIOR A 600 S.M.M.L.V.- APORTA CERTIFICADO DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - APORTA PLAN DE TRANSFERENCIA CON EL VISTO BUENO DEL LIDER SENNOVA Y CERTIFICADO DEL PAGO DE APORTES PARAFISCALES SENA. SUBSANO.

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PROCESO I

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3843 21478 SERVICIOS DE ACUICULTURA SAS - SERVIAQUA SAS 900202299-7 Huila Centro SurNosotros somos la empresa SERVIAQUA SAS, Nit 900202299-7 y participamos con el proyecto SISTEMA DE PRODUCCIÓN DE TILAPIA ROJA EN CULTIVOS SUPERINTENSIVO Y BIOFLOC y el No de radicado SIGP 21478. Enviamos en el archivo anexo las respuestas a las observaciones generadas a la verificación económica y evaluación técnica de nuestro proyecto.

Verificación económica: Al realizar la verificación en el SIGP con numero de radicado 21478 de la Empresa serviaqua, se constata en el modulo de presupuesto lo siguiente:Valor total del proyecto: $ 298.510.142,00 Contrapartida en especie: $ 37.888.768,00 Contrapartida en Efectivo: $37.288.767,00 En este sentido la contrapartida en efectivo corresponde al 49,6% del total de la contrapartida. Aunque usted indica en el oficio de aclaración otros montos el único documento verídico para realizar dicha evaluación es el SIGP 21478 y la información contenida en el mismo. Por lo anterior dicha observación NO TIENE LUGAR.En cuanto a los rubros, se entiende que el hallazgo no corresponde al rubro de prototipos corresponden al rubro de insumos y materiales donde nos permitimos aclarar los siguiente:Este rubro contempla la compra de bienes fungibles, que no son representados estrictamente por ninguno de las siguientes descripciones, debido a que las mismas corresponden a compra de equipos:- Compra Insumos y materiales para suministro de agua y recirculación - Compra de insumos y materiales para sistema de Aireación- Compra de insumos y materiales para sistema de Aireación- Compra e instalación de Geomenbrana Finalmente el costo de estos "materiales" corresponden al 86,07% de los recursos de cofinanciación Evaluación técnica: Aunque es un proyecto interesante, falta mayor profundidad en la metodología que van a utilizar, los objetivos no estan bien descritos y se debe mejorar la redacción del planteamiento del problema. En el documento en PDF estan mis observaciones. Por lo anteriormente mencionado considero que las aclaraciones no fueron suficientes para reconsiderar el puntaje obtenido en la primera evaluación tecnica.

9793 21406 EXPANSIONTI SAS 900228688-1 Huila Centro Sur

De acuerdo a la evaluación económica publicada el pasado 05 de Septiembre de 2016 manifiestan:" El ítem 1 contempla el pago del personal técnico especializado requerido para el desarrollo del proyecto. Por este rubro se podrá contemplar el personal que realiza actividades de dirección o gerencia del proyecto que realice acciones directas en la ejecución del proyecto. Este ítem no contempla el pago de profesionales para labores de administración del proyecto como el soporte contable, gasto que corresponde directamente al rubro N° 11 gastos de administración del proyecto."Solicitamos se revise nuevamente el Ítem 1 ya que este no presenta gastos de soporte contable y se realicen las respectivas correcciones

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 y los términos de referencia establecen claramente los rubros a financiar y los lineamientos de financiación para al presentación de los proyectos a la presente convocatoria. La evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21406 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.De igual manera el "Soporte contable" como se describe en el formulario SIGP, debió ser incluido en el rubro financiable 11 "Gastos de administración del proyecto, entendidos como costos indirectos necesarios para la ejecución del proyecto, tales como soporte contable, administrativo, logístico, por los que se reconocerá hasta un diez por ciento (10%) del valor total del proyecto, lo cual deberá estar justificado en su formulación"

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PROCESO I

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1230 21427 DISTRIBUIDORA PLASTICOS SUR SAS 900601087 Huila Centro SurAdjunto enviamos respuesta a la publicación de la convocatoria y documentos anexos a la misma y la planillas de aportes de la empresa de todo el año 2015. La empresa adjunta planillas de pago de seguridad social meses 01 al 12 del 2015, certificado de aportes parafiscales, certificado de autorización para contratar.

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 y los términos de referencia establecen claramente los rubros a financiar y los lineamientos para al presentación de los proyectos a la presente convocatoria. La evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21398 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría varios cambios der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.

Evaluación técnica: Las respuestas de las observaciones al proyecto “Optimización el proceso de producción, mediante la mejora del "sistema de aire comprimido de alta eficiencia" de las estirosopladoras MG880 de la empresa DISTRIBUIDORA DE PLASTICOS SUR S.A.S (DPS)” no son suficientes para considerar el cambio del Concepto Final Técnico, el cual sigue siendo NO VIABLE. El proyecto presentado se plantea principalmente como la contratación de servicios tecnológicos para la adquisición, instalación y puesta en marcha de un equipo de aire comprimido.

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "No es posible corroborar que la representaciòn legal de la Distribuidora Plasticos Sur se encuentre en cabeza de la señora María Alejandra Quintero debido a que no se aporta certificado de existencia y representacion legal del ejecutor. Aporta en el folio 42 una certificación en copia suscrita por la contadora publica de la empresa; no obstante no es posible corroborar la obligaciòn de contar con revisoría fiscal toda vez que no fue aportado el certificado de existencia y representación legal. No aporta el certificado de existencia y representacion legal para verificar la capacidad de contratacion. No aporta documento dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002", VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA DOCUMENTO QUE FACULTA AL REPRESENTANTE LEGAL PARA PRESENTAR LA PROPUESTA SUSCRITO POR LA JUNTA DIRECTIVA, APORTA CERTIFICADO DE EXONERACION DE PAGOS A SENA, NO APORTA CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL. NO SUBSANÓ EN DEBIDA FORMA.

2036 21511INTERNATIONAL AUDITOR COMPANY S.A.S. - ACOMPIN S.A.S.

9001718938 Huila Centro SurMediante el presente, me permito adjuntar copia digital de la documentación enviada por correo certificado a la dirección oficial para la convocatoria del CPT. Los estados financieros se han enviados anteriormente y solicitamos por favor revisar el proyecto y reconsiderar la viabilidad del mismo.

Verificación económica: Análisis de la situación presentada para cada uno de los rubros:Insumos y materiales, como lo indican los TDR y el acuerdo 016 de 2012 hacen referencia a "Insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles durante la ejecución del mismo y no constituyan bienes de capital" según las descripciones aportadas en el Formulario SIGP con numero de radicado 21511 corresponden en dos casos particulares a:1.Equipos de computo para desarrollo de software2. Servicio de internet de mínimo 10 Mbps c/u, contratado con dos operadores diferentes por 12 mesesCon respecto al primero la compra de equipos debe ser relacionada al rubro de contrapartida 2 "Adquisición de equipos y de software necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, los cuales deberán identificarse directamente con la naturaleza del mismo". El pago de servicios públicos o servicios de internet en este caso corresponden a un rubro no financiable.Por ultimo el acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, y teniendo en cuenta que la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21511 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio en el mismo der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "No aporta estados financieros", VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA ESTADOS FINANCIEROS DE LOS AÑOS 2014 Y 2015. SUBSANÓ EN DEBIDA FORMA.

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PROCESO I

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1102 21535CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y URBANO DE COLOMBIA CORDESARROLLO

813011375-3 Huila Centro Sur Comedidamente remitimos respuesta y solicitud sobre evaluación final realizada por el CPT.

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, aunque usted expone un posible error en el cargue de los datos, la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21535 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio en el mismo der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.Evaluación técnica:De acuerdo a las observaciones presentadas por el proponente a la evaluación realizada del proyecto “Servicios de asistencia técnica remota a productores agropecuarios de manera oportuna y pertinente, mediante el diseño, desarrollo e implementación de una aplicación para realizar asistencia técnica y prestar otros servicios tecnológicos a través de smartphone”, me permito ratificar los resultados de la evaluación presentados originalmente.NO VIABLE. El proyecto tal como esta planteado no logrará conseguir el objetivo de concretar una app de servicios de asistencia técnica remota a productores agropecuarios, presenta fallas metodológicas de desarrollo de app para establecer una innovación real que le permita el mejoramiento de la productividad para que los productores crezcan rápida, rentable y sostenidamente jalonadas por innovación planteada por la app, la estructura de objetivos se basan solo en desarrollo tecnológico como prototipo, validación y mejoramiento sin una base conceptual a partir del perfil de los usuarios que la utilizarán, ademas los costos del proyecto no son acordes a lo que se requiere para desarrollar una app. El proyecto no contempla entre otras cosas: historias de usuario, technology road map, mapa de riesgos tecnológicos, mapa de actores tecnológicos, vigilancia tecnológica profunda.Esta evaluación se soporta en la evaluación de cada componente presentado en el documento FormatoEvaluación_Proceso I - 21535_Cordesarrollo - HUILA:La justificación de la decisión radica en los siguientes argumentos:1. El proponente indica: que el objetivo del proyecto no es la construcción de una app de asistencia técnica remota, el objetivo del proyecto es implementar servicios de asistencia técnica remota a productores agropecuarios de manera oportuna y pertinente, y la app no es el resultado final sino el instrumento que facilitara el logro de este objetivo, frente a este tema me permito retomar el objetivo del proyecto implementar servicios de asistencia técnica remota a productores agropecuarios de manera oportuna y pertinente, mediante el diseño, desarrollo e implementación de una aplicación para realizar asistencia técnica y prestar otros servicios tecnológicos a través de smartphone, al mencionar que para prestar dichos servicios de asistencia requiere diseño, desarrollo e implementación de una app se convierte en una actividad clave del proyecto, la cual se debe hacer muy bien para que los servicios de asistencia técnica tenga el impacto deseado en la población definida, por tal motivo la app debe de tratarse como el principal instrumento para prestar el servicio entendiendo que la asistencia técnica es lo fundamental.2. El proponente indica: La innovación principal no es la app. me parece interesante que ya no lo vean de esta forma, porque en toda la redacción explicita e implícita del proyecto muestran la tecnología y la innovación como factor fundamental para mejorar los servicios de asistencia técnica.3. El proponente indica: la estructura de objetivos refleja de manera articulada y general, los fines para los cuales se presenta el proyecto. En este punto reitero, la estructura de objetivos se basan en solo desarrollo tecnológico como prototipo, validación y mejoramiento sin una base conceptual a partir de perfiles de los usuarios que la utilizarán, como evaluador revisamos lo plasmado no el deseo o el querer decir de los proponentes4. El proponente indica: pero por supuesto que los costos no son acordes a los de desarrollo de una app para vender cosas o para un restaurante o un juego, esta es una aplicación que requiere fase de diseño conceptual costosa que es precisamente lo que se quiere, poder apalancar el trabajo de tiempo completo de profesionales especializados y no solamente un desarrollador que, puede diseñar y poner en el aire una app con $5.000.000 …. Frente a esta observación me permito expresar lo siguiente:a. Lo exprese en el punto 1 de esta justificación y lo repito, al mencionar que para prestar dichos servicios de asistencia requiere diseño, desarrollo e implementación de una app se convierte en una actividad clave del proyecto, la cual se debehacer muy bien para que los servicios de asistencia técnica tenga el impacto deseado en la población definida, por tal motivo la app debe de tratarse como el principal instrumento para prestar el servicio entendiendo que la asistencia técnica es lo fundamental.b. Toda aplicación, sea para un restaurante, un juego o vender cualquier cosa requiere de una buena fase de diseño y conceptualización que en recursos equivale aproximadamente el 20% del presupuesto de una app, esto lo deben realizar antropólogos, sociologos, expertos en usabilidad y experiencia de usuario, maqueteadores, entre otros; el desarrollador solo lo que hace es plasmar el resultado de estos especialistas.c. Ustedes expresan que tienen mas de 14 años de experiencia, porque perfiles iguales a los que venían operando, en so radica la observación, un ingeniero no lo puede hacer todo si se quiere un buen trabajo.d. Con $5.000.000 millones no se logra poner en el aire una buena app para aportar a la asistencia técnica remota que desean, no están contemplando todos los costos tecnológicos que esto requiere.5. El proponente indica: el proyecto ha contemplado los elemento como historias de usuarios, mapa de riesgos tecnologicos, entre otros; por cuenta que la app no es el eje central …., frente este aspecto me permito mencionar que la app si es parte central del proyecto toda vez que lo sustentan como el medio para obtener el objetivo central, esto implica que si la app no tiene el diseño correcto será recurso desperdiciado; si lo tenia contemplado porque no se indico en el mismo, como parte de la metodología.Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "No aporta estados financieros", VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA ESTADOS FINANCIEROS DE LOS AÑOS 2014 Y 2015. SUBSANÓ EN DEBIDA FORMA.

1013 21547 PISCICOLA COOLFISH SAS 900.312.484-5 Huila Centro Sur

Revisando los datos de la publicación de resultados preliminares de verificación documentos jurídicos, verificación económica y evaluación técnica, encuentro que el proyecto id. 1013- Radicado 21547 propuesto por la PISCÍCOLA COOLFISH SAS del departamento del Huila (zona centro-Sur), no cumple con la verificación de documentos jurídicos, aun cuando cumple con la verificación económica y la viabilidad técnica, por lo cual me permito adjuntar los presentes documentos con el objeto de subsanar este proceso, ya que dichos documentos ya se habían allegado en días pasados.Por tal motivo solicito comedidamente al operador logístico revisar los plazos dados por el cronograma (6y7 Sep/2016) de la convocatoria de Fomento de la Innovación y desarrollo tecnológico en las empresas 2015-2017 con enfoque Regional, para que conceda esta presentación de observaciones.No siendo mas, agradezco de antemano la atención y colaboración prestada.Pdta: Adjunto los siguientes documentos:-Certificado de Cámara y Comercio -Acta de Asamblea 037-concesión de autonomía para contratar recursos-Certificado de exoneración pago SENA-Certificado de antecedentes Revisor Fiscal-Tarjeta profesional Revisor fiscal

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: " No aporta parafiscales destinados al SENA, De conformidad al certificado de existencia y representacion legal. No cuenta con la facultad expresa para contratar. No se anexa certificacion de Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores" VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE PARAFISCALES SENA, SE APORTÓ DOCUMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DONDE FACULTÓ AL REPRESENTANTE LEGAL PARA CONTRATR HASTA POR CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 400.000.000), CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DEL CONTADOR VIGENTE . SUBSANÓ EN DEBIDA FORMA.

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PROCESO I

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1872 21653 EMPRESA DE FOSFATOS DEL HUILA S.A. 891101163 Huila Centro Sur

Como respuesta a la publicación de resultados, quisiéramos hacer las siguientes aclaraciones:1. El proyecto se realizara por medio de un convenio suscrito entre la Universidad Nacional de Colombia - Facultad de Minería Sede Medellín - Centro de Investigación CIMEX y la Empresa de Fosfatos del Huila S.A.2. El equipo de trabajo es el siguiente:Oswaldo Bustamante Rúa. Ingeniero de Minas & Metalurgia, DCPME, MSc. PhD experto en flotación de minerales y en beneficio de minerales.Doria María Naranjo: Ingeniera Química, MSc, experta en flotaciónUn estudiante de posgrado en la Facultad de Minas, en la Maestría de Recursos Minerales. Por definir nombre dependiendo de fechas y demásEstudiante de pregrado en Ingeniería de Minas y Metalurgia, que haya realizado énfasis en Flotación de MineralesRosa Jurado: Química y experta en caracterización química en minerales3. adjunto se envía cuadro con las actividades, cronograma y rubros para el proyecto donde claramente se establece el tiempo y costo de cada actividad, lo cual permite realizar un riguroso seguimiento y control de la inversión.

Evaluación técnica: El proyecto se considera NO VIABLE, dado que la respuesta presentada, genera cambios de fondo en la formulación del proyecto, por otro lado sigue sin aclararse la metodología y el diseño experimental a utilizar. En cuanto a la respuesta generada por el proponente m epermito dar las sguientes observaciones: 1. "El proyecto se realizara por medio de un convenio suscrito entre la Universidad Nacional de Colombia - Facultad de Minería Sede Medellín - Centro de Investigación CIMEX y la Empresa de Fosfatos del Huila S.A." R./Sin embargo esto no esta claro desde que se propuso el proyecto, por lo cual incluir esta alianza genera un cambio de fondo en la formulación del proyecto2. "Oswaldo Bustamante Rúa. Ingeniero de Minas & Metalurgia, DCPME, MSc. PhD experto en flotación de minerales y en beneficio de minerales.Doria María Naranjo: Ingeniera Química, MSc, experta en flotaciónUn estudiante de posgrado en la Facultad de Minas, en la Maestría de Recursos Minerales. Por definir nombre dependiendo de fechas y demásEstudiante de pregrado en Ingeniería de Minas y Metalurgia, que haya realizado énfasis en Flotación de MineralesRosa Jurado: Química y experta en caracterización química en minerales"R./ Desde el inicio de la formulación no fue aclarado el grupo de trabajo, al igual que lo anterior, esta modificación genera cambios de fondo en la formulación del proyecto3. "Se envía cuadro con las actividades, cronograma y rubros para el proyecto donde claramente se establece el tiempo y costo de cada actividad, lo cual permite realizar un riguroso seguimiento y control de la inversión.R/. El cuadro enviado aclara las actividades a realizar, sin embargo queda aún el vacío de la metodología y del diseño experimental a utilizar.

12082 21673CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS Y RECURSOS GEOAGROAMBIENTALES-CENIGAA

900345215-2 Huila Centro Sur

Señores CPT reciban un cordial saludo. Reenvió los documentos a ser subsanados.La empresa adjunta certificado de existencia y representación legal, rut actualizado, certificado parafiscales, cédula representante legal, cédula revisor fiscal, certificado de antecedentes revisor fiscal, estados financieros, aprobación plan de transferencia, tarjeta profesional revisor fiscal; documentos de la empresa Coolfish: rut, cédula representante legal, certificado de existencia y representación legal.

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "no aporta certificado de existencia de representacion legal ni de la empresa proponente ni de los aliados. Folio 1 al 2 el representante legal proponete no suscribe en original su firma; la firma presentada es escaneada. Debido a que no se aporta el certificado de existencia de representacion legal de la empresa no es posible verificar este requisito. No aporta documento dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002. Pese aportar fotocopia de la cedula en el folio 17 no es posible establecer si esta corresponde a la del reprersentante legal toda vez que no se aporto el certificado de existencia y representacion legal. No aportó Fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional anexando Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el caso. Folio 10 al 14 el documento no se encuentra refrendado por el lider sennova. VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE CAMARA DE COMERCIO CON FECHA DE EXPEDICION DEL 17 DE AGOSTO DE 2016 DONDE CONTA LA EXISTECIA DE LA PERSONERIA JURIDICA DE LA ENTIDAD DESDE EL AÑO 2010, NO APORTÓ CARTA DE PRESENTACION CON FIRMA NO ESCANEADA DEL REPRESENTANTE LEGAL, LA FACULTAD DEL REPRESENTANTE LEGAL NO SE ENCUENTRA PLASMADA EN EL CERTIFICADO DE CAMARA DE COMERCIO Y NO SE ANEXA FACULAD PARA ELLO, APORTA CERTIFICACION DE ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO FIRMADA POR EL REVISOR FISCAL CONSTATANDO ESTAR AL DIA ALO REGLADO POR EL ART 50 DE LA ALEY 789 DE 2002, SE VERIFICA LA CEDULA DEL RESPRESENTANTE LEGAL, COMO TAMBIEN LA CEDULA TARJETA PROFESIONAL Y ANTECEDENTES DEL REVISOR FISCAL, SE LLEGAN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL AÑO 2014 Y 2015 COMO REFRENDACION DE LA LIDER SENOVA CLAUDIA MERCEDES ORDOÑEZ ESPINOSA A TRAVEZ DE CORREO ELECTRONIC, NO SUBSANO EN DEBIDA FORMA.

810 21720 COLOMBIA ENERGY SAS 900349333-1 Huila Centro Sur

De acuerdo con los resultados de evaluación de los proyectos de la Convocatoria de la Línea de Fomento de la Innovación para las empresas con enfoque regional, fueron evidenciados dos (2) observaciones al proyecto que presentamos como entidad ejecutora, en las cuales consideramos son subsanables. Se adjunta archivo donde se plasman las justificaciones. Agradezco el tiempo y dedicación a este proceso.La empresa adjunta estados financieros y notas de los años 2014-2015.

Verificación económica: Como indica el proponente el rubro de Diseño de prototipos "no establece la implementación delmismo, limitándose al ejercicio conceptual" , igualmente el rubro expresa "Será posible el financiamiento del desarrollo de prototipos con recursos del SENA siempre y cuando los mismos al final del proyecto se queden en el SENA; de lo contrario el desarrollo deberá ser financiado con recursos de contrapartida".Como indica el proponente el numeral 6. Verificación, evaluación y adjudicación, e) “Causales de rechazo”, no se establece que los errores de designación de rubros pudiese considerar una causal de rechazo. Pero se entiende que los Términos de Referencia son los términos a los cuales los proponentes deberán ceñirse como guía única el diligenciamiento y cumplimiento de todos los requisitos de postulación, por eso su consulta es libre y como se indica "su equipo formulador realizo una consideración sobre los mismos". si se requieran realizar pruebas estas debieron ser cargadas como una actividad mas y bajo el rubro de servicios tecnológicos.Por ultimo el acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, por lo que la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21720 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.Verificación jurídica: Al proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "No aporta estados financieros", VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA ESTADOS FINANCIEROS DE LOS AÑOS 2014 Y 2015. SUBSANÓ ENDEBIDA FORMA.

1475 21443 QUÍMICA Y MINERÍA INTEGRADAS S.A. 900014776 Huila Centro Sur

De acuerdo con las observaciones sobre el proyecto “Obtención de fuentes de fósforo defluorinadas mediante tratamiento térmico para alimentación animal”, relacionadas en la PUBLICACIÓN DE RESULTADOS PRELIMINARES DE VERIFICACIÓN DOCUMENTOS JURÍDICOS, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA, de la CONVOCATORIA DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LAS EMPRESAS 2015-2017 CON ENFOQUE REGIONAL PROCESO I, publicadas el día 5 de septiembre de 2016, adjunto nos permitimos dar respuesta a ellas con el propósito que se reconsidere el estado “NO VIABLE” otorgado por el respectivo evaluador.La empresa adjunta documento con la metodología de las mezclas y respuesta a las observaciones.

Evaluación técnica: Luego de la revisión de los documentos aportados por el proponente QUIMINT, referente al modelo mitológico experimental aplicado para la obtención de los resultados planteados en la propuesta radicada con número 21443 se viabiliza el proyecto agregándole 3,25 puntos a los siguientes criterios: CRITERIO DE INNOVACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y COMPETITIVIDAD: 2.1 En conjunto, el desarrollo del proyecto genera mejoramiento tecnológico de procesos que permite incremento de la productividad y competitividad de manera verificable, acorde con el sector, tamaño de la empresa y/o nivel de desarrollo de la misma. SE AGREGAN 2,25 PUNTOS 2.2 En conjunto, el desarrollo del proyecto genera mejoramiento tecnológico de procesos que permite incremento de la productividad y competitividad de manera verificable, acorde con el sector, tamaño de la empresa y/o nivel de desarrollo de la misma. SE AGREGAN 1 PUNTO. En coherencia con lo anterior el proyecto obtiene un total de 70,25 Puntos en la evaluación Técnica, por lo cual se declara VIABLE.

690 21758 ASECOM S.A.S 813012275 Huila Centro Sur

En consideración la observación “El presupuesto incluyó el ítem "solicitud del registro INVIMA para los productos" dentro del rubro Pago de servicios tecnológicos”, no aplica al proyecto porque: 1. En el Punto 12. Financiación de los proyectos. Ítem (d) Rubros Financiables (Artículo Décimo Cuarto, Acuerdo 16 de 2012). Numeral 9. Gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto. El cual lo que se quiere es obtener la certificación y el registro para la comercialización del producto. Y se encuentra entre los gastos financiables.2. Para cumplir con la Observación que realizan en este caso debería especificar que: Se debe Incluir un rubro nombrado como Gastos de Normalización: certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto. En este caso se utilizan “comas” da la opción de poder especificarlo como rubro que cumple con los requisitos exigidos.3. En el Numeral g. Precisiones sobre los rubros establece que “Normas ISO: En esta convocatoria no se financiarán proyectos dirigidos a obtención de certificaciones ISO”. El proyecto no solicita ni requiere Proceso de certificación ISO.En el proyecto se especifica en la Descripción del Rubro que es para la elaboración y estandarización de los prototipos, por tal razón:1. En la plataforma se decide tomar como rubro el de adquisición de equipos y Software pero en la descripción siempre se especificó que era para la elaboración y estandarización de los prototipos a realizar. El cual se pueden realizar por maquila o alquiler de los equipos como se muestra, En el Punto 12. Financiación de los proyectos. Ítem (d) Rubros Financiables (Artículo Décimo Cuarto, Acuerdo 16 de 2012). Numeral 5. Arrendamiento de equipo para investigación y desarrollo tecnológico, así como actividades de control de calidad establecido en las fases del proyecto no disponibles en las instalaciones del ente ejecutor y/o Centro de Formación del SENA.

Verificación económica: La observación NO TIENE LUGAR, en ambos casos la revisión de los rubros se hace teniendo en cuenta los TDR y el acuerdo 016 de 2012 donde especifican claramente que es y que no es financiable. Al verificar nuevamente el SIGP con radicado 21758 se encuentra lo siguiente:La solicitud de este tipo de registros deberá relacionarse únicamente con el rubro financiable 9 "Gastos de normalización, certificación, registro y similares, provenientes de la certificación de normas técnicas especializadas de producto". Con respecto al rubro diseño de prototipos este especifica "Diseño de prototipos que incluyan innovación tecnológica o diseño de dispositivos a equipos de producción existentes, de productos y de procesos que incluyan igualmente innovación (una nueva aplicación) tecnológica con fines de actualización." sin embargo la descripción del mismo se relaciona con "Compra de equipos para la elaboración y estandarización de productos de aseo en el área de agroindustria no alimentaria".Teniendo en cuenta esto la adquisición de equipos este rubro hace parte de los rubros de contrapartida del proponente por lo que no cumple estrictamente con el uso de los rubros.

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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7049 21398 INDUSTRIA LADRILLERA DEL SUR ILASUR LTDA 813000646-7 Huila Centro Sur

Adjunto estamos enviando contestación a cada una de las observaciones hechas por ustedes en la publicación de resultados preliminares de verificación documentos jurídicos, verificación económica y evaluación técnica de la Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I.La Empresa INDUSTRIAS LADRILLERAS DEL SUR S.A.S. con Nit. 813.000.646-7, Radicado SIGP 21398.La empresa adjunta Anexo 7, certificado aportes parafiscales, cédula de ciudadanía, certificado Junta de Contadores.

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 y los términos de referencia establecen claramente los rubros a financiar y los lineamientos de financiación para al presentación de los proyectos a la presente convocatoria. La evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21398 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría varios cambios al dicho formulario digital der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.Evaluación técnica: Las respuestas de las observaciones al proyecto “Horno Ecológico de Tiro invertido” no son suficientes para considerar el cambio del Concepto Final Técnico, el cual sigue siendo NO VIABLE. Las observaciones presentadas no adicionan argumentos para la evaluación de la metodología, se sigue presentando el mismo contenido de la propuesta inicial.Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: " No aporta certificacion de parafiscales SENA" VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE PARAFISCALES SENA. SUBSANO EN DEBIDA FORMA

11396 21414 COOPERATIVA MULTIACTIVA MI FUTURO AMBIENTAL LTDA 900623332-9 Huila Centro SurMediante el presente me permito adjuntar los documentos que dan aclaración a las observaciones resultantes de la Evaluación Jurídica y Económica realizada a la empresa Cooperativa Mi Futuro Ambiental Ltda, dentro de la convocatoria de fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico en las empresas 2015-2017 con enfoque regional proceso I. La empresa adjunta certificado de antecedentes del contador.

Verificación económica: El calculo de Capital de trabajo como indica los términos de referencia corresponde al activo corriente - el pasivo corriente, datos obtenidos de los estados financieros aportados a 31 de diciembre de 2015 por lo anterior cualquier otro aporte deberá realizarse por una empresa previamente inscrita en el proceso y que actué como coejecutura del proyecto y la cual se le realizaría el calculo de capital de trabajo según sus propios estados financieros, no podrá entonces tenerse en cuenta otro tipo de aporte. Por lo anterior su observación NO TIENE LUGARVerificación jurídica: Al proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "Folio 14 y 15. El certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la junta central de contadores se encuentra fuera de vigencia, ya que esta es de tres meses posteriores a su emisión, la cual fue el 31 de enero de 2012.", VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DEL CONTADOR VIGENTE. SUBSANÓ EN DEBIDA FORMA.

3223 21556 FUNDACION GESTAR HYR 900411225-9 Huila Centro Sur

Hemos verificado la información publicada y al respecto encontramos en el resultado de la verificación económica de nuestra entidad NO CUMPLE, con la siguiente OBSERVACIÓN: La financiación del plan de transferencia está cargada en su totalidad al SENA, incumpliendo TDR y acuerdo 016 de 2012.Por lo anterior, enviamos las respectivas aclaraciones en documento adjunto (Pdf y scaneado) que hemos elaborado cuidadosamente con el líder sennova, de acuerdo a la situación presentada.La empresa adjunta Anexo 7.

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 y los términos de referencia establecen claramente los rubros a financiar y los lineamientos de financiación para al presentación de los proyectos a la presente convocatoria. La evaluación de económica se sustenta únicamente en la información contenida en el formulario SIGP con numero de radicado 21556 de la Fundación gestar HYR y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.De igual manera los TDR en la pagina 41 establecen que "Se deberá asignar como mínimo el 3% del valor total del proyecto para financiar de la transferencia, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad del valor asignado" elemento que se incumple en la propuesta radicada pues el valor de $ 7.980.000,00 es 100,00% financiado por el SENA

3554 21753 ACEDECO PADEVI 813003425 Huila Centro Sur Adjunto envío observaciones a los resultados preliminares.

Verificación económica: Respuesta observación 1. Al realizar la verificación en el SIGP con numero de radicado 21753 de la Empresa Acedeco Padevi, se constata en el modulo de presupuesto lo siguiente:Valor total del proyecto: 202,500,000Contrapartida en especie: 25,900,000Contrapartida en Efectivo: 25,500,000En este sentido la contrapartida en efectivo corresponde al 49,61% del total de la contrapartida. Aunque usted indica que la carta relaciona otros montos el único documento verídico para realizar dicha evaluación es el SIGP 21753 y la información contenida en el mismo. Por lo anterior dicha observación NO TIENE LUGAR.Respuesta observación 2: El acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, aunque usted expone un posible error en el cargue de los datos, la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21753 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.

10336 21441PRODUCTORA DE TRIPLEX DE COLOMBIA LTDA PROTIPLEX LTDA

900214117-7 Putumayo Centro Sur

Buenas, envío lo siguiente:1-CERTIFICACION DEL SENA YA SEHABIA ENVIADO2-FOTOCOPIA CEDULA DE CIUDADANIA PATRICIA3-PASOS PARA SOLICITAR CERTIFICADO DIGITAL CONTADOR4-CERTIFICACION DE INSOLVENCIA Y APORTES AL SENA E ICBF

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: " Folio 36. No aporta certificado de existencia y representación legal, en su lugar aporta certificado de establecimiento de comercio. No aporta el documento de declaracion de no encontrarse en insolvencia, ni de parafiscales SENA. No se pueden verificar las facultades del representante legal. No aporta certificacion del artículo 50 de la ley 789 de 2002. Aporta unicamente copia de la tarjeta profesional del contador (Folio 13) No aporta copia del documento de identificación ni del certificado de antecedentes expedidio por la junta central de contadores. " VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL VIGENTE QUE DEMUESTRA LA EXISTENCIA DE SU PERSONERIA JURIDICA DESDE EL AÑO 2008, SE APORTA CERTIFICACION DE no encontrarse en INSOLVENCIA SIN FIRMA, SE APORTA CERTIFICACION DE PARAFISCALES SENA SIN FIRMA, APORTA CEDULA DE LA CONTADORA, SE VERIFICA LA FACULTAD DEL REPRESENTANTE LEGAL PARA CELEBRAR CONTRATOS. NO SUBSANA EN DEBIDA FORMA.

8017 21519ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES ACUICOLAS AGROPECUARIOS Y AMBIENTALES DE PUERTO ASIS- ASOAMPI-

900077582-0 Putumayo Centro SurLa presente es para anexar los requisitos jurídicos que se detectaron en la propuesta que presentamos y que subsanamos. La empresa adjunta certificación del representante legal sobre aportes parafiscales, certificación del representante legal de estar a paz y salvo, certificación del representante legal de habilidad para contratar con el Estado, certificado de antecedentes del Contador.

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "Folio 09. El proponente incurre en error en el encabezado del certificado debido a que advierte a que el mismo es suscrito por el representante legal de Coopiamazonìa LTDA debiendo corresponder a ASOAMPI. Se evidencia que el señor Jhon Jair David Valle es representante legal de ASOAMPI por la cual presentò propuesta y fue nombrado como cuarto renglon suplente del consejo de administración de asamblea de delegatarios de la cooperativa COOPIAMAZONIA LTDA."Aporta en folio 12 y 13 fotocopia de la cedula y de la tarjeta profesional del contador publico; no obstante el certificado de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores es de fecha 18 de Marzo de 2016, cuya vigencia es solo de tres meses que se hayaban vencidos al momento de presentación de la propuesta. Folio 14. LOS DOCUMENTOS QIE SE PRESENTAN EN LA SUBSANACION DAN CLARIDAD A QUE CORRESPONDEN A LOS EXPEDIDOS POR SU REPRESENTANTE LEGAL Y SE ADJUNTA EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA CONTADORA PUBLICA. SE ENTIENDE QUE EL PROPONENTE SUBSANÓ LOS REQUISITOS EN DEBIDA FORMA

844 21525 FECOIN. 9002958432 Tolima Centro Sur

Agradeciendo su gentileza y calidez de permitirnos participar de este gran convocatoria para de mostrar que somos una minoría étnica pero con una gran actitud en construir y llevar desarrollo sostenible a nuestra comunidad y de mas población en general; en si como FECOIN estamos realizando un trabajo de campo en donde es limitada la señal telefónica y medios de la internet.pero en si enviamos estos 12 adjuntos solicitados en el correo de hoy por el C.P.T. con la limitante de que los documentos en físicos nos fue imposibles llevar los hoy mismo a la ciudad de Ibagué pues estamos en la zona sur del tolima.La empresa adjunta los siguientes documentos: Cédula representante, anexo 1 y 2, carta de presentación del personal del proyecto, anexo 5, certificado de existencia, certificado de antecedentes de la Junta de Contadores, certificado de aportes parafiscales, certificado de antecedentes Procuraduría General de la Nación, certificado Contraloría, rut Fecoin, tarjeta profesional contador.

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: " No aporta los documentos referidos en los item 1,2,3,4,5,6,9,10,11,12,14,14 y 16, Folio 01. Aporta carta de presentacion de la propuesta, pero debido a no haber aportado certificado de existencia y representaciòn legal no se puede verificar que el firmante sea el representante legal de la empresa." VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CERTIFICADO DE CAMARA DE COMERCIO CON LA VIGENCIA SOLICITADA DEMOSTRANDO LA EXISTENCIA DE PERSONERIA JURIDICA DESDE EL AÑO 2009, SE APORTÓ CERTIFICACION DEL REVISOR FISCAL QUE DEMUESTRA NO ESTAR EN ESTADO DE LIQUIDACION, SE CORROBORA LA REPRESENTACION LEGAL, SE APORTÓ CERTIFICACION DE PARAFISCALES SENA, NO SE EVIDENCIA CAPACIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL PARA CONTRATAR, APORTA ANEXO 2, NO APORTA DOCUMENTO DEL ITEM 9, 10 Y 11, NO APORTA CEDUAL DE LA CONTADORA, APORTA CERTIFICADO DE PERSONAL, APORTA COPIA DEL RUT , NO APORTA ESTADOS FINANCIEROS. NO SUBASANO EN DEBIDA FORMA.

2928 21133 LUNARVI 809003617-2 Tolima Centro Sur La empresa envía comunicación frente a la verifiación económica.Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, y teniendo en cuenta que la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP 21133 radicado por la empresa LUNARVI y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio en dicho formulario der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12552 21229 CASAS AUTOMÁTICAS 900208405-9 Tolima Centro Sur

Quiero de antemano agradecer la oportunidad que nos brindan y el apoyo para nuestro crecimiento empresarial junto al de nuestro País. Observamos los resultados de la convocatoria y nos aparece una observación relacionada al rubro para patente; hemos revisado y efectivamente existe un error de forma al ingresar esos datos en gastos de registro y no en el de patentes en el momento de subir la información a la plataforma; nuestra intención es efectivamente registrar una patente de utilidad que nos brinde un respaldo en nuestro desarrollo, proyectado al área de Domótica con fines de mercado nacional e internacional.Solicito comedidamente sea revisado nuestro caso y en lo posible otorgada la oportunidad de seguir en el proceso, teniendo en cuenta que obtuvimos un puntaje de evaluación técnica de 92 y que fue un error al momento de subir ese rubro a la plataforma.

Verificación económica: El acuerdo 016 de 2012 claramente establece los rubros a financiar, aunque usted expone un posible error en el cargue de los datos, la evaluación de rubros se sustenta únicamente en la información contenida en el SIGP con numero de radicado 21229 y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio en dicho formulario der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.

12547 21498 AGRO-ORGANICOS SAS 900375119 Tolima Centro SurDe la manera más atenta, enviamos en archivo adjunto carta con las observaciones a los resultados de la evaluación técnica y verificación económica de la Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas 2015-2017 con Enfoque Regional Proceso I

Verificación económica: La observación TIENE LUGAR, teniendo en cuenta los argumentos aportados por el proponente y dado que la misma no modifica en ningún momento el SIGP radicado con numero 21498. De igual manera esta actividad de "DIAGNOSTICO" esta presupuestada como aporte de contrapartida.Evaluación técnica: Los proponentes han dado una respuesta a las observaciones realizadas a la propuesta "Rediseño del proceso productivo de fertilizantes orgánico-minerales de la empresa AGRO ORGANICOS SAS", sin embargo, la justificación dada no es lo suficiente y no aclara muchos apartes para el desarrollo de la propuesta, por lo tanto, se considera que no hay cambio del concepto emitido en la evaluación, por lo que este sigue siendo NO VIABLE. Los argumentos presentados aparte de no aclarar no adicionan argumentos para la evaluación en su conjunto del proyecto.

115 21528 COTURNICOLA COLOMBIANA S.A.S 900525189 Tolima Centro Sur A continuación se anexa archivo Word con las respuestas pertinentes a las observaciones realizadas en el proceso de evaluación de la propuesta.

Verificación económica: Al realizar la verificación en el SIGP con numero de radicado 21528 de la Empresa coturnicola colombiana, se constata en el modulo de presupuesto lo siguiente:Valor total del proyecto: $ 207.140.000,00 Contrapartida en especie: $ 43.615.324,00 Contrapartida en Efectivo: $ 135.899.500,00 En este sentido la contrapartida en efectivo corresponde al 24,3% del total de la contrapartida. Aunque usted indica en la reclamación los siguientes datos:Contrapartida en efectivo 96.615.324Solo será tenida en cuenta la información aportada en el formulario digital SIGP 21528. Por ultimo y teniendo claro que los TDR en la pagina 51 definen que el único documento no subsanable es el formulario SIGP su observación supondría un cambio der ser aceptada. Por lo anterior la observación NO TIENE LUGAR.Evaluación técnica: De manera atenta me permito informar que lo adjuntado por el proponente en su documento aclaratorio a las observaciones, no ofrece elementos de fondo, más allá de aclaraciones al perfil del equipo ejecutor, para hacer cambios al concepto de evaluación inicial dado al componente técnico. Las deficiencias en la formulación siguen presentes. Por lo anterior, no se reportan cambios en la evaluación técnica.

10661 21617 INVENTIBA CREATIONS S.A.S 900393859-1 Tolima Centro Sur

De acuerdo a las observaciones recibidas (enumeradas a continuación) y a completar por nuestra empresa INVENTIBA CREATIONS enviamos lo siguiente:1. El ítem 3 admite la adquisición de insumos y materiales requeridos para el desarrollo del proyecto, que sean bienes Consumibles. Este ítem no contempla el pago de material de divulgación se debe llevar a cabo por el rubro financiable N10 pago de publicaciones.R/ Se verificó los rubros de producto en el ÍTEM 3 que indica Insumos y materiales podemos aclarar que en cuanto a la descripción serían los recursos materiales, medios de impresión, medios magnéticos, cartuchos de impresora, teclado, ratón, espumas, alcohol isopropilico, que requerimos para el desarrollo del proyecto.Y finalmente en cuanto a la unidad seria Bienes consumibles.2. La empresa debe aportar: Fotocopia de la cédula y Certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador según sea el casoR/ Se adjuntan documentos solicitados.La empresa adjunta documento de identidad del contador, certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores.

Verificación económica: La observación TIENE LUGAR, teniendo en cuenta los argumentos aportados por el proponente y dado que la misma no modifica en ningún momento el SIGP radicado con numero 21617. De igual manera desde que dichos insumos cumplan el desarrollo de la actividad y la descripción aportada será viable.

Verificación jurídica: A el proponente se le habìa realizado las siguientes observaciones sobre requisitos que no cumplia: "Folio09, adjunta copia de la tarjeta profesional del contador publico pero no aporta documento de identificacion del mismo ni certificado de antecedentes de la junta de contadores." VERIFICADOS LOS NUEVOS DOCUMENTOS APORTADOS POR EL PROPONENTE, SE EVIDENCIA QUE APORTA CEDULA DE LA CONTADORA Y CERTIFICADO DE ANTECEDENTES VIGENTE. SUBSANO EN DEBIDA FORMA.

11910 21831 BAMBOO GUADUA CONSTRUCTORES SAS 900489504 Tolima Centro Sur Adjunto un (1) archivo dando respuesta a sus requerimientos.

Verificación económica:Teniendo en cuenta la información aportada por el proponente frente al incumplimiento en los rubros se ratifica que la observación NO TIENE LUGAR.Los servicios tecnológicos según el acuerdo 016 de 2012 y los TDR del proceso hacen referencia a "Pago de servicios tecnológicos para la obtención de: modelos, metodologías, pruebas de laboratorio que sean requeridos para el desarrollo y obtención de resultados previstos por el proyecto, de manera cuantificable y verificable, y que estén claramente relacionados y valorados en el proyecto. Su ejecución debe ser realizada por persona jurídica especializada en el servicio tecnológico requerido". La descripción aportada en el formulario SIGP con numero de radicado 21831 es "Equipos de computo especial, amueblamiento impresora Medellín, Ibagué"Al revisar la ampliación de los equipos requeridos se tiene lo siguiente:1. costo de estos servicios tecnológicos ofrecidos por la Universidad Nacionalde Medellín es de $ 4.400.000 (este costo es viable de ser financiado en este rubro que correspondería a los diferentes análisis y ensayos)2. Computadores de mesa (no viable por este rubro, debió ser cargado como "Adquisición de equipos y de software necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, los cuales deberán identificarse directamente con la naturaleza del mismo")3. Software Matlab y AutoCAD (no viable por este rubro, debió ser cargado como "Adquisición de equipos y de software necesarios para el desarrollo y obtención de los resultados del proyecto, los cuales deberán identificarse directamente con la naturaleza del mismo".Evaluación técnica: Es apreciable las aclaraciones por parte del proponente, para que EL PROYECTO sea VIABLE y pertinente con la convocatoria, el proponente debe incluir por escrito, que participen estudiantes SENA en calidad de PRACTICANTES; NO con la figura de operarios, como lo indica claramente el documento entregado en la convocatoria para efectuar transferencia de conocimiento y alguna participacion incluyente de instructores. Asi como aparece actualmente el proyecto y las respuestas a las observaciones que falto la del numeral 3.2 en el cuadro de evaluación técnica el resultado es NO VIABLE.

10579 21252 LA DESPENSA PRODUCTOS GOURMET SAS 900647734-1 Caldas Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

Acorde a lo establecido en la ley 1150 de 2007 artículo 5 parágrafo primero, el operador requirió al proponente para que aportara los estados financieros a Diciembre de 2014, documento que ha sido allegado al operador cumpliendo con los requisitos establecidos en los términos de referencia de la convocatoria y por tanto la verificación jurídica del proyecto fue subsanada, sin embargo en relación al resultado verificación económica como NO CUMPLE, esta es dada con base en los estados financieros suministrados por el proponente a 31 de Diciembre de 2015 acorde a lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso; por lo anterior no es procedente tener en cuenta los estados financieros con corte a junio 30 de 2016 aportados por el proponente; así las cosas, se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica y por lo tanto NO ES VIABLE.

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PROCESO I

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6623 21285 SOLUCIONES MICROBIANAS DEL TROPICO 810004482-3 Caldas Eje Cafetero

El día 17 de agosto del año en curso fue enviado el documento "Autorización al Representante legal para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada", para atender a solicitud de subsanacion de documentos. El día de hoy recibimos solicitud para que este documento sea enviado con fecha anterior al cierre de la convocatoria.

Reenvío dicho documento con los términos solicitados, para cumplir con el requisito.

Quedo atenta a comentarios e inquietudes.

La subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007; no se considera procedente que si al momento de subsanar la documentación adjunta no cumple en su contenido con los requisitos, pueda seguir siendo presentada en posteriores oportunidades sin requerimiento del operador, pues se estaría en frente de un mejoramiento de la propuesta a medida que van surgiendo circunstancias nuevas al interior de la convocatoria; el acta de junta directiva No. 005 aportada por el proponente una vez fue requerido por el operador, se encuentra fechada al 17 de Agosto de 2016, motivo por el cual la propuesta fue rechazada pues las facultades para contratar del representante legal, fueron otorgadas con posterioridad al cierre de la convocatoria, no siendo procedente que el proponente aporte nuevamente la misma acta de junta directiva No. 005 con fecha anterior al cierre de la convocatoria, pues el operador no lo requirió para que volviera a subsanar, así las cosas, el proyecto NO CUMPLE la verificación jurídica, por lo anterior, el operador se ratifica en la evaluación realizada a este proyecto como NO VIABLE.

3093 21379 SETCON SAS 900519829-2 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones económicasLa observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica y por lo tanto NO ES VIABLE.

186 21403 MAQUIEMPANADAS SAS 9004020405 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones económicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto, el operador ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica, dado que la descripción del rubro pago servicios tecnológicos contenida en el Producto 01 del Resultado 04 del proyecto no corresponde a la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

135 21416 BÁSCULAS PROMETÁLICOS S.A. 890800999-4 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones tecnicas de formulación del proyecto.La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto en su evaluación técnica NO ES VIABLE.

2833 21505 JARAMILLO VILLEGAS Y CIA LTDA 830051939 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones económicasLa observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica y por lo tanto NO ES VIABLE.

6556 21548 FUNDACIÓN NUTRIR 800062338-1 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones económicasLa observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica y por lo tanto NO ES VIABLE.

6887 21651 PADBOARD S.A.S 900647461-4 Caldas Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

EL operador ratifica que el proyecto NO ES VIABLE dado que NO CUMPLE la verificación jurídica: Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal l-, SI se diligenció como está establecido el Anexo 7 del pliego definitivo contentivo del formato de plan de transferencia, NO se suscribió por el proponente y cuenta con visto bueno del Líder SENNOVA del Centro de Formación SENA y la evaluación técnica del mismo NO ES VIABLE como se expone en la publicación preliminar de resultados de evaluación.

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PROCESO I

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255 21730 VALORACTIVA CONSULTING SAS 900372165-7 Caldas Eje Cafetero Remite observaciones económicas

En torno a las observaciones realizadas por el proponente, respecto de las presuntas inconsistencias presentadas en la plataforma registrar la información en el SIGP, habrá de señalarse que las inquietudes que todos los proponentes elevaron fueron debidamente contestadas y aclaradas, sin que sea de recibo para este momento, su afirmación respecto a que la plataforma presentaba problemas, pues se logró verificar por parte del equipo técnico, que dicha plataforma carecía de problemas de carácter técnico o de otra índole, circunstancia ésta ratificada mediante el hecho que los demás proponentes presentados, sí cargaron la información en la plataforma y adjuntaron el respectivo registro SIGP, sin que se manifestase inconformidad alguna por parte de éstos al momento de subir la información.Lo anterior acorde a lo estipulado en el capítulo III. “PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA” numeral 6. “VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN” literal b) “Verificación Económica” literal 1. El proyecto registrado en el SIGP debe contener los rubros y las descripciones de los mismos, de acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acuerdo. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será́ rechazada.Así mismo, respecto a las comunicaciones que el proponente manifiesta haber realizado, se ratifica que el Pliego Definitivo de la Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I en el Capítulo III. “PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA” numeral 2. “DIVULGACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA” establece que la “divulgación se realizará por medios masivos de comunicación, a través de la página web del SENA www.sena.edu.co, así como las diferentes acciones tendientes para tal fin que realizan los Operadores Regionales Expertos en Gestión de Proyectos en cada una de las 7 regiones de la presenta convocatoria”.“Durante la convocatoria, los Operadores Regionales orientarán a los proponentes sobre la presentación de propuestas, en los siguientes contactos según región”“Para aspectos generales del proceso se cuenta con la dirección electrónica [email protected].”“Las respuestas a las preguntas más frecuentes de aclaración a estos términos, así como a sus adendas, en caso de que las haya, se publicarán en el portal institucional www.sena.edu.co. Por lo anterior, se identifica que el proponente no usó los canales de comunicación oficiales para tal efecto”.Con base en lo expuesto anteriormente, se tiene que en su calidad de proponente, incurrió en una causal de rechazo, y que sus manifestaciones respecto de los problemas de la plataforma, no podrán ser tenidas en cuenta en esta etapa de la convocatoria, por cuanto se reitera, los demás proponentes, pudieron acceder al registro SIGP sin contratiempos y allegaron de manera correcta dicho registro, en virtud de lo cual, aceptar su solicitud, sería ir en contravía del principio de igualdad que debe imperar en este tipo de convocatorias.Así las cosas, el operador se ratifica en la evaluación realizada a este proyecto como NO VIABLE.

2543 21422 GVS CONSTRUCCIONES S.A.S. 900496988 Quindo Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

Acorde a lo establecido en la ley 1150 de 2007 artículo 5 parágrafo primero, el operador requirió al proponente para que aportara una certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal, en la que se certifique que dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de radicación de la propuesta, se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARP, y parafiscales; documento que ha sido allegado al operador cumpliendo con los requisitos establecidos en los términos de referencia de la convocatoria y por tanto la verificación jurídica del proyecto fue subsanada, así las cosas el proyecto es VIABLE y continúa en el proceso de la convocatoria.

2793 21553 ISSA S.A.S 801004383 Quindo Eje Cafetero Remite observaciones tecnicas de formulación del proyecto.La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto en su resultado de evaluación técnica NO ES VIABLE.

10968 21611ASOCIACION DE PORCICULTORES DE QUIMBAYA ASOPORQUIM

900278474-6 Quindo Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

La observación es presentada de manera extemporánea según Adenda No. 3 del Pliego Definitivo, dado que el plazo vencía el 7 de septiembre de 2016 y la observación fue presentada el día 8 de septiembre de 2016; no obstante revisada la observación del proponente, se ratifica que el proyecto NO CUMPLE: 1) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal g-, NO se aportó certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal de la empresa dando cuenta del cumplimiento de aportes parafiscales. Se aporta una certificación expedida por la contadora que no es la revisora fiscal que figura en el certificado del a cámara de comercio, señalando que la empresa no está obligada al pago de aportes parafiscales por no tener personal vinculado. Dicha certificación debió ser expedida por el revisor fiscal o por el representante legal. 2) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal b-, el Representante Legal de la empresa proponente SI demuestra tener facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y para contratar en la cuantía ofertada, pero el documento que acredita dichas facultades, está fechado con posterioridad al cierre de la convocatoria . Esto se constituye en causal de rechazo, pues no cumplió con los documentos jurídicos, toda vez que al momento de presentar la propuesta, no estaba facultado el representante legal para los efectos. 3) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal g-, NO se aportó certificación expedida por el revisor fiscal y la empresa cuenta con revisor fiscal, o por el representante legal; la certificación aportada fue suscrita por el contador, dando cuenta que la empresa no está obligada a pagar parafiscales por no tener personal vinculado. No hace alusión a los aportes del sistema de seguridad social integral. 4) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal h-, NO se aportó fotocopia del documento de identidad del representante legal de la empresa proponente. 5) Tal y como lo establece el pliego definitivo en el capítulo VI. “documentos de la propuesta” numeral 1. “documentos jurídicos”, literal b- “requisitos de participación para radicación de proyectos”, literal i-, NO se aportó fotocopia de la cédula del contador de la empresa, NI fotocopia de la tarjeta profesional del contador y NO se aportó certificado de antecedentes vigente expedido por la Junta Central de Contadores del contador.

9330 21277 PROVEER INSTITUCIONAL S.A.S 900365660-2 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas

Revisada la observación presentada por el proponente se determinó que el proyecto presentado CUMPLE con la verificación jurídica acorde a los términos de referencia de la convocatoria; en relación al resultado de la verificación económica la observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica y por lo tanto NO ES VIABLE.

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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384 21333 HOSPITEC S.I. 900515130-5 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, la descripción del rubro “Pago de Servicios Tecnológicos” en el proyecto presentado es “servicio de Cloud Computing”, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica dado que la descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado contenida en el producto 04 del resultado 02 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia.

7834 21616 CAUCHOS Y DERIVADOS S.A.S CADELI 900226784 Risaralda Eje Cafetero

Atendiendo a lo establecido en el numeral 1, del Capítulo III del Pliego de la Convocatoria , modificado parcialmente por la Adenda No. 3, "CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA", y de acuerdo al "Término para que los proponentes presenten observaciones a la publicación ", enviamos respuesta a cada una de las observaciones realizadas a la propuesta id- Preinscripción 7834 N° de Radicado SIGP 21616.

Nos permitimos enviar documento en formato PDF con las respuestas a las siguientes observaciones:

1. Se presentan objetivos específicos mal formulados:

De acuerdo a la observación recibida, se realizan ajustes a los objetivos específicos revisando que estos sean medibles y estén acordes con el Objetivo General, garantizando la viabilidad técnica del proyecto.

2. No es posible verificar todos los beneficiarios incluidos en el proyecto:

Con el fin de garantizar la verificación de los beneficiarios incluidos en el proyecto, se realiza un ajuste de los mismos dejando claramente quienes serian los beneficiarios, se realiza la modificación en la plataforma. (Se anexa impresión de la modificación desde la plataforma).3. No se incluye una alianza con posibles clientes:

Dando cumplimiento a esta solicitud se envían cartas correspondientes a de confirmación de alianzas con clientes como ABB Ltda. y Suzuki Motor de Colombia S.A.

4. El presupuesto de insumos financiado corresponde más a compra de equipo y no a consumibles:

Se realiza un listado con la respectiva clasificación de los insumos, materiales e instrumentación accesoria necesaria para llevar a cabo la implementación de estos sistemas, se hace nota aclaratoria haciéndose énfasis de que corresponden al rubro "Insumos y Materiales" y no a compra de equipos.

Muchas gracias por la atención prestada.

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO ES VIABLE.

10519 21217 PUNTOEXE SOLUCIONES INFORMATICAS S.A.S 900140792-1 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica dado que la descripción del rubro Pago Servicios Tecnológicos en el proyecto formulado en el producto 04 del resultado 01 no coincide con la definición contemplada en el Capítulo II. Numeral 12. Literal d) Punto 4 de los términos de referencia, así las cosas el proyecto NO ES VIABLE.

2170 21255 CENTRO DE SISTEMATIZACIÓN AMBIENTAL SAS 900371640 Risaralda Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

La subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007; el contenido de los estados financieros no es materia de subsanación, solo la presentación del documento como tal, reiterándose que de permitir esto, se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia; adicional a esto, el Decreto 2649 de 1993 en su artículo 106 establece: “Las partidas que correspondan a la corrección de errores contables de periodos anteriores, provenientes de equivocaciones en cómputos matemáticos, de desviaciones en la aplicación de normas contables o de haber pasado inadvertidos hechos cuantificables que existían a la fecha en que se difundió́ la información financiera, se deben incluir en los resultados del periodo en que se advirtieren”; por lo anterior este operador ratifica que el proyecto presentado NO CUMPLE la verificación económica, dado que el valor de la contrapartida en efectivo es inferior al mínimo exigido acorde a los términos de referencia del proceso y el capital de trabajo es inferior al valor de la contrapartida en efectivo incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

11082 21276 PLANTA Y FRIGORIFICO DEL OTUN FRIGOTUN S.A.S. 900256495 Risaralda Eje Cafetero

De acuerdo a la solicitud recibida para enviar el documento que acredita al representante legal con facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta a la Convocatoria de Fomento de la Innovación y el Desarrollo Tecnológico en las Empresas, con enfoque Regional 2015-2017, Proceso I; realizada por el operador, no se aclaró que el documento debía ir con una fecha determinada y por lo tanto se envió con la fecha del envió de la aclaración.

procedemos a enviar la certificación con la fecha exigida.

Con respecto al uso de los rubros en el producto numero 3.1 la descripción de la actividad descrita como "Personal encargado de la toma de muestras en lafuente. tecnologo con experiencia en caracterización de agua UTP" corresponde a un servicio tecnológico que presta la Universidad Tecnológica de Pereira que corresponde a la toma de muestras cumpliendo los requisitos técnicos que requieren para este proceso, realizado por personal acreditado para tal fin.

Dado lo anterior solicitamos considerar las anteriores precisiones como base para calificar el proyecto como viable, considerando adicionalmente que la calificación técnica del proyecto fue de 82 puntos.

La subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007; no se considera procedente que si al momento de subsanar la documentación adjunta no cumple en su contenido con los requisitos, pueda seguir siendo presentada en posteriores oportunidades sin requerimiento del operador, pues se estaría en frente de un mejoramiento de la propuesta a medida que van surgiendo circunstancias nuevas al interior de la convocatoria; el oficio de autorización de junta directiva aportado por el proponente una vez fue requerido por el operador, se encuentra fechado al 17 de Agosto de 2016, motivo por el cual la propuesta fue rechazada pues las facultades para contratar del representante legal, fueron otorgadas con posterioridad al cierre de la convocatoria, no siendo procedente que el proponente aporte un nuevo oficio de autorización de junta directiva con fecha anterior al cierre de la convocatoria, pues el operador no lo requirió para que volviera a subsanar, así las cosas, el proyecto NO CUMPLE la verificación jurídica, por lo anterior, el operador se ratifica en la evaluación realizada a este proyecto como NO VIABLE.

8090 21306 OCEANIC CASA DE SOFTWARE LTDA 900211550 Risaralda Eje Cafetero Remite anexos de la propuesta

La subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007; el contenido de los estados financieros no es materia de subsanación, solo la presentación del documento como tal, reiterándose que de permitir esto, se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia; ; adicional a esto, el Decreto 2649 de 1993 en su artículo 106 establece: “Las partidas que correspondan a la corrección de errores contables de periodos anteriores, provenientes de equivocaciones en cómputos matemáticos, de desviaciones en la aplicación de normas contables o de haber pasado inadvertidos hechos cuantificables que existían a la fecha en que se difundió́ la información financiera, se deben incluir en los resultados del periodo en que se advirtieren”; por lo anterior, este operador ratifica que el proyecto presentado NO CUMPLE la verificación económica, dado que el capital de trabajo según los estados financieros presentados al cierre de la convocatoria (11 de julio de 2016) es inferior al valor de la contrapartida en efectivo incumpliendo lo señalado en el capítulo III, numeral 6, literal b) punto 3 de los términos de referencia del proceso.

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PROCESO I

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1931 21341 PENTAGRAMA SAS 816004182-0 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones tecnicas de formulación del proyecto.La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO ES VIABLE.

9488 21404 INNOVATIVE EDUCATION 900268071-9 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica dado que la descripción del rubro adquisición de equipos y software para los gastos asociados al alquiler de equipo no corresponde con lo contenido en el capítulo II. Numeral 12. Literal f) punto 2 de los términos de referencia, así las cosas el proyecto NO ES VIABLE.

12011 21558 CONSTRUARQ 360 900660864-2 Risaralda Eje Cafetero

Amablemente solicitamos revisar la siguientes observaciones a los resultados preliminares de proyectos presentados a la CONVOCATORIA DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LAS EMPRESAS 2015-2017 CON ENFOQUE REGIONAL PROCESO I.

Resultado verificación de documentos jurídicos:

Anexamos Acta de asamblea "Autorización monto de contratación" No 2, donde se evidencia que el representante legal tiene las facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y contratar en la cuantía ofertada desde el 11 de abril del presente año.

Resultado evaluación técnica:

De acuerdo al contenido del proyecto consideramos que las siguientes citas del planteamiento del problema identifican la problemática principal que vamos a mitigar:· “las microempresas generalmente no tienen la capacidad para desarrollar procesos de innovación y desarrollo para mejorar sus productos o procesos.”· “el estancamiento de la productividad, la oferta productiva que no presenta mayores valores agregados, producto del desconocimiento de las herramientas y métodos para innovar, las dificultades para acceder a la oferta institucional de apoyo a la innovación y al desarrollo tecnológico.”· “En esta medida, desde la concepción del Modelo Metodológico que Construarq pretende desarrollar para aplicación de procesos de innovación y desarrollo tecnológico en microempresas garantizará una intervención adecuada a las necesidades de cada unidad de negocio, facilitará una implementación escalable en desde su inicio y racionalizará los costos de la misma, lo que permitirá que cualquier microempresa contar con estas capacidades sin tener que comprometer muchos recursos (económicos, físicos y humanos) para lograrlo.”Amablemente solicitamos revisar los impactos y los objetivos específicos en vista de que presentan mayor claridad y relación directa con el cumplimiento del objetivo general que los resultados del proyecto, puesto que los resultados fueron seleccionados y organizados para poder ingresar los datos financieros completos de forma organizada al SIGP y de acuerdo a las limitaciones de esta plataforma.

Entendemos que el objetivo de la convocatoria más que presentar un proyecto escrito de acuerdo a la estructura del SIGP es aumentar la competitividad de las mipymes del país y partiendo de esto ubicamos el proyecto en la plataforma SIGP según los posibilidades que esta brinda.

OBJETIVO GENERAL:

Mejorar la competitividad de la empresa Construarq 360 S.A.S., mediante la construcción de un modelo metodológico para la implementación de procesos de innovación y desarrollo tecnológico en las mipymes de la zona centro occidente de los municipios de Risaralda.

Todos los impactos están directamente ligados con la capacidad de atención de Construarq 360, demostrando crecimientos más que significativos en la productividad de la misma:Impacto 1: Crecimiento del 85.7% Número de procesos de innovación y desarrollo tecnológico implementados por mesImpacto 2: Crecimiento del 100% Número de entidades favorecidas con la transferencia del modelo metodológico I+D 360 por añoImpacto 3: Crecimiento del 200% Número de Empresas y/o Organizaciones de productores favorecidos con la implementación del modelo metodológico I+D 360 por año.Agradecemos de antemano su atención y las observaciones planteadas,

La subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007; no se considera procedente que si al momento de subsanar la documentación adjunta no cumple en su contenido con los requisitos, pueda seguir siendo presentada en posteriores oportunidades sin requerimiento del operador, pues se estaría en frente de un mejoramiento de la propuesta a medida que van surgiendo circunstancias nuevas al interior de la convocatoria; el acta de asamblea extraordinaria aportada por el proponente una vez fue requerido por el operador, se encuentra fechada al 01 de Agosto de 2016, motivo por el cual la propuesta fue rechazada pues las facultades para contratar del representante legal, fueron otorgadas con posterioridad al cierre de la convocatoria, no siendo procedente que el proponente aporte una nueva acta de asamblea con fecha anterior al cierre de la convocatoria, pues el operador no lo requirió para que volviera a subsanar. Por lo anterior, el operador se ratifica en la evaluación realizada a este proyecto como NO VIABLE.

10437 21470 PREVISA SAS 900458169 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas y técnicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, además la subsanación de documentos solo aplica a solicitud del Operador tal y como lo permite la ley 1150 de 2007, por lo tanto el documento aportado por el proponente denominado “CONVENIO PREVISA FENALCO”, tampoco es de recibo por parte del operador, así las cosas, el proyectos NO ES VIABLE.

8222 21685 SOLÉ SOLUCIONES EMPRESARIALES LTDA. 900241655-2 Risaralda Eje Cafetero Remite observaciones económicas

La observación que realiza el proponente no es de recibo de este operador pues se estaría frente a un mejoramiento de la propuesta presentada, lo cual no es permitido según los términos de referencia y se estarían violando los principios de selección objetiva, igualdad, transparencia y libre concurrencia, por lo tanto se ratifica que el proyecto NO CUMPLE la verificación económica, dado que la descripción del rubro adquisición equipos y software contenida en el proyecto en los productos P05 del resultado R03, P06 y P07 del resultado R04 no corresponde con la definición contemplada en el capítulo II. Numeral 12. Literal f) Punto 2 de los términos de referencia.

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PROCESO I

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10513 21600 MEDICINA Y TECNOLOGIA EN SALUD SAS 900057926-5 Arauca LlanosAgradeceriamos la revision de los hallazgos devido a que no corresponden con el documento del proyecto enviado (Adjunto), en lo referente a los items señalados. Se reviso, los items no encontrando las inconsistencias señaladas por la revisión.

Atendiendo a su requerimiento, y habiendo realizado el proceso de verificación, nos permitimos presentar muy cordialmente la siguiente respuesta:Las observaciones que fueron publicadas como resultado de la verificación se hicieron con base en el formulario que aparece registrado en el SIGP, y que no corresponde con el archivo que usted nos envía. De acuerdo a dicha versión digital aparecen inconsistencias en los rubros:"Costo de personal técnica especializado", que es usado en uno de los ítem del presupuesto para el "pago de aportes de nómina del aprendiz SENA", lo cual no corresponde a su naturaleza. "Costo de personal no calificado" que es utilizado para "pago de aportes de nómina del aprendiz SENA", lo que no corresponde a su naturaleza, menos teniendo en cuenta que el uso del rubro "Aportes parafiscales y SGSS" contiene exactamente la misma descripción ("pago de aportes de nómina del aprendiz SENA"), caso último en el que sí es correcto."Aportes parafiscales y SGSS" que es utilizado para "compra de licencia de software e infraestructura de hardware necesario para ejecución de procesos a implementar"Por lo tanto, es de resaltar que se incurre repetidamente en el uso de rubros para recursos distintos a su naturaleza. Inclusive, a pesar de no ser parte de nuestro alcance, queremos anotar que aunque la versión que ustedes nos presentan no corresponde a la versión registrada y validada en el SIGP -que es la versión sujeta a evaluación- en el proceso de debido contraste y revisión del archivo de su solicitud, se encuentra nuevamente el error de cambio de rubros mencionado. Para dar un ejemplo, con el fin de dar la mayor claridad posible a ustedes, mencionaremos cómo allí ocurre exactamente lo mismo que en la versión del SIGP.En el rubro "aportes parafiscales y SGSS" se incluye con regularidad la siguiente descripción "Se dispone de este rubro para el pago de aportes de nómina del aprendiz SENA", lo cual es adecuado. No obstante, en uno de los ítem se relaciona el rubro mencionado (aportes parafiscales y SGSS) con "Se dispone de este rubro para la contratación de un aprendiz SENA para la Documentación de los Procesos a Implementar", lo cual es incorrecto, pues se debería incluir en el rubro "Costo de personal no calificado"; sobre todo, teniendo en cuenta que este último rubro (costo personal no calificado) en repetidas ocasiones fue usado con la descripción "Se dispone de este rubro para la contratación de un aprendiz SENA para la Documentación de los Procesos a Implementar", la cual equivale exactamente a la que se relacionó equivocadamente en el rubro de Aportes parafiscales y SGSS y que fue citada anteriormente. Por lo que se incurre en un uso inadecuado de rubros.

11448 21788 TATACOA EXPRESS SAS 900318432 Meta Llanos De acuerdo a la publicación de resultados realizada el 5 de septiembre de 2016, adjuntamos nuestras observaciones. Documento Adjunto.

Expresamos enorme agradecimiento por el interés en participar de la Convocatoria de desarrollo tecnológico e innovación del SENA y celebramos los buenos resultados obtenidos en la evaluación técnica, lo cual demuestra el gran potencial con el que se cuenta para la formulación de futuras propuestas en esta misma línea de convocatoria. No obstante, en lo que refiere a la verificación económica se presentó incumplimiento irreparable en los porcentajes definidos por los términos de referencia, tal como es el caso de la transferencia de tecnología al SENA que reportó un 2.9% siendo requerido un 3% del valor total del proyecto para la misma. Esto es indistinto de que la diferencia esté dada en cifras decimales o no, o lo pequeña que esta pueda ser. De modo que, en el caso de que el presupuesto con el que se cuente previamente contenga cifras decimales, estas deben ser redondeadas para poder ser ingresadas a la plataforma, teniendo siempre presente que no se lleguen a afectar las proporciones requeridas. Así mismo, es de vital importancia resaltar que no se permite ABSOLUTAMENTE NINGUNA MODIFICACIÓN a la información registrada en el formulario SIGP, inclusive si esta no afecta los valores totales del proyecto o los montos de financiación cargados a cada fuente; todo ello debido a lo expresamente indicado por el SENA con respecto a que una vez efectuado el cierre de la convocatoria no se podrá realizar ningún tipo de cambio a lo consignado en el formulario. Finalmente, quisiéramos resaltar nuevamente el potencial con que cuenta este proyecto para las futuras convocatorias que se surtan para este mismo efecto, teniendo muy en cuenta al momento de diligenciar los valores en el formulario que no se afecte el cumplimiento de los porcentajes requeridos. Por ello, animamos al proponente a nuevas postulaciones a las convocatorias próximas, ya que teniendo en cuenta lo señalado, muy probablemente se puedan obtener mejores resultados.

3050 21235 ASERHI SAS ESP 830502145 Cauca Pacífico

Como respuesta a la primera observación, en el proyecto se muestra claramente que será entregado al Sena como contrapartida un documento especializado con los resultados del proyecto enfocando en el tratamiento de residuos con nuevas tecnologías como la valorización energética de los residuos. El cual es un documento que tendrá ISSN y se entregará al SENA como uno de los productos de transferencia de los 4 productos que serán entregados al SENA.

En las observaciones de los resultados se destaca la importancia de la justificativa del proyecto, siendo un tema innovador para la región y hasta para Colombia. Además el proyecto no es solo un estudio, si no como su nombre lo indica se enfoca en el diseño y proyección de una planta de valorización energética de residuos para el departamento, siendo e nuestro caso los planos y diseño el prototipo para empezar con la construcción, y la continuidad será dada a partir de este diseño.

Por lo tanto solicitamos la reevaluación del concepto y agradecemos por el tiempo para la evaluación de nuestro proyecto.

Una vez reevaluado el proyecto en los componentes de objetivos y resultados expresados por la empresa, el comité considera lo siguiente:

• Se identifica que los resultados definidos están alineados con los objetivos específicos propuestos en el proyecto.• En el marco de los objetivos propuestos por la convocatoria Fomento de la innovación y desarrollo tecnológico en las empresas 2015-2017, “La línea programática de la convocatoria corresponde a Fomento de la Innovación y Desarrollo Tecnológico en las Empresas, para la cual se podrán presentar proyectos que se enmarquen en una o varias de las siguientes estrategias: a) Desarrollo e implementación de tecnologías o conocimientos que se originen en las empresas, o a partir de investigación aplicada, en el que se creen nuevos productos, servicios o la generación de nuevos procesos. b) Transferencia y apropiación de tecnologías o conocimientos que mejoren la capacidad competitiva, la gestión tecnológica y la innovación de productos y procesos en las empresas. c) Apoyo de iniciativas de innovación y desarrollo tecnológico que se originen en los diferentes sectores productivos y que se enmarquen en el diseño, apropiación y desarrollo de buenas prácticas, de acuerdo con los estándares internacionales.”, por lo tanto se considera de vital importancia que los proyectos estén enfocados a la implementación de procesos y productos que le brinden a las empresas mejoramientos de innovación y desarrollo tecnológico.

• Al relacionar el marco de la convocatoria con los resultados del proyecto propuesto por la empresa, que está basado en la entrega de estudios y documentos, no se identifica la implementación y la garantía de la apropiación de la innovación y el desarrollo tecnológico.

Por lo tanto el comité conserva la calificación otorgada en la evaluación técnica al proyecto y recomienda que puede ser reformulado y presentado en el siguiente proceso.

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PROCESO I

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2505 21295 DEMOSS PROTOTIPADO SAS 9005899039 Cauca Pacífico

Como proponentes queremos realizar las respectivas aclaraciones a las observaciones emitidas por el comité evaluador quienes emitieron los siguientes conceptos que han ocasionado que nuestro proyecto sea considerado temporalmente NO VIABLE. A continuación citamos la observación emitida por el comité evaluador:

“No es clara la relación de problema identificado con los objetivos propuestos. No es preciso el objeto de innovación y desarrollo tecnológico.”Para aclarar estos puntos hemos elaborado este corto documento que esperamos sea suficiente para comprender la importancia de este proyecto para nuestra empresa y para el sector educativo de nuestra región y país.

Problema Identificado.En la REGION PACIFICO y principalmente en nuestra ciudad de Popayán, NO EXISTEN fabricantes de productos tecnológicos educativos y Los principales fabricantes de kit’s educativos en robótica en el mundo ofrecen productos de alto costo (mayores a $400 dólares) que muchas instituciones ducativas no están dispuestos a pagar y además los productos están adaptados a otros entornos culturales y educativos diferentes a nuestro pais. Es por eso que este proyecto tiene como propósito principal desarrollar un producto tecnológico educativo que permitirá de una forma entretenida, práctica y sencilla apropiar y reforzar el aprendizaje de nuevos conceptos en áreas como matemáticas, física, electrónica, programación, mecánica e inglés adaptado a las necesidades y condiciones educativas de nuestro país. Para ello el presente proyecto investigativo diseñara, fabricara y validara un kit robótico educativo. Este kit tecnológico está compuesto por una guía o cartilla a todo color que orientara al estudiante y profesor en la realización de las prácticas en las diferentes áreas mencionadas. Contará con Un Robot educativo para realizar las prácticas descritas en la guía y contara con una aplicación móvil para poder extender las funcionalidades del kit empleando TIC (tecnologías de la información y la comunicación). En la siguiente imagen se observa un producto similar con el propósito de que el lector se haga una idea del producto que se quiere desarrollar.Actualmente El Departamento del Cauca cuenta con una población infantil de 33.001 habitantes comprendidos entre los 8 y 15 años de edad, 20 instituciones de educación superior integradas por 8.391 estudiantes de programas técnicos, tecnólogos y profesionales de carreras afines a las ingenierías. Lo que representa una excelente oportunidad para desarrollar una línea de productos tecnológicos educativos más económicos adaptados al entorno cultural y educativo de nuestra región y país que repercuta en la mejor preparación de nuestros estudiantes para sumir los nuevos retos tecnológicos. Componente innovativo: DEMOSS PROTOTIPADO SAS se convertiría en la primera empresa en la REGION PACIFICO en desarrollar productos tecnológicos de este tipo para el sector educativo. Introduciendo un producto multidisciplinario que se convierta en una poderosa herramienta para ayudar en las actividades diarias de muchos docentes que día a día recurre a la tecnología para mejorar los procesos educativos antiguos y obsoletos, porque “La Robótica Educativa es la revolución en educación que está enamorando a los jóvenes para acercarse a la ciencia y a la tecnología” Esperamos que con este documento se tenga una visión más clara y amplia del propósito del proyecto a desarrollar y de su impacto al sector educativo de nuestra región y nuestra empresa que ha sido beneficiara de programas como FONDO EMPRENDER Y ALIANZAS PARA LA INNOVACION.

Al reevaluar el proyecto, basado el comité en la aclaración que hace el empresario y revisado en detalle el anexo 8, se identifica una mayor pertinencia en la relación de problema, objetivos, metodología y relación con la agenda de política pública regional o local. Se evidencia la obtención de nuevos productos y la articulación con el mercado. Los resultados están alineados con los objetivos, los costos son razonables y No se evidencia alineación del perfil del equipo con los requerimientos en razón a que se considera un equipo más administrativo que técnica.

Por lo tanto el comité recalifica el proyecto y el consolidado nuevo da una nota de evaluación técnica global de 73,25 y por cada componente así:

Pertinencia: 22Criterios de innovación: 16,50Resultados esperados: 16,25Racionalidad de los costos: 7Capacidad de los ejecutores: 10,50Puntaje Adicional: 1

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SENARESPUESTA A OBSERVACIONES DE PUBLICACION PRELIMINAR VERIFICACIÓN JURÍDICA, VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y EVALUACIÓN TÉCNICA

PROCESO I

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12625 21491 SOLUCIONES PROFESIONALES INTELIGENTES 9001080824 Cauca Pacífico

1. RESULTADO VERIFICACION ECONOMICA Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor. El rubro de transferencia tecnológica por un mínimo de 3% del valor del proyecto está contemplado en el presupuesto, y se realizó el proceso de aceptación por parte del Líder SENNOVA Centro de Formación SENA, ING ALFARO TANDIOY, el cual consiste en Producto. Módulo de conexión móvil para servicios Rest y RestFull: Este módulo permitirá la generación automática de interfaces para aplicaciones móvil con un estilo de arquitectura de hipermedia para consulta de datos provenientes de consultas a bases de datos. El producto se entregara empaquetado como librería JAR para su uso en proyectos Android. se entregará una Licencia Académica por equipo para enseñanza perteneciente al Sena Centro de comercio y Servicios, Cauca. Aplica para uso en instituciones educativas y de único destino la enseñanza. Se restringe su redistribución y/o uso comercial no autorizado. Actividad: Capacitación en el uso y bondades del servicio Rest: Se realizará una sesión de capacitación presencial de 4 horas en las instalaciones del Sena, en la cual se mostrara el uso y bondades de la herramienta a entregar. De igual forma se explicarán conceptos de arquitectura utilizados para la construcción del servicio Rest El error se debió a que al momento de ingresar se confundió el rubro y este fue consignado a Costo personal técnico especializado y no a Transferencia Tecnológica Sena. Como se puede ver en los pantallazos a continuaciónPETICIÓN Por lo anterior solicitamos sea tenida en cuenta que SI se estimó el valor de transferencia por un valor de $9.000.000 correspondiente al 3% del valor de presupuesto y se Califique como CUMPLE.2. RESULTADOS EVALUACION TECNICA Existen en el mercado soluciones similares. Costos altos comparados con opciones en el mercado. Alto costo en honorarios.

OBSERVACION

1 Existen en el mercado soluciones similares. El proyecto planteado cuenta con muchas variables tecnológicas, lo que hace complejo en su desarrollo y ejecución, de igual manera singular frente a otras aplicaciones en el mercado, ya que, es posible que existan aplicaciones móviles que brinden soluciones al estado como las utilizadas por la DIAN para censos, sin embargo, la complejidad de este proyecto no se limita en la recolección de información en sitio, sino en la integración de información y soluciones, como lo es el integrar información de aplicativos propietarios de otros proveedores a través de servicios Web, el uso de la plataforma de seguimiento satelital propiedad de S&P SOLUTIONS para configuración de rutas, y seguimiento a censadores, y el proceso de cobro de impuestos que requiere una norma específica. En la investigación del estado del Arte para la elaboración de este proyecto se encontró que si bien se han hecho esfuerzos de implementar censos comerciales como el establecido en el año 2006 para 4 ciudades principales, Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, el cual requirió una inversión de 1.300.millones de pesos,1 este Censo comercial buscaba el conteo de establecimientos, conocer características de empleados, categorías, numero de cajas registradoras, presencia de refrigerador, entre otras, para establecer zonas de ciudades con mayor consumo de un producto o servicios para orientar estrategias de mercadeo, esta no se enfocaba en brindar herramientas o apoyo a la administración municipal para el recaudo de impuestos. De igual manera se tienen datos del año 2013 del proyecto denominado InfoComercio 2013, el cual pretendía recopilar datos de establecimientos comerciales de 50 ciudades importantes de Colombia, este censo al igual que los anteriores, se enfocaban en realizar una radiografía más exacta del comercio en Colombia2 para conocer las tendencias en el mercado, pero no para brindar apoyo al cobro de impuestos de industria y comercio municipales, los cuales requieren el manejo más complejo de información

Finalmente en el documento INFORME DE GESTIÓN Y RESULTADOS 2012-2015 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA de la ciudad de Bogotá D, C, emitido en el mes de diciembre de 2015 donde se pueden observar las estrategias y resultados obtenidos para el éxito en el recaudo de impuestos, se tiene que, se ha dado inicio a la incorporación de tecnología que permite la captura de ofertas inmobiliarias a través de dispositivos móviles que transmiten en línea la información recolectada en terreno, permitiendo hacer el seguimiento al trabajo en línea.3 pero esta herramienta solo se ha implementado para OFERTAS INMOBILIARIAS, y no para recaudo en línea de impuestos. Este proyecto además de novedoso, integra diferentes plataformas las cuales brindan soluciones a los municipios con cartera morosa de impuestos. De la misma manera se realizó investigación en el portal CATALOGO DE SOFTWARE el cual concentra los productos ofertados por las diferentes empresas del sector tecnológico y no se pudo encontrar una solución orientada netamente al recaudo de impuestos municipales, tampoco con apoyo de dispositivos móviles.Anteriormente se realizaron acercamientos a los municipios de nuestra región los cuales no cuentan con una herramienta tecnológica de esta magnitud, además se evaluó la posible compra de esta solución de acuerdo a la categoría la cual se ajustaba a los presupuestos municipales.PETICIÓN Por lo anterior solicitamos sea evaluada como CUMPLE ya que es claro la pertinencia del proyecto a nivel regional y en mayor escala a nivel nacional, además es claro la innovación, desarrollo tecnológico y competitividad que aporta el proyecto. Criterios que según el pliego definitivos son determinantes para la evaluación y calificación.

2. Costos altos comparados con opciones en el mercado. Los costos del producto parten de nuestra experiencia de más de 10 años de trabajo con el sector gobierno, un sector de mercado bastante complejo, con muchas variantes, poca planeación, alta exigencia de servicios, razones que a continuación explicaremos para sustentar el valor indicado: Variables que determinan el precio • La solución planteada en el proyecto no incluye únicamente la venta o licenciamiento de una plataforma tecnológica con las bondades funcionales mencionadas, es también la integración con herramientas administrativas – financieras de uso de los municipios, lo cual implica un esfuerzo de personalización e integración con otros proveedores para brindar una herramienta integral a nuestros clientes. • Nuestra oferta también incluye el servicio de soporte por doce (12) meses, normalmente otros proveedores lo brindan hasta por seis (6) meses. Este servicio incluye sin costo adicional para el cliente la garantía de cambios y adaptaciones funcionales por variación en las normas nacionales o municipales que afecte el funcionamiento individual de la solución o su integración con otros sistemas de información. • Nuestra póliza de soporte también incluye tres (3) visitas presenciales de hasta 45 horas en las instalaciones del cliente para brindar acompañamiento, mantenimiento y atención a eventos reportados. • Durante el proceso de instalación y soporte técnico de la aplicación ponemos a disposición del cliente el uso de 150 horas de desarrollo en la cual el cliente podrá solicitar requerimientos sin costo adicional para tareas de personalización de la aplicación. Lo anterior implica un costo para la empresa en horas de desarrollo cuando el cliente haga uso de las horas de desarrollo. • Por la complejidad de la solución en cuanto a que se debe capacitar diversas áreas de la administración municipal, integrar sistemas de información, interactuar con diversos proveedores, interactuar con las redes de datos de las empresas de telefonía celular, tratar con la facilidad de aprendizaje de las personas entre otras, se estima que el proceso de implantación puede tardar aproximadamente dos (2) meses con al menos dos (2) profesionales dedicados al proyecto. Lo anterior implica costos de alojamiento, alimentación, transporte, salarios, imprevistos etc que deben sumarse al costo del producto. • Se debe tener en cuenta que el proyecto está orientado únicamente para municipios en los cuales se deben pagar ciertas tasas variables sobra el valor base del contrato. Un ejemplo de estas tasas es lo descontado por deducibles como: Prodeporte, Proancianos, ProUniversidad etc, conociendo rangos de descuentos desde 3% hasta 8%, lo cual se debe tener en cuenta al momento de estimar el valor de un producto. • Se ofrece el proceso de censo comercial el cual incluye la contratación de cuadrillas de censadores cuyo número será determinado por la categoría de municipio la cual determina lo grande de la población comercial a censar y los esfuerzos en la realización de censo. • El costos de la solución se oferta según categoría de municipio, teniendo en cuenta lo grande del municipio y disponibilidad de presupuesto para contratar toda la solución.

PETICIÓN Se solicita se evalúe nuevamente este punto teniendo en cuentas las diferentes variables expuestas las cuales determinan el precio en el mercado de la solución justificando claramente la RACIONALIDAD EN LOS COSTOS DEL PROYECTO, tal se indica en el pliego definitivo de condiciones. Este precio en el mercado podría ser menor si se recortan los beneficios ofrecidos como tiempo de soporte. Se califique como Cumple dado lo anterior y dada la pertinencia del proyecto que está en marcado en el El plan Nacional de Competitividad e innovación 2014 -2018, además del plan de desarrollo municipal 2016-2019 en su línea estratégica dos: en los siguientes componentes Componente 1: Promoción Del Desarrollo Y Competitividad: Componente 2 Modernización Administrativa Y Organizacional

Una vez reevaluado el proyecto con base en las observaciones presentadas por el empresario se determina lo siguiente:

• Plan de Transferencia al SENASe evidencia que la empresa firmo con el líder Sennova el plan de transferencia (Anexo 7) por valor de nueve millones de pesos ($9.000.000). Al verificar en el formulario SIGP, se encontró que en los datos de rubros parciales aparece la discriminación de los nueve millones de pesos de la transferencia, pero no en el presupuesto global. Por lo tanto el comité considera subsanar con base en el rubro parcial y el anexo 7 el valor de la transferencia. Esto significa que el presupuesto global se modifica en los siguientes valores:

Financiación Sena total $241.968.000, Que representa el 78,3%Aporte de contrapartida: $67.032.000, que representa el 21,7%Total proyecto $309.000.000

• Con relación a que existe en el mercado soluciones similares, el comité plantea que no se habla de que la propuesta de la empresa ya esté en el mercado, sino de que existen modelos y soluciones parecidas ofertadas en el mismo; por lo tanto el comité considera que el componente de innovación de la propuesta debe detallarse más y mejorarse.

• Con respecto a los costos altos comparado con el mercado, las aclaraciones que hace el empresario están enfocados en una venta de servicios o contratación de una firma de apoyo en el uso de un software, lo cual no corresponde al objeto del proyecto, que consiste en la Creación De Un Sistema De Información Web Y Geo-referenciación Que Integre Las Áreas De Rentas, Tesorería, Cobro Coactivo de un municipio y Que Permita La Localización De Establecimientos Comerciales Censados A Través De Dispositivos Móviles Para Realizar Notificación De Cobro En Lugar De Residencia Del Establecimiento Comercial. Por lo tanto el comité conserva su apreciación en este componente

• Con respecto al alto costo en honorarios, el empresario manifiesta como argumento la oferta y demanda de profesionales en la ciudad de Popayán; y el comité compara en cuantía moderada del mercado nacional; por lo tanto el comité conserva su concepto de alto costo de honorarios.

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PROCESO I

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3037 21225 CORPORACIÓN INCUBADORA DE EMPRESAS DE NARIÑO 814006263-0 Nariño Pacífico

Muy respetuosamente me dirijo a usted para manifestar mi desacuerdo con el concepto de evaluación del proyecto “Diseño e implementación de una Unidad de prospectiva, vigilancia e inteligencia estratégica para el fortalecimiento de la Corporación Incubadora de empresas Nariño CIEN” presentado a la Convocatoria de SENNOVA - Fomento IDT 2015-2017, por los siguientes motivos: Según la evaluación “El planteamiento del problema no es claro se confunde con la oferta de un portafolio de servicios, en conjunto el desarrollo del proyecto no se evidencia el mejoramiento tecnológico de procesos”. En este sentido en el planteamiento del problema del proyecto se manifiesta que: “según la encuesta de innovación de Colciencias 2015, solo el 2% de las empresas del país aplica vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva, y solo el 1% sabe qué y para qué es útil la prospectiva en las pequeñas empresas”, párrafo donde se sintetiza el problema central asociado al bajo nivel uso de procesos de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva por parte de las empresas lo cual se asocia al bajo nivel de competitividad de las empresas en la ciudad de Pasto. Es evidente que la implementación de este proyecto se enfoca al mejoramiento tecnológico de procesos mediante la implementación de una Unidad de prospectiva, vigilancia e inteligencia estratégica para el fortalecimiento de incubadora de empresas Nariño, para elevar el valor agregado de sus productos y servicios en la región pacifico, enfocado a mejorar procesos de competitividad de las empresas en la región, además con el desarrollo de los objetivos específicos se busca implementar en 20 empresas procesos de vigilancia e inteligencia competitiva Comercial. En el proyecto se contempla la necesidad por el continuo proceso de cambio tecnológico y el aumento exponencial de la disponibilidad de la información, estar al tanto del entorno es vital para garantizar la supervivencia de las organizaciones. Por ende, su práctica se ha profesionalizado por medio de la formación específica y la optimización de metodologías. Con respecto al concepto de evaluación: “No hay una evidencia clara que el proyecto contribuya en la generación nuevos empleos, los resultados y productos no permiten verificar el logro de los objetivos”. Los resultados y productos están enfocados al logro de los objetivos diseñados. Con respecto a los indicadores que se definieron, están enfocados a incrementar el numero de proyectos de I+D+i de las empresas y emprendimientos de Nariño, incrementar las ventas de las empresas y emprendimientos seleccionados en Nariño y el incremento en las exportaciones de las empresas y emprendimientos de Nariño; todos estos se orientan a la generación de nuevos empleos. Con respecto a la evaluación: “los costos definidos para el desarrollo del proyecto no están debidamente soportados en cuantías moderadas de acuerdo al mercado”, los costos asociados a la implementación del proyecto se encuentran debidamente soportados y si es necesario se presentarán las cotizaciones.

Por lo anterior, solicito muy respetuosamente la reevaluación del proyecto

Una vez reevaluada la propuesta con base en las observaciones presentadas por el empresario, y teniendo como base que el fundamento de calificación esta direccionada por la información registrada en el formulario SIGP, por lo tanto el comité conserva el concepto emitido en la evaluación técnica y recomienda que la empresa haga ajuste del proyecto y lo presente en el siguiente proceso.

3929 21515 ASOPPITAYA 821002560 Valle del Cauca Pacífico

Teniendo en cuenta la publicacion de los resultados preliminares de Verificación de documentos Juridicos, Verificación Economica y Evaluación Técnica, en donde nosotros como Asoppitaya tenemos una calificacion de 78 puntos y una observación de no viabilidad por: “No se cumple con la verificación de la capacidad de liquidez del ejecutor principal, y en caso alianza de todos los ejecutores del proyecto mediante la siguiente razón financiera: Capital de trabajo = (Activo corriente - Pasivo corriente) Este indicador, calculado con datos a diciembre de 2015, debe ser al menos igual al valor que aporta el ejecutor y o ejecutores como contrapartida en dinero. Para el caso de entidades públicas que realicen aportes en dinero, la solvencia será verificada con el certificado de disponibilidad presupuestal. En caso de no cumplir con ésta verificación, la propuesta será rechazada.”

Por lo anterior considerando que el valor de contrapartida en efectivo se excedió en $2.849.499,44 con relación a los estados financieros presentados en nuestro proyecto según código 21515, nos permitimos remitir para su consideración, los Estados Financieros a Diciembre 31 de 2015 reclasificados, previa revisión del Revisor Fiscal debidamente certificados en donde se oficializan los respectivos cambios en la cuenta de Costos y Gastos por pagar, sin que ello afecte el valor global de los estados financieros.

Así mismo para su verificación y como soporte de la capacidad de liquidez nuestra en el tiempo y en el año que inicia la ejecución del proyecto, remitimos para su consideración nuestros estados financieros a Junio de 2016.

De igual manera ratificamos lo expuesto en la reunión con respecto al respaldo financiero por parte de los productores asociados a la organización (50) para la ejecución de proyectos y actividades de la asociación, lo cual no está cuantificado en los estados financieros, pero que si es una garantía toda vez que los productores están comprometidos con su producción de pitahaya, son propietarios de sus predios en su mayoría y se cuenta con un fondo rotatorio que puede respaldar la diferencia que se presenta en el resultado de la fórmula de evaluación de liquidez de Asopptiaya como ejecutor del proyecto.

Agradecemos su atención, gestión y revisión de los presentes documentos adjuntos.

Una vez revisado los estados financieros presentados por el empresario ajustados con corte a 31 de Diciembre de 2015 en el cual se hizo una reclasificación de los pasivos de la empresa, se determina que la empresa cuenta con un capital de trabajo de $161.548.001, que cubre el aporte de contrapartida en efectivo de $73.997.500, por lo tanto el comité considera subsanada la causal de rechazo.

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PROCESO I

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10302 21309SEGURIDAD INDUSTRIAL SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE SAS

900203234-3 Valle del Cauca Pacífico

En respuesta a la publicación generada el día 6 de septiembre del 2016, Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente SISOMA INGENIERIA SAS, procede a realizar observaciones frente a las validaciones de NO VIABILIDAD propuestas en el pliego publicado en dicha fecha, de la siguiente manera.1. En lo referente a Transferencia de tecnología al SENA, la cual contempla estrictamente los costos asociados a las actividades producto del desarrollo de la ejecución del proyecto y que beneficien la formación y en general la actividad misional de la Entidad. El valor de este rubro debe corresponder como mínimo al 3% del valor del proyecto, y el SENA podrá cofinanciar máximo hasta la mitad de dicho valor.En los costos de transferencia SENA, aunque el ítem cumple con el 3% del valor del proyecto, este debe de ser al menos de la mitad del mismo. Para el caso, de SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE SISOMA INGENIERIA S.A.S, este valor esta representado por un 80% para el SENA y un 20% por SISOMA (anexo 7, como reposa en sus expedientes). Como recomendación del grupo evaluador se solicito una revisión de este ítem, el cual SISOMA INGENIERIA S.A.S asume el 50% del valor de la transferencia, aclarando que esta solicitud se hace si el SENA acepta. Quedando de la siguiente manera: Transferencia Tecnológica SENA: SISOMA SAS $ 4171416, SENA $ 4171416. TOTAL: $8342832.El compromiso que SISOMA INGENIERIA SAS, asume puede ser validado en OTRO SI o revisión de anexo 7 con lider Sennova, de ser subsanable esta observación el proyecto cumple con los requisitos minimos de participación.2. No es claro el planteamiento del problema y objetivo.El planteamiento del problema es redactado desde la limitación clara y precisa del objeto de investigación; para el proyecto se orienta desde la óptica de deficiencia en la información recolectada por exactitud, tiempo, talento humano adecuado, que genera una escasa oferta de servicios de tecnología de esta índole. Se delimita el espacio geográfico (Centro del Valle del Cauca), Se aclara el significado de sus principales conceptos (VANS y RPAS). La selección del problema se determina como necesidad.Determina los recursos disponibles y la posibilidad de desarrollo. Para la metodología propuesta dentro del diseño del proyecto de innovación se plantea la herramienta de Marco Lógico. Este ubica a el problema desde sus causas y efectos (evidencia presentada en archivo excel en dias de acompañamiento), para que luego se transforme en objetivo y pasa de ser una situación lo mas negativa posible a convertirse en el objetivo de la investigación. Para tal caso fue la recomendación desde la asesoría al modelo de parte del gestor.Si existe una interpretación diferente a lo mencionado, por favor retroalimentar a SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE ya que este ítem debió ser revisado con anterioridad y no en esta fase, ya que lo enviado desde los avances corresponde a lo adjunto en el archivo.Una vez aclarado el planteamiento en respuesta a el objetivo, este item debe se revisado para no ser tenido en cuenta como NO VIABILIDAD.3. No se evidencia una innovación o desarrollo tecnológico. Según Oslo y Frascatti, una innovación es la creación e implantación de cambios significativos en el producto, el proceso, el marketing o la organización de la empresa con el propósito de mejorar los resultados. Para el caso de Modelo de automatización para la planeación y medición en obras civiles y servicios ambientales, en el centro del valle del Cauca, es catalogado como una INNOVACION EN PROCESO. Este normalmente es caracterizado por los CAMBIOS SIGNIFICATIVOS en las técnicas, los materiales y/o programas que tengan por objeto la reducción de costos de producción, mejora la calidad de los servicios ofrecidos sensiblemente mejorados. Es importante definir que el proyecto busca mejorar un proceso de medición e interpretación en obras civiles y ambientales, que actualmente se realiza y que genera aumento en costos y tiempos de la planificación de los proyectos, este cambio mejora sustancialmente la productividad en eficiencia de recursos y la generación de una línea nueva de negocio de base tecnológica, orientada a dinámicas mundiales en el uso de aeronaves no tripuladas.Esta interpretación esta definida por los manuales mencionados, y de ser necesario otro concepto diferente a innovación en proceso definido por el comite evaluador, retroalimentar argumentativamente el ITEM, de lo contrario no debe ser causal de NO VIABLIDAD.4. Los resultados y productos no evidencian el mejoramiento de la rentabilidad.En un proceso de innovación, Oslo define que estos resultados están sujetos a los ahorros de costos generados por nuevos procesos de producción. Este ahorro se ve reflejado en el Balance como lo explican sus productos, comparando año anterior. ( Resultado R04).Las mejoras de productividad determinan el grado de preparación en el desarrollo del protocolo empleado. Este se debe en comparación al modelo tradicional Vs el protocolo de vuelo. Dentro de la dinámica del modelo se plantea el desarrollo de una nueva línea de negocio (R03 Linea de negocio de base tecnologica SPIN OFF) definido textualmente así ... Creación de una linea comercial de SISOMA INGENIERA S.A.S en proceso de planeación y medición para el 2018, con una participación sobre las ventas del 2%. uEstos indicadores solo se pueden validar una vez: La relación de la innovación con las ventas de la empresa, representada en el año fiscal y el impacto de la innovación empresarial en la oferta y cartera de productos de la empresa, generando una nueva Startup, que se validan según lo mencionado anteriormente.Si la coherencia de los resultados y producto cumple, se debe validar que no debe ser causal de NO VIABILIDAD.5. Los empleos son del proyecto, no generara nuevos empleos .No se evidencia la capacidad técnica del equipo.Los empleos están definidos sobre la nueva línea de negocio son 4, no validamos de donde se concluye que el modelo de implementar la línea no desarrolla nuevos empleos. Para el proyecto estos empleos aun no existen y si se generan con la implementación. Estos impactos sociales también se ven reflejados en el desarrollo de proyectos pedagógicos asociados a la generación de conocimiento, para aprendices SENA de los programas definidos.En lo que respecta a la capacidad técnica del equipo, en el ítem NO ESPECIFICA que se deban adjuntar las hojas de vida, solo aclara que se deben describir las responsabilidades y la dedicación al proyecto. Item que fue desarrollado según la instrucción del pliego. De igual manera se aclara que para esta observación se hace importante validar que existe un equipo interdisciplinario conformado por: Magister en Administración de empresas ambientales y ingeniero ambiental. Ingeniero civil con especialidad en desarrollo topográfico, MBA en administración de empresas -Gestor innovador en proyecto Spin-Off Colombia y Estudiante de ingeniera electrónica, Piloto certificado RPA´S. y una empresa con mas de 6 años de creación, con portafolio de clientes como: Centroaguas, Alcaldia municipal de Tulua, EPSA, Solla y consocio T12, con una capacidad de cubrir sus obligaciones de corto plazo (Liquidez) en el corto plazo de manera amplia, es decir, los pasivos corrientes están respaldados en 5,66 veces por los activos corrientes. ROE de 63.2% y que genero valor economico (EVA) al 31 de Julio de 2016 por Treinta y nueve millones de pesos ($39.000.000.oo)De ser necesario se adjuntaran las hojas de vida para su revisión y comparación en CVLAC. Pero este ítem fue retirado del pliego según instrucción recibida en el CNP, donde solo se MENCIONABAN los perfiles y se almacenaban las hojas de vida en la organización para su proceso de interventoría en caso de ser favorecida la propuesta Se debe precisar entonces que

Una vez reevaluado el proyecto y con base en las observaciones del empresario, el comité considera:

• Con respecto a la transferencia del SENA, el comité se enmarca en los términos de referencia estipulados en el pliego definitivo que determinan que la información registrada en el formulario SIGP es la fuente de evaluación del proyecto, y por lo tanto se conserva la causal de rechazo. Se recomienda a la empresa hacer la modificación y presentarse en el siguiente proceso.

• En las observaciones y planteamientos de aclaración de la empresa se evidencia que el proyecto contempla elementos significativos en innovación, mejoramiento y resultados para la empresa, los cuales pueden aprovecharse para fortalecer la presentación del proyecto en el siguiente proceso.

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ANEXO 21151

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OBSERVACIÓN PUBLICACIÓN FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO

BUENAS DÍAS SEÑORES FFI CARIBE

ESTIMADOS SEÑORES CORDIALMENTE ME DIRIJO A USTEDES CON OBJETO NO ACEPTAR LAS

OBSERVACIONES DE NO CUMPLIMIENTO DE ESTA FASE DEL PROCESO DEL PROYECTO PRESENTADO

SI ES BIEN CLARO LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA TODOS LO PROCESOS TAMBIÉN SE

OBSERVAR QUE USTEDES ESTÁN AFIRMANDO QUE NO LE ENVIÉ LOS ANEXOS Y ACLARACIONES

REQUERIDAS SE HA REVISADO CADA PUNTO DE LAS OBSERVACIONES Y NOTAMOS LOS SIGUIENTE:

1- 1) El 11/08/16 se le solicitó a la empresa enviar el documento firmado por el revirosr fiscal o el

representante legal, donde certifique sí está obligado o no, a aportar parafiscales destinados al SENA

de acuerdo a la Ley 1607 de 2012. El 16/08/16 la empresa respondió las demás aclaraciones pero

no envió este documento. Por esta razón no cumple; ME PERMITO INFORMALES QUE ANEXO SI SE

ENVIÓ POR CORREO CERTIFICADO Y ELECTRÓNICO CON LA RESPECTIVA DOCUMENTACIÓN LEGAL

DEL REVISOR FISCAL.

2- ) Se le notificó a la empresa el 11/08/16 que enviará el anexo 6. El 12/06/16 la empresa envió el

documento, pero al persistir con el error, el 13/08/16 se le notificó que debía alinear el personal

relacionado en el anexo con el que se encontraba en el SIGP . El 15/08/16 la empresa envió

nuevamente el anexo 6 pero aún persistía con la diferencia ante el SIGP. Por esta razón no cumple;

LES INFORMO QUE ANEXO 6 ESTA ALINEADO CON SIGP POR QUE SON 12 EMPLEOS DIRECTOS QUE

SE VAN A CREAR Y 2 QUE SON DEL SENA LOS PASANTES HACEN PARTE DE LA TRANSFERENCIA DE

TECNOLOGÍA LOS CUALES ESTAN DESCRITO EN ESE RUBRO REGISTRADO EN EL SIGP, SOLO QUE

MOMENTO DELIGENCIARLO NO SE CONTABA CON LOS NOMBRE DE LAS PERSONA QUE VAN A

OCUPAR DICHOS CARGOS PERO ESTÁN CREADO Y DEBIDAMENTE SOPORTADOS EN SIGP.

3- 3) Se le notificó a la empresa el 11/08/16 que los valores del presupuesto del anexo 7, no coincidía

con los presentados en el SIGP. El 16/08/16 la empresa envió nuevamente el anexo 7 pero aún

persistía con la diferencia ante el SIGP, ya que en éste último sólo está registrado el valor del

seminario taller.Por esta razón no cumple; ESPERAMOS QUE ESTE HUBIESE QUEDADO BIEN CLARA

DESDE LA PRIMERA OBSERVACIÓN PERO SE NOTA QUE EL EVALUADOR NO HA TENIDO EN CUENTA

LAS EXPLICACIONES VOY HACER UN POCA MAS DIDÁCTICO PARA VER SI ASÍ QUE CLARO; EN EL SIGP

PRESUPUESTA RUBRO TRANSFERENCIA AL SENA CONCEPTO APRENDICES HAY TRES CONCEPTOS A

TRANSFERIR; 1 PASANTES QUE SON 2 POR UN VALOR DE $ 9.000.000. 2. VIÁTICOS COMUNICACIÓN

Y TRANSPORTE POR UN VALOR DE $ 1.080.000. Y 3 SEMINARIO TALLER POR UN VALOR DE $

6.000.000. PAR UN TOTAL DE $ 16.080.000. DEL PLAN DE TRANSFERENCIAS DE LOS CUALES EL 50%

LE CORRESPONDE AL SENA Y 50% A FUNDACIÓN. POR LO ANTERIOR ESTA ORGANIZACIÓN

CONSIDERA QUE HASTA EL PRESENTE NO HAN TENIDO EN CUENTA LAS ACLARACIONES

REQUERIMIENTOS SOLICITADOS POR USTEDES, MOTIVO POR EL CUAL LE SOLICITAMOS MUY

RESPETUOSAMENTE A QUIEN CORRESPONDA DAR RESPUESTA POSITIVA Y ASÍ CONTINUAR EL

PROCESO DE FINANCIACIÓN DE ESTE PROYECTO EN CUAL TENEMOS LA FIRME CONVICCIÓN QUE

APORTARA A NUESTRO DEPARTAMENTO UN NUEVO DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVADOR Y

LA CREACIÓN DE 12 EMPLEOS DIRECTOS SOSTENIBLES ECONÓMICAMENTE Y DURADERO EN EL

TIEMPO

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CORDIALMENTE,

ELIECER IBAÑEZ MARTINEZ

DIRECTOR FUNDESCOSAP

RESPUESTA DE EVALUADOR

ASUNTO: Respuestas a comentarios de la empresa Fundación para el desarrollo social y comunitario.

1) En cuanto al certificado de parafiscales destinados al Sena; se le solicitó a la empresa el 11/08/16 que debía enviar dicho documento. El 16/08/16 la empresa envió el documento, pero el concepto fue no cumple, porque el requerimiento hace referencia a los aportes parafiscales destinados al Sena, el cual está respaldado por lo que enuncia la Ley 1607 del 2012, no a los aportes de seguridad social que corresponden al artículo 50 de la Ley 789 de 2012. Lo anterior está sustentando en el pliego de términos y condiciones, donde en el numeral C y D del apartado 10 del capítulo 2 (página 18), están como requisitos mínimos, ambos documentos anteriormente descritos de forma independiente. Adjunto podrá observar el documento enviado por la empresa, que en todo caso hace referencia al numeral D, y no al C tal y como se había solicitado.

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2) En cuanto al anexo 6, en el SIGP sólo se relaciona una persona, Octavio Hernandez. El 6 de Septiembre la empresa manifestó por medio de un correo electrónico, que al momento de diligenciar el anexo 6 no contaba con los nombres de las personas que ocuparían los cargos que describe en su repuesta. Además menciona que éstos están creados y debidamente soportados en el SIGP, lo cual no concuerda con el que la empresa reportó al Sena, cuyo número de radicación es 21151 y la información referente al personal solo relaciona 1 de 1 como se puede ver en la imagen adjunta. Sí la empresa no contaba con los nombres de los miembros del proyecto, debía diligenciar el perfil y dejar en los nombres la expresión "por definir".

3) En cuanto al anexo 7, el día 16 de Agosto la empresa envió el comentario que se encuentra adjunto en el numeral 4 acerca del anexo en mención, donde solicitó modificar el SIGP en el Ítem de Transferencia Tecnológica al Sena, puesto que el valor en el anexo 7 es el correcto. Ante esto, el día 5 de Septiembre se le informó a la empresa que no cumple, porque los valores presentes en el anexo 7 no coinciden con los valores registrados en el SIGP, y la razón es porque los valores presentes en éste último no pueden modificarse, tal y como se enuncia en la nota del apartado 3 presente en la página 51 del capítulo VI del pliego de términos y condiciones. Sí no se alinea el anexo 7 con el SIGP, la empresa seguirá incumpliendo con el requerimiento.

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ANEXO 21411

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SEÑOR: HECTOR SANCHEZ MARTINEZ Representante Legal NAVIISA SAS Tel. 3225685314 - (5) 4372085

Cordial Saludo:

Agrademos haber ampliado información del proyecto en las observaciones presentadas, sin embargo, las mismas no son parte integral del proyecto inicialmente presentado en la convocatoria, por lo que se confirma el concepto de no viabilidad teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

1. El documento presentado con observaciones informa que: “NAVIISA S.A.S, es una empresa constituida desde el 2013 siendo esta una pyme que articula con la cadena productiva de logística y transporte de la región caribe, y jalona la economía amarrada a uno de los ejes estratégicos: Logística y trasporte que es parte vital para lograr la comunicación efectiva entre las apuestas productivas de la región. La cadena de valor de transporte, manipulación de carga, embalaje y almacenamiento a la que pertenecemos, es uno de los principales polos de desarrollo de la región y de nuestra ciudad, por ejemplo en Santa Marta el sector transporte y almacenamiento representa el 24,5% de crecimiento en el último año y de 625 mil millones de representación al PIB del Departamento.”. Esta información debió ser parte integral del proyecto presentado en el formulario SIGP más exactamente en la descripción del proyecto, se le recomienda no solo incluir esta información sino también ampliarla indicando el plan de desarrollo con el que se articula el proyecto.

2. La aclaración presentada con respecto a la persona jurídica que desarrollará

los modelos, en donde manifiesta: “De otra parte, nuestro proyecto involucra una empresa que en gran parte ejecutoriará el proyecto realizando la trasformación de los trailers en hibridos (volcó-trailers), pero nosotros como empresa somos los que aportamos mayor competencia y productividad, dado que somos los que tenemos el conocimiento y sobretodo, los que generamos la idea basada en los principios de la innovación contemplado en el manual de Oslo, para así generar más empleo y sostenibilidad en la región caribe y el territorio nacional (…)”. No hace parte integral del proyecto presentado en el formulario SIGP, por lo que se le recomienda no solo incluir esta información en el proyecto, si no también ampliarla describiendo claramente cuáles serían las funciones, la experiencia e idoneidad de la persona jurídica a contratar y describir la participación de la empresa NAVIISA SAS dentro del desarrollo de los modelos.

3. Con referencia al investigador principal y a todos los miembros del equipo propuesto en el proyecto presentado en el formulario SIGP, es importante que no solo se mencionen los nombres y datos principales de las personas

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que participaran en el mismo, sino también, se deben incluir perfiles, experiencia y funciones a desarrollar durante la ejecución, para que desde la evaluación se pueda tener herramientas que permita determinar si el equipo propuesto es idóneo y pertinente para la ejecución del proyecto.

Esperamos puedan presentarse nuevamente en una próxima oportunidad.

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ANEXO 21480

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OBSERVACION DEL PROPONENTE Buenos días, cordial saludo Teniendo en cuenta que los anexos 1 y 7 Fueron presentados y estas solo presentan ajustes de forma lo cual no es una causal de o viabilidad según los términos de referencia en su numeral 6, en cuanto a las observaciones realizadas fueron respondidas no como fue planteado en la versión preliminar de resultados en donde dice explícitamente que no se envió las aclaraciones donde se solicitaba especificar detalladamente “los Materiales de Consumo para construcción de prototipo”, incluidos dentro del rubro Insumos y Materiales cabe resaltar que la respuesta de ello se dio en .los plazos establecidos, en cuanto a la transferencia en si misma esta fue validada por el mismo SIGP el cual está programado para ello sin embargo con extrañeza se nota que esta apreciación no fue realizada por parte del ente Operador en la solicitud de aclaraciones a lo cual por el silencio administrativo En cuanto a la evaluación técnica es más que claro que por los mismo términos de referencia los equipos son de desarrollo recordemos que el modelo para la elaboración de propuestas se basa en la Matriz de Marco lógico y los objetivos en si mismo son: Desarrollar el Prototipo funcional escalable de eficiencia energética “Eco Habitat” para la implementación en hogares de estrato 0, 1 y 2 como estrategia de innovación social para el mejoramiento de calidad de vida del departamento de Bolívar. Diseñar un modelo de eficiencia energética para hogares de estrato 0 y 1 a partir de las condiciones de uso y consumo energético promedio de los hogares Construir prototipo funcional de modelo de eficiencia energética y de carga de frio a partir del modelo de eficiencia energética diseñado Realizar la réplica del modelo de eficiencia energética en 100 hogares del municipio de Maria la Baja en el departamento de Bolívar. Al realizar el análisis de Lógica vertical se nota claramente que para llegar al desarrollo se requiere del diseño y de la construcción y la réplica como elemento de apropiación tecnológica, lo cual deja sin fundamento técnico la Observación realizada y por ende el juicio del par evaluador el cual no argumenta de fondo su observación por lo cual invito a la revisión de la lógica vertical y horizontal establecida en donde se identifican los recursos para el desarrollo de la propuesta en especial el humano. RESPUESTA A OBSERVACIÓN TÉCNICA RESPUESTA SURTIGAS En cuanto a la evaluación técnica es más que claro que por los mismo términos de referencia los equipos son de desarrollo recordemos que el modelo para la elaboración de propuestas se basa en la Matriz de Marco lógico y los objetivos en sí mismo son:

- Desarrollar el Prototipo funcional escalable de eficiencia energética “Eco Habitat” para la implementación en hogares de estrato 0, 1 y 2 como estrategia de innovación social para el mejoramiento de calidad de vida del departamento de Bolívar.

- Diseñar un modelo de eficiencia energética para hogares de estrato 0 y 1 a partir de las condiciones de uso y consumo energético promedio de los hogares

- Construir prototipo funcional de modelo de eficiencia energética y de carga de frio a partir del modelo de eficiencia energética diseñado

- Realizar la réplica del modelo de eficiencia energética en 100 hogares del municipio de María la Baja en el departamento de Bolívar.

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Al realizar el análisis de Lógica vertical se nota claramente que para llegar al desarrollo se requiere del diseño y de la construcción y la réplica como elemento de apropiación tecnológica, lo cual deja sin fundamento técnico la Observación realizada y por ende el juicio del par evaluador el cual no argumenta de fondo su observación por lo cual invito a la revisión de la lógica vertical y horizontal establecida en donde se identifican los recursos para el desarrollo de la propuesta en especial el humano.

ANÁLISIS

PERTIENCIA DEL PROYECTO

El planteamiento del problema no es claro.

Se desea tener un sistema para hogares, y a la vez tener capacidad para los sistemas productivos

como se plantea en la DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO. Estos sistemas son diferentes,

mantener alimentos para un hogar requiere una baja capacidad comparado con el sector

productivo, incluso a pequeña escala. Por lo tanto, un solo prototipo no se ajustaría a ambas

necesidades.

En el kit se considera un generador de biogás, un juego de eco lámparas y un refrigerador. Allí no se

menciona un sistema de generación eléctrica, sólo hasta la metodología se menciona el uso de un

generador eléctrico usando biogás. Por lo tanto, no es claro si el kit incluirá o no el generador

eléctrico.

La metodología no muestra como se desarrollará o si se va a comprar y se va a probar. El proyecto

se enmarcaría en innovación de producto, aunque no queda claro en el documento (Plan Nacional

de Desarrollo 2010-2014).

OBJETIVOS

O1. Diseñar un modelo de eficiencia energética para hogares de estrato 0 y 1 a partir de las

condiciones de uso y consumo energético promedio de los hogares.

“Fase 1 Diseño de modelo de eficiencia energética y de carga de frio.

En esta etapa se diseñara el modelo de eficiencia energética a partir del levantamiento de

variables de necesidades de fluido eléctrico frio de una parcela promedio en maria la baja

para el desarrollo de estas simulaciones se realizaran por medio del software ECO 2.0

permitiendo de esta forma calcular los requerimientos ecoeficientes necesarios de

operación, de igual manera se desarrollara la simulación de fluidos por medio de la

aplicación FLOW 3D para el tema de la carga biodigestor y la simulación para Optimizar los

procesos de co-digestión anaerobia de los residuos agroindustriales más relevantes de dicha

parcela TIPO asi como también la identificación y Selección de PRETRATAMIENTOS. Diseño

de las MEZCLAS óptimas de codigestión y definición de las condiciones de OPERACIÓN EN

CONTINUO que permitan maximizar la producción de biogás que permitan mejorar la

eficiencia del generador eléctrico, el ecorefrigerador y las lámparas esta fase implicara el

desarrollo de las siguientes actividades:

A1 Levantamiento de condiciones energéticas óptimas.

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A2 Levantamiento de datos de cargas optimas de codigestión y definición de las condiciones

de OPERACIÓN EN CONTINUO.

A3 Análisis y evaluación de materiales para desarrollo de modelo.

A4 Diseño de sistema en CAD HVAC&Tubería y simulación en software FLOW 3D

Para A1.

No se establece como se levantará la información, cuantos hogares se visitarán para ello, o si se

trabajará con los datos del DANE referente al uso de la energía en hogares estratos 0, 1 y 2.

No se establece cual es el tratamiento estadístico que se le dará a la información recolectada.

´No se establece como se diferenciará el hogar tipo sólo vivienda, del hogar tipo unidad productiva,

ya que los requerimientos energéticos son diferentes. Si se tiene una pequeña unidad productiva

de manejo de lácteos, sus necesidades de frio son diferentes al de manejo de cárnicos y esto impacta

en la potencia del equipo y el nivel de frio.

La hipótesis bajo la cual se trabaja no es clara, por lo tanto este no cumple con uno el requisito de

la lógica vertical de veracidad de la hipótesis:” existe una relación necesaria y suficiente entre los

niveles, siempre y cuando los supuestos identificados sean confirmados en la realidad de la

ejecución.”

Para A2

Si no se tienen los datos del tipo de materia orgánica producida en los hogares, no se puede

conseguir el tipo de carga óptima, pues los datos de la caracterización de la carga orgánica son

necesarios.

Si se desea optimizar el proceso, se debe tener una función objetivo la cual no se ha establecido: la

cual puede ser mayor contenido energético por metro cúbico, asociado a la menor generación de

productos azufrados, y a la maximización de producción de biogás por kg de biomasa utilizada. Esto

es una optimización multivariable y no se menciona como se tratará estadísticamente y las

diferentes pruebas de verificación de supuestos de normalidad para cumplimiento de hipótesis.

Observamos nuevamente que no se cumple con el requisito exigido por la lógica vertical.

Para A3

Se menciona evaluación, esto implica que se probarán diferente materiales. O se desea más bien

seleccionar los materiales de acuerdo a las condiciones de del biogás esperado.

Para A4.

El software FLOW 3D, de acuerdo al fabricante, (https://www.flow3d.com/home/products) no

maneja reacciones químicas por lo tanto no puede ser utilizado para el análisis del proceso de

biodigestión.

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O2. Construir prototipo funcional de modelo de eficiencia energética y de carga de frio a partir del

modelo de eficiencia energética diseñado.

“Fase 2: Prototipo funcional de modelo de eficiencia energética y de carga de frio.

Esta etapa implicara el desarrollo del prototipo Funcional del modelo de eficiencia

energética a partir de los diseños y las simulaciones desarrolladas en la fase inicial en esta

fase se realizaran las siguientes actividades:

A5 Selección de materiales

A6 Construcción de prototipo funcional con sensores de monitoreo remoto a partir de

requerimientos de diseño

A7 Ajuste a prototipo funcional de acuerdo a especificaciones del diseño”

Para A5

Mo se han establecido cuales son los criterios para la selección de materiales. Debe haber una fase

previa de definición de criterios de selección de materiales.

Para A6

Se habla por primera vez de monitoreo remoto. No se han definido las variables aser monitoreadas,

tipo de sensores, alcance del sistema remoto, velocidad de muestreo, etc.

Para A7

Se piensa justar el prototipo, cuando aún no ha sido probado.

O3. Realizar la réplica del modelo de eficiencia energética en 100 hogares del municipio de Maria la

Baja en el departamento de Bolivar.

“Fase 3: Replica del modelo de eficiencia energética a 100 Parcelas en el municipio de Maria

La Baja

Esta etapa implicara la apropiación social del conocimiento por parte de la comunidad

académica y empresarial en ella por medio de entrenamientos y el desarrollo de jornadas

de transferencia de conocimiento esta fase se desarrollara por medio de las siguientes

actividades

A8 Diseño de material pedagogico de transferencia de conocimiento

A9 Implementación de plan de entrenamiento aprendices SENA y Comunidad académica

A10 Socialización de modelo con comunidad empresarial de Maria la Baja”

Para A8

A cuantas personas se les piensa llegar. A que público objetivo: usuarios, potenciales constructores,

etc.

Para A9

Para la implementación del lan de entrenamiento debe haber sido diseñado previamente el

programa académico para la enseñanza de la tecnología

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De manera general muestro estas otras inconsistencias en el proyecto:

- En la DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, se habla de validación en 20 hogares. Luego en los

objetivos específicos se pasa a 100 hogares.

- Se habla de un eco-refrigerador, y no se menciona si será fabricado o si será comprado para

ser anexado al kit.

- Se hable de las eco-lámparas, y no se menciona si serán a gas o eléctricas.

- Si se va a llevar a cabo pruebas en 100 hogares, como es la logística de estas pruebas, que

se desea tener en cuenta, para que se lleva a cabo.

- El tiempo de un año para diseño, construcción, puesta a punto, pruebas, y ajsutes

posteriores del sistema es muy corto.

En general, el proyecto presenta una muy buena idea, pero la falta un mayor nivel organizativo que

garantice que se llegará a un feliz término.

RESPUESTA A OBSERVACIÓN ECONÓMICA

Respecto a la reclamación enviada por la empresa el día 08/09/2016, es importante resaltar que:

1) Si bien en cierto la empresa envió aclaraciones económicas solicitadas, en estas no se dio

respuesta a la solicitud de aclaración referentes a la especificación detallada de los Materiales de

Consumo para construcción de prototipo, incluidos dentro del rubro Insumos y Materiales.

RESPUESTA OBSERVACIÓN JURÍDICA

Sí bien es cierto que a los anexos 1 y 7 se les solicitó correcciones de forma, es necesario el envío de

ellos para completar la verificación jurídica del proponente en mención. Por lo anterior se le vuelve

hacer la solicitud de corrección consistente en:

1. El anexo 1 presenta modificación, ya que luego de la frase "Que me comprometo a otorgar las

garantías requeridas" colocan una frase distinta a la presentada en el modelo original.

2. El anexo 7 sigue presentando error, ya que el valor puesto en el presupuesto en la parte de

financiación del SENA aparece valor de 9.000.000 y en el SIGP figura valor de 30.000.000. Así mismo,

se hace saber que el anexo tiene las firmas del líder SENNOVA y del representante legal invertidas,

es decir, que una esta en el espacio que le corresponde a la otra.

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ANEXO 21632

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OBSERVACIÓN DE LA EMPRESA WAHOGNA SAS

Buena tarde presento formalmente escrito para interpelar las observaciones negativas.

Anexo documento formal y anexo 7. Envía dos documentos uno con el anexo 7 y otro con las

observaciones presentadas.

RESPUESTA EVALUADOR JURÍDICO

ASUNTO: Aclaraciones sobre los comentarios realizados por la empresa Wahogna SAS.

Una vez se le notificó a la empresa el día 5 de Septiembre que debía subsanar el anexo 7 porque este aún presentaba diferencias frente al SIGP, ésta respondió el día 7 de Septiembre con el requerimiento, pero este aún presentaba errores, puesto que el valor de la contrapartida en especie es $1.700.000 según el anexo, y en el SIGP es de $4.100.000, de igual forma en la contrapartida en efectivo el valor del anexo es de $10.400.000, y en el SIGP es de $8.000.000. Lo anterior es debido a que el valor del producto llamado actualización y aprendices Sena de la red de telecomunicaciones en el desarrollo de aplicaciones móviles, está en la contrapartida en efectivo y este valor corresponde a la contrapartida en especie. A continuación envío la imagen donde muestra la información que la empresa ingresó en el ítem de transferencia al Sena, el cual está presente en el SIGP que envió a esta entidad. Como los valores de las contrapartidas no se alinean con los que se encuentran en el anexo 7, la empresa sigue incumpliendo este requerimiento.

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RESPUESTA EVALUADOR ECONÓMICO

Finalmente el día 07/09/2016 la empresa envió observaciones pero estas no fueron suficientes para

modificar el concepto emitido. Así mismo, en el literal C), del literal C) del capítulo IV (página 41)

manifiesta que "...no se podrán utilizar recursos de otros rubros para financiar el plan de

transferencia" lo cual refuerza la causal de rechazo manifestada.

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ANEXO 21716

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Observación de la empresa Corporación Francisco El Hombre

Estimados FFI Caribe,

Nos gustaría solicitar formalmente que nos envíen los detalles de la evaluación técnica del

proyecto presentado ya que nos quedan dudas respecto a lo que comentan en las publicaciones.

Adicionalmente, quisiéramos que nos aclararan en qué valores del Anexo 7 exactamente ven la

diferencia respecto al SIGP pues revisamos y vemos los mismos valores.

Atentamente,

Walter Daza Cuello

Respuesta de evaluador

ASUNTO: Aclaraciones sobre los comentarios realizados por la empresa Corporación Francisco el

Hombre.

La corporación Francisco el hombre envió un correo el 7 de Septiembre solicitando explicación sobre el

anexo 7, aunque se le envió la respuesta, la empresa no atendió ante el comentario del evaluador, el cual

está descrito a continuación. El inconveniente de la empresa radica en el presupuesto del anexo 7 enviado

el 16/08/16, que se encuentra en la imagen adjunto #1. Éste último no coincide con los valores presentes

en el ítem de transferencia tecnológica que se ubica en el resumen por rubros del SIGP tal como se

muestra en la imagen # 2. Por ésta razón no cumple.

Imagen #1. Anexo 7 enviado por la empresa.

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Imagen # 2. Esto es lo que se encuentra en el SIGP enviado por la empresa

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ANEXO 21773

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Observación del proponente D&M Inversiones 07 de septiembre de 2016.

Buenas Noches,

Apreciados Srs FFI Caribe

Según las observaciones contenidas en el informe de resultados preliminares, envío respuestas y

aclaraciones.

Certificado No aportante de parafiscales incluyendo la razón por la cual la empresa No esta obligada

a aportar a parafiscales destinados al sena. ( archivo adjunto) Resuelto

Certificado de antecedentes emitido por la junta central de contadores y tarjeta profesional del

contador que firma anexo 5 y estados financieros.( archivo Adjunto)

Respuesta: para la fecha el contador no se encontraba en la cuidad y no teníamos claridad si

alcanzaría a llegar antes de enviar la información razón por la cual se contó con la firma de otro

contador del grupo, firmando y verificando la MISMA información relacionada por el contador ppal

, así mismo logramos sacar el certificado de la junta de contadores en la fecha de maxima de envío

del contador ppal como lo certifica el documento adjunto.

3. Personal Anexo 6 no coincidía con el presentado en el SIGP. (15 personas vs SIGP 8 personas)

Dentro del formato presentado en el SIGP se coloco el total de personas para el proyecto 15 sin

embargo se ingreso la información del personal que actualmente es parte de la nomina de la

empresa o recurso humano ya que los 7 restantes hacen parte del outourscing contratado durante

la ejecución de la aplicación, esto pensando en no doble contar los costos asociados al personal.

Servidores. Actualmente la empresa ya esta pagando el outosursing del servidor y no se incluyo ya

que se va a utilizar la misma plataforma de servicio. ( adjunto factura)

Perfiles del equipo tecnico definidos, diferenciar diseñador y quienes a cargo del desarrollo.

Resumen de CV y anexos Hojas de vida.

Diseñador: Carlos Bockelman

Experiencia desarrollando aplicación de pedidos COME YA actualmente con mas de 50 mil descargas

en el Play Store. Adjunto hoja de vida.

Desarrollador : Johny Caballero

3.Objetivos específicos no soportan el obj general.

Objetivo General

Ofrecer una alternativa a domicilio al cliente para satisfacer la necesidad de contar con un servicio

de arreglos de sus prendas de vestir optimizando su tiempo para que pueda realizar dicho servicio

Descripción 5 de 6

Objetivos Específicos

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1.Permitir a los clientes mediante la plataforma el acceso a la solicitud del los servicios de la

Retoucherie de Manuela de forma facil y rapida

2.Ofrecer una alternativa de servicio que permita a personas con tiempo limitado acceder a nuestros

servicios desde la comodidad de su trabajo o casa.

3. Lograr una mayor cobertura en la prestacion de nuestro servicio, Incluyendo personas con

litmitaciones fisicas que les impidan el facil desplazamiento a nuestras tiendas.

4. Conjunto de actividades solo dos soportan el objetivo general ( importante detallar las

actividades para el desarrollo de la aplicación

Actividades para el desarrollo de la aplicación:

Definicion Funcional de la app

Planificacion

Diseño UI/UX

Desarrollo

Testing de aplicaciones

Distribution pre lanzamiento

Implantation y distribución

Promoción.

La empresa envío adjunto tres documentos.

Respuesta Evaluador técnico

D&M Inversiones no responde satisfactoriamente las observaciones planteadas. Puntualmente,

1. El objetivo específico "Permitir a los clientes mediante la plataforma el acceso a la solicitud de los servicios de la Retoucherie de Manuela de forma fácil y rápida", no es medible. No es posible en el marco del tiempo propuesto por el proyecto medir si este objetivo se cumple o no. Las palabras "fácil" y "rápida" son ambiguas. En todo el proyecto no se menciona ninguna metodología de software o indicador que quite esta ambigüedad.

2. En cuanto a las actividades, en general, todos los proyectos de desarrollo de software se basan en esos pasos. No existe, nuevamente, ninguna metodología de software presentada para el desarrollo. Aún más, no se evidencia ninguna metodología en lo que respecta al ciclo de vida del software a desarrollar, por ejemplo, un esquema incremental a uno evolutivo serían completamente diferentes y podrían tener un alto impacto en el tiempo o la duración del proyecto.

Por los ítems anteriormente expuestos mi criterio de evaluación permanece igual. Respuesta Evaluador jurídico ASUNTO: Respuestas a comentarios de la empresa DYM INVERSIONES SAS

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El 7 de Septiembre, la empresa envió por medio de correo electrónico el siguiente comentario:

“Dentro del formato presentado en el SIGP se colocó el total de personas para el proyecto 15 sin

embargo se ingresó la información del personal que actualmente es parte de la nómina de la

empresa o recurso humano ya que los 7 restantes hacen parte del outourscing contratado durante

la ejecución de la aplicación, esto pensando en no doble contar los costos asociados al personal”.

La siguiente imagen hace parte de la información ingresada en el SIGP, la cual solo relaciona 8

personas que se entiende son las de planta del proyecto, las que devengarán un salario derivado de

las labores que tengan en el mismo. Por lo tanto en el anexo 6, sólo debe estar registrado este

número de personas.

Respuesta Evaluador jurídico